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PO.12 PERMISO DE TRABAJO Subproceso: Desarrollo SGI hacia Operación de la Compañía Proceso: Desarrollo Gestión Integrada Versión 5 y fecha: 07/2015 PROCEDIMIENTO PO.12 Permiso de Trabajo (PT) Responsables Responsable Levantamiento: Revisado por: Aprobado por: Nombre: Jose Miguel Espinoza Erika Mancilla Quiroga Jorge Valdés Aguilar Romina Tapia Espinoza Cargo: Subgerente Asistencia Técnica, Eléctrica y Control Jefe Sistema de Gestión Integrado Analista de Sistemas Especialista Sistema de Gestión Integrado Nombre: Juan Andrés Morel Juan Pablo Shaeffer Fabres Italo Cuneo Hervieux Patricio Troncoso Romero Claudio Olivares Álvarez Daniel Laghezza Garnica Cargo: Gerente de Seguridad y Salud Ocupacional Gerente División Desarrollo Sustentable Gerente Técnico Gerente Centrales Hidroeléctricas Gerente Centrales Termoeléctricas Gerente de Centrales Térmicas 8° Región Nombre: Carlos Luna Cabrera Cargo: Gerente División Generación

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PO.12 PERMISO DE TRABAJO Subproceso: Desarrollo SGI hacia Operación de la Compañía

Proceso: Desarrollo Gestión Integrada

Versión 5 y fecha: 07/2015

PROCEDIMIENTO

PO.12 Permiso de Trabajo (PT)

Responsables

Responsable Levantamiento: Revisado por: Aprobado por:

Nombre:

Jose Miguel Espinoza

Erika Mancilla Quiroga

Jorge Valdés Aguilar

Romina Tapia Espinoza

Cargo:

Subgerente Asistencia Técnica,

Eléctrica y Control

Jefe Sistema de Gestión Integrado

Analista de Sistemas

Especialista Sistema de Gestión

Integrado

Nombre:

Juan Andrés Morel

Juan Pablo Shaeffer Fabres

Italo Cuneo Hervieux

Patricio Troncoso Romero

Claudio Olivares Álvarez

Daniel Laghezza Garnica

Cargo:

Gerente de Seguridad y Salud

Ocupacional

Gerente División Desarrollo Sustentable

Gerente Técnico

Gerente Centrales Hidroeléctricas

Gerente Centrales Termoeléctricas

Gerente de Centrales Térmicas 8°

Región

Nombre:

Carlos Luna Cabrera

Cargo:

Gerente División Generación

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PO.12 PERMISO DE TRABAJO Subproceso: Desarrollo SGI hacia Operación de la Compañía

Proceso: Desarrollo Gestión Integrada

Versión 5 y fecha: 07/2015

Este documento no se encuentra controlado en formato físico, la persona que requiere imprimir este documento debe asegurarse que se encuentre en la última versión, para acceder a la última versión ingresar a la plataforma Livelink.

INDICE

1. OBJETIVO .......................................................................................................................... 6

2. ALCANCE ......................................................................................................................... 6

3. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD .................................................................................. 6

4. DEFINICIONES ................................................................................................................... 7

5. DESARROLLO .................................................................................................................. 19

5.1 Aspectos Generales del Proceso ............................................................................ 19

5.2 Organización y Roles ................................................................................................ 19

5.3 Flujogramas Permiso de Trabajo ............................................................................. 20

5.4 Funciones y/o Tareas a dar cumplimiento ............................................................ 20

5.4.1 Jefe Faena Propio ................................................................................................. 21

5.4.2 Programador de Maniobras de Operación ...................................................... 22

5.4.3 Jefe del Servicio ..................................................................................................... 22

5.4.4 Coordinador de Mantenimiento ......................................................................... 23

5.4.5 Encargado de Maniobras .................................................................................... 24

5.4.6 Ejecutor de Maniobras .......................................................................................... 25

5.4.7 Reemplazante autorizado del Jefe de Faena .................................................. 25

5.4.8 Operador de Turno ................................................................................................ 25

5.4.9 Asistentes de Operación ...................................................................................... 25

5.4.10 Inspector de Faena .................................................................................................. 26

5.4.11 Supervisor de Operación (o Jefe de Turno de Operación) ................................ 27

5.4.12 Jefe de Faenas de Terceros .................................................................................... 28

5.4.13 Inspector de Contratos ........................................................................................... 29

5.4.14 Coordinador de Instalación ................................................................................... 31

5.4.15 Jefatura o Línea Jerárquica Propia ........................................................................ 32

5.4.16 Jefatura o Línea Jerárquica de Terceros ............................................................... 32

5.4.17 Jefatura o Línea Jerárquica del Inspector de Faena ...................................... 33

5.5 Actividades a realizar por Personal Propio o de Terceros ................................... 34

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Versión 5 y fecha: 07/2015

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5.6 De las Faenas de Terceros en las Instalaciones .................................................... 34

5.7 Consideraciones en la asignación de Roles ......................................................... 35

5.8 Aclaraciones y excepciones ................................................................................... 36

6. DOCUMENTOS RELACIONADOS ................................................................................. 39

7. REGISTROS ...................................................................................................................... 40

8. ANEXOS........................................................................................................................... 41

8.1 Cuadro Aplicación Permisos de Trabajo ............................................................... 41

8.2 Anexo 2: Información que debe contener el registro PO.12-RE.01. .................. 42

8.3 Anexo 3: Información que debe contener el registro PO.12 RE.03 .................. 53

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Control de Versiones

Versión Sección Fecha Contenido

1.0 Todas 12/2010 Se modifica procedimiento de acuerdo a revisión efectuada sobre las base de

las dudas y comentarios planteados por las centrales de la GDG y que se

registran en la planilla de “Respuestas a Observaciones Procedimiento PT”

ubicada en Livelink Gerencia Técnica y distribuida a todas la centrales con

fecha 30.12.10.

2.0 Todas 03/2012 Se modifica procedimiento de acuerdo a integración del registro de Permiso de

Trabajo a SAP PM (Proyecto Integración OT-PT).

3.0 Todas 03/2012 Se modifica procedimiento incorporando en éste nuevas condiciones para

casos no cubiertos en la primera versión, en particular para faenas de Terceros

en instalaciones de Colbún S.A.. Además, se incorporan modificaciones al

tratamiento de faenas Ajenas y se abordan las situaciones que dificultan el

cumplimiento de los roles del PT en la organización de las centrales y por último,

se mejora la redacción de aspectos interpretables para una mejor comprensión

de éstos.

4.0 Todas 09/2013 Se incluyen precisiones en el alcance relacionadas con la aplicación de nuevo

formato PO.12-RE.03 Permiso de Trabajo para Faenas sin Interferencias con la

Explotación.

Se incluyen flujogramas para PT Faenas Propias, Faenas Contratistas y Faenas

Ajenas.

Se realizan cambios de forma para dar mayor claridad al procedimiento.

Se elimina el registro PO.12-RE.02 “Lista de Recintos Exentos de PT”.

Se incluye Anexo 3: Información que debe contener el registro PO.12 RE.03

5.0 Todas 07/2015 Se realiza el proyecto de mejoras y ajustes al PT. Cuya metodología incorporó

recepción de comentarios de todas las centrales, jornadas ampliadas de

análisis y discusión con representantes definidos por cada central.

Implementación de las mejoras a través de ciclo de capacitación.

La información del proyecto se ubica en la carpeta:

http://livelink.colbunsa.cl/Livelink/livelink.exe/open/23394839

En términos generales:

Se incorporaron Definiciones.

Se agregaron Aclaraciones y Excepciones.

Se revisaron roles y responsabilidades.

Se migró la aplicación de SAP - Adobe a SAP - Web Dynpro, se homologó

formulario PO.12-RE.01 en Excel de emergencia.

Se incorporó el Registro PO.12-RE.04 “Lista de roles y cargos por central o

complejo”.

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Se separa sistema LOTO, es decir, si las maniobras requieren LOTO se planifican

en los registros del PO.07.

Se agregó el Registro PO.12-RE.05 “Solicitud de Desconexión Interempresa

(SODI)”. En los casos donde terceras empresas requieran efectuar intervenciones

en instalaciones de su propiedad, que se ubican físicamente dentro de la

propiedad de Colbún,

Se incorporaron los Protocolos de Cero Fatalidad (PCF) en el Registro PO.12-RE.01

Se mejora el registro PO.12-RE01 de acuerdo a las observaciones levantadas por

las centrales y complejos y las jornadas ampliadas de revisión.

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1. OBJETIVO

Regular las acciones y condiciones necesarias para la ejecución de trabajos en, o que

afecten a las instalaciones de explotación, con el propósito de controlar los riesgos que

dichas acciones y condiciones acarrean para personas, el medio ambiente, los equipos y

el servicio. Lo anterior se regirá mediante el uso del documento denominado Permiso

de Trabajo (PT).

El Permiso de Trabajo se usará en toda circunstancia en que deban realizarse trabajos

en cualquiera de las siguientes modalidades:

En instalación desenergizada

En instalación energizada

Próximo a instalación energizada

Sin interferencia con la Explotación

2. ALCANCE

Este Procedimiento será de aplicación general y obligatoria para todo el personal de

Colbún S.A. y Filiales, en adelante Colbún, pertenezcan a sus Instalaciones de

Explotación o no, y para todo el personal de Contratistas o Terceros ajenos a Colbún que

cumpla funciones dentro o para éstas. El procedimiento en comento regirá desde la

fecha de su publicación en todas las instalaciones de Generación y Transmisión

dependientes de la Gerencia de División Generación.

Este procedimiento aplica a Faenas realizadas por Personal Propio perteneciente a la

Instalación, a Faenas realizadas por Terceros en Instalaciones de Explotación y a Faenas

de Colbún con personal Ajeno a la Instalación, denominadas Faena Propia, Faena

Contratista y Faena Ajena respectivamente.

3. RESPONSABILIDAD Y AUTORIDAD

Jefe de Instalación/Subgerente o Gerente de Planta

Velar por la difusión y cumplimiento de este procedimiento, asegurando eficacia en

su aplicación.

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Asegurar y/o asignar los recursos necesarios para la efectiva aplicación de este

procedimiento.

Gerencia de Seguridad y Salud Ocupacional

Gestionar anualmente evaluaciones de este procedimiento en las distintas

instalaciones.

Asesorar y fiscalizar el cumplimiento del presente procedimiento.

Supervisor MAS&SO

Velar por la correcta aplicación del procedimiento PT en terreno, identificando

oportunidades de mejoramiento.

Para cumplir con el punto anterior, debe estar informado de todos los PT de la

instalación que están en proceso de planificación y en vigencia.

Revisar el formulario PT de todas aquellas faenas críticas, o por solicitud del

Supervisor o bien cuando este tenga relación con uno o más Protocolos de Cero

Fatalidades (PCF).

Informar al Jefe/Subgerente o Gerente de Instalación de las no conformidades o

desviaciones detectadas.

De todo el Personal en General

Cumplir con lo que establece el presente procedimiento de acuerdo a su cargo y rol

asignado.

Cumplir todas las normas de seguridad que le conciernan directamente.

Informar inmediatamente al Operador de Turno si se detecta cualquier

incumplimiento o desviación a la aplicación de este procedimiento.

4. DEFINICIONES

En relación con este procedimiento, se deben revisar los conceptos que se requieran para una mejor comprensión de este procedimiento que aquí se detallan además de estar contenidos en el documento OD.01 “Glosario del SGI”.

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4.1 Faena

Es el conjunto de actividades que desarrollan una o varias personas sobre una instalación o uno o varios equipos relacionados y que conforman una unidad específica, con el propósito de mantenerlos, repararlos o alcanzar cualquier objetivo previamente establecido.

4.2 Frente de Trabajo

Es el lugar físico en que se desarrollan los diferentes trabajos que constituyen una Faena. Una Faena en que la unidad considerada está formada por varios equipos, podrá estar constituida a su vez, por varios frentes de trabajo.

4.3 Instalación Energizada

Se considerará como instalación energizada todo recinto o lugar donde existan fuentes de energía de cualquier tipo, o sus dispositivos de distribución, y que constituyan riesgo potencial para las personas, o que también, debido a acciones fortuitas puedan comprometer la seguridad del servicio. Igualmente se consideran instalaciones energizadas los lugares o recintos de desplazamiento de personal con proximidad a fuentes de energía o sus dispositivos de distribución. En particular en instalaciones eléctricas, se considerará energizado todo elemento del circuito eléctrico que no esté cortocircuitado y debidamente conectado a tierra, todas las posibles fuentes de energía y de tensión.

Se consideran como fuentes de energía los elementos tales como:

a) Los generadores, transformadores, interruptores, condensadores, cables, líneas,

celdas, barras, tableros, bancos de baterías, cargadores de baterías, equipos y otros dispositivos eléctricos sometidos a cualquier valor de tensión.

b) Embalses, pretiles, túneles, sifones, bocatomas, cámaras de cargas, desarenadores, canales y vertederos.

c) Redes de agua, aceite, aire, combustibles, productos químicos y vapor con o sin presión.

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d) Elementos accionados por, o que cuentan con resortes de potencia, contrapesos, volantes o cualquier otro elemento mecánico de acumulación de energía.

4.4 Instalación desenergizada

Es aquella instalación a la que se le han bloqueado todas las posibles vías de llegada normal o accidental de cualquier tipo de energía.

4.5 Instalación desenergizada eléctrica

Es el circuito, equipo o instalación que está desconectado de la fuente de energía eléctrica y que además están cortocircuitadas y conectadas a tierra todas las posibles fuentes de tensión donde se realizará el trabajo, de acuerdo a lo establecido en las “Cinco Reglas de Oro”.

4.6 Próximo a instalación energizada

Es aquella instalación (recinto o lugar) que se encuentra cercana a una fuente energía de cualquier tipo y que eventualmente a través de medios físicos podría energizar la instalación intervenida.

4.7 Instalación desconectada

Es aquella que se ha separado de la instalación en Explotación mediante equipos o dispositivos de corte visible para impedir la llegada de energía desde el resto de la instalación en servicio. La instalación desconectada no está apta por este solo hecho para intervenir en ella y cualquier intervención se considerará trabajo con energía.

4.8 Instalación despejada

Es la instalación en donde el personal se ha retirado, se ha solicitado la cancelación del Permiso de Trabajo por parte del Jefe de Faena, y se han retirado todas sus tierras provisionales, previo chequeo una a una, por lo tanto, está en condiciones de ser conectada y energizada.

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4.9 Instalación con Interferencia con la Explotación

Instalación que es parte constituyente del proceso productivo y/o que está relacionada o contigua a éste a través de redes físicas o inalámbricas, que pueden afectar directa o indirectamente la continuidad del servicio o su disponibilidad.

4.10 Instalación sin Interferencia con la Explotación

Instalación que es no parte constituyente del proceso productivo o que no está relacionada o contigua a éste a través de redes físicas o inalámbricas, y que no afectan ni directa o indirectamente la continuidad del servicio o su disponibilidad.

4.11 Fuentes de tensión

Son aquellas instalaciones eléctricas equipos o dispositivos que en algún momento podrían energizar o inducir una tensión en la Zona de Trabajo. Se considerarán como fuentes de tensión los puntos de corte visible de las fuentes de energía, los paralelismos o cruces con líneas de transmisión, subtransmisión o distribución, grupos electrógenos de clientes, derivaciones de la red en media tensión, límites de zona de redes de baja tensión y fenómenos atmosféricos.

4.12 Cinco reglas de oro

Son las condiciones básicas para intervenir un circuito eléctricamente energizado y que consisten en las siguientes reglas: 1° Regla de Oro: Abrir con corte visible todas las fuentes de ENERGÍA. 2° Regla de Oro: Enclavamiento o Bloqueo, si es posible, de los aparatos de corte y señalización en el mando de esto. 3° Regla de Oro: Reconocimiento de la Ausencia de Tensión. 4° Regla de Oro: Puesta a tierra y en cortocircuito todas las posibles fuentes de TENSIÓN. 5° Regla de Oro: Colocar las señales de seguridad adecuadas, delimitando la zona de trabajo.

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4.13 Para faenas realizadas por personal propio

4.13.1 Jefe de faena

Es el funcionario responsable de planificar, dirigir y efectuar una Faena, conforme a Procedimientos que le permitan llevar a cabo su cometido en forma segura para las personas, el medio ambiente, los equipos y el servicio amparado en un Permiso de Trabajo previamente aprobado y autorizado, que el mismo previamente ha validado. El Jefe de Faena debe supervisar los trabajos para que estos se desarrollen y materialicen con seguridad. En ese contexto el Jefe de Faena no debe intervenir físicamente en la faena, pues con ello pierde la perspectiva de lo que se está realizando y el control del personal que interviene en ésta. Las excepciones a lo antes indicado se detallan en el punto 5.8, sobre Aclaraciones y Excepciones.

4.13.2 Jefatura o Línea Jerárquica Propia

Es el funcionario autorizado de Colbún que autoriza la planificación de faena preparada por el Jefe de Faena.

Será el responsable de controlar que las Faenas se ejecuten conforme a los procedimientos vigentes, los que deberán ser conocidos por el Jefe de Faena previa a la ejecución de la o las Faenas.

En caso de ausencia de la Jefatura o Línea Jerárquica Propia podrá ser reemplazado por quien designe el Jefe de la Instalación, hecho que deberá ser comunicado formalmente al Jefe del Servicio con la debida antelación.

4.13.3 Reemplazante autorizado del jefe de faena

Es el funcionario que reemplaza excepcionalmente al Jefe de Faena. Estas situaciones serán autorizadas por la jefatura directa del área involucrada o su reemplazante, sólo en el transcurso de una faena ya iniciada, tomando para sí las mismas atribuciones y deberes del Jefe de Faena. Esta persona deberá estar indicada y autorizada en el Permiso de Trabajo.

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4.13.4 Jefe del servicio

Es el funcionario responsable de las instalaciones de generación y transmisión, facultado para autorizar el retiro del servicio de un equipo que será intervenido, considerando la mejor oportunidad desde el punto de vista de la seguridad de las personas, el medio ambiente, los equipos y el servicio. Dichas funciones y deberes serán asumidas por el Jefe de Operación o por quien designe el Jefe de Instalación.

4.13.5 Encargado de maniobras

Es el funcionario encargado de dirigir y ejecutar las maniobras necesarias para obtener la desconexión de un equipo o instalación con el objeto de ser intervenido, de acuerdo a lo establecido en un Permiso de Trabajo, garantizando que tales maniobras serán mantenidas hasta la cancelación de este último.

También estarán a su cargo las maniobras necesarias para la reposición del equipo o instalación al Servicio.

Dichas funciones y deberes serán asumidas principalmente por el Operador de Sala de Control o por quien designe su línea jerárquica.

4.13.6 Ejecutor de maniobras

Es el funcionario que colabora con el Encargado de Maniobras en la ejecución de las maniobras necesarias para la desconexión y reposición al servicio de un equipo o instalación.

Dichas funciones y deberes serán asumidas principalmente por el personal de operación de terreno (Asistente, Ayudante, Operador, etc.) o por quien designe su línea jerárquica.

4.13.7 Programador de maniobras de operación

Es el funcionario nombrado por el Jefe del Servicio responsable de preparar la planificación de maniobras en forma secuencial y cronológica para obtener las condiciones estipuladas en el Permiso de Trabajo para el retiro programado de equipos o instalaciones.

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Proceso: Desarrollo Gestión Integrada

Versión 5 y fecha: 07/2015

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Dichas funciones y deberes serán asumidas principalmente por el Supervisor de Operación o por quien designe su línea jerárquica.

4.13.8 Coordinador de mantenimiento

Es el funcionario facultado para aprobar la planificación y ejecución de faenas multidisciplinarias que concurren sobre una misma instalación o equipo, con el propósito de asegurar la debida coordinación entre las diferentes actividades y se minimice las interferencias entre éstas durante su desarrollo, para así evitar riesgos en las personas, el medio ambiente, los equipos y el servicio. Se considera como faenas multidisciplinarias aquellas originadas por diferentes especialidades o cuando concurren a una misma instalación o equipo diferentes tipos de faenas (propia, terceros, ajena).

El rol de Coordinador de Mantenimiento será asumido por el Jefe del Mantenimiento, si tal cargo existiere; ante la ausencia de éste las funciones y deberes antes indicadas serán asumidas por quien designe la jefatura de la Instalación.

4.13.9 Faena propia

Corresponde a todas las faenas que el personal de Colbún, perteneciente a la Instalación, desarrolle dentro de las instalaciones empleando para ello recursos propios.

4.14 Para faenas realizadas por terceros en instalaciones de explotación

4.14.1 Jefe de faena de Terceros

Es el funcionario nominado por el contratista, individualizado y autorizado por el correspondiente Permiso de Trabajo, responsable de la ejecución de la Faena en condiciones seguras para las personas, el medio ambiente, los equipos y el servicio.

Es la única persona que en representación del contratista puede solicitar al Inspector de Faena que tramite un Permiso de Trabajo, para el retiro total o parcial de un equipo por un período determinado, con el objeto de efectuar un trabajo en las condiciones de seguridad requeridas.

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Versión 5 y fecha: 07/2015

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Recibe del Inspector de Faena los equipos e instalaciones en las condiciones especificadas en el Permiso de Trabajo y los devuelve a éste en condiciones de ser repuestos al servicio normal. El Jefe de Faena debe supervisar los trabajos para que estos se desarrollen y materialicen con seguridad. En ese contexto el Jefe de Faena no debe intervenir físicamente en la faena, pues con ello pierde la perspectiva de lo que se está realizando y el control del personal que interviene en ésta. Las excepciones a lo antes indicado se detallan en el punto 5.8, sobre Aclaraciones y Excepciones.

4.14.2 Jefatura o Línea Jerárquica de Terceros

Es el funcionario autorizado por la Empresa Contratista que autoriza la planificación de faena preparada por el Jefe de Faena de Terceros.

Será el responsable de controlar que las Faenas se ejecuten conforme a los procedimientos de trabajo, los que deberán cumplir los estándares exigidos por Colbún, y que deberán ser conocidos por el Jefe de Faena de Terceros previo a la ejecución de la o las Faenas.

4.14.3 Inspector de faena

El Inspector de Faena es el funcionario autorizado de Colbún que lleva las relaciones con el Contratista en lo concerniente a intervenir instalaciones en explotación.

Además, y para los efectos de este procedimiento, llevará las relaciones entre el Contratista y el personal de Colbún involucrado. Será el responsable de controlar que las Faenas se ejecuten conforme a los procedimientos vigentes, los que deberán ser conocidos por el Contratista en forma previa a la ejecución de la o las Faenas.

El Inspector de Faena podrá ser reemplazado por quien designe su línea jerárquica, hecho que deberá ser comunicado formalmente al Contratista y al Jefe del Servicio con la debida antelación. El Inspector de Faenas podrá inspeccionar varias faenas en forma alternada. El tiempo de permanencia en ellas dependerá de la evaluación que realice el propio Inspector sobre la base de la criticidad y relevancia de las actividades. Estas deberán quedar identificadas en la Planificación de la faena y no podrán ser ejecutadas sin la presencia del Inspector de Faenas.

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4.14.4 Jefatura o Línea Jerárquica del Inspector de Faena

Es el funcionario autorizado de Colbún que autoriza la planificación de faena preparada por el Jefe de Faena de Terceros y aprobada por su Línea Jerárquica, y posteriormente por el Inspector de Faena.

Será el responsable de controlar que las Faenas se ejecuten conforme a los procedimientos vigentes, los que deberán ser conocidos por el Jefe de Faena de Terceros e Inspector de Faena previo a la ejecución de la o las Faenas. Este rol solo será aplicado en los casos que se señalan en el punto 5.8, sobre Aclaraciones y Excepciones, letra h).

4.14.5 Faena realizadas por terceros

Corresponda a todas las faenas que el personal contratista, desarrolle dentro de las instalaciones, a requerimiento del personal propio de la Instalación, para lo cual deberá existir un contrato que formalice la entrega de estos servicios.

4.15 Para faenas de Colbun con personal ajeno a la instalación

4.15.1 Jefe de Faena de Terceros

Es el funcionario nominado por el contratista o el funcionario de Colbún ajeno a la instalación, según corresponda, individualizado y autorizado por el correspondiente Permiso de Trabajo, responsable de planificar, dirigir y efectuar la Faena en condiciones seguras para las personas, el medio ambiente, los equipos y el servicio.

Es la única persona que en representación del contratista o del área ajena a la instalación, según corresponda, puede solicitar al Inspector de Contrato que tramite un Permiso de Trabajo, para el retiro total o parcial de un equipo por un período determinado, con el objeto de efectuar un trabajo en las condiciones de seguridad requeridas.

Recibe del Inspector de Contrato los equipos e instalaciones en las condiciones especificadas en el Permiso de Trabajo y los devuelve a éste en condiciones de ser repuestos al servicio normal.

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El Jefe de Faena debe supervisar los trabajos para que estos se desarrollen y materialicen con seguridad. En ese contexto el Jefe de Faena no debe intervenir físicamente en la faena, pues con ello pierde la perspectiva de lo que se está realizando y el control del personal que interviene en ésta. Las excepciones a lo antes indicado se detallan en el punto 5.8, sobre Aclaraciones y Excepciones.

4.15.2 Jefatura o Línea Jerárquica de Terceros

Es el funcionario autorizado por la Empresa Contratista que autoriza la planificación de faena preparada por el Jefe de Faena de Terceros.

Será el responsable de controlar que las Faenas se ejecuten conforme a los procedimientos de trabajo, los que deberán cumplir los estándares exigidos por Colbún, y que deberán ser conocidos por el Jefe de Faena de Terceros previo a la ejecución de la o las Faenas.

4.15.3 Inspector de contratos

El Inspector de Contratos es la persona perteneciente a Colbún, ajena a la Instalación, encargada de todos los aspectos relacionados con las faenas que se ejecuten fuera de las actividades bajo la responsabilidad de la Operación y el Mantenimiento de la Instalación. Es el funcionario autorizado de Colbún que lleva las relaciones con el Contratista. Para los efectos de este procedimiento, llevará las relaciones con el personal de la Instalación, a través del Coordinador de Instalación. Será el responsable de controlar que las Faenas se ejecuten conforme a los procedimientos vigentes, los que deberán ser conocidos por el Contratista en forma previa a la ejecución de la o las Faenas. El Inspector de Contrato podrá ser reemplazado por quien designe su línea jerárquica, hecho que deberá ser comunicado formalmente al Coordinador de Instalación.

4.15.4 Coordinador de instalación

Persona designada por la jefatura de la Instalación, para que coordine las actividades del Inspector de Contratos, que de alguna manera tengan relación con las actividades de Operación y Mantenimiento propias de la Instalación, en sus aspectos operacionales, de seguridad para las personas y el medio ambiente, utilizando para ello, toda la normativa y procedimientos vigentes en la Instalación, que apliquen en cada caso.

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4.15.5 Faena ajena a la instalación (faena ajena)

Corresponde a todas las faenas que el personal de Colbún que no pertenece a la Instalación, desarrolle dentro de sus instalaciones, sean o no por requerimientos propios de la Instalación.

4.16 Otros términos

4.16.1 Servicio

Conjunto de acciones coordinadas del personal de una Instalación y de sus equipos y/o sistemas, para mantener continua la producción del negocio, sea ésta de generación o transmisión de energía eléctrica.

4.16.2 Instalación de Explotación (Instalación)

Centrales Generadoras, Sub Estaciones, Líneas de Transmisión, con toda su infraestructura de obras civiles, obras hidráulicas, etc., sean para uso industrial o administrativo.

4.16.3 Áreas

Se refiere a las especialidades de mantenimiento (Eléctrica, Mecánica, I&C, Telecomunicaciones y Obras Civiles).

4.16.4 Vigencia (Permiso de Trabajo)

Período durante el cual, el personal responsable de la faena está autorizado por la Operación para ejecutar los trabajos, previo a lo cual éstos habrán tomado todas las medidas para que los trabajos se realicen en forma segura.

4.16.5 Procedimiento de Bloqueo (LOTO)

Corresponde a un procedimiento que norma la aplicación de un sistema de bloqueo y señalización de equipos dejados en una condición determinada, para dar seguridad a quienes tengan que trabajar en ellos o en otros equipos relacionados.

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4.16.6 Anormalidad

Mal funcionamiento de un equipo o sistema, por lo que éste no puede desempeñar su

función operacional, total o parcialmente. Entra también en esta definición, los

equipos que por algún desperfecto atentan contra la seguridad de las personas o el

medio ambiente. Es sinónimo del Aviso en el módulo PM de SAP.

4.16.7 Planificación (del trabajo de un PT)

Establecer todas las actividades que involucra un determinado trabajo, ordenándolas en el tiempo y asignándole los recursos materiales y humanos necesarios para su ejecución. En esta instancia se debe reconocer todos los riesgos que tales actividades conllevan para las personas y el medio ambiente, indicando los medios que se utilizarán para eliminarlos o controlarlos.

4.16.8 Mantenimiento Preventivo Básico (MPB)

El MPB consiste en los trabajos de carácter periódico que se deben realizar a los equipos, tanto de carácter rutinario como mayor. Los trabajos rutinarios consisten entre otros en: mediciones, inspecciones, calibraciones, pruebas, limpiezas, reaprietes, verificación de parámetros de funcionamiento. Los trabajos de carácter mayor, incluyen desarmes parciales o completos, recambio de piezas, etc., basándose en las recomendaciones del fabricante de los equipos.

4.16.9 Bloqueos

Cualquier medio o acción que impida que un determinado equipo o sistema cambie de la condición o posición en que el personal de operación o mantenimiento lo haya dejado para realizar un trabajo en forma segura.

4.16.10 Terceros

Son los Contratistas, Subcontratistas y sus trabajadores. Además para efectos de actividades o faenas en las Instalaciones de la Explotación, serán considerados

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terceros, el personal de Colbún, ajeno a la instalación en donde se desarrolla dicha actividad o faena.

5. DESARROLLO

5.1 Aspectos Generales del Proceso

Toda Faena realizada en las Instalaciones de Explotación, deberá ser acompañada de un documento llamado Permiso de Trabajo. La creación del documento, planificación, ejecución del trabajo, maniobras de conexión y desconexión, serán de responsabilidad de la Operación y las Áreas involucradas en la intervención. El uso del Permiso de Trabajo es obligatorio para toda intervención programada o de emergencia, ajena a las actividades propias de la operación rutinaria, que afecte a los equipos o instalaciones primarias o auxiliares para la generación y transmisión de energía, obras civiles e hidráulicas y en general para todas las intervenciones que conlleven un riesgo para las personas, el medio ambiente, los equipos y el servicio. Se debe asegurar permanentemente la coordinación entre las partes (Operación y Mantenimiento), durante la planificación, desarrollo y cancelación del PT.

5.2 Organización y Roles

En la siguiente tabla se resumen los Roles involucrados por Tipo de Faena:

Tipo de Faena Roles participantes por Tipo de Faena

Faena Propia

Jefe de Faena / Reemplazante autorizado

Jefatura o línea Jerárquica Propia

Coordinador de Mantenimiento (Si corresponde)

Jefe de Servicio

Programador de Maniobras

Encargado de Maniobras

Ejecutor de Maniobras

Faena con Contratista

Jefe Faena de Terceros / Reemplazante autorizado (Personal externo)

Jefatura o línea Jerárquica de Terceros

Inspector de Faena

Jefatura o línea Jerárquica del Inspector de Faena (Sí aplica)

Coordinador de Mantenimiento (Si corresponde)

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Jefe de Servicio

Programador de Maniobras

Encargado de Maniobras

Ejecutor de Maniobras

Faena Ajena

Jefe Faena de Terceros / Reemplazante autorizado (Personal externo)

Jefatura o línea Jerárquica de Terceros

Coordinador de Mantenimiento (Si corresponde)

Inspector de Contratos (Personal Colbún ajeno a la Instalación)

Coordinador de Instalación

Jefe de Servicio

Programador de Maniobras

Encargado de Maniobras

Ejecutor de Maniobras

Para revisar la descripción de los distintos roles establecido en el presente procedimiento ver punto 4. Para la implementación del procedimiento PT la organización de la instalación deberá adaptarse a los requerimientos de roles señalados en éste, y velando que los trabajadores no asuman más de un rol a la vez, teniendo presente las consideraciones señaladas en punto 5.8 referidas a la asignación de roles dada las diferencias organizacionales identificadas en la Instalaciones. Cada central deberá generar un registro propio en donde se indiquen los distintos roles

que pueden ejercer un determinado cargo. Para ello deberá emplearse el registro

PO.12-RE.04 “Lista de roles y cargos por central o complejo”.

5.3 Flujogramas Permiso de Trabajo

En el siguiente link: http://livelink.colbunsa.cl/livelink/llisapi.dll/open/28728997 se adjuntan los siguientes flujogramas:

Flujograma PT Faena Propia

Flujograma PT Faena Contratista

Flujograma PT Faena Ajena.

En ellos se presenta de forma resumida la secuencia de tareas asociadas al procedimiento PT.

5.4 Funciones y/o Tareas a dar cumplimiento

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A continuación se detallan las funciones y/o tareas asignadas a cada uno de los roles indicados en 5.2. Adicionalmente se incluyen las funciones y/o tareas, en el marco de este procedimiento, que deben cumplir los siguientes cargos:

Operador de Turno

Supervisor de Operación y/o Jefe de Turno

Asistente de Operación.

5.4.1 Jefe Faena Propio

a) Preparar la Faena conforme a la planificación.

b) Confeccionar el Permiso de Trabajo, indicando claramente en éste las condiciones requeridas para ejecutarlo.

c) Firmar el Permiso de Trabajo y preocuparse de obtener la aprobación (estatus APRO) de su línea jerárquica y del Coordinador de Mantenimiento, este último cuando corresponda.

d) Obtener las aprobaciones y autorizaciones que correspondan, especialmente las condiciones y bloqueos requeridos para ejecutar la faena, las que deben ser complementadas esquemáticamente por un plano (P&ID, Unilineal, etc.).

e) Solicitar al Encargado de Maniobras la Vigencia del Permiso de Trabajo (estatus SVIG).

f) Verificar paso a paso el cumplimiento de las condiciones de desconexión que solicitó en el Permiso de Trabajo para garantizar la seguridad en el desarrollo de la Faena.

g) Recibir del Encargado de Maniobras el aviso de la Vigencia del Permiso de Trabajo.

h) Ejecutar los bloqueos y señalizaciones propias para desenergizar, que están estipuladas en el punto 1.8 del Permiso de Trabajo, después de haber recibido el aviso de Vigencia de éste y antes de iniciar el trabajo propiamente tal, este punto se refiere a los bloqueos propios del jefe de faena.

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i) Efectuar las delimitaciones y señalizaciones de la zona de trabajo, según lo estipulado en la planificación de la Faena, las que deberán permanecer instaladas hasta concluir los trabajos.

j) Supervisar el desarrollo de la Faena según lo planificado anticipadamente, pudiendo hacer abandono eventual de ella tomando las precauciones que garanticen el normal y seguro desarrollo de los trabajos; en caso contrario deberá suspenderla.

k) Actuar en coordinación con el Encargado de Maniobras en los casos que se programe una Prueba de Verificación, siendo de su responsabilidad la supervisión general de la prueba realizada, si es que el Plan de Verificación, así lo estipula.

l) Informar al Encargado de Maniobras, con media hora de anticipación a la indicada en el PT, la estimación de la hora de término del trabajo.

m) Retirar una vez que el trabajo ha concluido, los bloqueos, delimitación de la zona de trabajo y señalizaciones propias del Jefe de Faena.

n) Solicitar la cancelación del Permiso de Trabajo al Encargado de Maniobras.

5.4.2 Programador de Maniobras de Operación

a) Realizar la planificación de maniobras de desconexión de acuerdo a las condiciones requeridas por el Jefe de Faena.

b) Verificar la suficiencia de los bloqueos, inmovilizaciones y señalización de maniobras considerados por el Jefe de Faena en su planificación y plantear las modificaciones que estime necesarias para poder controlar toda posible fuente de energía.

c) Verificar las condiciones requeridas para la Prueba de Verificación en los casos que se programe ésta.

5.4.3 Jefe del Servicio

a) Calificar y autorizar todo lo relacionado con el retiro de un equipo o instalación cuya intervención está aprobada por la línea jerárquica del área responsable.

b) Suspender una Faena por iniciar cuando surjan inconvenientes para su realización derivados por necesidades de servicio o de otra índole.

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c) Hacer las observaciones al Jefe de Faena, cuando se detecte que su ejecución

presenta problemas de condiciones o acciones inseguras que signifiquen riesgo para el personal, el medio ambiente, el equipo o el servicio, llegando hasta su suspensión si fuera necesario.

d) Calificar y autorizar las modificaciones solicitadas para un Permiso de Trabajo ya autorizado, esté o no en ejecución.

e) Coordinar con el Jefe de Faena la cancelación de los trabajos cuando se produzcan cambios imprevistos en la configuración de los equipos o instalaciones intervenidas, que obligasen a la energización de éstos, asegurando que todo el personal este alejado y los bloqueos retirados.

5.4.4 Coordinador de Mantenimiento

a) Exigir la aplicación de los procedimientos vigentes para la planificación y ejecución

de los trabajos a realizar en la Faena. Esto se refiere a la planificación del desarrollo de los trabajos y no a la planificación específica de las maniobras en el PT. Para ello deberá:

Aprobar la Planificación del trabajo correspondiente.

Verificar equipos por “desconectar”, señalando bloqueos, inmovilizaciones y señalización con el correspondiente Unilineal o P&ID según corresponda.

Verificar métodos de trabajo.

Aprobar los procedimientos de trabajo seguro y medio ambiente.

Aprobar el Permiso de Trabajo en lo relativo a la planificación de los trabajos, sección 1 de Planificación de la Faena del PT.

b) Coordinar el accionar de los diferentes grupos de trabajo cuando concurran en forma

simultánea en equipos relacionados y que conforman una unidad específica.

c) Aprobar las modificaciones que se introduzcan a la planificación primitiva, en cualquiera de los aspectos requeridos.

d) Hacer las observaciones a la línea jerárquica del Jefe de Faena Propio o Inspector Faena o Coordinador de Instalación según corresponda, cuando se detecte que su

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ejecución presenta problemas de condiciones o acciones inseguras que signifiquen riesgo para el personal, el medio ambiente, el servicio y los equipos, llegando hasta su suspensión o cancelación de la faena si fuera necesario.

5.4.5 Encargado de Maniobras

a) Dar curso a las maniobras, en la secuencia indicada en la Sección Planificación de Maniobras del Permiso de Trabajo, debidamente autorizada, al ser solicitada la Vigencia del PT por el Jefe de Faena o Inspector de Faena o Coordinador de Instalación según corresponda al tipo de faena.

b) Realizar seguimiento a cada maniobra que se ejecuta, con comunicación directa, la cual deberá ser ratificada mediante la repetición del mensaje recibido por parte del ejecutor de maniobras.

c) Dirigir o ejecutar las maniobras dispuestas en la Sección Planificación Maniobras de Operación del Permiso de Trabajo, entregando el equipo o instalación al Jefe de Faena en las condiciones estipuladas.

d) Asegurar que los bloqueos de la zona de trabajo, cuando se intervengan equipos eléctricos (considerar las 5 reglas de Oro), se efectúen con equipos de puesta a tierra que conecten el conjunto sólidamente a tierra y cortocircuiten todas las fases entre sí.

e) Garantizar que dichas condiciones permanecerán inalterables durante el período de Vigencia del Permiso de Trabajo.

f) Dirigir o ejecutar las maniobras para la Prueba de Verificación, a solicitud del Jefe de Faena o de quien haya sido nominado por el Coordinador de Mantenimiento.

g) Recibir del Jefe de Faena o del Inspector de Faena o Coordinador de Instalación la solicitud de cancelación del Permiso de Trabajo atendiendo si la instalación queda normalizada o con observaciones, ejecutando o haciendo ejecutar las maniobras de reposición indicadas en la Planificación de Maniobras, previa verificación de que los bloqueos, inmovilizaciones y señalizaciones de maniobras del Jefe de Faena hayan sido retirados siguiendo el Procedimiento Formal de Bloqueo y Señalización. Una vez encontrándose todo normalizado procede a cancelar el PT (estatus CANC).

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5.4.6 Ejecutor de Maniobras

a) Ejecutar las maniobras en el orden y en el momento que le indique el Encargado de Maniobras.

b) Ejecutar y mantener durante el período que le indique el Encargado de Maniobras, los bloqueos, inmovilizaciones y señalizaciones de maniobras dispuestos en el Permiso de Trabajo.

c) Confirmar al Encargado de Maniobras la ejecución de las acciones por él dispuestas y registrarlas en la copia del Permiso de Trabajo destinado a su uso.

d) En lo que se refiere a acciones y/o maniobras derivadas del Permiso de Trabajo, sólo se entiende directamente con el Encargado de Maniobras.

5.4.7 Reemplazante autorizado del Jefe de Faena

a) En el momento de hacerse cargo del reemplazo, informarse totalmente de las condiciones en que recibe la Faena el cual deberá ser autorizado con anterioridad al inicio de la faena e indicado en el permiso de trabajo.

b) Asumir todas las responsabilidades y atribuciones del Jefe de Faena.

5.4.8 Operador de Turno

a) Llevar registro e informarse del desarrollo de los Permisos de Trabajo vigentes y cancelados.

b) Informar al Encargado de Maniobras la solicitud de puesta en Vigencia de un Permiso de Trabajo.

c) Mantener y respetar los bloqueos, inmovilizaciones y señalizaciones de los Permisos de Trabajo que se encuentren en ejecución.

d) Informar oportunamente a su jefe directo la no cancelación de los Permisos de Trabajo, cuyo plazo autorizado haya vencido.

e) Transcribir al Sistema de Información de Gestión Operacional (SIGO), Sección Bitácora, e informar las anormalidades observadas o derivadas del trabajo realizado.

5.4.9 Asistentes de Operación

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a) Mantener y respetar los bloqueos, inmovilizaciones y señalización de maniobras correspondientes a los Permisos de Trabajo en ejecución.

b) Dejar constancia de ellos en la recepción y entrega de turnos.

5.4.10 Inspector de Faena

a) Orientar al Jefe de Faena de Terceros en el llenado del formulario del Permiso de Trabajo, específicamente con lo relacionado a la sección 1 de Planificación de la Faena, sección 5 de Prueba de Verificación, y sección 8 de Verificación de las Condiciones de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.

b) Solicitar al Jefe de Faena la entrega de los procedimientos vigentes para la planificación y ejecución de Faenas. Para ello deberá exigir al Jefe de Faena la entrega de los Procedimiento de Trabajo seguro y medio ambiente, además de exigir la entrega de los antecedentes y documentos exigidos en los procedimientos PRO.97 Disposiciones Internas para Utilizar REECS, PRO. 94 REECS, PRO.74 SIGECS, y Registro FORM.97 - P2.1 Lista de Requerimientos del SIGECS, los cuales luego de

revisar y aprobar deberá entregar el registro mencionado a la Línea Jerárquica (si aplica) debidamente firmado.

c) Exigir al Jefe de Faena de Terceros obtener la aprobación de parte de su línea jerárquica del Permiso de Trabajo.

d) Verificar la idoneidad del personal a través de los Currículum Vitae u otro documento que lo acredite.

e) Obtener la aprobación de su línea jerárquica del Permiso de Trabajo cuando aplique.

f) Entregar al Jefe del Servicio, el Permiso de Trabajo validado con los datos ingresados por el Jefe de Faena y aprobado por su Línea Jerárquica y Coordinador de Mantenimiento, estos dos últimos cuando aplique, para su correspondiente autorización, con una anticipación no inferior a 2 días hábiles a la fecha de inicio de los trabajos.

g) Solicitar al Encargado de Maniobra cuando el Jefe de Faena lo solicite, la Vigencia del Permiso de Trabajo (SVIG) y recibir de él, el nombre del Encargado de Maniobras.

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h) Verificar con el Jefe de Faena, paso a paso el cumplimiento de las condiciones de desconexión que se solicitaron en el Permiso de Trabajo.

i) Recibir del Encargado de Maniobras, el aviso de la Vigencia del Permiso de Trabajo (estatus EVIG).

j) Verificar la correcta ejecución por parte del Jefe de Faena de los bloqueos y señalizaciones para desenergizar, al inicio de la Faena y su retiro antes de cancelar el Permiso de Trabajo.

k) Verificar la correcta ejecución por parte del Jefe de Faena, de las delimitaciones y señalizaciones de la zona de trabajo, según lo estipulado en el Permiso de Trabajo, las que deberán permanecer instaladas hasta concluir los trabajos.

l) Inspeccionar la ejecución de la Faena y ordenar la suspensión temporal cuando se detecte casos de riesgos no cubiertos o necesidades imprevistas del servicio. En caso de trabajos en los cuales se pueda afectar la seguridad de las personas y/o el medio ambiente y/o la confiabilidad del Servicio, el Inspector de Faena deberá inspeccionar en forma permanente las etapas críticas de los trabajos.

m) Actuar en conjunto con el Jefe de Faena, respaldando la acción del Encargado Maniobras por imprevistos que ocurran durante la Prueba de Verificación.

n) Solicitar oportunamente la cancelación del Permiso de Trabajo al Encargado de Maniobras y comunicar las condiciones especiales o anormales en que pueda quedar la instalación, las que deberán quedar consignadas en el mismo PT.

o) El Inspector de faena será el interlocutor válido entre el Jefe de Faena de Terceros y Operaciones.

5.4.11 Supervisor de Operación (o Jefe de Turno de Operación)

a) Recibir del Jefe del Servicio toda la información relacionada con cualquier

intervención con el objeto de informarse e instruir al personal de Operación participante en el proceso de desconexión.

b) Controlar la correcta aplicación de lo señalado en el Permiso de Trabajo, en lo que se refiere a cumplimiento de plazos, ejecución de maniobras, pruebas de verificación, cancelación del PT y disponibilidad de equipos.

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c) Analizar y resolver los inconvenientes que puedan surgir durante la ejecución de maniobras u operación de un equipo intervenido, cuando su restitución al servicio se haga en condiciones diferentes a las normales, producto de la intervención.

d) Cautelar el cumplimiento de los plazos indicados en cada Permiso de Trabajo y hacer las averiguaciones respectivas cuando se detecte una demora en la restitución del equipo, con el fin de tomar las acciones que sean pertinentes.

5.4.12 Jefe de Faenas de Terceros

a) Preparar los trabajos conforme a la planificación y confeccionará el Permiso de Trabajo correspondiente y lo enviará al Inspector de Faena o al Inspector de Contrato, según el tipo de faena que aplique, quien lo revisará y lo cargará en SAP.

b) Firmar el Permiso de Trabajo y preocuparse de obtener la aprobación de su línea jerárquica. En los casos que la empresa Contratista emplee una empresa subcontratista para efectuar los trabajos, la Jefatura Directa será asumida por el administrador del contrato de la empresa Contratista mandante.

c) Solicitar al Inspector de Faena o al Inspector de Contrato, según el tipo de faena que aplique, la Vigencia del Permiso de Trabajo y recibir de él la confirmación de ésta y el número asignado al PT, el cual servirá de referencia para todas las siguientes comunicaciones relacionadas con esta Faena.

d) Verificar paso a paso, en conjunto con el Inspector de Faena o al Inspector de Contrato, según el tipo de faena que aplique, el cumplimiento de las condiciones que solicitó para garantizar la seguridad en el trabajo.

e) Ejecutar los bloqueos y señalizaciones de su responsabilidad estipuladas en el Permiso de Trabajo, cuando se lo indique el Inspector de Faena.

f) Efectuar las delimitaciones y señalizaciones de la zona de trabajo, según lo estipulado en el Permiso de Trabajo, las que deberán permanecer instaladas hasta concluir los trabajos.

g) Supervisar permanentemente el desarrollo de la Faena. No obstante lo anterior, en casos excepcionales el Jefe de Faena podrá intervenir en la ejecución del trabajo, siempre y cuando suspenda el resto de las actividades que deja de supervisar y que están incluidas en el Permiso de Trabajo.

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h) Actuar en coordinación con el Inspector de Faena o al Inspector de Contrato, según el tipo de faena que aplique, en los casos que se programe una "Prueba de Verificación".

i) Informar al Inspector de Faena o al Inspector de Contrato, según el tipo de faena que aplique, cualquier variación en el horario de entrega del equipo estipulado en el Permiso de Trabajo.

j) Informar al Inspector de Faena o al Inspector de Contrato, según el tipo de faena que aplique, una vez concluidos los trabajos, que se procederá a retirar los bloqueos, delimitación de la zona de trabajo y señalizaciones propias.

k) Solicitar la cancelación del Permiso de Trabajo al Inspector de Faena o al Inspector de Contrato, según el tipo de faena que aplique, indicándole cualquier condición especial o anormal en que haya quedado la instalación intervenida.

5.4.13 Inspector de Contratos

a) Orientar al Jefe de Faena de Terceros en el llenado del formulario del Permiso de Trabajo, específicamente con lo relacionado a la sección 1 de Planificación de la Faena, sección 5 de Prueba de Verificación, y sección 8 de Verificación de las Condiciones de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.

b) Exigir al Jefe de Faena de Terceros obtener la aprobación de parte de su línea jerárquica del Permiso de Trabajo.

c) Cargar PT en la aplicación de Permiso de Trabajo en Portal y entregar el código de carga al Coordinador de Instalación, para su correspondiente trámite y autorización, con una anticipación no inferior a 2 días hábiles a la fecha de inicio de los trabajos.

d) Verificar la idoneidad del personal a través de los Currículum Vitae u otro documento que lo acredite.

e) Solicitar al Jefe de Faena la entrega de los procedimientos vigentes para la planificación y ejecución de Faenas. Para ello deberá exigir al Jefe de Faena la entrega de los Procedimiento de Trabajo seguro y medio ambiente, además de exigir la entrega de los antecedentes y documentos exigidos en los procedimientos PRO.97 Disposiciones Internas para Utilizar REECS, PRO. 94 REECS, PRO.74 SIGECS, y Registro FORM.97 - P2.1 Lista de Requerimientos del SIGECS, los cuales luego de

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revisar y aprobar deberá entregar el registro mencionado al Coordinador de Instalación debidamente firmado.

f) Solicitar al Coordinador de Instalación, la Vigencia del Permiso de Trabajo y recibir de él, el nombre del Encargado de Maniobras y el número asignado al PT, el cual servirá de referencia para todas las siguientes comunicaciones relacionadas con esta Faena.

g) Verificar con el Jefe de Faena, paso a paso el cumplimiento de las condiciones de desconexión que se solicitaron en el Permiso de Trabajo.

h) Recibir del Coordinador de Instalación, el aviso de la Vigencia del Permiso de Trabajo.

i) Verificar la correcta ejecución por parte del Jefe de Faena de los bloqueos y señalizaciones para desenergizar, al inicio de la Faena y su retiro antes de cancelar el Permiso de Trabajo.

j) Verificar la correcta ejecución por parte del Jefe de Faena de las delimitaciones y señalizaciones de la zona de trabajo, según lo estipulado en el Permiso de Trabajo, las que deberán permanecer instaladas hasta concluir los trabajos.

k) Controlar la ejecución de la Faena y ordenar la suspensión temporal cuando se detecte casos de riesgos no cubiertos o necesidades imprevistas del servicio. En caso de trabajos en los cuales se pueda afectar la confiabilidad del Servicio, el Inspector de Contrato deberá supervisar en forma permanente las etapas críticas de los trabajos.

l) Actuar en conjunto con el Jefe de Faena, respaldando la acción del Encargado Maniobras por imprevistos que ocurran durante la Prueba de Verificación. En caso que la interacción de la faena involucre riesgos para las personas, el medio ambiente, equipos o el servicio de las instalaciones existentes, deberá hacer partícipe de estas pruebas al Coordinador de Instalación.

m) Solicitar oportunamente la cancelación del Permiso de Trabajo al Coordinador de Instalación y comunicar las condiciones especiales o anormales en que pueda quedar la instalación, las que deberán quedar consignadas en el mismo PT.

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Nota: Las funciones del Inspector de Contrato podrán ser delegadas a un Inspector Técnico de

Obra (ITO) previa autorización de su línea Jerárquica. Este ITO podrá ser un funcionario de

Colbún S.A. o de Terceros contratado en forma específica para cumplir este rol. No obstante lo

señalado, el ITO no estará facultado para colocar en vigencia ni tampoco cancelar el PT. El

nombre y firma del ITO deberá quedar consignado en el PT, específicamente en el punto 7.

Observaciones del registro PO.12-RE.01.

5.4.14 Coordinador de Instalación

a) Recibir del Inspector de Contratos el PT para su tramitación.

b) Exigir la aplicación de los procedimientos vigentes para la planificación y ejecución de Faenas. Para ello deberá obtener la validación formal del Inspector de Contrato, de que están aprobados por él los procedimientos de trabajo seguro, medio ambiente y permiso de Trabajo en lo relativo a la Planificación de la Faena (Sección 1 del PT) y de la Verificación de Condiciones Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente (Sección 8 del PT).

c) Cargar en SAP y liberar (LIB) el Permiso de Trabajo para su correspondiente trámite de procesamiento y autorización por parte del Jefe del Servicio, con una anticipación no inferior a 2 días hábiles a la fecha de inicio de los trabajos.

d) Solicitar al Encargado de Maniobras cambiando el estatus del PT a (SVIG) (cuando el Inspector de Contrato lo solicite), la Vigencia del Permiso de Trabajo.

e) Recibir del Encargado de Maniobras, el aviso de la Vigencia del Permiso de Trabajo.

f) En caso que la interacción de la faena involucre riesgos, a las personas, medio ambiente, equipos o el servicio, de las instalaciones existentes, actuar en conjunto con el Inspector de Contrato, respaldando la acción del Encargado Maniobras por imprevistos que ocurran durante la Prueba de Verificación.

g) Coordinar las acciones cuando las faenas ajenas se relacionan con faenas propias de la instalación de explotación.

h) Aprobar todas las modificaciones que se introduzcan a la planificación primitiva, en cualquiera de los aspectos señalados en 5.3.14.b.

i) Hacer las observaciones al Inspector de Contrato, cuando se detecte que su ejecución presenta problemas de condiciones o acciones inseguras que signifiquen

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riesgo para el personal, el medio ambiente, el servicio y los equipos, llegando hasta su suspensión o cancelación de la faena si fuera necesario.

j) Solicitar la cancelación del Permiso de Trabajo al Encargado de Maniobras y comunicar las condiciones especiales o anormales en que pueda quedar la instalación, las que deberán quedar consignadas en el mismo PT.

5.4.15 Jefatura o Línea Jerárquica Propia

a) Exigir la aplicación de los procedimientos vigentes para la planificación y ejecución de los trabajos a realizar en la Faena. Esto se refiere a la planificación del desarrollo de los trabajos y no a la planificación específica de las maniobras operacionales en el PT. Para ello deberá:

Aprobar la Planificación del trabajo correspondiente.

Verificar equipos por “desconectar”, señalando bloqueos,

inmovilizaciones y señalización con el correspondiente Unilineal o P&ID

según corresponda.

Verificar métodos de trabajo.

Aprobar los procedimientos de trabajo seguro y medio ambiente.

Aprobar el Permiso de Trabajo en lo relativo a la planificación de los

trabajos, parte 1 del PT.

b) Aprobar las modificaciones que se introduzcan a la planificación primitiva, en cualquiera de los aspectos requeridos.

c) Hacer las observaciones al Jefe de Faena, cuando se detecte que su ejecución presenta problemas de condiciones o acciones inseguras que signifiquen riesgo para el personal, el medio ambiente, el servicio y los equipos, llegando hasta su suspensión o cancelación de la faena si fuera necesario.

5.4.16 Jefatura o Línea Jerárquica de Terceros

a) Exigir la aplicación de los procedimientos vigentes para la planificación y ejecución de los trabajos a realizar en la Faena. Esto se refiere a la planificación del desarrollo de los trabajos y no a la planificación específica de las maniobras operacionales en el PT. Para ello deberá:

Aprobar la Planificación del trabajo correspondiente.

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Verificar equipos por “desconectar”, señalando bloqueos,

inmovilizaciones y señalización con el correspondiente Unilineal o P&ID

según corresponda.

Verificar métodos de trabajo.

Aprobar los procedimientos de trabajo seguro y medio ambiente.

Aprobar el Permiso de Trabajo en lo relativo a la planificación de los

trabajos, parte 1 del PT.

b) Aprobar las modificaciones que se introduzcan a la planificación primitiva, en cualquiera de los aspectos requeridos.

c) Hacer las observaciones al Jefe de Faena Contratista, cuando se detecte que su ejecución presenta problemas de condiciones o acciones inseguras que signifiquen riesgo para el personal, el medio ambiente, el servicio y los equipos, llegando hasta su suspensión o cancelación de la faena si fuera necesario.

5.4.17 Jefatura o Línea Jerárquica del Inspector de Faena

a) Exigir la aplicación de los procedimientos vigentes para la planificación y ejecución de los trabajos a realizar en la Faena. Esto se refiere a la planificación del desarrollo de los trabajos y no a la planificación específica de las maniobras operacionales en el PT. Para ello deberá:

Aprobar la Planificación del trabajo correspondiente.

Verificar equipos por “desconectar”, señalando bloqueos,

inmovilizaciones y señalización con el correspondiente Unilineal o P&ID

según corresponda.

Verificar métodos de trabajo.

Aprobar los procedimientos de trabajo seguro y medio ambiente.

Aprobar el Permiso de Trabajo en lo relativo a la planificación de los

trabajos, sección 1 del PT.

b) Aprobar las modificaciones que se introduzcan a la planificación primitiva, en cualquiera de los aspectos requeridos.

c) Hacer las observaciones al Inspector de Faena, cuando se detecte que su ejecución presenta problemas de condiciones o acciones inseguras que signifiquen riesgo para

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el personal, el medio ambiente, el servicio y los equipos, llegando hasta su suspensión o cancelación de la faena si fuera necesario.

d) La aplicación de este rol estará sujeta a la decisión que se explicita en el punto 5.8 de “Aclaraciones y Excepciones”.

5.5 Actividades a realizar por Personal Propio o de Terceros

Cuando personal Propio o Contratista o Ajeno a la instalación requiera efectuar intervenciones en los equipos o sistemas de las Instalaciones de Explotación, la Línea Jerárquica del Jefe de Faena Propio o Inspector Jefe o Inspector de Contrato, según el tipo de faena que corresponda, deberá tomar contacto con el Jefe de Servicio o en quien este delegue, con la debida anticipación, a quién expondrá la actividad a realizar. Este con tal información o con otra adicional que requiera para un cabal entendimiento de la solicitud, evaluará si la actividad a realizar puede interferir en la explotación. En caso de determinar que la actividad interfiere con la explotación se deberá gestionar la preparación de un PT según registro PO.12-RE.01 Permiso de Trabajo. En caso que la actividad no interfiera con la explotación el responsable de la actividad deberá gestionar el registro PO.12-RE.03 Permiso de Trabajo para Faenas Sin Interferencias con la Explotación. En general, siempre se deberá confeccionar para toda intervención un PT (según registro PO.12-RE.01 ó PO.12-RE.03), pudiéndose excepcionalmente liberar de esta obligación solo aquellas intervenciones que implican inspecciones visuales en la cuales no hay ningún tipo de contacto físico con el equipo o sistema que coloque en riesgo a la personas, el medio ambiente, los equipos y el servicio. Las excepciones a la regla anterior serán decididas por el Jefe de Instalación o por quien este delegue.

5.6 De las Faenas de Terceros en las Instalaciones

En los casos donde terceras empresas requieran efectuar obras propias en instalaciones de propiedad de Colbún S.A. que están en explotación, para efectos de autorizar este tipo de intervenciones, se deberá contar con la aprobación previa de la Gerencia responsable de la explotación de dichas instalaciones. Posteriormente, deberá seguir el flujograma PT pertinente a la faena ajena; es decir, se deberá nominar un Inspector de Contratos y un Coordinador de Instalación. El Inspector de Contratos es la persona perteneciente a Colbún S.A ajena a la Instalación, responsable de todos los aspectos relacionados con las faenas que se ejecuten fuera de las actividades bajo responsabilidad de la Operación y el Mantenimiento de la

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Instalación. Es el funcionario autorizado de Colbún S.A. que lleva las relaciones con el Contratista. Para efectos de este procedimiento, el Inspector de Contratos llevará las relaciones con el personal de la Instalación, a través del Coordinador de la Instalación. Además debe controlar que las faenas se ejecuten conforme a los procedimientos vigentes, los que deberán ser conocidos por el Contratista en forma previa a la ejecución de la o las faenas. En caso que la faena no interfiera con la explotación, el Inspector de Contratos deberá orientar al Jefe de Faena del Contratista en el llenado del registro PO.12-RE.03 Permiso de Trabajo para Faenas Sin Interferencias con la Explotación. Este registro debe ser remitido al Jefe de la Instalación con al menos 2 días hábiles antes del inicio previsto para la actividad. El Jefe de Instalación, con los antecedentes indicados, deberá evaluar si la faena descrita en el registro PO.12-RE.03 efectivamente es una faena que no tiene interferencias con la explotación, en caso que determine que la faena tiene interferencias con la explotación deberá solicitar al Inspector de Contrato gestione el respectivo PT de acuerdo al registro PO.12-RE.01. En cualquier modalidad el Jefe de Instalación deberá designar al funcionario de su Instalación que asumirá como Coordinador de la Instalación para dicha faena ajena. En los casos donde terceras empresas requieran efectuar intervenciones en instalaciones de su propiedad, que se ubican físicamente dentro de la propiedad de Colbún, para efectos de autorizar este tipo de intervenciones, se deberá exigir la entrega de una Solicitud de Desconexión Interempresa (SODI) y de un Procedimiento de Trabajo, en el cual se detalle las actividades a realizar, la evaluación e identificación de los riegos de seguridad y ambiental que conlleva la ejecución de cada una de las actividades, junto a las medidas de control a adoptar. Esta SODI será recibida desde terceras empresas por el Jefe de Servicio, con al menos 5 días hábiles a la fecha planificada para el inicio de los trabajos, el que gestionará con las áreas de mantenimiento correspondiente, la revisión del procedimiento de trabajo. Con el propósito de obtener la debida y adecuada coordinación entre la empresa de Terceros y Colbún S.A., la primera deberá nominar un Coordinador quien será el único interlocutor válido para el Jefe de Servicio.

5.7 Consideraciones en la asignación de Roles

En las organizaciones que no cuenten con el cargo de Jefe Mantenimiento, el rol de Línea Jerárquica o Coordinador de Mantenimiento debe ser asumido por el Jefe de Instalación y en su ausencia por quien éste delegue, debiendo realizarse aprobaciones cruzadas,

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por ejemplo, si el PT es originado por el Área Mecánica éste deberá ser aprobado por la jefatura del Área Eléctrica y viceversa. En el caso de la Operación, en las organizaciones que no cuenten con el cargo de Jefe de Operación o Supervisor de Operación, el rol de Jefe de Servicio debe ser asumido por el Jefe de Instalación y en su ausencia por quien este delegue, debiendo realizarse aprobaciones cruzadas, por ejemplo, si el PT es originado por el Área Mecánica éste deberá ser aprobado por la jefatura del Área Eléctrica y viceversa. En todos los casos en que el Jefe de Instalación requiera delegar algunos de los roles mencionados para adaptar la organización local a los requerimientos del procedimiento PT, deberá en forma previa a la preparación del PT, designar y comunicar al personal involucrado estos roles y su vigencia a quienes corresponda para ser activados cuando se presente la contingencia, siendo su aplicación de carácter excepcional. Las aprobaciones cruzadas antes mencionadas deberán realizarse solo en el contexto de verificar que no existen condiciones de riesgos en el ámbito de la seguridad para las personas y el medio ambiente. En casos de no disponibilidad de las personas que deben autorizar el PT tanto en la parte correspondiente a la Planificación de la Faena (sección 1 del PT) como la parte de Autorización del Jefe de Servicio (Sección 3 del PT), se deberá gestionar la obtención de las firmas respectivas a la línea jerárquica inmediatamente superior y en ausencia de ésta continuar con el requerimiento al nivel jerárquico siguiente, quedando siempre constancia vía correo electrónico u otro medio escrito de que fue dada la autorización respectiva. La situación mencionada solo se aplicará en casos excepcionales y que se presenten en horarios inhábiles, excluyéndose toda situación de no disponibilidad de carácter programado, tales como vacaciones, reuniones, etc. Para lo anterior, el solicitante de la autorización debe entregar a la línea jerárquica el PT y los antecedentes complementarios que sean necesarios para obtener la aprobación de éste.

La vigencia del PT solo estará permitida si el documento cuenta con la firma de todos los roles que participan de éste tanto en la sección 1, 3 y 8 del PT, con excepción del evento de no disponibilidad de la persona que debe autorizar el PT tanto en la parte correspondiente a la Planificación de la Faena (sección 1 del PT) como la parte de Autorización del Jefe de Servicio (Sección 3 del PT), descrita en el párrafo precedente, siendo reemplazada la exigencia de firma por la constancia de autorización dada por correo electrónico u otro medio escrito.

5.8 Aclaraciones y excepciones

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a) Cada Permiso de Trabajo está consignado a una sola Faena y a una Orden de Trabajo. No obstante lo mencionado, el Jefe de Faena con autorización previa del Jefe de Servicio, podrá atender más de una faena a la vez cuando se trate de equipos y sistemas relacionados, y cuya proximidad entre ellos sea contigua, entendiendo aquello como el mantener siempre bajo control visual, auditivo y verbal sobre la personas que están desarrollando los trabajos; si una de las condiciones anteriores se pierde, entonces el Jefe de Faena deberá participar en una sola faena a la vez, deteniendo la actividad en el resto de las faenas que estén a su cargo y dirigiendo al personal a una zona segura hasta restablecer las condiciones de seguridad mencionadas. Se podrán exceptuar de la obligación mencionada las faenas en que no haya contacto visual o auditivo, cuando la calificación de los riesgos identificados en la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos (MIPER) no sea ALTO, situación que deberá ser autorizada por el Jefe de Servicio previo a la ejecución de los trabajos.

b) En caso que se agrupen varios equipos o sistemas en una sola OT, es decir, un solo PT para intervenir varios equipos, se debe aplicar el mismo principio de seguridad mencionado en el párrafo anterior. En caso contrario estos deben ser intervenidos en forma serial, es decir un equipo a la vez.

c) Para aquellas instalaciones sin interferencia con la Explotación y que no están bajo el control del Área de Operación, se aplica el PO.12 RE-03, con el fin de tener el control de los riesgos sobre las personas y medio ambiente de las actividades que se desarrollen, por lo tanto, será responsabilidad de la jefatura del área a cargo de estos trabajos asegurar el uso de este formato.

En el caso anterior, el Jefe de Servicio deberá firmar el registro PO.12 RE-03 en señal de toma de conocimiento de las actividades que serán desarrolladas en las instalaciones sin interferencia con la explotación, sin que aquello signifique su aprobación para la ejecución de dichos trabajos. El jefe de faena para solicitar la vigencia del permiso de trabajo, deberá contar con todas las firmas pertinentes dependiendo del tipo de faena a realizar y esto aplicará tanto para intervenciones cercanas o remotas al centro de operaciones.

d) Las copias en papel que se deben manejar del PT son:

Una para el Ejecutor de Maniobras PT y/o LOTO (Operaciones).

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Una para el Encargado de Maniobras: PT, LOTO y documentos asociados

(Operaciones).

Una para el Jefe de Faena: PT, LOTO y documentos asociados

(Mantenimiento).

e) En caso de faenas donde el equipo o instalación quede indisponible después del

término de ésta, se dejará vigente el Permiso de Trabajo dejando consignado en el capítulo de observaciones en el punto 7, las condiciones en las que queda éste. Una vez solicitada la reactivación de la intervención, el Jefe de Faena deberá cancelar el PT vigente y presentar un nuevo PT de acuerdo a las condiciones existentes en la nueva fecha de intervención.

f) El tiempo que permanecerá vigente el permiso de trabajo estará limitado por el plazo que demore reunir los recursos humanos y materiales para restablecer la disponibilidad del equipo o instalación.

g) No se considera en este procedimiento la suspensión y reactivación del PT durante el período autorizado de éste. No obstante lo anterior, el Jefe de Servicio excepcionalmente y por razones de servicio, podrá solicitar la suspensión y reactivación temporal del PT con el fin de restablecer a la operación el equipo o instalación intervenida, durante el período de inactividad de la faena, siempre y cuando cuente con las autorizaciones concurrentes de los siguientes roles, dependiendo del tipo de faena:

Faena Propia: Jefe de Faena Propio y Jefatura Directa

Faena de Contratista: Jefe de Faena de Contratista e Inspector de Faena y Jefatura Directa del Inspector de Faena (si corresponde).

Faena Ajena: Jefe de Faena de Contratista e Inspector de Contrato y Coordinador de Instalación

Estas autorizaciones quedaran consignadas en el punto 7 de observación.

h) Cuando se gestionen permisos de trabajo en horario inhábil, tanto el jefe de faena como el programador de maniobra deberán obtener las aprobaciones pertinentes del PT por parte de su línea jerárquica inmediatamente superior, aprobación que podrá ser enviada vía correo electrónico, para posteriormente en horario hábil, proceder a la firma del permiso de trabajo.

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i) La situación antes señalada sólo aplicará para faenas de emergencia, las que serán calificadas como tal por el jefe de la instalación.

j) Para Faenas de Terceros, la participación de la Jefatura o Línea Jerárquica del Inspector de Faena en la aprobación de la planificación del PT será definida por el Jefe de Instalación o por quien este designe, tomando en consideración los aspectos de seguridad en las intervenciones.

k) El Registro PO.12-RE.03 no posee integración a SAP-PM, por lo tanto para cerrar la actividad se gestionará como una orden de trabajo (OT) independiente del PT.

l) Las actividades rutinarias, realizadas en áreas como por ejemplo almacenes, maestranzas y laboratorios, que no están relacionadas con equipos o sistemas de la explotación, deberán ser reguladas y controladas a través de procedimientos específicos que consideren la evaluación de los riesgos en seguridad, salud ocupacional y medio ambiente.

m) En el caso de faenas que requieren un alto nivel especialización y ser abordadas por un único profesional, el Jefe de Faena estará facultado para asumir al mismo tiempo el rol de Jefe de Faena y ejecutor de faena. Esto aplicará tanto para las Faenas Propias, Faenas de Contratistas y Faenas Ajenas.

n) Si en el caso anterior y solo para Faenas de Contratistas o Faenas Ajenas, el Jefe de Faena es un profesional extranjero o es el único empleado de su empresa, entonces no será necesaria la firma de la jefatura directa.

o) El Permiso de Trabajo deberá ser entregado al Jefe del Servicio con una anticipación no inferior a 2 días hábiles antes del inicio de los trabajos, para su correspondiente procesamiento y posterior autorización. Se exime de esta obligación de plazo cuando la intervención sea producto de una falla, situaciones de emergencia y cuando se trate de un mantenimiento mayor. En esta situación, el Jefe del Servicio podrá establecer otros plazos, en función de la cantidad de PTs que se deba planificar.

p) En caso de indisponibilidad de la aplicación sistémica del PT, estará autorizado excepcionalmente el uso del formulario en versión Excel PO.12-RE.01.

6. DOCUMENTOS RELACIONADOS

Manual MG.01 “Manual de Gestión Integrado”

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OD.01 “Glosario del SGI”

Procedimiento PA.08 “Identificación y Evaluación de Aspectos Ambientales”

Procedimiento PA.12 “Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos”

PO.05 Estándares de Seguridad

PRO. 94. REECS Reglamento Especial para Empresas Contratistas y Subcontratistas.

PRO. 74 SIGECS Sistema de Gestión para Empresas Contratistas y Subcontratistas.

7. REGISTROS

Registro PO.12-RE.01 “Permiso de Trabajo” (Este formulario, versión Excel, es igual

en contenidos al existente vía SAP, se lo utilizará cuando no se tenga accesibilidad

a la red).

Registro PO.12-RE.03 “Permiso de Trabajo para Faenas sin Interferencias en la

Explotación”.

Registro PO.12-RE.04 “Lista de roles y cargos por central o complejo”

Registro PO.12-RE.05 “Solicitud de Desconexión Interempresas SODI”

Carpeta Documentos de Apoyo Permiso de Trabajo.

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8. ANEXOS

8.1 Cuadro Aplicación Permisos de Trabajo

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8.2 Anexo 2: Información que debe contener el registro PO.12-RE.01.

Para efectos del Procedimiento de Intervención en Instalaciones de la Explotación, el

Permiso de Trabajo debe contener explícitamente la información requerida en cada

Sección del documento y que se indica en la numeración secuencial que se detalla a

continuación:

SECCION 0.0 ENCABEZAMIENTO

0.1 MODALIDAD DE TRABAJO

Indicar con un X el cuadro que indica si la instalación se encontrará desenergizada,

energizada, o se trabajara próximo a una instalación energizada.

0.2 RELACION CON MERCADO CDEC

Indicar con un X el cuadro que indica el número de la Solicitud de la Desconexión,

Solicitud de Intervención o Informe de Falla cuando proceda. Si no corresponde

indicar con NA (no aplica).

0.3 NUMERACION DEL PERMISO DE TRABAJO

El PT adoptará el número asignado en la Orden de Trabajo del sistema SAP PM.

0.4 CENTRAL O S/E AFECTADA

Se adopta el centro logístico indicado en la Orden de Trabajo de acuerdo a la

Instalación afectada por la intervención, en cuyo lugar se desarrollará la Faena y

las maniobras.

0.5 PUESTO DE TRABAJO

Se adopta el puesto de trabajo responsable de la ejecución del trabajo desde la

Orden de Trabajo.

0.6 PROPIEDAD DE LA FAENA

Indicar si la Faena la realiza personal de Colbún S.A. Propio o Ajeno a la Instalación,

o de Contratista.

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SECCION 1.0 PLANIFICACION DE LA FAENA

La responsabilidad de llenado y obtención de firmas de aprobación corresponde al Jefe

de Faena. Cuando se trata de Faenas Ajena o de Contratistas, esta responsabilidad será

del Inspector de Contratos o del Inspector de Faena según corresponda.

1.1 INSTALACION POR INTERVENIR

De acuerdo a la Ubicación Técnica y Equipo establecido en la Orden de Trabajo

se identificar la instalación o equipo sobre el cual se trabajará.

1.2 PERIODO

De acuerdo a las Fechas de Inicio y Fin Extrema de la Orden de Trabajo se

especifica el período total en que la instalación estará indisponible o afectada

con motivo del trabajo. Deben estar considerados los tiempos ocupados en

maniobras.

Estos datos son aproximados: Las horas estarán en general, dentro del

período aquí señalado.

El Jefe de Faena deberá procurar cumplir con el período preestablecido en el

Permiso de Trabajo, de modo de no interferir con los otros trabajos o

requerimientos de la operación.

Si por razones imprevistas es necesario prolongar una Faena más allá del plazo

estipulado en el Permiso de Trabajo, se deberá contar con la autorización del

Jefe del Servicio y la aprobación de la línea jerárquica, razón por la cual se le

avisará con la debida anticipación. Del nuevo plazo autorizado se dejará

constancia en observaciones en el punto 7 del PT.

1.3 TRABAJO POR REALIZAR

Descripción breve del trabajo, especificando su naturaleza, en forma clara y

concisa. En faenas que requieran una descripción más detallada de la

intervención a realizar se deberá acompañar un Procedimiento de Trabajo e

indicar con un √ el casillero de Anexo.

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1.4 UBICACIÓN DE LA FAENA

Especificar la ubicación de la faena con la precisión suficiente que permita

llegar al lugar con facilidad y seguridad.

1.5 IDENTIFICACION DEL PERSONAL RESPONSABLE

Identificar con el nombre de la persona que dirigirá y autorizará la

Planificación de la Faena en los Interlocutores de la Orden de Trabajo.

Respecto a los Jefes de Faenas, se deberá reemplazar el nombre que no

corresponda según la naturaleza de la faena.

Si se produce un reemplazo del Jefe de Faena, éste debe hacerse formalmente

avisando al Encargado de Maniobras quien dejará constancia en el capítulo de

observaciones en el punto 7 del PT, anotando fecha y hora del cambio. Hay

que tener presente que el Reemplazante Autorizado debe asignársele la

facultad de reemplazo sólo en condiciones excepcionales, evitándose

convertirla en función de rutina.

1.6 MEDIOS DE COMUNICACIÓN

Especificar los medios de comunicación que se utilizará normalmente entre el

Jefe de Faena y el Encargado de Maniobras, y las posibles vías de respaldo

para casos de emergencia. En faenas de Terceros, también se deberá indicar

la vía de comunicación entre los interlocutores válidos (Inspector de Faena o

Inspector de Contratos) y el Encargado de Maniobras.

1.7 CONDICIONES REQUERIDAS AL ENCARGADO DE MANIOBRAS

Se consigna aquí todas las condiciones que el Jefe de Faena ha considerado

necesarias en su planificación de intervención segura y que el Encargado de

Maniobras y el personal de Operación deben garantizar que permanecerán

invariables durante el período de Vigencia del Permiso de Trabajo, salvo las

observaciones pertinentes al respecto y que han sido previamente

estipuladas.

Indicar con un tique X si el detalle de las condiciones se especificará en este

formulario o en anexo. Debe ir solo en uno de ellos.

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Número: Número correlativo que se dará en el Permiso de Trabajo, a cada

condición. Este número es sólo de referencia y no indica el orden que se debe

cumplir.

Lugar: Central o S/E, recinto, instalación o edificio donde se debe cumplir la

condición.

Condición: Identificar cada elemento y el estado o posición en que se debe

mantener.

1.8 BLOQUEOS DE JEFE DE FAENA

Indicar con un tique X si el detalle de los bloqueos del Jefe de Faena se

especificará en este formulario o en anexo. Debe ir solo en uno de ellos.

Detalle en forma breve de los bloqueos del Jefe de Faena, y que son de su

responsabilidad.

1.9 PRUEBA DE VERIFICACIÓN

Indicar mediante un tique X si se ha programado o no una Prueba de

Verificación. En caso afirmativo, especificar si las condiciones se detallan en la

Sección 5.0 del formulario PT o en un anexo.

1.10 a 1.15 FIRMAS Y APROBACIONES

Las firmas y aprobaciones de la Sección de Planificación de Faena serán de acuerdo a lo estipulado en el capítulo 3 sobre responsabilidades. En casos excepcionales el Jefe de Servicio podrá autorizar una modalidad de aprobación distinta a la mencionada a requerimiento de la línea jerárquica del Jefe de Faena. En caso que no sea necesaria la firma de alguna de las posiciones que ahí se indica, colocar NA.

SECCION 2.0 PLANIFICACION DE MANIOBRAS DE LA OPERACION

Esta sección está destinada a ser llenada por el Programador de Maniobras de Operación para efectos de este procedimiento.

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En el caso que se requiera aplicar el procedimiento de bloqueo y señalización PO.07 Procedimiento de Bloqueo, indicar número asociado, en el PT se indicará el N° LOTO y en este último el N° del PT, de modo de relacionar ambos y permitir su trazabilidad. Para los puntos 2.1 y 2.2 indicar con un tique X en el recuadro de Anexo, entendiendo por aquello que el detalle de las Maniobras se especificará en los formularios o registros del procedimiento mencionado. Se deberán detallar en el punto 2.1 y 2.2 del PT siguiendo como mínimo los mismos requerimientos de secuencia e información de maniobras de la operación que se señalan en éstos últimos. Los registros del LOTO, que consignan las maniobras del punto 2.1 y 2.2 del PT, serán parte integrante del PT y por tanto se considerará ambos como un documento unitario para efectos de autorizar la faena a realizar. Por tanto será suficiente que se incorporen las maniobras sólo en uno de los dos documentos mencionados Si ninguna de las maniobras del punto 2.1 y 2.2 requieren bloqueo físico (Candado), entonces se incorporaran éstas en el registro PO.12-RE.01. En caso contrario si al menos una de las maniobras del 2.1 y 2.2 requieren bloqueo físico se utilizará el registro LOTO.

2.1 MANIOBRAS DE OPERACION PARA OBTENER LAS CONDICIONES

ESPECIFICADAS EN EL PUNTO CONDICIONES REQUERIDAS POR EL

MANTENIMIENTO (punto 1.7)

Detallar en secuencia cronológica, todas las maniobras de operación necesarias

para obtener las condiciones que el Jefe de Faena especificó en el punto 1.7 incluso

aquellas que deban realizarse en instalaciones de terceros o maniobradas por ellos.

Número: Número de orden de la secuencia

Lugar: Central o S/E, recinto o instalación donde se debe cumplir la Faena.

Maniobra: Acción que debe cumplir el Encargado de Maniobras personalmente o

por medio de Ejecutores de Maniobras.

Confirmación: Cuando el Ejecutor de Maniobras materialice en el terreno la

señalización requerida, indicará esta acción con un √ frente a la maniobra en

cuestión.

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La confirmación, debe anotarse en la copia en papel que se imprima para estos

efectos.

Indicar con un tique X si el detalle de las Maniobras se especificará en este

formulario o en Anexo.

2.2 MANIOBRAS DE OPERACIÓN PARA DEJAR LA INSTALACION “DISPONIBLE” AL

TÉRMINO DE LA VIGENCIA DEL PERMISO DE TRABAJO.

Detallar en secuencia cronológica, todas las maniobras necesarias para llegar a las

condiciones que permitan dejar la instalación lista para el servicio.

En esta sección se deberá además dejar constancia paso a paso de la ejecución de

la maniobra. Para lo cual se debe proceder similarmente a lo indicado en el punto

precedente.

Indicar con un tique X si el detalle de las Maniobras se especificará en este

formulario o en anexo.

2.3 FIRMA PROGRAMADOR DE MANIOBRAS DE OPERACIÓN

El programador de maniobras de operación deja constancia firmando y cambiando

de estatus a Programado (PROG) el PT, que lo expresado en las secciones 2.1 y 2.2

corresponde a las maniobras necesarias para obtener las condiciones solicitada por

el Jefe de Faena, indicadas en el punto 1.7, como también todas aquellas necesarias

para dejar la instalación disponible cuando ésta concluye.

Cuando la función de Programador de Maniobras sea asumida por el Operador de

Turno, la línea jerárquica será quien apruebe lo indicado en el los puntos 2.1 y 2.2.

SECCION 3.0 AUTORIZACION

3.1 ENCARGADO DE MANIOBRAS

Identificar al Encargado de Maniobras. En cada Permiso de Trabajo habrá sólo un

encargado de maniobras bajo cuyas órdenes estarán los Ejecutores de Maniobras,

independientemente de la relación jerárquica que exista entre ellos. Además, se

deberá identificar el nombre, lugar y cargo del Ejecutor de Maniobras.

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3.2 AUTORIZA EL RESPONSABLE DE LA OPERACION

El Jefe del Servicio es quien APRUEBA la totalidad de lo expresado en las secciones

1, 2 y 3. Además su autorización cubre las condiciones indicadas en la sección 5

para la Prueba de Verificación si la hubiera. Dejando el Permiso de Trabajo en

estatus Autorizado (AUTO).

SECCIÓN 4.0 PUESTA EN VIGENCIA

4.1 PEDIDO DE PUESTA EN VIGENCIA

Esta acción debe ser solicitada al Operador de Turno por el Jefe de Faena o el

Inspector de Faena o el Coordinador de Instalación según corresponda según el tipo

de Faena a realizar (Propia, Contratista o Ajena), dejando en estatus de Solicitud de

Vigencia (SVIG) el Permiso de Trabajo. En este acto el Operador de Turno informará

el nombre del Encargado de Maniobras.

4.2 AVISO DE VIGENCIA DEL PERMISO DE TRABAJO

Se deja constancia firmada de la forma, la fecha y la hora en que el Encargado de

Maniobras avisa al Jefe de Faena o a quien corresponda según el tipo de Faena, que

quedaron cumplidas todas las condiciones especificadas en el punto 1.7 y que el

Permiso de Trabajo está vigente (estatus EVIG) para él, quedando el equipo

intervenido bajo su responsabilidad.

Sólo después de este trámite puede el Jefe de Faena proceder a ejecutar los

bloqueos propios indicados en el punto 1.8 del PT.

Le está prohibido tanto al Jefe de Faena como al personal a su cargo, ingresar a la

zona de trabajo, antes de la Autorización del Permiso de Trabajo, con el objeto de

adelantar etapas, como colocar bloqueos, abrir puertas, destapar pisos, abrir

escotillas, colocar escalas y otros.

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SECCION 5.0 PRUEBA DE VERIFICACIÓN

5.1 CONDICIONES PARA LA PRUEBA DE VERIFICACIÓN

El Jefe de Faena deberá dejar indicado el programa de pruebas que necesita

efectuar y detallar las condiciones necesarias para ejecutarlo. Cabe consignar que

el coordinador general de esta Prueba de Verificación, es el Jefe de Faena o quien

corresponda según el tipo de Faena, siempre y cuando no existan intervenciones

multidisciplinarias, y del Coordinador de Mantenimiento o de quién designe el Jefe

de la Instalación cuando sí se trate de éstas.

5.2 a 5.4 FIRMAS Y APROBACIONES

Las firmas y aprobaciones al pie de la Sección de Planificación de Faena serán de

acuerdo a lo estipulado en el capítulo 3.

5.5 A SOLICITUD DEL JEFE DE FAENA SE PROCEDIO A EFECTUAR LA PRUEBA DE

VERIFICACIÓN

Para efectuar la Prueba de Verificación, el Jefe de Faena o quien corresponda según

el tipo de Faena, hará la solicitud al Encargado de Maniobras, quien deberá dejar

constancia de la hora y fecha en que se hizo tal petición en el PT.

Durante todo el proceso de la Prueba de Verificación, el Jefe de Faena o quien

corresponda según el tipo de Faena, debe permanecer en contacto con el Encargado

de Maniobras, con el fin de darle respaldo en su actuación ante situaciones

imprevistas.

Mientras dure la Prueba de Verificación, el Encargado de Maniobras es responsable

de actuar según lo indicado en el punto 5.1 del PT, complementado con las

instrucciones de operación normal.

5.6 A SU TERMINO, EL JEFE DE FAENA SOLICITA REANUDAR LAS CONDICIONES

DEL PERMISO DE TRABAJO

Esta modalidad contempla la posibilidad de tener que volver a intervenir el equipo

y en este caso el Jefe de Faena o quien corresponda según el tipo de Faena, solicita

reanudar la condiciones originales del Permiso de Trabajo especificadas en éste; en

Faenas de Terceros la solicitud la realiza el Inspector de Faena o el Coordinador de

Instalación según corresponda.

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Se debe registrar hora y fecha, cuando así suceda, procediendo a reponer todas las

condiciones del punto en cuestión, confirmando al Jefe de Faena o a quien

corresponda según el tipo de Faena.

SECCION 6.0 CANCELACION

6.1 EL JEFE DE FAENA SOLICITA CANCELAR LA VIGENCIA DEL PERMISO DE

TRABAJO

El Jefe de Faena o quien corresponda según el tipo de Faena, indica que el equipo

intervenido está despejado en lo que a su Faena se refiere.

Deberá dejarse explícito, si después de la intervención la instalación ha quedado

con alguna observación especial; en tal caso el PT se cancela y el Operador deberá

generar una Anormalidad.

Con la información anterior, el Ejecutor de Maniobras, a requerimiento del

Encargado de Maniobras, procede a normalizar el equipo intervenido, de acuerdo a

las maniobras anotadas en el punto 2.2.

6.2 CUMPLIDAS LAS MANIOBRAS EXPRESADAS EN EL PUNTO 2.2

Hecho lo anterior, el Ejecutor de Maniobras informa al Encargado de Maniobras que

el equipo ha sido normalizado indicando si éste quedó disponible para el servicio o

indisponible. Esto último se puede deber a la Vigencia de otro Permiso de Trabajo,

Informe de Falla u otra causa que impida poner en servicio la instalación. Se deja la

constancia correspondiente y el Permiso de Trabajo es firmado por el por el

Encargado de Maniobras para ser cancelado (estatus CANC).

SECCION 7.0 OBSERVACIONES

En este espacio se anotará, en cualquiera de las etapas del proceso, las

observaciones que sean procedentes, como ser: reemplazos, revalidaciones,

Permisos de Trabajos relacionados u otras relacionadas con la intervención. El

Operador será la única persona que introduzca información en esta sección y en

cada caso deberá colocar su nombre y firma.

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Este documento no se encuentra controlado en formato físico, la persona que requiere imprimir este documento debe asegurarse que se encuentre en la última versión, para acceder a la última versión ingresar a la plataforma Livelink.

Cada vez que el Jefe de Faena se retire de la instalación, deberá suspender el PT y

dejará constancia en observaciones, detallando fecha y hora de la suspensión. Así

mismo, cuando reanude la faena detallará en este mismo punto fecha y hora de

Reanudación.

SECCION 8.0 VERIFICACIÓN CONDICIONES SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE

El Jefe de Faena o quien corresponda según el tipo de Faena, deberá realizar la

verificación de cada una de las condiciones de seguridad, salud ocupacional y medio

ambiente que aplican a ésta indicando con un tique X que fue efectuada su control.

Los documentos que respaldan cada una de las condiciones mencionadas en la tabla

de la sección 8.1 deberán acompañarse al Permiso de Trabajo y serán condición

necesaria e indispensable para autorizar la sección planificación del PT, de lo

contrario la Jefatura Directa o el Inspector de Faena o Inspector de Contratos o

Coordinador de Instalación, según corresponda, no estarán facultados para aquello

debiendo informar de esta situación al Jefe de Faena para que éste realice las

correcciones pertinentes en el PT.

Los documentos que respaldan de la sección 8.1, solo se acompañaran como anexos

al PT que quedará en poder del Jefe de Faena.

8.1 Planificación de los Aspectos Seguridad, Salud Ocupacional y Ley Sub-

contratación

Tanto los trabajadores de Colbún S.A como los de empresas contratistas y

subcontratistas deberán participar en la capacitación “Charla de Inducción”

realizada por Colbún S.A. de acuerdo a los procedimientos estipulados.

En esta tabla el Jefe de Faena o quien corresponda según el tipo de faena, deberá

indicar el código de la Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos

(MIPER) que aplica, la Actividad a desarrollar y la valorización del Riesgo asociado a

ésta.

Si el PT involucra más de una actividad, deberá indicar la MIPER que aplica para cada

una de ellas.

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En los casos que exista algún cambio en las condiciones de la faena (por ejemplo

condiciones meteorológicas, nuevos equipos o herramientas), no evaluadas en la

MIPER, se deberá realizar un Análisis de Seguridad del Trabajo AST.

Excepcionalmente se podrá excluir de emplear la MIPER y presentar como mínimo

un AST, en caso de actividades menores a un día y de bajo riesgo, esta modalidad

podrá ser aprobada por parte del Jefe de Faena o quien corresponda según el tipo

de Faena, y deberá ser autorizada por quien autorizará la Planificación de Faena,

dejando a un costado de este ítem su nombre y firma en señal de aprobación de

exención.

Adicionalmente, el Jefe de Faena o quien corresponda según el tipo de Faena,

deberá realizar una Charla de 5 minutos la cual contribuirá al reforzamiento de la

Planificación de la Faena y dará a conocer los riesgos inherentes a ésta,

complementario a lo ya entregado en la Charla de Derecho a Saber a los

trabajadores que participarán en los trabajos.

En Faenas propias el Jefe de Faena dejará constancia de efectuado el control de

todos los antecedentes exigidos en el punto 8.1 con su firma en el pie de página de

la tabla 8.3.

En Faenas a desarrollar por Terceros, el Inspector de Faena o el Coordinador de

Instalación según corresponda, hará exigible al Jefe de Faena o Inspector de

Contratos según corresponda, el cumplimiento del procedimiento PRO.97

Disposiciones Internas para Utilizar REECS y SIGECS, FORM.97 - P2.1 Lista de

Requerimientos del SIGECS.

El Jefe de Faena y el Inspector de Faena o el Inspector de Contratos, según

corresponda, además del Coordinador de Instalación, dejarán constancia de

efectuado el control de todos los antecedentes exigidos en el punto 8.1 con su firma

en el pie de página de la tabla 8.3.

Se deberán identificar aquellos Protocolos Cero Fatalidad (PCF) que apliquen a la

actividad a realizar, estos deberán estar asociados a la MIPER presentada y/o AST y

deben ser identificados en el Permiso de Trabajo.

Además se deberán adjuntar al Permiso de Trabajo todos los registros solicitados

en los Procedimientos Operacionales y Específicos de Seguridad y Salud

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Ocupacional que apliquen a la actividad, estén asociados o no a un Protocolo de

Cero Fatalidad. Estos registros quedaran consignados en la sección 8.1.

8.2 Planificación de los Aspectos Medios Ambientales

En esta tabla el Jefe de Faena o quien corresponda según el tipo de faena, deberá

indicar el código de la Matriz de Identificación y Evaluación de Aspectos

Ambientales MIAA de la Actividad a desarrollar y la valorización del Riesgo asociado

a ésta.

Si el PT involucra más de una actividad, deberá indicar la MIAA que aplica para cada

una de ellas.

En Faenas propias el Jefe de Faena dejará constancia de efectuado el control de los

antecedentes exigidos en el punto 8.2 con su firma en el pie de página de la tabla

en el punto 8.3.

En Faenas a desarrollar por Terceros, el Inspector de Faena o el Inspector de

Contratos según corresponda, hará exigible al Jefe de Faena o a quien corresponda

según el tipo de Faena, la entrega de la MIAA.

El Jefe de Faena y el Inspector de Faena o el Inspector de Contratos, según

corresponda, además del Coordinador de Instalación, dejarán constancia de

efectuado el control de todos los antecedentes exigidos en el punto 8.2 con su firma

en el pie de página de la tabla 8.3.

Además se deberán adjuntar al Permiso de Trabajo todos los registros solicitados

en los Procedimientos Operacionales y Específicos de Medio Ambiente que apliquen

a la actividad.

8.3 Anexo 3: Información que debe contener el registro PO.12 RE.03

Para efectos del Procedimiento Permiso de Trabajo este formato es para faenas sin

interferencias con la explotación, debe contener la información requerida en cada

Sección del documento y que se explicita a continuación:

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N° DE PT

Indicar el número único y correlativo de permiso de trabajo. Cada área designará un

número consecutivo al PT el cual una vez completado deberá ser digitalizado y

cargado en livelink, Registros Operacionales.

SECCION 1.0.- DATOS DEL TRABAJO

1.1 INFORMACIÓN COLBUN S.A.

Nombre de la Central

De acuerdo a la Ubicación donde se realizaran los trabajos se identificará el

nombre de la instalación, dependencia o S/E donde se desarrollarán los trabajos.

Alcance del Proyecto a Ejecutar

Se describirán los trabajos a ejecutar, identificando claramente el tipo de actividad,

si incluye obras o inspecciones.

N° Contrato

Se indicará en número de contrato, orden de compra o nota de proceder asociada.

Nombre del Inspector de Contrato / Inspector de Faena /Jefe Faena Propia

Se definirá el rol de Inspector de contrato, Inspector de faena o Jefe de faena

propia, según corresponda al tipo de faena.

Nombre del Inspector Técnico de Obra (ITO)

Indicar nombre del funcionario de Colbún o contratado por Colbún que hará las

labores de ITO.

Nombre del Administrador de Contrato

Indicar nombre funcionario de Colbún responsable del Contrato.

Nombre Coordinador de Instalación

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Para una faena de tipo ajena, indicar el nombre del funcionario de Colbún

perteneciente a la instalación donde se realizarán las faenas, quien se encargará de

las coordinaciones y comunicaciones entre la instalación y el área ajena a la

instalación que ejecutará los trabajos. Marcar N/A, si no aplica.

En casos excepcionales la Jefatura Directa o Inspector Jefe o Coordinador de

Instalación podrá autorizar una modalidad de aprobación distinta a la mencionada

a requerimiento del Jefe de Faena.

En caso que no sea necesaria la firma de alguna de las posiciones que ahí se indica,

colocar NA.

1.2 INFORMACION EECC

Nombre Empresa Contratista

Se debe indicar el nombre de la Empresa Contratista

Fecha Inicio (hora)

Indicar fecha y hora de inicio de obra, siempre que se cumplan con los

requisitos de ingreso en el caso de tratarse de una faena que involucre

personal contratista.

Fecha Término (hora)

Indicar fecha y hora del fin de los trabajos.

Jefatura directa Jefe de Faena

Indicar el nombre del funcionario que autoriza la planificación de faena

preparada por el Jefe de Faena.

Nombre del Jefe de Faena

Indicar nombre del Jefe de Faena. Remplazante Jefe de Faena

Indicar nombre del reemplazante autorizado del Jefe de Faena.

Número de Personas Involucradas

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Indicar número de trabajadores involucrados de la empresa colaboradora.

Sector a Intervenir

Identificar las áreas en las cuales se desarrollarán los trabajos.

Experto en Prevención de Riesgos EECC / Nombre Experto en

Prevención de Riesgos

La EECC debe marcar con una X si cuenta con un experto en Prevención de

Riesgos, de contar con uno anotar el nombre del Experto.

Intervienen Subcontratistas / Nombre Empresa Subcontratista(s)

La EECC debe marcar con una X si Intervienen Subcontratistas, de ser así, anotar

el nombre de la Empresa Subcontratista.

Nota 1: Este PT, debe ser presentado con un mínimo de 48 horas hábiles antes de iniciar

los trabajos, para ser autorizado dentro de este plazo.

SECCION 2.0.- ACTIVIDADES Y/O TAREAS INVOLUCRADOS

Listar las actividades y/o tareas involucradas en la actividad, para cada una de ellas marcar

con una X si se trabajara con:

Protocolo Cero Fatalidades. Utilizar el Procedimiento PRO. 95 Protocolo Cero Fatalidades, para identificar cuál o cuáles de los 12 PCF se deben utilizar considerando según el tipo de actividad.

Matriz de Riesgos a las Personas. Identificar si la actividad está evaluada en la matriz de Riesgos a las personas, cuando corresponda.

Matriz de Aspectos Ambientales. Identificar si actividad está asociada a los aspectos evaluados en la matriz ambiental, cuando corresponda.

EPP. Identificar si la actividad requiere el uso de EPPs, básicos o específicos.

Estándares Especiales de SSO. Identificar si la actividad está asociada a alguno de los estándares de Colbún.

Procedimientos o Instructivos de Trabajo. Se deberá señalar si actividad está incorporada en los procedimientos de trabajo, o bien tiene un procedimiento específico.

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Matriz Riesgos AAPP. Se deberá indicar si los trabajos a ejecutar tienen alguna implicancia de afectar la imagen y la relación con el entorno de la compañía (Asuntos Públicos).

Anexar la evidencia de lo seleccionado con si (matrices y procedimientos de la empresa

contratista).

SECCION 3.0.- PROTOCOLOS, ESTANDARES Y EQUIPO DE PROTECCIÓN PERSONAL

Sólo de referencia en ningún caso son excluyentes.

Marcar con una X aquellos protocolos, estándares, EPPs que apliquen para la actividad a

desarrollar, se deberán identificar en conjunto con el MASSO de la instalación, y se deberá

actualizar cada vez que exista algún cambio.

3.1 PROTOCOLO CERO FATALIDAD

Bloqueo de Energías

Trabajo Altura ( Física)

Equipo pesado

Vehículos Livianos

Equipos y herramientas portátiles y manuales

Cargas Suspendidas e Izaje

Desarrollo Túneles y uso explosivos

Excavaciones

Espacios confinados

Bloqueo de Energía Eléctrica

Otros (especificar)

3.2 EPP

Equipos Protección Personal Básicos (1)

Protector Auditivo

Protección Respiratoria

Equipo Autónomo

Arnés de Seguridad

Línea de Seguridad

Tenida de Mezclilla

Traje Antiácido

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PO.12 PERMISO DE TRABAJO Subproceso: Desarrollo SGI hacia Operación de la Compañía

Proceso: Desarrollo Gestión Integrada

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Guantes de Nitrilo

Guantes Cabritilla P/C

Otros (especificar)

3.3 ESTANDARES ESPECIALES DE SSO

Trabajos en Caliente

Sustancias peligrosas

Incendio

Trabajos Paralelos

Manejo Manual de Cargas

Temperatura Extrema

Fuente Radioactiva

Radiación UVB-UVA

Herramientas Corto Punzantes

Máquinas y herramientas rotatorias

Otras (especificar)

SECCION 4.0.- TEMAS DE SEGURIDAD OBLIGATORIOS Se debe considerar lo siguiente de manera obligatoria:

Charla de "inducción a contratistas" conteniendo riesgos generales e inherentes a la instalación, a

todas las personas que trabajarán dentro de la instalación. Esta charla la da el personal de la

instalación y tendrá una validez de 1 año.

Verificar que el Jefe de Faena, dé la charla derecho a saber (DAS) del trabajo específico a realizar, y

que cada trabajador firme el documento correspondiente.

Procedimientos de Trabajo Específicos para la ejecución de tareas.

AST para la ejecución de tareas (Según corresponda).

Se deberá adjuntar Matriz de Identificación de Peligros y Evaluación de Riesgos específica para la

tarea a ejecutar.

Se deberá adjuntar Matriz de Identificación de Aspectos e Impactos Ambientales

"En los recintos industriales se deberá usar los elementos de protección personal básicos.

En recintos tales como: Edificio de Administración, casinos, sala de capacitación y otros que no

estén dentro de los procesos productivos, no será obligatorio el uso de elementos de protección

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definidos anteriormente. Sin embargo, para cualquier otra actividad a ejecutar distinta a las

mencionadas, será obligatorio el uso de los elementos de protección personal que se estimen

necesarios. Cualquier otro caso solo será autorizado por el Jefe de la Planta."

Se debe solicitar un examen pre ocupacional cuando se vayan a realizar trabajos; con aptitud según

corresponda, para labor en altura física (sobre 1,8 metros) y/o geográfica (sobre 3,000 metros), en

espacios confinados, expuestos a ruido, expuestos a humos de soldadura, expuestos a productos

químicos o de acuerdo a los peligros específicos asociados a la tarea a realizar.

En caso de que el proyecto requiera intervenir áreas controladas por operación y con interferencia

con la explotación, inmediatamente aplica registro PO.12-RE.01

SECCION 5.0.- AUTORIZACION DEL TRABAJO Anotar el nombre del recuadro que corresponda de acuerdo al tipo de faena y firmarlo, marcar

una X cuando No Aplique en el espacio N/A.

Nombre del Jefe de Faena

Indicar nombre Jefe de Faena Propio o de la empresa contratista.

Nombre del Inspector de Faena

Indicar el nombre Inspector de Faena, para faena contratista

Nombre del Inspector de Contrato

Indicar el nombre del Inspector de Contrato, para faena ajena.

Nombre del Inspector Técnico de Obra (ITO)

Funcionario de Colbún o contratado por Colbún que hará las labores de ITO.

Nombre Experto PR EECC

Indicar el nombre del funcionario de la EECC, responsable de los aspectos de SSO & MA.

Nombre Ingeniero MASSO

Indicar nombre del funcionario de la central responsable de aspectos de SSO & MA.

Nombre Profesional Ger S&SO

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Funcionario de especialista S&SO de Santiago.

Nombre Coordinador Instalación

Funcionario de Colbún perteneciente a la instalación donde se realizarán las faenas,

encargado de las coordinaciones y comunicación, para una faena ajena.

Esta acción debe ser solicitada por el Jefe de Faena a la Jefatura Directa, o Inspector de Faena o el

Coordinador de Instalación según corresponda al tipo de Faena a realizar (Propia, Contratista o

Ajena) registrando nombre, firma, hora y fecha.

El inicio del PT deberá ser activado por el propio Jefe de faena, luego de obtener las aprobaciones

correspondientes indicadas en el punto 5 del Registro PO.12 RE-03.

Además se dejará constancia de la fecha de inicio real de los trabajos.

SECCION 6.0.- CONTROLES EN TERRENO

Identificar aquellos controles que se deberán realizar en terreno asociados a cada uno lo los

puntos, si corresponde:

Protocolo Cero Fatalidades (que corresponda)

Matriz de Riesgos a las personas

Matriz de Aspectos Ambientales

EPP Básicos y/o especiales

Estándares especiales SSO

Procedimientos

Instructivos

Otro (especificar)

SECCION 7.0.- FINALIZACIÓN DEL TRABAJO

7.1 Inicio PT

Fecha inicio real de los trabajos

Indicar fecha en que comienzan los trabajos.

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Hora

Indicar hora de inicio.

7.2 Cierre PT

El cierre del PT deberá ser realizado por el propio Jefe de Faena, luego de obtener las firmas

correspondientes indicadas en el punto 7.2 del registro PO.12-RE. 03, según el tipo de faena.

Fecha de Cierre Real

Indicar Fecha de cierre o finalización de los trabajos.

Hora

Indicar hora de término de los trabajos.

Número de Personas Reales que Trabajaron

Indicar número de personas que desarrollaron los trabajos.

Nombre, Cargo y Firma del Jefe de Faena

Nombre Jefe de Faena Propio o de la empresa contratista.

Nombre, Cargo y Firma del Inspector Técnico de Obra (ITO)

Indicar Nombre del funcionario de Colbún o contratado por Colbún que hará las

labores de ITO.

Nombre, Cargo y Firma del Inspector de Contrato.

Funcionario de Colbún o contratado por Colbún que hará las labores de ITO.

7.3 Extensión PT

De no poder realizar la faena en el plazo establecido previamente, realizar solicitud de

extensión indicando el motivo, número de días, fecha de inicio y termino. Además, del

nombre, firma y cargo de quien autoriza. Registrando Fecha y hora en la cual autorizó.

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Motivo de la extensión

Explicar las circunstancias que dan origen a la extensión del PT.

Días de Extensión

Indicar número de días de extensión.

Fecha Inicio

Indicar inicio de la extensión del plazo.

Fecha de Término

Indicar fecha de finalización del plazo extendido.

Nombre de Quién Autoriza (Colbún)

Funcionario de Colbún que autoriza el periodo de extensión.

Cargo

Función que desempeña en Colbún la persona que autoriza.

Firma

Firma del funcionario que autoriza la extensión.