pliego de clÁusulas administrativas particulares para la...
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PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES
PARA LA ADJUDICACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE «SEGURIDAD Y VIGILANCIA DE LOS TÚNELES
DE URDINBIDE» Nº EXP. 033/2015/N3/AT
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
CUADRO RESUMEN DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO
A) Entidad adjudicadora:
INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A.
B) Objeto del contrato: Servicio de Seguridad y Vigilancia de los túneles de Urdinbide.
C) Modelo de adjudicación: Contrato no sujeto a regulación armonizada
Procedimiento abierto, con varios criterios de adjudicación
D) Presupuesto base de licitación: Presupuesto de licitación: (180.000,00€)
IVA 21%: (37.800,00€)
TOTAL: (217.800,00€)
Valor estimado (IVA excluido): (180.000,00€)
E) Plazo de ejecución: Seis (6) meses.
F) Garantía Provisional: Dos por ciento (2%) del presupuesto de licitación.
Dada la finalidad del contrato y debido a los perjuicios que causaría a
INTERBIAK la retirada injustificada de las ofertas presentadas, entre ellos
retrasos en la adjudicación del contrato y en su inicio, resulta necesario
exigir la constitución de la garantía provisional por el importe indicado.
G) Garantía Definitiva: Cinco por ciento (5%) del importe de adjudicación excluido el Impuesto
sobre el Valor Añadido.
H) Revisión de precios: No procede.
I) Clasificación de contratistas: Grupo M Subgrupo 2 Categoría B
J) Obtención de documentación:
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http://www.interbiak.bizkaia.net
INTERBIAK, S.A.
C/ Islas Canarias, 19-1º
48015 BILBAO
Tfno.: 94 405 70 00 / Telefax: 94 405 70 01
K) Presentación de ofertas:
12 de noviembre de 2015
INTERBIAK, S.A., c/Islas Canarias 19. 48015-Bilbao
L) Apertura de las ofertas: Se comunicará al respecto
M) Plazo de garantía: Un (1) mes.
N) Cobertura de riesgos: Según lo estipulado en el apartado 9 del Pliego de Cláusulas
Administrativas Particulares.
O) Criterios de adjudicación: A) Oferta económica 100 puntos
B) Oferta técnica: 100 puntos
− Memoria 60 puntos
− Programa de trabajos 35 puntos
− Mejoras 5 puntos
P) Otras especificaciones:
En cumplimiento del apartado 5.1.a) de la Instrucción aprobada por acuerdo del
Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia de 29 de octubre de 2013,
por la que se establecen criterios sobre mantenimiento de condiciones de trabajo y
medidas de carácter social para su aplicación en los procedimientos de
contratación de la Diputación Foral de Bizkaia y de entidades vinculadas a la
misma, por integrar el sector público foral, publicada en el BOB de 14 de noviembre
de 2013, se establece la siguiente obligación de la empresa contratista:
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Obligación de mantener las condiciones de trabajo:
Durante todo el período de ejecución del contrato, la empresa contratista está
obligada a no minorar unilateralmente las condiciones de trabajo que, en materia
de jornada y salario y en términos anualizados, correspondan en cada momento a
los trabajadores adscritos al contrato en función del convenio colectivo que resulte
de aplicación al presentarse la oferta; y ello con independencia de que tal convenio
pueda posteriormente perder su vigencia en aplicación de las previsiones legales o
convencionales sobre finalización de la vigencia de los convenios colectivos.
La obligación se entenderá cumplida si se mantiene el salario/hora convenio
vigente en el momento inmediatamente anterior a aquel en que, en su caso, se
produzca la pérdida de vigencia. El contratista vendrá obligado a facilitar al órgano
de contratación cualquier información o documentación que le sea requerida para
acreditar este extremo.
En todo caso, se entenderá igualmente cumplida la obligación si la reducción que
eventualmente pueda producirse en el salario/hora convenio se adopta por acuerdo
alcanzado entre el empresario contratista y la representación de los trabajadores.
De no respetarse esta obligación, se impondrá al contratista una penalidad cuyo
importe se calculará aplicando al presupuesto del contrato el porcentaje en que se
haya minorado el salario/hora convenio del trabajador adscrito al contrato cuya
reducción se haya operado en mayor medida hasta el límite del 10%. De superar la
reducción del salario/hora convenio del trabajador que experimente una mayor
reducción el 10%, o en caso de que el contratista no facilitara la información
requerida para acreditar el cumplimiento de la obligación establecida en esta
cláusula, se considerará incumplida una obligación esencial del contrato
incurriendo el contratista en causa de resolución.
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INDICE
CAPITULO I – DISPOSICIONES GENERALES ...................................................................... 1 1.1 NATURALEZA DE INTERBIAK .............................................................................. 1 1.2 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO ............................................................... 1 1.3 OBJETO ................................................................................................................. 3 1.3.1 Necesidad e idoneidad del Contrato ............................................................................... 3 1.4 PRESUPUESTO DEL CONTRATO ....................................................................... 4 1.5 PLAZO DE EJECUCIÓN ........................................................................................ 4 CAPITULO II – CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN ................................................ 4 2.1 PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN ............................................. 4 2.2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ...................................................... 5 2.3 CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ............................................................. 6 2.3.1 SOBRE A) DOCUMENTACIÓN GENERAL ........................................................... 7 2.3.1.1 UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS .......................................................... 8 2.3.1.2 EMPRESAS EXTRANJERAS ................................................................................ 9 2.3.2 SOBRE B) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA .......................................................... 10 2.3.3 SOBRE C) OFERTA ECONÓMICA ..................................................................... 12 2.4 GARANTÍA PROVISIONAL .................................................................................. 14 2.5 APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES ......................................... 15 2.6 PARTICULARIDADES DEL PROCE. Y CRITERIOS DE VALORACIÓN ........... 15 2.7 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN ..... 20 2.8 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJU. ................ 21 2.9 DISPONIBILIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEL CONCURSO ..... 22 2.10 PLAZOS ............................................................................................................... 22 2.11 GASTOS DE PUBLICIDAD .................................................................................. 22 CAPITULO III – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .......................................................... 22 3.1 GARANTÍA DEFINITIVA ...................................................................................... 22 3.2 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO .................................................................. 25 CAPITULO IV – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES ................................... 25 4 ABONOS AL CONTRATISTA .............................................................................. 25 5 OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES ..................................................... 26 6 OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL . 29 7 OBLIGACIÓN DE SIGILO Y PROTEC.DATOS DE CARÁCTER PERSONAL ... 30 8 REVISIÓN DE PRECIOS ..................................................................................... 31 9 SEGUROS ............................................................................................................ 31 10 PLAZO DE GARANTÍA ........................................................................................ 32 11 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ...................................................................... 32 12 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO......................................................................... 33 13 CESIÓN DEL CONTRATO .................................................................................. 33 14 SUBCONTRATACIÓN ......................................................................................... 33 CAPITULO V – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO ................................................................. 34 15 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y DEVOL.DE LA GARANTÍA DEFINITIVA .... 34 17 JURISDICCIÓN COMPETENTE .......................................................................... 35
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ANEXOS:
0 Datos identificativos del licitador a efectos de notificaciones
1 Proposición económica
2 – 3 Modelo de declaración de incompatibilidad, prohibición e
incapacidad
4 Modelo de Aval Provisional
5 Modelo de Certificado de Seguro de Caución
6 Modelo de Aval Garantía Definitiva
7 Modelo de declaración Impuesto sobre Actividades Económicas
8 Compromiso de adscripción de medios personales y materiales
9 Declaración de confidencialidad
10 Modelo de declaración sobre grupo de empresas
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CAPITULO I – DISPOSICIONES GENERALES
1.1 NATURALEZA DE INTERBIAK
Interbiak Bizkaiko Hegoaldeko Akzesibilitatea, S.A. (en lo sucesivo, “INTERBIAK”)
es una Sociedad Pública Unipersonal de la Diputación Foral de Bizkaia,
constituida por acuerdo del Consejo de Gobierno de la Diputación Foral de Bizkaia
de fecha 28 de mayo de 2002, mediante escritura autorizada el día 30 de mayo de
2002 por el Notario del Ilustre Colegio de Bilbao D. José María Arriola Arana,
número de su protocolo 1.065 y se rige por la Ley de Sociedades de Capital y
cualquier otra disposición que le sea de aplicación.
De acuerdo con su objeto social, INTERBIAK actúa en nombre propio y por cuenta
de la Diputación Foral de Bizkaia, con la finalidad de realizar estudios, proyectar,
construir, conservar, mantener, financiar y explotar, por sí misma o por terceros, las
infraestructuras viarias que se le encomienden por la Diputación Foral de Bizkaia.
1.2 RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
El contrato se regirá:
• Por las cláusulas contenidas en este Pliego de Cláusulas Administrativas
Particulares y las especificaciones de su carátula, así como por el
correspondiente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares (PPTP).
• En cuanto a su preparación y adjudicación, por las Instrucciones Internas de
Contratación de Interbiak.
• En cuanto se refiere a la interpretación, efectos, cumplimiento y extinción, el
contrato se regirá por las normas de Derecho privado.
Además, serán normas de obligado cumplimiento para la prestación del servicio
de seguridad y vigilancia y protección de los bienes muebles e inmuebles así
como de las personas que puedan encontrarse en los mismos y de las misiones
que sean encomendadas por INTERBIAK, las normas reguladoras que a
continuación se especifican:
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• Ley Orgánica 1/1992, de 21 de febrero, sobre Protección de la Seguridad
Ciudadana modificada por L.O. 4/1997, de 4 de agosto y Ley 10/1999, de
29 de diciembre.
• Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada.
• Real Decreto 1778/1994, de 5 de agosto, sobre procedimiento de
autorizaciones.
• Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, aprobatorio del Reglamento
de Seguridad Privada. Corrección de errores, B.O.E. 24.01.95, nº 20.
Modificado por el Real Decreto 938/1997, de 20 de junio, por el Real
Decreto 1123/2001, de 19 de octubre y por el Real Decreto 277/2005, de
11 de marzo.
• Decreto 309/1996, de 24 de diciembre, del Gobierno Vasco, sobre
competencias de la Comunidad Autónoma en materia de Seguridad
Privada.
• Real Decreto 938/1997, de 20 de junio, por el que se completa la
regulación de los requisitos de autorización de empresas de seguridad y
los de habilitación del personal de seguridad privada (Corrección de
errores B.O.E. 163, de 9 de julio de 1997).
• Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Medidas de Seguridad de los Ficheros Automatizados que
contengan datos de carácter personal.
• Real Decreto 1123/2001, de 19 de octubre, por el que se modifica el
Reglamento de Seguridad Privada.
• Real Decreto 524/2002, de 14 de junio, sobre servicios esenciales de
seguridad privada en caso de huelga.
• Ley 2/1985, sobre Protección Civil, Real Decreto407/1992, de 24 de abril,
por el que se aprueba la Norma Básica de Protección Civil.
• Convenio Colectivo Nacional para las empresas de Seguridad vigente o en
su defecto el que se derive tras su revisión.
• Orden 318/2011, de 1 de febrero, sobre personal de seguridad privada.
• Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de Riesgos Laborales.
• Ley 54/2003, de 12 de diciembre, de reforma del marco normativo de la
prevención de riesgos laborales.
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• Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo
24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos
Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
B.O.E. nº 27, 31-01-2004.
Las comunicaciones y solicitudes dirigidas a Interbiak que los licitadores y/o
adjudicatarios deban realizar, conforme a lo previsto en este pliego y en la
legislación aplicable, solo surtirán efectos desde el momento que las mismas sean
remitidas oficialmente para lo que deberán ser presentadas en el registro oficial de
Interbiak. La fecha del registro de entrada de Interbiak se considerará a todos los
efectos la fecha de la comunicación.
1.3 OBJETO
El objeto del contrato consiste en la prestación de los servicios de seguridad y
vigilancia de los túneles de Urdinbide, en concreto las instalaciones y accesos a
las obras de terminación del proyecto de construcción del tramo Amorebieta-
Muxika, de conformidad con las prescripciones técnicas que se detallan en el
Pliego de Prescripciones Técnicas, que será parte integrante de este Pliego a los
efectos de su exigibilidad y, en consecuencia, el citado pliego quedará
incorporado al contrato y tendrá obligatoriamente carácter contractual.
Para la correcta prestación del servicio de seguridad y vigilancia, la empresa
deberá tener la correspondiente autorización administrativa mediante su
inscripción en el registro del Ministerio de Interior y contar con los medios
humanos, de formación, materiales y técnicos.
1.3.1 Necesidad e idoneidad del Contrato
A los efectos de lo previsto en el artículo 22 del texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público, la naturaleza y extensión de las necesidades que
pretenden cubrirse mediante el presente contrato, así como la idoneidad de su
objeto y contenido para satisfacerlas, son las señaladas en el pliego de
prescripciones técnicas particulares y en la documentación preparatoria del
contrato.
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1.4 PRESUPUESTO DEL CONTRATO
El presupuesto de licitación con arreglo al cual debe ser presentada la oferta
asciende a la siguiente cantidad:
Presupuesto de licitación: (180.000,00€)
IVA 21%: (37.800,00€)
TOTAL: (217.800,00€)
Valor estimado – IVA excluido: (180.000,00€)
Se entenderán incluidas, cualesquiera otras cargas impositivas, y gastos
necesarios para la prestación de los servicios, tales como, viajes, dietas, etc.,
siendo por su cuenta la obtención de las autorizaciones y licencias tanto oficiales
como particulares que se requiera, por lo que se considera a todos los efectos
legales como un presupuesto total y cerrado, sin perjuicio de las variaciones que
pueda sufrir en los supuestos expresamente previstos en los pliegos.
Todos los trabajos y medios auxiliares y materiales que sean necesarios para la
correcta prestación de los servicios se considerarán incluidos en el precio, aunque
no figuren todos ellos especificados en la descripción contenida en los pliegos.
1.5 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato será de seis (6) meses, contados desde el día
que se fije en el acta de inicio formalizada al efecto.
CAPITULO II – CLÁUSULAS ESPECIALES DE LICITACIÓN
2.1 PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del contrato será por procedimiento abierto según lo previsto en el
artículo 138.2 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en
adelante “TRLCSP”), y regulado en los artículos 157 a 161 del citado Texto
Refundido y en las Instrucciones Internas de Contratación de Interbiak.
Para seleccionar la oferta económicamente más ventajosa se valorarán la/s
oferta/s presentada/s atendiendo a una pluralidad de criterios directamente
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vinculados al objeto del contrato, en aplicación de lo previsto en el artículo 150 del
TRLCSP.
El plazo máximo para adjudicar el contrato será de tres meses a contar desde la
apertura de las proposiciones.
Las personas o empresas interesadas en el procedimiento podrán retirar los
Pliegos de Cláusulas en la página Web: www.interbiak.bizkaia.net.
2.2 PRESENTACIÓN DE LAS PROPOSICIONES
Las proposiciones, junto con la documentación preceptiva, se presentarán dentro
del plazo señalado en la publicación, en el registro General de INTERBIAK sito en:
C/ Islas Canarias, nº 19 – 1º
48015 Bilbao (Bizkaia)
No será admitida la proposición si es recibida por INTERBIAK, con posterioridad a
la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en la citada publicación.
Cuando las proposiciones se envían por correo o por mensajería, el licitador deberá
justificar el día y la hora de entrega o envío, debiendo constar en INTERBIAK, con
anterioridad a la hora en que finalice el plazo de presentación, y mediante cualquier
forma de comunicación fehaciente, preferiblemente fax, justificación de entrega o
envío del servicio de correspondencia o empresa de mensajería. Sin la
concurrencia de dicho requisito no será admitida la proposición si es recibida por
INTERBIAK, con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo señalado
en el anuncio.
El número de fax al que deben dirigirse los anuncios de envío de proposiciones por
correo es 94 405 70 01, y la dirección postal la arriba indicada.
Transcurridos, no obstante, diez (10) días naturales siguientes a la indicada fecha
sin haberse recibido la proposición previamente anunciada, esta, en ningún caso,
será admitida.
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La presentación de las proposiciones presupone la aceptación incondicional por
parte del licitador del contenido de las cláusulas de este Pliego y del Pliego de
Prescripciones Técnicas, sin salvedad alguna, así como la declaración responsable
de la exactitud de todos los datos presentados y de que reúne todas y cada una de
las condiciones exigidas para la contratación de los trabajos.
2.3 CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Los licitadores presentarán tres sobres (A, B y C), firmados por estos, o por
personas que los represente, y cerrados de forma que se garantice el secreto de
su contenido, con la siguiente descripción:
Sobre A.- Título: Documentación General
Sobre B.- Título: Documentación Técnica
Sobre C.- Título: Proposición Económica
En cada uno figurará el nombre del licitador (o licitadores si se trata de Uniones
Temporales de Empresas o similares), domicilio social, teléfono, número de fax y
e-mail, el título y número o clave del expediente, e incluirá la documentación,
debidamente cumplimentada, que a continuación se indica.
INTERBIAK podrá pedir aclaraciones o justificaciones documentales de los datos
aportados por el licitador. Por tal motivo, en cada uno de los sobres se adjuntará
una hoja donde se indique el nombre, cargo de la/s persona/s suficientemente
responsable/s, número de fax o e-mail, con quien deberá tratarse para las posibles
gestiones aclaratorias y de estudio que hayan de realizarse.
Los licitadores respetarán en su presentación de documento el orden establecido
en los puntos que siguen, incluso para aquellos apartados en que, por razones que
se aduzcan, no proceda su presentación.
Cada licitador no podrá presentar más de una sola proposición.
Por último, de acuerdo con lo señalado en el artículo 140 del Texto Refundido de la
Ley de Contratos del Sector Público, se podrán indicar las informaciones y aspectos
de la oferta que consideren de carácter confidencial por razón de su vinculación a
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secretos técnicos o comerciales, exponiendo adecuadamente las razones que
motiven tal carácter. La declaración de confidencialidad deberá realizarse conforme
al modelo recogido en el Anexo 9 del presente Pliego. La declaración de
confidencialidad deberá incluirse en el sobre A.
2.3.1 SOBRE A) DOCUMENTACIÓN GENERAL
Los licitadores deberán presentar en el Sobre “A” la documentación siguiente:
- El certificado que acredite la clasificación de contratistas en el grupo,
subgrupo y categoría exigida en el apartado I) del Cuadro Resumen de las
Características del Contrato. Deberá acompañarse de una declaración
responsable del licitador sobre su vigencia en la que manifieste que las
circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado de clasificación no
han experimentado variación.
Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el
documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para
ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el
plazo que a tal efecto se le conceda para la subsanación de defectos u
omisiones en la documentación.
- Datos generales del licitador o representante, en cuyo caso se incluirá el
poder bastante para representar a la persona o entidad en cuyo nombre licite.
- Si la empresa es persona jurídica: Escritura de Constitución o Modificación,
debidamente inscrita en el Registro Mercantil y adaptada a la nueva Ley de
Sociedades.
- En el caso de persona física, fotocopia de DNI. del licitador, y en el caso de
persona jurídica, C.I.F. de la Sociedad y DNI del representante.
- Documento justificativo de la constitución de la Garantía Provisional
establecida en el apartado 2.4.
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- Declaración jurada de no hallarse incurso en ninguna de las causas de
prohibición para contratar relacionadas en el Art. 60 del TRLCSP conforme a
los Modelos que se acompañan como Anejo 2 y 3 al presente Pliego.
- Los licitadores incluirán también, en su caso, la declaración de
confidencialidad a que se hace referencia en el apartado 2.3 del presente
Pliego, conforme al modelo recogido como Anexo nº 9.
- Declaración responsable en la que se haga constar expresamente si en el
mismo expediente de licitación presentan, o no, proposiciones otras
sociedades de un mismo grupo empresarial (entendiéndose por sociedades
de un mismo grupo empresarial aquéllas que se encuentren en alguno de los
supuestos contemplados en el Art. 42.1 del Código de Comercio), señalando,
en caso afirmativo, las denominaciones de las correspondientes empresas,
conforme al modelo recogido como Anexo 10.
- Declaración responsable de hallarse al corriente del cumplimiento de las
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por la legislación
vigente.
Una vez resuelta la adjudicación del Contrato, el adjudicatario deberá presentar
en el plazo de diez días hábiles las certificaciones positivas de acreditar estar al
corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social. A tal efecto, deberán aportarse:
(i) Certificaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, en su
caso, de la Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria competente,
en las que se haga constar que la respectiva persona física o jurídica está al
corriente de sus obligaciones tributarias.
(ii) Certificación expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de
hallarse al corriente de pago de sus obligaciones ante ésta.
2.3.1.1 UNIONES TEMPORALES DE EMPRESAS
Cuando varios licitadores o empresas acudan a una licitación constituyendo una
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unión temporal, cada uno de los que la componen deberá acreditar su capacidad de
obrar conforme a lo establecido en el apartado anterior.
Para que sea eficaz la unión frente a INTERBIAK bastará que en el escrito de
proposición se indiquen los nombres y circunstancias de los empresarios que la
suscriban, la participación porcentual de cada uno de ellos, que se designe la
persona o entidad que durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena
representación de todos ellos frente a INTERBIAK y que asuman el compromiso de
constituir una unión temporal de empresas en el caso de resultar adjudicatarias del
contrato.
Sólo en el caso de que la licitación sea adjudicada a la unión de empresas deberán
éstas acreditar la constitución formal de la misma en escritura pública ante
INTERBIAK.
2.3.1.2 EMPRESAS EXTRANJERAS
La capacidad de obrar de las empresas no españolas de estados miembros de la
Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se
acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las
certificaciones que se indican en el Anexo I del RGLCAP.
La capacidad de obrar de las empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo
anterior se acreditará mediante certificación expedida por la respectiva
representación diplomática española, en la que se haga constar que figuran
inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto,
que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las
que se extiende el objeto del contrato.
En estos supuestos deberá acompañarse, además, informe de la representación
diplomática española sobre la condición de Estado signatario del Acuerdo sobre
Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio o, en caso
contrario, el informe de reciprocidad a que se refiera el Art. 55.1 del TRLCSP. En
los contratos sujetos a regulación armonizada se prescindirá del informe sobre
reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo
sobre Contratación Pública de la Organización mundial del Comercio.
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Las Empresas extranjeras, presentarán sus documentos constitutivos traducidos
al Castellano por la Oficina de Interpretación de Lenguas del Ministerio de
Asuntos Exteriores, así como un despacho expedido por la embajada de España
en el País respectivo donde se certifique que conforme a su legislación tiene
capacidad para contratar y obligarse.
Los empresarios extranjeros deberán presentar una declaración de someterse a la
Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para
todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato,
con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional que pudiera corresponder al
licitante.
2.3.2 SOBRE B) DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
Se acompañará un sobre “B”, que deberá contener la documentación siguiente:
1.- Memoria
Las empresas licitadoras deberán presentar una memoria descriptiva del servicio,
donde se desarrollen y detallen los aspectos del servicio descritos en el pliego de
prescripciones técnicas particulares. Fijación de los trabajos que integren la
actividad del servicio de vigilancia y seguridad, y, en su caso, de las operaciones
más importantes constitutivas de dichos trabajos, un plan de control y seguimiento
y un manual de procedimiento. Expresará concretamente la organización del
servicio, procedimientos, estructura y medios de soporte y supervisión y programa
de trabajo ante incidencias.
Asimismo, deberá disponer de la adecuada asistencia técnica para la ejecución
del presente contrato, así como del apoyo logístico al mismo.
Determinación o indicación del nombre, teléfono de contacto y dirección a efectos
de notificaciones en Bizkaia del Responsable o Delegado del seguimiento de los
trabajos señalados en el párrafo anterior, perteneciente a la plantilla del contratista y
que será la persona encargada del contrato y de impartir directamente las órdenes
e instrucciones de trabajo al resto de los trabajadores de la empresa adjudicataria
así como del seguimiento y realización de las obligaciones contenidas en el pliego
de prescripciones técnicas particulares, que estará localizable 24 horas durante el
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período de ejecución del contrato.
2.- Programación de los trabajos
Las empresas licitadoras deberán presentar un Programa de Trabajo de manera
clara y concisa, con inclusión de los cometidos principales que, entre otros, se
detallan a continuación para una correcta prestación del servicio:
− Vigilancia de accesos, control y registro de visitantes y protección de auxilio
al personal y visitantes de las instalaciones o de los túneles.
− Vigilancia y ronda de los exteriores de las bocas de los túneles.
− Protección de bienes muebles e inmuebles.
− Identificación de sospechosos y protección del personal en general, en caso
de conflictos extraños.
− Realización de rondas a horas irregulares no siguiendo rutas determinadas.
− Manejo de extintores y equipos de lucha contra incendios.
− Revisará el funcionamiento de las instalaciones eléctricas y las deficiencias
serán notificadas.
− Realización de rondas diurnas y nocturnas, con comprobación de la
situación de los accesos, y en su caso, apertura y cierre de los accesos.
− Conocerá el manual de autoprotección y las pautas a seguir en situaciones
de emergencia.
− Realizar las labores de apoyo necesarias en caso de emergencia.
− Colaborar con los medios de emergencia externos, en caso de siniestro.
− Resolución de conflictos según los procedimientos al uso.
− Acudirá a la mayor brevedad al punto en el cual se necesita su actuación.
− Resolución de incidentes y/o cualquier otra actividad que le corresponda por
su condición de Vigilantes de Seguridad.
− En situaciones de emergencia realizará las funciones propias de
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Vigilante de Seguridad y aquellas que sean necesarias en dicha
situación, contempladas en las Leyes y Normas sobre Seguridad y
Protección Civil.
Dentro de este Programa se especificará el número de trabajadores, horario de los
turnos, etc. La empresa licitadora que resulte ser adjudicataria desarrollará el
servicio de acuerdo al Programa de Trabajo propuesto, sin coste adicional alguno al
precio ofertado.
El Programa de Trabajo será documento contractual a todos los efectos y no
contendrá menos especificaciones que las señaladas en este Pliego y en el Pliego
de Prescripciones Técnicas Particulares.
En la realización del programa de Trabajo, y una vez adjudicado, en el desarrollo de
los trabajos no se permitirá la acumulación de turnos ni doblar los mismos por un
mismo trabajador.
4.- Mejoras
Se valorarán las mejoras o prestaciones complementarias propuestas con
respecto a las prestaciones del servicio relacionadas en el pliego de
prescripciones técnicas siempre que Interbiak las considere de interés para la
mejor consecución del objeto del contrato. Esta aportación técnica adicional se
redactará en un apartado o extracto específico del resto de la memoria, claro y
diferenciado para que pueda ser valorado correctamente. No se considerarán
mejoras aquellos aspectos solicitados como precisos y necesarios para el
desarrollo de lo previsto en los pliegos. Estas mejoras se valorarán en coherencia
con el valor económico de la mejora aportado.
Y toda aquella documentación que sirva para una mejor comprensión y evaluación
de los criterios técnicos de valoración.
2.3.3 SOBRE C) OFERTA ECONÓMICA
El sobre “C” contendrá la proposición económica del licitador formulada con
arreglo al modelo de proposición adjunto al presente Pliego como Anexo nº 1, el
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 13 de 35
precio total de licitación por vigilancia ordinaria, con arreglo a lo indicado en el
Pliego de Prescripciones Técnicas.
Además, y a título informativo:
a) El precio/hora/diurno por vigilancia extraordinaria de Vigilante de
Seguridad sin arma habilitado.
b) El precio/hora/nocturna por vigilancia extraordinaria de Vigilante de
Seguridad sin arma habilitado.
c) El precio/hora/festivo/diurno por vigilancia extraordinaria de Vigilante de
Seguridad sin arma habilitado.
d) El precio/hora/festivo/nocturna por vigilancia extraordinaria de Vigilante de
Seguridad sin arma habilitado.
En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del
Impuesto sobre el Valor Añadido que deba ser repercutido. La proposición
económica deberá ir fechada y firmada por persona con poder suficiente para
representar y asumir el compromiso derivado de la licitación.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición económica.
A todos los efectos, se entenderá que la proposición económica presentada por el
licitador, comprende, no sólo el precio del trabajo, sino también el importe de
todos los gastos, impuestos y tributos que puedan originarse como consecuencia
de las tareas objeto del contrato.
En el caso de Unión Temporal de Empresas o Agrupación de Interés Económico,
la oferta deberá estar firmada por los representantes de cada una de las
empresas componentes de la citada unión o agrupación. No se aceptarán aquellas
proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer
claramente todo aquello que INTERBIAK estime fundamental para conocer la
oferta.
El licitador deberá presentar dentro del sobre “C” el programa de trabajos, con la
distribución temporal por meses y su valoración económica, debiendo coincidir la
suma de cada apartado con el importe total ofertado.
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 14 de 35
2.4 GARANTÍA PROVISIONAL
Para tomar parte en el procedimiento será requisito necesario acreditar (Sobre
“A”) la constitución previa, a disposición de INTERBIAK, de una garantía
provisional, señalada en el apartado correspondiente del Cuadro-Resumen de las
Características del Contrato, por un importe equivalente al dos por ciento (2%) del
presupuesto de licitación.
Esta garantía habrá de ser constituida, de acuerdo a lo establecido en el artículo
96 del TRLCSP, por cualquiera de los medios siguientes:
A) En metálico. También podrá constituirse a través de valores públicos o
privados, con sujeción en cada caso a las condiciones reglamentariamente
establecidas, que habrán de depositarse en la sede de INTERBIAK.
B) Mediante aval prestado por alguno de los bancos, cajas de ahorros,
cooperativas de crédito y sociedades de garantía recíproca autorizados para
operar en España y presentado ante INTERBIAK. Este aval habrá de
otorgarse conforme al modelo que se acompaña como Anexo nº 3.
C) Por contrato de Seguro de Caución con entidad aseguradora autorizada para
operar en el ramo de caución, de acuerdo con el modelo que adjunta como
Anexo nº 4.
INTERBIAK se reserva el derecho de exigir la legitimación de las firmas de los
avales.
La garantía provisional permanecerá vigente hasta la adjudicación del contrato,
siendo devuelta a los licitadores no adjudicatarios inmediatamente después. Al
licitador cuya proposición hubiera sido seleccionada para la adjudicación se le
retendrá la garantía provisional hasta que proceda a la constitución de la
definitiva. Será incautada la de las empresas que retiren injustificadamente su
proposición antes de la adjudicación, siendo de aplicación lo establecido en el
artículo 62 del RGLCAP.
En el caso de uniones temporales de empresarios, las garantías provisionales
podrán constituirse por una o varias de las empresas participantes, siempre que
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 15 de 35
en conjunto se alcance la cuantía requerida en este Pliego y garantice
solidariamente a todos los integrantes de la unión temporal.
En todo caso, la garantía provisional responderá del mantenimiento de las
proposiciones presentadas por los licitadores hasta la adjudicación. Para el que
resulte adjudicatario responderá también del cumplimiento de las obligaciones
impuestas en el artículo 151.2 del TRLCSP.
Si por causas imputables al Adjudicatario no pudiese formalizarse el contrato
dentro del plazo indicado en la cláusula 3.2 de este Pliego, procederá la
incautación de la garantía provisional y la indemnización de los daños y perjuicios
ocasionados.
2.5 APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES
La apertura de los sobres “A” y “B”, Documentación General y Documentación
Técnica respectivamente, se efectuará por la Mesa de Contratación de forma
interna para su examen.
Una vez efectuado el análisis de la documentación de los Sobres A y B, se
celebrará el acto público de apertura del sobre “C”, presentado por los licitadores,
que contiene la proposición económica. Dicho acto tendrá lugar el día y hora que
figura en el cuadro resumen de las características del contrato.
2.6 PARTICULARIDADES DEL PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE VALORACIÓN
El procedimiento de adjudicación se desarrollará conforme a las previsiones en la
materia del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se
aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, con las
siguientes particularidades:
A) Si la Mesa de Contratación apreciara defectos u omisiones subsanables en la
documentación presentada en el sobre “A”, lo comunicará mediante fax o
correo electrónico a los interesados para que, en un plazo no superior a tres
días hábiles, los corrijan o subsanen ante la propia Mesa de Contratación.
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 16 de 35
B) Sobre la documentación técnica contenida en el sobre “B”, la Mesa de
Contratación podrá solicitar a los licitadores las aclaraciones sobre los
certificados y documentos presentados o requerirles para la presentación de
otros complementarios, en los términos del artículo 22 RGLCAP.
La Mesa de Contratación recabará los informes técnicos que estime oportunos,
que deberán, en su caso, estar suficientemente motivados en la medida necesaria
para su análisis y valoración por la Mesa de Contratación, a la que se elevarán
junto con toda la documentación de los sobres, pudiendo ésta, o cualquiera de
sus miembros, requerir cuantas aclaraciones y/o concreciones estimen
convenientes sobre su contenido.
Por la Mesa de Contratación se procederá a la valoración de las proposiciones
económicas y técnicas.
A la vista de las proposiciones presentadas, la Mesa de Contratación formulará
propuesta de adjudicación del contrato al licitador que haya presentado la oferta
que resulte económicamente más ventajosa, señalando en todo caso las
valoraciones que en aplicación de los criterios objetivos establecidos en el
presente pliego se realicen de cada proposición.
Los criterios objetivos que servirán para valorar cuál sea la proposición
económicamente más ventajosa en su conjunto para los intereses públicos son los
siguientes:
A) Oferta económica 100 puntos
B) Oferta técnica 100 puntos
- Memoria técnica 60 puntos
- Programa de trabajos 35 puntos
- Mejoras 5 puntos
2.6.1 Valoración de la calidad de la oferta técnica
El criterio “valoración técnica” se subdivide a su vez en los subcriterios que se
enuncian a continuación y se valorará cada uno de uno de esos aspectos con la
puntuación máxima que se indica. La suma total alcanza la puntuación máxima
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 17 de 35
del criterio, fijada en 100 puntos. Será rechazada toda oferta que en el criterio
“valoración técnica” no alcance una puntuación mínima de 50 puntos.
Los aspectos técnicos a valorar serán los siguientes:
1. Memoria (60 puntos)
Se valorará hasta un máximo de 60 puntos el contenido y desarrollo de los
trabajos a realizar, su coherencia, el buen conocimiento que denoten de la
problemática a resolver y de cualquier otro condicionante externo.
Medios técnicos y materiales destinados a la ejecución del contrato, asignación de
responsables y definición y alcance de los servicios a prestar.
2.- Programa de trabajos (35 puntos).
Se valorará el contenido y grado de detalle del programa de trabajo propuesto por
el licitador.
3.- Mejoras (5 puntos)
INTERBIAK podrá aceptar total o parcialmente las mejoras propuestas con
respecto a aquellos aspectos técnicos relacionados en el Pliego de Prescripciones
Técnicas siempre que las considere de interés para la mejor consecución del
objeto del contrato, entendiéndose que las mismas se encuentran incluidas en el
precio de la oferta. La puntuación otorgada será coherente con la incidencia de su
coste en la valoración económica y con el grado de aportación de dicha mejora al
valor de la oferta para INTERBIAK.
2.6.2 Valoración de la oferta económica
Para la valoración del importe económico de las ofertas económicas, que han sido
admitidas a la licitación por el Órgano de Contratación, se procederá de forma que
a la oferta económica que fuere la más baja se le asignarían cien (100) puntos. La
oferta económica promedio (media aritmética de las ofertas admitidas) se valorará
con 95 puntos.
- Oferta admitida con el precio más bajo (OFMB) 100 puntos
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 18 de 35
- Precio medio de las ofertas admitidas (PMOF) 95 puntos
A estos efectos se considera la "oferta más económica" a la oferta más baja de
las presentadas que no se presuma fundadamente que no pueda ser cumplida
como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o
desproporcionados, una vez aplicados los criterios establecidos en el apartado
2.6.3.
Las ofertas económicas cuyo importe se encuentre entre la oferta más económica
y la oferta promedio se valorarán con la puntuación obtenida mediante la
interpolación lineal entre ambos valores, aplicándose la siguiente fórmula:
VOFBi = 100 – (POFBi-POFMB)/(PMOF - POFMB)*5,
Siendo:
VOFBi la puntuación de la oferta i, con precio inferior al precio medio de las
ofertas admitidas.
POFBi el precio de la oferta i, con precio inferior al precio medio de las ofertas
admitidas.
POFMB el precio de la oferta con el precio más bajo de las admitidas.
La puntuación de las ofertas presentadas, con importe superior al PMOF (POFSi)
se valorará aplicándose la siguiente fórmula:
VOFSi = 95 – (POFSi - PMOF)/PMOF*95,
Siendo:
VOFSi la puntuación de la oferta i, cuando su precio es superior al precio medio
de las ofertas admitidas.
POFSi el precio de la oferta i, cuando su precio es superior al precio medio de las
ofertas admitidas.
La puntuación de este apartado se redondea al segundo decimal.
2.6.3. Ofertas con valores anormales o desproporcionados
Para apreciar si una oferta no pueda ser cumplida como consecuencia de la
inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, se aplicarán los
siguientes criterios:
− Si concurre un solo licitador, cuando la oferta realizada sea inferior en más
de un 20% al presupuesto máximo de licitación
− Si concurren dos licitadores, la que sea inferior en más de un 15% a la otra
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 19 de 35
oferta.
− Si concurren tres o más licitadores, la que sea inferior en más de un 10% a
la media aritmética de las ofertas presentadas.
Para la valoración del carácter desproporcionado o anormal de las ofertas, la
Mesa de Contratación podrá considerar la relación entre la solvencia de la
empresa y la oferta presentada.
Si una oferta económica resulta incursa en presunción de desproporcionada o
anormal por su bajo importe en relación con la prestación, la Mesa de
Contratación si considera que no cuenta con información suficiente recabará la
información necesaria para poder estar en disposición de determinar si
efectivamente la oferta resulta anormalmente baja en relación con la
prestación y por ello debe ser rechazada o, si por el contrario, la citada oferta no
resulta anormalmente baja, y por ello debe ser tomada en consideración para
adjudicar el contrato.
Para ello, INTERBIAK solicitará al licitador, por escrito, las precisiones que
considere oportunas sobre la composición de la citada oferta económica y sus
justificaciones o, en su caso, la persona encargada de la realización de los
informes técnicos de las ofertas podrá solicitar a cualquiera de los licitadores las
aclaraciones que precisare sobre los aspectos en la interpretación de la oferta
correspondiente. El licitador dispondrá de un plazo máximo de diez (10) días
hábiles, a contar desde la fecha en que reciba la solicitud, para presentar sus
justificaciones también por escrito.
Si transcurrido este plazo la Mesa de Contratación no hubiera recibido dichas
justificaciones considerará que la proposición no podrá ser cumplida y, por tanto,
la empresa que la haya realizado quedará excluida del procedimiento de selección.
Si, por el contrario, se recibieran en plazo las citadas justificaciones, la Mesa de
Contratación estudiará la documentación correspondiente y podrá decidir, o bien la
aceptación de la oferta contando con ella a todos los efectos para resolver lo que
proceda en relación con la adjudicación del contrato, o bien, el rechazo de dicha
oferta.
Admitidas las justificaciones por la Mesa de Contratación, se procederá a evaluar
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 20 de 35
las ofertas económicas de todos los licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas
(hayan estado o no incursas inicialmente en presunción de anormalidad por su
bajo importe).
Cuando empresas pertenecientes a un mismo grupo presenten distintas
proposiciones para concurrir individualmente (solas o en unión temporal de
empresas) a la adjudicación de un contrato, será considerada a los efectos de
establecer la baja de referencia la más baja del grupo, produciéndose la
aplicación de los efectos derivados del procedimiento establecido respecto de las
restantes ofertas formuladas por las empresas del grupo.
Se entiende por empresas pertenecientes a un mismo grupo, las que se
encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio.
2.7 CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN
Una vez hayan sido valoradas las ofertas conforme a los criterios de adjudicación
establecidos en la cláusula 2.6 de este Pliego, se procederá a realizar una suma
aritmética de las puntuaciones otorgadas a cada uno de los licitadores en los
criterios de valoración. La Mesa de Contratación elevará propuesta de
adjudicación ante el Órgano de Contratación en favor de la oferta
económicamente más ventajosa que será la que alcance mayor puntuación en
dicha suma.
En caso de igualdad entre dos o más licitadores, desde el punto de vista de los
criterios que sirvan de base para la adjudicación, tendrá preferencia en la
adjudicación la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento
de acreditar su solvencia técnica, disponga del mayor porcentaje de trabajadores
con discapacidad en su plantilla.
La propuesta de adjudicación del contrato no crea derecho alguno a favor del
empresario propuesto, que no los adquirirá, respecto a INTERBIAK, mientras no
se haya formalizado el contrato.
Antes de la adjudicación del contrato, el órgano de contratación de INTERBIAK
por razones de interés público debidamente justificadas podrá renunciar a
celebrar el contrato. También podrá optar por declarar desierta la licitación cuando
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no se haya presentado ninguna oferta o proposición que sea admisible de
acuerdo con los criterios de adjudicación que figuran en este pliego.
2.8 ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO Y NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN
Una vez hayan sido culminadas las etapas e hitos previstos en las cláusulas
anteriores, el órgano de contratación de INTERBIAK requerirá al licitador que
haya presentado la oferta más ventajosa en su conjunto, para que, dentro del
plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera
recibido el requerimiento, presente la siguiente documentación:
- Constitución de la garantía definitiva conforme a lo previsto en la cláusula
3.1.
- Una certificación positiva de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus
obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
- El adjudicatario no deberá estar incurso en ninguna de las prohibiciones de
contratar establecidas en el artículo 60 del TRLCSP. Para acreditar tal
circunstancia deberán aportar la correspondiente declaración responsable
en la que el empresario, su representante o apoderado, en su caso, deje
constancia de tal requisito.
- Cualquier otro documento acreditativo de su aptitud para contratar o de la
efectiva disposición de los medios que se hubiesen comprometido a dedicar
o adscribir a la ejecución del contrato, conforme al artículo 64.2 del
TRLCSP.
- Escritura pública de constitución de la Unión Temporal de empresarios junto
con el C.I.F. de la misma en el caso de que se haya licitado bajo esta forma.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se
entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose en este caso a
recabar la misma documentación, en idéntico plazo, al licitador siguiente, por el
orden que hayan quedado clasificadas las ofertas.
El órgano de contratación de INTERBIAK adjudicará el contrato a la proposición
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 22 de 35
más ventajosa en su conjunto, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la
recepción de la documentación siempre que ésta fuera totalmente correcta.
El acuerdo de adjudicación será motivado, se notificará a los licitadores y,
simultáneamente, se publicará en el Perfil del Contratante de INTERBIAK,
indicándose el plazo en que debe procederse a su formalización.
2.9 DISPONIBILIDAD DE LA DOCUMENTACIÓN TÉCNICA DEL CONCURSO
Los licitadores no adjudicatarios tendrán a su disposición la documentación
técnica que hubieren presentado a la licitación durante el plazo de dos meses a
partir de la adjudicación del contrato, la cual les será oportunamente comunicada.
Conforme a lo que se indicará en la propia comunicación de adjudicación del
contrato, si transcurrido dicho plazo no fuere retirada la documentación, o,
habiéndose recibido comunicación dentro del citado plazo para su expresa
conservación, no hubiere sido retirada en el plazo máximo de un mes más
concluido aquél, se procederá a la destrucción de la documentación,
conservándose certificación acreditativa de dicha destrucción.
2.10 PLAZOS
Salvo indicación expresa en contra todos los plazos contenidos en el presente
pliego se entienden referidos a días naturales.
2.11 GASTOS DE PUBLICIDAD
No se exigen.
CAPITULO III – FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
3.1 GARANTÍA DEFINITIVA
El adjudicatario está obligado a constituir y presentar ante INTERBIAK, la garantía
definitiva en el plazo previsto en la cláusula 2.8 del presente pliego de un 5% del
importe de adjudicación del contrato, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido
con arreglo al modelo adjunto (Anexo nº 6).
De conformidad con lo establecido en los artículos 96 a 99 del TRLCSP, deberá
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 23 de 35
constituirse la misma, entre otras, en metálico, valores públicos o en valores
privados, en la forma que en dicho texto legal se señala, y prevista en el artículo
55, 56 y 57 del RGLCAP, justificando al mismo tiempo, la propiedad de los valores
mediante la correspondiente certificación emitida por la entidad bancaria o de
ahorro en la que se encuentren depositados los valores, en la que conste el
importe, naturaleza y demás características de los títulos pignorados a favor de
INTERBIAK, la obligación que se garantiza, el plazo de duración de la garantía y
cuantas otras circunstancias se estimen de interés; pudiendo constituirse también
en forma de aval, en los siguientes términos:
El aval será prestado por algún Banco, Caja de Ahorros, Cooperativa de Crédito o
Sociedad de Garantía Recíproca, autorizados para operar en España.
El aval se constituirá con arreglo al modelo adjunto (ANEXO 6).
Una vez constituido se presentará acompañado de los originales de las escrituras
de apoderamiento de los representantes de la entidad avalista, así como copias
de sus documentos de identidad.
También puede constituirse en forma de certificado de seguro de caución, en los
siguientes términos:
El contrato de seguro de caución será celebrado con entidad aseguradora
autorizada para operar en España en el ramo del seguro de caución.
El certificado de seguro de caución se constituirá con arreglo al modelo adjunto
(ANEXO 4).
Una vez constituido se presentará acompañado de los originales de las escrituras
de apoderamiento de los representantes de la entidad aseguradora, así como
copias de sus documentos de identidad.
A tal efecto INTERBIAK procederá tanto al bastanteo de los avales y de los
contratos de seguro de caución como de los títulos de Deuda Pública, para lo cual
y en los dos primeros casos, deberá acreditarse poder suficiente de quienes
firmen en nombre de la entidad avalista o aseguradora a través de las
correspondientes escrituras de apoderamiento o las que en su caso recojan las
facultades de los firmantes del aval o certificado de seguro de caución, mientras
que en el tercer caso, se acreditará poder suficiente de quienes firman en nombre
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 24 de 35
de la entidad bancaria o de ahorro la certificación en la que se encuentren los
valores, a través de las escrituras de apoderamiento o las que en su caso recojan
las facultades de los firmantes o la documentación de la propia entidad que así lo
atestigüe.
Cuando la garantía se efectúe en metálico, ésta deberá ingresarse en la cuenta
corriente de INTERBIAK, adjuntándose el original o copia compulsada de la carta
de pago o la documentación a entregar en INTERBIAK.
La garantía definitiva responderá de los siguientes conceptos:
• De las penalidades impuestas al Contratista en razón de la ejecución del
contrato.
• De la correcta ejecución de las prestaciones contempladas en el contrato,
de los gastos originados a INTERBIAK por demora del Contratista en el
cumplimiento de sus obligaciones y de los daños y perjuicios ocasionados
a la misma con motivo de la ejecución del contrato, incluidos los que se
deriven de cualquier procedimiento administrativo o judicial, o en el
supuesto de incumplimiento del mismo, sin resolución.
• De la incautación que pueda decretarse en los casos de resolución del
contrato, de acuerdo con lo establecido en el mismo o con carácter
general en la normativa aplicable al mismo.
• De cualesquiera daños que se causen a terceros con motivo de la
ejecución de las obras incluyendo las responsabilidades que se le
impongan por resolución del titular del Departamento de Desarrollo
Económico y Sostenibilidad Territorial de la Diputación Foral de Bizkaia,
en los expedientes de Reclamación de Responsabilidad Patrimonial,
cuando dicha resolución devenga firme por no haberse recurrido en vía
contencioso-administrativa.
En todo caso, la garantía definitiva responderá de los conceptos a que se refiere
el artículo 100 del TRLCSP.
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3.2 FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará con su formalización.
La formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los quince días
hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación.
Simultáneamente a la formalización del contrato, el adjudicatario firmará la
conformidad a este pliego y al de prescripciones técnicas. Todos estos
documentos y las características de las ofertas adjudicadas tendrán carácter
contractual, no obstante, en caso de contradicción prevalecerá lo dispuesto en el
presente Pliego.
El contrato se formalizará en documento privado. Se elevará a escritura pública, si
así lo solicitara al menos una de las partes, siendo a cargo y por cuenta del
solicitante, todos los gastos derivados del otorgamiento de la misma.
CAPITULO IV – DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
4 ABONOS AL CONTRATISTA
Los servicios realizados se certificarán mensualmente. A tal efecto, dentro de los
primeros cinco días de cada mes, el contratista presentará en el registro de
entrada de Interbiak una propuesta de “relación valorada” de los trabajos
realizados durante el mes anterior, con su correspondiente valoración.
Para la valoración de los trabajos realizados se utilizarán los precios ofertados por
el Adjudicatario.
El Director del Contrato elaborará la “relación valorada” y la correspondiente
“Certificación”, que propondrá a la dirección de INTERBIAK para su aprobación.
Una vez aprobada, INTERBIAK se lo comunicará al Adjudicatario, al objeto de la
emisión por éste de la correspondiente factura. Esta comunicación, en su caso, se
realizará en el plazo no mayor de diez (10) días desde la recepción de la
propuesta de la “relación valorada”, si la certificación aprobada y comunicada
fuera coincidente con la propuesta del Adjudicatario.
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Si la certificación no es coincidente con la propuesta de relación valorada
presentada por el Adjudicatario, se le comunicará en el plazo máximo de 15 días.
Si el Adjudicatario no estuviera conforme, presentará sus alegaciones en el plazo
de diez (10) días desde la fecha en que se le notifique la “relación valorada”
enténdiendose otorgada tácitamente dicha conformidad si transcurrido el plazo
indicado no se hubiese formulado alegación alguna en INTERBIAK. En caso de
que el Adjudicatario presente alegaciones a la certificación, INTERBIAK habrá de
resolverlas en un plazo máximo de treinta (30) días contados desde la fecha que
se reciban, siendo su resolución vinculante para ambas partes sin perjuicio de las
acciones que le correspondan al Adjudicatario. Se entenderán tácitamente
denegadas las alegaciones del Adjudicatario en el caso de que INTERBIAK no
hubiere contestado nada en el citado plazo de treinta (30) días.
El pago de las facturas tendrá lugar dentro de los 60 días a contar desde que se
reciban en INTERBIAK.
Para la validez de la cesión o endoso de cualquier certificación será necesaria la
previa notificación por escrito a INTERBIAK, y será precisa su autorización para
que pueda llevarse a cabo. INTERBIAK podrá negarse a la toma de razón y,
consecuentemente, a admitir cesiones o endosos cuando las sumas a ceder o
endosar hubieran resultado embargadas, pignoradas, o se encuentren en
situación similar de indisponibilidad, o cuando estén sujetas a cualesquiera
penalizaciones o eventualidades derivadas del presente contrato.
5 OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES
En relación con los trabajadores y las trabajadoras destinados/as a la ejecución
de este contrato, la empresa contratista asumirá la obligación de ejercer de modo
real, efectivo y continuo el poder de dirección inherente a todo/a empresario/a. En
particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de
permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones, las obligaciones legales en
materia de prevención de riesgos laborales, la imposición –cuando proceda- de
sanciones disciplinarias, las obligaciones en materia de Seguridad Social, incluido
el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, así como cuantos derechos y
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obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado/a y
empleador/a.
La empresa contratista-adjudicataria deberá designar al menos un/a
Coordinador/a técnico o Responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá
entre sus obligaciones:
a) Recibir y transmitir cualquier comunicación que el personal de la empresa
adjudicataria deba realizar a la empresa contratante en relación con la
ejecución del contrato.
b) Controlar el cumplimiento de las normas laborales de la empresa
adjudicataria, en particular en materia de asistencia del personal al lugar
de trabajo y disfrute de vacaciones, de manera que no se perturbe la
prestación del servicio contratado.
La Contratista respecto al personal que emplee en la realización del trabajo
adjudicado, está obligado al exacto cumplimiento de la normativa vigente en
materia laboral, de seguridad social, de integración social de personas
discapacitadas y de prevención de riesgos laborales.
Son de cuenta directa del Contratista, todos los devengos de personal, incluidos
los Seguros Sociales, impuestos y horas extraordinarias posibles que regulan las
disposiciones vigentes en el momento actual o las que se aprueben durante el
periodo de vigencia del Contrato.
Las jornadas de trabajo y su horario serán las establecidas en los convenios
colectivos que sean de aplicación.
La adjudicataria, deberá en todo momento, cubrir las faltas de trabajo que se
produzcan por los períodos vacacionales, bajas laborales de cualquier tipo,
ausencias, permisos, accidentes, etc., de su personal, notificando por escrito a
INTERBIAK los nombres de los vigilantes habilitados que van a efectuar las
sustituciones.
El personal adscrito por el Contratista a la prestación objeto del Contrato, no
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 28 de 35
tendrá ninguna relación laboral con INTERBIAK, bajo ningún concepto,
dependiendo exclusivamente del Contratista, el cual tendrá todos los derechos y
deberes inherentes a su calidad de empresario respecto del mismo.
En general, el Contratista responderá de cuantas obligaciones le vienen
impuestas por su carácter de empleador, así como del cumplimiento de cuantas
normas regulan y desarrollan la relación laboral o de otro tipo, existente entre
aquél, o entre sus subcontratistas y los trabajadores de uno y otro, sin que pueda
repercutir contra INTERBIAK ninguna multa, sanción o cualquier tipo de
responsabilidad que por incumplimiento de alguna de ellas, pudieran imponerle
los Organismos competentes.
INTERBIAK podrá exigir al Contratista en cualquier momento la exhibición de los
justificantes de estar al corriente de los pagos a los trabajadores, Seguridad
Social, Hacienda y otros Organismos Oficiales, gremios que eventualmente
colaboren con él y demás terceros que intervengan en la ejecución del contrato,
así como a los proveedores.
La empresa adjudicataria responderá del deterioro de las instalaciones o material
ocasionado por su personal en la prestación del servicio de seguridad y vigilancia
contratado, reparándolo a su cargo. Será obligación del contratista indemnizar
todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las
operaciones que requiera la ejecución del contrato.
En cualquier caso, el Contratista indemnizará a INTERBIAK de toda cantidad que
se viera obligada a pagar por incumplimiento de las obligaciones aquí
consignadas, aunque ello le venga impuesto por resolución judicial o
administrativa, quedando INTERBIAK facultada para resarcirse de dichos gastos
con cargo a las certificaciones o garantía.
En la ejecución del contrato, la empresa contratista o subcontratista garantizará la
igualdad entre mujeres y hombres en el trato, en el acceso al empleo, clasificación
profesional, promoción, permanencia, formación, extinción, retribuciones, calidad
y estabilidad laboral, duración y ordenación de la jornada laboral.
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El contratista estará obligado a que el trabajo, tanto en su empresa como con las
empresas que subcontrate – en su caso – se desempeñe en condiciones dignas,
siéndoles de aplicación a los trabajadores el convenio del sector del que forman
parte, especialmente en cuanto a la subrogación del personal se refiere.
6 OBLIGACIONES EN RELACIÓN CON LA SEGURIDAD Y SALUD LABORAL
Será de aplicación la Ley 31/1.995 de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos
Laborales y el Real Decreto 1627/1.997 de 24 de octubre, por el que se
establecen disposiciones mínimas de Seguridad y de Salud en las Obras.
En cumplimiento de la Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales, y de la
Normativa vigente de Seguridad y Salud, los contratistas y subcontratistas
deberán tener realizada la evaluación de riesgos de acuerdo a las actividades a
las que se dedican, tener planificada la prevención de riesgos en la empresa,
haber formado e informado a sus trabajadores y haber adoptado las medidas
necesarias en evitación de los riesgos típicos de sus actividades propias.
En particular la empresa contratista:
Adoptará cuantas medidas de seguridad y salud en el trabajo fueran obligatorias o
necesarias en orden a la más perfecta prevención de riesgos que puedan afectar
a la vida, la integridad y la salud de las personas trabajadoras.
Que todo el personal que intervenga en la ejecución del contrato, tanto propio
como ajeno, haya recibido de su empresa en el momento de incorporación una
información de riesgos específicos, medidas de protección y medidas de
emergencia, así como, que haya recibido la formación necesaria sobre los riesgos
que afectan a su actividad, de acuerdo con el procedimiento del Plan de
Prevención. En particular, que se haya dado la formación pertinente sobre el uso
de EPIs.
Disponer de justificante de la entrega de equipos de protección individual, que en
su caso, fueran necesarios.
Todo el personal del servicio deberá ir siempre uniformado con placa de
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 30 de 35
identificación, conforme a la normativa en vigor.
El contratista quedará obligado con respecto al personal que emplee en los
trabajos objeto de este contrato. El incumplimiento de estas obligaciones por parte
del contratista, o la infracción de las disposiciones sobre seguridad por parte del
personal técnico designado por él, no implicarán responsabilidad alguna para
INTERBIAK.
El contratista asume la completa responsabilidad de los accidentes que por
causas imputables a él pudieran ocurrir a su personal, al de sus subcontratistas o
a terceros.
Los gastos ocasionados por el cumplimiento de las medidas preventivas y de
seguridad derivados por los trabajos a realizar por el contratista deberán tenerse
en cuenta en la definición de los precios ofertados para la realización de los
trabajos, dentro de los gastos generales de su empresa.
7 OBLIGACIÓN DE SIGILO Y PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
La adjudicataria deberá guardar sigilo respecto a datos o antecedentes que, no
siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, y de los
que tenga conocimiento con ocasión del mismo.
Si como consecuencia de la ejecución del trabajo contratado se utilizaran datos de
carácter personal, la empresa adjudicataria se obliga a cumplir con las exigencias
establecidas en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal y en el Reglamento que la desarrolla (R.D.
1720/2007, de 21 de diciembre).
Las obligaciones antes descritas se mantendrán tanto durante el período de
vigencia del contrato como con posterioridad a su conclusión.
El contratista asume la obligación de informar al personal de su servicio, de los
deberes de reserva y sigilo que adquiere por el presente contrato.
En todo caso el contratista será responsable de los daños y perjuicios que del
incumplimiento de las obligaciones contenidas en esta cláusula pudiera derivarse
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 31 de 35
para INTERBIAK o para terceras personas.
El incumplimiento de las obligaciones anteriores reseñadas se establece
expresamente como causa de resolución del contrato.
8 REVISIÓN DE PRECIOS
El contrato se entiende convenido a riesgo y ventura para el contratista,
excluyéndose en consecuencia la revisión de precios.
En consecuencia, el adjudicatario renuncia expresa y absolutamente y sin reserva
alguna, a cualquier pretensión sobre la materia.
9 SEGUROS
Sin perjuicio de lo previsto específicamente en el Pliego de Prescripciones
Técnicas, el adjudicatario vendrá obligado a suscribir con carácter general para
los servicios, un seguro de responsabilidad civil, en sus vertientes general,
patronal y de trabajos terminados, incluyendo como asegurado a la contratista y a
la subcontratista, debiendo figurar como asegurado adicional sin perder la
condición de tercero INTERBIAK, sus socios, empleados y/o representantes y en
general a toda persona dependiente o relacionada con Interbiak, en su caso, por
el importe que asegure sin reservas, cuantos daños directos e indirectos puedan
serle exigibles por posibles afecciones a terceros derivados de la ejecución de los
servicios y desarrollo general de sus obligaciones contractuales, incluso los
debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación objeto de este
contrato.
Si en el Cuadro de características del presente Pliego no se hace mención de
cantidad, el seguro será suscrito por un importe suficiente que asegure la
ejecución del trabajo.
La cuantía mencionada, se entenderá desde luego como mínima y no divisible,
pero extendida, con idénticos efectos a las incidencias que pudieran surgir ante
terceros para la totalidad del servicio, en la medida que, con arreglo a la
reglamentación vigente y mediante las actuaciones que en su caso o en derecho
procedan, sean efectivamente exigibles a la responsabilidad del contratista.
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 32 de 35
El seguro que el adjudicatario contrate o mantenga en vigor con el fin de dar
cumplimiento a las obligaciones precedentes no limitará sus obligaciones y
responsabilidades que le correspondan en virtud del presente contrato,
respondiendo de cuantas pérdidas o responsabilidades le fueran imputadas en
exceso o en defecto de los límites y garantías solicitadas, así como en la cuantía
de las franquicias del seguro.
INTERBIAK podrá solicitar, en todo momento, que el adjudicatario le acredite
documentalmente la contratación, el pago, el contenido y vigencia del seguro
exigido.
10 PLAZO DE GARANTÍA
El plazo de garantía será de un (1) mes, y comenzará a partir de la fecha de
recepción o conformidad.
Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos en
los trabajos efectuados, INTERBIAK tendrá derecho a reclamar al contratista la
subsanación de los mismos.
Transcurrido dicho plazo sin objeciones por parte de INTERBIAK quedará
extinguida la responsabilidad del contratista.
11 MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato INTERBIAK podrá introducir modificaciones,
siempre y cuando no alteren las condiciones esenciales de la licitación y
adjudicación de contrato, debiendo limitarse a introducir las variaciones
estrictamente indispensables para atender la necesidad que las haga necesarias.
A estos efectos, se entenderá que la modificación altera las condiciones
esenciales de la licitación y adjudicación en los supuestos contemplados en el
apartado 3 del artículo 107.
Serán obligatorias para el adjudicatario las modificaciones del contrato que se
acuerden, ajustándose a los precios establecidos y, en su defecto, a las tarifas
que con carácter orientativo estén establecidos en los correspondientes colegios
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 33 de 35
oficiales, de conformidad con lo estipulado en la cláusula anterior y en los
artículos 107 y 219 del TRLCSP. En caso de supresión o reducción de las
prestaciones a ejecutar, el adjudicatario no tendrá derecho a reclamar
indemnización alguna.
12 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
INTERBIAK podrá acordar la suspensión total o parcial del contrato, en cuyo caso
se levantará un acta dentro de los siete (7) días siguientes a la fecha en la que se
tome la decisión en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado,
la parte de los servicios afectada por aquélla y la situación de hecho de los
mismos.
Si INTERBIAK suspendiese el contrato por causas no imputables al adjudicatario,
le abonará, en concepto de indemnización, los gastos que el Adjudicatario
acredite debidamente, con el límite máximo del 3% del precio acordado para el
trabajo o servicio suspendido.
Si la suspensión o paralización fuera definitiva o excediera de un año el
adjudicatario podrá instar la resolución total o parcial del contrato.
13 CESIÓN DEL CONTRATO
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos a un
tercero debido a que las cualidades técnicas y personales del adjudicatario son
razón determinante de la adjudicación del contrato.
14 SUBCONTRATACIÓN
El adjudicatario no podrá subcontratar con terceros, total o parcialmente, los
servicios objeto del presente contrato sin el previo consentimiento de INTERBIAK.
El incumplimiento de esta obligación facultará a INTERBIAK para resolver el
contrato.
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 34 de 35
CAPITULO V – CONCLUSIÓN DEL CONTRATO
15 RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Y DEVOLUCIÓN DE LA GARANTÍA DEFINITIVA
Son causas de resolución del contrato a instancia de INTERBIAK, sin perjuicio de
su derecho a exigir su cumplimiento, las siguientes:
a) La suspensión del inicio del contrato por plazo superior a seis meses a partir
de la fecha señalada en el mismo por causa imputable a INTERBIAK.
b) El desistimiento o la suspensión del contrato unilateral de INTERBIAK, de
conformidad con lo dispuesto en el Art. 1594 del Código Civil, sin necesidad de
justa causa.
c) El mutuo acuerdo entre INTERBIAK y el Contratista.
d) Las modificaciones en el contrato aunque fueren sucesivas, que impliquen,
aislada o conjuntamente, alteraciones del precio del contrato en el momento de
aprobar la respectiva modificación, en cuantía superior, en más o en menos, al 10%
del precio primitivo del contrato, con exclusión del Impuesto sobre el Valor Añadido
(IVA), o representen una alteración sustancial del mismo.
e) La muerte o incapacidad sobrevenida del adjudicatario individual o la
extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
f) La declaración de concurso o la declaración de insolvencia en cualquier otro
procedimiento.
g) El incumplimiento por el Contratista de las órdenes de la Dirección del
Contrato.
h) Aquellas que se establezcan expresamente en el contrato.
En caso de resolución, INTERBIAK podrá continuar, por sí misma o a través de un
tercero, la ejecución del contrato.
PCAP – Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide Pág.: 35 de 35
La garantía definitiva será devuelta una vez se haya producido el vencimiento del
plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato a juicio del director del
mismo. En caso de que se resuelva el contrato por causa imputable al contratista
se incautará la garantía definitiva depositada.
17 JURISDICCIÓN COMPETENTE
Con objeto de resolver los litigios derivados de la interpretación o ejecución del
presente Contrato, ambas partes se someten expresamente a la jurisdicción y
competencia de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Bilbao, con renuncia a
cualquier otro fuero.
En ningún caso y bajo ningún concepto, podrá el Contratista suspender ni retrasar
la asistencia, ni tampoco el abandono de ésta en los supuestos de resolución y/o
rescisión del presente contrato, bajo el fundamento o la alegación de tener
pendientes reclamaciones, diferencias o reservas de cualquier naturaleza o
entidad, ni bajo la excusa de que tales reclamaciones hubieran dado lugar o no a
procedimientos arbítrales, judiciales o contenciosos de cualquier clase.
Bilbao, 26 de octubre de 2015
(Anexo 0) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 0
DATOS IDENTIFICATIVOS DEL LICITADOR A EFECTOS DE NOTIFICACIONES
D./D.ª [ ] con domicilio a estos efectos en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ] piso [ ] y provisto del DNI [ ] actuando en su propio nombre y derecho/en representación de “[ ]” con domicilio en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ], piso [ ], Teléfono [ ] y NIF [ ], lo que acredito en la forma prevista en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta que los datos para practicar en esta licitación toda clase de requerimientos, comunicaciones y notificaciones con los efectos jurídicos establecidos por la ley son los siguientes: Domicilio (calle, número, piso, código postal, población y provincia) ...............................................................................................................................................
Persona de contacto………………………………………………………………………
Teléfono…………………………………………………………………………………….
Fax………………………………………………………………………………………….
Dirección de correo electrónico………………………………………………………….
Nota: téngase en cuenta que los requerimientos, comunicaciones, notificaciones, se
efectuarán preferentemente a la dirección de correo electrónico por Ud. indicada.
Fecha y firma
En [ ], a [ ] de 2015
[ ].
P.p.
D[ ]
(Anexo 1) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 1
D.................................................................................., vecino de........................, con domicilio en ..........................................., calle ......................................, y provisto de D.N.I. Nº ..........................., .en nombre propio y/o en representación de la empresa ........................................................., con domicilio en ........................, calle ............................................, Tfno.: ............................. y C.I.F. Nº ...................., lo que acredito en la forma prevista en los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares, manifiesta lo siguiente: 1. Que está enterado de los anuncios publicados por INTERBIAK, S.A., por los
que se convoca PROCEDIMIENTO ABIERTO, para la adjudicación del contrato de (póngase el nombre completo del objeto del contrato tal como aparece en la Cláusula Primera);
2. Que ha examinado y conoce los Pliegos de Prescripciones Técnicas y Cláusulas Administrativas Particulares;
3. Que igualmente conoce los textos legales y reglamentarios a que se refiere la cláusula primera de los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares;
4. Que encuentra de conformidad, se somete voluntariamente y acepta íntegramente y sin variación todos los documentos y los textos legales y reglamentarios a los que se refieren respectivamente los apartados anteriores; y en concreto, la referida a la cláusula relativa a la autorización a la Administración Tributaria pertinente para la cesión de información sobre sus datos a la Administración contratante.
5. Que se compromete a llevar a cabo el trabajo citado (señálese el título del mismo), en la cantidad total y máxima de (indíquese la cantidad en letra y número) (1), IVA excluido:
IMPORTE – IVA EXCLUIDO € (1)
I.V.A (21%) € (1) IMPORTE TOTAL OFERTADO (IVA
incluido) € (1)
Incluyendo además a efectos informativos:
Precio/hora/día por vigilancia extraordinaria en día laborable:..............euros, IVA excluido
Precio/hora/día por vigilancia extraordinaria en día festivo:…...............euros, IVA excluido
Precio/hora/noche por vigilancia extraordinaria en día laborable:.........euros, IVA excluido
Precio/hora/noche por vigilancia extraordinaria en día festivo:….........euros, IVA excluido
En [ ], a [ ] de 2015
[ ].
P.p.
D[ ]
(1) Máximo 2 decimales.
(Anexo 2) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 2
(ART 60 TRLCSP Y DECLARACIÓN RESPONSABLE)
(Fecha)
DON ......................................................................... CON DNI. Nº ..........................
EN SU CALIDAD DE .............................. DE LA EMPRESA
.....................................
CON OFICINAS EN
....................................................................................................
(dirección)
Certifica que ni él mismo, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración enumeradas en el Art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, hace constar que, dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Y para que así conste a efectos de la documentación a presentar por los licitadores,
para contratar con la Administración expide esta Certificación en:
BILBAO, a ......... de ........................... de 2015
FIRMADO:
(Anexo 3) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 3
(ART 60 TRLCSP Y DECLARACIÓN RESPONSABLE)
(Fecha)
DON ......................................................................... CON D.N.I. Nº
..........................
CON OFICINAS EN
....................................................................................................
(dirección)
Certifica que ni él mismo, ni la Sociedad Mercantil que representa, ni las personas que integran los Órganos de Gobierno de la Sociedad se hallan incursos en las causas de prohibición, incapacidad o incompatibilidad para contratar con la Administración enumeradas en el Art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
Asimismo, hace constar que, dicha empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Y para que así conste a efectos de la documentación a presentar por los licitadores, para contratar con la Administración expide esta Certificación en:
BILBAO, a ......... de ........................... de 2015
FIRMADO:
(Anexo 4) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 4
MODELO DE GARANTÍA PROVISIONAL
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca) ..........................................................................., N.I.F. ............... con domicilio (a efectos de notificaciones) en ................................. en la calle .......................................................... C.P. .................... y en su nombre (nombre y apellidos del / los Apoderados) ..................................................................................................................................................con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo efectuado al dorso del presente documento.
A V A L A
a: (nombre y apellidos o razón social del avalado)..................................................., N.I.F............................. en virtud de lo dispuesto en el artículo 104 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, para responder de las obligaciones siguientes: (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el garantizado) ............................................................ ante INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A., por importe de: (en letra) ..................................... euros (en cifra y con dos decimales como máximo) ......................... euros.
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el artículo 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto al obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento INTERBIAK, S.A., con sujeción a los términos previstos en la legislación de contratos de las Administraciones Públicas y en sus normas de desarrollo.
El presente aval estará en vigor hasta que INTERBIAK, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
(Lugar y fecha )..................................................................................
(razón social de la entidad aseguradora).........................................
(firma del / los apoderados)..................................................
___________________________
(NOTA: Para el caso de garantías provisionales, y siempre que la entidad a avalar sea una Unión de Empresarios, no se admitirán garantías que únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión temporal, recogiéndose expresamente que la responsabilidad es conjunta y solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E.)
(Anexo 5) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 5
MODELO DE CERTIFICADO DE SEGURO DE CAUCIÓN
Certificado número ....................................... (razón social de la entidad aseguradora), en adelante, asegurador), con domicilio (a efectos de notificaciones) en la calle .............................................................., y N.I.F. ............................... debidamente representado por don (nombre y apellidos del / los Apoderado/s) ............................................................................................................................................................., con poderes suficientes para obligarle en este acto, según resulta del bastanteo que se reseña al dorso del presente documento.
A S E G U R A a: (nombre y apellidos o razón social del asegurado) ............................................................... N.I.F........................ en concepto de tomador del seguro, ante INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A., adelante asegurado, hasta el importe de: (en letra) ................................. euros (en cifra y con dos (2) decimales como máximo).......................... euros, en los términos y condiciones establecidos en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, normativa de desarrollo y pliego de cláusulas administrativas particulares por la que se rige el contrato (detallar el objeto del contrato u obligación asumida por el tomador del seguro) ............... en concepto de garantía (expresar la modalidad de seguro de que se trata, provisional, definitiva, etc.).........................., para responder de las obligaciones, penalidades y demás gastos que se puedan derivar conforme a las normas y demás condiciones administrativas precitadas frente al asegurado. El asegurado declara, bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos exigidos en el artículo 57.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. La falta de pago de la prima, sea única, primera o siguientes, no dará derecho al asegurador a resolver el contrato, ni éste quedará extinguido, ni la cobertura del asegurador suspendida, ni éste liberado de su obligación, caso de que el asegurador deba hacer efectiva la garantía. El asegurador no podrá oponer al asegurado las excepciones que puedan corresponderle contra el tomador del seguro. El asegurador asume el compromiso de indemnizar al asegurado al primer requerimiento de INTERBIAK, S.A. con sujeción a los términos previstos en los textos legales anteriormente citados. El presente seguro de caución estará en vigor hasta que INTERBIAK BIZKAIKO HEGOALDEKO AKZESIBILITATEA, S.A., o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, y legislación complementaria.
(Lugar y fecha ).................................................................................. (razón social de la entidad aseguradora)......................................... (firma del / los apoderados)..................................................
___________________________________________ (NOTA: Para el caso de garantías provisionales, y siempre que la entidad a asegurar sea una
Unión de Empresarios, no se admitirán garantías que únicamente garanticen sólo a una de las empresas que las constituya, sino que la misma ha de garantizar al resto de las empresas que forman la unión temporal, recogiéndose expresamente que la responsabilidad es conjunta y solidaria respecto de las demás integrantes de la U.T.E.)
(Anexo 6) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 6
MODELO DE AVAL GARANTÍA DEFINITIVA
El banco ____________ con domicilio a efectos de notificaciones y requerimientos en la calle/plaza/avenida___________y en su nombre y representación ______________________, con poderes suficientes para obligarse en este acto, otorgados a su favor con fecha ________ de _________ de ____________ ante el notario de __________________ D. ___________________ bajo el número ________ de su protocolo y que asegura que no han sido revocados ni modificados
AVALA
Solidariamente a la sociedad __________________, con domicilio en _______________, calle ____________, frente a la sociedad INTERBIAK, S.A., con C.I.F. [ ] y domicilio en Bilbao, [ ], renunciando a los beneficios de excusión, división y orden por la cantidad de __________Euros.
Este Aval se presta en concepto de Garantía Definitiva de las obligaciones derivadas de la ejecución contrato de servicios de “seguridad y vigilancia de los túneles de Urdinbide” suscrito entre ambas sociedades con fecha _______________ de ________ de ___________.
La sociedad INTERBIAK, S.A., podrá hacer efectiva la presente garantía, hasta la cantidad de _______________ Euros, en una o varias veces, siempre que en su conjunto no supere la citada cantidad, sin más requisito que efectuar por escrito requerimiento de pago al Banco conforme al modelo que se une como Apéndice 1.
El Banco procederá al pago a INTERBIAK, S.A. del importe a que se refiera el requerimiento en el plazo máximo de cinco días.
La garantía que consta en el presente documento es irrevocable, abstracta e independiente de la obligación causal garantizada y tendrá una vigencia hasta que transcurra el período de garantía previsto en el contrato. A los efectos del presente aval, el período de garantía no se entenderá cumplido hasta que INTERBIAK se lo comunique por escrito al Banco___________
(lugar y fecha) (razón social de la entidad)
Este Aval queda inscrito en el Registro Especial de Avales con el nº ......, el día ..de......de 2015
(Apéndice) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
APÉNDICE 1 AL MODELO DE GARANTÍA BANCARIA DEFINITIVA
(Encabezamiento de carta del Beneficiario)
(Dirección del Garante)
(Lugar y Fecha)
Contrato ( ) Garantía Bancaria Definitiva- Su número de Garantía ( )
Muy Sres. nuestros,
Hacemos referencia a la Garantía Bancaria Definitiva número ( ) emitida
por el Banco ( ) el día ( ) con objeto de comunicarles que (el Contratista) no ha
cumplido sus obligaciones establecidas en el Contrato de (fecha) identificado en
su garantía bancaria.
En consecuencia, por la presente les demandamos el pago, de acuerdo
con la Garantía Bancaria Definitiva, a nosotros (o en nuestro nombre), de la
cantidad de ( ) euros en la cuenta corriente bancaria número ( ) mantenida en
(nombre del banco) en (dirección de la sucursal) en (nuestro nombre/en nombre
de ( )) en el plazo máximo de cinco (5) días a contar desde la recepción de la
presente notificación.
(Solamente para demandas de pagos parciales: De acuerdo con la
Garantía Bancaria Definitiva, el pago de la cantidad demandada en el párrafo
precedente no limitará nuestro derecho a demandar el pago, en otras futuras
demandas, de cualesquiera otras cantidades hasta el límite de la Garantía
Bancaria Definitiva)
Atentamente,
(El Beneficiario)
(Anexo7) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 7
MODELO DE DECLARACIÓN IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS
Don / doña: .................................................................................
Con D.N.I. Nº ..........................
En representación de la empresa: .....................................................................................................
Con el N.I.F.: .......................................
Declara, bajo su responsabilidad:
Que, según la normativa vigente de aplicación en materia de tributación local y, concretamente la que rige el Impuesto sobre Actividades Económicas, está obligado a prestar declaración de alta en la matrícula de este impuesto en los siguientes epígrafes, no habiéndose dado de baja en el día de la fecha:
............................
............................
............................
En Bilbao, a ......... de ........................... de 2015
Firma
(Anexo 8) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 8
COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES
Conforme a lo previsto en el artículo 64.2 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de
14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos
del Sector Público, la empresa se compromete a utilizar su organización
productiva en el desarrollo de la actividad contratada y, además, a efectos de
completar la acreditación de la solvencia técnica, la empresa, entre los medios
materiales y personales para su ejecución, se compromete a adscribir los medios
señalados a continuación:
I.- MEDIOS MATERIALES
II.- MEDIOS PERSONALES
Bilbao, a …………………… de …………………………… de 2015
Firma
(Anexo 9) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 9
MODELO DE DECLARACIÓN RELATIVA A LA INFORMACIÓN DE CARÁCTER CONFIDENCIAL
D. [ ] con domicilio a estos efectos en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ] piso [ ] y
provisto del DNI [ ] actuando en su propio nombre y derecho/en representación
de “[ ]” con domicilio en [ ] (C.P. [ ]), calle [ ] nº [ ], piso [ ], Teléfono [ ] y CIF. [
].
Declara:
Que en relación con la documentación aportada en el Sobre …….… (indicar el
sobre al que se refiere) del expediente de contratación con número de referencia
…………, se consideran confidenciales las siguientes informaciones y aspectos
de la oferta por razón de su vinculación a secretos técnicos o comerciales, de
acuerdo con lo señalado en el artículo 140 del Real Decreto Legislativo 3/2011,
de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de
Contratos del Sector Público:
(detallar)
............................
Que dicho carácter confidencial se fundamenta en las razones siguientes:
(detallar)
............................ En [ ], a [ ] de 2015 [ ]. P.p. _________________________ D[ ]
(Anexo 10) Servicios de Seguridad y Vigilancia de los Túneles de Urdinbide
A N E X O 10
MODELO DE DECLARACIÓN SOBRE GRUPO DE EMPRESAS D./Dª. ................................................................................................., con
domicilio en ..................................., calle........................................................................................ y con D.N.I. núm. ......................., en nombre …………………………….. (propio o de la persona, empresa o entidad que representa), con domicilio social en ………….……, calle ……………………………………….., C.P. ...................... y Teléfono ........................... y CIF ………………..
En relación con el contrato para (detallar el objeto del contrato u
obligación asumida por el garantizado–Nº Expediente:) ……………………………………………………………………………………
………………………………………………………………………………………………………………………………………
DECLARA Que la empresa a la que representa: SÍ se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código
de Comercio. NO se encuentra en ninguno de los supuestos del artículo 42.1 del
Código de Comercio.
En caso de respuesta afirmativa:
NO concurre a la adjudicación del contrato con empresas que,
pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales.
SÍ concurre a la adjudicación del contrato con empresas que,
pertenecientes al mismo grupo o en las que concurran alguno de los supuestos alternativos establecidos en el artículo 42.1 del Código de Comercio, presentan proposiciones individuales, las cuales se relacionan a continuación:
C.I.F. Nº: Denominación social: Y para que conste, firmo la presente en ……...………, a .…. de …..….. de
2015. Firma: