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PROCEDIMIENTO TÉCNICO PREVIO AL ESTUDIO MINERO Sebastián Plaza Carlos Nieto Topografía de minas. 26-03-2015

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Procedimiento Técnico Previo Al Estudio Minero

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Procedimiento Tcnico previo al estudio minero

Sebastin PlazaCarlos NietoTopografa de minas.

26-03-2015

Objetivo.1

Procedimientos2

-Pedimento.2

Observaciones Importantes3

-Presentacin del pedimento4

-Manifestacin7

Observaciones importantes.9

-Presentacin de la Manifestacin9

Objetivo.

La presente gua de referencia tiene como objetivo orientar y apoyar a todo usuario que en virtud de lo dispuesto en el Cdigo de Minera, se disponga a constituir una concesin minera.

En las pginas siguientes, se encontrar de manera simple y sistemtica, distintos pasos administrativos que deben adoptarse en las etapas de constitucin de un PEDIMENTO minero o una MANIFESTACIN minera, ambas figuras legales que dan origen a una concesin minera. Con ello no se pretende interpretar ni alterar las disposiciones contenidas en el respectivo Cdigo de Minera, sino ms bien, como ya se ha dicho, se pretende satisfacer las interrogantes de un importante sector de la ciudadana que por distintas razones o no est vinculado al sector minero, o por su condicin socioeconmica no tiene fcil acceso a la informacin.

Procedimientos-Pedimento.

Es un escrito (documento) mediante el cual una persona natural o jurdica solicita un determinado sector con ubicacin geogrfica especfica, con el objetivo de explorar sustancias minerales concesibles.

Cmo Es ste documento?

Es un escrito que va dirigido al Juzgado de Letras, correspondiente a la comuna donde se ubica el pedimento. A continuacin se presenta un modelo de este:

Observaciones Importantes

Debe indicarse las coordenadas UTM (Universal Transverse Mercator) del punto medio.

Los lados del pedimento, horizontalmente y a voluntad del concesionario, medirn como mnimo mil metros o mltiplos de mil metros.

Aquel Pedimento que no cumpla con la indicacin de las coordenadas UTM del punto medio, o bien stas se presentan con error, ser rechazado y se anular la presentacin.

Las coordenadas UTM del punto medio, se pueden obtener mediante la carta topogrfica del Instituto Geogrfico Militar (IGM)

El largo y ancho de las dimensiones del terreno pedido no podrn tener una relacin superior de cinco a uno. Es decir el lado ms largo no debe ser ms de cinco veces el lado ms pequeo.

-Presentacin del pedimento

El escrito se presenta por el interesado al Juzgado de Letras, que tiene

Jurisdiccin sobre la comuna donde se ubique el punto de medio de la zona de inters.

Adems, con un pago de taza, que se realiza dentro de los primeros 30 das contados desde la presentacin de este al juzgado.

En el artculo 51 del Cdigo de Minera, se indican los montos que deben cancelarse por concepto de tasa del pedimento. El interesado podr personalmente confeccionar el formulario para pago a travs del sitio de la Tesorera General de la Repblica.

El comprobante indicar adems, el Juzgado, el nmero de rol del expediente y el nombre de la concesin.

Una vez que se ha completado dicho formulario con los datos requeridos se debe cancelar la suma respectiva.

El comprobante de este pago deber conservarse y acompaar a la solicitud de sentencia constitutiva de la concesin de exploracin.

-Imagen formulario utilizado por la tesorera

Si el Juez considera que el pedimento cumple con lo indicado en el Cdigo de Minera, ste ordena inscribir y publicar, en el plazo de 30 das contados desde la fecha que l lo ordena.

Si el informe es desfavorable el Juez ordena al peticionario corregir las observaciones dentro de un plazo de 8 das.

-Inscripcin:

Una vez que el Juez ordena inscribir y publicar el pedimento, el Secretario del Juzgado dar copia autorizada de ste, segn lo seala el artculo 50 del Cdigo de Minera, consistente en una copia del pedimento, con la resolucin del Juez, el nmero de rol del expediente y el timbre que dice copia autorizada.

A contar de la fecha de la resolucin que ordena inscribir, se tienen 30 das para hacerlo. La copia autorizada del pedimento se inscribe en el Conservador de Minas que corresponda, de acuerdo a la comuna donde se ubique el pedimento.

La inscripcin del pedimento que entrega el Conservador de Minas, se debe publicar en el Boletn Oficial de Minera, dentro de los 30 das posteriores a la re- solucin que as lo ordena.

-Manifestacin

Es un escrito (documento) mediante el cual una persona natural o jurdica solicita un determinado sector de inters con el objetivo de explotar sustancias minerales concesibles.

Cmo es este documento?

Este escrito va dirigido al Juzgado de Letras correspondiente a la comuna donde se ubica la manifestacin y se puede hacer de dos formas, dependiendo esto de la cantidad de hectreas manifestadas. A continuacin se presentan los dos modelos.

-Manifestacin por Vistas: Se podr hacer una manifestacin por vistas cuando la superficie del terreno pedido no exceda las 100 hectreas. Esta es muy ambigua, pues en caso de juicio por ubicacin, tiene preferencia la manifestacin que fija su Punto de Inters con coordenadas UTM.

-Manifestacin por Coordenadas: Se podr hacer dicha manifestacin si la superficie del terreno manifestado excede las 100 hectreas y se realizar indicando las coordenadas del punto de inters en coordenadas UTM.

Se presenta en la siguiente pgina un modelo de escrito para manifestacin por coordenadas UTM, cuyo objetivo es servir de orientacin a quienes lo requieran:

Para ambos casos, el largo y ancho de las dimensiones del terreno manifestado, no podrn tener una relacin superior de cinco a uno, es decir, el lado ms largo no debe ser ms de 5 veces el lado ms pequeo.

Imagen Manifestacin.

Observaciones importantes.

Para el caso de manifestaciones por vistas deben indicarse las vistas con las distancias aproximadas.

Los lados de la pertenencia, horizontalmente y a voluntad del concesionario, medirn como mnimo cien metros o mltiplos de cien metros.

Para la manifestacin por coordenadas, la ubicacin se puede obtener mediante la carta topogrfica (IGM)

El escrito debe presentarlo el interesado en el Juzgado de Letras, de acuerdo a la comuna donde se ubique el punto de inters.

Las pertenencias podrn tener un mnimo de 1 hs y un mximo de 10 hs. El grupo de pertenencias no podr exceder de 1.000 hs.

-Presentacin de la Manifestacin

El escrito se presenta por el interesado al Juzgado de Letras, de acuerdo a la comuna donde se ubique el punto de inters.

El comprobante indicar adems, el Juzgado donde se tramita la manifestacin, el nmero de rol del expediente y el nombre de la concesin.

Una vez que se ha completado dicho formulario con los datos requeridos ya sea a travs del sitio de Tesorera o confeccionado por los funcionarios de Tesorera se debe cancelar la suma respectiva ($) a travs del sitio de la Tesorera General de la Repblica si lo confeccion por Internet o cancelar en las instituciones recaudadoras autorizadas (IRAS) o en las cajas de Tesorera si el formulario de pago fue confeccionado en dichas oficinas. El comprobante de este pago deber conservarse y acompaar a la solicitud de mensura.

-Inscripcin:

Si el Juez encuentra que la manifestacin cumple con lo indicado en el Cdigo de Minera; ste ordena inscribir y publicar, en el plazo de 30 das contados desde que l lo ordena. Para ello otorga al interesado, una copia autorizada de la manifestacin.

Si el informe tcnico es desfavorable el Juez ordena al manifestante corregir las observaciones dentro de un plazo de 8 das.

Esta copia autorizada es con la que ordena el Juez, para que el interesado haga la inscripcin de la manifestacin en el Conservador de Minas. Corresponde a la transcripcin ntegra de la manifestacin que se ingres al Juzgado con la re- solucin que ordena inscribir y publicar, la certificacin de copia autorizada y el nmero del rol del expediente.

A contar de la fecha de la resolucin que ordena inscribir, se tienen 30 das para hacerlo. Esta inscripcin es la transcripcin ntegra de la copia autorizada de la manifestacin, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas, que corresponda de acuerdo a la comuna donde se ubique la manifestacin.

La copia ntegra de la inscripcin de la manifestacin que entrega el Conservador de Minas, se debe publicar en el Boletn Oficial de Minera que corresponda a la jurisdiccin, dentro de los 30 das posteriores a la resolucin que ordeno su inscripcin y publicacin.

Conclusin

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