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ANTEPROY M1-NRF-018-PEMEX-2008

Rev.: 0 COMITÉ DE NORMALIZACIÓN DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS 23 de marzo de 2012

PÁGINA 1 de 17 SUBCOMITÉ TÉCNICO DE NORMALIZACIÓN

DE PEMEX PETROQUÍMICA

ANÁLISIS DE RIESGOS Esta norma cancela y sustituye a la NRF-018-PEMEX-2007 del 5 de enero de 2008.

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Esta Norma de Referencia se aprobó en el Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios en la sesión ordinaria XX, celebrada el XX de XX de 2012

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CONTENIDO CAPÍTULO PÁGINA

0. INTRODUCCIÓN 4

1. OBJETIVO 4

2. ALCANCE 4

3. CAMPO DE APLICACIÓN 4

4. ACTUALIZACIÓN 5

5. REFERENCIAS 5

6. DEFINICIONES 5

7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS 7

8. DESARROLLO 7

9. RESPONSABILIDADES 12

9.1 Del proveedor de servicios 12

9.2 De PEMEX 12

10. CONCORDANCIA CON NORMAS MEXICANAS O INTERNACIONALES 13

11. BIBLIOGRAFÍA 13

12. ANEXOS 13

12.1 Anexo 1 Lista de verificación para evaluar la competencia de proveedores de servicios, para realizar análisis de riesgos de proceso en las instalaciones de Petróleos Mexicanos.

12.2 Anexo 2 Lista de verificación para evaluar la calidad del informe del análisis de riesgos, elaborado o actualizado.

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PÁGINA 4 DE 17 0. INTRODUCCIÓN El análisis de riesgos es un instrumento que permite identificar, analizar, evaluar, jerarquizar y administrar los riesgos en las instalaciones de Petróleos Mexicanos, a través de recomendaciones para su prevención o mitigación, de tal forma que su operación resulte segura, bajo un nivel de riesgo tolerable. La actualización de este Norma de Referencia, se realiza por haberse cumplido el plazo de 5 años respecto a su revisión anterior, así como para alinearla al COMERI 144, Lineamientos para realizar Análisis de Riesgos de Proceso, Análisis de Riesgos de Ductos y Análisis de Riesgos durante las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en Aguas Profundas, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, vigente. En la elaboración de esta Norma de Referencia, participaron: PEMEX-Exploración y Producción PEMEX-Gas y Petroquímica Básica PEMEX-Refinación PEMEX-Petroquímica Petróleos Mexicanos Externos: Instituto Politécnico Nacional Corporación Mexicana de Investigación en Materiales, S.A. de C. V. Instituto Tecnológico Superior de Coatzacoalcos Centro de Innovación Aplicada en Tecnologías Aplicadas Instituto Tecnológico Superior de Acayucan Innovación Tecnológica Aplicada

1. OBJETIVO Establecer los requisitos técnicos y documentales para la contratación de servicios, para la elaboración o actualización de los análisis de riesgos en las instalaciones de Petróleos Mexicanos.

2. ALCANCE La presente Norma de Referencia establece los requisitos a cumplir en la selección de proveedores de servicios, así como en la planeación y programación de actividades, para la elaboración o actualización de los análisis de riesgos en instalaciones de Petróleos Mexicanos. Esta Norma de Referencia cancela y sustituye a la NRF-018-PEMEX-2007 de fecha 5 de enero de 2008.

3. CAMPO DE APLICACIÓN Esta Norma de Referencia es de aplicación general y observancia obligatoria en la contratación de los servicios para la elaboración o actualización de análisis de riesgos, que se lleven a cabo en las instalaciones de Petróleos Mexicanos, por lo que debe ser incluida en los procedimientos de contratación: licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicaciones directas ó convenios, como parte de los requisitos que debe cumplir el proveedor de servicios.

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4. ACTUALIZACIÓN Esta norma se debe revisar y en su caso modificar al menos cada 5 años, o antes, si las sugerencias y recomendaciones de cambio lo ameritan. Las sugerencias para la revisión y actualización de esta norma, deben enviarse al Secretario del Subcomité Técnico de Normalización de Pemex Petroquímica, quién debe programar y realizar la actualización de acuerdo a la procedencia de la misma y en su caso, inscribirla dentro del Programa Anual de Normalización de Petróleos Mexicanos, a través del Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Secretario Técnico del Subcomité Técnico de Normalización Edificio Administrativo de Pemex Petroquímica, Nivel B-2 Jacarandas 100, Fraccionamiento Rancho Alegre 1 Coatzacoalcos, Veracruz Conmutador 921 2111 100, Extensión 20308/20367 Teléfono Micro 871 20308/20367 Correo Electrónico:[email protected]

5. REFERENCIAS NOM-028-STPS-2004, Organización del trabajo – Seguridad en los procesos de sustancias químicas. NOM-008-SCFI-2002, Sistema General de Unidades de Medida.

6. DEFINICIONES

6.1. Accidente. Es aquel incidente que ocasiona afectaciones a los trabajadores, a la comunidad, al ambiente, al equipo y/o instalaciones, al proceso, transporte y distribución del producto y que debe ser reportado e investigado para establecer las medidas preventivas y/o correctivas, que deben ser adoptadas para evitar su recurrencia.

6.2. Actualización del análisis de riesgos. Revisión de un análisis de riesgos al menos cada cinco años, o

bien cuando exista alguna de las siguientes situaciones: la introducción de un nuevo proceso, antes de que se realicen cambios a la tecnología de algún proceso, por deficiencias en un análisis de riesgos vigente, por cambios en la normatividad interna o externa aplicable, producto de la investigación de un incidente o accidente mayor o bien, cuando una instalación pase de una etapa de operación a una etapa de reserva o de decomisionamiento.

6.3. Administración de riesgos. Proceso de toma de decisiones y del análisis de opciones de control,

considerando aspectos técnicos, de errores humanos, legales, sociales y económicos; en base al cual se establecen programas de medidas de eliminación, prevención o mitigación de riesgos, hasta la preparación de planes de respuesta a emergencias.

6.4. Análisis de riesgos de ductos. Conjunto de metodologías para identificar, evaluar y controlar los

riesgos asociados a la operación de un ducto.

6.5. Análisis de riesgos durante las actividades de exploración y explotación de hidrocarburos en aguas profundas. Conjunto de metodologías para identificar, evaluar y administrar los riesgos asociados a la exploración y explotación de pozos en aguas profundas.

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6.6. Análisis de riesgos de proceso. Conjunto de metodologías que consisten en la identificación, análisis y evaluación sistemática de la probabilidad de la ocurrencia de daños asociados a los factores externos, fallas en los sistemas de control, los sistemas mecánicos, eléctricos, errores humanos; con la finalidad de controlar y/o minimizar las consecuencias al personal, a la población, al ambiente, bienes de terceros, bienes de la nación, a la producción y/o a las instalaciones.

6.7. Decomisionamiento. Es cuando una instalación queda fuera de operación y disponible para su

desmantelamiento, porque ya no volverá a ser utilizada.

6.8. Elaboración del análisis de riesgo. Desarrollo de un análisis de riesgos, para cumplir con la legislación vigente en la materia o bien, a requerimiento de Petróleos Mexicanos.

6.9. Escenario de riesgo. Determinación de un evento hipotético, en el cual se considera la ocurrencia de

un accidente bajo condiciones específicas, definiendo mediante la aplicación de modelos matemáticos y criterios acordes a las características de los procesos y/o materiales, las zonas potencialmente afectables.

6.10. Etapa de reserva. Es cuando una instalación queda fuera de operación, pero disponible para ser

utilizada en cualquier momento.

6.11. Grupo Multidisciplinario de Análisis y Evaluación de Riesgos. Es el grupo compuesto por personal del mismo centro de trabajo, o de otros que apoyen en el desarrollo de un análisis de riesgos de proceso, especialistas en disciplinas tales como análisis de riesgos, seguridad, operación, mantenimiento, ingeniería de diseño de proceso, salud, higiene industrial, protección ambiental, ergonomía y contra incendio, así como de cualquier otra disciplina que se considere como necesaria dependiendo del caso que se trate.

6.12. Instalación. Es el conjunto de estructuras, edificios, equipos, circuitos de tuberías de proceso y

servicios auxiliares, sistemas instrumentados; dispuestos para un proceso productivo específico, por ejemplo, almacenamiento de productos, carga/descarga, sistema de desfogue, tratamiento de efluentes, transporte y distribución por ductos, polvorines, campamentos de estudios sismológicos, pozos, plataformas, muelles, embarcaciones, entre otros.

6.13. Jerarquización. Ordenamiento realizado, con base en criterios de prioridad, valor, riesgo y

relevancia, el cual se realiza con el propósito de identificar aquellas actividades de mayor importancia que puedan resultar en daños al personal, la población, el medio ambiente, las instalaciones, la producción, los bienes de terceros o de la nación.

6.14. Máxima autoridad. Persona o funcionario responsable del centro de trabajo.

6.15. Medio ambiente. Entorno en el cual una organización opera, incluyendo aire, agua, tierra, recursos

naturales, flora, fauna, seres humanos y sus interrelaciones.

6.16. Peligro. Es toda condición física o química que tiene el potencial de causar daño al personal, a las instalaciones, a los bienes de terceros o de la nación, o al ambiente.

6.17. Proceso. Serie continua y repetible de actividades relacionadas que a través del uso de recursos

convierte una o más entradas (insumos) en una o más salidas (productos), creando valor para el cliente.

6.18. Riesgo. Combinación de la probabilidad de que ocurra un accidente y sus consecuencias.

6.19. Simulación. Representación de un evento o fenómeno por medio de sistemas de cómputo, modelos

físicos o matemáticos u otros medios, para facilitar su análisis.

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6.20. Sustancia peligrosa. Es cualquier sustancia que cuando es emitida, puesta en ignición o cuando su

energía es liberada (fuego, explosión, fuga tóxica) puede causar lesión, daños a las instalaciones debido a sus características de toxicidad, inflamabilidad, explosividad, corrosión, inestabilidad térmica, calor latente o compresión.

6.21. Tecnología del proceso. Es un conjunto de documentos que describen el proceso químico u

operación y tiene las bases para la identificación y comprensión de los riesgos involucrados en el diseño del proceso, en las bases del diseño de los equipos, así como sus parámetros de control y sus puntos críticos.

7. SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS

CNPMOS Comité de Normalización de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios COMERI Comité de Mejora Regulatoria Interna GMAER Grupo Multidisciplinario de Análisis y Evaluación de Riesgos

NOM Norma Oficial Mexicana NRF Norma de Referencia PEMEX Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios PROY Proyecto

8. DESARROLLO

Descripción del alcance de los trabajos, los requerimientos, evidencias documentales y entregables, requeridos por PEMEX para la contratación de servicios para la elaboración o actualización, de los análisis de riesgos en sus instalaciones.

8.1 ALCANCE DE LOS TRABAJOS, PARA LA ELABORACIÓN O ACTUALIZACIÓN DEL ANÁLISIS DE

RIESGOS

Los trabajos deben incluir la identificación, análisis, evaluación, jerarquización y emisión recomendaciones para la administración de los riesgos de la instalación, considerando los recipientes, tuberías y equipos que conforman sus procesos, cumpliendo con el marco normativo interno y externo aplicable a Petróleos Mexicanos en la materia.

8.2 REQUERIMIENTOS PARA LLEVAR A CABO LA ELABORACIÓN O LA ACTUALIZACIÓN DEL

ANÁLISIS DE RIESGOS El prestador de servicios que desee ser contratado, debe demostrar que consta en escritura pública que

en su Ley Orgánica o acta constitutiva, cuenta con atribuciones para elaborar o actualizar los análisis de riesgos.

8.2.1 Por parte del proveedor de servicios

8.2.1.1 El personal del proveedor de servicios o bien subcontratado por él, debe cumplir con los

requisitos o características, señalados en el COMERI 144 “Lineamientos para realizar Análisis de Riesgos de Proceso, Análisis de Riesgos de Ductos, Análisis de Riesgos de Seguridad Física y Análisis de Riesgos durante las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en Aguas Profundas, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, vigente, para liderar el análisis de riesgos o bien, formar parte del GMAER.

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8.2.1.2 El personal del proveedor de servicios requerido para llevar a cabo la elaboración o la actualización del análisis de riesgos, podrán ser a solicitud de PEMEX: el líder del análisis de riesgos, su auxiliar, un especialista en análisis de consecuencias y/o, algún otro especialista de alguna disciplina que se considere como necesaria, dependiendo del caso que se trate.

8.2.1.3 La(s) metodología(s) para la identificación de peligros en los procesos será(n) aquella(s)

que para este fin, determina PEMEX en sus “Guías Técnicas para Realizar Análisis de Riesgos de Proceso”, vigente, “Manual para la Implementación de la Administración de Integridad de Ductos en Petróleos Mexicanos”, vigente, o en cualquier otra normatividad que sea señalada por el Organismo Subsidiario, según sea el caso.

8.2.1.4 Sobre las herramientas informáticas, simuladores y equipos para el desarrollo de los

trabajos, el proveedor de servicios debe:

8.2.1.4.1 Utilizar la(s) herramienta(s) informática(s) y simuladores que determine PEMEX, en las bases de licitación.

8.2.1.4.2 Contar, durante la duración de los trabajos, con la(s) licencia(s) de la(s)

herramienta(s) informática(s) y simulador(es), referidos en el punto 8.2.1.5.1.

8.2.1.4.3 Dotar a su personal con el equipo de cómputo necesario, para el uso de las herramientas informáticas para la identificación de los peligros y el análisis de consecuencias de escenarios de fugas y derrames de sustancias peligrosas en los procesos, proyector y algún otro recurso que se requiera para el desarrollo de los trabajos.

8.2.1.5 El proveedor de servicios será responsable:

8.2.1.5.1 A través del líder del análisis de riesgos:

8.2.1.5.1.1 De planear, organizar y dirigir las sesiones de trabajo durante la elaboración o

la actualización del análisis de riesgos

8.2.1.5.2 A través del auxiliar del líder del análisis de riesgos:

8.2.1.5.2.1 De la elaboración y custodia durante el desarrollo o actualización del análisis de riesgos, de las listas de asistencia a reuniones y las minutas de trabajo correspondientes, así como del control de los acuerdos que sean tomados.

8.2.1.5.2.2 De la preparación del informe final del análisis de riesgos elaborado o

actualizado.

8.2.1.5.3 A través del especialista de análisis de consecuencias:

8.2.1.5.3.1 De la simulación de los escenarios de fugas y derrames de sustancias peligrosas identificados en los procesos.

8.2.1.5.3.2 De la elaboración de los diagramas de pétalos con zonas de afectación por

toxicidad, radiación térmica y sobrepresión, según corresponda.

8.2.1.5.3.3 De acuerdo a las zonas de afectación por toxicidad, radiación térmica y sobrepresión, de la evaluación de los impactos según sea el caso, sobre el personal, la población, el medio ambiente, las instalaciones, la producción y

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sobre los bienes de terceros o de la nación.

8.2.1.5.4 A través de cualquier otro especialista que se considere necesario:

8.2.1.5.4.1 Del cumplimiento de las tareas que le sean encomendadas.

8.2.2 A efecto de evaluar la competencia de proveedores de servicios para realizar análisis de riesgos de proceso en las instalaciones de Petróleos Mexicanos, debe aplicarse la lista de verificación, Anexo 1.

8.2.3 Por parte de PEMEX

8.2.3.1 Preparar la información técnica (tecnología del proceso) que debe emplearse para la elaboración o actualización del análisis de riesgos de la instalación, planta o área analizada, la cual debe estar actualizada, completa y vigente.

8.2.3.2 Designar al personal que formará parte del GMAER.

8.2.3.3 Para la ejecución de los trabajos, facilitar el trámite de los permisos de acceso al personal

del proveedor de servicios, así como también de los equipos que estos requieran.

8.2.3.4 Proporcionar un área de trabajo, para llevar a cabo las reuniones requeridas para la elaboración o la actualización del análisis de riesgos, cuando este se realice en las instalaciones de los centros de trabajo de PEMEX.

8.3 MARCO NORMATIVO INTERNO

Los lineamientos, manuales, guías técnicas y criterios técnicos, emitidos por Petróleos Mexicanos que

deben ser aplicados en la elaboración o actualización de los análisis de riesgos, según sea el caso, son los siguientes:

8.3.1 COMERI 144 “Lineamientos para realizar Análisis de Riesgos de Proceso, Análisis de Riesgos

de Ductos, Análisis de Riesgos de Seguridad Física y Análisis de Riesgos durante las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en Aguas Profundas, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, vigente.

8.3.2 “Guía Técnica de Tecnología del Proceso”, vigente.

8.3.3 “Guía Técnica para Administración de Cambios de Tecnología”, vigente.

8.3.4 “Manual de Administración de Integridad para Ductos de Petróleos Mexicanos”, vigente.

8.3.5 “Guías Técnicas para Realizar Análisis de Riesgos de Proceso”, vigente.

8.3.6 “Criterios Técnicos para Simular Escenarios de Riesgo por Fugas y Derrames de Sustancias Peligrosas, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos”, vigente.

8.3.7 “Guía Técnica para Análisis de Costo Beneficio, de Recomendaciones Emitidas en los Análisis

de Riesgos”, vigente.

8.3.8 Cualquier otra normatividad, que sea señalada por el Organismo Subsidiario.

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8.4 REQUERIMIENTOS PARTICULARES DE LOS ANÁLISIS DE RIESGOS

8.4.1 La elaboración o actualización del análisis de riesgos, debe llevarse a cabo con la tecnología del proceso requerida actualizada, autorizada y disponible para su uso.

8.4.2 En el caso de la actualización de un análisis de riesgos, además de lo requerido en el punto

8.4.1, se requiere contar con el análisis de riesgos original o su revisión previa, con el listado de sus recomendaciones cumplidas y pendientes por cumplir, con la información de la administración del cambio y con la información de accidentes ocurridos en la instalación o similares a ella.

8.4.3 Previo al inicio de la elaboración o la actualización del análisis de riesgos, el proveedor de

servicios debe impartir una plática para homologar entre el líder del análisis de riesgos y los miembros del GMAER de la instalación, los criterios para aplicar la(s) metodología(s) seleccionada(s) por PEMEX para la identificación y evaluación de los riesgos de proceso, así como los criterios técnicos a aplicar durante el análisis de consecuencias de los escenarios de fugas o derrames de sustancias peligrosas.

8.4.4 Una vez realizada la plática referida en el punto 8.4.3, el líder del análisis de riesgos en

coordinación con el personal de PEMEX que participa en el GMAER, deben establecer el plan de sesiones para llevar a cabo los trabajos.

8.4.5 Concluida cada una de las reuniones del GMAER, el auxiliar del líder del análisis de riesgos

debe contar con la lista de asistencia de los participantes, así como registrados en minuta los acuerdos que se hayan tomado en esa ocasión, relacionados con el desarrollo del análisis de riesgos.

8.4.6 La clasificación de los riesgos identificados en los procesos, con base a sus características de

frecuencia de ocurrencia y severidad de las consecuencias, se hará de acuerdo a su ubicación en las matrices de riesgos, como se referencia en el COMERI 144 “Lineamientos para realizar Análisis de Riesgos de Proceso, Análisis de Riesgos de Ductos, Análisis de Riesgos de Seguridad Física y Análisis de Riesgos durante las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en Aguas Profundas, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, vigente.

8.4.7 Los escenarios de riesgo que deben simularse para estimar sus consecuencias sobre el

personal, la población, el medio ambiente, las instalaciones, la producción y los bienes de terceros o de la nación, corresponden a los referenciados en el COMERI 144 “Lineamientos para realizar Análisis de Riesgos de Proceso, Análisis de Riesgos de Ductos, Análisis de Riesgos de Seguridad Física y Análisis de Riesgos durante las Actividades de Exploración y Explotación de Hidrocarburos en Aguas Profundas, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios”, vigente.

8.4.8 Los análisis de consecuencias por fugas y derrames de sustancias peligrosas, deben ser

reproducibles en su totalidad por el personal de PEMEX. En su desarrollo, deben aplicarse los “Criterios Técnicos para Simular Escenarios de Riesgo por Fugas o Derrames de Sustancias Peligrosas, en Instalaciones de Petróleos Mexicanos”, vigente. El análisis de consecuencias se debe llevar a cabo identificando el circuito, equipo o componente correspondiente y la sustancia peligrosa involucrada, mediante el uso del simulador que determine PEMEX. Los resultados de los riesgos simulados se plasmarán en planos de localización general de la instalación actualizados y a escala (diagramas de pétalos), indicando los niveles de afectación y los radios de salvaguarda a los que estos se alcanzan.

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8.4.9 En el caso de la actualización de un análisis de riesgos, por cada recomendación reprogramada, modificada, reevaluada o cancelada del análisis de riesgos original o previa revisión, debe elaborarse una justificación con estudios de ingeniería o con información adicional que así lo soporte. Por otra parte, si en la justificación de la modificación o la cancelación de alguna de estas recomendaciones, aplica un análisis de costo beneficio, este debe elaborarse de acuerdo a lo señalado en la “Guía Técnica para Análisis de Costo Beneficio, de Recomendaciones Emitidas en los Análisis de Riesgos”, vigente.

8.4.10 Para la aceptación del análisis de riesgos, se aplicará la lista de verificación, Anexo 2 de esta

Norma de Referencia.

8.4.11 Una vez que el análisis de riesgos haya sido aprobado de acuerdo a lo señalado en el punto 8.4.10, el líder del análisis de riesgos y el responsable de la instalación, planta o área analizada, darán a conocer a la máxima autoridad del centro de trabajo, las acciones recomendadas para administrar los riesgos identificados. De esta presentación y conformidad con las recomendaciones por parte de la máxima autoridad del centro de trabajo, debe quedar evidencia documental, considerándose entonces, que la elaboración o actualización del análisis de riesgos, ha concluido.

8.5 ENTREGABLES

8.5.1 Como resultado de la elaboración de un análisis de riesgos, se debe entregar a PEMEX:

8.5.1.1 Archivo(s) con la(s) presentación(es) utilizada(s) en la plática a la que se hace referencia

en el punto 8.4.3.

8.5.1.2 Original de la lista de asistencia de los participantes por parte de PEMEX, en la plática referida en el punto 8.4.3.

8.5.1.3 Original del acta constitutiva del GMAER.

8.5.1.4 Originales de las listas de asistencia a reuniones de trabajo por parte del GMAER.

8.5.1.5 Originales de las minutas de acuerdos del GMAER.

8.5.1.6 Planos en los que se señalen las zonas de salvaguarda por toxicidad, radiación térmica

y/o sobrepresión, identificadas en base a la simulación de los escenarios de riesgo identificados en los procesos, con nombre, firma y fecha de responsable o los responsables de su elaboración.

8.5.1.7 Original de la Lista de verificación, referida en el punto 8.4.10.

8.5.1.8 Original de la minuta, sobre la presentación del informe para revisión y aceptación de las

recomendaciones resultantes del análisis de riesgos, por parte de la máxima autoridad del centro de trabajo.

8.5.1.9 Original y copia del informe final del análisis de riesgos elaborado, con nombre y firmas de

los responsables, sus anexos y disco compacto (CD) con archivos en formato Word, de éste mismo informe.

8.5.2 Como resultado de la actualización de un análisis de riesgos, se debe entregar a PEMEX:

8.5.2.1 Archivos con las presentaciones utilizadas en la plática a la que se hace referencia en el

punto 8.4.3.

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8.5.2.2 Original de la lista de asistencia de los participantes por parte de PEMEX, en la plática referida en el punto 8.4.3.

8.5.2.3 Original del acta constitutiva del GMAER.

8.5.2.4 Originales de las listas de asistencia a reuniones de trabajo por parte del GMAER.

8.5.2.5 Originales de las minutas de acuerdos del GMAER.

8.5.2.6 En el caso de que como resultado de la actualización del análisis de riesgos haya habido

cambios en el análisis de consecuencias, planos en los que se señalen las nuevas zonas de salvaguarda por toxicidad, radiación térmica y/o sobrepresión, identificadas en base a la simulación de los escenarios de riesgo identificados en los procesos.

8.5.2.7 Original de la Lista de verificación, referida en el punto 8.4.10.

8.5.2.8 Original de la minuta firmada por la máxima autoridad del centro de trabajo, de revisadas y aceptadas las recomendaciones surgidas de la actualización del análisis de riesgos o bien de la indicación de que como resultado de la actualización del análisis de riesgos, no se generaron nuevas recomendaciones, y finalmente, del estado en el que quedan las recomendaciones pendientes de cumplir del análisis de riesgos previo de la instalación.

8.5.2.9 Original y copia, del informe final de la actualización del análisis de riesgos con nombre y

firmas de los responsables, con sus anexos, y disco compacto (CD) con archivos en formato Word de éste mismo informe.

9 RESPONSABILIDADES

9.1 Del proveedor de servicios

9.1.1 Cumplir con los requisitos técnicos y documentales señalados en esta Norma de Referencia y también, con el marco normativo aplicable en PEMEX en materia de análisis de riesgo, señalado en el punto 8.3 de esta Norma de Referencia.

9.1.2 Presentar a PEMEX los documentos que le sean solicitados, sobre su experiencia, la de su

personal y, en su caso del personal que subcontrate, para la elaboración o actualización de análisis de riesgos.

9.1.3 Contar con los programas y licencias necesarias de herramientas informáticas, para ser

utilizados en las diferentes etapas del análisis de riesgos.

9.1.4 Cumplir con los entregables de acuerdo a lo señalado en el punto 8.5 de esta Norma de Referencia.

9.1.5 Acordar con PEMEX, cualquier requerimiento adicional que le sea solicitado.

9.2 De PEMEX

9.2.1 Corresponde a los Directores de Organismos Subsidiarios y Direcciones Corporativas, ordenar

la aplicación y el cumplimiento en los centros de trabajo bajo su control, de la normatividad aplicable en materia de análisis de riesgos.

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9.2.2 Proporcionar al proveedor de servicios la tecnología del proceso bajo análisis, referida en el punto 8.2.3.1 de esta Norma de Referencia, así como algún otro documento legal que pudieran requerirse para cubrir aspectos relacionados con las autoridades competentes.

9.2.3 Corresponde al GMAER, coadyuvar en la elaboración o actualización de los análisis de riesgos, así como proponer las recomendaciones para su administración.

9.2.4 Corresponde a la máxima autoridad del centro de trabajo, verificar la elaboración o

actualización de los análisis de riesgos de sus instalaciones, así como autorizar y vigilar el cumplimiento de acuerdo a programa, de las recomendaciones derivadas del análisis de riesgos.

10 CONCORDANCIA CON NORMAS NACIONALES O EXTRANJERAS

NOM 028 STPS 2004, “Organización del trabajo – Seguridad en los procesos de sustancias químicas”. 11 BIBLIOGRAFÍA. No aplica. 12 Anexos.

12.1 Anexo 1. Lista de verificación para evaluar la competencia de proveedores de servicios, para

realizar análisis de riesgos de proceso en las instalaciones de Petróleos Mexicanos.

12.2 Anexo 2. Lista de verificación para evaluar la calidad del informe del análisis de riesgos, elaborado o actualizado.

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Anexo 1. Lista de verificación para evaluar la competencia de proveedores de servicios para realizar análisis de riesgos de proceso en las instalaciones de Petróleos Mexicanos*.

PÁRAMETRO A DETERMINAR

CALIFICACION

PUNTAJE CUMPLE NO CUMPLE Observaciones

/Evidencias

1-El líder propuesto para análisis de riesgo cuenta con (post grado) maestría, diplomado o certificación relacionados con técnicas de análisis de riesgos de procesos.

10

(Título, certificado o diploma).

2- El líder propuesto para análisis de riesgos cuenta solo con cursos básicos relacionados con técnicas de análisis de riesgos de procesos.

5 (Diplomas de participación).

3- El líder tiene experiencia mínima de 5 años en estudios de análisis de riesgos de procesos.

5

(Contratos anteriores como líder de proyecto).

4- El líder propuesto para análisis de riesgos muestra evidencias de capacitación en el manejo de simuladores para identificación de peligros, análisis de consecuencias, arboles de fallas, arboles de eventos, etc. (PHAST o similares).

10

(Certificados o diplomas).

5- El proveedor de los servicios, cuenta con personal que demuestre el conocimiento de los procesos industriales de Petróleos Mexicanos.

5 (Curriculum, experiencia, entrevista)

6- El proveedor de servicios ha realizado estudios de análisis de riesgos en instalaciones industriales de Petróleos Mexicanos.

10 (Contratos anteriores)

7- El proveedor de servicios ha realizado estudios de riesgos ambientales, para cumplimiento de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y los estudios de riesgos ambientales han ingresados y aceptados por la SEMARNAT.

10

(Oficios resolutivos, pagina SEMARNAT)

8- El proveedor de servicios ha realizado estudios similares en otras instalaciones industriales (fuera de PEMEX).

5 (Contratos externos)

9- El personal del proveedor de servicios, tiene experiencia laboral técnica en PEMEX.

5 (Curriculum y entrevista)

10– Ha realizado estudios de análisis de riesgos en los últimos 3 años (actualizado) en instalaciones industriales de PEMEX o similares.

5 (Contratos anteriores)

11- Muestra evidencias de impartición de cursos de análisis de riesgos al personal de PEMEX.

5 (Contratos anteriores)

PROVEEDOR A EVALUAR:

FECHA DE LA EVALUACIÓN:

PLANTA O INSTALACIÓN DONDE SE PRETENDE ELABORAR Ó ACTUALIZAR EL ARP:

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Anexo 1. Lista de verificación para evaluar la competencia de proveedores de servicios para realizar análisis de riesgos de proceso en las instalaciones de Petróleos Mexicanos*, (Continuación).

PÁRAMETRO A DETERMINAR

CALIFICACION

PUNTAJE CUMPLE NO CUMPLE Observaciones /Evidencias

12- El proveedor de servicios muestra evidencias de capacitación continua de su personal en temas de análisis de riesgos y del uso herramientas informáticas para el desarrollo de los Análisis de Riesgos (últimos 3 años).

10 (Diplomas y certificados)

13- El proveedor de servicios demuestra que cuenta con licencias de simuladores disponibles y actualizadas en sus últimas versiones (PHAST o similares).

5 (Factura de compra/renta de la herramienta informática).

14- El proveedor de servicios, conoce el marco normativo interno y externo aplicable en análisis de riesgos a Petróleos Mexicanos.

10 (Entrevista y aplicación de cuestionario)

100

RESULTADO: APTA ------ NO APTA -----

EVALUA: NOBRE Y FIRMA

*CALIFICACION DE LA COMPETENCIA DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS PARA REALIZAR LOS ANÁLISIS DE RIESGOS, (PUNTAJE):

Menor a 85 - No es apta para la realización del ARP. 85 - 100 - Es recomendable y apta para la realización del ARP.

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Anexo 2. Lista de verificación para evaluar la calidad del informe del análisis de riesgos, elaborado o actualizado*.

PROVEEDOR DE SERVICIOS:

FECHA DE EVALUACIÓN DE LA CALIDAD DEL ANÁLISIS DE RIESGOS:

INSTALACIÓN, PLANTA O ÁREA ANALIZADA:

ELABORA POR PEMEX:

PARTICIPA POR EL PROVEEDOR DE SERVICIOS:

CRITERIO A EVALUAR PUNTAJE CUMPLE NO CUMPLE OBSERVACIONES

1. ¿El proveedor de servicios llevó a cabo la plática de inducción al análisis de riesgos?

5 2. ¿El informe del análisis de riesgos considera en su contenido, todos los puntos requeridos por PEMEX?

2

3. ¿El objetivo del análisis de riesgos, corresponde al requerido por PEMEX?

3 4. ¿El alcance del análisis de riesgos cubre los requerimientos que fueron establecidos por PEMEX?

5

5. ¿La descripción del proceso, al cual se le aplicó(aplicaron) la(s) metodología(s) para la identificación de peligros y riesgos, es clara y se considera completa?

5

6. ¿Se incluyen de forma clara las consideraciones y criterios aplicados en el análisis de riesgos?

5

7. ¿Se aplicó(aplicaron) la(s) metodología(s) de análisis de riesgos requerida(s) por el GMAER de PEMEX?

5

8. ¿Se aplicó(aplicaron) de forma completa y clara la(s) metodología(s) seleccionada(s) para la identificación de peligros y evaluación cualitativa de los riesgos en el proceso?

15

9. ¿Se incluye el listado de riesgos identificados con la(s) metodología(s) seleccionada(s)?

5 10. ¿Se presenta de forma completa y clara, el análisis de consecuencias de los escenarios de riesgo por fugas o derrames de sustancias peligrosas, identificados en base a la(s) metodología(s) aplicada(s) en la etapa de identificación de peligros y riesgos?

5

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Anexo 2. Lista de verificación para evaluar la calidad del informe del análisis de riesgos, elaborado o actualizado*, (Continúa).

CRITERIO A EVALUAR PUNTAJE CUMPLE NO CUMPLE OBSERVACIONES

11. ¿La descripción del entorno de la instalación corresponde a lo existente?

5 12. ¿El análisis de consecuencias, es reproducible 100% por PEMEX?

5 13. ¿Se aplicaron las matrices de jerarquización de riesgos establecidas por PEMEX (Frecuencia vs Consecuencia) en los riesgos identificados?

5

14. ¿Se presentan de forma completa y clara, los resultados de la evaluación de frecuencia y consecuencias hacia el personal, la población, el medio ambiente, los bienes de terceros o de la nación, las instalaciones y/o la producción, asociados a los escenarios de fugas o derrames de sustancias peligrosas evaluados?

15

15. ¿Las recomendaciones del análisis de riesgos, se encuentran jerarquizadas de acuerdo a lo referido en el punto 14 anterior?

10

16. ¿El informe del análisis de riesgos está completo en cuanto a sus anexos?

10

CALIFICACIÓN: 100

*INTERPRETACIÓN DE LA CALIFICACION DE LA CALIDAD DEL INFORME DEL ANÁLISIS DE RIESGOS:

Menor a 85: No es aceptado, requiere ser revisado y complementado por el proveedor del servicio y el GMAER.

85 - 100: Es aceptado.

RESULTADO:

EVALUA POR

PEMEX:

NOBRE Y FIRMA DEL RESPONSABLE DE LA INSTALACIÓN, PLANTA

O ÁREA ANALIZADA