presentación: “aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

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Page 1: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

“ASPECTOS LEGALES AMBIENTALES PARA TRANSFERIR SITIOS CONTAMINADOS”

Page 2: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES EN MATERIA DE REMEDIACIÓN DE SITIOS CONTAMINADOS EN

MÉXICO

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos “CPEUM”

Normas Oficiales Mexicanas: NOM-138-SEMARNAT/SS-2003 (LMP hidrocarburos) y NOM-147-SEMARNAT/SS-2003 (concentraciones metales) y las respectivas guías técnicas para elaboración de Estudios de Caracterización, ERA y Muestreo Final

Comprobatorio.

Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos y su Reglamento (“LGPGIR”)/Ley Federal de Responsabilidad Ambiental

Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (“LGEEPA”)

Page 3: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

RESPONSABILIDAD AMBIENTAL POR CONTAMINACIÓN DE SITIOS

• CONSTITUCIÓN Artículo 4: Derecho Humano al medio ambiente sano- el dañoy deterioro ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque.

• LEGEPA Artículo 203: Obligación de toda persona que contamine o deterioreel ambiente o afecte los recursos naturales o la biodiversidad- Seráresponsable y está obligada a reparar los daños causados conforme a lalegislación civil aplicable, y sin perjuicio de las sanciones administrativas openales que procedan.

• LGPGIR Artículo 68: Quienes resulten responsables de la contaminación de unsitio, así como de daños a la salud como consecuencia de ésta, estaránobligados a reparar el daño causado.

• LGPGIR Artículo 69: Las personas responsables de actividades relacionadascon la generación y manejo de materiales y residuos peligrosos que hayanocasionado la contaminación de sitios con éstos, están obligadas a llevar acabo las acciones de remediación.

Page 4: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

RESPONSABILIDAD AMBIENTAL POR CONTAMINACIÓN DE SITIOS

• Sitio Contaminado: Lugar, espacio, suelo, cuerpo de agua, instalación ocualquier combinación de éstos que ha sido contaminado con materiales oresiduos que, por sus cantidades y características, pueden representar unriesgo para la salud humana, a los organismos vivos y el aprovechamientode los bienes o propiedades de las personas.

• Remediación: Conjunto de medidas a las que se someten los sitioscontaminados para eliminar o reducir los contaminantes hasta un nivel seguropara la salud y el ambiente o prevenir su dispersión en el ambiente sinmodificarlos.

• Restauración: Conjunto de actividades tendientes a la recuperación yrestablecimiento de las condiciones que propician la evolución ycontinuidad de los procesos naturales.

Page 5: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

CONSECUENCIAS LEGALES SOBRE LA CONTAMINACIÓN DE SITIOS

Remediación del Sitio

(suelo-agua)

Administrativa

Civil y/o de Responsabilidad

Ambiental

Pasivos Ambientales o Emergencias Ambientales

Penal

Page 6: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

LOS PARTICULARES FRENTE A SITIOS CONTAMINADOS

Responsabilidad de remediar:

Puede ser exigida a propietario o poseedor (responsables solidarios), sin perjuicio de

repetir contra el responsable de la contaminación

Bienes del dominio privado

Transferencia del control/ transacciones corporativas:

No requiere autorización de SEMARNAT

Transferencia de sitios contaminados:

Requiere autorización de SEMARNAT

Page 7: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

LA TRANSFERENCIA DE SITIOS CONTAMINADOS

Transferencia de sitios contaminados: propiedad o posesión

Obligación de informar sobre la contaminación al adquirente (Se sabe o no

de la contaminación?)-Declaraciones, obligaciones y garantías) Usos y destinos

de inmuebles. Desarrollo de estudios previos a las transacciones.

Esta circunstancia deberá constar en el instrumento en el que se formalice la

transmisión.

Obtener autorización de SEMARNAT,aunque la autorización no impide la ejecución de actos de comercio o de

derecho civil, únicamente es definir al responsable de la remediación del sitio

transferido

En caso de que se transfiera antes de la remediación o al término de esta y no hay

pacto expreso sobre la remediación, se entiende que el responsable es el

enajenante.

Page 8: Presentación: “Aspectos legales ambientales para transferir sitios contaminados"

Muchas Gracias!