procedimiento para la revisión del cargo tope por facturación y recaudación audiencia pública...
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Procedimiento para la Revisión del Cargo Tope por Facturación y Recaudación
Audiencia Pública
Telefónica del Perú S.A.A.Lima, 08 de junio 2012
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US$ 0.50518por recibo
OSIPTEL ha publicado para consulta pública un Segundo Proyecto que determina el Cargo Tope por Facturación y Recaudación*
Cargo Tope por Facturación y Recaudación propuesto:
Costos Valor US$
Emisión del Recibo 0.0107
Distribución del recibo 0.0147
Recaudación 0.0304
Inversiones en Sistemas 0.0310
Ope. y Mantenimiento de Sistemas
0.0300
Otras Actividades 0.0024
Costo Común 0.0009
Cargo 0.1201
* Segundo Proyecto aprobado por Resolución N°040-2012-CD/OSIPTEL, la cual sustituye el Primer Proyecto aprobado por Resolución N°126-2011-CD/OSIPTEL.
Pese a las modificaciones efectuadas, el cargo propuesto no permitiría recuperar los costos del servicio, apartándose de los dispuesto en los Contratos de Concesión de Telefónica.
2do. Proyecto
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El Proyecto no toma en cuenta los costos reales en los que se incurre para prestar el servicio
Principales Comentarios
Inversiones en sistemas y
mantenimiento
El costeo debe considerar la emisión de recibos físicos y digitales.
El cálculo se realiza a partir del total de recibos físicos.
Driver correcto: N° de operadores beneficiados por la recaudación (2 operadores en promedio: 50%).
El costeo se realiza a partir del total de recibos físicos.
Atribuye el 10% del costo de recaudación por recibo (tomando de base información de recaudación de Nextel, no incluida en el Proyecto).
Costos de recaudación
Costos de distribución
Costos de emisión de recibos
(papel, impresión y sobres)
Asignación de drivers
CostosConsiderar los costos propios de Telefónica (remitidos y sustentados).
Considera los costos en inversión y mantenimiento de Telefónica Móviles.
El costeo debe considerar los costos adicionales de envío de recibos digitales vía email.
Costos
Asignación de drivers
Contradicción:Informe GPRC: Una página por recibo promedio: 1/p. Modelo GPRC: Considera: 1/p *2.Nota: p = número promedio de página por recibo.
Driver correcto: 1/p (no multiplicar “p” por 2).Información en el reverso de páginas es útil para usuarios del tercer operador.
Costos
Asignación de drivers
Contradicción:Informe: Una página por recibo promedio (1/p). Modelo: Media página por recibo (1/p *2).Nota: p = número promedio de página por recibo.
Driver correcto: 1/p (no multiplicar “p” por 2).Información en el reverso de páginas es útil para usuarios del tercer operador.
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Costo Número de recibos
Costo por
recibo
Costo por recibo
atribuible
Costo en papel
73,292 2,072,576 0.0354 0.0049
Costo de impresión
35,592 2,072,576 0.0172 0.0024
Costo de sobres
52,418 2,072,576 0.0253 0.0035
161,302 0.0778 0.0107
Proyecto
Costos de emisión de recibos: papel, impresión y sobres
Fuente: Hoja “CALCULO” del modelo de costos del Proyecto.
Fórmula Driver
Modelo OSIPTEL
1/(p*2) 0.14
Informe OSIPTEL
1/p 0.28
CostoCosto de recibos físicos
Total recibos físicos y digitales
Costo de emisión por = recibo
DriverContradicción:Informe GPRC: Una página por recibo promedio (1/p). Modelo GPRC: Considera: 1/p *2.Nota: p = número promedio de página por recibo.
Físicos y digitales Driver
1/p*2
Sólo físicos
Costo
Driver
Costo de recibos físicos y digitalesTotal recibos físicos y digitales
Costo de emisión por = recibo
Driver correcto: 1/p (no multiplicar “p” por 2).
Nota: p = número promedio de página por recibo.
La información en el reverso de páginas es útil para usuarios del tercer operador.
El cálculo del costo también debe considerar los costos en los que se incurre por la emisión de recibos digitales (información enviada y sustentada por Telefónica).
El driver utilizado en el modelo subvalora el costo de emisión por recibo y genera una asignación ineficiente.
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Proyecto
Costos de distribución
Destino Volumen de
recibos a distribuir
Costo (US$)Número
de recibos
Costo por
recibo
Costo por
recibo atribui
ble
LIMA 1,260,664 112,009.47 2,072,576
BALNEARIOS 9,773 1,051.63 2,072,576
PROVINCIAS 684,081 108,000.11 2,072,576
Sub total 1,954,518 221,061 0.1067 0.0147
Fuente: Hoja “CALCULO” del modelo de costos del Proyecto.
La asignación eficiente de los costos por recibo debe realizarse a partir del cálculo de TODOS los costos en los que se incurre por prestar el servicio en cuestión (distribución).
Sólo físicos
Físicos y digitales Driver
1/p*2
CostoCosto de recibos físicos
Total recibos físicos y digitalesCosto de distribución =
DriverContradicción:Informe GPRC: Una página por recibo promedio (1/p). Modelo GPRC: Considera: 1/p *2.Nota: p = número promedio de página por recibo.
Costo
Costo de recibos físicos y digitalesTotal recibos físicos y digitales
Costo de = distribución
Se deben añadir los costos generados por el almacenamiento y envío de recibos digitales (por ejemplo, almacenamiento, envío masivo o individual) .
Fórmula Driver
Modelo OSIPTEL
1/(p*2) 0.14
Informe OSIPTEL
1/p 0.28Driver
Driver correcto: 1/p (no multiplicar “p” por 2).
Nota: p = número promedio de página por recibo.
La información en el reverso de páginas es útil para usuarios del tercer operador.
(Información enviada y sustentada por Telefónica).
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Es necesario que el costo de recaudación sea asumido por los operadores que se benefician del servicio de recaudación (promedio 2 operadores: 50%).
Proyecto
Costos de recaudación
Costo 629,565
Costo por recibo 0.3038
Costo por recibo atribuible 0.0304
Fuente: Hoja “CALCULO” del modelo de costos del Proyecto.
Componente de recaudación
Driver: En función a número de operadores beneficiados por la recaudación (en promedio: 2 operadores: 50%).
El indicador no puede ser calculado en base al importe de recaudación (el costo es el mismo al recaudar cualquier monto de dinero).
Principios de actuación de OSIPTEL*:
Se estaría tomando una decisión, en base a información prestada por una tercera empresa (Nextel), sobre la cual no se ha tenido mayor conocimiento ni algún sustento económico.
Driver: En función a importes recaudados por terceros operadores (10%).
El 10% utilizado es determinado en función a la información de recaudación remitida por Nextel.
En la Resolución e Informe no se incluye ningún detalle de la información de Nextel.
* Reglamento General de OSIPTEL.
10% del costo de
recaudación
“Principio de Transparencia.-Toda decisión de cualquier órgano funcional del OSIPTEL deberá adoptarse de tal manera que los criterios a utilizarse sean conocibles y predecibles por los administrados. Las decisiones del OSIPTEL serán debidamente motivadas y los proyectos de decisiones normativas y/o regulatorias serán además previamente publicadas para recibir opiniones del público en general (…)”. El subrayado es nuestro.
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Los Lineamientos el MTC determinan que para establecer los cargos de interconexión tope se debe utilizar la información de costos proporcionado por la empresa, y no los costos de otra empresa “similar”.
Proyecto
Inversiones y mantenimiento de sistemas
Costos de Inversión:
Se debe utilizar los costos de inversión y mantenimiento de cada operador.
Los sistemas y la gestión de cada empresa son diferentes.
El modelo debe utilizar los costos proporcionados y sustentados por nuestra empresa, de otra forma el presente procedimiento se apartaría del marco regulatorio vigente1.
Considera los costos de un tercer operador (desconociendo los costos sustentados por Telefónica).
Se ha presentado una reducción de 49% a las inversiones del tercer operador; reduciendo por ende, el valor que se le reconoce a Telefónica.
ProyectoInversión en
sistemas (US$)
1er. Proyecto 446,726
2do. Proyecto 218,777
- 49%
Mantenimiento en sistemas:
Para estimar el OPEX se aplica un % desconocido al CAPEX de un tercer operador.
Costo (US$) 62,234
OPEX TELEFÓNICA = % CAPEX DE TERCER OPERADOR% = Valor desconocido
Costos de Inversión y mantenimiento:
“Artículo 9.-InterconexiónPara establecer los cargos de interconexión tope por defecto, se aplicará el Reglamento de Interconexión, para lo cual se obtendrá la información sobre la base de:La información de costos y de demanda, con su respectivo sustento, proporcionado por las empresas”. El subrayado es nuestro.
Lineamientos para desarrollar y consolidar la competencia y la expansión de los servicios de telecomunicaciones en el Perú1
1 Decreto Supremo N°003-2007-MTC.
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Conclusiones
1. El Proyecto no refleja los costos reales de la prestación del servicio de F&R, pese a que se ha cumplido con presentar la información sustentatoria de los costos incurridos por Telefónica del Perú para brindar dicho servicio.
2. El Proyecto presenta inconsistencias: (i) No toma en cuenta los costos reales en los que se incurre para prestar el servicio, (ii) No se calcula de manera correcta drivers para la asignación de los costos en las actividades relacionadas al procedimiento de F&R.
3. Los costos de emisión de recibos deben considerar los costos de los recibos totales: (i) recibos físicos (papel, impresión y ensobrado), y (ii) recibos digitales (generación del recibo digital).
4. Los costos de distribución de recibos deben tomar en cuenta la distribución de los recibos totales: (i) recibos físicos (vía mensajería física), y (ii) recibos digitales (por ejemplo, almacenamiento, envío masivo o individual).
5. La asignación de los componentes de emisión y distribución debe partir del cálculo correcto del driver –tal como se indica el Informe-, (1/p, “p”: número promedio de páginas por recibo).
6. Los costos de recaudación deben ser asumidos por los operadores generadores de los mismos, los cuales se beneficiarán de dicho servicio (en promedio dos operadores, driver de asignación debe ser 50%).
7. Respecto a los costos de inversiones y mantenimiento de sistemas, Telefónica ha presentado información de costos directamente atribuibles al servicio de F&R para las llamadas LD de terceros operadores. Se solicita éstas sean tomadas en su totalidad en el cargo final que se fije, evitando utilizar costos presentados por terceras empresas, que no intervienen en la prestación del servicio.
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