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    Mircoles 27 de febrero de 2013 DIARIO OFICIAL (Octava Seccin)

    ACUERDO por el que se dan conocer las Reglas de Operacin del Programa para el Desarrollo de la Industria del

    Software (PROSOFT) para el ejercicio fiscal 2013.

    Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretara de Economa.

    Con fundamento en los artculos 28, ltimo prrafo, de la Constitucin Poltica de los Estados UnidosMexicanos; 34 de la Ley Orgnica de la Administracin Pblica Federal; 4 de la Ley Federal de ProcedimientoAdministrativo; 28 y 32 de la Ley de Planeacin; 75, 76, 77 y 78 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria; 175, 176, 177, 178, 179, 180 y 181, ltimo prrafo, del Reglamento de la LeyFederal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; 29 y 30 del Decreto de Presupuesto de Egresos de laFederacin para el Ejercicio Fiscal 2013; 4, 5, fraccin XVI, y 25 del Reglamento Interior de la Secretara deEconoma, y

    CONSIDERANDO

    Que el artculo 28 ltimo prrafo, de la Constitucin Poltica de los Estados Unidos Mexicanos, seala quese podrn otorgar apoyos con recursos federales a actividades que sean prioritarias, cuando stas seangenerales, de carcter temporal y no afecten las finanzas de la Nacin.

    Que el Presupuesto de Egresos de la Federacin, ha establecido erogaciones del Ramo 10 Economa,para el Programa para el Desarrollo de la Industria del Software.

    Que con el propsito de mejorar los procesos para brindar certidumbre y certeza jurdica a la poblacinobjetivo del PROSOFT, se expide el siguiente

    Acuerdo

    Unico.-Se dan a conocer las Reglas de Operacin del Programa para el Desarrollo de la Industria delSoftware (PROSOFT) para el Ejercicio Fiscal 2013.

    REGLAS DE OPERACION DEL PROGRAMA PARA EL DESARROLLO DE LA INDUSTRIA DEL

    SOFTWARE (PROSOFT) PARA EL EJERCICIO FISCAL 2013

    Indice

    INTRODUCCION 1

    OBJETIVOS 2

    Objetivo General 2.1

    Objetivos Especficos 2.2DEFINICIONES 3

    LINEAMIENTOS 4

    Cobertura 4.1

    Geogrfica 4.1.1

    Poblacin potencial 4.1.2

    Poblacin objetivo y atendida 4.2

    Requisitos 4.3

    Organismos Promotores 4.3.1

    Poblacin objetivo 4.3.2Criterios de seleccin de Beneficiarios 4.4

    De los apoyos 4.5

    Caractersticas 4.5.1

    Monto de apoyo 4.5.2

    Concurrencia 4.5.3

    Comprobacin del ejercicio de los recursos 4.5.4

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    Consideraciones sobre rubros de apoyo 4.5.5

    Adopcin y produccin de TI 4.5.5.1

    Creacin y fortalecimiento de fondos 4.5.5.2

    Aceleracin de la poltica pblica 4.5.5.3

    Recursos devengados 4.5.6

    Reintegros y enteros 4.5.7De los Organismos Promotores 4.5.7.1

    De los Beneficiarios 4.5.7.2

    Cargas Financieras 4.5.8

    Derechos y Obligaciones 4.6

    Derechos 4.6.1

    De los Organismos Promotores 4.6.1.1

    De los Beneficiarios 4.6.1.2

    Obligaciones 4.6.2

    De los Organismos Promotores autorizados 4.6.2.1

    De los Beneficiarios 4.6.2.2

    Incumplimiento y sanciones 4.7

    Causales de sancin para Organismos Promotores y Beneficiarios 4.7.1

    Sanciones 4.7.2

    Instancia Ejecutora 4.8

    Responsable 4.8.1

    Obligaciones. 4.8.2

    Instancia Normativa 4.9

    Integrantes del Consejo Directivo 4.9.1

    Facultades y obligaciones del Consejo Directivo 4.9.2

    Funciones y facultades del Secretario Tcnico 4.9.3

    Coordinacin Institucional 4.10

    MECANICA OPERATIVA 5

    Proceso de Operacin 5.1

    Gastos de operacin 5.2

    Avances fsicos-financieros 5.3

    A la Cmara de Diputados 5.3.1

    Al Banco Mundial 5.3.2

    Cierre de proyectos 5.4

    SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA 6

    Seguimiento 6.1

    Control y Auditora 6.2

    EVALUACION 7

    Indicadores 7.1

    Interna 7.2

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    Externa 7.3

    TRANSPARENCIA 8

    Difusin 8.1

    Padrn de Beneficiarios. 8.2

    QUEJAS Y DENUNCIAS 9

    TRANSITORIOS

    ANEXOS

    ANEXO A

    ANEXO B

    ANEXO C

    ANEXO D

    ANEXO E

    ANEXO F

    ANEXO G

    ANEXO H

    ANEXO I

    ANEXO J

    ANEXO K

    ANEXO L

    ANEXO M

    ANEXO N

    ANEXO O

    ANEXO P

    ANEXO Q

    1. INTRODUCCION

    Transitar hacia una economa de servicios con alto valor agregado y con una dinmica orientada a lainnovacin, requiere de una industria de tecnologas de informacin y comunicaciones (TIC) competitiva yestrechamente integrada con los dems sectores econmicos del pas.

    Las TIC son un factor crtico para potenciar la productividad y la competitividad de todos los sectores de laeconoma. Adems de su relevancia como precursor transversal para el crecimiento econmico del pas, setrata de una industria intensiva en conocimiento, con capacidad de generar empleos bien remunerados.Asimismo, es reconocida como una industria con gran potencial para atraer inversiones y para detonar lainnovacin tecnolgica.

    En la medida que las TI influyen no slo en la productividad de las empresas sino adems en un gran

    nmero de factores que determinan la competitividad de un pas, se ha demostrado que existe una relacinpositiva y contundente entre ambas variables, tanto en pases desarrollados como en pases en vas dedesarrollo. El Banco Mundial ha concluido que las compaas que utilizan las TIC crecen ms rpido, inviertenms, son ms productivas y ms rentables que las que no las usan.

    El potencial de crecimiento del mercado interno y global para servicios de TI es enorme y con ampliasposibilidades de realizarlo ya que Mxico cuenta con importantes fortalezas, entre ellas el talento abundante.

    La poltica pblica para desarrollar el sector de TI en Mxico tiene como antecedente al Programa para elDesarrollo de la Industria de Software, y ahora se establece en el Programa de Desarrollo del Sector deServicios de Tecnologas de Informacin, denominado PROSOFT 2.0, el cual busca crear las condiciones

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    necesarias para que Mxico cuente con un sector de TI ms competitivo internacionalmente y asegurar sucrecimiento en el largo plazo.

    Adems de esta poltica pblica, en 2008 se cre el Programa para el Desarrollo de la Industria de MediosInteractivos (PROMEDIA), con la finalidad de crear las condiciones necesarias para asegurar el crecimiento yla consolidacin de esta industria en el pas, as como elevar su competitividad internacional. Si bien, losmedios interactivos son un subsector de las TI, se consider que por sus caractersticas particulares eranecesario darle una personalidad propia.

    Cabe sealar que el Estado juega un papel crucial como coordinador entre individuos y organizaciones entodos los sectores de la economa. En el contexto del PROSOFT 2.0, es necesaria la coordinacin deacciones actualmente dispersas para corregir algunos de los factores identificados como causas de ladebilidad de la industria, algo que ni el mercado ni la iniciativa privada pueden hacer por s mismos.

    Para promover el desarrollo de un sector de TI competitivo y aprovechar sus oportunidades de crecimientose requiere crear las condiciones para la formacin de una masa crtica de empresas, con escala deproduccin y niveles de capacidad de procesos suficientes para aprovechar la magnitud del mercado interno ycompetir en el mercado mundial.

    El fondo PROSOFT es uno de los instrumentos del PROSOFT 2.0, que busca facilitar el acceso de lasempresas del sector a recursos financieros y que ha estado en operacin desde el ejercicio 2004 hasta lafecha.

    El fondo PROSOFT busca facilitar el despliegue de las acciones para lograr los objetivos planteados en la

    poltica pblica (PROSOFT 2.0 y PROMEDIA), as como potenciar el impacto de los recursos, al fortalecer lacobertura de las acciones, asegurar la complementariedad de los apoyos y reducir los gastos administrativos,a travs de la coordinacin institucional y la vinculacin de acciones con las entidades federativas y lossectores privado y acadmico.

    En 2009, a fin de obtener asistencia tcnica para acelerar y ampliar el alcance del PROSOFT 2.0, sedise, en conjunto con el Banco Mundial, el Proyecto de Desarrollo de la Industria de las Tecnologas de la

    Informacin, mismo que toma como referencia las estrategias instrumentadas por la Secretara de Economapara desarrollar el sector de TI. El proyecto obtuvo un prstamo del Banco Mundial por 80 millones de dlares.En dicho proyecto, se estableci al fondo PROSOFT como mecanismo para operar el prstamo, tomandocomo base de distribucin de los recursos las Reglas de Operacin del PROSOFT.

    Cabe sealar que, el fondo PROSOFT ha sido objeto de evaluaciones externas y de entidades defiscalizacin en las cuales se han emitido recomendaciones para mejorar su operacin y evaluacin de

    impacto. Asimismo, se ha recibido retroalimentacin de Organismos Promotores, Beneficiarios del fondo y deexpertos en la materia. Derivado de lo anterior, las presentes Reglas de Operacin son actualizadas, con el finde incorporar mejoras a las mismas. Los principales cambios estn relacionados con: 1) Establecer unobjetivo general acorde al problema focal que busca atender el Programa; 2) Detallar los formatos para darseguimiento a las obligaciones tanto de los Beneficiarios como Organismos Promotores; 3) Incorporar lanecesidad de contar con un sistema de indicadores para medir el logro de los objetivos del PROSOFT; 4)Clarificar la obligacin del cumplimiento de la normativa de adquisiciones del Banco Mundial para aquellosproyectos vinculados al prstamo, y 5) Establecer el vnculo con el Programa FIT como una va para identificarmecanismos alternos al subsidio.

    2. OBJETIVOS

    2.1 Objetivo General

    Contribuir al crecimiento del sector de tecnologas de la informacin en Mxico.

    2.2 Objetivos Especficosa) Promover las oportunidades de negocio en el exterior y la atraccin de inversiones al sector de TI;

    b) Elevar la cantidad y calidad del capital humano del sector de TI;

    c) Promover la adopcin de un marco legal que impulse el uso y la produccin de TI;

    d) Incentivar la adopcin de TI en el pas y el consumo de la oferta nacional de los servicios de TIproducidos en Mxico;

    e) Fomentar el fortalecimiento de empresas y agrupamientos empresariales;

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    f) Promover que las empresas del sector de TI alcancen niveles internacionales en capacidad deprocesos, y

    g) Aumentar las opciones y posibilidades de acceso a recursos financieros para el sector de TI.

    3. DEFINICIONES

    Acciones estratgicas:Las que el Consejo Directivo considere necesarias para acelerar el cumplimientodel PROSOFT, mismas que pueden articularse con actores representativos del sector. Para valorar su

    pertinencia, el Consejo Directivo tomar en consideracin los indicadores de impacto, objetivos, metas, ascomo las cotizaciones que sustentan el monto solicitado;

    Beneficiarios: Aquellos que forman parte de la poblacin objetivo, que cumplen los requisitos de lanormativa correspondiente y cuyos proyectos son aprobados por el Consejo Directivo;

    Convenio de Asignacin de Recursos: Instrumento jurdico suscrito por la Secretara, a travs de laSubsecretara, la Instancia Ejecutora y/o la Delegacin Federal de la Secretara, el Organismo Promotor en sucaso, y el Beneficiario, en el que se establecer el proyecto a desarrollar y los montos de apoyo a otorgar porparte de la Secretara, el Organismo Promotor en su caso, y el beneficiario, conforme al Anexo E o F;

    Convenio de Colaboracin: Instrumento jurdico celebrado entre la Secretara y el OrganismoEmpresarial, autorizado como Organismo Promotor, en el que se establecern los compromisos generales ylas acciones tendientes a promover el desarrollo del Sector de TI en el marco del PROSOFT conforme alAnexo D;

    Convenio de Coordinacin: Instrumento jurdico celebrado entre la Secretara de Economa y elEjecutivo Estatal, autorizado como Organismo Promotor, en el que se establecern los compromisosgenerales y las acciones tendientes a promover el desarrollo del Sector de TI en el marco del PROSOFT;

    Convocatoria:Acuerdo emitido por el Consejo Directivo para determinar el plazo que debern observarlos Organismos Promotores para someter Solicitudes de Apoyo al PROSOFT, los objetivos a cubrir en funcinde la fuente de financiamiento del recurso disponible (Recursos fiscales o Gasto financiado con recursos delContrato de Prstamo No. 7571-MX del Banco Mundial), el Modelo Paramtrico, as como los mecanismos atravs de los cuales la poblacin objetivo podr identificar a los Organismos Promotores autorizados. Esteacuerdo se publicar en las pginas de Internet www.prosoft.economia.gob.mx y/o www.economia.gob.mx yser puesto a disposicin de los Organismos Promotores autorizados;

    Co-Productor: Persona fsica o moral constituida conforme a la legislacin mexicana que solicite apoyopara participar en la produccin de un proyecto que permita desarrollar en el pas un producto de medioscreativos digitales;

    Delegados Federales:Los representantes de la Secretara de Economa en las Entidades Federativas;Dictamen Contable del Proyecto: Documento que suscribe un contador pblico o despacho externo de

    contadores pblicos autorizados por la SHCP conforme a las normas de su profesin y en el que expresa suopinin relativa a la revisin y verificacin realizada sobre los gastos relacionados con el proyectodictaminado;

    DGISCI: Direccin General de Innovacin, Servicios y Comercio Interior de la Secretara;

    Empleo mejorado: Aquel que, estando contratado en el sector de TI antes de la vigencia del proyectoaprobado, recibir una capacitacin o certificacin como parte del alcance del proyecto;

    Empleo potencial: El que se contratar en el mbito del sector de TI como resultado de la ejecucin deun proyecto;

    Empleo potencial de usuario: Aquel que se contratar por el Usuario de TI como resultado de laejecucin del proyecto;

    Fondo de Garanta:Fondo instituido de conformidad con la normativa aplicable con el fin de garantizar elcumplimiento de una obligacin de pago, mediante depsito de recursos monetarios en el caso deincumplimiento, o en su caso, el otorgamiento de fianza o de una garanta hipotecaria, buscando mejorar lascondiciones del crdito para las empresas del Sector de TI que resulten beneficiadas;

    Instancia Ejecutora (IE):La DGISCI;

    Intermediario Financiero:Las instituciones de banca de desarrollo y banca mltiple, las organizacionesauxiliares de crdito, las sociedades financieras de objeto limitado, las instituciones nacionales de seguros yfianzas y las dems instituciones o entidades facultadas en trminos de la legislacin mexicana vigente pararealizar la intermediacin financiera;

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    Medios creativos digitales: Subsector del sector de TI, que incluye medios interactivos digitales talescomo animacin, videojuegos, efectos especiales, as como aquellos contenidos web multimedia que permitena los usuarios interactuar con otros usuarios o con otras aplicaciones a travs de ste, con fines deentretenimiento, informacin o educacin;

    MIPYME: Empresas de tamao Micro, Pequea o Mediana;

    Metodologa para el Clculo de los Porcentajes de Apoyo: Esquema aprobado por el Consejo Directivoque permite establecer el porcentaje de apoyo para cada proyecto dependiendo de la falla de mercado que

    resuelve, el grado de apropiabilidad, el nivel de riesgo, incertidumbre y el grado de cobertura del proyecto, ascomo cualquier otra variable que el Consejo Directivo determine;

    Modelo Paramtrico:Esquema aprobado por el Consejo Directivo que permite establecer prioridades enla seleccin de Solicitudes de Apoyo recibidas, estableciendo un puntaje en funcin de los elementos deimpacto para el cumplimiento de los objetivos e indicadores del PROSOFT y el Proyecto del Banco Mundial,conforme al Anexo Q;

    Operador Financiero: Institucin de la banca de desarrollo, financiera rural o fideicomisos pblicos defomento del Gobierno Federal, que realizan funciones de administracin de recursos del PROSOFT en elmarco de proyectos orientados a fortalecer el acceso al financiamiento del sector, as como de operacin demecanismos alternativos de financiamiento;

    Organismo Empresarial:Cmara o asociacin empresarial del sector de TI;

    Organismo Promotor:Entidad federativa u organismo empresarial autorizado por el Consejo Directivo,mediante el cual la poblacin objetivo puede solicitar apoyos al PROSOFT. El listado de organismospromotores autorizados para el ejercicio fiscal vigente estar disponible en la pginahttp://www.prosoft.economia.gob.mx/;

    Programa FIT: Programa de Acreditacin para el Financiamiento de Empresas de TI, con base en loestablecido en el componente C, Financiamiento de la Industria de TI, de acuerdo al Project Appraisal

    Document (PAD), del Proyecto del Banco Mundial, que pretende evaluar que las empresas del sector de TIpuedan ser sujetos a un mecanismo de financiamiento alterno al subsidio para poder incentivar sucrecimiento;

    PROMEDIA: Programa para el Desarrollo de la Industria de Medios Interactivos;

    Proyecto: Conjunto de lneas de accin asociadas a recursos humanos, materiales y financieros paralograr uno o varios objetivos;

    Proyecto del Banco Mundial: Proyecto de Desarrollo de la Industria de las TI, contrato de prstamo No.7571-MX;

    Proyecto de industria: Proyectos cuyos beneficios impactan en el desarrollo del sector de TI en suconjunto, ya sea a nivel nacional o regional;

    Proyecto en Extenso:El documento que contiene la descripcin a detalle de al menos, la informacin delsolicitante, alcances del proyecto, as como sus objetivos generales y especficos, metas, etapas,necesidades, requerimientos, e impacto social y econmico;

    Proyecto productivo:Aquel que plantea la generacin de ms de cincuenta empleos;

    Reporte de Avance: Reporte que el Beneficiario deber enviar, a travs del Organismo Promotor, demanera semestral a partir de la fecha de la firma del Convenio de Asignacin de Recursos. Su presentacinse realizar a travs del Sistema del fondo, o conforme los medios que establezca la Instancia Ejecutora. Elreporte incluye la documentacin que justifica el avance en el gasto, el impacto y los entregables del proyectoaprobado, conforme al Anexo O y al Trmite inscrito en el Registro Federal de Trmites y Servicios SE-06-018Reporte de Avances y/o Final del Apoyo del Programa para el Desarrollo de la Industria del Software

    (PROSOFT);Reporte de Cumplimiento de Compromisos:Reporte que el Organismo Promotor deber enviar a la

    Instancia Ejecutora para que sta pueda determinar si dicho Organismo se encuentra al corriente en elcumplimiento de sus obligaciones con el PROSOFT. En caso de haber sido Organismo Promotor del fondoPROSOFT previamente, el Reporte deber contener el seguimiento a las obligaciones vigentes en el mismoReporte. El Reporte deber enviarse los das 15 de marzo y el 15 de septiembre en tanto se tengancompromisos vigentes ante el PROSOFT. Para su elaboracin se usar el Anexo N de las presentes Reglas.En caso de que el da de entrega sea da inhbil, el Reporte deber entregarse el siguiente da hbilinmediato;

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    Reporte Final: Reporte que el Beneficiario deber enviar a travs del Organismo Promotor, al concluir elproyecto conforme a la fecha de cierre aprobada por el Consejo Directivo. Su presentacin se realizar atravs del Sistema del fondo, o conforme los medios que establezca la Instancia Ejecutora. El reporte incluyela documentacin que justifica el gasto, el impacto y los entregables del proyecto aprobado, conforme alAnexo O y al Trmite inscrito en el Registro Federal de Trmites y Servicios SE-06-018 Reporte de Avancesy/o Final del Apoyo del PROSOFT;

    SCIAN: Sistema de Clasificacin Industrial de Amrica del Norte;

    Secretara: La Secretara de Economa;Sector de TI:Conjunto de unidades econmicas; es decir, las personas fsicas con actividad empresarial y

    las personas morales constituidas conforme a la legislacin mexicana, cuya actividad econmica principalconsiste en el diseo, desarrollo, produccin y/o comercializacin de productos, tecnologas y serviciosasociados al procesamiento de datos y administracin de informacin. Este sector incluye el desarrollo desoftware, servicios de TI, Business Process Outsourcing (BPO) y de medios creativos digitales;

    Software: Conjunto de programas, instrucciones y procedimientos computacionales y su documentacinasociada, relacionado con la operacin de un sistema de procesamiento de datos;

    SAT: Servicio de Administracin Tributaria;

    SHCP:Secretara de Hacienda y Crdito Pblico;

    Sistema del fondo: Sistema informtico para enviar Solicitudes de Apoyo, Reportes, documentacinjurdica, entre otros, para cuyo acceso es necesario consultar las pginas de Internetwww.prosoft.economia.gob.mx y/o www.economia.gob.mx a travs de un navegador de Internet y contar conuna clave de acceso y usuario;

    Solicitud de Apoyo:El formato de presentacin de proyectos para solicitar el apoyo del fondo PROSOFT,conforme al Anexo B;

    Subsecretara:La Subsecretara de Industria y Comercio de la Secretara;

    Tamao de las empresas:Tamao conforme la estratificacin de las empresas definida en la Ley para elDesarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequea y Mediana empresa as como la sealada en el Acuerdopor el que se establece la estratificacin de las micro, pequeas y medianas empresas ,publicado en el DiarioOficial de la Federacin del 30 de junio de 2009 o el que lo sustituya;

    TESOFE:Tesorera de la Federacin;

    TI: Tecnologas de la informacin;

    Usuario de TI:Persona fsica o moral establecida en el territorio nacional que desee adquirir, implantar o

    subcontratar un producto, servicio de TI, servicio basado en TI o medio interactivo, yVocacin estratgica: Aquellas actividades definidas por el Consejo Directivo que permitirn diferenciar

    y/o posicionar la oferta del sector de TI en el mercado global.

    4. LINEAMIENTOS

    4.1 Cobertura

    4.1.1 Geogrfica

    El PROSOFT operar a nivel nacional.

    4.1.2 Poblacin potencial

    Para efectos de las presentes Reglas se considerar como poblacin potencial del

    PROSOFT la siguiente:

    a) Las personas fsicas con actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a la

    legislacin mexicana, que realizan actividades clasificadas en las siguientes sub ramas o clases deactividad econmica previstas en el SCIAN:

    51121 Edicin de software y edicin de software integrada con la reproduccin;

    51219 Servicios de postproduccin y otros servicios para la industria flmica y del video;

    51211 Produccin de pelculas, programas para la televisin y otros materiales audiovisuales;

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    51821 Procesamiento electrnico de informacin, hospedaje y otros servicios relacionados;

    541510 Servicios de diseo de sistemas de cmputo y servicios relacionados, y

    561422 Servicios de recepcin de llamadas telefnicas y promocin por telfono.

    b) Los organismos, agrupamientos empresariales, empresas integradoras y asociaciones civiles, as

    como la cmara del sector de TI;c) Las instituciones acadmicas con carreras afines del sector de TI;

    d) Los organismos pblicos, privados o mixtos entre cuyos objetivos se encuentre el fomento del sectorde TI;

    e) Las personas fsicas con actividad empresarial y personas morales constituidas conforme a lalegislacin mexicana que pretendan adoptar o facilitar la produccin de productos y/o servicios de TIgenerados en el pas por empresas del sector de TI conforme a lo previsto en el numeral 4.5.5.1 del

    presente Acuerdo, y

    f) Cualquiera otra actividad que el Consejo Directivo determine.

    4.2 Poblacin objetivo y atendida

    La poblacin objetivo del PROSOFT est definida por el nmero de unidades econmicas del sector de TI

    que se pretende atender en funcin del presupuesto anual con que cuente el Programa. La poblacin atendidaser determinada por el nmero de unidades econmicas atendidas, vinculadas a los proyectos aprobados.

    4.3 Requisitos

    4.3.1 Organismos Promotores

    Los interesados en fungir como Organismos Promotores del PROSOFT debern cumplir con los siguientes

    requisitos:

    Requisitos Elementos

    a) Ser Entidad Federativa u

    Organismo Empresarialdel sector de TI

    Todas las Entidades Federativas y el Distrito Federal podrn participar

    como Organismo Promotor ante el PROSOFT.

    Los Organismos Empresariales debern cumplir con al menos uno de lossupuestos siguientes: (a) ser una cmara especializada en el sector de TI,

    en trminos de la Ley de Cmaras Empresariales y sus Confederaciones;(b) Ser una asociacin representativa del sector de TI, con carcternacional y con al menos 300 asociados, o (c) ser una asociacin del

    sector de TI, con carcter nacional y con orientacin temtica.

    b) Contar con una estrategiay/o programa para eldesarrollo del sector de TI

    Estrategia y/o programa alineado al PROSOFT 2.0, cuyo fin seadesarrollar el sector de TI en una Entidad Federativa, una regin, unmunicipio o en todo el pas, conforme a su mbito de operacin. Loanterior ser validado por la Instancia Ejecutora.

    c) Contar con un mecanismo

    interno de operacin

    Documento que detalla el procedimiento mediante el cual operara para

    dar cumplimiento a lo previsto en las presentes Reglas de Operacin, en

    caso de ser autorizado por el Consejo Directivo.El mecanismo deber contemplar al menos lo previsto en el Anexo K,mismo que ser revisado y validado por la Instancia Ejecutora.

    Tratndose de las Entidades Federativas, el Organismo Promotor

    establecer que se deber invitar, con derecho a voz pero sin voto, alDelegado Federal de la Secretara en la entidad, a fin de formar parte delrgano colegiado vinculado al Organismo Promotor que seleccionar las

    Solicitudes de Apoyo que se presentarn a consideracin del Consejo

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    Directivo.

    d) Intencin para fungir comoOrganismo Promotor

    Presentar Carta de intencin para fungir como Organismo Promotor antela Instancia Ejecutora conforme al Anexo G.

    En el caso de las Entidades Federativas, se deber sealar el monto derecursos que en el presente ejercicio fiscal pretende invertirconjuntamente con el PROSOFT.

    e) Estar al corriente en susobligaciones ante elPROSOFT y la SE

    En caso de haber fungido como Organismo Promotor del PROSOFT enaos anteriores, se deber acreditar que est al corriente en susobligaciones. Para ello deber usar el formato previsto en el Anexo N, ascomo obtener la aprobacin del mismo por parte de la Instancia Ejecutora.

    El candidato a Organismo Promotor no deber contar con unarecomendacin de suspensin de otros apoyos del PROSOFT vigente porparte del Consejo Directivo

    f) Tener capacidad paraoperar

    Manifestar, bajo protesta a decir verdad, que se cuenta con lainfraestructura humana y fsica suficiente para cumplir con lasobligaciones inherentes a un Organismo Promotor ante el PROSOFT,conforme a las presentes Reglas de Operacin y de acuerdo al Anexo L,toda vez que del fondo PROSOFT no se otorgarn recursos para ello ya

    sea directamente o a travs de las Solicitudes de Apoyo aprobadas. Loanterior se manifestar a travs de la suscripcin del Anexo G.

    g) Contar y resguardar suclave de acceso alSistema del fondo

    Tramitar o renovar ante la Instancia Ejecutora la clave de acceso alSistema del fondo.

    h) Presentar sudocumentacin jurdica

    Se deber ingresar al Sistema del fondo la documentacin jurdica queacredite su legal existencia y los poderes para actos de administracin ypara suscribir los instrumentos jurdicos correspondientes.

    En caso de haber sido Organismo Promotor previamente y que lainformacin registrada en el sistema est actualizada, sealar a travs delpropio sistema, que se ha validado dicha informacin y que no existencambios.

    i) Designar al responsableoperativo del OrganismoPromotor

    Conforme a lo establecido en el Anexo H, para dar seguimiento alcumplimiento de las obligaciones previstas en las presentes Reglas.

    4.3.2Poblacin objetivo

    Para que la poblacin objetivo pueda solicitar apoyos del PROSOFT, debern cumplirse los siguientesrequisitos:

    Requisitos Elementos

    a) Ser parte de la poblacinobjetivo

    Documentacin jurdica que confirme que cumple con lo establecido enalguno de los incisos del numeral 4.1.2.

    b) Estar al corriente en susobligaciones ante elPROSOFT

    En caso de haber sido un Beneficiario del PROSOFT previamente, deberestar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones.

    Asimismo, no contar con recomendacin de suspensin de otros apoyosdel PROSOFT vigente por parte del Consejo Directivo.

    c) Contar con clave deacceso al Sistema delfondo

    Tramitar o renovar la clave de acceso directamente en el Sistema delfondo.

    d) Presentar sudocumentacin jurdica

    Deber ingresar al Sistema del fondo la documentacin jurdica necesariapara poder, en su momento, suscribir los instrumentos jurdicos

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    necesarios.

    En caso de haber sido Beneficiario del fondo PROSOFT previamente yque la informacin registrada en el sistema est actualizada, se sealar,a travs del propio Sistema del fondo, que se ha validado la informacin yque no existen cambios en la misma.

    No se podrn someter Solicitudes de Apoyo en caso de no contar conesta informacin completa y actualizada en el Sistema del fondo.

    e) Ingresar la Solicitud deApoyo a travs de unOrganismo Promotorautorizado

    Deber enviar la Solicitud de Apoyo mediante un Organismo Promotorautorizado y a travs del Sistema del fondo, conforme a lo establecido enel Anexo B. Dicha Solicitud de Apoyo deber ser debidamente llenada,anexando los documentos correspondientes. Para considerarse completano se deber tener observaciones por parte de la Instancia Ejecutora.

    f) Invertir en el proyectopropuesto

    La aportacin del solicitante debe representar al menos 50 por ciento dela inversin total del proyecto, salvo los casos previstos en el numeral4.5.2 inciso d.

    g) No duplicar apoyosfederales y no incumplirdisposiciones de la SE

    El representante legal deber suscribir carta bajo protesta de decirverdad, que no se han recibido apoyos de otros programas federales parael mismo concepto, que impliquen sustituir su aportacin o duplicarapoyos, adems deber incluir en dicha carta, que no est en

    incumplimiento de alguna disposicin cuya aplicacin competa a la SE.

    h) Estar al corriente en elcumplimiento de susobligaciones fiscales

    Conforme a lo previsto en el artculo 32-D del Cdigo Fiscal de laFederacin y en la Resolucin Miscelnea Fiscal vigente.

    La Instancia Ejecutora podr establecer mecanismos de coordinacin conel SAT para solicitar informacin al respecto.

    i) No formar parte de lasestructuras queadministran y canalizan losapoyos

    Los Beneficiarios del PROSOFT bajo ningn concepto podrn serservidores pblicos de la Subsecretara, de las Delegaciones Federales ode cualquier otra rea de la Secretara, de las dependencias que funjancomo Organismos Promotores en las Entidades Federativas, as comosus cnyuges o parientes por afinidad o consanguinidad y las demspersonas que al efecto se refieran en las legislaciones federal y estatalesaplicables en materia de responsabilidades de los servidores pblicos.

    j) Cumplir con los tiempos ylos procedimientosprevistos

    Se debern cumplir los tiempos y procedimientos previstos en laspresentes Reglas de Operacin y dems normativa aplicable, as como loestablecido en las Convocatorias y por el Consejo Directivo.

    4.4 Criterios de seleccin de Beneficiarios

    a) Cumplir con los requisitos previstos en el numeral 4.3.2;

    b) Cumplir lo previsto en las convocatorias que emita el Consejo Directivo, y

    c) Que al momento de someterse la Solicitud al Consejo Directivo se cuente con disponibilidadpresupuestal en el PROSOFT.

    4.5 De los apoyos

    4.5.1 Caractersticas

    a) Los apoyos del PROSOFT estn integrados por recursos previstos en el Presupuesto de Egresos dela Federacin vigente;

    b) Sern otorgados a los Beneficiarios a travs de los Organismos Promotores salvo en los casosacordados por el Consejo Directivo, conforme a las disposiciones previstas en las presentes Reglasde Operacin y dems disposiciones legales aplicables;

    c) El PROSOFT no podr otorgar apoyos a un mismo proyecto por ms de tres aos, salvo en loscasos de proyectos de industria, los vinculados al Proyecto del Banco Mundial y aquellos que por sunaturaleza y a juicio del Consejo Directivo requieran un plazo mayor. Lo anterior no implica que sepuedan comprometer recursos de ejercicios fiscales posteriores, por lo que en todos los casos, la

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    Solicitud de Apoyo deber ser presentada por ejercicio fiscal y con apego a las disposicionespresupuestales aplicables;

    d) Los apoyos provenientes del PROSOFT sern considerados en todo momento como subsidiosfederales en los trminos de las disposiciones federales aplicables, y no perdern su carcter federalal ser canalizados al Organismo Promotor as como al Beneficiario. Asimismo estarn sujetos, entodo momento, a las disposiciones federales que regulan su control y ejercicio, de acuerdo a loprevisto en los artculos 175, 176, 177 y 178 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria;

    e) Los Beneficiarios debern abstenerse de utilizar el apoyo del PROSOFT para sufragar el pago deactividades administrativas (sueldos, salarios u honorarios asimilables a sueldos) as como pago deservicios para la operacin o el funcionamiento de las empresas de TI (gastos por arrendamiento deinmuebles, energa elctrica, telefona, agua, impuestos, materiales y suministros, y otros gastossimilares);

    f) Los recursos pblicos federales debern destinarse exclusivamente a los fines del programa, de locontrario debern reintegrarse a la TESOFE, en los trminos de la normativa aplicable sealados enla regla 4.5.7, y

    g) Los recursos y acciones destinados a solventar los efectos ocasionados por desastres naturales,debern apegarse a los lineamientos y mecanismos que determine la Secretara de Gobernacin y laSHCP, en el mbito de sus respectivas competencias y dems disposiciones aplicables.

    4.5.2 Monto de apoyoa) El monto por Solicitud de Apoyo aprobada estar en funcin de los rubros de apoyo, montos y

    consideraciones previstas en el Anexo A;

    b) Los rubros de apoyo autorizados son:

    1. Capacitacin y certificacin;

    2. Habilitacin y equipamiento tecnolgico;

    3. Normas y modelos;

    4. Adopcin y produccin de TI;

    5. Innovacin;

    6. Comercializacin;

    7. Estudios para desarrollar capacidades de negocio;

    8. Servicios profesionales diversos;

    9. Eventos;

    10. Creacin y fortalecimiento de fondos, y

    11. Aceleracin de la poltica pblica.

    c) Estos recursos podrn ser complementados con aportaciones de los Organismos Promotores, losBeneficiarios y/o de otras instituciones, organismos o empresas, de tal forma que se integre el totaldel monto a ejercer;

    d) Tratndose de acciones estratgicas, de proyectos de industria y/o aquellos vinculados al Proyectode Banco Mundial, podrn no sujetarse a los montos y porcentajes de apoyo establecidos en la regla

    4.3.2 inciso f) y el Anexo A de las presentes Reglas de Operacin, con la autorizacin del ConsejoDirectivo, y

    e) En cualquier caso, la asignacin de apoyos estar sujeta a la evaluacin que realice la InstanciaEjecutora y al acuerdo correspondiente del Consejo Directivo, as como a la Metodologa para elClculo de los Porcentajes de Apoyo, aprobada por el mismo Consejo.

    4.5.3 Concurrencia

    a) Para determinar la concurrencia en la fuente de aplicacin de recursos para un determinadoproyecto, se deber observar lo previsto en la metodologa para el clculo de los porcentajes deapoyo, aprobada por el Consejo Directivo;

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    b) La Instancia Ejecutora coordinar con los gobiernos de las Entidades Federativas, en su caso, laaportacin conjunta de recursos, procurando que sea en partes iguales (1 a 1). La mezcla final deaportaciones se dar en funcin de los proyectos que sometan conforme a lo previsto en el incisoanterior, y

    c) En el supuesto de que algn gobierno de una Entidad Federativa no cuente con suficienciapresupuestal para el apoyo de proyectos, el Consejo Directivo podr, sujeto a la disponibilidadpresupuestal del PROSOFT, asignar recursos federales a las empresas para atender las Solicitudes

    de Apoyo presentadas por dicha Entidad Federativa.4.5.4 Comprobacin del ejercicio de los recursos

    a) Se podr presentar documentacin comprobatoria y justificativa del proyecto, con fecha a partir delprimero de enero en adelante, del ejercicio vigente en el que se apruebe la Solicitud de Apoyo. Loanterior no aplicar en los proyectos vinculados con el Proyecto de Banco Mundial, as como en loscasos en que el Consejo Directivo apruebe un plazo distinto para la fecha de inicio de comprobacin;

    b) La comprobacin de los recursos deber estar a nombre del Beneficiario correspondiente. En loscasos que autorice el Consejo Directivo, se podr considerar documentacin comprobatoria anombre de las empresas atendidas conforme a la Solicitud de Apoyo aprobada;

    c) En el caso de los proyectos en que empresas relacionadas y/o asociadas acten como compradoresy/o aportantes, se deber comprobar que las adquisiciones finales no se realizaron dentro del grupode empresas relacionadas y/o asociadas, as como contar con la autorizacin previa del ConsejoDirectivo. Para ello la Instancia Ejecutora podr requerir informacin complementaria, como actasconstitutivas de los proveedores que participen en los proyectos, entre otras, y en el caso de que secompruebe que los accionistas y/o representantes legales de los proveedores son las mismaspersonas que fungen como Beneficiarios en los proyectos, se podrn aplicar las sancionesestablecidas en el apartado 4.7.2 incisos b), c) y d) de estas Reglas de Operacin;

    d) Los Beneficiarios y/o empresas atendidas, debern conservar los documentos originales quecomprueben el ejercicio y gasto de los apoyos que les hayan sido otorgados hasta por los cinco aosposteriores a la fecha de terminacin del proyecto, o conforme a las disposiciones aplicables.Asimismo, se atender lo previsto en el Trmite inscrito en el Registro Federal de Trmites yServicios SE-06-029 Conservacin de informacin contable relacionada con apoyos derivados delPROSOFT;

    e) En el caso de los proyectos vinculados al Proyecto del Banco Mundial, adems de lo previsto en el

    inciso anterior la documentacin en todo momento podr estar sujeta a revisin por el Banco Mundialo por quien este organismo designe, y

    f) Como parte del Reporte Final, se incluir un dictamen contable del proyecto. El Consejo Directivopodr autorizar recursos al beneficiario para la realizacin de dicho dictamen. En el caso de losproyectos previstos conforme al numeral 4.5.5.1.c), el dictamen se deber realizar a la empresa demedios creativos digitales as como validar la transferencia de recursos del Beneficiario a esta ltima.

    4.5.5 Consideraciones sobre rubros de apoyo

    4.5.5.1Adopcin y produccin de TI

    a) Este rubro de apoyo est previsto para incentivar la adopcin de TI y promover el acercamiento entreUsuarios de TI con la oferta del sector de TI nacional, as como incentivar la produccin de medioscreativos digitales nacionales;

    b) Para la adopcin de productos o servicios de TI, el Usuario de TI deber contratar a una o variasempresas, agrupamientos empresariales y/o empresas integradoras del sector de TI que cuente(n)con:

    i. Una certificacin, evaluacin formal o verificacin en un modelo o norma de calidad o mejora deprocesos que cumpla con alguno de los siguientes supuestos:

    a. NMX-I-059-NYCE (MoProSoft).Con nivel 2 como mnimo, con excepcin de las empresasque tienen ms de 24 meses verificadas en dicho nivel, en cuyo caso se solicitar nivel 3;

    b. Capability Maturity Model Integration(CMMI). Con nivel 2 como mnimo vigente;

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    c. Team Software Process Organizational Evaluation and Certification (TSP-OEC).Dadoque la informacin puede no ser pblica, se deber enviar el comprobante correspondienteemitido por el Software Engineering Institute (SEI) a la Instancia Ejecutora;

    d. Otras normas o modelos. De contar con otra norma o modelo relacionado con el sectorde TI no previsto en los incisos anteriores, se deber enviar documentacin a la InstanciaEjecutora para que sta evale y determine si se puede considerar, y

    e. Medios creativos.En tanto no exista un modelo-norma formal vinculado a dicha actividad

    no se solicitar cumplir con este requisito.

    ii. Al menos 80% de los recursos humanos involucrados directamente para ofrecer el producto oservicio laboren en territorio nacional;

    iii. Ser necesario especificar la facturacin mnima a detonar en el sector de TI, el nmero deempresas del sector de TI vinculadas y los empleos mejorados o creados diferencindolos de loscorrespondientes a la empresa usuaria, y

    iv. En caso de que un proyecto aprobado requiera cambio de proveedor, ste deber ser validado yaprobado por la Instancia Ejecutora conforme a lo dispuesto en este numeral.

    c) Para laproduccin de medios creativos digitales, se deber observar lo siguiente:

    i. El interesado en fungir como Co-Productor podr negociar, con la empresa de medios creativosdigitales nacional, un mayor porcentaje de participacin o derechos sobre el producto, mismo

    que no podr ser mayor a 40 por ciento de lo que se obtuviera derivado del monto de apoyo delPROSOFT;

    ii. Deber anexarse a la Solicitud de Apoyo, un documento suscrito por los representantes legalesque correspondan, en el cual se establezca, de mutuo acuerdo el porcentaje adicional que el Co-Productor obtendr en caso de aprobarse el apoyo del PROSOFT;

    iii. El Consejo Directivo, evaluar si el acuerdo antes sealado as como el producto a elaborartendrn un efecto positivo en el desarrollo del subsector de medios creativos digitales en el pas.

    d) El 100% de la mezcla de recursos previstos en la Solicitud de Apoyo, incluidos los recursos recibidosdel PROSOFT, debern utilizarse para el pago a la empresa del sector de TI proveedora, y

    e) Al solicitar apoyo para este rubro de apoyo, no se podr hacer uso de otros rubros autorizados paradesarrollar el proyecto.

    4.5.5.2 Creacin y fortalecimiento de fondos

    a) Para crear instrumentos financieros destinados al otorgamiento de apoyos que operen como fondosde garanta, u otros medios alternativos de financiamiento y/o incrementar el subsidio asociado astos, el Operador o Intermediario Financiero podr presentar directamente Solicitudes de Apoyo alConsejo Directivo del PROSOFT para su autorizacin;

    b) El Operador y/o Intermediario Financiero ser responsable de recibir y administrar los recursos delPROSOFT y sus rendimientos destinados a tal propsito, as como de cubrir las prdidas en queincurran los intermediarios financieros que coloquen los crditos al amparo de este tipo deinstrumentos y conforme a lo que convenga la Instancia Ejecutora con el Operador Financiero;

    c) El Operador o Intermediario Financiero con proyectos aprobados ser responsable de informarmediante Reporte acordado previsto en el instrumento jurdico suscrito con la Secretara para el uso

    de los recursos, yd) Los Operadores o Intermediarios Financieros no tendrn carcter de Beneficiario ni Organismo

    Promotor, por lo que sus derechos y obligaciones no corresponden a los sealados para stos en laspresentes Reglas de Operacin. Los derechos y obligaciones de los Operadores o IntermediariosFinancieros se estipularn en los instrumentos jurdicos por medio de los cuales se otorguen losrecursos del PROSOFT.

    4.5.5.3Aceleracin de la poltica pblica

    a) Para detonar acciones estratgicas enfocadas a eliminar fallas de mercado que limitan el desarrollodel sector de TI as como las acciones previstas en el proyecto del Banco Mundial, la Instancia

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    Ejecutora podr canalizar directamente Solicitudes de Apoyo al Consejo Directivo para que stedetermine la pertinencia de asignar apoyos, sin pasar a travs de un Organismo Promotor;

    b) Dado el beneficio social de los proyectos, a los Beneficiarios vinculados a dicho rubro de apoyo no seles requerirn los incisos e) y f) del numeral 4.3.2; los formatos y mecanismos para cumplir con lasobligaciones previstas en los incisos b), d), e) y f) del numeral 4.6.2.2 se ajustarn por la InstanciaEjecutora con el fin de reflejar correctamente el alcance de dichos proyectos; asimismo, no serobligatorio ingresar la informacin prevista para el Organismo Promotor en el Anexo B,

    c) Los proyectos aprobados con este rubro de apoyo sern clasificados por la Instancia Ejecutoraconforme a lo previsto en el inciso d) de la Regla 4.5.2., y

    d) Los derechos y obligaciones de los Beneficiarios de tales proyectos se estipularn en losinstrumentos jurdicos por medio de los cuales se canalicen los recursos del PROSOFT, laspresentes Reglas de Operacin y otras disposiciones aplicables.

    4.5.6 Recursos devengados

    a) Los recursos de los apoyos se considerarn devengados cuando el Consejo Directivo determine,antes del 31 de diciembre del ejercicio fiscal que corresponda, que se ha acreditado la elegibilidad delos beneficiarios por haber cumplido con los requisitos establecidos en las presentes Reglas deOperacin, lo cual se har constar a travs del acuerdo de aprobacin de los proyectoscorrespondientes del Consejo Directivo, y

    b) En los casos en que los beneficiarios de los apoyos sean entidades federativas o municipios, sercondicin adicional para considerar que los recursos se encuentran devengados, que se hayarealizado la entrega de los recursos a dichos rdenes de gobierno.

    4.5.7 Reintegros y enteros

    Los reintegros y enteros se llevarn a cabo por parte de los Organismos Promotores y Beneficiariosconforme al procedimiento establecido por la TESOFE para lo cual se deber requerir a la Instancia Ejecutorala lnea de captura que corresponda para proceder al pago de los mismos.

    4.5.7.1 De los Organismos Promotores

    a) La Instancia Ejecutora podr solicitar el reintegro de los recursos que hubieran sido pagado a losOrganismos Promotores durante el ejercicio fiscal como resultado de la cancelacin de proyectos;

    b) Los recursos que estn en las cuentas bancarias de los Organismos Promotores y que al 31 de

    diciembre del ejercicio fiscal que corresponda, no estn devengados, debern ser reintegrados a laTESOFE dentro de los 15 das naturales siguientes al cierre del ejercicio;

    c) Una vez concluido el ejercicio fiscal, la Instancia Ejecutora podr solicitar el reintegro de los recursosno ministrados a los beneficiarios, derivado de que los mismos no se presentaron a firmar suConvenio de Asignacin de Recursos y/o solicitaron la cancelacin del proyecto. El reintegro deberrealizarlo en un plazo mximo de 15 das hbiles contados a partir de la fecha en que se efecte lanotificacin formal (va electrnica) por parte de la Instancia Ejecutora, y

    d) Cuando la Instancia Ejecutora, conforme al seguimiento que lleve a cabo determine que elOrganismo Promotor entreg recursos a beneficiarios distintos a los autorizados por el ConsejoDirectivo, le requerir realizar el reintegro de dichos recursos a la TESOFE en un plazo mximo de15 das hbiles contados a partir de la fecha en que se efecte la notificacin formal (va electrnica)por parte de la Instancia Ejecutora.

    Si en la cuenta bancaria donde se recibi el recurso federal, en su caso, se hubieren generadorendimientos o intereses, stos debern enterarse a la TESOFE en un plazo mximo de 15 das hbilescontados a partir de la fecha en que se efecte la notificacin formal (va electrnica) por parte de la InstanciaEjecutora. Para determinar el monto, se descontarn los impuestos que consten en los estados de cuentabancarios si los hubiera.

    4.5.7.2 De los Beneficiarios

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    a) Los beneficiarios debern reintegrar los recursos que se determinen por el Consejo Directivo por unacancelacin parcial o total del proyecto, en un plazo mximo de 15 das hbiles contados a partir dela fecha en que se efecte la notificacin formal (va electrnica) por parte de la Instancia Ejecutora

    b) En el caso de que al cierre de los proyectos los beneficiarios hayan tenido ahorros o remanentes enla cuenta bancaria donde se recibi el recurso federal, stos debern reintegrarse a la TESOFE enun plazo mximo de 15 das hbiles contados a partir de la fecha en que se efecte la notificacinformal (va electrnica) por parte de la Instancia Ejecutora, y

    c) Si en la cuenta bancaria donde se recibi el recurso federal, en su caso, se hubieren generadorendimientos o intereses durante el vida del proyecto, stos debern enterarse a la TESOFE en unplazo mximo de 15 das hbiles contados a partir de la fecha en que se efecte la notificacin formal(va electrnica) por parte de la Instancia Ejecutora. Para determinar el monto, se descontarn losimpuestos que consten en los estados de cuenta bancarios si los hubiera.

    4.5.8 Cargas Financieras

    a) El beneficiario o el Organismo Promotor al que la Instancia Ejecutora haya requerido llevar a cabo unreintegro o entero de recursos, estar obligado al pago de cargas financieras si excede el plazootorgado por la Instancia Ejecutora para concluir el reintegro a la TESOFE;

    b) Las cargas financieras sern calculadas sobre el monto que haya sido requerido, de conformidad conla metodologa de clculo que aplique la TESOFE para reintegros extemporneos y por el nmero dedas que se contabilicen a partir del da siguiente a que el plazo otorgado haya vencido y hasta el da

    en que se concluya el reintegro, yc) El pago de las cargas financieras se llevar a cabo conforme al procedimiento establecido por la

    TESOFE.

    4.6. Derechos y Obligaciones

    4.6.1 Derechos

    4.6.1.1 De los Organismos Promotores

    a) Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio;

    b) Acceder a la informacin y asesora necesaria para la operacin del programa;

    c) Solicitar y recibir informacin sobre el estado que guardan las gestiones que hubieran realizado;

    d) Enviar al Consejo Directivo, a travs de la Instancia Ejecutora, mediante el Sistema del fondo, las

    Solicitudes de Apoyo que determinen sean susceptibles de recibir apoyo en apego a su mecanismointerno de operacin;

    e) Recibir de la Instancia Ejecutora una respuesta sobre la resolucin tomada sobre las Solicitudes deApoyo completas que hayan sometido, a ms tardar en 90 das naturales posteriores a supresentacin. En caso de no recibir respuesta dentro de ese plazo, se entender que las mismas nofueron aceptadas, y

    f) Recibir con oportunidad los recursos de los proyectos que les sean aprobados por el ConsejoDirectivo.

    4.6.1.2 De los Beneficiarios

    a) Recibir un trato digno, respetuoso, equitativo y no discriminatorio;

    b) Elegir el Organismo Promotor a travs del cual puedan someter su Solicitud de Apoyo;

    c) Acceder a la informacin sobre el fondo PROSOFT y recibir la asesora necesaria a travs del

    Organismo Promotor o la Instancia Ejecutora;

    d) Solicitar y recibir informacin sobre el estado que guardan las gestiones que hayan realizado;

    e) Recibir respuesta sobre la resolucin tomada sobre su Solicitud de Apoyo a ms tardar en 90 dasnaturales posteriores a su presentacin completa ante la Instancia Ejecutora. En caso de no recibirrespuesta en el plazo mencionado, deber entenderse que la Solicitud de apoyo no fue aceptada;

    f) A quienes se les apruebe una Solicitud de Apoyo, tienen derecho a recibir con oportunidad el apoyoeconmico federal, a travs del Organismo Promotor, lo cual depender de la suficienciapresupuestal del fondo PROSOFT, y

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    g) Solicitar la autorizacin del Consejo Directivo para cualquier modificacin al proyecto aprobado, atravs del Organismo Promotor, siempre y cuando esto no se contraponga con el numeral 4.9.2,inciso h).

    4.6.2 Obligaciones

    4.6.2.1 De los Organismos Promotores autorizados

    Obligacin Descripcin

    a) Suscribir el Conveniocon la Secretara

    Suscribir el instrumento jurdico que corresponda, mismo que deber enviarsuscrito a la Instancia Ejecutora dentro de los veinte das hbiles posterioresa su recepcin en el caso de Entidades Federativas, y dentro de cinco dashbiles posteriores a su recepcin en el caso de Organismos Empresariales.En caso de no cumplir con el plazo establecido, el Consejo Directivo podrreasignar los recursos sin responsabilidad alguna para la Secretara o elConsejo Directivo.

    Con el fin de formalizar la aportacin del PROSOFT con una EntidadFederativa autorizada como Organismo Promotor y acelerar el proceso deentrega de recursos a los Beneficiarios, el Consejo Directivo podr aprobar elmonto marco de aportacin del PROSOFT para el ejercicio fiscal, mismo quese establecer en el Convenio de Coordinacin correspondiente.

    En caso de no suscribirse un Convenio de Coordinacin con un monto de

    aportacin autorizado por el Consejo Directivo, el monto del PROSOFT serigual al monto de las Solicitudes de Apoyo aprobadas por el ConsejoDirectivo, pudindose en todo momento suscribir las adendas o conveniosmodificatorios correspondientes.

    b) Contar con cuenta

    bancaria exclusiva para

    recibir el apoyo

    El Organismo Promotor deber contar con una cuenta bancaria que genere

    rendimientos, especfica y exclusiva para recibir los apoyos federales del

    PROSOFT que canalizar a los Beneficiarios. Por lo anterior, en esta cuenta

    no se debern mezclar recursos de otras aportaciones ya sean propias del

    Beneficiario o de terceros.

    c) Proporcionar

    recibo/factura de pago

    Entregar a la Instancia Ejecutora el recibo que proceda, dentro de los cinco

    das hbiles posteriores a su solicitud, para que se pueda tramitar el pago

    correspondiente por parte de la Secretara con cargo al PROSOFT.d) Acudir a las

    capacitaciones por

    parte de la IE

    Los Organismos Promotores debern asistir a las capacitaciones que la

    Instancia Ejecutora organice relacionadas con el PROSOFT.

    e) Cotejar documentacin

    de solicitantes y

    Beneficiarios

    Cotejar la documentacin entregada por los Solicitantes y Beneficiarios contra

    los documentos originales.

    f) Difundir el PROSOFT Se deber difundir en medios impresos o electrnicos:

    1) Que se ha obtenido la autorizacin como Organismo Promotor del

    PROSOFT por parte del Consejo Directivo en el presente ejercicio,

    incluyendo el medio para conocer el mecanismo interno de operacin

    que le fue aprobado por la Instancia Ejecutora.

    2) Las Convocatorias aprobadas por el Consejo Directivo. En el caso de

    Entidades federativas la publicacin de la convocatoria es una obligacin

    en tanto aun cuenten con recursos estatales para destinar a proyectos

    del PROSOFT.

    3) El total de Solicitudes de Apoyo recibidas por el Organismo Promotor, no

    slo las seleccionadas por ste para ser enviadas al Consejo Directivo.

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    4) Los impactos esperados de los apoyos aprobados por parte del Consejo

    Directivo.

    g) Acusar de recibido

    comunicaciones del

    PROSOFT

    Acusar de recibido en un plazo no mayor de tres das hbiles a partir del

    siguiente da hbil de haberla recibido cualquier notificacin realizada por la

    Instancia Ejecutora o por el Consejo Directivo a travs de su Secretario

    Tcnico.

    h) Comunicar acuerdos orequerimientos a

    Beneficiarios

    Notificar a los solicitantes o Beneficiarios cualquier resolucin de ConsejoDirectivo que les competa, dentro de los tres das hbiles posteriores a la

    notificacin del Secretario Tcnico.

    Se deber enviar a la Instancia Ejecutora, en el mismo trmino de tres das

    hbiles, copia de dichas notificaciones con el acuse de recibido por parte del

    Beneficiario o de la Poblacin Objetivo.

    i) Suscribir los Conveniosde Asignacin deRecursos

    Suscribir los Convenios de Asignacin de Recursos correspondientes a lasSolicitudes de Apoyo aprobadas; as como recabar la firma de losBeneficiarios y enviar dicho Convenio a la Instancia Ejecutora dentro de los15 das hbiles posteriores a su recepcin.

    En caso de no presentarse a firmar dicho Convenio en el plazo previsto, el

    Consejo Directivo podr cancelar el apoyo otorgado sin ningunaresponsabilidad para la Instancia Ejecutora o la Secretara.

    j) Otorgar los apoyos alos Beneficiarios

    Entregar, la totalidad de los recursos a los Beneficiarios en los trminosestablecidos en la Solicitud de Apoyo aprobada por el Consejo Directivo,garantizando la liberacin expedita de los recursos una vez que se cuentecon el Oficio de ministracin de recursos correspondiente emitido por laInstancia Ejecutora. Realizada la ministracin de recursos se deber informara la Instancia Ejecutora conforme al Anexo I.

    k) Presentar evidencia desus aportaciones a losproyectos.

    Si el Organismo Promotor efecta aportaciones para apoyar a los proyectos,dicho Organismo deber presentar las transferencias o depsitos bancariosmediante las cuales se comprueben dichas aportaciones.

    l) Solicitar modificacionesrequeridas por losBeneficiarios

    Solicitar por escrito a la Instancia Ejecutora, y en su caso, al ConsejoDirectivo, la autorizacin para cualquier modificacin a proyectos aprobados,solicitadas por los Beneficiarios o el Organismo Promotor conforme al Anexo J.

    m) Validar aplicacin derecursos

    Recabar, recibir y evaluar los Reportes de Avance/Final y validar ladocumentacin original comprobatoria de la ejecucin del proyecto y lacorrecta aplicacin de los apoyos otorgados por el PROSOFT que presentenlos Beneficiarios para acreditar las obligaciones, as como, en su caso,realizar visitas para la inspeccin fsica de los proyectos aprobados.

    En el caso de los proyectos vinculados con las actividades del BancoMundial, validar que los Beneficiarios hayan seguido los procedimientos deconformidad con la normativa sealada por dicho Organismo.

    n) Supervisar y vigilar elavance de proyectos

    Supervisar, vigilar, dar seguimiento e informar a la Instancia Ejecutora de losavances en el ejercicio de los recursos, cumplimiento de metas, tiempos,inversin, indicadores y objetivos de los proyectos aprobados y las visitas de

    inspeccin fsica de los proyectos aprobados.

    o) Reintegrar recursos noejercidos o noutilizadoscorrectamente

    Reintegrar a la TESOFE los recursos que no se destinen a los finesautorizados, as como los intereses y cargas financieras que se determinenconforme a lo previsto en las reglas 4.5.7.1 y 4.5.8.

    p) Facilitar verificacionesy auditoras

    Facilitar los trabajos de verificacin y la atencin de solicitudes de informacinen cualquier etapa del proceso de otorgamiento del apoyo econmico federal.

    q) Entregar los Reportesde Cumplimiento de

    Enviar a la Instancia Ejecutora el Reporte de Cumplimiento de Compromisos

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    (Octava Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 27 de febrero de 2013

    Compromisos del Organismo Promotor conforme al Anexo N.

    r) Entregaroportunamente lainformacin requerida

    Proporcionar en tiempo y forma la informacin requerida por las presentesReglas de Operacin, la Instancia Ejecutora o el Consejo Directivo.

    En caso de requerirlo, podrn solicitar a la Instancia Ejecutora una prrrogapara cumplir con la informacin requerida por sta.

    s) Notificar a la InstanciaEjecutora delincumplimiento de losBeneficiario

    Notificar oportunamente, a la Instancia Ejecutora, cualquier incumplimientodetectado en las obligaciones de los Beneficiarios.

    t) Cumplir con el marconormativo

    En general, cumplir, en todos los trminos, con lo dispuesto en las presentesReglas de Operacin, lineamientos de Banco Mundial en los proyectos queaplique, as como los acuerdos tomados por el Consejo Directivo y loestablecido en las disposiciones jurdicas y administrativas aplicables.

    4.6.2.2 De los Beneficiarios

    Obligacin Descripcin

    a) Cuenta bancaria

    exclusiva para recibir el

    apoyo federal

    Contar con una cuenta bancaria que genere rendimientos, especfica y

    exclusiva para recibir el apoyo federal del fondo PROSOFT, segmentando de

    manera clara el recurso vinculado a cada proyecto, por lo tanto no debermezclarse con otras aportaciones ya sea propias o de terceros.

    b) Suscribir el Convenio

    de Asignacin de

    Recursos

    Suscribir el Convenio de Asignacin de Recursos con la Secretara y el

    Organismo Promotor correspondiente conforme a lo establecido en los

    Anexos E o F en el plazo establecido para el Organismo Promotor, de lo

    contrario el Consejo Directivo podr cancelar el apoyo, sin ninguna

    responsabilidad para la Instancia Ejecutora o la Secretara.

    c) Proporcionar recibo de

    pago

    Entregar al Organismo Promotor el recibo que ste le solicite, para que pueda

    realizar las gestiones necesarias para el pago correspondiente, conforme a lo

    establecido en el Anexo M.

    d) Entregar Reporte(s) deAvance

    Entregar al Organismo Promotor la documentacin y los Reporte(s) deAvance que correspondan en tiempo y forma.

    e)Entregar Reporte Final Entregar al Organismo Promotor el Reporte Final en tiempo y forma

    atendiendo lo previsto en el numeral 4.5.4 de las Reglas de Operacin. Los

    Beneficiarios y/o empresas atendidas debern adjuntar al Reporte Final, una

    carta signada por el representante legal, en la que bajo protesta de decir

    verdad de que toda la documentacin comprobatoria del gasto, de

    entregables e impacto es fidedigna.

    f) Entregar informacin

    sobre los beneficios e

    impactos del proyecto

    Los Beneficiarios estn obligados, durante los dos ejercicios posteriores a la

    fecha de cierre del proyecto, a entregar la informacin relativa a los beneficios

    e impactos del proyecto apoyado, con el fin de monitorear el impacto del

    programa. Lo anterior podr hacerse a travs de la ficha tcnica establecidapara ese fin por la Instancia Ejecutora, o conforme lo determine sta y en los

    plazos establecidos por la misma.

    g) Solicitar modificaciones

    al proyecto aprobado

    Solicitar por escrito, a travs del Organismo Promotor, la autorizacin del

    Consejo Directivo para cualquier modificacin al proyecto aprobado conforme

    al Anexo J.

    h) Facilitar visitas de

    supervisin e

    Aceptar y facilitar la realizacin de visitas de supervisin e inspeccin,

    verificaciones y auditoras con el fin de comprobar la correcta aplicacin de

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    Mircoles 27 de febrero de 2013 DIARIO OFICIAL (Octava Seccin)

    inspeccin,

    verificaciones y

    auditoras

    los apoyos otorgados, conforme a la Solicitud de Apoyo aprobada.

    i) Cumplir con lo previsto

    en el proyecto

    aprobado

    Cumplir con los tiempos, indicadores, entregables, compromisos y

    lineamientos generales y particulares de la Solicitud de Apoyo aprobada por

    el Consejo Directivo, en estricto apego al objetivo del proyecto, las presentes

    Reglas de Operacin y dems disposiciones aplicables.j) Utilizar correctamente

    los apoyos

    Aplicar los apoyos recibidos de acuerdo a la Solicitud de Apoyo aprobada por

    el Consejo Directivo, en estricto apego al objetivo del proyecto, las presentes

    Reglas de Operacin y a las dems disposiciones aplicables. En el caso de

    los proyectos vinculados con las actividades del Banco Mundial, dar

    cumplimiento con la normativa de dicho organismo internacional en materia

    de adquisiciones.

    k) Reintegrar recursos noaplicados, o nodestinados a los finesautorizados

    Una vez terminado el proyecto, en caso de no haberse documentado en elReporte Final el cumplimiento de metas, indicadores, entregables y objetivosde los proyectos, as como recursos no aplicados o remanentes en la cuentaespecfica donde se recibi el apoyo del PROSOFT, la Instancia Ejecutora

    determinar el monto a reintegrar, mismo que ser comunicado a travs delOrganismo Promotor.

    Se deber cumplir con lo previsto en las reglas 4.5.7.2 y 4.5.8 en materia dereintegros, intereses generados y cargas financieras que se determinen.

    l) Difundir el apoyo delfondo PROSOFT

    En caso de acciones de difusin y promocin de los proyectos aprobados porel Consejo Directivo, as como la informacin de resultados obtenidos, setendr la obligacin de sealar expresamente el apoyo de la Secretara y elfondo PROSOFT.

    m) Cumplir con marconormativo

    En general, cumplir, en todos sus trminos, con lo dispuesto en las presentesReglas de Operacin, lineamientos de Banco Mundial en los proyectos queaplique, as como con los acuerdos emitidos por el Consejo Directivo y lasdems disposiciones jurdicas y administrativas aplicables.

    n) Evaluarse en elprograma FIT

    Todas las empresas MIPYME del sector de TI que reciban apoyos delPROSOFT, debern evaluarse dentro del Programa FIT y presentar losresultados a la Instancia Ejecutora, cuando sta lo requiera, o en su defectopermitir que la misma tenga acceso a ellos. Independientemente del nmerode proyectos que le sean aprobados a una misma empresa en el mismoejercicio fiscal, slo ser necesario presentar un reporte de resultados porempresa.

    4.7 Incumplimiento y sanciones

    4.7.1 Causales de sancin para Organismos Promotores y Beneficiarios

    a) Presentar documentacin falsa;b) Utilizar el apoyo recibido para fines distintos a los autorizados, o aplicarlos inadecuadamente de

    manera que adviertan ineficiencia o deshonestidad;

    c) No entregar los Reportes en los plazos establecidos;

    d) No realizar las aportaciones que les corresponden conforme a la Solicitud de Apoyo aprobada;

    e) Incumplir con la ejecucin del proyecto aprobado;

    f) No permitir los trabajos de verificacin o auditora;

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    (Octava Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 27 de febrero de 2013

    g) No entregar informacin o documentacin requerida en los plazos establecidos;

    h) No reintegrar el monto que determine la Instancia Ejecutora en tiempo y forma;

    i) Incumplir con lo previsto en los instrumentos jurdicos;

    j) Utilizar el recurso federal para beneficiar a los accionistas y/o representantes legales de losBeneficiarios haciendo uso de proveedores vinculados a ellos, e

    k) Incumplir cualquier otra obligacin o deber jurdico previsto en las presentes Reglas de Operacin,

    sus anexos, o requerimientos realizados por el Consejo Directivo y la Instancia Ejecutora.

    4.7.2 Sanciones

    El Consejo Directivo, en funcin de la gravedad de las causales de sancin, podr:

    a) Requerir al Organismo Promotor y/o al Beneficiario para que, dentro del trmino que se le determine,subsane las omisiones o irregularidades advertidas;

    b) Hacer del conocimiento pblico el incumplimiento mediante los mecanismos que determine elConsejo;

    c) Cancelar en forma total o parcial la entrega de los apoyos;

    d) Solicitar el reintegro de recursos, y

    e) Recomendar la suspensin o reduccin de los apoyos.En su caso, el Consejo Directivo deber notificar a la Secretara del beneficio que se obtuvo en perjuicio

    del fisco federal para que proceda en los trminos de las disposiciones legales vigentes, incluyendo los

    aspectos fiscales y/o penales, al cobro mediante los procedimientos administrativos y judiciales que

    correspondan, debiendo adems, exclursele de posibles apoyos subsecuentes por parte del PROSOFT.

    Las sanciones previstas en esta seccin se aplicarn sin perjuicio de que se ejerciten las acciones legales

    que procedan, por lo que la Secretara se reserva el derecho de ejercer la accin legal pertinente de

    conformidad con las disposiciones aplicables.

    4.8 Instancia Ejecutora

    4.8.1 Responsable

    La Instancia Ejecutora estar facultada para interpretar las presentes Reglas de Operacin y resolver

    sobre aspectos no contemplados en ellas.

    4.8.2 Obligaciones.

    a) Capacitar a los Organismos Promotores en el marco de las presentes Reglas de Operacin;

    b) Elaborar los instrumentos jurdicos correspondientes y registrarlos ante la Unidad de Asuntos

    Jurdicos de la Secretara;

    c) Difundir las Solicitudes de Apoyo aprobadas as como los resultados obtenidos;

    d) Tramitar los pagos de Solicitudes de Apoyo aprobadas;

    e) Analizar y en su caso aprobar, los Reportes de Avance / Final elaborados por los Beneficiarios,

    presentados por los Organismos Promotores, as como solicitar los reintegros que correspondan;

    f) Analizar y en su caso aprobar, el Reporte de Cumplimiento de Compromisos del OrganismoPromotor, conforme al Anexo N;

    g) Analizar, y en su caso resolver, las prrrogas solicitadas por los Organismos Promotores, para lo cual

    podr solicitar apoyo al Consejo Directivo;

    h) Facilitar y supervisar el desarrollo de los componentes previstos en el proyecto del Banco Mundial, y

    i) Tomar las acciones necesarias para dar cumplimiento a lo establecido por el Consejo Directivo y las

    presentes Reglas de Operacin.

    4.9 Instancia Normativa

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    Mircoles 27 de febrero de 2013 DIARIO OFICIAL (Octava Seccin)

    La Instancia Normativa del PROSOFT ser el Consejo Directivo, el cual emitir sus acuerdos conforme a

    las disposiciones previstas en las presentes Reglas de Operacin.

    4.9.1 Integrantes del Consejo Directivo

    a) El titular de la Direccin General de la DGISCI, quien lo presidir;

    b) Un representante del Instituto Nacional del Emprendedor;

    c) Un representante de la Oficiala Mayor;

    d) Un representante de la Direccin General de Industrias Pesadas y Alta Tecnologa de la

    Subsecretara;

    e) El Director General Adjunto de Innovacin de la DGISCI;

    f) Un representante de la Direccin Adjunta de Desarrollo Tecnolgico e Innovacin del CONACYT;

    g) Un representante de la Unidad de Inteligencia de Negocios de PROMEXICO, y

    h) Un representante de la Coordinacin General de Delegaciones Federales de la Secretara.

    Adicionalmente se invitar de manera permanente a un representante de la Unidad de Asuntos Jurdicos,uno del Organo Interno de Control en la Secretara, un asesor de la Subsecretara y a dos expertos quedetermine la Instancia Ejecutora, quienes tendrn voz, sin voto, en las sesiones del Consejo Directivo.

    Asimismo, el Secretario Tcnico podr invitar a representantes de otras Unidades Administrativas de laSecretara, organismos e instituciones pblicas y/o privadas que se relacionen con proyectos o asuntos quesean presentados en las sesiones, con derecho a voz, sin voto.

    El Director de Economa Digital de la DGISCIfungir como Secretario Tcnico y tendr voz pero sin voto.

    Cada uno de los integrantes del Consejo Directivo podr designar un suplente, quien tendr las mismasfacultades que el titular. Dicha designacin se har ante el Secretario Tcnico en cualquier momento y servlida para las sesiones que efecte el Consejo Directivo para todo el ejercicio fiscal, o en su defecto, porSesin de Consejo Directivo. Las designaciones de suplentes hechas podrn ser objeto de revocacin.

    El Consejo Directivo slo podr sesionar cuando estn presentes al menos cuatro de sus consejeros o ensu defecto sus suplentes.

    En caso de que exista empate en la toma de decisiones de los acuerdos respectivos, el Presidente delConsejo Directivo tendr voto de calidad.

    4.9.2 Facultades y obligaciones del Consejo Directivo

    a) Sesionar al menos trimestralmente en forma ordinaria y en forma extraordinaria cuando as serequiera;

    b) Dictaminar las Solicitudes de Apoyo conforme a las presentes Reglas de Operacin y, en su caso,aprobar los montos y porcentajes de apoyo a otorgar;

    c) Aprobar y modificar los Criterios de Operacin del PROSOFT;

    d) Aprobar el Modelo Paramtrico a utilizarse en la convocatoria correspondiente;

    e) Determinar las fechas de apertura y cierre de las Convocatorias, as como su contenido;

    f) Analizar y determinar cundo una Solicitud de Apoyo puede clasificarse como accin estratgica,proyecto de industria o vinculado al Proyecto del Banco Mundial, as como autorizar el monto y

    porcentaje de apoyo del PROSOFT;

    g) Reasignar los recursos que lleguen a generarse cuando no se hayan ministrado al OrganismoPromotor y/o al Beneficiario, con motivo de la cancelacin de proyectos aprobados;

    h) Analizar y, en su caso, aprobar las modificaciones, prrrogas y/o ampliaciones de vigencia de losproyectos que soliciten los Beneficiarios, siempre y cuando stas no afecten el impacto y la poblacinobjetivo, no impliquen un incremento del apoyo federal, ni comprometan recursos de ejerciciosposteriores;

    i) Analizar y, en su caso, aprobar las aportaciones en especie;

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    (Octava Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 27 de febrero de 2013

    j) Establecer las sanciones que correspondan;

    k) Analizar y determinar cules son las vocaciones estratgicas del Sector de TI;

    l) Analizar y en su caso, cancelar proyectos aprobados, cuando ante algn incumplimiento con lasobligaciones establecidas en las presentes Reglas de Operacin y dems disposiciones aplicables;

    m) Solicitar, en cualquier momento, la presentacin de Reportes de Avance, Final o de Cumplimiento deCompromisos;

    n) Delegar a la Instancia Ejecutora facultades de autorizacin y las funciones que determine necesarias;o) Ordenar evaluaciones, dictmenes tcnicos y contables, as como visitas para validar la informacin

    obtenida de los Reportes que rindan los Beneficiarios y Organismos Promotores;

    p) Pronunciarse sobre aquellos casos en que por negligencia u omisin del Organismo Promotor, sehaya perjudicado al Beneficiario;

    q) En su caso aprobar el listado de proveedores cuyos incumplimientos de manera reiterada hangenerado la cancelacin total o parcial de proyectos de manera directa, instruyendo a la InstanciaEjecutora para que realice la difusin correspondiente del listado a travs de los medios disponiblesde la Secretara;

    r) Aprobar el sistema de indicadores para medir y analizar el impacto y resultados del PROSOFT;

    s) Aprobar la Metodologa para el Clculo de los Porcentajes de Apoyo, y

    t) En general, todas las facultades y obligaciones necesarias para la consecucin de los objetivos delPROSOFT.

    4.9.3 Funciones y facultades del Secretario Tcnico

    a) Elaborar el Orden del Da de los asuntos que se sometern a la consideracin del Consejo Directivo;

    b) Convocar a los miembros del Consejo Directivo, as como a los invitados que ste determine;

    c) Integrar la lista de asistencia de la sesin y efectuar la verificacin del qurum;

    d) Auxiliar en la conduccin de las sesiones del Consejo Directivo;

    e) Elaborar las actas correspondientes a cada sesin;

    f) Dar de alta en el Sistema del fondo, el dictamen emitido por el Consejo Directivo respecto a lasSolicitudes de Apoyo;

    g) Notificar a los Organismos Promotores las resoluciones del Consejo Directivo sobre los temas quehayan sometido a su consideracin;

    h) Notificar a las Delegaciones de la Secretara en las Entidades Federativas el listado de los proyectosque fueron aprobados en dicha entidad;

    i) Integrar los expedientes para el debido resguardo de las listas de asistencia, actas y acuerdos decada sesin;

    j) Dar seguimiento a los acuerdos adoptados por el Consejo Directivo;

    k) Emitir correspondencia oficial a nombre del Consejo Directivo tratndose de comunicacin deacuerdos, respuestas y difusin de informacin, y

    l) Certificar acuerdos del Consejo Directivo y documentacin relacionada.

    La documentacin que emita el Secretario Tcnico podr ser en archivos electrnicos y enviarse a travsde correo electrnico.

    4.10 Coordinacin Institucional

    La Instancia Ejecutora establecer los mecanismos de coordinacin necesarios para garantizar que elPROSOFT no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones de laSecretara; la coordinacin institucional y la vinculacin de acciones busca potenciar el impacto de losrecursos, fortalecer la cobertura de las acciones, detonar la complementariedad y reducir gastosadministrativos.

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    Mircoles 27 de febrero de 2013 DIARIO OFICIAL (Octava Seccin)

    5. MECANICA OPERATIVA

    5.1 Proceso de Operacin

    La operacin del fondo PROSOFT considera ocho procedimientos presentados en el Anexo C:

    Nombre de procedimiento Descripcin breve

    a) Difusin Mecanismo y actividades que debern observar y realizar losOrganismos Promotores y Delegaciones Federales de la Secretara

    para dar a conocer a la opinin pblica, y en particular a la comunidadempresarial del sector de TI el PROSOFT, as como las Convocatoriasque el Consejo Directivo apruebe.

    b) Organismos Promotores Mecanismo y actividades que debern observar y realizar losgobiernos de las Entidades Federativas y los OrganismosEmpresariales para obtener la autorizacin del Consejo Directivo yfungir como Organismo Promotor del PROSOFT (Anexos G, H, K y L),as como informar sobre el cumplimiento de los compromisos a sucargo (Anexo N).

    c) Solicitudes de Apoyo Mecanismo y actividades que debern observar la Poblacin Objetivoy los Organismos Promotores para poder someter Solicitudes deApoyo (Anexo B) a la consideracin del Consejo Directivo.

    d) Seleccin de Beneficiarios Mecanismo y actividades a travs de los cuales el Consejo Directivodeterminar los Beneficiarios del PROSOFT, en funcin de los criteriosde seleccin de los Beneficiarios, conforme al numeral 4.4 de laspresentes Reglas de Operacin.

    e) Formalizacin de apoyos Mecanismo y actividades para la suscripcin de los instrumentosjurdicos previstos en las presentes Reglas de Operacin (Anexo D, Ey F).

    f) Entrega de apoyos Mecanismo y actividades para canalizar los apoyos aprobados a losBeneficiarios (Anexos I y M).

    g) Seguimiento a Beneficiarios Actividades que debern observar y realizar los Beneficiarios y losOrganismos Promotores para dar seguimiento a los proyectos a travs

    de la presentacin de los Reportes de Avance/Final, Trmite inscritoen el Registro Federal de Trmites y Servicios SE-06-018 y, en sucaso, solicitar modificaciones a los proyectos aprobados (Anexo J).

    h) Anlisis de Impacto Mecanismo a travs del cual se efecta el anlisis y evaluacin delimpacto del PROSOFT.

    i) Reintegros Mecanismo que debern realizar los beneficiarios y los OrganismosPromotores para cumplir con el reintegro y entero de recursosdeterminados por la Instancia Ejecutora o el Consejo Directivo.

    5.2 Gastos de operacin

    El presupuesto federal que se asigna en el presente ejercicio fiscal ser distribuido de la forma siguiente:

    I. Como mnimo 97.37 por ciento se destinar a los Apoyos a los Beneficiarios, y

    II. Hasta 2.63 por ciento ser destinado a los gastos asociados a la eficiente supervisin y evaluacindel PROSOFT.

    5.3Avances fsicos-financieros

    5.3.1A la Cmara de Diputados

    La Secretara enviar a la Cmara de Diputados del H. Congreso de la Unin, por conducto de lascomisiones correspondientes, informes trimestrales sobre el presupuesto ejercido entregado a losBeneficiarios, as como los informes sobre el cumplimiento de las metas y objetivos con base en los

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    (Octava Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 27 de febrero de 2013

    indicadores de desempeo y de gestin previstos en las presentes Reglas de Operacin. Asimismo turnarcopia de esos informes a las Secretaras de Hacienda y Crdito Pblico y de la Funcin Pblica o a aquelorganismo que corresponda ejercer sus atribuciones.

    Dichos informes se debern presentar a ms tardar a los 15 das naturales posteriores a la terminacin decada trimestre.

    Esta informacin ser difundida simultneamente al pblico en general, a travs de la pgina electrnicawww.economia.gob.mx y/o www.prosoft.economia.gob.mx.

    5.3.2Al Banco Mundial

    Se faculta al Director General de Innovacin, Servicios y Comercio Interior y al Director General Adjunto deInnovacin de la DGISCI para firmar los estados financieros, notas y dems informes requeridos para laGestin Financiera relacionados al Proyecto del Banco Mundial.

    5.4 Cierre de proyectos

    La Instancia Ejecutora entregar una Carta de Cierre de Ejercicio de proyectos, a travs del OrganismoPromotor, a aquellos Beneficiarios cuyo Reporte Final haya sido aprobado. Sin menoscabo de lo anterior, losBeneficiarios de los proyectos podrn ser sujetos de requerimientos adicionales ya sea por el ConsejoDirectivo, la Instancia Ejecutora o los actores previstos en el numeral 6 de las presentes Reglas de Operacin.

    6. SEGUIMIENTO, CONTROL Y AUDITORIA

    6.1 SeguimientoCon el propsito de impulsar la eficiencia y eficacia en la operacin del Programa, as como promover su

    mejora continua, la Secretara llevar a cabo el seguimiento, supervisin y evaluacin del ejercicio de los

    apoyos, acciones ejecutadas, resultados, indicadores y metas alcanzadas a travs del Sistema del Fondo

    PROSOFT o mediante los medios electrnicos que se establezcan para ello.

    Asimismo, podr realizar acciones de seguimiento y supervisin fsicas, en las cuales se podr apoyar en

    las Delegaciones Federales de la Secretara en las entidades as como de otros organismos que determine

    para tal efecto.

    Se faculta al Director General de Innovacin, Servicios y Comercio Interior, al Director de Economa Digital

    y a los Delegados Federales de la Secretara para suscribir y efectuar el seguimiento de los Convenios de

    Asignacin de Recursos.

    6.2 Control y Auditora

    Considerando que los recursos federales de este programa no pierden su carcter federal al ser

    entregados, su ejercicio est sujeto a las disposiciones federales aplicables y podrn ser auditados por las

    siguientes instancias, conforme a la legislacin vigente y en el mbito de sus respectivas competencias: el

    Organo Interno de Control en la Secretara, la Secretara de la Funcin Pblica o quien en su caso ejerza sus

    atribuciones, en coordinacin con los rganos de control de los gobiernos locales, as como por la Auditora

    Superior de la Federacin.

    De manera particular, todas aquellas Solicitudes de Apoyo aprobadas que estn alineadas al Proyecto del

    Banco Mundial, podrn ser auditadas por dicho organismo internacional o en su caso por la entidad designada

    a travs de la Secretaria de la Funcin Pblica o quien en su caso ejerza sus atribuciones y responsable de

    llevar a cabo la revisin de las actividades del Proyecto.

    El Beneficiario deber dar todas las facilidades a dichas instancias para realizar, en el momento en que lo

    juzguen pertinente, las auditoras que consideren necesarias; asimismo, efectuar el seguimiento y solventar

    las observaciones planteadas por los rganos de control. La inobservancia de esta disposicin

    independientemente de las sanciones a que hubiere lugar, limitar la ministracin de los recursos federales en

    el siguiente ejercicio presupuestal.

    7. EVALUACION

    7.1 Indicadores

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    Mircoles 27 de febrero de 2013 DIARIO OFICIAL (Octava Seccin)

    El PROSOFT contar con los indicadores estratgicos y de gestin sealados en el Anexo P, los cuales

    permitirn conocer los resultados del programa en el ejercicio fiscal, mismos que han sido incluidos en la

    matriz de indicadores para resultados (MIR) 2013.

    Asimismo, el PROSOFT contar con un sistema de indicadores para medir el logro de los objetivos del

    programa, sus resultados e impacto, el cual considerar, adems de diferentes tipos de indicadores, los

    siguientes mbitos de medicin: insumos, procesos, resultados e impactos.

    Adicionalmente, el Consejo Directivo podr requerir el establecimiento y seguimiento de indicadorescomplementarios.

    7.2 Interna

    Con la informacin que los Beneficiarios y los Organismos Promotores entreguen sobre los avances yconclusin de los proyectos apoyados, la Instancia Ejecutora evaluar el impacto y los beneficios delPROSOFT.

    7.3 Externa

    Para evaluar el apego a estas Reglas de Operacin, el impacto del programa y los beneficios econmicosy sociales de sus acciones, la satisfaccin de los Beneficiarios del PROSOFT, as como su costo y efectividad,la Instancia Ejecutora, de conformidad con lo establecido en el artculo 78 de la Ley Federal de Presupuesto yResponsabilidad Hacendaria, dispondr la realizacin de una evaluacin externa del PROSOFT,considerando el Programa Anual de Evaluacin y los lineamientos que para tal efecto emitan las autoridadescompetentes.

    8. TRANSPARENCIA

    8.1 Difusin

    Estas Reglas de Operacin, adems de su publicacin en el Diario Oficial de la Federacin, estarndisponibles en la pgina electrnica de la Secretara (www.economia.gob.mx) y/o enwww.prosoft.economia.gob.mx.

    La Secretara promover y difundir el Programa, a travs de los medios a su alcance, adems de reportarlas actividades realizadas y las empresas beneficiadas. Para ello, se apoyar en las representacionesfederales de la Secretara.

    Los Organismos Promotores realizarn acciones de difusin del PROSOFT ante organismos, empresas,instituciones acadmicas, centros de investigacin, entre otros. A su vez, debern cumplir con lo previsto en el

    numeral 4.6.2.1.f).La publicidad para la difusin del PROSOFT que contraten o utilicen las dependencias, Entidades

    Federativas y Organismos Empresariales, deber incluir, claramente visible y/o audible, la siguiente leyenda:Este programa es pblico, ajeno a cualquier partido poltico. Queda prohibido el uso para fines distintos a losestablecidos en el programa.

    Las obligaciones en materia de difusin del PROSOFT previstas en las presentes Reglas de Operacinson sin perjuicio de las disposiciones en materia electoral que rijan para la SE y, en su caso, para losOrganismos Promotores.

    8.2 Padrn de Beneficiarios.

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    (Octava Seccin) DIARIO OFICIAL Mircoles 27 de febrero de 2013

    La Secretara publicar el Padrn de Beneficiarios trimestralmente en la pgina de Internet de laSecretara www.economia.gob.mx.

    9. QUEJAS Y DENUNCIAS

    Los Beneficiarios, los Organismos Promotores y el pblico en general podrn presentar por escrito susinconformidades, quejas y denuncias, las cuales podrn ser annimas conforme a los lineamientos aplicables,con respecto a la ejecucin del PROSOFT y la aplicacin de las presentes Reglas de Operacin, ante lasinstancias que a continuacin se sealan, en el orden siguiente:

    a) El Organo Interno