protección jurídica del software

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PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE Alumna: Sandra Noelia Paripanca Colorado

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Page 1: Protección jurídica del software

PROTECCIÓN JURÍDICA DEL

SOFTWARE

Alumna: Sandra Noelia Paripanca Colorado

Page 2: Protección jurídica del software

Buena parte de la doctrina jurídica ha cuestionado el carácter apropiado de la protección del derecho de autor a una creación funcional como el software y, lo que es peor, a considerarlo como una obra literaria. La consideración como obra literaria en el sentido del derecho de autor, se sustenta en que el software se expresa en código fuente y se reproduce a partir del código objeto, en un lenguaje natural creado artificialmente por el hombre para una comunicación especializada.

¿EL SOFTWARE DEBE TENER UNA PROTECCIÓN DESDE EL PUNTO DE VISTA

AUTORAL O DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL?

Page 3: Protección jurídica del software

Por otro lado, la posibilidad de incorporar a la protección jurídica estos programas de cómputo en el ámbito del derecho, específicamente en el de la propiedad intelectual y particularmente en las normas autorales, viene dictada por consideraciones de oportunidad, dada la dimensión económica de los intereses en juego entre los que cabe destacar: la posible conservación de la industria nacional frente a una fuerte concurrencia extranjera, la protección de un producto cuya elaboración requiere un gran esfuerzo de inversión, investigación y posterior difusión, y sobre todo, la evidente necesidad de una armonización internacional de reglamentaciones.

¿EL SOFTWARE DEBE TENER UNA PROTECCIÓN DESDE EL PUNTO DE VISTA

AUTORAL O DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL?

Page 4: Protección jurídica del software

En lo referte a los derechos de autor en Estados Unidos, la normatividad sobre “secretos comerciales, copyright y derecho de patentes”, son empleadas comúnmente para proteger la inversión en programas de computación. La util ización del El copyright en un comienzo se como respuesta a la producción en serie, que abarrotaban las tiendas de informática así como la protección legal de las patentes. Para ser protegidos los programas deben de registrarse pero con una desventaja la no protección de los códigos objeto de origen al ordenador final donde se instalara el software.

¿CUÁL ES EL TRATAMIENTO DE LA PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN

EEUU?

Page 5: Protección jurídica del software

En la Comunidad Europea comenzó a considerar la necesidad de extender la protección del régimen de derechos de autor a los programas de computador. El “Documento Blanco” trató de alcanzar este objetivo en 1985 en el mercado interno, pero fue el “Documento Verde sobre Copyright y los Retos de la Nueva Tecnología” de 1988 el que materializó el deseo de la Comunidad Europea de armonizar la protección por copyright para los programas de computador.

PROTECCIÓN JURÍDICA DEL SOFTWARE EN LA UNIÓN

EUROPEA

Page 6: Protección jurídica del software

REGIMEN COMUN SOBRE PROPIEDAD INDUSTRIAL TITULO I DISPOSICIONES GENERALES Del Trato Nacional Artículo 1.- Con respecto a la protección de la propiedad industrial, cada País Miembro concederá a los nacionales de los demás miembros de la Comunidad Andina, de la Organización Mundial del Comercio y del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial, un trato no menos favorable que el que otorgue a sus propios nacionales, a reserva de lo previsto en los artículos 3 y 5 del Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), y en el artículo 2 del Convenio de París para la Protección de la Propiedad Industrial. Asimismo, podrán conceder dicho trato a los nacionales de un tercer país, bajo las condiciones que prevea la legislación interna del respectivo País Miembro.

PROTECCIÓN JURÍDICA SEGÚN LA DECISIÓN 486 DE LA CAN

Page 7: Protección jurídica del software

Protección legal del Software en el Perú:Decreto Legislativo 822Decisión Andina 351Decreto Ley 25868Código Penal (artículos 216º al 221º La Oficina de Derechos de Autor del Indecopi protege

el software a través del registro de éste y de las acciones administrativas que lleva a cabo.

Esta Oficina vela por el cumplimiento de las normas legales que protegen al autor con respecto a su obra, así como a todo titular de derechos sobre la misma creación intelectual.

EL TRATAMIENTO DEL TEMA EN LA LEGISLACIÓN PERUANA