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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA PUBLICACIÓN EN SITIO WEB Resolución A.G N ° 15/18 Expediente N ° 13-02328/16 LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN COMUNICA EL LLAMADO A CONTRATACIÓN DIRECTA N ° 77/18, ENCUADRANDO DICHO PROCEDIMIENTO EN EL ART. 28 (CONTRATACIÓN DIRECTA) DEL REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN APROBADO POR RESOLUCIÓN N° 254/15 Y LA RESOLUCIÓN A.G. N° 10/16 y 3809/16. OBJETO: Contratar el servicio de mantenimiento de espacios verdes y poda de árboles del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín, sito en la calle Gob. Ugarte N° 1735, Olivos, Pcia. de Buenos Aires, a partir del 1 0 de Junio de 2018 -o la fecha fehaciente de recepción de la Orden de Compra si ésta fuera posterior- y por un período de doce (12) meses, de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones adjunto. PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES: Sitio Web del Poder Judicial de la Nación (www.pjn.gov.ar) Dirección General de Administración Financiera - Departamento de Compras, sito en la calle Sarmiento N° 877, piso 6, C.A.B.A. (horario: de 8:30 a 13.00hs.). El costo de reproducción del pliego queda a cargo del oferente. En caso que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se obtenga desde el sitio web, deberán acercarse físicamente al lugar de apertura de las ofertas, a efectos de dejar registrada la descarga del citado Pliego, brindando la información establecida en el Artículo 70 del R.C.C.M. (CUIT, domicilio, fax, correo electrónico). APERTURA, LUGAR y FECHA: Dirección General de Administración Financiera, sita en la calle Sarmiento N° 877, ler subsuelo, (SALA DE APERTURAS), C.A.B.A.; el día 20 de Marzo de 2018, a las 10:00 horas. MAR 13LL M1RTA 13. OR0PEZ PROSFCRETARIA ADMINISTRATIVA DIRECCION GENERAL DE ApmposTRACION FINANCIERA USO OFICIAL

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CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

DIRECCIÓN GENERAL DE

ADMINISTRACIÓN FINANCIERA

PUBLICACIÓN EN SITIO WEB

Resolución A.G N° 15/18 Expediente N° 13-02328/16

LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL

PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN COMUNICA EL LLAMADO A CONTRATACIÓN

DIRECTA N° 77/18, ENCUADRANDO DICHO PROCEDIMIENTO EN EL ART. 28

(CONTRATACIÓN DIRECTA) DEL REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA NACIÓN APROBADO POR RESOLUCIÓN

N° 254/15 Y LA RESOLUCIÓN A.G. N° 10/16 y 3809/16.

OBJETO: Contratar el servicio de mantenimiento de espacios

verdes y poda de árboles del Tribunal Oral en lo Criminal

Federal N° 2 de San Martín, sito en la calle Gob. Ugarte N°

1735, Olivos, Pcia. de Buenos Aires, a partir del 10 de Junio de

2018 -o la fecha fehaciente de recepción de la Orden de Compra

si ésta fuera posterior- y por un período de doce (12) meses, de

acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones adjunto.

PLIEGOS DE BASES Y CONDICIONES: Sitio Web del Poder Judicial de

la Nación (www.pjn.gov.ar) Dirección General de Administración

Financiera - Departamento de Compras, sito en la calle Sarmiento

N° 877, piso 6, C.A.B.A. (horario: de 8:30 a 13.00hs.). El costo

de reproducción del pliego queda a cargo del oferente.

En caso que el Pliego de Bases y Condiciones Particulares se

obtenga desde el sitio web, deberán acercarse físicamente al

lugar de apertura de las ofertas, a efectos de dejar registrada

la descarga del citado Pliego, brindando la información

establecida en el Artículo 70 del R.C.C.M. (CUIT, domicilio,

fax, correo electrónico).

APERTURA, LUGAR y FECHA: Dirección General de Administración

Financiera, sita en la calle Sarmiento N° 877, ler subsuelo,

(SALA DE APERTURAS), C.A.B.A.; el día 20 de Marzo de 2018, a las

10:00 horas.

MAR 13LL

M1RTA 13. OR0PEZ PROSFCRETARIA ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE ApmposTRACION FINANCIERA

US

O O

FIC

IAL

/

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

DIR. GENERAL DE ADMINISTRACION FINANCIERA

DEPARTAMENTO DE COMPRAS

La presente cotización se encuentra amparada en lo establecido por

por el Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura

aprobado por Resolución 254/15 y 316/17 del Plenario de dicho Consejo

y la Resolución 10/16 de la Administración General.

Firma funcionario autorizado

Reng Ítem Descripción C. Unitario $ (Número y letras) C. Total $ (Número y letras)

Para contratar el servicio de mantenimiento de espacios verdes y poda de árboles del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 de San Martín, Pcia. de Bs. As., sito en la calle Gob. Ugarte N' 1735, Olivos, Pcia. de Buenos Aires, a partir del 1° de Junio de 2018 —o de la fecha fehaciente de la Orden de Compra si ésta fuera posterior- y por un período de doce

1

(12) meses, acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones adjunto.

Pesos Pesos COSTO MENSUAL

Sres

Calle

a

Costo Total (N° y letras)

Son Pesos

Costo Global (N° y letras)

*Bonificación por adjudicación

íntegra

Son Pesos

ORGANISMO SOLICITANTE: INTENDENCIA DE LA CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DE SAN MARTÍN

VISITA A LOS EDIFICIOS: GOBERNADOR UGARTE N 1735, OLIVOS, PCIA DE BUENOS AIRES. COORDINAR VISITA CON LA ARO. ALEJANDRA DÍAZ CABRAL. TEL4753-8569/4713-5848 INT 181/183.

LUGAR DE TRABAJO: INDICADO

NOTA: AL MOMENTO DE PROCEDER A EFECTUAR LA CONVOCATORIA SE AJUSTARÁ LA FECHA DE INICIO DE LA PRESTACIÓN -EN CASO DE SER NECESARIO-, MEDIDA QUE ASIMISMO, Y DE SER MENESTER, SE ADOPTARÁ AL MOMENTO DE EMITIR LA PERTINENTE ORDEN DE COMPRA.

EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES FORMA PARTE DE LA PLANILLA DE COTIZACIÓN.

EXPEDIENTE N° 13-02328/16

PROCEDIMIENTO: ARTS. 27 Y 28 (CONTRATACION

DIRECTA POR MONTO) DEL REGLAMENTO DE

CONTRATACIONES DEL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA

. .9. DEL P.J.N APROBADO POR RESOL N 254/15

(MODIFICADA POR RESOLUCIÓN CM N° 316/17)

CONTRATACION DIRECTA Nº 1W18

PRESENTACIÓN DE OFERTAS: D.G.A.F. DEPARTAMENTO DE COMPRAS, SARMIENTO N" 877, P. 6, C.A.B.A. HORARIO: 8:30 HS A 13:00 HS.

LUGAR, FECHA Y HORA DE APERTURA. DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA, SITA EN SARMIENTO N' 877

' lER. SUBSUELO (SALA DE APERTURAS), C.A.B.A., EL DÍA 20 DE MARZO DE 2018, A LAS 10:00.

RETIRO DE PLIEGOS: SITIO WEB DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN (WWW.PJN.GOV.AR) O EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA, SITA EN SARMIENTO N° 877, PISO 6, C.A.B.A., HORARIO: 8:30 HS A 13:00 HS. EL COSTO DE REPRODUCCIÓN DEL PLIEGO QUEDA A CARGO DEL OFERENTE.

EN CASO QUE EL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES PARTICULARES SE OBTENGA DESDE EL SITIO WEB, DEBERÁN ACERCARSE FÍSICAMENTE AL LUGAR DE APERTURA DE LAS OFERTAS, A EFECTOS DE DEJAR REGISTRADA LA DESCARGA DEL CITADO PLIEGO, BRINDANDO LA INFORMACIÓN ESTABLECIDA EN EL ARTÍCULO 70 DEL R.C.C.M. (CUIT, DOMICILIO, FAX, CORREO ELECTRÓNICO).

OFERENTE

DOMICILIO:

TELEFONO:

CUIT:

CORREO ELECTRONICO:

ir CONSEJO DE LA MAGISTRATURA ;yr) PODER JUDIEIAL DE LA NACIÓN

Anexo I

CLÁUSULAS PARTICULARES , Procedimientos centralizados

ARTÍCULO 1°.- PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LA PRESTACIÓN Y DURACIÓN DEL CONTRATO. El plazo de ejecución Será el que se detalla en el anexo a las presentes Cláusulas particulares yen la planifja de cotización. Los días y horarios serán, previamente, convenidos con quien ejerza la supervisión. Dentro del término contractual, el contratista deberá contemplar, a los fines, del cumplimiento en tiempo.de sus obligaciones, las restricciones que pudieran generarse como consecuencia del funcionamiento de las dependencias judiciales y tareas propias de la administración de justicia. El incumplimiento de estiss plazos dará lugar a las penalidades que correspondieren de acuerdo con lo previsto en el presente pliego y demás normativa aplicable.

ARTICULO 2°.- VISITA A LOS EDIFICIOS. En los casos en que sea obligatoria la visita a los edificios, los oferentes deberán realizar un relevamiento de cada instalación a fin de verificar y evaluar convenientemente el estado actual de los trabajos que deben realizarse en forma previa, así como las condiciones de trabajo a las que deban adaptarse. La empresa contratista no podrá alegar desconocimiento del estado del lugar en el riue deben desarrollar sus tareas. Cabe destacar que la no realización de la visita indicada ocasionará la desestimasión de la oferta, en tanto constituye una condición de admisibilidad de la misma.

ARTÍCULO 30.- CONSULTAS TÉCNICAS PREVIAS A LA OFERTA

Ante cualquier tipo de duda, error u omisión, el oferente podrá evacuar las consultas en forma escrita ante el organismo contratante, en el plazo y en la dirección señalada en el anexo a las presentes cláusulas, mencionando el número de procedimiento,, de referencia. De corresponder, las consultas serán incluidas en una circular aclaratoria, que pase á a integrar el respectivo Pliego de Bases y Condiciones. El Departamento de Compras notificará la circular al solicitante y a todas aquellas firmas que hayan retirado el pliego o hubiesen manifestado interés, en los término4 de b dispuesto en el Apartado 3 del Anexo de la Resolución N° 10/16 de la Administra ión General del Poder Judicial de la Nación, a la UAPE y a las Cámaras empresariales ue nuclean a proveedores que hubiesen sido invitadas con dos días de anticipación c mo mínimo a la fecha fijada para la apertura de las ofertas.

ARTÍCULO 4°.- PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS.

t) La presentación de la oferta significará de parte del oferente el pleno conocimien y aceptación de las normas y cláusulas que rijan el presente procedimiento de seleté án, por lo que no será necesaria la presentación de los pliegos firmados junto con la ofeçta. La oferta deberá cumplir con los requerimientos establecidos en las "Conditio es Generales de la Oferta yclel Oferente", en las "Condiciones de la Oferta Económica', en el anexo a las presentes- cláusulas y en las "Especificaciones técnicas", de acuerdo l lo establecido en el respectivo pliego. La oferta es por renglón entero, por todos o por alguno de ellos, salvo que en el anep a las presentes cláusulas se permita una forma distinta. . .,

' .. ARTÍCULO 5°.- CONDICIONES GENERALES DE LA OFERTA Y DEL OFERENTE

1 • N E hi C. I A 3rnal,aral..4ernciones de Sun ',ludid

0 9 '59,9569 1,195

4 2- /04

Las ofertas se ajustarán a lo siguiente: ,

1. eran redactadas en idioma nacional. Deberán encontrarse foliadas en todas sus foja de manera correlativa, en dos 2) copias. Los sobres de las propuestas se pre enteran perfectamente cerrados e indicarán en su cubierta la contratación a que cor sponden, el día y hora de la fecha de apertura de ofertas y el nombre o razón soc del oferente.

2. as propuestas deberán estar firmadas en todas sus fojas por el oferente o su rep sentante legal autorizado. Las enmiendas y raspaduras en partes esenciales de las .ropuestas deberán ser debidamente salvadas por el oferente o su representante leg I autorizado.

3. II oferente deberá contar con el Certificado Fiscal vigente para Contratar o copia de la sta presentada ante la AFIP para Solicitar su emisión, si su oferta superase los PE OS CINCUENTA MIL (50.000) y no se encontrare exceptuado de acuerdo a lo est blecido en la Resolución General APIP N° 1814(05.

4. L s ofertas deberán contener: 4.1. Las constancias de la documentación requerida en el anexo a las presentes

cláusulas particulares. 4.2. La constancia de constitución de la garantía de la oferta, en el caso en que fuese

exigible. .

4.3 La constancia de visita, en caso de que fuese obligatoria. .

4.4 La información detallada en el. Anexo A del apartado 7 del Anexo de la Resolución N° 10/16 de la Adrninistración .General del Poder Judicial de la Nación, o la que en el futuro la reemplace.

4.5. La declaración jurada de habilidad para contratar con el Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, según el Anexo B del apartado 7 del Anexo de la Resolución N° 10/16 de la Administración General del Poder Judicial de la Nación.

5. ,, los efectos de la presente contratación se considerarán inelegibles las propuestas Ibresentadas por los oferentes cuyos incumplimientos hayan dado lugar a las lenalidades en contratos celebrados con el Poder Judicial de la Nación en los tres

/3) años inmediatos anteriores al presente llamado. La presente cláusula podrá ser bviada, por vla de excepción, cuando medien razones de conveniencia para el

Poder Judicial de la Nación, debidamente fundadas.

In especial, serán consideradas inelegibles las ofertas cuyos incumplimientos lubieran dado lugar a: .

5.11 La aplicación de una (1) o más reScisión de contrato por su culpa —parcial o total-'1 aplicadas con motivo de la ejecución de los contratos.

5.2.7 La aplicación de dos (2) o más multas por el incumplimiento de las obligaciones Z durante la ejecución de los contratos.

5.3.1 La aplicación de dos (2) o más pérdidas de las garantías de mantenimiento de la 1 oferta y/o del cumplimiento del contrato.

ARtiCULO 6°.- CONDICIONES DE LA OFERTA ECONÓMICA. El oferente deberá completar la "Planilla de cotización" según corresponda, que forma parte del respectivo pliego. La cotización deberá presentarse de acuerdo con lo prevista en las especificaciones técnicas y completarse con cada uno de los datos solicitados,. haciendo constar el precio unitario y total:, cierto, en letras y números. La Moneda de cotización es en PESOS. DedPués de haber cotizado por renglón, el oferente podrá efectuar uri descuento en el preeio, por el total de ellos sobre la base de su adjudicación íntegra, o por grupo de renglones.

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CONSEJO DE UN MAGISTRATURA

ARTICULO 70.- MANTENIMIENTO DE LA OFERTA.

Las ofertas deberán ser mantenidas por el término de noventa (90) días corridos a contar desde la fecha de apertura de las propuestas. El mantenimiento de la oferta se renovará automáticamente por igual plazo:, de conformidad con lo establecido en el artículo 63 del Reglamento aprobado por la Resolución CM 254/15.

ARTÍCULO 8°.- GARANTÍAS.

Los oferentes o los adjudicatarios deberán constituir las siguientes clases de garantías: 1.- De mantenimiento de la oferta: cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, la garantía se calculará sobre el mayor Monto propuesto. 2.- De cumplimiento del contrato: Los oferentes. adjudicados, deberán presentar; una garantía equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato; Las garantías, si fuesen menores a PESOS QUINCE MIL ($15.000) podrán constituirse en PAGARÉ o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 127 del ReglaMento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 y deberán integrarse a entera satisfatción del Consejo de la Magisítratura del Poder Judicial de la Nación. 1 3.- Quedan exceptuado's a la obligación en la presentación de garantías, aquéllo S que se encuentren incluidos en el artículo 129 del Reglamento aprobado por la Resollición CM N° 254/15. Las garantías se devolverán de conformidad con lo establecido en el articulo 139 del Reglamento aprobado Por la Resolución CM N°254/15. • 1

ARTÍCULO 9°.- CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS.

Previo a la evaluación económica de las ofertas, se analizará la información apoitada por los oferentes a fin de determinar el cumplimiento de las especificaciones de pada renglón y las cláusulas del presente pliego con el propósito de considerar la admisibilidad de las ofertas. Serán desestimadas aquellas ofertas que se encuentren comprendidas entre las causales detalladas en el artículo 103 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15. Cuando proceda, la Comisión de Preadjudicaciones o el Departamento de Corripras intimará al oferente para que en un plazo no mayor a diez (10) días subsane los erlores u omisiones (Art. 104, Resolución CM N° 254/15). La no subsanación dentro del plazo establecido acarreará la desestimación de la oferta. De las empresas consideradas admisibles y convenientes, se determinará el ord4i de mérito teniendo en cuenta el precio, la calidad y la idoneidad del oferente. Asimismo, se aplicarán; las leyes de Compra a MIPYME y Compre Trabajo Argerno (arts. 112 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 y 8 del p. iego Único de Bases y Condiciones, Anexo II de la Resolución CM N° 254/15) en los esos que corresponda. El dictamen de preadjudicación se notificará en forma fehaciente a todos los ofer., ntes mediante correo electrónico o notificación electrónica. Cuando no fuera posible not ficar mediante dichos medios, podrá utilizarse cualquiera de los medios de notific4ción previstos en el articulo es del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 con la limitación establecida en el art. 5° del Anexo aprobado por Resolución AO N9 10/16. Los interesados podrán formular impugnaciones al dictamen dentro de los 4inco (5) días hábiles de su netificación. Los oferentes deberán constituir garantías en los casos de impugnaciones cont a el Dictamen de Preadjudicación, en aquellos casos en que hubieren presentado map de dos (2) impugnaciones tontra dictámenes de preadjudicación en un (1) ano calen do. En esos supuestos el impo de la garantía será equivalente al uno por ciento (1°,9) de la oferta del impugnante. n caso el depósito podrá ser inferior a la surn de

E NI C A ADetaCiDlleS le San Marte Camara

t PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

nn.12 759..956P 896%

pe os doscientos ($200). Dicho depósito se efectuará en el Banco de Depósitos Ju iciales a la orden del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, en la 'Cuenta N° 250000883 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Tribunales) de .ominada "PJN-0500/320-DAF-C.Mag-Irnpuglic-Gtla". '

A TÍCULO 10°.- ADJUDICACIÓN. Se adjudicará por renglón entero, por todos o por alguno de ellos, salvo que en el anexo a I s presentes cláusulas se permita una forma distinta. LaTiadjudicación será notificada a todos los oferentes dentro de los tres (3) días a co tarse desde el dictado del acto respectivo por los medios de notificación previstos en el[artículo 68 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 con la limitación establecida en el art. 5° del Anexo aprobado por Resolución AG N° 10/16,

A ICULO 11°.- SUPERVISIÓN DE LA PRESTACIÓN. La 'supervisión de la prestación estark a cargo de las personas que se indiquen en el an xo a las presentes. cláusulas, quienes verificarán el cumplimiento por parte del co tratista en un todo de acuerdo con las especificaciones técnicas. Lo días y horarios durante los cuales podrán realizarse las tareas serán convenidos co la supervisión, no pudiendo el contratista comenzar tarea alguna o realizar la en ega sin la previa autorización de la misma. En el caso de los servicios, el contratista deberá solicitar inspecciones a la supervisión en os períodos en que mejor se Oueda: observar la marcha de los trabajos y controlar la cal ad de los materiales, siendo obligatorias las inspecciones en las oportunidades que se ndican en el anexo a las presentes cláusulas. 'Lo gastos necesarios para la concreción de todas las pruebas serán por cuenta del corjtratiáta, quien también deberá fabilitar todos los instrumentos necesarios para ve , ficar su resultado. • Ane la presencia de.cualquier elemento que resultare defectuoso éste será removido, ree plazado y ensayado por el Contratista, sin cargo alguno. , .En. su caso, se efectuarán las inspecciones de los trabajos de 'acuerdo con la Ley de ,Hig ene y Seguridad en el Trabajo.

AR 'CULO 12°.- LUGAR DE ENTREGA.

En: 1 caso de suministro, la provisión se entregará en el lugar establecido en el anexo a las: resentes cláusulas particulares. '

ARJ ICULO 13°.- RESPONSABILIDADES. El Poder Judicial de la Nación no se responsabiliza por el riesgo que puedan generar los; servicios prestados por el contratista, ni por ninguna reclamación de terceros en virtud de éstos, siendo el contratista en 'todos los casos el único responsable. El bontratista de los trabajos es el único responsable por pérdidas, averías, roturas o suátracciones que, por cualquier circunstancia (imputables o no a su personal), se • produzcan en las tareas contratadas en la zona de los trabajos, con los materiales acdpiados y por la vigilancia que se reqUiera. Asimismo, en el caso de la prestación de servicios será responsable:

1. Por el cumplimiento de la Ley 24,557 y demás normativa vinculada. 7 Para el cumplimiento de la preátación y ejecución de las tareas deberá darse

estiicto cumplimiento a los requisitos establecidos en la Ley de Riesgos del Trabajo N° .4.557, el/los Convenios Colectivoi, de Trabajo que resultan aplicables, la Ley de Higiene y Seguridad en el Trabajo N° *9.587 y su Decretó Reglamentario de Higiene y Seguridad N°911/96, así como a toda S las normas reglamentarias vigentes vinculadas con la materia.

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la CONSEJO DE LA MAGISTRATURA Ic+-2, PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

El cumplimiento de la normativa antes referida es condición ineludible para el iniCio de la ejecución de las tareas y/o servicios previstos en el objeto del contrato, y su incumplimiento comprobado -en cualquier tramo del plazo contractual- podrá constituir causal de rescisión por culpa del contratista, en los términos previstos en el artículo 152 del "Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del Poder Judióial de la Nación" -aprobado por Risolución C.M. n° 254/15-. A tal efecto, deberá contal en su plantel con un profesional con título habilitarite en Higiene y Seguridad que inspeccionará, en forma mensual, las instalaciones ;y las condiciones de trabajo del personal de la contratista que allí se desempeñe. La contratista deberá presentar constancia actualizada de la matrícula habilitante de.dicho profesional ante el Supérvisor de los trabajos. La contratista deberá además acreditar previo al inicio de -las tareas los siguientes requerimientos:

• Contrato de qfiliación a Aseguradora de riesgo de trabajo (ART); con certificación de firmas y per onerla de quienes suscriban la misma y la Contratista.

• Nómina de Pe tonal asegurado a la ART. • Plan de Seguri ad aprobado por la ART • Constancia de inicio de obra ante la ART.

í • Certificado de cumplimiento de aportes previsionales, correspondiente al Responsable de Seguridad Higiene, pago de matricula anual. A los fines prescriptos po la Ley de Riesgos del Trabajo N° 24.557, la empresa contrafiata -y/o sus eventuales subcontratistas- deberán acreditar por medio fehaCiente (vg.: certificación extendida por la compañía aseguradora o copia autenticada del contrato de afiliación y sus anexos) que el personal empleado en la ejecución de las tareas y/o servicios contratados se encuentra amparado en el Contrato de Seguro Obligatorio celebrado Con ja "Aseguradora de Riesgos de Trabajo" de su elelción. Complementariamente, la jempresa contratista deberá comunicar a la "Supervisión", con carácter de "Declara ón Jurada", la nómina del personal empleado én el cumplimiento de la encomienda (con indicación del nombre y apellido y tipo y ru4mero de documento de identidad; declaración que deberá mantenerse actualizada teniendo en cuenta las altas y ,las ajas que pudieran producirse durante el transcurso de ejecución del contrato. • Para el caso de contratiatas o subcontratistas que revistan en la categoría de autónomos, deberá otorgar e un seguro de accidentes personales que incluya, 'pomo mínimo, la muerte, incapa idad total permanente, incapacidad parcial permanente, riesgos in-itinere y será por una suma mínima por persona asegurada, igual al monto indemnizatorio que la Ley e Riesgos de trabajo fija para muerte del trabajadqr. La póliza deberá ser presentad dentro de los dos (2) dias de recibido la notificaciónide la adjudicación, y se consigna á como parte asegurada exclusivamente al Poder Mida' de la Nación - Dirección Ge eral de Administración Financiera, Sarmiento 877, diUdad Autónoma de Buenos Aires, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del contrato: Dejase expresamente ástab ecido que su vigencia deberá extenderse hasta la extibción de la totalidad de las o ligaciones contractualmente asumidas. Deberá dejarse constancia, asimismo, que 1. Aseguradora no ejercerá acciones de repetición contra el

\ Poder Judicial de la Nació en su calidad de comitente, que tengan como dausa \ siniestros amparados e•inde nizables mediante este contrato de seguro.

'1 Todas las pólizas y sus re pecfivos endosos deberán ser presentadas en original y tener las firmas certificadas por Escribano Público. Asimismo, el Contratista d,lbera

¡ acreditar el pago total de la coberturas con la presentación del recibo oficial otorgado , por la respectiva Cornpañí de Seguros; en el supuesto que el Contratista su

calidad de tomador del seg ro- pacte con la compañía aseguradora un plan de Hnos para la cancelación dé las prim-s, corresponderá que acredite la realización Øp los respefivos pagos, con los re ibs oficiales-que otorgue el asegurador a medida cji,e so produzcan los, respectivos •

• Por daños a personal del Poder Judicial, terceros o ',bienes, como consecuencia de los trabajos derivados del cumblimiento del contrito.

Asi ismo, será responsable de los clño.s que pudier4 ocasionarse a bienes de pro iedad del Poder Judicial de la Nación o a terceros. A lestos efectos extremará los rec dos para prevenir siniestros capaces de producir leliones a personas, tanto se trat de„personal del Poder Judicial de la Nación, de terceras personas o ,a bienes tnu iel e inmuebles de aquel o de terceros..

Por el pago originado en el empleo de su personal: • Ettarán a cargo del contratista todas las erogaciones originadas por el empleo de su personal, tales como jornales, aportes jubilatorios, licencias, indemnizaciones, beneficios sociales, riesgos del trabajo y otras expensas que surjan de las disposiciones legales, convenios colectivos o individuales vigentes o a convenirse en el futuro.

El e molimiento de la normativa y los réquisitos antes referidos es condición ineludible par el inicio de la ejecución de las tareas y/o servicio S previstos en el objeto del cont ato y su Incumplimiento comprobado —en cualquier tramo del plazo contractual-pod á constituir causal de rescisión por culpa del contratista, en los términos previstos en eI artículo 152 del '<Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del PodIr Judicial de la Nación" -aprobado por Resolución C.M. n° 254/15-, previa intiniación fehaciente para que cese en; su incumplimiento en el plazo de CINCO (5) dlaSIhábilel computados desde la notificación de la recepcipn.

Se releje expresamente establecido que el Poder Judicial dé la Nación no tendrá ningún tipo forma de relación de dependencia Con el personal que el oferente contrate para la pre acióh del servicio objeto de la contratación. De hsóitarse huelgas, conflictos parciales, totales o cualquier otra situación con el per&onal de la empresa contratista, será 'obligación de ésta procurar una solución en un Wat no mayor de 48 horas a partir del:momento en que la autoridad judicial labre un acta para documentar la Situación dada.

AR ICULO 14°.- SERVICIOS DE LIMPIEZA. Cua do el objeto contractual fuere el servicio de limpieza, lel oferente deberá presentar un hforme emitido por Contador Público Nacional con firrna certificada por. el Consejo Prothsional donde conste: .r

Nómina de empleados; Que el libro del artículo 52 de la Ley de Contrato de Trabajo se lleva en forma legal; Que los sueldol/jornales están liquidados correctamente y que se da cumplimiento a las obligaciones de la seguridad social. Listado de la ART del personal asegurado; 1 Certificación de norma IRAM-ISO 9001:2008, en Caso de que se exija en las especificaciones técnicas respectivas.

De resultar adjudicatarios, deberán proveer todas las herbmientas, equipos, artículos de =,,limpieza y accesorios necesarios para realizar todos los trabajos enunciados, adjuntándose en cuanto a calidad y cantidad a la magnitudde las tareas a ejecutar. El Poder Judicial de la Nación proveerá sin cargo para el adjudicatario un local para su usd como baño, depósito para equipos, herramientas y articulos de limpieza.

ARtICULO 151.-CONFIDENCIALIDAD En los casos de servicios prestados en las instalaciones del Poder Judicial, el adjudicatario se comprometerá formalmente a mantener en reserva y a no divulgar o poner en conocimiento de terceros toda la documentación que llegue directa o

CONSEJO DE LA MAGÍSTRATURA t V661-ATiCIEERE5T—WEST

indirectamente a su poder como consecuencia del servicio prestado. A tal fin preParará a su personal para que responda adecuadamente al compromiso antedicho. Con una anticipación defiiuin e (15) días al comienzo de sus actividades proporc onará a las autoridades judiciales, los datos personales de aquellos, debiendo esperar la autorización de las mismas para su incorporación a las tareas. Idéntico crite[io se seguirá para el ingreso de nu vo personal.

ARTÍCULO 16°.- RECEPCIÓ A los fines de la recepción provisoria y definitiva será aplicable lo dispuesto 'en el presente artículo yen los articulos 137, 138 y 139 del "Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación", aprobado Por la Resolución C. M. N° 254/15. La recepción provisoria y def nitiva se realizará conforme a los requisitos establecidos en el anexo a las presentes cláusulas yen las especificaciones técnicas. La recepción provisoria y defiOtiva se otorgará mediante documento suscripto portquien ejerza la supervisión, indicancto la fecha, firma y sello aclaratorio.

16.1. Recepción Provisoria. Se procederá a otorgar la rec pción, la que tendrá carácter provisional, de acuercto con lo previsto en el anexo a la presentes cláusulas, quedando sujeta a la Recepción Definitiva.

16.2. Recepción Definitiva.

La recepción definitiva se otorgará dentro del plazo establecido en el anexo la las el presentes cláusulas, a partir de haberse otorgado la recepción provisoria de acu . rdo a

lo previsto en el artículo 13 del "Reglamento de Contrataciones del Consejo •cle la Magistratura del Poder Judicial de la Nación", aprobado por la Resolución C. . . N° 254/15 que forman parte dil Pliego de Base y Condiciones que rige la presente contratación. .- La persona a cargo de la supervisión procederá a verificar si cumple con las especificaciones técnicas de la contratación y/o con las muestras que se hubieran considerado, en cuyo calo prrederá a otorgar la conformidad -definitiva de los trabajos.

:t. ARTÍCULO 17°.- FACTURAC ON Y PAGO. Las facturas se presentarán anexo a las presentes cláus recepción definitiva. En el caso de estipularse pa en el anexo a las presentes cl El pago se hará una vez que días de presentada la ,factu "Reglamento de Contratecion Nación", aprobado por la Res si existieran observaciones u contratista.

e lunes a viernes, en el horario y lugar establecidorn el las, debiendo adjuntarse a ellas la conformidad Ele la

1 os pardales se efectuará de acuerdo con lo establecido usulas particulares. ste haya sido prestado de conformidad, a los treinta (30) a, de acuerdo con lo previsto en el artículo 14) del s del Consejo de la Magistratura del Poder Judicia(Ide la lución C. M. N° 254/15. El término fijado se interruMpirá misiones en la documentación a presentar por parle del

'4

I ARTÍCULO 18°.- CESIÓN DE RÉDITO. Se autoriza a la empresa adjui icataria a realizar la cesión del crédito que se origine por la presente obligación, siem re y cuando el cesionario sea una de las persorlas o entidades públicas oficiales :de la Nación, de las provincias o municipalidades, enunciadas en la ley dé Enti ades F' ancieras —Ley 21.526- y que el mismo 'je Se encuentre inhibido, embarg do prendido por cualquier gravamen! que

K1 e 1 A OPlaciones do San Marfil!

asein

com. regis Eh e debe cond expr El pr la Na En I expr contr

ometa su situación económica o se encuentre en o del Banco Central de la Repúbliea Argentina. caso de realizarse la cesión del -crédito menciona á informarse a este Poder Judicial la denomi iones de la cesión propuesta, siendo condición ob a conformidad de este Poder Judicial.

sente articulo se regirá acorde a las regulaciones d ión. (Arts. 1636, 1637, 1638, 1639, 1640 y concorda

casos en que el objeto contractual fuere un se • amente prohibidas las cesiones de créditos genera tación.

ha situación negativa ante el

o, previo al acto de cesión, ación del cesionario y las igatoria solicitar y obtener la

I Código Civil y Comercial de tes). icio de limpieza, quedarán os en virtud del objeto de la

ARTÍ ULO 19°,- PENALIDADES. Sin p rjuicio de lo establecido en las Eapecificaciones T cnicas, ante incumplimientos en el desarrollo del procedimiento de 'selección o en l ejecución del contrato, los contrittistas serán pasibles de las penalidades establecid s en los artículos 148 a 152 del Rhglamento aprobado por la Reaolución CM N° 254/1

ARTi ULO 200.- CONOCIMIENTO DE REGLAMENTACI

Por sólo hecho de presentarse a este procedimiento decla a que conoce y dará estricto cumplimiento a proviilciales y municipales vigentes que regulen la corre pondientes a Servicios Públicos nacionales, encu ntren o no referidos en el pliego y a todo otro re apile ción,

NES. e contratación el contratista las normativas nacionales, ateria, como asimismo los ovinciales o privados, se lamento técnico que sea de

.ÁRTÍ ULO 21°.- GARANTÍA DE LA PRESTACIÓN. La ge'rantia de la prestación tendrá un plazo mínimo de d ce (12) meses, salvo que en el Adexo se establezca uno mayor, contado • a partir •e la fecha de la recepción defini iva. Vencido este plazo se devolverá la garantla e cumplimiento de contrato, segt:ill lo establecido en el artículo 130 del Reglamento apLobado por la Resolución CM N°254/15. La dbnformidad definitiva no libera al co-contratant de las responsabilidades emeri§entes de los vicios ocultos según lo establecido en él artículo 140 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15. , vt

1.? ARTÍÓULO 22°.- SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIV

/ F'

En Irit casos de servicios, el contratista deberá contrata un seguro integrado por los siguiantes rubros: Responsabilidad Civil comprensivo d Daños a terceros, Robo e Incendio por un monto de pesos equivalente, como mínimd, al monto del contrato. La pájiza deberá ser presentada dentro de los dos (2) días de recibida la notificación de la Orden de Compra, y se consignará cómo parte asegurada exclusivamente al Poder Judidial de la Nación — Dirección General de Administracián Financiera, Sarmiento 877, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión del contrato. Su vigencia deberá extenderse hasta la extinción de la !totalidad de las obligaciones contractualmente asumidas. Deberá dejarse constancia, asimismo, que la Aseguradera no ejercerá acciones de repetición contra el Poder Judicial de la Nación, en su calidad de comitente, que tengan comd causa siniestros amparados e indemnizables mediadte este contrato de seguro. Toda las pólizas y sus respectivos endosos deberán ser presentadas en original y teneelas firmas certificadas por Escribano Público.

, ,

1 19 -- E rnar'nraI 11,rjr:1

3 CIA 1?arones de San Mediu

'1d^, 856" 139,2:i

CONSEJO DE LA MAgISTRATURA tJJ PODER JUDICIALDE A NACIÓN

ARTICULO 23°.- ACTA DE TRASPASO EN CONTRATACIONES DE SERVICIOS.

En las contrataciones de sen'ijcios de mantenimiento, cumplida la orden de compra, la empresa saliente con la empresa entrante deberá rubricar un Acta de TraspaSo en conjunto con la Intendencia ola Habilitación, en la cual se dejará asentado si exiSten o no observaciones, con las consideraciones y explicaciones que estimaran pertinente. De consignarse observaciones en el Acta de Traspaso, la supervisión no suscribirá la recepción definitiva del últimoSes de la prestación. En el caso que las observaciones surgidas en el Acta de Traspaso sean responsabilidad de la emprela saliente, la empresa entrante podrá realizar las reparaciones que tuvieren or gen en las observaciones del Acta de Traspaso, a :cargo de la firma saliente. A tal fin, la firma entrante acreditará la realización de las reparaciones mediante remito firmado de conformidad por la supervisión y la factura que correspondiere. En el caso que la empresa entrante no realizare las reparaciones que surgieren be las observaciones surgidas en el Acta de Traspaso y el servicio estuviese interruMpido, corresponderá el descuento por la .no prestación del servicio de mantenimiento, ello sin perjuicio de las penalidades que pudiere corresponder, de acuerdo con lo establecido en las especificaciones técnic' s.

ARTÍCULO 24°.- RÉGIMEN LEGAL APLICABLE. . Las cuestiones no expresamente tratadas en las cláusulas particulares que anteceden, se regirán por as dispesiciones contenidas en el "Reglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación" -aprobado por Reso ución C.M. n° 254/15. La resolución aprobatoria ant s citada, conjuntamente con los anexos que la intejran relativos al reglamento referido y el Pliego único de Bases Y Condiciones aprobados por el mismo acto-, pueden sar visualizados, descargados e impresos desde el sitilo web

' 41e1 Poder Judicial de la Nación; www.pjn.gov.ar - •

$1114C9NSEJO DE LA MAG RATURA - PÓDÍRT.75TEKEB-1 LA NACIÓN

hos 1.

Anexo II,

ANEXO A [AS CLAUSULAS PARTICULARES )

OBJET0s, 'N' fe_t_5t) 4.k". \EQ 1 DEPENDENCIA. 110144 2AL. ..:t—tA2Z. , E.•1:.13 4 ÍraCL,________ DIRECCIÓN: tEzÓt l»-Lstra. 1..12 — 01—x\-)0

ARTÍCULO 1°.- PLAZO PARA ¿. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. 9 El plazo de ejecución será de:a. ILDOICM̂ C) E:S L,k91,k.,15111.A

ARTICULO 2°.- VISITA A LOS EDIFICIOS. Es obligatoria la visita a los e ificios: SI / (tacharlo que no corresponda) a) En el plazo de Hilas anteriores a la apertura de las ofertas b) Lugar de la visita. Ce) ,ó-SAIh.lara - (2)(---05 c) Coordinail\ la 'sit con (nombre, teléfono y dependenci

- zU ei2aLe _ 411-s ESe? /41 (3-se4a Akfl51718.3

ARTÍCULO 3°.- CONSULTAS T CNICAS PREVIAS A LA OFERTA a) Lugar de presentación de las c nsult s por escrito: b) Plazo para realizar las consultas: 2 rr)5 días anteriores a la apertura de las oferta ó.

ARTICULO 4°.- ANTECEDENTES. a) Cantidad de antecedentes y/o Principales clientes: 5 b) Antigüedad de los antecedentes: 2 e.-„,$) a 'Os.

ARTÍCULO 5°.- PRESENTACIÓ a) Se admiten ofertas parciales p b) Se aceptan ofertas alternativa c) Se aceptan ofertas variantes:

DE LAS OFERTAS. r renglón: 14.1 NO (tacharlo que no corresponda) ¡NO (tachar lo que no corresponda)

/ NO (tachar lo que no corresponda)

ARTÍCULO 6°.- CONDICIONES ÓENERALES DE LA OFERTA Y DEL OFERENTE. jipo de con7ltazoIcumAnilápión obligaZqria para presentar con las ofertas:

A ARTÍCULO 7°.- ADJUDICACIÓN- A a) Se adjudicará por parte del renglón: »(/ NO (tacharlo que no corresponda) b) Se adjudicará por adjudicación-integra: SI / (tacharlo que no corresponda)

ARTÍCULO 8°.- SUPERVISIÓN. a La supervisión estará a cargo de (NpLnbre„cargo yapendence),„

WL94t, e7)246 Ti'-2 SA1-)1" Zer lO---ItEznQoussjica Zsoo b) Las inspecciones se realiza+ (Inaicar en qué momento y bajo qué condiciones Se realizará) . .

ARTICULO 9°.- ENTREGA (s mi a) Lugar de entrega: O) Se deberá coordiM-

Eb ent\t‘4112. con: _(_Nombre, cargo y dependenci

» ARTÍCULO 100.- RECEPCIÓN. • 'S) La recepción provisoria y defini

• • -1D), Se efectuarán recepciones parC Condiciones y plazo de las recepó

c). Plazo de la recepción definitiva VI 104 Snylk-1,— (Indicar el plazo o si • misma se otorga en el mismo actd que la provisoria).

ARTÍCULO 11°.- FACTURACIÓNJ PAGO. a) Se aceptan pagos parciales: • • NO

istro).

va será otorgada por: Lit- C alesX/ NO (tachar lo que no corresponda). ones parciales:

ondiciones Y plazos , de I pagos parciales:

) Lugar de presentación de las facturas t---0 t) —1- ) Lugar de pagoda las facturas:

RTICULO 12°.- GARANTÍA DE Los, BIENES O DE LO TRABAJOS.

e requiere un plazo de garantía mayor a 12 meses O (tacharlo que nO corresponda). plazo la garantía será de: ----- meses.

It

tal tderx Wu,aficy, ;71 aé la

ESPECIFICACIONES TÉCNICAS -

SERVICIO DE MANTENIMIENTO ARBOLES EN EL TRIB.

Calle Gob. Ugart

DE ESPACIOS VERDES Y PODA DE NAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL N°2

de San Martin 1 N°1735,01ivos , Pcia. De Buenos Aires

1.- COTIZACIÓN.

mantenimiento de espacios verdes y poda de árboles. Federal .N°2 de San Martin será presentada en logl li

ación:

Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 de San o b. Ugarte N° 1735 de Olivos.- '

La cotización del servicio de del Tribunal Oral en lo Criminl

t renglones detallados a contin

• 1.-) RENGLÓN UNICÓ: Martin sito en la calle G

• A.-) TRABAJOS MANTENIMIENTO Y PODA A REALIZAR ( 12 MESES) I

1 A REALIZAR:

kl -.1-SÉRVICiÓ310 ÉNáiYAV a útlitlids-IráéáSsTeié:AbilEíAibitóTti

A..-FRECUENCIA DE LOS TIABAJOS

a) Trabajos mínimos a reOlizar en el frente y el contrafrente tiel

• Corte de pasto ,retiro de los r, • Poda de ramas secas.- . Poda de las enredaderas que

mismas ingresen en el edifit • Retiro de hojas secas.- S

9iT2tr toatENÁCIVIEWÉrélúi'a;!:tPlips;inioses

en todo el sector de espacios verdes existente, inmueble - - . ,

siduos generados--

dan sobre las media sombra a fin de evitar que las principal y los edificios linderos.-

delErietela-,MarzcitiV:del•Sentiernbreta DiCleinbletti

os verdes existente en el frente y el contrafrente dei

siduos generados.-

dan sobre las media sombra a fin de evitar que las principal y los edificios linderos.-

LOS TRABAJOS

ben realizar 2 personas, 4 horas por servicio .--

Jeberá proveer todas las herramientas, equipos, artícuIoí realizar todos los trabajos enunciados, ajustándose ert 3agnitud de las tareas a ejecutar.-

iptas, se desarrollarán, de lunes a viernes o en el horario:. el Tribunal a los efectos de no entorpecer la actividad dej rabajos dentro de los horarios y pautas establecidas. de trabajo uniforme en la que se identificará el nombre

RA FEDERAL DE A APELACIONES DE SAN MARTIN QUEMES 3053- SAN ANDRES

/ 4713-5848 / 58L7 INT 181 0 183 , , r , , 1 u e tü, NI Nav ar -Inte.rickneinoWyulloo ChIT'UL r-: : Y* E. NC: 1 k",,;

:IIPTIA nra Apalaciones de San MI :ItNIIIIS 3II'I 'En S 569 n't 6

4755,8569

,,,,

a) En todo el sector de espaci:1‘

inmueble .- LI . i

• Corte de pasto ,retiro de los r 1 • Poda de ramas secas.- . • Poda de las enredaderas qui

mismas ingresen en el edifico • Retiro de hojas secas.-

1. FORMA DE EJECUTA CANTIDAD DE PERSONAL:

, Para todos los trabajos que se ci , ARTÍCULO 1°.- El adjudicatariov de protección necesarios para cuanto a calidad y cantidad a aT

ARTICULO 3°.- Las tareas des que se coordine en conjunto co: mismo para la realización de loa; Dicho personal contará con ropa de la Empresa. .1

INTENDENCIA CAI¡,

n IN T .

7,2

ARTICULO 4°.- El adjudicatario se comprometerá forma a no divulgar o poner en conocimiento de terceros to s directa o indirectamente a su poder como consecuenci preparará a su personal para que responda adecuadame Con una anticipación deis días al comienzo de sus autoridades Judiciales, lo S datos personales de aquellos, de las mismas para su incorporación a las tareas.- Idé ingreso de nuevo personal.-

Mente a mantener en reserva y á la documentación que llegue del servicio prestado.- A tal fin te al compromiso antedicho.-ctividades proporcionará a las ebiendo esperar la autorización

í,tico criterio se seguirá para el

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1

32.

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t I

\ CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

ADMINISTRACIÓN GENERAL

ANEXO A —apartado 7

DOCUMENTACióN A PRESENTAR 1 OH LOS OFERENTES

OFERENTE TIPO DE

INFORMACION DATOS DOCUMENTACION

Personas Físicas

_General

Nombre y apellido

Fecha de nacimiento Nacionalidad.

Número de documento de identidad

Copia Fiel del Documento Nacional de Identidad

Profesión Copia fiel de la matrícula profesional o Titulo Habilitante.

Estado Civil .Lo declara el oferente con la presentación dala oferta.

Domicilio, real, especial.

Número de teléfono y dirección de correo electrónico

Lo declara el oferente con la presentación de la oferta.

Número de Clave única de Identificación Tributaria (CUIT),

Lo constata el Departamento de Compras por internet.

Información sobre 1 los principales clientes , del sector Público y Privado

Lo declara el oferente con la presentación de la oferta.

Impositiva y

previsional

Datos de la nota presentada ante la AFIP a los finos de solicitar el Certificado Fiscal

, para Contratar certificado

Copia fiel u original de la nota presentada ante la AFIP (este dato no es necesario si posee el

fiscal vigente).

Dalos del Certificado Fiscal para Contratar vigente i

1

Lo verifica el Departamento de Compras vía internet

Jurídicas General

Razón social, lugar y datos del contrato constitutivo (lugar, fecha, objete y duración) I

;

Copia fiel del contrato social o estatuto y sus modificaciones.

Numero de Clave Única de identificación Tributaria

(CUT)

Lo constata el Departamento de Compras vía internet

Domicilio real, especial, número de teléfono y dirección - de correo electrónico.-

Declarados por el oferente con la presentación de la oferta.

Jurldicas

General

Dato; de inscripción registral del contrato constitutivo y de sus modificaciones.- .

Las 'personas juddicas en formación Númbro de expediente y fecha de la constancia de iniciación del trámite de inscdpción en el registro correbpondiente

copia fiel del contrato social o estatuto y sus modificaciones con constancia de inscripción en el Registro correspondiente

Copia fiel u original de la constancia que expida el registro respectivo.

Nómina de los actuales integtantes, de sus órganos de ' fiscalización y admihistración

,

copia fiel del contrato social o estatuto. sus modificaciones, actas de directorio, actas de asamblea, resoluciones de los socios

Fechn de comienzo y finaliación de los mandatos de ¡los órganos de administración y fiscalización

Copia fiel del contrato social o estatuto, sus modificaciones actas de directorio, actas de asamblea, resoluciones de los socios

Información sobre los principales clientes del sectdr público y privado, según el monto de factukación en los últimos tres (á) años

,

Lo declara el oferente con la presentación de la oferta

Impositiva y previsional

Dato§ de la nota presentada ante .la AFIP a los fines de solicitar el Certificado Fiscal i para !Contratar

i

Copia fiel u original de la nota presentada ante la AFIP (este dato no es necesario si posee certificado fiscal vigente)

Datos del Certificado Fiscal para 'Contratar vigente

1

Lo verifica el departamento de compras mediante interne(

Contable

Dato; del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta

Balance firmado por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la jurisdicción que corresponda

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA ijO-6É-R-JDTSIEÍÁTDE'TTÁ-Ñ"Á"Ei6Ñ-

ADMINISTRACIÓN GENERAL

51 113

Uniones Transitorias

Y Consorcios

De Cooperación

General

Denominación, lugar fecha 'y objeto del compromiso de constitución y datos de inscripción registral o del trámite respectivo,

Copia fiel del compromiso de constitución con la correspondiente inscripción en los registros públicos correspondientes o constancia de inicio de trámite.

Domicilio, • real, especial; número de teléfono ly dirección de correo electrónico

Lo declara el oferente al momento de presentar la oferta.

Número de Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)

Lo constata el Departamento de Compras mediante internet

Identificación de lds miembros individuales 'o personas jurldicas que lo integran

Copia fiel del compromiso de constitución.

Identificación de la:s personas que integran cada empresa

Copia fiel de Contrato Social de cada empresa y sus modificaciones

Información sobre lo s principales clientes del sector público y privado, según el monto de facturación en los últimos tres (3) años

Lo declara el oferente con la presentación de la oferta

Impositiva y previsional

Datos de la nota presentada ante la AFIP a los fines de solicitar el Certificado Fiscal para contratar !

Copia fiel u original de la nota presentada ante la AFIP (este dato no ea necesario si posee certificado fiscal vigente)

Datos del Certificado Fiscal para Contratar vigente

Lo verifica el Departamento de Compras mediante internet

Contable

Datos del Balance General correspondiente al último ejercicio anterior a la fecha de presentación de la oferta

Balance firmado por Contador Público Nacional y Certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Jurisdicción que corresponda.

Cooperativas Mutuales y otros

Denórninación Copia fiel del acta de asamblea constitutiva y estatutos u otros

General

Lugar, fecha, objeto, duración del instrumento conatitutivo y datos de la inscr,ipción registral

i

Copia fiel del acta de asamblea constitutiva, estatutos u otros y sus modificaciones.

Dorrjicilio, real, especial, núr4ro de teléfono y direación de correo electrónico

Lo declara el oferente con la presentación de la oferto

Númiero de Clave Unica de Identificación Tributaria (CI4T)

Lo constata el Departamento de Compras mediante Internet.

Nónlina de los actuales integrantes

Copia fiel del acta de Asamblea u otros.

sector sep.

tres

Infoimación prinaipales

factdración

sobre los clientes del

Público y Privado, n el monto de

en los últimos (3) años

Lo declara el oferente con la presentación de la oferta.

Impositiva y provisional

Datds antel solicitar peral

de la Nota presentada la AFIP a los fines de

1. el certificado fiscal contratar 1

1

Copia fiel u original de la nota presentada ante la AAP (este dato no es necesario si posee certificado fiscal vigente)

Datds del Certificado Fiscal i panal contratar vigente.

;

Lo verifica el Departamento de Compras mediante Internet.

contable

Datds del Balance General correspondiente al último ejer4icio anterior a la fecha de presentación de la oferta

Balance firmado por Contador Público Nacional y certificado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Jurisdicción que corresponda.

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA „I PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN

ADMINISTRACIÓN GENERAL

ANEXO B —apartado 7

DECLARACIÓN JURADA DE HABILIDAD PARA COÑTRATAR CON EL CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA ÑACION

1

Nombre y Apellido o Razón Social:

CUIT:

El/la que suscribe bajo juramento que no se encuentra incurso en ningunas de las causales de inhabilidad para contratar establecidas en el artículo 78 del Ritsglamento de Contrataciones del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación aprobado ni' la Resolución CM N° 254/15.

"ARTICULO 78. PERSONAS NO HABILITADAS. No podrán contratar con el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DEL PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN:

• 1. Las personas humanas o jurídicas sancionadas con suspensión o inhabilitación por la OFICINA NACIONAL DE CONTRATACIONES;

1 2. Las personas humanaeo jurídicas con sanciones [vigentes en el ámbito del PODER JUDICIAL DE LA NACION;

3. Los magistrados, funcionarios y empleados públicos del Sector Público Nacional y las personas jurídicas en las cuales aquellos tuvieran participación suficiente para formar la voluntad social, de conformidad con lo establecido por la Ley n°25.188 de Bfica Publica;

4. Los procesados y condenados por delitos de lesaihumanidad; i

5. Los condenados por delitos dolosos, por un plazol igual al doble de la condena; ;

6. Los fallidos, concursados e interdictos, mientras no sean rehabilitados, i i

7. Las personas que se encontraran procesadas por delitos contra la Administración Pública Nacional u otras entidades del sector público nacional, provincial y municipal o contra la fe pública o por delitos tipificados por la Convención Interamericana contra la !Corrupción, así como las personas jurídicas cuyos integrantes se encuentren en dichas situaciones;

8. Las personas humanas o jurídicas que no hubieran cumplido con sus obligaciones tributarias y previsionales;

9. Las personas humanas o jurídicas que no hubieren cumplido en tiempo opórtuno con las exigencias establecidas por el último párrafo del artículo 80 de la ley,24.156; .

10. Los empleadores incluidos en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) durante el tiempo que permanezcan en el mierno".

FECHA:

FIRMA:

ACLARACIÓN:

5» 14-

5)3 U

SO

OFIC

IAL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA ir PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN 41, AJÍ,

ADMINISTRACIÓN GENERAL

CIRCULAR MODIFICATORIA

En virtud de la Resolución General 4164 E/2017 de la AFIP, en la

cual se derogaron las Resoluciones Generales N° 1814, 2581 y 2852 de la

AFIP -respecto al "Certificado Fiscal pata Contratar con el Estado"-, se

destaca la necesidad de dejar sin efecto los requisitos establecidos en

el presente Pliego de Bases y Condiciones referidos al Certificado en

cuestión, y actualizar el Artículo "Criterios de evaluación y selección

de las ofertas"; el cual deberá leerse de la siguiente manera:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y SELECCIÓN DE LAS OFERTAS.

Previo a la evaluación económica de las ofertas, se analizará la información aportada por los oferentes a fin de determinar el cumplimiento de las especificaciones de cada renglón y las cláusulas del presente pliego con el propósito de considerar la adMisibilidad de las ofertas. Serán desestimadas aquellas ofertas que se encuentren comprendidas entre las causales detalladas en el artículo 103 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15. Cuando proceda, la Comisión de Preadjudicaciones o el Departamento de Compras intimará al oferente para que en un plazo no mayor a diez (10) días subsane los errores u omisiones (Art. 104, Resolución CM N° 254/15). La no subsanación dentro del plazo establecido acarreará la desestimación de la oferta. De las empresas consideradas admisibles y convenientes, se determinará el orden de mérito teniendo en cuenta el precio, la calidad y la idoneidad del oferente. Asimismo, se aplicará la Resolución General 4164 E/2017, de la AFIP, así como también, las leyes de Compra a MIPYME y Compre Trabajo Argentino (arts. 112 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 y 8 del Pliego Único de Bases y Condiciones, Anexo II de la Resolución CM N° 254/15) en los casos que corresponda. El dictamen de preadjudicación se notificará en forma fehaciente a todos los oferentes mediante correo electrónico o notificación electrónica. Cuando no fuera posible notificar 4mediante dichos medios, podrá utilizarse cualquiera de .los medios de notificación previstos en el artículo 68 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 con la limitación establecida en el art. 5° del Anexo aprobado por Resolución AG N° 10/16. Los interesados podrán formular impugnaciones al dictamen dentro de los cinco(S) días hábiles de su notificación. Los oferentes deberán constituir garantías en los casos de impugnaciones contra el Dictamen de Preadjudicación, en aquellos casos en que hubieren presentado más de dos (2) impugnaciones contra dictámenes de preadjudicación en un (1) año calendario. En esos supuestos el importe de la garantía será equivalente al uno por ciento (11) de la oferta del impugnante. En ningún caso el depósito podrá ser inferior a la suma de pesos doscientos ($200). Dicho depósito se efectuará en el Banco de Depósitos Judiciales a la orden del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación, en la cuenta N° 250000883 del Banco de la Nación Argentina (Sucursal Tribunales) denominada "RJN-0500/320-DAF-C.Mag-Impug.Lic-Gtía'.

.

US

O O

FIC

IAL

CONSEJO DE LA MAGISTRATURA PODER JUDICIAL DE LA NACIÓN'

ADMINISTRACIÓN GENERAL

CIRCULAR MODIFICATORIA

En virtud de la Resolución del Consejo de la Magistratura N° 316/17

-de fecha 31 de Agosto de 2017- mediante la cual se modificó el valor del

módulo a PESOS CUATRO Mil, ($ 4.080), según el Articulo 18 del _Reglamento

de Contrataciones del Consejo de la Magistratura aprobado por Resolución

CM N' 254/15; se destaca la necesidad de actualizar los montos inherentes

a las garantías; los cuales deberán leerse de la siguiente manera:

GARANTÍAS.

"Los oferentes o los adjudicatarios deberán constituir las siguientes clases de garantías: 1.- De mantenimiento de /a oferta: cinco por ciento (5%) del monto total de la oferta. En el caso de cotizar con descuentos, la garantía se calculará sobre el mayor monto propuesto. 2.- De cumplimiento del contrato: Los oferentes adjudicados, deberán presentar una garantía equivalente al diez por ciento (10%) del monto total del contrato; Las garantías, si no fueren superiores a PESOS SESENTA MIL ($60.000) o su equivalente a QUINCE (15) módulos podrán constituirse en PAGARE o en cualquiera de las formas previstas en el articulo .127 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15 y deberán integrarse a entera satisfacción del Consejo de la Magistratura del Poder Judicial de la Nación. 3.- Quedan exceptuados a la obligación en la presentación de garantías, aquéllos que se encuentren incluidos en el artículo 129 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15, a saber.

a) En las adquisiciones de publicaciones periódicas, b) Contrataciones que tengan por objeto la 'locación de obra intelectual a titulo personal; c) Cuando se cumpla la prestación contractual dentro del plazo de integración de la garantía

de cumplimiento de contrato. En estos casos, el plazo para la integración se contará a partir de la comunicación fehaciente del rechazo. Los elementos así rechazados quedarán en caución y no podrán ser retirados, sin previamente integrar la garantía que corresponda. La excepción no procederá en caso de rechazo o cuando • se trate de la prestación de un bien o servicio que según el pliego de bases y condiciones particulares se prevea la garantía del trabajo contratado;

d) Cuando el monto de la garantía no fuere superior a PESOS VEINTE MIL ($20.000) o su equivalente a CINCO (5) módulos.

e) En las contrataciones directas reguladas en el Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254 cuando se efectúen por el trámite simplificado;

O En las contrataciones directas encuadradas en los artículos 30, 31, 32, 33, 34 y 35 del Reglamento aprobado por la Resolución CM N° 254/15.

g) Cuando el oferente sea una jurisdicción o entidad perteneciente a/ Sector Público Nacional en los términos del articulo 8° de la Ley n° 24.156 y sus modificaciones o un organismo provincial, municipal o del Gobierno de Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Las garantías se devolverán de conformidad con lo establecido en el articulo 130 del Reglamento aprobado por-la Resolución CM N° 254/15."

.