pliego de condiciones tÉcnicas contrato de … · de las prestaciones que habrán de regir el...

21
Departamento de Administración Municipal Servicio General de Mantenimiento de Edificios Municipales Udal Administrazioaren Saila Udal Eraikinetako Mantentze Zerbitzu Orokorra Servicio de Instalaciones y Gestión de Contratos Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua Oreitiasolo, 5-7 01006 Vitoria-Gasteiz Tel.: 945 16 14 69 Fax: 945 16 14 87 www.vitoria-gasteiz.org PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE EXTINCIÓN MANUAL DE INCENDIOS EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

Upload: others

Post on 26-Apr-2020

2 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Departamento de Administración Municipal Servicio General de Mantenimiento de Edificios Municipales Udal Administrazioaren Saila Udal Eraikinetako Mantentze Zerbitzu Orokorra Servicio de Instalaciones y Gestión de Contratos Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua

Oreitiasolo, 5-7 01006 Vitoria-Gasteiz Tel.: 945 16 14 69 Fax: 945 16 14 87 www.vitoria-gasteiz.org

PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS

CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE EXTINCIÓN MANUAL DE

INCENDIOS EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

ÍNDICE

MEMORIA TÉCNICA

OBJETO DEL CONTRATO .

ALCANCE.

OBLIGACIONES GENÉRICAS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.

TRABAJOS A REALIZAR.

Renovación y ampliación de Equipos

Mantenimiento Preventivo

Mantenimiento Correctivo

Atención de Avisos

Aplicación informática – Base de datos

Inspecciones Reglamentarias

Otros Trabajos

EXCLUSIONES.

ANEXO I

MEMORIA

OBJETO DEL CONTRATO

El objeto de la presente memoria, es definir y regular el alcance y condiciones

de las prestaciones que habrán de regir el Contrato de los SERVICIOS DE GESTIÓN

Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE EXTINCIÓN MANUAL DE INCENDIOS,

BAJO LA MODALIDAD DE GARANTÍA TOTAL Y CON ASISTENCI A 24 HORAS 365

DÍAS AL AÑO, EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES QUE FIGUR AN EN EL ANEXO I

DE ESTE PLIEGO.

El cumplimiento de este Pliego de Condiciones y toda la Normativa vigente de

aplicación1, se entiende como una exigencia de mínimos. El Adjudicatario actuará para

mantener en perfecto estado de funcionamiento, y seguridad para los usuarios, el total

de las instalaciones y equipos que se le encomiendan.

ALCANCE.

El ámbito de actuación se extiende a todo sistema de extinción manual que se

describen en el ANEXO I de este Pliego, así como su correcta señalización. Quedan

incluidas además todas las instalaciones anejas relacionadas con su funcionamiento y

seguridad en general y en particular equipos de bombeo para suministro a BIEs con

todos sus componentes, detectores de flujo, etc.

El alcance de las prestaciones, desarrollado en otros puntos de este

documento, comprende la realización de todos los mantenimientos necesarios para

garantizar el correcto estado de las instalaciones conforme a las disposiciones que

marque la Normativa de aplicación en todo momento.

La empresa Adjudicataria asumirá las instalaciones en el estado en el que

se encuentren previamente al inicio de la ejecución del Contrato. Los listados

que aparecen en los inventarios, han sido extraídos de los actuales Contratos

de mantenimiento.

En caso de que las empresas licitadoras quieran vis itar alguna de las

instalaciones, deberán presentar su solicitud en es te Servicio hasta 4 días

1 CTE-DB-SI4, R.D. 1942/1993, R.D. 2364/1994, R.D. 1720/2007, Ley 15/2003, Ley Orgánica 4/1997, Ley Orgánica 15/1999, Decreto 168/1998, RIPCI, Instrucción 1/2006, INT/316/2011, Reglamento ARCO, REBT, Normas UNE y otras Directivas, R.D., Órdenes, Resoluciones, Leyes, ITC´s.

naturales antes de la fecha de finalización de entr ega de ofertas a través de la

dirección de correo electrónica: jcalcalde@vitoria -gasteiz.org.

OBLIGACIONES GENÉRICAS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.

La empresa Adjudicataria contará con establecimiento, local o almacén en la

provincia de Álava, destinado a guardar los repuestos necesarios para el

mantenimiento de las instalaciones y con personal suficiente en número y cualificación

para desarrollar las prestaciones del Contrato.

Todo el material, vehículos, maquinaria y herramienta que se asigne a este

Contrato se hallarán en perfecto estado de uso, conservación y homologación,

pudiendo ser rechazado por los Técnicos Municipales cuando no reúnan estas

condiciones. En estos casos el Adjudicatario deberá sustituirlo por otro que sea el

adecuado. El Adjudicatario iniciará el Contrato con un stock de consumibles,

pequeños suministros mecánicos y eléctricos, repuestos y fungibles que detallará en

un listado, equivalentes y compatibles con las instalaciones a mantener; éstos

acreditarán haber pasado los controles de calidad que le sean exigibles según

Normativas de aplicación, marcado CE, etc. Será de su entera responsabilidad la

gestión de los mismos, su almacenamiento, su mantenimiento, su custodia, así como

la reposición de los materiales consumidos para asegurar, que en todo momento, se

cumplen las disponibilidades exigidas.

La empresa Adjudicataria gestionará adecuadamente todos los residuos

originados sin cargo alguno y conservará copia de la justificación para ser entregado

al Ayuntamiento si así se le requiere.

El personal y los medios asignados al Contrato deberán guardar siempre

relación directa con el número de instalaciones. Debido a que éstas pueden sufrir

variaciones durante el plazo de ejecución, se establecerá a partir de la relación inicial

una proporcionalidad según el número de instalaciones a mantener en cada momento.

Cualquier variación deberá ser aprobada previamente por este Servicio.

La empresa Adjudicataria dotará al personal destinado al mantenimiento, de

una indumentaria adecuada de trabajo y de los equipos de protección individual

correspondientes. Cada operario dispondrá de una identificación clara y visible que

llevará siempre a la vista y le será aportada por el Ayuntamiento.

Al inicio del Contrato se instaurará un código ético entre las partes que regule,

entre otras consideraciones, el trato del personal de la Empresa con el personal de los

Centros Municipales y usuarios y la información que se transmita a los mismos.

TRABAJOS A REALIZAR.

El Adjudicatario es responsable de la conducción, vigilancia y control de las

instalaciones, incluyendo todo el conjunto de tareas que permitan el perfecto

funcionamiento y control de las mismas y de todos los daños y perjuicios que se

deriven por el mal funcionamiento de los sistemas.

Se cumplirá en todo momento con la Reglamentación en vigor y las

modificaciones posteriores que afecten a todas las instalaciones de este Contrato y

sus futuras inclusiones.

En el caso de que el adjudicatario incumpla el plazo de ejecución, o no realice

las prestaciones exigidas en el PCT, o bien éstas no sean de la calidad exigida en el

mismo, el Servicio General del Mantenimiento podrá encargar esos trabajos concretos

que no se hayan realizado, o se hayan ejecutado defectuosamente, a otra empresa

procediéndose a descontar ese importe de la factura correspondiente, sin perjuicio de

aplicar el régimen de penalidades contemplado en el punto 15 de la Carátula del

PCAP.

Renovación y ampliación de equipos

Independientemente del cumplimiento con la garantía total establecida, durante

la vigencia de este contrato, la empresa adjudicataria deberá efectuar la

renovación de los siguientes equipos sin que suponga coste alguno al

Ayuntamiento:

- Independizar acometida para suministro de BIEs de la acometida general

de agua en el Palacio Villasuso, incluso instalación de su propio contador.

Quedan incluidas además:

- Las reparaciones o sustituciones de piezas o elementos deteriorados

accidentalmente, por negligencia, acto vandálico o mal uso hasta un máximo

del 2% anual del total de cada tipo de elemento, censado en la lista total del

Ayuntamiento (ANEXO I). Aplicable a cada uno de los años en vigor del

Contrato y, en su caso, a cada uno de los de la prórroga.

- Ampliación (al alza del nº de elementos) de las instalaciones de un edificio

hasta un 5% en nº de los diferentes elementos o equipos que lo componen,

por variaciones a lo largo del Contrato, es decir los dos años previstos. Durante

las prórrogas, si las hubiera, no es posible aplicar ese incremento.

Mantenimiento Preventivo

El Adjudicatario deberá realizar todas las prestaciones correspondientes al

mantenimiento preventivo que sean necesarias. Serán obligatorias como

mínimo, las comprobaciones, verificaciones y frecuencias que indican las

disposiciones legales, incluso los retimbres y sustituciones por caducidad de

extintores y pruebas de presión de BIEs (20% del total anual) y por Contrato

estará obligado a realizar las revisiones trimestrales de todos los sistemas,

haciendo coincidir la revisión integral anual en to dos los sistemas, con

su segunda revisión trimestral . Se notificará al Servicio General de

Mantenimiento, con la antelación suficiente, la fecha en la que corresponde

realizar dichos trabajos.

Justificará la revisión efectuada con la entrega de los albaranes

correspondientes: un albarán indicando hora de llegada y hora de salida y

sellado en el centro se dejará en el propio edificio inspeccionado remitiendo,

una copia de forma inmediata a las oficinas del Servicio General de

Mantenimiento según el procedimiento establecido por los Técnicos

Municipales.

El Adjudicatario elaborará un certificado del correcto funcionamiento de las

instalaciones de cada edificio, después de cada revisión preventiva así como

por peticiones puntuales del Ayuntamiento o cualquier otro Organismo

Competente. En estos certificados se detallarán todos los elementos del

Centro con sus ubicaciones; además se indicará el nº de placa y fecha de

retimbre y se hará mención especial a la revisión de los equipos de bombeo

existentes para suministro a BIEs, indicando:

-Estado general de la instalación, cuarto de bombas, etc.

-Funcionamiento de los cuadros de control, dispositivos de maniobra y

módulos de señal a Centrales de Detección de Incendios.

-Estado de los sistemas de seguridad.

Estado general de: bombas, tuberías, llaves, válvulas, bridas de unión y

demás dispositivos del sistema.

-Comprobación de presiones de trabajo y funcionamiento de bombas, y

equipos de presión de las instalaciones.

-Comprobación, limpieza y saneado de los depósitos de cebado y

suministro principal del sistema en los que exista este equipo.

-Pintado, saneado y señalizado de los sentidos de circulación,

posiciones y maniobras de las llaves de corte del sistema en la

instalación.

Las operaciones a realizar serán, en todo caso y como mínimo, las indicadas

en la Normativa, vigente o futura, correspondiente a cada tipo de instalación.

Serán adecuadas para asegurar que el funcionamiento, a lo largo de su vida

útil, se realice con la máxima eficacia, garantizando un uso seguro, la

durabilidad de la instalación, la protección del medio ambiente y las exigencias

que permitan mantener en todo momento en marcha las instalaciones objeto

de Contrato. Siempre se garantizará la seguridad de las personas y bienes de

los Edificios Municipales y las instalaciones permanecerán plenamente

operativas para que funcionen cuando la situación así lo requiera.

Mantenimiento Correctivo. GARANTIA TOTAL

El Adjudicatario se compromete a realizar los trabajos de reparación y/o

sustitución necesarios para garantizar el correcto y seguro funcionamiento del

conjunto de las instalaciones con todos sus componentes y equipos

relacionados en el ANEXO I de la memoria, bajo la modalidad de GARANTÍA

TOTAL, es decir, sin repercutir ningún coste adicional al Contrato de

mantenimiento. Los equipos, sistemas o instalaciones deberán quedar

operativos lo antes posible, acotando la incidencia para garantizar la máxima

cobertura de los sistemas de seguridad en los Edificios.

En todos los casos el elemento será reparado en su totalidad sin superar el

plazo de 24 horas .

El Adjudicatario emitirá un informe semanal recogiendo todos los avisos e

incidencias de la semana e indicando la solución ejecutada en cada caso, así

como los plazos de resolución.

La empresa asume la total responsabilidad para la consecución del buen

estado en el funcionamiento de las instalaciones, efectuando las reparaciones

y reposiciones precisas de todo tipo de componentes, así como todos los

daños y perjuicios que se deriven por el mal funcio namiento de los

sistemas de extinción, ante el incumplimiento de su s obligaciones .

Cualquier modificación en las características de las instalaciones, si así fuese

exigido por la Normativa de aplicación, se legalizará ante el Departamento de

Industria de la Comunidad Autónoma por parte de la empresa Adjudicataria.

Atención de avisos e incidencias

El Adjudicatario garantizará la asistencia mediante un servicio 24 horas 365

días al año.

En el caso de avería, funcionamiento incorrecto de los componentes de las

instalaciones. El Adjudicatario debe asegurar las intervenciones en el plazo

máximo de 1 hora desde la notificación del aviso.

Para cumplir las prestaciones contratadas, el Adjudicatario aportará los medios

de comunicación exclusivos, así como la máquina y el transporte adecuado

para este Contrato con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.

Entre el adjudicatario y el Ayuntamiento, se deberá establecer un protocolo de

comunicación, rápido, fiable y seguro para facilitar el intercambio de

información entre ambas partes en todo aquello que se refiera a las

instalaciones y equipos objeto de este Servicio.

Aplicación informática - Base de datos

El Adjudicatario dispondrá de una Aplicación informática de acceso directo que

permita a los Técnicos Municipales el conocimiento de cuantas operaciones se

realicen en cumplimiento del Contrato, en la que se incluirá una base de datos

de mantenimiento, perfectamente actualizada, donde se registre:

• Certificados de todos los sistemas.

• Planos de las instalaciones con ubicación de elementos.

Además para el control de incidencias atendidas y seguimiento de averías:

• Fecha y hora de comunicación de la incidencia.

• Fecha y hora de comienzo de reparación.

• Avería.

• Causa de la avería.

• Descripción de la reparación.

• Mano de obra empleada.

• Materiales utilizados.

• Tiempo de resolución de la avería.

• Partes de revisión y reparación firmados por la propiedad.

• Nº averías del equipo a lo largo del contrato.

• Observaciones.

• Cualquier otra información que el Adjudicatario y/o el Ayuntamiento consideren de interés.

Esta Aplicación deberá permitir exportar sus datos a un formato compatible con

los sistemas informáticos del Servicio General del Mantenimiento del

Ayuntamiento.

El Adjudicatario asignará un número de teléfono, disponible las 24 horas, para

la atención de este Contrato.

El Adjudicatario colocará una placa/adhesivo en extintores y en la parte interior

de la caja de las BIEs, dejando libre en todo momento el protector de la misma

con sus indicaciones de uso.

La placa/adhesivo identificativa dispondrá de la siguiente información:

• Empresa responsable del Mantenimiento.

• Teléfono de urgencia para averías.

• Fechas de revisiones.

Se hará cargo del mismo modo de retirar las placas actuales en un plazo

máximo de 30 días contados a partir de la fecha de inicio de contrato.

Inspecciones Reglamentarias.

Cada vez que el Departamento de Juegos y Espectáculos del Gobierno Vasco,

u otros Organismos de Control Autorizado informe de la realización de una

inspección a uno de estos edificios, el Adjudicatario podrá ser reclamado por

parte del Ayuntamiento para que acompañe en la visita a los responsables

municipales del edificio para asistencia técnica. Una vez emitido el

correspondiente informe por parte del Gobierno Vasco, el Adjudicatario

estudiará este documento, asesorando a los distintos Departamentos

Municipales de cara a la presentación de las alegaciones/medidas correctoras

que correspondan.

Todos los costes derivados de los controles reglamentarios que no impliquen

modificación en el nº de elementos o vías de evacuación, se entenderán por

cuenta del Adjudicatario, así como las gestiones y gastos para cumplimentar y

presentar documentación administrativa ante los Organismos Oficiales y/o

Colegios Profesionales, derivados del mantenimiento, reparación y puesta en

marcha de las instalaciones.

Otros trabajos.

• Los trabajos de reposición de los extintores empleados en una

emergencia real.

• Los trabajos de rellenado o reposición de los extintores vaciados o

desaparecidos, vidrios o similares de BIEs, urnas de extintores y demás

elementos deteriorados accidentalmente, por negligencia, acto

vandálico o mal uso hasta un máximo anual del 2% de los elementos

censados en la lista total del Ayuntamiento (ANEXO I).

• Las sustituciones o reposiciones de cristales de BIEs por rotura o mal

estado de los mismos se realizaran con un metacrilato flexible en el

que figurara el indicativo:”EXTRAER EN CASO DE INCENDIOS” con

espacios libres en ambos lados para facilitar esta operación.

• Los cristales/metacrilato de las BIEs deberán estar limpios colocando la

pegatina de revisión en su interior, de manera que no se tape en ningún

momento las indicaciones del cristal/metacrilato.

• Se repararán todos los desperfectos ocasionados por los ajustes a

Normativa de la altura de instalación de los extintores.

• Se marcará en los soportes de los extintores el nº correspondiente al

extintor colgado, para su mejor identificación en caso de retirada, robo

o extravío. En el caso de los extintores de carro, se les asignará una

ubicación fija en el edificio como referencia, y en ésta se colocará el

distintivo de extintor con la reseña del nº y tipo de extintor.

• Identificación y señalización de las llaves generales de acometidas de

BIEs y contadores. Se indicará en el certificado su ubicación, su estado

y si no está pintada en rojo o señalizada como tal, se procederá a ello.

• Se emitirá un certificado específico de los equipos de bombeo de

extinción detallando todos los puntos comprobados (presiones, fugas,

cableado, etc) trimestralmente como el resto de la instalación.

• En coordinación con el Servicio General de Mantenimiento de Edificios

Municipales, se valorará la retirada de las urnas de extintores en

colegios y lugares cuya existencia pueda provocar golpes o lesiones

con las partes punzantes de las mismas.

• Desmontaje y retirada de elementos a recuperar de instalaciones que

se den de baja durante el Contrato por orden del Servicio General de

Mantenimiento.

• Reubicación o anulación de dispositivos en los sistemas a mantener,

por necesidades del Centro, cambios de distribución o mobiliario u

obras externas.

• Todas aquellas gestiones y gastos que hayan de realizarse ante los

Organismos Oficiales y/o Entidades de Inspección y Control, derivadas

de la adjudicación de este Contrato, y que sean resultantes en el

cambio de mantenedor, serán por cuenta de la Empresa Adjudicataria.

• Otros trabajos especiales que no se detallen en el presente documento

y que sean necesarios para el cumplimiento de la normativa vigente.

Prestando especial interés a la comprobación de distancias, alturas y

señalización de los diferentes elementos existentes.

• Los trabajos de información-formación de los usuarios Municipales de

los Centros, quedando a criterio del Servicio General de Mantenimiento

el número y forma de realizarse dichos cursos informativos.

• Asesorará a cualquier Departamento Municipal, cuando lo solicite y sin

coste económico alguno, en cuestiones relacionadas tanto con los

elementos incluidos en este Contrato como sobre otras unidades

nuevas que sean de interés incluir a lo largo de la vigencia del mismo.

Supervisará siempre que se le solicite las nuevas instalaciones con

personal Técnico del Ayuntamiento, para dar su valoración sobre la

misma, indicando las correcciones necesarias.

• En representación de la Propiedad, realizará las gestiones y

documentos legales oportunos ante los Organismos Competentes que

corresponda en el ámbito de aplicación. Se encargará de realizar los

trámites para dar de alta o baja instalaciones, modificaciones en las ya

existentes, y notificación de corrección de incidencias ante el

Organismo Territorial competente.

• Durante la duración del contrato se podrán producir variaciones en el

número de instalaciones a mantener, por altas o bajas de edificios tal y

como se indica en el Punto 22 del Pliego Administrativo.

EXCLUSIONES.

En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se

incluyen:

• Las reparaciones o sustituciones de piezas o elementos deteriorados

accidentalmente, por negligencia, acto vandálico o mal uso por encima

del 2% de los elementos censados en la lista total del Ayuntamiento

(ANEXO I).

• Los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones o

equipos no incluidos en el programa de mejora de las instalaciones de

la oferta del Adjudicatario, ni aquellas cuya realización venga impuesta

por la entrada en vigor de una nueva Normativa o provengan de nuevas

necesidades planteadas en los Edificios Municipales.

El Ayuntamiento se reserva la facultad en estos casos de contratar la

reparación y sustitución con quien más convenga o bien realizarla con sus propios

medios sin que ello pueda ser causa de variación alguna en las condiciones y objeto

del Contrato de mantenimiento firmado.

Vitoria-Gasteiz, a 31 de Marzo de 2017

SERVICIO DE INSTALACIONES Y GESTIÓN DE CONTRATOS SERVICIO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MUNICIPALES

DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL

ANEXO I

MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE EXTINCIÓN MANUAL EN LOS EDIFICIOS

MUNICIPALES

AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ

Inventario general. No se refleja:

• Los sistemas especiales de bombeo para suministro d e BIEs.

• Detectores de flujo.

• …

Todo ello deberá mantenerse al igual que el resto d e elementos inventariados y se entenderá incluido en el precio final.

CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA

AA VV ABETXUKO (CLUB JOVEN) 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

AA VV ABETXUKO (URIBE MORALES) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

AA VV ARIZNAVARRA (GAZTELUEN AUZOA) 0 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0

AA VV CASCO VIEJO (GASTEIZ TXIKI) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

AA VV EL PILAR (GURE AUZUNE) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

AA VV JUDIMENDI (JUDIMENDIKOAK) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

AA VV SALBURUA 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 0 0

AA VV SAN CRISTOBAL 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

AA VV SAN MARTIN (GIZARTE ETXEA) 0 0 0 0 0 8 2 0 0 0 0 0 0

AA VV SANSOMENDI 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0

AA VV SANTA LUCIA (ERREKATXIKI) 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

AA VV TXAGORRITXU (TXAGORRIBIDEA) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0

AA VV ZABALGANA 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 0 0 AGLE - ANTES AA VV DESAMPARADOS (LAGUN ARTEA) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0

ALMACÉN CALLE FERROCARRIL DEL NORTE 1 0 0 0 0 0 9 0 0 2 0 0 0 0

ALMACEN EXTINTORES PALACIO VILLASUSO 0 0 0 0 0 32 0 0 4 0 0 0 2

ANTIGUA ESTACIÓN DE AUTOBUSES 0 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0

APART TUT AMADIS 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0

APART TUT AURORA 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 1 0 0

APART TUT BEATO TOMAS ZUMARRAGA 6 0 0 0 0 17 0 0 1 0 1 0 0

APART TUT Nª SRA DE OLARIZU 7 0 0 0 0 24 0 0 2 0 0 0 0

APART TUT PABLO NERUDA Y CENTRO DIA BIZIA 9 0 0 0 0 8 39 0 2 0 1 0 0

APART TUT RAMIRO MAEZTU 0 0 0 0 0 8 0 0 1 1 0 0 0

APART TUT SAN ANTONIO 0 0 0 0 0 0 8 0 1 0 1 0 0

ARCHIVO MUNICIPAL 13 0 0 0 0 36 0 0 2 0 4 0 0

ASOCIACION GAO LACHO DROM 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0 ATARIA - CENTRO INTERPRETACION DE LA NATURALEZA 4 0 0 0 0 13 0 0 1 0 0 0 0

BIBLIOTECA GAIA 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 0 0 0

BOLERA ABETXUKO 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

BOMBEROS – SEIS 0 0 0 0 0 10 2 0 2 0 1 0 0

CAMPO FUTBOL ABETXUKO 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0

CAMPO FUTBOL ARANBIZKARRA 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

CAMPO FUTBOL ARIZNAVARRA 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

CAMPO FUTBOL ARRIAGA 13 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

CAMPO FUTBOL LA VITORIANA 4 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0

CAMPO FUTBOL LOS ASTRONOMOS 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

CAMPO FUTBOL ZARAMAGA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

CASA ASOCIACIONES ITZIAR 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

CASA ASOCIACIONES ROGELIA DE ALVARO 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

CASA DE DUCHAS 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

CASA DE LA MUSICA - MUSIKETXEA 2 0 0 0 0 20 0 0 0 0 0 0 0

CEMENTERIO EL SALVADOR 0 0 0 0 0 8 1 0 0 0 1 0 0

CEMENTERIO SANTA ISABEL 0 0 0 0 0 3 0 0 0 1 1 0 0

CENTRO AMAIA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0

CENTRO CIVICO ABETXUKO + CSCM 4 0 0 0 0 10 0 0 0 0 1 0 0

CENTRO CIVICO ALDABE 11 0 0 0 0 48 0 0 6 0 2 0 0

CENTRO CIVICO ARANA 4 0 0 0 0 15 0 0 0 0 0 0 0

CENTRO CIVICO ARIZNAVARRA 5 0 0 0 0 18 0 0 2 0 0 0 0

CENTRO CIVICO ARRIAGA 4 0 0 0 0 23 0 0 0 0 3 0 0

CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA

CENTRO CIVICO EL CAMPILLO + POLIDEPORTIVO 3 0 0 0 1 23 1 0 1 0 0 0 0

CENTRO CIVICO EL PILAR 9 0 0 0 0 25 0 0 0 0 1 0 0

CENTRO CIVICO HEGOALDE 16 0 0 0 0 44 0 0 4 0 0 0 0

CENTRO CIVICO IBAIONDO 23 0 0 0 0 72 0 0 4 0 0 0 0

CENTRO CIVICO IPARRALDE 12 0 0 0 0 46 0 0 3 0 6 0 0

CENTRO CIVICO IPARRALDE 2 4 0 0 0 0 11 0 0 3 2 0 0 0

CENTRO CIVICO JUDIMENDI 14 0 0 0 0 39 0 0 3 0 1 0 0

CENTRO CIVICO LAKUA 03 + PISTA EXT 29 0 0 0 1 102 0 0 4 1 1 0 0

CENTRO CIVICO SALBURUA 33 0 0 0 0 72 0 0 3 0 0 0 0

CENTRO DE DIA JUAN PABLO II, 12 - 1º A (infancia) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

CENTRO DIA BLAS DE OTERO 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0

CENTRO DIA CORRERIA 100/102 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

CENTRO DIA ESTRADA (PISO) BIDELAN 0 0 0 0 0 5 0 0 0 1 0 0 0

CENTRO DIA ESTRADA (PTA. BAJA) 0 0 0 0 0 2 0 0 2 3 2 0 0

CENTRO DIA INFANCIA PAULA MONTAL 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0

CENTRO DIA INFANTIL SALBURUA 0 0 0 0 0 2 0 0 1 0 0 0 0

CENTRO DIA PRELABORAL HUETOS 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0

CENTRO DIA SAN PRUDENCIO 2 0 0 0 0 15 0 0 0 0 0 0 0

CENTRO ESTUDIOS AMBIENTALES 4 0 0 0 0 17 0 0 0 0 1 0 0 CENTRO FORMATIVO IGNACIO ELLACURIA (OFICINAS) 3 0 0 0 0 9 0 0 0 1 0 0 0 CENTRO FORMATIVO IGNACIO ELLACURIA (PABELLONES) 0 0 2 0 0 22 0 0 1 0 1 0 0 CENTRO FORMATIVO IGNACIO ELLACURIA (TALLERES) 4 0 1 0 0 14 0 0 0 3 0 0 0

CENTRO MEDICO DEPORTIVO MENDIZORROTZA 0 0 0 0 2 2 0 0 4 0 0 0 0

CENTRO MUNICIPAL ACOGIDA SOCIAL 7 0 0 0 0 19 0 0 2 0 0 0 0 CENTRO MUNICIPAL DE EMPRESAS DEL CASCO MEDIEVAL 0 0 0 0 0 27 0 0 0 0 0 0 0

CENTRO PROTECCION ANIMAL 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

CENTRO SAN MARTIN ETXEA 3 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0

CENTRO SOCIAL ADURZA 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 2 0 0

CENTRO SOCIAL ARETXABALETA 0 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0

CENTRO SOCIOCULTURAL ERREKALEOR 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

CEP ABENDAÑO IKASTOLA (PRIMARIA) 6 0 0 0 0 26 0 0 3 0 0 0 0

CEP ABETXUKO IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 14 0 0 2 0 1 0 0

CEP ADURTZA IKASTOLA (COMEDOR) 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 0 0 0

CEP ADURTZA IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 3 0 1 0 0

CEP ANGEL GANIVET (PRIMARIA) 8 0 0 0 0 26 0 0 1 0 3 0 0

CEP ANTIGUO PIO BAROJA 0 0 0 0 0 15 0 0 1 0 0 0 0

CEP ANTONIO FORNIES (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 18 0 0 2 1 4 0 0

CEP ANTONIO LOPEZ DE GUEREÑU (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 0 1 4 0 0

CEP ARANBIZKARRA COMEDOR 0 0 0 0 0 5 0 0 2 0 0 0 0 CEP ARANBIZKARRA IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 13 0 0 3 0 3 0 0

CEP ARANZABELA IKASTOLA (PRIMARIA) 4 0 0 0 0 14 0 0 0 0 2 0 0

CEP BARRUTIA IKASTOLA (GIMNASIO) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

CEP BARRUTIA IKASTOLA (PRIMARIA) 4 0 0 0 0 17 0 0 0 0 6 0 0

CEP DIVINO MAESTRO (PRIMARIA) 6 0 0 0 0 32 0 0 1 0 5 0 0 CEP ERREKABARRI-ANTIGUO CANDIDO RUIZ DE GARIBAYA 4 0 0 0 0 12 0 0 2 0 0 0 0

CEP IBAIONDO (INFANTIL+PRIMARIA) 20 0 0 0 0 32 0 0 0 0 0 0 0

CEP JUDIMENDI (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 0 0 2 0 0

CEP LAKUABIZKARRA 19 0 0 0 0 19 0 0 4 0 0 0 0

CEP LANDAZURI IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 27 0 0 2 0 1 0 0

CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA

CEP LUIS DORAO (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 0 0 3 0 0

CEP LUIS ELEJALDE (PRIMARIA) 8 0 0 0 0 32 0 0 3 0 3 0 0

CEIP MARITURRI 18 0 0 0 0 22 0 0 0 0 0 0 0

CEP MARITURRI -ALDAIALDE 8 0 0 0 0 14 0 0 2 0 0 0 0

CEP MIGUEL CERVANTES (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 19 0 0 2 0 1 0 0 CEP ODON DE APRAIZ IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 8 0 0 0 0 24 1 0 0 0 1 0 0

CEP PADRE ORBISO (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 20 0 0 5 0 1 0 0

CEP RAMON BAJO (INFANTIL + PRIMARIA) 10 0 0 0 0 31 0 0 1 0 0 0 0

CEP SALBURUA 15 0 0 0 0 35 0 0 4 0 0 0 0

CEP SAMANIEGO + IES (PRIMARIA + SECUNDARIA) 0 0 0 0 1 27 0 0 1 0 1 0 0

CEP SAN IGNACIO (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 23 0 0 1 1 8 0 0

CEP SAN MARTIN (PRIMARIA) 8 0 0 0 0 19 0 0 5 0 0 0 0 CEP STA MARIA DE VITORIA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 31 0 0 1 0 1 0 0

CEP TOKI EDER (COMEDOR) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0

CEP TOKI EDER (GIMNASIO NUEVO) 3 0 0 0 0 10 0 0 1 0 1 0 0

CEP TOKI EDER (PRIMARIA) 4 0 0 0 0 21 0 0 2 0 0 0 0

CEP UMANDI IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 8 0 0 0 0 23 2 0 0 1 4 0 0

CEP ZABALGANA 17 0 0 0 0 38 0 0 2 0 1 0 0

CEPA EL CARMEN 5 0 0 0 0 13 0 0 4 0 0 0 0

CEPA EL CARMEN (PABELLÓN) 2 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0

CEPA PAULO FREIRE ABETXUKO 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

CEPA PAULO FREIRE ADURZA + DANTE + T.A.E. 0 0 0 0 0 11 0 0 0 0 1 0 0

CEPA PAULO FREIRE ARIZNAVARRA 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0

CEPA PAULO FREIRE FRANCIA 5 0 0 0 0 11 0 0 0 1 3 0 0

CEPA PAULO FREIRE SANSOMENDI 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

CEPA PAULO FREIRE ZARAMAGA 0 0 0 0 0 4 0 0 1 1 0 0 0

CETIC 3 0 0 0 0 10 0 0 10 0 4 0 0

COMPLEJO DEPORTIVO MENDIZORROTZA 30 0 1 0 0 98 0 0 5 0 3 0 0 COMPLEJO DEPORTIVO MENDIZORROTZA (MÓD. ATLETISMO) 1 0 0 8 0 8 0 0 1 0 0 0 0 CONSERVATORIO DANZA JOSE URUÑUELA (EDIFICIO ANTIGUO) 0 0 0 0 0 17 0 0 0 0 0 0 0 CONSERVATORIO DANZA JOSE URUÑUELA (EDIFICIO NUEVO) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 1 0 0

CP ABENDAÑO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 14 0 0 0 0 0 0 0

CP ARANZABELA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 1 0 0

CP BARRUTIA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0

CP GABRIEL MIRO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

CP LOREA LA ENCINA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 13 0 0 0 0 0 0 0

CP LUIS ELEJALDE (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0

CP MANUEL DE FALLA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

CP MARIA MAEZTU (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

CP MIRENTXU (INFANTIL PREFABRICADO) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

CP MIRENTXU (INFANTIL) 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0

CP PADRE ORBISO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 0 7 0 1 0 0 0 0

CP SAGRADA FAMILIA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

CP SAMANIEGO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 8 0 0 0 0 0 0 0

CP SAN MARTIN (INFANTIL) 2 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

CP SANTA LUCIA (INFANTIL) 2 0 0 0 0 13 0 0 1 0 0 0 0

CP TOKI EDER (INFANTIL) 0 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0

CSCM ARANA 2 0 0 0 0 7 0 0 1 0 1 0 0

CSCM ARANBIZKARRA 1 0 0 0 0 7 0 0 1 0 1 0 0

CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA

CSCM ARIZNAVARRA 2 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0

CSCM CORONACION 8 0 0 0 0 14 0 0 0 0 2 0 0

CSCM EL PILAR 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

CSCM JUDIMENDI 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

CSCM LAKUA-ARRIAGA 2 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0

CSCM LANDAZURI 2 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0

CSCM LOS HERRAN 2 0 0 0 0 5 0 0 0 0 1 0 0

CSCM SAN CRISTOBAL 2 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0

CSCM SAN PRUDENCIO 2 0 0 0 0 0 20 0 0 0 1 0 0

CSCM SANSOMENDI 1 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

CSCM TXAGORRITXU 2 0 0 0 0 10 0 0 0 1 1 0 0

CSCM ZARAMAGA 2 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

DEMSAC (OFICINAS) 2 0 0 0 0 10 0 0 4 3 0 0 0

EDIFICIO BAR PARQUE DEL NORTE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

EDIFICIO SOCIAL GAMARRA 11 0 0 0 0 37 0 0 4 0 1 0 0

EDIFICIO SOCIAL PARQUE DEL NORTE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

EI ARANA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

EI ARANBIZKARRA 0 0 0 0 0 6 0 0 0 1 0 0 0

EI ARIZNAVARRA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

EI EL PILAR 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 1 0 0

EI GALTZAGORRI 3 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0

EI GLORIA FUERTES 0 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0

EI GURUTZMENDI 0 0 0 0 0 3 0 0 1 0 0 0 0

EI HENRIKE KNORR 3 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0

EI IBAIONDO 0 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0

EI IZARRA 2 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0

EI KATAGORRI 2 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0

EI LAKUABIZKARRA 4 0 0 0 0 5 0 0 1 2 0 0 0

EI LANDABERDE 3 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0

EI MARITURRI 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0

EI ORTZADAR 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

EI SALBURUA 1 0 0 0 0 6 0 0 0 0 1 0 0

EI TXAGORRITXU 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0

EI TXANTXANGORRI 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

EI TXIMELETA 1 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

EI VIRGEN BLANCA 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 3 0 0

EMEI HAURTZARO 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 1 0 0

EMEI LOURDES LEJARRETA 2 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0

EMEI OLARIZU 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

EMEI SANSOMENDI 2 0 0 0 0 5 0 0 0 0 2 0 0

EMEI ZABALGANA 0 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0

EMEI ZARAMAGA 4 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0

ESCUELA DE MUSICA LUIS ARAMBURU 11 0 0 0 0 26 0 0 2 0 1 0 0

ESPACIO EXPOSITIVO - EVE 0 0 0 0 0 3 0 0 1 0 0 0 0

ESTACIÓN DE AUTOBUSES (NUEVA) 33 0 0 0 0 81 0 0 3 0 0 0 0

FEDERACIONES DE COMERCIO DE ALAVA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0

FEDERACIONES VICENTE ABREU 0 0 0 0 0 3 8 0 0 0 0 0 0

FRAY ZACARIAS (EDUCACION) 3 0 0 0 0 19 0 0 3 0 3 0 0

FRONTON ABETXUKO 2 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

FRONTON ADURTZA 2 0 0 0 0 4 0 0 0 0 1 0 0

FRONTON LOS ASTRONOMOS 6 0 0 0 0 12 0 0 2 0 0 0 0

CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA

FRONTON ZARAMAGA 2 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

FRONTONES LAKUA 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0 FRONTONES MENDIZORROTZA - BETI JAI - ESCUELA HOSTELERIA 16 0 0 0 0 82 0 0 5 0 2 0 0

GRADERIOS CAMPO FUTBOL SAN MARTIN 0 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0

GURE CHOCOA 0 0 0 0 0 11 0 0 1 0 0 0 0

HOGAR INFANTIL CANTON DE STA MARIA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 1 0 0

HUERTAS DE ABETXUKO 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

INFORMATICA (ANTIGUO 010) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

INFORMATICA 1 0 0 0 0 0 6 0 0 0 2 1 0 0

INFORMATICA 2 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0

INSTALACIONES BETOÑO 0 0 0 0 0 10 0 0 1 1 0 0 0

INSTALACIONES OLARANBE - BAR 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

INSTALACIONES OLARANBE - OFICINAS 0 0 0 0 0 10 0 0 0 0 1 0 0

INSTALACIONES OLARANBE - POLIDEPORTIVO 7 0 0 0 0 28 0 0 2 0 0 0 0

IRADIER ARENA MULTIUSOS - PLAZA DE TOROS 20 0 0 0 0 45 0 0 4 0 1 0 0

LOCAL LORETO ARRIOLA 11 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

LOCAL LORETO ARRIOLA 17 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0

LOCALES SIMON BOLIVAR-1 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0

LOCALES SIMON BOLIVAR-2 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

LOCALES SIMON BOLIVAR-3 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 LOCALES ZUZENAK GABRIEL CELAYA (CAFA ALMUDENA CID) 7 0 0 0 0 19 0 0 1 0 0 0 0

LONJA VENEZUELA - ALMACEN JUVENTUD 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

OFICINAS AYTO ASUNTOS SOCIALES Y DE LAS PERSONAS MAYORES 0 0 0 0 0 12 0 0 0 0 1 0 0

OFICINAS AYTO DEPORTES (MENDIZORROTZA) 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0

OFICINAS AYTO PLAZA ESPAÑA 0 0 0 0 0 41 0 0 0 0 4 0 0

OFICINAS AYTO SAN ANTONIO 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 1 0 0

OFICINAS AYTO SAN ANTONIO - URGENCIAS 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

OFICINAS PABLO NERUDA, 5 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

OIKOS 0 0 0 0 0 3 0 0 1 0 0 1 0

PABELLONES URITIASOLO 10 0 1 0 0 42 1 0 0 0 0 0 0

PALACIO CONGRESOS EUROPA 56 0 0 0 0 150 0 0 10 0 7 0 0

PALACIO ESCORIAZA-ESQUIVEL 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 1 0 0

PALACIO ETXANOBE 0 0 0 0 0 7 0 0 0 2 0 0 0

PALACIO MONTEHERMOSO 16 0 1 0 0 68 5 0 3 1 0 1 0

PALACIO VILLASUSO 6 0 0 0 0 25 0 0 3 0 2 0 0

PALACIO ZULUETA 4 0 0 0 0 14 0 0 1 0 2 0 0

PARQUE AMBIENTAL OLÁRIZU 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 2 0 0

PARQUE GAMARRA BAR 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0 PARQUE MUNICIPAL DE DESINFECCION (EDIFICIO DDD) 1 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

PISTA DE HIELO 0 0 0 0 0 23 0 0 4 0 1 0 0

POLICIA LOCAL 18 0 0 0 0 40 5 0 2 2 1 0 0

POLIDEPORTIVO ABETXUKO Y PISCINAS 15 0 0 0 0 31 0 0 3 2 1 0 0

POLIDEPORTIVO ARANALDE 4 0 0 0 0 21 0 0 0 0 0 0 0

POLIDEPORTIVO ARIZNAVARRA 7 0 0 0 0 18 0 0 0 1 1 0 0

POLIDEPORTIVO ARRIAGA 9 0 0 0 0 21 0 0 0 0 0 0 0

POLIDEPORTIVO LANDAZURI 6 0 0 0 1 13 0 0 1 0 0 0 0

POLIDEPORTIVO MENDIZORROTZA 16 0 0 0 0 26 0 0 8 1 0 0 0

POLIDEPORTIVO SAN ANDRES 18 0 0 0 0 55 0 0 1 0 0 0 0

RESIDENCIA AURORA 5 0 0 0 0 26 0 0 0 0 3 0 0

CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA

RESIDENCIA LOS ARQUILLOS 0 0 0 0 0 11 0 0 0 0 3 0 0

RESIDENCIA LOS MOLINOS 3 0 0 0 0 13 0 0 2 0 0 0 0

RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 35 0 0 0 0 53 96 0 5 1 2 0 0

SEMILLERO EMPRESAS JUNDIZ 0 0 0 0 0 34 0 0 2 0 0 0 0

SERVICIO DE INFANCIA 5 0 0 0 0 8 0 0 1 0 0 0 0

TALLERES NORABIDE 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 2 0 0

TEATRO PRINCIPAL 15 0 2 0 0 63 0 0 0 0 5 0 0

TXOROLEKU 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0

URINARIOS PUBLICOS OLAGUIBEL 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VEHICULOS MUNICIPALES EN URITIASOLO 0 0 0 0 4 24 61 0 0 0 0 0 0

VESTUARIOS OTA PINTORERIA 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0

VILLASUSO 3 - 1º - ATERPE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

VILLASUSO 3 - 2º DCHA- PISO ACOGIDA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0

VILLASUSO 3 - 2º IZQ - CASA ABIERTA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0

VILLASUSO Nº3 (EDIFICIO) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0

VITORIA-GASTEIZ FILM OFFICE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0

VIVEROS JARDINES 0 0 0 0 0 8 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 1 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 2 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 3 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 4 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 5 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 6 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 7 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 8 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 9 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 10 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 11 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 12 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 13 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 14 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 15 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 16 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 17 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

VIVIENDA 18 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0

TOTAL ELEMENTOS: 893 0 8 8 10 3.651 261 0 245 35 194 2 2

Indicar a modo orientativo que a lo largo del primer año de este Contrato

según nuestros datos toca retimbrar unos 30 uds de extintores y cambiar por caducidad otros 30 uds; a lo largo del segundo año toca retimbrar unos 1.230 uds de extintores y cambiar unos 30 uds; a lo largo del tercer año toca retimbrar unos 1.175 uds de extintores y cambiar unos 40 uds y a lo largo del cuarto año toca retimbrar unos 1.210 uds de extintores y cambiar unos 55 uds.

Tanto los datos indicados en cuanto a retimbres se refiere como este

listado de elementos son orientativos y la empresa Adjudicataria deberá comprobarlos y actualizarlos. En ningún caso podrá prevalerse de las diferencias que pudiese haber para pretender un cam bio en el precio contractual.