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MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE (M.V.O.T.M.A) Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs (PCSC) Julio 2006 Asentamiento: Programa de Integración de Asentamientos Irregulares Préstamo BID N° 1186/OC-UR

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MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE (M.V.O.T.M.A)

Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

(PCSC)

Julio 2006

Asentamiento:

Programa de Integración de Asentamientos Irregulares Préstamo BID N° 1186/OC-UR

Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

Indice General

Glosario…………………………………………………………………………………………..…5 Sección I. Llamado a Oferta de Precios y Propuesta Técnica para el diseño y seguimiento de Proyectos………………………………………………………………….…..8 Sección II. Introducción……………………………………………………………………...10

1. Fuentes de los recursos………………………………………………….10 2. Contenido de los recaudos………………………………………………10 3. Aclaración de los documentos del Llamado………………………… 10 4. Modificación de los documentos del Llamado………………… 11

Sección III. Condiciones de la presentación de las Ofertas de Precios y Propuesta Técnica para el diseño y seguimiento de Proyectos……………………………………..12 A. Objeto del Llamado……………………………………………………………………. 12 B. Preparación de las ofertas…………………………………………………………….12

5. Costo de preparación y presentación de la oferta………………… .12 6. Documentación del Asentamiento objeto del Proyecto………………12 7. Visita al Asentamiento objeto del Llamado………………………… 12 8. Idioma de la oferta, Sistema de Contratación y Contenido de la

Cotización…………………………………………………………… ….13 9. Forma de presentación de las propuestas…………………………….13 10. Formulario de Oferta……………………………………………………..16 11. Precios de la oferta………………………………………………… … 16 12. Monedas de la oferta y monedas de pago…………………………….16 13. Documentos que establecen la conformidad del Oferente con los

recaudos de la licitación………………………………………………… 17 14. Período de validez de las ofertas……………………………………… 17 15. Formato y firma de la oferta ………………………………………… …18

C. Presentación de ofertas……………………………………………………………….18

16. Presentación de las ofertas…………………………………………….. 18 17. Plazo para la presentación de ofertas………………………………… 18 18. Ofertas tardías………………………………………………………… …18 19. Modificación, sustitución y retiro de ofertas………………………… 19

D. Apertura y evaluación de las Propuestas…………………………………………..19

20. Apertura de propuestas por el Contratante…………………… …….19 21. Comisión Evaluadora……………………………………………… …..20 22. Aclaración de ofertas y confidencialidad…………………………… .20 23. Examen preliminar y correcciones de errores u omisiones…………. 21 24. Evaluación, segunda apertura y comparación final de las ofertas…..21 25. Comunicaciones con el Contratante……………………………… … 22

E. Dictamen de la Comisión Evaluadora y Adjudicación del Contrato………...…22

26. Criterios para la adjudicación……………………………………………22 27. Derecho del Contratante a rechazar cualquiera o todas las ofertas. 22

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

28. Dictamen de la Comisión Evaluadora, Adjudicación del Contrato y Notificación de la Adjudicación…………………………………….22

29. Prácticas corruptivas……………………………………………………..25 30. Procedimientos para someter denuncias de corrupción……………..25

Sección IV. Condiciones del Contrato……………………………………… …………… .27 F. Aspectos Generales…………………………………………………………………. . 27

31. Definiciones e interpretación…………………………………………….27 32. Aplicación………………………………………………………… …….27 33. Partes del Contrato………………………………………………… .27 34. Documentos Contractuales………………………………… ……… 28 35. Obligaciones Generales…………………………………………………29 36. Garantía de Cumplimiento del Contrato……………………………….31 37. Cálculo de plazos. Formas de notificación…………………………… 31

G. Precios y forma de pago…………………………………………………………….. .32

38. Contenido y características de los precios…………………………….32 39. Precio del Contrato……………………………………………………….32 40. Costos, impuestos, derechos y tasas…………………………………..33 41. Ajuste de precios………………………………………………………….33 42. Intereses Moratorios……………………………………………………...34 43. Forma y moneda de pago………………………………………………..34 44. Suspensión de pagos. Retenciones…………………………………….36 45. Aprobaciones parciales…………………………………………… … ..37 46. Aumento del alcance de los trabajos y servicios………………… 37 47. Disminución del alcance………………………………………………… 37 48. Casos de Fuerza Mayor……………………………………………… …37

H. Plazos……………………………………………………………………………………..38

49. Plazos de ejecución………………………………………………………38 50. Penalidades y retenciones……………………………………………….39 51. Modificaciones efectuadas en las disposiciones técnicas……………40

I. Recepción de los trabajos y/o servicios y garantías……………………………..40

52. Recepción provisional o provisoria y conformidad definitiva……… 40 53. Garantías contractuales. Período de garantía…………………………41 54. Calificación en función de la evaluación del desempeño de los ETMs

durante y con posterioridad a la ejecución del Contrato……………...41 J. Rescisión del Contrato. Suspensión de los trabajos. Indemnizaciones…… 41

55. Rescisión del Contrato por el Contratante……………………… … ..42 56. Incapacidad. Decisión judicial o liquidación de los activos del ETM..42 57. Suspensión de los trabajos………………………………………………43

K. Medidas coercitivas. Solución de controversias y litigios. Entrada en vigor del Contrato……………………………………………………………………………………….…..43

58. Medidas coercitivas……………………………………………………….43 59. Solución de controversias………………………………………… …..44 60. Prácticas corruptivas………………………………………………… . .47 61. Inspecciones y auditorias……………………………………………… .47 62. Entrada en vigor del Contrato…………………………………… ……47

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

Sección V. Criterios de Evaluación…………………………………………………………48

63. Evaluación de las propuestas……………………………………………48 64. Puntuación final de las ofertas y determinación de la más

ventajosa…………………………………………………………………..53 65. Evaluación de los ETMs durante y al final de la ejecución del

Contrato………………………………………………………………….…55 Sección VI. Formularios……………………………………………………………………….57

66. Formularios de Oferta a incluir en el sobre N° 2………………………57 67. Formulario de presupuesto………………………………………………59 68. Formulario de declaración de comisiones o gratificaciones………….60 69. Planilla de composición del Equipo Técnico (Declaración Jurada)….61 70. Formulario de currículo del personal, a presentar por los ETMs

(Declaración Jurada)……………………………………………………..62 71. Formulario de currículo del Coordinador del Proyecto (Declaración

Jurada)……………………………………………………………………..63 72. Compromiso de trabajo…………………………………………………..64 73. Manifiesto de análisis de los recaudos…………………………………65 74. Declaración de conformidad……………………………………………..66 75. Modelo de contrato……………………………………………………….67

Sección VII. Lista Corta………………………………………………………………. .70

76. Lista Corta…………………………………………………………………70 Sección VIII. Entidad Contratante (Coejecutor), Departamento y Asentamiento……71

77. Coejecutor…………………………………………………………………71 78. Nombre y Ubicación del Asentamiento…………………………………71 79. Características del Asentamiento……………………………………….71 80. Términos de referencia y descripción de las acciones mínimas a

desarrollar………………………………………………………………….71 81. Plazo para la Formulación del Proyecto………………… ………… .71 82. Plazo estimado para el Acompañamiento en la Fase de Pre-Obra y

Plazo estimado para la Ejecución de las Obras……………… 72 83. Plazo de Pos-Obra………………………………………………… ……72 84. Equipo Básico………………………………………………………… …72

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

Glosario

Adjudicación : Es el acto por el cual el Comprador o Contratante, previo estudio de las propuestas presentadas y con la aprobación del PIAI/BID, selecciona la que ajustándose a los documentos del llamado, resulte la oferta evaluada más ventajosa. Es la formalidad más importante del proceso del llamado, ya que cumple con el objetivo principal de dicho proceso que es la selección del ETM que suministrará los trabajos y los servicios de que trate el llamado respectivo. A partir de la adjudicación, el Comprador o Contratante ya no puede dejar sin efecto el llamado, salvo en casos de fraude y otros hechos ilegales o circunstancias muy especiales. La adjudicación equivale a la “aceptación” de la “oferta” del ETM Oferente.

Adquisición: Se refiere a toda compra de bienes y servicios conexos o contratación de obras que lleve a cabo el Comprador o Contratante, con motivo de un proyecto parcialmente financiado por el Banco.

Banco: Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Beneficiarios Son los residentes en un Asentamiento elegible para obtener financiamiento, que pertenecen a la población objetivo del Programa y reciben sus beneficios. Comprende a todos los residentes en los lotes del Asentamiento y los ubicados en predios frentistas a sus calles perimetrales o aquellos que integran una misma unidad de amanzanamiento o predial, constituyendo un área urbana de acción prioritaria (AUAP). A los efectos del análisis económico, se consideran beneficiarios indirectos a los residentes en los predios frentistas a las obras complementarias así como la población ubicada en el entorno de 100 m del asentamiento.

Carta Consulta Es el documento, elaborado y presentado por el Coejecutor a la UCP, que contiene la información necesaria para verificar el cumplimiento de los Requisitos de Elegibilidad de los Asentamientos (REA) incluidos en el Reglamento Operativo del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (Préstamo BID N°1186/OC-UR).

Contratante: Es el organismo Coejecutor del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI), que convoca a presentar propuestas. Otros Términos sinónimos son: Comprador, Comitente, etc.

Coordinador o Gerente del Proyecto

Coordinador o Gerente del Proyecto será la persona encargada de la coordinación técnica de los trabajos. Se designará entre los inscriptos como tales en el Registro del ETM en la UCP.

Contrato de Préstamo:

Es el documento identificado con el número 1186/OC-UR, suscrito entre el Prestatario y el Banco, mediante el cual este último otorga y el primero acepta un préstamo para el financiamiento parcial del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares y en el cual se establecen los derechos y obligaciones de las partes.

Dirección de Obra

Se entenderá por Dirección de Obra al equipo técnico designado por el Contratante y al cuál integrará al ETM, en las condiciones y con las responsabilidades acordadas con la UCP. Dichas condiciones y responsabilidades se establecerán en el Contrato a

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

suscribirse entre el Coejecutor y el ETM.

Documentos del llamado a Concurso:

También llamados Bases o Recaudos. Los documentos del llamado constituyen el conjunto de documentos emitidos por el Comprador o Contratante y el PIAI, que especifican detalladamente los Trabajos y Servicios cuya adquisición se selecciona, establecen las condiciones del Contrato a celebrarse y determinan el trámite a seguir en el procedimiento de selección. En un sentido más amplio puede decirse que es el conjunto de documentos que determinan las condiciones del Contrato entre el ETM y el Contratante o Coejecutor.

ETM Adjudicatario:

Es el ETM Oferente del llamado a Concurso de Propuesta técnica y económica para el Asentamiento particular, que haya cumplido con los requisitos del mismo y cuya oferta haya sido evaluada como la más ventajosa. En general puede considerarse adjudicatario como sinónimo.

ETM Oferente: Es el ETM que presenta una oferta en un llamado a Concurso de propuestas, luego de realizadas las expresiones de interés. Otros términos sinónimos son: postulante, proponente, postor, oferente, etc.

ETM Equipo Técnico Multidisciplinario que pueden participar en el Programa en la elaboración de los Proyectos físico y social, en la Supervisión y Dirección de Obras de los mismos y en la ejecución de las actividades del componente barrial. Se trata de un equipo profesional capaz de realizar de forma coordinada e integral las acciones relativas a los aspectos físico y social del Proyecto. Otro término sinónimo es Equipo.

Garante: Es cualquier entidad jurídica, ya sea banco, institución financiera, compañía de seguros u otro ente, sus sucesores o cesionarios, que contrae una obligación con el Comprador o Contratante a favor del Oferente, mediante emisión de garantía firmada.

Garantía de Cumplimento:

También llamada “de ejecución” o “de fiel cumplimiento del contrato”. Es la garantía que presenta el adjudicatario al Comprador o Contratante, para cubrirlo de los perjuicios que tenga por causas eventuales e incumplimiento de la no ejecución, por parte del ETM, de los trabajos o los servicios objeto del llamado, de conformidad con los términos y condiciones del respectivo Contrato.

Oferta Son los trabajos y servicios que el ETM ofrece por un precio único y cerrado de acuerdo con los requerimientos del presente Pliego de Condiciones y la GFP. En este caso se toma como sinónimo Propuesta.

Oferta evaluada como la más ventajosa:

Es la oferta que, aplicándole los criterios de evaluación indicados en los documentos del llamado, resulta ser la mejor calificada y el análisis de la información suministrada en la oferta demuestra la consistencia y coherencia de la propuesta, tanto en lo económico como en lo técnico.

M.V.O.T.M.A. Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente. Organismo Ejecutor del Programa. Según el Contrato Modificatorio celebrado entre la República Oriental del Uruguay (Prestatario) y el Banco Interamericano de Desarrollo (Banco) se introdujeron modificaciones en el Contrato de Préstamo Nº 1186/OC-UR suscrito entre el Prestatario y el Banco, el 30 de Julio de 1999, modificado el 11 de setiembre de 2001. Dicho Contrato Modificatorio tiene vigencia desde el 30 de Noviembre de 2005, determinándose en sus cláusulas que el Organismo Ejecutor del Programa será en adelante el Ministerio de

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA)

Prestatario: La República Oriental del Uruguay.

Programa (PIAI) Programa de Integración de Asentamientos Irregulares.

Protesta Es todo reclamo, objeción, rechazo u otra manifestación de disconformidad, presentado por escrito por un Oferente ante el Contratante, PIAI y/o el Banco, durante cualquier fase del proceso de inscripción en el Registro, selección de propuestas y contratación.

Registro Es la lista abierta de ETMs que se inscriban y cumplan con las condiciones establecidas en las Bases para la Inscripción de ETMs. Será llevado por la UCP y actualizado con llamados periódicos de acuerdo a lo que se establezca en las propias Bases.

Representante Legal

El Representante Legal del ETM será aquel que esté designado como tal en el Registro del ETM en la UCP, quién contará con poderes suficientes para tomar las decisiones necesarias en todo lo relativo a la ejecución del Contrato.

Selección de Propuestas

Es un proceso formal y competitivo de adquisiciones mediante el cual se solicita, recibe y evalúa ofertas de los ETMs que integran una lista corta para la provisión de servicios y se adjudica el Contrato al Oferente que proponga la oferta evaluada como la más ventajosa y que cumpla con los documentos del llamado. La adjudicación y contratación estará sujeta a la aprobación por parte de la UCP y del BID de todo lo actuado.

UCP Unidad de Coordinación del Programa, encargada de implementar y supervisar el Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI) (MVOTMA-BID).

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs Sección I. Llamado a Oferta de Precios y Propuesta Técnica para el diseño y seguimiento de Proyectos. MINISTERIO DE VIVIENDA ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE (M.V.O.T.M.A.) PRESTAMO BID Nº 1186 / OC-UR PROGRAMA DE INTEGRACIÓN DE ASENTAMIENTOS IRREGULARES

1. Se invita a los Equipos Técnicos Multidisciplinarios que integran la lista corta que se adjunta en la Sección VII, a participar en la selección de una propuesta para la realización del Proyecto de infraestructura física, seguimiento y las actividades de desarrollo barrial (cuyas características y fases se indican en la Guía de Formulación de Proyectos y en Las Fichas Técnicas para la Formulación y Ejecución del Proyecto Social. El Coejecutor, Departamento y Asentamiento de que se trata, se indican en la Sección VIII.

2. Los ETMs integrantes de la lista corta podrán presentar propuestas individualmente o

asociándose con otros ETMs o Firmas Consultoras si así lo desean, respetando lo establecido en el Numeral 35.2, para un mejor cumplimiento del Contrato, en caso de ser el ETM adjudicatario. Una Firma Consultora o ETM podrá participar con esta modalidad en más de un llamado, formalizando asociaciones simultáneamente, con más de un ETM, de tal forma que pueda participar en la presentación de ofertas para distintos Asentamientos. En caso de asociación, el ETM registrado en la UCP mantiene siempre la totalidad de la responsabilidad por los trabajos o servicios para los que sea contratado.

3. En el presente Pliego se establecen las Condiciones para la presentación de Ofertas de Precios y Propuesta Técnica en Asentamientos elegibles y para la selección y la contratación de ETMs.

4. La presentación de ofertas se realizará de acuerdo con el modelo y con la Documentación

que se indica en el presente Pliego.

5. Los Equipos de la lista corta podrán solicitar información adicional que estará a su disposición, así como consultar los documentos del llamado en la dirección del Coejecutor (Sección VIII) y el PIAI cuando corresponda.

6. Las disposiciones y recaudos que rigen este llamado son:

6.1 El presente Pliego, donde se establecen las Condiciones e Instrucciones Generales

para la presentación de ofertas y propuestas técnicas, calificación y selección de los Equipos, y las Condiciones de Contratación.

6.2 Las enmiendas y aclaraciones que se comuniquen por escrito a quienes integren la lista

corta.

6.3 La Guía de Formulación de Proyectos (GFP)

6.4 Las Fichas Técnicas para la Formulación y Ejecución del Proyecto Social

7. Las reglas aquí establecidas recogen las líneas generales del proceso de llamados públicos a oferta y sus garantías básicas, tales como: publicidad, igualdad, competencia, formalidad, confidencialidad y libre acceso; y las políticas del BANCO en esta materia.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

8. El Pliego del llamado comprende las siguientes Secciones:

Glosario

I. Llamado a Oferta de precios y Propuesta técnica para el diseño y

seguimiento de Proyectos.

II. Introducción

III. Condiciones de la presentación de las ofertas

IV. Condiciones del Contrato

V. Criterios de Evaluación

VI. Formularios tipo

VII. Lista corta de ETMs.

VIII. Entidad contratante (Coejecutor), Departamento y Asentamiento.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs Sección II. Introducción

1. Fuentes de los recursos 1.1 La República Oriental del Uruguay ha recibido el préstamo 1186/OC-UR (en adelante

llamado “fondos” o “Préstamo”) del Banco Interamericano de Desarrollo – BID (en adelante denominado “el Banco”), para sufragar una parte del costo del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (en adelante denominado “el Programa”). El Prestatario destinará una porción de los fondos para sufragar gastos elegibles en virtud del Contrato objeto de esta Licitación.

1.2 El Banco, después de haber dado su no objeción a los trabajos de los Equipos

contratados, efectuará pagos solamente a solicitud del Prestatario, de acuerdo con las condiciones establecidas en el Contrato de Préstamo, u otro instrumento firmado entre el Prestatario y el Banco (en adelante denominado el “Contrato de Préstamo”). Dichos pagos estarán sujetos en un todo de acuerdo respecto a las condiciones establecidas en el Contrato de Préstamo y sus Anexos. Sólo el Prestatario tendrá derechos derivados del Contrato de Préstamo y ningún tercero podrá reclamar los fondos.

1.3 El Estado, representado por el Ministerio de Vivienda Ordenamiento Territorial y Medio

Ambiente (MVOTMA), a través de la Unidad Coordinadora del Programa (UCP) de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI), administrará los recursos del Fondo Nacional de Viviendas y Urbanización, correspondientes al financiamiento de la contraparte nacional y los recursos externos comprometidos en dicho Contrato de Préstamo.

1.4 El PIAI/UCP a solicitud realizada en tiempo y forma, debidamente justificada por el

Coejecutor, específicamente en lo referente a que no sea o haya sido objeto de otro financiamiento y que se cumple con lo establecido en los documentos y la programación del Programa, estará en condiciones de financiar los distintos componentes. El monto de financiamiento estará limitado al precio ofertado, el cronograma de desembolsos cuando corresponda, y el calendario de entregas del Proyecto realizado sobre la base de la propuesta técnica realizada por el ETM para la ejecución de los mismos.

1.5 La UCP realizará los pagos directamente a los ETM por cuenta del Contratante

(Coejecutor), en función de las fases de los trabajos aprobados y las órdenes de pago, correspondientes al objeto del Contrato entre las dos partes antedichas, y de acuerdo con las condiciones establecidas en las normas del Programa y en el Convenio de Preinversión y Seguimiento.

2. Contenido de los recaudos.

2.1 El Presente Pliego.

2.2 Las aclaraciones a las consultas de los Equipos, respecto de este Pliego y las normas o instrucciones complementarias a dichos documentos que el Coejecutor hubiere hecho conocer por escrito a los interesados, a la fecha de su inscripción.

2.3 La Guía de Formulación de Proyectos (GFP).

2.4 Las Fichas Técnicas para la Formulación y Ejecución del Proyecto Social

3. Aclaración de los documentos del Llamado.

3.1 El Equipo deberá examinar todas las instrucciones, formularios, condiciones y especificaciones que figuren en los documentos del llamado. El no incluir toda la información solicitada en los documentos del llamado podrá constituir causal de rechazo de su oferta.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

3.2 Todo aquel que requiera aclaración de los documentos del llamado, podrá solicitarla al

Coejecutor o al PIAI a través del Coejecutor. Esta comunicación deberá realizarse por escrito, con confirmación de recibo por escrito de dicha comunicación, por medio de carta o mediante método electrónico (ya sea cable, télex, fax o correo electrónico). En lo sucesivo, se considera que las palabras comunicación escrita o por escrito comprende: carta, télex, cable, fax o correo electrónico, todas con confirmación de recibo por escrito.

3.3 El Coejecutor responderá a toda solicitud de aclaración de los documentos del llamado

que reciba, vía comunicación escrita, incluyendo la consulta pero sin identificar su origen, hasta diez días calendario previos a la fecha de apertura. Se comunicarán a todos los Equipos que conforman la lista corta, las modificaciones que se introdujeren al presente pliego o a la documentación del llamado (incorporándolas a dicha documentación), en un plazo no menor a cinco días calendario previos a la apertura.

3.4 Toda solicitud de aclaración que de lugar a la modificación o complementación de los

documentos, requerirá previo a su contestación, la aprobación de la UCP/BID.

4 Modificación de los documentos del llamado. 4.4 La UCP podrá con la aprobación del BID, por cualquier causa y en cualquier momento,

modificar los documentos del llamado mediante enmiendas, ya sea por iniciativa propia o en atención a aclaraciones solicitadas por los Coejecutores o ETMs hasta cinco días calendario previos a las fechas de los llamados.

4.5 Las enmiendas serán notificadas por comunicación escrita a todos los Coejecutores con

Proyectos en gestión y a los Equipos que integran el Registro previo a cada llamado de expresiones de interés.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs Sección III. Condiciones de la presentación de las Ofertas de Precios y Propuesta Técnica para el diseño y seguimiento de Proyectos A. Objeto del llamado

El llamado tiene por objeto seleccionar al ETM cuya oferta resulte la más conveniente de acuerdo con los criterios establecidos en el presente Pliego y realizar su posterior contratación para que, actuando bajo la responsabilidad del Contratante: i) realice los estudios de Diagnostico Integral Participativo; ii) realice la Elaboración del Proyecto de Desarrollo Barrial (Social y Físico/Urbano); iii) realice el Proyecto Ejecutivo de las obras de infraestructura y arquitectura necesarias; iv) realice el Acompañamiento en la Fase de Preobra (social y físico); v) realice la ejecución del Proyecto de Desarrollo Barrial, supervisado por los técnicos que éste designe, Implementando y ejecutando el Proyecto Social y dirigiendo las obras de infraestructura y arquitectura propuestas en su proyecto ejecutivo, licitadas por el Coejecutor; vi) realice el acompañamiento en la Fase de Posobra vii) realice transferencia de “know how” a los distintos involucrados en las diferentes fases del Proyecto; viii) realice las gestiones pertinentes ante los organismos públicos con competencia en la materia, con el objeto de obtener la información requerida para la realización de los diseños y la ejecución de los distintos componentes y las aprobaciones y habilitaciones que correspondan en las distintas instancias del Proyecto. En la Sección VIII se establecen: la ubicación del Asentamiento, sus características fundamentales y la descripción de las acciones mínimas a desarrollar.

B. Preparación de las ofertas

5 Costo de preparación y presentación de la oferta

Será responsabilidad de los Equipos sufragar todos los gastos relacionados con la preparación y presentación de sus ofertas de Proyecto. El contratante no será responsable en ningún caso por dichos costos, cualquiera sea la forma en que se realice la licitación o su resultado.

6 Documentación del Asentamiento objeto del Proyecto

El Coejecutor entregará a cada ETM de la lista, toda la documentación de análisis del Asentamiento, Carta Consulta aprobada por la UCP, la Guía de Formulación de Proyectos y las Fichas Técnicas para la Formulación y Ejecución del Proyecto Social. De todas formas esta información no suplirá el relevamiento previo que directamente debe realizar el ETM para ofertar, de acuerdo con el siguiente Numeral.

7 Visita al Asentamiento objeto del llamado

Los Equipos deberán realizar las visitas de inspección y relevamiento al lugar de emplazamiento del Proyecto de obras y sus alrededores y obtener por sí mismos y bajo su responsabilidad y riesgo, toda la información que pueda ser necesaria para preparar sus ofertas de Propuesta técnico – metodológica y-económica. De no hacerlo, no podrán alegar desconocimiento de las características de dicho emplazamiento y serán de su cargo cualquier consecuencia económica que de ello pueda derivarse. El costo de esta visita será de exclusiva cuenta de los Equipos. El Contratante suministrará, cuando sea necesario, los permisos pertinentes para efectuar estas inspecciones, y toda la

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

documentación y antecedentes que posea del Asentamiento, sin perjuicio de lo establecido en el Numeral 6.

8 Idioma de la oferta, Sistema de Contratación y Contenido de la cotización

8.1 Idioma de la Oferta. La oferta que prepare el Oferente, así como toda la correspondencia y documentos relativos a ella, que intercambien el Oferente y el Contratante, deberá redactarse en idioma español. Los documentos complementarios y literatura impresa que proporcione el oferente podrán estar escritos en otro idioma, con la condición de que vayan acompañados de una traducción fidedigna al idioma indicado de las partes relevantes de los mismos, en cuyo caso la traducción prevalecerá en lo que respecta a la interpretación de la oferta.

8.2 Sistema de selección y contratación.

El sistema de selección y contratación es por un precio global expresado en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula 12 En la Sección V se indican los criterios para la evaluación y la selección de la oferta calificada como la más ventajosa.

8.3 Contenido de la cotización La aplicación del sistema de adjudicación a una oferta global implica que los oferentes deberán considerar que por la sola presentación de su propuesta: están incluidos en su cotización y serán de cargo del Equipo todos los trabajos, servicios, documentos y elementos gráficos y escritos que se incluyen en la Guía de Formulación de Proyectos, que declara conocer y aceptar. Los equipos oferentes presentarán sus propuestas incluyendo los montos correspondientes a tasas, tributos, impuestos, aportes que la legislación nacional determina, y el Impuesto al Valor Agregado (IVA), cuyo monto se establecerá por separado.

9 FORMA DE PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS. Las propuestas deberán ser presentadas en un único sobre cerrado, en el exterior del cual deberá constar:

a. El nombre y la dirección del ETM Oferente; b. El Contratante (Coejecutor), y la dirección de éste establecida en la invitación. c. El nombre del proyecto, el título y número del Llamado a que hacen referencia

los Recaudos y las palabras “NO ABRIR ANTES DE LAS”, seguidas de la hora, la fecha y el lugar especificados.

El mismo deberá contener en su interior: a) la documentación general detallada en el punto 9.1; b) el Sobre 1 conteniendo los documentos indicados en el 9.2; c) el Sobre 2 conteniendo los documentos indicados en el 9.3.

9.1 .DOCUMENTACIÓN GENERAL

a. Certificados del B.P.S. y D.G.I. de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones (Sólo para empresas nacionales; no es de cumplimiento para las Empresas extranjeras1).

b. Nota del postulante en la que conste domicilio en la República Oriental del Uruguay (solo para ETMs del país), Teléfono, fax, Email, etc. para recibir notificaciones.

c. Acreditación de la representación del proponente en los siguientes términos: representante para el acto de apertura con facultades suficientes para

1 En caso de resultar adjudicatario se compromete a inscribirse y cumplir con todos los requisitos legales y tributarios del país. Ver Numerales 36 y 37.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

comprometer, realizar observaciones, aclaraciones y firmar el acta en nombre del ETM. Ello podrá estar documentado en un poder general, en uno especial para cada llamado o en una carta poder con firmas certificadas.

Los documentos reseñados deberán venir fuera de los Sobres 1 y 2.

9.2 CONTENIDO DEL SOBRE 1. Deberá incluir un original y dos copias, (identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”, cada uno de ellos con las hojas foliadas, ligadas y signadas), y se presentará en un sobre cerrado y caratulado: “Sobre N° 1 : Propuesta Técnico - Metodológica.” Contendrá la información técnica relativa a la correspondiente consultoría conforme a los Términos de Referencia, ordenado según los siguientes capítulos y consignando:

Capítulo A: Identificación del Oferente. Deberá indicarse: - Nombre y dirección del ETM oferente - El nombre del proyecto, el título y número del Llamado a que hacen referencia los recaudos Capítulo B: Equipo técnico disponible. El Oferente deberá designar un Coordinador del proyecto e indicar los técnicos que trabajarán a disposición conforme a su apreciación de los requerimientos para cumplir con la metodología y plan de trabajo propuestos, respetando los requisitos establecidos en los términos de referencia. El Coordinador o gerente del proyecto debe estar registrado como tal en el Registro de ETMs existente en la UCP. Se agregarán los compromisos de trabajo de los técnicos en las condiciones de asignación de tareas y dedicación ofertadas. (Según modelo que se presenta en el numeral 72). Deberá detallarse: -Nómina de técnicos indicando: nombre y apellidos, especialidad y/o perfil profesional, discriminando el personal que forma parte del equipo permanente estable del Oferente y aquel a contratar especialmente para este trabajo. A tales efectos se utilizará el formulario tipo, o similar, que se presenta en el numeral 69. -Curriculum Vitae de los técnicos propuestos, con los antecedentes en trabajos similares o relacionados con los que se proyecta asignar, para los que se sugiere utilizar el modelo que consta en el numeral 70 y 71, adjuntando documentación acreditante o indicación del lugar donde esa documentación se encuentra depositada. -Dedicación propuesta para cada técnico, en cada una de las tareas en las que participe, medida en días-hombre de 8 horas, con indicación de día de inicio y de terminación, así como la dedicación total del técnico. Esta asignación no podrá ser modificada en ninguno de sus aspectos sin la previa autorización del Coejecutor. -Declaración de otras eventuales actividades que cada técnico tenga a su cargo en la actualidad y en el plazo previsto de realización, a consecuencia de otros estudios o funciones estables en la órbita pública o privada, a efectos de verificar la disposición efectiva para la dedicación propuesta. La constatación, en la instancia que corresponda, de declaración incompleta, incompatible o inexacta, podrá dar lugar a descalificación de la propuesta o rechazo de la misma, así como la rescisión del contrato, en su caso. Capítulo C: Metodología. El Oferente deberá incluir en la propuesta su visión general del trabajo a realizar así como el enfoque particular de los diferentes componentes técnicos según lo detallado en los Términos de Referencia y en la Guía de Formulación de Proyectos.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs Capítulo D: Asociaciones estratégicas El Oferente deberá presentar documentación probatoria de la intención de constituir Asociaciones estratégicas con ONGs, ETMs y otras organizaciones de la sociedad civil que formen parte de su propuesta. Capítulo E: Plan de Trabajo y Cronograma. El Oferente presentará en su propuesta el correspondiente Plan de Trabajo con su Cronograma, con el suficiente nivel de detalle y desagregación para permitir una correcta evaluación del mismo. En particular, el Plan de Trabajo debe incluir la correlación de las correspondientes actividades –según los Términos de Referencia- y la asignación de técnicos a cada una de ellas con definición del tiempo previsto para cada técnico (en especial la participación integrada del Coordinador del proyecto y los especialistas). Se hará constar para cada tarea: duración en días calendario de 8 horas, el número del día de inicio de la misma a partir del comienzo del trabajo, y el Cronograma de Barras (GANTT) representativo de lo anterior. Cuando la complejidad de la consultoría lo justifique, se apreciará la utilización de métodos PERT o similar. Se deberán indicar los plazos parciales por fases y dimensiones. El plazo total deberá estar claramente definido y no deberá superar el estipulado. El plazo para el comienzo efectivo, contado a partir de la fecha de notificación al ETM adjudicatario de la vigencia del contrato, no podrá superar los 7 días calendario. Capítulo F: Información complementaria. Toda otra información que a juicio del Oferente aporte para una mayor comprensión y mejor análisis de la propuesta. Capítulo G: Otros

a. Declaración, de conformidad con el Numeral 13, de que la propuesta cumple

sustancialmente con los documentos del llamado. (Formulario numeral 73) b. Nota en la que manifiesta haber analizado los recaudos objeto del llamado y las

modificaciones o complementos propuestos por la Contratante y la UCP y que los aprueba y acepta en forma expresa; y en consecuencia acepta realizar los trabajos y servicios necesarios especificados y aquellos que se requieran para ejecutar los mismos y cumplir con el objeto del Contrato, por el monto global ofertado, el que incluye la totalidad de honorarios y costos necesarios. (Formulario numeral 72)

c. Listado y descripción de trabajos que requerirán la ejecución de acciones o servicios y que el oferente de ser adjudicatario se obliga a realizar de acuerdo con la GFP, a satisfacción del Contratante; y cuyo precio está incluido en el monto global ofertado. La omisión de una actividad o servicio en dicho listado no exonera al Oferente de realizarlos, si ello es necesario para el cumplimiento del objeto del Contrato.

9.3 CONTENIDO DEL SOBRE 2. Deberá incluir un original y dos copias, (identificados como “ORIGINAL” y “COPIA”, cada uno de ellos con las hojas foliadas, ligadas y signadas), y se presentará en un sobre cerrado caratulado como: “Sobre N° 2: Propuesta de Precio”. Este sobre contendrá la información correspondiente a la propuesta económica consignando:

A. Formulario de Oferta, según modelo presentado en el numeral 66, indicando el Precio Global y por Fases en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula 12por la totalidad de los trabajos; discriminando el monto correspondiente al Impuesto al Valor Agregado ( IVA ) y estableciendo el Plazo de cumplimiento contractual, que se ajustará definitivamente luego

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de adjudicadas las Obras. (En el numeral 43.1 se indican las fases y dimensiones que estructuran los trabajos que debe realizar el ETM).

B. El Plan de pagos correspondiente de acuerdo con el Plan y Calendario de Ejecución.

C. Detalle del presupuesto

El presupuesto deberá ser expresado en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula 12, considerando todos los honorarios y gastos y las obligaciones legales incluyendo los impuestos. Las ofertas deberán presentar el presupuesto de acuerdo al modelo que se muestra en el numeral 67.

D. Listado de actividades con sus costos.

10 Formulario de Oferta

10.1 El Oferente llenará el Formulario de Oferta Global en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula 12, por los trabajos y servicios requeridos.

10.2 El Oferente deberá declarar las comisiones o gratificaciones que hayan sido pagadas o

esté previsto pagar a agentes, representantes o comisionistas relacionadas con este llamado o con la ejecución del Contrato, si éste le es adjudicado. La información proporcionada deberá incluir, como mínimo, el nombre y dirección del agente, representante o comisionista, monto y moneda, y el propósito de la comisión o gratificación. (Según formulario del numeral 68).

11 Precios de la oferta

11.1 Los Términos de Referencia de cada llamado fijarán un presupuesto estimado para los trabajos licitados. Este valor no debe ser interpretado como una restricción a las propuestas, sino como una orientación de las previsiones del Contratante.

11.2 Todos los derechos, impuestos, tributos y demás gravámenes que deba pagar el ETM,

generados en virtud del Contrato, o por cualquier otra razón, establecidos veintiocho (28) días antes del vencimiento del plazo para la presentación de las ofertas, deberán incluirse en el precio total de la oferta que presente el Oferente. Toda modificación impositiva posterior dará lugar a modificaciones en más o en menos respecto a dichos precios.

11.3 El precio cotizado por el Oferente no admitirá ningún ajuste del aporte PIAI, durante el

período de cumplimiento del Contrato.

11.4 El precio de oferta incluye todas las variables y no estará sujeto a variante alguna, cualquiera sean las contingencias o alteraciones que pudieran incidir en los mismos. Por lo tanto, la UCP y la entidad Contratante no reconocerán sobrecostos de ninguna naturaleza.

11.5 Toda modificación de las condiciones contractuales, impliquen o no una reducción o

incremento del monto del Contrato, deberá contar con la aprobación previa de la UCP/BID.

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12 Monedas de la oferta y monedas de pago

12.1 Los precios serán cotizados en las siguientes monedas: (a) para servicios de consultoría o para bienes originarios del país del Contratante,

los precios serán cotizados en pesos uruguayos; e incluirá el IVA. (Impuesto al Valor Agregado: vigente 23 %).

(b) para servicios de consultoría o para bienes, si los hubiere, originarios del exterior,

o para las partes o componentes importados de bienes originarios del país del Contratante, los precios serán cotizados en pesos uruguayos; e incluirá el IVA. (Impuesto al Valor Agregado: vigente 23 %). Si el Oferente desea que se le pague en una combinación de distintas monedas, debe indicar como parte del precio de su oferta las necesidades en otra(s) moneda(s), ya sea indicando el monto para cada moneda o el porcentaje del precio de la oferta para cada moneda, con los tipos de cambio utilizados para justificar los montos o porcentajes solicitados. Los montos en cada moneda se deben especificar y justificar por separado, identificando los bienes y servicios a pagar así como su procedencia. Como otra(s) moneda(s) se podrá(n) establecer únicamente la(s) moneda(s) del país donde se incurra el gasto. Para los fines de esta cláusula, la unidad económica europea (ECU) se considera como moneda elegible. El Contratante podrá solicitar a los licitantes aclaraciones acerca de las necesidades en cada moneda y la justificación de que los montos comprendidos en el precio son razonables.

12.2 El Contratante efectuará los pagos en pesos uruguayos, y/o en la(s) misma(s)

moneda(s) en que se haya realizado la oferta. Si el Oferente especificó y justificó en su oferta que desea recibir pagos en otras monedas, ya sea indicando el monto para cada moneda o el porcentaje del precio de la oferta para cada moneda, el Contratante, para efectuar dichos pagos deberá respetar las tasas de cambio entre la(s) moneda(s) del (de los) gasto(s) y la moneda de la oferta, que el Oferente haya indicado en su oferta.

12.3 Un Oferente no podrá recibir pagos en una moneda distinta a la especificada en los

documentos del llamado 13 Documentos que establecen la conformidad del Oferente con los recaudos de la

licitación

El ETM Oferente presentará, como parte de su oferta, declaración que acredite su aceptación, conformidad y que cumple sustancialmente con los documentos del llamado, a efectos de ejecutar el Contrato, en caso de que resulte ser el adjudicatario. (Formulario del Numeral 74).

14 Período de validez de las ofertas

14.1 Las ofertas serán válidas por un plazo de 180 días, a partir de la fecha de apertura de las ofertas, establecida por el Contratante, conforme al Numeral 20. Toda oferta, con un período de validez menor que el requerido, será rechazada por el Contratante por no ajustarse a los documentos del llamado.

14.2 El vencimiento del plazo establecido no liberará al oferente, a no ser que medie

notificación fehaciente al Contratante de su decisión de retirar la oferta y éste no se pronunciare respecto de la adjudicación en el término de 10 (diez) días perentorios.

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14.3 En circunstancias excepcionales, el Contratante podrá solicitar a los ETMs prorrogar el período de validez de sus ofertas. La solicitud y las respuestas serán hechas por escrito. Los Oferentes podrán rechazar esa solicitud y retirar sus ofertas. A los Oferentes que accedan a la prórroga no se les pedirá ni permitirá que modifiquen sus ofertas.

15 Formato y firma de la oferta

15.1 El Oferente preparará cada uno de los Sobres de su oferta, incluyendo la documentación original y dos copias, indicando en la primer hoja de cada ejemplar “ORIGINAL” o “COPIA”, según corresponda. En caso de discrepancia, el texto del original prevalecerá sobre el de las copias. Asimismo, en el exterior de cada uno de los Sobres (N°1 y 2) deberá indicarse el concurso a que se refieren, la identificación del Oferente y el número del respectivo sobre.

15.2 Los textos entre líneas, tachaduras o palabras superpuestas a otras, serán válidos

solamente si llevan las iniciales de la(s) persona(s) que haya(n) firmado la oferta y hayan sido debidamente salvadas.

C. Presentación de ofertas

Las ofertas deberán ajustarse a la descripción del objeto requerido, de acuerdo a lo estipulado en los presentes recaudos o documentos del llamado.

16 Presentación de las ofertas

El Contratante no será responsable por traspapelamiento, pérdida o apertura prematura, si los sobres exteriores no están cerrados y/o marcados según lo dispuesto. Esta circunstancia podrá ser causal de rechazo de la oferta.

17 Plazo para la presentación de ofertas 17.1 Las ofertas deberán ser recibidas por el Contratante en la dirección, y a más tardar

a la hora y fecha indicadas en la invitación respectiva.

17.2 El Contratante, hasta cinco días calendario anteriores a la fecha de presentación de las propuestas, se reserva el derecho de prorrogar el plazo de presentación de las ofertas. Producida la prórroga debidamente notificada, todos los derechos y obligaciones del Contratante y de los ETMs que estaban sujetos al plazo original, quedarán sujetos al nuevo plazo para presentación de ofertas. Ello se llevará a cabo mediante una enmienda de los documentos del llamado.

18 Ofertas tardías.

Toda oferta que se presente después del plazo fijado para la recepción, de conformidad con el Numeral 20, será rechazada y devuelta sin abrir al Oferente.

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19 Modificación, sustitución y retiro de ofertas

19.1 El Oferente podrá modificar, sustituir o retirar su oferta después de presentada,

siempre que comunique al Contratante estos hechos por escrito y firmado por representante autorizado, antes de que venza el plazo fijado para la presentación de propuestas. La modificación o sustitución de la propuesta, deberá seguir las mismas formalidades previstas en el Numeral 16. Las ofertas que hubiesen sido retiradas, serán devueltas a los Oferentes sin abrir.

19.2 Las ofertas no podrán ser modificadas, sustituidas o retiradas una vez vencido el

plazo para su presentación.

19.3 Ninguna oferta podrá ser retirada en el intervalo comprendido entre el vencimiento del plazo para la presentación y el vencimiento del período de validez de la oferta, considerando lo establecido en el Numeral 17. El retiro de una oferta durante ese intervalo implicará la imposibilidad del ETM a presentarse en el siguiente llamado a expresiones de interés.

D. Apertura y evaluación de las Propuestas

20 Apertura de propuestas por el Contratante 20.1 El Contratante abrirá las propuestas en acto público a la hora, fecha y en la

dirección especificadas en la invitación realizada a los ETMs, y en presencia de los representantes de los ETMs Oferentes que conformaron la lista corta que deseen asistir. Los representantes de los Oferentes que asistan, podrán firmar un registro o acta para dejar constancia de su presencia. La omisión de firma por los Oferentes no invalidará el contenido y efecto del acta.

20.2 Al comenzar el acto público y previo a la apertura de las propuestas, el Contratante

anunciará los nombres de todos los ETMs cuyas propuestas fueron recibidas y serán objeto de la apertura. Si en ese momento, algún ETM Oferente o representante autorizado manifiesta que su nombre fue omitido de tal lectura y posee evidencia documentada de haber presentado propuesta, el Contratante postergará la apertura de las ofertas. Esta postergación podrá ser momentánea si la(s) propuesta(s) faltante(s) es(son) encontrada(s) en un tiempo razonable. En caso contrario, deberá suspenderse el acto público de apertura.

20.3 En la apertura de las ofertas :

a. Se procederá a constatar la presentación de la documentación requerida para

ofertar, (Numeral 9), dejándose constancia en el Acta, del cumplimiento de lo solicitado o las omisiones que se constataran. La omisión de información solicitada, siempre que no se altere la igualdad de las ofertas, será considerada subsanable, y se otorgará al Equipo un plazo de cinco días hábiles para su presentación. Se considera subsanable aquella documentación requerida en el numeral 9.1 y en el numeral 9.2, capítulo G, a y b. Si pasado dicho plazo no se ha dado cumplimiento con lo solicitado, se podrá rechazar las ofertas omisas, suspendiendo la inscripción del ETM en el Registro en iguales condiciones que las establecidas en el Numeral 19.3.

b. Ninguna oferta será rechazada. Las ofertas tardías serán devueltas a los respectivos Oferentes sin abrir, conforme a Numeral 18.

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La falta de firma de la propuesta y de los documentos por persona autorizada, será considerada como no subsanable, y traerán como consecuencia el rechazo de la propuesta.

c. Se procederá a abrir los Sobres de las Propuestas Técnico-metodológica, dando lectura al nombre del ETM oferente y cualquier otro detalle que el Contratante, a su discreción, considere apropiado anunciar.

d. Las ofertas que no sean abiertas y leídas en el acto de apertura no serán

evaluadas.

e. El Contratante elaborará un Acta de la Apertura de las Propuestas Técnico-metodológicas, en la que se hará constar las Propuestas recibidas; la existencia o falta de cualquier documento requerido para presentar propuestas; las modificaciones, sustituciones y retiro de ofertas, así como las observaciones que hubiesen manifestado los participantes, entregándose a cada uno, copia del Acta. Una vez firmada y entregada el Acta, se tendrá por concluido el acto de apertura de las Propuestas Técnico-metodológicas.

f. Los sobres con las Propuestas económicas se mantendrán cerrados y se

guardarán en lugar seguro para ser abiertos en una segunda ceremonia pública.

21 Comisión Evaluadora

El organismo Coejecutor nombrará una Comisión Evaluadora, de ahora en adelante Comisión, a los efectos de seleccionar la oferta más conveniente. Dicha Comisión deberá estar integrada por un mínimo de 4 y un máximo de 5 integrantes. Las Comisiones Evaluadoras deberán integrarse como mínimo con 1 técnico consultor designado por la UCP. Los integrantes de la Comisión Evaluadora podrán ser arquitectos, ingenieros, profesionales universitarios del Área social (sociólogos, licenciados en trabajo social y/o asistentes sociales, sicólogos, comunicadores sociales etc.) escribanos o abogados. Los integrantes de las Comisiones designadas por los Coejecutores deberán necesariamente participar en los seminarios a ser realizados por el PIAI, a los efectos de capacitar a sus técnicos y lograr criterios uniformes de evaluación. Excepcionalmente, y de no contar los Coejecutores, con técnicos de perfiles y con la experiencia requerida para realizar las Evaluaciones, podrán solicitar que la misma sea realizada por la UCP.

22 Aclaración de ofertas y confidencialidad

22.1 Durante el período de evaluación y selección de ofertas, que comienza después de concluido el acto público de apertura, el Contratante podrá solicitar a los ETMs Oferentes aclaraciones acerca de sus propuestas. La solicitud de aclaración y la respectiva respuesta, se harán por comunicación escrita y no se solicitará, ofrecerá ni permitirá ninguna modificación de los precios ni de los elementos sustanciales de la oferta.

22.2 Iniciado el período de evaluación de ofertas y hasta la notificación oficial del resultado de la selección, se considerará confidencial toda información relacionada con el examen, las aclaraciones y evaluación de las ofertas, así como las recomendaciones de adjudicación.

22.3 La información considerada confidencial no podrá ser conocida por, o divulgada a, personas que no estén directa y oficialmente involucradas con la evaluación de las ofertas. Dicha prohibición incluye a los ETMs Oferentes.

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22.4 La utilización por parte de cualquier ETM Oferente, por cualquier motivo, de información considerada confidencial, una vez constatada, será causal de rechazo de su oferta.

23 Examen preliminar y correcciones de errores u omisiones subsanables.

Esta cláusula vale para todas las instancias de la apertura. 23.1 El Contratante examinará las ofertas para determinar si están completas, contienen

errores, los documentos han sido debidamente firmados y si, en general, las ofertas están en orden, desde el punto de vista formal.

23.2 Siempre que se trate de errores u omisiones de naturaleza subsanable –

entendiendo por éstos, generalmente, aquellas cuestiones que no afecten el principio de que las ofertas deben ajustarse sustancialmente a los documentos de licitación – el Contratante podrá corregir el error o solicitar que, en un plazo breve, el Oferente suministre la información faltante. No se podrá considerar error u omisión subsanable, por ejemplo, la falta de firma de la oferta o cualquier corrección que altere la sustancia de su oferta o que la mejore.

23.3 El Contratante rechazará toda oferta que no se ajuste sustancialmente a los

documentos del llamado. No se admitirán correcciones posteriores que permitan que la oferta que originalmente no se ajustaba, posteriormente se ajuste a dichos documentos.

24 Evaluación, segunda apertura y comparación final de ofertas

24.1 El Contratante, a través de la Comisión, evaluará y comparará únicamente las Propuestas Técnico-metodológicas que se ajustan sustancialmente a los documentos del llamado y las clasificará por orden de mérito de acuerdo con los criterios establecidos en la Sección V Criterios de Evaluación.

24.2 Posteriormente la Comisión Evaluadora realizará un informe en el cual se

establecerá la calificación que han obtenido las empresas.

24.3 Se realizará una notificación a todos los Equipos que presentaron ofertas en forma simultánea de dicho informe en la cual se establecerá además el lugar, día y hora fijados para abrir las propuestas económicas en ceremonia pública. La fecha de apertura será por lo menos 3 días corridos posteriores al primer día hábil siguiente a aquel en que se practicó la última notificación.

24.4 A los Equipos cuyas Propuestas Técnico-metodológicas no hubiesen obtenido la

calificación mínima necesaria, o no se ajustan a los documentos del llamado, se les indicará además que sus propuestas económicas les serán devueltas sin abrir, después de adjudicada la licitación.

24.5 Las propuestas económicas serán abiertas en ceremonia pública, en presencia de

los representantes de los Equipos que decidan asistir. Al abrirlas, se leerán en voz alta y se tomará nota del nombre de los participantes, el puntaje de calidad obtenido en la evaluación de la Propuesta Técnico-metodológica y los precios propuestos. Se labrará Acta de todo lo actuado con las mismas formalidades que las expresadas en el Numeral 20.3. Se remitirá copia a la UCP, y ésta al BID cuando corresponda.

24.6 El Contratante, a través de la Comisión Evaluadora, analizará las Propuestas

Económicas y junto con la calificación de las Propuestas Técnico-metodológicas determinará la oferta más ventajosa, ordenando las restantes según el grado de

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conveniencia de acuerdo con los criterios establecidos en la Sección V Criterios de Evaluación.

24.7 Para evaluar la oferta más ventajosa, la Comisión tendrá en cuenta: la propuesta

técnica-metodológica con su calificación y el precio total; todos los factores con su peso relativo, se especifican en los Criterios de Evaluación (anexados en la Sección V). No se podrán tomar en cuenta factores que no están especificados en los Criterios de Evaluación, sin perjuicio de lo cual el contratante verificará la coherencia y consistencia de la información suministrada por el oferente relativa a su oferta y su propuesta para la ejecución del Proyecto y servicios objeto del Contrato.

Si la oferta del posible adjudicatario omite la consideración de trabajos o servicios significativos que razonablemente permita anticipar que el Oferente no podrá desarrollar las actividades dentro del plazo y condiciones estipulados, éste podrá rechazar la oferta.

25 Comunicaciones con el Contratante 25.1 A partir del momento de la apertura de las ofertas y hasta después de la notificación

oficial de los resultados de la selección, ningún ETM se comunicará con el Contratante sobre ningún aspecto de su oferta o de las ofertas de otros Oferentes.

25.2 Cualquier intento por parte de un Oferente de influir en las decisiones del

Contratante, relativas a la evaluación y comparación de las ofertas o adjudicación del Contrato de acuerdo con el numeral 29 determinará el rechazo de su oferta.

25.3 Una vez que los Oferentes sean notificados oficialmente del resultado final de la

selección, éstos tendrán derecho a conocer el informe de evaluación preparado por el Contratante y a formular cualquier consideración que este les merezca, de acuerdo a lo establecido en el numeral 28.7.

E. Dictamen de la Comisión Evaluadora y Adjudicación del Contrato 26 Criterios para la adjudicación

El Contratante adjudicará el Contrato al Oferente cuya oferta se ajuste sustancialmente a los documentos del llamado a Concurso e invitación y haya sido evaluada como la más ventajosa según los criterios expresados en la Sección V.

27 Derecho del Contratante a rechazar cualquiera o todas las ofertas

El Contratante se reserva el derecho de anular el proceso de selección y rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del Contrato, sin que por ello incurra en responsabilidad alguna frente a los ETMs afectados por esta decisión.

28 Dictamen de la Comisión Evaluadora, Adjudicación del Contrato y

Notificación de la adjudicación. 28.1 Dictamen o informe de la Comisión Evaluadora. Sujeto a lo dispuesto en el presente documento, la Comisión Evaluadora elevará un

informe al Contratante sobre el procedimiento de selección cumplido, aconsejando la adjudicación a la oferta responsable más ventajosa. Dicho pronunciamiento tendrá el carácter de dictamen o informe para el Contratante y no creará derecho alguno a favor del ETM oferente seleccionado.

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28.2 Notificación y manifiesto del dictamen o informe de la Comisión Evaluadora . Culminado el proceso de evaluación, el Contratante notificará a todos los oferentes, al mismo tiempo y por comunicación escrita, los resultados del dictamen de la Comisión Evaluadora. Asimismo el expediente se pondrá de manifiesto por el término de tres días, notificándose en forma fehaciente a los interesados dentro de las 24 horas de haberse decretado el trámite aludido. Dentro de este plazo los oferentes podrán formular por escrito las consideraciones que le merezca el dictamen o informe de la Comisión Evaluadora. Las consideraciones que los interesados formulen en esta etapa serán estimadas por el contratante como una petición de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 30 de la Constitución de la república, a tener en cuenta al momento de dictar la resolución de adjudicación, respecto a lo cual debe existir informe fundado.

28.3 Una vez vencido el término de manifiesto del dictamen o informe de la Comisión

Evaluadora, si es necesario se procederá a negociar los ajustes a las condiciones de ejecución, la propuesta técnica y eventualmente el plan de pagos, sobre la base de aquellos ajustes identificados en el proceso de evaluación. Dicha negociación no podrá introducir modificaciones sustanciales a la oferta a fin de que la calidad del producto final, su costo y la validez de la evaluación inicial no resulten afectados. De no ser necesario a juicio del Coejecutor, iniciar un proceso previo de negociación, se continuará con los procedimientos establecidos en el numeral 28.4 De ser necesaria la instancia referida, antes de su inicio se requerirá la opinión aprobatoria de la UCP, a cuyo efecto el Coejecutor deberá remitir todos los antecedentes del proceso. Entablada la negociación y obtenido el acuerdo entre el Coejecutor y el ETM se continuará con el procedimiento establecido en el numeral 28.4 En caso contrario se remitirán los antecedentes de lo actuado a la UCP, solicitando autorización para iniciar las negociaciones con el ETM cuya oferta fuere calificada como la siguiente más ventajosa. Este procedimiento se repetirá tantas veces como sea necesario. De cada instancia de negociación se labrarán Actas Notariales, dejándose constancia en las mismas: la identidad, cargo o responsabilidad de los participantes, lo solicitado y propuesto por cada parte y el relato de lo actuado, incluyendo las conclusiones o acuerdos y la descripción de los elementos que agreguen las partes, etc. El precio no será objeto de negociación.

28.4 Elevación a la UCP y al BID.

Cumplida la etapa precedente, la documentación respectiva será elevada a la UCP/PIAI para su aprobación, antes de adjudicarse el Contrato respectivo, y a través de ésta, cuando corresponda, a consideración del BID.

28.5 Resolución de Adjudicación y Notificación de la misma.

Sobre la base de lo informado o dictaminado por la Comisión Evaluadora, el Contratante procederá a dictar la Resolución de Adjudicación, de acuerdo a los Criterios enunciados en la Sección V de estos pliegos. Una vez obtenida la aprobación de la UCP/PIAI y el acuerdo del BID, y antes del vencimiento del plazo de validez de la oferta, el Contratante notificará a todos los Oferentes, al mismo tiempo y por comunicación escrita, los resultados de la licitación.

28.6 En caso de ser adjudicatario y negarse a firmar el Contrato por el monto global

ofertado, se suspenderá al ETM del Registro en las condiciones del Numeral 19.3. 28.7 Impugnaciones, protestas y reclamos

Los Oferentes tendrán un plazo de 10 (diez) días corridos a partir del primer día hábil posterior a la fecha de notificación, para interponer protestas, reclamos o recursos. Dichas acciones se presentarán ante el Contratante, pudiendo

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presentarse también ante la Unidad Coordinadora del Programa de integración de Asentamientos Irregulares (UCP/PIAI). De existir impugnaciones, protestas o reclamos, el proceso de la licitación deberá ser suspendido, no pudiéndose proceder a la adjudicación hasta tanto dichas situaciones queden resueltas, con la necesaria no objeción de la UCP/PIAI y del BID.

28.8 Firma del Contrato A partir de la fecha de notificación de la resolución de Adjudicación a todos los ferentes y vencido el plazo para recurrir sin que se presenten impugnaciones o una vez que estas situaciones hayan sido superadas, el Contratante notificará al adjudicatario que debe proceder a suscribir el respectivo contrato, previa negociación del mismo si ésta es pertinente, otorgándole un plazo de 5 (cinco) días hábiles a estos efectos.

Los ETMs extranjeros adjudicatarios, en caso de no contar con sucursal u otro modo de representación permanente en la República, dispondrán de veinte (20) días contados a partir del siguiente al de la notificación de la adjudicación, para concluir los trámites en el país y cumplir con los requisitos del Numeral 34. Si el adjudicatario no se presentare, no afianzare o se negare a firmar el Contrato en la forma y tiempo establecido, previa intimación fehaciente, se declarará la revocación de la resolución de Adjudicación por culpa del Adjudicatario. En tal supuesto el Contratante podrá adjudicar a la propuesta que sigue en orden de mérito, requiriéndose para ello, previamente la conformidad de la UCP y el Banco. El incumplimiento se hará constar en el Registro de la UCP aplicándose como mínimo dos años de suspensión, pudiendo ser causal de exclusión permanente de dicho Registro. Si el Contrato no se firmare o no se prestare la correspondiente aprobación por causas imputables al Contratante, el Adjudicatario no quedará libre de sus obligaciones salvo que intimare la firma del Contrato y aquel no se expidiera en el término de 5 días hábiles. Producida la situación prevista en el párrafo anterior no se genera derecho a reclamo por parte del ETM, por ningún concepto o perjuicio producido en el lapso que hubiere dejado transcurrir sin formalizar la misma. Si el Contrato no se firmare por causas no imputables al Contratante, el Adjudicatario deberá acreditar a satisfacción de éste que tampoco esta situación le es imputable. En la eventualidad de que la falta de firma del Contrato, no fuera por causas imputables a ninguna de las partes, el Contratante podrá otorgar una prórroga al plazo establecido, fijando nueva fecha para la firma del Contrato. En cualquier supuesto en que a juicio del Contratante, por circunstancia superviniente y ajena a la voluntad de las partes se hiciere imposible la formalización del Contrato, podrá adjudicarse al proponente cuya oferta se encuentre en orden de mérito para ello y manifieste su voluntad de mantener la vigencia de su propuesta, previa resolución de rescisión con el adjudicatario original constatada la mora en el cumplimiento de sus obligaciones. En los casos en que se proponga modificar la adjudicación original aprobada por el BID, se procederá de acuerdo al orden de mérito en que hubieren sido evaluadas sus ofertas, previa consulta a la UCP y al Banco, quienes deberán pronunciarse al respecto.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

29 Prácticas corruptivas

29.1 Se exige que los Prestatarios (incluyendo los beneficiarios de los préstamos), así como los proveedores/contratistas que participen en proyectos con financiamiento del Banco, observen los más altos niveles éticos, ya sea durante el proceso de licitación, o de ejecución de un Contrato. Las definiciones de acciones que constituyen prácticas corruptivas y que se transcriben a continuación, representan las más comunes, pero no son exhaustivas. Por esta razón, el Banco actuará frente a cualquier hecho similar o reclamo que se considere como corrupto, conforme el procedimiento establecido.

a. Soborno (cohecho) significa todo acto u omisión que, en función de su cargo o investidura, realice un funcionario público o quien actúe en su lugar, contrario a sus deberes y en especial el ofrecer, dar, recibir o solicitar cualquier cosa de valor que sea capaz de influir en las decisiones durante el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del Contrato correspondiente. Se incluyen en esta definición los actos de la misma naturaleza, realizados por Oferentes o terceros en beneficio propio;

b. Extorsión o Coacción significa el hecho de amenazar a otro con causarle a él mismo o a miembros de su familia, en su persona, honra, o bienes, un mal que constituyere delito, para influir en las decisiones durante el proceso de licitación o de contratación de consultores o durante la ejecución del Contrato correspondiente, ya sea que el objetivo se hubiese o no logrado;

c. Fraude significa la tergiversación de datos o hechos con el objeto de influir sobre el proceso de una licitación o la fase de ejecución del Contrato, en perjuicio del Prestatario y de los participantes; y

d. Colusión significa las acciones entre Oferentes destinadas a que se obtengan precios de licitación a niveles artificiales, no competitivos, capaces de privar al Prestatario de los beneficios de una competencia libre y abierta.

29.2 Si se comprueba que un funcionario público, o quien actúe en su lugar, y/o el

participante, Oferente o Adjudicatario propuesto en un proceso de adquisición llevado a cabo con motivo de un financiamiento del Banco, ha incurrido en prácticas corruptivas, el Banco podrá:

a. rechazar cualquier propuesta de adjudicación relacionada con el proceso de adquisición o contratación de que se trate ; y/o

b. declarar a una firma y/o al personal de ésta directamente involucrado en prácticas corruptivas, no elegible para ser adjudicatarios o ser contratados en el futuro con motivo de un financiamiento del Banco. La inhibición que establezca el Banco podrá ser temporal o permanente; y/o

c. cancelar, y/o acelerar el repago de la porción del préstamo destinada a un Contrato, cuando exista evidencia que representantes del Prestatario o de un Beneficiario del préstamo o donación han incurrido en prácticas corruptivas, sin que el Prestatario o Beneficiario haya tomado las acciones adecuadas para corregir esta situación, en un plazo razonable para el Banco y de conformidad con garantías de debido proceso establecidas en la legislación del país prestatario.

30 Procedimientos para someter denuncias de corrupción

El Banco Interamericano de Desarrollo ha establecido un procedimiento administrativo para los casos de denuncias de fraude y de corrupción dentro del proceso de adquisiciones o la ejecución del contrato financiado por el Banco, el cual está disponible en el sitio virtual del Banco (www.iadb.org) para tales propósitos cualquier denuncia deberá ser presentada al banco para la realización de la correspondiente investigación. Las denuncias deberán ser presentadas ante la Oficina de Integridad Institucional (OII) confidencial o anónimamente.

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Los oferentes deberán declarar y garantizar: a) que han leído y entendido la prohibición sobre actos de fraude y corrupción

dispuesta por el Banco y se obligan a observar las normas pertinentes; b) que no han incurrido en ninguna infracción sobre fraude y corrupción descriptas en

este documento.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs Sección IV. Condiciones del Contrato F. Aspectos Generales

31 Definiciones e interpretación

31.1 Para los efectos del presente documento se definen los siguientes términos:

“Conciliador” es la persona designada en forma conjunta por el Contratante y el ETM para resolver en primera instancia las controversias, según las disposiciones del numeral 58. “Contrato” es el documento aprobado por la UCP/PIAI, que contiene el conjunto de derechos y obligaciones suscritos por las partes (ETM y Coejecutor) para la ejecución de los trabajos y servicios estipulados en el presente Pliego. “Precio del Contrato” es el precio global por los trabajos planteados, el que al sólo efecto de la administración del mismo, tiene correspondencia con la suma de los precios parciales de los ítem establecidos en este Pliego. “Contratante” es el Coejecutor, agencia o entidad por cuenta de la cual se ejecutarán los trabajos. “ETM” es la persona física o jurídica cuya propuesta ha sido aceptada por el Contratante y que realizará los trabajos objeto del Contrato de acuerdo con las características y especificaciones suministradas por el Contratante. “Orden de Ejecución” es toda instrucción escrita entregada por el Contratante al ETM, concerniente a la ejecución del Contrato.

31.2 Interpretación.

Las palabras en singular se entenderán también en plural y viceversa, cuando lo exija el contexto, y las palabras en género femenino se entenderán en género masculino y viceversa, cuando el contexto lo requiera.

32 Aplicación

Las presentes Condiciones Generales se aplican sin modificaciones, solo a los Contratos con ETMs financiados total o parcialmente con recursos del Programa, del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), (en adelante denominado “el Banco”) y del aporte local y a todo otro Contrato que expresamente así lo indique.

33 Partes del Contrato

33.1 Nombramiento de las partes.

La propuesta presentada por el ETM incluirá las indicaciones necesarias para identificarlo y a su representante legal y Coordinador del Proyecto.

33.2 Asociación en Participación o Grupo de ETMs.

Para los efectos del presente Contrato, se considera que los ETMs forman una Asociación en Participación o un Grupo de ETMs, en adelante llamado “Asociación o Grupo”, cuando hayan suscrito entre ellos un contrato único de participación, siendo suficiente que uno solo de los ETMs esté inscripto y calificado en el Registro. La Asociación o Grupo se constituirá solidario. En consecuencia, todos y cada uno de los ETMs integrantes del Grupo o Asociación se comprometen por la totalidad del Contrato, serán mancomunada y solidariamente responsables de la ejecución del mismo y, en su caso, de reparar el posible incumplimiento de sus asociados; uno de ellos, designado en el formulario del Contrato como representante común o Coordinador General, representará al Grupo o Asociación ante el Contratante. A los efectos de las futuras calificaciones y actualizaciones, se tomará la ejecución del Contrato como experiencia individual de cada Equipo.

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33.3 Cesión, delegación y subcontratación.

Salvo acuerdo previo del Contratante y el PIAI/BID, el ETM no podrá en ningún caso ceder o delegar la totalidad o parte del Contrato, excepto si la cesión y la delegación se refieren a: a. los derechos de cobro sobre las cuentas de trabajos ejecutados que amparan al

Contrato; para lo cual, sin embargo, el ETM deberá contar con la autorización previa y por escrito del Contratante; y

b. la cesión o delegación a los aseguradores del ETM (en caso que los aseguradores hubieran liberado al ETM de toda pérdida por responsabilidad) de su derecho a obtener compensación de las partes responsables.

En todo caso, la oposición por parte del Contratante a la cesión o delegación estará subordinada a los procedimientos previstos en la reglamentación vigente.

33.4 Representación del ETM,

a. Representante legal del ETM. Dicho Representante será aquel que esté designado como tal en el Registro del ETM en la UCP, quién contará con poderes suficientes para tomar las decisiones necesarias en todo lo relativo a la ejecución del Contrato.

b. Coordinador o Gerente del Proyecto. Coordinador o Gerente del Proyecto será

la persona encargada de la coordinación técnica de los trabajos. Se designará entre los inscriptos como tales en el Registro del ETM en la UCP. Deberán poseer título expedido o revalidado por la Universidad de la República o por una Universidad reconocida en el ámbito nacional o internacional y haber coordinado por lo menos dos proyectos de similares características. El no cumplimiento de este requisito inhabilitará la propuesta. Toda sustitución deberá ser autorizada por la UCP previo a la presentación de la propuesta, pero en ningún caso su experiencia y currículo podrán ser menores a la del técnico que se sustituye.

c. El Representante legal y el Coordinador del Proyecto podrán ser la misma persona. d. Modificaciones que realice el ETM.

El ETM deberá notificar previamente al Contratante todas las modificaciones que se anticipen e inmediatamente ocurridas durante la ejecución del Contrato, referentes a:

las personas con facultades para obligar al ETM o a sus representantes ante el Contratante;

el domicilio legal de la sede del ETM; cambios en el equipo básico propuesto, los cuales se admitirán siempre y

cuando el nuevo técnico que se propone, califique con el mismo o mayor puntaje que el técnico que se pretende sustituir.

cualquier otro cambio que pudiera afectar el funcionamiento del ETM y la ejecución del Contrato.

Todas estas modificaciones deberán ser debidamente justificadas.

34 Documentos contractuales 34.1 Idioma

Todos los documentos contractuales deberán redactarse en idioma español. Asimismo, toda la correspondencia y Órdenes de Ejecución deberán estar redactadas en español. El Contratante podrá aceptar documentos redactados en otros idiomas, siempre y cuando vengan acompañados por una traducción al español, la cual prevalecerá para los efectos de la interpretación de los documentos.

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34.2 Documentos Constitutivos del Contrato Los documentos contractuales firmados por las partes y que forman parte integral del Contrato son los siguientes:

a. Formulario del Contrato; b. Documentación técnica que contiene la propuesta técnico-metodológica c. El Plan de Trabajo y diagramas de Gantt y Pert, aprobado por el Contratante y

la UCP. d. Las aclaraciones a las consultas de los ETMs, respecto a los pliegos y las

normas o instrucciones complementarias a dichos documentos que el Coejecutor/UCP hubiere hecho conocer por escrito a los interesados, antes de la fecha de apertura de las ofertas

e. La oferta o precio global del adjudicatario, el Plan de pagos, los plazos, las listas de Actividades con sus costos de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego y en la GFP.

f. El acta de negociación si se hubiere procedido de acuerdo al numeral 28.3. g. La Guía de Formulación de Proyectos y las Fichas Técnicas para la

Formulación y Ejecución del Proyecto Social h. La resolución de adjudicación.

i. Pliego de Condiciones Generales para la Selección y Contratación de ETMs.

Reglamentos, convenios y normas técnicas del PIAI aplicables a los tipos de trabajos objeto del Contrato y otros documentos similares referidos en el presente Pliego.

j. Certificados que acrediten que el ETM está habilitado para operar comercialmente en el país.

34.3 Documentos contractuales posteriores a la formalización del Contrato.

El Contrato, una vez formalizado, podrá modificarse sólo mediante convenios escritos sometidos al mismo procedimiento de aprobación que el Contrato. Se entenderá por modificación todo cambio que no rebase los límites establecidos por el PIAI para la aplicación de los términos del Contrato, o de la reglamentación vigente cuyas modificaciones están, si es el caso, tomadas en cuenta.

35 Obligaciones Generales

35.1 Idoneidad de la Oferta. Se considerará que el ETM ha tomado conocimiento en forma suficiente y completa de la implantación del proyecto y los documentos del llamado, y en consecuencia sobre el carácter exacto y adecuado de su Oferta Global. Se considerará que dicha Oferta cubre todas sus obligaciones en virtud del Contrato. Se considerará que el ETM ha: i) inspeccionado y examinado la Zona del Proyecto y sus alrededores y tiene conocimientos de los datos disponibles de la Carta Consulta suministrados por el Coejecutor y que puedan tener incidencia en la ejecución del Contrato; ii) mantenido entrevistas con el Coejecutor a los efectos de tomar conocimiento de los recursos disponibles y las condiciones de trabajo que puedan incidir en la mejor gestión del Proyecto.

35.2 Ejecución de conformidad con el Contrato.

El ETM deberá encargarse, con el esmero y diligencia apropiados, de ejecutar completamente los trabajos y servicios en conformidad con las disposiciones del Contrato. El ETM deberá realizar el Diagnóstico, el Proyecto Global, el Proyecto Ejecutivo, encargarse de la Dirección de las obras y ejecutar el Componente de Desarrollo Barrial del Proyecto.

35.3 El ETM se obliga a realizar: i) con la participación de los residentes del

Asentamiento, el relevamiento del Asentamiento, encuestas, entrevistas y las actividades de desarrollo barrial requeridas para el mejoramiento de la calidad de

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vida de los residentes en el Asentamiento; ii) los diseños ejecutivos de la infraestructura, ambos de acuerdo a lo establecido en la Guía de Formulación de Proyectos y los Lineamientos Metodológicos del PIAI, ; iii) la supervisión y dirección de las obras mediante la contratación de un sobrestante y un director de obra; y iv) la implementación y ejecución del Proyecto Social del componente de Desarrollo Barrial.

35.4 Los Planes de actividades, entrega de productos y pagos, serán los que surjan de

la oferta del ETM, la que formará parte del Contrato. Dichos Planes serán ajustados periódicamente por el ETM, de acuerdo a los requerimientos y evolución del Proyecto.

35.5 El ETM deberá promover la participación en las distintas Fases del Proyecto, de los

residentes del Asentamiento y su entorno inmediato, las organizaciones de barrio, organizaciones de la sociedad civil y ONGs con actividad en el mismo, potenciar su participación en la comisión de seguimiento del Proyecto y fomentar su integración con el barrio.

35.6 Acatamiento de las leyes y reglamentos. El ETM deberá cumplir y efectuar todos los pagos que corresponda, con: a. todas las leyes del país del Contratante y todo reglamento permanente de otra

autoridad debidamente constituida en el país del Contratante, que pueda tener incidencia en la ejecución del objeto del Contrato.

b. todo reglamento relativo a la constitución y financiamiento de todo organismo público cuyo patrimonio y derechos puedan ser afectados por los trabajos.

El ETM deberá notificar al Coejecutor, cuando corresponda, los cumplimientos y pagos efectuados de acuerdo con lo indicado precedentemente.

35.7 Carácter confidencial.

El ETM está obligado a respetar el carácter confidencial del Contrato y de todos los documentos contractuales relacionados con éste. Esta misma obligación se aplicará a toda información relacionada con el Contrato, cualquiera sea su naturaleza, y que tanto él como su personal hubieran podido conocer como consecuencia de la ejecución del Contrato. El ETM en ningún caso podrá publicar ni revelar a nadie tales informaciones, excepto con la autorización escrita previa del Contratante/PIAI y sólo dentro de los límites estrictamente necesarios para la buena realización del Contrato.

35.8 Informes El ETM deberá realizar informes de avance y finales de cada Fase del Contrato; suministrando al Coejecutor y la UCP o a los técnicos que éstas designen, la información necesaria para la realización de los informes de avance del Programa. Es obligatorio que el ETM durante el desarrollo del Proyecto, realice y entregue los siguientes informes: -Informe de Diagnóstico Integral Participativo. -Informe del Proyecto de Desarrollo Barrial, el cual incluye el Proyecto Social y el Proyecto urbano, de infraestructuras y de obras de arquitectura. -Informe del Proyecto Ejecutivo. -Informes mensuales de las actividades correspondientes a la intervención social durante el desarrollo de las obras. -Informes mensuales del desarrollo de la Obra. -Informes mensuales de las actividades desarrolladas durante la Posobra, incluyendo las dimensiones social y física.

35.9 A solicitud del Coejecutor deberá contestar las consultas realizadas por las

Empresas Constructoras oferentes de las obras.

35.10 Derechos de autoría de exclusividad del Programa

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Por el solo hecho de la presentación de una propuesta o proyecto técnico en cualquiera de sus fases, se supone la cesión de pleno derecho de todos los derechos y acciones que por concepto de autoría pudieren corresponder a los proponentes, a favor del PIAI. Las propuestas técnicas, Proyectos Globales o Proyectos Ejecutivos que se presenten pasan a ser propiedad del PIAI.

35.11 El retraso por el PIAI en el ejercicio de los derechos acordados en el Convenio de

Preinversión, o el no-ejercicio de los mismos, no podrán ser interpretados como renuncia del PIAI a tales derechos, ni como aceptación de las circunstancias que lo habrían facultado para ejercitarlos.

35.12 La mora en el cumplimiento de las obligaciones asumidas por las partes en el

Contrato respectivo, se producirá de pleno derecho por el solo vencimiento de los términos acordados o por la realización u omisión de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de protesto o protesta de clase alguna.

36 Garantía de Cumplimiento del Contrato. 36.1 Como garantía de fiel cumplimiento del Contrato, el ETM podrá optar entre: a) La

retención en cada pago al ETM, de un monto equivalente al 10 % (diez por ciento) del importe respectivo facturado o b) La presentación por el ETM de garantía bancaria, carta de crédito irrevocable o póliza de seguros emitida por un banco establecido en el país del contratante o en el extranjero, aceptable por el Contratante.

36.2 La garantía de fiel cumplimiento del Contrato se liberará una vez finalizada las

obligaciones contractuales de acuerdo con el Numeral 53. 36.3 El ETM, cuando solicite adelanto al comienzo de cada fase en las condiciones

establecidas en el Numeral 43, entregará una garantía por el 100 % del importe del adelanto.

La garantía se expresará en la(s) moneda(s) en que se debe pagar el Contrato y adoptará una de las siguientes formas: garantía bancaria, carta de crédito irrevocable o póliza de seguros emitida por un banco establecido en el país del Contratante o en el extranjero y aceptable para el Contratante. La garantía caducará el día siguiente que se amortice la última parte del adelanto.

37 Cálculo de plazos. Formas de notificación

37.1 Todo plazo que el Contrato especifique al Contratante o al ETM, salvo expresa disposición en contrario, se comenzará a contar a partir del día siguiente a la fecha en que se produzca el hecho que sirva de punto de partida para el cómputo del mismo.

37.2 Los plazos en días se considerarán expresados en días calendario e incluirán los

feriados y no laborables.

37.3 Cuando el plazo se haya fijado en meses, se contará desde el día del mes fijado para su inicio hasta el mismo día del mes fijado como terminación. Si no se especifica el día del mes en el cual se termina el plazo, éste expirará el último día de dicho mes.

37.4 Cuando el último día de un plazo coincida con un sábado o domingo o día feriado o

de descanso obligatorio, el plazo se prorrogará hasta el final del primer día laborable siguiente.

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37.5 Cuando, de acuerdo con las disposiciones del Contrato, se deba enviar un documento en un plazo fijo, la entrega deberá hacerse al destinatario con acuse de recibo o ser enviado por correo certificado con acuse de recibo postal. Se considerará que la fecha de entrega del documento es la fecha del acuse de recibo o del aviso de recibo postal.

G. Precios y forma de pago

38 Contenido y características de los precios 38.1 Contenido y características de los precios.

a. El precio ofertado comprende todos los gastos resultantes de la ejecución de los trabajos, incluidos los gastos generales y todos los impuestos, derechos y gravámenes de toda índole por cuyo pago sea responsable el ETM en el país del Contratante. El alcance de los impuestos, derechos y gravámenes comprendidos en los precios y las consecuencias de las modificaciones hechas se describen en el Numerales 11 y 40.

b. Los precios se expresarán íntegramente en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula 12.

c. Se considerará que los precios cotizados permiten al ETM obtener beneficios y un margen de ganancias frente a riesgos, y que tiene en cuenta todas las condiciones de ejecución normalmente previsibles.

Precio global.

Será precio global todo precio que remunera al ETM por un trabajo, servicio o consultoría completa, o un conjunto determinado de prestaciones definidas en el Contrato, o que se menciona explícitamente en éste como precio global.

39 Precio del Contrato

El precio del Contrato, es el precio global calculado por el ETM oferente conforme a los recaudos que remunerará a éste por la totalidad de los trabajos y servicios propuestos, indicados más abajo. Será la suma de los precios globales parciales, establecidos por el ETM para cada una de las siguientes fases:

1) Diagnóstico Integral Participativo: a) Para realizar el Relevamiento Socio-Económico y el Diagnóstico Social hasta un monto total de ………(Monto en letras). b) Para realizar el Relevamiento y el Diagnóstico Físico hasta un monto total de ………………… …. (Monto en letras). 2) Proyecto de Desarrollo Barrial a) Para realizar el Proyecto Social, hasta un monto total de …………………..(Monto en letras) b) Para realizar el Proyecto Físico Urbano, de Infraestructuras y Obras de Arquitectura, hasta un monto total de ……….(Monto en letras.) 3) Para realizar el/los Proyecto/s Ejecutivo/s hasta un monto total de ……………… (Monto en letras). 4) Para realizar la Ejecución del Proyecto de Desarrollo Barrial (*) a) Para realizar la Ejecución del Proyecto Social hasta un monto total de ……………. (Monto en letras). b) Para realizar la Supervisión y Dirección de las Obras hasta un monto total de ……………(Monto en letras). 5) Para realizar las tareas de la fase de Pos-obra (incluye dimensiones social y física) un monto total de ……...….(Monto en letras).

(*) Después de aprobados los Proyectos Ejecutivos arquitectónicos y de infraestructura, comenzará la etapa de ejecución de las distintas obras de los componentes del Proyecto de mejoramiento barrial.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs El precio global ofertado por la totalidad de los trabajos y servicios, será expresado en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula 12. No se admite ningún tipo de ajuste del precio global ofertado por mayores costos que pudieran generarse en cualquier fase de ejecución ni por la diferencia entre el plazo estimado por el ETM para las obras y el plazo final de ejecución por la Empresa Constructora adjudicataria de las obras.

La suma de los precios correspondientes a las fases 1, 2 y 3 no podrá exceder el 55% del monto global. Si la oferta presentada no cumple con las condiciones indicadas, la Comisión Evaluadora ajustará los precios parciales de cada fase para alcanzar dichas condiciones, sin modificar el precio global total de la oferta, lo cual constará en el acta final de evaluación de la propuesta. Si durante el proceso de negociación del contrato no se llegase a un acuerdo con el ajuste, se notificará al ETM por escrito que su propuesta ha sido rechazada y se pasará a analizar la propuesta del oferente que ocupase el segundo lugar en el orden de mérito. Si el ETM no estuviera de acuerdo con el ajuste realizado, la oferta será rechazada.

40 Costos, impuestos, derechos, tasas y tarifas Serán de cargo del ETM, y por lo tanto incluidos en su oferta, los costos directos; los costos indirectos; el costo de financiamiento de los trabajos; el cargo por utilidad del ETM, honorarios, viáticos, gastos generales; transferencia de know how; servicios concurrentes ante entidades públicas o privadas necesarios en las distintas fases del Proyecto y los impuestos derechos y tasas exigibles en relación con la ejecución del Contrato, tanto en su país, como en el del Contratante. A vía de ejemplo se mencionan:

1. Impuestos nacionales o departamentales. 2. Impuesto al Valor Agregado (IVA) (23%) correspondiente a los trabajos y

servicios. 3. Aportes al Banco de Previsión Social (BPS) 4. Tasas por la aprobación de permisos de construcción, planos de

fraccionamiento y mensura, cuando corresponda.

41 Ajuste de precios (a) Los pagos en pesos uruguayos se ajustarán por el índice de precios al consumo, aplicando

la siguiente fórmula:

P = P0 x CV / CV0

en el cual:

P = Precio actualizado de los trabajos realizados en el mes.

P0 = Precio según Oferta, de los trabajos realizados en el mes.

CV = Índice de precios al consumo según la Dirección General de estadística y Censos correspondiente al mes anterior de ejecución de los trabajos.

CV0 = Ídem, al mes anterior a la fecha de apertura de la licitación.

CV / CV0 = Índice de aumento del índice de precios al consumo según la Dirección General de Estadística y Censos correspondiente al mes anterior al de ejecución de los trabajos con referencia al mes anterior a la fecha de apertura de la licitación.

(b) Los pagos en otra(s) moneda(s) no tendrán ajuste.

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42 Intereses Moratorios. El ETM podrá reclamar intereses moratorios por atrasos en los pagos, desde el momento en que estos debieron realizarse. Se aplicará: a) para los montos en pesos uruguayos una tasa del 2 % lineal mensual; b) para los montos en otra(s) moneda(s) una tasa del 1% lineal mensual. Dichos intereses serán de aplicación siempre que los trabajos, tanto al momento de su certificación como al del pago de dichos intereses, no presenten atrasos respecto al cronograma de trabajos y actividades previsto en el Contrato, o a los ajustes posteriores realizados de común acuerdo entre las partes.

43 Forma y moneda de pago. 43.1 Los pagos serán efectuados por el Contratante en la(s) moneda(s) indicada(s) en la

cláusula 12, mediante adelantos a cuenta del precio ofertado y por fases cumplidas, de acuerdo con los montos por fases establecidos por el ETM y los criterios que se explicitan a continuación:

Fases Dimensiones Precio

a. Relevamiento Socio-Económico y Diagnóstico Social

1. Diagnostico Integral Participativo

b. Relevamiento y Diagnóstico Físico a. Proyecto Social 2. Proyecto de

Desarrollo Barrial b. Proyecto Físico Urbano, de Infraestructuras y Obras de Arquitectura

3.Proyecto/s Ejecutivo/s Proyecto/s Ejecutivo/s Urbano, de Infraestructuras y Obras de Infraestructura.

4. Ejecución del Proyecto de Desarrollo Barrial

a. b.

Ejecución del Proyecto Social Supervisión y Dirección de la/las obra/s

5. Pos-obra Actividades de posobra incluyendo dimensiones social y física.

a. Al comienzo de cada fase y luego de que el Contrato entre en vigencia, excluida la

dimensión de la Supervisión y Dirección de las Obras, se podrá pedir un adelanto, no superior al veinte por ciento (20%) de la fase.

b. Luego de que el Contrato entre en vigencia y durante el decurso de las Fases 1, 2 y 3, el ETM podrá solicitar adelantos del monto convenido para la respectiva Fase, contra entrega de Informes de acuerdo al avance real de las mismas en relación a sus dimensiones correspondientes.

c. Finalizadas las fases 1, 2 y 3, dentro de los plazos establecidos, entregados los productos definidos por el ETM y aprobados por el Coejecutor y la UCP, el ETM podrá solicitar el pago correspondiente.

d. Al pago se le deducirá el diez por ciento (10 %) por concepto de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, de acuerdo con el numeral 36 si esta hubiera sido la modalidad de garantía elegida por el ETM, y cuando corresponda el adelanto que se hubiere realizado. Para hacer efectivos los pagos, el ETM debe presentar las facturas ante el Coejecutor. Una vez aceptada la solicitud de pago por el Coejecutor, éste solicitará a la UCP la autorización del mismo, enviando la respectiva factura para su aprobación. Una vez que exista conformidad de la UCP respecto del pago solicitado, ésta iniciará las gestiones para hacer efectivo el pago. A partir de que la UCP recibe las facturas del ETM, aquélla dispondrá de un plazo de 30 días para hacer efectivo el pago.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

e. Cada solicitud, aceptación o aprobación de las partes, deberán realizarse por escrito con su correspondiente acuse de recibo para que sean válidas.

f. En las Fases 1.a-b, 2.a-b y 3, para hacer efectivo los pagos, el ETM tiene que cumplir estrictamente con la entrega de los productos y los plazos establecidos en su oferta. En caso contrario se aplicarán las multas que se establecen en el presente pliego

g. En referencia al pago de las Fases, 4 y 5, el pago se realizará de forma mensual contra entrega de Informes acordados entre el ETM, el Coejecutor y la UCP.

h. El pago mensual correspondiente a la Dirección de Obra durante la ejecución de ésta se hará efectivo de acuerdo al avance físico real de la misma. En consecuencia en caso de suspensión transitoria o definitiva de las obras los pagos por este concepto se suspenderán

i. La no-aprobación de cualquier Fase del Proyecto implicará la suspensión de los pagos, hasta tanto no se levanten las observaciones técnicas realizadas.

j. Si finalmente no se pudieran realizar las correcciones necesarias para lograr la continuidad del proyecto y la viabilidad de cada Fase, y no hubiese acuerdo entre el ETM y el Coejecutor en un plazo perentorio de 15 días calendario, se remitirán los antecedentes a la UCP, la que decidirá el diferendo en forma definitiva e inapelable para ambas partes.

k. La suspensión de las obras, traerá como consecuencia la suspensión de las acciones del Proyecto Social a partir de los 30 días siguientes de que haya ocurrido dicha circunstancia. En consecuencia sólo se autorizará el pago de las tareas efectivamente realizadas hasta la fecha indicada. El ETM, dentro de los 7 días posteriores a la paralización de las obras, deberá presentar al Coejecutor un informe de evaluación de la situación. El Coejecutor enviará inmediatamente a la UCP dicho informe, agregando todo lo actuado, para su consideración.

43.2 Los pagos parciales de acuerdo con el detalle precedente, sobre el precio total

contratado, serán efectuados directamente al ETM por la Unidad Ejecutora (UCP) del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI), a solicitud de la entidad Contratante, Coejecutora del PIAI. Dicho pago se realizará mediante cheque o transferencia bancaria.

43.3 El Coejecutor y Contratante, previo a solicitar cada pago deberá verificar la

pertinencia de los mismos, a partir de los avances de los trabajos y servicios presentados por el ETM; por otra parte deberá verificar periódicamente que el ETM esté al día con sus obligaciones ante el BPS, DGI y todo otro organismo que corresponda de acuerdo con los trabajos y servicios contratados.

43.4 En el caso de que se suspendiera el avance de los trabajos en alguna de las fases

del plan de pagos definido anteriormente, por razones ajenas al Contratante y al ETM, se procederá a la suspensión de las fases posteriores, hasta tanto no se reinicie el trabajo suspendido. Pasados sesenta días (60) de la suspensión, se podrá de común acuerdo realizar la liquidación de cuentas por los trabajos efectivamente realizados.

43.5 Deducciones del precio a pagar en cada fase:

1. Se deducirán las multas en el caso de que correspondiere. 2. La retención de garantía de ejecución del Contrato que corresponda. 3. Toda otra retención o deducción que corresponda.

43.6 Si el Contratante se viera impedido por el ETM de proceder a una operación

necesaria para efectuar un pago, el plazo de pago se suspenderá por un período igual al retraso resultante.

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43.7 Los montos que figuren en los pagos parciales no tendrán carácter definitivo ni comprometen a las partes contratantes y serán considerados pagos a cuenta del monto total del Contrato que efectivamente se ejecute.

43.8 Se entenderá que una fase está iniciada, cuando haya sido terminada y aprobada la

anterior, y el ETM reciba una nota del Coejecutor solicitándole que la comience.

44 Suspensión de pagos. Retenciones. 44.1 Las observaciones de carácter técnico que establezca el Coejecutor o la UCP, que

sean debidamente documentadas y comunicadas al ETM, y que no hayan sido subsanadas por éste dentro del plazo estipulado, darán lugar a que se suspendan los pagos hasta que las mismas sean subsanadas.

44.2 Cuando la reglamentación del país del Contratante lo establezca, el ETM pagará las

cotizaciones impuestos, derechos y gravámenes que adeuda directamente a los organismos competentes del país del Contratante y presentará a éste, en el caso de que así se requiera, la evidencia de los pagos correspondientes. En caso contrario podrán suspenderse los pagos hasta que se cumplan dichas obligaciones.

44.3 Cuando la reglamentación del país lo establezca, el Contratante efectuará las

retenciones de los aportes, impuestos, derechos, gravámenes y cotizaciones y las pagará a los organismos competentes del país en los plazos previstos por la reglamentación vigente.

44.4 Cuando la reglamentación del país establezca retenciones aplicables a los pagos al

ETM, el Contratante deducirá los montos correspondientes de las sumas adeudadas al ETM y las pagará en nombre de él, al organismo competente que corresponda en el país. En tal caso, el Contratante enviará al ETM un comprobante de pago de dichas sumas dentro de los quince (15) días posteriores a la fecha en que se haya realizado el pago.

44.5 En caso de modificaciones en la reglamentación fiscal o social con respecto a la

reglamentación aplicable veintiocho (28) días antes de la fecha límite para la presentación de las ofertas, cuyo efecto sea un aumento o disminución de los costos del ETM, este último tendrá derecho a un aumento o disminución según corresponda, del Precio del Contrato. El Contratante propondrá la redacción de un Adendum al Contrato. En caso que el ETM y el Contratante no lleguen a un acuerdo sobre los términos del Adendum, se aplicará el procedimiento de arreglo de diferencias estipulado en el Numeral 58.

44.6 En caso de desistimiento en la ejecución de un Proyecto en cualquier fase del mismo,

o la constatación de desvíos por parte del PIAI, imputables a los beneficiarios, los ETMs, la Empresa Contratista o el Coejecutor, determinarán la inmediata suspensión de los pagos de los montos correspondientes a las fases no iniciadas o por ejecutarse, hasta tanto se superen las causas que la motivaron. En caso de desistimiento del Coejecutor, o no dar lugar a las soluciones propuestas, o que no se haya cumplido con la ejecución del Proyecto y el atraso afecte a juicio del PIAI la Programación del mismo, éste podrá desistir de continuar financiando el Proyecto. Tal circunstancia, cualquiera fuera la fase de realización del Proyecto, no dará derecho a reclamo alguno ante el PIAI, por el ETM y/o el Coejecutor.

45 Aprobaciones parciales

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Ningún pago a cuenta se considerará que constituye la aprobación parcial o total de los trabajos o servicios realizados.

46 Aumento del alcance de los trabajos y servicios.

45.1 A los efectos de la aplicación del presente Numeral, por “alcance de los trabajos y servicios” se entenderá el monto global por los servicios contratados. El alcance final de los trabajos es el que resulta de aplicar las estipulaciones del Contrato original, enmendado o modificado por convenios posteriores.

45.2 Obligación de ejecutar la totalidad de los trabajos y servicios.

El ETM deberá llevar a cabo y terminar todos los trabajos y servicios objeto del Contrato, cualquiera que sea la importancia de un aumento del alcance de los trabajos y servicios que pueda resultar como consecuencia de dificultades técnicas o de insuficiencia de las previsiones del ETM, y que forman parte del Contrato.

45.3 Toda Orden de Ejecución que autoriza una modificación del alcance de las trabajos,

deberá incluir una descripción detallada de ellos, el precio global correspondiente (en la(s) moneda(s) indicada(s) en la cláusula 12), la disposición de los recursos y su fuente de financiamiento, y el tiempo de ejecución e incidencia en el cronograma de trabajo.

47 Disminución del alcance

Si la disminución del alcance de los trabajos es superior al 25 % (veinticinco por ciento) del precio total contratado, el ETM tendrá derecho a ser indemnizado por el perjuicio que demuestre haber sufrido. Dicha indemnización no podrá superar el 10 % (diez por ciento) del importe correspondiente al valor de los trabajos o servicios reducidos o cancelados, determinado a precios de la oferta. En caso de que dicho valor no pueda determinarse en función de la información presentada en la oferta, el monto a indemnizar será fijado por el Coejecutor con la autorización de la UCP, no dando derecho al ETM a ningún tipo de reclamo. Esta indemnización en ningún caso podrá superar el importe que surja de la aplicación de los Numerales 50.4 y 55.3; y no será aplicable cuando el ETM tenga derecho a reclamar y percibir alguna de dichas indemnizaciones.

48 Casos de Fuerza Mayor 48.1 Para efectos del presente Contrato, se considerarán como causas de Fuerza Mayor

todo acto o acontecimiento imprevisible, irresistible y fuera del control de las partes. Las situaciones que se considerarán como causa de Fuerza Mayor pueden incluir, sin estar restringidas, a catástrofes naturales, incendios, explosiones, guerra, insurrección, movilización, huelgas y temblores de tierra.

48.2 Por consiguiente, para los efectos del presente Contrato, no se considerarán como

casos de Fuerza Mayor, los actos o acontecimientos cuya ocurrencia podría preverse y cuyas consecuencias podrían evitarse actuando con diligencia razonable. De la misma manera, no se considerarán casos de Fuerza Mayor los actos o acontecimientos que hagan el cumplimiento de una obligación únicamente más difícil o más oneroso para la parte correspondiente.

48.3 Si se produjera un acontecimiento de Fuerza Mayor, el ETM tendrá derecho a una

indemnización por el perjuicio sufrido y a una ampliación razonable de los plazos de ejecución.

48.4 La parte que invoque el caso de Fuerza Mayor deberá enviar una notificación sobre

el caso a la otra, inmediatamente después que el acontecimiento sucedió y dentro de

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un plazo máximo de siete (7) días. La notificación se enviará por carta certificada con acuse de recibo, estableciendo: los elementos constitutivos y probatorios de la Fuerza Mayor invocada, la estimación del daño provocado por el acontecimiento, así como las consecuencias que probablemente pudieran incidir en la ejecución del Contrato.

En todo caso, la parte afectada deberá tomar todas las medidas necesarias para conseguir, en el menor plazo posible, la reanudación normal de la ejecución de las obligaciones afectadas por el caso de Fuerza Mayor.

48.5 Si a raíz de un caso de Fuerza Mayor, el Contratante o el ETM no pudieran ejecutar

sus prestaciones, tal como están previstos en el Contrato, en un período de un (1) mes, las partes se reunirán en el menor plazo posible para examinar las repercusiones contractuales de dichos acontecimientos sobre la ejecución del Contrato y, en particular, sobre el precio y/o los plazos y/o las obligaciones respectivas de cada una de las partes.

48.6 Cuando una situación de Fuerza Mayor ha existido durante el período de más de seis

(6) meses, cada parte tendrá derecho a rescindir o terminar anticipadamente el Contrato sin responsabilidad.

H. Plazos

49 Plazos de ejecución 49.1 El plazo de ejecución total de los trabajos y servicios fijados en el Contrato,

comenzará a partir de los 5 (cinco) días corridos de la firma del mismo y finalizará 6 meses después de la Recepción Provisoria del 100% de las obras. Los plazos parciales para cada fase contratada o dimensión de la misma, serán los que se estipulen en el plan y cronograma de trabajos que formó parte de la propuesta y que con los ajustes finales que se acuerden entre el ETM y el Coejecutor, previa aprobación de la UCP, formarán parte del Contrato. Los plazos correspondientes a la ejecución de las obras será el propuesto por el ETM, con la aprobación del Coejecutor y la UCP, sin perjuicio de los eventuales ajustes que al respecto deban hacerse con posterioridad de acuerdo a los plazos de ejecución propuestos por la/las Empresa/s Constructora/s.

. 49.2 El ETM se compromete a realizar la ejecución del Proyecto de Desarrollo Barrial (tanto de la dimensión social como física) dentro de los plazos establecidos para el proceso licitatorio y ejecución de las obras, más los seis meses de pos-obra.

49.3 Prolongación de los plazos de ejecución

Fuera de los casos previstos en el Numeral 48 el ETM no podrá tener derecho a una prolongación de los plazos de ejecución si no es en los casos siguientes:

a. incumplimiento por el Contratante de sus propias obligaciones que impliquen un

aumento en los plazos de ejecución de los trabajos; b. aprobación de una modificación al Contrato, ya sea mediante enmienda o convenio

adicional, como consecuencia de una ampliación de los trabajos.

50 Penalidades y retenciones 50.1 Multas por retraso en la ejecución de los trabajos y/o servicios.

La multa a aplicarse en cada pago, por retraso en la ejecución de los trabajos y servicios de acuerdo al plan de actividades declarado por el Oferente será equivalente al 5 0/0 (cinco por ciento) sobre el monto no desembolsado de la fase,

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definida en los Numerales 39 y 43 y las posibles modificaciones o enmiendas o numerales adicionales incorporados. El monto máximo acumulado de dicha penalidad será del 15% (quince por ciento) del monto total del Contrato, pudiendo el Contratante en tal caso, iniciar las acciones previstas en el Numeral 58. El monto de dicha multa se descontará de los pagos al ETM por los trabajos o servicios realizados.

50.2 La penalidad se aplicará una vez que el Coejecutor haya establecido el retraso y

podrá deducir el monto de dichas penalidades de las sumas que adeude al ETM, sin perjuicio de aplicar cualquier otro método de recuperación. El pago de esas penalidades, cuyo monto representa una suma global como compensación al Contratante debido a los daños y perjuicios por el retraso en la ejecución de los trabajos, no exonera al ETM del conjunto de las demás obligaciones y responsabilidades que haya suscrito en virtud del Contrato. En caso de rescisión por incumplimiento del ETM, la que operará de pleno derecho y sin necesidad de interpelación o protesta de clase alguna, las penalidades se aplicarán hasta el día de notificación de la rescisión inclusive, o hasta el día de la suspensión de actividades por liquidación del ETM, si la rescisión resulta de uno de los casos previstos en el Numeral 55. Las disposiciones precedentes son aplicables a las penalidades previstas por concepto de retraso en la realización de ciertos trabajos o conjuntos de prestaciones que estén sujetos a plazos especiales o a fechas límites estipuladas en el Contrato. No obstante las sanciones aplicadas, si se diera cumplimiento a la totalidad de las obligaciones en el plazo previsto, la UCP a solicitud fundada del Coejecutor, podrá reintegrar total o parcialmente, los montos retenidos por sanciones correspondientes al incumplimiento de los plazos.

50.3 El monto total de las sanciones reducen el monto total del financiamiento pactado

entre el Coejecutor y el PIAI. Dichas sanciones serán deducidas por la UCP de los montos a pagar al ETM. En consecuencia el Coejecutor no podrá cobrar directamente al ETM los importes correspondientes, salvo autorización expresa de la UCP, en cuyo caso se reembolsarán inmediatamente al PIAI.

50.4 Indemnizaciones por suspensión o paralización de las obras, por causas no

imputables al ETM. Se indemnizará a los ETMs cuando por acto del organismo contratante, o del Estado, se deriven suspensiones de los trabajos o servicios, o aumentos de los plazos de ejecución no imputables al ETM, siempre que se produzcan efectivos perjuicios, los cuales se justificarán por el ETM, y cuando no haya merecido observaciones durante la ejecución del Contrato. En este caso no será de aplicación la indemnización prevista en el Numeral 55.3, aún cuando la paralización de los trabajos implique directamente o indirectamente una reducción del valor de los mismos de acuerdo a los términos de la oferta. La determinación del importe máximo de dicha indemnización se hará en base a la siguiente fórmula: I =M . Dp . G

D I = monto de la indemnización;

M = monto de los trabajos y servicios contratados de la fase o dimensión en ejecución;

D = número de días calendario del plazo contractual de la fase o dimensión, ajustado con las variaciones operadas a la fecha de producido el perjuicio;

Dp = número de días calendario contados a partir de la fecha en que se produce la suspensión, hasta la fecha en que ésta cesa, o número de días calendario de aumento de plazo según el caso;

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs G = coeficiente de incidencia de los gastos fijos del ETM, y

beneficios que se tomará igual a 0.10. Se considerará como fecha de iniciación de la suspensión del plazo el día en que el ETM se vea efectivamente impedido de proseguir el desarrollo normal de los trabajos, de acuerdo al plan de avances aprobado, y de la culminación del mismo, el día en que el ETM puede continuar normalmente los trabajos impedidos. Sin perjuicio de los expuesto , el ETM deberá comunicar al Coejecutor su intención de solicitar indemnización, indicando las causas y la fecha desde la que el Contratante está omiso. El plazo a considerar para la indemnización comenzará al día siguiente de recibida la comunicación por el Coejecutor. El ETM dispondrá de un plazo perentorio de 10 (diez) días calendario, a contar del cese del impedimento, para formular su pedido de indemnización. Vencido dicho plazo, caducará el derecho a indemnización reconocido al ETM.

51 Modificaciones efectuadas en las disposiciones técnicas

El ETM Adjudicatario no podrá, por sí mismo, efectuar ningún cambio en las disposiciones técnicas estipuladas en el Contrato. Sin embargo el Contratante, podrá aceptar los cambios propuestos por el ETM, contando previamente con la conformidad de la UCP.

I. Recepción de los trabajos y/o servicios y garantías

52 Recepción provisional o provisoria y conformidad definitiva. La recepción provisional de productos en cada fase y del Proyecto Ejecutivo tiene por objeto controlar la conformidad de los trabajos con el conjunto de obligaciones establecidas en el Contrato, en particular con las condiciones técnicas particulares y los anexos técnicos establecidos en la GFP. La recepción se efectuará por fase y dimensiones correspondientes, según las fases establecidas en la GFP, como lo establece el presente Pliego, teniendo el Coejecutor un plazo de 10 (diez) días para su aprobación y remitirlo a la UCP. La recepción del Proyecto Ejecutivo, constituirá la recepción provisional, y dará derecho al ETM, a partir de la aprobación y conformidad del Coejecutor y la UCP, a solicitar la conformidad definitiva con la liquidación de los montos contractuales que correspondan y la devolución parcial de la garantía de cumplimiento del Contrato, por los montos correspondientes hasta esa fase, para lo que vale el plazo antedicho. Si el Coejecutor no toma una decisión en el plazo arriba especificado, se considerará que ha aceptado de total conformidad la propuesta del ETM. El Coejecutor deberá comunicar en tiempo y forma a la UCP, la solicitud del ETM y la decisión que tome, para aprobar la conformidad definitiva. La UCP tiene un plazo de 20 (veinte) días calendario para tomar una decisión definitiva. Los plazos se suspenden durante el tiempo que medie entre cualquier pedido de aclaraciones al ETM y la respuesta de éste. Si no hubiere acuerdo se suspenderán los plazos previstos y se actuará de acuerdo con el Numeral 58.

53 Garantías contractuales. Período de garantía.

La retención de garantía de fiel cumplimiento del Contrato establecida en el Numeral 36 regirá hasta la terminación de las obligaciones contractuales. Durante el período de garantía, el ETM tendrá la “obligación de completa terminación”. Los gastos correspondientes a los trabajos complementarios exigidos por el Contratante y que tengan por objeto remediar las deficiencias constatadas en los trabajos entregados, sólo serán por cuenta del ETM, si la causa de tales deficiencias le es imputable. A la expiración del período de garantía, y realizada la conformidad definitiva de los trabajos y servicios por parte del Coejecutor y la UCP, el ETM quedará libre de sus obligaciones contractuales y la garantía de cumplimiento prevista en el Numeral 36 cesará de pleno

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derecho, realizando el ETM la solicitud por escrito y con acuse de recibo, de la devolución correspondiente.

54 Calificación en función de la evaluación del desempeño de los ETMs durante y con posterioridad a la ejecución del Contrato. 54.1 La calificación final incidirá en la puntuación de la categorización de acuerdo con el

siguiente cuadro:

Calificación Ponderación INACEPTABLE Excluyente del Registro REGULAR - 5 % (menos 5 por ciento) BUENA 0 MUY BUENA + 2 % (más dos por ciento) EXCELENTE + 4 % (más cuatro por ciento)

Esta ponderación será válida sólo para el siguiente llamado a expresiones de interés,

luego de la calificación; a posteriori se anula. En la Sección V, Numeral 65 se indican la puntuación y las categorías de la evaluación.

54.2 A esos efectos la UCP realizará evaluaciones bimestrales a los Proyectos, a cuyos

efectos el ETM cooperará en la forma más amplia posible, suministrando toda la información que le sea requerida por los técnicos designados por la UCP; así como facilitar el acceso a las obras en ejecución y el relacionamiento con todos los involucrados en el Proyecto.

54.3 Al término del Contrato la UCP realizará una evaluación final del ETM teniendo en

cuenta fundamentalmente i) presentación de informes, ii) organización de los trabajos, iii) ejecución de los trabajos, iv) relación con el Coejecutor, v) relación con los beneficiarios, vi) relación con la Empresa Constructora Contratista de las obras físicas, vii) relación con otros actores involucrados. El juicio sintético calificará en cinco categorías: malo, regular, bueno, muy bueno y excelente. En el Numeral 65 se establecen los criterios a utilizar para dicha valoración.

Se establece que será condición excluyente del Registro por un plazo de dos años, el que un ETM tenga dos calificaciones de Regular consecutivas o tres en forma alternada.

J. Rescisión del Contrato. Suspensión de los trabajos. Indemnizaciones.

La rescisión del Contrato, por causas imputables al ETM y que operará de pleno derecho, además de la pérdida de las garantías constituidas, hará exigible los daños y perjuicios emergentes del incumplimiento, y también dará derecho al Contratante a encomendar la finalización del objeto del Contrato a un tercero por cuenta del Adjudicatario. En caso de rescisión del Contrato por causas imputables al ETM, el contratante lo comunicará al Registro de la UCP, para que éste proceda a eliminar al Equipo, grupo o asociación del Registro.

55 Rescisión del Contrato por el Contratante

55.1 El Contratante podrá poner fin a la ejecución de los trabajos objeto del Contrato antes de la terminación de los mismos, mediante una decisión unilateral de rescindir el Contrato que especifique la fecha de efectividad de la rescisión, en casos de incumplimiento por parte del ETM a cualquiera de las obligaciones asumidas.

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La liquidación del Contrato se hará entonces según las disposiciones del Numeral 49, a reserva de las demás estipulaciones del presente Numeral. Salvo en los casos de rescisión previstos en los Numerales 55 y 56.1 el ETM tendrá derecho a indemnización, si procede, por los daños y perjuicios que sufra, como resultado de la rescisión. A tal efecto, deberá presentar una petición por escrito, debidamente justificada, dentro del plazo de quince (15) días contados a partir de la fecha de la notificación rescisión.

55.2 En caso de rescisión se procederá, habiendo sido convocados el ETM o su derecho

habientes a las constataciones relativas a los trabajos o servicios ejecutados, y se registrará en un acta el resultado de estas operaciones. El levantamiento de dicha acta implicará la recepción provisional de los trabajos ejecutados, con vigor a partir de la fecha en que tenga efecto la rescisión para el comienzo del plazo de garantía definido en el Numeral 52. Además, serán aplicables las disposiciones del Numeral 53.

55.3 Indemnización por rescisión por causas no imputables al ETM.

Comprende solamente las fases o dimensiones en ejecución. La indemnización se calculará de acuerdo a la siguiente fórmula:

I = S.M . G P

I = Importe de indemnización a certificar. S = Saldo del plazo contractual en días calendario incluidas las prórrogas que correspondieran para la fase en ejecución. M = Monto total de los trabajos contratados para la fase o dimensión en ejecución, al momento de la rescisión. P = Plazo contractual de la fase en días calendario. G = Coeficiente de incidencia de los gastos generales de administración y beneficios que a estos efectos se tomará G igual a 0,25 (veinticinco centésimos)

El parámetro S será como máximo igual a 90 (noventa) días para las fases 1 y 2 y 180 (ciento ochenta) días calendario para la 3 y 4; según las fases y dimensiones del Numeral 43. No será objeto de indemnización aquellas fases no iniciadas (Numeral 43.8) al momento de la rescisión. La indemnización que se establece en la presente numeral suspende y no podrá ser superpuesta con lo que establece el Numeral 50.4. En el caso de rescisión por incremento de trabajos superior al porcentaje fijado, ésta operará sin derecho a indemnización alguna a favor del ETM.

56 Incapacidad. Decisión judicial o liquidación de los activos del ETM

56.1 En caso de incapacidad civil, moratoria, concurso o concordato u otro estado de cesación de pagos del ETM, el Contratante podrá rescindir el Contrato, así como decidir la continuidad del mismo ya sea con los causa habientes, el curador, los interventores judicialmente designados y/o los síndicos. En caso de que el Contratante declare la rescisión, ésta tendrá efecto en la fecha de la incapacidad civil. Tal rescisión no dará derecho a indemnización alguna para el ETM ni su causa habientes.

56.2 En caso de intervención judicial o de liquidación de los activos del ETM, se declarará

la rescisión del Contrato, excepto si en el mes siguiente al pronunciamiento judicial, el síndico decide continuar la ejecución del Contrato. a continuar la ejecución del Contrato o en la fecha de expiración del plazo de un mes mencionado más arriba. La rescisión no dará derecho a indemnización alguna para el ETM.

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56.3 En los casos de rescisión previstos en la presente Numeral, los causa habientes sustituirán al ETM para la aplicación de las estipulaciones del Numeral 55.

57 Suspensión de los trabajos

57.1 El Contratante podrá tomar la decisión de suspender el avance de los trabajos. En tal caso, se procederá a la constatación de los trabajos y servicios ejecutados. Una indemnización por espera para la continuación de los trabajos podrá fijarse en las condiciones establecidas en el Numeral 50.4.

57.2 En caso de que el Contratante no haya gestionado el pago de dos (2) liquidaciones sucesivas, dentro de los 30 (treinta) días siguientes a la fecha límite correspondiente fijada en el Numeral 43.1 para efectuar la segunda de esas órdenes de pago, el ETM podrá notificar, mediante carta certificada con orden de acuse de recibo dirigida al Contratante, de su intención de suspender los trabajos al término de un plazo de 15 (quince) días, contados a partir de la fecha de dicha notificación. El ETM podrá suspender los trabajos si dentro de dicho plazo el Contratante no le ha notificado, mediante carta certificada con orden de acuse de recibo, su decisión de continuar los trabajos. En el caso en que el ETM haya suspendido en forma regular los trabajos en virtud de las estipulaciones combinadas de los dos primeros incisos de la presente Numeral, los plazos de ejecución se prolongarán de pleno derecho por un período igual al número de días calendario comprendido entre la fecha de suspensión, y la de realización del pago de la primera orden de pago, por concepto de intereses moratorios en su caso. Si la realización del pago de la primera orden de pago en mora no ha ocurrido en el plazo de 2 (dos) meses después de la suspensión efectiva de los trabajos, el ETM tendrá derecho de no reanudarlas y a rescindir el Contrato por causa imputable al Contratante.

K. Medidas coercitivas. Solución de controversias y litigios.

Entrada en vigor del Contrato

58 Medidas coercitivas

58.1 Con excepción de los casos previstos en el Numeral 50.4 y en el Numeral 52, cuando el ETM no actúe de conformidad con las disposiciones del Contrato, el Contratante requerirá al ETM que las satisfaga, dentro de un plazo determinado, mediante una comunicación por escrito. Dicho plazo, excepto en caso de urgencia, no será inferior a quince (15) días contados a partir de la fecha de notificación del requerimiento.

58.2 Si el ETM no ha cumplido con el requerimiento, el Contratante podrá decidir continuar

los trabajos por administración, por cuenta y riesgo del ETM, o rescindir el Contrato por incumplimiento. La ejecución de los trabajos por administración podrá ser sólo parcial y procederá en presencia del ETM o en su ausencia, si habiéndosele citado debidamente no se hubiere presentado, a la constatación de los trabajos y servicios ejecutados. Luego de la expiración del plazo de 1 (un) mes siguiente a la notificación de la decisión sobre la continuación de los trabajos bajo administración, el Contratante podrá decidir la rescisión del Contrato.

58.3 La rescisión del Contrato en virtud del Numeral 55.2, puede ser simple o a costo y

riesgo del ETM.

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En caso de rescisión del Contrato a costo y riesgo del ETM, el Contratante podrá adjudicar la terminación de los trabajos a otros ETMs. La liquidación del Contrato rescindido sólo será notificada al ETM después de contratada la terminación de los trabajos.

58.4 En caso que el Contratante hubiera decidido continuar los trabajos por

administración, el ETM no estará autorizado a continuar su ejecución. Lo mismo ocurrirá en el caso de adjudicación de un nuevo Contrato para la terminación de las obras por cuenta y riesgo del ETM.

58.5 Los excesos de gastos que resultaran de la ejecución de los trabajos por

administración o mediante un nuevo Contrato correrán a cargo del ETM. Dichos gastos se descontarán de las sumas que le puedan ser adeudadas o, en su defecto, de las garantías vigentes, sin perjuicio de los derechos que el Contratante pueda ejercer contra el ETM en caso de insuficiencia de fondos. El ETM no podrá beneficiarse de una eventual disminución de los gastos, ni siquiera en forma parcial.

58.6 En caso de que el representante de un grupo o asociación no cumpla con las obligaciones que le incumben conforme al Contrato, se le requerirá que las cumpla según las disposiciones del Numeral 58.1. Si tal requerimiento no surte efecto, el Contratante requerirá al ETM, asociación o grupo, que designen otro representante en el plazo de un mes; el nuevo representante, una vez que haya sido designado, sustituirá al anterior en todos sus derechos y obligaciones. A falta de dicha designación, se procederá a la rescisión del Contrato.

59 Solución de controversias. Ley aplicable. Cambios en la reglamentación

59.1 Solución de controversias. a. Intervención del Contratante.

Si surge una controversia entre el Contratante y el ETM, debido a reservas expresadas por el ETM a una Orden de Ejecución, o de cualquier otra índole, el ETM enviará al Contratante, un memorando de reclamación, en la cual justificará sus reservas e indicará los montos de las reclamaciones. El Contratante notificará su propuesta al ETM para el arreglo de la diferencia, dentro de un plazo de quince (15) días contados a partir de la fecha de recibo del memorando de reclamación. La ausencia de una propuesta del Contratante al final de dicho plazo equivaldrá al rechazo del reclamo del ETM, asociación o grupo. Si el ETM no acepta la propuesta del Contratante, o el rechazo implícito de su reclamo, deberá notificar al Contratante, remitiéndole dentro de un plazo de quince (15) días un memorando complementario, en el cual explicará las razones de su negativa. Si el ETM no está de acuerdo con la decisión así tomada, las modalidades determinadas por la decisión se aplicarán a título provisional, en espera de una determinación definitiva siguiendo los pasos indicados más adelante.

b. Solución por conciliación. Si el ETM considera que el Coejecutor ha tomado una decisión que está fuera de las facultades que le confiere el Contrato, o que no es acertada, la decisión se someterá a la consideración del conciliador dentro de los catorce (14) días de notificada la decisión del Coejecutor. El Conciliador debe informar su propuesta de solución al diferendo por escrito dentro de los cinco (5) días de haber recibido la notificación de la controversia. Cualquiera sea la controversia planteada y no aceptada, de propuesta de solución del Conciliador, el pago al Conciliador por honorarios se realizará a razón de 300 U$S por día, más los costos derivados de su trabajo, los que

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deberá justificar y documentar. El costo será sufragado por partes iguales por el Contratante y el ETM. Cualquiera de las partes podrá someter la decisión del Conciliador a arbitraje dentro de los cinco (5) días siguientes a la decisión por escrito del conciliador. Si ninguna de las partes sometiese la controversia a arbitraje dentro de dicho plazo mencionado, la decisión del Conciliador será definitiva y obligatoria. El Conciliador será nombrado de común acuerdo entre las partes. Si no fuera posible designarlo de común acuerdo, se considerará desechada ésta vía.

c. Reemplazo del Conciliador. En caso de renuncia o muerte del Conciliador, o en caso de que el Contratante y el ETM coincidieran en que el conciliador no está cumpliendo sus funciones de conformidad con las disposiciones del Contrato, un nuevo Conciliador será nombrado de común acuerdo por el Contratante y el ETM. En caso de haber desacuerdo entre ambos, se considerará desechada esta vía.

d. Solución por arbitraje En el caso que se produzcan disputas o controversias de cualquier índole entre las Partes, en relación al Contrato, tanto durante su ejecución como luego de su finalización, y que no sea posible llegar a acuerdo de Partes o agotada la instancia de la conciliación, las diferencias podrán someterse a Arbitraje, pudiéndose recurrir a la designación de un Arbitro, el que actuará ajustado a derecho, conforme a las prácticas legales de la República Oriental del Uruguay. En ningún caso podrá designarse el BID como Arbitro o ser requerido para que lo designe. El Árbitro será designado por acuerdo de partes. Si no se llegara a un acuerdo, cada parte dispondrá de cinco días para nombrar un árbitro y éstos nombrarán un tercero. Si transcurridos cinco (5) días desde la fecha del nombramiento, los árbitros de cada parte no hubieran llegado a un acuerdo para la elección del tercer árbitro, las Partes designarán otros dos árbitros. En caso que tampoco lleguen a un acuerdo, el tercer árbitro será designado por la Sociedad de Arquitectos del Uruguay o la Asociación de Ingenieros del Uruguay. Sin más límites que los resultantes de las disposiciones Legales del País, el (los) Arbitro(s) tendrá(n) pleno poder para revisar y reconsiderar cualquier decisión, directiva, evaluación o la documentación relacionada con la disputa o controversia y recomendar los procedimientos adecuados para la solución del diferendo. Los árbitros dispondrán de quince (15) días hábiles a contar de la designación del tercer árbitro para dictar su fallo, que será inapelable. La decisión será definitiva y obligará a las Partes a su obediencia y cumplimiento diligente. El recurso de Arbitraje podrá ser usado sin limitaciones, una vez completados los trabajos. Durante la ejecución de los trabajos o servicios solamente podrá usarse este recurso cuando exista un acuerdo escrito de ambas Partes en tal sentido, o cuando se produzcan algunas de las situaciones establecidas como causales para la terminación anticipada del Contrato. En este caso las Partes se comprometen a continuar la ejecución de los trabajos hasta la toma de decisión por parte de Árbitro. Los gastos del arbitraje serán de cargo del vencido en el laudo arbitral. El lugar del arbitraje podrá ser en la Ciudad, Localidad, lugar donde se realizan los trabajos u otro establecido de común acuerdo por las Partes o los árbitros.

e. Procedimiento contencioso. 1. Si dentro de un plazo de quince (15) días a partir de la fecha de recibo por el Contratante del memorando complementario mencionado en el Numeral 58.1.a, ésta no ha notificado ninguna decisión al ETM, o si éste no acepta la decisión que le haya sido notificada, la controversia será resuelta por medio de arbitraje.

el número de los árbitros se fija en tres (3);

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en el procedimiento de arbitraje se utilizará el idioma del país del Contratante. 2. Si en el plazo de seis (6) meses a partir de la fecha de notificación al ETM de la decisión tomada, sobre las reclamaciones a que haya dado lugar la liquidación del Contrato, el ETM no ha iniciado el procedimiento de arbitraje previsto en el presente Numeral, se considerará aceptada definitivamente dicha decisión y que el ETM renuncia a la aplicación del procedimiento arbitral o de reclamación ante cualquier instancia.

f. Ley aplicable. La ley aplicable para la interpretación o ejecución del presente Contrato será la ley del país del Contratante, o sea de la República Oriental del Uruguay. Los oferentes no podrán alegar en caso alguno, falta de conocimiento de las normas jurídicas vigentes en la República Oriental del Uruguay, especialmente en lo inherente a los aspectos administrativos, a la legislación nacional y/o departamental. Por el sólo hecho de presentar propuesta se entenderá que el oferente:

hace expreso reconocimiento y manifiesta su voluntad de someterse a las Leyes y Tribunales de la República Oriental del Uruguay, con exclusión de todo otro recurso no previsto en este Pliego; y el Oferente renuncia al fuero que pudiera corresponderle en función de su domicilio presente y futuro o por cualquier otra causa.

tiene el perfecto conocimiento y comprensión de las presentes instrucciones o Pliegos, de sus Numerales, de los emplazamientos del Proyecto y sus condiciones específicas, por lo cual no se admitirán reclamos relacionados con cualquiera de estos puntos.

59.2 Cambios en la reglamentación. a. A excepción de los cambios en las leyes o reglamentos que pudieran alterar

fundamentalmente la equidad del Contrato y ocasionar una pérdida o mejora manifiesta para el ETM, imprevisible en la fecha de envío de la oferta, solamente los cambios en la legislación o reglamentación del país del Contratante podrá tomarse en cuenta para modificar las condiciones financieras del Contrato.

b. Se tomarán en cuenta casos de modificaciones de cualquier ley, decreto, reglamento o circular en el país del Contratante que sea de carácter obligatorio (exceptuadas las modificaciones a las leyes fiscales o similares que se rigen por el Numerales 11 y 40); y que causen para el ETM un aumento o una reducción del costo de ejecución de los trabajos, no tomados en cuenta en las demás disposiciones del Contrato, que sea igual por lo menos al uno (1) por ciento del valor del Contrato. En tales casos, se convendrá un anexo entre las partes, a fin de formalizar el aumento o disminución, según fuere el caso, del valor del Contrato. En caso de que las partes no puedan ponerse de acuerdo acerca de los términos del anexo en un plazo de treinta (30) días contados a partir de la fecha de la propuesta de anexo enviada por una de las partes a la otra, se aplicarán las disposiciones del Numeral 59.1.b.

c. Dado que la oferta es por un monto global, los ajustes a que se refieren los Numerales 59.2.a, 59.2.b, se realizarán solamente cuando la información suministrada en la oferta, permita deducir y establecer en forma precisa la incidencia de los cambios de la reglamentación y los ajustes correspondientes en el precio; no admitiéndose que el ETM agregue a tal efecto, información adicional o realice aclaraciones y desgloses a los términos de su oferta, posteriores a la presentación y apertura de las ofertas.

60 Prácticas corruptivas

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Si se comprueba que el ETM ha incurrido en prácticas corruptivas durante el desarrollo de sus labores, el Contratante podrá rescindir el contrato de acuerdo a lo previsto en el numeral 55. En tal caso, la UCP declarará al ETM no elegible para ser adjudicatario de otros contratos en cuyos concursos esté participando o para integrar futuras listas cortas, poniendo en conocimiento del Banco dicha decisión. La inhibición que se establezca podrá ser temporal o permanente.

61 Inspecciones y auditorías

El ETM deberá permitir que el Contratante, la UCP, Banco, o quien éste designe, inspeccione o realice auditorías en los lugares de trabajo, registros contables y estados financieros. La negativa a cualquier inspección o auditoría cualquiera fuere la fase de trabajo, dará lugar a la suspensión de los pagos pendientes, sin que ello de lugar al pago de intereses, hasta que la misma se haya realizado.

62 Entrada en vigor del Contrato

La entrada en vigor del Contrato estará subordinada al cumplimiento de todas las condiciones establecidas en el presente documento y las que se agregan:

a. la firma y aprobación del Convenio de Preinversión entre la UCP y el Coejecutor; b. la aprobación del Contrato por parte de la UCP, previo a su firma; c. la firma del Contrato entre el ETM y el Coejecutor.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs Sección V. Criterios de Evaluación 63 Evaluación de las propuestas

La evaluación se realizará por la Comisión Evaluadora a la que se refiere el numeral 21, de acuerdo al procedimiento establecido en el Numeral 24, por parte del Coejecutor, determinando la oferta más ventajosa a partir de la documentación incluida en las propuestas. Los elementos concretos que se considerarán son:

Propuesta Técnica-Metodológica: Precio total por todas las fases, indicado en el formulario de oferta.

Se verificará la entrega de la documentación indicada en el Numeral 9 y constatada la falta de cualquiera de los elementos, podrá provocar el rechazo de la oferta correspondiente. La falta de coherencia entre los niveles de la propuesta, a juicio de la Comisión Evaluadora, dará lugar al rechazo de la oferta. Las ofertas que cumplan con los requisitos solicitados, se puntuarán a los efectos de ordenarlas en función de su conveniencia mediante el procedimiento que se indica en el Cuadro N° 1.

CUADRO N° 1 - Puntuación por propuesta técnica-metodológica

Niveles de Propuesta

Indicadores de ajuste De referencia para la comisión evaluadora,

sobre metodología PIAI Puntaje

a- La propuesta del proyecto se ajusta y aplica la metodología del Programa y respeta los pasos de los Documentos propuestos, enunciando explícitamente el marco teórico.

Participativa: prevé y planifica procesos e instancias de participación de la población en cada etapa. Integradora: prevé acciones y/o proyectos que involucran al entorno/zona en el diseño, la implementación y en los resultados. Intervención Integral: se propone un enfoque Interdisciplinario. Las acciones sociales y físicas se relacionan adecuadamente. Hábitat: prevé acciones específicas, dirigidas al mejoramiento socio- ambiental, cultural, habitacional, laboral, etc. Puntaje: 7 Escala de puntuación - 7 -SI - 5 –SI, requiere ajustes - 3 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

7

1. Propuesta

de aplicación

de la Metodología

del Programa

1.1

b- La propuesta La propuesta caracteriza la realidad barrial, incluyendo

7

14

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demuestra fehacientemente conocimiento de las características especificas del barrio

datos sociales, culturales, económicos, laborales, aspectos físicos y otros que se estimen pertinentes. Supone, mínimamente datos referidos a: *composición general de la población *datos físicos y urbanos relevantes *datos significativos de la historia del barrio * tejido social organizado *servicios existentes en el barrio y su entorno *principales problemas y/o conflictos (físicos y sociales) del barrio * principales aspiraciones de la población Puntaje: 7 Escala de puntuación - 7 -SI - 5 –SI, requiere ajustes - 3 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

1.2 La propuesta Social y las acciones que se proponen para cada una de las etapas, están de acuerdo y son coherentes con: - la metodología del Programa planteada - con la información sobre el barrio que la propuesta aporta

- Las acciones planteadas responden a los indicadores de metodología descriptos en el punto 1.1. - Las acciones refieren explícitamente y operan sobre problemas o temas significativos sociales y físicos que el ETM identificó en la caracterización del barrio. Puntaje: 6 Escala de puntuación - 6 -SI - 5 –SI, requiere ajustes - 3 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

6 6

1.3 La propuesta de Infraestructura elaborada y las acciones que propone, es coherente con: - la metodología del Programa planteada - con la información sobre el barrio que la propuesta aporta

- La propuesta plantea explícitamente un sistema de actividades para definir el trabajo en infraestructura y servicios barriales, con participación sistemática de la población. - Las acciones que se proponen son coherentes con los problemas de infraestructura y servicios que el ETM identifico en la caracterización del barrio. Puntaje: 6

6 6

50

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Escala de puntuación - 6 -SI - 5 –SI, requiere ajustes - 3 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

1.4 La propuesta incluye la coordinación con entidades públicas, organizaciones y actores del entorno y del barrio.

- La propuesta planifica acciones en las cuales intervendrán explícitamente diferentes instituciones públicas y privadas. Puntaje: 4 Escala de puntuación - 4 -SI - 3 –SI, requiere ajustes - 2 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

4 4

Las acciones propuestas garantizan un efectivo acompañamiento social.

Puntaje: 8 Escala de puntuación - 4 -SI - 3 –SI, requiere ajustes - 2 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

a- La propuesta prevé y explicita las acciones que se implementarán para estimular y apoyar el desarrollo de organizaciones de diferentes tipos, que respondan a las particularidades de cada barrio.

4

1.5

b- La propuesta contempla y define acciones que aseguren la participación de los vecinos en las diferentes etapas, para la ejecución del Proyecto.

4

8

La propuesta incluye un proyecto de capacitación dirigido a viabilizar la participación activa de la población en términos de construcción de ciudadanía.

Puntaje: 8 Escala de puntuación - 4 -SI - 3 –SI, requiere ajustes - 2 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

1.6

a- La propuesta incluye acciones educativas de diferente tipo y son acordes a la realidad barrial y a los procesos que deben desarrollarse.

4

8

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b- La planificación de estas acciones educativas, incluye acciones cuyos objetivos apuntan a lograr la mejor apropiación de conocimientos prácticos por parte de los vecinos.

4

1.7 Las acciones propuestas garantizan para la fase de posobra, la consolidación del trabajo social previamente realizado respecto a las obligaciones y responsabilidades de los residentes (costos asumidos con la regularización y responsabilidad sobre los bienes transables)

Puntaje: 4 Escala de puntuación - 4 -SI - 3 –SI, requiere ajustes - 2 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

4 4

2. Plan de

Trabajo y Cronograma

2. El plan de trabajo está formulado adecuadamente, respetando la lógica interna de sus componentes, proponiéndose un cronograma viable y adecuado al plan presentado.

Las actividades del Plan se relacionan adecuadamente entre sí, los insumos previstos son los requeridos para lograr los productos planteados y estos permiten suponer que se lograrán los objetivos generales y específicos de cada etapa, en el calendario de ejecución previsto. Puntaje: 15 Escala de puntuación - 15 -SI - 12 –SI, requiere ajustes - 7 -SI, requiere ajuste sustantivos - 0 -NO

15

3.1 Coordinador de Proyecto 15 3. Recursos humanos

3.2 Equipo técnico 20

Total máximo posible 100

La puntuación total de los niveles de evaluación 1 y 2 no podrá ser inferior a 30 puntos. Puntajes inferiores descalificarán la oferta. El Plan de Trabajo debe incluir necesariamente:

a. la correlación de las correspondientes actividades – según los Términos de Referencia y los Documentos del Programa,

b. la asignación de técnicos para cada una de ellas con definición del tiempo previsto para cada técnico (en especial la participación integrada del coordinador o gerente del proyecto y los especialistas).

c. Se hará constar para cada tarea: duración en días calendario de 8 horas, el número de inicio del día de la misma a partir del comienzo del trabajo, y el Cronograma de Barras (GANTT) representativo de lo anterior.

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Cuando la complejidad de la consultoría lo justifique, se apreciará la utilización de métodos PERT o similar.

d. Se deberán indicar los plazos parciales por fase correspondiente. - Al Coordinador o Gerente del Proyecto, se le exigirá que sea profesional y que haya coordinado un mínimo de dos proyectos similares al del objeto del llamado. De no cumplirse ambas condiciones la propuesta quedará descalificada. Los proyectos que se tendrán en cuenta deberán ser de carácter multidisciplinario; se considerarán como antecedentes similares al objeto del llamado aquellos que impliquen obras de infraestructura y proyectos sociales con población de características sociodemográficas y económicas similares a la población beneficiaria del Programa. La dedicación del Coordinador del Proyecto deberá abarcar todo el período del mismo. Se considerará: - Por cada año de experiencia profesional, luego de los 4 años - 0,5 punto - Máximo 3 - Por cada proyecto coordinado similar, luego del segundo - 2 puntos - Máximo 8 - Por los antecedentes generales del Coordinador del proyecto:

A) Excelente 4 puntos B) Muy Bueno 3 puntos C) Bueno 2 puntos D) Suficiente 1 punto

• años de experiencia profesional = años de egresado de la Universidad • proyectos similares = proyecto de carácter multidisciplinario que implique obras de

infraestructura y proyectos sociales con población de características sociodemográficas y económicas similares a la población beneficiaria del Programa

• antecedentes generales = a estos efectos se considerarán coordinaciones generales de Equipos Técnicos, consultorías en la materia, participación en grupos de trabajo con actuación en “proyectos similares”, etc.

- En lo que refiere a la calificación del Equipo Técnico del Proyecto, se evaluará exclusivamente a aquellos técnicos integrantes del Equipo Básico exigido en los Términos de Referencia, Sección VIII del Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs. Este Equipo Básico deberá ser explícitamente designado por el ETM en su oferta y deberá estar conformado por los técnicos declarados en el registro de ETMs. A su vez deben cumplir con los requisitos de simultaneidad previstos por el numeral 21 del Tomo I (Bases para la inscripción de ETMs en el Registro de la UCP). Los restantes profesionales que a juicio del ETM oferente integren el Equipo Técnico del Proyecto (pertenecientes al Registro o no) serán considerados como colaboradores y no calificarán para los Recursos Humanos. Los abogados y escribanos que integren el Equipo Básico serán evaluados únicamente por sus años de experiencia profesional. Los operadores sociales que no posean título de licenciado en trabajo social que integren el equipo básico serán evaluados exclusivamente por su experiencia en proyectos similares. - Por cada año de experiencia profesional, luego de los 4 años - 1 punto - Máximo 8 - Por cada proyecto similar, luego del segundo - 3 puntos - Máximo 12 • años de experiencia profesional = años de egresado de la Universidad • proyectos similares = los proyectos que se enumeran a continuación:

Arquitecto Diseño de espacios públicos Diseño de equipamiento barrial Diseño de vivienda de interés social

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Diagnósticos urbano – arquitectónicos Dirección de obras de arquitectura Ingenieros Vialidad urbana y movimientos de tierra Conducción de agua potable

Alcantarillado, saneamiento y plantas de tratamiento

Proyectos de estructura Infraestructuras eléctricas Fraccionamientos, loteos Dirección de obras de infraestructura Sociólogo Análisis y procesamiento de datos Elaboración y estudio de bases estadísticas Diseño de indicadores Monitoreo y evaluación Operadores sociales Diagnósticos sociales y barriales Desarrollo de actividades socio comunitarias

Proyectos de apoyo a la familia, las mujeres, la infancia

Actividades de capacitación, comunicación social y similares.

Nota: Por Operador Social se entiende: técnico idóneo para la formulación y ejecución de proyectos sociales, que acredite experiencias similares que sean reconocidas como tales por la UCP.

Para obtener el puntaje correspondiente a los Equipos Técnicos, se suman los puntajes individuales, asignándole a aquel que tenga el mayor total: 20 puntos y prorrateando este valor para los demás Equipos.

64 Puntuación final de las ofertas y determinación de la más ventajosa 64.1 Moneda de evaluación y comparación de ofertas

La moneda de evaluación y comparación de ofertas es el peso uruguayo. Para evaluar y comparar las ofertas, el Contratante convertirá los precios cotizados en las diversas monedas a una sola moneda. La conversión se hará al tipo de cambio interbancario vendedor establecido por el BCU, correspondiente al primer día habil dentro de los 10 días anteriores a la apertura de la oferta

64.2 Puntuación por la Propuesta Técnico-Metodológica

Se puntuará con el máximo puntaje 100 (cien puntos) a la oferta que tenga el mejor total y a las siguientes se le asignará un puntaje directamente proporcional al mejor total.

PtPTMn = (PTMn/PTMo) X 100

donde PtPTMn es la puntuación asignada a la Propuesta Técnico Metodológica de la oferta n PTMn es la calificación obtenida por la Propuesta Técnico Metodológica de la oferta n

PTMo es la calificación de la Propuesta Técnico Metodológica, más alta

La calificación por la Propuesta Técnico-metodológica tendrá una incidencia o significación del 70% (setenta por ciento) en la puntuación final.

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64.3 Puntuación por el Precio Total Ofertado

a. En este caso se puntuará con el máximo puntaje 100 (cien puntos) al menor precio de todas las Ofertas b. Al resto de las ofertas se le otorgará puntaje en forma inversamente proporcional, aplicando la siguiente fórmula: PtPTOn = (PTOo/PTOn) X 100 donde PtPTOn es la puntuación asignada al precio total de la oferta n PTOn es el precio total de la oferta n PTOo es el precio total ofertado más bajo La puntuación por precio total ofertado tendrá una incidencia del 30 % ( treinta por ciento) en la puntuación final.

64.4 El puntaje total correspondiente a cada oferta (Ptn) será:

Ptn = PtPTMn x 0,70 + PtPTOn x 0,30 La Propuesta que obtenga el mayor puntaje será considerada como la más ventajosa.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 65 Evaluación de los ETMs durante y al final de la ejecución del contrato

Puntuación y categorías de la evaluación: La puntuación total se evalúa de la siguiente forma:

a. hasta 14 equivale a una actuación inaceptable; b. 15 a 20 equivale a una actuación regular; c. 21 a 29 equivale a una actuación buena; d. 30 a 34 es una actuación muy buena; e. 35 puntos equivalen a una actuación excelente.

Condiciones que regularán las evaluaciones e indicadores.

Ítem Indicadores Puntaje Puntualidad i) Presentación de informes Contenido y calidad

Planificación de tareas y recursos. Su relación con los objetivos del proyecto y las características socioculturales de la población ii) Organización de los

trabajos Coordinación y redes construidas entre los involucrados

Calidad de los trabajos, dando cuenta de análisis y sistematización del proceso de Mejoramiento Barrial Plazos reales comparados con los propuestos, indicando los desvíos y los factores críticos que contribuyeron a los mismos Seguimiento del proceso en sus diferentes fases (proyecto, obra y pos obra) de acuerdo a los indicadores establecidos por el Programa

iii) Ejecución de los trabajos

Reprogramación

Coordinación de tareas Disposición a colaborar iv) Relación con el Coejecutor Participación oportuna

Nivel de participación. Modalidad de participación: realizaron preguntas, propuestas y críticas, opinaron. Tipo de instrumentos pedagógicos que utilizaron: maquetas, planos, fotos actuales del barrio, etc. N° de asambleas de información y discusión que se realizaron. Calidad de las mismas. Actividades que se desarrollaron en el barrio con intervención del Equipo Grado de apropiación de los vecinos en el Proyecto de Mejoramiento Barrial

v) Relación con los beneficiarios

Satisfacción de demandas. Valoración de la población en la atención a sus demandas. Procedimiento Metodológico en el abordaje de las demandas. Quienes intervinieron.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

Nivel de oposición y conflictividad con el Proyecto. Modalidad en que se administraron los conflictos que surgen en las diferentes posiciones y priorizaciones, si se resolvieron por concensos o mayoría. Factores y Actores que inciden para que esto suceda

Adecuada coordinación de los trabajos en tiempo y forma en función del cronograma pactado, existencia de mecanismos de registro de la coordinación con los acuerdos alcanzados que den garantías del proceso de obra. Seguimiento y control de la ejecución de la obra; dedicación horaria, relacionamiento con la población, articulación del director de obra, sobrestante y equipo social, resolución de conflictos operativos vinculados a la ejecución de las obras, control de la calidad de los materiales, cumplimientos del cronograma de obra. Fluidez en el nivel de comunicación entre empresa, dirección de obra y sobrestante

vi) Relación con la empresa Constructora

Adecuada respuesta a los requerimientos de la empresa; acompasamiento de los tiempos de intervención social con los de obra (realojos por ej.), celeridad de propuestas alternativas frente a modificaciones requeridas.

Gestión realizada; oporturnidad, resultados obtenidos; cantidad de contactos, contenidos de la coordinación, formulación de acuerdos de trabajo, formalización de convenios, características de las instituciones y/o organizaciones involucradas (públicas, privadas), contenido y alcance del acuerdo y/o convenio alcanzado. Oportunidad (tiempo y forma)

vii) Relación con otros actores involucrados

Resultados obtenidos

Total máximo posible 35 puntos

Niveles de puntuación por Ítem.

Concepto Puntaje Inaceptable 1 punto Regular 2 puntos Bueno 3 puntos Muy bueno 4 puntos Excelente 5 puntos

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs

Sección VI. Formularios 66 Formulario de Oferta a incluir en el sobre 2 Fecha: _______________________ Préstamo Nº ________________ Llamado Nº ________________ A: (Nombre y dirección del Contratante) De nuestra mayor consideración: .................................................................(el ETM) representado por..................................................,C.I..........................,en su carácter de.....................................................con domicilio real del ETM en la calle................................................Nº..............de la ciudad de..........................(país).................................................y con domicilio local en la calle.............................. .......................Nº....................de la ciudad de....................................de la República Oriental del Uruguay, con fax Nº........................, luego de haber examinado los documentos del llamado, incluidas sus enmiendas Nº .............................(insertar los números), los suscritos ofrecemos realizar los trabajos y los servicios descriptos en y de conformidad con dichos documentos y de acuerdo con nuestra propuesta técnica, por un monto global, único y total, de .........................(Monto en letras); que incluye los montos por concepto de Impuesto al Valor Agregado y todo tributo exigido por la legislación vigente; y se desglosa en los siguientes ítems: 1) Diagnóstico Integral Participativo: a) Para realizar el Relevamiento Socio-Económico y el Diagnóstico Social hasta un monto total de …….……(Monto en letras). b) Para realizar el Relevamiento y el Diagnóstico Físico hasta un monto total de ………………… …. (Monto en letras). 2) Proyecto de Desarrollo Barrial: a) Para realizar el Proyecto Social, hasta un monto total de …………………..(Monto en letras) b) Para realizar el Proyecto Global Físico Urbano, de Infraestructuras y Obras de Arquitectura, hasta un monto total de ……….(Monto en letras.) 3) Para realizar el/los Proyecto/s Ejecutivo/s hasta un monto total de ……………… (Monto en letras). 4) Proyecto de Desarrollo Barrial: a) Para realizar la Ejecución del Proyecto Social hasta un monto total de ……………. (Monto en letras). b) Para realizar la Supervisión y Dirección de las Obras hasta un monto total de ……………(Monto en letras). 6) Para realizar las tareas de la fase de Pos-obra (incluye dimensiones social y física) un monto total de ……...….(Monto en letras).

Si nuestra oferta es aceptada, nos comprometemos a iniciar los trabajos de acuerdo con el plan de los Trabajos que se adjunta. Nos comprometemos a mantener esta oferta por un período de noventa días calendario a partir de la fecha fijada para la apertura de las ofertas conforme con la invitación correspondiente; la oferta nos obligará y podrá ser aceptada en cualquier momento antes de que venza dicho plazo. Esta oferta, junto con su aceptación por escrito incluida en la notificación de adjudicación, constituirá un Contrato valedero hasta que se firme un Contrato formal. Entendemos que ustedes no están obligados a aceptar la oferta más baja ni ninguna otra de las ofertas que reciban. Montos incluidos en la Oferta, correspondiente a: IVA.. .............. ...................(Monto en letras)

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs Debidamente autorizado(s) para firmar la oferta por y en nombre de.......................................... el día........................................... del mes de..................................................... de...................... ---------------------------- ------------------------- Firma y aclaración Firma y aclaración Director de Proyecto Representante Legal

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 67 Formulario de presupuesto

EQUIPO TECNICO HOMBRE-MES $/ HOMBRE-MES TOTAL

SUBTOTAL PERSONALPASAJES Y VIATICOS CANTIDAD VALOR UNITARIO TOTALPasajesViáticosSUBTOTALOTROS GASTOS(detallar)

SUBTOTALIMPREVISTOS

TOTAL SIN IVAIVATOTAL

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 68 Formulario de Declaración de Comisiones o Gratificaciones

Fecha:_______________________________ Préstamo Nº__________________________ Llamado a Licitación Nº ________________ A: (nombre y dirección del Contratante) POR CUANTO (nombre del Oferente) declaramos que han sido pagadas o han de ser pagadas las comisiones o gratificaciones que se indican a continuación:

Nombre y Dirección del Agente, Representante o

Comisionista

Monto y Tipo de Moneda

Propósito de la Comisión o

Gratificación

(Si no se han pagado o no ha de ser pagada ninguna, indicar "ninguna") Debidamente autorizado para firmar la oferta por y en nombre de_______________________ _______________________________________________________, extendemos la presente Declaración el día ______________________ del mes de __________________ de _______ . ____________________ ___________________________________

(firma) (en calidad de)

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 69 Planilla de Composición del Equipo Técnico (declaración jurada)

Nombre (1)

Profesión o título

universitario

Vinculación con el ETM

(2)

Indicar: Nacional (N)

Extranjero (E)

(1) A la presente planilla se deberá adjuntar el currículo personal de cada integrante.

(2) La vinculación con el ETM deberá incluir dos letras, la primera seleccionada entre las siguientes:

A personal jerárquico

B personal profesional efectivo

C personal profesional contratado para este Proyecto D personal profesional asesor del equipo técnico

E personal técnico no profesional

Y la segunda vinculada a la dedicación:

F dedicación full-time

G dedicación part-time

(3) La presente planilla debe ir firmada por el Representante del ETM y el Coordinador o Gerente del Proyecto y se deberá indicar expresamente que la inclusión de los técnicos y los profesionales implica que éstos aceptan integrar el ETM y que conocen las bases del presente llamado.

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 70 Formulario de Currículo del personal, a presentar por los ETMs. (Declaración

Jurada)

Nombre Profesión Fecha de egreso: Nacionalidad Edad

Lee Habla Escribe No, 0 punto PUNTAJE Regular, 1 punto Dominio del

idioma Bien, 2 puntos Fecha de vinculación al ETM

Relación laboral con el ETM

Personal jerárquico, asociado Personal profesional efectivo Personal profesional contratado a los efectos de

los llamados a Concurso de este Programa Asesor profesional Técnico especialista no profesional Dedicación part o full time Otras (indicar cuáles)

Antecedentes laborales en proyectos similares al objeto del llamado

Relación de trabajos, con sus características, país, comitentes, montos de Contrato, plazos

Participación en el proyecto

Otros antecedentes vinculados al objeto del llamado

Firma

............................................................................................

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 71 Formulario de Currículo del Coordinador del Proyecto, (Declaración Jurada)

Nombre

Profesión Fecha de egreso: Nacionalidad Edad

Lee Habla Escribe No, 0 punto PUNTAJE Regular, 1 punto Dominio del

idioma Bien, 2 puntos Fecha de vinculación al ETM

Relación laboral con el ETM

Personal jerárquico, asociado Personal profesional efectivo Personal profesional contratado a los efectos de

los llamados a Concurso de este Programa Asesor profesional Técnico especialista no profesional Dedicación part o full time Otras (indicar cuáles)

Antecedentes laborales en coordinación de proyectos similares al objeto del llamado

Relación de trabajos, con sus características, país, comitentes, montos de Contrato, plazos y equipo multidisciplinario

Otros antecedentes vinculados al objeto del llamado

Firma

............................................................................................

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 72 Compromiso de trabajo.

En................., el día ....... de ........ de......., el que suscribe, ................................., se compromete a realizar la tarea especificada en la propuesta del ETM ......................................, en las condiciones de asignación de tareas y dedicación ofertadas en el Llamado a presentar Ofertas Técnico – Metodológicas y Económicas para el Asentamiento ..................................................... Asimismo, el que suscribe declara que en el plazo previsto de realización del proyecto, y a consecuencia de otros estudios o funciones en la órbita pública o privada, realizará las siguientes actividades:

• • • •

------------------------------ Firma del técnico

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 73 Manifiesto de análisis de los recaudos

Por la presente, .......................... en nombre de .................................. declara haber analizado los recaudos objeto del llamado y las modificaciones o complementos propuestos por la contratante y que los aprueba y acepta en forma expresa, y en consecuencia acepta realizar los trabajos y servicios necesarios especificados y aquellos que se requieran para ejecutar los mismos y cumplir con el objeto del contrato, por el monto global ofertado, el que incluye la totalidad de honorarios y costos necesarios. Extendemos la presente declaración en .............., el día ........de ......... de ........

-------------------------------------------------- Representante legal del ETM ...................

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 74 Declaración de conformidad

Por la presente, ................................, Representante de ..............................., declara su aceptación, conformidad y que la oferta presentada cumple sustancialmente con los documentos del llamado, a efectos de ejecutar el contrato en caso de que resulte ser nuestro ETM el adjudicatario. Extendemos la presente declaración en .............., el día ........de ......... de ........

------------------------------------ Representante del ETM .........................

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 75 Modelo de Contrato CONTRATO.- En la ciudad de................, República Oriental del Uruguay, el día..................................., ENTRE: POR UNA PARTE: .........................................................., en su calidad de.........................................., en nombre y representación del........................................, asistido por.........................................., con domicilio en la calle...........................de la ciudad de........................................., inscripto en el Registro Único de Contribuyentes de la Dirección General Impositiva con el número...............................- POR OTRA PARTE: ....................................(NOMBRE)(NACIONALIDAD), mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad número......................., domiciliado en .....................................de la ciudad de .................................... inscripto en el Registro Único de Contribuyentes de la Dirección General Impositiva con el número.............................. y en el Banco de Previsión Social con el número.................................., quien comparece en nombre del Equipo Técnico Multidisciplinario (ETM)................................................- CONVIENEN LO SIGUIENTE: PRIMERO.- ANTECEDENTES: I) La/El..............................................llamó a Concurso Público Nacional/Internacional tramitada en Expediente número.............., caratulado...............................; II) Por Resolución número........ de fecha....................., se adjudicó los Servicios y Trabajos de referencia al ETM................................................................ Dichos trabajos forman parte del Programa de Integración de Asentamientos Irregulares (PIAI), el que es financiado con recursos locales del mismo, así como parcialmente por el Préstamo BID 1186/OC-UR, lo que dio lugar al Convenio de Preinversión y Seguimiento suscrito entre el PIAI y el Contratante con fecha .............................................., declarando ambas partes conocer el contenido de los mismos y aceptándolos en todos sus términos.------------------------------------------ SEGUNDO.- OBJETO: Con el objeto de llevar a cabo trabajos y servicios de Diseño, Dirección de Obras y/o Ejecución del Componente de Desarrollo Barrial (BREVE DESCRIPCIÓN) para el Asentamiento del barrio...........................; el/la (NOMBRE DEL CONTRATANTE) ha aceptado la oferta para la realización de dichos trabajos y servicios, y contrata al ETM ..............................................................................., quien también acepta y se obliga a ejecutarlos en un todo de acuerdo con el Pliego de Condiciones Generales, Guía de Formulación de Proyectos, Especificaciones Técnicas y la oferta presentada, que ambas partes declaran conocer y aceptar en todos sus términos formando parte de este contrato. Los siguientes documentos se consideran parte del presente y serán leídos e interpretados en forma conjunta con el Contrato: a) Condiciones del Contrato (Sección IV del PCSC); b) la Guía de Formulación de Proyectos; c) el Formulario de Oferta donde el ETM estableció el monto global por el cual se compromete a realizar la totalidad de las obras; d) la Propuesta Técnica elaborada por el Equipo; e) la notificación del Contratante al ETM de que se le ha adjudicado el Contrato; f) las aclaraciones y enmiendas que se realicen a dichos documentos; g) los plazos, el plan de trabajo, el plan de pagos establecidos en la oferta y aprobados por el Contratante; h) los recaudos gráficos y escritos entregados al ETM que definen los trabajos y servicios cuya ejecución comprende el contrato y que fueron avalados por el ETM adjudicatario de acuerdo a lo requerido en el Numeral 13 de la Sección III del PCSC; i) los planos y otros recaudos realizados por el oferente y adjudicatario, que fueran aprobados por escrito por el Contratante, la UCP y el BID según corresponda; j) las Ordenes de Ejecución que sean impartidas al Equipo para la realización de la Propuesta.------------------------- TERCERO.- PRECIO: El precio de los trabajos objeto de este contrato es por el monto global único y total, de pesos uruguayos.................................................(MONTO EN NUMEROS Y LETRAS) incluido el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.).- Dicho precio comprende la totalidad de los trabajos, suministros, impuestos, gravámenes y tributos de cualquier clase, aportes sociales y gastos originados por cualquier concepto requerido. Se desglosa de la siguiente forma: Será la suma de los siguientes precios globales parciales, establecidos por el ETM Adjudicatario:

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs 1) Diagnóstico Integral Participativo: a) Para realizar el Relevamiento Socio-Económico y el Diagnóstico Social hasta un monto total de ………(Monto en letras). b) Para realizar el Relevamiento y el Diagnóstico Físico hasta un monto total de ………………… …. (Monto en letras). 2) Proyecto de Desarrollo Barrial a) Para realizar el Proyecto Social, hasta un monto total de …………………..(Monto en letras) b) Para realizar el Proyecto Físico Urbano, de Infraestructuras y Obras de Arquitectura, hasta un monto total de ……….(Monto en letras.) 3) Para realizar el/los Proyecto/s Ejecutivo/s hasta un monto total de ……………… (Monto en letras). 4) Ejecución del Proyecto de Desarrollo Barrial. a) Para realizar la Ejecución del Proyecto Social hasta un monto total de ……………. (Monto en letras). b) Para realizar la Supervisión y Dirección de las Obras hasta un monto total de ……………(Monto en letras). 5) Para realizar las tareas de la fase de Pos-obra (incluye dimensiones social y física) un monto total de ……...….(Monto en letras). CUARTO.- Como contraprestación a los pagos que el PIAI realizará por cuenta y orden del Contratante, al ETM Adjudicatario, de acuerdo a los términos del Convenio de Preinversión y Seguimiento, y en la forma indicada en este Contrato, el ETM Adjudicatario se obliga a realizar los trabajos y los servicios al contratante y a subsanar los defectos o errores de éstos de conformidad con las disposiciones del contrato y las obligaciones contraídas.------------------------------------------------------------------------------------------------------ QUINTO.- El Contratante se obliga a pagar al ETM.............................por la ejecución de los trabajos y servicios y por la reparación de cualquier defecto del proyecto, si lo hubiese, el precio indicando en el Contrato o las sumas que resulten pagaderas de conformidad con el mismo, dentro del plazo y en la forma prescripta en el presente.----------------------------------------------------------------------------------------------------- SEXTO.- PLAZO: El plazo total previsto para la ejecución del Contrato es: el plazo establecido para la entrega del Proyecto Ejecutivo por parte del ETM, más el plazo de obra que establezca la Empresa Constructora adjudicataria de las obras, más 180 días calendario; la entrega del Proyecto Ejecutivo está fijada en .........................días calendario. Esos plazos serán contados a partir de que transcurran cinco (5) días corridos de la firma del Contrato.------------------------------------------------------------------------------------ SEPTIMO.- FORMA, MONEDA Y LUGAR DE PAGO: El precio será pagado en pesos uruguayos mediante pagos a cuenta del precio ofertado de acuerdo a los procedimientos establecidos en el PCSC (Numeral 43)------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ OCTAVO.- RECARGO POR MORA: Se estará a lo establecido en el Pliego de Condiciones Generales (Numeral 42)------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ NOVENO.- PLAN DE DESARROLLO DE LOS TRABAJOS: Se llevará a cabo de acuerdo a la Propuesta Técnica y el Plan de trabajos presentado por el ETM Adjudicatario y oportunamente aprobado, que se anexa a este contrato.------------------------------------------------------------------------------------------------- DECIMO.- GARANTIA: Rige lo establecido en el Numeral 36 del PCSC.--------------------------------------- DECIMO PRIMERO.- CERTIFICADOS: El ETM Adjudicatario presentó: I) Certificado Único número .............. previsto en la Ley N° 16.170 arts. 663 y siguientes, expedido por el Banco de Previsión Social el día.................., III) Certificado Único de la Dirección General Impositiva N° ........................de fecha.........................; estos dos últimos vigentes.------------------------------------------------------------------------ DECIMO SEGUNDO.- El ETM Adjudicatario y sus Asociados quedan obligado a dar cumplimiento a todas las disposiciones legales y reglamentarias vigentes en materia laboral.----------------------------------------

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Pliego de Condiciones para la Selección y Contratación de ETMs DECIMO TERCERO.- INSPECCIONES Y AUDITORIAS: Funcionarios designados por el Contratante, la OPP, el PIAI y el BID, efectuarán la inspecciones y/o auditorías en los lugares de trabajo, registros contables y estados financieros, todas las veces que lo estimen conveniente, obligándose el ETM Adjudicatario a otorgar las facilidades necesarias.----------------------------------------------------------------------- DECIMO CUARTO.- SOLUCION DE CONTROVERSIAS Y LITIGIOS: Queda establecido que las diferencias o controversias que puedan surgir entre las partes se resolverán de acuerdo a lo establecido en el Numeral 59 del PCSC.-------------------------------------------------------------------------------------------------------- DECIMO QUINTO.- MORA: Se caerá en mora de pleno derecho por el solo vencimiento de los plazos pactados o por la omisión o realización de cualquier acto o hecho que se traduzca en hacer o no hacer algo contrario a lo estipulado, sin necesidad de estipulación judicial o extrajudicial de clase alguna.------------------ DECIMO SEXTO.- DOMICILIOS ESPECIALES: Las partes constituyen domicilios especiales para todos los efectos de este contrato en los establecidos como suyos en el encabezamiento, estableciendo como medio idóneo de notificación las comunicaciones efectuadas mediante telegrama colacionado y fax con acuse de recibo.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------- DECIMO SEPTIMO.- El ETM acepta la competencia de los Tribunales del País a todos los efectos que pudiera dar lugar la ejecución de este contrato.--------------------------------------------------------------------------- EN TESTIMONIO de lo cual, las partes firman el presente contrato de conformidad con las leyes de la República Oriental del Uruguay, en el día, mes y año antes indicado, en tres ejemplares del mismo tenor.-----

…………………..

(SIGUEN FIRMAS)

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Sección VII. Lista Corta 76. Lista Corta de ETMs invitados a presentar ofertas.

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Sección VIII. Entidad Contratante (Coejecutor), Departamento y Asentamiento La información que se brinda a continuación no suplirá el relevamiento que debe realizar el ETM para obtener por sí mismo la información de acuerdo a lo establecido en los Numerales 5 y 6 de estas Bases. 77. Coejecutor.

78. Nombre y ubicación del Asentamiento.

Nombre: Ubicación: Localidad:

Departamento: 79. Características del Asentamiento.

Ubicación: Lotes: Viviendas:

Población: Afectaciones: Agua potable: Saneamiento: Vialidad:

Drenajes pluviales: Red Eléctrica: Alumbrado Público: Prob. Ambientales: Equipamiento social:

80. Términos de Referencia y Descripción de las acciones mínimas a desarrollar.

Agua Potable: Saneamiento:

Vialidad: Drenajes pluviales: Red Eléctrica: Alumbrado público: Realojos: Protección ambiental: Equipamiento social: Regularización de la propiedad: Dirección de obra:

81. Plazo para la Formulación del Proyecto:

81.1 Plazo para la elaboración del Diagnostico Integral Participativo

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82. Plazo estimado para el Acompañamiento en la Fase de Pre-Obra y Plazo

estimado para la Ejecución de las Obras

83. Plazo de Pos-Obra

84. Equipo básico Conformación Básica

1 Coordinador de Proyecto 1 Ing. Agrimensor 1 Ing. Sanitario 1 Ing. Vial 1 Ing. Eléctrico 1 Arquitecto 1 Escribano 1 Sociólogo XX Operadores Sociales

Notas:

General El Equipo Técnico Básico deberá tener una asistencia obligatoria a las instancias de formación que implementen los Equipos del PIAI–Coejecutor y/o aquellas convocadas por el PIAI-UCP. Equipo Social Por lo menos el 50 % de los Operadores Sociales deberán ser Asistentes Sociales/ Lic. Trabajo Social. Por lo menos uno de los Asistentes Sociales integrantes del Equipo Básico de trabajo, debe ser uno de los Asistentes Sociales declarados por el ETM en el registro de la UCP. El Resto de los operadores sociales podrán ser contratados fuera de los integrantes del ETM declarados en el Registro de la UCP.

Carga horaria de trabajo social /semanal Tiempo mínimo por técnico social: 20 horas Semanales (mínimo 15 horas de trabajo en campo).

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