pliego de prescripciones tÉcnicas particulares · por seitt,s.a. tendrán libre acceso en todo...

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES ARTÍCULO 1. OBJETO DEL PLIEGO El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es establecer el contenido y características técnicas de la prestación de servicios para el Control y Vigilancia de la obras del proyecto: “ACCESO A LA NUEVA TERMINAL DEL AEROPUERTO DE BARCELONA. RED DE CERCANÍAS DE BARCELONA”. El proyecto supone la construcción de la plataforma del nuevo acceso ferroviario al Aeropuerto de Barcelona, hasta la Terminal Sur (Terminal 1) del complejo aeroportuario. La actuación consiste en la construcción de una plataforma para vía doble, que comienza en el paso bajo la carretera C-31 de la línea ferroviaria de Cercanías de Vilanova y finaliza en la estación de la Nueva Terminal Sur (T1) del Aeropuerto de Barcelona, con una longitud total de 4.495 m, de los cuales 3.385 m estarán soterrados (zonas de falso túnel y de túnel con tuneladora). El presente Pliego se considerará integrado en su totalidad en el de Cláusulas Administrativas Particulares, formando parte del Contrato. ARTÍCULO 2. OBJETO DEL TRABAJO El objeto del trabajo es la prestación de servicios al Director de la obra y al Responsable del contrato para el Control y Vigilancia de la misma, según lo descrito en el Artículo 9 de este Pliego, desde las fases previas a la construcción, hasta su finalización y recepción. ARTÍCULO 3. NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN Regirá la Normativa indicada en el punto 1.1 del Anexo Nº 1 de este Pliego: TRABAJOS A REALIZAR POR EL CONSULTOR. ARTÍCULO 4. REQUISITOS REQUERIDOS A LOS LICITADORES Podrán concurrir al concurso todas las personas físicas o jurídicas, individualmente o agrupadas con responsabilidad solidaria, que estén facultadas para concertar con la Administración contratos de servicios, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes. ARTÍCULO 5. DEFINICIONES Director: Director de este contrato de servicios para el control y vigilancia de la obra. Es el técnico que regirá los trabajos objeto del presente Pliego y que coincidirá con el ingeniero designado como Director de obra por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, ADIF (por lo que se le designará habitualmente según esta última denominación). Todo ello a los efectos previstos en la Cláusula 5ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos. Responsable del contrato: Persona designada por el Órgano de Contratación, Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, SEITT, S.A., de conformidad con el artículo 41 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Convenio firmado con la Administración General del Estado, para el seguimiento y control de avance a lo largo de todo el periodo de ejecución de la actuación. Consultor: Adjudicatario de este contrato de servicios para el control y vigilancia de la obra. Contratista: Adjudicatario del contrato para la realización de la obra.

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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES

ARTÍCULO 1. OBJETO DEL PLIEGO

El objeto del presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares es establecer el contenido y características técnicas de la prestación de servicios para el Control y Vigilancia de la obras del proyecto: “ACCESO A LA NUEVA TERMINAL DEL AEROPUERTO DE BARCELONA. RED DE CERCANÍAS DE BARCELONA”.

El proyecto supone la construcción de la plataforma del nuevo acceso ferroviario al Aeropuerto de Barcelona, hasta la Terminal Sur (Terminal 1) del complejo aeroportuario. La actuación consiste en la construcción de una plataforma para vía doble, que comienza en el paso bajo la carretera C-31 de la línea ferroviaria de Cercanías de Vilanova y finaliza en la estación de la Nueva Terminal Sur (T1) del Aeropuerto de Barcelona, con una longitud total de 4.495 m, de los cuales 3.385 m estarán soterrados (zonas de falso túnel y de túnel con tuneladora).

El presente Pliego se considerará integrado en su totalidad en el de Cláusulas Administrativas Particulares, formando parte del Contrato.

ARTÍCULO 2. OBJETO DEL TRABAJO

El objeto del trabajo es la prestación de servicios al Director de la obra y al Responsable del contrato para el Control y Vigilancia de la misma, según lo descrito en el Artículo 9 de este Pliego, desde las fases previas a la construcción, hasta su finalización y recepción.

ARTÍCULO 3. NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN

Regirá la Normativa indicada en el punto 1.1 del Anexo Nº 1 de este Pliego: TRABAJOS A REALIZAR POR EL CONSULTOR.

ARTÍCULO 4. REQUISITOS REQUERIDOS A LOS LICITADORES

Podrán concurrir al concurso todas las personas físicas o jurídicas, individualmente o agrupadas con responsabilidad solidaria, que estén facultadas para concertar con la Administración contratos de servicios, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.

ARTÍCULO 5. DEFINICIONES

Director: Director de este contrato de servicios para el control y vigilancia de la obra. Es el técnico que regirá los trabajos objeto del presente Pliego y que coincidirá con el ingeniero designado como Director de obra por el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias, ADIF (por lo que se le designará habitualmente según esta última denominación). Todo ello a los efectos previstos en la Cláusula 5ª del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos.

Responsable del contrato: Persona designada por el Órgano de Contratación, Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre, SEITT, S.A., de conformidad con el artículo 41 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, y el Convenio firmado con la Administración General del Estado, para el seguimiento y control de avance a lo largo de todo el periodo de ejecución de la actuación.

Consultor: Adjudicatario de este contrato de servicios para el control y vigilancia de la obra.

Contratista: Adjudicatario del contrato para la realización de la obra.

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ARTÍCULO 6. FUNCIONES DEL DIRECTOR Y DEL RESPONSABLE DEL CONTRATO

El Director desempeñará funciones directoras, inspectoras, técnicas, administrativas y económicas, y establecerá los criterios y líneas generales para la actuación del Consultor. En particular determinará:

Los plazos para la ejecución de los diversos trabajos comprendidos en el Contrato, que no estén definidos en este Pliego, así como las fechas para la ejecución de aquellos trabajos que deban ser realizados en días determinados, e incluso las horas de realización de éstos, cuando sea necesario.

Los medios, tanto humanos como materiales, necesarios, en cada caso, para llevar a cabo la correcta prestación de servicios contratados.

Cuantas directrices sean necesarias, como consecuencia de su misión de dirección del Contrato, para el cumplimiento de los fines del mismo.

Por su parte, de conformidad con los Convenios y la legislación vigente, el Responsable del contrato será el encargado del seguimiento y control de avance por parte del Órgano de Contratación tanto del contrato de obras como del presente contrato de servicios. En relación con las obras y este contrato de servicios, dentro del ámbito de actuación de SEITT, S.A. el responsable de contrato deberá:

Gestionar la aprobación de los Programas de Trabajos por parte de SEITT, S.A. propuestos por la Dirección de las Obras.

Poner en conocimiento de la Dirección Técnica de SEITT, S.A. las incidencias comunicadas por la Dirección de las Obras.

Revisar las certificaciones remitidas por la Dirección de las obras, gestionando su autorización y pago por parte de la Dirección Financiera de SEITT, S.A., y poniendo en conocimiento el presupuesto total de la obra y anualidades a todas las partes implicadas.

Gestionar la autorización de prórrogas y suspensiones de contratos por la Dirección General de SEITT, S.A., solicitadas por la Dirección de las Obras.

Gestionar la autorización de redacción de modificados, así como su continuación provisional por la Dirección General de SEITT, S.A., solicitadas por la Dirección de las Obras.

Gestionar la aprobación económica de modificados por el Consejo de Administración de SEITT, S.A. y la firma de dichas modificaciones contractuales.

Gestionar la autorización de la certificación final de las obras y la liquidación del contrato por la Dirección General y el Consejo de Administración de SEITT, S.A., a propuesta de la Dirección de las obras.

ARTÍCULO 7. RELACIONES DEL CONSULTOR CON EL DIRECTOR Y EL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

Durante el desarrollo de la prestación de servicios, todas las relaciones del Consultor con el órgano de contratación, SEITT, S.A. referentes al Contrato se establecerán únicamente a través del Director o del Responsable del contrato, o de las personas en quien expresamente deleguen estos.

Por parte del Consultor actuará como delegado el Jefe de Unidad, que será responsable y coordinador de todos los trabajos objeto del Contrato.

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Los técnicos de la Dirección de obra citados en el Artículo 18 de este Pliego y, en general, el personal autorizado por SEITT,S.A. tendrán libre acceso en todo momento a las oficinas, laboratorios y demás instalaciones dispuestos por el Consultor para este Contrato.

Además de lo anterior, en caso de necesidad, el Órgano de Contratación podrá requerir directamente información puntual tanto del seguimiento del contrato de servicios como del contrato de las obras a través de la figura del Responsable del contrato. Se proporcionará copia de dicha información a la Dirección de Obra.

ARTÍCULO 8. FACULTADES DEL CONSULTOR EN LA OBRA

A efectos del Contrato de servicios objeto de este Pliego, el personal del Consultor tendrá el carácter de colaborador del Director de la obra, de acuerdo con lo previsto en los párrafos 2º y 3º de la Cláusula 4 del Pliego de Cláusulas Generales para la Contratación de Obras del Estado.

El Director determinará por escrito, comunicándolo al Consultor y al Contratista de la obra, las atribuciones y funciones que delega en cada persona del Consultor.

El Consultor dará cuenta inmediata al Director o personas en quien expresamente delegue éste, de todas las comunicaciones que, en uso de sus funciones de colaboración, emita como consecuencia de sus trabajos.

ARTÍCULO 9. DESCRIPCIÓN DE LOS TRABAJOS QUE HA DE REALIZAR EL CONSULTOR

El Consultor realizará los trabajos necesarios para asegurar la correcta ejecución de cada obra, siguiendo en todo momento las instrucciones del Director y las directrices contenidas en el Anexo Nº 1 del presente Pliego. Dicha colaboración deberá prestarse con carácter previo a la construcción, durante la misma e incluso con posterioridad, y deberá ir encaminada de forma fundamental a la prevención de fallos y desviaciones, antes que a su corrección.

9.1. CONTROL Y VIGILANCIA DE OBRA

Sin carácter exclusivo se realizarán los siguientes trabajos:

Análisis del Proyecto Constructivo, detectando posibles anomalías y deficiencias, tanto en los aspectos técnicos como económicos. En particular, se verificará:

o La coherencia entre los distintos documentos y su nivel de definición y concreción.

o El ajuste del proyecto al terreno: replanteo, geotecnia, disponibilidad de terrenos y modificación de servidumbres. Comprobación de todas las referencias a “situación actual” o similar incluidas en el Proyecto.

o Los cálculos y detalles constructivos.

Desglose del proyecto en obras elementales, para el control de calidad y seguimiento de la obra.

Propuesta de actuaciones, y su desarrollo, para corregir las incoherencias entre diferentes documentos del proyecto y el terreno e instalaciones existentes, así como para modificar o desarrollar aquellos aspectos que el proyecto define de forma incorrecta o incompleta, o aquellas actuaciones que estando incluidas dentro del objeto del mismo, deja sin diseñar, siempre que el Director o el Responsable del contrato así lo determinen. Esta actuación deberá desarrollarse antes y durante la ejecución de los trabajos.

Revisión y emisión de los dictámenes correspondientes, sobre los proyectos de instalaciones o de medios auxiliares de obra que a lo largo de la misma presente el Contratista en cumplimiento de la “Resolución circular Nº 3/2006 sobre medidas a adoptar en materia de seguridad en el uso de instalaciones y medios auxiliares de obra”.

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Redacción del Plan de Control y Vigilancia, dividido en Obras Elementales, a partir de lo indicado en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, demás documentos del Proyecto y Anexo Nº 1 del presente Pliego. Dicho Plan incluirá la descripción del personal y medios técnicos a emplear.

Ejecución del Plan de Control y Vigilancia, según lo establecido en el punto anterior.

Registro y archivo de la información correspondiente a los trabajos de control y vigilancia.

Apoyo técnico al Director de la obra en: comprobación y vigilancia de la correcta ejecución de la obra; interpretación técnica del proyecto y redacción de proyectos Modificados, Complementarios y de Obras de Emergencia, tanto de las obras como de los servicios afectados que lo requieran. También se incluyen los trabajos necesarios para el estudio de soluciones alternativas. Entre otros aspectos, prestará apoyo al Director de la Obra y al Responsable del contrato en lo referente a: Expropiaciones; Arqueología; Medioambiente; Seguimiento Hidrogeológico; Voladuras; Control de Calidad, Geología; Geotecnia; Túneles; Estructuras; Instalaciones, Alimentación eléctrica del ferrocarril; Instalaciones de Seguridad y Comunicaciones; Seguridad y Salud, Gestión de ayudas comunitarias y fondos europeos, etc.

Elaboración de informes mensuales de control y vigilancia, con el contenido mínimo descrito en el Anexo Nº 1 del presente Pliego.

Elaboración de informes sobre el estado final de las obras. Para cada obra elemental el Consultor emitirá un “Certificado de Control” haciendo constar sus características finales de: geometría, cuantitativas y de calidad.

Análisis y mejora del Plan de Auscultación propuesto por el contratista en lo referente a:

Estacionamiento de equipos de auscultación

Organización de la unidad de auscultación y control del contratista de la obra.

Programación de toma de datos por parte de la unidad de auscultación y control del contratista de la obra.

Programa del mantenimiento y calibrado de los equipos de auscultación.

Informe y seguimiento del estado de los edificios.

9.2. SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO Y DE PROGRAMACIÓN

El Consultor realizará el seguimiento económico y de plazos de la obra ejecutada, siguiendo las instrucciones dadas al efecto por el Director de la obra y el Responsable del contrato; las previsiones de desviación en cada momento, en relación con las inicialmente previstas; y las posibles modificaciones autorizadas. Se analizarán las causas de las anomalías, el estudio de alternativas y la propuesta de soluciones correctoras. Las tareas a realizar se resumen a continuación y se desarrollan en el Anexo Nº 1 del presente Pliego:

Implantación y mantenimiento del sistema informático para el seguimiento de obras.

Seguimiento presupuestario: Medición y valoración mensual y a origen de la obra realmente ejecutada dividida por obras elementales; desviaciones presupuestarias con relación al Plan de Trabajos aprobado; certificaciones y cumplimiento de anualidades.

Seguimiento del Plan de obra por obras elementales.

Elaboración de informes mensuales de seguimiento presupuestario y de programación. Estos informes deben presentarse a la Dirección de la obra con copia al Responsable del contrato.

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9.3. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE INTEGRACIÓN AMBIENTAL

El Consultor realizará las actividades que de forma resumida se describen a continuación, y que se desarrollan en el Anexo Nº 1 del presente Pliego:

Análisis del Proyecto Constructivo desde el punto de vista medioambiental determinando, entre otros aspectos:

o La idoneidad y adecuación ambiental del Proyecto a lo dispuesto en la Declaración de Impacto Ambiental.

o La adecuación de las medidas aplicadas para la prevención y/o corrección de impactos ambientales.

o La valoración de los procedimientos de control y vigilancia ambiental: medios, programas, frecuencias, etc.

o Contenido y análisis del Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) del Proyecto Constructivo.

Análisis del Plan de Gestión Medioambiental del Contratista.

Redacción del Programa de Vigilancia Ambiental en fase de obras, con indicación expresa de los medios humanos y materiales asignados.

Control del cumplimiento del Programa de Vigilancia Ambiental antes mencionado por parte del contratista.

Seguimiento hidrogeológico de los acuíferos del Delta del Llobregat en el ámbito de las obras.

Redacción de informes de control y seguimiento de las medidas de integración ambiental. Estos informes deben presentarse a la Dirección de la obra con copia al Responsable del contrato.

9.4. AYUDA A EXPROPIACIONES

El Consultor prestará apoyo a la Dirección de Obra y al Responsable del contrato en los trabajos de expropiaciones descritos en el Anexo Nº 1 de este Pliego, según indicaciones de estos.

ARTÍCULO 10. RESPONSABILIDADES DEL CONSULTOR

El Consultor responderá:

Del buen funcionamiento e idoneidad de las instalaciones, equipos y materiales destinados a la ejecución de los trabajos encomendados.

De la correcta ejecución de las actividades y trabajos realizados

De la exactitud de las operaciones topográficas, mediciones, valoraciones, planos y demás documentos que haya de preparar y/o presentar.

De la correcta ejecución de los ensayos, controles, calicatas, pruebas de funcionamiento y demás procedimientos de comprobación, cuya realización le sea encomendada.

Del adecuado comportamiento de su personal.

En general de la comprobación y vigilancia de la correcta realización de la Obra. (Cláusula P.4 del Pliego de Cláusulas Administrativas Generales para la Contratación de Obras del Estado).

Cumplimiento del Plan de Integración Ambiental.

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ARTÍCULO 11. PERSONAL Y MEDIOS

Durante la ejecución de las obras, el Consultor deberá disponer de las dotaciones de todo tipo que sean necesarias para desarrollar los servicios objeto de su cometido, las cuales deberán ajustarse a lo establecido en el Anexo Nº 6 del Pliego de Cláusulas o a las superiores que el propio Consultor haya presentado en su oferta y le hayan sido aceptadas SEITT, S.A. en el momento de la adjudicación. Estas dotaciones podrán ser variables en el tiempo, a juicio del Director de obra, con el fin de adaptarse al ritmo y necesidades de la obra.

En cualquier caso, como responsable de los trabajos contratados y representante permanente del Consultor en la obra, estará el Jefe de Unidad.

El Consultor no podrá retirar ni sustituir los efectivos de personal y medios ofertados que, a juicio del Director de obra, deban estar aplicados en cada momento para el adecuado control y vigilancia de la misma, sin su autorización escrita.

Todos los cambios deben ser adecuadamente justificados y siempre con características similares o mejores.

El Director de obra podrá ordenar, en cualquier momento y cuantas veces sea necesario, la sustitución del personal del Consultor cuyo comportamiento y/o rendimiento no considere satisfactorio.

ARTÍCULO 12. CONDICIONES LABORALES

El personal del Consultor, de acuerdo con su categoría laboral, deberá estar capacitado para realizar como mínimo los trabajos indicados en este Pliego y en la legislación laboral vigente.

La jornada laboral será la correspondiente a la legislación laboral vigente y convenios laborales que sean de aplicación.

Las funciones de control y vigilancia encomendadas al Consultor se mantendrán siempre que haya trabajos de construcción en la obra, para lo que deberá tomar las precauciones legales y laborales necesarias. En estos supuestos, las variaciones de horario y calendario laboral o los trabajos en turnos nocturnos no serán computables a efectos de abono, considerándose incluidos en los precios unitarios de valoración ofertados.

Son, pues, de cuenta directa del Consultor todos los devengos de personal, incluidos seguros sociales, horas extraordinarias, dietas e impuestos que regulan las disposiciones vigentes en el momento actual o las que se aprueben durante el periodo de vigencia del Contrato.

El personal adscrito por el Consultor a la prestación objeto del Contrato no tendrá, bajo ningún concepto, relación laboral alguna con SEITT, S.A. ni ADIF.

ARTÍCULO 13. MEDICIÓN Y ABONO

La valoración de los servicios prestados por el Consultor se efectuará según un sistema de precios unitarios, de entre los establecidos por la Cláusula 32 del Pliego de Cláusulas Generales para la Contratación de Estudios y Servicios Técnicos.

Los precios unitarios de ejecución material son los que, ofertados por el Adjudicatario según las descripciones que figuran en el Anexo Nº 5.3 del P.C.A.P, se integren al Contrato en el momento de la adjudicación del mismo. Estos precios incluyen todos los gastos necesarios para la realización de los trabajos objeto de este Contrato: replanteo; ayuda a las expropiaciones; recepción de materiales, en su caso; control geométrico, cualitativo y cuantitativo; medición mensual y final; control de integración ambiental; seguimiento hidrogeológico, vigilancia; control del funcionamiento de instalaciones y equipos (de fabricación y puesta en obra, y de servicio); y control de la señalización de la obra, ejecutados tal y como se indica en el Anexo Nº 1 de este Pliego y siguiendo las indicaciones del Director de Obra.

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Incluyen también los trabajos necesarios para el estudio de soluciones técnicas alternativas relacionadas con proyectos modificados o complementarios, así como ayuda a su redacción.

Los precios unitarios de mantenimiento mensual de oficina e instalaciones y de laboratorio de control de calidad a pie de obra, incluyen el mantenimiento, reparación y/o sustitución de todos los medios, materiales y equipos que figuran en el Anexo Nº 6 del Pliego de Cláusulas, o los superiores que el propio Consultor haya presentado en su oferta y le hayan sido aceptados por SEITT, S.A.

Los precios de mantenimiento mensual de vehículos incluyen los gastos de adquisición y/o alquiler, mantenimiento, combustible, reparaciones y/o sustitución, necesarios para su perfecto funcionamiento.

Para la valoración de los costes de personal a abonar en cada certificación mensual, se computarán únicamente los de aquellas personas con dedicación real al contrato durante ese mes, y cuya contribución responda a una exigencia del Director del Contrato.

Las mejoras en personal o medios materiales propuestos por el Consultor en su oferta, sobre las dotaciones mínimas exigidas, no serán de abono por parte de SEITT, S.A.

Todos los pagos se harán por certificaciones mensuales. En el caso de informes únicos se podrán realizar pagos parciales a criterio del Director.

ARTÍCULO 14. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de prestación de servicios para el control y vigilancia del presente pliego será el de construcción de las obras, establecido en TREINTA Y TRES MESES (33 MESES), ampliado en DOS meses más para la realización de los trabajos de control geométrico y cuantitativo de la medición final de las obras, lo que dará un plazo total de TREINTA Y CINCO MESES (35 meses), contados desde la orden de inicio.

ARTÍCULO 15. PROGRAMA DE LOS TRABAJOS

Los trabajos se desarrollarán ajustándose a los programas previstos para la construcción de las obras, siguiendo en todo momento las órdenes del Director de las mismas.

ARTÍCULO 16. PERMISOS Y LICENCIAS

Será de incumbencia del Consultor la obtención de los permisos y licencias de los particulares que se requieran para la realización los trabajos encomendados, así como el abono de impuestos, tasas, cánones, compensaciones o indemnizaciones a que de lugar el desarrollo de los mismos, y que deben considerarse integrados en los precios unitarios ofertados.

ARTÍCULO 17. PRECAUCIONES DURANTE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS

El Consultor adoptará las medidas necesarias para que durante la ejecución de los trabajos encomendados quede asegurada la protección a terceros, siendo de su total responsabilidad las indemnizaciones por los daños y perjuicios que puedan ocasionarse como consecuencia de aquellos si, a tenor de las disposiciones y leyes vigentes, incurriese en culpabilidad.

ARTÍCULO 18. INSPECCIÓN DE LOS MEDIOS DISPUESTOS Y LOS TRABAJOS DESARROLLADOS POR EL CONSULTOR

Los medios, humanos y materiales, y el trabajo realizado por el Consultor serán objeto de Inspección por parte del Director del contrato, con la asiduidad que se estime necesario. Para ello, y previo aviso al Director de obra, este se desplazará al lugar de ubicación de las oficinas del Consultor para la realización de la Inspección, la cual entre otros aspectos podrá consistir en lo siguiente:

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CONTRATO DE SERVICIOS PARA EL CONTROL Y VIGILANCIA DE LA OBRAS DEL PROYECTO: “ACCESO A LA NUEVA TERMINAL DEL AEROPUERTO DE BARCELONA. RED DE CERCANÍAS DE BARCELONA”.

ANEXO Nº 1: TRABAJOS A REALIZAR POR EL CONSULTOR

10

ÍNDICE

1. CONTROL Y VIGILANCIA DE OBRA 11

1.1. NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN 11

1.2. ANÁLISIS DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO 12

1.2.1. Estudio de los documentos integrantes del Proyecto 12

1.2.2. Procedimientos constructivos 12

1.2.3. Ajuste del Proyecto al terreno 12

1.3. DESGLOSE DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO EN OBRAS ELEMENTALES 13

1.4. CORRECCIÓN DE LAS DEFICIENCIAS ENCONTRADAS EN EL PROYECTO 13

1.5. REVISIÓN DE PROYECTOS DE INSTALACIONES Y DE MEDIOS AUXILIARES DE OBRA 13

1.6. REDACCIÓN DEL PLAN DE CONTROL Y VIGILANCIA 14

1.7. EJECUCIÓN DEL PLAN DE CONTROL Y VIGILANCIA 14

1.8. REGISTRO Y ARCHIVO DE LA INFORMACIÓN DE CONTROL 15

1.9. APOYO TÉCNICO AL DIRECTOR DE LA OBRA 15

1.10. REDACCIÓN DE INFORMES DE CONTROL Y VIGILANCIA 16

1.11. REPORTAJE FOTOGRÁFICO 16

2. SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO Y DE PROGRAMACIÓN 16

3. COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD 17

4. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE INTEGRACIÓN AMBIENTAL 17

5. TRABAJOS DE EXPROPIACIONES 19

6. REDACCIÓN Y CONTENIDO DE LOS INFORMES 23

7. AUSCULTACIÓN 24

8. LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD 25

APÉNDICE 1. ENSAYOS REQUERIDOS A REALIZAR EN EL LABORATORIO DE OBRA DE CONTRASTE 29

APÉNDICE 2. RECOMENDACIONES PARA EL CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS

DE PROTECCIÓN Y DE INTEGRACIÓN AMBIENTAL 32

11

En el presente Anexo, se desarrollan los trabajos a realizar por el Consultor en cada obra objeto del contrato, con el fin de asegurar la correcta ejecución de las obras, de acuerdo con la definición del Proyecto, las exigencias de este Pliego y la normativa vigente.

1. CONTROL Y VIGILANCIA DE OBRA

1.1. NORMATIVA TÉCNICA DE APLICACIÓN

Se aplicará el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto. Aparte se incluye la siguiente relación no exhaustiva de normativa técnica:

- EHE-08. Instrucción de Hormigón Estructural (R.D. 1247/2008, de 18 de julio). - EHPRE-72. Instrucción para la fabricación y suministro de hormigón preparado. - REBT. Reglamento electrotécnico de alta y baja tensión que contiene: regí. Centrales generadores, regí.

Estaciones de transformación, regí, de alta tensión y regí, de baja tensión. - NLT. Normas de ensayo del Laboratorio de Geotécnica del Centro de Estudios y Experimentación de Obras

Públicas. - M.E.L.C. Método de Ensayos del Laboratorio Central de Ensayos de Materiales del Centro de Estudios y

Experimentación de Obras Públicas. - U.N.E. Normas UNE. - CEN. Normas Europeas. - CENELEC. Normas Europeas. - CEI. Normas Internacionales. - ISO. Normas Internacionales. - PG-3, Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para obras de carreteras y puentes. - V.A.P.-70. Instrucción para la fabricación de viguetas autorresistentes de hormigón pretensado. - P.R.Y. Pliego de Condiciones para la recepción del hormigón I.E.T. - R.P.H. Recomendaciones práctica para la buena protección del hormigón I.E.T. - R.L.A.T. Reglamento de líneas eléctricas aéreas de alta tensión 1965. - TAA. Pliego de Prescripciones Técnicas Generales para tuberías de abastecimiento de aguas. - TSP. Pliego de Prescripción Técnicas Generales para tuberías de saneamiento de poblaciones. - ETP. “Normas de pinturas” del Instituto Nacional de Técnicas Aeroespaciales Esteban Terradas. - T.D.C. Pliego General de Condiciones Facultativas para la fabricación, transporte y montaje de tuberías de la

Asociación Técnica de Derivados del Cemento. - N.R.V. Normas ADIF (RENFE-VÍA), Normas ADIF (GIF) - Normas ADIF (Señalización Electrificación Telecomunicaciones) - P.R.V. Pliego de Condiciones de ADIF (RENFE-Vía) - Código Técnico de la Edificación (CTE). - Normas, leyes y disposiciones locales y autonómicas. Será de aplicación, de modo general, toda la normativa de RENFE y de ADIF y ADIF ALTA VELOCIDAD en

vigor, así como la que pueda elaborar durante el transcurso de las obras, además de todas las normas, instrucciones, recomendaciones y pliegos oficiales vigentes, las Especificaciones Técnicas de Interoperabilidad, las normas técnicas del Comité Europeo de Normalización Electrotécnica (CENELEC) aprobadas o en proceso de aprobación y normas técnicas que correspondan.

Asimismo, tendrán similar rango de aplicación, las Normas C.E.N., CENELEC, CEI, ISO, Eurocódigo y las

Normas y Recomendaciones de la Unión Internacional de Ferrocarriles (U.I.C.).

12

En caso de no existir norma aplicable, se podrán aplicar las normas extranjeras (DIN, ASTM, etc.) que se indican

en el Plan de Control o sean designadas por la Dirección de Obra. En caso de derogación de alguna de las normas anteriores, será de aplicación la norma que le sustituya.

1.2. ANÁLISIS DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO

1.2.1. Estudio de los documentos integrantes del Proyecto

El Consultor realizará un análisis de los documentos del Proyecto, reflejando las conclusiones obtenidas. Prestará atención especial, al menos, a los siguientes aspectos:

Planos: Analizará su calidad; su coherencia con las mediciones; y si son suficientes para una correcta definición de las obras. Destacará aquellos elementos que vayan a requerir correcciones, precisiones o estudios adicionales.

Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares: Examinará el nivel de definición de las especificaciones sobre materiales, equipos, unidades de obra y partidas alzadas; la concreción y adecuación de los criterios de medición y abono establecidos, con los presupuestos; y la coherencia del Pliego con los planos y con los demás documentos del proyecto.

Mediciones: Comprobará su exactitud y su correspondencia con los restantes documentos del Proyecto. Destacará los posibles errores, excesos u omisiones.

Precios: Para cada uno, examinará la precisión de su definición en el Cuadro de Precios Nº 1, y su correspondencia con lo especificado en el Pliego y con lo medido y valorado en Presupuestos. Se comprobará la correcta elaboración del Cuadro de Precios Nº 2 y del Anejo de Justificación de precios. En particular, se comprobará que en cada precio se incluyen todos los medios humanos y materiales necesarios para la completa ejecución de la unidad, incluso las pruebas y puesta en servicio en aquellos casos en que éstas no se abonen independientemente.

Presupuestos: Comprobará su exactitud y correspondencia con los otros documentos del Proyecto.

Anejos de cálculo: Revisará las bases de los cálculos, así como su desarrollo, correspondientes a todas las protecciones de taludes, sostenimientos y revestimientos de túneles, cimentaciones, estructuras, drenajes, firmes, tráfico, redes hidráulicas y todo tipo de instalaciones del proyecto, comprobando que se atienen a la normativa vigente. Además deberá verificar la coherencia de los mismos con las especificaciones de los materiales y de las unidades de obra recogidos en los Planos y en el Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares del Proyecto.

1.2.2. Procedimientos constructivos

El Consultor comprobará la idoneidad y la definición de los procedimientos constructivos de las distintas unidades de obra. En particular analizará la pertinencia o no de las fases de construcción que se han diseñado y su incorporación al Plan de Trabajos.

1.2.3. Ajuste del Proyecto al terreno

El Consultor estudiará el ajuste del Proyecto al terreno. En particular analizará los siguientes aspectos:

Replanteo: Realizará todos los replanteos y comprobaciones cuya ejecución, según el Contrato de Obra, corresponda a SEITT, S.A. Entre otros:

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o Comprobación de la Red Básica de Apoyo y de las Bases de Replanteo y Nivelación, así como de la reposición de ambas, caso de que se hubieran perdido o el Contratista hubiera establecido alguna complementaria.

o Preparación de los datos necesarios para la elaboración del Acta de comprobación del replanteo.

Geotecnia: Analizará la adecuación del proyecto al terreno y a las instalaciones y edificaciones existentes. En particular:

o Grado de coincidencia de los datos de la campaña geotécnica con el terreno real.

o Necesidad de realizar ensayos nuevos o reconocimientos complementarios para un diseño completo y adecuado de las obras (estabilidad de taludes, sostenimiento de cavidades, cimentaciones, etc.).

Afección a terrenos y servidumbres: Comprobará al menos los siguientes aspectos:

o Disponibilidad de terrenos: Analizará si se dispone o no de los terrenos expropiados, así como de las servidumbres de ocupación temporal, precisos para el comienzo y continuación de las obras.

o Modificación de servidumbres: Analizará las afecciones a carreteras, canales y otras vías de comunicación, así como a los servicios existentes de abastecimiento, saneamiento, telefonía, líneas eléctricas, gaseoductos, oleoductos y cualesquiera otros. Analizará la necesidad de realización de caminos de servicio, desvíos provisionales o colocación de instalaciones auxiliares, tales como semáforos, señales, etc.

1.3. DESGLOSE DEL PROYECTO CONSTRUCTIVO EN OBRAS ELEMENTALES

Se consideran Obras Elementales, aquellas partes de la obra, susceptibles de ser tratadas como unidades independientes, teniendo en cuenta alguno de los criterios siguientes:

Singularidad espacial: por ubicación, por tener una extensión determinada, por su facilidad de delimitación, etc.

Singularidad en su proceso de ejecución a lo largo del tiempo: ejecución independiente de las demás, construcción sometida al cumplimiento de determinados hitos temporales, imposiciones por servidumbres de paso, etc.

Singularidad en el sistema de ejecución: tecnología especial, medios específicos, etc.

Posibilidad de tratamiento como superunidad presupuestaria independiente.

Las Obras Elementales deberán coincidir, en lo posible, con los tajos considerados en el Plan de Obra. Cada obra elemental podrá a su vez subdividirse en otras.

1.4. CORRECCIÓN DE LAS DEFICIENCIAS ENCONTRADAS EN EL PROYECTO

El Consultor elaborará un propuesta de actuaciones, que desarrollará posteriormente, con el fin de corregir las incoherencias entre diferentes documentos del proyecto y el terreno e instalaciones existentes, así como para modificar o desarrollar aquellos aspectos que el proyecto define de forma incorrecta o incompleta, o aquellas actuaciones que estando incluidas dentro del objeto del mismo, deja sin diseñar, siempre que el Director de la obra o el Responsable del contrato así lo determinen. Esta actuación deberá desarrollarse antes y durante la ejecución de los trabajos.

1.5. REVISIÓN DE PROYECTOS DE INSTALACIONES Y DE MEDIOS AUXILIARES DE OBRA

El Consultor revisará y emitirá un dictamen de cada proyecto de instalación o de medio auxiliar de obra que a lo largo de la misma presente el Contratista en cumplimiento de la “Resolución circular nº 3/2006, sobre medidas a

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adoptar en materia de seguridad en el uso de instalaciones y medios auxiliares de obra”. Cada dictamen emitido se constituirá como una adenda al informe de análisis previo del proyecto.

1.6. REDACCIÓN DEL PLAN DE CONTROL Y VIGILANCIA

El Consultor redactará el Plan de Control y Vigilancia de las obras, estructurado en las Obras Elementales definidas en el apartado 1.3.

El Plan de Control y Vigilancia reflejará, para cada Obra Elemental: las unidades de obra que la componen y su medición; los tipos de ensayos a realizar en cada unidad de obra; las normas por la que se rigen éstos; su frecuencia y el número de ensayos de cada tipo a realizar. Su extensión será la siguiente:

Control de calidad de materiales y equipos: Garantizará que los materiales y equipos cumplen con lo establecido en el Proyecto, en los Reglamentos y en la Normativa Técnica de aplicación. Incluirá lo siguiente:

o Identificación del origen de los materiales y equipos.

o Comprobación de los certificados de homologación y de calidad del fabricante, y verificación de su correspondencia con los materiales y equipos suministrados.

o Plan de ensayos, verificaciones y pruebas de materiales y equipos a realizar.

o Organización y ejecución de la toma de muestras.

o Identificación, custodia y envío al laboratorio de las muestras.

o Realización de verificaciones y ensayos por personal debidamente cualificado.

o Criterios de aceptación y rechazo de materiales y equipos.

o Realización de ensayos “in situ”, en su caso.

o Realización de pruebas de funcionamiento (parciales o finales) y de recepción de instalaciones.

1.7. EJECUCIÓN DEL PLAN DE CONTROL Y VIGILANCIA

Exceptuando el caso en que SEITT, S.A. realice la totalidad o parte de los ensayos de control de calidad de materiales mediante contratos independientes, el Consultor realizará el 100 % de los ensayos y controles preceptivos. Excepcionalmente, y para el control de calidad de ciertos materiales, el Director de Obra podrá admitir alguna reducción en dicho porcentaje, sin que en ningún caso pueda ser éste inferior al 50 %, y siempre que el porcentaje de ensayos y controles no realizados por el Consultor sea realizado por el Contratista de la obra, con el correspondiente seguimiento y contraste del Consultor. Todo ello salvo causa muy justificada en que el Director de Obra pueda dictar otros criterios.

Se entiende por ensayos y controles preceptivos los establecidos en el Proyecto y en los Reglamentos y Normativa Técnica de aplicación.

En el caso de soldaduras de carril en obra, e independientemente de los ensayos previstos en la norma, el Consultor examinará siempre el 100 % de las mismas por el método de ultrasonido.

Control de ejecución: El Consultor garantizará que las unidades de obra coinciden en su geometría y dimensiones con lo establecido en el Proyecto, y que sus condiciones de ejecución y mantenimiento posterior cumplen con lo establecido en los Reglamentos y Normativa Técnica de aplicación.

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El control de cada unidad de obra deberá cubrir las siguientes fases:

o Control “antes”. El Consultor comprobará que el replanteo de cada unidad es el adecuado y que los elementos y medios auxiliares previstos para su ejecución son conformes con las Normas. En las unidades de obra que vayan a quedar ocultas, previamente a ser tapadas, tomará todos los datos necesarios para su medición y control.

o Control “durante”. El Consultor comprobará que la ejecución y la puesta en obra de la unidad se realizan según los métodos de buena práctica constructiva y conforme a las especificaciones técnicas y de calidad exigidas. Asimismo se comprobará que el elemento recién ejecutado queda debidamente protegido de las condiciones medioambientales, sobrecargas, etc., hasta alcanzar sus características técnicas finales. También comprobará que no crean restricciones que limiten el adecuado mantenimiento y conservación de la obra.

o Control “después”. El Consultor comprobará que la unidad de obra ejecutada se ajusta, dentro de las tolerancias admitidas, a la geometría, dimensiones y ubicación fijadas en el Proyecto. Asimismo, llevará a cabo la auscultación (o contraste de la realizada por el Contratista), tanto a lo largo de su construcción, como posteriormente, de aquellas obras tales como túneles, terraplenes, estructuras, cimentaciones y otras, con el fin de conocer su comportamiento y evolución.

Control de equipos, instalaciones y medios auxiliares de obra: Su objeto es conseguir que su empleo durante la obra se realice en condiciones adecuadas de seguridad. El Consultor verificará que su montaje, puesta en servicio, manejo durante las diferentes fases de la obra, mantenimiento, desmontaje y traslado a un nuevo emplazamiento, en su caso, son los adecuados, y que están planificados, supervisados y controlados por un técnico con cualificación académica y profesional suficiente, adscrito a la empresa propietaria de la instalación o del medio auxiliar.

1.8. REGISTRO Y ARCHIVO DE LA INFORMACIÓN DE CONTROL

El registro y archivo de los datos procedentes del control se atendrá a lo siguiente:

El técnico designado por el Consultor como Jefe de Unidad es el responsable directo de la creación y mantenimiento del archivo de los datos obtenidos del control de la obra.

En un primer archivo se guardarán, en impresos normalizados, con su fecha y las observaciones pertinentes, los resultados de todos los controles geométricos, cuantitativos y de calidad de cada Obra Elemental; los estudios de materiales y mezclas y el Diario de la Obra (que incluirá la relación diaria del personal y maquinaria participante en la obra organizada por tajos; los trabajos realizados; las incidencias climatológicas, laborales o de otro tipo reseñables; y, en su caso, las paralizaciones, haciendo mención expresa a su justificación).

En un segundo archivo, separado del anterior, se registrarán los resultados de todos los ensayos e inspecciones que se hayan comunicado al Contratista, tales como los de control de aceptación ó rechazo de la obra ejecutada. En este archivo, la ordenación de los datos se hará en correspondencia con el desglose del Proyecto en Obras Elementales.

Todos los impresos se archivarán de forma permanente y accesible, siguiendo un índice preestablecido, hasta la finalización de la obra, e irán debidamente firmados por el responsable del documento.

1.9. APOYO TÉCNICO AL DIRECTOR DE LA OBRA

El Consultor dará apoyo técnico al Director de la Obra en sus funciones de: comprobación y vigilancia de la correcta ejecución de la obra contratada; interpretación técnica del proyecto y redacción de proyectos Modificados, Complementarios y de Obras de Emergencia, tanto de las obras propiamente dichas como de los servicios afectados

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que lo requieran. También se incluyen los trabajos necesarios para el estudio de soluciones alternativas. Entre otros aspectos, prestará apoyo al Director de la Obra y al Responsable del contrato en lo referente a: Expropiaciones; Arqueología; Medioambiente; Seguimiento Hidrogeológico; Voladuras; Control de Calidad, Geología; Geotecnia; Túneles; Estructuras; Instalaciones, Alimentación eléctrica del ferrocarril; Instalaciones de Seguridad y Comunicaciones; Seguridad y Salud, Gestión de ayudas comunitarias y fondos europeos, etc.

1.10. REDACCIÓN DE INFORMES DE CONTROL Y VIGILANCIA

El Consultor redactará mensualmente un informe de control y vigilancia de cada obra, cuyo contenido se describe en el apartado 6 de este Anexo. Estos informes deben presentarse a la Dirección de la obra con copia al Responsable del contrato.

1.11. REPORTAJE FOTOGRÁFICO

Antes del inicio de las obras se llevará a cabo un reportaje fotográfico. Se realizará un reportaje fotográfico a petición de la Dirección de obra o el Responsable del contrato, haciéndolo coincidir con los momentos de interés en el desarrollo de la obra, más uno antes de iniciar los trabajos, mostrando los espacios que van a ser ocupados por las obras, y otro después de finalizarlas. Se incluirá cada elemento singular de la obra: terraplenes, desmontes, viaductos, túneles y obras de drenaje. Este reportaje fotográfico podría ser aéreo en las zonas exteriores o al aire libre consideradas por el Director de obra o Responsable del contrato.

Previamente al inicio de la obra, se realizará un informe documentando fotográficamente de aquellas

propiedades (caminos, edificaciones, servicios, etc.) que pudieran verse afectadas durante la ejecución de las mismas. Estos reportajes se realizarán mediante cámara digital, con una resolución adecuada y en formato JPG o PNG.

El conjunto de fotografías que formarán cada uno de los reportajes deberá reflejar la situación e incidencias que se produzcan en el desarrollo de las obras, así como las recepciones y pruebas que se realicen. Estos reportajes darán lugar a un informe, en donde deberán imprimirse, con una resolución que permita identificar con suficiente calidad los objetos mostrados, a todo color, cada una de las fotografías tomadas, con un pie de foto que describa la imagen, ubicación (Punto Kilométrico y coordenadas UTM) y orientación de la fotografía tomada, así como un número de identificación. El informe incluirá un CD/DVD con cada uno de los ficheros imagen de las fotografías incluidas en el informe, identificando claramente el contenido de cada fichero. Cada informe deberá incluir, en donde proceda, un diagrama del trazado en donde se indique el número, Punto Kilométrico y orientación de cada una de las imágenes que forman parte del reportaje. Debe entregarse todas las fotos en soporte informático y con su pie de foto correspondiente. El soporte informático será entregado, clasificado y quedará en posesión de la Dirección de Obra, entregando una copia al Responsable del contrato.

2. SEGUIMIENTO PRESUPUESTARIO Y DE PROGRAMACIÓN

El Consultor realizará, para cada obra, los trabajos siguientes:

Implantación y mantenimiento de un sistema informático aceptado por el Director de obra, para el seguimiento individualizado y global de la obra, en cuanto a plazos y presupuestos, a partir de:

o Datos iniciales del proyecto. o Plan de obra. o Datos mensuales sobre control cuantitativo.

Seguimiento presupuestario. Mensualmente se presentará en forma de tablas, al menos, la información siguiente:

o Relación valorada mensual y a origen por Obras Elementales, desglosada en las unidades del proyecto. Para cada unidad se indicará su medición y presupuesto previsto (el del proyecto adjudicado con sus correcciones por adecuación al terreno u otras incidencias) y se comparará con la obra ejecutada a origen.

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o Relación valorada por Obras Elementales mensual y a origen. Para cada Obra Elemental se indicará su presupuesto previsto en euros (el del proyecto adjudicado con sus correcciones por adecuación al terreno y otras incidencias) y el de la obra ejecutada a origen en el mes (en euros y porcentaje).

o Certificación mensual a origen, desglosada en unidades de obra del proyecto. o Desviaciones presupuestarias y de la obra ejecutada, a nivel de Obra Elemental. Para cada Obra

Elemental con relación al presupuesto previsto. Análisis del cumplimiento de anualidades.

Seguimiento del Plan de Obra en base al desglose de las obras mencionado anteriormente. El Consultor analizará:

o La coherencia del Plan de Obra vigente con la realidad de la misma; el análisis de los rendimientos realmente obtenidos; y el desplazamiento real o previsible de hitos pasados y futuros.

o Análisis de las causas de las desviaciones habidas y de su incidencia sobre la obra pendiente, así como de las posibles actuaciones para corregirlas.

Elaboración de un informe mensual de seguimiento presupuestario y de programación, con la información anterior. Estos informes deben presentarse a la Dirección de la obra con copia al Responsable del contrato.

3. COORDINACIÓN DE SEGURIDAD Y SALUD

Las actuaciones del Coordinador de Seguridad y Salud se regirán por lo indicado en la normativa vigente y por el contrato desarrollado por SEITT,S.A. a tal fin (incluido su Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares), no siendo objeto de este contrato de prestación de servicios para el Control y Vigilancia de la obras.

4. CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LAS MEDIDAS DE INTEGRACIÓN AMBIENTAL

Las actuaciones del Consultor se desarrollarán en las siguientes fases:

Fase previa al inicio de la obra

o Análisis del Proyecto Constructivo desde el punto de vista medioambiental. Se hará una descripción del proyecto a ejecutar y de su entorno, especificando:

- Las características y afecciones principales de la obra.

- Situación previa a la ejecución del área afectada por el Proyecto.

- Síntesis de los impactos previstos en el Proyecto.

- Síntesis de las medidas preventivas y correctoras del Proyecto.

- Cumplimiento de las prescripciones de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA).

- Análisis del Programa de Vigilancia Ambiental (PVA) del Proyecto Constructivo. Se recogerán las modificaciones o mejoras del PVA con el fin de que se ajuste mejor a las condiciones actuales del entorno y de las obras.

o Análisis del Plan de Gestión Medioambiental presentado por el Contratista. Se comprobará que recoge las medidas necesarias para corregir los impactos derivados de las actuaciones durante la fase de construcción (préstamos, vertederos, instalaciones de obra, caminos de acceso, voladuras, etc.).

o Redacción del Programa de Vigilancia Ambiental en fase de obras. En cumplimiento de la normativa medioambiental vigente, de los condicionantes de la DIA, y teniendo en cuenta el PVA del Proyecto, el Consultor redactará un nuevo Programa de Vigilancia Ambiental en fase de obras, con el objeto de detallar las operaciones necesarias para verificar la eficacia de las medidas, protectoras y correctoras,

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contenidas en el Proyecto Constructivo, así como describir el tipo, frecuencia y periodo de emisión de los informes a remitir a la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental.

Fase de ejecución de la obra

El Consultor llevará a cabo el desarrollo del Programa de Vigilancia Ambiental en fase de obras, mediante las siguientes actuaciones:

o Controlar que se están ejecutando correctamente las medidas previstas en el Proyecto y que se adecuan a los criterios de integración ambiental establecidos en la DIA.

o Comprobar la eficacia de las medidas, protectoras y correctoras, establecidas y ejecutadas. Cuando tal eficacia se considere insatisfactoria, se determinarán las causas y se establecerán los remedios adecuados.

o Detectar impactos no previstos en el Estudio de Impacto Ambiental y definir las medidas adecuadas para reducirlos, eliminarlos o compensarlos.

o Informar a la Dirección de Obra sobre los aspectos objeto de vigilancia.

o Redactar y emitir los informes a la Dirección de la obra con copia al Responsable del contrato.

Se incluyen como APÉNDICE nº 2 de este Anexo unas recomendaciones para el control y seguimiento de la ejecución de obras de protección y corrección medioambiental.

Seguimiento Hidrogeológico

El Nuevo Acceso de Cercanías Renfe a la Nueva Área Terminal se sitúa en el margen derecho del Río Llobregat y consiste en una línea de vía doble que comienza en el paso bajo la carretera C-31 de la línea de Vilanova y finaliza en la estación de la Terminal Sur (T1) del Aeropuerto de Barcelona. La línea tendrá una longitud de 4.495 m e irá soterrada en la mayor parte del trazado.

Durante el desarrollo de las obras se planifica una campaña de seguimiento de los niveles piezométricos y de obtención de muestras de las aguas subterráneas, dentro del Plan de Vigilancia Hidrogeológico-Ambiental de los acuíferos superficial y profundo del Delta del Llobregat, situados en el entorno del Aeropuerto de Barcelona, de acuerdo con las indicaciones fijadas por la Agencia Catalana del Agua.

La Red de Control Hidrogeológica está compuesta por 14 piezómetros situados a lo largo del trazado. Dentro de esta Red de Vigilancia, 9 piezómetros controlan el acuífero superficial y 5 el acuífero profundo. En la siguiente tabla se recoge la Red de Vigilancia constituida para el presente seguimiento:

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El objetivo es controlar y analizar la posición de los niveles piezométricos, así como conocer las características hidrogeoquímicas y de calidad de las aguas de los acuíferos del Delta del Llobregat. Entre los parámetros físico-químicos a determinar se encuentran el Ph, conductividad eléctrica (CE), temperatura (T), total de sólidos disueltos (TSD), potencial REDOX (Eh u ORP) y el oxígeno disuelto del agua (LDO).

Una vez se inicie el contrato del control y vigilancia de las obras, el Director de la obra o el Responsable del contrato facilitará al adjudicatario del mismo un modelo de informe hidrogeológico que detallará en mayor medida los trabajos a realizar, así como la ubicación exacta de los piezómetros a controlar.

Aparte de los informes de seguimiento hidrogeológico, dentro de los trabajos a realizar se incluye la revisión del estado de los piezómetros así como las tareas de mantenimiento para determinar su estado de colmatación y su conservación ante posibles agresiones externas. Igualmente se incluye el mantenimiento, reposición, limpieza y control de los sensores instalados en dichos piezómetros.

5. TRABAJOS DE EXPROPIACIONES

Dentro de la Consultoría y Asistencia que se contrata, el Consultor estará obligado a ejecutar los trabajos y actividades relativas a expropiaciones, que pudieran derivarse de la tramitación de nuevos expedientes de la obra, tales como Modificados, Complementarios y Obras de Emergencia.

a) REPLANTEO Y DELIMITACIÓN DE LAS EXPROPIACIONES

1. Los datos de partida se obtendrán de los proyectos aprobados y de la obra, en su caso, y en base a ellos se colocarán las bases de replanteo que sean necesarias y se reimplantarán todas aquellas que estén deterioradas, perdidas, etc.

Estas bases se materializarán de forma permanente mediante:

Clavos en obra de fábrica.

Señales grabadas en roca y pintura.

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Estacas hormigonadas.

Hitos Feno-Atterberg o similares.

Con estas bases se materializará, de no estarlo, en el campo el replanteo de las líneas y las subestaciones, mediante clavos fijos hormigonados en los puntos singulares del trazado de planta y de cuantos puntos puedan ser de interés.

El resto de los puntos de replanteo de las líneas, cada 20 m y de las obras pueden ser materializados mediante estacas clavadas en el terreno y debidamente señalizados y numerados con la progresiva del perfil.

2. A partir de este replanteo, se tomarán las medidas de la poligonal de expropiación, señalizando en el terreno mojones que delimiten la superficie a expropiar. Estas medidas se tomarán desde las estacas implantadas anteriormente y se reflejarán estas distancias en los planos para tener definida la zona a expropiar.

b) PROCESO EXPROPIATORIO, TOMA DE DATOS Y TRAMITACIÓN.

1. Investigación de la propiedad y toma de datos

1.1. Comprobación y toma de datos sobre la propiedad en los Servicios del Catastro (Hacienda), Registros de la Propiedad, Ayuntamiento y otras Entidades.

1.2. Investigación sobre el terreno de los titulares de la propiedad, así como, de los cultivadores, aparceros, arrendatarios e inquilinos, si los hubiere.

1.3. Toma de datos y fotografías del terreno de cada parcela, obteniendo un croquis de la misma, con sus dimensiones y todas sus características (plantaciones, edificaciones y otros elementos con su descripción).

1.4. Fijación de parcelas-tipo que permitan definir las clases de tierras en que hayan de agruparse las parcelas afectadas, previo reconocimiento de los terrenos y estudio técnico-económico de los cultivos. A partir de estos se clasificarán las fincas investigadas, de acuerdo con los tipos previamente establecidos.

De1-1 a 1-4 se obtienen los elementos necesarios para definir el PLANO PARCELARIO, que se confeccionará a la escala 1:500.

1.5. Elaboración de una FICHA-RESUMEN para cada finca en la que se englobarán todos los datos anteriores y los siguientes:

a) Numeración de finca.

b) Descripción de la finca con sus límites, superficies y superficies a expropiar.

c) Nombre del propietario

d) N.I.F. del propietario.

e) Domicilio del propietario.

f) Régimen de tenencia y característica de la inscripción de la finca en el Registro de la Propiedad.

g) Cultivadores, aparceros, arrendatarios e inquilinos y domicilio de los mismos.

h) Clasificación y Calificación.

i) Cultivo, arbolado, cerramientos y demás características.

j) Lista resumen

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1.6. Solicitud ante el Registro de la Propiedad correspondiente de certificación de dominio de cargas a efectos de la expropiación (Art. 32.1 del Reglamento Hipotecario).

2. Asistencia al perito de la Administración en los criterios de peritación y valoración de los bienes y derechos afectados.

El Consultor propondrá la valoración previa de conformidad con:

2.1. Valoraciones catastrales, Ley del Suelo y Cédula Urbanística.

2.2. Investigación del mercado de fincas urbanas y rústicas existentes en la zona o zona similares.

2.3. Investigación de los arrendamientos en la zona o zona similares.

3. Asistencia y colaboración de los trámites de la información pública y resolución de alegaciones.

3.1. Anuncios en Boletines oficiales.

3.2. Anuncios en la prensa.

3.3. Exposición en los Ayuntamientos de planos y lista de afectados.

3.4. Asistencia en la realización de los informes precisos para la resolución de las posibles alegaciones que se planteasen.

4. Asistencia al Representante y Perito de la Administración durante la realización de las Actas Previas a la ocupación.

El cumplimiento de este trámite, fijado por el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, exigirá:

4.1. Citaciones.

4.2. Levantamiento de las Acta Previas en cada uno de los Municipios afectados.

4.3. Posibles replanteos o comprobaciones “in situ” por exigencia de los interesados y confección del plano correspondiente cuando proceda.

5. Asistencia al Representante y Perito de la Administración, en relación con los Depósitos y Actas de Ocupación.

5.1. Cálculo de los depósitos previos y valoraciones de las indemnizaciones por perjuicios derivados de la rápida ocupación.

5.2. Consignación o abono del Depósito y de la previa indemnización por perjuicios, previa citación.

5.3. Levantamiento de las Actas de Ocupación de los Municipios afectados, previa citación.

5.4. Posibles replanteos o comprobaciones “in situ”, por exigencia de los interesados y confección del plano correspondiente cuando proceda.

5.5. Envío del expediente de expropiación al Ministerio Fiscal en el caso de los previstos en el artículo 5º de la Ley de Expropiación Forzosa.

6. Asistencia al Representante y Perito de la Administración en gestión de Justiprecios con los propietarios o sus representantes legales, preparando la documentación para el pago y levantando la correspondiente Acta individualizada para cada finca.

6.1. Intento de Mutuo acuerdo

En el Art. 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, se establece un plazo de quince días para la adquisición amistosa de las fincas, mediante convenio entre la Administración y los afectados.

6.2. Tramitación de los expedientes ordinarios para la determinación del Justiprecio.

Finalizado el plazo que establece la Ley de Expropiación forzosa para la gestión de mutuo acuerdo, se abrirá un expediente individual a cada uno de los propietarios de bienes expropiados.

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El expediente será único en los casos en los que el objeto de la expropiación pertenezca en comunidad a varias personas, o cuando varios bienes constituyan una unidad económica.

6.2.1. Requerimiento a los propietarios para que, en el plazo de veinte días, a contar desde el siguiente al de la notificación, presenten hoja de aprecio, en la que se concrete el valor en que estimen el objeto que se expropia, pudiendo aducir cuantas alegaciones estimen pertinentes.

6.2.2. Escrito de la Administración aceptando o rechazando la valoración de la propiedad. En el primer caso se confeccionará el expediente para su abono y en el segundo se extenderá por la Administración hoja de aprecio fundada del valor objeto de la expropiación, que se notificará al propietario, el cual, dentro de los diez días siguientes, podrá aceptarla lisa y llanamente o bien rechazarla, y en este segundo caso tendrá derecho a hacer las alegaciones que estime pertinentes, empleando los métodos valorativos que juzgue más adecuados para justificar su propia valoración y a aportar las pruebas que considere oportunas en justificación de dichas alegaciones.

6.2.3. Si el propietario acepta la Hoja de Aprecio de la Administración, se confeccionará el expediente para su abono y si es rechazada se pasará la pieza de valoración al Jurado Provincial de Expropiaciones.

6.2.4. Si tiene lugar, se prepararán los informes necesarios para la interposición de los recursos por el órgano competente.

6.2.5. Una vez fijado el justiprecio, bien por el Jurado o por el Órgano Superior, se confeccionará el expediente para su abono, o la declaración de lesividad si procede.

7. Preparación y entrega en los Registros Públicos de la documentación necesaria para dar cumplimiento al art. 60 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa, relativo a la inscripción de los bienes y derechos expropiados.

7.1. Asimismo, una vez convenido o determinado con carácter firme el justo precio de los bienes, derechos o intereses patrimoniales expropiados, se deberá dar cuenta al Delegado de Hacienda de la provincia correspondiente de la valoración convenida o fijada para cada uno de aquellos. Todo ello según lo dispuesto en el Artículo 17 del Decreto-Ley 15/1967 de 27 de noviembre.

8. Cálculo de intereses de demora, tramitación presupuestaria y su abono, si ello procede.

9. Asesoramiento Legal al Representante y Perito de la Administración ante la posible imposición de Recursos por los expropiados, si ello procede.

c) REDACCIÓN DE INFORMES PERIÓDICOS

Al objeto de que el Director de obra y el Responsable del contrato dispongan en todo momento de una información actualizada sobre las gestiones realizadas o en tramitación en materia de expropiaciones, el Consultor empleará un sistema informático con base de datos que permita la confección de listados clasificados y presentados conforme a modelos concreto, previamente aceptados por el Director de obra o el Responsable del contrato.

Además de los listados, se deberá aportar una copia en soporte informático según modelo previamente aceptado por el Director o el Responsable del contrato.

El Consultor tendrá y presentará las actividades y trámites realizados, debidamente documentados de acuerdo con el programa que se establezca y un cuadro resumen de las actuaciones realizadas; en dicho cuadro se incluirán los datos de cada finca individualizada, así como la fase del procedimiento expropiatorio en que se encuentre, según modelo aprobado previamente por el Director o el Responsable del contrato.

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6. REDACCIÓN Y CONTENIDO DE LOS INFORMES

Los informes que según este Pliego se entregarán a la Dirección de Obra (con copia al Responsable del contrato), son los siguientes:

Informe sobre el análisis del Proyecto Constructivo. Su contenido es el definido en el apartado 1.2 del presente Anexo.

Informe-propuesta del Plan de Control y Vigilancia de las obras e instalaciones. Definirá, en detalle, la organización, cuantificación y funcionamiento que tendrán las actividades de Control y Vigilancia, así como el registro y archivo de la documentación del control, de acuerdo con el presente Anexo y las instrucciones del Ingeniero Director.

Informe de comprobación inicial de bases de replanteo y replanteo general de las obras. Definirá las bases de replanteo generadas a partir de la red de puntos de apoyo utilizados en la cartografía digitalizada.

Informes mensuales de control y vigilancia de la obra. Recogerán los Certificados de Control de cada una de las Obras Elementales del Proyecto, introduciendo mes a mes, hasta la finalización de cada una, los resultados de los ensayos y comprobaciones siguientes:

o Control de Calidad: comprobaciones de que para cada unidad de obra, los materiales incorporados, la puesta en obra y la unidad terminada, se ajustaron a las prescripciones técnicas del Proyecto, incluyendo las pruebas parciales y finales de funcionamiento.

o Control geométrico: comprobación de que la obra responde en sus dimensiones, forma y ubicación al Proyecto vigente.

o Control Cuantitativo: medición de las diversas unidades de obra según los criterios fijados por los Pliegos de Prescripciones Técnicas del Proyecto y de Cláusulas Administrativas Generales y Particulares de aplicación.

Informes mensuales de seguimiento presupuestario y de programación. Contendrán la información descrita en el apartado 2 del presente Anexo.

Informes de control y seguimiento de las medidas de integración ambiental.

o Informe inicial: reflejará el estado inicial del medio en relación a los elementos objeto de vigilancia ambiental. Asimismo, establecerá los criterios a seguir durante el periodo de seguimiento ambiental.

o Informes mensuales: recogerán los datos y las actuaciones de control y seguimiento ambiental desarrolladas durante el mes, así como un resumen de las incidencias medioambientales y de las no conformidades.

o Informe final: reflejará, con anterioridad a la emisión del Acta de Recepción de las obras, el estado final de las mismas en relación a los aspectos ambientales objeto de vigilancia ambiental.

Informes de seguimiento hidrogeológico: recogerán la posición de los niveles piezométricos y las características hidrogeoquímicas y de calidad de las aguas de los acuíferos superficial y profundo del Delta del Llobregat.

Informe final de la obra. Editado en soporte magnético, contendrá la valoración final de la totalidad de las obras e instalaciones que se incluyen en la recepción de las mismas.

Informe para la puesta en explotación (cuando proceda). Contendrá, como mínimo, los siguientes puntos:

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o Infraestructura y vía

- Hojas de 2 km. - Trazado en planta y alzado. - Planos de estaciones a escala 1:500, con la definición geométrica, andenes, edificios, pasos

inferiores y superiores, instalaciones varias e incluso drenaje. - Listado de las referencias de vía (coordenadas) relativas a los bulones situados en los postes de

electrificación. - Planos de expropiaciones y relación de propietarios afectados. - Actas de 1ª y 2ª nivelación, según NRV. - Actas de liberación de tensiones, según NRV. - Medición en cada perfil del hombro de la banqueta de balasto. - Actas de control geométrico y ultrasónico de todas las soldaduras realizadas. - Ensayos de balasto realizados.

o Catenaria

- Cuaderno de trabajo de cada uno de los trayectos y estaciones referenciados a la vía. - Esquema eléctrico de la obra. - Comprobación de alturas y descentramientos en cada perfil. - Actas de mediciones de puesta a tierra. - Relación de materiales empleados (con los correspondientes certificados de homologación).

o Instalaciones de seguridad y comunicaciones.

- Plano de instalaciones en cabina. - Plano de instalaciones de campo (conducciones enterradas de FO). - Identificación del software. - Documentación de las nuevas instalaciones por parte de la empresa instaladora. - Relación de materiales con sus certificados de homologación. - Actas de comprobación del aislamiento de cables y del ajuste de los circuitos de vía.

En el caso de renovaciones de vía, la documentación de las nuevas instalaciones puestas en servicio (vía, catenaria, instalaciones de seguridad y comunicaciones) se entregará por trayectos terminados y antes de iniciar las obras en el trayecto contiguo.

7. AUSCULTACIÓN

El Consultor realizará medidas de contraste en los dispositivos de auscultación establecidos por el contratista. La frecuencia de las medidas será semanal en todos los equipos, pudiendo el Director de Obra rebajar dicha frecuencia cuando estime que las medidas se han estabilizado. En cualquier momento el Director de Obra podrá ordenar el reinicio de dichas medidas de contraste. En cualquier momento el Director de Obra podrá ordenar otra frecuencia adecuada a las necesidades de la obra.

En todos los casos el Consultor realizará las nivelaciones topográficas que sean necesarias tanto para la aportación de datos de referencia a los propios sistemas de instrumentación como para complementarlos, dentro del último aspecto comentado cabe resaltar la nivelación de claves en los túneles y la de hitos de coronación en los rellenos.

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Los sistemas de auscultación deberán establecerse en los momentos determinados para ello, siendo la labor de coordinación necesaria para conseguirlo uno de los cometidos del Consultor.

El consultor realizará en el túnel mediciones diarias entre los puntos situados en las secciones de medidas de convergencia, hasta que la curva se establezca y pueda pasarse a una o dos medidas por semana. Asimismo procederá a realizar dos lecturas por semana de las células de presión total de cuerda vibrante que se dispongan en el túnel; y una vez que las tensiones estén estabilizadas se hará una cada dos semanas. No obstante, estas mediciones se realizarán en función de las necesidades que surjan y a juicio de la Dirección de obra.

En cualquier caso el Consultor deberá llevar a cabo la ejecución de los Planes de Auscultación que en cada caso habrá que establecer con carácter previo, para lo cual se tendrá en cuenta las directrices indicadas en el Anejo nº 15 del Proyecto Constructivo.

8. LABORATORIO DE CONTROL DE CALIDAD

El Consultor realizará un contraste del Plan de Calidad establecido por el Contratista. Antes del inicio de los trabajos, el Consultor redactará el Plan de Calidad del Contraste, que deberá ser aprobado por el Director de Obra.

Para ello, dispondrá de un laboratorio de obra, exclusivo para este contrato, donde realizará ensayos en las áreas de hormigones, suelos, aglomerados asfálticos y balasto, además de disponer de los equipos para los ensayos de campo más usuales. El laboratorio de obra estará ubicado en las inmediaciones de la obra y cumplirá con la norma UNE-EN ISO 17025 (Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayos).

El Laboratorio se ajustará de forma flexible a los programas de trabajo de las obras o a las modificaciones que vaya exigiendo la buena marcha de aquellas. En caso de que el ritmo de ejecución de los ensayos varíe respecto al previsto, como consecuencia de variaciones en el ritmo de las obras, el plazo de ejecución se podrá modificar, tanto en aumento como en disminución de plazo.

Los equipos requeridos son los necesarios para la realización de los ensayos en las áreas siguientes, cuya relación se detalla en el APÉNDICE nº 1 de este Anexo:

- Área de suelos

- Área de hormigones

- Área de balasto

- Ensayos de campo

El Consultor se hará cargo de la implantación y coste del laboratorio, de todos los consumos y suministros, así como se responsabilizará de adecuar las instalaciones del laboratorio a la normativa vigente. Deberá disponer de un laboratorio fijo de apoyo, acreditado según normativa, situado a menos de 40 km de la obra. El Laboratorio del Consultor será responsable de la obtención de los permisos y licencias que se requieran para la instalación del laboratorio, así como del abono de impuestos, tasas, cánones, compensaciones o indemnizaciones a que dé lugar el desarrollo de los mismos, y que se consideran integrados en los precios unitarios ofertados.

El personal mínimo para el laboratorio será el establecido en el Anexo Nº 6 del Pliego de Cláusulas. El personal deberá ser aprobado por el Director de Obra y no se aceptarán cambios que no sean aprobados por él.

Al personal se le dotará de un vehículo de carga y transporte necesario para asegurar su movilidad y el transporte de las muestras.

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Como regla general, el plazo máximo de entrega de resultados de cualquier ensayo será el aceptado comúnmente por reglas de buena práctica, incrementado en 24 horas.

La valoración de los trabajos realizados por el Laboratorio se efectuará según precios unitarios de prestación de personal e instalación y mantenimiento del laboratorio.

Los medios humanos y materiales, y el trabajo realizado por el Laboratorio serán inspeccionados por el Director de Obra, quién podrá verificar el cumplimiento de los términos del contrato en relación con el personal y medios puestos a disposición, inspeccionar los métodos y ensayos de control de calidad y las calibraciones y verificaciones de los equipos.

Los trabajos a realizar por el laboratorio serán los siguientes:

• Toma de muestras.

• Identificación, preparación, conservación y envío al laboratorio de las muestras obtenidas.

• Realización de los ensayos de laboratorio recogidos en el APÉNDICE nº 1 de este Anexo.

• Entrega de los resultados de los ensayos realizados a la Dirección de Obra.

• Para cada ensayo se presentarán los valores numéricos y/o gráficos correspondientes, en impresos normalizados por el organismo acreditador.

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APÉNDICE 1

ENSAYOS REQUERIDOS A REALIZAR EN EL LABORATORIO DE OBRA DE CONTRASTE

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ÁREA DE SUELOS Y ÁRIDOS

Determinación de la granulometría de las partículas. Método del tamizado, s/UNE-EN 933-1:1998 y UNE EN 933-1:1998/ A1:2006

Determinación de los límites de Atterberg, según normas UNE 103103:1994 y 103104:1993.

Evaluación de los finos. Ensayo del equivalente de arena, s/UNE-EN 933-8

Ensayo Próctor Modificado según UNE 103501:1994.

Determinación del Índice de C. B. R. en laboratorio, sin incluir ensayo Próctor (modificado), según UNE 103502:1995.

Determinación de la resistencia a la fragmentación. Método de "Los Ángeles", s/UNE-EN 1097.2/99

Determinación de la forma de las partículas. Índice de lajas, s/ UNE-EN 933-3:2012

Determinación del porcentaje de caras de fractura en las partículas de árido grueso, s/ UNE-EN 933-5

Áridos. Determinación de la limpieza superficial, s/NLT-172/86

Ensayos para determinar las propiedades químicas de los áridos. Determinación del contenido total de azufre en áridos, s/ UNE-EN 1744-1:1999.

Evaluación de los finos. Ensayo de azul de metileno, s/ UNE-EN 933-9

Ensayo de materia orgánica de un suelo por el método del permanganato potásico, según UNE 103204:1993

Análisis granulométrico por tamizado en suelos según UNE 103101:1995.

Ensayo Próctor Modificado según UNE 103501:1994.

Determinación del Índice de C. B. R. en laboratorio, según UNE 103502:1995.

Determinación del Contenido de Yesos de una muestra de suelos, según NLT 115/99

Ensayo de colapso en suelos, según norma NLT-254/99

Ensayo de hinchamiento libre sobre muestra de suelo, según UNE 103601:1996

Determinación del Contenido de Sales Solubles de una muestra de suelos, según NLT 114/99

Determinación cuantitativa de la presencia de sulfatos solubles de muestra de suelo, según UNE 103201:1996

Ensayo Próctor Normal según UNE 103500:1994.

ÁREA DE HORMIGONES

Toma de muestra de hormigón fresco según norma UNE EN 12350-1:2006; ensayo de asentamiento mediante cono de Abrams, según norma UNE EN 12350-2:2006; confección de cinco (5) probetas cilíndricas según norma UNE EN 12390-1:2001/AC2005 y UNE EN 12390-2:2009 y ensayo a compresión, según norma UNE EN 12390-3:2003.

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Extracción de testigos de hormigón, corte, curado, refrentado y rotura a compresión.

Extracción de testigos sobre artesa de hormigón proyectado y ensayo a compresión.

ÁREA DE BALASTO

Recogida, preparación y cuarteo de una muestra de balasto, según norma UNE 146147:2006

Análisis granulométrico de una muestra de balasto, según norma UNE-EN 933-1:1998/A1:2006

Ensayo de homogeneidad de un balasto, según norma UNE 146147:2006

Determinación de espesor mínimo de elementos granulares de una muestra de balasto, según norma UNE 146147:2006, anexo B

Determinación del índice de forma de una muestra de balasto, según UNE-EN 146147:2006. anexo A

Determinación de elementos granulares con dimensión máxima mayor o igual a 100 mm, según norma UNE-EN 13450:2000 y UNE-EN 13450:2000/AC 2004

Determinación de las partículas finas de un balasto, según norma UNE-EN 933-1:2012

Determinación del contenido en finos de un balasto, según UNE-EN 933-1:2012

Determinación de la resistencia a la fragmentación por el método del desgaste Los Ángeles de un balasto, según UNE EN 13450:2003 y UNE EN 13450:2003/AC 2004

Determinación de partículas totalmente trituradas, según Norma UNE-EN-933-5:1999 (caras de fractura)

Determinación de la densidad relativa real de un balasto, según UNE EN 1097-6:2001 y UNE EN 1097-6:2001/AC1:2006

Determinación de la absorción de un balasto, según UNE EN 1097-6:2001 y UNE EN 1097-6:2001/AC1:2006

ENSAYOS DE CAMPO

Determinación de la densidad y humedad 'in situ' por método radiactivo según normas ASTM D6938 - 10

Placa de carga diámetro 30 y 60, sin incluir la reacción, s/ NLT-357:1998

Ensayo del espesor de película de galvanizado en obra: s/ Método de Inducción magnética sobre hierro y acero o corrientes de Focault sobre metales no ferrosos y aceros no magnéticos según UNE EN ISO 2178 : 1996

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APÉNDICE 2

RECOMENDACIONES PARA EL CONTROL Y SEGUIMIENTO DE LA EJECUCIÓN DE OBRAS DE

PROTECCIÓN Y DE INTEGRACIÓN MEDIOAMBIENTAL

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PLANTACIONES

El control de las plantaciones se hará en cuatro momentos diferenciados:

Recepción y depósito de plantas. En un ejemplar, escogido al azar, por cada 50 unidades de la misma especie se comprobará la especie, tamaño, presentación, envase y estado sanitario. Si el lote tuviese distinta procedencia se comprobará un ejemplar de cada una de las procedencias aunque la cantidad sea inferior a 50 unidades. En caso de existir desviaciones con respecto a lo especificado en el Pliego, la Dirección de Obra podrá rechazar el lote correspondiente.

Se realizará al menos, una visita semanal a la zona de depósito de plantas para comprobar su correcto mantenimiento y el estado de las protecciones.

Los controles de recepción de plantas se realizarán antes de 2 días hábiles, tras su llegada a la zona de actuación o de depósito.

Preparación de hoyos para la plantación. Se comprobarán las dimensiones de los hoyos, su ejecución y acabado.

El control se realizará en el 5% de las unidades proyectadas, elegido mediante un muestreo al azar, y al menos uno por unidad de actuación del proyecto que incluya plantaciones.

Plantación. Con carácter previo a la plantación, se verificará que las condiciones ambientales son las adecuadas para llevarla a cabo.

Se realizará un control visual de la ejecución en cada unidad de actuación que incluya plantaciones. Se atenderá especialmente la colocación de la planta en el hoyo, la incorporación de tierras, abono químico, producto absorbente y estiércol y la existencia de un lugar de suficiente cantidad de materiales para su realización. Las especificaciones de los materiales, abonos y productor absorbentes, se comprobarán mediante las etiquetas de los envases o con certificado de pureza y garantía del fabricante.

Para el control de la calidad del estiércol se realizará un análisis de su composición por cada 20.000 kg. suministrados para contrastar su composición con las exigencias del Pliego de Prescripciones Técnicas del Proyecto.

Una vez realizada la plantación y efectuado el riego de instalación, se comprobará aleatoriamente el correcto acabado de la operación en al menos una unidad de plantación por cada lote de 50. Cuando en una unidad de actuación que incluya plantaciones se proyecten menos de 50 unidades de plantación se comprobará una plantación.

Distribución de las distintas especies vegetales siguiendo un criterio estético y paisajístico.

Conservación. Las operaciones de conservación que se exigen en el proyecto se comprobarán durante su realización y una vez ejecutadas.

Se comprobará que las dosis de riego y su aplicación se realizan en la cuantía y el momento que determine la Dirección de Obras, mediante comprobaciones y mediciones en el lugar de actuación.

Durante la ejecución de las operaciones señaladas en los apartados anteriores, se comprobará que los materiales y suministros se encuentran correctamente almacenados o depositados y que permanecen en sus envases originales hasta su utilización.

HIDROSIEMBRAS

El control de calidad de esta técnica afectará a la maquinaria, a los productos y a la ejecución e instalación.

Maquinaria: durante la ejecución se comprobará el correcto funcionamiento de todos los elementos de la hidrosembradora. Se prestará especial atención durante la incorporación de materiales y su mezclado.

Materiales: Los controles de los materiales se realizarán antes de su incorporación a la hidrosembradora.

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Los materiales que forman la mezcla, estabilizador o acondicionador, abonos mulch y semillas, se controlarán por las etiquetas o certificados de garantía emitidas por el suministrador en los envases precintados. Los controles y comprobaciones se realizarán todos los días y cada vez que se realice el proceso de llenado del tanque de la hidrosiembra.

Ejecución e instalación: Durante esta fase se realizarán los siguientes controles y comprobaciones:

o Realización de una ficha de ejecución por cada unidad de actuación en la que se proyecte la hidrosiembra en la que se relacionarán, al menos:

- Tiempo de realización.

- Condiciones ambientales.

- Composición de la mezcla.

- Incidencias.

- Todos aquellos aspectos que puedan ser interesantes para el control de las unidades.

o Control de germinación y nascencia, que se realizará a los 15, 30 y 45 días de la ejecución en cada unidad de actuación.

La toma de datos y muestras de las operaciones de control señaladas se realizará siempre en el mismo lugar, una parcela de 1m. x 1m. que se fijará de acuerdo con la Dirección de Obra, de manera permanente en cada unidad de actuación en la que se ha realizado el hidrosiembra.

SIEMBRAS

Los controles de esta operación se realizarán durante la ejecución.

En las semillas y abonos se comprobarán los certificados y etiquetas de los envases originales precintados y las dosis se comprobarán con el control del sistema de distribución de las mismas.

Se realizará un control numérico de germinación y nascencia a los 45 días de la ejecución en la unidad de muestreo.

A los 3 meses se llevará a cabo un control numérico de los individuos que existan en la unidad de muestreo.

El control de germinación, nascencia y de instalación se llevará a cabo en parcelas de 1m. x 1m. fijas. Existirá una parcela por cada 5.000 m2 de superficie con este tratamiento y al menos una en cada unidad de actuación.

REPOSICIÓN DE MARRAS Y RESIEMBRAS

Las unidades de obra que sean objeto de reposición o resiembra serán controladas y comprobadas con los mismos criterios indicados en los apartados anteriores, con objeto de definir aquellas zonas donde debe realizarse una reposición de plantas o una resiembra. También se realizará el control de la ejecución y el control de los resultados.

PRECAUCIONES ESPECIALES

El equipo de Control y Vigilancia verificará que el Contratista adopta las precauciones necesarias para evitar cualquier tipo de daño a las obras ya terminadas.

En especial controlará durante la ejecución de las hidrosiembras, que no se produzca contaminación de la plataforma ferroviaria, delimitando en su caso las zonas dañadas para su posterior tratamiento con un herbicida adecuado.