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Los Derechos Fundamentales Dr. Daniel R. Raa Ortiz

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Derechos Reales

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Los Derechos Fundamentales

Dr. Daniel R. Raa Ortiz

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Objetivos

Entender las diversas acepciones a los derechos fundamentales.

Entender las teorías de los derechos fundamentales.

Analizar la naturaleza jurídica de los derechos fundamentales.

Dar herramientas frente a conflictos entre DD.FF

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Las distintas nociones de los DD.FF.

Derechos individuales: Pertenencia a cada hombre.

Derechos naturales: Inherentes al hombre.

Derechos humanos: Derivados de la dignidad del ser humano y deben tener eficacia en el ordenamiento jurídico nacional e internacional.

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Los DD.FF. Vs. DD.HH.

Derechos fundamentales como derechos básicos como positivización en un Estado (Constitución).

Derechos humanos como derechos naturales positivizados en instrumentos internacionales, así como aquellos que no han llegado a la positivización.

Teoría preponderante: DD.FF. Son DD.HH. positivizados en la Constitución.

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La positivización de los DD.FF.

La positivización como recepción de los DD.FF. O DD.HH. por cualquier fuente del ordenamiento jurídico.

¿Los DD.FF. se constituyen o se reconocen al momento de su positivización?

La dignidad humana como base fundamental de cualquier ordenamiento jurídico.

La positividad como expresión de eficacia y mecanismo de vigencia de los DD.FF.

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La vigencia de los DD.FF.

¿Es suficiente que los DD.FF. estén recogidos por el ordenamiento jurídico para que tengan vigencia?

¿Existen DD.FF. que pese a estar recogidos en el ordenamiento jurídico no están positivizados?

Vigencia de los DD.FF. VS. Positivización.

Distintos condicionamientos políticos, culturales y materiales.

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Teorías de los DD.FF.

Teoría clásica.

Teoría del doble caracter.

Teoría democrática.

Teoría de derechos de coparticipación o prestación.

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Definición de DD.FF.

Elementos esenciales del ordenamiento jurídico.

Valores que nacen de la dignidad del ser humano.

Derechos subjetivos de los sujetos de derecho.

Elementos objetivos que tutelan, regulan y garantizan diversas relaciones de la vida social.

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Características de los DD.FF.

Fuerza normativa de los DD.FF.

El doble carácter de los DD.FF.

El mayor valor de los DD.FF.

La progresividad de los DD.FF. en el ordenamiento júrídico.

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El doble carácter de los DD.FF.

DD.FF como derechos públicos subjetivos del individuo.

Derechos de defensa frente al Estado..

DD.FF como elementos esenciales de todo ordenamiento jurídico.

Doble carácter: Derechos subjetivos y elementos objetivos.

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El doble carácter de los DD.FF.

Elemento subjetivo permite a sus titulares poder ejercitarlos, exigir su respeto y protección.

Elemento subjetivo permite exigir al Estado el cumplimiento de determinadas prestaciones para su concreción.

Elemento objetivo otorga fuerza normativa frente a cualquier persona u organismo del Estado.

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El doble carácter de los DD.FF.

DD.FF como institutos que tutelan, regulan y garantizan las diversas esferas y relaciones de la vida.

Realización de los DD.FF en la sociedad, organizando o constituyendo diversas esferas o relaciones de la vida.

Conjuntos normativos: la propiedad, las sucesiones, las disposiciones de derecho procesal.

Cuestionamiento: Los DD.FF se dejan a manos del legislador.

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El doble carácter de los DD.FF.

Los DD.FF son componentes básicos del ordenamiento jurídico.

Los DD.FF gozan de fuerza normativa de mayor jerarquía.

Inspiran, dirigen la producción, interpretación y aplicación de normas jurídicas.

Aseguran el status jurídico de sus titulares y la libertad en todos los ámbitos de su existencia.

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El doble carácter de los DD.FF.

Sus titulares pueden ejercitarlos, reclamar el respeto y la protección de los mismos.

Tutelan, regulan y garantizan las diversas esferas y relaciones de la vida social.

Son indisponibles.

Cualquier acto u omisión contra de éstos deberá ser declarado inválido.

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Principio de mayor valor y la progresividad de los DD.FF.

Principio de mayor valor o favor libertatis.

Los DD.FF deben interpretarse del modo más amplio posible.

Los DD.FF debe aplicarse de la forma más favorable para su eficacia.

La progresividad consiste en la evolución creciente de los DD.FF

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Contenido de los DD.FF.

Premisa general: Los DD.FF no son ilimitados.

Límites: Otros DD.FF, bienes jurídicos constitucionalmente protegidos y los principios generales del derecho.

Bien jurídico protegido no solo existe si está consagrado en la Constitución, sino también de manera indirecta o derivada.

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Contenido de los DD.FF.

Límites intrínsecos de los DD.FF son aquellos derivados de su propia naturaleza y su función social.

Límites intrínsecos subjetivos y objetivos.

Límites extrínsecos de los DD.FF son aquellos derivados de su existencia frente a los demás sujetos de derecho o bienes constitucionalmente protegidos.

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Conflictos entre DD.FF. – Teoría de la Preferred position

Existen una serie de bienes constitucionalmente protegidos que son base del sistema democrático o de protección de otros DD.FF

Frente al conflicto contra éstos, estos tienen preferencia frente a los otros.

Desarrollado por la jurisprudencia norteamericana – Derechos de la Primera Enmienda.

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Conflictos entre DD.FF. – El balancing

Balancing en sentido amplio: Contrapeso entre valores constitucionales en abstracto.

Balancing en sentido estricto: Contrapeso entre intereses involucrados en un caso concreto.

Finalidad: Resolver el conflicto o equilibrio de los DD.FF.

Aplicado en jurisprudencia norteamericana, alemana y española.

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Conflictos entre DD.FF. – Principio del equilibrio o de la ponderación

DD.FF tienen relaciones de coordinación y complementariedad. No existe jerarquía.

El conflicto debe resolverse con la afirmación de la vigencia de todos los DD.FF y de los bienes jurídicos protegidos constitucionalmente.

Influencia recíproca entre los DD.FF

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Conflictos entre DD.FF. – Los límites internos de los DD.FF

El problema no es de limitación del DD.FF sino de delimitación del contenido del mismo.

No se requiere de limitación externa.

Solo hay que delimitar los contornos de cada DD.FF o de cada bien jurídico constitucionalmente protegido.

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El contenido esencial de los DD.FF – Concepción española

Núcleo irreductible del contenido de dicho derecho que el legislador debe garantizar y respetar.

Concepto jurídico indeterminado.

El contenido esencial del DD.FF. está conformado por aquellos elementos mínimos sin los cuales no sería útil para tutelar los intereses jurídicos que protege.

No necesariamente coincide con el contenido constitucionalmente declarado.

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El contenido esencial de los DD.FF – Concepción alemana

No existe núcleo irreductible de los DD.FF. Debemos referirnos al contenido total del derecho.

Control de constitucionalidad de normas que limitan, regulan o configuran un DD.FF.

Dirección positiva y negativa en materia de DD.FF.