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El proyecto universal de donación de órganos y tejidos ¿Esperanza de vida o infracción a los derechos humanos? Sharon Raez Arriola. Anthony Santillana Santa cruz. Si hablamos de donación, nos referimos al acto de ofrecer algo sin esperar recibir nada a cambio. Cuando nos referimos a donación de órganos no solo, es una acción, sino un compromiso que muchas personas pueden optar por aceptar o mostrar su rechazo. En la actualidad se observa según datos brindados por la RENIEC, que muchos ciudadanos peruanos deciden no donar sus órganos una vez fallecidos, esta condición nos lleva a generar hipótesis sobre el motivo que existen detrás de dichos actos. Si bien las creencias o comentarios que conduce la donación de órganos, pueden provocar interrogantes que no se responderán, si no existe la suficiente información. El donar un órgano o tejido no es una amenaza a la salud pública, sino la manera de formar una sociedad consolidada, con valores y a su vez generar el desarrollo de nuestro país. A continuación, expondré los motivos por los cuales el proyecto de ley de donación de órganos y/o tejidos humanos propuesto por el Congresista de la Republica, Carlos Bruce, debe ser aprobada, puesto que se manifestarían y evidenciaran hechos relevantes y ciertos que refutaran dicho pensamiento discriminativo al acto de donar órganos. El proyecto de ley de donación universal de órganos y/o tejidos humanos tiene como característica principal que toda persona mayor a 18 años de edad, que en el completo uso de todas sus facultades y no se opongan a ser donante, será considerada como cual una vez difunta y señalada su muerte encefálica. Consiguientemente, se debería aprobar dicho proyecto de ley porque ampliaría la oferta de donantes y trasplantes de órganos, según el Dr. Carlos Carvallos, de la gerencia de Trasplante de órganos de EsSalud, declaro que existen cerca de 600 mil asegurados que están en busca de esta intervención quirúrgica .Por ende, el consentimiento de esta ley aportaría como beneficios la disminución de la extensa lista de espera que actualmente afecta al país, en ella mueren aproximadamente 700 personas en espera de un trasplante de órgano. Además, se debe considerar que el Perú ostenta el segundo puesto en la lista de trasplantes más baja de Sudamérica. Por ello, rebajando el índice de pacientes en espera, se conseguiría un aumento en las probabilidades de salvar, aún más vidas, ya que las personas necesitadas y afectadas por alguna enfermedad que requiera de un trasplante, obtendrán un mejor y rápido acceso a dicho bien, apaleando la afección que los acecha. Efectivamente, mejoraría la salud y la calidad de vida del individuo como la de sus allegados cercanos a ellos.

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El proyecto universal de donación de órganos y tejidos

¿Esperanza de vida o infracción a los derechos humanos?

Sharon Raez Arriola.

Anthony Santillana Santa cruz.

Si hablamos de donación, nos referimos al acto de ofrecer algo sin esperar recibir nada a cambio.

Cuando nos referimos a donación de órganos no solo, es una acción, sino un compromiso que

muchas personas pueden optar por aceptar o mostrar su rechazo. En la actualidad se observa

según datos brindados por la RENIEC, que muchos ciudadanos peruanos deciden no donar sus

órganos una vez fallecidos, esta condición nos lleva a generar hipótesis sobre el motivo que

existen detrás de dichos actos. Si bien las creencias o comentarios que conduce la donación de

órganos, pueden provocar interrogantes que no se responderán, si no existe la suficiente

información. El donar un órgano o tejido no es una amenaza a la salud pública, sino la manera

de formar una sociedad consolidada, con valores y a su vez generar el desarrollo de nuestro país.

A continuación, expondré los motivos por los cuales el proyecto de ley de donación de órganos

y/o tejidos humanos propuesto por el Congresista de la Republica, Carlos Bruce, debe ser

aprobada, puesto que se manifestarían y evidenciaran hechos relevantes y ciertos que refutaran

dicho pensamiento discriminativo al acto de donar órganos.

El proyecto de ley de donación universal de órganos y/o tejidos humanos tiene como

característica principal que toda persona mayor a 18 años de edad, que en el completo uso de

todas sus facultades y no se opongan a ser donante, será considerada como cual una vez difunta

y señalada su muerte encefálica. Consiguientemente, se debería aprobar dicho proyecto de ley

porque ampliaría la oferta de donantes y trasplantes de órganos, según el Dr. Carlos Carvallos,

de la gerencia de Trasplante de órganos de EsSalud, declaro que existen cerca de 600 mil

asegurados que están en busca de esta intervención quirúrgica .Por ende, el consentimiento de

esta ley aportaría como beneficios la disminución de la extensa lista de espera que actualmente

afecta al país, en ella mueren aproximadamente 700 personas en espera de un trasplante de

órgano. Además, se debe considerar que el Perú ostenta el segundo puesto en la lista de

trasplantes más baja de Sudamérica. Por ello, rebajando el índice de pacientes en espera, se

conseguiría un aumento en las probabilidades de salvar, aún más vidas, ya que las personas

necesitadas y afectadas por alguna enfermedad que requiera de un trasplante, obtendrán un

mejor y rápido acceso a dicho bien, apaleando la afección que los acecha. Efectivamente,

mejoraría la salud y la calidad de vida del individuo como la de sus allegados cercanos a ellos.

Page 2: Proyectoleyuniversalfinal

Con la aprobación del proyecto de ley, se demostraría también el alto grado de altruismo en el

Perú, en el cual la solidaridad podría ser expresada en su máxima grandiosidad. Pero, ¿En que

pueden estar relacionados la solidaridad con el proyecto de ley de donación universal de

órganos y/o tejidos humanos? Por un lado, la solidaridad es el término en el cual se describe una

acción de perfil generoso y comprensivo, en el cual un individuo brinda auxilio o ayuda a otra

persona sin esperar recibir nada a cambio y a su vez, es calificado también como uno de los actos

más bondadosos que puedan existir en la humanidad. Por otro lado, tenemos el proyecto de ley

universal que tiene como objetivo establecer la aceptación de la donación de órganos y/o

tejidos en personas mayores de 18 años de edad que no hayan pronunciado su negatividad a

ser donantes en su Documento de Identidad (DNI), esto ocasionaría un apoyo y ayuda tanto

desinteresada como primordial para las personas enfermas con limitaciones para acceder al

banco de órganos. Así pues, también fomentaría a parte de la propia solidaridad, una cultura

más reflexiva y responsable con respecto a las donaciones y trasplantes de órganos en el país.

Como dije anteriormente, en el Perú, a comparación con otros países Latinoamericanos, tiene

una tasa deplorable de donantes, debido al poco conocimiento cultural y real sobre la donación

de órganos u otras formas de ayuda. Sin embargo, se podrían destacar dos casos en los cuales

seria la excepción sobre la regla. El caso del periodista deportivo, Pedro Montes, el cual padecía

de hematuria (sangre en la orina) y por ello, pretendía de un trasplante urgente de riñón, gracias

a la donación de su hermano menor, William Montes, pudo dejar de pasar cinco horas diarias

aproximadamente en la hemodiálisis. Dicha cirugía se llevó a cabo en el Centro Asistencial

Médico de EsSalud y fue realizado por el Dr. Augusto Hernandez Ramos, quien le permitió

reincorporarse a su oficio de periodista, puesto que logro vencer a dicha afección. También,

tenemos otro caso, el de un niño menor de doce años de edad, el cual sufría de anemia, pérdida

de peso y problemas digestivos a causa de un cáncer de riñón. Lo mejor, es que su madre, Dánae

Peña Quispe de 32 años de edad, logro donar a su pequeño hijo el órgano solicitado. Este

trasplante se realizó en el Hospital Nacional Cayetano Heredia. La operación fue todo un éxito,

lo cual motivo al Dr. Dulanto a solicitar que dispusieran de más personas a que donasen más

órganos, tomando como referencia el caso de este menor de edad y su madre. Por consiguiente,

se puede deducir, a partir de los casos expuestos que con la aprobación de un proyecto universal

de ley de donación de órganos y/o tejidos humanos, se podría provocar más la demanda y

trasplante de órganos, como también la esperanza y calidad de vida de los pacientes.

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En conclusión, el proyecto de ley que establece la donación universal de órganos y tejidos

humanos propuesto por Carlos Bruce, reforzaría la sanidad en el Perú, al aprobar el designio de

ley, se ampliaría la acogida de órganos. Por un lado, las personas podrían convertirse en

receptoras de órganos, también se reduciría recurrir al tráfico ilegal. Igualmente, los individuos

serán informados sobre el grado de importancia de la donación en el país y a su vez serán

conscientes en todo momento de declararse “No” donante. A pesar de que contemos con

infraestructuras, conocimientos y médicos cualificados, tenemos la menor tasa de donantes de

órganos, considerada una situación alarmante. La aprobación del proyecto de ley también,

generaría una sucesión de apoyo, quedando a la altura de Argentina y Uruguay. Entonces ¿Por

qué a pesar de todos los beneficios anteriormente expuestos, aún encontremos personas que

estén en contra de este proyecto de ley? Seguramente, en este sentido, es debido a la baja

cultura peruana y a la falta de indagación sobre la donación de órganos. Por ello, se deberían

difundir talleres de información para escolares, adultos, promocionar y fundamentar la toma

de conciencia de la donación. Por consiguiente, la aprobación del proyecto de ley de donación

universal de órganos será de las mejores acciones que podrían pasar a nivel de sanidad, como

social en el Perú.

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Contraargumentación a la Tesis ¿Se debería aprobar el Proyecto de Ley

que establece la Donación de Órganos y/o Tejidos Humanos en el Perú?

La falta de donantes y trasplantes de órganos en el Perú ha generado grandes controversias,

especialmente en la población que esta desinformada sobre este tipo de actos . Carmen

Gonzales de 53 años de edad, quien está en contra del proyecto de ley universal, manifestó:

“He escuchado que si tienes un accidente y eres donante, te dejaran morir”, por ello expreso un

NO en su Documento de Identidad y se negro a la aprobación del proyecto de ley. No obstante,

esta creencia no debe generalizarse ya que, existe un grupo de leyes, término que se refiere a

un conjunto de normas establecidas que regulan las relaciones sociales o del Estado. Asimismo,

en Julio de 1997, se promulgó la Ley General de Salud Nº 26842, en el que se dictamina que la

salud es un estado indispensable del progreso humano y medio esencial para alcanzar el

bienestar propio y colectivo. Indica, todavía, que el auxilio de la salud es de interés público, por

lo tanto, es compromiso del Estado regularlo, vigilarlo y promoverlo. Además, todo individuo

tiene derecho a la protección de su salud en los términos y condiciones que establece dicha ley.

Conjuntamente, Carlos Carvallo, doctor y gerente de Procura y Trasplante de EsSalud, señala “si

una persona llega en estado de gravedad a un hospital o clínica y hay posible riesgo de muerte

encefálica, el equipo médico hará todo lo posible para poder salvar la vida al paciente o se

produciría un riesgo de afección cardiaca, puesto que generaría como consecuencia la

invalidación del individuo como potencial donante, al dañarse la mayoría de órganos”. Entonces,

se puede confirmar que la declaración de la señora Carmen Gonzales no es viable. Pues, estaría

en contra de la Legislación Nacional, como de la salud humana.