preguntas tributario

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1. ¿Qué entiende por Obligación Tributaria? Vínculo entre el acreedor y el deudor tributario. Es una sola: no puede haber cesiones de créditos ni acuerdos con terceros que resulten oponibles. Establecido por ley. Objeto el cumplimiento de la prestación tributaria. Exigible coactivamente. 2. ¿Quiénes son los sujetos de la Obligación Tributaria? 2.1 El Acreedor Tributario.- Llamado sujeto activo es aquel a favor del cual debe realizarse la prestación tributaria. Son acreedores de la obligación tributaria el Gobierno Central, los Gobiernos Regionales, Los Gobiernos Locales, así como las entidades de derecho público con personería jurídica propia, cuando la ley les asigna esa calidad expresamente. 2.2 El Deudor Tributario.- Constituye el sujeto pasivo, es aquella persona designada por la ley como obligada al cumplimiento de la prestación tributaria como contribuyente. 2.3 Contribuyente.- Es aquel que realiza o respecto del cual se produce el hecho generar de la obligación tributaria. Es un deudor por cuenta propia, en tanto este realiza el hecho imponible. 2.4 Responsable.- Es aquel que sin realizar el hecho imponible, se encuentra obligado a cumplir la obligación tributaria. Es un deudor por cuenta ajena. Adicionalmente pueden ser agentes de retención o Agentes de percepción. El primero es el sujeto que en función de la posición contractual o actividad que desarrolla esta obligado por ley a responsabilizarse por el pago, reteniendo el tributo al contribuyente señalado por la ley, mientras que el segundo es el sujeto que por razón de su actividad, función o posición contractual este en la posibilidad de percibir tributos y entregarlos a l acreedor tributario

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Preguntas Tributario

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1. Qu entiende por Obligacin Tributaria?Vnculo entre el acreedor y el deudor tributario. Es una sola: no puede haber cesiones de crditos ni acuerdos con terceros que resulten oponibles. Establecido por ley. Objeto el cumplimiento de la prestacin tributaria. Exigible coactivamente.2. Quines son los sujetos de la Obligacin Tributaria?2.1 El Acreedor Tributario.- Llamado sujeto activo es aquel a favor del cual debe realizarse la prestacin tributaria. Son acreedores de la obligacin tributaria el Gobierno Central, los Gobiernos Regionales, Los Gobiernos Locales, as como las entidades de derecho pblico con personera jurdica propia, cuando la ley les asigna esa calidad expresamente. 2.2 El Deudor Tributario.- Constituye el sujeto pasivo, es aquella persona designada por la ley como obligada al cumplimiento de la prestacin tributaria como contribuyente.2.3 Contribuyente.- Es aquel que realiza o respecto del cual se produce el hecho generar de la obligacin tributaria. Es un deudor por cuenta propia, en tanto este realiza el hecho imponible.2.4 Responsable.- Es aquel que sin realizar el hecho imponible, se encuentra obligado a cumplir la obligacin tributaria. Es un deudor por cuenta ajena. Adicionalmente pueden ser agentes de retencin o Agentes de percepcin. El primero es el sujeto que en funcin de la posicin contractual o actividad que desarrolla esta obligado por ley a responsabilizarse por el pago, reteniendo el tributo al contribuyente sealado por la ley, mientras que el segundo es el sujeto que por razn de su actividad, funcin o posicin contractual este en la posibilidad de percibir tributos y entregarlos a l acreedor tributario2.5 Representantes Responsables Solidarios Responsable solidario.- Es un sujeto que se encuentra obligado al cumplimiento de la obligacin tributaria que se ha generado por la ocurrencia de un hecho realizado por otro sujeto denominado contribuyente. Por lo tanto estn obligados en calidad de representantes con los recursos que administren o que dispongan las siguientes personas: Los Padres, Tutores o Curadores de los incapaces, los representantes legales y los designaos por las personas jurdicas, los administradores o quienes tengan la disponibilidad de los bienes de los entes colectivos que carecen de personera jurdica, los mandatarios, administradores, gestores de negocio albaceas, los sndicos, interventores o liquidadores de quiebras y los de sociedades y otras entidades.3. Seale las diferencias entre el Agente de Percepcin y el Agente de Retencin.RETENER: Descontar, de un pago, el importe de una deuda tributaria.PERCIBIR: Recibir el pago de un crdito ms el importe de la deuda tributaria.Los agentes de retencin y percepcin son: Terceros en la relacin tributaria. Se vinculan, inicialmente, con el deudor tributario, pero por disposicin legal intervienen en el cumplimiento de la prestacin econmica. Dependiendo el caso, pueden devenir en responsables solidarios o sustitutos. EL AGENTE DE RETENCIN, que es una persona ajena a la relacin jurdica tributaria pero que se encuentra obligado a ingresar al fisco el adeudo del contribuyente debe retener el monto que tiene que pagar al contribuyente del tributo. POR SU PARTE, EL AGENTE DE PERCEPCIN es un sujeto que percibe dinero del contribuyente, y por mandato legal se encuentra obligado a entregar a la Administracin Tributaria parte de ese dinero.

4. Distinga cundo nace y cundo se hace exigible la Obligacin Tributaria.NACE: Cuando se realiza el hecho generador imponible previsto en la ley como hiptesis de incidencia tributaria y se genera la Obligacin Tributaria.HACE EXIGIBLE: La Obligacin Tributaria es exigible cuando vencido el plazo fijado por ley para el pago, el deudor tributario no ha cumplido con la prestacin tributaria.

5. Seale los componentes de la Deuda Tributaria.La Administracin Tributaria exigir el pago de la deuda tributaria que est constituida por el tributo, las multas y los intereses.6. Explique la regla de prelacin en materia tributaria.Prelacin implica prioridad o preferencia en el cobro. La ley establece que unos crditos excluyen a otros. 1. Remuneraciones y Beneficios Sociales2. Aportaciones a ONP o EPS 3. Derecho de los alimentistas. 4. Hipoteca u otro derecho real inscrito5. Deuda Tributaria.

7. Cmo opera la Compensacin de la Deuda Tributaria?La deuda tributaria podr compensarse total o parcialmente con los crditos por tributos, sanciones, intereses y otros conceptos pagados en exceso o indebidamente, que correspondan a perodos no prescritos, que sean administrados por el mismo rgano administrador y cuya recaudacin constituya ingreso de una misma entidad. FORMAS DE COMPENSACION:Compensacin automtica, nicamente en los casos establecidos expresamente por ley. (Ejemplo: compensacin del saldo a favor del Impuesto a la Renta contra los pagos a cuenta del mismo tributo o los establecidos expresamente la ley.)Compensacin de oficio porla Administracin Tributaria:a)Si durante una verificacin y/o fiscalizacin determina una deuda tributaria pendiente de pago y la existencia de los crditos a que se refiere el presente artculo.b)Si de acuerdo a la informacin que contienen los sistemas dela SUNATsobre declaraciones y pagos se detecta un pago indebido o en exceso y existe deuda tributaria pendiente de pago.Compensacin a solicitud de parte: Es aquella que solicita el deudor tributario y debe ser efectuada por la Administracin Tributaria, previocumplimientode los requisitos, forma, oportunidad y condiciones que sta seale.

8. En qu consiste la Consolidacin de la Deuda Tributaria?La deuda tributaria se extinguir por consolidacin cuando el acreedor de la obligacin tributaria se convierta en deudor de la misma como consecuencia de la transmisin de bienes o derechos que son objeto del tributo.

9. La prescripcin extingue la Obligacin Tributaria?La prescripcin NO extingue la Obligacin TributariaLa prescripcin origina la inexigibilidad de la deuda tributaria debido a la inaccin del acreedor tributario durante determinado lapso establecido por la ley u origina la perdida de la facultad de determinar la deuda tributaria por parte del rgano administrador del tributo. Solo se declara a pedido del parte, ms no as de oficio.La prescripcin slo puede ser declarada a pedido del deudor tributario.

10. Distinga entre suspensin e interrupcin de la Prescripcin en materia tributaria.INTERRUPCIN: La interrupcin elimina el tiempo transcurrido para la prescripcin. SUSPENSION: Por la suspensin se detiene el cmputo de la prescripcin mientras dura una circunstancia legalmente establecida en el C.T.