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  • PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

    0F118-001 00475 / IDM 110200 (CITE ESTE NÚMERO PARA INFORMACIÓN Y/0 PARA ENVIAR COMUNICACIÓN) Bogotá D.C. 29 de agosto de 2018

    Doctora NANCY PATRICIA GUTIERREZ CASTAÑEDA

    Ministerio del Interior - República de Colombia Ministra Radicado Externo: EXTMI18-36271 Ministerio del Interior Fecha y hora de radicado: 30- ago-2018 09:16:41 Calle 12B No. 8 -46 Cantidad de anexos: 1

    Bogotá, D.C. Contraseña para consulta vía web: C6ABB9AC ,_______rittp://siootimininteripr.dov.co/Consulta , externa/

    Asunto: EXT18-00085370 Presenta renuncia a la designación como alcalde y gobernad& Ad hob

    Respetada señora ministra:

    Me permito dar traslado de la comunicación de fecha 22 de agosto de 2018, por la cual el señor Byron Adolfo Valdivieso Valdivieso presenta renuncia a las designaciones como alcalde ad hoc y gobernador ad hoc que le fueran realizadas mediante los decretos 850, 1046, 1582 de 2017 y 185 de 2018, tomando en consideración que le fue aceptada su renuncia como Jefe de la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior.

    Lo anterior para su información y fines pertinentes.

    Atentamente,

    a a 4744 )1I4 Firmado digitalmente por: CLARA MARIA GONZÁLEZ ZABALA Secretaria Jurídica de la Presidencia de la Republica Fecha: 2018.08.29 11:03:08 -05:00

    Clave:DtMu9Fz4h1

    Adjunto: Comunicación del 22 de agosto de 2018 Elaboró: RDCJ

    Calle 7 No. 6-54, Bogotá, Colombia PÚBLICA PBX (57 1) 562 9300 Código Postal 111711 www.presidencia.gov.co

    C1

    Certificado No SC5672-1

  • 11111111111 111111111111 111111111111111111111111111 EXT18 00085370

    PRESIDENCIA DE LA REPUBUCA DE COLOMBIA Fecha y Nora: 221082018 3:18:15 p. m. Clarve: EWelti5yp3b

    Folies 1

    Pasa A: SECRETARIA JURIDICA

    Ingrese: Ventanilla

    Link: Mtpsfipsor.presIdencle.gov.co/PublizoNedNDocurmtnt

    Respetado Ciudadano, para verificar el estado de su solicitud y dependencia competente asignada pare su trámite puede consultar el Link, con su número de radicadoldentlflcado con la iniciales En y su Clave. Pera

    cualquier Inlormack5n cite el No. de Radicación y la oficina. Teléfono: (57) 1 662-9300 • Bogotá, D.C.

    Bogotá D.C., 22 de agosto de 2018

    Doctor IVÁN DUQUE MÁRQUEZ Presidente de la República E. S. D.

    Asunto: Renuncia a designación como funcionario ad hoc.

    Respetado señor Presidente,

    El suscrito, identificado como aparece al pie de mi firma, por medio del presente escrito manifiesto que en virtud de que mediante Resolución 1271 de 14 de agosto de 2018 me fue aceptada la renuncia al cargo de Jefe Oficina Asesora Jurídica del Ministerio del Interior, a partir del 22 de agosto de 2018, consecuentemente, se produce decaimiento de la designación como funcionario ad hoc en los siguientes casos:

    i. Alcalde ad hoc de Santa Marta, designado mediante Decreto 850 de 23 de mayo de 2017.

    ii. Gobernador ad hoc de Antioquia, designado mediante Decreto 1046 de 14 de junio de 2017.

    iii. Alcalde ad hoc de Santa Marta, designado mediante Decreto 185 de 25 de enero de 2018.

    iv. Alcalde ad hoc de San Sebastián de Mariquita, designado mediante Decreto 1582 de 22 de septiembre de 2017.

    Con todo, formalizo mi renuncia a estas designaciones como funcionario ad hoc, las gestiones realizadas en cada caso fueron consignadas en el respectivo informe de empalme.

    Sea la oportunidad para desearle sinceramente muchos éxitos en su gestión y manifestarle que estaré a disposición de mi País para lo que sea menester.

    Cordial saludo,

    By ron Adolfo ValdiVies ,SValdivieso C.C. N°. 80040996

  • REPÚBLICA DE COLOMBIA

    MINISTERIO DEL INTERIOR

    DECRETO NÚMERO 2241 DE 2018

    -3 DIC 2018 Por el cual se acepta una renuncia y se designa alcalde ad hoc para el municipio de San

    . Sebastián de Mariquita, Tolima

    EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

    En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad

    administrativa, en el artículo 66 de la Ley 4 de 1913, y

    CONSIDERANDO:

    Que mediante auto de 9 de agosto de 2017, radicación IUS -2017-685236 IUCD 20171001513, el Procurador Regional del Tolima aceptó la recusación planteada contra el doctor Alejandro Galindo Rincón, por encontrar acreditados los supuestos fácticos previstos en los numerales 1°, 10° y 11° del artículo 11 de la Ley 1437 de 2011 y, consecuentemente, solicitó la designación de un funcionario ad - hoc.

    Que la Secretaría de la Procuraduría Regional de Tolima, a través de oficio n° 1064 de 10 de agosto de 2017, solicitó que, por conducto del Ministerio del Interior, el Presidente de la República designara a un funcionario ad hoc· con ocasión de la orden impartida por esa Procuraduría, a través del auto de 9 de agosto de 2017, con radicación IUS -20176852361UCD 2017-1001513

    Que mediante Decreto 1582 de 28 de septiembre de 2017, se designó como alcalde ad hoc para el municipio de San Sebastián de Mariquita, departamento del Tolima, al doctor Byron Adolfo Valdivieso Valdivieso, para conocer el asunto concreto que originó el Decreto n°. 072 de 4 de julio de 2017, mediante el cual se ordenó liquidar las empresas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo del municipio URBES S.A.S. y Espuma S.A. E.S.P. y ordenó retomar de manera inmediata por parte del municipio de San Sebastián de Mariquita las redes y servicios de dichas empresas y, para que expida, si es del caso, el referido acto administrativo.

    Que mediante radicado EXTM118-35271 de 30 de agosto de 2018, la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República remitió la renuncia presentada por el doctor Byron Adolfo Valdivieso Valdivieso a su designación, como Alcalde ad hoc del municipio de San Sebastián de Mariquita, departamento"del Tolima.

    Que en virtud del concepto emitido por el Departamento Administrativo de la Función Pública, número 20166000265301 de 23 de diciembre de 2016, mediante el cual precisó que "( ... ) será de competencia del presidente de la república decidir si designa 1111 empieado del orden nacional o territorial, pudiendo designar a un funcionario de carrera administrativa o de libre nombramiento y remoción que, en todo caso, se encuentre habilitado para realizar la actuación administrativa para la cual se nombra con carácter

  • ----------------------DECRETO NÚMERO 2241 DE 2018 PÁGINA 2

    Continuación del decreto 'Por el cual se acepta una renuncia y se designa alcalde ad hac para el municipio de San Sebastián de Mariquita. departamento del Tolima"

    transitorio ( ... r. la gobernación del departamento de Tolima mediante comunicaciones

    radicádas en el Ministerio del Interior bajo el PQRSD-015639. PQRSD 016300 de 13 de

    octubre de 2018 y de 23 de octubre de 2018,respectivamente, avaló y remitió la hoja de

    vida del señor Juan Felipe Bonilla Troncoso, funcionario vinculado a la gobernación del

    Tolima, para ser designado como alcalde ad hoc del municipio de San Sebastián de

    Mariquita, Tolima.

    Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa

    está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros

    principios. en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el

    Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo en su artículo

    3.

    Que con el fin de dar cumplimiento a los principios de moralidad, transparencia e

    imparcialidad, se procederá a designar alcalde ad hoc para el municipio de San

    Sebastián de Mariquita, Tolima .

    . . Que de conformidad con el artículo 66 de la Ley 4 de 1913 corresponde al Presidente de la República nombrar funcionarios ad hoc en los casos en los cuales sea aceptado el impedimento o la recusación de un servidor en ejercicio de funciones administrativas que no tiene superior ni cabeza del sector, como medida excepcional, en atención a lo señalado por la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado el 6 de marzo ºe 2014, radicado 11001-03-06-000-2014-00049-00 (2203).

    Que en mérito de lo expuesto,

    DECRETA:

    Articulo 1. Aceptación de Renuncia. Aceptar la renuncia presentada por el doctor Byron

    Adolfo Valdivieso Valdivieso, identificado con cédula de ciudadanía número 80.040.996

    expedida en· Bogotá, a su designación como alcalde ad hoc del municipio de San

    Seb~stián de Mariquita, Tolima.

    Artículo 2. Designación. Designar como Alcalde ad hoc del municipio de San Sebastián

    de Mariquita, departamento del Tolima, al doctor Juan Felipe Bonilla Troncoso,

    identificado con la cédula de ciudadanía 80.850.561, quien se desempeña en el cargo de

    Director Administrativo de la Dirección de Hábitat - Secretaria de Infraestructura y Hábitat,

    código 009, grado 01, dentro de la planta Global de la Gobernación del Tolima, para

    conocer el asunto concreto que originó el Decreto n°. 072 de 4 de julio de 2017, mediante

    el cual se ordenó liquidar las empresas prestadoras de servicios públiCOS de acueducto,

    alcantarillado y aseo del municipio URBES S.AS. y Espuma S.A E.S.P. y ordenó

    retomar de manera inmediata por parte del municipio de San Sebastián de Mariquita las redes y servicios de dichas empresas y, para que expida, si es del caso, el referido acto administrativo.

    Articulo 3. Posesión. El Alcalde ad hoc designado en este acto deberá tomar posesión del cargo ante la instancia que corresponda, en los términos del artículo 94 de la Ley 136 de 1994.

    Articulo 4. Comunicación. Comunicar a través del Ministerio del Interior, el contenido del

    11'

    11

  • 2241DECRETO NÚMERO _____--_-DE 2018 PÁGINA 3

    Continuación del decreto "Por el cual se acepta una renuncia y se designa alcalde ad hoc para el municipio de San Sebastián de Mariquita, departamento del Tolima"

    presente decreto al Alcalde ad hocj al doctor Byron Adolfo Valdivieso Valdivieso, al Alcalde titular del municipio de San Sebastián de Mariquita, Tolima y ala Procuraduría Regional del Tolima.

    Articulo 5. Vigencia..EI presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

    PUBI-ÍQUESE, COMUNiQUESE y CÚMPLASE Dado en Bogotá, D.C., a los

    201

    La Ministra del Interior, .,

  • 26/7/2019 Correo de MINISTERIO DEL INTERIOR - Fy ide Mariquita. 'Ministerio del Interior República de Colombia Radicado Externo: EXTMI19 -30819 Fecha y hora de radicado: 26- juI-2019 09:27:05 Cantidad de anexos: 2 Contraseña para consulta vía wab: 2CA76FA5 htto://siaob.mininterioraoy.co/Consulta externa/

    Fwd: Solicitud Información - Designación como Alcalde Ad-Hoc de San Sebastian de Mariquita. 1 mensaje

    Castellanos Durango, Victor Fabian Para: mesa de entrada

    Buen día, favor radicar,

    Cordialmente,

    26 de julio de 2019, 7:16

    Victor Fabian Castellanos Durango Oficina Asesora Jurídica Ministerio del Interior E-mail: victor.castelianostalmininterior.gov.co

    PBX: +571 - 2427400 Ext. 3023

    Cm. 8 n°. 126 -31, Edificio Banco!

    Bogotá D.C., República de Colombia

    w".mininteriongov.co

    Forwarded message De: Arq. felipe bonilla Date: jue., 25 jul. 2019 a las 16:16 Subject: Solicitud Información - Designación como Alcalde Ad-Hoc de San Sebastian de Mariquita. To: Castellanos Durango, Victor Fabian

    Respetado Doctor VICTOR FABIAN CASTELLANOS DURANGO Oficina Asesora Juridica Ministerio del Interior

    Reciba un cordial saludo. De conformidad a la petición remitida por correo electrónico el día 10 de Julio de 2019, y en la cual, solicita información respecto al estado en que se encuentra el trámite designado mediante DECRETO 2241 DEL 03 DE DICIEMBRE DE 2018, por el cual se orden() liquidar las empresas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo URBES S.A.S y ESPUMAS S.A. E.S.P, me permito remitir oficio de respuesta y de igual manera, me permito adjuntar los anexos relacionados dentro de la misma.

    Quedo atento a cualquier inquietud que pueda presentarse al respecto.

    Cordialmente

    JUAN FELIPE BONILLA TRONCOS°. ARQUITECTO ESPECIALISTA EN GERENCIA DE DISEÑO / U JORGE TADEO LOZANO

    Ingov.co>

    https://mail.google.com/mail/u/02ik=1a0decae5a&view=pt&search=all&permthid=thread-f%3A1640123238532517276&simpl=msg-f%3A16401232385.. 1/2

  • 26/712019 Correo de MINISTERIO DEL INTERIOR - Fwd: Solicitud Información - Designación como Alcalde Ad-Hoc de San Sebastian de Mariquita.

    ESPECIALISTA EN DERECHO URBANO/ U. ROSARIO CEL: 3212403206 [email protected] [email protected]

    2 archivos adjuntos

    Respuesta Juan Felipe Bonilla Min. Interiondocx 24K

    DERECHO DE PETICION SUPER INDUSTRIA Y COMERCIO ALCALDIA DE MARIQUITA EMPRESA ESPUMAS.PDF 2717K

    https://mail.google.com/rnail/u/0?ik=1a0decae5a&view=pt&search=all&permthid=thread-f%3A1640123238532517276&simpl=msg-f%3A16401232385 ... 2/2

  • Ibagué, Tolima, Jueves 25 de julio de 2019

    Doctor

    VÍCTOR FABIÁN CASTELLANOS DURANGO

    Oficina Asesora Jurídica

    Ministerio del Interior

    E. S. D.

    Ref. Contestación de requerimiento radicado mediante

    correo electrónico.

    Yo, JUAN FELIPE BONILLA TRONCOSO, identificado con la cédula de ciudadanía

    No. 80.850.561, actuando en calidad de Alcalde Ad-Hoc del municipio de San

    Sebastián de Mariquita, en virtud del Decreto No. 2241 del 03 de Diciembre de 2018,

    con el debido respeto y en aras de brindar respuesta al requerimiento de la

    referencia, me permito expresar lo siguiente:

    Para comenzar, me permito hacer claridad que la solicitud de la referencia, consiste

    en que le sea suministrada información correspondiente al estado en que se

    encuentra el trámite designado mediante el Decreto 2241 del 03 de diciembre de

    2018.

    Luego entonces, para satisfacer la solicitud me permito indicar que, en efecto, el

    suscrito ha desempeñado un actuar diligente conforme las siguientes gestiones:

    En primer lugar, como se prueba con copias de la Guías No. 993812337 y No.

    993812336 de la empresa Servientrega, el pasado 11 de marzo de 2019 elevé ante

    URBES S.A.S. y ante ESPUMA S.A. E.S.P., respectivamente, peticiones de

    información para que me fuera suministrada copia de los Estatutos Vigentes de las

    Empresas, así mismo, copia del balance general, de las notas y anexos a los estados

    financieros, informes de la situación laboral de la Empresa, de la situación litigiosa,

    de la situación contractual, entre otros, las cuales fueron resueltas el día 28 de Marzo

    de 2019.

    En segunda medida, como se observa en Guía No. 993642009 de Servientrega, el

    28 de marzo de 2019 remití al señor Alcalde Alejandro Galindo Rincón solicitudes de

    información consistentes en que me fuera brindado un informe detallado en el cual

    se indicara lo relacionado a las acciones y procesos judiciales que se han venido

  • adelantando y aquellos que se encuentran en ejecución contra las Empresas

    Prestadoras de Servicios Públicos de Acueducto, Alcantarillado y Aseo del municipio

    URBES S.A.S. y ESPUMA S.A. E.S.P., así como puse igualmente en conocimiento mi

    imposibilidad de actuar como representante del Municipio al interior de cualquier

    proceso judicial toda vez que dentro del pluricitado Decreto no me es asignada dicha

    competencia. Dicha respuesta fue allegada el dia 05 de Abril de 2019.

    Por último, tal como se acredita con Guía de envío No. 998855453 de Servientrega,

    el pasado 12 de junio del año en curso, elevé consulta ante la Superintendencia de

    Industria y Comercio para efectos que fueran absueltos algunos interrogantes de

    índole tanto económico como jurídico que producto de la complejidad del asunto en

    concreto, se me han generado. Sin embargo, la mencionada Superintendencia allegó

    respuesta, de la cual adjunto copia, consistente en que por competencia, dicha

    consulta fue remitida a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, la

    cual, a la fecha no se ha remitido.

    Con lo hasta aquí expuesto, lo cual se encuentra debidamente soportado con copias

    de las respectivas guías de envío, así como con la respuesta emitida por la

    Superintendencia de Industria y Comercio, queda claro que la consulta elevada por

    el suscrito, se encuentra pendiente por resolver, en consecuencia, hasta tanto no se

    arribe a un pronunciamiento de fondo, se presenta la imposibilidad de adoptar

    decisiones definitivas.

    ANEXOS

    Copias de las peticiones elevadas ante URBES S.A.S. y ESPUMA S.A. E.S.P.,

    así como de las Guías No. 993812337 y No. 993812336 de la empresa

    Servientrega mediante las cuales fueron enviadas.

    Copia de las respuestas proferidas por URBES S.A.S. y ESPUMA S.A. E.S.P.

    Copia de las peticiones enviadas a Alejandro Galindo Rincón, así como de la

    Guía No. 993642009 de Servientrega con la cual fueron enviadas las primeras.

    Copia de la petición elevada ante la Superintendencia de Industria y

    Comercio, así como de la Guía de envío No. 998855453 de Servientrega.

  • Copia de la respuesta brindada por la Superintendencia de Industria y

    Comercio, mediante la cual dispuso remitir por competencia la solicitud del

    caso.

    Se suscribe con la mayor deferencia,

    FIRMADO EN ORIGINAL

    ______________________________________

    JUAN FELIPE BONILLA TRONCOSO

    C.C. No. 80.850.561

    Alcalde Ad-Hoc de San Sebastián de Mariquita

  • Ibagué, 11 de junio de 2019

    Señores SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Carrera 13 No. 27 - 00, Pisos. 1 y 3 [email protected] Bogotá D.C.

    ASUNTO: Derecho de petición.

    Respetados Señores,

    JUAN FELIPE BONILLA TRONCOSO, identificado con la cédula de ciudadanía No.80.850.561, actuando en mi calidad de Alcalde Ad- Hoc del municipio de San Sebastián Mariquita, en virtud del Decreto No. 2241 del 03 de Diciembre de 2018, de la manera más atenta me permito elevar derecho de petición, en aras de que la máxima autoridad nacional en temas de competencia económica, se sirva resolverme algunos interrogantes, que han surgido como consecuencia de las facultades que me han sido otorgadas para conocer el asunto concreto que originó el Decreto No. 072 de 04 de julio de 2017, mediante el cual se ordenó liquidar las empresas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo del municipio URBES S.A.S. y ESPUMA S.A. E.S.P., y ordenó retomar de manera inmediata por parte del Municipio de San Sebastián de Mariquita las redes y servicios de dichas empresas y, para que expida, si es del caso, el referido acto administrativo1.

    PRIMERO:

    ¿Es jurídicamente válido expedir un acto administrativo por parte de un Alcalde para liquidar una empresa prestadora de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo, que tiene participación privada, y del ente territorial que representa; en un porcentaje inferior al cincuenta por ciento (50%)?

    SEGUNDO:

    Decreto No. 2241 del 03 de Diciembre de 2018.

  • ordia

    1011 LI E BO ILL TR NCOSO AN

    cald

    Ibagué, 18 de Marzo de 2019 5 3

    Señores ALEJANDRO GALINDO RINCON Acalde Municipal. ANDRES AUGUSTO MORENO LOZANO Secretario General y de Gobierno ALCALDIA DE MARIQUITA Calle 4 Carrera 3 Esquina Palacio Municipal. Barrio Centro Mariquita - Tolima

    ASUNTO: SOLICITUD INFORMACION PROCESOS EMPRESAS ESPUMA S.A. E.S.P. y URBES S.A.S.

    Respetados Señores,

    En mi condición de Alcalde Ad Hoc del Municipio de San Sebastián de Mariquita, conforme a lo establecido en el Decreto 2241 de 2018, expedido por el Ministerio del Interior de la manera más atenta y comedida, me permito solicitar a su respetado despacho, un informe detallado en el cual, se establezca lo referente a las acciones y procesos judiciales que se hayan adelantado y aquellos que se encuentran en ejecución en contra de las empresas ESPUMAS S.A. E.S.P y URBES S.A. E.S.P., con el fin de establecer el estado de las mismas.

    De la misma manera y para los fines pertinentes, me permito solicitar los soportes de dichos procesos en medio magnético.

    Agradezco de antemano su colaboración

    La notificaciones serán recibidas en la Carrera 2 No.6-20. Torreón de la Pola. Apto 505

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  • F L PE ide .d- hoc

    ONILLA 'fRONCOSO e San Sebastián Mariquita

    ¿ Es jurídicamente válido expedir un acto administrativo por parte de un Alcalde para liquidar una empresa privada prestadora de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo?

    TERCERO:

    ¿Es jurídicamente válido que un alcalde, expida un acto administrativo mediante el cual no le sea permitido a una E.S.P., seguir prestando servicios públicos

    domiciliarios?

    CUARTO:

    ¿Es jurídicamente válido expedir un acto administrativo por parte de un Alcalde para retomar de manera inmeciiata el sistema de redes de infraestructura de acueducto, alcantarillado y aseo, los cuales son utilizados desde hace más de dieciocho (18) años por una E.S.P.?

    QUINTO:

    En caso de ser afirmativa la anterior respuesta, indicarnos:

    ¿Es jurídicamente válido que el ente territorial asuma de manera temporal la prestación de los servicios públicos domiciliarios?

    Agradezco de antemano su valiosa orientación.

    Para notificaciones, a la Carrera 2 No.6-20 Torreón de la Pola, Apartamento 505.

  • Ibagué, 11 de Marzo de 2019

    Señor Representante Legal ESPUMA S.A. E.S.P. Cra. 6 # 9- 55 B./ El Carmen Mariquita E.S.D.

    ASUNTO: Solicitud de información.

    Respetado señor,

    En mi condición de Alcalde Ad Hoc del Municipio de San Sebastián de Mariquita, conforme el Decreto 2241 de 2018, el cual se adjunta al presente oficio, de la manera más atenta y comedida, me permito solicitar a su respetado despacho, la siguiente información en medio magnético:

    1. Estatutos vigentes de la empresa ESPUMA S.A. E.S.P.

    2. Balance general, notas y anexos a los Estados financieros a 31 de diciembre de 2018 de la empresa ESPUMA S.A. E.S.P.

    3. Informe de la situación laboral de la empresa que indique: (i) Número de empleados y denominación de los cargos (ii) salarios asignados a cada uno de los cargos (iii) obligaciones laborales y prestacionales pendientes (iv) la existencia y condiciones de acuerdos o convenios colectivos laborales.

    4. Informe de la situación litigiosa de la empresa en el que se indique: (i) Número de procesos judiciales (ii) Despacho judicial (iii) Denominación del demandante y demandado (iv) Radicación (v) Tipo de Acción (vi) Motivo de la Acción (vii) cuantía de la demanda (viii) Estado del proceso (ix) Valoración cualitativa de cada proceso (Fortaleza de defensa, fortaleza probatoria de la defensa, fortaleza probatoria del demandante, riesgos procesales, nivel jurisprudencial, riesgo de condena y probabilidad de condena).

    5. Informe de la situación contractual de la empresa en el que se indique: (i) contratos vigentes. (ii) contratos ejecutados y pendientes por liquidar. (iii) planes o proyectos de compras o inversiones a realizarse en la presente vigencia. Indicar frente a lo anterior (Objeto, precio, plazo, contratante, contratista y obligaciones específicas de cada contrato).

  • Para los fines pertinentes, recibo notificaciones en la Carrera 2 No.6-20. Torreón de la Pola. Apto 505

    l

    0:

    "a

    1.14: I N E IP: ONILLA TRONCOSO

    Cor

    Id: Al Ho.

  • Ibagué, 11 de Marzo de 2019

    Señor Representante Legal URBES S.A.S. Calle 8 # 5-65 B./ El Carmen Mariquita E.S.D.

    ASUNTO: Solicitud de información.

    Respetado señor,

    En mi condición de Alcalde Ad Hoc del Municipio de San Sebastián de Mariquita, conforme el Decreto 2241 de 2018, el cual se adjunta al presente oficio, de la manera más atenta y comedida, me permito solicitar a su respetado despacho, la

    siguiente información en medio magnético:

    1. Estatutos vigentes de la empresa URBES S.A.S.

    2. Balance general, notas y anexos a los Estados financieros a 31 de diciembre de 2018 de la empresa URBES S.A.S.

    3. Informe de la situación laboral de la empresa que indique: (i) Número de empleados y denominación de los cargos (ii) salarios asignados a cada uno de los cargos (iii) obligaciones laborales y prestacionales pendientes (iv) la existencia y condiciones de acuerdos o convenios colectivos laborales.

    4. Informe de la situación litigiosa de la empresa en el que se indique: (i) Número de procesos judiciales (II) Despacho judicial (iii) Denominación del demandante y demandado (iv) Radicación (v) Tipo de Acción (vi) Motivo de la Acción (vii) cuantía de la demanda (viii) Estado del proceso (ix) Valoración cualitativa de cada proceso (Fortaleza de defensa, fortaleza probatoria de la defensa, fortaleza probatoria del demandante, riesgos procesales, nivel jurisprudencial, riesgo de condena y probabilidad de

    condena).

    5. Informe de la situación contractual de la empresa en el que se indique: (i) contratos vigentes. (ii) contratos ejecutados y pendientes por liquidar. (iii) planes o proyectos de compras o inversiones a realizarse en la presente vigencia. Indicar frente a lo anterior (Objeto, precio, plazo, contratante, contratista y obligaciones específicas de cada contrato).

  • Para los fines pertinentes, recibo notificaciones en la Carrera 2 No.6-20. Torreón

    de la Pola, Apto 505

  • Industria y Comercio SUPERINTENDENCIA

    Bogotá D.C.

    10

    SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

    RAD: 19-131900-4-0

    FECHA: 2019-06-2610:54:39 DEP: 10 OFICINA ASESORA JURÍDICA

    EVE: SIN EVENTO

    TRA: 113 DP-CONSULTAS

    FOLIOS: 2 ACT: 471 TRASLAENTCOMPE

    Doctor JUAN FELIPE BONILLA TRONCOSO Carrera 2 6-20 Apartamento 505 Torreón de la Pola IBAGUE-TOLIMA-COLOMBIA

    Asunto: Radicación: Trámite: Evento: Actuación: Folios:

    Apreciado Doctor:

    19-131900-4-0 113

    471 2

    De conformidad con lo previsto en el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, "por medio de la cual se regula el Derecho Fundamental de Petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", fundamento jurídico sobre el cual se funda la consulta objeto de la solicitud, procede la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO a emitir un pronunciamiento, en los términos que a continuación se pasan a exponer:

    1. OBJETO DE LA CONSULTA

    Atendiendo a la solicitud por usted radicada ante esta Entidad a través de comunicación de fecha 13 de junio de 2019, en la cual sobre la legalidad de los actos administrativos expedidos por autoridad municipal a través de los cuales se ordenó la liquidación de las empresas de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo municipales.

    Nos permitimos realizar las siguientes precisiones:

    2. COMPETENCIAS DE LA SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

    De acuerdo con las atribuciones conferidas por mandato legal a esta Superintendencia, en particular por el Decreto 4886 de 2011, corresponde a esta entidad, entre otras

    Señor ciudadano, para hacer seguimiento a su solidtud, la entidad le ofrece los siguientes canales: wwwsicºoum — Teléfono en Bogotá: 5920400 — Línea gratuita a nivel nacional:018000910165

    Dirección: Cra. 13 k 27-00 pisos 1,3,4,5,6, 7 Y 10, Bogotá D.C.-Colombia Teléfono: (571) 5870000 — [email protected]

    Nuestro aporte es fundamental, al usar menos papel contribuimos con el medio ambiente

    El progreso es de todos

    Mincomercio

  • Industria y Comercio SUPERINTENDENCIA

    Bogotá D.C.

    10

    SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

    RAD: 19-131900- -3-0

    FECHA: 2019-06-26 10:50:27 DEP: 10 OFICINA ASESORA JURÍDICA

    EVE: SIN EVENTO

    TRA: 113 DP-CONSULTAS

    FOLIOS: 3 ACT: 471 TRASLAENTCOMPE

    Señores SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PúBLICOS DOMICILIARIOS Carrera 18 No. 84 - 35 BOGOTA D.C.--COLOMBIA

    Asunto: Radicación: 19-131900- -3-0 Trámite: 113 Evento: Actuación: 471 Folios: 3

    Apreciados Señores:

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de La Ley 1755 de 2015, que modificó el Título II del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y para los fines pertinentes, remitimos a su Despacho copia de la comunicación que nos fue enviada por el señor Juan Felipe Bonilla Troncoso, Alcalde ad —hoc de San Sebastián Mariquita, en relación con un asunto de competencia de esa Entidad.

    En la fecha hemos informado del presente traslado al peticionario.

    Atentamente,

    (GRI"i Jazmín Rocío Soacha Fu:~

    JAZMÍN ROCÍO SOACHA PEDRAZA JEFE OFICINA ASESORA JURÍDICA

    Elaboró:Clara Vega Revisó: Rocío Soacha Aprobó: Rocío Soacha

    Señor ciudadano, para hacer seguirniento a su solidtud, la entidad le ofrece los siguientes canales: wwwsic.govco -- Teléfono en Bogotá: 5920400 — Linea gratuita a nivel na donal: 018000910165

    Dirección: Cra. 13127- 00 pisos 1, 3, 4, 5, 6, 7Y 10, Bogotá D.C-Colombia Teléfono: (571) 5870000 e-mail: canta [email protected]

    yeb Nuestro aporte es fundamental,

    El progreso es de todos

    Mincomercío

  • C rdia e,

    LLA TRONCOSO. U N EL PE BO

    A'. H ' ald c

    Ibagué, 26 de marzo de 2019

    Señor

    ALEJANDRO GALINDO RINCÓN

    Alcalde Municipal

    Mariquita-Tolima

    E.S.D.

    ASUNTO: Imposibilidad de actuar en proceso judicial, por no

    tener competencia.

    REFERENCIA: Medio de control de Nulidad y

    Restablecimiento del Derecho No. 73-001-23-33-003-2018-

    00371-00.

    Respetado Alcalde,

    Como es de su conocimiento, mediante Decreto No. 2241 del 03 de Diciembre de 2018, fui

    designado como Alcalde ad hoc para conocer el asunto concreto que originó el Decreto No. 072 de 04 de julio de 2017, mediante el cual, se ordenó liquidar las empresas prestadoras de servicios públicos de acueducto, alcantarillado y aseo del municipio URBES S.A.S. y ESPUMA S.A. E.S.P., y se ordenó retomar de manera inmediata por parte del Municipio de San Sebastián de Mariquita, las redes y servicios de dichas empresas y, para que expida, si es del caso, el referido acto administrativo.

    Como logra colegirse del texto trascrito, mi ámbito de competencia frente a la intervención

    como alcalde ad hoc, se encuentra plenamente identificado en cuanto a su objeto, el cual escapa a la representación del municipio dentro de cualquier tipo de proceso judicial,

    máxime cuando se discute la legalidad de actos administrativos proferidos en el año 2018.

    En este orden de ideas, me permito informar que, por parte del suscrito, no se adelantará

    actuación dentro del proceso judicial de la referencia, al no tener la posibilidad jurídica de

    emprenderla.

  • https://mai I .g oog le.com/mail/u/0/#sent/KtbxLg CKpTSRN N dhrWml_zPdhpN FDRIVV 1/1

    11/6/2019 PETIC ION - romme1481#9@g mai I .com - Gmai I

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    PETICION

    romel barrero rom rn ei4889@gm a il.com›

    Dare col7iactenc

    romel

    DERECHO DE PETI.

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    RIO

    MQU 107

    DOCUMENTO UNITAR PZ: 1

    MARIQUITA TOLIMA I CONTADO NORMAL I , TERRESTRE

    ALCALDIA MUNICIPAL DE MARIQUITA -- TOLIMA

    ALEJANDRO GALINDO RINCON

    Telicel: 15455588 D.UNIT: 000215555 País: COLOMBIA Cod. Postal: 000000000 e-mail:

    Dice Contener: DOCUMENTOS Dbs para entrega: Vr. Declarado: $ 20,000 Vr. Flete: $ 0 Vol (Pz): / / Peso Pz 11ocase corita su5uipcien da esto aocumene. asi mismo 00501. mnxer nuestro avisa rae P,ivacldedyMeplarM Puuba de

    110b.enni Protele%"n deDatos Petecales las castrase eecuertanen elsmo web. Para U presentarle de entintes,quojas y,m,soeremiL9e al pa,Mlwebwec.senienlrrse.c0ln oa lel,neableloma n17705200. Quien Recibe::

    Servientrega 5A. Nit 860.512.330-3 Principal Flagela D.C. Colombia Av Calle 6 No 34 A-11 Atención al usuario: wam.servientrege.com. PBX 7 700 200 FAX 7 700 380 ext 110045. Grandes Contribuyentes Resolución DIAN 000041 del 30 enero de 2014. Autoretenedores Resol. DIAN:09698 de Nov 24/2003. Responsables y Retenedores de IVA Factura por computador Resolución DIAN: 18762013907812, 08/04/2019, Prefijo 009 desde el 96282819 0199999999

    go CDS/SER: 1 - 35 - 91

    CRA 2 NO. 6 - 20 TORREON DE LA POLA APTO 505

    FIRMA DEL REMITENTE IBAGUE

    (NOMBRE LEGIBLE Y D.I.)

    JUAN FELIPE BONILLA TRONCOSO

    Tel/cel: 3144048559 Cod. Postal: 730006 Ciudad: IBAGUE Dato: TOLIMA

    Odio: COLOMBIA DI/NIT: 3144048559 CAUSAL DEVOLUCION DEL ENVIO 1 INTENTO DE ENTREGA

    No. NOTIFICACION

    1 2 3 / / / Desconocido Rehusado 2 ' / No reside

    No Reclamado Dirección Errada FECHA DEVOLUCIÓN A REMITENTE

    Otro (Indicar cual) Factura No. 998855453

    RECIBI A CONFORMIDAD (NOMBRE LEGIBLE. SELLO Y 0.1.1

    III

    III 11111

    FECHA Y HORA DE ENTREGA I / 01. / / AI,

    Observaciones en la entrega:

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    DOCUMENTO UNITAR PZ: 1

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    CUNDINAMARCA :,'-' P.:CONTADO

    NORMAL 11.1.1.:TERRESTRE CRA 13 NO. 27 - 00 PISO 1 Y 3

    SEÑORES SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO

    Tel/cel: 54545 D.I./NIT: 132700 País: COLOMBIA Cod. Postal: 110311 e-mail:

    Dice Contener: DOCUMENTOS Obs para entrega: Vr. Declarado: $ 20,000 Vr. Flete: $ 0 Vol (Pz): / / Peso Pz (Kg): Vr. Sobreflete: $ 400 Peso (Vol): Peso (Kg): 1.00 Vr. Mensajería expresa: $ 9,400 No, Remisión: Vr, Total:$ 9,800 No. Bolsa seguridad:

    Vr. a Cobrar: $ O No. Sobreporte: Guía Retorno Sobreporte:

    Cod

    ¡'Tirn

    Fecha: 11/06 / 2019 15:02

    Fecha Prog. E regar 12 I 06 / 2019

    Factura 1 1

    El timado deja expresa constancia que Loe Conocimiento del contrato 44.0 ea entuma oubroado en la página wat, de Servientrega SAAvenv.servienlrega.corn y en las carteleras ubicadas en los Centros de Soluciones; que regula el sxvidaacoate elapaárs cnyaz hii %tu ur san '0nduesIecic ne11As isnm declara ocertuetItso de Privacidad 1Pa1c d e s.,n ..l,sanoneen

    e Pace N e. ,.,,,r„c.o, r i.1. ...z.en..z ..,rei ;7,20,

    Quien Recibe::

    OLGA MARRA MELO ARADA

    -1 Tel/col: 3165423214 Cod, Postal: 730006 2

    - I Ciudad: IBAGUE Opto: TOLIMA vals: COLOMBIA D.I./NIT: 3165423214

    CAUSAL DEVOLUCION DEL ENVIO 4 INTENTO DE ENTREGA 1 No. NOTIFICACIO

    1 2 3 Desconocido Rehusado

    — No reside - _ No Reclamado - — Dirección Errada — — — Otro (Indicar cual)

    Observaciones en la entrega:

    Fecha:

    11/03/ 2019 9:20

    Fecha Prog, Entrega: 12 / 03 / 2019

    Factura

    Dice Contener: DOCUMENTOS Obs para entrega: Vr. Declarado: $ 20,000 Vr. Flete: $ O Vr. Sobreflete: $ 400 Vr. Mensajería expresa: $ 6,900 Vr. Total: $ 7,300

    Vr. a Cobrar: $ O

    Vol (Pz): 1 1 Peso Pz (Kg): Peso (Vol): Peso (Kg): 2.00 No. Remisión: No. Bolsa seguridad: No, Sobrepone: Guía Retorno Sobreporte:

    1 HO:v / ' / a - S / AÑO

    2 HO04. / „ / 1sES. / ANO

    3 HORA / DIA / MES / AÑO FECHA DEVOLUCIÓN A REMITENTE

    HORA / DIA 1 MES / AÑO

    Factura No. 993812336

    El u:u:Mode» expresa constancla que tuvo conoclrniento del contraten. se encuentra publicado en le página Res de ServIentrega SAmmuservIenttega.core yen las caneleras ubicadas en be Centros de Soluciones, que anulo el servicio acordado entre las partes. cuyo contenido clausular acepta expresamente con la suscdpclián de este documento. AN mismo declara conocer mies. Aviso de Privacidad y Aceptar la Politica de

    09 Protección de Datos Personales los cuales se encuentran en el sigo al». Para la presentación de sanciones. quejas y recursos remira:, al pcióN web woreservientregucom o a la linea teletenica: (11 7700200. Quien Recibe::

    OLGA HARINA MELO PRAGA

    119 118111112313191111 11

    DE

    ST

    INA

    TA

    RIO

    MQU 107

    DOCUMENTO UNITAR PZ: 1

    MARIQUITA TOLIMA CONTADO NORMAL :TERRESTRE

    CLL 8 NO. 5 - 65 BR EL CARMEN

    SR. REPRESENTANTE LEGAL URBES S.A.S.

    Tel/cel: 112200 D.I./NIT: 8565 Pais: COLOMBIA Cod. Postal: 732020 e-mail:

    Dice Contener: DOCUMENTOS Dbs para entrega: /r. Declarado: $ 20,000 /r. Flete: $ 0 Vol (Pz): / / Peso Pz (Kg): /r. Sobreflete: $ 400 Peso (Vol): Peso (Kg): 2,00 /r. Mensajería expresa: $ 6,900 No, Remisión: /r. Total: $ 7,300 No, Bolsa Seguridad:

    ir. a Cobrar: $ O No. Sobreporte: Guía Retorno Sobreporte:

    toar 11 037 2019 9:22

    Fecha Proa. Entrega: 12 / 03 / 2019

    Factura

    1

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