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Del 1-dic-13 al 31-dic-13 MUTUAS www.ugt.es - Secretaría Confederal de Cambio Climático y Medio Ambiente Resumen de Prensa

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Del 1-dic-13 al 31-dic-13

MUTUAS

www.ugt.es - Secretaría Confederal de Cambio Climático y Medio Ambiente

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NOTICIAS referentes a MUTUAS

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El 20% de las bajas laborales son producidas por

riesgos psicosociales

Este tipo de enfermedades le cuesta al Sistema Público alrededor de 300

millones de euros

El director de programas y planes corporativos de la mutua umivale, Rafael Ruíz

Calatrava ha participado en el coloquio organizado recientemente por la Confederación

Empresarial de Madrid (CEIM) dando una charla titulada “Cómo afrontar los riesgos

psicosociales en la empresa”.

Durante su intervención, Ruiz Calatrava ha destacado el aumento de casos derivados de

los riesgos psicosociales que el pasado año ocasionaron más del 20% de las bajas

laborales; lo que se tradujo en un gasto para Sistema Público de más de 300 millones

de euros.

Rafael Ruiz Calatrava comenzó la exposición haciendo un breve repaso sobre los

principales elementos de identificación de estos problemas y las consecuencias tanto

para el trabajador, como para la empresa, que de ellos se derivan. Además hizo

hincapié en las alteraciones físicas y psicosomáticas, como principales problemas para

el que los padece, y el bajo rendimiento y el aumento del absentismo para las

entidades.

Para poder identificar y prevenir estos riesgos, la mutua umivale ha creado una

herramienta denominada HEREP (Herramienta para la Evaluación de Riesgos

Ergonómicos y Psicosociales). El proyecto ha sido dirigido por Rafael Ruiz Calatrava, y

en la actualidad ha sido validada por numerosas entidades públicas. El HEREP está

basado en metodologías propias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el

Trabajo y otras de los propios creadores. Una de sus principales características es que

tanto la lista de identificación de riesgos, como los métodos de evaluación, han sido

pensados para todo tipo de puestos de trabajo. En su medición, la herramienta estudia

tanto la carga mental de cada puesto de trabajo, como los factores psicológicos que le

rodean y la satisfacción laboral del trabajador.

Fuente: EQUIPO&TALENTO (MADRID) 09/12/2013

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Las mutuas pedirán el alta del trabajador aunque el

médico tendrá la última palabra

El servicio público de salud dispondrá de un periodo de 5 días para

decidir

Las mutuas harán un seguimiento de las bajas laborales desde el primer día y pedirán

el alta cuando lo consideren oportuno, aunque el servicio público de salud tendrá

siempre la última palabra al respecto, según ha anunciado la ministra de Trabajo,

Fátima Bañez.

En la conferencia de prensa posterior al Consejo de Ministros, Báñez ha destacado que

el servicio público de salud dispondrá de un periodo de 5 días para decidir si

da el visto bueno o no a esa solicitud y ha añadido que en el caso de que no haya

respuesta se entenderá que el trabajador supera esa incapacidad temporal.

Esta es una de las normas incluidas en el proyecto de ley de reforma de las mutuas de

accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, que, según Báñez, pretende

mejorar la eficiencia en el control de las prestaciones, el absentismo, la mejora de la

salud y la prevención de los riesgos laborales.

La ministra ha afirmado que el proyecto de ley clarifica el régimen jurídico de las

mutuas, que está "muy disperso".

Con ello, se busca mejorar la eficiencia de los recursos públicos, ya que aunque las

mutuas estén formadas por empresas de ámbito privado manejan dinero público.

Mejora de la gobernanza

Báñez ha indicado que otro de los objetivos de la nueva norma es mejorar la

gobernanza y que, en línea con la ley de transparencia, habrá un control de los

recursos de las mutuas y de los órganos de dirección.

En este sentido, ha asegurado que se controlarán también las retribuciones de los altos

cargos y si se aprovechan los recursos ociosos de las mutuas.

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Asimismo, ha recalcado que el 40% de los recursos no se usan y que se pondrán a

disposición de convenios que puedan llevar a cabo con las comunidades autónomas o

con la sanidad privada para mejorar los servicios del sistema nacional de salud.

Además, ha subrayado que el proyecto de ley hace posible que una prestación como

cese de actividad sea una realidad y se pueda recibir a lo largo del tiempo.

La ministra ha señalado que el 82% de las solicitudes son denegadas y ha afirmado que

ahora se cambia el sistema para dar esa prestación por la que cotizan los autónomos

cada mes, lo que es, en su opinión, "un derecho".

Fuente: AGENCIA EFE (MADRID) 20/12/2013

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El médico del servicio público será quien decida

El Gobierno da más poder a las mutuas para decidir

el alta del trabajador

Las mutuas podrán pedir el alta del trabajador, aunque el médico del servicio

público será quien decida.

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de mutuas, por

el que se concederá a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las

bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral

injustificado.

En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad

temporal derivada de enfermedad común "ya desde el primer día de la baja", según ha

destacado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior al

Consejo de Ministros.

Así, la mutua podrá formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica

"motivada". Su propuesta será enviada entonces al médico del Servicio Público de Salud

que emitió el parte de baja a través de los servicios de Inspección del Servicio Público

de Salud correspondiente, que dispondrán de un plazo de cinco días hábiles desde la

recepción de la propuesta de alta para comunicar a la mutua si la estima o la rechaza.

Si en dicho plazo no se notificara a la mutua el parte de confirmación de baja, se

considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta. La mutua deberá

entonces informar al trabajador y a la empresa de la extinción de la prestación.

En España se pierden al año por absentismo una media de 11,4 días por trabajador,

frente a los 8,4 días que se pierden en Finlandia, los siete que se pierden en

Dinamarca, los 6,8 días de Canadá o los 4,9 días de Estados Unidos.

Además de la reducción del absentismo, el anteproyecto de ley de mutuas persigue

otros objetivos, como el de dotarlas de un nuevo marco normativo para mejorar su

gobernanza y transparencia, según Báñez.

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Sueldos

En esta materia, en el anteproyecto se modifica la regulación de los órganos de

gobierno de las mutuas y se potencia la figura del presidente. La norma, que será ahora

remitida a los agentes sociales y al CES para el correspondiente informe preceptivo,

contempla que las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adaptarán a

las correspondientes del sector público.

"En línea con la Ley de Transparencia y la reforma de las Administraciones Públicas se

hace un control de los órganos de dirección de las mutuas y de sus altos cargos, cuyos

sueldos se equiparan a los del sector público", ha explicado la ministra.

Otro de los objetivos de la ley de mutuas será el de facilitar el cobro de la prestación

por cese de actividad de los autónomos, prestación que gestionan las mutuas, debido a

que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta

propia (en 2012 el 82% de las solicitudes fueron rechazadas).

La ministra ha resaltado además que la norma facilita la colaboración entre

comunidades autónomas y mutuas para que las primeras puedan utilizar los recursos

"ociosos" de las segundas en beneficio de los usuarios del Sistema Nacional de Salud.

Según Báñez, actualmente no se utilizan el 40% de los recursos de las mutuas.

Las mutuas son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo

es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Concretamente, se ocupan de la

gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de trabajadores, las

contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad de casi 600.000

autónomos.

En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por

contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más

de 131 millones por cese de actividad.

Fuente: EXPANSIÓN (MADRID) 20/12/2013

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UGT denuncia una Ley de Mutuas que "culpabiliza

al trabajador" y privatiza el sistema sanitario

público

La Unión General de Trabajadores (UGT) ha denunciado la Ley de Mutuas aprobada por

el Consejo de Ministros al considerar que "culpabiliza" al trabajador y supone una

privatización del sistema sanitario público y ha lamentado que la norma haya salido

adelante sin informar ni consultar a los sindicatos.

En un comunicado, UGT ha subrayado su oposición rotunda a una ley "innecesaria"

que "culpabiliza" a los trabajadores "por el simple hecho de estar enfermo" y que

constituye "un nuevo ataque directo a los derechos básicos de los ciudadanos".

Entre otros puntos, el sindicato recalca que "no es riguroso" plantear como un

problema de "absentismo injustificado" cuando el informe que el Ejecutivo ha usado

para comparar España con otros países como Finlandia o Canadá --"que no es de

nuestro entorno ni tienen un sistema de protección social como el nuestro", señala

UGT-- dice expresamente que el problema del absentismo en España no es grave.

Igualmente, advierte que considerar el silencio administrativo como positivo en las

propuestas de alta "provocará que los trabajadores se incorporen enfermos a sus

puestos de trabajo", por lo que se producirá "un mayor presentismo y menor

productividad y competitividad en las empresas". "¿Qué va a pasar con los trabajadores

con enfermedades crónicas? ¿ los trabajadores que contraigan enfermedades infecto-

contagiosas y atiendan directamente a ciudadanos?", se pregunta al respecto.

También arremete contra los denominados recursos ociosos al considerar que son "un

argumento para privatizar". "No es posible que mientras el Sistema Público de Salud

está cerrando plantas hospitalarias y los profesionales sanitarios incrementando las

cifras de desempleo, por la falta de presupuesto, se consienta esta la privatización del

Sistema Sanitario Público, derivando a cualquier ciudadano a un hospital gestionado por

una Mutua, o a un hospital privado subcontratado por ella para hacer pruebas

diagnósticas, aumentando de manera considerable los costes", alega.

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Recuerda, asimismo, que el Estatuto de los Trabajadores ya regula las ausencias al

trabajo no justificadas en su artículo 52.2.d, conllevando en determinados casos,

incluso al despido objetivo del trabajador y que existe una sentencia del Tribunal

Constitucional que establece que "la inactividad de la Administración en modo alguno

puede colocarla en mejor situación que si hubiera cumplido con su deber de dictar y

notificar la correspondiente resolución expresa".

Fuente: EUROPAPRESS (MADRID) 20/12/2013

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El Gobierno amplía la capacidad de intervención de

las mutuas en las bajas médicas

Pasarán a denominarse mutuas de la Seguridad Social y las retribuciones de

sus altos cargos se adecuarán a las del sector público

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el anteproyecto de ley de mutuas, por

el que se concederá a estas entidades una mayor capacidad de intervención en las

bajas médicas por enfermedad común con el objetivo de reducir el absentismo laboral

injustificado.

En concreto, las mutuas podrán realizar el seguimiento de la prestación de incapacidad

temporal derivada de enfermedad común "ya desde el primer día de la baja", según ha

destacado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, durante la rueda de prensa posterior al

Consejo de Ministros.

Así, la mutua podrá formular, como ocurre actualmente, una propuesta de alta médica

"motivada". Su propuesta será enviada entonces al médico del Servicio Público de Salud

que emitió el parte de baja a través de los servicios de Inspección del Servicio Público

de Salud correspondiente, que dispondrán de un plazo de cinco días desde la recepción

de la propuesta de alta para comunicar a la mutua si la estima o la rechaza.

Si en dicho plazo no se notificara a la mutua el parte de confirmación de baja, se

considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta. La mutua deberá

entonces informar al trabajador y a la empresa de la extinción de la prestación.

En España se pierden al año por absentismo una media de 11,4 días por trabajador,

frente a los 8,4 días que se pierden en Finlandia, los siete que se pierden en

Dinamarca, los 6,8 días de Canadá o los 4,9 días de Estados Unidos.

Además de la reducción del absentismo, el anteproyecto de ley de mutuas persigue

otros objetivos, como el de dotarlas de un nuevo marco normativo para mejorar su

gobernanza y transparencia, según ha resaltado Báñez.

En esta materia, en el anteproyecto se establece el cambio de la denominación actual

de estas entidades (mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales), de

tal forma que pasarán a llamarse mutuas de la Seguridad Social. La razón de esta

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modificación, según alega el Gobierno, es que su ámbito de gestión va más allá de las

prestaciones derivadas de las contingencias profesionales.

LOS SUELDOS DE ALTOS CARGOS SE ADAPTAN A LOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Asimismo, en el anteproyecto se modifica la regulación de los órganos de gobierno de

las mutuas y se potencia la figura del presidente. La norma, que será ahora remitida a

los agentes sociales y al CES para el correspondiente informe preceptivo, contempla

que las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adaptarán a las

correspondientes del sector público.

"En línea con la Ley de Transparencia y la reforma de las Administraciones Públicas se

hace un control de los órganos de dirección de las mutuas y de sus altos cargos, cuyos

sueldos se equiparan a los del sector público", ha explicado la ministra.

En el anteproyecto se fija un tope en la reserva de estabilización por contingencias

profesionales y en la reserva de estabilización por cese de actividad; se regula una

nueva aplicación de los excedentes resultantes, tras la dotación adecuada de las

reservas previstas; y se estipula la obligación de venta de las Sociedades de Prevención

antes del 31 de diciembre de 2014.

Además, la ministra ha subrayado que la norma facilita la colaboración entre

comunidades autónomas y mutuas para que las primeras puedan utilizar los recursos

"ociosos" de las segundas en beneficio de los usuarios del Sistema Nacional de Salud.

Según Báñez, actualmente no se utilizan el 40% de los recursos de las mutuas.

Otro de los objetivos de la ley de mutuas será el de facilitar el cobro de la prestación

por cese de actividad de los autónomos, prestación que gestionan las mutuas, debido a

que se deniegan muchas de las solicitudes que efectúan los trabajadores por cuenta

propia (en 2012 el 80% de las solicitudes fueron rechazadas).

En este sentido, se simplificarán los trámites administrativos, con requisitos más

realistas para acceder a la prestación. Según resalta el Ministerio, una de las principales

novedades es que si en la fecha del cese de la actividad el trabajador no está al

corriente en el pago de cuotas a la Seguridad Social, el órgano gestor le dará un plazo

adicional de 30 días para que ingrese las cuotas debidas y no pierda la prestación.

La nueva regulación, que el Gobierno quiere tener aprobada antes de julio de 2014,

modernizará el funcionamiento y la gestión de las mutuas, garantizando la

transparencia y su eficacia, al tiempo que contribuirá a la sostenibilidad del sistema de

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Seguridad Social. El texto unifica además la regulación de las mutuas que o bien era

dispersa o inexistente.

Las mutuas son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo

es la colaboración en la gestión de la Seguridad Social. Concretamente, se ocupan de la

gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de trabajadores, las

contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad de casi 600.000

autónomos.

En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por

contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más

de 131 millones por cese de actividad.

Fuente: EUROPAPRESS (MADRID) 20/12/2013

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El Gobierno aprueba el anteproyecto de la Ley de

Mutuas de la Seguridad Social

El objetivo es modernizar su funcionamiento y gestión, garantizar la

transparencia y eficacia y reducir al máximo el absentismo laboral

injustificado.

El Consejo de Ministros ha aprobado hoy a propuesta de la titular de Empleo y

Seguridad Social, Fátima Báñez, el anteproyecto por el que se modifica la Ley General

de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las mutuas de Accidentes

de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Según se recoge en el texto, las entidades colaboradoras se denominarán Mutuas de la

Seguridad Social, porque su ámbito de gestión va más allá de las prestaciones

derivadas de las contingencias profesionales.

Asimismo, se da cumplimiento al mandato legal de establecer un nuevo marco

normativo de aplicación a las Mutuas (Ley 27/2011 sobre Actualización, Adecuación y

Modernización del sistema de Seguridad Social).

El objetivo es modernizar el funcionamiento y gestión de estas entidades, garantizar la

mayor transparencia y eficacia en su acción; mejorar la atención sanitaria de los

trabajadores protegidos con una mayor capacidad de seguimiento y atención a la

Incapacidad Temporal.

Este texto legal unifica la regulación que o bien era dispersa o inexistente en relación

con el funcionamiento y gestión de las mutuas, lo que generaba un alto grado de

inseguridad jurídica.

Situación de las mutuas

Las Mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad

Social son asociaciones de empresarios, sin ánimo de lucro, cuyo objeto exclusivo es la

colaboración en la gestión de la Seguridad Social.

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Se ocupan de la gestión de las contingencias profesionales de casi 13 millones de

trabajadores, las contingencias comunes de más de 11 millones y el cese de actividad

de casi 600.000 autónomos.

En 2012 ingresaron más de 5.300 millones de euros en concepto de cuotas por

contingencias profesionales, más de 3.000 millones por contingencias comunes, y más

de 131 millones por cese de actividad.

La colaboración de las mutuas en la gestión de la Seguridad Social se concreta en:

Prestaciones económicas y de asistencia sanitaria derivada de contingencias

profesionales.

Realización de actividades de prevención de riesgos laborales de la Seguridad

Social (son las prestaciones de servicio denominadas prevención con cargo a

cuotas).

Gestión de la prestación económica por Incapacidad Temporal (IT) derivada de

contingencias comunes, prestación por riesgo durante la lactancia natural y por

cuidado de menores afectados por cáncer o enfermedad grave.

Trámite de la prestación del cese de actividad de los trabajadores autónomos.

Contenido de la norma

El anteproyecto incluye tres bloques relacionados con: La Gobernanza y Transparencia

de las Mutuas de la Seguridad Social; la gestión de la Prestación Económica de

Incapacidad Temporal derivada de Contingencias Comunes; y la Prestación económica

por cese de actividad de los Trabajadores Autónomos.

En materia de Gobernanza y Transparencia de las Mutuas, las principales novedades

son:

Cambio en la denominación de las Mutuas de Accidente de Trabajo y

Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social por el de Mutuas de la

Seguridad Social.

Se modifica la regulación de los órganos de gobierno de las Mutuas y se potencia

la figura del presidente.

Las retribuciones de los altos cargos de estas entidades se adecúan a las

correspondientes del sector público.

Se fija un tope en la reserva de estabilización por contingencias profesionales y

en la reserva de estabilización por cese de actividad.

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Se regula una nueva aplicación de los excedentes resultantes, tras la dotación

adecua de las reservas previstas.

Se fomentan los recursos ociosos de las mutuas a través de convenios de

colaboración con los Servicios Públicos de Salud.

Se estipula la obligación de venta de las Sociedades de Prevención, que ha de

realizarse antes de 31 de diciembre de 2014.

En el segundo bloque se modifica la gestión de la incapacidad temporal por

contingencias comunes para que las mutuas tengan capacidad de intervención, y

realicen el seguimiento de la prestación desde el primer día de la baja. En este sentido

se adoptan varias medidas:

La mutua podrá formular, como ocurre ahora, una propuesta de alta médica

motivada. Esa propuesta será enviada al facultativo del Servicio Público de Salud

que emitió el parte de baja, a través de los servicios de Inspección del Servicio

Público de Salud correspondiente.

La novedad estriba en que la inspección sanitaria dispondrá de un plazo de 5

días desde la recepción de la propuesta de alta para comunicar a la mutua la

estimación de la misma o para denegarla.

Si en el mencionado plazo no se notifica a la mutua el parte de confirmación de

la baja, se considerará estimada la propuesta y emitido el parte médico de alta.

Así, la mutua adoptará acuerdo de extinción del derecho y lo notificará al

trabajador y a la empresa.

Por último, la norma también busca facilitar la gestión del cese de actividad de los

trabajadores autónomos de modo que los requisitos para acceder a esta prestación

sean más realistas.

En 2012 se rechazaron hasta el 80% de las solicitudes, fundamentalmente por las

dificultades de acreditación de las causas previstas en la norma. Ahora se modifica y

flexibiliza esta regulación que no ha sido la adecuada, mediante la adopción de medidas

para que las exigencias de información se adapten a la realidad de la actividad

autónoma. En definitiva, simplificar los trámites administrativos.

Una de las principales novedades es la invitación al pago, de modo que si en la fecha

del cese en la actividad, el trabajador no está al corriente en el pago de cuotas a la

Seguridad Social, el órgano gestor le dará un plazo adicional de 30 días para ingrese las

cuotas debidas y no pierda la prestación. Otro cambio importante es que no se exigirá

al autónomo un umbral determinado de pérdidas, como hasta ahora, como requisito

para solicitar la prestación.

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El anteproyecto se enviará a continuación a los agentes sociales y a los órganos de

informe preceptivo, como el Consejo Económico y Social, para los informes y las

posibles aportaciones que puedan ir completando el texto antes de su aprobación como

Proyecto de Ley por el Consejo de Ministros para su remisión a Cortes Generales y dar

comienzo a su tramitación parlamentaria.

Fuente: ELDERECHO (MADRID) 23/12/2013