protección de la propiedad intelectual
DESCRIPTION
TRANSCRIPT
PROTECCIÓN DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL
DIEGO MARTIN BUITRAGO BOTEROAbogado Candidato a Magister en Derecho
Coordinador de investigación Facultad de Derecho
Universidad CES
Dirección Académica y Dirección Académica y Bienestar UniversitarioBienestar Universitario
Copyright © Universidad CES. Está prohibida la reproducción y transmisión total o parcial de este material, por cualquier medio o con cualquier propósito, con o sin fines comerciales, sin la autorización escrita de la Universidad CES.
Propiedad Intelectual
• Es una expresión que abarca todas las producciones del intelecto humano, y está ligada al “derecho de apropiación” que se puede ejercer sobre ellas.
• Son producciones del intelecto: esculturas, obras literarias, piezas musicales, los inventos, los diseño, los videos, los circuitos integrados, programas de computador, obras científicas ... y mucho más
NOTAS PREVIAS ¿Qué es producción intelectual? ¿Qué producción intelectual se puede realizar? ¿Quién realiza la producción intelectual? ¿Cómo se produce intelectualmente? ¿Qué es la propiedad intelectual? ¿Existen contratos de cesión de propiedad
intelectual? ¿Se debe Registrar la propiedad intelectual? ¿Qué normas protegen la producción intelectual?
5
PROPIEDAD INTELECTUAL
LA OBRA
Toda creación intelectual original de naturaleza artística, científica o literaria, susceptible de
ser divulgada o reproducida en cualquier forma.
AUTOR
• Persona física que realiza una creación intelectual.
Sistemas de Propiedad Intelectual
• Los Sistemas de Propiedad Intelectual se han desarrollado para conceder derechos legales sobre los resultados del ingenio humano: invenciones, diseños, modelos, obras artísticas o literarias, símbolos, dibujos, etc
• Toda nación o país cuenta con un SPI.
9
10
Qué derechos se causan en el Sistema de Propiedad Intelectual
Las obras protegidas ya sea por la rama de Derechos de Autor o de la Propiedad Industrial causan los siguientes derechos en forma simultanea a favor del autor o inventor:
• Morales (no se ceden, son irrenunciables)• Patrimoniales (se pueden ceder o negociar)
12
13
Derechos de Autor
• El Derecho de Autor ampara a los autores de obras: literarias, musicales, dramáticas, fotográficas, artes plásticas, coreográficas, audiovisuales, software.
• Cuando se adquiere: En el momento de la creación de la obra, porque el derecho de autor es un derecho natural y no requiere de formalidades para ejercerlo. Sin embargo, es bueno registrarlo oficialmente, de tal forma que si alguien lo viola, es más fácil hacer efectiva la protección de la ley
Copyright © Universidad CES. Está prohibida la reproducción y transmisión total o parcial de este material, por cualquier medio o con cualquier propósito, con o sin fines comerciales, sin la autorización escrita de la Universidad CES.