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DOCUMENTO 03 FORMATO DE INFORMACION PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA Y PERSONALIDAD DEL LICITANTE (Lugar y Fecha)
Pemex Petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera P r e s e n t e.
Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente
verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la propuesta en la presente convocatoria
por invitación, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral).
Clave del Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.-
Calle y Número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad Federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva:
Fecha:
Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:
Relación de Socios:
Apellido Paterno:
Apellido Materno:
Nombre( s )
Descripción del objeto social (para personas físicas, actividad comercial ó
profesional:
Reformas o modificaciones al acta constitutiva:
Nombre, número y circunscripción del Notario Público ó Fedatario que las protocolizó:
Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio.
Nombre y domicilio del apoderado o representante:
Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta:
Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número, y circunscripción del Notario o Fedatario Público que la protocolizó:
Lugar y fecha
Protesto lo necesario.
_(Firma autógrafa original)_
Notas:
1.- El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido,
preferentemente, en el orden indicado.
2.- El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas,
principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.
DOCUMENTO 03-A
ESCRITO ORIGINAL FIRMADO POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA O PERSONA FISICA DONDE MANIFIESTA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD QUE CUENTA CON FACULTADES SUFICIENTES PARA COMPROMETERSE POR SI O POR SU REPRESENTADA Y PARTICIPAR EN EL ACTO DE PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTA.
(Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA P R E S E N T E.
Convocatoria por Invitación Restringida a por lo Menos 3 Personas No.: (indicar numero de convocatoria) Yo, (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el
mandato), de la empresa (denominación o razón social), y en cumplimiento de lo solicitado en el Inciso B) del
numeral 4.2 Indicaciones Generales para el desarrollo de los actos, manifiesto “BAJO PROTESTA DE
DECIR VERDAD” que cuento con facultades suficientes para comprometerme por sí o por mi representada, sin
que resulte necesario acreditar mi personalidad jurídica, para intervenir en el acto de presentación y apertura
de proposiciones de la presente Invitación Restringida a por lo Menos 3 Personas.
Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.
A T E N T A M E N T E (NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
NOTA:
1 En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
DOCUMENTO 04
FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES
No. DOCUMENTO PUNTOS DEL DOCTO. 02 DE LAS BASES
ENTREGO
DONDE SE EXIGE SI NO
Dentro o fuera del sobre de la proposición a elección del licitante
1 Acreditación de la existencia y personalidad del licitante (Documento 03).
4 INCISO A)
2
Manifestación escrita bajo protesta de decir verdad de no encontrarse
en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S (Documento 07).
4 INCISO C)
3 Declaración de Integridad (Documento 07-A) 4 INCISO D)
4
Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la regla 8 de este instrumento. (Documento 08)
4 INCISO E)
La omisión de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la proposición.
5
Formato escrito original firmado por el representante legal de la empresa o persona física donde manifiesta bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultadas suficientes para comprometerse por si o por su representada y participar en el acto de presentación y apertura de propuesta. (Documento 03-A)
4.2 INCISO B)
6
Formato para la constancia de recepción documentos que los licitantes entregan a Convocante en el acto de presentación y apertura de propuesta (Documento 04).
4 INCISO B), N)
7
Formato modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de petróleos mexicanos y organismos subsidiarios (Documento 06-C)
4 INCISO K)
8 Formato de compromiso con la transparencia (Documento 11) NUMERAL 11
Documentación que deberá presentarse dentro del sobre de la proposición.
9 Formato de propuesta técnica (Documento 06) 4 INCISO F)
10 Formato de propuesta económica (Documento 06-A) 4 INCISO G)
11 Formato para la manifestación del grado de contenido nacional de los bienes. (Documento 06-B).
4 INCISO J)
DOCUMENTO 06
FORMATO DE PROPUESTA TÉCNICA (Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA P R E S E N T E.
No. Partida
Cantidad Unidad de Medida
Descripción y Especificaciones Técnicas de los Bienes (Incluir marca y modelo o Nombre del Fabricante, así como las normas con las que cumplen los Bienes que propone)
1.- LUGAR DE ENTREGA
2.-PLAZO DE ENTREGA
3.-CONDICION DE ENTREGA DDP INCOTERMS 2010 PROVEEDOR NACIONAL
4.-CARACTERISTICAS Y CONDICIONES LOS BIENES NUEVOS
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL APODERADO GENERAL O ESPECIAL: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________
Nota al Licitante: Se deberán describir los Bienes propuestos y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 01 o bien que proponga más de una marca para un mismo bien o que no indique la marca de los Bienes o nombre del Fabricante, ya que será motivo para desechar la propuesta.
NOTA: ESTE FORMATO PODRÁ MODIFICARSE O ADECUARSE
DOCUMENTO 06-A
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA
(Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA P R E S E N T E.
No. Partida
Cantidad Unidad de Medida
Descripción Genérica de los Bienes
Precio Unitario sin I.V.A. ($)
Importe Total sin I.V.A. ($)
Moneda
Condiciones Económicas
1.- VIGENCIA DE LA PROPUESTA Minimo 60 DÍAS NATURALES 2.- MONTO TOTAL DE LA PROPOSICIÓN SIN IVA
3.- CONDICION DE PRECIO FIJOS 4.- PAIS DE ORIGEN DE LOS BIENES
NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÒN SOCIAL) NOMBRE DEL APODERADO GENERAL O ESPECIAL: _________________________________ FIRMA: _____________________ CARGO: ____________________ FECHA: _____________________
DOCUMENTO 06-B
FORMATO PARA LA MANIFESTACION DEL GRADO DE CONTENIDO NACIONAL DE LOS BIENES.
__________de __________ de ______________
PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA P R E S E N T E. INVITACIÓN RESTRINGIDA A POR LOS MENOS TRES PERSONAS NACIONAL No. ______(indicar numero de invitación)______ Con fundamento en lo establecido en el artícuo 23 de las DAC´S, los articulos 18 fraccion I y 19 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la informacion Publica Gubernamental, (nombre del representante) , en mi carácter de representante legal de (Nombre o Razon Social), manifiesto bajo protesta de decir verdad y entrego con el
carácter de [confidencial o pública -SELECCIONAR CARÁCTER-] la informacion correspondiente al porcentaje de integracion nacional del (de los) siguiente(s) bien(es) que propone.
No. de partida
Descripcion % Integracion Nacional (0 a 100%)
Marca Campos adicionales, unicamente para distribuidores o comercializadores
Nombre o razon social del fabricante
Origen del bien
La información proporcionada en este formato forma parte de la propuesta del licitante, será de uso exclusivo de Pemex Petroquímica, misma que será utilizada para acreditar el contenido nacional solicitado y registrar el contenido actual, así como para desarrollar la estrategia para incrementar el contenido nacional a que hace mención el artículo décimo tercero transitorio de la Ley de Petróleos Mexicanos. NOMBRE DEL LICITANTE: (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________ NOMBRE DEL APODERADO GENERAL O ESPECIAL:____________________________________ FIRMA: ______________________ CARGO: __________________________________________________
DOCUMENTO 06-C
MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
Información con carácter voluntario De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados: Razón social: ______________________________________________________ Favor de marcar sólo una opción: ¿Pertenece a alguna Cámara? SI ( ) No ( ) En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara: ___________________________________________________________________________ Favor de indicar la Estratificación que corresponda a su empresa de acuerdo a la información indicada para cada Tipo de Empresa en el numeral
Estratificación
Tamaño Sector Rango del Número de Trabajadores
Rango de montos de ventas anuales (mdp)
Tope Máximo Combinado *
Página en Internet_____________________________________________________________ (Lugar y fecha) ____________________________________________ (Firma)
DOCUMENTO 07
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN ESCRITA BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO
ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 53 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y EL ARTÍCULO 12 DE LAS DAC´S. (Lugar y Fecha) PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA P R E S E N T E. EN CASO DE SER PERSONA MORAL (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que este otorgando el
mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y
asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de
la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO GENERAL O ESPECIAL DE LA EMPRESA)
EN CASO DE SER PERSONA FISICA y sea quien suscriba este documento
(Nombre de la persona fìsica ), en mi carácter de (propietario ), manifiesto “BAJO PROTESTA DE
DECIR VERDAD” que NO me encuentro en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 53
fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el artículo 12 de las DAC´S, y en su caso, el artículo 22 de
las DAC´S.
EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante
(Nombre del representante legal), en mi carácter de (indicar término en que este otorgando el mandato),
manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, no se encuentra en alguno
de los supuestos establecidos por los artículos 53 fracción V de la Ley de Petróleos Mexicanos y el
artículo 12 de las DAC´S. y en su caso, el artículo 22 de las DAC´S.
A T E N T A M E N T E (NOMBRE Y FIRMA DEL APODERADO GENERAL O ESPECIAL)
NOTA:
2 El presente formato se adecuará de acuerdo a la personalidad del licitante.
DOCUMENTO 08
FORMATO DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD.
(Lugar y Fecha)
PEMEX PETROQUÍMICA COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA P R E S E N T E.
Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o
representante legal), declaro, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que (denominación o
razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá
de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Convocante, induzcan o alteren la
evaluación de la proposición, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen
condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
NOTA: 1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente
formato en su parte conducente.
DOCUMENTO 08-A
FORMATO DE ESCRITO QUE DEBERÁ PRESENTAR EL LICITANTE QUE ES DE NACIONALIDAD MEXICANA, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 35 PRIMER PARRAFO DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTO Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
(Lugar y Fecha)
PEMEX Petroquímica Complejo Petroquímico Cangrejera P r e s e n t e.
Convocatoria por Invitación Restringida a Por Lo Menos 3 Personas No.: (indicar número de convocatória)
Con fundamento en lo estabelecido en el Artículo 35 Primer párrafo del Reglamento de La Ley de
Adquisiciones, Arrendamentos y Servicios del Sector Público, manifesto “BAJO PROTESTA DE
DECIR VERDAD” que la empresa (Nombre o Razón Social), es de Nacionalidad Mexicana y que los
bienes que oferto y que entregaré serán producidos en México y que cuentan con el porcentaje de
contenido nacional indicado en el Documento 10-A de la presente Convocatoria Por Invitación
Restringida a Por Lo Menos 3 Personas.
Así mismo manifiesto que en caso de que La Secretaria de Economía solicite información del grado de
Contenido Nacional, se le proporcionará la misma que permita verificar que los bienes ofertados
cumplen con el porcentaje de contenido nacional requerido.
Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)
NOTA: 1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte
conducente.
DOCUMENTO 09
MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX,ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES)________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________ Y NUESTRO FIADO(S). EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________ Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $_________________________________ (NÚMERO, LETRA Y MONEDA). ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS Y/O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PRORROGARÁ LA VIGENCIA DE LA FIANZA EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS, ESPERAS, O CONVENIOS DE AMPLIACIÓN DE PLAZO OTORGADOS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OTORGARÁ LOS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS CORRESPONDIENTES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE EL MONTO GARANTIZADO POR ESTA FIANZA PUEDE MODIFICARSE COMO CONSECUENCIA DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO HASTA EN UN 20% DEL MONTO ORIGINAL DEL CONTRATO, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA OTORGARÁ EL DOCUMENTO MODIFICATORIO QUE GARANTICE EL PORCENTAJE EN EXCESO AL MONTO ORIGINALMENTE GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. ESTA FIANZA GARANTIZA, HASTA POR EL MONTO EN QUE FUE EMITIDA, LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, INCLUYENDO LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES O CUALQUIER OTRA SANCIÓN ESTIPULADA EN EL CONTRATO GARANTIZADO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE SOMETERSE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA, CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR SU INCUMPLIMIENTO O DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO.
LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE DE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) EN SU CASO, DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. D) EN SU CASO, LA RESCISION DEL CONTRATO Y SU NOTIFICACION E) EN SU CASO, DOCUMENTO DE TERMINACIÓN ANTICIPADA Y SU NOTIFICACIÓN E) FINIQUITO, Y EN SU CASO SU NOTIFICACIÓN F) IMPORTE RECLAMADO. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. A INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE QUE EN CASO DE RECLAMACIÓN PAGARÁ AL BENEFICIARIO EL IMPORTE TOTAL DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y LA INDEMNIZACIÓN POR MORA CORRESPONDIENTE, SALVO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EN EL CONTRATO GARANTIZADO SE HAYA ESTIPULADO LA DIVISIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN, SIN EMBARGO DE ENTREGAS PARCIALES DE BIENES O SERVICIOS REALIZADOS, EL ALCANCE TOTAL DE LA GARANTÍA SE REDUCIRÁ PROPORCIONALMENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA, MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO RESCISORIO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL
CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA DE NOTIFICACIÓN AL PROVEEDOR DE LA RESCISIÓN DECRETADA POR INCUMPLIMIENTO, O A PARTIR DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO, LO QUE OCURRA PRIMERO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA, ACOMPAÑANDO DICHA SOLICITUD CON LA CONSTANCIA DE CUMPLIMIENTO TOTAL DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.
MODELO DE FIANZA PARA GARANTIZAR Y RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCION DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ ( MONTO DE LA FIANZA ) (NÚMERO, LETRA Y MONEDA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) Y SE OTORGA ATENDIENDO A TODAS LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS PARA GARANTIZAR POR (EN CASO DE PROPUESTA CONJUNTA DEBERÁ INCLUIRSE EL NOMBRE DE CADA UNO DE LOS PARTICIPANTES) __________________________ LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO _____________________ Y DE SUS ANEXOS, CELEBRADO ENTRE ______________________________________ Y NUESTRO FIADO(S), REFERENTES A RESPONDER DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO NUESTRO FIADO(S). LA FIANZA GARANTIZA ASÍ MISMO EL CORRECTO FUNCIONAMIENTO DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLOS SE HUBIERAN SUBCONTRATADO Y SE EXPIDE DE CONFORMIDAD CON DICHO CONTRATO Y SUS ANEXOS. ESTA FIANZA GARANTIZA LA OBLIGACIÓN DEL PROVEEDOR DE RESPONDER POR LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERA INCURRIDO EL FIADO EN TÉRMINOS DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, POR UN PERIODO DE 6 MESES A PARTIR DE QUE SE RECIBAN LOS BIENES O SE CONCLUYA EL SERVICIO PRESTADO. EN EL SUPUESTO DE QUE NUESTRO FIADO NO REPARE O REPONGA LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS QUE LE SEAN REPORTADOS POR EL BENEFICIARIO, ESTA AFIANZADORA SE OBLIGA A PAGAR LOS GASTOS EN LOS QUE INCURRA EL BENEFICIARIO POR DICHAS REPARACIONES O REPOSICIONES HASTA POR LA TOTALIDAD DEL MONTO AFIANZADO. EN LOS CASOS EN QUE EL MONTO DE LA REPARACIÓN O REPOSICIÓN SEA SUPERIOR AL AFIANZADO, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ÚNICAMENTE RESPONDERÁ HASTA POR EL 100% DEL MONTO GARANTIZADO. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS, NO IMPLICARÁ NOVACIÓN DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRÁ SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA Y EN SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE SOMETE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INDEMNIZACIÓN POR MORA CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE SEIS MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES O REPOSICIONES DERIVADAS DE DEFECTOSY VICIOS OCULTOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER RESPONSABILIDAD EN LA QUE HUBIERA INCURRIDO. EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL BENEFICIARIO Y NUESTRO FIADO CONVENGAN UN PLAZO MAYOR PARA LAS CORRECCIONES, REPARACIONES O REPOSICIONES, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS DEBERÁ OTORGAR SU ANUENCIA POR ESCRITO. LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA MANIFIESTA QUE LA RECLAMACIÓN DE LA FIANZA QUEDARÁ INTEGRADA A PARTIR DE SU PRESENTACIÓN SI AL ESCRITO INICIAL EN QUE SE FORMULA SE ACOMPAÑA EN COPIA SIMPLE LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) PÓLIZA DE FIANZA Y EN SU CASO, SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS. B) CONTRATO GARANTIZADO Y EN SU CASO, SUS CONVENIOS MODIFICATORIOS. C) DOCUMENTO TÉCNICO ELABORADO POR PERSONAL DEL CENTRO DE TRABAJO, QUE REÚNA LOS ELEMENTOS
NECESARIOS DE IDENTIFICACIÓN Y DESCRIPCIÓN DE LOS DEFECTOSY DE LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD RELATIVA A LOS VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y SU CUANTIFICACIÓN. D) ESCRITO DONDE SE RECLAMA AL FIADO LA REPARACIÓN DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DETECTADOS O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS Y CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE INCURRA EL FIADO. E) NOTIFICACIÓN A LA AFIANZADORA DE LOS DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES O LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS, ASÍ COMO CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD. ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTÍCULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACIÓN PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYÉNDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA PÓLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR AL BENEFICIARIO, CONFORME A LOS PÁRRAFOS PRECEDENTES, HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ENTERARÁ EL PAGO DE LA CANTIDAD RECLAMADA BAJO LOS TÉRMINOS ESTIPULADOS EN ESTA FIANZA MÁS, EN SU CASO, LA INDEMNIZACIÓN POR MORA QUE DERIVE DEL ARTÍCULO 95 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, AÚN CUANDO LA OBLIGACIÓN SE ENCUENTRE SUBJÚDICE, EN VIRTUD DE PROCEDIMIENTO ANTE AUTORIDAD JUDICIAL, NO JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL, SALVO QUE EL ACTO IMPUGNADO SEA COMBATIDO Y EL FIADO OBTENGA LA SUSPENSIÓN DE SU EJECUCIÓN, YA SEA EN EL RECURSO ADMINISTRATIVO, EN EL JUICIO CONTENCIOSO O ANTE EL TRIBUNAL ARBITRAL CORRESPONDIENTE. EN CASO DE QUE EL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO, O ANTE AUTORIDAD JUDICIAL O TRIBUNAL ARBITRAL RESULTE FAVORABLE A LOS INTERESES DEL FIADO, Y LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS HAYA PAGADO LA CANTIDAD RECLAMADA, EL BENEFICIARIO DEVOLVERÁ A LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS LA CANTIDAD PAGADA EN UN PLAZO MÁXIMO DE NOVENTA DIAS HÁBILES CONTADOS A PARTIR DE QUE LA RESOLUCIÓN FAVORABLE AL FIADO HAYA CAUSADO EJECUTORIA. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RECURSOS LEGALES QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS SEIS MESES PARA PRESENTAR LA RECLAMACIÓN POR DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS DE LOS BIENES Y DE LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS PRESTADOS, ASÍ COMO DE CUALQUIER OTRA RESPONSABILIDAD EN QUE HUBIERE INCURRIDO EL FIADO, LA QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS NATURALES QUE EL BENEFICIARIO OTORGUE A NUESTRO FIADO O EN SU CASO, EL ACORDADO ENTRE EL FIADO Y EL BENEFICIARIO, PARA EFECTUAR LAS CORRECCIONES, REPARACIONES Y/O REPOSICIONES NECESARIAS. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA ÚNICAMENTE SI EL BENEFICIARIO SOLICITA EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA.
ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA. FIN DEL TEXTO.
DOCUMENTO 10
Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados
1. Definiciones.
1.1. Bien Nacional: los Bienes de Fabricación Nacional y que cuentan con el Grado de Integración
Nacional previsto en el apartado 3.
1.2. Fabricación Nacional: el proceso productivo que consiste en realizar dentro del territorio
nacional, la Transformación Sustancial de insumos, partes o componentes nacionales o
importados para obtener un bien final nuevo.
1.3. Fabricante del Bien: la persona física o moral que produce los bienes suministrados por el
proveedor a (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO).
1.4. Grado de Integración Nacional: el grado específico de contenido nacional de los bienes
adquiridos, medido de acuerdo a lo establecido en el apartado 2 de este anexo.
1.5. Insumos: las materias primas, partes y componentes utilizados en la fabricación de un bien.
1.6. Insumos Indirectos: los insumos utilizados en la producción, verificación o inspección de un bien,
pero que no están físicamente incorporados a él; o los bienes que se utilizan para el
mantenimiento u operación de maquinarias y equipos relacionados con la producción de un
bien, tales como:
1.6.1. Combustibles y energía.
1.6.2. Herramientas, troqueles y moldes.
1.6.3. Refacciones y materiales utilizados en el mantenimiento de equipo y edificios.
1.6.4. Lubricantes, grasas, materiales de mezcla y otros materiales utilizados en la producción o
para operar el equipo o los edificios.
1.6.5. Guantes, anteojos, calzado, ropa, equipo y aditamentos de seguridad.
1.6.6. Equipo, aparatos y aditamentos utilizados para la verificación o inspección de los bienes.
1.6.7. Catalizadores y solventes, y
1.6.8. Cualesquiera otros bienes que no estén incorporados en el bien, pero cuyo uso en la
producción del bien pueda demostrarse razonablemente.
1.7. Material Fungible: el material que se consume con el primer uso.
1.8. Procesamiento Menor: las operaciones que no producen una Transformación Sustancial de un
bien tales como:
1.8.1. El ensamble simple, es decir el proceso de juntar cinco o menos partes, todas extrajeras
(excluyendo sujetadores tales como tornillos, pernos, etc.) por medio del atornillado,
pegado, soldado, cosido o por otros medios
1.8.2. La simple dilución en agua o en otra sustancia que no altere materialmente las
características del bien.
1.8.3. La limpieza, inclusive la remoción de óxido, grasa, pintura u otros recubrimientos.
1.8.4. La aplicación de revestimientos preservativos o decorativos, incluyendo lubricantes,
encapsulación protectora, pintura decorativa o preservativa, o revestimientos metálicos.
1.8.5. El rebajado, limado o cortado de pequeñas cantidades de materiales excedentes.
1.8.6. La descarga, recarga o cualquier otra operación necesaria para el mantenimiento del bien
en buena condición.
1.8.7. La dosificación, empaque, re-empaque, embalaje y re-embalaje.
1.8.8. Las operaciones de prueba, marcado, ordenado, o clasificado.
1.8.9. Las reparaciones y alteraciones, lavado o esterilizado.
1.9. Proveedor Directo del Fabricante: la persona que suministra al Fabricante del Bien las materias
primas, partes o componentes que integran el bien suministrado a (PEMEX u ORGANISMO
SUBSIDIARIO).
1.10. Proveedor Indirecto del Fabricante: la persona física o moral que suministra a un Proveedor
Directo del Fabricante materias primas, partes o componentes las cuales se integran al bien
suministrado a (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO).
1.11. Transformación Sustancial: a diferencia del Procesamiento Menor, implica la producción que da
como resultado un bien nuevo y diferente, con un nuevo nombre, nuevas características y nuevo
uso.
2. Cálculo del Grado de Integración Nacional
2.1. El Grado de Integración Nacional de los bienes estará dado por la siguiente fórmula:
GINB = ( 1 - ( VIB / VTB )) * 10 0
Donde:
GINB es el Grado de Integración Nacional del bien suministrado
VTB es el valor total del bien suministrado
VIB es el valor total de las importaciones utilizadas para la fabricación del bien, incluyendo
insumos y corresponde a la suma de:
a) El valor de los Insumos importados por el Fabricante del Bien y que se incorporan al
bien suministrado a (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO). Dicho valor será igual al
valor declarado al momento de realizar la importación adicionando, en caso de que no
se encuentren incluidos en el valor declarado, los siguientes rubros:
i. Los fletes, seguros y todos los demás costos en que se haya incurrido para el
transporte del insumo hasta el punto de importación.
ii. Los aranceles, impuestos indirectos y gastos por los servicios de agencias
aduanales.
b) El valor de los insumos importados por Proveedores Directos del Fabricante, que los
venden al Fabricante del Bien en el mismo estado en que los importaron y que se
incorporan al bien suministrado a (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO). Dicho
valor será el precio pagado por el Fabricante del Bien al Proveedor Directo del
Fabricante, más impuestos indirectos. En caso de que no estuviesen considerados en
el precio, se incluirán los costos de seguros y fletes incurridos al transportar dichos
insumos a la planta del Fabricante del Bien.
2.2. Los bienes fabricados fuera de territorio nacional tendrán un Grado de Integración Nacional igual
a cero.
2.3. La compra de los Insumos en territorio nacional no significa que los mismos hayan sido
producidos en territorio nacional.
2.4. Los Insumos cuyo origen no pueda acreditarse, deberán considerarse como importados.
2.5. Cualquier parte o componente producido fuera de territorio nacional será considerado como
importado en su totalidad, sin importar que en su proceso de elaboración se hayan utilizado
Insumos nacionales.
2.6. Los Insumos Indirectos utilizados en la fabricación de bienes en territorio nacional se
considerarán 100% nacionales.
2.7. Si en la elaboración del bien se utilizan Materiales Fungibles, se deberá utilizar un método de
manejo de inventarios (PEPS, UEPS, etc.), para determinar si dichos Materiales Fungibles son
nacionales o importados.
2.8. Los accesorios, las refacciones y las herramientas entregados con el bien no se tomarán en
cuenta para efectos del cálculo del Grado de Integración Nacional.
3. Acreditación de Bienes Nacionales
3.1. Los Bienes Nacionales ofertados deberán ser de Fabricación Nacional y contar con un Grado de
Integración Nacional (determinado de acuerdo a lo establecido en el apartado 2.1 de este anexo) de
cuando menos sesenta por ciento (65%).
3.2. Las excepciones al apartado anterior se detallan en los apartados 3.5 y 3.6 de este anexo.
3.3. Los licitantes deberán acreditar su oferta de Bienes Nacionales en todas las partidas, incluyendo en
sus proposiciones un escrito en el que manifiesten, bajo protesta de decir verdad, que:
3.3.1. Los bienes que ofertan en las partidas respectivas y que entregarán, serán de Fabricación
Nacional y contendrán como mínimo el Grado de Integración Nacional establecido en el
apartado 3.1.
3.3.2. Que están de acuerdo en que, en caso de ser requerido, exhibirán la información
documental y/o permitirán la inspección física de la planta industrial en la que se producen
los bienes ofertados y suministrados, a fin de que se compruebe el cumplimiento de los
requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de dichos bienes.
3.4. Los licitantes podrán presentar la manifestación prevista en el apartado anterior en escrito libre, o
utilizando el Documento 10-A (Formato 1) del presente anexo.
3.5. Los casos de excepción al Grado de Integración Nacional mínimo requerido para acreditar Bienes
Nacionales establecido en el apartado 3.2, son los siguientes:
GIN
Subsector: Aparatos y equipos electrónicos de audio y video.
Amplificadores, audífonos, auriculares, bocinas, cajas acústicas (bafles),
ecualizadores, micrófonos, preamplificadores, radios portátiles. 30%
Subsector: Equipos y aparatos para comunicaciones eléctricas
(telecomunicaciones).
Antenas parabólicas, aparatos telefónicos, centrales telefónicas,
conmutadores telefónicos, contestadores telefónicos, equipos carrier,
equipos de facsímil, equipos de microondas, equipos de ondas portadoras,
equipos de transmisión y recepción telefónicos, equipos receptores de VHF
y UHF (radiolocalizadores), equipos trasreceptores fijos o móviles en BLU,
VHF y UHF, sistemas de transmisión de microondas vía satélite.
35%
Subsector: Equipos de grabación.
Equipos de grabación profesional, radiograbadoras, videograbadoras. 30%
Subsector: Equipos y aparatos de electrónica industrial y científica.
Aparatos controladores de flama; balanzas; cargadores de baterías;
equipos de medición y control en general; equipos de ultrasonido; equipos
rectificadores; fuentes de alimentación; generadores de barrido y de
señales de radio, audio y video; manómetros; multímetros; osciloscopios;
pirómetros; reguladores de voltaje; sistemas de energía ininterrumpida;
termómetros
30%
Subsector: Máquinas y equipos electrónicos para oficina y comercio.
Calculadoras, máquinas de escribir, fotocopiadoras, básculas, alarmas,
sirenas, timbres. 30%
Subsector: Manufacturas eléctricas.
Conductores eléctricos de aluminio. 20%
Subsector:
Placas radiográficas. 40%
Tractores agrícolas. 30%
Tubos de acero al carbón con soldadura helicoidal en espesores mayores a
0.500 pulgadas.
20%
Tubos de acero al carbón con soldadura recta en diámetros de 20 y 24
pulgadas.
20%
3.6. Los vehículos automotores ligeros nuevos y los vehículos de autotransporte pesados nuevos serán
considerados como Bienes Nacionales aun cuando no acrediten los requisitos establecidos en el
apartado 3.1, siempre y cuando los licitantes que los oferten incluyan en sus ofertas técnicas un
escrito conjunto del licitante y la empresa fabricante o ensambladora, en el que manifiesten bajo
protesta de decir verdad, en el primer caso (vehículos automotores ligeros nuevos), que los
modelos que ofertan y suministrarán se encuentran incluidos en el “Registro de Empresa
Productora de Vehículos Automotores Ligeros Nuevos” y en el segundo caso (vehículos de
autotransporte pesados nuevos), que la empresa fabricante o ensambladora cuenta con “Programa
de Promoción Sectorial de la Industria Automotriz y de Autopartes”, en el Sector XIX inciso a), en
ambos casos, vigente ante la Secretaría de Economía al momento de presentar su oferta. En el
escrito conjunto referido deberán indicar los siguientes datos:
3.6.1. El número de registro o programa y la fecha de expedición del mismo;
3.6.2. Que los vehículos y modelos de que se trate están incluidos en el citado registro o
programa, y
3.6.3. Que el licitante y el Fabricante del Bien, cumplen con la legislación aplicable vigente.
4. Declaración del Grado de Integración Nacional
4.1. El proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos informativos y estadísticos, un
escrito mediante el cual manifieste, bajo protesta de decir verdad, el nombre del Fabricante del
Bien y el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de los bienes suministrados.
Esta manifestación deberá ser entregada en el Documento 10-B (Formato 2) incluido en este
anexo.
4.2. En caso de que el proveedor no sea el Fabricante del Bien, adicionalmente al escrito indicado
en el apartado anterior, el proveedor deberá entregar de manera obligatoria, para efectos
informativos y estadísticos, un escrito en el que el Fabricante del Bien manifieste, bajo protesta
de decir verdad, el Grado de Integración Nacional del bien suministrado. Esta manifestación
deberá ser entregada en el 10-C (Formato 3) incluido en este anexo.
4.3. Las manifestaciones del Grado de Integración Nacional a que hacen referencia los apartados
4.1 y 4.2, deberán ser proporcionadas para cada una de las partidas suministradas y formarán
parte de la documentación que se entrega en la inspección de los bienes, debiéndose entregar
también una copia de los formatos al momento de presentarse las facturas de pago
correspondientes.
4.4. El proveedor está obligado a conservar durante seis meses a partir de la entrega de los bienes,
la información que le permita sustentar en todo momento el contenido y la veracidad de las
manifestaciones a las que se refieren los apartados 4.1 y 4.2 de este anexo, incluso la
proporcionada por los Fabricantes de Bienes o comercializadores, para que dicha información
sea presentada cuando le sea requerida por motivo de una inspección.
5. Penalización por incumplimiento del Grado de Integración Nacional
[SECCIÓN PARA ATENDER LA CLÁUSULA QUINTA, SECCIÓN II, DEL MODELO DE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES, AL AMPARO DE LA LEY DE PETRÓLEOS MEXICANOS]
5.1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) verificará que el Grado de Integración Nacional
indicado en la declaración a la que se refiere el apartado 4.1, sea igual o mayor al Grado de
Integración Nacional ofertado, descrito en el apartado 3.3.
5.2. Cuando de la verificación resulte que el Grado de Integración Nacional suministrado sea menor
al ofertado, el proveedor se hará acreedor a una pena convencional de ____% [LA CONVOCANTE
DEBERÁ INDICAR CON NÚMERO EL PORCENTAJE DE PENALIZACIÓN] del valor de los bienes, para cada una
de las partidas suministradas.
DOCUMENTO 10-A
Formato 1
Formato que deberán presentar los “Licitantes” para acreditar bienes nacionales, de acuerdo al apartado
3.3 del “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes
suministrados”
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al procedimiento de _____(3)_____ número ___(4)___ en el que mi representada, la empresa
____________(5)____________ participa a través de la presente propuesta.
Sobre el particular, el que suscribe manifiesta bajo protesta de decir verdad que, en el supuesto de que
me sea adjudicado el contrato respectivo, la totalidad de los bienes que oferto y suministraré en la(s)
partida(s) ___(6)___ de mi propuesta, será(n) producido(s) en los Estados Unidos Mexicanos y contará(n)
con un Grado de Integración Nacional de cuando menos el __(7)__% (o __(8)__% como caso de
excepción).
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en dicho
anexo y en este sentido, me comprometo, en caso de ser requerido, a aceptar una comprobación del
cumplimiento de los requisitos sobre el Grado de Integración Nacional de los bienes aquí ofertados, a
través de la exhibición de la información documental correspondiente y/o a través de una inspección
física de la planta industrial en la que se producen los bienes, conservando dicha información durante
seis meses a partir de la entrega de los bienes.
Atentamente
_______________(9)_______________
Instrucciones para llenado del DOCUMENTO 10-A
Formato 1
NUMERO DESCRIPCION
1 Señalar la fecha de suscripción del documento
2 Anotar el nombre de (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO)
3 Indicar el Procedimiento de Contratación
4 Indicar el número del Procedimiento de Contratación
5 Citar el nombre o razón social del licitante
6 Indicar los números de partidas con oferta de bienes nacionales
7 Se deberá indicar el porcentaje requerido en el apartado 3.1 del anexo referido
8 Se deberá indicar el porcentaje correspondiente a las excepciones establecidas en
los apartados 3.5 y 3.6 del anexo referido
9 Anotar el nombre y firma del representante legal del licitante
DOCUMENTO 10-B
Formato 2
Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el
“Proveedor”, de acuerdo al apartado 4.1 del “Cálculo, acreditación y declaración del Grado de
Integración Nacional de los bienes suministrados”.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a mi representada, la empresa
____________(4)____________ .
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 4.1 del anexo referido, el que suscribe
manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes entregados cuentan con el Grado de Integración
Nacional indicado en la siguiente tabla:
Partida Descripción del Bien Fabricante del Bien GIN
(5) (6) (7) (8)
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el
artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos
Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación
del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la
información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la
que se producen los bienes, conservando dicha información por seis meses a partir de la entrega de los
bienes.
Atentamente
_______________(9)_______________
Instructivo para llenado del DOCUMENTO 10-B
Formato 2
NUMERO DESCRIPCION
1 Señalar la fecha de suscripción del documento
2 Anotar el nombre de (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO)
3 Indicar el número de Contrato
4 Citar el nombre o razón social del proveedor
5 Señalar el número de partida que corresponda
6 Indicar la descripción del bien suministrado
7 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien
8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al
apartado 2 de este documento
9 Anotar el nombre y firma del representante legal del proveedor
Instructivo para llenado del DOCUMENTO 10-C
Formato 3
Formato para la declaración del Grado de Integración Nacional de los bienes, que deberá presentar el
“Fabricante” del Bien, de acuerdo al apartado 4.2 del “Cálculo, acreditación y declaración del Grado
de Integración Nacional de los bienes suministrados”.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
PRESENTE.
Me refiero al contrato No. _____(3)_____ que fue adjudicado a la empresa
____________(4)____________ .
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el apartado 4.2 del anexo referido, el que suscribe
____________(5)____________ manifiesta bajo protesta de decir verdad, que los bienes que hemos
fabricado y suministrado a la empresa ____________(4)____________ cuentan con el Grado de
Integración Nacional indicado en la siguiente tabla:
Partida Descripción del Bien GIN
(6) (7) (8)
De igual forma manifiesto bajo protesta de decir verdad, que tengo conocimiento de lo previsto en el
artículo 23 de las Disposiciones Administrativas de Contratación en Materia de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de Carácter Productivo de Petróleos
Mexicanos y Organismos Subsidiarios y en este sentido, me comprometo a aceptar una comprobación
del Grado de Integración Nacional de los Bienes suministrados, a través de la exhibición de la
información documental correspondiente y/o a través de una inspección física de la planta industrial en la
que se producen los bienes, conservando dicha información durante seis meses a partir de la entrega de
los bienes.
Atentamente
_______________(9)_______________
Instructivo para el llenado del DOCUMENTO 10-C
Formato 3
NUMERO DESCRIPCION
1 Señalar la fecha de suscripción del documento.
2 Anotar el nombre de (PEMEX u ORGANISMO SUBSIDIARIO).
3 Indicar el número de Contrato
4 Citar el nombre o razón social del proveedor
5 Citar el nombre o razón social del Fabricante del Bien
6 Señalar el número de partida que corresponda
7 Indicar la descripción del bien suministrado
8 Indicar el resultado del cálculo del Grado de Integración Nacional de acuerdo al
apartado 2 de este documento.
9 Anotar el nombre y firma del representante legal del Fabricante del Bien.
DOCUMENTO 13
MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS
OBLIGACIONES FISCALES TRATÁNDOSE DE LICITANTES NACIONALES.
(Lugar y Fecha): ______________, a ___ de______________de__________.
PEMEX PETROQUÍMICA
COMPLEJO PETROQUÍMICO CANGREJERA
PRESENTE
__________________________en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal) con Registro Federal de Contribuyentes Clave
_________________________y correo electrónico ______________de la Empresa denominada _____________________con Registro
Federal de Contribuyentes clave ____________,cuya actividad Preponderante es _______________________y con domicilio Fiscal en
_________________.
Que como resultado de (señalar el procedimiento de Adjudicación utilizado) _______________________________respecto del contrato
número _____________(adquisiciones de bienes, arrendamiento, prestación de servicios u obras públicas)_______,con un monto de
(______________) sin incluir I. V. A., por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi
representada:
Ha realizado ante el SAT la solicitud de opinión respecto al cumplimiento de mis obligaciones fiscales en los términos señalados
en la Regla II.2.1.12. (Contrataciones con la Federación y Entidades Federativas) de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011,
publicada en el Diario Oficial de la Federación el 01 de Julio de 2011 (de la cual anexo copia).
Asimismo me obligo a entregar a esta Entidad, la opinión emitida por el SAT.
A T E N T A M E N T E
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO
LEGAL DE LA EMPRESA)
DOCUMENTO 11 COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ____________________________________________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-PETROQUÍMICA, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR _______________________________________, EN SU CARÁCTER DE ___________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-PETROQUÍMICA Y _________________________________________________, REPRESENTADA POR ________________________________________ EN SU CARÁCTER DE _______________________________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS:
CONSIDERACIONES
I. EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.
II. QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.
III. QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.
IV. ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.
V. SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES INVOLUCRADAS, PARA FORTALECER LA TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
VI. REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.
VII. LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:
COMPROMISOS I.- DEL LICITANTE
1. INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA
EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.
2. ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL.
3. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.
4. ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA
INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
5. DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.
6. ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA
NACIÓN.
7. OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.
II.- DE PEMEX-PETROQUÍMICA
1. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
2. PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS
ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETROLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.
3. EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES
DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.
4. FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA
INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.
5. PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.
EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN _____________________________________, A ___________________________________ DE 20_____.
POR PEMEX-PETROQUÍMICA Nombre y Cargo del Servidor Público.
Nombre de la Empresa POR EL LICITANTE ___________________________________ Nombre y Cargo.
DOCUMENTO 12
NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LA CONVOCATORIA DE INVITACION DEL GOBIERNO FEDERAL.
El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciará en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros:
La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención.
El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención. El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en:
Profundizar las reformas legales que inició en 1999.
Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento.
Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).
Las responsabilidades del sector privado contemplan:
Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.
Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.
Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.
Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas.
El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción.
Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho:
I. El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y
II. El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas
que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.
Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios:
I. A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;
II. A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que
se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o
III. A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.
Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales.
Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.” * Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx
DOCUMENTO 16
Se desecharán las propuestas que no cumplan con los requisitos esenciales siguientes: 1. No presentar el DOCUMENTO 03 y la documentación legal para acreditar la existencia y personalidad
jurídica del licitante de conformidad con el punto 4 inciso A), de esta convocatoria. 2. Si el objeto social o la actividad comercial o profesional del licitante no es congruente con la naturaleza de los
bienes a adquirir en la presente Invitación Restringida a Cuando Menos Tres Personas, de conformidad con lo asentado en el punto 4 inciso A), de esta invitación, o con la documentación que en su caso proporcione el licitante para acreditar su personalidad.
3. No presentar su propuesta redactada en idioma español, de conformidad con el punto 1.1 inciso E) de esta
convocatoria. 4. Si no satisface cualquiera de los requisitos técnicos establecidos en el DOCUMENTO 1, y en su caso las
aclaraciones y modificaciones que se deriven de la(s) acta(s) de la(s) junta(s) de aclaraciones a la base. 5. Asimismo se desechará la propuesta que incurra en alguno(s) de los supuestos siguientes, señalados en el
numeral 4 Inciso G)
Que agregue la leyenda “o similar” a la marca que propone
Que indique “marca propia” o “cotizo mi marca”
Que proponga más de una marca para un mismo bien
Que no indique marca Que algún documento este firmado “por ausencia” o “por atención”.
a.- El licitante debe presentar original o copia simple legible de la ficha técnica de los bienes ofertados para cada partida, emitido por el fabricante de los mismos. En el cual se puede verificar el cumplimiento de las especificaciones técnicas, así como la normatividad solicitada. b.- El licitante debe manifestar que en su plazo de entrega estén considerado los 7 días naturales que la entidad dispone para realizar la inspección de los bienes. c.- El licitante debe manifestar en su propuesta que los bienes que propone son nuevos, de no manifestarlo será motivo de desechamiento.
6. Si manifiesta que los precios incluyen el I.V.A. en su oferta económica. 7. Cuando el (los) precio(s) ofertado(s) por el licitante no fueren aceptables de acuerdo al punto 4.4.2 Inciso C)
de esta convocatoria. 8. El señalar condicionantes dentro de sus proposiciones, a cualesquiera de los requisitos establecidos en esta
convocatoria, de conformidad con lo establecido en el punto 4 Inciso H) de esta convocatoria. 9. Cuando el licitante no incluya la manifestación escrita relativa a no encontrarse en alguno(s) los supuestos
que establece el artículo 53 fracción V, de la Ley de Petróleos Mexicanos, y el artículo 12 de las DAC’S, tal y como se solicita en el punto 4 inciso C) de esta convocatoria.
10. Manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes bienes objeto de la presente convocatoria. 11. Cuando se compruebe que ha habido acuerdo entre los licitantes para elevar los precios de los bienes objeto
de esta convocatoria o para obtener ventaja respecto a cualquier otro licitante. 12. No presentar la declaración de integridad DOCUMENTO 7 A de conformidad a lo establecido en el punto 4
inciso D) de esta convocatoria. 13. Cualquier violación a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento
y demás disposiciones reglamentarias aplicables.
14. El señalar dentro de sus proposiciones que los bienes que propone y entregará no son nuevos, y por lo tanto que son reciclados y/o reconstruidos, ó bien manifieste la subcontratación en cualquiera de las partes (bienes) objeto de la presente convocatoria.
15. Que proponga un plazo de entrega mayor al plazo establecido en el punto 1.1 inciso A) y 13.2 de esta
convocatoria. 16. No ser claro, preciso y congruente en su propuesta, de acuerdo a lo solicitado. 17. No presentar los Documentos: 03, 03-A, 06, 06-A, 06-B, 07, 08, 08-A, y 10-A debidamente requisitados. 18. Entregar sin firma autógrafa del representante indicado, cualquiera de los documentos que forman parte de
su propuesta, incluyendo los documentos que pudiesen entregar fuera del sobre de la propuesta. 19. El NO señalar dentro de su proposición, que los bienes que propone y entregará son nuevos, punto 4 inciso
O) de esta convocatoria 20. Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en esta Convocatoria que afecte directamente la solvencia
de su proposición 21. La falta de presentación de cualquier documento y/o manifestación que afecte directamente la solvencia de la
proposición, solicitados en esta convocatoria, en la(s) acta(s) de Junta(s) de Aclaraciones y en cualquier modificación autorizada a la propia convocatoria.
DOCUMENTO 14
MODELO-GUIA DE CONTRATO
CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE BIENES MUEBLES (EN ADELANTE “CONTRATO”) QUE
CELEBRAN, POR UNA PARTE (PETRÓLEOS MEXICANOS/ORGANISMO SUBSIDIARIO), A
QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)”,
REPRESENTADO POR __________________, EN SU CARÁCTER DE ________________ Y POR
LA OTRA ____________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ
“PROVEEDOR”, (SEGÚN EL CASO APLICARÁ LO CONDUCENTE A LAS PERSONAS FÍSICAS) REPRESENTADA POR
_________________ EN SU CARÁCTER DE _________________, AL TENOR DE LAS
DECLARACIONES, DEFINCIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
D E C L A R A C I O N E S
1. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) declara, a través de su (representante/apoderado), que: 1.1 A) TRATÁNDOSE DE PETRÓLEOS MEXICANOS
Es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo la exploración, la explotación y las actividades que le corresponden en exclusiva en el área estratégica del petróleo, demás hidrocarburos y la petroquímica básica, así como ejercer la conducción central y la dirección estratégica de la industria petrolera en los términos de la Ley Reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en el Ramo del Petróleo, la Ley de Petróleos Mexicanos y sus Reglamentos, y que cuenta con la capacidad para celebrar, entre otros, toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con dichos ordenamientos. B) TRATÁNDOSE DE ORGANISMO SUBSIDIARIO
Es un organismo público descentralizado de la Administración Pública Federal, con fines productivos, de carácter técnico, industrial y comercial, con personalidad jurídica y patrimonio propios, de conformidad con el Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012 y tiene por objeto (en este espacio, especificar el objeto del organismo conforme al Artículo Segundo del Decreto que tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), pudiendo celebrar con personas físicas o morales toda clase de actos, convenios y contratos, de conformidad con el artículo quinto del mismo.
1.2 A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y DE
DIRECTORES CORPORATIVOS.
Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General o Director Corporativo) de
Petróleos Mexicanos, en términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con
la protocolización de su nombramiento, otorgada mediante el testimonio de la Escritura Pública No.
(Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del
notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).
B) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN DE DIRECTORES GENERALES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Director General de (Organismo Subsidiario) en
términos de los Artículos 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y Décimo Octavo fracción I del Decreto que
tiene por objeto establecer la estructura, el funcionamiento y el control de los organismos subsidiarios de
Petróleos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de marzo del 2012), CUANDO
APLIQUE: y con la protocolización de su nombramiento otorgada mediante el testimonio de la Escritura
Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario
Público (No. del notario) de (Localidad), Licenciado (Nombre del notario).
C) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DE SUBDIRECTORES DE ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.
Acredita su personalidad y facultades en su carácter de Subdirector de (Organismo Subsidiario) en
términos del Artículo 5° de la Ley de Petróleos Mexicanos y en la fracción XIII del Artículo Cuarto
Transitorio del Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos CUANDO APLIQUE: y con la protocolización de
su nombramiento, según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. (Número de la
escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario) de
(Localidad), Licenciado (Nombre del notario).
D) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN LOS INCISOS ANTERIORES, INCLUIDOS LOS SUBDIRECTORES CORPORATIVOS.
Acredita su personalidad y facultades en términos de la fracción XIII de Artículo Cuarto Transitorio del
Reglamento de la Ley de Petróleos Mexicanos y mediante el testimonio de la Escritura Pública No.
(Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del
notario) de (Localidad) Licenciado (Nombre del notario), mismas que a la fecha no le han sido revocadas,
limitadas o modificadas en forma alguna.
1.3 Para la celebración del presente contrato, de manera previa ha obtenido todas las aprobaciones
previstas por la Ley de Petróleos Mexicanos, su Reglamento, las Disposiciones Administrativas de
Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades
Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y demás
normatividad aplicable, así como la autorización de conformidad con los Lineamientos que establecen los
Casos y Montos para la Aprobación de Contratos, a que se refiere el inciso k) de la fracción IV del artículo
19 de la Ley de Petróleos Mexicanos, otorgada mediante _____ de fecha____.
1.4 Ha previsto los recursos para llevar a cabo el objeto de este contrato.
1.5 El presente contrato se adjudicó mediante (Tipo y datos del procedimiento), con fundamento en los
artículos (Número de artículo) de la Ley de Petróleos Mexicanos, (Número de artículo) de su Reglamento y
(Número de artículo) de las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos
Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
TRATÁNDOSE DE INVITACIÓN RESTRINGIDA Y ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE REQUIERA DE DICTAMEN PREVIO INCLUIR EL
SIGUIENTE PÁRRAFO
El procedimiento de contratación ha sido dictaminado procedente por el Comité de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante acuerdo
No. _______ de su sesión _____ de fecha _______.
1.6 Su domicilio para efectos del presente contrato es (Ubicación en oficinas de Petróleos Mexicanos u
Organismo Subsidiario) y que su número de Registro Federal de Contribuyentes es (RFC de PETRÓLEOS
MEXICANOS U ORGANISMO SUBSIDIARIO). DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LA CONTRATACIÓN SE INCLUIRÁN LAS DECLARACIONES QUE RESULTEN NECESARIAS.
2 El PROVEEDOR declara, a través de su (apoderado/representante), que:
2.1 A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES.
NOTA: EN CASO DE SER UNA SOCIEDAD EXTRANJERA, SE DEBERÁ ADECUAR LA REDACCIÓN E INCORPORAR LOS DATOS
CORRESPONDIENTES A LOS DOCUMENTOS CON LOS QUE SE ACREDITA LA EXISTENCIA DE LA SOCIEDAD, MISMOS QUE
DEBERÁN ESTAR APOSTILLADOS O LEGALIZADOS.
Es una sociedad mercantil legalmente constituida y con existencia jurídica de conformidad con las
disposiciones legales de los Estados Unidos Mexicanos, según se acredita mediante la Escritura Pública
(Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o
Notaría) Pública No. ____ de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio
quedó debidamente inscrito en el Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y
fecha).
B) EN CASO QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO: NOTA: PARA ESTE SUPUESTO SE DEBERÁN INCLUIR LOS DOCUMENTOS MEDIANTE LOS CUALES SE ACREDITE LA LEGAL EXISTENCIA DE LAS PERSONAS
QUE CONFORMEN EL CONSORCIO, QUIENES FIRMARÁN EL CONTRATO EN SU CARÁCTER DE OBLIGADOS SOLIDARIOS, PARA LO CUAL SE INCLUIRÁN LOS
DATOS DE LOS REPRESENTANTES DE CADA UNO DE LOS OBLIGADOS SOLIDARIOS.
___, ____ y ___ (nombres de las personas participantes en el consorcio), constituyeron una sociedad de
propósito específico, según se acredita mediante la Escritura Pública (Número de la escritura], de fecha
(Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de
(Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario), cuyo primer testimonio quedó debidamente inscrito en el
Registro Público de Comercio de (Lugar, folio mercantil o partida y fecha).
C) EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA QUE ACTÚE POR SU PROPIO DERECHO:
Es una persona física actuando por su propio derecho, y se identifica con (precisar los datos de
identificación del PROVEEDOR ejemplo: identificación oficial vigente: cartilla, pasaporte, documento
migratorio, credencial para votar, cédula profesional) y que cuenta con la capacidad jurídica para celebrar
el presente contrato.
2.2 A) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE
NACIONALIDAD MEXICANA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.
Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según se acredita mediante la
Escritura Pública No. (Número de la escritura), de fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del
Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____, de (Localidad), Licenciado (Nombre del fedatario),
y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o limitadas en forma alguna a la fecha
de firma del presente contrato.
B) EN CASO DE PODER OTORGADO EN EL EXTRANJERO:
Su representante cuenta con las facultades para celebrar el presente contrato, según poder que le fue
otorgado en _________ y protocolizado a través de la Escritura Pública No. (Número de la escritura), de
fecha (Fecha de la escritura), otorgada ante la fe del Notario Público (No. del notario), de (Localidad)
Licenciado (Nombre del notario), y manifiesta que las mismas no le han sido revocadas, modificadas o
limitadas en forma alguna a la fecha de firma del presente contrato.
C) PARA LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA PERSONA FÍSICA CON REPRESENTANTE.
Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en
donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder con la formalidad que se requiera,
según proceda.)
2.3 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA.
Es mexicano y conviene, aun cuando llegare a cambiar de nacionalidad, en seguirse considerando como
mexicano por cuanto a este contrato se refiere y a no invocar la protección de gobierno extranjero alguno,
bajo pena de perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos todo derecho derivado de este contrato.
B).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD EXTRANJERA.
Es una persona de nacionalidad (indicar nacionalidad) y conviene en considerarse como mexicana por
cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de gobierno extranjero alguno bajo pena de
perder en beneficio de los Estados Unidos Mexicanos, todo derecho derivado de este contrato.
2.4 A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS O MEXICANAS .
Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con
Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________.
B).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS EXTRANJERAS SIN ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS.
Su domicilio para los efectos del presente contrato es (Domicilio legal del PROVEEDOR) y cuenta con
(señalar documento equivalente al RFC del país del PROVEEDOR).
2.5 Tiene la capacidad jurídica, técnica y financiera para cumplir con sus obligaciones conforme al
presente contrato, mismas que se compromete a preservar durante su vigencia.
2.6 Conoce el contenido y requisitos que establecen: (i) la Ley Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo y su Reglamento; (ii) la Ley de Petróleos Mexicanos y su
Reglamento; (iii) las Disposiciones Administrativas de Contratación en materia de Adquisiciones,
Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos
Mexicanos y Organismos Subsidiarios; (iv) los anexos que debidamente firmados por las partes, forman
parte integrante de este contrato y (v) las disposiciones en materia de seguridad industrial y protección
ambiental.
2.7 Cumple con todos los requerimientos legales y autorizaciones necesarios para celebrar y cumplir el
presente contrato, y ni él, ni ningún tercero asociado con él, se encuentran en alguno de los supuestos
previstos en los artículos 59 de la Ley de Petróleos Mexicanos y 12 de las Disposiciones Administrativas
de Contratación en materia de Adquisiciones, Arrendamientos, Obras y Servicios de las Actividades
Sustantivas de carácter Productivo de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
2.8 TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR NACIONAL: De manera previa a la formalización del presente contrato y para los efectos del artículo 32-D del Código
Fiscal de la Federación, ha presentado a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el (la)
__________________ (ANOTAR EL NOMBRE DEL DOCUMENTO QUE PRESENTE EL PROVEEDOR: "ACUSE DE
RECEPCIÓN", “ACUSE DE RESPUESTA”, “OPINIÓN SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES FISCALES”, ETC.), con el
que comprueba que ha solicitado el informe de opinión respecto del cumplimiento de sus obligaciones ante
el Servicio de Administración Tributaria, prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.”
TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR RESIDENTE EN EL EXTRANJERO QUE NO CUENTE CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE
EN EL PAÍS:
Para los efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación y la Resolución
Miscelánea Fiscal vigente, no se encuentra obligado a presentar solicitud de inscripción en el Registro
Federal de Contribuyentes, los avisos al mencionado registro, ni declaraciones periódicas en los Estados
Unidos Mexicanos.
TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR QUE MANIFIESTE QUE NO SE ENCUENTRA AL CORRIENTE EN EL PAGO DE TODAS SUS
OBLIGACIONES FISCALES, PERO SUSCRIBIÓ CONVENIO CON LAS AUTORIDADES FISCALES, SE DEBERÁ INCLUIR EL SIGUIENTE
TEXTO:
Al momento de la celebración del presente contrato tiene créditos fiscales, por lo que ha celebrado
convenio con las autoridades fiscales, de acuerdo a lo establecido en el artículo 32-D del Código Fiscal de
la Federación, así como a lo señalado y requerido en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente y está
plenamente de acuerdo en que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le retenga el porcentaje o
cantidad convenida por el propio licitante con la autoridad hacendaria, de conformidad con los plazos y
cantidades de los pagos fijados en el presente contrato, incluso tratándose de pagos adicionales a los
establecidos en el contrato que nos ocupa.
2.9 No ha cometido robo, fraude, cohecho o tráfico de influencia en perjuicio de Petróleos Mexicanos o
sus Organismos Subsidiarios, decretado en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional competente en
territorio nacional.
2.10 TRATÁNDOSE DE UN CONSORCIO
DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 53 B) DE LAS DISPOSICIONES, EL CONSORCIO DEBERÁ HACER CONSTAR EN
INSTRUMENTOS LEGALES LAS ACTIVIDADES A QUE SE OBLIGAN CADA UNO DE LOS MIEMBROS DEL MISMO, EL ACUERDO DE
DESIGNACIÓN DE AQUEL QUE ACTUARÁ COMO LÍDER EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO, LOS MECANISMOS QUE REGULEN EL
CONTROL DEL CONSORCIO Y LA RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS ENTRE LOS PARTICIPANTES, ASÍ COMO LOS ACUERDOS DE
INDEMNIZACIÓN ENTRE LOS MISMOS, LOS CUALES FORMARÁN PARTE INTEGRANTE DEL CONTRATO
Celebró (señalar el(los) instrumento(s) legal(es)) de fecha(s) ___________, en el(los) que consta(n) las
actividades a que se obligan cada una de las partes que integran el consorcio, el acuerdo de designación de
quien actuará como líder en la ejecución del contrato, los mecanismos que regulen el control del consorcio
y la resolución de controversias entre los participantes, así como los acuerdos de indemnización entre los
mismos, por lo cual son responsables solidarios en la ejecución del contrato.
DEFINICIONES
Los términos siguientes tendrán, para efectos de este Contrato, los significados que se indican a continuación: “Área Administradora del Proyecto”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter) “Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato”: (Nombre de la unidad administrativa que fungirá con ese carácter) SE PODRÁN INCLUIR LAS DEFINICIONES QUE RESULTEN NECESARIAS PARA LA CORRECTA INTERPRETACIÓN DEL CONTRATO.
Vistas las declaraciones y definiciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para
comprometerse a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la adquisición de los bienes muebles (en adelante “bienes”) por parte de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) consistentes en: ________, de conformidad con los
términos y condiciones que se especifican en el presente contrato y sus anexos.
EN CASO DE CONSORCIO Y QUE NO SE CONSTITUYA UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN, SE INCLUIRÁ LA
SIGUIENTE REDACCIÓN:
Las actividades a que se obliga cada una de las partes que en su carácter de PROVEEDOR suscriben el
presente contrato, se señalan en el Anexo ____ que forma parte del mismo.
SEGUNDA.- VIGENCIA
La vigencia del presente contrato inicia a partir de la fecha de firma y concluye con el acto jurídico
mediante el cual se extingan en su totalidad los derechos y obligaciones de las partes.
TERCERA.- PLAZO Y LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS SIN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC.
El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes amparados en el presente contrato, en un plazo de
[número] (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la fecha de firma de este
contrato por el PROVEEDOR y/o de acuerdo al programa que se incluye como Anexo ___ de este
contrato. [TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a partir
[de la fecha de recepción] / [del día siguiente de la recepción] de la ORDEN por parte del PROVEEDOR.
[TRATÁNDOSE DE CONTRATOS QUE INCLUYAN ANTICIPOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL TEXTO EN AZUL, POR EL SIGUIENTE: a
partir de la entrega del anticipo correspondiente]
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE SOLICITEN PLANOS DE FABRICACIÓN, DISEÑO, ETC. SIN LOS QUE NO SEA POSIBLE INICIAR LA FABRICACIÓN DE
LOS BIENES, APLICARÁ LO SIGUIENTE:
El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes objeto del presente contrato en un plazo de (número)
(letra) días naturales, mismo que se contabilizará de acuerdo a las siguientes condiciones:
El PROVEEDOR a los (número) (letra) días naturales contados a partir del día natural siguiente de la
fecha de firma de este contrato, se obliga a entregar los planos de (fabricación, diseño, instalación, etc.).
Dichos planos deberán ser entregados al Área Responsable de la Administración y Supervisión de la
Ejecución del Contrato.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y
Supervisión de la Ejecución del Contrato, se obliga a devolver al PROVEEDOR, los planos de
(fabricación, diseño, instalación, etc.), debidamente autorizados o con las correcciones que correspondan,
en un plazo de (número) (letra) días naturales a partir del día natural siguiente de su recepción.
El plazo de entrega de los bienes comenzará a contar a partir del día natural siguiente a la fecha de
devolución de los planos autorizados, compensando, en su caso, los días que (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) se haya retrasado en su entrega, para lo cual, se deberá celebrar el convenio modificatorio
correspondiente en términos de la cláusula denominada “Modificaciones al Contrato”.
En el caso de que los planos sean rechazados o presenten observaciones atribuibles al PROVEEDOR que no hagan posible su autorización, el plazo de entrega de los bienes iniciará a partir del día siguiente de la fecha de su devolución y no se tomarán en cuenta revisiones posteriores para efectos de modificación del plazo.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO DEBERÁ INCLUIRSE EN CONTRATOS ABIERTOS:
Cuando la ORDEN sea transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su
recepción, el PROVEEDOR se obliga a confirmar su recepción acusando de recibo por la misma vía a
más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se reciba dicha ORDEN, fecha a partir de la cual, empezará
a computarse el plazo de entrega. Si el PROVEEDOR no confirma la recepción de la ORDEN, el plazo de
entrega empezará a contabilizarse a partir del día hábil siguiente a la fecha de transmisión por parte de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) según conste en la notificación de entrega que proporcione
el medio utilizado por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
TÉRMINOS QUE DEBERÁN INCLUIRSE EN CUALQUIER SUPUESTO
Los bienes objeto de este contrato, serán entregados en (señalar el domicilio, teléfono y fax, o en su caso, el
lugar o los lugares que se especifican en el Anexo _____ que forma parte integrante del presente contrato –
según aplique-), a la atención de ___________________________________, en días hábiles y en el
siguiente horario: ______.
La responsabilidad de la transportación de los bienes objeto del presente contrato así como la integridad de
los mismos hasta su recepción formal por parte de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será a
cargo del PROVEEDOR.
EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DEBERÁ SEÑALAR LA FORMA EN QUE RECIBIRÁ LOS BIENES, YA SEA POR PARTIDA
O POSICIÓN COMPLETA, O ENTREGAS PARCIALES
Los Bienes objeto del contrato deberán entregarse por: (partida o posición completa o entregas parciales)
CUANDO APLIQUE
CON LA FINALIDAD DE EVITAR CONFUSIONES EN ADQUISICIONES DE BIENES DE IMPORTACIÓN SE DEBERÁ SEÑALAR LA
VERSIÓN DE INCOTERMS UTILIZADO.
La condición de entrega que aplica para el presente contrato es (indicar INCOTERMS), consecuentemente,
el PROVEEDOR estará obligado a: __________ y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) estará
obligado a: _______.
3.1 Prórroga a la Fecha de Terminación
Las partes acuerdan que el plazo de ejecución no será motivo de modificación alguna en el caso de que se
determine suspender total o parcialmente la ejecución del presente contrato, por cualquiera de las
siguientes causas: i) por caso fortuito o fuerza mayor, ii) por suspensión ordenada por (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO), o iii) por cualquier acto u omisión de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) o de otro contratista o proveedor que trabaje en el sitio, sin que se trate del
PROVEEDOR o cualquiera de sus subcontratistas.
Si se actualiza cualquiera de los supuestos señalados en el párrafo anterior, únicamente dará lugar a una
prórroga a la fecha de terminación del contrato sin modificarse el plazo de ejecución. Lo anterior, de
acuerdo a lo dispuesto en las cláusulas de “Modificaciones al Contrato” y “Suspensión” de este contrato.
CUARTA.- REMUNERACIÓN
EL CONTRATO PODRÁ INCLUIR CUALQUIER FORMA DE PAGO QUE EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE
CONVENIENTE DE ACUERDO AL MODELO ECONÓMICO, EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 55 DE LAS DAC.
4.1 Monto
El monto total de los bienes objeto del presente contrato es de $_________ (_________________ 00/100), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL ANTERIOR TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS:
El presupuesto máximo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ejercer es de: $(numero)
(letra) sin incluir el Impuesto al Valor Agregado. Queda expresamente convenido que (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se obliga a agotar el presupuesto máximo establecido en este contrato.
CUANDO APLIQUE: La cantidad máxima de bienes será: _____________.
NOTA: EN CASO DE QUE LA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO DETERMINE EL ESTABLECIMIENTO DE UN MONTO MÍNIMO O
CANTIDADES MÍNIMAS, ADICIONALMENTE SE DEBERÁ INCORPORAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Queda expresamente convenido que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no se obliga a agotar el
presupuesto mínimo establecido en este contrato.
LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:
El precio unitario de los bienes es de: $(número) (letra) (moneda) o se especifica por (posición/partida) en
el Anexo __ de este contrato.
La(s) referencia(s) (MXP, USD o Dls. E.U.A., CAD, GBP, etc.) asentada(s) en la columna precio unitario
del Anexo __ de este contrato significan: (pesos mexicanos, dólares de los Estados Unidos de América,
dólares canadienses, libra esterlina, etc.)
4.2 Facturación
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será la responsable
de autorizar los pagos mediante su firma en la bóveda de documentos electrónicos, previa verificación de la
recepción de los bienes en términos del contrato, e informará al PROVEEDOR los montos autorizados
mediante la codificación de pagos y descuentos o cualquier otra constancia que acredite la recepción de los
bienes. La firma en la bóveda electrónica permitirá la generación de una notificación electrónica al
PROVEEDOR para que genere la factura electrónica o documental, según corresponda.
La(s) factura(s) abarcará(n) [periodos de corte (semanales / quincenales / mensuales)] y serán consecuencia
de la autorización de los pagos por parte de la(s) persona(s) designada(s) para tal efecto. Las facturas
deberán presentarse dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha de corte.
Cuando el PROVEEDOR emita facturación electrónica, efectuará todos sus trámites de pago a través de la
bóveda de documentos electrónicos de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el uso de
la contraseña que le sea otorgada para tales efectos y su firma electrónica avanzada.
Cuando la facturación se emita en forma documental, el PROVEEDOR deberá presentar la factura en la
ventanilla única correspondiente, ubicada en _____.
El plazo que transcurra entre la notificación electrónica de rechazo de una factura y la fecha en que el
PROVEEDOR presente esta corregida, no se computará para efectos de reprogramación del plazo
establecido para el pago.
FACTURACIÓN PARA EL CASO DE ANTICIPOS DEBERÁN ADICIONARSE LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS .
Para el caso de anticipos, el PROVEEDOR deberá presentar previamente la factura que ampare el monto
del anticipo, en forma electrónica o documental. .
El atraso del PROVEEDOR en la entrega de la factura correspondiente al anticipo, no dará lugar a la
reprogramación del plazo pactado en este contrato, sin embargo, si el atraso es por causas imputables a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), se diferirá en igual plazo la fecha de cumplimiento de las
obligaciones asumidas por ambas partes.
4.3 Condiciones y forma de pago
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) pagará al PROVEEDOR el monto de los bienes entregados
y aceptados de acuerdo con las condiciones establecidas en este contrato, a los (número) (letra) días
naturales contados a partir de la fecha de recepción y aceptación del original de la factura, acompañada de
la documentación que acredite la entrega de los bienes.
Cuando la fecha de vencimiento sea día inhábil bancario en la plaza de pago se aplicará el siguiente criterio:
CUANDO APLIQUE
En el caso particular del jueves y viernes de Semana Santa, el pago se efectuará al día hábil siguiente.
Los pagos al PROVEEDOR se efectuarán invariablemente mediante depósito bancario en la cuenta que
para tal efecto haya comunicado por escrito a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). En caso de
que el PROVEEDOR realice un cambio de cuenta durante la vigencia del contrato, que no sea
consecuencia, ni implique una cesión de derechos de cobro, bastará con que lo comunique a (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la ventanilla única ubicada en (ubicación de la ventanilla
única), con antelación a la presentación a la citada ventanilla única de la(s) factura(s) subsecuente(s) de
que se trate.
Una vez realizado el pago al PROVEEDOR, este tendrá (número) (letra) días hábiles para solicitar aclaraciones sobre cualquier aspecto del mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente reclamación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación.
En los casos de atraso o incumplimiento en los pagos por parte de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO), a solicitud del PROVEEDOR, deberá pagar gastos financieros conforme a una tasa que
será igual a la establecida por la Ley de Ingresos de la Federación, en los casos de prórroga para el pago de
créditos fiscales. Dichos pagos empezarán a generarse cuando las partes tengan definido el importe a pagar
y se calcularán sobre las cantidades no pagadas, debiéndose computar por días naturales desde que sean
determinadas y hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición del
PROVEEDOR.
El PROVEEDOR, siempre y cuando no tenga adeudos vencidos y los bienes hayan sido entregados
conforme a lo especificado en este contrato, podrá solicitar la condición de pronto pago cuando acepte el
porcentaje de descuento que resulte de aplicar la Tasa de Interés Interbancaria de Equilibrio (TIIE) de 28
(veintiocho) días, más cuatro puntos porcentuales, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles previos
a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”. En caso de que dejara de publicarse la
tasa TIIE, se utilizará la que determine el Banco de México en sustitución de ésta. En todos los casos, el
porcentaje obtenido se deberá multiplicar por el número de días por los que el PROVEEDOR solicite el
adelanto del pago.
Para tal efecto, deberá presentar la solicitud correspondiente en los términos establecidos por la Dirección
Corporativa de Finanzas, por lo menos, con ___ (número____) días hábiles de anticipación a la fecha en
que deba efectuarse el pago en forma adelantada, misma que deberá contener la siguiente leyenda “Bajo
protesta de decir verdad, manifiesto que los documentos que se presentan para pronto pago objeto de esta
solicitud, no se encuentran en trámite de descuento para financiamiento ante ninguna institución financiera
que implique que el pago se encuentra comprometido o cedido a un tercero”, y presentar Nota de Crédito a
favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el concepto de “descuento por pronto pago”
misma que deberá reunir los requisitos fiscales establecidos en los arts. 29 y 29-A del Código Fiscal de la
Federación. El pago estará sujeto a la disponibilidad presupuestal en flujo de efectivo en (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO).
TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA, DEBERÁ AGREGARSE EL
SIGUIENTE PÁRRAFO:
VENCIMIENTO INHÁBIL PAGO Domingo Día hábil posterior Sábado Día hábil anterior
Lunes a jueves Día hábil posterior Viernes Día hábil anterior
Para los compromisos en dólares de los Estados Unidos de América, el porcentaje será el que resulte de
aplicar la Tasa Prime Rate publicada en medios electrónicos financieros, que se encuentre vigente con 2
(dos) días hábiles de anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.
TRATÁNDOSE DE COMPROMISOS PAGADEROS EN EUROS, DEBERÁ AGREGARSE EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Para los compromisos denominados en Euros, el porcentaje de descuento será el que resulte de aplicar la
Tasa EURIBOR de un mes, multiplicada por 1.5, que se encuentre vigente con 2 (dos) días hábiles de
anticipación previos a la fecha valor en que se presente la solicitud de “Pronto Pago”.
PARA LOS CASOS DE CONTRATACIONES EN MONEDA EXTRANJERA PAGADERAS EN MÉXICO EN MONEDA NACIONAL SE
UTILIZARÁN LOS DOS SIGUIENTES PÁRRAFOS:
Las obligaciones de pago denominadas en moneda extranjera para ser cumplidas en la República
Mexicana, se solventarán en moneda nacional al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México
en el Diario Oficial de la Federación en la fecha en que se haga dicho pago.
Si el PROVEEDOR no entrega sus facturas en el plazo mencionado en el procedimiento antes referido, el
pago que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no cubrirá la diferencia cambiaria que, en
su caso, resultare entre la fecha en que se debió pagar originalmente y el día en que el mismo se hizo
efectivo.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE ADICIONARÁ EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA, SIN QUE SE
HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO O UNA ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN.
(Nombre de la persona miembro del consorcio) será quien presente las facturas de todos y cada uno de
los pagos derivados del presente contrato.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA PRESENTADO UNA PROPOSICIÓN CONJUNTA Y LOS PROVEEDORES
HAYAN MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN SU INTENCIÓN DE CELEBRAR UN CONTRATO DE ASOCIACIÓN EN PARTICIPACIÓN,
EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 17-B DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN:
Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de proveedores, sin perjuicio del convenio de
proposición conjunta señalado en la declaración 2.10 del presente contrato, han celebrado un contrato de
asociación en participación, por lo que, con base en el mismo, en relación con el presente contrato y en
términos del artículo 17-B del Código Fiscal de la Federación, acuerdan que (denominación o razón social
seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), será quien presente las facturas de
todos y cada uno de los pagos derivados de este contrato; en el entendido de que (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO)no será responsable por la forma en que (denominación o razón social
seguida de la leyenda A.P. o nombre del asociante seguida de A. en P.), distribuya o participe de las
utilidades o de las pérdidas respecto de las cantidades que reciba con motivo del presente contrato.
CUANDO APLIQUE:
EN CASO DE CONTRATACIONES CON PROVEEDORES EXTRANJEROS Y EL PAGO SE REALICE A TRAVÉS DE ITS:
El pago al PROVEEDOR, se realizará en la moneda establecida en este contrato, a través de Integrated
Trade Systems, Inc. (ITS), en las oficinas de Integrated Trade Systems, Inc. (I.T.S.), ubicadas en el 2500 de
CityWest Blvd., Suite 2400, Houston, Texas, U.S.A: 77042-3020.
CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE PAGOS PROGRESIVOS:
Los pagos se harán, previa verificación física del grado de avance de fabricación o de materiales en planta,
de conformidad con el proyecto y el programa que se establece en el Anexo __ de este contrato.
En caso de rescisión administrativa o terminación anticipada del contrato, el PROVEEDOR deberá
reintegrar el pago progresivo que se haya efectuado en un plazo no mayor a (número y letra) días naturales,
contados a partir de la fecha en que sea notificada al PROVEEDOR la rescisión administrativa o
terminación anticipada de este contrato.
En caso de que el PROVEEDOR no reintegre dicha cantidad en el plazo señalado, deberá pagar los
intereses conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga
para el pago de créditos fiscales; los cargos se calcularán sobre el saldo no amortizado y se computarán por
días naturales, desde que se venció el plazo para reintegrarlo y hasta la fecha en que se pongan las
cantidades a disposición de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), independientemente de lo
anterior, se hará efectiva la garantía correspondiente.
4.4 Pagos en exceso
En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el PROVEEDOR, éste deberá reintegrar las
cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley
de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se
calcularán sobre las cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la
fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO). (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a deducir
dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el PROVEEDOR cubrirá dicho pago con cheque
certificado a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
4.5 Ajustes de precios EN CASO DE QUE EN LA CONTRATACIÓN SE CONTEMPLEN AJUSTES DE PRECIOS
La fórmula para determinar el ajuste a los precios de bienes objeto del contrato es el siguiente: NOTA: INDICAR LA FÓRMULA APLICABLE AL CASO ESPECÍFICO Y QUE DE ORIGEN PARA AJUSTAR EL PRECIO DE LOS BIENES
OBJETO DEL CONTRATO.
_________________________________________________________________________
______________________________________________________________________________________
______________________________________________________________
La forma y términos en la que el PROVEEDOR deberá presentar su solicitud de ajuste de precios será la
siguiente:
El ajuste de precios aplicará previa solicitud por escrito del PROVEEDOR a partir de las fechas en que
aplique el ajuste de que se trate, en los términos pactados en esta cláusula y (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) notificará al PROVEEDOR la resolución que corresponda dentro de un plazo de 30
(treinta) días naturales a partir de que se publiquen los índices que apliquen. En el caso de que se presenten
decrementos en los índices de referencia en función del último precio autorizado, el PROVEEDOR se
obliga a notificarlo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y aún cuando el PROVEEDOR no lo
hubiere notificado, si (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) lo detecta, procederá el ajuste de
precios en los términos de esta cláusula.
En los casos de atraso en el suministro de los bienes por causas imputables al PROVEEDOR, el ajuste de
precios aplicará hasta la fecha de entrega originalmente pactada o modificada mediante el convenio
correspondiente, en el entendido de que la penalización se calculará sobre el precio ajustado.
En caso de prórroga en el contrato por causas de caso fortuito o fuerza mayor, el ajuste de precios
procederá durante el período de la prórroga.
Los ajustes por variación de precios de mercado de los insumos que forman parte de la remuneración se basarán en las siguientes variables: EL ÁREA ADMINISTRADORA DEBERÁ DETERMINAR LAS VARIABLES MEDIANTE LAS CUALES SE REALIZARÁN LOS AJUSTES, PUDIENDO CONSIDERAR:
I.- ÍNDICES E INFORMACIÓN PÚBLICA, GENERAL O ESPECÍFICA, NACIONAL O INTERNACIONAL, O UNA COMBINACIÓN DE LOS MISMOS;
II.- ÍNDICES Y CATÁLOGOS DE PRECIOS DE REFERENCIA APLICABLES A LA INDUSTRIA EN CUESTIÓN, ESTABLECIDOS POR INSTITUCIONES ESPECIALIZADAS
DE RECONOCIDO PRESTIGIO, ASÍ COMO OTROS PARÁMETROS SIMILARES, Y III.- CUALQUIER OTRA VARIABLE QUE (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ESTIME CONVENIENTE PARA LA EJECUCIÓN O CREACIÓN DE VALOR
PARA EL PROYECTO OBJETO DEL PRESENTE CONTRATO.
EN TODOS LOS CASOS DE AJUSTES A LAS REMUNERACIONES SE DEBERÁ INCLUIR EN EL CONTRATO EL PROCEDIMIENTO PARA
TAL EFECTO.
QUINTA.- PENALIZACIONES NOTA: DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 61 FRACCIÓN V DE LA LEY DE PEMEX, LAS PENALIZACIONES SE PODRÁN PACTAR
POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR. ADICIONALMENTE, CONFORME AL ARTÍCULO 60 DE LAS DISPOSICIONES, LAS PENALIZACIONES CONSIDERARÁN LOS
INCUMPLIMIENTOS DE INDICADORES DE OPORTUNIDAD, TIEMPO Y CALIDAD, ENTRE OTROS, LOS SIGUIENTES:
I. ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS BIENES;
II. INCUMPLIMIENTO DE FECHAS CONTRACTUALES;
III. INCUMPLIMIENTO EN LA OBSERVANCIA DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO;
IV. INCUMPLIMIENTO CON LOS PLANES DE SEGURIDAD Y PROTECCIÓN AL MEDIO AMBIENTE DE PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO;
V. INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES RELATIVAS A CONTENIDO NACIONAL;
VI. INCUMPLIMIENTO DE CUALQUIER OTRA OBLIGACIÓN.
EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL CONTRATO DETERMINARÁ EN FUNCIÓN DE QUÉ Y EN QUÉ PORCENTAJE SE CALCULARÁN LAS
PENALIZACIONES Y HASTA QUÉ MONTO SE APLICARÁN, LO CUAL NO DEBE SUPERAR EL MONTO DEL CONTRATO.
Las partes en el presente contrato, acuerdan que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) le aplicará
penalizaciones en los siguientes supuestos: NOTA: A CONTINUACIÓN SE PRESENTAN MODELOS DE PENALIZACIONES POR DIVERSOS INCUMPLIMIENTOS O IMPACTOS
NEGATIVOS DE LAS ACTIVIDADES DEL PROVEEDOR, DE ACUERDO A LA NATURALEZA Y MAGNITUD DEL CONTRATO SE
SELECCIONARÁN LAS PENAS QUE RESULTEN CONVENIENTES.
I. Atraso en la entrega de los bienes
Las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se hará acreedor por atraso en el plazo de entrega de
los bienes, se calcularán, a partir del día/hora siguiente de la fecha del vencimiento del plazo pactado para
la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, por un monto equivalente a (valor
total de los bienes/porcentaje sobre el valor de los bienes ejecutados con atraso/ una cantidad fija, etc.), por
cada día/hora calendario de atraso y hasta _________.
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS, DEBERÁ SUSTITUIRSE EL PÁRRAFO ANTERIOR POR EL SIGUIENTE:
Respecto de cada ORDEN, las penas convencionales a las que el PROVEEDOR se haga acreedor por
atraso en la entrega de los bienes, se calcularán, a partir día/hora siguiente del vencimiento del plazo
pactado para la entrega de los mismos o, en su caso, modificado mediante convenio, y serán determinadas
sobre el valor de los bienes entregados con atraso a razón de ___ % por cada día/hora de atraso y hasta
_____ % del valor de los bienes entregados con atraso de la ORDEN de que se trate (se deberá establecer
porcentaje, cuota, fórmula o cualquier otro esquema distinto a los anteriores, en función del modelo
económico).
II. Incumplimiento de las obligaciones relativas a la cláusula de Contenido Nacional
De conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Contenido Nacional”, si como resultado de
la verificación documental del grado de integración nacional de los bienes nacionales entregados por el
PROVEEDOR se determina que dicho grado de integración nacional es menor al ofertado en su propuesta
durante el procedimiento de contratación en términos de lo establecido en el Anexo _______ (HACER
REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS
BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN. LOS ANEXOS
ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), el Área Responsable
de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato le aplicará una pena convencional que
será determinada de acuerdo a lo establecido en el Anexo referido y que podrá ser deducida de cualquier
cantidad debida o pagadera al PROVEEDOR conforme al presente contrato hasta el momento en que el
PROVEEDOR regularice esta situación.
LA SIGUIENTE PENALIZACIÓN DEBERÁ INCORPORARSE OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL
PROVEEDOR REALICE ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
III. INCUMPLIMIENTO A LAS OBLIGACIONES PACTADAS EN EL ANEXO “SSPA”
En caso de que el PROVEEDOR no cumpla con cualquiera de las obligaciones que se establecen y
especifican en el Formato 4 del Anexo “SSPA” del presente contrato, (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) aplicará las penalizaciones (deducciones) estipuladas de acuerdo a lo establecido en el
Formato 6 del referido Anexo “SSPA”, considerando para ello los mecanismos y reglas de aplicación
establecidos en los apartados del Anexo “SSPA” siguientes: “GUÍA DE LLENADO”, “REGLAS DE
APLICACIÓN DEL FORMATO 6 DE ANEXO SSPA” y “CLASIFICACIÓN DE CONSECUENCIA A
LOS REQUISITOS CON BASE A SU RIESGO”.
El monto de las penalizaciones no podrá exceder de ____________. NO PODRÁ EXCEDER EL MONTO
DEL CONTRATO
El PROVEEDOR acepta, que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) aplique las penalizaciones a
que se refiere la presente cláusula, con cargo a cualquiera de las siguientes opciones:
- Las facturas que se generen con motivo del presente contrato. - Mediante cheque certificado que ampare el monto correspondiente a dichas penas. - Cualquier pago a que tenga derecho el PROVEEDOR en cualquier otro contrato que tenga celebrado con
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), siempre y cuando el otro contrato prevea la posibilidad de tal deducción.
Para determinar la aplicación de las penas convencionales, no se tomarán en cuenta las demoras motivadas
por caso fortuito o causas de fuerza mayor o cualquier otra causa no imputable al PROVEEDOR.
SEXTA.- CONTENIDO NACIONAL
De acuerdo a lo establecido en el Anexo ____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y
DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO
AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN
http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), al momento de la entrega, el
PROVEEDOR deberá declarar bajo protesta de decir verdad el Grado de Integración Nacional de los
bienes suministrados.
Si durante el procedimiento de contratación el PROVEEDOR ofertó bienes nacionales en los términos del Anexo _____ (HACER REFERENCIA AL ANEXO “CÁLCULO, ACREDITACIÓN Y DECLARACIÓN DEL GRADO DE INTEGRACIÓN NACIONAL
DE LOS BIENES SUMINISTRADOS” QUE CORRESPONDA DE ACUERDO AL TIPO DE PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN LOS
ANEXOS ESTÁN DISPONIBLES EN http://pmxy08.dcf.ad.pemex.com/sites/PEMEX/UDPCCN/anexos/default.aspx), (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) verificará documentalmente durante la vigencia del Contrato, de manera directa o
a través de terceros, que el grado de integración nacional del bien suministrado sea igual o mayor que el grado de integración nacional ofertado.
El incumplimiento por parte del PROVEEDOR a cualquiera de las obligaciones a que se refiere la
presente cláusula será sujeto de penalizaciones en los términos establecidos en la cláusula de
“Penalizaciones” del presente contrato y podrá ser causal de rescisión de este acuerdo de voluntades.
SÉPTIMA.- CESIÓN
LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS APLICAN CUANDO SÓLO SE PERMITA AL PROVEEDOR CEDER LOS DERECHOS DE COBRO.
El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir los derechos y obligaciones que se deriven del presente
contrato en forma parcial o total en favor de cualesquiera otra persona física o moral, con excepción de los
derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la autorización de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO), con la intervención del área jurídica.
El PROVEEDOR podrá ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante
operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorga
su consentimiento, siempre y cuando al momento de registrarse la correspondiente Cuenta por Pagar en
Cadenas Productivas y al acceder al Portal de Nafin Cadenas Productivas, no exista impedimento legal o
administrativo. En virtud de lo anterior, las partes se obligan al procedimiento establecido en las
“Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración
Pública Federal para su incorporación al Programa de Cadenas Productivas de Nacional Financiera, S.N.C.;
Institución de Banca de Desarrollo”.
Para la cesión de derechos de cobro no se requerirá la celebración de convenio entre las partes.
LOS SIGUIENTES DOS PÁRRAFOS SUSTITUIRÁN AL PRIMER PÁRRAFO DE ESTA CLÁUSULA CUANDO SE PERMITA AL PROVEEDOR
LA CESIÓN DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES DEL CONTRATO:
El PROVEEDOR no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos u obligaciones derivadas del presente contrato, sin la autorización previa y por escrito de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), la cual deberá obtener con la intervención del área jurídica. Con excepción de la cesión de los derechos de cobro, el PROVEEDOR deberá acreditar que la persona a
la que pretende ceder o transferir las obligaciones y derechos del presente contrato preserve las capacidades
técnicas, financieras y demás necesarias para cumplir adecuadamente con las obligaciones del
PROVEEDOR y las consecuencias de dicha cesión se deberán formalizar mediante convenio
modificatorio al presente contrato.
OCTAVA.- CLÁUSULA FISCAL CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES NACIONALES, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO:
Las partes pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la
vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos, sin perjuicio de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la
materia.
CUANDO EL CONTRATO SE CELEBRE CON PERSONAS FÍSICAS O MORALES EXTRANJERAS, APLICA EL SIGUIENTE PÁRRAFO Y DEBERÁ SOLICITARSE LA
SANCIÓN FISCAL DE LA GERENCIA FISCAL O REPRESENTACIÓN FISCAL QUE CORRESPONDA, EN CUYO CASO, LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA
PUEDE VARIAR:
Cada una de las partes cumplirá con las obligaciones fiscales que le corresponda, y pagará todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados
Unidos Mexicanos y (país de residencia del PROVEEDOR), tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente contrato y sus anexos. Lo anterior, sin perjuicio de las retenciones que (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté obligado a efectuar de acuerdo con las leyes de la materia.
CUANDO EL PROVEEDOR MANIFIESTE SOMETERSE A UN TRATADO PARA EVITAR LA DOBLE TRIBUTACIÓN, EN CUYO CASO EL DEBERÁ ENTREGAR LA
CERTIFICACIÓN DE RESIDENCIA PARA EFECTOS FISCALES:
Las partes contratantes se someten a lo establecido por el Convenio entre los Estados Unidos Mexicanos y
____ (Nombre del País con el que se haya suscrito un convenio para evitar la doble tributación conforme
al artículo 5 de la Ley del Impuesto sobre la Renta) para evitar la doble imposición y prevenir la evasión
fiscal en materia de impuesto sobre la renta.
Para que al PROVEEDOR le sea aplicado el convenio señalado en el párrafo anterior, deberá entregar a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el certificado de residencia para efectos fiscales, respecto
del o los ejercicios fiscales comprendidos hasta el finiquito del contrato.
CUANDO APLIQUE TRATÁNDOSE DE ADQUISICIÓN DE BIENES DE IMPORTACIÓN
El PROVEEDOR cubrirá las cuotas compensatorias o cualquier otra contribución a que, conforme a la ley
de la materia, esté sujeta la importación de los bienes, por lo que no procederá incremento en los precios
pactados.
NOVENA.- GARANTÍAS
PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN CLAUSULADOS
DIFERENTES A LAS ESTABLECIDAS EN EL PRESENTE MODELO, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN
OBTENER LA OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS, RESPECTO DE LAS GARANTÍAS QUE SE DEBAN
CONTRATAR.
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO
El PROVEEDOR a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato,
deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales
siguientes a la firma del contrato, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo
señalado en este párrafo, la garantía de cumplimiento del contrato, consistente en:
PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.
Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo del
contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, otorgada por institución afianzadora
legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de
Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
PÓLIZA DE FIANZA EN CONTRATOS PLURIANUALES.
Póliza de fianza que deberá constituirse por el monto que resulte mayor entre: a) el __% (cantidad con
letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el __% (cantidad
con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la vigencia del
Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el __% (cantidad
con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, otorgada por institución
afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de
Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos
sustitutivos o modificatorios deberán ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio
fiscal que corresponda y por un periodo de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el
plazo restante.
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Su conformidad de que la fianza se pague independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial.
C. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo o en el juicio contencioso correspondiente.
En caso de que el procedimiento ante autoridad judicial resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
E. Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
F. Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5. La rescisión del contrato y su notificación. 6. Copia del finiquito 7. Cuantificación del importe reclamado.
CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS CUYA VIGENCIA NO REBASE EL EJERCICIO FISCAL.
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para
operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe
total/máximo del contrato, con una vigencia equivalente a la del contrato garantizado, más noventa días
naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
CARTA DE CRÉDITO STANDBY EN CONTRATOS PLURIANUALES.
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para
operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el monto que resulte mayor entre: a) el __%
(cantidad con letra por ciento) del monto total/máximo a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate o b) el
__% (cantidad con letra por ciento) del monto promedio a ejercer en todos los ejercicios fiscales durante la
vigencia del Contrato; y la misma deberá ser renovada o sustituida en cada ejercicio subsecuente por el
__% (cantidad con letra por ciento) del monto que resulte conforme a lo antes señalado, y a favor de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán
ser entregados dentro de los primeros diez días naturales del ejercicio fiscal que corresponda y por un
periodo de cobertura de un año, más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante, más noventa
días naturales adicionales.
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hará efectiva parcial o totalmente, la Carta de Crédito Standby otorgada.
C. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
PARA EL CASO DE EXCEPTUAR LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO, ÚNICAMENTE DEBERÁ INCORPORARSE
EL SIGUIENTE TEXTO:
EXENCIÓN DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceptúa al PROVEEDOR de la presentación de la garantía de cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial, los daños y perjuicios que pudiera ocasionar el incumplimiento de las obligaciones derivadas del presente contrato y que resulten a cargo del PROVEEDOR.
ESTA CLÁUSULA SE INCLUIRÁ EN CASO DE QUE SE PACTE ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO
ANTICIPADO.
GARANTÍA DE [ANTICIPO / PAGO PROGRESIVO / PAGO ANTICIPADO] El PROVEEDOR deberá, previo a la entrega del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], constituir una garantía por la totalidad del importe de dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], la que subsistirá hasta su total amortización, debiendo constituirse en la misma moneda en que se haya otorgado dicho [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], sin considerar el impuesto al valor agregado (I.V.A.). El PROVEEDOR, a fin de garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado] recibido por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), debe presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) una garantía, consistente en:
CUANDO SE TRATE DE PÓLIZA DE FIANZA. Póliza de fianza que se constituirá por el importe total del [anticipo/pago progresivo/pago anticipado], en la misma moneda en la que se otorgue, de acuerdo con las disposiciones aplicables, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, la cual será otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Su conformidad para que la fianza que garantiza el cumplimiento del contrato, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
C. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
D. Su aceptación para que la fianza de anticipo permanezca vigente hasta que el anticipo otorgado haya sido invertido correctamente, aplicado, amortizado, deducido y/o devuelto, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
E. Su conformidad para que la reclamación que se presente ante su afianzadora por la falta de amortización, inversión, aplicación, deducción y/o devolución del anticipo otorgado, quedará integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia de los documentos que haya firmado a la recepción del anticipo o cualquier otro documento que
acredite fehacientemente la recepción del mismo. 5. Copia de los documentos pagados donde se hagan constar las amortizaciones realizadas. 6. Copia del documento donde se requiera la devolución del anticipo no amortizado. 7. La rescisión del contrato y su notificación. 8. Copia del finiquito 9. Cuantificación del anticipo no amortizado y de los intereses respectivos.
CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY. Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el importe total del anticipo, sin incluir Impuesto al Valor Agregado, y su vigencia será equivalente al periodo de amortización pactado en el contrato más noventa días naturales adicionales, a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de renunciar al derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la debida, correcta y total inversión, aplicación, amortización, deducción y devolución del anticipo, será pagada ante el incumplimiento de las
obligaciones contractuales, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de
_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de:
______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente
el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.
Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la
autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades
competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las
consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.
GARANTÍA DE LA OBLIGACIÓN DE RESPONDER POR DEFECTOS Y VICIOS
OCULTOS
El PROVEEDOR, a fin de garantizar la obligación de responder por defectos o vicios ocultos de los
bienes, deberá presentar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), dentro de los diez días naturales
siguientes al acta de entrega de los bienes, o a más tardar el día hábil inmediato anterior al vencimiento del
plazo señalado en este párrafo, la garantía de defectos o vicios ocultos en los bienes consistente en:
PÓLIZA DE FIANZA.
Póliza de fianza que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe total/máximo de
los bienes entregados, con una vigencia equivalente a seis meses a partir de la entrega de los bienes,
otorgada por institución afianzadora legalmente constituida en la República Mexicana, en términos de la
Ley Federal de Instituciones de Fianzas y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
A. Que queda obligado ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, en los términos señalados en el contrato y en la legislación aplicable, por lo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto. En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exijan a partir del vencimiento del plazo máximo de 30 días naturales que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR o en su caso, el acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, podrá solicitarse a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) con cargo al PROVEEDOR. Si el plazo acordado para la realización de las correcciones, reparaciones o reposiciones no es superior a 30 días no será necesario que se dé aviso previo a la afianzadora de los trabajos de corrección, reposición o reparación que deberán llevarse a cabo, siempre y cuando, no se haya reclamado previamente el incumplimiento ante la compañía afianzadora.
En caso de que el plazo acordado entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) exceda el periodo de 30 días, el PROVEEDOR quedará obligado a solicitar anuencia por escrito de su afianzadora, y hacer entrega de la misma a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
B. Su voluntad en caso de que existan créditos a su favor contra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), de desistirse del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
C. Su conformidad para que la fianza que garantiza la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos de los bienes, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los recursos legales que se interpongan, con relación al contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente.
D. Su conformidad para que la institución de fianzas entere el pago de la cantidad reclamada hasta por el monto garantizado más, en su caso, la indemnización por mora que derive del artículo 95 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, aún cuando la obligación se encuentre sub júdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial o tribunal arbitral, salvo que el acto rescisorio sea combatido y el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ya sea en el recurso administrativo, en el juicio contencioso o ante el tribunal arbitral correspondiente.
En caso de que el procedimiento administrativo, o ante autoridad judicial o tribunal arbitral resulte favorable a los intereses del fiado, y la institución de fianzas haya pagado la cantidad reclamada, el beneficiario devolverá a la afianzadora la cantidad pagada en un plazo máximo de noventa días hábiles contados a partir de que la resolución favorable al fiado haya causado ejecutoria.
E. Su aceptación para que la fianza de la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
F. Su conformidad expresa que la reclamación que se presente ante la afianzadora quedará integrada con la siguiente documentación:
1. Reclamación por escrito a la institución de fianzas. 2. Copia de la póliza de fianza y en su caso, sus documentos modificatorios. 3. Copia del contrato garantizado y en su caso sus convenios modificatorios. 4. Copia del documento técnico elaborado por personal del centro de trabajo, que reúna los elementos
necesarios de identificación y descripción de los defectos o vicios ocultos de los bienes y su cuantificación.
5. Copia del escrito donde se reclama al fiado la reparación de los defectos o vicios ocultos detectados.
CUANDO SE TRATE DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY
Carta de Crédito Standby emitida o en su caso confirmada por una institución bancaria autorizada para
operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el __% (cantidad con letra por ciento) del importe
total/máximo de los bienes entregados, con una vigencia de seis meses más noventa días naturales
adicionales, a partir de la entrega de los bienes y a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
El PROVEEDOR manifiesta expresamente:
Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar la obligación de responder por los defectos o vicios ocultos en los bienes, será pagada ante el incumplimiento de las obligaciones contractuales, que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro.
TÉRMINOS APLICABLES PARA CUALQUIER SUPUESTO
La(s) garantía(s) a que se refiere esta cláusula deberá(n) entregarse en las oficinas de
_________________________________ ubicadas en _____________________________ en el horario de:
______________ en estricto apego a los textos que se acompañan en el Anexo __, aceptando expresamente
el PROVEEDOR las obligaciones consignadas en éstos.
Para el caso de que la garantía corresponda a una póliza de fianza, el PROVEEDOR deberá verificar la
autenticidad de la misma, previo a su entrega, por lo que en el supuesto de que (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) detecte que una garantía es apócrifa, se dará aviso a las autoridades
competentes y a la institución que supuestamente emitió la garantía, ateniéndose el PROVEEDOR a las
consecuencias legales que puedan derivar por la entrega de un documento apócrifo.
DÉCIMA.- INSPECCIÓN DE LOS BIENES
El PROVEEDOR se obliga a la reposición de los bienes sin costo para (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), si al ser recibidos o puestos en operación no corresponden a las especificaciones técnicas, clase y/o calidad requeridas, quedando sujeto el PROVEEDOR a las obligaciones y condiciones que en este sentido se señalan en este contrato.
La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el
presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes
entregados, contra defectos o vicios ocultos, por lo que éste acepta expresamente que, para el caso de que
incurra en responsabilidad originada por incumplimiento de este género, se hará efectiva la garantía
otorgada por los conceptos indicados.
TRATÁNDOSE DE CONTRATOS EN DONDE SE EXCEPTÚE DE LA GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO: La inspección que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a los bienes amparados en el
presente contrato, no releva al PROVEEDOR del compromiso que lo obliga a garantizar los bienes
entregados contra defectos o vicios ocultos, sin perjuicio del derecho de (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) de reclamar por la vía judicial que corresponda, los daños que pudiera ocasionar el
incumplimiento de las obligaciones de este género.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato realizará la inspección de los bienes objeto de este contrato. [CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE
DE BIENES DE LARGO PROCESO DE FABRICACIÓN, ROPA DE TRABAJO U OTROS:.El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato llevará a cabo la inspección de la fabricación de los bienes, de conformidad con lo establecido en el Anexo ____] .Dicha inspección se llevará a cabo en: ____________. Al término de la inspección, el responsable de la misma emitirá el reporte correspondiente a efecto de señalar que, en su caso, los bienes fueron entregados de conformidad con este contrato.
DECIMA PRIMERA.- RECEPCIÓN DE LOS BIENES
El PROVEEDOR se obliga a entregar los bienes en el plazo especificado en la cláusula denominada
“Plazo y Lugar de Entrega de los Bienes”, observando para su entrega lo dispuesto en esta cláusula. Los
bienes que se entreguen deberán ser nuevos.
Todos los embarques deberán marcarse claramente en lugar visible, con el nombre de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO), lugar de destino, el número del contrato, el número de la solicitud de
pedido y el número de (partida/posición), indicando las cantidades contenidas en las cajas o bultos, según
el caso, así como el peso de cada uno de ellos.
Cuando se presente nota de remisión, invariablemente deberá indicarse el número del contrato y la
(partida/posición) correspondiente, así como el número de la solicitud de pedido y la descripción detallada
de los bienes entregados.
El PROVEEDOR manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación de las
especificaciones y la aceptación de los bienes en los términos previstos en este contrato y sus anexos, éstos
no se tendrán por recibidos o aceptados por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
LOS TEXTOS QUE A CONTINUACIÓN SE CITAN PODRÁN INCLUIRSE O ELIMINARSE EN RAZÓN DE LA NATURALEZA DE LOS
BIENES A ADQUIRIR POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO.
Las refacciones o accesorios deberán portar en la parte externa, debidamente protegida, la lista de embarque que describa en forma completa el contenido de la caja, bulto o depósito, o en su caso el dibujo específico de la pieza, además ésta deberá venir marcada con el número de parte del fabricante, grabados de origen mediante lápiz eléctrico, chorro de tinta o bien identificarse con una etiqueta adherida, y en su caso, señalar las cantidades por peso o bulto.
En el caso de materias primas, materiales para construcción, aislantes y todos aquellos productos que por
su naturaleza lo requieran, deberán ser empacados con un envase que los proteja adecuada y
permanentemente que permita su identificación.
Cuando se trate de conductores eléctricos, juntas metálicas, barras y láminas, tuberías, válvulas y
conexiones, estos productos deberán marcarse con colores estipulados con base en su composición química
(especificaciones) y de acuerdo a las normas nacionales e internacionales establecidas.
El PROVEEDOR acepta que el incumplimiento de las indicaciones especificadas en la presente cláusula,
originará el rechazo de los bienes correspondientes, sin responsabilidad para (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO).
SI EN EL CONTRATO SE PACTA OTRA CONDICIÓN DISTINTA A LA ENTREGA EN DESTINO FINAL, DEBERÁ SUPRIMIRSE EL
SIGUIENTE PÁRRAFO:
El PROVEEDOR deberá presentar para efectos de comprobar la recepción de los bienes, en la sección de recibo del almacén, la copia del contrato y el original de la nota de remisión o factura, a fin de que en cualquiera de estos últimos documentos, se registre el acuse de recibo respectivo. Para tales efectos, el PROVEEDOR está obligado a informar por escrito, con ___ (letra) horas de anticipación, de la llegada del embarque al almacén del centro de trabajo de destino o al usuario responsable de recibir los bienes, sin dicho aviso el almacén no está obligado a recibir inmediatamente los bienes.
En cada embarque deberán colocarse, en lugar visible, las copias de las listas de embarque y de la nota de
remisión así como del contrato.
Cualquier gasto en que incurra (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), por falta de documentación
de embarque, será cubierto por el PROVEEDOR o, en su caso, se descontará del pago a que tenga derecho
el PROVEEDOR.
El PROVEEDOR se obliga a otorgar las facilidades necesarias para que con base en las atribuciones
legales y reglamentarias que tengan conferidas autoridades mexicanas, se realice la verificación de los
bienes adquiridos por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) bajo el presente contrato.
DÉCIMA SEGUNDA.- MODIFICACIONES AL CONTRATO EL ÁREA ADMINISTRADORA DEL PROYECTO PODRÁ ESTABLECER REQUISITOS ADICIONALES PARA LAS MODIFICACIONES. LAS
MODIFICACIONES DEL NUMERAL I DEBERÁN SER AUTORIZADAS POR EL SERVIDOR PÚBLICO INMEDIATO SUPERIOR DE LA
ADMINISTRADORA DEL PROYECTO O POR EL DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO SUBSIDIARIO O POR EL DIRECTOR
CORPORATIVO, SEGÚN SEA EL CASO, CONFORME AL ARTÍCULO 58 DE LAS DISPOSICIONES.
Cuando las necesidades del proyecto o del contrato lo requieran, las partes podrán pactar modificaciones al presente contrato, de acuerdo con lo siguiente: I Mediante convenio modificatorio, suscrito por los representantes legales de las partes, cuando
se trate de: a. Los términos contractuales relativos a la remuneración y a los mecanismos para sus ajustes, b. Los términos relativos a objeto, monto o plazo del contrato, y c. La incorporación de avances tecnológicos que tengan un impacto en los términos contractuales señalados en los dos incisos anteriores. EL SIGUIENTE SUPUESTO SE INCLUIRÁ CUANDO EN LE CLÁUSULA DE CESIÓN, SE HAYA PREVISTO LA CESIÓN DE LOS
DERECHOS Y OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO.
d. Las consecuencias derivadas de la cesión de los derechos y obligaciones del presente contrato.
II Mediante memoranda de entendimiento o cualquier otro documento en el que conste el acuerdo entre los
representantes autorizados de cada una de las partes en el presente contrato, cuando se trate de:
a Prórroga a la fecha de terminación del plazo por suspensión en términos de la cláusula denominada
“Suspensión”,,y,
b Cualquier otra modificación no incluida en la fracción I de esta cláusula.
Las partes acuerdan que las modificaciones realizadas en términos de esta cláusula no implicarán novación de las obligaciones del presente contrato. Las partes en ningún caso podrán modificar sustancialmente el objeto de contratación. El PROVEEDOR deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), el endoso, ampliación o renovación a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que ampare las modificaciones al contrato realizadas en términos de esta cláusula. DÉCIMA TERCERA.- CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR
Salvo por disposición en contrario contenida en este contrato, ninguna de las partes será responsable por el
incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones conforme al presente contrato en la medida y por el
plazo en que la imposibilidad de cumplimiento se deba a caso fortuito o fuerza mayor.
Se entiende por caso fortuito o fuerza mayor aquellos fenómenos de la naturaleza o hechos de personas,
ajenos a la voluntad de cualquiera de las partes y que se producen sin que haya falta o negligencia por parte
de las mismas, que son insuperables, imprevisibles, o que previéndose no se pueden evitar, que impiden a
la parte afectada llevar a cabo sus obligaciones de conformidad con el presente contrato, siempre y cuando
no se haya dado causa o contribuido al caso fortuito o fuerza mayor. Entre otros, se consideran caso
fortuito o fuerza mayor, acontecimientos tales como huelgas y disturbios laborales, motines, cuarentenas,
epidemias, guerras, declaradas o no, actos o atentados terroristas, bloqueos, disturbios civiles,
insurrecciones, incendios y tormentas.
EL SIGUIENTE PÁRRAFO PODRÁ INCLUIRSE, DEPENDIENDO DE LA NATURALEZA DEL CONTRATO:
Queda expresamente convenido que caso fortuito o fuerza mayor no incluirá los siguientes eventos: (i)
_____________; o (ii) _____________.
La parte que alegue la existencia del caso fortuito o fuerza mayor tendrá la carga de la prueba.
En caso de suspensión del contrato derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la
cláusula denominada “Suspensión”.
En caso de terminación anticipada derivada de caso fortuito o fuerza mayor, se estará a lo dispuesto en la
cláusula denominada “Terminación Anticipada”.
DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN DEL CONTRATO 14.1 Rescisión administrativa
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, en cualquier momento rescindir administrativamente el contrato, sin necesidad de declaración judicial o arbitral, en caso de que el PROVEEDOR se ubique en cualquiera de los siguientes supuestos: a) Incumpla con sus obligaciones en los términos establecidos en el contrato y sus anexos; b) No entregue la(s) garantía(s) solicitadas en este contrato, a menos que se le haya exceptuado de su presentación; c) No entregue los bienes de conformidad con lo estipulado en el presente contrato y sus anexos o sin motivo justificado no acate las órdenes dadas por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; d) Sea declarado o sujeto a concurso mercantil, quiebra o suspensión de pagos, o cualquier otra figura análoga; e) Durante la ejecución del contrato pierda las capacidades técnicas, financieras u operativas que hubiere acreditado para la adjudicación del contrato; f) Se le revoque o cancele de manera definitiva cualquier permiso o autorización gubernamental necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones bajo el contrato; g) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las obligaciones y derechos del contrato de cualquier forma; h) Cuando sin autorización expresa de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ceda o transfiera las acciones, partes sociales e intereses del PROVEEDOR o sus obligados solidarios, cuando se haya pactado dicha condición; i) Cambie su nacionalidad, en caso de que haya sido establecido como requisito tener una determinada nacionalidad o, si siendo extranjero invoca la protección de su gobierno en relación al contrato; j) Si no da cumplimiento al porcentaje de grado de integración nacional en los términos de la cláusula denominada “Contenido Nacional”; k) Se ubique en los supuestos de la cláusula “Anticorrupción”; l) Si no da a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o a quien éste designe por escrito, las facilidades y datos necesarios para la inspección de los bienes; m) Si no entrega a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) el(los) endoso(s) y ampliación(es) y/o renovación(es) a la garantía otorgada para el cumplimiento del contrato que esté obligado a entregar conforme a la cláusula “Modificaciones al Contrato”;
EN LOS CONTRATOS EN LOS QUE APLIQUE EL ANEXO “SSPA” SE DEBERÁN AGREGAR LAS SIGUIENTES CAUSALES DE RESCISIÓN: n) Cuando reincida en el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones contenidas en el Anexo “SSPA” de este contrato. Para efectos de esta cláusula, y conforme a lo establecido en el Anexo “SSPA”, se entenderá como reincidencia la falta en el cumplimiento, por dos o más eventos diferentes, o por dos o más veces de un mismo evento; o) Cuando el PROVEEDOR ocasione un accidente por incumplimiento de los requerimientos generales señalados en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato; p) Cuando con motivo de la ejecución del contrato el PROVEEDOR cause la muerte de una o más personas, ya sea por su falta de previsión, negligencia o por el incumplimiento de cualquiera de los requerimientos u obligaciones establecidos en el Anexo “SSPA”, o bien por el incumplimiento a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que la responsabilidad de este evento es imputable al PROVEEDOR, no obstante dicha determinación, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) valorará la decisión de rescindir; q) Cuando en el desarrollo del contrato el PROVEEDOR incurra en delitos ambientales por incumplimiento a cualquiera de los requerimientos del Anexo “SSPA”, a otras obligaciones del contrato o de las disposiciones en materia de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección Ambiental. En este supuesto (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el procedimiento de rescisión administrativa una vez que las autoridades competentes, determinen que las conductas realizadas por el PROVEEDOR constituyen un delito ambiental, no obstante dicha determinación, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) valorará la decisión de rescindir; r) Cuando como resultado de las auditorias mensuales para la evaluación del desempeño, el PROVEEDOR, obtenga consecutivamente tres calificaciones consecutivas menores a 90%, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá iniciar el proceso de rescisión administrativa del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Diagrama 1 del Anexo “SSPA”; ATENDIENDO A LAS CARACTERÍSTICAS, MAGNITUD Y COMPLEJIDAD DEL CONTRATO SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSAS DE
RESCISIÓN DEL CONTRATO.
En caso de que el PROVEEDOR se encuentre en alguno de los supuestos que se indican en esta cláusula,
previo a la determinación de la rescisión, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá otorgar al
PROVEEDOR un periodo para subsanar dicho incumplimiento, sin perjuicio de las penas convencionales
que, en su caso, se hubieren pactado. El periodo será determinado por (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) atendiendo a las circunstancias del contrato. Si al concluir dicho periodo, el
PROVEEDOR no hubiera subsanado el incumplimiento, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
podrá determinar la rescisión administrativa conforme al procedimiento señalado en esta cláusula.
En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine rescindir administrativamente el
contrato, el PROVEEDOR estará obligado a devolver a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), en
un plazo de __ (____) días naturales, contados a partir de la notificación del inicio del procedimiento de
rescisión, toda la documentación que éste le hubiere entregado para la ejecución del contrato.
En caso de rescisión administrativa del contrato por causas imputables al PROVEEDOR, una vez emitida
la determinación respectiva, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), precautoriamente y desde el
inicio de la misma, se abstendrá de cubrir los importes resultantes de bienes entregados aún no liquidados,
hasta que se otorgue el finiquito correspondiente, a fin de proceder a hacer efectivas las garantías.
El finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____) días naturales siguientes a la fecha
de la comunicación de la determinación, a fin de proceder, en su caso, a hacer efectivas las garantías por el
saldo que resulte a favor de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos
derivados de la rescisión administrativa con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del
finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los
bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la rescisión administrativa del presente contrato.
El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.
En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda. 14.2 Procedimiento de Rescisión Administrativa
El procedimiento de rescisión administrativa se iniciará a partir de que (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) notifique al PROVEEDOR el incumplimiento en que éste haya incurrido, para que
dentro del plazo de (número y letra) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su
derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes.
La determinación de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de dar o no por rescindido el contrato
deberá estar fundada y motivada; y se notificará al PROVEEDOR dentro de los (número y letra) días
hábiles siguientes a aquél en que se hubieren recibido los argumentos y pruebas o que se haya vencido el
plazo estipulado en el párrafo anterior. NOTA: LOS PLAZOS ANTERIORES NO PODRÁN EXCEDER DE 20 DÍAS HÁBILES
En caso de que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) resuelva rescindir el contrato, dicha
rescisión surtirá sus efectos a partir de la fecha de notificación de la determinación respectiva.
La notificación, tanto del inicio del procedimiento de rescisión como de la determinación de la rescisión
administrativa del contrato, serán notificadas por (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) al
PROVEEDOR conforme a lo dispuesto por la Ley Federal de Procedimiento Administrativo. 14.3 Rescisión por causas imputables a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
El PROVEEDOR sólo podrá rescindir este contrato, previa declaración de la autoridad competente. El
PROVEEDOR sólo podrá demandar la rescisión, cuando por causas imputables a (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) se actualicen alguno de los siguientes supuestos:
a) Por incumplimiento en las obligaciones de pago;
b) Por no contar con los permisos, licencias o autorizaciones que estén a su cargo;
c) Por no poner a disposición de PROVEEDOR el sitio donde se deban entregar los bienes.
DÉCIMA QUINTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA
Las partes podrán convenir la terminación anticipada del presente contrato, por las siguientes causas:
I. Por caso fortuito o fuerza mayor;
II. Por no poder determinar la temporalidad de la suspensión;
III. Cuando existan causas que impidan la ejecución del contrato;
IV. Cuando se determine la nulidad total o parcial de actos que dieron origen al contrato, con motivo de
la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública o los Órganos
Internos de Control en Petróleos Mexicanos, y
V. ___________ (DEPENDIENDO LA NATURALEZA Y LOS ALCANCES DEL CONTRATO, SE PODRÁN INCLUIR OTRAS CAUSALES QUE DEN LUGAR A
LA TERMINACIÓN ANTICIPADA)
Convenida la terminación anticipada, el PROVEEDOR tendrá el derecho de recibir de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO), el pago por los bienes entregados hasta la fecha de terminación
anticipada, así como los gastos que se originen por la terminación anticipada, siempre que éstos sean
razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales se
limitarán a lo siguiente: EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA TERMINACIÓN
ANTICIPADA.
En caso de terminación anticipada, el finiquito correspondiente deberá efectuarse dentro de los ___ (____)
días naturales siguientes a la fecha de que se haya convenido la misma.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá, junto con el PROVEEDOR, conciliar los saldos
derivados de la terminación anticipada con el fin de preservar los intereses de las partes dentro del
finiquito. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) hará constar en el finiquito, la recepción de los
bienes que haya entregado el PROVEEDOR hasta la terminación anticipada del presente contrato.
El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.
En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.
DÉCIMA SEXTA.- COMUNICACIONES ENTRE LAS PARTES
Las partes se obligan a comunicarse por escrito toda información que se genere con motivo de la ejecución
del presente contrato, incluido el cambio de domicilio, conforme a lo siguiente:
Comunicaciones a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO):
Las comunicaciones relacionadas con este contrato deberán ser entregadas al Área Responsable de la
Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato en forma personal o por cualquier otro medio
que asegure su recepción en el domicilio siguiente: (Indicar domicilio y correo electrónico del Área
Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato).
Comunicaciones al PROVEEDOR:
Las comunicaciones relativas a cuestiones técnicas o administrativas deberán ser entregadas en forma
personal al representante del PROVEEDOR para la ejecución del contrato, o bien, ser enviadas por
cualquier otro medio que asegure su recepción al domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del
apartado de declaraciones de este contrato.
Las comunicaciones de índole legal deberán ser entregadas en forma personal al representante legal del
PROVEEDOR, o bien, ser enviadas por cualquier otro medio de mensajería que asegure su recepción, al
domicilio señalado en el numeral (indicar numeral) del apartado de declaraciones de este contrato.
DÉCIMA SÉPTIMA.- OTRAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
El PROVEEDOR será el único responsable cuando los bienes amparados en este contrato, no se hayan
entregado de acuerdo con lo estipulado en el mismo, o bien, conforme a las órdenes dadas por escrito por
parte del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato; por lo que en
estos casos; (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá ordenar, la rectificación o reposición de
aquellos bienes que se hubieren considerado como rechazados o discrepantes sin que el PROVEEDOR
tenga derecho a retribución adicional alguna por ello, ya que los mismos se harán por cuenta del
PROVEEDOR; en tal supuesto, el PROVEEDOR procederá de manera inmediata a la atención de la
rectificación o reposición de los bienes rechazados o discrepantes, sin que esto sea motivo para ampliar el
plazo señalado para su entrega.
Si el PROVEEDOR entrega bienes por mayor valor de lo indicado, independientemente de la
responsabilidad en que incurra por la entrega de los bienes excedentes, no tendrá derecho a reclamar pago
alguno por ello.
El PROVEEDOR tendrá la obligación de contar con todas las autorizaciones requeridas por las
dependencias gubernamentales correspondientes, para la adecuada ejecución del contrato, por lo que,
también se obliga a cumplir con todas las leyes, reglamentos, y normas aplicables, sean éstas municipales,
estatales o federales, asimismo, el PROVEEDOR deberá cumplir con las disposiciones de seguridad e
higiene de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para la entrega de los bienes.
El PROVEEDOR acepta que deberá proporcionar la información y/o documentación relacionada con este
contrato, que en su momento se requiera, derivado de auditorías que los órganos fiscalizadores practiquen
y, en su caso, la información que sobre este contrato le sea requerida a (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) por la Secretaría de Energía y sus Órganos Desconcentrados.
Se conviene que las obligaciones del PROVEEDOR de acuerdo a este contrato, deberán incluir todas las
actividades, insumos y en su caso, instalaciones que se consideren indispensables para el cumplimiento del
presente contrato.
CUANDO APLIQUE, TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CELEBRADOS CON MICRO, PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS El PROVEEDOR se compromete a inscribirse en el Directorio de Proveedores del Gobierno Federal de
Nacional Financiera, Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo.
DÉCIMA OCTAVA.- RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES PARA LOS CASOS DE EXCEPCIÓN, DONDE LAS CONDICIONES CONTRACTUALES REQUIERAN TÉRMINOS DIFERENTES A LOS
ESTABLECIDOS EN ESTA CLÁUSULA, PREVIO A SU MODIFICACIÓN, LAS ÁREAS DE CONTRATACIÓN DEBERÁN OBTENER LA
OPINIÓN DEL ÁREA EVALUADORA DE RIESGOS.
El PROVEEDOR será el único responsable de la entrega de los bienes y deberá sujetarse a todas las leyes,
los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección
ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal y a las instrucciones que
al efecto le señale (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) y cuando la ejecución del contrato
implique riesgos para las instalaciones o el personal de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o de
sus proveedores y contratistas, deberá sujetarse a su sistema de seguridad industrial. Las responsabilidades
y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del PROVEEDOR.
Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no
podrá exceder el monto total/máximo del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penalizaciones
establecidas en el presente instrumento.
Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a
terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin
negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de
ellas soportará los propios sin derecho a indemnización.
Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de
cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos.
Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no
se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir
las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos,
juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y
costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente.
DÉCIMA NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL
El PROVEEDOR bajo ninguna circunstancia podrá usar para fines comerciales, publicitarios o de
cualquier otra índole, el nombre de Petróleos Mexicanos y el de los Organismos Subsidiarios, sus logotipos
o cualquier otro signo o símbolo distintivo de su propiedad.
En caso de que la titularidad del PROVEEDOR sobre los bienes materia del presente contrato invada
derechos de propiedad intelectual de un tercero, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz y a salvo a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier acción que se interponga en su contra y/o en
contra de Petróleos Mexicanos y/o Organismos Subsidiarios; obligándose en este caso, a reembolsar y/o
indemnizar de cualquier gasto y/o costa judicial, así como los relativos a la defensa legal que se utilice y
que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en relación con el asunto.
Si se actualiza dicho supuesto, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) dará aviso al
PROVEEDOR y en su caso, a las autoridades competentes, el PROVEEDOR, en un plazo de (número)
(letra) días naturales contados a partir de la fecha de recepción de la notificación, proporcionará a
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) un informe circunstanciado sobre la referida violación.
El PROVEEDOR asumirá el control de la defensa de la reclamación y de cualquier negociación o
conciliación. Si dicha reclamación, negociación o conciliación afecta los intereses de Petróleos Mexicanos
y/o de los Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR se compromete a informar a (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) respecto de los medios y estrategias de defensa necesarios que
interpondrá, sin restringirse las facultades de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de
implementar sus propios medios y estrategias de defensa.
OPCIONAL DE ACUERDO CON LA NATURALEZA DEL CONTRATO
En caso de que derivado del objeto del presente contrato se generen derechos de propiedad intelectual, la
titularidad sobre los mismos corresponderá en todo momento a (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO).
Bajo el supuesto señalado en el párrafo inmediato anterior, el PROVEEDOR se obliga a obtener por parte
de quien corresponda, los contratos de cesión de derechos, cartas de colaboración remunerada, o
cualesquiera instrumentos necesarios para la acreditación o constitución en favor de (PEMEX U
ORGANISMO SUBSIDIARIO) de los derechos de propiedad intelectual generados.
VIGÉSIMA.- RESPONSABILIDAD LABORAL El PROVEEDOR, como empresario y patrón del personal que ocupa para la ejecución del objeto de este contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. Asimismo, el PROVEEDOR reconoce y acepta que con relación al presente contrato, actúa exclusivamente como PROVEEDOR independiente, por lo que nada de lo contenido en este instrumento jurídico, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el PROVEEDOR, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en
la presente cláusula y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los
intereses de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o
cualquiera de sus Organismos Subsidiarios, el PROVEEDOR queda obligado a sacarlos en paz y a salvo
de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de
sus Organismos Subsidiarios, en cuanto éste así se lo solicite por escrito, cualquier cantidad que llegaren a
erogar por tal concepto, incluyendo el pago de honorarios de abogados.
VIGÉSIMA PRIMERA.- SUSPENSIÓN
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tiene la facultad de suspender temporalmente, en todo o en
parte el contrato, en cualquier estado en que éste se encuentre, cuando las necesidades del proyecto o del
contrato así lo requieran, sin que ello implique la terminación anticipada del mismo, para lo cual (PEMEX
U ORGANISMO SUBSIDIARIO), comunicará al PROVEEDOR, señalándole las causas que la
motivan, la fecha de su inicio y de la probable reanudación del contrato.
Cuando (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) determine la suspensión del contrato, las partes, a
partir de la notificación que dé por terminada la suspensión, suscribirán una memoranda de entendimiento
o cualquier otro documento donde se reconozca el plazo de la suspensión, las fechas de reinicio y
terminación de los trabajos, así como la prórroga a la fecha de terminación del plazo de ejecución del
contrato, sin modificar el plazo de ejecución establecido originalmente en el mismo y el PROVEEDOR
podrá solicitar el pago de los gastos en que haya incurrido durante el periodo de la suspensión, siempre que
éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los
cuales se limitarán a lo siguiente: EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN.
Cuando las suspensiones se deriven de un caso fortuito o fuerza mayor no existirá responsabilidad alguna
para las partes, y el pago de los gastos se limitará a lo siguiente: EN ESTA CLÁUSULA SE DEBERÁN ESTABLECER LOS GASTOS A QUE TENDRÁ DERECHO EL PROVEEDOR POR LA SUSPENSIÓN
DERIVADA DE CASO FORTUITO.
Cuando por caso fortuito o fuerza mayor se imposibilite la continuación del contrato, se estará a lo
dispuesto por la cláusula denominada “Terminación Anticipada”.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- SEGUROS
El PROVEEDOR será el único responsable de contar con las pólizas de seguros que estime necesario.
VIGESIMA TERCERA.- REPRESENTANTES DE LAS PARTES
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), a través del Área Responsable de la Administración y
Supervisión de la Ejecución del Contrato, supervisará la ejecución del presente contrato, a través de su
representante, que será el (Director de proyecto / o la figura que se determine) dará al PROVEEDOR, por
escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución en la forma convenida y con
las modificaciones que, en su caso, ordene (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
CUANDO APLIQUE
Cuando la supervisión se realice por terceras personas, el Área Responsable de la Administración y
Supervisión de la Ejecución del Contrato, podrá establecerla con posterioridad al inicio del contrato.
El PROVEEDOR se obliga a designar por escrito a un representante para la ejecución del contrato, quien
contará con todas las facultades técnicas, administrativas, operativas, de decisión y para oír y recibir toda
clase de comunicaciones relacionadas con la ejecución del contrato, aún las de carácter personal, así como
contar con las facultades suficientes para la toma de decisiones en todo lo relativo al cumplimiento del
contrato y sus anexos, las cuales deberán constar en instrumento público.
En cualquier momento, por causas justificadas, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá
solicitar el cambio de cualquiera de los representantes del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a otra
persona que reúna los requisitos correspondientes.
Dichos representantes tendrán las facultades para levar a cabo las modificaciones a que se refiere la
fracción segunda de la cláusula denominada Modificaciones al Contrato.
VIGÉSIMA CUARTA.- CLÁUSULA ANTICORRUPCIÓN
El PROVEEDOR acuerda que durante la ejecución de este contrato ni él, ni sus subcontratistas o empleados de éstos ofrecerán, prometerán o darán por sí o por interpósita persona, dinero, objetos de valor o cualquier otra dádiva, a servidor público alguno, que puedan constituir un incumplimiento a la ley tales como robo, fraude, cohecho o tráfico de influencias.
En caso de que dichos actos sean decretados en resolución definitiva por autoridad jurisdiccional
competente en territorio nacional, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá optar por la
rescisión conforme a lo establecido en la cláusula RESCISIÓN DEL CONTRATO.
Por lo anterior, la Administradora del Proyecto dará aviso a la Subdirección de Suministros de la Dirección
Corporativa de Operaciones para que se hagan las anotaciones en el registro de proveedores y contratistas
de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
VIGÉSIMA QUINTA.- IDIOMA
La versión en español del contrato prevalecerá sobre cualquiera de sus traducciones.
Las partes se obligan a utilizar exclusivamente el idioma español en todas las comunicaciones relativas al
contrato.
VIGÉSIMA SEXTA.- CONCILIACIÓN Las partes podrán presentar ante la Secretaría de la Función Pública solicitud de conciliación, por desavenencias derivadas del cumplimiento del contrato, el cual se substanciará conforme a lo dispuesto en las Leyes de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, en cumplimiento con lo establecido en el artículo 35 de la Ley de Petróleos Mexicanos.
En el supuesto de que las partes lleguen a una conciliación, el convenio respectivo obligará a las mismas y su
cumplimiento podrá ser demandado por la vía correspondiente. En caso contrario, quedarán a salvo sus
derechos, para que los hagan valer ante la instancia respectiva.
VIGÉSIMA SEPTIMA.- TOTALIDAD DEL CONTRATO
Este contrato es una compilación de los términos y condiciones que rigen el acuerdo entre las partes con
respecto al objeto del mismo y reemplaza y substituye cualquier convenio o entendimiento sobre dicho
objeto. Ninguna declaración de agentes, empleados o representantes de las partes que pudiera haberse
hecho antes de la celebración del contrato tendrá validez en cuanto a la interpretación de los términos del
Contrato.
VIGÉSIMA OCTAVA.- ANEXOS DEL CONTRATO Acompañan y forman parte integrante de este contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por quienes suscriben el presente contrato o por quienes éstos designen. (SE RECOMIENDA QUE LOS ANEXOS
SEAN FIRMADOS POR QUIEN SUSCRIBA EL CONTRATO EN EL APARTADO DE REVISIÓN TÉCNICA) Anexo “____”.- “Especificaciones y Condiciones de los Bienes” Anexo “____”.- “Texto de la(s) garantía(s)” Anexo “SSPA” “Obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios” (CUANDO
APLIQUE)
Anexo “____”.- “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” (CUANDO APLIQUE)
Anexo “____”.- “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (CUANDO APLIQUE)
Anexo “____” Propuesta Técnica – Económica
Anexo “____”.- ____
Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas
partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.
VIGÉSIMA NOVENA.- RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL
El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja
sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en
que se firme el mismo.
Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento
fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán
consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales.
El PROVEEDOR reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de
prórroga serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté
facultado para ello.
El PROVEEDOR reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo
por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello.
TRIGÉSIMA.- DEVOLUCIÓN Y REPOSICIÓN DE BIENES
En el caso de que los bienes presenten fallas de calidad o de cumplimiento de las especificaciones originalmente convenidas, previo a la reclamación de la garantía de vicios ocultos en términos de la cláusula denominada
“Garantías” (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá exigir al PROVEEDOR que lleve a cabo las correcciones o reparaciones necesarias o las reposiciones inmediatas que se requieran, sin que las sustituciones impliquen su
modificación, lo que el PROVEEDOR deberá realizar por su cuenta sin que tenga derecho a retribución por tal concepto.
En el caso de que el PROVEEDOR no lleve a cabo las correcciones, reparaciones o reposiciones que se le exigen a partir del vencimiento del plazo que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgue al PROVEEDOR para efectuar las correcciones, reparaciones y/o reposiciones necesarias, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar a un tercero que realice los trabajos o podrá llevarlos a cabo directamente con cargo al PROVEEDOR, excepto que
se trate de derechos exclusivos. EN CASO DE QUE EL PLAZO QUE SE ACUERDE CON EL PROVEEDOR SEA SUPERIOR A 30 DÍAS NATURALES, DEBERÁ DARSE AVISO
A LA AFIANZADORA CUANDO SE HAYA GARANTIZADO EL CONTRATO CON FIANZA.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- MECANISMOS DE PREVENCIÓN Y RESOLUCIÓN DE
CONTROVERSIAS
Cuando surja alguna controversia de carácter técnico o administrativo relacionado con la interpretación o
ejecución del contrato, el PROVEEDOR podrá efectuar, dentro de los (número y letra) días naturales
siguientes de haber surgido la misma, su reclamo por escrito ante el titular del Área Responsable de la
Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, a fin de que resuelva la diferencia existente
entre las partes. En caso de no efectuar su reclamo en el plazo indicado en este párrafo, por razones
debidamente motivadas y justificadas, las partes podrán acordar conocer y revisar el mismo.
El PROVEEDOR, por el desacuerdo con la resolución al reclamo, podrá interponer una discrepancia de
carácter técnico o administrativo ante el Área Administradora del Proyecto, en los términos de esta
cláusula.
Por cada controversia, el PROVEEDOR sólo podrá interponer un reclamo ante el Área Responsable de la
Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato.
Para resolver el reclamo, el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del
Contrato efectuará las consultas pertinentes y reunirá los elementos y/o documentos necesarios. El Área
Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato tendrá un plazo de (número y
letra) días naturales contados a partir de la recepción de la solicitud efectuada por el PROVEEDOR para
emitir su determinación por escrito y comunicársela, estableciendo las bases contractuales de su decisión.
Una vez recibida la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la
Ejecución del Contrato, el PROVEEDOR contará con un plazo de (número y letra) días naturales para
comunicar su rechazo, en caso contrario se tendrá por aceptada perdiendo el derecho de presentar su
reclamo como discrepancia técnica o administrativa.
Si el PROVEEDOR acepta la determinación final, el Área Responsable de la Administración y
Supervisión de la Ejecución del Contrato procederá a la autorización del cambio y, en su caso, se procederá
a la formalización del convenio correspondiente.
Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se
estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.
Si la determinación del Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato
no es aceptada por el PROVEEDOR, éste podrá pedir que el reclamo se revise como discrepancia de
carácter técnico o administrativo.
Si el PROVEEDOR opta por que el reclamo se revise como discrepancia de carácter técnico o
administrativo, ésta versará sobre los mismos aspectos que dieron origen a su reclamo, por lo que no podrá
agregar peticiones adicionales, supletorias o complementarias, subsanar defectos, hacer correcciones o
sustituciones al reclamo original.
El procedimiento de discrepancia de carácter técnico o administrativo se llevará a cabo de la siguiente
manera:
El PROVEEDOR deberá presentarla por escrito ante el titular del Área Administradora del Proyecto,
indicando los temas en discrepancia, dentro de los (número y letra) días naturales siguientes a la fecha en
que el PROVEEDOR hubiere recibido la determinación final del Área Responsable de la Administración
y Supervisión de la Ejecución del Contrato, respecto de la resolución del reclamo.
La solicitud que al respecto haga el PROVEEDOR deberá indicar que se trata de una discrepancia de
carácter técnico o administrativo sujeta a resolución y contendrá como mínimo:
a) Descripción pormenorizada de los hechos en discrepancia, relacionándolos en forma específica con la
documentación que los compruebe;
b) Indicación clara y precisa de sus pretensiones, expresando los argumentos y las disposiciones
contractuales y legales que fundamenten su reclamo;
c) Documentación comprobatoria de los hechos sobre los que verse la discrepancia, debidamente ordenada
e identificada con número de anexo.
El Área Administradora del Proyecto verificará que la discrepancia haya sido presentada en tiempo y
forma; en caso contrario la desechará. Si la discrepancia no es desechada, el titular del Área
Administradora del Proyecto comunicará por escrito al PROVEEDOR el inicio del procedimiento de
discrepancia, quien tendrá un plazo de 10 (diez) días hábiles para presentar todo documento o alegato que
considere necesario y que no hubiera presentado junto con su solicitud. El titular del Área Administradora
del Proyecto, con el apoyo de las áreas a las que competa la materia motivo de la controversia técnica o
administrativa, procederá a analizar y estudiar el tema en discrepancia y citará por escrito al
PROVEEDOR dentro de un plazo de (número y letra) días naturales contados a partir del vencimiento del
plazo para que el PROVEEDOR presente documentación o alegatos, para iniciar las aclaraciones.
Durante las aclaraciones, las partes se reunirán tantas veces como sea necesario y el titular del Área
Administradora del Proyecto deberá comunicar su resolución al PROVEEDOR dentro de los (número y
letra) días naturales siguientes de la celebración de la primera reunión.
Si el PROVEEDOR acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, el titular
del Área Administradora del Proyecto autorizará el cambio que corresponda y, en su caso, se procederá a la
formalización del convenio respectivo, concluyendo así el procedimiento para la resolución de reclamos y
discrepancias de carácter técnico o administrativo con efectos jurídicos concernientes a las partes.
Si el PROVEEDOR no acepta la resolución de la discrepancia de carácter técnico o administrativo, se
estará a lo dispuesto en la cláusula denominada Ley Aplicable y Jurisdicción.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- RECUPERACIÓN DE ADEUDOS
El PROVEEDOR, conviene expresamente que de las facturas que tengan origen en el presente contrato,
se le descuente cualquier cantidad por concepto de adeudos derivados de cualquier acto jurídico celebrado
entre el PROVEEDOR y (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
TRIGÉSIMA TERCERA.- LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
EN CASO DE QUE SE DECIDA PACTAR EN EL CONTRATO OTRO MÉTODO DE RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS DEBERÁ
SOLICITARSE A LA OFICINA DEL ABOGADO GENERAL QUE PROPORCIONE EL TEXTO A INCLUIR.
El presente contrato se regirá por las Leyes Federales de los Estados Unidos Mexicanos y demás
disposiciones que de ellas emanen, en vigor. En caso de que surja cualquier controversia relacionada con el
presente contrato, las partes acuerdan expresamente someterse a la jurisdicción de los Tribunales Federales
de (indicar la ciudad), por lo tanto, el PROVEEDOR renuncia irrevocablemente a cualquier fuero que
pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro, o por cualquier causa.
LAS SIGUIENTES CLÁUSULAS SON OPTATIVAS Y SE PODRÁN INCLUIR, ASÍ COMO AQUELLAS OTRAS QUE SE
REFIERAN A CONDICIONES PARTICULARES O ESPECIFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN QUE LE DIO
ORIGEN Y QUE RESULTEN NECESARIAS PARA PROTEGER LOS INTERESES DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO
Y SE INCLUIRÁN AL CLAUSULADO CON EL NÚMERO QUE LE CORRESPONDA
_______________.- ÓRDENES DE SUMINISTRO TRATÁNDOSE DE CONTRATOS ABIERTOS DEBERÁ INCLUIRSE EL TEXTO SIGUIENTE:
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) ejercerá este contrato a través de “órdenes de suministro”
(en este contrato “ORDEN” u “ÓRDENES”), mismas que deberán contener la referencia a este contrato.
La ORDEN que emita (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), será entregada al PROVEEDOR en (indicar área, lugar y horario) o transmitida por medios electrónicos o por cualquier otro medio que asegure su recepción.
El PROVEEDOR sólo recibirá ÓRDENES cuando éstas puedan ser surtidas dentro de la vigencia del
contrato.
Cuando se requiera variar alguna ORDEN en cualquiera de sus conceptos, deberá ser tramitada por el Área
de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato, en el entendido de que ninguna variación
podrá afectar las condiciones establecidas en este contrato, ya que de ser el caso, ésta se considerará
inexistente para todos los efectos legales de este contrato.
___________.- SUBCONTRATACIÓN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS Y SE
HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, INVITACIÓN RESTRINGIDA O ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE
ORIGEN AL CONTRATO:
El PROVEEDOR podrá subcontratar lo siguiente:
_________________________________________________________________________
_________________________________________________________________________
EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE INCLUIRÁ CUANDO NO SE HAYA DETERMINADO DESDE LAS BASES DE LICITACIÓN, O DE
INVITACIÓN RESTRINGIDA O EN SU CASO, EN LA SOLICITUD DE COTIZACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN DIRECTA QUE LE DE
ORIGEN AL CONTRATO, LAS ACTIVIDADES QUE SE PODRÁN SUBCONTRATAR :
En caso de que el PROVEEDOR requiera subcontratar cualquier parte del contrato, que no haya incluido
en su propuesta, deberá solicitar la autorización al Área Administradora del Proyecto con (indicar número
de días) días naturales de anticipación a la pretendida subcontratación, indicando: (i) el nombre del posible
subcontratista; (ii) la parte del contrato a ser subcontratada; y (iii) la información suficiente para que
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) esté en condiciones de evaluar la capacidad técnica del
posible subcontratista. Asimismo, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá el derecho de
solicitar al PROVEEDOR cualquier información adicional a la entregada por éste, a fin de autorizar la
subcontratación en cuestión. (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) tendrá un período de (indicar
número de días) días naturales a partir de la fecha de recepción de la notificación, o a partir de la fecha de
recepción de la información adicional solicitada, para aceptar o rechazar por escrito la celebración de dicho
contrato. En caso de que transcurra el plazo antes referido sin que (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) haya aceptado o rechazado por escrito la solicitud del PROVEEDOR, ésta se tendrá por
no aceptada.
LOS SIGUIENTES PÁRRAFOS APLICAN PARA AMBOS SUPUESTOS:
Lo anterior, sin perjuicio de la obligación del PROVEEDOR de cumplir el grado de contenido nacional al
que se comprometió en su propuesta de conformidad con el Anexo____.NOTA: ESTE ANEXO SE REFIERE A AQUEL
EN DONDE SE INCLUYA LA PROPUESTA DEL PROVEEDOR.
En el supuesto de que el PROVEEDOR desee sustituir a un subcontratista, deberá solicitar la autorización
al Área Administradora del Proyecto en los términos señalados en la presente cláusula, no siendo esto
motivo de incremento en los precios pactados ni en el plazo de entrega.
No obstante cualquier subcontratación, el PROVEEDOR es y será el único responsable de las
obligaciones del contrato. Los subcontratistas no tendrán acción o derecho alguno que hacer valer en contra
de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Por lo tanto, el PROVEEDOR se obliga a sacar en paz
y a salvo a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) de cualquier demanda o reclamación de
cualquier tipo, incluyendo las de carácter laboral, que pudieran presentar los subcontratistas por la
ejecución del contrato.
_________.- OBLIGACIONES DE SEGURIDAD, SALUD EN EL TRABAJO Y PROTECCIÓN
AMBIENTAL ESTA CLÁUSULA APLICARÁ OBLIGATORIAMENTE EN TODOS LOS CONTRATOS EN LOS QUE EL PROVEEDOR REALICE
ACTIVIDADES EN LAS INSTALACIONES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS
El PROVEEDOR se obliga a cumplir y hacer cumplir por parte de su personal y subcontratistas, todos los requerimientos establecidos en el Formato 4 del Anexo “SSPA” de este contrato, el cual contiene las obligaciones de Seguridad, Salud en el trabajo y Protección ambiental de los Proveedores y Contratistas que realizan actividades en instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios.
_________.- NORMAS DE CALIDAD CUANDO ASÍ SE HAYA ESPECIFICADO EN EL PROCEDIMIENTO DE CONTRATACIÓN O QUE EL PROVEEDOR LO HAYA
MANIFESTADO EN SU PROPOSICIÓN O COTIZACIÓN
El PROVEEDOR se obliga a que (los procesos de fabricación y/o distribución) de los bienes objeto del
contrato que entregue a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) cuenten con una certificación
normativa, conforme al (los) Certificado(s) de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente homologación
según el país de origen, misma que deberá corresponder a lo indicado en la oferta del PROVEEDOR).
CUANDO LA ADQUISICIÓN DE BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. El PROVEEDOR se obliga a que la ejecución de los servicios asociados a los bienes esté bajo una
certificación normativa, conforme a los Certificados de Calidad: (indicar la NMX o su equivalente
homologación, misma que deberá corresponder a lo indicado en su oferta del PROVEEDOR).
_________.- CONCEPTOS DE CONTROL INTERNO LA INCLUSIÓN O LA REDACCIÓN DE LA PRESENTE CLÁUSULA PODRÁ VARIAR DE ACUERDO AL SISTEMA FINANCIERO O EL
MECANISMO BAJO EL CUAL SE EMITA EL CONTRATO POR PARTE DE PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO
Los conceptos denominados codificación / solicitud de pedido, I (imputación), número de referencia,
centro gestor / posición financiera / centro de coste, y almacén, señalados en el Anexo __ del presente
contrato, corresponden a datos de control interno de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) que no
tienen implicaciones legales para el PROVEEDOR.
_________.- CONDICIÓN SUSPENSIVA
ÚNICAMENTE PARA CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUÉL EN EL QUE SE
FORMALIZAN.
Este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su
vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios
respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna
para las partes.
_________.- CONFIDENCIALIDAD
LA CLÁUSULA APLICA CUANDO PARA LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO LE PROPORCIONE AL
PROVEEDOR INFORMACIÓN CONFIDENCIAL:
El PROVEEDOR deberá considerar y mantener como confidencial la información propiedad exclusiva de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y no podrá usarla o reproducirla total ni parcialmente para
fines diversos de los estipulados en el presente contrato, sin el consentimiento previo y por escrito de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). El PROVEEDOR garantiza que dicha información será
revelada a sus empleados únicamente en la medida que necesiten conocerla y no hacer anuncio alguno,
tomar fotografía alguna o proveer información alguna a cualquier miembro del público, la prensa, entidad
comercial o cualquier cuerpo oficial a menos que haya obtenido el previo consentimiento por escrito de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). Con el objeto de cumplir con las obligaciones anteriores, el
PROVEEDOR conviene en tomar todas las medidas necesarias para asegurar que su personal mantenga
dicha información en la más estricta confidencialidad, incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el
establecimiento de procedimientos, en consulta con (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) para
asegurar la confidencialidad de dicha información y la toma de todas las medidas necesarias para prevenir
su revelación a cualquier parte no autorizada, así como remediar cualquier revelación no autorizada,
incluyendo en forma enunciativa y no limitativa, el requerir la celebración de contratos de confidencialidad
por sus empleados y el instituir medidas de seguridad.
De igual forma, ambas partes reconocen y aceptan en considerar como confidencial toda aquella
información técnica, legal, administrativa, contable, financiera, documentada en cualquier soporte material
que se haya desarrollado y esté relacionado directa o indirectamente con el procedimiento de adjudicación
o durante el desarrollo de los trabajos, así como aquella información o documentación que origine
cualquier reclamo o controversia técnica.
No obstante lo previsto en esta cláusula, la obligación de confidencialidad no será aplicable a: (i) la
información de dominio público que no haya sido hecha pública a través del incumplimiento del contrato;
(ii) la información que haya sido obtenida con anterioridad a su divulgación sin violar alguna obligación de
confidencialidad; (iii) la información obtenida de terceros que tengan derecho a divulgarla sin violar una
obligación de confidencialidad; (iv) la información que deba ser divulgada por requerimiento de leyes o
requerimiento de autoridades gubernamentales, siempre que el hecho de no divulgarla sujetaría a la parte
requerida a sanciones civiles, penales o administrativas y (v) la parte requerida notifique a la parte afectada
con toda prontitud la solicitud de dicha divulgación.
Las obligaciones de confidencialidad contenidas en esta cláusula continuarán en efecto por un periodo de
(número de años) años contados a partir de la fecha de terminación o rescisión del mismo.
_________.- FUENTES DE FINANCIAMIENTO ESTA CLÁUSULA APLICA A LOS CONTRATOS QUE CELEBREN PETRÓLEOS MEXICANOS, PEMEX EXPLORACIÓN Y PRODUCCIÓN,
PEMEX REFINACIÓN, PEMEX GAS Y PETROQUÍMICA BÁSICA Y PEMEX PETROQUÍMICA CUYO MONTO TOTAL (LA SUMA DEL
MONTO EN PESOS Y EL EQUIVALENTE EN PESOS DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA) SEA SUPERIOR A 100 MILLONES DE
PESOS*.
* EN EL CASO DE CONTRATOS ABIERTOS EN LOS CUALES SE ESTABLECE UN MONTO MÍNIMO, DICHO MONTO MÍNIMO
SE DEBERÁ CONSIDERAR COMO EL MONTO TOTAL DEL CONTRATO, PARA EFECTOS DE FIJAR EL UMBRAL A QUE SE
REFIERE EL PÁRRAFO ANTERIOR.
PARA DETERMINAR EL IMPORTE EQUIVALENTE EN PESOS, DEL MONTO COTIZADO EN OTRA DIVISA, SE DEBERÁ UTILIZAR EL
TIPO DE CAMBIO VIGENTE PARA SOLVENTAR OBLIGACIONES DENOMINADAS EN MONEDA EXTRANJERA, PAGADERAS EN LA
REPÚBLICA MEXICANA, QUE EL BANCO DE MÉXICO DETERMINE Y PUBLIQUE EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EN
LA FECHA DEL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONESEl PROVEEDOR reconoce que Petróleos
Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal
efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos
que deriven del presente contrato. El PROVEEDOR conoce y se obliga a informar oportunamente a sus
proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las
Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula.
La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del
presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo [número de anexo correspondiente de
acuerdo con el modelo de contrato], en la inteligencia de que (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier aclaración o información adicional relativa a
la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la
información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, El
PROVEEDOR se obliga a hacerla del conocimiento de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO),
inmediatamente después de que el PROVEEDOR tenga conocimiento de la modificación, lo que no
implicará realizar una modificación al presente contrato.
El PROVEEDOR se obliga a entregar al(a las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) la Documentación Requerida por las Fuentes de
Financiamiento (documentos y/o documentos electrónicos), que en su caso corresponda; la cual se deberá
presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo [número de anexo correspondiente de
acuerdo con el modelo de contrato] denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de
Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se
contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de
Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de
este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la
siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion).
Si el PROVEEDOR ha cumplido con la entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de
Financiamiento, el área responsable (“Módulo de Financiamiento”):
a) registrará en los sistemas sobre dicho cumplimiento, con lo que el PROVEEDOR podrá continuar
con los trámites de pago de su(s) factura(s), o
b) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación”, el cual formará parte de la
documentación que el PROVEEDOR presente para continuar con los trámites de pago de su(s)
factura(s).
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no estará obligado a dar trámite al pago de su(s) factura(s)
cuando el PROVEEDOR injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de
Financiamiento que corresponda.
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) podrá solicitar al PROVEEDOR cualquier modificación,
aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de
Financiamiento.
De la misma forma, el PROVEEDOR acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las
Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la
Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
le indique oportunamente.
___________.- FINIQUITO ESTA CLÁUSULA SE PODRÁ INCLUIR DEPENDIENDO DE LA COMPLEJIDAD DEL OBJETO DEL CONTRATO O DE LAS
CIRCUNSTANCIAS DE SU CUMPLIMIENTO
Recibidos físicamente los bienes, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) a través de la persona
designada por el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato y el
PROVEEDOR deberán elaborar dentro del término de (número y letra) días naturales, el finiquito del
contrato, en el que se asentará el cumplimiento de las obligaciones recíprocas entre las partes. Asimismo se
harán constar los ajustes, revisiones modificaciones y reconocimientos a que haya lugar, y los saldos a
favor y en contra, así como los acuerdos, conciliaciones o transacciones que se pacten para finalizar las
controversias que, en su caso, se hayan presentado.
El plazo antes descrito podrá ser ampliado por acuerdo entre las partes hasta por un periodo igual al
originalmente acordado, mediante la formalización de un acta.
El documento donde conste el finiquito formará parte del presente contrato.
Si procede, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) solicitará al PROVEEDOR en el finiquito, la
presentación, extensión, reducción o ampliación de los instrumentos de garantía, y, en general, los
necesarios para avalar las obligaciones que deba cumplir con posterioridad a la terminación del contrato. En caso de que el PROVEEDOR no comparezca al finiquito, (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) procederá a realizarlo de manera unilateral y, en su caso, a consignar el pago ante la autoridad jurisdiccional que corresponda.
_________.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS CUANDO LA ADQUISICIÓN DE LOS BIENES IMPLIQUE LA PRESTACIÓN DE UN SERVICIO
El Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del Contrato será quien realizará
la supervisión del mismo. Dicha supervisión se llevará a cabo en: ________.
El PROVEEDOR acepta que el Área Responsable de la Administración y Supervisión de la Ejecución del
Contrato vigilará y revisará en todo tiempo los servicios relacionados con este contrato y dará al
PROVEEDOR por escrito, las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con su ejecución, así
como la aprobación de la relación de servicios ejecutados y que sean presentados por el PROVEEDOR.
La supervisión de los servicios que realice (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) no libera al
PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en este contrato así como de los defectos
o vicios ocultos que aparezcan posteriormente una vez concluidos los servicios. Lo anterior, en el
entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los
servicios, ni libera al PROVEEDOR de las obligaciones que contrae bajo este contrato.
LOS TRES PÁRRAFOS SIGUIENTES DEBERÁN INCLUIRSE CUANDO SE TRATE DE SERVICIOS EN SITIO O CUANDO ASÍ SE HAYA
SOLICITADO EN EL ACTO QUE DIO ORIGEN AL CONTRATO CORRESPONDIENTE.
Por su parte, el PROVEEDOR se obliga a tener en el lugar de los servicios por el tiempo que dure la
ejecución de los mismos, a un responsable que deberá conocer el alcance de los servicios, las normas y
especificaciones de éstos y estar facultado para ejecutar los servicios a que se refiere este contrato.
El responsable del PROVEEDOR previamente a su intervención en los servicios, deberá ser aceptado por
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) quien determinará si reúne los requisitos señalados.
En cualquier momento o por razones que a su juicio lo justifique, (PEMEX U ORGANISMO
SUBSIDIARIO) podrá solicitar el cambio del responsable del PROVEEDOR y éste se obliga a designar a
otra persona que reúna los requisitos señalados en esta cláusula.
_________.- OBLIGACIÓN SOLIDARIA APLICA EN CASO DE CONSORCIOS
Las partes que suscriben el presente contrato en su carácter de PROVEEDOR, asumen en forma solidaria
la totalidad de las obligaciones de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
De acuerdo a la propuesta conjunta, el PROVEEDOR ha designado a la compañía (indicar la
denominación o razón social) como líder en la ejecución del contrato. En caso de que el PROVEEDOR
requiera cambiar a dicha compañía como Líder, deberá comunicar al Área Administradora del Proyecto,
con por lo menos (número y letra) días naturales de anticipación, su decisión de designar a otro miembro
del PROVEEDOR como la Compañía Líder, siempre que dicho miembro del PROVEEDOR, al
momento de la adjudicación, cumpliera y para ese momento continúe cumpliendo, con los requerimientos
establecidos para ser Compañía Líder.
APLICA EN CASO DE QUE SE HAYA CONSTITUIDO UNA SOCIEDAD DE PROPÓSITO ESPECÍFICO
El PROVEEDOR y sus Obligados Solidarios, asumen en forma solidaria la totalidad de las obligaciones
de este contrato ante (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO).
______________.- ANTICIPO
(PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) otorgará al PROVEEDOR un anticipo por el (Porcentaje
con número) % (Porcentaje con letra) del monto de los bienes, correspondientes al (ejercicio o año
contractual correspondiente), correspondiéndole por este concepto un importe de: (Importe del anticipo),
sin incluir el Impuesto al Valor Agregado.
El anticipo será otorgado (indicar fecha).
EN EL SIGUIENTE PÁRRAFO SE DEBERÁ ESPECIFICAR LA FORMA DE AMORTIZAR LOS ANTICIPO. A MANERA DE EJEMPLO SE
PROPONE EL SIGUEITNE PÁRRAFO:
Los anticipos se descontarán del monto pactado, a partir de la fecha en que sean recibidos por el
PROVEEDOR, y su importe deberá amortizarse proporcionalmente en cada uno de los pagos,
comprometiéndose el PROVEEDOR a que el anticipo lo aplicará exclusivamente para los fines que le fue
otorgado.
El PROVEEDOR invariablemente deberá entregar a (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), y a
favor de éste, una garantía por el importe del anticipo, en los términos de la cláusula denominada
“Garantías”.
_________________.- RETENCIONES ESTA CLÁUSULA SÓLO APLICA CUANDO EL PROVEEDOR HAYA DECLARADO HABER CELEBRADO CONVENIO CON LA
AUTORIDAD FISCAL. El PROVEEDOR acepta que de las facturas que se le cubran se le retenga la cantidad o el porcentaje
establecido en el convenio celebrado con las autoridades fiscales, señalado en la declaración 2.8 de este
contrato
Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____. LA FECHA DE FIRMA DEBERÁ CORRESPONDER A AQUELLA EN QUE EL PROVEEDOR SUSCRIBA EL CONTRATO Y LA MISMA
DEBERÁ ESTABLECERSE EN TÉRMINOS DE LO ESTABLECIDO EN LAS LEYES APLICABLES.
POR (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)
_____________________________________
POR EL PROVEEDOR
________________________________
SE
REC
OMI
END
A
INC
LUIR LAS SIGUIENTES FIRMAS:
REVISIÓN TÉCNICA
___________________________
REVISIÓN ADMINISTRATIVA
___________________________
REVISIÓN JURÍDICA
POR PARTE DE LA OFICINA DEL
ABOGADO GENERAL
______________________________________
DOCUMENTO 17 NIVELES DE INSPECCIÓN DE BIENES Nivel III Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del
proveedor o en destino final. 12. Documentación requerida para la inspección o supervisión Al realizar la inspección de bienes y supervisión de arrendamientos y servicios, el proveedor deberá entregar como mínimo, cuando aplique, copia de la siguiente documentación: a) Remisión o factura. b) Pedimento de importación. c) Certificado de origen. d) Garantía comercial. e) Certificados de calidad e informes de resultados de laboratorio. f) Resultado de las pruebas efectuadas durante el proceso. g) Protocolo de pruebas. h) Documentación técnica. i) Dos fotocopias del contrato y sus anexos. Conforme el numeral 15.3 del procedimiento en comento, se verificara documental y físicamente según corresponda a la entrega de los bienes, los siguientes puntos: 15.3 Nivel III Aplica a los bienes terminados que se revisan con personal designado por PEMEX, en las instalaciones del proveedor o en destino final. El cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en los contratos, se determina revisando los requisitos y presenciando las actividades que apliquen, siendo enunciativas más no limitativas las siguientes: 1) Especificaciones contractuales. 2) La revisión del cumplimiento de las normas, códigos, procedimientos o especificaciones de los bienes terminados. 3) Certificados de calidad de los bienes terminados. 4) Las pruebas finales. 5) El acabado y embalaje de los bienes terminados. 6) Manuales (operación, mantenimiento y capacitación) y memoria técnica del bien y números de parte. 7) La documentación que establece el contrato.