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Preguntas frecuentes del sector solidario

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Libertad y Orden

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Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias

Preguntas frecuentes del sector solidario2

Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias

Luis Eduardo Otero Coronado Director Nacional

Rafael González GordilloSubdirector Nacional

José Oscar Ibáñez DazaDirector Técnico de Investigación y Planeación

Juan Pablo Álzate MezaDirector Técnico de Desarrollo de las Organizaciones Solidarias

Marisol Viveros Coordinadora Grupo de Educación e Investigación

Pilar Rivera Profesional Especializada Grupo de Educación e Investigación

Buenos y Creativos S.A.SDiseño, diagramación y corrección de estilo

Ángela Rodríguez QuirogaDiseño y diagramación

Ana María Araque Corrección de estilo

Bogotá D.C., Colombia2013ISBN: 978 - 958 - 99085 - 9 - 4

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Contenido

Parte 1. Sobre la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias ........................................71. ¿Qué es la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias? ..............................................................82. ¿Cuáles son las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias? ............................. 93. ¿Dónde está ubicada la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias?......................................... 114. ¿Cómo acceder a la página oficial de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias? ............... 125. ¿Qué es el Trámite de Acreditación? ........................................................................................................................ 146. ¿Quiénes se pueden acreditar? ................................................................................................................................ 147. ¿Cómo se acredita una organización? ...................................................................................................................... 158. ¿Qué documentos se requieren para el Trámite de Acreditación? ........................................................................... 169. ¿Cuáles son los pasos a seguir para la Acreditación? ............................................................................................. 1710. ¿Cómo determinar si una entidad se encuentra acreditada? ................................................................................... 19

Parte 2. Entidades y organismos relacionados son el sector solidario .......................................................2111. ¿Cuáles son las entidades y organismos que se relacionan con el sector solidario? ............................................... 2212. ¿Cuál es la relación entre el Ministerio del Trabajo y el sector solidario? ............................................................... 2313. ¿Qué es la Superintendencia de la Economía Solidaria (SUPERSOLIDARIA)? ....................................................... 2414. ¿Qué es el Consejo Nacional de Economía Solidaria (CONES)? .............................................................................. 25

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15. ¿Cuáles son las funciones del Consejo Nacional de Economía Solidaria (CONES)? ................................................. 2616. ¿Qué es el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (FOGACOOP)? ............................................................ 2717. ¿Qué funciones tiene el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (FOGACOOP)?........................................ 27

Parte 3. Generalidades de la economía solidaria ........................................................................................2918. ¿Qué es economía solidaria? .................................................................................................................................... 3019. ¿Cuáles son los principios de la economía solidaria? ............................................................................................... 3120. ¿Cuáles son los valores de la economía solidaria? ................................................................................................... 3221. ¿Cuáles son los fines de la economía solidaria? ....................................................................................................... 3322. ¿Cómo se define el sector solidario? ....................................................................................................................... 3423. ¿Cuáles son las características generales de las organizaciones que componen el sector solidario? ..................... 3624. ¿Cómo está conformado el sector solidario en Colombia? ....................................................................................... 3725. ¿Cuáles son las características de las organizaciones de economía solidaria? ........................................................ 3726. ¿Cuáles son las organizaciones de economía solidaria? ........................................................................................... 3927. ¿Cuáles son las características de las organizaciones solidarias de desarrollo? ...................................................... 4028. ¿Cuáles son las organizaciones solidarias de desarrollo? ......................................................................................... 4029. ¿Qué tipo de normas rigen al sector solidario en Colombia? ................................................................................... 4130. ¿Qué contempla el Decreto 2880 de 2004 y por qué está

relacionado con las organizaciones del sector solidario? ......................................................................................... 4231. ¿Quién expide la certificación de inversiones en educación formal para tener derecho a la exención? .................. 45

Parte 4. Tipos de organizaciones solidarias ................................................................................................47

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32. ¿Qué es una cooperativa? ........................................................................................................................................ 4833. ¿Cuáles son las características de una cooperativa? ................................................................................................ 4934. ¿Cómo se clasifican las cooperativas según su actividad económica?..................................................................... 5035. ¿Qué es una precooperativa? ................................................................................................................................... 5236. ¿Cuáles son las características de una precooperativa? .......................................................................................... 5337. ¿Qué son las instituciones auxiliares del cooperativismo? ....................................................................................... 5438. ¿Qué son las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado? ........................................................................ 5539. ¿Cuáles son las características de las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado? ................................. 5640. ¿Qué es un fondo de empleados? ............................................................................................................................. 5841. ¿Cuáles son las características de un fondo de empleados? .................................................................................... 5942. ¿Qué es una asociación mutual? .............................................................................................................................. 6043. ¿Cuáles son las características de una asociación mutual? ...................................................................................... 6144. ¿Qué es una fundación? ............................................................................................................................................ 6245. ¿Cuáles son las características de una fundación? ................................................................................................... 6346. ¿Qué es una asociación o corporación? ................................................................................................................... 6447. ¿Cuáles son las características de una asociación o corporación? ........................................................................... 6548. ¿Qué es un organismo comunal? ............................................................................................................................. 6649. ¿Cuáles son las funciones de un organismo comunal? ............................................................................................. 6750. ¿Cuáles son los objetivos de un organismo comunal? .............................................................................................. 6851. ¿Qué es el voluntariado? .......................................................................................................................................... 6952. ¿Cómo se define al voluntario? ................................................................................................................................. 6953. ¿Qué normas regulan al voluntariado en Colombia? ................................................................................................ 69

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54. ¿Cuáles son los principios de la acción voluntaria? .................................................................................................. 7055. ¿Qué es el Sistema Nacional de Voluntariado? ........................................................................................................ 7156. ¿Cuál es la estructura actual del Sistema Nacional de Voluntariado? ...................................................................... 7257. ¿Para qué el Sistema Nacional de Voluntariado? ..................................................................................................... 7258. ¿Cómo vincularse al Sistema Nacional de Voluntariado? ......................................................................................... 7359. ¿Qué son organismos de segundo y tercer grado? .................................................................................................. 75

Parte 5. Constitución de organizaciones solidarias .....................................................................................7760. ¿Cuál es el procedimiento para la conformación de precooperativas, cooperativas, fondos de empleados,

asociaciones mutuales, precooperativas y cooperativas de trabajo asociado? ....................................................... 7861. ¿Cuál es el procedimiento para la constitución de una Organización de Voluntariado, (ODV)

o Entidades con Acción Voluntaria (ECAV)? ............................................................................................................. 8662. ¿Qué son los estatutos y qué se debe tener en cuenta para su elaboración? ......................................................... 88

Anexos .......................................................................................................................................................9163. Normograma del sector solidario en Colombia ........................................................................................................ 9264. Directorio entidades públicas relacionadas con el sector solidario en Colombia ..................................................... 96

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Parte 1 Sobre la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias

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1. ¿Qué es la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias?

Es la entidad del Estado colombiano adscrita al Ministerio del Trabajo, cuyo objetivo es diseñar, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar los programas y proyectos para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones solidarias entre las cuales se encuentran cooperativas, fondos de empleados, asociaciones mutuales, corporaciones, asociaciones, fundaciones, organismos comunales y voluntariado.

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2. ¿Cuáles son las funciones de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias?

La entidad debe cumplir las siguientes funciones:

• Diseñar, adoptar, dirigir, coordinar y ejecutar los programas y proyectos para la promoción, planeación, protección, fortalecimiento y desarrollo de las organizaciones solidarias.

• Elaborar los planes, programas y proyectos de fomento, desarrollo y protección del Estado con respecto a las organizaciones solidarias de conformidad con la política formulada por el Ministerio del Trabajo.

• Coordinar los planes y programas para el desarrollo de las organizaciones solidarias entre las diversas entidades del Estado del orden nacional, departamental, distrital o municipal, así como frente a las funciones específicas que dichas instituciones públicas realicen en beneficio de estas organizaciones y en cumplimiento de sus funciones, de acuerdo con las políticas formuladas por el Ministerio del Trabajo.

• Coordinar redes intersectoriales, interregionales e interinstitucionales para la promoción, formación, investigación, fomento, protección, fortalecimiento y estímulo del desarrollo empresarial, científico y tecnológico de las organizaciones solidarias.

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• Establecer estrategias que promuevan el fortalecimiento de las actividades de economía solidaria y el trabajo decente en estas organizaciones solidarias.

• Adelantar estudios, investigaciones y llevar estadísticas que permitan el conocimiento de la realidad de las organizaciones solidarias y de su entorno, para el mejor cumplimiento de sus objetivos, y que sirvan de fundamento para la formulación de la política pública.

• Promover estrategias para la creación y desarrollo de los diversos tipos de organizaciones solidarias, para lo cual podrá prestar la asesoría y asistencia técnica, tanto a las comunidades interesadas en la integración de tales organizaciones, como a estas mismas.

• Divulgar los principios, valores y doctrina por los cuales se guían las organizaciones solidarias y promover acciones para la educación solidaria, así como también la relacionada con la gestión socio-empresarial para este tipo de organizaciones.

• Organizar los procesos de inducción y educación en la práctica de la economía solidaria y expedir certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de economía solidaria, de acuerdo con las orientaciones del Ministerio del Trabajo.

• Las demás que le asigne la Ley.

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3. ¿Dónde está ubicada la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias?

• Dirección: carrera 10 No. 15 - 22 • PBX: 3275252• Fax: 3275248• Línea gratuita nacional: 01 8000 12 20 20• Horario de atención: 8 a.m. a 5 p.m.• Contacto: [email protected]

O.S

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4. ¿Cómo acceder a la página oficial de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias?

La página web es una de las estrategias de comunicación de la Entidad. En ésta, personas interesadas en conformar empresas del sector solidario, estudiantes y público en general pueden obtener información sobre la Unidad Administrativa Especial de Economía Solidaria. A continuación explicamos cómo acceder a la página web:

Ingrese a internet y digite en la barra de direcciones: http://www.orgsolidarias.gov.co o a través de un buscador escriba el nombre “organizaciones solidarias”; le sugerimos entrar directamente por el portal.

En la web encontrará diferentes vínculos o enlaces que desplegarán diversas opciones que pue-de consultar y a los cuales podrá acceder según sus necesidades e intereses de información. Usted cuenta con todo un universo de información que la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias ha elaborado y organizado, porque los usuarios son la principal razón de ser de la Entidad.

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Pagina web: http://www.orgsolidarias.gov.co/

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5. ¿Qué es el Trámite de Acreditación?Si su Entidad u organización está interesada en impartir educación solidaria, lo invitamos a conocer el Trámite de Acreditación que ofrece la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias.

El Trámite de Acreditación es el proceso mediante el cual se avala la calidad y pertinencia de los programas en educación solidaria. Con este proceso, la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias autoriza a las instituciones jurídicas sin ánimo de lucro y a las entidades públicas en cuyo objeto se encuentre determinada la prestación de servicios educativos, la posibilidad de impartir programas de educación solidaria. El Trámite de Acreditación es necesario para impartir los Cursos Básicos de Economía Solidaria y el Curso con énfasis en Trabajo Asociado, bajo los criterios establecidos en la Resolución 426 de 2008 y la Resolución 221 de 2007.

6. ¿Quiénes se pueden acreditar?

Personas jurídicas sin ánimo de lucro en cuyo objeto social esté contemplada la realización de actividades educativas y entidades públicas que teniendo dentro de sus funciones legales la promoción y fortalecimiento de la comunidad, cuenten dentro de su estructura con una dependencia encargada de temas de formación y capacitación.

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7. ¿Cómo se acredita una organización?

Para desarrollar el proceso de acreditación, la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias diseñó el aplicativo virtual Sistema de Información de Acreditación (SIA), el cual permite a las organizaciones ingresar la información requerida.

Desde cualquier lugar del país el Trámite de Acreditación se realiza completamente en línea por medio del SIA, ingresando a la página web www.orgsolidarias.gov.co y siguiendo consecutivamente los posteriores vínculos: Trámites y servicios, Acreditación, Acreditación en línea.

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8. ¿Qué documentos se requieren para el Trámite de Acreditación?

El SIA hace el requerimiento de los siguientes documentos escaneados: • Carta de solicitud del representante legal.• Certificado de Existencia y Representación

Legal• Hojas de vida de los facilitadores o docentes

con los respectivos soportes que acrediten educación, formación y experiencia en economía solidaria.

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9. ¿Cuáles son los pasos a seguir para la acreditación?

• Realizar la inscripción en el SIA, creando usuario y contraseña.• Diligenciar en su totalidad la información solicitada en cada uno de los formularios.• Al terminar de diligenciar todos los formularios pulse FINALIZAR ya que solo hasta ese

momento la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias puede evaluar la información ingresada al sistema.

• La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias tras revisar la información, sugerirá ajustes al programa académico en caso de ser necesario. Una vez la organización solicitante realice los ajustes y observaciones a través del SIA, se procede a expedir la Resolución de Acreditación.

• Cuando la Resolución de Acreditación esté firmada y numerada la organización solicitante recibirá a través del SIA un correo informándole el número y fecha de la resolución.

• Notificar la Resolución de Acreditación. Esta acción debe ser ejecutada por el representante legal de la organización solicitante de dos formas:

• Personalmente en las instalaciones de la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias, ubicada en Bogotá en la Cra.10 No.15-22 (de no poder asistir el representante legal deberá enviar a un delegado con un poder).

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• Por medios electrónicos siempre y cuando la entidad solicitante del Trámite Acreditación declare expresamente en una carta de petición la intención de ser notificada de esta forma. En la carta se debe relacionar la cuenta de correo electrónico oficial a la cual se enviará la Resolución de Acreditación. Para que la Resolución de Acreditación notificada vía electrónica quede en firme, se requiere que la organización solicitante envié una comunicación de aceptación de los términos escritos en la misma.

Recomendaciones

• La documentación que se adjunta en el sistema debe estar actualizada.• En el momento que pulse FINALIZAR en el sistema, las cartas y documentos deben estar

completos y firmados y el Certificado de Representación Legal actualizado.• Recuerde adjuntar en el formulario donde lo solicite el SIA, los soportes de hoja de vida de los

facilitadores en los que se demuestre la educación, formación y experiencia en Economía Solidaria.

Mayor información con el Grupo de Educación e Investigación:

• Teléfono: (031) 3275252 ext. 217• Correo electrónico: [email protected]

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10. ¿Cómo determinar si una entidad se encuentra acreditada?

La Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias actualiza mensualmente el listado oficial de entidades acreditadas. Este listado puede consultarse en el sitio web www.orgsolidarias.gov.co, siguiendo consecutivamente estos vínculos: Trámites y Servicios (ubicado en el menú superior) y Entidades Acreditadas.

El Trámite de Acreditación no tiene ningún costo y no requiere de intermediarios para su realización.

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Parte 2Entidades y organismos relacionados con el sector solidario

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11. ¿Cuáles son las entidades y organismos que se relacionan con el sector solidario?

El Ministerio del Trabajo

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Superintendencia de Economía Solidaria (SUPERSOLIDARIA)

Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (FOGACOOP)

Consejo Nacional de la Economía Solidaria (CONES)•

Entidades estatales de promoción, fomento, desarrollo, supervisión

y garantías

Organismos de apoyo del sector

solidario

Fuente: Ley 454 de 1998.

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12. ¿Cuál es la relación entre el Ministerio del Trabajo y el sector solidario?

Son objetivos del Ministerio del Trabajo la formulación y adopción de las políticas, planes generales, programas y proyectos para el trabajo, el respeto por los derechos fundamentales, las garantías de los trabajadores, el fortalecimiento, promoción y protección de las actividades de la economía solidaria y el trabajo decente.

Según los artículos 1 y 2 del Capítulo I del Decreto 4108 de 2011, dentro de las funciones del Ministerio del Trabajo se especifican dos relacionadas con la economía solidaria, las cuales corresponden a:

• Formular, dirigir, coordinar y evaluar la política, planes generales, programas y proyectos respecto de las organizaciones de la economía solidaria, las cuales están orientadas a la protección de las actividades de esta rama y el trabajo decente.

• Promover el estudio, elaboración, seguimiento, firma, aprobación, revisión judicial y ratificación de los tratados o convenios internacionales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) relacionados con el empleo, el trabajo, los derechos fundamentales del trabajo, las pensiones, los relativos a la economía solidaria y velar por el cumplimiento de los mismos, en coordinación con las entidades competentes en la materia.

Consultar la página webwww.mintrabajo.gov.co

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13. ¿Qué es la Superintendencia de la Economía Solidaria (SUPERSOLIDARIA)?

Es un organismo descentralizado, técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica y autonomía administrativa y patrimonial. Su función es supervisar la actividad financiera del cooperativismo, los servicios de ahorro y crédito de los fondos de empleados y las asociaciones mutualistas y, en general, el aprovechamiento o inversión de los recursos captados por los asociados a través de las organizaciones de la economía solidaria.

Para conocer más acerca de las funciones y facultades generales, consultar la Ley 454 de 1998, la Ley 795 de 2003 y el Decreto 186 de 2004. Al final de este documento, encontrará un normograma que será de gran utilidad.

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14. ¿Qué es el Consejo Nacional de Economía Solidaria (CONES)?

Según la ley 454 de 1998 el Consejo Nacional de Economía Solidaria –Cones es el organismo que formula y coordina, a nivel nacional, las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al sistema de la Economía Solidaria.

El Cones podrá conformar capítulos regionales y locales con funciones similares al nacional, en su ámbito regional.

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15. ¿Cuáles son las funciones del Consejo Nacional de Economía Solidaria (CONES)?

Según el Decreto 1153 de 2001, el CONES tiene como funciones:

• Fomentar y difundir los principios, valores y fines de la economía solidaria.

• Formular, coordinar y promover la ejecución y la evaluación a nivel nacional de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales al interior del sistema de la economía solidaria.

• Integrar los componentes del sistema de la economía solidaria.

• Aprobar sus propios estatutos y reglamentos internos.

• Nombrar al secretario ejecutivo y demás cargos directivos de conformidad con sus estatutos.

• Participar en los organismos de concertación del desarrollo nacional.

• Formular políticas relativas a la economía solidaria. Esta responsabilidad resulta de ser un órgano consultivo del Gobierno Nacional.

• Designar las comisiones técnicas especializadas que sean necesarias.

• Trazar las políticas en materia de educación solidaria.

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16. ¿Qué es el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (FOGACOOP)?

Con la Ley 454 de 1998 se crea el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (FOGACOOP). De conformidad con el artículo 2 del Decreto 2206 del 29 de octubre de 1998, el FOGACOOP tiene por objeto la protección de la confianza de los depositantes y ahorradores de las entidades cooperativas inscritas, preservando el equilibrio y la equidad económica e impidiendo injustificados beneficios económicos o de cualquier otra naturaleza a los asociados y administradores, causantes de perjuicios a las entidades cooperativas.

17. ¿Qué funciones tiene el Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (FOGACOOP)?

El FOGACOOP tiene como funciones:

• Facilitar el acceso de las cooperativas financieras, cooperativas de ahorro y crédito, cooperativas multiactivas o integrales con sección de ahorro y crédito o un fondo de garantías.

• Apoyar las entidades anteriormente mencionadas.

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• Indicar los medios de financiación a cargo de las entidades inscritas.

• Regular el seguro de depósitos.

• Determinar montos de cobertura.

• Establecer criterios sobre la formación de reservas separadas para atender los distintos riesgos.

Para mayor información sobre las funciones y demás aspectos del FOGACOOP

puede consultar la página web www.fogacoop.gov.co

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Parte 3Generalidades de la economía solidaria

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Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias

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18. ¿Qué es economía solidaria?

La Ley 454 de 1998 define a la economía solidaria como el sistema socioeconómico, cultural y

ambiental conformado por un conjunto de grupos sociales organizados en formas asociativas, que se caracterizan por la realización de actividades solidarias, democráticas y humanistas en las que la autogestión es un eje de su accionar.

Las organizaciones del sector solidario carecen de ánimo de lucro y enfocan sus procesos en el desarrollo integral del ser humano, siendo este concebido como actor y fin de la economía.

Para información adicional puede consultar

www.orgsolidarias.gov.co

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19. ¿Cuáles son los principios de la economía solidaria?

Espíritu de solidaridad,cooperación participación

y ayuda mutua

Promoción de lacultura ecológica

Propiedad asociativa ysolidaria sobre los medios

de producción

9. 10. 11.

Autonomíaautodeterminación

y autogobierno

Servicio a la comunidad

Integridad con otrasorganizaciones

del mismo sector.

El ser humano prima sobre los medios

de producción.

5. 6. 7. 8.

Administracióndemocrática, participativa,

autogestionaria yemprendedora

Adhesión voluntaria,responsable y abierta

Participación económica,de los asociados, en

justicia y equidad

Formación e informaciónpara sus miembros de manera permanente, oportuna y progresiva

1. 2. 3. 4.

Fuente: Ley 454 de 1998.

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20. ¿Cuáles son los valores de la economía solidaria?

Fuente: Asociación Internacional de Cooperativismo (ACI Américas).

1. Responsabilidad

2. Autogestión

3. Igualdad

4. Cooperación

5. Ayuda mutua

6. Democracia

7. Honestidad

8. Transparencia

8. Equidad

Para mayor información consulte:

www.economiasolidaria.org

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21. ¿Cuáles son los fines de la economía solidaria?

Fuente: Ley 454 de 1998.

Promover el desarrollo integral del ser humano

Contribuir al ejercicio y perfeccionamiento de la democracia participativa.

Participar en el diseño y ejecución de planes, proyectos dedesarrollo económico y social.

Garantizar a sus miembros la participación y acceso a la formación, el trabajo la propiedad, la información, la gestión y distribución

equitativa de beneficios sin discriminación alguna.

Generar prácticas que consoliden una corriente vivencial de pensamientosolidario, crítico, creativo y emprendedor como medio para

alcanzar el desarrollo y la paz de los pueblos

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Preguntas frecuentes del sector solidario34

22. ¿Cómo se define el sector solidario?

Las diferentes empresas existentes se pueden agrupar en tres (3) sectores de acuerdo con sus propias características económicas, sociales y culturales, es así como las empresas estatales se agrupan en el sector público, las empresas con ánimo de lucro en el sector privado y aquellas que se caracterizan por el trabajo asociativo y redistribución de sus excedentes en beneficio de sus asociados con prácticas basadas en la solidaridad, se agrupan en el sector solidario.

La existencia de este tercer sector solidario de la economía contribuye a:

• La formación del tejido social.

• La generación de ingresos.

• La construcción de confianza.

• El desarrollo comunitario.

• La cohesión social.

• La distribución equitativa de la riqueza.

• El fortalecimiento del capital social.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 35

Sectorpúblico

Sector privadoó mercantil

Sectorsolidario

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Preguntas frecuentes del sector solidario36

23. ¿Cuáles son las características generales de las organizaciones que componen el sector solidario?

Las organizaciones del sector solidario comparten las siguientes características generales:

• Son de libre asociación y retiro de sus asociados ,

• No tienen ánimo de lucro.

• Garantizan la igualdad de derechos y obligaciones de los asociados.

• Fomentan la solidaridad y los lazos de compañerismo entre sus asociados.

• Tienen establecido un vínculo asociativo, fundado en los principios y fines contemplados en las diferentes leyes que apliquen al sector.

• Se integran económica y socialmente al sector solidario.

Importante: en Colombia cada una de las formas empresariales del sector solidario cuenta con características particulares que se deben tener presente. De acuerdo a su interés lo invitamos a consultar la parte 4 de este documento “Tipos de organizaciones solidarias”.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 37

24. ¿Cómo está conformado el sector solidario en Colombia?

En Colombia el sector solidario está constituido por organizaciones de economía solidaria y organizaciones solidarias de desarrollo.

25. ¿Cuáles son las características de las organizaciones de economía solidaria?

Las organizaciones de economía solidaria desarrollan su actividad económica en beneficio de sus propios asociados.

Características

• Organizarse como empresa que contemple en su objeto social el ejercicio de una actividad socioeconómica, tendiente a satisfacer necesidades de sus asociados y el desarrollo de obras de servicio comunitario.

• Establecer un vínculo asociativo fundado en los principios y fines de la economía solidaria.

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• Incluir en sus estatutos o reglas básicas de funcionamiento la ausencia de ánimo de lucro movida por la solidaridad y el servicio social o comunitario.

• Garantizar la igualdad de derechos y obligaciones de sus miembros sin consideración a sus aportes.

• Establecer en sus estatutos un monto mínimo de aportes sociales no reducibles durante su existencia y debidamente pagados.

• Integrarse social y económicamente, sin perjuicio de sus vínculos, con otras entidades sin ánimo de lucro que tengan por fin promover el desarrollo integral del ser humano.

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26. ¿Cuáles son las organizaciones de economía solidaria?

La Ley 454 de 1998 dispone que dentro de las organizaciones de economía solidaria, están:

• Precooperativas.

• Cooperativas (integrales, multiactivas y especializadas).

• Instituciones auxiliares de la economía solidaria.

• Fondos de empleados.

• Asociaciones mutuales.

• Empresas solidarias de salud.

• Empresas comunitarias.

• Organismos de segundo y tercer grado que agrupen cooperativas u otras formas asociativas y solidarias de propiedad.

• Empresas de servicios en las formas de administraciones públicas cooperativas.

• Todas aquellas formas asociativas que cumplan con los principios, fines, características y demás lineamientos en el marco del sistema de la economía solidaria, establecidos en la Ley 454 de 1998.

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27. ¿Cuáles son las características de las organizaciones solidarias de desarrollo?

Se caracterizan por ser formas de asociatividad solidaria sin ánimo de lucro, que empleando bienes y servicios, privados o gubernamentales, construyen y prestan estos mismos para el beneficio social, dirigiendo su accionar principalmente hacia terceros, comunidades y la sociedad en general. La finalidad de su constitución es ejercer la solidaridad principalmente de adentro hacia afuera.

28. ¿Cuáles son las organizaciones solidarias de desarrollo?

Las organizaciones solidarias de desarrollo son:

• Corporaciones o asociaciones.

• Fundaciones.

• Organizaciones de voluntariado (ODV).

• Organismos comunales.

Para información adicional puede consultar la página web www.orgsolidarias.gov.co.

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29. ¿Qué tipo de normas rigen al sector solidario en Colombia?

El sector solidario en Colombia se rige por tres (3) tipos de normas de carácter:

• Constitucional: refiere a las disposiciones de ley consignadas directamente en la Constitución Nacional de Colombia y regula el accionar de las empresas del sector solidario.

• Legal: alude a las disposiciones de ley consignadas en leyes, decretos y circulares básicas dictadas por los organismos estatales de vigilancia y control que regulan el accionar de las empresas solidarias.

• Autorregulatorio: apunta a los preceptos acordados en las mismas empresas solidaras para controlar su propio accionar conforme a sus definiciones identitarias en el marco del sector, así como en relación con los mandatos de ley.

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30. ¿Qué contempla el Decreto 2880 de 2004 y por qué está relacionado con las organizaciones

del sector solidario?

El Decreto 2880 que reglamenta el artículo 8 de la Ley 863 de 2003 brinda alternativas para que las empresas del sector solidario, que cumplan las características específicas que allí se contemplan, logren beneficiarse en la exención del impuesto a la renta mediante la inversión de sus excedentes en educación formal.

Para ser sujetos de la exención de impuesto sobre la renta dispuesta en el artículo 8 de la Ley 863 de 2003, respecto de los recursos generados en la vigencia fiscal 2004 y siguientes, las instituciones allí mencionadas deberán invertir en educación formal una suma igual o superior al veinte por ciento (20%) del excedente del ejercicio de tal año.

Las alternativas de inversión de los recursos a que hace referencia el párrafo anterior, entre las cuales pueden elegir autónomamente las cooperativas, sus asociaciones, uniones, ligas centrales, organismos de carácter financiero, las asociaciones mutualistas, instituciones auxiliares del cooperativismo y confederaciones cooperativas son las siguientes:

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a. En cupos para la educación superior a través de la cofinanciación del proyecto Acceso con Calidad a la Educación Superior en Colombia (ACCES) que administra el Instituto Colombiano de Crédito Educativo y Estudios Técnicos en el Exterior (ICETEX) de acuerdo con las políticas y criterios de asignación de créditos de dicho instituto.Creación de fondos individuales por entidad, por montos superiores a cien millones de pesos ($100.000.000), para dar subsidios a cupos escolares en educación formal preescolar, básica, media y superior, administrados conjuntamente por la entidad y el ICETEX, de acuerdo con las políticas y criterios del Icetex y con las que se establezcan en el reglamento del fondo.

b. Aportes para subsidios a cupos escolares en educación preescolar, básica y media, en un fondo común administrado conjuntamente por el ICETEX, el Ministerio de Educación y organismos representantes de las cooperativas y mutuales, de acuerdo con las políticas y criterios del ICETEX, y con las que se establezcan en el reglamento del fondo.

c. Proyectos educativos adelantados por las entidades, conjuntamente con las secretarías de educación de los departamentos, distritos o municipios certificados, con previo visto bueno del Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los criterios que éste expida para tal efecto.

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Preguntas frecuentes del sector solidario44

Notas:

• Los recursos de los fondos a que hacen referencia los literales b) y c) se podrán destinar al subsidio total o parcial de los costos de matrícula, pensiones, textos, materiales, uniformes o transporte, para la población de estratos 1 y 2 o para dar subsidios hasta por el valor de media matrícula a estudiantes de estrato 3, en forma tal que se garantice que cada beneficiario de educación preescolar y básica permanezca en el sistema al menos hasta noveno grado.

• Para el funcionamiento de los fondos a que hacen referencia los literales b) y e), se deberá incluir como organismo asesor a las secretarías de educación de las entidades territoriales certificadas en cuya jurisdicción se pretenda invertir los recursos.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 45

31. ¿Quién expide la certificación de inversiones en educación formal para tener derecho a la exención?

La certificación de inversiones en educación formal será expedida por el director general del ICETEX para las inversiones de los literales a, b y c (anteriormente mencionados) y por el Ministerio de Educación Nacional previo al informe de ejecución presentado por las secretarías de educación en cuyas jurisdicciones se adelanten proyectos.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 47

Parte 4Tipos de organizaciones solidarias

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Preguntas frecuentes del sector solidario48

32. ¿Qué es una cooperativa?

Las cooperativas son asociaciones autónomas de personas agrupadas voluntariamente para satisfacer sus necesidades económicas, sociales y culturales comunes, por medio de una empresa que se posee en conjunto y se controla democráticamente.

Estas organizaciones asociativas y solidarias se rigen por la Ley 79 de 1988, la Ley 454 de 1998, decretos reglamentarios y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.

Para información adicional puede consultar

www.orgsolidarias.gov.co.

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33. ¿Cuáles son las características de una cooperativa?

Las cooperativas tienen las siguientes características particulares:

• Tienen una duración indefinida.

• El ingreso y retiro de los asociados es voluntario.

• El número de asociados es variable e ilimitado.

• Su patrimonio es variable e ilimitado, no obstante los estatutos establecen un monto mínimo de aportes sociales de los asociados, no reducibles durante la existencia de la cooperativa.

• Las reservas sociales son irrepartibles al igual que el remanente (en caso de liquidación).

• Se integran económica y socialmente al sector solidario.

• Funcionan de conformidad con el principio de la participación democrática.

• Realizan permanentemente actividades de educación solidaria.

• Garantizan a sus asociados la igualdad de derechos y obligaciones, sin consideración a sus aportes.

• Promueven la integración con otras organizaciones que tengan como objeto promover el desarrollo integral del ser humano.

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34. ¿Cómo se clasifican las cooperativas según su actividad económica?

De acuerdo con la Ley 79 de 1998, las cooperativas en razón del desarrollo de sus actividades se clasifican en especializadas, multiactivas e integrales.

Esta ley dispone que las cooperativas especializadas son las que se organizan para atender una necesidad específica correspondiente a una sola rama de actividad económica, social o cultural. Éstas pueden ofrecer servicios diferentes a los establecidos en su objeto social mediante la suscripción de convenios con otras cooperativas.

Así mismo, la ley establece que las cooperativas multiactivas son las que se organizan para atender varias necesidades mediante concurrencia de servicios en una sola entidad jurídica. Los servicios deben organizarse en secciones independientes, de acuerdo con las características de cada tipo especializado de cooperativa.

Por cooperativas integrales la ley comprende a aquellas que en desarrollo de su objeto social, realizan dos (2) o más actividades conexas y complementarias entre sí, de producción, distribución, consumo y prestación de servicios.

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En el artículo 65 de la Ley 79 de 1988 se precisa “En todo caso, las cooperativas podrán comprender en su objeto social la prestación de servicios de previsión, asistencia y solidaridad para sus miembros.”

La ley también contempla de manera específica los siguientes tipos de cooperativas: cooperativas especializadas de consumo, cooperativas de educación, organismos cooperativos de seguros, cooperativas de transportes, cooperativas de vivienda, cooperativas de vivienda de propiedad cooperativa, cooperativas agropecuarias, agroindustriales, piscícolas, mineras, ahorro y crédito.

Según el tipo de cooperativa será necesario acudir a la normatividad vigente para el conocimiento de las especificidades a las que se acoge, por ejemplo, la Ley 79 de 1988 estipula que para las cooperativas especializadas de consumo la vinculación deberá ser abierta a todas las personas que puedan hacer uso de sus servicios y que acepten las responsabilidades inherentes a la asociación, mientras que las cooperativas de educación serán de usuarios o de trabajadores y podrán atender los diferentes niveles o grados de enseñanza, incluyendo la educación superior.

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35. ¿Qué es una precooperativa?

Las precooperativas son grupos que bajo la orientación y con el concurso de una entidad promotora, se organizan para realizar actividades permitidas a las cooperativas. Estas organizaciones por carecer de capacidad económica, educativa, administrativa o técnica, no están en posibilidad inmediata de organizarse como cooperativas.

Las precooperativas deben evolucionar a cooperativas en un término de cinco (5) años, prorrogables a juicio de la Superintendencia de la Economía Solidaria por un plazo igual.

Se rigen por la Ley 79 de 1988, el Decreto 1333 de 1989 y demás normas aplicables a su condición de empresa privada.

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36. ¿Cuáles son las características de una precooperativa?

• Se constituyen con cinco (5) asociados.

• El número de asociados es variable e ilimitado.

• Su asociación y retiro es voluntario.

• Tienen una duración de cinco (5) años, ya que en este término de tiempo deben evolucionar a cooperativas.

• Se integran económica y socialmente al sector solidario.

• Su patrimonio es variable e ilimitado; no obstante los estatutos establecen un monto mínimo de aportes de los asociados, no reducibles durante la existencia de la precooperativa.

• Las reservas sociales son irrepartibles al igual que el remanente.

• Garantizan la igualdad de derechos y obligaciones de sus asociados sin consideración a sus aportes.

• Realizan permanentemente actividades de educación solidaria.

• Promueven la integración con otras organizaciones de carácter solidario que tengan como fin promover el desarrollo integral del ser humano.

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Preguntas frecuentes del sector solidario54

37. ¿Qué son las instituciones auxiliares del cooperativismo?

Son personas jurídicas sin ánimo de lucro. Se constituyen con el objeto de incrementar y desarrollar el sector cooperativo mediante el cumplimiento de actividades orientadas a proporcionar, preferencialmente a los organismos componentes del sector cooperativo, el apoyo y ayuda necesarios para facilitar el mejor logro de sus propósitos económicos y sociales.

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38. ¿Qué son las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado?

Son organizaciones sin ánimo de lucro pertenecientes al sector de la economía solidaria, que asocian personas naturales que simultáneamente son dueñas y gestoras de la empresa, contribuyen económicamente y son aportantes directas de su capacidad de trabajo para el desarrollo de actividades económicas, profesionales o intelectuales, con el fin de producir en común bienes, ejecutar obras o prestar servicios para satisfacer las necesidades de sus asociados y de la comunidad en general.

Las precooperativas de trabajo asociado por carecer de capacidad económica, educativa, administrativa o técnica, no están en posibilidad inmediata de organizarse como las cooperativas de trabajo asociado, solo bajo la orientación y dirección de una entidad promotora, pueden realizar actividades permitidas para éstas últimas.

La legislación que rige a este tipo de organizaciones corresponde a la Ley 79 de 1988, el Decreto 4588 de 2006, la Ley 1233 de 2008, el Decreto 3553 de 2008, la Ley 1429 de 2010 y el Decreto 2025 de 2011 entre otros.

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39. ¿Cuáles son las características de las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado?

• Gestoras con autonomía empresarial.

• Aportantes económicos.

• Aportantes de su capacidad de trabajo.

• Las Cooperativas de Trabajo Asociado tienen una duración indefinida.

• Las Precooperativas de Trabajo Asociado tienen una duración definida, ya que deben evolucionar a Cooperativas de Trabajo Asociado en un término de cinco (5) años prorrogables a juicio de la Superintendencia de la Economía Solidaria.

• Su patrimonio es variable e ilimitado; no obstante, los estatutos establecen un monto mínimo de aportes de los asociados no reducibles durante la existencia de la cooperativa.

• Las reservas sociales son irrepartibles al igual que el remanente.

• La adhesión y el retiro es libre y voluntario, para aportar el trabajo personal y recursos económicos de los asociados.

• No son intermediarias laborales.

• Garantizan la igualdad de derechos y obligaciones de sus asociados sin consideración a sus aportes.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 57

• Crean y mantienen puestos de trabajo sustentables con el objetivo de generar ingresos que mejoren la calidad de vida de los asociados trabajadores.

• Producen bienes, ejecutan obras o prestan servicios a los asociados o comunidad en general.

• Realizan permanentemente actividades de educación solidaria.

• Promueven la integración con otras organizaciones de carácter solidario que tengan como fin promover el desarrollo integral del ser humano.

• Deben ser autónomas e independientes ante el Estado y terceros, en sus relaciones de trabajo y de gestión y en la disposición y manejo de los medios de producción.

• Las relaciones entre las Precooperativas y las Cooperativas de Trabajo Asociado y sus asociados, por ser de naturaleza cooperativa y solidaria, están reguladas por la legislación cooperativa, los estatutos, el Acuerdo Cooperativo y el Régimen de Trabajo Asociado y Compensaciones; por esta razón deben ser consideradas como distintas a las del trabajo asalariado dependiente convencional y las del trabajo individual autónomo.

• No podrán contratar procesos o actividades misionales permanentes con las instituciones o empresas públicas y/o privadas.

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Preguntas frecuentes del sector solidario58

40. ¿Qué es un fondo de empleados?

Es una organización del sector de la economía solidaria que se caracteriza por ser de derecho privado y sin ánimo de lucro. Los fondos de empleados se constituyen por trabajadores dependientes, trabajadores asociados o por servidores públicos, que con el objetivo de propender por el bienestar de los asociados, ofrecen servicios de ahorro y crédito.

Pueden ser asociados las personas que presten servicios a las empresas que generan el vínculo común de asociación, independientemente de la forma de vinculación.

Los fondos de empleados se rigen por el Decreto 1481 de 1989, la Ley 1391 de 2010 y por remisión a la Ley 79 de 1988, la Ley 454 de 1998 y demás normas aplicables a su condición de empresa de economía solidaria.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 59

41. ¿Cuáles son las características de un fondo de empleados?

• Su asociación y retiro es voluntario.

• Su patrimonio es variable e ilimitado.

• Tienen una duración indefinida.

• Prestan servicios en beneficio de sus asociados.

• Fomentan la solidaridad y los lazos de compañerismo entre asociados.

• Garantizan la igualdad de derechos de participación y decisión de los asociados, sin consideración a sus aportes.

• Destinan sus excedentes a la prestación de servicios de carácter social y el crecimiento de sus reservas y fondos.

• Establecen la irrepartibilidad de las reservas sociales y en caso de liquidación, la del remanente patrimonial.

• Cada empresa puede conformar uno o varios fondos de empleados.

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Preguntas frecuentes del sector solidario60

42. ¿Qué es una asociación mutual?Es una persona jurídica de derecho privado, sin ánimo de lucro, constituida libre y democráticamente por personas naturales inspiradas en la solidaridad, con el objeto de brindarse ayuda recíproca frente a riesgos eventuales y satisfacer sus necesidades mediante la prestación de servicios de seguridad social.

Los servicios que ofrecen las asociaciones mutuales para la satisfacción de necesidades de sus asociados, corresponden a asistencia médica, farmacéutica y funeraria, subsidios, ahorro, crédito, seguridad alimentaria, actividades culturales, educativas, deportivas o turísticas, así como cualquier otra prestación dentro del ámbito de la seguridad social que

tenga por fin la promoción y dignificación de la persona humana.

Estas organizaciones se rigen por el Decreto 1480 de 1989, la Ley 79 de 1988, la Ley 454 de 1998 y demás normas aplicables a su condición de organización de economía solidaria.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 61

43. ¿Cuáles son las características de una asociación mutual?

• El patrimonio y número de asociados es variable e ilimitado.

• Tienen una duración indefinida.

• Funcionan en conformidad con los principios de autonomía, adhesión voluntaria, participación democrática, solidaridad, ayuda mutua, integración y neutralidad política, religiosa, ideológica y racial.

• Garantizan la igualdad de derechos y obligaciones de los asociados.

• Realizan permanentemente actividades de educación solidaria y mutual.

• Promueven la participación e integración con otras entidades que tengan como fin motivar el desarrollo integral del ser humano.

• Establecen a los asociados contribuciones económicas para la prestación de servicios.

• Establecen la no devolución de las contribuciones de los asociados y la irrepartibilidad del remanente patrimonial en caso de liquidación.

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44. ¿Qué es una fundación?

Son personas jurídicas sin ánimo de lucro que nacen de la voluntad de una o varias personas naturales o jurídicas. Su finalidad es propender por el bienestar común y el desarrollo de actividades benéficas o de utilidad común, bien sea de un sector en particular de la población o de toda la comunidad.

Estas organizaciones se rigen por el artículo 24 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 22 de 1987, el Decreto 1318 de 1988, el Artículo 633 del Código Civil, el Decreto 2150 de 1995, el Decreto 427 de 1996, el Decreto 1529 de 1990, el Decreto Distrital 059 de 1991 y el Decreto 535 de 1990.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 63

45. ¿Cuáles son las características de una fundación?

• El número mínimo de fundadores es uno (1).

• Se regulan por sus estatutos.

• No tienen ánimo de lucro.

• Su vigencia es de carácter indefinido.

• La afectación del patrimonio es irrevocable.

• Aunque no hay valor mínimo de patrimonio, deben contar con bienes o dineros preexistentes.

• Legalmente no es permitido disolverse y liquidarse por voluntad de los fundadores o miembros.

• Se disuelven por la extinción de su patrimonio.

• Son patrimonios autónomos que se destinan única y exclusivamente al objetivo que los fundadores le otorgaron.

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46. ¿Qué es una asociación o corporación?

Son entes jurídicos sin ánimo de lucro que surgen de un acuerdo de voluntades entre dos (2) o más personas vinculadas mediante aportes en dinero, especie o actividad, en orden a la realización de un fin de beneficio social gremial o de utilidad común.

Estas organizaciones sin ánimo de lucro se rigen por el artículo 38 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 22 de 1987, el Decreto 1318 de 1988, el Artículo 633 del Código Civil, el Decreto 2150 de 1995, el Decreto 427 de 1996, el Decreto 1529 de 1990, el Decreto Distrital 059 de 1991 y el Decreto 535 de 1990.

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47. ¿Cuáles son las características de una asociación o corporación?

• El carácter de los aportes de sus miembros es voluntario y no retornable a los mismos, ni durante su existencia ni al final con la liquidación.

• Necesitan mínimo de dos (2) personas para constituirlas.

• Se regulan por sus propios estatutos, que son de obligatorio cumplimiento para sus asociados bajo las penas y sanciones que allí se establezcan.

• Vigencia en el tiempo determinado.

• Pueden disolverse y liquidarse por decisión de sus asociados.

• Libre adhesión y retiro de sus asociados.

• Está prohibido el ánimo de lucro y el reparto de los excedentes, los cuales se deben reinvertir en el objeto social.

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48. ¿Qué es un organismo comunal?

La Ley 743 de 2002 define la acción comunal como una expresión social organizada, autónoma y solidaria de la sociedad civil. Su propósito es promover un desarrollo integral, sostenible y sustentable construido a partir del ejercicio de la democracia participativa en la gestión del desarrollo de la comunidad.

En sí, es una actividad organizada de la comunidad para buscar soluciones a necesidades económicas, sociales y culturales, empleando y gestionando recursos humanos, físicos y técnicos.

Los organismos comunales son organizaciones cívicas, sociales y comunitarias de gestión social, sin ánimo de lucro y de naturaleza solidaria.

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49. ¿Cuáles son las funciones de un organismo comunal?

• Promover y fortalecer en el individuo el sentido de pertenencia frente a su comunidad a través de la democracia participativa.

• Lograr que la comunidad permanezca informada sobre el desarrollo de los hechos, políticas y servicios del Estado para su bienestar y desarrollo.

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Preguntas frecuentes del sector solidario68

50. ¿Cuáles son los objetivos de un organismo comunal?

• Crear y desarrollar procesos de formación para el ejercicio de la democracia.

• Planificar el desarrollo integral y sostenible de la comunidad.

• Establecer los canales de comunicación necesarios para el desarrollo de sus actividades.

• Generar procesos comunitarios autónomos de identificación, formulación, ejecución, administración y evaluación de planes, programas y proyectos de desarrollo comunitario.

• Celebrar contratos con empresas públicas y privadas del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local, con el fin de impulsar planes, programas y proyectos acordes con los planes comunitarios y territoriales de desarrollo.

• Crear y desarrollar procesos económicos de carácter colectivo y solidario, para lo cual podrán celebrar contratos de empréstito con entidades nacionales o internacionales.

• Los demás consagrados en el artículo 19 de la Ley 743 de 2002.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 69

51. ¿Qué es el voluntariado?

Es el conjunto de acciones de interés general desarrolladas por personas naturales o jurídicas que ejercen su acción de servicio a la comunidad en virtud de una relación de carácter civil y voluntario.

52. ¿Cómo se define al voluntario?

Es toda persona natural que libre y responsablemente, sin recibir remuneración de carácter laboral, ofrece tiempo, trabajo y talento para la construcción del bien común en forma individual o colectiva, en organizaciones públicas o privadas o fuera de ellas.

53. ¿Qué normas regulan al voluntariado en Colombia?

El voluntariado se rige por la Ley 720 del 2001 por medio de la cual se reconoce, promueve y regula la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos, su Decreto Reglamentario 4290 del 2005 y demás normas aplicables a su condición de voluntariado.

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Preguntas frecuentes del sector solidario70

54. ¿Cuáles son los principios de la acción voluntaria?

Estos principios inspiran una sociedad democrática, pluralista, participativa y solidaria.

Libertad

ParticipaciónRespeto

CompromisoSocial

Solidaridad

Autonomía

Principios

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55. ¿Qué es el Sistema Nacional de Voluntariado?

El Sistema Nacional de Voluntariado (SNV), según el artículo 9 de la Ley 720 de 2001, es el conjunto de instituciones, organizaciones, entidades y personas que realizan acciones de voluntariado.

Su objeto es promover y fortalecer la acción voluntaria con la sociedad civil y el Estado, a través de alianzas estratégicas y trabajo en red de las Organizaciones de Voluntariado (ODV), las Entidades con Acción Voluntaria (ECAV) y los voluntarios informales.

Para dinamizar el SNV se han creado consejos municipales y departamentales y como máxima instancia el Consejo Nacional, el cual fue constituido el 4 de diciembre de 2009 en el marco de la celebración del Día Internacional del Voluntariado.

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56. ¿Cuál es la estructura actual del Sistema Nacional de Voluntariado?

• Un (1) Consejo Nacional de Voluntariado.

• Diecisiete (17) Consejos Departamentales de Voluntariado.

• Ciento ochenta y cinco (185) Consejos Municipales de Voluntariado.

57. ¿Para qué el Sistema Nacional de Voluntariado?

El Sistema Nacional de Voluntariado permite:

• Compartir mejores prácticas.

• Intercambiar información sobre la comunidad.

• Desarrollar nuevas habilidades y conocimientos.

• Aumentar la visibilidad de las acciones del voluntariado.

• Diseñar y ejecutar proyectos conjuntos, integrales y de mayor impacto.

• Promover nuevos voluntariados.

• Generar alianzas estratégicas y trabajo en red.

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58. ¿Cómo vincularse al Sistema Nacional de Voluntariado?

De acuerdo a la Ley 720 de 2001 y el Decreto Reglamentario 4290 de 2005, para la vinculación los interesados deben presentar una carta de solicitud dirigida a la Comisión Coordinadora del Consejo Municipal de Voluntariado del municipio, expresando su intención de ser parte del SNV, acompañada de:

• Certificado de Existencia y Representación Legal.

• Informe detallado de la trayectoria, misión, programas, administración, presencia nacional y número de voluntarios.

• Estatutos y reglamento interno de voluntariado.

Según el artículo 17 del Decreto 4290 de 2005, se consideran Organizaciones de Voluntariado (ODV) o Entidades con Acción Voluntaria (ECAV) de orden nacional, aquellos organismos que hacen presencia constante en mínimo siete (7) departamentos, cuyos capítulos departamentales se encuentren inscritos en los consejos municipales de voluntariado respectivos y cuenten con más de cuatro mil (4.000) voluntarios en sus registros.

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Información de contacto Sistema Nacional de Voluntariado:

• Dirección: Avenida carrera 68 No. 68B - 31, bloque norte, piso 2. Bogotá D.C., Colombia

• Teléfonos: (57) (1) 4376391 - 4375300. IP 6815

• Página web: www.snvcolombia.org

• Correo electrónico: [email protected]

• Skype: SNVoluntariadoCol

• Twitter: @SNVoluntariadoC

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59. ¿Qué son organismos de segundo y tercer grado?

Organismos de segundo grado

Las organizaciones de economía solidaria podrán asociarse entre sí para mejorar el cumplimiento de sus fines económicos, sociales o culturales en organismos de segundo grado de carácter nacional o regional.

Aquellos de índole económico serán especializados en determinado ramo o actividad. En dichos organismos podrán participar además otras instituciones de derecho privado sin ánimo de lucro que puedan contribuir o beneficiarse de las actividades de éstos.

Los organismos de segundo grado de carácter nacional requieren para constituirse de un número mínimo de diez (10) entidades y aquellos de carácter regional un número mínimo de cinco (5) entidades.

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Organismos de tercer grado

Los organismos de segundo grado que integran cooperativas y otras formas asociativas y solidarias de propiedad, podrán crear organismos de tercer grado, de índole regional, nacional o sectorial, con el propósito de orientar procesos de desarrollo del movimiento y unificar acciones de defensa y representación nacional o internacional. Un organismo de tercer grado solo podrá constituirse con un número no inferior de doce (12) entidades.

Los organismos de tercer grado existentes deberán adaptar sus estatutos indicando con precisión su radio de acción, los sectores económicos o las formas asociativas o solidarias que representan.

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Parte 5Constitución de organizaciones solidarias

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60. ¿Cuál es el procedimiento para la conformación de precooperativas, cooperativas, fondos de

empleados, asociaciones mutuales, precooperativas y cooperativas de trabajo asociado?

Primera faseRequisitos

• Contar con el número mínimo de asociados fundadores de la organización:

• Veinte (20) para las cooperativas, salvo las excepciones consagradas en normas especiales.

• Diez (10) para las cooperativas de trabajo asociado y las cooperativas agropecuarias, agroindustriales, piscícolas y mineras.

• Diez (10) para los fondos de empleados.

• Veinticinco (25) para las asociaciones mutuales.

• Cinco (5) para las precooperativas y las precooperativas de trabajo asociado.

• Nombrar un comité organizador.

• Definir el nombre de la organización y los aportes sociales.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 79

• Nota: previamente se debe consultar en la Cámara de Comercio la existencia del nombre y así evitar la homonimia. Esta verificación también se puede hacer a través de la página web www.rues.org.co.

• Definir el valor de la cuota de afiliación (que solo puede ser cobrada por una única vez al momento del ingreso del asociado).

• Elaborar los estatutos.

• Los asociados fundadores deben realizar el Curso Básico en Economía Solidaria de duración mínima de veinte (20) horas, excepto para las asociaciones mutuales que es de diez (10) horas. Este debe ser impartido por una entidad acreditada por la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias.

• Nota: el listado de entidades acreditadas puede consultarse en la página web www.orgsolidarias.gov.co siguiendo consecutivamente los posteriores vínculos: Trámites y servicios, Entidades Acreditadas.

Segunda faseProcedimiento

• Convocar a asamblea de constitución.

• Reunirse en asamblea y verificar cuórum.

• Nombrar al presidente y secretario de la asamblea.

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• Aprobar los estatutos.

• Nombrar en propiedad los órganos de administración y vigilancia, los comités y el revisor fiscal, cuando hubiere lugar.

• Nota: El órgano de administración designado nombrará al representante legal o gerente de la organización, quien será el responsable de tramitar la obtención de la personalidad jurídica (Decreto 2150 de 1995).

• Elaborar el acta de la asamblea de constitución, que será firmada por todos los asociados fundadores, el presidente y el secretario de la asamblea.

Tercera faseRegistro ante Cámara de Comercio Para inscribir la organización solidaria en la Cámara de Comercio y figurar en el Registro Único Empresarial y Social (RUES), es necesario presentar los siguientes documentos:

• Acta de la asamblea de constitución suscrita por el presidente y secretario de la reunión, indicando aportes sociales y allegando cartas de aceptación de los cargos de las personas nombradas como representantes legales, miembros del consejo de administración y revisores fiscales.

• Nota: El acta de la asamblea de constitución debe tener presentación personal del presidente y secretario de la reunión.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 81

• Copia de los estatutos firmados por el presidente y secretario de la asamblea y por todos los asociados fundadores.

• Formulario de Registro Único Empresarial y Social (RUES) de la Cámara de Comercio diligenciado. Es importante indicar el nombre de la entidad que ejerce control y vigilancia (casilla No. 12).

• Nota: la razón social que se indique en los estatutos debe coincidir con la razón social que reporte en todos los formularios.

• Formulario Adicional de Registro con otras Entidades diligenciado.

• Certificado de Curso Básico de Economía Solidaria de duración veinte (20) horas, (10 horas para las asociaciones mutuales) impartido por una entidad acreditada por la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias.

• Carta del representante legal de la entidad que se constituye, donde se deje constancia que la organización que representa ha acatado las normas especiales legales y reglamentarias que la regulan.

• Fotocopia de la cédula de ciudadanía de las personas nombradas como representantes legales, miembros del consejo de administración y revisor fiscal.

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Preguntas frecuentes del sector solidario82

Asignación del NIT en Cámara de ComercioEl trámite de asignación del Número de Identificación Tributaria (NIT) se realiza en la Cámara de Comercio y para esto debe allegar los siguientes documentos:

• Original y fotocopia de un recibo de servicio público domiciliario que esté vigilado por la Superintendencia de Servicios Públicos.

• Fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante legal de la entidad o de la persona que realiza el trámite (éste último, debe allegar un poder con facultades para ejecutar el trámite de asignación del NIT).

• La Cámara de Comercio entrega el pre RUT que se debe diligenciar .

• Nota: la información que diligencie en el pre RUT debe coincidir con la reportada en los demás formularios al momento de la constitución de la entidad.

• Una vez cumplidos estos requisitos y la organización se encuentre inscrita en el Registro de Entidades Sin Ánimo de Lucro, la Cámara de Comercio le entregará el documento con el cual podrá solicitar la apertura de la cuenta bancaria (Formato 1648). Recuerde que este trámite es necesario para dar el paso de pre RUT a RUT y así obtener el NIT.

• Para la asignación definitiva del NIT, presente en la oficina correspondiente de la DIAN la certificación de apertura de la cuenta bancaria junto con el Certificado de Existencia y Representación Legal.

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Importante: Las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado, antes de ejecutar el registro ante Cámara de Comercio, deben radicar ante el Ministerio del Trabajo la solicitud de autorización de los Regímenes de Trabajo Asociado y Compensaciones anexando los siguientes documentos:

• Copia del acta de asamblea de constitución suscrita por el presidente y secretario, en la que conste la aprobación de los respectivos regímenes.

• Copia del acta del consejo de administración en la que figure la elección del representante legal.

• Listado de los fundadores debidamente firmado y diligenciado con el documento de identidad y valor del aporte social.

• Copia de los estatutos suscritos por el presidente y secretario.

• Dos ejemplares de los Regímenes de Trabajo Asociado y de Compensaciones.

• Certificación del Curso Básico en Economía Solidaria con énfasis en trabajo asociado.

Una vez el Ministerio del Trabajo autorice los Regímenes de Trabajo Asociado y Compensaciones, las precooperativas y cooperativas de trabajo asociado deben realizar la solicitud de control de legalidad ante la Superintendencia de la Economía Solidaria (ver quinta fase) y posteriormente realizar el registro ante la Cámara de Comercio.

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Preguntas frecuentes del sector solidario84

Cuarta faseSolicitud ante la DIANEn la DIAN el representante legal debe solicitar el Registro Único Tributario (RUT) al igual que la autorización de facturación, si es necesario. Para este trámite se debe presentar el Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por la Cámara de Comercio.

Quinta faseSolicitud de control de legalidadEl control de legalidad se tramita para las organizaciones de economía solidaria ante la Superintendencia de la Economía Solidaria dentro de los diez (10) días posteriores a la obtención del Certificado de Existencia y Representación Legal. Los documentos que se deben presentar para este proceso corresponden a:

• Formato de solicitud de estudio de legalidad en el que se certifique el pago de los aportes sociales mínimos no reductibles expedido por el representante legal (el formato debe descargarse en la página web www.supersolidaria.gov.co).

• Certificado de Existencia y Representación Legal expedido por Cámara de Comercio.

• Acta de la asamblea de constitución.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 85

• Estatutos aprobados de acuerdo con las disposiciones legales vigentes y firmados por el presidente y secretario de la asamblea (se deben presentar en formato word y escaneados en TIFF)

• Certificado del Curso Básico de Economía Solidaria de duración veinte (20) horas, impartido por una entidad acreditada por la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias.

• Constancia de pago de los aportes sociales iniciales suscritos por los asociados fundadores.

• En caso de que la organización esté obligada a tener revisor fiscal, adjuntar los documentos de su nombramiento y certificación expedida por el representante legal, en la cual conste que no es asociado.

Todos estos documentos se escanean en un solo archivo en formato TIFF, se almacenan en un CD, adicionando el Formato de Trámites debidamente diligenciado y se entregan en las oficinas de la Supersolidaria (el formato TIFF es utilizado para archivo de imágenes).

Nota: las organizaciones de economía solidaria que de acuerdo a su especialidad por actividad económica deban solicitar el control de legalidad ante otra superintendencia, se recomienda tener presente los documentos mencionados anteriormente y consultar la página web de la superintendencia respectiva en donde se especifican los requerimientos adicionales.

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Preguntas frecuentes del sector solidario86

61. ¿Cuál es el procedimiento para la constitución de una Organización de Voluntariado, (ODV) o Entidades

con Acción Voluntaria (ECAV)?

Primera faseRequisitos

• Contar con un grupo ilimitado de personas que se caractericen por su compromiso, participación en actividades de interés general en beneficio de la comunidad, disposición a compartir su talento, tiempo y trabajo y capacidad de reconocimiento de la comunidad como sujeto y coprotagonista en las intervenciones que se establezcan.

• Identificar y acordar las motivaciones, valores, intenciones, intereses y necesidades comunes en el grupo de personas.

• Revisar las posibilidades de constitución legal.

• Definir áreas de desarrollo, alcance y cobertura donde el grupo realizará su acción.

• Nombrar un comité organizador para el grupo de voluntarios.

• Establecer reglas para el funcionamiento, tales como:

• Declamación de principios y valores.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 87

• Reglamento interno.

• Políticas organizacionales.

• Manual de funciones.

• Registro de voluntarios con los siguientes datos: nombre completo, documento de identidad, número de horas prestadas y grado de escolaridad.

Segunda faseProcedimiento

• Convocar a asamblea de constitución.

• Nombrar presidente y secretario de la asamblea.

• Realizar asamblea.

• Aprobar el estatuto.

• Elaborar el acta de constitución con los siguientes datos: lugar y fecha de reunión, listado de las personas que convocan y registro de los asistentes.

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Preguntas frecuentes del sector solidario88

62. ¿Qué son los estatutos y qué se debe tener en cuenta para su elaboración?

Los estatutos constituyen los reglamentos o conjunto de normas que regulan la vida de las organizaciones solidarias, sean cooperativas, fondos de empleados o asociaciones mutuales, entre otras.

Estos reglamentos sirven de guía a los asociados para conocer:

• Cuáles son los objetivos de la organización solidaria.

• Cómo debe funcionar la organización solidaria.

• Cuál debe ser su conducta dentro de ella.

• Cuáles son sus deberes y derechos.

• Cómo controlar en forma disciplinaria todas las actividades para lograr los objetivos.

• Cómo puede la organización solidaria utilizar los beneficios obtenidos.

Las disposiciones o normas contenidas en los estatutos son definidas por los asociados en la asamblea de constitución y aunque dependen de las condiciones y necesidades concretas de cada organización solidaria deben basarse en la legislación y principios correspondientes.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 89

Los estatutos son de cumplimiento obligatorio para todos los asociados. Cualquier reforma deberá hacerse por decisión de la asamblea general.

De acuerdo a la legislación de nuestro país los estatutos deberán especificar, entre otros, los siguientes puntos:

• Razón social, domicilio y ámbito territorial de operaciones.

• Objeto del acuerdo cooperativo y enumeración de sus actividades.

• Derechos y deberes de los asociados, condiciones para la administración, retiro , exclusión y determinación del órgano competente para su decisión.

• Régimen de sanciones, causales y procedimientos.

• Procedimientos para resolver diferencias o conflictos transigibles entre los asociados o entre éstos y la cooperativa, por causa o con ocasión de actos cooperativos.

• Régimen de organización interna, constitución, procedimientos y funciones de los órganos de administración y vigilancia, condiciones, incompatibilidades y forma de elección y remoción de sus miembros.

• Convocatoria de asambleas ordinarias y extraordinarias.

• Representación legal, funciones y responsabilidades.

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Preguntas frecuentes del sector solidario90

• Constitución e incremento patrimonial de la cooperativa.

• Reservas, fondos sociales, finalidades y forma de utilización de los mismos.

• Aportes sociales mínimos no reducibles durante la vida de la cooperativa, forma de pago y devolución. Procedimientos para el avalúo de los aportes en especie o en trabajo.

• Forma de aplicación de los excedentes cooperativos.

• Régimen y responsabilidad de las cooperativas y de sus asociados.

• Normas para fusión, incorporación, transformación, disolución y liquidación.

• Procedimientos para reforma de estatutos.

• Las demás estipulaciones que se consideren necesarias para asegurar el adecuado cumplimiento del acuerdo cooperativo y que sean compatibles con el objeto social.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 91

Anexos Normograma del sector solidario en Colombia, otras normas y directorio entidades públicas relacionadas con el sector solidario en Colombia

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Preguntas frecuentes del sector solidario92

Las siguientes normas orientan el accionar de la economía solidaria:

Leyes Objeto Principales orientaciones

Ley 79 de 1988

Dotar al sector cooperativo de un marco propicio para su desarrollo como parte fundamental de la economía nacional.

Brindar las orientaciones necesarias para la creación, consolida-ción y protección de las cooperativas, precooperativas, órganos de segundo y tercer grado, fondos de empleados, asociaciones mutuales y empresas de servicios en formas de administraciones públicas cooperativas.

Ley 454 de 1998

Determinar el marco conceptual que regula la economía soli-daria, transformar el Departamento Administrativo Nacional de Cooperativas (DANCOOP) en el Departamento Admi-nistrativo Nacional de la Economía solidaria (DANSOCIAL), crear la Superintendencia de la Economía Solidaria (SUPER-SOLIDARIA), establecer el fondo de garantías para las coo-perativas financieras y de ahorro y crédito, dictar normas sobre la actividad financiera de las entidades de naturaleza cooperativa y expedir otras disposiciones en corresponden-cia con lo previsto en los artículos 58, 333 y concordantes de la Constitución Política de Colombia.

Brindar el marco general regulatorio de todas las organizaciones de la economía solidaria, incluyendo todas aquellas sin ánimo de lucro y actividad económica para promover el desarrollo del ser humano como sujeto, actor y fin de la economía en el contexto solidario.

Establecer las reglas para el ejercicio de la actividad del ahorro y crédito y las funciones de las entidades de Estado que trabajarán para la promoción, fortalecimiento, control y vigilancia de las orga-nizaciones de la economía solidaria.

Decreto Ley 1480

de 1989

Dotar a las asociaciones mutualistas de un marco jurídico adecuado para su desarrollo, promover la vinculación a es-tas formas asociativas de economía social y garantizar el apoyo del Estado a las mismas.

Determinar la naturaleza, características, constitución y regímenes internos de responsabilidad y sanciones.

Dictar medidas para el fomento de las asociaciones mutualista.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 93

Leyes Objeto Principales orientaciones

Decreto Ley 1481

de 1989

Otorgar a los fondos de empleados un marco jurídico ade-cuado para su desarrollo, promover la vinculación a estas formas asociativas de economía social y garantizar el apoyo del Estado a las mismas.

Establecer lineamientos para el desarrollo adecuado de las activi-dades que adelantan estas organizaciones tanto de base como sus entes apremiadores.

Ley 1391 de 2010

Reformar la norma rectora de la forma asociativa conocida como fondos de empleados, para así adecuarla a las condi-ciones sociales, económicas, políticas y culturales que deter-minan el quehacer de estas empresas.

Abrir el vínculo de asociación para empleados, sin importar el tipo de vinculación laboral que se tenga en la empresa.

Crear el fondo de desarrollo empresarial solidario, con un diez por ciento (10%) de los excedentes del ejercicio económico del fondo.

Decreto Ley 4122

de 2011

Transformar el Departamento Administrativo Nacional de Economía Solidaria (DANSOCIAL) en la Unidad Adminis-trativa Especial de Organizaciones Solidarias, la cual está adscrita al Ministerio del Trabajo y cuenta con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera y patrimonio independiente.

Crear la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Soli-darias que asume todas las funciones del antiguo Departamento Administrativo Nacional de Economía Solidaria (DANSOCIAL), ex-cepto lo relacionado con el diseño de política pública que estará a cargo del Ministerio del Trabajo.

Ley 720 del

2001 y Decreto

Reglamentario

4290 del 2005

Reconocer, promover y regular la acción voluntaria de los ciudadanos colombianos y demás normas aplicables a su condición de voluntariado.

Esta ley es de aplicación a toda acción voluntaria formal o informal que se desarrolle en Colombia.

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Preguntas frecuentes del sector solidario94

Otras normas

Las entidades del Estado que tienen relación con la economía solidaria, cuando les corresponda y lo consideren necesario, pueden expedir directivas, resoluciones y circulares dentro del marco de la Constitución Política, la Ley 79 de 1988 y la Ley 454 de 1998, entre ellas tenemos:

Directiva No. 31 de DANSOCIAL y el Ministerio de Educación NacionalDetermina el marco conceptual de la educación solidaria y brinda lineamientos para el diseño del Proyecto Educativo Socioempresarial (PESEM), el balance social de las organizaciones solidarias y la ejecución del fondo de educación.

Resolución 360 de 2005 reglamentaria del Decreto 2350 de 2003 y a su vez de la Ley 743 de 2002Rige la actividad de las Juntas de Acción Comunal y sus comités empresariales.

Resolución 426 de 2008Por la cual la Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias establece los fundamentos, criterios, parámetros y requisitos para impartir cursos de inducción y educación en economía solidaria y expedir los certificados de acreditación sobre educación en teoría y práctica de la misma.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 95

Circular Básica Jurídica No. 007 de 2008 expedida por la Superintendencia de Economía Solidaria Provee la consulta integral de las diferentes instrucciones en materia jurídica emitidas por esta entidad, así como los requisitos exigidos para la solicitud de los diferentes trámites que se adelanten ante esta Superintendencia. Esta circular cuenta con un documento técnico disponible en la página web www.supersolidaria.gov.co.

Circular Externa No. 004 de 2008 expedida por la Superintendencia de Economía SolidariaGuía en el propósito de construir entidades solidarias confiables para salvaguardar el interés colectivo y proteger la naturaleza jurídica de las organizaciones, máximo interés que le asiste a este ente de control. Esta circular cuenta con un documento técnico disponible en la página web www.supersolidaria.gov.co.

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Preguntas frecuentes del sector solidario96

Directorio entidades públicas relacionadas con el sector solidario en Colombia

Entidad Naturaleza Papel que asume frente a las organizaciones de economía solidaria

Ministerio del TrabajoCarrera 14 No. 99 - 33 pisos 6, 7, 10, 11, 12 y 13

PBX: (57 - 1) 4893900 y (57 - 1) 4893100www.mintrabajo.gov.co

Entidad del Estado.

Formular y orientar las políticas públicas para el fomento, fortaleci-miento y protección de las organizaciones solidarias.

Unidad Administrativa Especial de Organizaciones Solidarias

Carrera 10 No. 15 - 22PBX: (57 -1) 3275252

Línea gratuita: 018000122020www.orgsolidarias.gov.co

Entidad del Estado.

Promover, fomentar, fortalecer y desarrollar socio-empresarial-mente las organizaciones solidarias para la prosperidad de los sectores y regiones del país con una institucionalidad del sector fortalecida y transversal.

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Preguntas frecuentes del sector solidario 97

Superintendencia de la Economía Solidaria (SUPERSOLIDARIA)

Carrera 7 No. 31-10Teléfono: 4895009

www.supersolidaria.gov.co

Entidad del Estado.

Este organismo descentralizado y técnico, adscrito al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con personería jurídica, autónoma, administrativa y patrimonial, tiene por objetivos según el artículo 35 de la Ley 454 del 4 de agosto de 1998:

• Ejercer el control, inspección y vigilancia sobre las entidades que cobijan su acción, para asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias y de las normas contenidas en sus propios estatutos.

• Proteger los intereses de los asociados de las organizaciones de economía solidaria, de los terceros y de la comunidad en general.

• Velar por la preservación de la naturaleza jurídica de las entidades sometidas a su supervisión, para hacer prevalecer sus valores, principios y características esenciales.

• Vigilar la correcta aplicación de los recursos de estas entidades, así como la debida utilización de las ventajas normativas a ellas otorgadas.

• Supervisar el cumplimiento del propósito socio-económico no lucrativo que ha de guiar la organización y funcionamiento de las entidades vigiladas.

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Fondo de Garantías de Entidades Cooperativas (FOGACOOP)

Carrera 11 No. 93-46, piso 6Teléfono: 6355868

www.fogacoop.gov.co

Entidad del Estado.

Brindar protección a la confianza de los depositantes y ahorradores de las entidades cooperativas inscritas, buscando preservar el equi-librio y la equidad económica e impidiendo injustificados beneficios económicos, o de cualquier otra naturaleza, para los asociados y ad-ministradores causantes de perjuicios a las entidades cooperativas.

Administrar las reservas correspondientes al seguro de depósitos, así como los demás fondos y reservas que se constituyan, con el fin de atender los distintos riesgos asociados a la actividad financiera cooperativa.

Consejo Nacional de Economía Solidaria

(CONES)Calle 39 Bis A No. 28-32

Teléfono: 3440132www.economiasolidaria.org

Solidaria.

El CONES se reestructuró mediante la Ley 454 de 1998 como el or-ganismo que al interior del sector solidario tiene la capacidad de for-mular y coordinar a nivel nacional las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos generales pertinentes al sistema de la econo-mía solidaria. De igual manera podrá conformar capítulos regionales y locales con funciones similares al nacional, en su ámbito regional.

Está conformado por un representante de cada uno de los compo-nentes del sistema, elegidos democráticamente por el respectivo sector a través de sus órganos de integración de acuerdo a sus normas estatutarias.

Entes territorialesEntidades del

Estado.

El control de legalidad y vigilancia de las fundaciones y asociaciones o corporaciones para el caso de Bogotá se tramita ante la Alcaldía Mayor y para otros lugares del país ante las respectivas gobernaciones.

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