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PRESTACIONES SOCIALES ANDRES QUINTERO 1

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Page 1: Prestaciones Sociales

PRESTACIONES SOCIALES

ANDRES QUINTERO

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAFACULTAD DE INGENIERÍASINGENIERÍA DE SISTEMAS

BOGOTÁ2010

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PRESTACIONES SOCIALES

ANDRES QUINTERO

Trabajo para optar a la nota del cuarto corte

MONICA DUARTEABOGADA

UNIVERSIDAD COOPERATIVA DE COLOMBIAFACULTAD DE INGENIERÍASINGENIERÍA DE SISTEMAS

BOGOTÁ2010

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Page 3: Prestaciones Sociales

CONTENIDO

Pág.

INTRODUCCIÓN 4OBJETIVOS 5 1. PRESTACIONES SOCIALES 61.1 PRIMA DE SERVICIOS 61.2 VACACIONES 61.3 AUXILIO DE CESANTIA 61.4 INTERESES DE CESANTIAS 61.5 SUBSIDIO FAMILIAR 61.6 SUBSIDIO DE TRANSPORTE 72. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR 82.1 SEGURIDAD SOCIAL 82.2 PENSIONES 82.3 SALUD 82.4 RIESGOS PROFESIONALES 83. OBLIGACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL 9CONCLUSIONES 11BIBLIOGRAFÏA 12

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INTRODUCCIÓN

El siguiente trabajo se dará un vistazo a las obligaciones que deben tener los

empleadores al momento de contratar a un nuevo trabajador, debemos estar

enterados de lo que la ley exige como derechos irrenunciables por parte de los

empleados.

Esto debemos conocerlo ya que en nuestro campo laboral firmamos contratos que

nos obligan a cumplir con una labor sino también nos realizaran una serie de

descuentos que serán usados para pagar parte del porcentaje que nos

corresponde para acceder a los servicios de salud, pensión y cajas de

compensación familiar.

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OBJETIVOS

1. Conocer la importancia de las prestaciones sociales para los empleados. 2. Verificar la integridad de las prestaciones sociales vigentes. 3. Establecer las obligaciones del empleador en las obligaciones sociales.

4. Verificar las posibles falencias en la aplicación de las prestaciones sociales tanto del empleador como del empleado.

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1. PRESTACIONES SOCIALES

Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral.

Las prestaciones legales son:

1.1 PRIMA DE SERVICIOS: Equivalente a 15 días de salario por el tiempo laborado durante el semestre. Esta prestación se paga el 30 de junio y el 20 de diciembre, o a la terminación del contrato de trabajo.

1.2 VACACIONES: Las vacaciones consisten en el descanso remunerado que debe el empleador al trabajador equivalente a 15 días hábiles de vacaciones por cada año de servicio. La mitad de las vacaciones puede ser compensada en dinero durante la vigencia del contrato, previo permiso del Ministerio de Protección Social.

Si el contrato termina sin que el empleado haya disfrutado de su período de vacaciones, es obligatorio compensar en dinero (sin necesidad de permiso) y de manera proporcional al tiempo trabajado.

1.3 AUXILIO DE CESANTIA: Este beneficio tiene como fin brindarle al trabajador un medio de subsistencia a la terminación del contrato de trabajo. Existen dos regímenes para la liquidación y pago de las cesantías: los trabajadores vinculados con anterioridad al primero de enero de 1991 están sujetos al régimen de retroactividad de las cesantías, de acuerdo con el cual éstas se liquidan en su totalidad a la terminación del contrato de trabajo; y los trabajadores vinculados con posterioridad al primero de enero de 1991, y aquellos que, habiéndose vinculado con anterioridad a esta fecha, se hayan acogido al régimen de esta ley, están sujetos a la liquidación anual de las cesantías.

En este sistema el empleador liquida las cesantías el 31 de diciembre de cada año y las deposita a más tardar el 15 de febrero del siguiente año en las cuentas individuales de cada trabajador. Estas cuentas son manejadas por las sociedades administradoras de fondos de cesantías.

1.4 INTERESES DE CESANTIAS: En enero de cada año, el empleador debe pagar directamente al trabajador intereses sobre las cesantías a una tasa del 12% anual.

1.5 SUBSIDIO FAMILIAR: Todas las empresas deben inscribirse en una caja de compensación familiar. Esta inscripción otorga al trabajador el derecho a obtener subsidios en efectivo para sus hijos menores de edad, así como servicios de capacitación, vivienda y recreación. De igual manera, los afiliados tendrán derecho

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a un subsidio de desempleo, manejado por las mismas cajas de compensación familiar, pero regulado y controlado por el gobierno. El empleador debe pagar, dentro de los 10 primeros días de cada mes, una suma equivalente al 9% del monto de la nómina a la caja de compensación que haya seleccionado.

1.6 SUBSIDIO DE TRANSPORTE: Los trabajadores que devenguen hasta dos salarios mínimos legales mensuales tienen derecho al pago del auxilio de transporte fijado por el Gobierno Nacional. Para 2010, el valor del auxilio es de $61.500

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2. OBLIGACIONES DEL EMPLEADOR

2.1 SEGURIDAD SOCIAL: El sistema de seguridad social comprende pensiones, salud y riesgos profesionales.

2.2 PENSIONES: El sistema cubre los riesgos de invalidez, vejez y muerte por causa común, y tiene dos regímenes independientes. Uno administrado por el Instituto de Seguros Sociales - ISS- que maneja un fondo común y otro de capitalización individual a cargo de las administradoras de fondos de pensiones.

La contribución a cualquiera de estos regímenes es del 15,5% del salario mensual del empleado, de las cuales tres cuartas partes están a cargo del empleador, y una cuarta parte le corresponde al trabajador.

2.3 SALUD: El sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador y de su familia que están establecidas en el programa de atención denominado Plan Obligatorio de Salud -POS- y la maternidad. El empleador debe consignar el 12,5% del salario mensual del trabajador, del cual el 8,5% está a cargo del empleador y el 4% restante a cargo del empleado. Este monto es deducido del salario mensual del trabajador.

2.4 RIESGOS PROFESIONALES: Este sistema cubre las contingencias que afectan la salud del trabajador por causa de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales, e igualmente las pensiones por invalidez y muerte generadas por tales enfermedades.

La totalidad del aporte por este concepto está a cargo del empleador y su monto depende del grado de riesgo laboral generado en la actividad de la empresa y del cumplimiento de las normas de seguridad industrial. El rango de cotización va desde el 0,5% hasta el 8,7% del valor total de la nómina mensual de salarios.

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3. OBLIGACIONES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Obligaciones dentro del sistema de seguridad social.

Previamente al desarrollo de las concretas obligaciones que corresponden al empresario en el marco de la Seguridad Social, es preciso detenerse mínimamente en el concepto de Seguridad Social, y la estructura general del sistema que conforma la Seguridad Social.

La seguridad social se concibe como un sistema donde coexisten:

Un RÉGIMEN GENERAL, previsto para trabajadores por cuenta ajena. Varios REGÍMENES ESPECIALES - Régimen Especial de Trabajadores

Autónomos, Régimen Especial Agrario, Régimen Especial de Empleados de Hogar, Régimen Especial de Minería del Carbón, Régimen Especial de Trabajadores del Mar) cada uno de ellos con un campo de aplicación subjetiva.

Dentro de los distintos regímenes (el general o los especiales) podrán establecerse SISTEMAS ESPECIALES, que implican ordenaciones especiales de aspectos referidos a encuadramiento, afiliación, forma de cotización o recaudación.

Una determinada acción protectora concepto que incluye:

las CONTINGENCIAS o situaciones de riesgo susceptibles de protección: maternidad, enfermedad común o profesional, accidentes laborales o no, situaciones de incapacidad temporal, invalidez, jubilación, desempleo, muerte, supervivencia, otras situaciones de desprotección por la edad o la invalidez, etc.

y las PRESTACIONES establecidas para hacer frente a dichas situaciones: asistencia sanitaria, recuperación profesional, prestaciones económicas, prestaciones familiares por hijos a cargo, prestaciones de servicios sociales.

Con carácter general, las obligaciones inherentes al empresario en el sistema de la Seguridad Social son las siguientes:

Inscripción de la empresa en la Seguridad Social (para empresarios individuales o empresas -personas jurídicas que vayan a contratar trabajadores-, además de ciertas obligaciones anejas a la inscripción: opción de protección de la contingencia de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y opción de cobertura de las prestaciones económicas por incapacidad temporal.

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Afiliación (si se trabaja por primera vez) y/o Alta en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Cotización en el Régimen correspondiente de la Seguridad Social.

Asimismo, son obligaciones ante la Seguridad Social, aunque no afectan propiamente a la fase de creación de la empresa, las siguientes:

Comunicación de Variaciones de datos y Bajas de trabajadores. Comunicación de Variaciones de datos y Cese de la empresa.

Como veremos, el cumplimiento de algunas de esas obligaciones podrá efectuarse a través de medios telemáticos (Sistema RED - REMISIÓN ELECTRÓNICA DE DATOS-), siendo en algunos supuestos obligatorio para determinadas empresas hacerlo por la mencionada vía.

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CONCLUSIONES

Los empleados que no trabajan en el sector público se rigen por la Ley 100, alli se establecieron una serie de condiciones y requisitos que deben cumplir tanto los empleadores y empleados, las cajas de compensación familiar, las EPS, los fondos de pensiones y cesantías.

Con las nuevas formas ideadas para contratar personal por parte de las empresas ya sea a través de cooperativas o prestación de servicios, lo único que buscan es bajar la carga de pagos parafiscales, dejando esto en manos de terceros o del empleado mismo, quien en muchas ocasiones debe hacerse cargo del pago de su seguridad social y pensión.

Con las leyes que rigen ahora, no se vera lo de antes, donde nuestros abuelos trabajaban toda una vida en una empresa que brindaba estabilidad laboral, dejándolos pensionar y dándoles la remuneración adecuada, ahora eso no se vera, ya que primero no se da a los empleados una estabilidad laboral que le permita estar tranquilo, además las empresas no permitirán que sus empleados se pensionen ya que les conllevaría a una carga monetaria que buscan a toda costa evitar. Es por esto que recurren a modalidades de contratación que la ley permite pero que al final el perjudicado es el empleado ya que no tiene estabilidad laboral por ende poca estabilidad financiera y su s años de experiencia se verán cortas de forma constante debido a los constantes cortes o ceses de trabajo que pacta la empresa.

Desafortunadamente debido a las grandes necesidades que existen para toda la clase trabajadora en todos sus campos de acción, se prestan a trabajar bajo estas condiciones ya que muchos presentan necesidades que suplir y prefieren trabajar a perdida de ciertos beneficios que brinda la ley pero que las empresas modifican y siendo legales privan a los empleados de cosas tan básicas como lo son las vacaciones.

Desafortunadamente esto no cambiara, ya que el gobierno fue quien creó dichas leyes y es permisivo con las mismas además de que se busca es beneficiar al empleador y los trabajadores seguirán ajustándose a estas condiciones ya que si se busca hacer efectivo algún derecho laboral, lo mas seguro es que sea perseguido hasta hacerlo renunciar.

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BIBLIOGRAFÏA

“CODIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO”http://www.secretariasenado.gov.co/senado/basedoc/codigo/codigo_sustantivo_trabajo.html

“FÓRMULAS PARA LA LIQUIDACIÓN DE PRESTACIONES SOCIALES: Cesantías, Primas, horas extra e incapacidades”http://www.lared.com.co/KitdeHerramientas/salarios/formulasSalario.asp?clave=#formulas

“OBLIGACIONES SOCIALES Y LABORALES”http://vlex.com/vid/obligaciones-sociales-laborales-277913

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