Departamento de Administración Municipal Servicio General de Mantenimiento de Edificios Municipales Udal Administrazioaren Saila Udal Eraikinetako Mantentze Zerbitzu Orokorra Servicio de Instalaciones y Gestión de Contratos Instalazio eta Kontratu Kudeaketako Zerbitzua
Oreitiasolo, 5-7 01006 Vitoria-Gasteiz Tel.: 945 16 14 69 Fax: 945 16 14 87 www.vitoria-gasteiz.org
PLIEGO DE CONDICIONES TÉCNICAS
CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE EXTINCIÓN MANUAL DE
INCENDIOS EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES
AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
ÍNDICE
MEMORIA TÉCNICA
OBJETO DEL CONTRATO .
ALCANCE.
OBLIGACIONES GENÉRICAS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.
TRABAJOS A REALIZAR.
Renovación y ampliación de Equipos
Mantenimiento Preventivo
Mantenimiento Correctivo
Atención de Avisos
Aplicación informática – Base de datos
Inspecciones Reglamentarias
Otros Trabajos
EXCLUSIONES.
ANEXO I
OBJETO DEL CONTRATO
El objeto de la presente memoria, es definir y regular el alcance y condiciones
de las prestaciones que habrán de regir el Contrato de los SERVICIOS DE GESTIÓN
Y MANTENIMIENTO DE LOS SISTEMAS DE EXTINCIÓN MANUAL DE INCENDIOS,
BAJO LA MODALIDAD DE GARANTÍA TOTAL Y CON ASISTENCI A 24 HORAS 365
DÍAS AL AÑO, EN LOS EDIFICIOS MUNICIPALES QUE FIGUR AN EN EL ANEXO I
DE ESTE PLIEGO.
El cumplimiento de este Pliego de Condiciones y toda la Normativa vigente de
aplicación1, se entiende como una exigencia de mínimos. El Adjudicatario actuará para
mantener en perfecto estado de funcionamiento, y seguridad para los usuarios, el total
de las instalaciones y equipos que se le encomiendan.
ALCANCE.
El ámbito de actuación se extiende a todo sistema de extinción manual que se
describen en el ANEXO I de este Pliego, así como su correcta señalización. Quedan
incluidas además todas las instalaciones anejas relacionadas con su funcionamiento y
seguridad en general y en particular equipos de bombeo para suministro a BIEs con
todos sus componentes, detectores de flujo, etc.
El alcance de las prestaciones, desarrollado en otros puntos de este
documento, comprende la realización de todos los mantenimientos necesarios para
garantizar el correcto estado de las instalaciones conforme a las disposiciones que
marque la Normativa de aplicación en todo momento.
La empresa Adjudicataria asumirá las instalaciones en el estado en el que
se encuentren previamente al inicio de la ejecución del Contrato. Los listados
que aparecen en los inventarios, han sido extraídos de los actuales Contratos
de mantenimiento.
En caso de que las empresas licitadoras quieran vis itar alguna de las
instalaciones, deberán presentar su solicitud en es te Servicio hasta 4 días
1 CTE-DB-SI4, R.D. 1942/1993, R.D. 2364/1994, R.D. 1720/2007, Ley 15/2003, Ley Orgánica 4/1997, Ley Orgánica 15/1999, Decreto 168/1998, RIPCI, Instrucción 1/2006, INT/316/2011, Reglamento ARCO, REBT, Normas UNE y otras Directivas, R.D., Órdenes, Resoluciones, Leyes, ITC´s.
naturales antes de la fecha de finalización de entr ega de ofertas a través de la
dirección de correo electrónica: jcalcalde@vitoria -gasteiz.org.
OBLIGACIONES GENÉRICAS DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA.
La empresa Adjudicataria contará con establecimiento, local o almacén en la
provincia de Álava, destinado a guardar los repuestos necesarios para el
mantenimiento de las instalaciones y con personal suficiente en número y cualificación
para desarrollar las prestaciones del Contrato.
Todo el material, vehículos, maquinaria y herramienta que se asigne a este
Contrato se hallarán en perfecto estado de uso, conservación y homologación,
pudiendo ser rechazado por los Técnicos Municipales cuando no reúnan estas
condiciones. En estos casos el Adjudicatario deberá sustituirlo por otro que sea el
adecuado. El Adjudicatario iniciará el Contrato con un stock de consumibles,
pequeños suministros mecánicos y eléctricos, repuestos y fungibles que detallará en
un listado, equivalentes y compatibles con las instalaciones a mantener; éstos
acreditarán haber pasado los controles de calidad que le sean exigibles según
Normativas de aplicación, marcado CE, etc. Será de su entera responsabilidad la
gestión de los mismos, su almacenamiento, su mantenimiento, su custodia, así como
la reposición de los materiales consumidos para asegurar, que en todo momento, se
cumplen las disponibilidades exigidas.
La empresa Adjudicataria gestionará adecuadamente todos los residuos
originados sin cargo alguno y conservará copia de la justificación para ser entregado
al Ayuntamiento si así se le requiere.
El personal y los medios asignados al Contrato deberán guardar siempre
relación directa con el número de instalaciones. Debido a que éstas pueden sufrir
variaciones durante el plazo de ejecución, se establecerá a partir de la relación inicial
una proporcionalidad según el número de instalaciones a mantener en cada momento.
Cualquier variación deberá ser aprobada previamente por este Servicio.
La empresa Adjudicataria dotará al personal destinado al mantenimiento, de
una indumentaria adecuada de trabajo y de los equipos de protección individual
correspondientes. Cada operario dispondrá de una identificación clara y visible que
llevará siempre a la vista y le será aportada por el Ayuntamiento.
Al inicio del Contrato se instaurará un código ético entre las partes que regule,
entre otras consideraciones, el trato del personal de la Empresa con el personal de los
Centros Municipales y usuarios y la información que se transmita a los mismos.
TRABAJOS A REALIZAR.
El Adjudicatario es responsable de la conducción, vigilancia y control de las
instalaciones, incluyendo todo el conjunto de tareas que permitan el perfecto
funcionamiento y control de las mismas y de todos los daños y perjuicios que se
deriven por el mal funcionamiento de los sistemas.
Se cumplirá en todo momento con la Reglamentación en vigor y las
modificaciones posteriores que afecten a todas las instalaciones de este Contrato y
sus futuras inclusiones.
En el caso de que el adjudicatario incumpla el plazo de ejecución, o no realice
las prestaciones exigidas en el PCT, o bien éstas no sean de la calidad exigida en el
mismo, el Servicio General del Mantenimiento podrá encargar esos trabajos concretos
que no se hayan realizado, o se hayan ejecutado defectuosamente, a otra empresa
procediéndose a descontar ese importe de la factura correspondiente, sin perjuicio de
aplicar el régimen de penalidades contemplado en el punto 15 de la Carátula del
PCAP.
Renovación y ampliación de equipos
Independientemente del cumplimiento con la garantía total establecida, durante
la vigencia de este contrato, la empresa adjudicataria deberá efectuar la
renovación de los siguientes equipos sin que suponga coste alguno al
Ayuntamiento:
- Independizar acometida para suministro de BIEs de la acometida general
de agua en el Palacio Villasuso, incluso instalación de su propio contador.
Quedan incluidas además:
- Las reparaciones o sustituciones de piezas o elementos deteriorados
accidentalmente, por negligencia, acto vandálico o mal uso hasta un máximo
del 2% anual del total de cada tipo de elemento, censado en la lista total del
Ayuntamiento (ANEXO I). Aplicable a cada uno de los años en vigor del
Contrato y, en su caso, a cada uno de los de la prórroga.
- Ampliación (al alza del nº de elementos) de las instalaciones de un edificio
hasta un 5% en nº de los diferentes elementos o equipos que lo componen,
por variaciones a lo largo del Contrato, es decir los dos años previstos. Durante
las prórrogas, si las hubiera, no es posible aplicar ese incremento.
Mantenimiento Preventivo
El Adjudicatario deberá realizar todas las prestaciones correspondientes al
mantenimiento preventivo que sean necesarias. Serán obligatorias como
mínimo, las comprobaciones, verificaciones y frecuencias que indican las
disposiciones legales, incluso los retimbres y sustituciones por caducidad de
extintores y pruebas de presión de BIEs (20% del total anual) y por Contrato
estará obligado a realizar las revisiones trimestrales de todos los sistemas,
haciendo coincidir la revisión integral anual en to dos los sistemas, con
su segunda revisión trimestral . Se notificará al Servicio General de
Mantenimiento, con la antelación suficiente, la fecha en la que corresponde
realizar dichos trabajos.
Justificará la revisión efectuada con la entrega de los albaranes
correspondientes: un albarán indicando hora de llegada y hora de salida y
sellado en el centro se dejará en el propio edificio inspeccionado remitiendo,
una copia de forma inmediata a las oficinas del Servicio General de
Mantenimiento según el procedimiento establecido por los Técnicos
Municipales.
El Adjudicatario elaborará un certificado del correcto funcionamiento de las
instalaciones de cada edificio, después de cada revisión preventiva así como
por peticiones puntuales del Ayuntamiento o cualquier otro Organismo
Competente. En estos certificados se detallarán todos los elementos del
Centro con sus ubicaciones; además se indicará el nº de placa y fecha de
retimbre y se hará mención especial a la revisión de los equipos de bombeo
existentes para suministro a BIEs, indicando:
-Estado general de la instalación, cuarto de bombas, etc.
-Funcionamiento de los cuadros de control, dispositivos de maniobra y
módulos de señal a Centrales de Detección de Incendios.
-Estado de los sistemas de seguridad.
Estado general de: bombas, tuberías, llaves, válvulas, bridas de unión y
demás dispositivos del sistema.
-Comprobación de presiones de trabajo y funcionamiento de bombas, y
equipos de presión de las instalaciones.
-Comprobación, limpieza y saneado de los depósitos de cebado y
suministro principal del sistema en los que exista este equipo.
-Pintado, saneado y señalizado de los sentidos de circulación,
posiciones y maniobras de las llaves de corte del sistema en la
instalación.
Las operaciones a realizar serán, en todo caso y como mínimo, las indicadas
en la Normativa, vigente o futura, correspondiente a cada tipo de instalación.
Serán adecuadas para asegurar que el funcionamiento, a lo largo de su vida
útil, se realice con la máxima eficacia, garantizando un uso seguro, la
durabilidad de la instalación, la protección del medio ambiente y las exigencias
que permitan mantener en todo momento en marcha las instalaciones objeto
de Contrato. Siempre se garantizará la seguridad de las personas y bienes de
los Edificios Municipales y las instalaciones permanecerán plenamente
operativas para que funcionen cuando la situación así lo requiera.
Mantenimiento Correctivo. GARANTIA TOTAL
El Adjudicatario se compromete a realizar los trabajos de reparación y/o
sustitución necesarios para garantizar el correcto y seguro funcionamiento del
conjunto de las instalaciones con todos sus componentes y equipos
relacionados en el ANEXO I de la memoria, bajo la modalidad de GARANTÍA
TOTAL, es decir, sin repercutir ningún coste adicional al Contrato de
mantenimiento. Los equipos, sistemas o instalaciones deberán quedar
operativos lo antes posible, acotando la incidencia para garantizar la máxima
cobertura de los sistemas de seguridad en los Edificios.
En todos los casos el elemento será reparado en su totalidad sin superar el
plazo de 24 horas .
El Adjudicatario emitirá un informe semanal recogiendo todos los avisos e
incidencias de la semana e indicando la solución ejecutada en cada caso, así
como los plazos de resolución.
La empresa asume la total responsabilidad para la consecución del buen
estado en el funcionamiento de las instalaciones, efectuando las reparaciones
y reposiciones precisas de todo tipo de componentes, así como todos los
daños y perjuicios que se deriven por el mal funcio namiento de los
sistemas de extinción, ante el incumplimiento de su s obligaciones .
Cualquier modificación en las características de las instalaciones, si así fuese
exigido por la Normativa de aplicación, se legalizará ante el Departamento de
Industria de la Comunidad Autónoma por parte de la empresa Adjudicataria.
Atención de avisos e incidencias
El Adjudicatario garantizará la asistencia mediante un servicio 24 horas 365
días al año.
En el caso de avería, funcionamiento incorrecto de los componentes de las
instalaciones. El Adjudicatario debe asegurar las intervenciones en el plazo
máximo de 1 hora desde la notificación del aviso.
Para cumplir las prestaciones contratadas, el Adjudicatario aportará los medios
de comunicación exclusivos, así como la máquina y el transporte adecuado
para este Contrato con el Ayuntamiento de Vitoria-Gasteiz.
Entre el adjudicatario y el Ayuntamiento, se deberá establecer un protocolo de
comunicación, rápido, fiable y seguro para facilitar el intercambio de
información entre ambas partes en todo aquello que se refiera a las
instalaciones y equipos objeto de este Servicio.
Aplicación informática - Base de datos
El Adjudicatario dispondrá de una Aplicación informática de acceso directo que
permita a los Técnicos Municipales el conocimiento de cuantas operaciones se
realicen en cumplimiento del Contrato, en la que se incluirá una base de datos
de mantenimiento, perfectamente actualizada, donde se registre:
• Certificados de todos los sistemas.
• Planos de las instalaciones con ubicación de elementos.
Además para el control de incidencias atendidas y seguimiento de averías:
• Fecha y hora de comunicación de la incidencia.
• Fecha y hora de comienzo de reparación.
• Avería.
• Causa de la avería.
• Descripción de la reparación.
• Mano de obra empleada.
• Materiales utilizados.
• Tiempo de resolución de la avería.
• Partes de revisión y reparación firmados por la propiedad.
• Nº averías del equipo a lo largo del contrato.
• Observaciones.
• Cualquier otra información que el Adjudicatario y/o el Ayuntamiento consideren de interés.
Esta Aplicación deberá permitir exportar sus datos a un formato compatible con
los sistemas informáticos del Servicio General del Mantenimiento del
Ayuntamiento.
El Adjudicatario asignará un número de teléfono, disponible las 24 horas, para
la atención de este Contrato.
El Adjudicatario colocará una placa/adhesivo en extintores y en la parte interior
de la caja de las BIEs, dejando libre en todo momento el protector de la misma
con sus indicaciones de uso.
La placa/adhesivo identificativa dispondrá de la siguiente información:
• Empresa responsable del Mantenimiento.
• Teléfono de urgencia para averías.
• Fechas de revisiones.
Se hará cargo del mismo modo de retirar las placas actuales en un plazo
máximo de 30 días contados a partir de la fecha de inicio de contrato.
Inspecciones Reglamentarias.
Cada vez que el Departamento de Juegos y Espectáculos del Gobierno Vasco,
u otros Organismos de Control Autorizado informe de la realización de una
inspección a uno de estos edificios, el Adjudicatario podrá ser reclamado por
parte del Ayuntamiento para que acompañe en la visita a los responsables
municipales del edificio para asistencia técnica. Una vez emitido el
correspondiente informe por parte del Gobierno Vasco, el Adjudicatario
estudiará este documento, asesorando a los distintos Departamentos
Municipales de cara a la presentación de las alegaciones/medidas correctoras
que correspondan.
Todos los costes derivados de los controles reglamentarios que no impliquen
modificación en el nº de elementos o vías de evacuación, se entenderán por
cuenta del Adjudicatario, así como las gestiones y gastos para cumplimentar y
presentar documentación administrativa ante los Organismos Oficiales y/o
Colegios Profesionales, derivados del mantenimiento, reparación y puesta en
marcha de las instalaciones.
Otros trabajos.
• Los trabajos de reposición de los extintores empleados en una
emergencia real.
• Los trabajos de rellenado o reposición de los extintores vaciados o
desaparecidos, vidrios o similares de BIEs, urnas de extintores y demás
elementos deteriorados accidentalmente, por negligencia, acto
vandálico o mal uso hasta un máximo anual del 2% de los elementos
censados en la lista total del Ayuntamiento (ANEXO I).
• Las sustituciones o reposiciones de cristales de BIEs por rotura o mal
estado de los mismos se realizaran con un metacrilato flexible en el
que figurara el indicativo:”EXTRAER EN CASO DE INCENDIOS” con
espacios libres en ambos lados para facilitar esta operación.
• Los cristales/metacrilato de las BIEs deberán estar limpios colocando la
pegatina de revisión en su interior, de manera que no se tape en ningún
momento las indicaciones del cristal/metacrilato.
• Se repararán todos los desperfectos ocasionados por los ajustes a
Normativa de la altura de instalación de los extintores.
• Se marcará en los soportes de los extintores el nº correspondiente al
extintor colgado, para su mejor identificación en caso de retirada, robo
o extravío. En el caso de los extintores de carro, se les asignará una
ubicación fija en el edificio como referencia, y en ésta se colocará el
distintivo de extintor con la reseña del nº y tipo de extintor.
• Identificación y señalización de las llaves generales de acometidas de
BIEs y contadores. Se indicará en el certificado su ubicación, su estado
y si no está pintada en rojo o señalizada como tal, se procederá a ello.
• Se emitirá un certificado específico de los equipos de bombeo de
extinción detallando todos los puntos comprobados (presiones, fugas,
cableado, etc) trimestralmente como el resto de la instalación.
• En coordinación con el Servicio General de Mantenimiento de Edificios
Municipales, se valorará la retirada de las urnas de extintores en
colegios y lugares cuya existencia pueda provocar golpes o lesiones
con las partes punzantes de las mismas.
• Desmontaje y retirada de elementos a recuperar de instalaciones que
se den de baja durante el Contrato por orden del Servicio General de
Mantenimiento.
• Reubicación o anulación de dispositivos en los sistemas a mantener,
por necesidades del Centro, cambios de distribución o mobiliario u
obras externas.
• Todas aquellas gestiones y gastos que hayan de realizarse ante los
Organismos Oficiales y/o Entidades de Inspección y Control, derivadas
de la adjudicación de este Contrato, y que sean resultantes en el
cambio de mantenedor, serán por cuenta de la Empresa Adjudicataria.
• Otros trabajos especiales que no se detallen en el presente documento
y que sean necesarios para el cumplimiento de la normativa vigente.
Prestando especial interés a la comprobación de distancias, alturas y
señalización de los diferentes elementos existentes.
• Los trabajos de información-formación de los usuarios Municipales de
los Centros, quedando a criterio del Servicio General de Mantenimiento
el número y forma de realizarse dichos cursos informativos.
• Asesorará a cualquier Departamento Municipal, cuando lo solicite y sin
coste económico alguno, en cuestiones relacionadas tanto con los
elementos incluidos en este Contrato como sobre otras unidades
nuevas que sean de interés incluir a lo largo de la vigencia del mismo.
Supervisará siempre que se le solicite las nuevas instalaciones con
personal Técnico del Ayuntamiento, para dar su valoración sobre la
misma, indicando las correcciones necesarias.
• En representación de la Propiedad, realizará las gestiones y
documentos legales oportunos ante los Organismos Competentes que
corresponda en el ámbito de aplicación. Se encargará de realizar los
trámites para dar de alta o baja instalaciones, modificaciones en las ya
existentes, y notificación de corrección de incidencias ante el
Organismo Territorial competente.
• Durante la duración del contrato se podrán producir variaciones en el
número de instalaciones a mantener, por altas o bajas de edificios tal y
como se indica en el Punto 22 del Pliego Administrativo.
EXCLUSIONES.
En las prestaciones descritas anteriormente a cargo del Adjudicatario, no se
incluyen:
• Las reparaciones o sustituciones de piezas o elementos deteriorados
accidentalmente, por negligencia, acto vandálico o mal uso por encima
del 2% de los elementos censados en la lista total del Ayuntamiento
(ANEXO I).
• Los trabajos de modernización y de adecuación de las instalaciones o
equipos no incluidos en el programa de mejora de las instalaciones de
la oferta del Adjudicatario, ni aquellas cuya realización venga impuesta
por la entrada en vigor de una nueva Normativa o provengan de nuevas
necesidades planteadas en los Edificios Municipales.
El Ayuntamiento se reserva la facultad en estos casos de contratar la
reparación y sustitución con quien más convenga o bien realizarla con sus propios
medios sin que ello pueda ser causa de variación alguna en las condiciones y objeto
del Contrato de mantenimiento firmado.
Vitoria-Gasteiz, a 31 de Marzo de 2017
SERVICIO DE INSTALACIONES Y GESTIÓN DE CONTRATOS SERVICIO GENERAL DE MANTENIMIENTO DE EDIFICIOS MUNICIPALES
DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN MUNICIPAL
ANEXO I
MANTENIMIENTO DE LAS INSTALACIONES DE EXTINCIÓN MANUAL EN LOS EDIFICIOS
MUNICIPALES
AYUNTAMIENTO DE VITORIA-GASTEIZ
Inventario general. No se refleja:
• Los sistemas especiales de bombeo para suministro d e BIEs.
• Detectores de flujo.
• …
Todo ello deberá mantenerse al igual que el resto d e elementos inventariados y se entenderá incluido en el precio final.
CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA
AA VV ABETXUKO (CLUB JOVEN) 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
AA VV ABETXUKO (URIBE MORALES) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
AA VV ARIZNAVARRA (GAZTELUEN AUZOA) 0 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0
AA VV CASCO VIEJO (GASTEIZ TXIKI) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
AA VV EL PILAR (GURE AUZUNE) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
AA VV JUDIMENDI (JUDIMENDIKOAK) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
AA VV SALBURUA 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 0 0
AA VV SAN CRISTOBAL 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
AA VV SAN MARTIN (GIZARTE ETXEA) 0 0 0 0 0 8 2 0 0 0 0 0 0
AA VV SANSOMENDI 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0
AA VV SANTA LUCIA (ERREKATXIKI) 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
AA VV TXAGORRITXU (TXAGORRIBIDEA) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0
AA VV ZABALGANA 0 0 0 0 0 1 0 0 1 0 0 0 0 AGLE - ANTES AA VV DESAMPARADOS (LAGUN ARTEA) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0
ALMACÉN CALLE FERROCARRIL DEL NORTE 1 0 0 0 0 0 9 0 0 2 0 0 0 0
ALMACEN EXTINTORES PALACIO VILLASUSO 0 0 0 0 0 32 0 0 4 0 0 0 2
ANTIGUA ESTACIÓN DE AUTOBUSES 0 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0
APART TUT AMADIS 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0
APART TUT AURORA 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 1 0 0
APART TUT BEATO TOMAS ZUMARRAGA 6 0 0 0 0 17 0 0 1 0 1 0 0
APART TUT Nª SRA DE OLARIZU 7 0 0 0 0 24 0 0 2 0 0 0 0
APART TUT PABLO NERUDA Y CENTRO DIA BIZIA 9 0 0 0 0 8 39 0 2 0 1 0 0
APART TUT RAMIRO MAEZTU 0 0 0 0 0 8 0 0 1 1 0 0 0
APART TUT SAN ANTONIO 0 0 0 0 0 0 8 0 1 0 1 0 0
ARCHIVO MUNICIPAL 13 0 0 0 0 36 0 0 2 0 4 0 0
ASOCIACION GAO LACHO DROM 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0 ATARIA - CENTRO INTERPRETACION DE LA NATURALEZA 4 0 0 0 0 13 0 0 1 0 0 0 0
BIBLIOTECA GAIA 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 0 0 0
BOLERA ABETXUKO 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
BOMBEROS – SEIS 0 0 0 0 0 10 2 0 2 0 1 0 0
CAMPO FUTBOL ABETXUKO 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0
CAMPO FUTBOL ARANBIZKARRA 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
CAMPO FUTBOL ARIZNAVARRA 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
CAMPO FUTBOL ARRIAGA 13 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
CAMPO FUTBOL LA VITORIANA 4 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0
CAMPO FUTBOL LOS ASTRONOMOS 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
CAMPO FUTBOL ZARAMAGA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
CASA ASOCIACIONES ITZIAR 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
CASA ASOCIACIONES ROGELIA DE ALVARO 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
CASA DE DUCHAS 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
CASA DE LA MUSICA - MUSIKETXEA 2 0 0 0 0 20 0 0 0 0 0 0 0
CEMENTERIO EL SALVADOR 0 0 0 0 0 8 1 0 0 0 1 0 0
CEMENTERIO SANTA ISABEL 0 0 0 0 0 3 0 0 0 1 1 0 0
CENTRO AMAIA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0
CENTRO CIVICO ABETXUKO + CSCM 4 0 0 0 0 10 0 0 0 0 1 0 0
CENTRO CIVICO ALDABE 11 0 0 0 0 48 0 0 6 0 2 0 0
CENTRO CIVICO ARANA 4 0 0 0 0 15 0 0 0 0 0 0 0
CENTRO CIVICO ARIZNAVARRA 5 0 0 0 0 18 0 0 2 0 0 0 0
CENTRO CIVICO ARRIAGA 4 0 0 0 0 23 0 0 0 0 3 0 0
CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA
CENTRO CIVICO EL CAMPILLO + POLIDEPORTIVO 3 0 0 0 1 23 1 0 1 0 0 0 0
CENTRO CIVICO EL PILAR 9 0 0 0 0 25 0 0 0 0 1 0 0
CENTRO CIVICO HEGOALDE 16 0 0 0 0 44 0 0 4 0 0 0 0
CENTRO CIVICO IBAIONDO 23 0 0 0 0 72 0 0 4 0 0 0 0
CENTRO CIVICO IPARRALDE 12 0 0 0 0 46 0 0 3 0 6 0 0
CENTRO CIVICO IPARRALDE 2 4 0 0 0 0 11 0 0 3 2 0 0 0
CENTRO CIVICO JUDIMENDI 14 0 0 0 0 39 0 0 3 0 1 0 0
CENTRO CIVICO LAKUA 03 + PISTA EXT 29 0 0 0 1 102 0 0 4 1 1 0 0
CENTRO CIVICO SALBURUA 33 0 0 0 0 72 0 0 3 0 0 0 0
CENTRO DE DIA JUAN PABLO II, 12 - 1º A (infancia) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
CENTRO DIA BLAS DE OTERO 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0
CENTRO DIA CORRERIA 100/102 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
CENTRO DIA ESTRADA (PISO) BIDELAN 0 0 0 0 0 5 0 0 0 1 0 0 0
CENTRO DIA ESTRADA (PTA. BAJA) 0 0 0 0 0 2 0 0 2 3 2 0 0
CENTRO DIA INFANCIA PAULA MONTAL 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0
CENTRO DIA INFANTIL SALBURUA 0 0 0 0 0 2 0 0 1 0 0 0 0
CENTRO DIA PRELABORAL HUETOS 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0
CENTRO DIA SAN PRUDENCIO 2 0 0 0 0 15 0 0 0 0 0 0 0
CENTRO ESTUDIOS AMBIENTALES 4 0 0 0 0 17 0 0 0 0 1 0 0 CENTRO FORMATIVO IGNACIO ELLACURIA (OFICINAS) 3 0 0 0 0 9 0 0 0 1 0 0 0 CENTRO FORMATIVO IGNACIO ELLACURIA (PABELLONES) 0 0 2 0 0 22 0 0 1 0 1 0 0 CENTRO FORMATIVO IGNACIO ELLACURIA (TALLERES) 4 0 1 0 0 14 0 0 0 3 0 0 0
CENTRO MEDICO DEPORTIVO MENDIZORROTZA 0 0 0 0 2 2 0 0 4 0 0 0 0
CENTRO MUNICIPAL ACOGIDA SOCIAL 7 0 0 0 0 19 0 0 2 0 0 0 0 CENTRO MUNICIPAL DE EMPRESAS DEL CASCO MEDIEVAL 0 0 0 0 0 27 0 0 0 0 0 0 0
CENTRO PROTECCION ANIMAL 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
CENTRO SAN MARTIN ETXEA 3 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0
CENTRO SOCIAL ADURZA 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 2 0 0
CENTRO SOCIAL ARETXABALETA 0 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0
CENTRO SOCIOCULTURAL ERREKALEOR 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
CEP ABENDAÑO IKASTOLA (PRIMARIA) 6 0 0 0 0 26 0 0 3 0 0 0 0
CEP ABETXUKO IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 14 0 0 2 0 1 0 0
CEP ADURTZA IKASTOLA (COMEDOR) 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 0 0 0
CEP ADURTZA IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 3 0 1 0 0
CEP ANGEL GANIVET (PRIMARIA) 8 0 0 0 0 26 0 0 1 0 3 0 0
CEP ANTIGUO PIO BAROJA 0 0 0 0 0 15 0 0 1 0 0 0 0
CEP ANTONIO FORNIES (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 18 0 0 2 1 4 0 0
CEP ANTONIO LOPEZ DE GUEREÑU (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 0 1 4 0 0
CEP ARANBIZKARRA COMEDOR 0 0 0 0 0 5 0 0 2 0 0 0 0 CEP ARANBIZKARRA IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 13 0 0 3 0 3 0 0
CEP ARANZABELA IKASTOLA (PRIMARIA) 4 0 0 0 0 14 0 0 0 0 2 0 0
CEP BARRUTIA IKASTOLA (GIMNASIO) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
CEP BARRUTIA IKASTOLA (PRIMARIA) 4 0 0 0 0 17 0 0 0 0 6 0 0
CEP DIVINO MAESTRO (PRIMARIA) 6 0 0 0 0 32 0 0 1 0 5 0 0 CEP ERREKABARRI-ANTIGUO CANDIDO RUIZ DE GARIBAYA 4 0 0 0 0 12 0 0 2 0 0 0 0
CEP IBAIONDO (INFANTIL+PRIMARIA) 20 0 0 0 0 32 0 0 0 0 0 0 0
CEP JUDIMENDI (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 0 0 2 0 0
CEP LAKUABIZKARRA 19 0 0 0 0 19 0 0 4 0 0 0 0
CEP LANDAZURI IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 27 0 0 2 0 1 0 0
CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA
CEP LUIS DORAO (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 15 0 0 0 0 3 0 0
CEP LUIS ELEJALDE (PRIMARIA) 8 0 0 0 0 32 0 0 3 0 3 0 0
CEIP MARITURRI 18 0 0 0 0 22 0 0 0 0 0 0 0
CEP MARITURRI -ALDAIALDE 8 0 0 0 0 14 0 0 2 0 0 0 0
CEP MIGUEL CERVANTES (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 19 0 0 2 0 1 0 0 CEP ODON DE APRAIZ IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 8 0 0 0 0 24 1 0 0 0 1 0 0
CEP PADRE ORBISO (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 20 0 0 5 0 1 0 0
CEP RAMON BAJO (INFANTIL + PRIMARIA) 10 0 0 0 0 31 0 0 1 0 0 0 0
CEP SALBURUA 15 0 0 0 0 35 0 0 4 0 0 0 0
CEP SAMANIEGO + IES (PRIMARIA + SECUNDARIA) 0 0 0 0 1 27 0 0 1 0 1 0 0
CEP SAN IGNACIO (PRIMARIA) 0 0 0 0 0 23 0 0 1 1 8 0 0
CEP SAN MARTIN (PRIMARIA) 8 0 0 0 0 19 0 0 5 0 0 0 0 CEP STA MARIA DE VITORIA (INFANTIL + PRIMARIA) 0 0 0 0 0 31 0 0 1 0 1 0 0
CEP TOKI EDER (COMEDOR) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0
CEP TOKI EDER (GIMNASIO NUEVO) 3 0 0 0 0 10 0 0 1 0 1 0 0
CEP TOKI EDER (PRIMARIA) 4 0 0 0 0 21 0 0 2 0 0 0 0
CEP UMANDI IKASTOLA (INFANTIL + PRIMARIA) 8 0 0 0 0 23 2 0 0 1 4 0 0
CEP ZABALGANA 17 0 0 0 0 38 0 0 2 0 1 0 0
CEPA EL CARMEN 5 0 0 0 0 13 0 0 4 0 0 0 0
CEPA EL CARMEN (PABELLÓN) 2 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0
CEPA PAULO FREIRE ABETXUKO 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
CEPA PAULO FREIRE ADURZA + DANTE + T.A.E. 0 0 0 0 0 11 0 0 0 0 1 0 0
CEPA PAULO FREIRE ARIZNAVARRA 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0
CEPA PAULO FREIRE FRANCIA 5 0 0 0 0 11 0 0 0 1 3 0 0
CEPA PAULO FREIRE SANSOMENDI 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
CEPA PAULO FREIRE ZARAMAGA 0 0 0 0 0 4 0 0 1 1 0 0 0
CETIC 3 0 0 0 0 10 0 0 10 0 4 0 0
COMPLEJO DEPORTIVO MENDIZORROTZA 30 0 1 0 0 98 0 0 5 0 3 0 0 COMPLEJO DEPORTIVO MENDIZORROTZA (MÓD. ATLETISMO) 1 0 0 8 0 8 0 0 1 0 0 0 0 CONSERVATORIO DANZA JOSE URUÑUELA (EDIFICIO ANTIGUO) 0 0 0 0 0 17 0 0 0 0 0 0 0 CONSERVATORIO DANZA JOSE URUÑUELA (EDIFICIO NUEVO) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 1 0 0
CP ABENDAÑO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 14 0 0 0 0 0 0 0
CP ARANZABELA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 1 0 0
CP BARRUTIA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0
CP GABRIEL MIRO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
CP LOREA LA ENCINA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 13 0 0 0 0 0 0 0
CP LUIS ELEJALDE (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0
CP MANUEL DE FALLA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
CP MARIA MAEZTU (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
CP MIRENTXU (INFANTIL PREFABRICADO) 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
CP MIRENTXU (INFANTIL) 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0
CP PADRE ORBISO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 0 7 0 1 0 0 0 0
CP SAGRADA FAMILIA (INFANTIL) 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
CP SAMANIEGO (INFANTIL) 0 0 0 0 0 8 0 0 0 0 0 0 0
CP SAN MARTIN (INFANTIL) 2 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
CP SANTA LUCIA (INFANTIL) 2 0 0 0 0 13 0 0 1 0 0 0 0
CP TOKI EDER (INFANTIL) 0 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0
CSCM ARANA 2 0 0 0 0 7 0 0 1 0 1 0 0
CSCM ARANBIZKARRA 1 0 0 0 0 7 0 0 1 0 1 0 0
CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA
CSCM ARIZNAVARRA 2 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0
CSCM CORONACION 8 0 0 0 0 14 0 0 0 0 2 0 0
CSCM EL PILAR 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
CSCM JUDIMENDI 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
CSCM LAKUA-ARRIAGA 2 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0
CSCM LANDAZURI 2 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0
CSCM LOS HERRAN 2 0 0 0 0 5 0 0 0 0 1 0 0
CSCM SAN CRISTOBAL 2 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0
CSCM SAN PRUDENCIO 2 0 0 0 0 0 20 0 0 0 1 0 0
CSCM SANSOMENDI 1 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
CSCM TXAGORRITXU 2 0 0 0 0 10 0 0 0 1 1 0 0
CSCM ZARAMAGA 2 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
DEMSAC (OFICINAS) 2 0 0 0 0 10 0 0 4 3 0 0 0
EDIFICIO BAR PARQUE DEL NORTE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
EDIFICIO SOCIAL GAMARRA 11 0 0 0 0 37 0 0 4 0 1 0 0
EDIFICIO SOCIAL PARQUE DEL NORTE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
EI ARANA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
EI ARANBIZKARRA 0 0 0 0 0 6 0 0 0 1 0 0 0
EI ARIZNAVARRA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
EI EL PILAR 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 1 0 0
EI GALTZAGORRI 3 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0
EI GLORIA FUERTES 0 0 0 0 0 7 0 0 1 0 0 0 0
EI GURUTZMENDI 0 0 0 0 0 3 0 0 1 0 0 0 0
EI HENRIKE KNORR 3 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0
EI IBAIONDO 0 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0
EI IZARRA 2 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0
EI KATAGORRI 2 0 0 0 0 6 0 0 1 0 0 0 0
EI LAKUABIZKARRA 4 0 0 0 0 5 0 0 1 2 0 0 0
EI LANDABERDE 3 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0
EI MARITURRI 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0
EI ORTZADAR 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
EI SALBURUA 1 0 0 0 0 6 0 0 0 0 1 0 0
EI TXAGORRITXU 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0
EI TXANTXANGORRI 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
EI TXIMELETA 1 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
EI VIRGEN BLANCA 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 3 0 0
EMEI HAURTZARO 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 1 0 0
EMEI LOURDES LEJARRETA 2 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0
EMEI OLARIZU 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
EMEI SANSOMENDI 2 0 0 0 0 5 0 0 0 0 2 0 0
EMEI ZABALGANA 0 0 0 0 0 5 0 0 1 0 0 0 0
EMEI ZARAMAGA 4 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0
ESCUELA DE MUSICA LUIS ARAMBURU 11 0 0 0 0 26 0 0 2 0 1 0 0
ESPACIO EXPOSITIVO - EVE 0 0 0 0 0 3 0 0 1 0 0 0 0
ESTACIÓN DE AUTOBUSES (NUEVA) 33 0 0 0 0 81 0 0 3 0 0 0 0
FEDERACIONES DE COMERCIO DE ALAVA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0
FEDERACIONES VICENTE ABREU 0 0 0 0 0 3 8 0 0 0 0 0 0
FRAY ZACARIAS (EDUCACION) 3 0 0 0 0 19 0 0 3 0 3 0 0
FRONTON ABETXUKO 2 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
FRONTON ADURTZA 2 0 0 0 0 4 0 0 0 0 1 0 0
FRONTON LOS ASTRONOMOS 6 0 0 0 0 12 0 0 2 0 0 0 0
CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA
FRONTON ZARAMAGA 2 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
FRONTONES LAKUA 0 0 0 0 0 4 0 0 1 0 0 0 0 FRONTONES MENDIZORROTZA - BETI JAI - ESCUELA HOSTELERIA 16 0 0 0 0 82 0 0 5 0 2 0 0
GRADERIOS CAMPO FUTBOL SAN MARTIN 0 0 0 0 0 10 0 0 1 0 0 0 0
GURE CHOCOA 0 0 0 0 0 11 0 0 1 0 0 0 0
HOGAR INFANTIL CANTON DE STA MARIA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 1 0 0
HUERTAS DE ABETXUKO 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
INFORMATICA (ANTIGUO 010) 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
INFORMATICA 1 0 0 0 0 0 6 0 0 0 2 1 0 0
INFORMATICA 2 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0
INSTALACIONES BETOÑO 0 0 0 0 0 10 0 0 1 1 0 0 0
INSTALACIONES OLARANBE - BAR 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
INSTALACIONES OLARANBE - OFICINAS 0 0 0 0 0 10 0 0 0 0 1 0 0
INSTALACIONES OLARANBE - POLIDEPORTIVO 7 0 0 0 0 28 0 0 2 0 0 0 0
IRADIER ARENA MULTIUSOS - PLAZA DE TOROS 20 0 0 0 0 45 0 0 4 0 1 0 0
LOCAL LORETO ARRIOLA 11 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
LOCAL LORETO ARRIOLA 17 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0
LOCALES SIMON BOLIVAR-1 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 1 0 0
LOCALES SIMON BOLIVAR-2 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
LOCALES SIMON BOLIVAR-3 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0 LOCALES ZUZENAK GABRIEL CELAYA (CAFA ALMUDENA CID) 7 0 0 0 0 19 0 0 1 0 0 0 0
LONJA VENEZUELA - ALMACEN JUVENTUD 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
OFICINAS AYTO ASUNTOS SOCIALES Y DE LAS PERSONAS MAYORES 0 0 0 0 0 12 0 0 0 0 1 0 0
OFICINAS AYTO DEPORTES (MENDIZORROTZA) 0 0 0 0 0 6 0 0 0 0 0 0 0
OFICINAS AYTO PLAZA ESPAÑA 0 0 0 0 0 41 0 0 0 0 4 0 0
OFICINAS AYTO SAN ANTONIO 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 1 0 0
OFICINAS AYTO SAN ANTONIO - URGENCIAS 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
OFICINAS PABLO NERUDA, 5 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
OIKOS 0 0 0 0 0 3 0 0 1 0 0 1 0
PABELLONES URITIASOLO 10 0 1 0 0 42 1 0 0 0 0 0 0
PALACIO CONGRESOS EUROPA 56 0 0 0 0 150 0 0 10 0 7 0 0
PALACIO ESCORIAZA-ESQUIVEL 0 0 0 0 0 9 0 0 0 0 1 0 0
PALACIO ETXANOBE 0 0 0 0 0 7 0 0 0 2 0 0 0
PALACIO MONTEHERMOSO 16 0 1 0 0 68 5 0 3 1 0 1 0
PALACIO VILLASUSO 6 0 0 0 0 25 0 0 3 0 2 0 0
PALACIO ZULUETA 4 0 0 0 0 14 0 0 1 0 2 0 0
PARQUE AMBIENTAL OLÁRIZU 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 2 0 0
PARQUE GAMARRA BAR 0 0 0 0 0 7 0 0 0 0 1 0 0 PARQUE MUNICIPAL DE DESINFECCION (EDIFICIO DDD) 1 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
PISTA DE HIELO 0 0 0 0 0 23 0 0 4 0 1 0 0
POLICIA LOCAL 18 0 0 0 0 40 5 0 2 2 1 0 0
POLIDEPORTIVO ABETXUKO Y PISCINAS 15 0 0 0 0 31 0 0 3 2 1 0 0
POLIDEPORTIVO ARANALDE 4 0 0 0 0 21 0 0 0 0 0 0 0
POLIDEPORTIVO ARIZNAVARRA 7 0 0 0 0 18 0 0 0 1 1 0 0
POLIDEPORTIVO ARRIAGA 9 0 0 0 0 21 0 0 0 0 0 0 0
POLIDEPORTIVO LANDAZURI 6 0 0 0 1 13 0 0 1 0 0 0 0
POLIDEPORTIVO MENDIZORROTZA 16 0 0 0 0 26 0 0 8 1 0 0 0
POLIDEPORTIVO SAN ANDRES 18 0 0 0 0 55 0 0 1 0 0 0 0
RESIDENCIA AURORA 5 0 0 0 0 26 0 0 0 0 3 0 0
CENTRO BIES P50 P25 P12 P9 P6 P3 H10 C5 C3,5 C2 C3 HA
RESIDENCIA LOS ARQUILLOS 0 0 0 0 0 11 0 0 0 0 3 0 0
RESIDENCIA LOS MOLINOS 3 0 0 0 0 13 0 0 2 0 0 0 0
RESIDENCIA SAN PRUDENCIO 35 0 0 0 0 53 96 0 5 1 2 0 0
SEMILLERO EMPRESAS JUNDIZ 0 0 0 0 0 34 0 0 2 0 0 0 0
SERVICIO DE INFANCIA 5 0 0 0 0 8 0 0 1 0 0 0 0
TALLERES NORABIDE 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 2 0 0
TEATRO PRINCIPAL 15 0 2 0 0 63 0 0 0 0 5 0 0
TXOROLEKU 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 0 0 0
URINARIOS PUBLICOS OLAGUIBEL 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VEHICULOS MUNICIPALES EN URITIASOLO 0 0 0 0 4 24 61 0 0 0 0 0 0
VESTUARIOS OTA PINTORERIA 0 0 0 0 0 3 0 0 0 0 1 0 0
VILLASUSO 3 - 1º - ATERPE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
VILLASUSO 3 - 2º DCHA- PISO ACOGIDA 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0
VILLASUSO 3 - 2º IZQ - CASA ABIERTA 0 0 0 0 0 4 0 0 0 0 0 0 0
VILLASUSO Nº3 (EDIFICIO) 0 0 0 0 0 5 0 0 0 0 0 0 0
VITORIA-GASTEIZ FILM OFFICE 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 1 0 0
VIVEROS JARDINES 0 0 0 0 0 8 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 1 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 2 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 3 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 4 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 5 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 6 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 7 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 8 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 9 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 10 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 11 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 12 0 0 0 0 0 2 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 13 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 14 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 15 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 16 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 17 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
VIVIENDA 18 0 0 0 0 0 1 0 0 0 0 0 0 0
TOTAL ELEMENTOS: 893 0 8 8 10 3.651 261 0 245 35 194 2 2
Indicar a modo orientativo que a lo largo del primer año de este Contrato
según nuestros datos toca retimbrar unos 30 uds de extintores y cambiar por caducidad otros 30 uds; a lo largo del segundo año toca retimbrar unos 1.230 uds de extintores y cambiar unos 30 uds; a lo largo del tercer año toca retimbrar unos 1.175 uds de extintores y cambiar unos 40 uds y a lo largo del cuarto año toca retimbrar unos 1.210 uds de extintores y cambiar unos 55 uds.
Tanto los datos indicados en cuanto a retimbres se refiere como este
listado de elementos son orientativos y la empresa Adjudicataria deberá comprobarlos y actualizarlos. En ningún caso podrá prevalerse de las diferencias que pudiese haber para pretender un cam bio en el precio contractual.