presentación de powerpoint...presentación de powerpoint author luciano cuervo moraga created date...
TRANSCRIPT
REGLAS DE ORIGEN ESPECÍFICAS PARALA PROMOCIÓN DE ENCADENAMIENTOS
PRODUCTIVOS Y CADENAS REGIONALES Y GLOBALES DE VALOR
LUCIANO CUERVO – ASESOR ECONOMICO, DIVISIÓN DE CADENAS GLOBALES DE VALOR-SUBREI
T E M A S A D I S C U T I R
• I n t rod u c c i ó n re g l a s d e o r i ge n .
• E j e mp l o s d e m o d el o s d e e n ca d e n a mi e ntos p ro duct i vos y l a a p l i ca c i ó n d e re g l a s d e o r i ge n .
• Pre s e nta c i ó n d e l e s t u d i o e i n t e r pretac i ón
¿ Q U É S O N L A S R E G L A S D E O R I G E N ?
L a s re g l a s d e o r i ge n s o n l o s c r i te r i o s n e c e s a r i o s p a ra d e te r mi n a r l a p ro c e d e n c i a n a c i o n a l d e u n p ro d u c to .
S u i m p o r ta nc i a s e ex p l i ca p o rq u e l o s d e re c h o s y l a s re st r i c c i o n e s a p l i ca d os a l a i m p o r ta c i ón p u e d e n va r i a r s e g ún e l o r i ge n d e l o s p ro d u c tos i m p o r tad os .
T I P O S D E R E G L A S D E O R I G E N
• Producto totalmente obtenido
• Cambio de clasificación arancelaria
• Valor de contenido regional (VCR)
• Producto totalmente obtenido: califican como originaria las mercancías que son totalmente obtenidas en el territorio nacional.
• Cambio de clasificación arancelaria: Es un requisito donde una mercancía cumplirá con las reglas de origen, si los insumos no originarios utilizados en su manufactura sufren un cambio de clasificación arancelaria respecto del producto final a exportar.
T I P O S D E R E G L A S D E O R I G E N
• Valor de contenido regional (VCR): Es un porcentaje que indica en qué medida una mercancía ha sido producida en la región local del productor.
• Este porcentaje se calcula de acuerdo con la metodología establecida en el acuerdo específico, donde puede haber una fórmula general o de reducción o la fórmula por el método de aumento.
T I P O S D E R E G L A S D E O R I G E N
La fórmula general de VCR o de reducción es:
VA - VMNVCR = ------------------ X 100
VT
La fórmula del método de aumento
VMOVCR = -------------- X 100
VT
donde:
VCR: es el valor de contenido regional, expresado como un porcentaje; VMN: es el valor de transacción de los materiales no originarios ajustados sobre una base CIF;VT es el valor de transacción de la mercancía ajustado sobre una base FOB; y,VMO: es el valor de los materiales originarios utilizados por el productor en la elaboración de la mercancía en base CIF.
E N C A D E N A M I E N T O S P R O D U C T I V O S
EXPORTACIÓN A UN TERCER MERCADO
EXPORTACIÓN DE INSUMOS TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA:
• PRODUCTO DE MAYOR VALOR AGREGADO
• CUMPLE EXIGENCIAS DE REGLAS DE ORIGEN
• CUMPLE EXIGENCIAS DE NORMAS MSF
PAÍS A: PAÍS PLATAFORMA:
CONDICIONES FAVORABLES:• BENEFICIOS ARANCELARIOS
TLC
CHINA: ENCADENAMIENTOS PRODUCTIVOS PARA EXPORTAR A CHINA, A TRAVÉS DE UNA TRANSFORMACIÓN PRODUCTIVA EN CHILE, Y CONSIDERANDO A ARGENTINA COMO PAÍS EN ESTUDIO
MODELO DE NEGOCIOS: exportación de cereales desde Argentina a Chile para ser transformado enproductos en base a cereales generando un salto de capítulo (desde Capítulo 10 a 19) cumpliendo laregla de origen.
PRODUCTOS A BASE DE CEREALES
• Código arancelario productos a base de cereales: 190410• Código arancelario cereales: capítulo 10• Arancel NMF China: 25%• Arancel Chile: 0%• Regla de origen: cambio de partida
E S T U D I O “ E X P L O R A N D O E N C A D E N A M I E N T O S P R O D U C T I V O S E N T R E C H I L E Y A R G E N T I N A ”
Estudio: R E G L A S D E O R I G E N E S P E C Í F I C A S P A R A L A P R O M O C I Ó N D E E N C A D E N A M I E N T O S P R O D U C T I V O S Y C A D E N A S R E G I O N A L E S Y G L O B A L E S D E V A L O R
• 0710: Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas.
• 0806: Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas
• 0810: Las demás frutas u otros frutos, frescos.
• 0811: Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u
otro edulcorante.
• 0813: Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos,
secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo.
• 0814: Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua
salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional.
• 2008: Conservas de frutas.
• 2009: Jugos de frutas u otros frutos.
A C U E R D O S E S T U D I A D O S
• TLC CHILE - AUSTRALIA• PROTOCOLO COMERCIAL CHILE - ALIANZA DEL
PACÍFICO• TLC CHILE - CANADÁ• TLC CHILE - CHINA• TLC CHILE - COLOMBIA• TLC CHILE – COREA DEL SUR• ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN
ECONÓMICA CHILE - ECUADOR• TLC CHILE - EFTA• TLC CHILE - ESTADOS UNIDOS• TLC CHILE - HONG KONG• ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL CHILE - INDIA• TLC CHILE - INDONESIA• TLC CHILE - JAPÓN• TLC CHILE - MALASIA
• ACUERDO DE COMPLEMENTACIÓN ECONÓMICA CHILE - MERCOSUR• TLC CHILE - MÉXICO• TLC CHILE - P4• TLC CHILE - PANAMÁ• TLC CHILE - PERÚ• TLC CHILE - TAILANDIA• TLC CHILE - TURQUÍA• TLC CHILE - UE• TLC CHILE - VIETNAM• TLC CHILE – C.A. (PROTOCOLO BILATERAL CON COSTA RICA)• TLC CHILE – C.A. (PROTOCOLO BILATERAL CON EL SALVADOR)• TLC CHILE – C.A. (PROTOCOLO BILATERAL CON HONDURAS)• TLC CHILE – C.A. (PROTOCOLO BILATERAL CON GUATEMALA)• TLC CHILE – C.A. (PROTOCOLO BILATERAL CON NICARAGUA)
E J E M P L O S D E L O S R E S U LTA D O S
I. TLC CHILE - CHINA
CÓDIGO ARANCELARIO
DESCRIPCIÓN REGLA DE ORIGEN
0710 Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas. Cambio de Capítulo
0806 Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas. Cambio de Capítulo
0810 Las demás frutas u otros frutos, frescos. Cambio de Capítulo
0811 Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
Cambio de Capítulo
0813 Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo.
Cambio de Capítulo
0814 Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional.
Cambio de Capítulo
2008 Frutas u otros frutos y demás partes comestibles de plantas, preparados o conservados de otro modo, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante o alcohol, no expresados ni comprendidos en otra parte.
200811 Frutos de cáscara, maníes (cacahuates, cacahuetes) * y demás semillas, incluso mezclados entre sí: Maníes (cacahuates, cacahuetes):
50% VCR
I. TLC CHILE – COREA DEL SUR
CÓDIGO ARANCELARIO
DESCRIPCIÓN REGLA DE ORIGEN
0710 Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas. Cambio de Capítulo
0806 Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas. Cambio de Capítulo
0810 Las demás frutas u otros frutos, frescos. Cambio de Capítulo
0811 Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
Cambio de Capítulo
200811 Frutos de cáscara, maníes (cacahuates, cacahuetes)* y demás semillas, incluso mezclados entre sí: Maníes (cacahuates, cacahuetes):
80% VCR (MR)
200819 Frutos de cáscara, maníes (cacahuates, cacahuetes)* y demás semillas, incluso mezclados entre sí: Los demás, incluidas las mezclas
80% VCR (MR)
200820 Piñas (ananás) 80% VCR (MR)
200830 Agrios (cítricos) 80% VCR (MR)
200840 Peras 80% VCR (MR)
200850 Damascos (albaricoques, chabacanos)* 80% VCR (MR)
I. TLC CHILE - AUSTRALIA
CÓDIGO ARANCELARIO
DESCRIPCIÓN REGLA DE ORIGEN
0710 Hortalizas, aunque estén cocidas en agua o vapor, congeladas. Cambio de partida siempre que el bien sea cocido y congelado en el territorio de las Partes y con un contenido de valor regional no inferior al 40 por ciento. Para las mezclas de hortalizas que requiere un Cambio de Capítulo o un contenido de valor regional no inferior al 40 por ciento ya sea que exista o no un cambio en la clasificación arancelaria.
0806 Uvas, frescas o secas, incluidas las pasas. Cambio de Capítulo
0810 Las demás frutas u otros frutos, frescos. Cambio de Capítulo
0811 Frutas y otros frutos, sin cocer o cocidos en agua o vapor, congelados, incluso con adición de azúcar u otro edulcorante.
Cambio de Capítulo
0813 Frutas y otros frutos, secos, excepto los de las partidas 08.01 a 08.06; mezclas de frutas u otros frutos, secos, o de frutos de cáscara de este Capítulo.
Cambio de Capítulo Para las mezclas que requiere un cambio de capítulo o un contenido de valor regional no inferior al 40 por ciento ya sea que exista o no un cambio en la clasificación arancelaria.
0814 Cortezas de agrios (cítricos), melones o sandías, frescas, congeladas, secas o presentadas en agua salada, sulfurosa o adicionada de otras sustancias para su conservación provisional.
Cambio de Partida
200811 Frutos de cáscara, maníes (cacahuates, cacahuetes)* y demás semillas, incluso mezclados entre sí: Maníes (cacahuates, cacahuetes):
Cambio de Capítulo
200819 Frutos de cáscara, maníes (cacahuates, cacahuetes)* y demás semillas, incluso mezclados entre sí: Los demás, incluidas las mezclas
Cambio de Capitulo o 40% VCR
G R A C I A S
LUCIANO CUERVO M.
l cuervo@subrei .gob.c l