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HACER UN PRE PLANO

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Puedes hacer un pre plano identificando los lotes con numeros o letras, y vender las fracciones que quieras con boleto de compraventa e identificdolo de acuerdo a ese pre plano que en fotocopia formar parte de la venta, y que el Sr

Puedes hacer un pre plano identificando los lotes con numeros o letras, y vender las fracciones que quieras con boleto de compraventa e identificdolo de acuerdo a ese pre plano que en fotocopia formar parte de la venta, y que el Sr. toma conocimiento de que se escriturr cuando se haya aprobado el plano de subdivisin, con un plazo mximo de..... meses.-De esa forma juntars dinero y podrs hacer el mencionado plano. Yo ttengo un caso exactamente igual de clientes que no pueden frontar los gastos del plano antes e hice como te indiqu, ahora etoy pronto a realizar la escritura de venta.-Ese boleto de venta tendrias que hacerlo con un escribano para que ve que no ests estafando a nadie y que realmente no puedes pagar dicho plano.-La Subdivisinestar a cargo de un Agrimensor un Ingeniero (con competencia en mensura ). Lo representado en el plano de PH debe coincidir con lo consignado en el plano Municipal, (aunque pueda diferir en medidas y superficies resultantes hasta una cierta tolerancia) ya sea un edificio construido (ley 13512) o a construir, en cuyo caso se llama Prehorizontalidad (ley 19.724).Con los dos planos la Direccin de Catastro Provincial procede a la aprobacin del plano de P.H., y a posteriori ste ltimo.( ya con los porcentajes que le corresponden a cada propietario , 55% y 45% ) se inscribe en el Registro de la Propiedad Inmueble junto con el Reglamento de Copropiedad del Condominio formado.

Los impuestos vendrn en funcin de los porcentajes de cada propietario. Al mismo tiempo se prorratean las superficies comunes a las unidades funcionales en proporcin a los porcentajes que resulten de cada una. De esta forma, cada uno podr alquilar o vender de forma independiente su casa, cosa imposible de hacer si no es por P.H.Si, entiendo pero fijate que se subdivide si cada unidad tiene acceso a la calle en forma independiente o con la opcin de salida comun, o sea para salir a la calle no tengo que pasar por el patio privado o de uso exclusivo de la otra unidad.Estamos trabajandoTe aconsejaria que contrates un profesional, para que haga el anteproyecto con las medidas reglamentarias, una porque estudiamos para hacerlo y prestar ese servicio y otra porque si construyen sin permiso previo municipal seguro pagan las multas adems todos los ambientes tienen medidas minimas que cumplen con el Codigo de la Edificacin y el Urbano, en matanza las multas van de 1800 a 3000 el m2. Primero se hacen los papeles despus se colocan los ladrillos.Quien asumio el costo de la mensura de subdivisin, fijate en el contrato, ademas si la medida del terreno no cumple con el reglamento de urbanizacin (medidas mnimas) lo van a tener que afectar al regimen de propiedad horizontal, podes consultar con un agrimensor, llevando los datos catastrales y el numero de padronSE DEJA CONSTANCIA QUE NO SE PRESENTA

teniamos que presentar certificados de dominio e inhibicion cosa que no hicimos y quedo acentado en el boleto de compra venta, la obligatoriedad de reponer fiscalmente el conttrato por no haber llevado esos papeles.

Primero consulta con un agrimensor para que realize el estudio (pasale el nmero de padron o partida del inmueble) y dictamine si es posible la subdivisin, y si no lo es, entonces la nica salida ser afectarlo al rgimen de propiedad horizontal.Esta legitimado para subdividir solo el titular registral, el poseedor con boleto no esta legitimado.Yo en su caso tratara de dar publicidad a ese boleto (inscribirlo en catastro, registro, etc) para que sea oponible a terceros.Cuando se hipoteca el banco tiene su tasador que saca fotos de la casa y procede a valuar el inmueble, tb se debe presentar plano de edificacin actualizado, y por otro lado el banco designa un escribano, quien realiza estudio de dominio en el registro de la propiedad (examina la matricula y los antecedentes dominiales por los ltimos 20 aos) y solicita certificado de dominio, de inhibiciones y certificado catastral (y si inscribio el boleto en este certificado salta que hay un poseedor legtimo y por lo tanto acreedor del titular registral)Eres argentino? si es asi paso a informarte: si tu boleto de compraventa lo hizo un escribano y est la firma tuyay de la seora, es un instrumento publico, que vale por si mismo y no necesita probarse dicho compromiso de venta con ningun otro documento, solo quedaba la obligacin resieudl de subdividir y escriturar, es as'? o faltaba pagar parte del precio tambin?Ya sea que faltaba el precio o no, tu tienes prioridad o sea, mejor derecho que el segundo comprador por el titulo con fecha cierta y como instrumento publico.- Te pregunto, la seora era la duea? como que los hijos vendieron? necesito que me digas a nombre de quien estaba en la escritura el inmueble, y si la seora era viuda o no, es importante ese detalle.-

Luego dices que los hijos vendieron todo, de seguro que habr sido con otro escfribano, ya que si hubiera sido el mismo habria manifestado el compromiso de venta que ya habia firmado. ahora el escribano, como no te asesor de inscribir en el Regisltro de la Propiedad ese b oleto de compraventa?

si realmente la otra persona tiene una escritura y fue firmada por los hijos y el nuevo comprador, alguna de ambas escritura es nula, porque o es duea la seora o los hijos, o ambos si era un bien de la sucesin de su esposo, porque si es as ambos contratos son nulos por faltarles otros sujetos ( que serian los hijos en el tuyo, y la esposa en el del otro).-

supongamos que todo eswt bien: la seora duea, y el boleto por escritura. Tienes que buscar un abogado para que haga un juicio de nulidad de venta y escritura, y mientras tanto no te retiras del inmueble ni por casualidad, y contrata un agrimensor para hacer la subdiv isin en base al boleto que tienes en tu poder.-

si no te vas, de seguro que el comprador va a iniciarte un juicio de desalojo, y tu tienes que defenderte con una demanda reconvencional de nulidad de venta y escfritura como te dije.-

Es un caso lindisimo, porque hay para estudiar mucho, pero ojo a quien se lo vas a dar este juicio, porque tiene que ser una persona experimentada y con ganas de estudiar y trabajar. Vale la pena invertir unos pesos en el abogado que te pedir de adelanto, porque tienes que recuperar el terreno y la construccin.-

supongo que la escritura de la otra persona es posterior a la tuya, porque si es anterior, ests al horno.-

cualquier aclaracin, porque esto es muy complicado, me escribes a mi mail [email protected] de escrituracin y honorarios del escribano.

I) Se hallan a cargo del vendedor:a) los honorarios del escribano por las diligencias efectuadas para liquidar y pagar los impuestos atrasados (1);b) en jurisdiccin nacional, y desde la vigencia del decr. 23046/56, los gastos y honorarios del escribano por el estudio de ttulos (art. 96) (2); con anterioridad, la jurisprudencia los pona a cargo del comprador (3);c) tambin en jurisdiccin nacional y desde la misma fecha, los gastos y honorarios referentes al diligenciamiento de los certificados necesarios para otorgar la escritura (art. 95) (4); anteriormente, la jurisprudencia se hallaba dividida (5).

II) Se hallan a cargo del comprador:a) los honorarios del escribano por el otorgamiento de la escritura (art. 1424: instrumento de la venta) (6), pero no cuando se trata de una subasta judicial, pues en tal supuesto ella no es necesaria (art. 1184) (7);b) los sellos de la escritura matriz y de los testimonios (8);c) los gastos de inscripcin en los registros (9).

III) El pacto en contrario, que menciona la disposicin anotada en su ltima parte, slo tiene efecto entre las partes, siendo inoponible al escribano que puede reclamar sus gastos y honorarios de quien se halle legalmente obligado, pues a su respecto ese convenio es res inter alios acta.

-------------------------------------------------------Indice de Notas

(Nota 1)CF, 11/6/45, LL 39-73, f. 19.147.(Nota 2)CSN, 7/6/33, JA 45-30. Ver ley 11867, art. 1.(Nota 3)CCom., 30/9/46, JA 1946-IV-105, f. 6588; CCom.C, 8/2/63, JA 1963-IV-656, f. 7337; CPaz, 26/7/63, LL 113-167, f. 51.452; SCBA, 22/4/58, AS 1958-II-476. Ver ley 11867, art. 1.(Nota 4)CRos. III, 8/8/57, JA 1958-III-573, f. 20.237; CRos. IV, 7/7/72, JA 16-1972-646, f. 3145; CSgo.delE., 10/5/66, JA 1966-VI-Prov.-101, f. 45.(Nota 5)CCom.C, 8/5/61, LL 103-446, f. 46.776. Ver art. 583.(Nota 6)CCiv.C, 21/6/56, LL 84-433, f. 39.235.(Nota 7)Ver art. 1498.(Nota 8.)C2LPl., 30/7/40, JA 73-416. Ver arts. 2089 Ver Texto y ss.(Nota 9)Ver art. 2378.

La Escribana General de Gobierno no realiza Planos de Subdivisin. Ahora bien, cuando se vende una parte de un terreno, se vende una parte indivisa, es decir, una proporcin respecto del todo. Habitualmente las personas venden la parte del costado, del frente o del fondo; entonces en esos casos la compradora no posee una parte determinada. Por lo tanto, debern subdividir el terreno. La subdivisin es reglamentada por cada Municipio, segn las medidas y zonas. De este modo, los Planos de subdivisin o de Propiedad Horizontal debern ser confeccionados por Agrimensores y los costos los manejan dichos profesionales.

se vende una parte de un terreno, se vende una parte indivisa, es decir, una proporcin respecto del todo.debern subdividir el terreno. La subdivisin es reglamentada por cada Municipio, segn las medidas y zonas. De este modo, los Planos de subdivisin debern ser confeccionados por Agrimensores

Requisitos para personas fsicas

1- El Boleto de compraventa, (en caso de existir sus respectivas cesiones, deben estar autorizadas con firma del vendedor).

2- Debe adjuntarse tambin la fotocopia de la escritura antecedente, (por la cual compr el titular de dominio que vendi por boleto).

3- Si el inmueble se ha originado por subdivisin posterior al ttulo de propiedad, copia del Plano respectivo.

4- Autorizacin del vendedor para escriturar de acuerdo a lo prescrito por la Ley 10.830.

5- Datos personales completos del vendedor y del comprador.

6- Copias del documento del comprador (1 y 2 hoja), del acta de matrimonio o libreta en caso de ser casado; de la sentencia de divorcio, (en caso de ser divorciado); y finalmente del CUIT, CUIL/CDI del comprador y vendedor.

7- En caso de fallecimiento del titular del dominio, deber acompaarse en original o copia certificada por el Juzgado:

a)- Escrito donde se denuncia el bien a escriturar.

b)- Declaratoria de herederos.

c)- Documento que ordena la inscripcin de la Declaratoria de Herederos, con relacin al inmueble que se pretende transferir.

d)- Pago de tasa de justicia y sobre tasa.

e)- Constancia de cumplimiento del Artculo 20 y 21 de la Ley 6.176.

8- En caso de efectuar la escritura traslativa de dominio previamente deber afectarse a propiedad Horizontal otorgndose el Reglamento de Copropiedad y Administracin:

a)- Plano de Propiedad Horizontal entelado.

b)- Planillas de Coeficientes. Slo se otorgarn Reglamentos por dos Unidades Fundacionales, tomndose la Valuacin Fiscal por la Unidad Funcional a transferir.

9- Declaracin Jurada del Adquiriente, donde conste que el inmueble cuya escrituracin se solicita es su nica propiedad y que ser destinada a su vivienda familiar, de uso propio y ocupacin permanente, o a la construccin de la misma.

10- Declaracin de Inters Social: Otorgada por la Municipalidad de Berazategui, mediante decreto emitido por el Intendente Municipal una vez iniciado el trmite. Es importante sealar que todos los formularios pertinentes se retiran en la Subsecretara de Tierras.

Preguntas frecuentes

Vend o compr una parte de un terreno. Puedo hacer un plano de subdivisin por la Escribana?La escribana General de Gobierno no realiza Planos de Subdivisin. Ahora bien, cuando se vende una parte de un terreno, se vende una parte indivisa, es decir, una proporcin respecto del todo. Habitualmente las personas venden la parte del costado, del frente o del fondo, entonces en esos casos la compradora no posee una parte determinada. Por lo tanto, debern subdividir el terreno. La subdivisin es reglamentada por la Municipalidad, segn las medidas y las zonas. De este modo, los Planos de subdivisin o Propiedad Horizontal debern ser confeccionados por Agrimensores y los costos los manejan dichos profesionales.

La subdivisin es reglamentada por la Municipalidad, segn las medidas y las zonas. De este modo, los Planos de subdivisin o Propiedad Horizontal debern ser confeccionados por Agrimensores.cuando se vende una parte de un terreno, se vende una parte indivisa, es decir, una proporcin respecto del todoDescripcin:

La confeccin del expediente para acogerse a la Ley 1950 de Saneamiento de Ttulos Inscripcin en el Registro Personal de Poseedores se compone de la Declaracin Jurada que debe presentarse en la Unidad Ejecutora. Nosotros lo preparamos con los datos aportados por el poseedor que son fotocopia de su DNI y de dos testigos. Esta Declaracin Jurada junto con las fotocopias de los DNI de los testigos debe estar certificada ante Juez de Paz, Polica o Escribano.Tambin hacen falta 2 fotos del lote con la firma de los testigos y tambin certificadas por Juez de Paz, Polica o Escribano.Alguna documentacin que se pueda presentar como prueba que el lote esta posesionado por lo menos un ao, debe coincidir esta prueba con lo declarado por los dos testigos.Impuesto inmobiliario de Rentas pagados o no.Tambin se entrega el parcelario catastral.Toda esta documentacin conforma el expediente el cual nosotros armamos y se debe presentar en la Unidad Ejecutora. Nosotros te acompaamos si lo deseas.Cuando la posesin coincide con las medidas del lote, no hace falta plano, pero si la posesin toma ms o menos de un lote es necesario presentar un plano.Para nosotros es conveniente el plano porque identifica catastralmente y registralmente el lote.El proceso administrativo del expediente es de aproximadamente un ao, tiempo despus del cual los impuestos del inmueble posesionado llegan a nombre del poseedor.El costo de la formacin del expediente son 1000 $ y con plano 1500 $.

Carolina: Lo que Ache 29 realizo es perfectamente legal... art. 1185 CC. ser un titulo imperfecto para constituir el derecho real, pero vale 100% como obligacin contractual.Saludos