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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACiÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN JOS E MARrA PINO SUAREZ No, 2 COL. CENTRO DELEGAcrQN CUAUHTEMOC, 06060, O F R F e SCJ-950204.-QPS PROVEEDOR: ENER LUMY ENERG IA, CONSTRUCCION y CONSUL TOR I A, S.A. DE C.V. I 1406 I DIRECCiÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Fis lCA 16 DE SEPTIEMBRE No 38,6' PISO, COl. CENTRO. e P 06000, MEX ICO, D.F. TELS.: 411 31100 e_r 5305,5722.5321,5721 Y 5304 FAX: 41131751 DIRECCiÓN DE ALMACENES CAL Zo IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUTIA, e p, 091(X), MEXI CO. o F. rElS .: 5701 2036 Y 5763 7883 FECHA DEL DOCUME NTO 27/1 0/ 2015 FORMA DE PAGO INMEDIATA Clave art ... 10 LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suarez No. 2 Unidad 1.000 UP MANTO . PISO, MONTERREY OBSERVACIONES DF Descripcion MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE PISO PARA LA CASA DE LA CU LTURA JURíDICA EN MONTE RRE Y, NUEVO LEON DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE: PRE PRELIMINARES PRE .Ol OEMOLlCION DE PI SO DE LOS ETA EXI STENTE HASTA 5 CM. DE ESPESOR, POR MEDIOS MANUALES Y MENICOS. CONSIDERAR: RETIRO DEL MATERIAL PRODUCTO DE LA DEMOLI CiÓN. INCLUYE: DEMOLICiÓN , RECORTES, MANO DE OBRA, ACARREOS . PROTECCIONES Y LIMPIEZAS. P.U.O.C.T. PRE.01 .01 20 X 20 CM. SOTANO. (M2 121 .00). PRE.O l 02 33 X 33 CM. VESTIBULO ADJ UNTO. (M2 24.00). PRE.02 OEMOLlCION DE ZOCLO DE LOSETA EXISTENTE POR ME DIOS MANUALES Y MECÁNICOS. CONSIDERAR: RETIRO DEL MATERIAL PRODUCTO DE LA DEMOLI CiÓN. INCLUYE: OEMOLlCI ON, RECORTES, MANO DE OBRA , ACARREOS, PROTECCIONES Y LIMPIEZAS . P.U.O.C.T. (ML 132.00). PRE.03 RETIRO DE CUBREJUNTAS DE ALUMINIO EXISTENTE ENTRE PI SO FALSO DE ESTANTERíA Y LOSETA CON RECUPERACION. CONSIDERAR SU REINSTALACION. INCLUY E: MANO DE OBRA , MATERIALES, ACARREOS, PROTECC IONES Y LI MPIEZAS. P.U.O.C.T. (ML 16.00). ACA ACABA DOS ACA.Ol SUMIN ISTRO Y COLOCACION DE PISO DE LOSETA CERÁMICA, MCA. INTERCE RAMIC, LINEA CREEK STONE COLOR GOLO, ASENTADA CON ADHESIVO Y P.Unitario < .'- 131,627.17 CONTRATO SIMPLIFICADO 4515003063 EN sus REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO SOOl 131 ,627 . 17 CO NTINU A Página 1 de 5 Fecha de impresión: 27/ 1012015 12' 37' 49

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACiÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN JOS E MARrA PINO SUAREZ No, 2 COL. CENTRO DELEGAcrQN CUAUHTEMOC, 06060, O F R F e SCJ-950204.-QPS

PROVEEDOR: ENERLUMY ENERG IA, CONSTRUCCION y CONSUL TORIA, S.A. DE C.V. I 1406 I

DIRECCiÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA Fis lCA 16 DE SEPTIEMBRE No 38,6' PISO, COl. CENTRO. e P 06000, MEX ICO, D.F. TELS.: 411 31100 e_r 5305,5722.5321,5721 Y 5304 FAX: 41131751

DIRECCiÓN DE ALMACENES CALZo IGNACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUTIA, e p , 091(X), MEXICO. o F. rElS.: 5701 2036 Y 5763 7883

FECHA DEL DOCUMENTO 27/1 0/2015

FORMA DE PAGO INMEDIATA

Clave art.· ... 10

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suarez No. 2

: Cá ntidad '~ Unidad

1.000 UP MANTO. PISO, MONTERREY OBSERVACIONES

DF

Descripcion

MANTENIMIENTO CORRECTIVO DE PISO PARA LA CASA DE LA CULTURA JURíDICA EN MONTERRE Y, NUEVO LEON

DICHO MANTENIMIENTO CONSIDERA LOS SIGUIENTE:

PRE PRELIMINARES PRE.Ol OEMOLlCION DE PISO DE LOSETA EXISTENTE HASTA 5 CM. DE ESPESOR, POR MEDIOS MANUALES Y MECÁNICOS. CONSIDERAR: RETIRO DEL MATERIAL PRODUCTO DE LA DEMOLICiÓN. INCLUYE: DEMOLICiÓN, RECORTES, MANO DE OBRA, ACARREOS. PROTECC IONES Y LIMPIEZAS. P.U.O.C.T. PRE.01 .01 20 X 20 CM. SOTANO. (M2 121 .00).

PRE.O l 02 33 X 33 CM. VESTIBULO ADJUNTO. (M2 24.00) .

PRE.02 OEMOLlCION DE ZOCLO DE LOSETA EXISTENTE POR MEDIOS MANUALES Y MECÁNICOS. CONSIDERAR: RETIRO DEL MATERIAL PRODUCTO DE LA DEMOLICiÓN. INCLUYE: OEMOLlCION, RECORTES, MANO DE OBRA, ACARREOS, PROTECCIONES Y LIMPIEZAS. P.U.O.C.T. (ML 132.00).

PRE.03 RETIRO DE CUBREJUNTAS DE ALUMINIO EXISTENTE ENTRE PISO FALSO DE ESTANTERíA Y LOSETA CON RECUPERACION. CONSIDERAR SU REINSTALACION. INCLUYE: MANO DE OBRA, MATERIALES, ACARREOS, PROTECCIONES Y LIMPIEZAS. P.U.O.C.T. (ML 16.00).

ACA ACABADOS ACA.Ol SUMINISTRO Y COLOCACION DE PISO DE LOSETA CERÁMICA, MCA. INTERCERAMIC, LINEA CREEK STONE COLOR GOLO, ASENTADA CON ADHESIVO Y

P.Unitario < .'-

131,627.17

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515003063

EN sus REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

SOOl

131 ,627 .17

CO NTINU A

Página 1 de 5

Fecha de impresión: 27/1012015 12'37'49

Page 2: PODER JUDICIAL DE LA FEDERACiÓN CONTRATO SIMPLIFICADO ... · JOS E MARrA PINO SUAREZ No, 2 COL. CENTRO DELEGAcrQN CUAUHTEMOC, 06060, O F R F e SCJ-950204.-QPS ... VI/leOa. del velnhcif'co

-CONTRATO SI~.\PL1FICAOO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURíDICA (HASTA 75,000 UDlS)

DECLARACIONES {' 1. la Suprema Cortlt da Justicia de la Nación, en lo suclui'/O "la Suprema Cort." por conducto da su rllpresentante para 105 .fectos d, estelnstrumenlomanifiesla que: , 1.1 Es el móhimo Organo depositano del ?oaer Judicial de la Feder¡tc,On, en lelTT1lllos de lo disptlllslo en los afliculo5 94 de la ConstitucIÓn PoIitlca 'le los Estados Unidos Me!CICan05 y I~. frac~ión" .. ~ la ley Organic .. del Poder Judiciallie la Federación. t.2la pres!nle C;Onl¡3Iadón lue autorizada por el (la) rotular de fa Casa de la CultUf<l Jur:cliciI eR donde habran de efectuarse los servic;ios medi¡lnle concurso pub~co sumario (hasta 75.000 udis) de conformidad con lo previsto en el ar1.c:uto 42 p.irrafo quinlO del A~uerdo G!ner31 d! Administración VI/200l1 del veinlicinco de septiembre de dos milocha, del Comilé de Gobiemo y Adminlslración de la Suprema Corte de Juslicia de la Nación por el que se regutan los procedimientos para ta adquisición, adminislraclóo y desincOfPoración de bienes y la cantmtación de obras, usos y ,er/iciOs requeridos por esle TribunaL I.l El Director General de Infraestructura Fislca está facullado para suscribll' el presente instf1Jmento, de conformidad con lo dispuesto en el ar1lculo 10 p.irr~fo quinto del Acuerdo General de Admin;~tr3ción VI/200a de. veinticlf1Co d! s~Dtif!mbr'! d'l dos mil oc~o, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nacón por el que se regulan los procedimientos pam la adquisición. adminislración y desincorporac:ón de bienes y la contratación de obr;,.s, usos y servicios requeridos por este Tnbunal , 1.4 Para lodo lo relacionado con el presente contrato sel'oala como su domiCilio el ubicado en la Calle de Jose Maria Pino Suarez numero 2, colonia Centro. delegación Cuauhtémoc. Código postal 06C60. en la ciudad de México. Distrilo Federal. 11 El prntador de s",r/icios" par conducta de su reprnef1 tante leg al maninesta balo protosta de daclr verdad que: 11 , I Cuenla con persoMI con la $uficienle e~perier.cia y cali~cacióf1 para ejecul ar los ser,icios requeridos por la Suprema Cor1e. asi como con 105 elemenlos tecnicos y capacid~d económica necesarios par~ tal fin . 11.2 ~¡o se encuenlra ef1 nif1guno de los supl,estos a que se refieren los all;clJlos 48, taccionesl, 11. ItI.IV. V. VI, VII. VIII Y X, as; como 58 rracción XVl, del Acuerdo General d", Adminislración VI/2008. tU Conoce y acepta s\Jjelarse a to ?revl~to en el Ac¡;erdo Gef1cral de Adminl,lrClci¿n \¡1I20C8, del ve;nticincQ de sepliembr~ de dos milocha, del Comi té de Gobierno y Adminis l racióf1 de la Suprema COr1e de Justicia de la Nación por el que se reglJlan los procedimief1los par3 la adquisiCIón. administracióf1 y desir.corpO(aciÓn de bienes y la contratación de obras, usos y serlicios requeridos PO( esle AJlo Tribunal. 11 ,4 Conoce y acepta sujetarse a ~o pf'!'lisIO en el Acuerjo VlnOC8. del 'Jeinticif1co de se"liembre de dos mil ocha. del Comite de Gobierno y Administración do la Suprema Corte de Justicia de 1"1 NaclCin por el que le regulan los prOcedil1llentos pam la adquiSICión. adrr,inislración y desir.cofjloraciÓn de bienes y la contratación de obras, 1,1505 '/serticiOs requeridos por este AJto Tllbuf1al. II .S Par a lodo lo relaCionado con el presente contrato. sec1ala como su dcmic,:io elllblcado ef1: la caratula del present;! instrumento, en el apartado denominCldo "Proveedor 111. La "Suprem~ COr1e" y "El prastador de servicios" declaran que: 111. 1 Reconocen muluaJr.ente la persOIlalidad jur:cica con la que corr,pMecen a la celebracléin del presente instrumenlo y manifiest¡¡n que todas las cOrTkJnicaciones que se realicen enlre el!as se diriqoraf1 a los domicilios indicados en los antecedentes lA y 11.5 de este instrumento. 111.2 El acuerao de '.oluntades plasmada en este instf1Jmenlo contractual se rige parlo dispuesto en la Cooslitución Política de los ESlados Unidos Mexicanos. en el Acuerdo General de Admínistració"! VI/ leOa. del velnhcif'co de 1eptiembre de dos m,1 ocho, del Cornile de Gobierno y Adminis:ración de la Supr~ma Corte de JusticIa de la N JCión y en lo no pre'<isto en este PO( el Céidígo CMI fedeml , el Código Feden¡l da Procedimientos CIV'¡ii!; y la Ley Drganoca det Poder Judicial de la Federación, at tenor de las si\;uienle,:

CLÁUSULAS

Primera. Condiciof1es !lenerates. "El prestador de ser,iclOs' se compramele a propOfcionar el ser/leia descrito en la cill"átula del presente instrumento y a respetar en todo moml!f",ta el precio. ¡¡lalO y C3lldlclOne, de pago :;el'oalados en la referida caratula. dloranle y hasta et cumpijmiento total del objelo de este acuerdo de voluntaces. El pal]o sel'oalado el1 l ~ presen.ii! clausula. cubre el total del serticiO eontratJdo. por:O cual 'la Suprema Cor1e' 110 tiene obligación de cubrir l1ingun imparte adicional. S~gunda . ?el1~ corwencion al. EI1 CJSO de incumó)li!T'lerIQ de tasllbligJciQres pactadas en el contralo, se aplicar:i una pena cOfl'lellcional equivaler.te al monto que resulle de aplicar et lO'%. al 'Jalar del ser/icio o ser,icios que no se hayan realizado a satisfacción d!lla Suprema Corte. En caso de incumpl imerto en los ola~'lS establecidos en el COf1trato simpliflCado, se "p~c¡¡r::¡ IJnil pena corwenc:onal por alrasos que \e sean imputables en la realizaciéin de los servicios, equivalente al monto que resulte de apiic¡¡r el la al millar diario a la canlidad que importen los Irabajos no ejeculados dentro del plazo indicado en el apanado inciso 'fecha de entrega' de la car::ilula del ConlralO Simplificado y no podra exceder del 10"/. del monto tOlal contralado. TercerJ, Requis itos para reali zar los pagos resp",ctivos. Para efeclos ñsc~les 'El prestador de serticios" debera prii!Sentaf la O las factIJr3S a nombre de la "Suprema Corte' según consta en la cedulil do idenliflcaclón ~scaL ex¡::edida por la Secretaria de Hacienda y Cr~(mo Publico COf1 el Reg.slro Federal de Contnbuyentes SCJ9502046PS indicando el domicilio sel'oalado en la declaración ,..­de es le instflJmento y dt:mas requisitos fiscales a que haya lugar Cuarta. Modilicaciones de esl", instrumerlto. Las condicio~es pactad¡¡s en el presente instrumento podran ser oejelo de modificación en terminos de lo previsto en los articlJlos 12. fncción XXI '; 143. ¡r acclon \" t82 del referido Acuerdo Gef1eral \¡1I200íl. alJinta, Inexistencia de relilción laboral. "El prestador de ser¡idos', como empresario y "atróf1 del pe~onal que ocupe para la prestación de los, serlieio, profesionales materi¡¡ de eSle co' t sera el Uf1ICO rl!:sponsable d_e las Qbllgaciones derivadas de las dIsposiCiones labor¡¡les y demas ordenamientos en malena dI!: trabajo y seglJndad social, por lo que respondera de toe \ reclamac,ones que sus Irabaladorii!S presenlasen en su contra o de "la Suprema Cone". en relacIón con los serlÍcios moti 'lo de este con l rato. 'La Suprema COr1e" estar:; facultada pill3 requerir a 'El prest¡¡dOf de s~r/iclos' los comprobanles de afiliación de sus traoajadores aIIMSS, as; como lOs comprobantes de pago de las cuotas al SAR. INFD NAIJIT e 1M SS. " En caso de que algur.o o algunos de los Ir;¡bajadores de "El preslador de selVlcÍ<l,', elecuten o prelendan ejecutar al\luna reclamación en cOf1 lta de 1a Suprema Corte", "El prestador de serticio," debera reembolsar la tDt:l~dad de los ga,tos que erogue 1a Supr ama Corte'. por conc.epto de traslado, viáticos. hospedaje,transportadón, alimenlos y demas inherentes, con el ~n de ilCredrtar ante la autondild competente ,~ue no exislii! relación laDoral alguna can los misrr,os '1 deslindar a 1a Suprema Corte" de cualqUIer tipo de responsabilidad en ese sentido. L'Is partes acuerdan qloe et importe de los refendos gastos que se lIegilf:lf1 a OCilsklnar podrim ser deducidas po-r ' la Suprema Corte" dll las facturas que se encuentren pendientes de pago , ,ndependientemente de las acciones legales que se pudieran e;ercer. Suta. Subconlntación_ P¡ua electas de este conlrato slfT'pfificado, se enliende por suocontralación, el acta mediante,1 cual 'El prestador de servicios" encomienda a otra ~ersOlla, rlSica o moral la realizaCIón parcial det at¡eto de ¿sta ccmlfalo sim~liflCado Cuando el prestadcr de serlicios o conlratis!a prelenda slJbcontratar, debera comunic¡¡rto previamente y por escrito a,a Suprema Corte", la Que también por astnlO resol'/era si 3Cepta o rechaza la iubconl ratOCIÓn. En ningún caso se aceptad la lubconlrataclÓn total de 105 SerVICios o lIabajos con un solo subcontratista En todo cuo do subcontr;¡tación, el responsabl ;! sera "El prestador de sef'Jlcios" y sed a este l qUienes les cubra el p~o . No elCl~lira $uorogaciéin por parle del subcontratista ni lendra relación con 1a Suprema Corto". S.!ptima. Conndencfalidad. La documentación que se propOfcione a "'El pr!:slador de ser/idos" con motivo de la celebración de este conlreto. es propiedad de 1a Suprema COf1e'. pDf lo que 'El pr~stador de se",;cios', por si o a tr3vés de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a traves de clJalquier medio de comunicación, clJalquíer resullado o dala obtenido de los seNicios e Irabajos prestados a la primera. Oc talla , Rescisión . Queda e:<presamente cor1'lenldo que 1a Suprema Corte" podr iÍ dar por rescindido el presente contralO sin necesidad de que medie declaración judicial. en caso de que 'E' prestador de serJlcios' dele de cumplir cualquiera de las obligaciones que ~sume en este contrato por causas que le seaf1 imput~bles. O bien, en caso de ser objeto de embargo. huelga estalladil concurso mercantil o liquidación. Antes de decl~rar la resciSión. 'la Suprema COf1e" notificarj por escrito las causas respetlivas a 'El prestador de ser.icios" en su domicilio seI'Lalado en la declaración \1.5 de este instf1Jmento, coi qUien en el acto se e~cuenlre, otorgandole Uf1 plazo de qUince días hab.les parJ que manifteste lO que a su derecho cOf1venga. anexe los documentos que estime convel1ientes y aporte, en su caso las pruebas qlJe estime peninentes. Vel1cldo ese pla;:o el órgano competenle de 'la Suprema Corte' determinara sobre la procedencia de la ra5c isión, lo que se comunicara a "El prestador d, ,~r'licios' en ~u domiCI lio scñ.3lado en la declaracióf1 11.5 'Je inslrumento Novena, Oelfomento ! ta transparef1cia y de la p rot~cclón de datos perSOf1ales. Las partes estan de aClJerdo en que el presente ;f1strumento constituye informaCIÓn pública en términos de 1, ~i5cuesto erl lo~ ar1:Cu!os 1',7" y.\ 2 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso 11 la Información Publica Gubernamental , por to que los gobemados podran realizar su consulta. De conformidad can lo establecido en el articulo 7t del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Informaciéin Publica Gubernamental y Protección de Datos Personales de 1; Suprema Corto de JustiCia de la Nacían. dcl nu~ve de julio de dos milocha. relali'lo a los órganos y procedimientos para lutelar en el ambi to de este Tnbunatlos derechos de acceso a la información 11 la privacldad y a la protección de dalos pe~onales garanlizados en el articulo 6" COI1Sllluclonal. "El prestador de servicios' se obliga a guardar secreto y a no divulgar por ningún medio, aUI electrónico. ni por conferencias ylo if1folmes 105 datos personales a que lenga acceso con motivo de la documentación qua maneje o canozca al desarrollar las ac tividades objeto del present contralo En caso de incumpl~niento ta "Suprema Corte" pOdra exigir et paga correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto do pena con~encionat. Decirn<'l . Leg islacléif1 aplicable. El acuerda de voluntadas previsto en aste instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la constitución política de tos Estados Unidos ,I..Iexicanos, el /\cuerd Caneral de AdminisllaCléin VlnOOS, del '/elnhcinco de Septiembre de óos m i ocho del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en ést ¡xIr el Co<l;go CiVIl F~eral. Codigo Federal de ProcedimlenlOS Ci~ltes , la ley Federal de Presupuesto y RespoosaD~idade5 administratÍllas de los servidores publicas y la Ley Federal d, Plocedimr.ento adfT1VllslraINO, en lo COl'lducente. Decima primen. Ruolución dit cOf1troversias, Para efecto de la Iflterpretaeión y cumplimiento de lo est ipulado en este instrumento, "'El prestador de s!lfVicios" se somete eJqlfesamente a la deCIsiones del Tnburlll Pleno de 1a So"rM1a Corte' renunCiando a cualquier fuero que en razon de su domicilio tenga o Uegare a tener, de conformidad con lo indicado en el articulo 11, flacción X) de la ley Orgln,ca ael Poder Judlclill de la FederaCIÓn renunCIando en foona e"llresa a cualquier otro luero que en razón de su domicilio O vecindad, tengan o IlegMen a tener.

las partes acuerdan que cualquier notifICación que leng3fl qo.Hl realizarse de una "'"')'<:"\"', domiCIlio qua ha señ¡tlar:lo en las dedilfaciones lA y tI .S Óe este instmmen'

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACiÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN JOSE MARIA PINO SUAREZ No. :2 COL CENTRO DELEGACION CUAUHTEMOC, 06060, O F R.F.e. SCJ.950204-6P5

DIRECCiÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FíSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38.6" PISO. COl. CENTRO, C.P 06000. MEXICO, D.F TElS.: 41131100 ext. 5305, 5722, 5321, 5721 Y 5304 FAX 41 131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CALZ. IG NACIO ZARAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUllA, e P. 09100, MExrco. o F TELS.: 570 1 2036 Y 5763 7883

PROVEEDOR: ENERLUM Y ENERGIA, CONSTRUCCiÓN Y CONSULTORIA , S.A. DE C.V. 1406/

Partida C lave art.8

FORMA DE PAGO INMEDIATA

LUGAR DE ENTREGA Calle de José Maria Pino Suárez No.

Cantidad ~. Unidad Oescripcion .

DF

JUNTA DE 4 MM. INCLUYE: MATERIALES, RECORTES, DESPERDICIOS, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, ACARREOS, PROTECCIONES Y LIMPIEZAS. P .U.O.C.T.

ACA01.0 1 33 X 33 CM. SÓTANO. (M2 126.00) .

ACA0 1.02 50 X 50 CM. VESTis ULO ADJUNTO. (M2 24.00) .

ACA02 SUMINISTRO Y COLOCACiÓN DE REMATE ZOCLO DE lOSETA CERÁMICA MCA. INTERCERAMIC, LÍNEA CREEK STONE COLOR Gal O, ASENTADA CON ADHESIVO Y JUNTA DE 4 MM. INCLUYE: MATERIALES, RECORTES, DESPERDICIOS, MANO DE OBRA, HERRAMI ENTA, EQUIPO, ACARREOS, PROTECCIONES Y LIMPIEZAS. P.U.O.C.T.

ACA02.01 9 X 33 CM. SÓTANO. (ML 132.00).

ACA.02.02 9 X 50 CM. VESTíBULO ADJUNTO. (ML 10.00).

ACA .03 SUMINISTRO Y COLOCACiÓN DE PISO DE LOSETA CERÁMICA, MCA INTERCERAMIC, LíNEA CREEK STONE COLOR GOLD, ASENTADA CON ADHESIVO Y JUNTA DE 4 MM. INCLUYE MATERIALES, RECORTES, DESPERDICIOS, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, ACARREOS , LIMPI EZA Y PROTECCIONES. P.U.O.CT.

ACA .03.01 ESCALÓN 1.10 M. DE A NCHO X 0.30 M. DE HUELLA X 0. 19 M. DE PERALTE. LOSETA 33 X 33 CM Y ZOCLO 9 X 33 CM. SÓTANO. (PZA 12.00).

ACA03.02 ESCALÓN DE 1.14 M. DE ANCHO X 0.30 M. DE HUELLA X 0.16 M. DE PERALTE. LOSETA 50X 50 CM Y ZOCLO LATERAL 9 X 50 CM. REMATE TIPO OCHAVO. ESCALERAS ADJUNTO. (pZA 17.00).

CDNTRATD SIMPLIFICADO

4515003063 EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR OE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

$001

P.Unitario ;:":. ';:.' I Importe Total .

CO NTINU A

Pagina 2 de 5

Fecha de Imprl!5lon· 27/1012015 1237·49

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURiOICA (HASTA 75,000 VDIS)

DECLARACIONES 1. La Suprem a Corte de Justicia de l. Nación, en lo 5ueesl·/D "la Suprema CarIo" por COIlÓ uelo de su rlp rnenlanle para los afectos de este Instrumento manifiula que: (j l . \ Es el máximo órgano depositario del Poder JudiCial de la FederaclCn. en IClTTunos de lo d¡5puesl~ en los articutos 94 de la Cons¡'Iución polaica de tos ESlados Unidos Me):jcanos y 1', Jfacción 1, dEl la ley Orgánica del Poder Judicial de la FedcraciOn. 1. 2 La presente conlralación fue aul orluda por el (la) Titular de la Casa de la Cultura Juridica en donde habrán de efetluarsll 105 servicios medianle concurso pub~co sumario (hasla 15,000 Ud;5) d~ conloll1'lldad con lo previsto en el ar! iculo 42 párrafo qu into dl!l Acuerdo Gerl'lral dI! AdminiSlraelól'l VI/200S del ~einticinco de sepli~mbre de dos rn~ ocho, del Comite de Gobierno y Administmción de la Suplema Corte de Juslieia de la Nación por el que se regulan los proudimientos para la adquisICión, administración y desincorporación de bienes y la contratac ión de obras, usos y sel'licios lequeridos por esle Tribunal. I,J El Director General de Infraeslruclura Física es ta facul1ado para suscnbir el presente instrumenlo, de conformid~d con lo dispul!!to 'tn !I ar1iculo 10 párrafo quinto del Acuerdo G~nenl do¡ AdminlstrJc lón VI/200S d~ 1 ~~inticinco de s~pliemb/1 de dos milocha del Camite de Gobiemo y Admirustración de la Suprema COr1& de justiCia de la Nadan por el que se regulan los proclldil'Tllentos pau la ~dquisiClón, administración y deSIr.co.poraClÓn dll bienes '1 la contratación de obras, usos y servicios requeridos por aste Tnbunal , 1.4 Para todo lo relacionado con el presente contrato se~ala como su domicilio el ubicado en la Calle de Jose Mar'a Pino Suérez número 2, colonia Centro, delegación Cuauhlémoc, código postal 06C60, en la ciudad de México, D¡slrlto Federal. 11. El prQstador de servicios" por conduclo de su representante tegJI manifiesta bajo protesta de deCir ~&rdad que: 11.1 Cuenla con personal con la suficiente e~periencla y calilicJción para e¡ecular tos serlicios requeridos por ICI Suprema Cor1e, as i como con los elementos lecnlcos y capacidad económica necesarios para1al nn, 11 ,2 No se encuentra en ninguno de 105 supuestos a que se rederen los ar1:Culos 4S, fracciones 1, 11 ,111,1'1, V, VI, VII, VlI1 Y X, asi como 58 fracc:ón XVI, del Acuerdo Genero l de Admir'lislración VI /2008, 11.] Conoce y acepta sujetar~e a lo pre'JIS\o en el Acuerdo General de Adll'inlslradón \J1/2008, del '¡elr'lticinco de ,eptiembre de dos m~ ocho, del COmité de Gobiemo y Admi'listradón de la Suprema COr1e de Juslicia de la Nación por el que se regulan los pfocedirr:ientos para la adquisición, admin¡slrlCién " de5lr.ccrpon ciÓn de bienes y la conl r atación de obras, usos y servicios requertelos por este Ala Tnbunal 11.4 Conoca 'f acepta sujelarse a lo pre~isto en el Acuerdo VI/2C08, del veinllcir'lco de sepliemb.e de dos mil ocho, del Comile de Goblemo y Admin¡str~ción de la Suprema COr1e de justiaa de la NaCión por el que se regulan los procedimIentos para ta adquiSlclén, adrrJn,:¡trJC:ón y desillCOrpCIJCIÓn de bienes y la con tratación de obras, usos y ser,icios requeridos por este Alto Tribunal. 11 ,5 PlIra lodo lo relacionado con el pr~sente conlrato, se"ala como su dorelc,lio el ub,cado en: la cadtula del presente inslrumenlo, en el apar1ado denominado "Proveedor" IIL, La " Suprema Corte" y "El p"stador de servicios" declaran que: 111.1 Reconocen rnuluamente ta pelSOIIalidad juridica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento 'f manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas sa dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes 1. .1 '111, 5 de este instrumer'llO, . 111.2 El acuerdo de voluntades plasmado en este illSll\lmento ccnl/<)Clual ~e rige por lo dispuesto en la Conslit!.ción PoLtica de 105 EstJdos Unidos Meldcanos, en el ¡I,cuerdo General de Administraciótl V1f2CQ8, del veinlicinco de 5eptiembre de dos mil ocho, del COffiltd de Gobl!!mo', Adminisiracicn de la Suprema Corle de ..tust:cia de la ~ac:On y en to no plevisto en este por el Código Civo! Federal, <il C5Ciqo F!!'di!r<lli de Procedimientos C¡',ites y la Ley Orgán:ca del Podi!r Judicial de la Federación, allenor de las ,iguiente!:

CLÁUSULAS

Primera, Condiciones generales, "El prestado.r de serviCio," se compromete a preporciOnar elserlicio descrito en la car atuta del presenle instrumento y a re s pet~r en todo momenlo el precio, plal.C y ccnd;CiOl\es de pago se"alados en la referida caralufa, durar'lte y hasla el cumplimiento telal del objeto de I!ste acuerdo de ~oluntades. El pago serlalado en la presente cláusula. cubre eltolal del serlÍclO contratado, por ~ cual "!a Suprema Cor1e ' no tiene obligación de cubrir ningún impOl1e adiciOflal. S~gunda. Pena con 'Jencional. En caso de incumctlll"iento d~ 'as eh ini!f"lon"j pactadas en el conlralo, se aplic~r3 ur'la pena con~encional equlvalenle al monto que resulte de aplicar el 1 Q% al valor del lIer/icío o ser/icios que no se ha'lém reali zado a satisfacción de la Suprema COI1e. E" caso de incumplirri'!nlo en tos cl a~~, establecidos en el contrato somplificado. se aplicarfl una pena con'/encior,al por atra,os que le sean impulables en la reatitac ión de los ser/!cio" equi'¡alente ~I rronto que resulte de aplicar el la al miliar diario a la cantidad que importen los Ir~bajos no ejecutados dentro del plazo indica!!o en el apar1ado inciso "fecha de entrega" de la carátula del Contrato S:mpl:ficado y no podd exceder del 10% del monto lotal centr3lado. Ter~e fl. Requis i to s para realizar 105 pagos respecUvos, Para electos hCJI~s "El preslador de ser/icios' deceroi preser,tJr la o las facturn a non:bre de la "Suprema Corte" según consta en la cédula de identlficacicn "¡cal, e:q¡edida;JO( la Secrel:uia de Hacienda y Cr'idlt(l Püblico con el Registra Fet!erat de CCr'll' lbuyentes SCJ9S02046PS indicando el dorricllio $e"alado en la declaraCión 1.4 de ~ste instrumento y dernas requi~tos fiscales a que haya lugar. Cuar1a, Modific aciones de este Instrumento, Las condiciones pacladas en el presenle inslf'Jmento podran ser ob:eto de modificación en tenninos de lo pre'lÍs lo en 10'1 anicutos 12, frac:;ión XXlt, HJ, frac~ión I y 162 del rerelido Acuerdo General Vl1200B, Quinta, Inexistencia de re lación laboral. ·EI prestador de serlÍcios', como empresario y patrón del peBOnal que ocupe para la prestación de los st!f'lÍcios profesionales materia de este cr será el único responsatle de las obligaciones deri~adas de las disposiciones latorales y demás ordenarr:ien\os en maleria de trab~jo y seguridad social. por lo que respondera de lo t reclamaclCfles que sus Irabajadores presentasen en su contra O de 'Ia Suprema Corte" , en relación con los ~er¡jcios moti'/o de este contralo. "La Suprema Cor1e" eslar:i !acu\lada paro:! requerir a 'El prestador de selVÍC:os' los comprobantes de afiliación de sus I/abajadores allMSS, asi como los comprobar,tes de pago de las cuotas al SAR. INFO~I'\VlT e IMSS En caso de que atguno o algunos de los trabajJdores de "El prestador de 5!!f'lÍcios", ejecuten o pretendan ejecular alguna reclamación en conlra de 13 Supr'!ma CQr1e', "El preslador de sef'licios' deoerl reemDolsar la Io{a~dad de los gastes que erogue 1a Suprema CarteO, por cOflCepto de traslado, vialicos, hospeda je, Iransportación, al imentos y demas inherentes , con el fin de acredil iu ant2 " a, '¡ondad compelenlit que no e}iste relaCión IJboral alguna con los mismos y deslindar a "la Suprema Corte" de cualquier tipo de responsab~idad en ese sel\tido, Las partes <)Cuerdan que el impo",e de los re(er,dOs gastos que se llegar an a ocasionar podlan ser deducidos por -\a Supr~ma Corte' de las facturas que se er'lcuentren pendientes de pago, Indeper'ldientemente de las acciones legales que se pudiellln ejercer. , Se.la, Subcontratación. Paro:! efeclos de este contrato simp~ficado. se entiende por subcDf1l1atación, el acto mediante e1 cual "El prestador de 3er,icios' encomienda a otra persona, tis ic a o moral ta realiuc;ón parCial del ob¡eto de ésle contrato simplificado, Cuando el prestador ¡je ser/icios o contralista pretenda subcontratar, debera comunicarlo pre'/iamente y por escnto a 1a SUllrema Cor1e", la q .. e tamblen por escnto resolveroi si acepla o rechan la subCOntr3taclOfl, En mngún caso se acept3f3la subconllat<ICicn total de los serlÍcios o tr30ajos con un solo ~ubcontratist", En todo caSi) de 5ubcontr¡¡taCIÓn, el responsable sera "El prestador de ser/icios· y será a ~ste a quiMes les cubr l el pago, No exislirá subrogación por parte del subconlratista ni tendrá relación con -IJ Supr9ma Corte ' . S¿plima, Confidencialidad, La documentación que se ¡ll'oportione a 'El prestador d9 serlicios' con moti'J{) de la celebración de este contrato, es propiedad de 'la Suprema Corte', por lo que "El p. esl Jdor de sel'lÍc ios", por si o a traves de sus trabajadores, se compromete a no divulgar a traves de cualquier medio de comunicación , cualquier resullado o dato obtenido de 105 serlÍcios a tfJbajos presla005 a la primera, OCtJ'Jil, Rescisió n, Queda e1ql resamenle convenido que "la Suprema Cor1e' poOra dar por rescindido el presente tontrato sin necesidad de que me<tie declaración judicial, E!fI ca50 de que '"E1 pre51000r de serolldos" dele de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en este conlrato por causas .:¡ue le sean imputables, o bien, en caso de ser obleto de embargo, huelga es\anada, concurso merc~ntil o liquidación, Anles de declar:u la rescisión, "la Suorema Corte' notific3la por escnto las causas respectivas a "El prestador de ,erlicio," en su domic~¡o seMIJdo en la declaraciÓflll, 5 de eSle instrumento, cor qUlE!n en el 3clo se er.cuenl re, otorgandole un pino de quince dias hábiles para que manlfiesle lo que a su derecho convenga, ane.e los documentos que estime con~enientes y aporte. en su C3S0, la5 prueb~ 5 que es:ime pe~¡nentes_ Ver'lcido ese plal.o el ó.gano competente de "la Suprema Cor:e' deterTTllfla. ft sobre la procedenCia de la resci SlÓfl, lo que se comunicara a "El prllstador é~ seroc,os' en su dOmICilio 5e~atado en la declaración 11.5 de iIlstrumenlo No~ena, Del fomento a la trJnspar encia y de la prot ección de datos person ales, Las partes eslan de acuerdo en que el presente Ilstrumento const~uye informacion ptiblica en térmlflos de le

dIspuesto en 105 articulos 1", 7" Y 42 de la Ley Federal de Transp~enc¡a y Acceso a la Información Pública Gubemamental, por lo que los gobernados podrln realizar su consu lt a, De confo.mldad con lo estallleclOo en el ar1 :culo 71 del AcuerdO General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Infonnación Pública Gubernamental y Protección de Dalas Personales de:~ Suorema Ccrte de Justicia de la Nacian, del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedirr.entos para tutelar en et ámbito de este Tnbunallos derechos de acceso a la infonnacióu a la plÍ'/acidad y a la protección de datos personales garanllzados en el articulo S" Consl ituc ional, "El prestal10r de SeNtaOS" se obliga a guardar secreto y a 1\0 divulgar por ningun medio, aur, elec trónico. ni por tOr'llerencias y/o infonnes los datos personales ~ que tenga acceso con molivo de la doeumenlaciÓll que manele o cono~ca al deserrollar las aclNltJades objeto del present< COnlrato El' caso de vlI;umplimlento la "Suprema Co~e" podra el\lgir el pago corres¡:ondier'lte al I O~~ del monto lotal de este instrumento, por concepto de pena convencional. DecimJ, Leg isl aci ón apllcablot, El acuerdo de voluntades previsto en es te instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la constitución ¡KJIiüca de los E stados Unidos Mellical\os, 111 Acuerd' General de AdminislraOÓll VI/2008, del veinticinco de Septiembre de dos m,1 ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Ca!',e de Justicia de la Nación 'f en lo r'l0 plevislo en ! sle por el Codi!lo CiVll Federal, Código Federal de ProceOimient05 CMles, la Ley Federaj de Presupuesto y Responsabilidades administrati~as de 105 servidores púbijcos y la Ley federal de Pl'ocedifT1lento adfTllnlstmli~o, Elfl \o conducen te Cécim~ pr imera , Resolució n de conlroversias, Par" efuc10 de la interpretación y cumplimiento de lo estipulado en este instrumento, "El preslador de servicios· se somele e:q¡resamente a l a~ tlCCISlone~ del T nbunal Pleno de 1a Suprema Cor1e' renuncmndo 11 cualquier fuero qt.e en ra~ón de su domlC,lio tenga o legJle a tener, de confor l'Tlldad con lo indicado en el art iculo 1" fracción XX de la Ley O.gantCa del Poder JUdiCIal de la FederaCIÓn renunCiando en forma i!~pre s¡) ~ cualquier otro tuero que en la~ón de su domicilio o ~ec¡ndad,lengan o Ilegarel\ a lener.

domicilio que ha señalado en las dt.'C laraciones lA y 11,5 de este instrument(

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Partida

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACiÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN ~OFS~ ~t~~;ta~N~l~~REZ No. 2 COL CENTRO OtlEGACION CUAUI ITEMOC, 06060, l} F

DIRECCiÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FiSJCA 16 DE SEP1IEMSRE No 38.6" PISO, COL CENnw. e p 06000. MEXICO, o F lElS .. 41 131 100 f.o! !>305. 5722, 532 1, 57:!1 Y 530<1 FAX. 41131751

DIRECCIÓN DE ALMACENES CAlZ ItiNACtO ZAI~GOlA No 1340 COl. JUAN ESCUTlA, e P 09 100, Mi:X'CO, o F TElS. 5701 :>U36 y 571>3 7aa3

ENERLUMY ENERGIA, CONSTRUCCIÓN Y CONSUL TORtA, S.A. DE C.V .

Clave arto

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FORMA OE PAGO INMEDIATA

Cantidad r Unidad Descripcion

ACA.03.Q3 DESCANSO 1.14 X 1.1 4 M. XO.16M. DE PERALTE. l OSETA 50X 50 CM Y ZOCLO LATERAL 9 X 50 CM. REMATE TIPO OCHAVO. ESCALERAS ADJUNTO. (PZA 2.001.

ACA.04 SUMINISTRO y COLOCACIÓN DE LECHADA DE CEMENTO BLANCO PARA REJUNTEO DE PISO DE PASTA EXISTENTE EN PLANTA BAJA Y PLANTA ALTA. INCLUYE: MATERIALES, DESPERDICIOS, MANO DE OBRA, EQUIPO Y HERRAMIENTA, ESCALERAS, ACARREOS, MOVIMIENTO DE MOBILIARIO O DE CUALQU IER OBJETO QUE ESTORBE, PROTECCIONES Y LIMPI EZA P.U.O.C.T. (M2 450.00).

ACA.05 SUMINISTRO y COLOCACiÓN DE REMATE TIPO OCHAVO EN ESCALÓN EXISTENTE EN EDIFICIO ANEXO, 1.15 M. DE ANCHO, CON RESI NA EPÓXICA MARCA DUPONT. INCLUYE: MATERIALES, RECORTES, DESPERDICIOS, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EOUIPO, ACARREOS, LIMPIEZA Y PROTECCIONES. P.U.O.C.T. (PZA 21.00).

ACA.06 SUMINI STRO y COLOCACiÓN DE TAPA 050 X 0.50 M. DE CONCRETO DESLAVADO, EN COLUMNAS EXISTENTES DE EDIFICIO ANEXO, ÁNGULOS DE 1 W' PARA MARCO Y CONTRAMARCO. INCLUYE; MATERIALES, RECORTES, DESPERDICIOS, MANO DE OBRA, HERRAMIENTA, EQUIPO, ACARREOS, LIMPIEZA Y PROTECCIONES. P.U.O.C.T. (PZA 10.00).

-PARA EL CONCEPTO ACA.01.01 SE DEBERÁ CONSIDERAR ESCARIFICAR EL PISO. PREVIO A LA INSTALACIÓN DEL NUEVO, ASIMISMO SE DEBERÁ DE DEJAR UN TESTIGO DEL PISO EXISTENTE ORIGINAL DE ACUERDO A LAS INDICACIONES DE LA CASA DE LA CULTURA JURiDICA.

-EN EL CONCEPTO ACA-03.02 SON 17.00 PZA. Y REMATE TIPO OCHAVO.

P.Unitario

CONTRATO SIMPLI FICADO

451 5003063

EN sus REMISIONES. FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

SOOl

Importe Total

CON TINU A

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Fecha de imprnion 27/10J:!OlS 12·37 49

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CONTRATO SIMPLIFICADO DE PRESTACiÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURiOICA (HASTA 15,000 UOIS)

DECLARACIONES n La Supr~ma Corte de Justicia dl1lo1 Nación, en lo sucesj'/o "la Suprema Corte" por conduelo dt su representante parillos efectos de este Instrumento manifiesta que:

1.1 Es el mil";mo 6r~ano depositario del Poder Judicial de la Federación, en h!rmll1o ~ de lo dispuesto en los arliculos 94 de la Conslitución Politica de los E!.l ildos Unidos MeXIcanos '1 '·,lracl"lOn l. oe la Ley Drgani<:a del Poder Judicial de la Federación. 1.2 la presente conlratac:ón fue autorizada por el (la) Titular de la Casa de la Cultura Juridica en dcndo ~abr¡jn de ~recluar5C! los sl!l"'lÍcios mediante concurso publico sumario (hasla 7S,OCO udis) de conformidad con lo previsto en el articulo 42 pMraro qllinlo del A<:uerdo General de Adm il1 l'1tnclón Vt/zoaa del ve inticinco de septiembre de do~ mil ocho. del Comité da Gobierno y AdmÍf1lstración de la Suprema Cone de JU5ticia de la Nación por el que se regulan les prOCedimientos para la adqlliSK::ÍÓI1, admini$tración y desincllflloración de bienes y la cOtllratación de obras, usos y serlidos requeridos por este Tribunal. , 1,3 El Direc\¡¡r Genera! de InfraestlUctura Fislca esta facultado par~ suscribir el presente instrumento, de conformidad con lo dlspueslo er'l 91 articulo 10 oárrafo quinto dp.1 Acuerdo general d~ Admini,tn clón vl/2aO~ d'.!l veln t iciflco dI! s~p tigmbr~ d'J dos m ilocha , del Cemilé de Gobiemo y Administración de la Suprema Cone de Just iCia de la Nación por el que se regulan lo~ procedlrn.entos para la adqUI Sición. adlTllnistración y desincorporación ae bienes y la conlralJción de obras, usos '1 servicios requeridos por este Tribunal . 1.4 Para teda lo relacioflado con el presente contralo se!'lala cemo su domicilio el ubicado !!fI la Calle de José Maria Pino SUM!!<: numero 2, colonia Cenlro, delegaciCn Cuauhtémoc, código postal 06C60, !!fila ciudad de México. Dislrito Federal 11 . El prestador de ,ervicio," por conducto de su representantlt lltgal maniliuu bajo prote,ta de deci r vl!rdad qult: 11.1 Cuenta con personal con la suficiente experiencia y calificación para ejecular los $er¡ icios requerida! por la Supr~ma Corte, asi como con los elemenlOs técni!:Os y capacidad económica necesarios par1l tal ftn. 11.2 No se encuenlr¡¡ en ninguno de los .upueslos a que se refieren los art iculos 43, i'accione, 1, 11,111,1'1, V, '.11, \111. VIII '1 X.;así como 58lracción )(\.11, oel Acuerdo General de Administración \11 /2008. 11 .3 Conoce y acepla sufl!l¡¡rse a lo pre',ns to en el Acuerdo General de Adminis lración Vl12OC8, del veintiCinCO de septiembr!) de des mil ocho. del Camite de Goblemo '1 AdministraCión de ta Suprema Corte de Justicia de la Nación por el qua ¡e regulan los procedimientos para la adquisición, admir.ittración y dnincorporación de bienes y la conlratación de obras, usos '1 scrlÍcios requeridos por este Alto Tnbunal , 11.4 Conoce y acepta sujelarse a kl preo¡isto en el Acuerdo '1112008. del veinticir.co de septiembre de dos mil ocho, del Comit~ de Goblemo y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, adminis lración y desir.cO'llOfación de bienes 'Ita contrataCión de obras, usos y serlicios requericos par nle Alto Tribunal. 11.5 P3fa todo lo relacionado con el presenle conlrJlO. se!'lala como su domiciflo el ubicado ~n; la car31u la det presenle in sl/\lmento, en el apartado denominado "PrO',eedm" 111. La "Suprema Corte" y "El prestador d6 servicio s" declaran que: I!I, I Reconocen mutuamente la personalidad juridica con la que comparecen a la celotración del presente instrumento '1 manifiestan que todas las comunicaciones que se rea~cl!f1 enlre ellas se dir:giran iI ~os domiCilios indicados en \os antecedentes 1. 4 y 11.5 de &ste instl"\Jmento. 111.2 El acuerdo de '/oluntades ~Iasmado en esle insllUmenlO C:lf1troctual ~e rige pIlr :o dispuesto en la Const ilución Pot:tica de los Estados Unidos Me)(icanos. en el ,.\cul!fdo Genef3l;:1e Adnunistración VlJ2C08. del ~elnticir.co d~ septiembre de :los mil ocho, del Comlle de Goblemo', Acmlnislración de ta Suprema Corte de Juslicia d~ la Nación., el"l lo no pre'lÍsto en éste por el Código Ci~I I Federal, el Código Federal de Procf!.dimientos Civiles y la le., Organica del Podor Judiciat de la Federadón, all enor de las silJuien!es:

CLÁUSULAS

Primlra. Condiciones ganlr~le,. "El prestador de ser¡icios' se camprcrTlele a proporcionar el sef'¡icio descrito en la caratula del presenle inslrumento"l a respet;:u en todo mome~to al precio. plazo y co~diciones de pago leñalados en la referid :'! carátula, duranle y hasta ~I cumplimi~nto tetar d~1 objeto de este acuerdo de '/Oluntades. El paIJo ser.alado en la pr~sente clausula, cubre el letal delsef'¡icio contratado, por lo cual 1a Suprema Corte" no tiene obligación de cubrir ningun impone adicional. 51!gunda, Pena con'/encional. En caso de incumol"mler>to <1 .. 1'1 ob~gx¡one, paciadas ~ el mntr~to, se aplicara una pena corwencicnal equi'/illente al monto que resulte de aplic ar el t O~~ al '/ale; del sef'¡icio o seMcios que no se haY<ln realizado a silCisfacción de la Suprema Corte, En caso de incumplimie~t() en 105 plaz?, establecidos en el contrato simplificado, se aplicara una pena convencional por atrasos que le sean impulables en la realización.:le los ser,klos, equivalente al monto que resulte de aplicilf ellO al mi llar diario a la car.lidad que imponen los trabajos no ejecutados dentro del pla<:o indicado en el apartaco inciso *lecha de enlre!,;a' de la caralula del Conlralo Simplificado y no podd e:<eeoer del 10~~ del monto tOlal contratado, Tercera. R~quisitos para realiur los pago, r",pec\i'/os. Para e/eclos fiscales "El presl,)dcr de ser¡icios' debed preSl!f1tar la o las fac:uras a nombre de la "Suprema Co~e· segUn consta en la cédula de identificación heal, expedida por la Secretaria de HaCienda y Cré~ilo Publico con ~l Regl~lro Fed~ral de Contribu'lentes SCJSS02C45P5 indicando el domicrlio serlalado en la dcctar2lción 1.4 de eSla instrumento y demás requisit os nscales a que nava lug<lr. Cuarta. Mod iflc;!ciones dI! es te instrumento. Las condiciones pactad;!s en el presenta ¡"stl"\Jmenlo poddn ser objeto de rnodificaci60 en lérrr.¡"os de lo previsto I!f\ los al'!iculos 12, lracciÓfl XXII; ,4J, fracción I y 162 del referido Acuer40 General \>112OC8. Quinli. Inexistenci a de relación laboral. "El preslador de servic ios', como empresarIo y paldn det pel"ional que ocupe para la prestacién de los ser,icíos profesionale5 maleria de este ca' ser3 el unico responsable de las obli!)ac:ones deri'¡adas de las aisposiciones la~or~tes y dem;;, ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, por lo que respondera de loí, t reclamaciel1es que sus trabajador~s presentasen en su canlra o de 1a Suprema Corte', en relación con los serAcios moti',o de este contrato. "la Suprema Cona" estaliÍ facullada p6ra requerir a "El prestador de 3!!f'/icios" los a¡mprobant~, de afoliaciÓfl de 'U5 lrab3jadores al tMSS, asi como los comprobantes de pago de \as cuotas al SAR, INFONA.VlT e IMSS . En caso de que alguna o algunos de los trabajadores de 'El prestador de serlÍcios', ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación en conlrl de 1a Suprema Cone". "El preslador de ser,icios" deoeni reembolsar la lotalidad de los !lastos que erogue "la Suprema Corte", por eoncepto de traslado. viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demas inherentes. con el fifl de acreditar ante la auloridad competenle que no e)(i31'! relación laboral ¡¡Iguna con los mismos y daslindar a ' la Suprema Corte" de Cualquier tipo de responsab~idild en ese sentido. l as part~s acuerdan que el importe de los referidos gastos que 5e Ileg¡¡ran a ocasionar pOOran ser deducidos per "ta Suprema Corte" de las tacturas que se ~ncuentren pendienles de pago independientemente de las acciones legales que se pudieran ejercer, Sexla. SubconlrataciÓn. ParJ electos de este cenlralo simplificado, se enl iende por subccntntadon, el acto mediaflte el cual "El preslader de sel',ieios" encomienda a aira persona. fi, ica o meral la realiZJClón parcia l del Clb je te de éSle conlrato simptincado. Cuando el prestador d~ ser/lcies o contratisla pretenda subconlratar, deber;i comunicarlo previamente '1 por escnlo ~ '1a Suprema Cone", ':\ que lamOlen por escnto resobera '11 acepta o rechaza la subconlralXIÓn. En ningl:n caso se aceplara la iubcontr~tación tOCal '.le los serlicios o lrabalO! con un ,010 ~ubccnlraIl 5l a . En tOdo caso de subconlrlllacón. et responsabte sera "E l prestador de ser'lCios"., Jera a ~ste a quienes les cubra el pago, No existd subrogaCIón por parte del subcontrat isll ni tendra relación!:OrÍ 1a Suprema Cor1e'. Séplima. Confidencialidad. la decumentación que se propercione l "El preslador de ser,icios' con molivo de la celebración de este cenlrato. es prcpiedad de 'la Suprema Corte". por lo que 'E! preslader de ser,lcíos', por si o a tra·,és de sus trabajad¡¡res, se compromefe a no di'lulgar a tra',és de cualquier medio de comunicaCión. cualqUier resullado o dato obtenido de to, ,ef'IÍcios 'J

tr3bajos prestados a ta primera. Octava. Rucisión. Oueda expresamente conveflldo que "la Suprema Cor1e' podra dar por rescindido el presenle conlralo sin nece,idad de que medie dedaración judiCial, en caso de que "El prestador de sef'¡;cios" deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asurr.e en este conlralo per causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embar;JO, huelg a estaltada, ¡:oncurso mercantil o liquidación . . ~,ltes de dec~arar la rescisión. ' la Suprema Corte' notificara por escrito las causas respeclivas a "El pr~slador de ser/¡cíos ' en su ¡Jomic~io señalado en la dedaración 11 ,5 de este instrumento, con qUien I!fl el aclo se encuentre, otorgandote un pla;:o de quince días hablles para que man¡~este lo que a su derecno convenga. anexe tos documentos que ~stime corwenienles y apor1e, l!f1 'u caso. las pruebas que eslime pertinentes. Vencido ese plazo el órgano competenle do "la Suprema Corte" detennlnará sobre la procedencia de la resciSión. lo que se comunicar:i a 'El pre,tador de 5e1'1ICloS" en su domicilio so"alado en la declaración 11.5 de instrumeflto Novena. Del lamento a la tnnsparencla y de la protección de datos personales, las partes eslán de acuerdo en que el presente instrumenlo constituye Íf1 fonnación publica en términos de lo dispuesto en los articulos ,' , 1" Y 42 de la ley Federal de Transparencia y Acceso a la Inf041T1aciófl PIlblica Gubemamental. por lo que los gobemades podrán realinr su consulta. De confcrnudad con lo est¡¡blecido en el articulo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transpilrencia, Acceso a la Intormación Publica Gubemamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, del flUBve de julio de dos mil ocho, relati~o a los órganos y procedimientos para tutelar en el ambilo de este Tribunal los derechos de acceso a la infennación, a la privacidad y a la prolección de datos personales garantizados en el articulo 6" Constitucional, "El preslador de sel'licios· se oblig ¡¡ a guardar secreto yana divulgar por ningun medio, aun electrónico. ni por conferencias 'l/o informes los datos personales a que tenga 3cce50 con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividade, objeto del presente contrato. En caso de incumplimiento la ·Suprema Corte" podra e)(iglf el pago correspondiente al 10% del mOtlto total de esle inslrumer'lto. por concepto de pena convenciOnal. Décima, L~g lslaclón ¡pllc able. El acuerdo de voluntades prevIsto en este ,",st/\lmenfo contr~ctual se rige por lo dispuesto en la constitución po@ca de los Eslados Unidos M e:Ocanos, el Acuerde Gener~1 de Administración VlI2COS, del ~einticinco de Sepliembre de dos mil echo, del Comlt¡; de Gobiemo y AdminiSlración de la Suprema Cone de JU1ticia de la Nación y en \0 no previsto en ést ~ por el CódiQo Ci~ il Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles. la ley Federll de Presupuesto y Respon,~bllidades admlnislrativas de los servidores publicos y la ley Federar d~ Procedimiento administrativo, en to conducente . Décima primer3. Resolución de conlloversias , Para efecto de la inlerpretaClÓn y cumplimi!!flto de lo est ipulado en esle instrumento, ' 8 prestador de servicios" se somete expresamenle a la~ decisiones del fribunal Plello de 1a Suprema Cone" renunciando a cualquier fuero que en razón de su domicilio tenga O a tener, de conformidad con lo indicado en el articulo 11,Irxcion XX do la ley Org;inica del Poder Judicial de la Fe~ eración renunciando en forma expresa a cualquier olro fuero que en ' domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener.

q'" ""q"'.' nol!ficación que tengan que real;<:<lrse de parte a otra. "",",,'" ,p~.' ha señalado en las dectaraciones 1.4 y U. 5 de este instrumente

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Partida

PODER JUDICIAL DE LA FEDERACiÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN

DIRECCiÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FíSICA 16 DE SEPTIEMBRE No 38 . 6' PISO. COL CENTRO, C.P 06000. MEXICO, O F JOSE MARIA PINO SUAREZ No. 2 COL. CE NTRO OELEGACIQN CUAUI, rEMOC, 06060, D.F.

R F.C. SCJ-950204~P5 TELS : <11131100 Ex! :'>305, 5722, 5321 , 5721 Y 5304 FAX. 41 131751

DIRECCiÓN DE ALMACENES CALZ. IGNACIO ZARAGOZA No. 13010 COL. JUAN ESCUTIA, C.P. 09100, MEXICO, O F. r ElS .. 5701 2036 Y 5763 7883

ENERLUMY ENERGIA, CONSTRUCCiÓN Y CONSUL TORIA , S.A. DE C.v.

Clave arto

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FORMA DE PAGO INMEDIATA

. Cantidad Unidad

NO.2

Descripcion

-SE INCLUYE EL CONCEPTO ACA.03.03 DESCANSO 1.14 X 1.14 X 0. 16 M. DE PERALTE. LOSETA 50 X 50 CM Y ZOCLO LATERAL 9 X 50 CM. REMATE TIPO OCHAVO. ESCALERAS ADJUNTO. (PZA 2.00).

·PARA EL CONCEPTO ACA.04 SE CONSIDERARÁ UNA LIMPIEZA FINAL CON PULIDORA DE PISO CON CEPILLO DE IXTLE. SE COLOCARÁN LAS PIEZAS SUELTAS QUE ESTEN EN CONDICIONES PARA REINSTALARSE.

·SE INCLUYE EL CONCEPTO ACA.03.03 DESCANSO 1.14 X 1.14 M. X 0.16 M. DE PERALTE. LOSETA 50 X 50 CM Y ZOCLO LATERAL 9 X 50 CM. REMATE TIPO OCHAVO. ESCALERAS ADJU NTO. (PZA 2.00).

-NO SE ACEPTARÁN MARCAS DISTINTAS A LAS ESPECIFICADAS.

-ÁREA SOLICITANTE: C.C.J. MONTERREY, NUEVO LEÓN -ADMINISTRADOR DEL CONTRATO: C.C.J. MONTERREY. NUEVO LEÓN -NÚMERO DE SOLICITUD: OFICIO No. CCJ/MTYI1004/2015 -CENTRO GESTOR:1131400 -POSIC iÓN PRESUPUESTAL35101 -NÚMERO DE COTIZACIONES: 1 -DESTINO: C.C.J. MONTERREY, NUEVO LEÓN -TIPO DE CONTRATACiÓN: CONCURSO PUBLICO SUMARIO -NO. PROCEDIMIENTO: DGCCJ/CCJMTY/NU007J2015 ·CLASIFICAC IÓN: MENOR -ÓRGANO Ó FUNCIONARIO QUE AUTORIZÓ LA CONTRATACiÓN: DIRECTORA DE LA CASA DE LA CULTURA JURIDICA EN MONTERREY, NUEVO LEÓN -FECHA DE AUTORIZACIÓN: 16 DE OCTUBRE DE 2015 -INCLUIDO EN EL PROGRAMA ANUAL DE NECESIDADES 2015: SI

P.Unitario

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515003063

EN sus REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

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Fi!enO! di! 'mpfi!S'On 27/1012015 123749

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.. .....

CONTRATO SIMPLI FICADO DE PRESTACiÓN OE SER'lletOS PARA CASA DE LA CULTURA JURíDICA (HASTA 75,000 UDIS)

DECLARACIONES 1""\ 1. La Supr!m il Corte da JusticIa de la Natíón, 8n lo 5ue85i'/0 "la Suprem a Corte" por conduclo de su represen tanta para los afectos da es\a inst rumento maoiliesla qult; " 1.1 Es el máximo 6rg3110 depositario del Poder Judicial de la Federación. en tennÍl'los de lo dispueslo I!fl Jos artioJlos 94 de la ConstitucIón Pol ~ ic a de 105 Eslados Unidos Mexicanos y 1", fTac~ión ,: íle la ley Qrg301ca del Poder JUÓlClaI de la FederaCión, U La preSBnle contratación lue autorirada per el (la) Titular de la Casa de ta Culturo JuridiciI en dOflde ~atdn de efectuarse 105 ,erne¡o, medianle concul"5o publico sumario (hasta 75.000 udis) de confonnidad con lo previsto en el .micula 42 pirr afo quinto del AcuenJo General de Admlni\tnciórI VlliOOa del veinticinco de sepliembre de dos md ocho, del Comite de Gohierno y Adminis tracifin de la Suprema Corte de Justicia de ta Nacion por el que se regulan \00 procedimientos para la adqu¡sic:ón, administración y desincorparación de biene~ y la contratación de obras, USO! y seMelos requeridos por esle TnbunaL 1.3 El Oirector Genera! de Infraestructura Fisica esta facultado para suseribor el presenta iflstrumenlo, de con formidad coo lo dispuesto ftn al articulo 10 o~r'afo quinto del Acuerdo GIln!!r al de Arlmil'l¡~tnc;ól'l VIP008 dlll v~intlcinco de septlllmbr~ df! dos mil or:ho , del COr11lle de Gobiemo y Administración da la Suprema COr1e de Justicia de ta NatlÓn por el que se regulan los procedimientos par;¡ la adqulsiclcn, adlr.lflistrac ion ~ de~i ncor,loución de bienes y la <;cnlratación de obras, usos y serricios requeridas por esle Tflbuna1. 1.4 Para todo lo relacionado con ~ I presenle cont rato ser'\ala como su domiCIlio el ubicado ~n la Calle de José M¡¡ria Pino Suarez numero 2, colonia Centro, delegación Cuauhll~moe, código poslal 06e60, en la ciuoad do Méldco, Dislfllo Feder.JI , 11 , El prestador de servicios " por COndllClo do su repr esentante legal mal'li fi osta ba jo protos ta de decir verdad que: 11.1 Cuenta con personaJ con la suftciente etperiencia y calificaCión para siecutar lo! serAcio! requeridos por la Suprema Corte, asi como con 105 elemenlos lecnicos y capac:dad económica necesarios para lal ~n , 11.2 No se encuenlra en ninllunO de los supuestos a que se re~eren 105 areculos 48, Jraccianes 1,11.111. IIJ. V, VI, VII, Vl I1 Y X, as; como sa ff3c~ió n )(\;1, del Acuerdo General de Administracl6n \/I/2QC6, 11 ,3 Conoce '1 acepta sujet¡¡rse a lo previsto en el Acuerdo General de Administradén 1;1120Ca, del '/einticinCG de septiembre de dos m~ ocho, del Comité de Goblemo y Admin istraCión de la Suprem" Corte de Justicia de la Nación por el que ,,! r~gl.ran los proceoimientos para la adquisición, administración ~ desiocorporación da bienes y la contratación de obras, usos y serlicios requeridos por este Alo Tr:bunal. 11.4 Conoce '1 acepta suielaru a lo previslo en el Acuerdo Vl12C08, del veinticinco de sept iembre de dos mil ocho, d~1 Comité de Gobiemo y Administración de la Suprema COr1e de Justicia oe la Nación por el ~ue se rellular¡ los pf')c~dimienlos para la adquisición, administroclón y desll',cor,loración de bienes ·, Ia conlratación de obras, usos y servicios requeridos por este Al10 Tribunal , 11 ,5 Para todo lo relaciona!!o con el íll ~sente contrato. seJ'lala como su domlCl~o el :.I~icado en: la ~aratu!a 1el presente rflstruml!nto, en el apar1ado denominado ·Proveedor'" 111. La "Suprema Corte" y " El p rustador de ser,ieios" d ecla ran que: 111.1 Reconocen mutuamente la persOllalidad ~r:dica con la que comparecen a la celebración del prnentll inslrumer,to y manlnest~fI ql.e tod~s las comunicaciones que ~e realicen entr~ ellas se dirigiran a los :lomicilio! indicados en los arteced~ntes 1.4 y 11.5 de es ta lI'IstrufT',ento. 11 1,2 El Oicueroo da II(Iluntade3 pla3mado an este instrumenla contractual se rige por !o dispuuto en la Contih¡c:ión P'l1alca oe los Eslados Unidos Me"kanos, en el Acuerdo General de AdrTVIislración V1I20Q8, del ~elOtk¡nco de septiembre de dcs mil Olcrto, del Comité de Gobierno y Al:!fTliristración de la Suprema Cor,e de Justicia de la NadÓn ·, en ro no ¡lrevi;to i!n !l!il~ pOI'" et C6dillo Civil Feder~I, el C¿oigo FederOiI 11" Procedill'~entos Ci'lIIes y la Ley Org;)nlca del ?od;!r J\lllicial de la FederaCIón, al tenor lIe las slgulernes:

CLÁUSUL AS

Primera, Condiciones generaJf!S, -El Pfestador de sef'licios' se compromete a proporcionar el serlicio descrito en la carálula del presenllt instrumento y a respe lar en lOdO momenlo el precio, plazo y cClMic:ones de pago señalados ~n la refenda caratula, dlJfJnte '1 hasta 111 cumplimi ~nto lelal det oo.elo de esle acuerdo de voluntades, El paliO setlalado en la presente clausula, cl.bri! el total dellel'lIClO contratado, por 10 cual 'la Suprema Corte' no liene oblillación de cubrir ninllun importe ediclonaL S~gundJ, P!n a con'.anclonaL En caso de InCuf'lplilTllento >in la9 ?~li(Jncionas pactadas en i!1 contrato, se aplicara um pena con'l~ncional ~uivalel'l t e al monlo qce resulte 1e aplicar el lQ·.~ al valor del sel'licio o sel',icios que no se ha'l:m rea¡zado a sat lsfa<:ción de la Suprema Cone, En caso da rro~umoli",i'.!nl o en los pl.'!~?s es t~b l cciéos I!rl el contr::llo simplificado, se ~ p~cara una pena convencional por alrasos que le sean imputables ~n rol realinción de los servicios, equl'lalenta al monto qua resulte de aplicar ell O al ffiliI¡¡r diar.o a la car.tidad que impor1en !os :rabalos no ejeculados ~entro ¡jel plaw indicado en el apartado inciso 'fecha de enlrega" de la cJritL!la del Contrato Simplificado y no podra 8~cede r del 10% del fr.onto lotal ccnt ralado, Tercera, Requisitos para ruliur 105 pagos respec tivos, P3fa ~fec~os hc.'!l"s "El prestador de serlicios· debera presentar la o las ra~turas a nombre de la · Suprema Cor1e" segun consta en l i cédula de identific3ción fiscal, expedida por la Secrelaria de Hacienda ~ Crédilo Publico con el Regiilro F~deral de Colr_Inbuy,ntes SC~95Ü2046?5 indicar,do el dCll'oicilio ,analado en la declaración 1.4 de 115t ~ instrumenlo y demas requisitos fiscales a que haya 1ullar, Cuarta, Modific acio nes d~ este instrum ento, Las ~ondicione5 pactadas IIn el prascnte "'slrumento podran ser obleto de modificación en términos de lo pre~¡s to en los art iculos 12, fracción XXII. 143, fraCCión I '( 1 ii2 del refertdo Acuerdo General \11 /2008, Qu inta, Inel l!o tenci iJ de rglación laboraL 'El pr9sIador de ser¡jcios", como empresalio y patrón del pel'1onal que OC'Jpe para la prestación de los ser/lcios prof~sionales matena de este con ' , \ sl!ré el ur,lco responsatle de las oblillac:onl!s aenvadas de las dispOSiciones laborales y dem.:l$ ordenamientos en matena de trabalo y seguridad social. por lo qua responderá de toda ' ) reclamaciones que sus Irilbaiadores presenlasen en i U contra a de 'la Suprema Cor1e'. l!f1 relación con tos sl!f'/icios motivo de liste contrato, .... -La Suprema Corte" est¡jfa facul\¡¡da para requenr a ·EI prestador de serlicios- Ios comprobar,les de afil iación de sus InbaJadores aIIMSS, asi corr.o lo~ comprobantes de pago de las cuotas al SAR. INFONAVIT IIIMSS, En caso de que alguno o algunos de tos Irallajadores de "El preslador de serlieios', e¡ecuten e pmtendan ejecutar al~una rectamación en contra de ·Ia Supr;!ma Cor1e", -El prestador de serlic;lOs­deberá reembobar la totalidad de los 113Slos que erogue ' la Suprema Corte", por cenceplo de traslado. "'¡aticos, hospeda je, tnnsportación, alimentos y demás ;n~, erentes, con el fin de acredilar anlo la auloridad cOfT'pelente que no eldste relación laboral ~Iguna coo los mismos y de!lindar a 1a Suprema Corte" de cualquier IIpo de responsabdidad en ese 3entldo, L3~ parles ¡¡cuerdan que el importe de los rere ridos ga~tos que se Ilegar3ll a oC.3sionar po(lIjn Sl!r dedllCldos por -la Suprema COr1e' de [as facturas que se encuenlren pendientes de palla , ind~pendienlemenle de las acciones legales que se pudieran elercer, Se~ta . SubconlrataciÓn. Para efectüs de este contmto simpli6ca~o, se entiende por ,ubconlrataclón, el acto mediante el cual "El pr'lstador de serAcios' encomienda a atra persona, rislca O mODI la fl!alll:ación par:ial del objeto de este cOlltrato simplificado. Cu arldo ,1 preslador de .er,icios o ~onlratisla pret~nda 1ubcontratar, debera comunicarto pre,¡jamente y por escrito a 1a Suprema COr1e', la que también por escrito resol·/era Ji <tCepta o rechan la subcontralJción, En flIn!lun caso sa aceptad la 5l.bcontrataciÓn tOlal de los ser,jelos o Irabalos con un 5010 ~ullcontral ist a ,

En todo caso de subconlratJción, el rllsponsallle ser:! 'El prestador de serilcios' y lera a éSle a quienes les cubra el pago, No e:<.istirá subrogación por pa~1I del $ubcontratista ni tendra relac ión con ·Ia Suprema Cone ', Si!p tlma, Confidencialidad, la dccumcntaclón que se proporcione a 'El prestadcr dI!! ser/ieios' con motivo de la cel~bración de este contralo, es propiedad de 1a Suprema Corte' , por lo que 'E, preslader de sel'/icios", por si o a tra'les de sus trabajadores. , e corrpromete a no dÍ'/ulgar a traves de cualquier medio de comunicaciOn, cuatquier resull ado o dalo oblenido de los seMelos <)

trabajos prestados a la pnmera, Octava , Rescisión, Oueda IIxpresamente cGflvenido !lue 1a Suprema Cor1e'· podra dar por rescindido el presente contrat a sin neceSidad de que meeie declaración judicial, en caso de que ·_EI prllslaáor de s~ic¡os· del!! do cumplir cualqUiera de fas (I~ I;gaciones que asume en eSle conlralo por causas que le ~aan impulables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga es tallad .. concurso merc:mlll o liquldaciOn. Antes de oeclarar la rescisión, "la Suprema Corte· notificará. por escrito las causas respectivas a 'EI prestador de ser,¡iCios· en su domici~o señalado en la declarxión 11 ,5 de esle instrumento, con qUien en el Beta se encuentre, otorllandole un plazo da qUll'1ce días hab~es para que mamftl!sle lo que a su derechO convenga, ane~e los documenlos que es time convenientes y aporte, en su caso, las pl\lell as que eslime pertinenles, Vencido ese plazo el órgano competente de 'la Suprema Certe' determinara sobre la procedencia de la rescisión, !o que se ccmuflIcara a "El prestador de serm:ios· en su domiCilio SC"3lado en la declaración U,S de instrumento No~ena. Del fomento a la transparencia y de la pro tecció n de datos person ales, Las par1es estan de acuerdo en que el prllsente instrumento conS:lluye infoonación pubrtca en termlnos de lo dispuesto en :05 articulos l· , r y 42 de la Ley Fed~ral dl! Transpar~c¡a ~ Acceso a ta InformaCión ~blica Gubernamental, por lo que 105 gobernados podran realizar su consulta, C'e conformidad con lo eslablecldo en el articulo 71 del Acuerdo General de la COITIISlón de Transparencia. Acceso a la Información Pubüca Gubernamental ~ Protección de Datos PersOllales de la Suprema COr1e de Justicia de la Nación, del nueve de julio de dos mil ocha, relalivo a tos órganos y procedimientos pariltulelar en el ~mblto de esle Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privaCldad y a la protección de datos per.lonaJes garantizados en el ar1iculo S" Constitucional, 'El prestadcr di! sel'licio," se obliga a guar:lar sec/elo yana di~ulgar por mn!lUn medio, auf' electrónico, ni por confl!fencias yfo informes los dalos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades Objeto del presente contra lo, En caso de incumplimiento la 'Suprema Corte' podra e:<.ig ir el pago corresponditnte al 10'% del mento total de este instrumento. por corn:epto de pena convencional. Oecim J, Lagislación apllcabte, El acuerdo de voluntades previsto en este instl\lmento contractual se ri~e por lo dispuesto en la constitución politi~a de 105 Estados Unidos M e¡o;jcanos, el Acuerdo General de Adminis tración V1I2008, del veinticinco de Sepliembre de dos mil ocho, del Comllé de Gooiemo y Adminis tración de la Suprema Corte de Juslicia de la Nación y en lo no previsto en esle por el Código Ci~ iI Ff!(1eral, COdillO FedlYJI de Procedimientos CiViles, la Ley Federal dll Presupuesto y Responsabilidades aominis tralivas de los servidores públicos y la Ley Federal del Procedimiento admmistrltlvo, en lo conducente, Décima primen. Resolución de controversias, Para e!l!cto de la interpretación y cumplimiento da lo estipulado en este inst l\lmento, ·EI preslador de serlicios" se somete expresamente a la!' decisiones del Tribunal Pleno de ·'Ia Suprema Cor1a'· renunciando a cualquier Nl!ro que en lazón dI! su domicl~o lenga a lener. de cooformidad con lo Indicado en el an iculo 11, fracción XX. de la Ley Organice del Poder Judic¡¡¡\ de ta FederaCIón renunciendo en forma e:q¡res a a cualquier otro fU llro que su domiCIlio o vecindad, tengan o Ilellaren a tener,

~"""'''''''' las declaraciones 1.4 y 11.5 de este inslrument"!

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PODER JUDICIAL DE LA FEDERACiÓN SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN ~ol~ ~~~~~ta%~l~~REZ No. 2 COL. CENTRO DElEGACION CUAU~tTEMOC , 06U60, O F

DIRECCiÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA FíSICA 16 DE SEPTlEMHRE No 38 , 6" PISO. COL. CENTRO, C.P. 06000, MEXICO. O F. TELS.: 41131100 E~1. 5305, :.n2, 5321 , 5721 Y 5304 FAX: 41131751

DIRECCiÓN DE ALMACENES CALlo IGNACIO ZAKAGOZA No. 1340 COL. JUAN ESCUl lA, C.P. 091Cl(I, MEXICO, O F TELS. : 5701 2036 Y 5763 7883

CONTRATO SIMPLIFICADO

4515003063

EN SUS REMISIONES, FACTURAS Y CORRESPONDENCIA FAVOR DE ANOTAR ESTE NUMERO DE DOCUMENTO

S001

IP',UVccUUK' ENERLUMY ENERGIA, CONSTRUCCI6N y CONSUL TORJA, SA DE C.V. - ' -5

FECHA DE ENTREGA 45 OlAS NATURALES

FORMA DE PAGO INMEDIATA

OBSERVACIONES R.F.e. DEL PRESTADOR DE

. Partida Clave arto ~Canlidad ": Unidad Descripcion

IMPORTE EN LETRA

-LA CONVOCATORINBASES, SUS ANEXOS Y EL ACTA DE VISITA AL SITIO Y JUNTA DE ACLARAC IONES FORMAN PARTE INTEGRANTE DEL PRESENTE CONTRATO.

LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACiÓN HARÁ LA RETENCiÓN DE IMPUESTOS LOCALES Y FEDERALES QUE CORRESPONDA.

SERVICIOS INCLUIDOS MANTO. PISO

M.N. C IENTO C INCUE NTA Y DOS MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SIET

~---AR~~~ ~==='N=G;;J~~~~~~ / '· .. 4.//- í-%Z~ n IRFr. Tr-rR ~ CONTRATACiÓN DE OBRAS.

. - " ¡j i / . ¡; //. -MTR~ EL OVO G M Z

IuBDIR ECTOR GENERAL DE

P.Unitario

SUBTOTAL

I.V.A.

TOTAL

. ARO. JOR .

Importe Total

131,627.17

21,060.35

152,687.52

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DIRECTOR RAL. INFRAESTRUCTURA FislCA

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CONTRATO SIMPLIFICAOO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PARA CASA DE LA CULTURA JURiDICA (HASTA 15,000 UOIS)

DECLARACIONES o 1. La Suprem a Corta da Justlc;la de la Nación, en lo su c;esivo "la Suprema Corte" por c;onduc;to de su reprnentante para los Itfec;tos de este Instrumento ma nifiesta que: 1.1 E~ el mallimo ólgano depositario del Poder Judidal de la Federación, en términos de lo dispueslo en los artic;ulos 94 de la Conslitución PoIitica de los Estados Unidos Meldc;anos ~ 1°. frac~ión 1, de la Ley Olganic;a del Poder Judicial de la Federación, 1.2 La presente conlratac;ión lue autorizada por el (la) Titular de la Casa de la Cullll11l Juridic.a en donde habrán de efectuarse los serlic;ios medianle concu~o public;o sumario (hasta 15,000 udis) de c;onformidad c;on lo previsto en el art iculo 42 o¡ rra fo qu into dol Ac;uerdo G~nHal de Adm in istración '11/2008 del veintic;inco de septiembre de dos mi ocho, del Camita de Gobiemo .¡ Administrac;ión de ta Suprema Cafte de Justicia de la Nadón pGr el que le ¡egutan los proc;edimientos para la adquisic.ión. administraciÓfl ~ desinc;OI'pOfadón de bienes y la contratac; ión de obras, usos y seNicios requeridos por este Tribunal. l.l El Direc;tor General de lnfraeslNctura Fisica está facultado para susc;ribir el pr~sente instNmento, de coofomidad c;on lo dispuesto en el articulo lO párrafo quinto d~1 Ar.uerdo Generql de A dm¡n¡51f~ ción Vl! 200 a d~ 1 veinticinco d~ ' ''pt iemlH!1 d 'l dos mil ocho, del COmité de Gobiemo y Adminis trac;kin de la Suplema Cone de Just;cia de la Nadón por et que se regulan los procedimientos para la adquislc;ión, adlTllnistración y desincorporac:ón de bienes y la contratadón de obras, usos y seNiclos rlt{jueOdos por este Tribunal, 1.4 P<lfa todo lo relac;ionado con el presente contrato se~al ¡¡ como su dOmicilio el ublc¡¡do en la Calle de Jasé Maria Pino Suarez numero 2, c;olonia Centro, delegaciófl Cuauhtemoc, código postal 06C60, en la ciudad de Mexico, Distrito Federal. 11 . El prestador da servicios" por conducto de su represent~nt9 leg al maninesta bajo protesta de dec;lr verdad que: 11 ,1 Cuenta con personal can la suficiente experienda y calificación para eiec;utar 105 servicios requeridos por la Suprema Con e. as i como con los elemenlos tecnicos y capacidad ec;onómic;a necesarios pariltal ftn 11 .2 No se encuenlra en ninguno de las supuestos a que se refieren los atl ic;ulos 48, Itacciones 1, U, 111, llJ. V, VI, \11 1, VIII Y X, asi como 58 fracc.ión XVt, del Acuerdo General de Administración Vl12oo8, 11.3 Conoce y acepta suietar$1"! a lo previsto en el Acuerdo Generll de Admnistración VlnC08. del ve inticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobiemo y Administración de la Suprema Corte de Juslicia de la Nac; ión por el que se regulan las proudimientos para la adquisición, admini strac;ión y desinc;orporación de bienes y la conlratación de obras, usos y seNicios requeridos por este Al\o Tribunal, 11.4 Conoc;e y acepta 5uiet¡¡rse a lo pr!!~i5to en el Acuerdo VI /200B, del veintlcinc;o de septiembre de dos mil oc;ho, del Comite de Gobiemo y Administración de la Suprema Cone de Ju slida de la Nación por!!1 que se regulan tos procedimientos para la lIidquisic.ión, adlT'inistración y ~esinco'1loradón de bienes y la conlratación de ob¡as, usos y seNicios requeridos por asle Alto Tribunal. lt ,S Para lodo lo relac;ionado con el presente contrato, sel'la la como $U dc;micilio el ubicado en: la carátula del prl!!senta instrumento, en el apartado denomioado 'PToveedo(' tll . La "Suprtm a Cona" y "El prltstador de ur/iclos" daclaran que: 111.1 Rec;onocen muluamenle la personalidad juridic;a c;on la que comp arecen a la c;elebración del presente instrumento y manifiestan que lodas las c;omunicac;lool!s que se realic;en entre ellas se dirigiran a los domlcitios ¡"dicados en los ar.tecedentes l..& ylt ,5 de este instrumenlo, 111.2 El acuerdo de voluntades pla5mado en es te instrumento contractuill!oe rioe por lo dispuesto en la Con5tih;clón Pol~ic;a de los Estados Unidos Me)Oic;anos,ein el Ac;uefdo General de Adltii1iSiiidOn~­Vl1200B, det '/einl icinc;o de septiembre de dos ITlII ocho, del COIT,ite de Gcbiemoy AdmnistfJción de la Suplema Corte de Justicia de la Nación y en lo no pre~isto en ésle por el Código Ci~iI Federal, el Códilto Feder¡tl de ?rocedimient05 Civiles y la Ley Organic;a del Poder Judicial de la Federación, al tenor de las siguientes:

CLÁUSULAS

Primera. Condicionas genltr !l as. "El prestador de seNic;ios' se compromete él propcrc;ionar al servic;io descrito en la c;¡¡¡:itula del presenle instrumento '1 a res pelar I!!n todo momenlo el precio, plazo y condiciones de p3g0 señalados en la rerenda c;aratula, duranle y ha sta ~ I cumplimento total del objelo de este acuer~o da voluntades. El pilgo señatado en la presente clausula, c;ubre ellotal del serlicio contrJ tado, por lo cual 'la Suprema Corte" no tiene obligación de cubrir ningun importe adicional. Segu nd a, P,ma convltncional. En c;aso de incumplimiento de 'as Qblig¡acicnes pactad3S eo el contrato, se aplicara una pena convenc;ional equivalente 31 monto que resulte de apllc;ar el tO% al valor del ¡eNido o ser/iclos que no se hayan realizado a 3a1isfacción de la Suprema Cone. En caso de inCUl"'p!·miento en los plazos estabtecidos en el con trato slmplific;ado, se apticad una pena c;onvenciooal por !iltra$OS que le sean imputables eola realización de los serticios, equivalente al monto ql.e resulte de aplicar el lO al millar diano a la cantidad qUI!! impor1en los Irabajos no ejeculados dentro del plazo:¡ indic;ado en el apartado inciso "fecha de entr!!9a" de \a c;aratula del Contrato Simplificado y no pcdra e~c;eder del 10°,'0 del monto lotal contralaco. Tercera. Requisitos para r&a lizar 105 pagos respectivos. Para efectos fiscales "El prllst~dor do servicios· debera presentar la o las fac; turas a nombre de la "Suprema Corte" segun consla en la cédula de identiflc;oción Hsc;al, expedida por la Secr~tafia de Hacienda y Crédi to PUblica con el Registro Federal de ConUibuy'i!nles SCJ9S02046P5 indkando el domicitio señalado en la declaración 1.4 de este instrumento y demas requisitos fiscales a que haya lugar. O Cuarta, Modi fi caciones de este Instrvm ento , Las condiciones pac;tadas en ~ presen.tc inslrumento podrán ser objeto de modHic;ac;ión en términos de \o pre'listo en los articulos 12, fracción t~J . fracc;ión I y 162 del refllfido Acuerdo General VI/200S, Quinta, Inexistencia de re lación laboral. "El preslador da seNlcios·. CGmo empresarro y palrón del personal que ocupe para la prestación de tos seNic;ios profesional!!s materia de e51e c;ontralO, ser j el unico responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones laborales y demás Gfdenamientos en maleria de trabajo y seguridad social, pGr lo que responderá de todas la ~ rec;lamilciones que sus trabajadores pres~olasen en su c;on tril o de 'la Suprema Corte'. en relación c;on los sef'licios moli~o de este contrato. La Suprema Cone" estani facultada para requerir a 'El prestador de serlÍcios"los comprobantes de afiliación da sus trabaJadores aIIMSS. asi como los c;omprobanl e! de pago de las cuotas al SAR, 1~IFONAVlT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de 105 trabajadores de "El prestador de sel'licios", ejecuten o prele ndan ejecular alguna rec;lamac;ión en c;onlra de "la Suprema Cone", 'El prestador de ser\.icios" debera reembolsar la totalidad de los gJstcs que erogue "la Suprema Cotle", por cor.c:epto de traslado, viatic;os, hospeda le. transportación, alimentos y demas inherentes. c;oo el fin de ac;reditar Elnte la autoridad compelente que no eldste relac;ión laboral alguna c;onlos mismos y deslind3r a 1a Suprema Cone' de c;ualqu;er tipo de responsabil idad en ese sentido. Las partes acueldan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podran ser deducidoS por ' a Suprema Corte" de las facturas que se encuentrerl pendientes de pago, in":lependientemenle de las acciones legales que se pudieran ejercer. Sexta, Subcontratación, ParJ efec;tos de este contrato simplificado, se entiende por subcontralac;ión, el acto mediante el cual "8 prestador de sel'licios" enc;omielldil a aira persona, risita o morat ta reaWzación parcial del obieto de éste contrato simplilicado, Cuando el prestador de ser,lcios o contralisla pretenda subcontralar, debera comunicarto previamMle y por escnto a "la Suprema Corte", la que también por I!!scnto re sol~era si acepla o rechata la subcon1ratación, En ningun caso se aceplar!lla subc;OIltratación total de lOS ser/ieios o trabajos con un 5010 subcontra ll!.ta, En IOdO c; aso de subc;ontratación, el responsable sera 'El prestader de sef'\/ic.ios· y será a éste iI quienes les cubrn el paQo, No eldslira subrooación por parte del subcontratista ni tendfii relación c;on 1a Suprema Cotle", Séptima , Confidenc;lalidad, La dc;-cumenlociiin que se proporcione a "El prestador de servidos' con moti\'O de la celebración de este c;ontrato. es propiedad de ' la Suprema Corte". por lo que -El prestador de seNicios", por si o a través de sus trabajadores, se c;ompromete a no divulgar a través de c;ualquier medio de comunic.ación, c;ualquier resultado o dato obtenido de los ser¡kios o traba jos preslados a la primera. Octava, Rescis ió n, Queda e~pres amente c;onvenido que "la Suprema Corte" podrá dar por re sc;indido el presenle conlr~to sin necesidad de que medie dedaración ~dlcial, en caso de que "El prestador de sCI'/icios" deje de cumplir c;ualquiera de las obligadcnes que asume en este cootrato por c;ausas que te sean ¡mputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo. huelga esta!lada, concurso merc;antll o liquidación, An tes de dQclarar la resc;isión, · Ia Suprema Corte" notific;ará par escnto las causas respe<:tivas a 'El pres tador de serlic;os" en su domiclfio señalado en la declalación 11.5 de este inslrumenlo, cor qUien en el acto se ancu entm. OIOfgandole un plazo de quinc;e d ias habiles para que manifieste lo que a ~u derecho convenga, ane~e los doc;umentos que estime convenientes y aporte, en su case, tas pruebas que estime perunentes. Vencido ese plazo et Ófgano competente de 'la Suprema Corte" detenninari sobl e la procedencia de la resciS ión, lo que se comunican\ iI 'EI prestador d~ ser.;c;ios· en su domic¡~o ,enalado en la dec;larac;ión 11.5 de instNmento ' , Novena, Del fomenlo a la transparencia y de la protuc;c;ión d~ dalos per son ales, las partes e stan de acuerdo en que el presente instrumento con slituye información publica en terminos de lo dispueslo en los arliculos t· , l' Y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acc;eso a la Información Publica Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realiz3r su c;onsu"a. De conformidad con lo establecido en el articulo 11 del Ac;uerdo General de la Comisión de Transparencia. A!;cuo a la Informac;ión Publica Gubernamental y PTotec;ción de Diltos PefSonales de lü Suprema Corte de Justicia de la Nación, del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tu telar en el ámbi to de es te Tribunal los derechos de acceso a. la informadón, a la privacidad y a la protección de datos pe~onales garantizados en el articulo S" Constitucional, 'El prestador de servicios ' se oblig¡¡ a guardar secreto y a no dlwlllar por ningun medio, aun electrónic;o, ni por conferenc;ias ylo informes 105 dat05 personales a que lenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las acU'lidades obielo del presente contrato, En caso de incumplimiento la 'Suprema Corte' podrá eKigir el paqo correspondiente al I O':~ del monto total de este instrumento. por conceplo de pena convencional. !.;!Jdma, Legisla.ción a.p ticable, El acuerdo de \/Olunlades pre'listo en este instrumento c;ontrac;tual se rige por lo dlspueslo en la c;ons\i!uc;lón potílic;a de los Estados Unidos Meldcanos, el Acuerdo Goneral de Administración VI/200B, det veinlic inc;o de Septiembre de dos mil ocho. del Comité de Gobiemo y Adminislrac;ión dala Suprema Corte de Justicia de la Nación y an lo no pr9vl$to en éste par el Código Ci'lil Federal, Código Fedelill de Procedimientos Civile,. la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidades administrativas de los servidores publlcos y la ley Federal del Procedimiento administral ivo, ell lo conducenle, ~

Décim.1 primera, Rasoluc;lón de c;ontroverslas. Para efecto de la interpret¡¡c;ión y cumplimiento de lo estipulado en esta inslrumento, "El preslador de servicios' se somete expresamente a las dec;i,ioncs del Tribunal Pleno de "la Suprema Corte' renunciando a cualquier fuero que en razón de su domiciijo tenga o llegare a tener, de conformidad con lo indicado en el aniculo 1 " fracción XX, de la Ley Organica del Poder Judicial de la federación renunciando en forma expre9a a cualquier otro fuero que en . su domic;ilio o vecindad, tengan o llegaren a lener,

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"En términos de lo previsto en los articulas 111, 116 Y 120, primer párrafo de la Ley Genera l de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 11 3, fracción I y el Capitulo IV del Titulo Cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos supuestos normativos".

"Este documento es parte integ rante de la ve rsión pública del contrato simplificado No. 4515003063 correspondiente al procedimiento de contratación No. DGCCJ/CCJMTY/NLl007/2015.

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"En términos de lo previsto en los articulas 111 , 11 6 Y 120, primer pá rrafo de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública; 113, fracción I y el Capítu lo IV del Título Cuarto, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública , en esta ve rsión pública se suprime la información considerada legalmente como confidencial que encuadra en esos supuestos normativos".

"Este documento es pa rte integrante de la versión pública del contrato simplif icado No. 4515003063 correspondiente al procedimiento de contratación No. DGCCJ/CCJMTY/NLl007/2015.