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LEYES Págs. Mrio. de Infraestructura Vivienda y Transporte 2.417 DECRETOS Ministerio de Seguridad 2.424 Ministerio de Hacienda 2.424 Mrio. de Desarrollo Hmno. Familia y Comunidad 2.426 Ministerio de Salud 2.427 RESOLUCIONES Ministerio de Seguridad 2.428 Ministerio de Hacienda 2.428 Ministerio de Salud 2.430 Dirección General de Escuelas 2.431 ORDENANZAS Municipalidad de Lavalle 2.432 SECCION GENERAL Contratos Sociales 2.433 Convocatorias 2.434 Irrigación y Minas 2.437 Remates 2.437 Concursos y Quiebras 2.442 Títulos Supletorios 2.446 Notificaciones 2.447 Sucesorios 2.453 Mensuras 2.459 Avisos Ley 19.550 2.461 Licitaciones 2.463 Fe de Erratas 2.464 Registro Nacional de la Propiedad Intelectual N° 94397 Sumario Aparece todos los días hábiles FUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899 PROVINCIA DE MENDOZA GOBERNADOR Cdor. Celso Alejandro Jaque VICEGOBERNADOR Arq. Cristian Racconto MINISTRO DE GOBIERNO JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Dr. Mario Daniel Adaro MINISTRO DE SEGURIDAD Dr. Carlos Humberto G. Aranda MINISTRO DE HACIENDA Cdor. Adrián Humberto Cerroni MINISTRO DE PRODUCCION TECNOLOGIA E INNOVACION Lic. Raúl Eduardo Mercau MINISTRO DE DESARROLLO HUMANO FAMILIA Y COMUNIDAD Sr. Carlos Germán Ciurca MINISTRO DE SALUD Dr. Juan Carlos Behler MINISTRO DE INFRAESTRUCTURA VIVIENDA Y TRANSPORTE Dr. Francisco Humberto Pérez MINISTRO SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION Dr. Luis Alejandro Cazabán PODER EJECUTIVO AÑO CXII MENDOZA, MARTES 15 DE MARZO DE 2011 N° 28.857 LEYES MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA VIVIENDA Y TRANSPORTE _________ LEY Nº 8.270 El Senado y Cámara de Dipu- tados de la Provincia de Mendoza, sancionan con fuerza de L E Y: Artículo 1º - Encomiéndase al Poder Ejecutivo la implementación del Plan Estratégico de Obras y Mejoramiento Operativo de Agua Potable y Saneamiento de Mendo- za, contemplando para ello el con- junto de cursos de acciones en el tiempo, para recuperar, revitalizar, reordenar y desarrollar los Servi- cios de Agua Potable y Saneamien- to en toda la Provincia de Mendoza. Artículo 2° - Los objetivos par- ticulares del Plan serán: 1. Establecer, sostener y ejecutar en el tiempo un Plan Provincial de Obras para la rehabilitación, desarrollo y expansión de los servicios. 2. Establecer, sostener y ejecutar en el tiempo un Plan Provincial de Mejoramiento Operativo de Servicios, en correspondencia a las normas de calidad vigen- tes y las que se dicten al efecto. 3. Definir el Plan Estratégico de Agua y Saneamiento entre todos los actores del sector, Gobierno Pro- vincial, Municipios, EPAS, DGI, AySAM SAPEM, Operadores Mu- nicipales y Comunitarios y otras esferas de la Administración Pú- blica, en el marco de la Ley de Ordenamiento Territorial 8.051. 4. Reestructurar y desarrollar el sector, propendiendo al fortale- cimiento institucional de los Operadores, armonizando y compatibilizando la gestión del servicio de AySAM SAPEM, Mu- nicipios Operadores y Operado- res de Gestión Comunitaria. 5. Promover el uso racional, equita- tivo y solidario del agua potable y su reaprovechamiento integral. 6. Articular las demandas munici- pales con las ofertas de servi- cios de los Operadores. 7. Establecer un Servicio Público con perfil social responsable y económicamente sustentable. Artículo 3° - El horizonte tem- poral de este plan será de veinte (20) años. Se considerarán los si- guientes tramos: de emergencia dos (2) años; corto plazo cinco (5) años; mediano plazo diez (10) años; y largo plazo veinte (20) años. Los horizontes de mediano y largo plazo deberán contemplar las estrategias generales y cursos de acción correspondientes, a fin de satisfacer los objetivos del Plan Estratégico. El horizonte de corto plazo de- berá contemplar las metas cualita- tivas y cuantitativas de los servicios, y metas de infraestructura y equipa- miento correspondientes al Plan Provincial de Obras y al Plan Provin- cial de Mejoramiento Operativo. El horizonte de emergencia, deberá especificar las obras prio- ritarias y equipamiento en espe- cial atención a la emergencia ope- rativa de los servicios. Artículo 4° - El Plan Provincial de Obras y Mejoramiento Operati- vo de Agua y Saneamiento para el período comprendido entre el año 2.011 y el año 2.020 (mediano pla- zo 10 años), por un monto total de Dólares estadounidenses tres- cientos setenta y tres millones (U$S 373.000.000), se ajustará a las siguientes pautas: 1. Para el segmento aplicable al servicio prestado por AySAM SAPEM deberá contener como mínimo las obras de in- fraestructura y metas físicas especificadas en Anexo I y Anexo II de la presente Ley, con una inversión total de Dó- lares estadounidenses dos- cientos cincuenta y tres mi- llones (U$S 253.000.000). 2. Para el segmento aplicable a los servicios prestados por los Operadores Municipales, debe- rá contener como mínimo las obras de infraestructura y me- tas físicas especificadas en Anexo III de la presente Ley, con una inversión total de Dólares estadounidenses de veinte mi- llones (U$S 20.000.000). 3. Para el segmento aplicable a los servicios prestados por los Operadores de Gestión Comunitaria, deberá contener como mínimo las obras de in- fraestructura especificadas en Anexo IV de la presente Ley, con una inversión total en subsidios de Dólares estado- unidenses cien millones (U$S 100.000.000). Artículo 5º - Autorízase al Po- der Ejecutivo a contraer un em- préstito y hacer uso del crédito que atienda el corto plazo cinco (5) años (2011/2015) de acuerdo a lo especificado en el artículo 3° de la presente Ley, por un monto de hasta Dólares estadounidenses ciento sesenta millones (U$S 160.000.000) o su equivalente en otras monedas, asociado a ope- raciones de crédito público. Di- chas operaciones se podrán ins- trumentar con instituciones públi- cas provinciales, nacionales u or- ganismos multilaterales de crédi- to, por medio de una o más ope- raciones de endeudamiento tales como préstamos, emisiones de tí- tulos públicos de deuda, letras, constitución de fideicomisos fi- nancieros y de garantía, securitilización o titulización de garantías autorizadas por la pre- sente Ley, créditos puente y/u otros medios financieros que resulten convenientes a los intereses pro- vinciales. Dicho financiamiento será des- tinado a las obras básicas de in- fraestructura y mejoramiento ope- rativo de AySAM SAPEM como son: ampliación y mejoramiento de la capacidad de producción; amplia- ción y optimización del sistema de macro distribución de agua, insta- lación de macro y micromedidores, recuperación y ampliación de co- lectores cloacales; recuperación y ampliación de establecimientos

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2417

LEYES Págs.Mrio. de InfraestructuraVivienda y Transporte 2.417DECRETOSMinisterio de Seguridad 2.424Ministerio de Hacienda 2.424Mrio. de Desarrollo Hmno.Familia y Comunidad 2.426Ministerio de Salud 2.427RESOLUCIONESMinisterio de Seguridad 2.428Ministerio de Hacienda 2.428Ministerio de Salud 2.430Dirección Generalde Escuelas 2.431ORDENANZASMunicipalidad de Lavalle 2.432SECCION GENERALContratos Sociales 2.433Convocatorias 2.434Irrigación y Minas 2.437Remates 2.437Concursos y Quiebras 2.442Títulos Supletorios 2.446Notificaciones 2.447Sucesorios 2.453Mensuras 2.459Avisos Ley 19.550 2.461Licitaciones 2.463Fe de Erratas 2.464

Registro Nacional de laPropiedad Intelectual N° 94397

Sumario

Aparece todos los d ías hábi lesFUNDADO EL 7 DE ABRIL DE 1899

PROVINCIA DE MENDOZA

GOBERNADORCdor. Celso Alejandro Jaque

VICEGOBERNADORArq. Cristian Racconto

MINISTRO DE GOBIERNO JUSTICIAY DERECHOS HUMANOSDr. Mario Daniel Adaro

MINISTRO DE SEGURIDADDr. Carlos Humberto G. Aranda

MINISTRO DE HACIENDACdor. Adrián Humberto Cerroni

MINISTRO DE PRODUCCIONTECNOLOGIA E INNOVACION

Lic. Raúl Eduardo MercauMINISTRO DE DESARROLLO HUMANO

FAMILIA Y COMUNIDADSr. Carlos Germán Ciurca

MINISTRO DE SALUDDr. Juan Carlos Behler

MINISTRO DE INFRAESTRUCTURAVIVIENDA Y TRANSPORTE

Dr. Francisco Humberto Pérez MINISTRO SECRETARIO GENERAL

DE LA GOBERNACIONDr. Luis Alejandro Cazabán

PODER EJECUTIVO

AÑO CXII MENDOZA, MARTES 15 DE MARZO DE 2011 N° 28.857

LEYES

MINISTERIODE INFRAESTRUCTURA

VIVIENDA Y TRANSPORTE_________

LEY Nº 8.270

El Senado y Cámara de Dipu-tados de la Provincia de Mendoza,sancionan con fuerza de

L E Y:Artículo 1º - Encomiéndase al

Poder Ejecutivo la implementacióndel Plan Estratégico de Obras yMejoramiento Operativo de AguaPotable y Saneamiento de Mendo-za, contemplando para ello el con-junto de cursos de acciones en eltiempo, para recuperar, revitalizar,reordenar y desarrollar los Servi-cios de Agua Potable y Saneamien-to en toda la Provincia de Mendoza.

Artículo 2° - Los objetivos par-ticulares del Plan serán:1. Establecer, sostener y ejecutar

en el tiempo un Plan Provincialde Obras para la rehabilitación,desarrollo y expansión de losservicios.

2. Establecer, sostener y ejecutaren el tiempo un Plan Provincialde Mejoramiento Operativo deServicios, en correspondenciaa las normas de calidad vigen-tes y las que se dicten al efecto.

3. Definir el Plan Estratégico de Aguay Saneamiento entre todos losactores del sector, Gobierno Pro-vincial, Municipios, EPAS, DGI,AySAM SAPEM, Operadores Mu-nicipales y Comunitarios y otrasesferas de la Administración Pú-blica, en el marco de la Ley deOrdenamiento Territorial 8.051.

4. Reestructurar y desarrollar elsector, propendiendo al fortale-cimiento institucional de losOperadores, armonizando y

compatibilizando la gestión delservicio de AySAM SAPEM, Mu-nicipios Operadores y Operado-res de Gestión Comunitaria.

5. Promover el uso racional, equita-tivo y solidario del agua potable ysu reaprovechamiento integral.

6. Articular las demandas munici-pales con las ofertas de servi-cios de los Operadores.

7. Establecer un Servicio Públicocon perfil social responsable yeconómicamente sustentable.Artículo 3° - El horizonte tem-

poral de este plan será de veinte(20) años. Se considerarán los si-guientes tramos:• de emergencia dos (2) años;• corto plazo cinco (5) años;• mediano plazo diez (10) años; y• largo plazo veinte (20) años.

Los horizontes de mediano ylargo plazo deberán contemplarlas estrategias generales y cursosde acción correspondientes, a finde satisfacer los objetivos del PlanEstratégico.

El horizonte de corto plazo de-berá contemplar las metas cualita-tivas y cuantitativas de los servicios,y metas de infraestructura y equipa-miento correspondientes al PlanProvincial de Obras y al Plan Provin-cial de Mejoramiento Operativo.

El horizonte de emergencia,deberá especificar las obras prio-ritarias y equipamiento en espe-cial atención a la emergencia ope-rativa de los servicios.

Artículo 4° - El Plan Provincialde Obras y Mejoramiento Operati-vo de Agua y Saneamiento para elperíodo comprendido entre el año2.011 y el año 2.020 (mediano pla-zo 10 años), por un monto total deDólares estadounidenses tres-cientos setenta y tres millones(U$S 373.000.000), se ajustará alas siguientes pautas:1. Para el segmento aplicable al

servicio prestado por AySAMSAPEM deberá contener

como mínimo las obras de in-fraestructura y metas físicasespecificadas en Anexo I yAnexo II de la presente Ley,con una inversión total de Dó-lares estadounidenses dos-cientos cincuenta y tres mi-llones (U$S 253.000.000).

2. Para el segmento aplicable alos servicios prestados por losOperadores Municipales, debe-rá contener como mínimo lasobras de infraestructura y me-tas físicas especificadas enAnexo III de la presente Ley, conuna inversión total de Dólaresestadounidenses de veinte mi-llones (U$S 20.000.000).

3. Para el segmento aplicable alos servicios prestados porlos Operadores de GestiónComunitaria, deberá contenercomo mínimo las obras de in-fraestructura especificadas enAnexo IV de la presente Ley,con una inversión total ensubsidios de Dólares estado-unidenses cien mi l lones(U$S 100.000.000).Artículo 5º - Autorízase al Po-

der Ejecutivo a contraer un em-préstito y hacer uso del crédito queatienda el corto plazo cinco (5)años (2011/2015) de acuerdo a loespecificado en el artículo 3° de lapresente Ley, por un monto dehasta Dólares estadounidensesciento sesenta millones (U$S160.000.000) o su equivalente enotras monedas, asociado a ope-raciones de crédito público. Di-chas operaciones se podrán ins-trumentar con instituciones públi-cas provinciales, nacionales u or-ganismos multilaterales de crédi-to, por medio de una o más ope-raciones de endeudamiento talescomo préstamos, emisiones de tí-tulos públicos de deuda, letras,constitución de fideicomisos fi-nancieros y de garantía,securitilización o titulización de

garantías autorizadas por la pre-sente Ley, créditos puente y/u otrosmedios financieros que resultenconvenientes a los intereses pro-vinciales.

Dicho financiamiento será des-tinado a las obras básicas de in-fraestructura y mejoramiento ope-rativo de AySAM SAPEM como son:ampliación y mejoramiento de lacapacidad de producción; amplia-ción y optimización del sistema demacro distribución de agua, insta-lación de macro y micromedidores,recuperación y ampliación de co-lectores cloacales; recuperación yampliación de establecimientos

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112418

depuradores y purificadores; entreotras obras, con sus correspon-dientes proyectos.

Las obras y acciones contem-pladas en el plan de obras y plande mejoramiento operativo corres-pondientes a AySAM SAPEM, seránejecutadas por dicha empresa se-gún los objetivos y metas contem-pladas en el Anexo I y en el Anexo II.

Las obras y acciones contem-pladas en el plan de obras y plande mejoramiento operativo corres-pondientes al resto de los opera-dores, serán ejecutadas por los pro-pios operadores como en el casode los Municipios de Luján de Cuyo,Maipú y Tupungato, o en su casopor el Ministerio de Infraestructura,Vivienda y Transportes o por el or-ganismo que éste designe, segúnlos objetivos y metas contempladasen los Anexos III y IV.

Artículo 6° - Facúltase al PoderEjecutivo a afectar en garantía o ce-der en propiedad fiduciaria, para lasoperaciones del artículo anterior, losRecursos del Régimen de Coparti-cipación Federal de Impuestos quele correspondan a la Provincia, de-ducido el porcentaje de Copartici-pación Municipal, de acuerdo a loestablecido por los artículos 1º, 2° y3° del Acuerdo Nación - Provinciassobre Relación Financiera y Basesde un Régimen de CoparticipaciónFederal de Impuestos ratificado porLey Nacional 25.570 y Ley Provin-cial 7.044 o el régimen que lo susti-tuya, las Regalías Petrolíferas yadicionalmente otros recursos pro-vinciales, en la medida de la utiliza-ción de la autorización para el usodel crédito contenida en esta Ley.

Artículo 7° - Autorízase al Po-der Ejecutivo, durante el plazo es-tipulado en el artículo 3° de la pre-sente Ley para incrementar el Pre-supuesto de gastos de cada unode los años contemplados en elplan estratégico de la presenteLey, contra el uso del crédito auto-rizado para financiar el Plan Pro-vincial de Obras y el Plan Provin-cial Mejoramiento Operativo esta-blecido en artículo 4°, incorporan-do las partidas necesarias o in-crementando las ya previstas enel Ministerio de Infraestructura, Vi-vienda y Transporte, cuando debarealizar erogaciones originadasen el plan de obras asociadas acualquier operación de créditopúblico ya autorizadas por la pre-sente ley.

Artículo 8° - En relación al montoresidual de financiamiento para elmediano plazo de Dólares estado-unidenses doscientos trece millones(U$S 213.000.000), el que surgecomo diferencia de los montos de losartículos 4°, 5° y 7° de la presente Ley,se faculta al Poder Ejecutivo para que

oportunamente remita a la H. Legis-latura un nuevo proyecto de ley a finde garantizar el financiamiento equi-valente a dicho importe conforme alavance el plan estratégico y a las ne-cesidades del servicio.

Artículo 9° - Facúltase al PoderEjecutivo a financiar el funciona-miento operativo de AySAM SAPEMmediante subsidios y/o aumentosde capital hasta la suma de Veinti-dós millones de pesos ($22.000.000) en el período corres-pondiente al año calendario 2.011y hasta la suma de Once millonesde pesos ($ 11.000.000) en el pe-ríodo correspondiente al año ca-lendario 2.012 con cargo a los res-pectivos presupuestos anuales.

El funcionamiento operativo deAySAM SAPEM deberáautofinanciarse mediante los au-mentos tarifarios graduales quecorrespondan a partir de la pro-mulgación de la presente Ley, sincontar las inversiones previstas ensu artículo 4°. Lo dispuesto en elpresente artículo debe considerar-se como una excepción a lo dis-puesto en el Artículo 17° de la Ley3799 y sus modificatorias.

Artículo 10º - Facúltase al Po-der Ejecutivo a financiar el Plan deasistencia para Operadores deGestión Comunitaria y Municipa-les en emergencia operacionalmediante subsidios hasta la sumade Ocho millones de pesos ($8.000.000) en el período corres-pondiente al año calendario 2.011y hasta la suma de Ocho millonesde pesos ($ 8.000.000) en el pe-ríodo correspondiente al año ca-lendario 2.012, con cargo a losrespectivos presupuestos anua-les. Lo dispuesto en el presenteartículo debe considerarse comouna excepción a lo dispuesto enel artículo 17° de la Ley 3.799 ysus modificatorias.

Dichos fondos serán adminis-trados por el Ministerio de Infraes-tructura, Vivienda y Transporte o porel organismo que éste designe.

Deberán ser destinados a laasistencia de Operadores de Ges-tión Comunitaria y Municipales quelo requieran en virtud de una emer-gencia operacional. La emergenciaoperacional será dictada por elEPAS ya sea por expresa peticiónde quienes prestan los serviciosprecitados, en cuyo caso, deberándemostrar, en razón de su estadode situación patrimonial y económi-ca, no disponer de los fondos ne-cesarios para la solución de la mis-ma, o por disposición del EPAS fun-dada en razones de convenienciapública propias de la emergencia.

El EPAS elevará cada caso aresolución de Ministerio de Infra-estructura, Vivienda y Transporte.

Dichos fondos deberán seraplicados a ejecución de obrastales como desarrollo de nuevosservicios, construcción de perfo-raciones, rehabilitación de perfo-raciones, construcción de plantaspotabilizadoras (fuentes superfi-ciales), rehabilitación de plantaspotabilizadoras, micromedición,proyectos de nuevas instalacio-nes, ampliación de redes existen-tes tanto de agua como de cloa-cas, reposición de cañerías tantode agua como de cloacas, cons-trucción de reservas, reparacionesde bombas, tableros eléctricos,otros dispositivos y/o materialeselectromecánicos, con sus proyec-tos de ser necesarios.

Artículo 11º - El Ejecutivo Pro-vincial deberá remitir a la Legisla-tura Provincial, dentro de los se-senta (60) días posteriores a lapromulgación de la presente Ley,un proyecto que defina el nuevorol del EPAS, del Consejo Asesorde Servicios Públicos de Agua ySaneamiento (Decreto 1957/09),el Marco Regulatorio y tarifario delAgua y Saneamiento de Mendozay el Plan Estratégico del Sector ela-borado conjuntamente con los Mu-nicipios conteniendo obras y tari-fa de alcance social.

Artículo 12° - Facúltase al EPASa que en aquellos casos de extre-ma urgencia y ante la inminenteinterrupción de los servicios pres-tados por algún Operador de Ges-tión Comunitaria, a ponerlo tran-sitoriamente bajo la tutela del Mu-nicipio en cuyo territorio se en-cuentre el mismo, a los efectos degarantizar su continuidad y calidad.Relevamiento y estudio de la co-munidad y análisis del agua deárea periurbana y rural en el mar-co de la Ley 8.051.

Artículo 13° - Inembargabilidade Inejecutabilidad de todos los bie-nes y derechos (incluida la recau-dación imprescindible hasta un cin-cuenta por ciento (50%) de los ope-radores de Gestión Comunitaria deagua potable y cloacas que seanafectados a dichos Servicios se-rán inembargables e inejecutablespor parte de terceros, mientras re-vistan dicho carácter.

Artículo 14° - Toda acción ad-ministrativa que sugiera de la pre-sente Ley, ya sea por el endeuda-miento requerido o por la realiza-ción de las obras, deberá sermonitoreada por una ComisiónBicameral Legislativa. El Ejecuti-vo Provincial remitirá a la Legisla-tura un informe con lo realizadocada treinta (30) días.

Artículo 15° - AySAM SAPEM de-berá realizar todas sus licitacionesy obras de acuerdo a la Ley 4.416de Obras Públicas.

Artículo 16° - El "Plan Estra-tégico de Obras del Agua Pota-ble y Saneamiento de Mendoza"estará sometido a los controlesestablecidos en el presente ar-tículo:a) Control Técnico: La ejecución

de las obras mencionadas enla presente Ley y sus anexosquedan sujetas a auditoríastécnicas anuales, y externas acargo de alguna de las univer-sidades públicas locales, com-petentes en la materia y selec-cionadas a través de procedi-mientos públicos.

b) Control Económico, Financieroy de Legalidad: La administra-ción de los fondos relacionadoscon las obras referidas en lapresente Ley deberán contarcon dictamen legal de Fiscalíade Estado y serán objeto deauditorías económicas financie-ras y de legalidad anuales ex-ternas a cargo del Tribunal deCuentas de la Provincia de Men-doza.Artículo 17º - Comuníquese al

Poder Ejecutivo.DADA EN EL RECINTO DE SE-

SIONES DE LA HONORABLE LE-GISLATURA DE LA PROVINCIA DEMENDOZA, a un día del mes demarzo del año dos mil once.

Miriam GallardoPresidenta Provisionala/c. de la Presidencia

H. Cámara de SenadoresMariano Godoy LemosSecretario Legislativo

H. Cámara de SenadoresJorge TanusPresidente

H. Cámara de DiputadosJorge Manzitti

Secretario LegislativoH. Cámara de Diputados

________

DECRETO Nº 302

Mendoza, 14 de marzo de 2011Visto el Expediente N° 2750-

H-2011-00020 y acumulado N°13400-G-2010-00020, en el que afs. 1 del Expediente citado en pri-mer término obra nota de la H. Cá-mara de Senadores de la Provin-cia, recepcionada por el Poder Eje-cutivo con fecha 11 de marzo de2011, mediante la cual comunicala Sanción N° 8270,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Téngase por Ley

de la Provincia la Sanción N° 8270.Artículo 2° - Comuníquese, pu-

blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEFrancisco Humberto Pérez

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2419

Anexo I - Obras para zona servida por AYSAMPLAN ACCION PERIODO 2011 - 2015

OBRAS TOTALES PARA LA PROVINCIA

Anexo I - Obras para zona servida por AYSAMPLAN ACCION PERIODO 2011 - 2015

OBRAS TOTALES PARA LA PROVINCIA

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112420

Anexo I - Obras para zona servida por AYSAMPLAN ACCION PERIODO 2011 - 2015

OBRAS TOTALES PARA LA PROVINCIA

Anexo I - Obras para zona servida por AYSAMPLAN ACCION PERIODO 2011 - 2015

OBRAS TOTALES PARA LA PROVINCIA

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2421

Anexo I - Obras para zona servida por AYSAMPLAN ACCION PERIODO 2011 - 2015

OBRAS TOTALES PARA LA PROVINCIA

PROGRAMA DE MEJORAMIENTO - OPERATIVO 2011 - 2015

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112422

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2423

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112424

DECRETOS

MINISTERIO DE SEGURIDAD_____

DECRETO Nº 3.524

Mendoza, 30 de diciembre de2010

Visto el expediente N° 645-R-2010-00106 en el que el Ministe-rio de Seguridad solicita el nom-bramiento de Luis DamiánRobetto Giménez, en el cargo Ca-rácter 1, Jurisdicción 16, UnidadOrganizativa 06, Clase 002, Régi-men Salarial 12, Agrupamiento 1,Tramo 01, Subtramo 02, U.G.E.J00098 -Oficial Ayudante- de lasPolicías de la Provincia de Men-doza,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Desígnese en el

cargo Carácter 1, Jurisdicción 16,Unidad Organizativa 06, Clase002, Régimen Salarial 12, Agrupa-miento 1, Tramo 01, Subtramo 02,U.G.E. J00098 -Oficial Ayudante-de las Policías de la Provincia deMendoza, a Luis Damián RobettoGiménez, clase 1983, D.N.I. N°30.018.526.

Artículo 2° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos Aranda

_______________________________

DECRETO N° 143

Mendoza, 7 de febrero de 2011Visto el expediente N° 1649-M-

2011-00106 y siendo necesarioproveer el cargo de Subsecretariode Relaciones con la Comunidaddel Ministerio de Seguridad,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Desígnese, a par-

tir de la fecha del presente Decre-to, a Agustín Carlos Pedro Gómez,D.N.I. N° 11.298.367, Clase 1954,en el cargo Carácter 1, Jurisdic-ción 16, Régimen Salarial 01, Agru-pamiento 1, Tramo 00, Subtramo05, Clase 080, U.G.E. J00004,Subsecretario de Relaciones conla Comunidad del Ministerio deSeguridad.

Artículo 2° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos Aranda

MINISTERIO DE HACIENDA______

DECRETO N° 2.133

Mendoza, 16 de setiembre de2010

Encontrándose de regreso enla Provincia el Señor Ministro de In-fraestructura, Vivienda y TransporteDoctor Francisco Humberto Pérez;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Queda nuevamen-

te a cargo de la Cartera de Infra-estructura, Vivienda y Transporte,su titular Doctor Francisco Hum-berto Pérez.

Artículo 2° - El presente decretoserá refrendado por los señoresMinistro de Hacienda y de Infraes-tructura, Vivienda y Transporte.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. CerroniFrancisco H. Pérez

_______________________________

DECRETO N° 2.381

Mendoza, 1 de octubre de 2010Encontrándose de regreso en

la Provincia el Señor Ministro de In-fraestructura, Vivienda y TransporteDoctor Francisco Humberto Pérez;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Queda nuevamen-

te a cargo de la Cartera de Infra-estructura, Vivienda y Transporte,su titular Doctor Francisco Hum-berto Pérez.

Artículo 2° - El presente decretoserá refrendado por los señoresMinistro de Hacienda y de Infraes-tructura, Vivienda y Transporte.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. CerroniFrancisco H. Pérez

_______________________________

DECRETO N° 2.661

Mendoza, 29 de octubre de 2010Encontrándose de regreso en

la Provincia el Señor Ministro deGobierno, Justicia y Derechos Hu-manos, Doctor Mario Daniel Adaro;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Queda nuevamen-

te a cargo de la Cartera de Gobier-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2425

no, Justicia y Derechos Humanos,su titular Doctor Mario Daniel Adaro.

Artículo 2° - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministro de Hacienda y de Go-bierno, Justicia y Derechos Huma-nos.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. CerroniMario Daniel Adaro

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DECRETO N° 2.998

Mendoza, 3 de diciembre de2010

Encontrándose de regreso enla Provincia el Señor Ministro deInfraestructura, Vivienda y Trans-porte Doctor Francisco HumbertoPérez;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Queda nuevamen-

te a cargo de la Cartera de Infra-estructura, Vivienda y Transporte,su titular Doctor Francisco Hum-berto Pérez.

Artículo 2° - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministro de Hacienda y de In-fraestructura, Vivienda y Transpor-te.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. CerroniFrancisco H. Pérez

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DECRETO N° 3.052

Mendoza, 7 de diciembre de2010

Encontrándose de regreso enla Provincia el Señor Ministro deInfraestructura, Vivienda y Trans-porte Doctor Francisco HumbertoPérez;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Queda nuevamen-

te a cargo de la Cartera de Infra-estructura, Vivienda y Transporte,su titular Doctor Francisco Hum-berto Pérez.

Artículo 2° - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministro de Hacienda y de In-fraestructura, Vivienda y Transpor-te.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. CerroniFrancisco H. Pérez

DECRETO N° 3.179

Mendoza, 21 de diciembre de2010

Debiendo ausentarse de laProvincia, el señor Ministro de Ha-cienda, C.P.N. Adrián HumbertoCerroni; y teniendo previsto su re-greso en horas de la tarde,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Encárguese inte-

rinamente de la cartera de Ha-cienda mientras dure la ausen-cia de su titular, C.P.N. AdriánHumberto Cerroni, al señor Minis-tro de Infraestructura, Vivienda yTransporte, Doctor FranciscoHumberto Pérez.

Artículo 2° - El presente decre-to será refrendado por los seño-res Ministros de Hacienda y de In-fraestructura, Vivienda y Transpor-te.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. CerroniFrancisco H. Pérez

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DECRETO Nº 32

Mendoza, 7 de enero de 2011Visto la sanción Nº 8240; y

CONSIDERANDO:Que la Sanción Nº 8240 de la

H. Legislatura Provincial tiene porobjeto la condonación de las deu-das correspondientes o derivadasde la operatoria denominada PlanAgrisol, de pequeños préstamosagrícolas, cuya acreencia corres-ponde a la Provincia de Mendozabajo la administración de la Direc-ción de Activos ex - Bancos Oficia-les (D.A.A.B.O.)

Que en dicha sanción se pre-tende aplicar la condonación ex-clusivamente a las deudas vigen-tes pendientes de cobro, ya seaque se encuentren en trámite decobranza extrajudicial o judicial, sinhacer mención alguna acerca dela situación de quienes ya hancancelado total o parcialmente sudeuda surgida del Plan Agrisol.

Que de ser promulgada dichasanción, esto generaría una situa-ción de notoria desigualdad, yaque distintos sujetos cuya situa-ción originaria era idéntica (la con-dición de deudores del Estado envirtud de los créditos del PlanAgrisol), quedarían separados endos estatus diferentes: por un ladoquienes cumplieron y no tendránningún beneficio y por otro quie-nes no cumplieron y serán benefi-ciados con la condonación total desu deuda, actuándose así en be-

neficio de quienes no honraron sudeuda y en desmedro de quienessí lo hicieron.

Que por otra parte, la mencio-nada sanción no contempla cómodeberá procederse respecto delas comisiones que la Provinciadebería abonar a la empresa decobranzas CERECRED S.A. porestos créditos incluidos en la car-tera originariamente asignada, enlos términos de la normativa querige la relación con la Empresa(Pliego de Bases y Condicionesde la licitación respectiva, Ley Nº6.968 y Decreto Nº 453/02).

Que tampoco se da adecuadotratamiento al pago de los hono-rarios devengados, los aportes ala Caja Forense y el Derecho Fijoa abonar al Colegio de Abogadosen virtud de la actuación de losprofesionales intervinientes en losjuicios en trámite, abriendo la puer-ta a potenciales reclamos contrala Provincia.

Que teniendo en cuenta que lasanción en su redacción actual, deser promulgada, produciría unaevidente situación de desigualdaden desmedro de quienes honra-ron sus deudas, siendo así con-traria al interés público como úni-co fin legítimo de toda acción es-tatal y generando además poten-ciales reclamos de contenido pa-trimonial en contra de la Provinciacon alcances impredecibles, eltexto venido a consideración espasible de objeciones insalvablesque ameritan su veto por parte delPoder Ejecutivo.

Que el Artículo 102 de laConstítución Provincial contemplala facultad del Poder Ejecutivo Pro-vincial de vetar las leyes en formatotal o parcial, siendo que en estecaso procede el ejercicio de estacompetencia, por razones de con-veniencia y oportunidad.

Que el principio constitucionales que cada uno de los tres pode-res es supremo en su esfera, de-biendo respetarse los actos delPoder Ejecutivo que se hallen deacuerdo con sus exclusivas y ex-presas facultades constituciona-les de manera tal que en el ejerci-cio de sus respectivas potestades,cada uno de los poderes que inte-gran el Gobierno es juez del me-dio elegido para ello, sin otra limi-tación que las impuestas en lamisma Constitución.

Que según lo expresado, parael Poder Ejecutivo la facultad deveto que constitucionalmente lecompete es discrecional en cuan-to a su oportunidad y convenien-cia, debiendo ejercerse dicha po-testad en miras a la consecucióndel interés público que debe tute-lar.

Por ello, conforme lo dispues-to en los Artículos 102, 128, inciso1 y concordantes de la Constitu-ción de la Provincia de Mendoza,de acuerdo con lo informado porAsesoría de Gabinete del Ministe-rio de Hacienda a fs. 5/7, y lo dicta-minado a fs. 8 por la Dirección deAsuntos Legales del Ministerio deHacienda, ambas del Memorán-dum N° 13628-G-10-00020;

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Obsérvese la San-

ción Nº 8240, por las razones ex-puestas en los considerandos delpresente decreto.

Artículo 2º - Remítase a la Ho-norable Legislatura de la Provin-cia fotocopia autenticada de lasobservaciones formuladas, a losefectos establecidos en el Artículo102 de la Constitución de la Pro-vincia de Mendoza y sus concor-dantes.

Artículo 3º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. Cerroni

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DECRETO Nº 161

Mendoza, 10 de febrero de2011

Visto el expediente N° 09867-S-09-00020 y sus acumuladosNros. 06448-S-08-02690, 06458-S-08-02690, 01808-D-05-02690(III cuerpos), 06005-H-08-02690,01900-I-09-02690, 01901-I-09-02690, 02131-I-09-02690, 03359-I-09-02690, 06116-S-08-02690 y05507-S-10-00020, en el primerode los cuales el agente OrlandoFrancisco Sánchez interpone Re-curso de Alzada contra la Resolu-ción N° 515/09, emitida por el Di-rectorio del Instituto Provincial deJuegos y Casinos, yCONSIDERANDO:

Que el agente Sánchez a fs. 1/7 del expediente Nº 09867-S-09-00020, presenta Recurso de Alza-da contra la Resolución Nº 515,de fecha 21 de setiembre de 2009,emitida por el Directorio del Insti-tuto Provincial de Juegos y Casi-nos, obrante a fs. 70/71 del expe-diente Nº 06448-S-08-02690, me-diante la cual se dispuso admitirformalmente y rechazar sustan-cialmente el Recurso deRevocatoria interpuesto por elmismo en contra de la Resoluciónde Directorio del referido InstitutoNº 424, de fecha 20 de julio de2009, obrante a fs. 45/46 del últi-mo expediente indicado.

Que desde el punto de vistaformal la actual presentación

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112426

debe admitirse toda vez que hacumplimentado los requisitos exi-gidos por los Artículos 183 ss. ycc. de la Ley Nº 3909, quedandolimitado su efecto al sólo controlde legitimidad por parte del PoderEjecutivo, en razón de la disposi-ción del Artículo 185 de la referidaley.

Que el acto originario dictadopor el Jefe del Departamento deFiscalización del Instituto Provin-cial de Juegos y Casinos, padeceefectivamente de vicio de incom-petencia, expresamente contem-plado en el Artículo 57 inc. b) de laLey Nº 3909, ya que el traslado ycambio de funciones del agenteSánchez, ordenado hacia las ins-talaciones del Hipódromo de laProvincia, es competencia del Di-rectorio y no del Jefe de Departa-mento de dicha Institución.

Que el vicio denunciado y con-forme a la calificación legal de laLey de Procedimiento Administra-tivo es "leve" y siendo susceptiblede enmienda mediante "ratifica-ción en caso de incompetencia,por el órgano competente" (Artícu-lo 77 inc. b) de la Ley indicada),que es lo que ocurrió por vía deldictado de la Resolución Nº 424,de 20 de julio de 2009, emitida porel Directorio del Instituto Provincialde Juegos y Casinos, obrante afs. 45/46 del expediente Nº 06448-S-08-02690.

Que según lo expuesto no seencuentran vicios de legitimidadque autoricen la revocación de laresolución recurrida por el agenteSánchez, rechazándose sustan-cialmente la actual presentación.

Por ello, atento lo dictaminadopor la Dirección de Asuntos Lega-les del Ministerio de Hacienda afs. 48 y vta. y por Asesoría de Go-bierno a fs. 51, del expediente Nº09867-S-09-00020,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1º - Acéptese formal-

mente y rechácese sustancial-mente el Recurso de Alzada inter-puesto a fs. 1/7 del expediente N°09867-S-09-00020, por el agenteOrlando Francisco Sánchez,C.U.I.L. Nº 20-04985876-1, contrala Resolución Nº 515, de fecha 21de setiembre de 2009, emitida porel Directorio del Instituto Provincialde Juegos y Casinos, obrante afs. 70/71 del expediente Nº 06448-S-08-02690, por los motivos ex-puestos en los considerandos delpresente decreto.

Artículo 2º - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. Cerroni

MINISTERIODE DESARROLLO HUMANO

FAMILIA Y COMUNIDAD______

DECRETO N° 1.460

Mendoza, 1 de julio de 2010Visto el expediente 1288-M-

2010-77762 en el cual se solicitala designación de Da. Marcela Cris-tina Gómez Tarragona, en el cargode Clase 074 - Directora de Emer-gencia Social - Subsecretaría deDesarrollo Humano y Comunidad- del Ministerio de Desarrollo Hu-mano, Familia y Comunidad.

Por ello,EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Desígnese a Da.

Marcela Cristina Gómez Tarragona,clase 1970, DNI. N° 21.573.735, enel cargo de Clase 074 - Directorade Emergencia Social - Cód. 01-2-00-07 - Unidad Organizativa 11 -Ministerio de Desarrollo Humano,Familia y Comunidad - Jurisdicción19 - Carácter 1.

Artículo 2° - Lo dispuesto porel presente decreto regirá a partirde la fecha de su dictado.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos Ciurca

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DECRETO N° 2.763

Mendoza, 8 de noviembre de2010

Encontrándose de regreso enla Provincia el Sr. Ministro de Se-guridad, el día domingo 07 de no-viembre de 2010,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Queda nuevamen-

te a cargo de la Cartera de Seguri-dad, su titular Dr. Carlos Humber-to G. Aranda.

Artículo 2° - El presente decretoserá refrendado por los Sres. Mi-nistros de Desarrollo Humano, Fa-milia y Comunidad y de Seguridad.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos CiurcaCarlos Aranda

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DECRETO N° 3.137

Mendoza, 15 de diciembre de2010

Encontrándose de regreso enla Provincia el Sr. Ministro de Salud,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Queda nuevamen-

te a cargo de la Cartera de Salud,su titular Dr. Juan Carlos Behler.

Artículo 2° - El presente decre-to será refrendado por los Sres.Ministros de Desarrollo Humano,Familia y Comunidad y de Salud.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos CiurcaJuan Carlos Behler

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DECRETO N° 3.178

Mendoza, 20 de diciembre de2010

Visto el Expediente N° 3713-M-2010-77762, yCONSIDERANDO:

Que el Ministerio de Desarro-llo Humano, Familia y Comunidadsolicita la utilización de econo-mías generadas en la Jurisdicciónde acuerdo a lo establecido en elartículo 3° del Decreto Acuerdo N°391/2010, para prestar los servi-cios esenciales que el Estado brin-da a través del mismo.

Que la modificación aludida noimplica el incremento del gastoautorizado a nivel global.

Por ello y en virtud de la facultadconferida por el Artículo 9° de la LeyN° 8.154, los Artículos 1° y 42 delDecreto Acuerdo N° 366/2010 y elArtículo 3° del Decreto N° 391/2010.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Modifíquese el Pre-

supuesto de Erogaciones de laAdministración Pública Provincialvigente año 2010 del modo quese indica en la Planilla Anexa I, queforma parte integrante del presen-te decreto en la suma de Pesosun millón quinientos cuarenta ytres mil ochocientos cuatro ($1.543.804,00).

Artículo 2° - Modifíquenselas Erogaciones Figurativas dela Administración Central (año2010), del modo que se indicaen la Planilla Anexa II, que for-ma parte integrante del presen-te decreto, debiendo conside-rarse aumentadas en la sumade Pesos un millón quinientosmil ($ 1.500.000,00).

Artículo 3° - Modifíquense losRecursos Figurativos de la Direc-ción de Niñez, Adolescencia y Fa-milia (año 2010), del modo quese indica en la Planilla Anexa III,que forma parte integrante delpresente decreto, debiendo con-siderarse aumentados en lasuma de Pesos un millón qui-nientos mil ($ 1.500.000,00).

Artículo 4° - El presente decre-to será refrendado por los Seño-res Ministros de Desarrollo Huma-no, Familia y Comunidad y de Ha-cienda.

Artículo 5° - Notifíquese el pre-sente Decreto a Contaduría Gene-ral de la Provincia para su regis-tro, previa intervención de la Direc-ción General de Finanzas del Mi-nisterio de Hacienda.

Artículo 6° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos CiurcaAdrián H. Cerroni

PLANILLA ANEXA IExpediente Nº 3713-M-2010-77762 - Decreto Nº 3178

Ejercicio 2010 N° CUC: 19 Nro. Comp.: 2820 0 00/00/00

1 19 01 S90001 441 05 0 0,00 1.543.804,00 900060002 02 19 02 597102 431 16 0 357.000,00 0,00 136000000 02 19 02 597102 431 16 0 410.000,00 0,00 136000000 02 19 02 597102 412 01 0 75.300,00 0,00 750000000 02 19 02 597102 431 16 0 164.000,00 0,00 136000000 02 19 02 597102 431 16 0 79.700,00 0,00 136000000 02 19 02 597102 431 16 0 364.000,00 0,00 136000000 02 19 02 597102 431 16 0 50.000,00 0,00 136000000 01 19 01 S90001 412 01 0 43.804,00 0,00 750000000 0

1.543.804,00 1.543.804,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-ciones

Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc. Grupo

Insumo / Sub

1 06 25 H20001 652 02 000 1.500.000,00 611000173

1.500.000,00 0,00

PLANILLA ANEXA IIMODIFICACION DE LAS EROGACIONES FIGURATIVASExpediente Nº 3713-M-2010-77762 - Decreto Nº 3178

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-ciones

Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc. Grupo

de Insumo

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2427

PLANILLA ANEXA IIIMODIFICACION DE LOS RECURSOS FIGURATIVOS

Expediente Nº 3713-M-2010-77762 - Decreto Nº 3178

Concepto Aumento

Fin

anc.

P. P

arc.

P.P

rinc.

Se

cto

rO

rigen

Sec

ción

U. O

rg.

Juris

dic.

Car

ácte

r

Repartición

2 19 02 DINAF 3 1 1 01 00 000 Rem. de laAdm. Cent. 1.500.000

Dismi-nución

DECRETO N° 3.518

Mendoza, 30 de diciembre de2010

Visto el expediente 2420-M-2010-77762, en el cual obra el De-creto N° 2010 de fecha 31 de agos-to de 2010, mediante el cual semodificó el Presupuesto de Ero-gaciones vigente año 2010, en lasuma de $ 100.000; yCONSIDERANDO:

Que en virtud del informe de laDirección General de Finanzas delMinisterio de Hacienda, obrante afs. 6/7 del expediente de referencia,avalado por la Subsecretaría deHacienda a fs. 8 de dichas actua-ciones, debió ser remitida la piezaadministrativa, en carácter de devo-lución, al Ministerio de DesarrolloHumano, Familia y Comunidad.

Que no obstante lo expuesto pre-cedentemente, por un error involun-tario en el procedimiento, se giró alSr. Ministro de Hacienda y a la Go-bernación para la tramitación de lasfirmas de la norma legal, la que seregistró bajo el N° 2010, por lo quese debe proceder a su derogación.

Por ello, atento a lo aconsejadopor la Subsecretaría de Haciendadel Ministerio de Hacienda y la Sub-dirección de Presupuesto y la Direc-ción General de Administración yRecursos Humanos del Ministeriode Desarrollo Humano, Familia yComunidad; lo dictaminado por Ase-soría Letrada y la conformidad de laDirección de Asuntos Legales delcitado Ministerio, en el marco de lasdisposiciones de los Arts. 52° -inc.a)- y 53° -inc. b)- de la Ley N° 3909,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1°- Deróguese el De-

creto N° 2010 de fecha 31 de agos-to de 2010, por los motivos ex-puestos en los considerandos delpresente decreto.

Artículo 2°- El presente decretoserá refrendado por los Sres. Mi-nistros de Desarrollo Humano, Fa-milia y Comunidad y de Hacienda.

Artículo 3°- Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos ArandaMtro. de Seguridada/c. Mrio. Desarrollo Humano,Familia y ComunidadAdrián H. Cerroni

DECRETO N° 163

Mendoza, 10 de febrero de 2011Visto el expediente 8898-H-

2010-00020, en el cual se solicitase tenga por declarada de InterésProvincial la Muestra Fotográficadenominada "Missing Children -Chicos Perdidos de Argentina",realizada entre los días 27 de se-tiembre y 01 de octubre de 2010,en la Honorable Legislatura Pro-vincial, yCONSIDERANDO:

Que la mencionada muestrafue organizada por MissingChildren, asociación sin fines delucro que se constituyó en el año1999 con un grupo de voluntariosde Red Solidaria, con el objetivode ayudar a las familias a encon-trar a sus chicos perdidos, habien-do recuperado a la fecha más de4.000 niños.

Que se trata de una muestrafotográfica itinerante que proponela difusión de fotos de los meno-res perdidos, demostrando que eltrabajo conjunto de la sociedadpuede obtener resultadosinimaginados.

Que para la muestra inaugu-ral, a cargo de la Presidenta deMissing Children Mendoza, Sra.Liliana Sánchez, se convocó aalumnos de EGB 1 y 2, con el ob-jeto de otorgarles herramientasque permitan desarrollar su sen-sibilidad para detectar situacionesde riesgo.

Por ello, atento al pedido for-mulado, lo dictaminado por la Di-rección de Asuntos Legales delMinisterio de Desarrollo Humano,Familia y Comunidad y no repre-sentando compromiso económi-co para la Provincia,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1°- Téngase por decla-

rada de Interés Provincial la Mues-tra Fotográfica denominada"Missing Children - Chicos Perdi-dos de Argentina", realizada entrelos días 27 de setiembre y 01 deoctubre de 2010, en la LegislaturaProvincial.

Artículo 2°- Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUECarlos Ciurca

MINISTERIO DE SALUD______

DECRETO N° 3.523

Mendoza, 30 de diciembre de2010

Visto los expedientes 111-A-10-04826 y 368-A-10-04768, enlos cuales se solicita la aproba-ción de los Contratos de Locaciónde Servicios Profesionales y Lo-cación de Servicios, celebradosentre la Provincia de Mendoza, re-presentada por el Sr. Ministro deSalud, Dr. Juan Carlos Behler y di-versas personas, quienes se des-empeñan en distintas dependen-cias del Ministerio de Salud; yCONSIDERANDO:

Que resulta imprescindiblecontar con recursos humanos idó-neos para instrumentar diversosprogramas y tareas implementa-das por el Ministerio.

Que no revistando en la Juris-dicción personal suficiente para laimplementación y funcionamien-to de los Programas en marcha,resulta indispensable contratarbajo el sistema de locación de ser-vicios, a personas para la realiza-ción de las tareas que posibilitenalcanzar los objetivos que el Mi-nisterio de Salud se ha propuestocomo metas para el año 2010.

Por ello, habiéndose diligen-ciado los pertinentes volantes deimputación, en razón de lo infor-mado por la Subdirección de Per-sonal, lo dictaminado por la Sub-dirección de Asesoría Legal, loaconsejado por la Dirección deRecursos Humanos, lo estableci-do por el Art. 40° de la Ley N° 6554y modificatorias vigente por el Art.97° Ley N° 8154 - Presupuesto2010 - y Decreto Reglamentario N°366/10,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Reconózcanse a

partir de las fechas que se indi-can y hasta la fecha del presentedecreto, los servicios prestadospor las personas que se mencio-nan, quienes se desempeñan enla dependencia del Ministerio deSalud que a continuación se indi-can:Locación de Servicios Profesiona-lesA partir del 01 de junio de 2010Area Sanitaria LavalleDra. Frías Segovia, María Eugenia,DNI N° 26.297.579, expediente111-A-10-04826.Locación de ServiciosA partir del 01 de noviembre de2010Area Sanitaria Godoy Cruz

Da. Giaquinta, Cecilia Andrea, DNIN° 21.854.863, expediente 368-A-10-04768.

Artículo 2º - Apruébense por losperíodos que se detallan, los Con-tratos de Locación de ServiciosProfesionales y Contratos de Lo-cación de Servicios, celebradosoportunamente entre la Provinciade Mendoza, representada por elSr. Ministro de Salud Dr. Juan Car-los Behler y las personas que semencionan, quienes se desempe-ñan en las dependencias del Mi-nisterio de Salud que a continua-ción se indican:Locación de Servicios Profesiona-lesA partir del 01 de junio y hasta el31 de diciembre de 2010Area Sanitaria LavalleDra. Frías Segovia, María Eugenia,DNI N° 26.297.579, expediente111-A-10-04826.Locación de ServiciosA partir del 01 de noviembre y has-ta el 31 de diciembre de 2010Area Sanitaria Godoy CruzDa. Giaquinta, Cecilia Andrea, DNIN° 21.854.863, expediente 368-A-10-04768.

Artículo 3º - Establézcase queel gasto que demande el cumpli-miento del presente decreto, seráatendido por Tesorería General dela Provincia, con cargo a las si-guientes partidas - Presupuestoaño 2010:Cuenta General: S96048 41305000 - S96043 41305 000.Unidad de Gestión: S48013 -S70662.

Artículo 4° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEAdrián H. CerroniMtro. Haciendaa/c. Mrio. de Salud

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DECRETO N° 19

Mendoza, 5 de enero de 2011Visto el expediente 67-H-11-

77770, en el cual se solicita laadscripción de la Dra. GracielaHaydee Avila Ledezma, a la Hono-rable Cámara de Senadores.

Por ello, en razón del pedidoformulado y lo informado por laSubdirección de Personal del Mi-nisterio de Salud.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Exceptúese del

Decreto N° 2505/10, a la Dra.Graciela Haydee Avila Ledezma,clase 1955, DNI N° 12.333.155.

Artículo 2° - Adscríbase a laHonorable Cámara de Senado-res, a la profesional que se men-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112428

ciona, quien revista en el cargoque se indica, con funciones en ladependencia que se detalla:Jurisdicción 08 - Carácter 1Servicio Coordinado de Emergen-cias - Unidad Organizativa 29Clase 008 - Médico - Cód. 27-3-04-01 Servicio de Guardia (Régi-men Guardia) Clínica Médica o Ci-rugía General Por ConcursoDra. Graciela Haydee AvilaLedezma, clase 1955, DNI N°12.333.155, CUIL N° 27-12333155-4.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEJuan Carlos Behler

_______________________________

DECRETO N° 20

Mendoza, 5 de enero de 2011Visto el expediente 6472-H-10-

77770, en el cual se solicita la con-tinuidad de la adscripción del Dr.Rodolfo Rubén Patti, a la Honora-ble Cámara de Senadores - Blo-que Justicialista.

Por ello, en razón del pedidoformulado y lo informado por laSubdirección de Personal.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Exceptúese del De-

creto N° 2505/10, al Dr. RodolfoRubén Patti, clase 1949, LE N°7.662.663.

Artículo 2° - Autorícese la conti-nuidad de la adscripción a la Hono-rable Cámara de Senadores - Blo-que Justicialista, al profesional quese menciona, quien revista en elcargo que se indica, con funcionesen la dependencia que se detalla:Jurisdicción 08 - Carácter 2Hospital “Alfredo I. Perrupato” -Unidad Organizativa 11Clase 008 - Médico - Cód. 27-3-04-01 - Efectivo - Decreto-Ley N° 4871/83 - Adscripto a la Honorable Cá-mara de Senadores - BloqueJusticialista, Decreto N° 835/06.Dr. Rodolfo Rubén Patti, clase1949, LE N° 7.662.663, CUIL N°20-07662663-5.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEJuan Carlos Behler

_______________________________

DECRETO N° 29

Mendoza, 6 de enero de 2011Visto el expediente 298-S-10-

05147, en el cual se solicita declararde Interés Provincial la realización delas “Séptimas Jornadas Andinas deEmergencias Prehospitalarias”, or-

ganizadas por el Servicio Coordina-do de Emergencias del Ministerio deSalud, que se llevaron a cabo los días9 y 10 de diciembre de 2010, ennuestra Provincia, yCONSIDERANDO:

Que las mismas tuvieroncomo prioridad los temas relacio-nados con las “Emergencias enEventos Masivos”.

Que el Servicio Coordinado deEmergencias del citado Ministerio,se encuentra trabajando en la con-fección de un Plan de RespuestaIntegral para el Estadio Provincial,en conjunto con la Policía de Men-doza, Bomberos, Secretaría de Tu-rismo y Secretaría de Deportes, conel fin de protocolizar el accionar delos distintos actores responsablesde brindar soluciones en casos deeventos inesperados que ponganen riesgo la integridad física de laspersonas.

Por ello en razón del pedidoformulado, lo aconsejado por laSubsecretaría de Gestión de Sa-lud del Ministerio de Salud,

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Ténganse por de-

clarada de Interés Provincial larealización de las “Séptimas Jor-nadas Andinas de EmergenciasPrehospitalarias”, organizadas porel Servicio Coordinado de Emer-gencias del Ministerio de Salud,que se llevaron a cabo los días 9 y10 de diciembre de 2010, en nues-tra Provincia.

Artículo 2° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEJuan Carlos Behler

_______________________________

DECRETO N° 195

Mendoza, 18 de febrero de 2011Visto el expediente 6469-H-10-

77770, en el cual se solicita la con-tinuidad de adscripción del Dr. An-gel Pellegrino, a la Honorable Cá-mara de Senadores - Bloque Se-nadores Unión Cívica Radical.

Por ello, en razón del pedidoformulado y lo informado por laSubdirección de Personal.

EL GOBERNADORDE LA PROVINCIA

DECRETA:Artículo 1° - Exceptúese del De-

creto N° 2505/10, al Dr. AngelPellegrino, clase 1957, DNI N°12.458.365.

Artículo 2° - Autorícese la conti-nuidad de la adscripción a la Ho-norable Cámara de Senadores -Bloque Senadores Unión CívicaRadical, al profesional que semenciona, quien revista en el car-

go que se indica, con funcionesen la dependencia que se detalla:Jurisdicción 08 - Carácter 1Area Sanitaria Maipú - Unidad Or-ganizativa 50Clase 008 - Médico - Cód. 27-3-04-01, Pediatría - Por Concurso Adscriptoa la Honorable Cámara de Senado-res - Bloque Senadores Unión CívicaRadical, Decreto N° 647/07.Dr. Angel Pellegrino, clase 1957,DNI N° 12.458.365, CUIL N° 23-12458365-9.

Artículo 3° - Comuníquese, pu-blíquese, dése al Registro Oficialy archívese.

CELSO ALEJANDRO JAQUEJuan Carlos Behler

MINISTERIO DE SEGURIDAD_____

RESOLUCION N° 63-S

Mendoza, 20 de enero de 2011Visto el expediente N° 15899-

V-2010-00106; yCONSIDERANDO:

Que en las citadas actuacio-nes la señora Janine Mary Vade,viuda del Comisario inspector -Personal Policial- (F) PedroHeriberto Mancuso Martínez, soli-cita que la baja sea consideradaen acto de servicio, el ascenso algrado inmediato superior y se leotorgue la pensión de ComisarioInspector y/o Mayor, con los retro-activos correspondientes;

Que el Comisario Inspector P.P.(F) Mancuso, fue dado de baja porfallecimiento en octubre de 1978 yen su presentación, la señoraVade, relata los hechos que dieronorigen a su baja como así tambiénla situación apremiante por la cualha pasado, sin embargo no exis-ten elementos que permitan de-mostrar fehacientemente los di-chos y hechos invocados y quepuedan ser un sustrato legal pararemediar o intentar remediar losucedido, por lo que no correspon-de hacer lugar a lo solicitado.

Por ello y lo dictaminado porAsesoría Letrada a fs. 09,

EL MINISTRO DE SEGURIDADRESUELVE:

1°) No hacer lugar al reclamoformulado por la señora JanineMary Vade, D.N.I. N° 12.931.095,viuda del Comisario Inspector -Personal Policial- (F) PedroHeriberto Mancuso Martínez, porlas razones expuestas en los con-siderandos precedentes.

2°) Comuníquese, notifíquesee insértese en el Libro de Resolu-ciones.

Carlos Aranda11/14/15/3/2011 (3 P.) S/Cargo

Resoluciones

MINISTERIO DE HACIENDA_____

RESOLUCION N° 723-H

Mendoza, 1 de diciembre de2010

Visto el Expediente N° 112 -Letra D - Año 2010 - Código 01031donde se tramita la distribución afavor de las Municipalidades de laProvincia de los fondos corres-pondientes al Fondo Federal Soli-dario, creado mediante el DecretoNacional N° 206/09; yCONSIDERANDO:

Que el fondo mencionado tie-ne por objeto financiar obras quecontribuyan a la mejora de la in-fraestructura sanitaria, educativa,hospitalaria, de vivienda o vial enámbitos urbanos o rurales, paralo cual el Estado Nacional destinaal mismo el treinta por ciento(30%) de las sumas que efectiva-mente percibe en concepto dederechos de exportación de soja,en todas sus variedades y susderivados;

Que los ingresos del FondoFederal Solidario se distribuyenentre las Provincias adheridas aldecreto nacional citado, de acuer-do a los porcentajes establecidosen la Ley N° 23.548 y sus modifi-catorias;

Que la Provincia adhiere a lodispuesto por el Decreto NacionalN° 206/09, mediante la Ley N°8028 e invita a los Municipios aexpresar su adhesión a la misma;

Que la ley citada establece ensu artículo 3° que los fondos queperciba la Provincia por este con-cepto se distribuirán entre las Mu-nicipalidades adheridas, en unporcentaje no inferior al treinta porciento (30%) del monto total de losmismos;

Que mediante los artículos 5°y 6° del Decreto Acuerdo N° 640/09, reglamentario de la Ley N°8028, se autoriza al Ministerio deHacienda a disponer la distribu-ción entre las Municipalidades, aque se hace referencia en el pá-rrafo precedente y, se estableceque la misma se hará con unaperiodicidad quincenal y se deter-minará aplicando el índice dis-puesto en el artículo 2° de la LeyN° 6396 y sus modificatorias;

Que se ha aplicado el índiceindicado en el párrafo anterior, fi-jado para el ejercicio 2010, me-diante la Resolución N° 517-H-10;

Que todas las Municipalida-des han adherido a las disposi-ciones de la Ley N° 8028, segúnse indica: Municipalidades de laCiudad de Mendoza, GeneralAlvear, Godoy Cruz, Guaymallén,Junín, La Paz, Las Heras, Lavalle,

Page 13: PROVINCIA DE MENDOZA - …gobernac.old.mendoza.gov.ar/boletin/pdf/20110315-28857-normas.pdf · mulgación de la presente Ley, sin contar las inversiones previstas en su artículo

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2429

Luján de Cuyo, Maipú, Malargüe,Rivadavia, San Carlos, GeneralSan Martín, San Rafael, SantaRosa, Tunuyán y Tupungato, me-diante las Ordenanzas Municipa-les Nros. 3748/09, 3564/09, 5701/09, 7546/09, 77/09, 7/09, 15/09,671/09, 8668/09, 4525/09, 1462/09, 4424/09, 1242/09, 2342/09,9409/09, 1762/09, 2098/09 y 5/09,respectivamente;

Que resulta necesario ajustarel crédito vigente en la partida res-pectiva por el importe resultantede considerar el treinta por ciento(30%) de la mayor recaudación re-gistrada proveniente del Fondo Fe-deral Solidario, menos el incre-mento tramitado mediante las Re-soluciones Nros. 655-H-10 y 677-H-10, a los efectos de distribuirentre los Municipios el monto queles corresponde, según lo esta-blecido en el artículo 4° del Decre-to Nacional N° 206/09 y en el artí-culo 3° de la Ley N° 8028;

Por ello, en virtud de la facul-tad conferida por el Artículo 14 in-ciso d) de la Ley N° 8154 y por losArtículos 4°, 42° y 52° del Decreto- Acuerdo N° 366/10,

EL MINISTRO DE HACIENDARESUELVE:

Artículo 1° - Increméntese elPresupuesto de Erogaciones vi-gente de la Administración Públi-ca Provincial año 2010, del modoque se indica en la Planilla AnexaI, que forma parte integrante deesta Resolución, cuyo monto as-ciende a la suma total de Cuatromillones cuatrocientos noventa ytres mil ochocientos sesenta y trespesos con noventa y cinco centa-vos ($ 4.493.863,95).

Artículo 2° - Increméntese elCálculo de Recursos vigente dela Administración Central año2010, del modo que se indica enla Planilla Anexa II, que forma par-te integrante de esta Resolución,cuyo monto asciende a la sumatotal de Cuatro millones cuatro-cientos noventa y tres mil ocho-cientos sesenta y tres pesos connoventa y cinco centavos ($4.493.863,95), correspondiente altreinta por ciento (30%) del mayormonto ingresado registrado a lafecha, menos el incremento trami-tado mediante las ResolucionesNros. 655-H-10 y 677-H-10.

Artículo 3° - Autorícese a Con-taduría General de la Provincia aliquidar a favor de las Municipali-dades que se detallan y por losmontos que se indican en la Pla-nilla Anexa III, que forma parte dela presente resolución, en concep-to de Fondo Federal Solidario, co-rrespondiente a la segunda quin-cena de noviembre de 2010, con-forme a lo dispuesto en el Decre-to Nacional N° 206/09, la Ley N°8028 y el Decreto Acuerdo N° 640/09, la suma de Cuatro millonescuatrocientos noventa y tres milochocientos sesenta y cuatro pe-sos ($ 4.493.864).

Artículo 4° - El importe previstoen el artículo anterior se liquidarácon cargo a la partida: H-20008-552-05-248 “Otros Aportes a Mu-nicipios” y unidades de gestión degasto respectivas del Presupues-to de Erogaciones vigente, deta-lladas en la Planilla Anexa III, queforma parte de la presente resolu-ción.

Artículo 5° - Las Municipalida-des indicadas en la Planilla AnexaIII de esta resolución, deberándestinar los fondos que se liqui-dan por el artículo 3° de la misma,exclusivamente a obras que con-tribuyan a la mejora de la infraes-tructura sanitaria, educativa, hos-pitalaria, de vivienda o vial en ám-bitos urbanos o rurales, conformea lo dispuesto en el artículo 1° delDecreto Nacional N° 206/09 y artí-culo 7° de la Ley N° 8028.

Artículo 6° - Las Municipalida-des indicadas en la Planilla AnexaIII de la presente resolución debe-rán rendir cuenta documentada delos fondos recibidos ante el Ho-norable Tribunal de Cuentas de laProvincia, de acuerdo a la norma-tiva vigente.

Artículo 7° - La presente Reso-lución será comunicada a la Ho-norable Legislatura Provincial, porintermedio de este Ministerio.

Artículo 8° - Comuníquese lapresente norma legal a Conta-duría General de la Provinciapara su registración, previa inter-vención de la Dirección Generalde Finanzas.

Artículo 9° - Comuníquese, pu-blíquese, insértese en el Libro deResoluciones y archívese.

Adrián H. Cerroni

PLANILLA ANEXA IExpediente Nº 112-D-10-01031 - Resolución Nº 723-H-10

Ejercicio 2010 N° CUC: 906 Nro. Comp.: 7870 0 00/00/00

1 06 25 H20008 552 05 248 4.493.863,95 0,00 154000009 0

4.493.863,95 0,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-ciones

Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc. Grupo

Insumo / Sub

PLANILLA ANEXA IIMODIFICACION DEL CALCULO DE RECURSOS

DE LA ADMINISTRACION CENTRALAÑO 2010

Expediente Nº 112-D-10-01031 - Resolución Nº 723-H-10

Sec

ción

Orig

en

Sec

tor

P. P

rinc.

P. P

arc.

Fin

anc.

CONCEPTO AUMENTO

2 Recursos de Capital 4.493.863,955 De Origen Nacional 4.493.863,95

1 Transferen. de AdministraciónCentral Nacional 4.493.863,95

01 Afectación Derechos deExportación 4.493.863,95

01 De la Soja 4.493.863,95248 Fdo. Fed. Solidario Ley 8028

Dto. 206/09 4.493.863,95

PLANILLA ANEXA IIIResolución N° 723-H-10

Distrib. porMunicipalidades Mun. Fondo

Fed. Solid.2° Quincena

Noviem. 2010H-30880 Capital 291.741H-30881 G. Alvear 172.520H-30882 Godoy Cruz 494.324H-30883 Guaymallén 571.034H-30884 Junín 135.266H-30885 La Paz 110.459H-30886 Las Heras 482.864H-30887 Lavalle 153.061H-30888 Luján 276.508H-30889 Maipú 391.685H-30890 Malargüe 80.081H-30891 Rivadavia 123.941H-30892 San Carlos 103.629H-30893 San Martín 282.619H-30894 San Rafael 436.220H-30895 Santa Rosa 115.852H-30896 Tunuyán 172.565H-30897 Tupungato 99.495Total 4.493.864

RESOLUCION N° 748-H

Mendoza, 16 de diciembre de2010

Visto el Expediente N° 117 -Letra D - Año 2010 - Código 01031donde se tramita la distribución afavor de las Municipalidades de laProvincia de los fondos corres-pondientes al Fondo Federal Soli-dario, creado mediante el DecretoNacional N° 206/09; yCONSIDERANDO:

Que el fondo mencionado tie-ne por objeto financiar obras quecontribuyan a la mejora de la in-fraestructura sanitaria, educativa,hospitalaria, de vivienda o vial enámbitos urbanos o rurales, paralo cual el Estado Nacional destinaal mismo el treinta por ciento(30%) de las sumas que efectiva-mente percibe en concepto dederechos de exportación de soja,en todas sus variedades y susderivados;

Que los ingresos del Fondo

Federal Solidario se distribuyenentre las Provincias adheridas aldecreto nacional citado, de acuer-do a los porcentajes establecidosen la Ley N° 23.548 y sus modifi-catorias;

Que la Provincia adhiere a lodispuesto por el Decreto NacionalN° 206/09, mediante la Ley N°8028 e invita a los Municipios aexpresar su adhesión a la misma;

Que la ley citada establece ensu artículo 3° que los fondos queperciba la Provincia por este con-cepto se distribuirán entre las Mu-nicipalidades adheridas, en unporcentaje no inferior al treinta porciento (30%) del monto total de losmismos;

Que mediante los artículos 5°y 6° del Decreto Acuerdo N° 640/09, reglamentario de la Ley N°8028, se autoriza al Ministerio deHacienda a disponer la distribu-ción entre las Municipalidades, aque se hace referencia en el pá-rrafo precedente y, se estableceque la misma se hará con unaperiodicidad quincenal y se deter-minará aplicando el índice dis-puesto en el artículo 2° de la LeyN° 6396 y sus modificatorias;

Que se ha aplicado el índiceindicado en el párrafo anterior, fi-jado para el ejercicio 2010, me-diante la Resolución N° 517-H-10;

Que todas las Municipalida-des han adherido a las disposi-ciones de la Ley N° 8028, segúnse indica: Municipalidades de laCiudad de Mendoza, GeneralAlvear, Godoy Cruz, Guaymallén,Junín, La Paz, Las Heras, Lavalle,Luján de Cuyo, Maipú, Malargüe,Rivadavia, San Carlos, GeneralSan Martín, San Rafael, SantaRosa, Tunuyán y Tupungato, me-diante las Ordenanzas Municipa-les Nros. 3748/09, 3564/09, 5701/09, 7546/09, 77/09, 7/09, 15/09,671/09, 8668/09, 4525/09, 1462/09, 4424/09, 1242/09, 2342/09,9409/09, 1762/09, 2098/09 y 5/09,respectivamente;

Que resulta necesario ajustar

Page 14: PROVINCIA DE MENDOZA - …gobernac.old.mendoza.gov.ar/boletin/pdf/20110315-28857-normas.pdf · mulgación de la presente Ley, sin contar las inversiones previstas en su artículo

BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112430

el crédito vigente en la partida res-pectiva por el importe resultantede considerar el treinta por ciento(30%) de la mayor recaudación re-gistrada proveniente del Fondo Fe-deral Solidario, menos el incre-mento tramitado mediante las Re-soluciones Nros. 655-H-10, 677-H-10 y 723-H-10, a los efectos dedistribuir entre los Municipios elmonto que les corresponde, se-gún lo establecido en el artículo4° del Decreto Nacional N° 206/09 y en el artículo 3° de la Ley N°8028;

Por ello, en virtud de la facul-tad conferida por el Artículo 14 in-ciso d) de la Ley N° 8154 y por losArtículos 4°, 42° y 52° del Decreto- Acuerdo N° 366/10,

EL MINISTRO DE HACIENDARESUELVE:

Artículo 1° - Increméntese elPresupuesto de Erogaciones vi-gente de la Administración Públi-ca Provincial año 2010, del modoque se indica en la Planilla AnexaI, que forma parte integrante deesta Resolución, cuyo monto as-ciende a la suma total de Un mi-llón seiscientos diez mil cientoochenta y seis pesos con dieci-nueve centavos ($ 1.610.186,19).

Artículo 2° - Increméntese elCálculo de Recursos vigente dela Administración Central año2010, del modo que se indica enla Planilla Anexa II, que forma par-te integrante de esta Resolución,cuyo monto asciende a la sumatotal de Un millón seiscientos diezmil ciento ochenta y seis pesoscon diecinueve centavos ($1.610.186,19), correspondiente altreinta por ciento (30%) del mayormonto ingresado registrado a lafecha, menos el incremento trami-tado mediante las ResolucionesNros. 655-H-10, 677-H-10 y 723-H-10.

Artículo 3° - Autorícese a Con-taduría General de la Provincia aliquidar a favor de las Municipali-dades que se detallan y por losmontos que se indican en la Pla-nilla Anexa III, que forma parte dela presente resolución, en concep-to de Fondo Federal Solidario, co-rrespondiente a la primera quin-cena de diciembre de 2010, con-forme a lo dispuesto en el Decre-to Nacional N° 206/09, la Ley N°8028 y el Decreto Acuerdo N° 640/09, la suma de Un millón seiscien-tos diez mil ciento ochenta y cincopesos ($ 1.610.185).

Artículo 4° - El importe previstoen el artículo anterior se liquidarácon cargo a la partida: H-20008-552-05-248 “Otros Aportes a Mu-nicipios” y unidades de gestión degasto respectivas del Presupues-to de Erogaciones vigente, deta-

lladas en la Planilla Anexa III, queforma parte de la presente resolu-ción.

Artículo 5° - Las Municipalida-des indicadas en la Planilla AnexaIII de esta resolución, deberándestinar los fondos que se liqui-dan por el artículo 3° de la misma,exclusivamente a obras que con-tribuyan a la mejora de la infraes-tructura sanitaria, educativa, hos-pitalaria, de vivienda o vial en ám-bitos urbanos o rurales, conformea lo dispuesto en el artículo 1° delDecreto Nacional N° 206/09 y artí-culo 7° de la Ley N° 8028.

Artículo 6° - Las Municipalida-des indicadas en la Planilla AnexaIII de la presente resolución debe-

PLANILLA ANEXA IIMODIFICACION DEL CALCULO DE RECURSOS

DE LA ADMINISTRACION CENTRALAÑO 2010

Expediente Nº 117-D-10-01031 - Resolución Nº 748-H-10

Sec

ción

Orig

en

Sec

tor

P. P

rinc.

P. P

arc.

Fin

anc.

CONCEPTO AUMENTO

2 Recursos de Capital 1.610.186,195 De Origen Nacional 1.610.186,19

1 Transferen. de AdministraciónCentral Nacional 1.610.186,19

01 Afectación Derechos deExportación 1.610.186,19

01 De la Soja 1.610.186,19248 Fdo. Fed. Solidario Ley 8028

Dto. 206/09 1.610.186,19

PLANILLA ANEXA IExpediente Nº 117-D-10-01031 - Resolución Nº 748-H-10

Ejercicio 2010 N° CUC: 906

1 06 25 H20008 552 05 248 1.610.186,19 0,00 154000009 0

1.610.186,19 0,00

Unidadde

Gestión

Clasif.Econ.

Disminu-ciones

Aumentos

Car

ác.

Juris

.

U. O

rg.

Fin

anc. Grupo

Insumo / Sub

rán rendir cuenta documentada delos fondos recibidos ante el Ho-norable Tribunal de Cuentas de laProvincia, de acuerdo a la norma-tiva vigente.

Artículo 7° - La presente Reso-lución será comunicada a la Ho-norable Legislatura Provincial, porintermedio de este Ministerio.

Artículo 8° - Comuníquese lapresente norma legal a Conta-duría General de la Provinciapara su registración, previa inter-vención de la Dirección Generalde Finanzas.

Artículo 9° - Comuníquese, pu-blíquese, insértese en el Libro deResoluciones y archívese.

Adrián H. Cerroni

MINISTERIO DE SALUD_____

RESOLUCION Nº 3.314

Mendoza, 28 de diciembre de2010

Visto los expedientes 1435-H-09-04513, 1433-H-09-04513,1349-H-09-04513, 1350-H-09-04513 y 1834-H-08-04513, en elcual se solicita se otorgue el Adi-cional por Mayor Dedicación queestablecen los Art. 12 y 23 delConvenio Colectivo de TrabajoSector Salud, homologado porDecreto Nº 1630/07, ratificado porla Ley Nº 7759, a diferentes profe-sionales de la salud con cargo deplanta y que poseen contratos delocación de servicios por exten-sión horaria; yCONSIDERANDO:

Que el Art. 11 de la Ley Nº 7557,

modificado por la Ley Nº 7837,dispone que en los casos de pro-fesionales con ley de carrera ycontrato de locación se deberáotorgar los adicionales que co-rrespondan según la legislaciónvigente.

Que mediante Resolución Nº3172/10 se ha efectuado latransferencia de crédito necesa-ria para atender el gasto que de-mande el cumplimiento de loestablecido por la presente re-solución.

Que se ha dado cumplimien-to a lo establecido por el Art. 2ºdel Decreto-Acuerdo Nº 565/08 yDecreto - Acuerdo Nº 608/08.

Por ello, en razón de lo infor-mado por la Subdirección de Per-sonal, de acuerdo con lo dispues-to por el Art. 11 de la Ley Nº 7557 ysus modificatorias y Art. Nº 124 dela Ley Nº 8154.

EL MINISTRO DE SALUDRESUELVE:

Artículo 1º- Otorgar el Adicio-nal por Mayor Dedicación, queestablecen los Arts. 12 y 23 delConvenio Colectivo de TrabajoSector Salud, homologado porDecreto Nº 1630/07, ratificado porla Ley Nº 7759, en los porcenta-jes que se señalan, a los profe-sionales que se mencionan, quie-nes revistan en los cargos y de-pendencias que se indican:Jurisdicción 08 - Carácter 2Hospital “Dr. Humberto Notti” -Unidad Organizativa 02Clase 002 - Bioquímico - Cód. 27-3-04-02 - Cumplirá el Adicionalpor Mayor Dedicación en el Hosp.“Carlos Saporiti”.Dr. Hugo Arnaldo Pulenta, clase1974, D.N.I. Nº 23.725.269, CUILNº 20- 23725269-2Mayor Dedicación Profesional:30%Jurisdicción 08 - Carácter 1Area Sanitaria Maipú - Unidad Or-ganizativa 50Clase 007 - Médico - Cód. 27-3-04-01 - Cumplirá el Adicional porMayor Dedicación en el Hosp.“Carlos Saporiti”.Dr. José Manuel Peralta, clase1964, D.N.I. Nº 16.672.147, CUILNº 20-16672147-5Mayor Dedicación Prof.: 30%Jurisdicción 08 - Carácter 2Hospital “Alfredo I. Perrupato” -Unidad Organizativa 11Clase 001 - Médico - Cód 27-3-04-01 - Cumplirá el Adicional porMayor Dedicación en el Hosp.“Carlos Saporiti”.Dr. Ricardo Adrián Egarrat, clase1965, D.N.I. Nº 17.598.005, CUILNº 23-17598005-9Mayor Dedicación Prof.: 50%Clase 002 - Médico - Cód. 27-3-04-01 - Cumplirá el Adicional porMayor Dedicación en el Hosp.“Carlos Saporiti”.Dr. Leandro Matías Carpio, clame1974, D.N.I. Nº 23.825.827, CUILNº 20-23825827-9Mayor Dedicación Profesional:30%Clase 008 - Obstetra - Cód. 27-3-04-04 -Obst. María Tomasa Illanes, cla-se 1945, L.C. Nº 5.276.410, CUILNº 27-05276410-4Jurisdicción 08 - Carácter 1Área Sanitaria Junín - Unidad Or-ganizativa 45Clase 003 - Médico - Cód. 27-3-04-01 -Dr. Virgilio Ramón Segura, clase1965, DNI Nº 17.289.760, CUIL Nº20-17289760-7Mayor Dedicación Prof.: 100%

Artículo 2º- El gasto que de-mande el cumplimiento de lo dis-puesto por el Art. 1º de la presen-

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 2011 2431

DIRECCION GENERALDE ESCUELAS

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RESOLUCION Nº 341

Mendoza, 11 de marzo de 2011VIisto el Expediente Nº 1670-

S-11-02369, caratulado: "Subse-cretaría de Educación s/Titularización por Paritarias Do-centes para todos los Niveles-Modalidades"; yCONSIDERANDO:

Que oportunamente la Direc-ción General de Escuelas partici-pó en los Acuerdos Paritarios Na-cionales celebrados en la sede delMinisterio de Trabajo y SeguridadSocial de la Nación, entre el Mi-nisterio de Educación de la Na-ción, el Comité Ejecutivo del Con-sejo Federal de Educación y laCentral de Trabajadores de laEducación de la República Argen-tina (CTERA) en el Expediente Ad-ministrativo Nº 1.243.441/07;

Que en el ámbito de la TerceraConvención Colectiva de los Tra-bajadores de la Educación de laProvincia de Mendoza, Expedien-te Nº 1015-S-04-0100, original dela Subsecretaría de Trabajo y Se-guridad Social de la Provincia, laDirección General de Escuelas,acordó con los representantesgremiales del Sindicato Unido deTrabajadores de la Educación(SUTE), según Acta Paritaria defecha 17 de diciembre de 2008, latitularización de todos los trabaja-dores de la Educación dependien-tes de la Dirección General deEscuelas, que prestan serviciosen los establecimientos educati-vos de gestión estatal, en todoslos niveles y modalidades del sis-tema, que hayan ingresado el 01de enero de 1999 hasta el 31 dediciembre de 2005, exceptuando alos docentes de nivel superior, enlos cuales la fecha tope es el 31 dediciembre de 2003 y que a la fechano hayan podido ejercer su dere-cho a la titularización en los car-gos de base, cargos jerárquicosno directivos u horas que desem-peñen desde entonces en formaininterrumpida y forman parte de laplanta orgánica, en las condicio-nes y forma establecidos en laParitaria Nacional Docente utsupra citada en el párrafo anterior;

Que por Decreto del PoderEjecutivo Nº 3861 de fecha 30 dediciembre de 2008, publicado enel Boletín Oficial de la Provincia el21 de enero de 2009, sehomologó ad referéndum de laHonorable Legistatura Provincial,la Tercera Convención de Traba-jadores de la Educación de laProvincia de Mendoza, obrante enel Acta Paritaria de fecha 17 dediciembre de 2008;

Que en consecuencia y luegodel Acuerdo Nacional, el AcuerdoProvincial y la Homologación de-cretada por el Poder Ejecutivo Pro-vincial, corresponde que la Direc-ción General de Escuelas realicetodos los actos útiles para titulari-zar a aquellos trabajadores de laeducación de la Provincia de Men-doza que acrediten los requisitosestablecidos en los Acuerdos;

Que todos aquellos casosque pudieran suscitar dudas o re-sultar equívoca su interpretación,serán analizados y merituadospor la Comisión Mixta deTitularización;

Que la Dirección de AsuntosJurídicos ha emitido dictamen fa-vorable;Por ello y en uso de las facultadesconferidas por el artículo 212 dela Constitución de la Provincia deMendoza,

EL DIRECTOR GENERALDE ESCUELAS

RESUELVE:Artículo 1º - Desígnese con ca-

rácter de titular, a partir del 01 deenero de 2009 a todos los Traba-jadores de la Educación depen-dientes de la Dirección General deEscuelas, que presten serviciosen los establecimientos educati-vos de gestión estatal, en todoslos niveles y modalidades del sis-tema, que hayan ingresado el 01de enero de 1999 hasta el 31 dediciembre de 2005, exceptuandoa los docentes de nivel superior,en los cuales la fecha tope es el31 de diciembre de 2003 y que ala fecha no hayan podido ejercersu derecho a la titularización enlos cargos base, cargos jerárqui-cos no directivos u horas que des-empeñan desde entonces en for-ma ininterrumpida y forman partede la planta funcional y cuyo deta-lle e identificación personal y fun-cional se agregan en el Anexo dela presente Resolución.

Artículo 2º - Establézcase quelas situaciones particulares quepresenten dificultades en la apli-cación de esta Resolución o de lanormativa referenciada o en la in-terpretación, serán derivadas parasu examen a la Comisión Mixta deTitularización que funciona en elámbito paritario.

Artículo 3º - Publíquese, comu-níquese a quienes corresponda einsértese en el Libro de Resolu-ciones.

Carlos Alberto López Puelles_____

Nota: Consultar anexos en el por-tal educativo: www.mendoza.edu.ar_______________________________

RESOLUCIÓN Nº 342

Mendoza, 11 de marzo de 2011Visto el Expediente Nº 15732-

D-10-02369, en el cual se tramitala reestructuración orgánico - fun-cional de la Dirección General deAdministración, Tecnología y Re-cursos Humanos de la DirecciónGeneral de Escuelas; yCONSIDERANDO:

Que por Decreto N° 284/10 ysu modificatorio Decreto Nº 714/10 del Gobierno de la Provincia deMendoza, se aprobó la nueva es-tructura organizativa de la Direc-ción General de Escuelas;

Que en el punto 3 del Anexo Idel Decreto 284/10, se establecie-ron las Misiones y Funciones dela Dirección General de Adminis-tración, Tecnología y RecursosHumanos;

Que conforme a los citadosDecretos, la Dirección menciona-da depende del Director Generalde Escuelas, y tiene entre sus Mi-siones, la de planificar, organizar,dirigir y controlar las políticas y es-trategias relacionadas con la ad-ministración y gestión de los re-cursos humanos, materiales, tec-nológicos y financieros asignadosal sector, en el marco de la legis-lación vigente;

Que de acuerdo a los nuevos re-querimientos a desarrollar en Direc-ción General de Escuelas es nece-sario actualizar la estructura vigentey las Misiones y Funciones de lasáreas pertenecientes a la DirecciónGeneral de Administración, Tecnolo-gía y Recursos Humanos;

Que de acuerdo a esto se de-ben definir funciones que permi-tan establecer una coordinaciónentre los recursos humanos, fi-nancieros y tecnológicos realizan-do asi una mejor aplicación tantoen la gestión pedagógica, en laplanificación escolar, como en lagestión administrativa del sistemaeducativo provincial;

Que por Resolución Nº 1147-DGE-10 se aprobaron las Misio-nes y Funciones de la Direcciónde Tecnologías de la Informacióny es importante realizar un com-pleto dictado de Funciones de laDirección General de Administra-ción, Tecnología y Recursos Hu-manos;

te resolución, será atendido concargo a las siguientes partidasdel presupuesto 2010:Cuenta General: S96004 41101000 - S96050 41101 000 S9612241101 000 - S96045 41101 000Unidad de Gestión: S05001 -S50002 - S70491 - S45003

Artículo 3º- La presente reso-lución será notificada a Contadu-ría General de la Provincia.

Artículo 4º- Lo dispuesto porla presente resolución rige a par-tir de la fecha de su notificación.

Artículo 5º- Comuníquese aquienes corresponda, publíque-se y archívese.

Juan Carlos Behler________________________________

RESOLUCION Nº 171

Mendoza, 18 de febrero de 2011Visto el expediente 905-H-10-

04690, en el cual se solicita am-pliar los términos de la Resolu-ción Nº 3052/10, mediante la cualse designa interinamente a la Dra.Silvina Fidela Córdoba, mientrasla titular del cargo Dra. Iris NoemíAgüero, se encuentre comprendi-da en los términos del Art. 61º dela Ley Nº 5811 - Reserva de Em-pleo - y desempeñe en un cargosuperior, yCONSIDERANDO:

Que por un error involuntarioen dicha Resolución, se ha omiti-do mencionar el Art. 50 del Decre-to Acuerdo Nº 366/10, que estable-ce que “no se podrán realizar de-signaciones de agentes en cargosretenidos, excepto que haya unaimperiosa y esté en peligro la pres-tación de servicios esenciales delestado...”.

Por ello en razón del pedidoformulado y lo informado por laSubdirección de Personal,

EL MINISTRO DE SALUDRESUELVE:

Artículo 1º - Ampliar los térmi-nos de la Resolución Nº 3052/10,mediante la cual se designa interi-namente a la Dra. Silvina FidelaCórdoba, clase 1986, DNI Nº32.194.786, quien revista en el car-go de Clase 106 - Médico - Cód.27-3-04-01 - Hospital “Dr. VictorinoTagarelli” - Unidad Organizativa 15- Carácter 2 - CUIL Nº 27-32.194.786-2, mientras la titular delcargo Dra. Iris Noemí Agüero, seencuentre comprendida en los tér-minos del Art. 61º de la Ley Nº 5811- Reserva de Empleo - y desempe-ñe en un cargo superior, estable-ciendo en su considerando que ladesignación de referencia se efec-túa en conformidad con lo dispues-to por el Art. 50 del Decreto AcuerdoNº 366/10, que establece que “nose podrán realizar designaciones

de agentes en cargos retenidos,excepto que haya una imperiosa yesté en peligro la prestación deservicios esenciales del estado...”.

Artículo 2º - Comuníquese aquienes corresponda, publíquesey archívese.

Juan Carlos Behler_______________________________

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BOLETIN OFICIAL - Mendoza, martes 15 de marzo de 20112432

MUNICIPALIDADDE LAVALLE

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ORDENANZA Nº 741/2.011

Lavalle, 3 de marzo de 2011Visto: El Expediente ML Nº

1812/2011; HCD Nº 23/2011, ca-ratulado "Departamento Ejecutivo"E/Resolución Nº 010/11 ref. Decre-to Municipal 055/11 Declaración deEstado de Emergencia, y;CONSIDERANDO:

Que debido al accidenteclimático registrado el día 23 defebrero del corriente año se hanproducido significativos daños encultivos y viviendas de los Distri-tos de Jocolí Viejo, Tres de Mayo,Alto del Olvido, La Palmera y SanFrancisco;

Que como consecuencia de lainclemencia climática se llegó ala evacuación de familias afecta-das;

Que ante tales circunstancias,se deben buscar los recursos ne-cesarios y las formas de asisten-cias a los damnificados, calculán-dose que la zona perjudicada esde aproximadamente 5.000 has.;

Que ante la situación alarman-te y a los fines de adoptar medi-das tendientes a paliar la situa-

ción, resulta indispensable deter-minar acciones concretas quehagan a la prestación de serviciosmínimos imprescindibles para laasistencia de aquellas viviendasque han sufrido serios daños, ta-les como provisión de nylon,membrana y/o aquellos elemen-tos que durante el momento derecurrir en el auxilio de los damni-ficados, resulten necesarios parapaliar la situación;

Que la Ley Orgánica de Muni-cipalidades reglamenta el otorga-miento de subsidios reintegrablesen los artículos 82, inc. 12, y 105,inc. 29, de la siguiente forma:

Art. 105, inc. 29, establece que:"Son atribuciones y deberes delIntendente Municipal:…29) Otor-gar subsidios no reintegrables,subsidios reintegrables o prés-tamos subsidiados, previa re-glamentación y autorización delConcejo Deliberante con el votode dos tercios de los miembrosintegrantes, en los casos en queello proceda de conformidad conlo previsto en el artículo 82, inci-so 12 de esta Ley Orgánica."(Texto incorporado según Ley7238, B.O. 12/8/2004);Art. 82, inc. 12, "Corresponde alConcejo en lo relativo a "asis-tencia social y moralidad públi-ca":.. 12. Reglamentar y autori-zar el otorgamiento de subsi-dios no reintegrables, subsidiosreintegrables o préstamossubsidiados, con el objeto dehacer frente a situaciones deemergencia o catástrofe socialindividual o colectiva, a la aten-ción de grupos sociales vulne-rables o a requerimientos depromoción de la organizaciónsocial para el desarrollo huma-no, en la realización de políticassocioeconómicas y en laautogestión de servicios de in-terés social.";

Por ello,EL HONORABLE CONCEJODELIBERANTE DE LAVALLE

ORDENA:Artículo 1º - Declárese el Esta-

do de Emergencia Habitacional yProductiva en los Distritos de JocolíViejo, Tres de Mayo, Alto del Olvi-do, La Palmera y San Franciscodel Departamento de Lavalle,como consecuencia de las incle-mencias climáticas producidas elpasado 23 de febrero del corrien-te año, causando serias pérdidasen cultivos y graves daños en vi-viendas de la población de los Dis-tritos mencionados.-

Artículo 2º - Autorícese al De-partamento Ejecutivo a procedera la entrega de hasta cinco milrollos de membrana asfáltica de36 kg y 3.8 mm de espesor como

mínimo, a los afectados por laemergencia climática referida enel Art. 1º, en un máximo de diez(10) por vivienda. Los beneficiariosdeberán restituir el valor del mate-rial, el que podrá ser subsidiadohasta en un ocho por ciento (8%),en planes de facilidades de hastadieciocho (18) cuotas mensualessin interés, de acuerdo a la capa-cidad de pago evaluada por técni-cos del Municipio. La cuota míni-ma será de pesos Treinta ($ 30.-).

Artículo 3º - Cúmplase, publí-quese, comuníquese y notifíque-se al Departamento Ejecutivo dela Municipalidad de Lavalle y deseal Libro de Resoluciones del Ho-norable Concejo Deliberante.

Dada en la Sala de Sesionesdel Honorable Concejo Deliberan-te de Lavalle, el día tres de marzode 2011.

Gerardo VaquerPresidente H.C.D.

Nancy Carina GonzálezSecretaria Legislativa H.C.D.

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DECRETO Nº 11/11

Lavalle, 9 de marzo de 2011Visto: La Ordenanza Nº 741/

2011 que obra a Fs. 4 y Vta. delExpediente Nº 1812/11/M.L. - 23/11/H.C.D., a través de la cual seDeclara el Estado de EmergenciaHabitacional y Productiva en losDistritos de Jocolì Viejo, Tres deMayo, Alto del Olvido, La Palmera ySan Francisco del Departamentode Lavalle, como consecuenciade las inclemencias climáticasproducidas el día 23 de febrero de2011;

Por ello,EL INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:Artículo 1º - Promúlguese y tén-

gase por Ordenanza Municipal, lasancionada por el Honorable Con-cejo Deliberante de Lavalle con elNº 741/2011, que obra a Fs. 4 yVta. del Expediente Nº 1812/11/M.L. - 23/11/H.C.D.-

Artículo 2º - Por la Oficina dePrensa y Difusión efectúese la pu-blicación de estilo y por Direcciónde Desarrollo Humano, Direcciónde Vivienda, Dirección de Promo-ción Económica y Dirección de De-legaciones, Relación con la Co-munidad y Deportes tómese co-nocimiento a los efectos de sucumplimiento.-

Artículo 3º - Cúmplase y déseal Digesto Municipal.

Roberto V. RighiIntendente

Gustavo W. OrtizSecretario de Gobierno

Bto. 6951215/3/2011 (1 P.) $ 103,50

Ordenanzas

Que con el objeto de lograr laoptimización de los recursos, seha realizado un relevamiento delos procedimientos a fin de ade-cuar el Manual de Funciones a laestructura organizativa vigente;

Que el relevamiento de las fun-ciones fue realizado por profesio-nales designados a tal fin en lasdistintas áreas que la integran: Con-taduría General, Compras, Tesore-ría, Auditoría y Recursos Humanos;

Que dados los numerososcambios realizados en las areas,funciones y tareas de la DirecciónGeneral de Administración, Tecno-logía y Recursos Humanos, lamisma consideró necesario ac-tualizar el Manual de Funcionesvigente aprobado por ResoluciónNº 1000-SGI-03, y asi garantizar elobjetivo de optimizar la asignaciónde los recursos que asegure lagestión eficiente y eficaz de losmismos, delimitando las respon-sabilidades de las distintas áreasque dependen de ella y que inter-vienen en los procesos destina-dos a tal fin;

Que las adecuaciones en laestructura organizativa son com-patibles con lo establecido por laLey de Educación de la ProvinciaN° 6970, en su Título VI (Del Go-bierno y Administración de la Edu-cación),

Por ello,EL DIRECTOR GENERAL

DE ESCUELASRESUELVE:

Artículo 1º - Déjese sin efectola Resolución Nº 1000-SGI-03 queaprobó el Manual de Funcionesde la Dirección de Administración.

Artículo 2º - Modifíquese la es-tructura organizativa de DirecciónGeneral de Administración, Tecno-logía y Recursos Humanos de laDireccion General de Escuelasconforme a lo establecido en lapresente Resolución.

Artículo 3º - Apruébese la es-tructura Organizativa de la Direc-ción Financiero Contable y laDireccion de Recursos Humanos,dependientes de Dirección Gene-ral de Administración, Tecnologíay Recursos Humanos de laDireccion General de Escuelas, deacuerdo a lo establecido en losAnexos: I (Definición de Misionesy Funciones de la Estructura Or-ganizativa) y II (Organigrama Ge-neral), que forman parte de la pre-sente Resolución.

Artículo 4º - Dispóngase que de-penderá del Director General de Ad-ministra-ción, Tecnología y RecursosHumanos, Auditoría Contable.

Artículo 5º - Establézcase quelas modificaciones de la estructu-ra presupuestaria que se debanrealizar como consecuencia de lo

dispuesto en los Artículos 2do. y3ro. se tramitarán por intermediodel Ministerio de Hacienda.

Artículo 6º - Dispóngase que lasmodificaciones presupuestarias,tanto en lo atinente al crédito y com-posición de partidas, como a la plan-ta de personal, deberán tramitarsepor intermedio de la DirecciónGeneral de Administración, Tecno-logía y Recursos Humanos, quiendeberá dejar constancia de su con-formidad previo al dictado en la nor-ma legal que se emita al respecto.Igual tratamiento se dará a los ca-sos que deriven en aumento del ni-vel de erogaciones respecto a la si-tuación existente, aún cuando nosea necesaria una modificaciónpresupuestaria, tanto en el créditode las partidas como en la plantade personal.

Artículo 7º - La presente reso-lución tendrá vigencia a partir deldía de su publicación.

Artículo 8º - Publíquese, comu-níquese a quienes corresponda einsértese en el Libro de Resolu-ciones.

Carlos Alberto López Puelles_____

Nota: Consultar anexos en el por-tal educativo: www.mendoza.edu.ar