pliego de clausulas tÉcnicas para la … · serán normas de obligado cumplimiento para la...

14
PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PARA BILBAO BIZKAIA MUSEOAK

Upload: trinhkiet

Post on 20-Oct-2018

216 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

PLIEGO DE CLAUSULAS TÉCNICAS

PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE SEGURIDAD PARA BILBAO BIZKAIA MUSEOAK

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

1

1. OBJETO DEL CONTRATO

El presente pliego tiene por objeto la definición de las condiciones técnicas, en cuyo marco el adjudicatario del contrato deberá prestar los servicios de seguridad en BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, con la finalidad de realizar éstos con la mayor eficacia y eficiencia, de modo que se garantice la integridad de personas y bienes. El contrato se ejecutará conforme a las Especificaciones Técnicas citadas que tendrán carácter contractual, de acuerdo con lo previsto en el presente Pliego de Cláusulas Económico-Administrativas. No obstante, lo dispuesto en el párrafo anterior, se tendrán por ineficaces y no puestas aquellas partes de las Especificaciones Técnicas que pudieran estar en contradicción con el presente Pliego.

2. NORMATIVA DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO

Serán normas de obligado cumplimiento para la prestación del servicio de vigilancia y protección de bienes muebles e inmuebles, así como personas que puedan encontrarse en los mismos y las misiones que sean encomendadas por el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, además del cumplimiento de la normativa de contratación administrativa, las normas reguladoras que a continuación se especifican: • La Ley 23/1992 de 30 de Julio, de Seguridad Privada. • El Real Decreto 2364/1994, de 9 de Diciembre por el que se aprueba el Reglamento de Seguridad Privada. • El Real Decreto 1123/01, de 19 de Octubre, por el que se modifica parcialmente el Reglamento de Seguridad Privada. • La Orden de 7 de Julio de 1995 por la que se da cumplimiento a diversos aspectos del Reglamento de Seguridad Privada sobre Personal, y demás normativa concordante. • El Convenio Colectivo Estatal de las Empresas de Seguridad y la Resolución de la Dirección General de Trabajo por la que se dispone la inscripción en Registro y publicación de la revisión salarial del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Seguridad, normas de Seguridad Física, Seguridad Personal y Colectiva y Salud Laboral, Ley 2/1985 sobre protección civil y demás normas y disposiciones concordantes. • La Ley 31/95, de Prevención de Riesgos Laborales. • El Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, que desarrolla el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. • La Ley Orgánica 15/99, de Protección de Datos de Carácter Personal, de 13 de diciembre. • Instrucción 1/2006, de 8 de noviembre de la Agencia Española de Protección de Datos, sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de sistemas de cámaras o videocámaras, dictada en el ejercicio de la competencia que

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

2

le atribuye el artículo 37.1.c) de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. Para la correcta prestación del servicio de seguridad y vigilancia, la empresa de seguridad debe contar con la correspondiente autorización administrativa mediante su inscripción en el Registro del Ministerio del Interior y contar con los medios humanos, de formación, financieros, materiales y técnicos. Asimismo, además de la normativa vigente en el momento de la adjudicación del contrato, será de obligado cumplimiento aquella que pudiera entrar en vigor durante el periodo de vigencia del contrato.

3. ALCANCE DE LOS SERVICIOS.

El presente pliego tiene como alcance las condiciones técnicas que a continuación se detallan. El alcance del contrato es la prestación de los servicios de seguridad en el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK de Bilbao, con la finalidad de realizar éstos con la mayor eficacia y eficiencia, de modo que se garantice la integridad de personas y bienes dando respuesta a las necesidades que a continuación se detallan.

3.1 Condiciones Generales

3.1.1 RESPONSABILIDADES El servicio de seguridad deberá responsabilizarse de los siguientes

aspectos:

A)- Seguridad de Bienes y Personas: Vigilancia y control de accesos al edificio, dependencias y áreas

circundantes al edificio propiedad de BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, pero de uso público.

Vigilancia y ronda por exteriores e interiores del MUSEO DE REPRODUCCIONES.

Comprobación del adecuado cierre de puertas, ventanas y grifos en las rondas nocturnas.

Protección y vigilancia de carácter general de dependencias interiores, y custodia de la integridad de los bienes, identificación de sospechosos y protección del personal en general en caso de conflictos con extraños.

Verificación de intrusiones, de elementos y objetos en accesos prohibidos. Protección frente a la comisión de hechos delictivos o infracciones.

Manejo de los equipos de vigilancia centralizados o complementarios por CCTV y otros tipos de sistemas electrónicos de seguridad que existan, (centralita de incendios, alarmas, control de accesos, video vigilancia, etc.).

Control, vigilancia y custodia de los exteriores del MUSEO (explanadas y elementos de las mismas), así como de las zonas de transito de vehículos. Control de estacionamiento de vehículos según normas internas.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

3

Prestación del Servicio Administrativo de Control, para las dependencias que se indiquen, consistente en revisión de documentación, control de identidad de los visitantes, entrega y recogida de distintivos de identificación, fichaje manual y acompañamiento a los mismos, si fuera preciso.

Preparación de la Apertura del MUSEO DE REPRODUCCIONES en caso de evento: apertura de puertas, colocación de letreros y catenarias, revisión del cierre del MUSEO DE REPRODUCCIONES finalizado el evento.

Cierre de los locales tras los horarios de admisión de público. Aseguramiento de la seguridad de bienes, para evitar daños intencionados. Comunicación inmediata al responsable del Servicio de Seguridad del

BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, de toda incidencia que suponga un riesgo para la seguridad de personas u objetos.

Colaboración con las Fuerzas del Orden, así como con los servicios de bomberos, Cruz Roja, DYA, etc. en posibles evacuaciones.

Confección de los partes diarios de incidencias según los modelos que establezca la dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

Custodia de llaves y entrega de las mismas, a las personas autorizadas, durante los horarios que se establezcan.

Comunicación automática a al responsable del Servicio de Seguridad del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, de los avisos de alarma que se produzcan en el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, transmitiéndolas según proceda al Servicio de Inspección, Ertzaintza, Bomberos, Cruz Roja, etc. Siempre previa autorización del responsable.

Control de entrada y salida de personal contratado para realizar trabajos en el recinto del MUSEO (limpieza, mantenimiento, reparaciones, coros, artistas, etc.).

Control y custodia de las grabaciones de las cámaras de vigilancia. Vigilancia en el cumplimiento de las directrices de funcionamiento interno

del MUSEO. Gestión y vigilancia de vestuarios. (entrega de taquillas, vigilancia de

cumplimiento de Normas establecidas. Operaciones especiales durante eventos no habituales.

B)- Vigilancia, Control y Gestión de Mercancías:

Responsabilidad en el Cumplimiento del procedimiento interno de calidad establecido para la gestión de Mercancías internas y externas.

Recepción, inspección y control de la correspondencia y paquetería dirigida a las oficinas del MUSEO.

Control de entrada y salida de materiales, mercancías decorados, instrumentos, material de eventos etc., así como de los vehículos que los transportan.

C)- Prevención de Riesgos y Plan de Autoprotección del Edificio.

Colaboración en la vigilancia del Cumplimiento del plan de prevención de riesgos laborales del MUSEO.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

4

Vigilancia en el cumplimiento del plan de Autoprotección del MUSEO, tanto de los aspectos con directa responsabilidad del servicio en cuanto a actuación del personal en caso de emergencia, como del aseguramiento (vigilancia) de las condiciones de las instalaciones que estén íntimamente relacionadas con la protección contra situaciones de emergencia, lucha contra incendios y evacuación de personas (control visual).

Manejo, conocimiento y capacitación demostrable del personal que presta el servicioo, para el uso de los equipos de protección contra el fuego. (Bocas de incendio equipadas y extintores).

Asesoramiento por técnico cualificado según legislación vigente, en todo lo referente al mantenimiento del plan de autoprotección y respeto a la normativa de aplicación en base a las distintas necesidades o circunstancias que puedan darse en el MUSEO. Elaboración de informes específicos a consultas realizadas y revisión y actualización del plan de autoprotección.

D)- Mantenimiento del edificio:

Colaboración con el Dpto. Técnico en la identificación visual y comunicación de distintas averías que se detecten en el edificio durante las Rondas.

3.1.2 DESARROLLO DEL SERVICIO DE SEGURIDAD

El servicio de seguridad se desarrollará de acuerdo con los siguientes principios de actuación:

La empresa adjudicataria comunicará al responsable de seguridad del

BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, los datos del personal antes de su incorporación, (Nombre D.N.I., edad, domicilio, historial de servicio, formación recibida). Una vez dado el consentimiento y comprobada su eficacia en el servicio, dicho vigilante, no podrá ser cambiado, sin la autorización de la dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK. Se presentará Curriculum Vitae de cada trabajador actualizado una vez adjudicado el servicio para cada caso de sustitución del personal.

Dada la necesidad de que el personal de vigilancia conozca las instalaciones, y a los empleados y operarios del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK para cumplir eficazmente su cometido, las nuevas incorporaciones, deberán personarse obligatoriamente, al menos durante las cinco jornadas previas a su ingreso, en el puesto del personal a sustituir.

Antes de proceder a la sustitución de cualquiera de los miembros del equipo de seguridad, la empresa adjudicataria solicitará por escrito permiso para ello, adjuntando el curriculum vitae correspondiente, dejándola aplazada hasta recibir la correspondiente autorización por parte de la dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

La empresa que preste los servicios contratados, entregará semanalmente al responsable del Área de Seguridad, relación nominal del servicio previsto para la semana, indicando ubicación turnos, horario, nombre y apellidos de los componentes etc. para un correcto seguimiento e inspección del mismo.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

5

La empresa adjudicataria con carácter mensual, entregará al responsable del Área de Seguridad o persona en quien delegue, un resumen de incidencias producidas en el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, observaciones del personal de servicio que supongan una mejora del mismo, así como relación nominal del personal que lo realizó.

En aquellos casos en los que la incidencia producida sea de notoria importancia, será comunicada a la mayor brevedad posible, entregando inmediatamente el parte servicio según el modelo acordado.

Así mismo, en cumplimiento del Sistema de Calidad implantado en el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, se mantendrán reuniones de periodicidad mensual al objeto de evaluar el servicio prestado, levantando un acta de cada reunión que tendrá el carácter de registro del Sistema de Calidad.

La empresa adjudicataria se obliga a prestar cuantos servicios extraordinarios o ampliaciones del servicio que le sean requeridos con una antelación de 24 horas, facturándose a los mismos precios por hora, ofertados para la totalidad del concurso.

El servio solicitado en este pliego de condiciones en lo referente a numero de puestos de vigilancia considerados estables podrá ser ampliado o reducido en su numero según las necesidades y el nivel de actividad del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK. Dicha ampliación o disminución de puestos fijos quedará recogida por escrito y anexada al contrato en caso de que se den.

3.2 Descripción de las Funciones y Equipación necesaria

MEDIOS PERSONALES Y FUNCIONES A REALIZAR. A) Recursos Humanos Actuales. En la actualidad la empresa adjudicataria cuenta con un número de puestos y categorías de vigilantes y de auxiliares, con la antigüedad y los pluses personales que se recogen en el siguiente cuadro:

a) Museo de Reproducciones Artísticas de Bilbao

Personal

Categoría

Contrato

Antigüedad

Operario/a 1

Vigilante sin arma sin arma

501

01/10/2004

Estos datos deberán ser tenidos en cuenta por las empresas ofertantes del servicio. B) Medios Personales y funciones: El Servicio de Seguridad será cubierto siempre con Vigilantes de Seguridad sin armas para la vigilancia y con auxiliares para el puesto de control.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

6

El adjudicatario asignará a las labores de seguridad del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK profesionales que reúnan las siguientes características: - Preparación psicológica y madurez adecuadas. En especial deberá

familiarizarse con el tipo de sucesos que potencialmente pueden desarrollarse en el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

- Preparación física adecuada. - Formación teórica y práctica en aspectos relacionados, primeros auxilios,

Detección y Extinción de incendios, evacuación y situaciones de emergencia, detección de explosivos y en general toda formación complementaria al desarrollo de sus funciones. Se requerirá la presentación (en la oferta) de un Plan de formación puesto en operación por parte del adjudicatario.

- Todo el personal contratado para la prestación del Servicio, durante el desarrollo del mismo, deberá ir uniformado correctamente, con los atributos y medios que la legislación vigente tipifica en esta materia, incluso en los periodos de inactividad del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

- El adjudicatario dotará al personal que preste servicio y al Dpto. Coordinación, de un equipo de transmisión portátil, 2 baterías, 2 cargadores de batería y un auricular por puesto (incluida operadora de centro de control). Cada vigilante deberá disponer, además de lo establecido normalmente (Defensa, grilletes…), de una linterna.

- Deberá hacer también provisión de los recambios y equipos de reserva suficiente para la no interrupción del servicio. Disponiendo en la instalación de al menos 4 equipos de transmisión portátil completos con auricular y 2 linternas.

- La empresa adjudicataria estará obligada a facilitar al personal de servicio, todo el material de escritorio y papelería necesario para la elaboración y archivo de los partes de servicio, informes y demás actos administrativos derivados del mismo.

- Los servicios serán inspeccionados por parte de la empresa adjudicataria, con una frecuencia mínima de una vez al mes, dejando constancia de tal inspección a través de informe escrito que entregará a la persona que el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK designe. En estas inspecciones se deberá evaluar el conocimiento del equipo de las instrucciones/normas de funcionamiento establecidas por el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK y correcto estado de los medios provistos a los mismos.

El servicio a ofertar cubrirá los siguientes puestos:

1. Vigilancia: 1 Vigilante de seguridad sin arma de martes a Sábados: Turno

Mañana: 9:00 a 13:30, Tarde: 16:00 a 19:00 1 Vigilante de seguridad sin arma domingos y festivos. Turno

Mañana: 10:00 a 14:00

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

7

Los precios ofertados serán validos para trabajos extraordinarios o necesidades adicionales solicitadas por el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

4. NORMAS DE CARÁCTER GENERAL

El contrato se regirá por las cláusulas contenidas en este Pliego, en las Especificaciones Técnicas y por las Normas de Derecho Privado que sean aplicables, sin perjuicio de las referencias que estos pliegos efectúen a la normativa de contratación de las Administraciones Públicas. El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, de los documentos anexos al mismo, o de las instrucciones, pliegos o normas de toda índole promulgados por la Administración, que puedan tener aplicación en la ejecución de lo pactado, no eximirá al adjudicatario de la obligación de su cumplimiento. El incumplimiento de cualquier norma de las mencionadas será considerado cómo falta grave según nuestro sistema de gestión. La acumulación de faltas graves, podrá suponer la pérdida automática del contrato.

5. OBLIGACIONES BÁSICAS DEL ADJUDICATARIO

Serán obligaciones básicas del Adjudicatario, además de las que se establecen en otros apartados, las siguientes: a) El adjudicatario asume plena responsabilidad sobre la idoneidad técnica, legal

y económica de la oferta presentada y el Memoria del Servicio definitivos que se deriven de ella, para conseguir el objeto del contrato y cumplir estrictamente todas las normas aplicables.

b) En la planificación y el desarrollo de los trabajos objeto del contrato, es responsabilidad del adjudicatario atenerse a toda la normativa de obligado cumplimiento y a la buena práctica que en cada momento sea aplicable a la actividad que ejecuta, tanto en sus aspectos técnicos como administrativos, tributarios, mercantiles, de prevención de riesgos laborales etc. Por ello, deberá a su cargo, facilitar la realización de cuantos cursos de formación sean necesarios entre su personal para mantener actualizados sus conocimientos en estas materias.

c) El adjudicatario además de velar por la seguridad de los equipos, máquinas, instalaciones u obra civil, deberá prestar su colaboración a la dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK en todas aquellas actuaciones que especifique el PLAN DE EMERGENCIA del mismo, respecto a simulacros y situaciones reales de incendios, evacuaciones, catástrofes etc... y aportar las herramientas y medios necesarios para dichas actuaciones. Será requisito obligatorio que todos los vigilantes en servicio estén suficientemente instruidos (formación teórica y práctica) para el desempeño de funciones de Detección y extinción de Incendios, Actuaciones ante amenazas con riesgo de explosión y Primeros Auxilios.

d) Cumplir, bajo su exclusiva responsabilidad, la normativa vigente concerniente a la actividad desarrollada.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

8

e) El personal de toda clase que preste sus servicios en los trabajos de ejecución del contrato por cuenta del Adjudicatario, ejecutará su misión bajo la única y exclusiva responsabilidad de éste.

f) Cualquier infracción o incumplimiento del contrato por parte del Adjudicatario, de los que se derive perturbación grave y no reparable por otros medios, facultará a BILBAO BIZKAIA MUSEOAK para optar entre la resolución del contrato o la intervención del servicio hasta que tal perturbación desaparezca, sin que en ningún caso de dicha intervención pudiera derivarse subrogación empresarial alguna, comprometiéndose expresamente el adjudicatario a asumir cualquier tipo de responsabilidad económica o de otra índole que de la misma pudiera irrogarse. En todo caso, el Adjudicatario deberá abonar a la Sociedad Euskalduna los daños y perjuicios que efectivamente le haya irrogado.

g) Cuando el adjudicatario o el personal dependiente de él incurran en actos u omisiones que comprometan o perturben la buena marcha de la ejecución del contrato, BILBAO BIZKAIA MUSEOAK podrá exigirle la adopción de medidas concretas y eficaces para conseguir restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.

6. CALIDAD: FILOSOFÍA, REQUISITOS Y CONTROL

El nivel de calidad del servicio ha de estar en todo momento en consonancia con las circunstancias que concurren. El MUSEO es un recinto moderno en el que todos sus servicios han de significarse por su avanzada tecnología, originalidad y adecuación perfecta a las necesidades, requisitos que también ha de cumplir el servicio de Seguridad por sí misma. Consecuentemente, la prestación de servicios de Seguridad estará presidida por las siguientes características: En todo caso, se atenderán con carácter prioritario las necesidades de

Seguridad derivadas de la celebración de actos y congresos en el MUSEO. A tales efectos se procederá por parte de BILBAO BIZKAIA MUSEOAK a facilitar con la debida antelación la programación de actos.

Cortesía y amabilidad extremas en el trato con los usuarios. Cuidar el buen orden del servicio. La presentación personal, habrá de ser

correcta y el vestuario con uniformidad impecable, dando siempre la sensación de higiene y limpieza.

Atención preferente a las reclamaciones, aunque no fuesen formuladas correctamente, seguida de un análisis crítico y de una toma de medidas coyunturales o permanentes para el futuro.

Resulta importantísima la Proactividad del servicio en todas las tares asignadas, manteniendo siempre una comunicación abierta de las distintas dificultades que se presenten en cada momento con los responsables designados por el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

Todas las acciones publicitarias, de propaganda, de relaciones públicas y promoción de merchandising, etc., deberán contar con la aprobación previa de BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

9

7. CONTROL E INSPECCIÓN DEL SERVICIO

A) Medios de supervisión y control La dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK a través del responsable del área de Seguridad llevará a cabo el control, verificaciones y supervisión necesarios sobre los trabajos que el adjudicatario realice, con el fin de asegurar que el Memoria del Servicio se ejecuta en todo momento conforme con las exigencias del presente Pliego y compromisos contractuales. Para ejercer dichas funciones de control e inspección, el responsable del área de seguridad contará con todos los medios personales que la dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK ponga a disposición, en los que podrá delegar alguna o varias de estas funciones hecho que comunicará al adjudicatario por escrito. La dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK podrá en cualquier momento, requerir las asistencias técnicas que considere oportunas para verificar o auditar el correcto cumplimiento de las obligaciones a las que está sometido el adjudicatario y el nivel de calidad y corrección del trabajo. B) Informes de Inspección y seguimiento. El adjudicatario deberá dar cuenta al responsable del área de Seguridad del grado de cumplimiento de los objetivos establecidos, de las labores desarrolladas por el Servicio de Seguridad y de cualquier incidencia que fuera importante destacar, al menos una vez al mes. C) Control económico Al responsable del área de Seguridad, corresponde conformar los gastos derivados del contrato que requieran autorización previa, así como las certificaciones mensuales del servicio de seguridad. La Dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK no reconocerá ningún trabajo que hay de abonarse fuera de contrato, que no cuente con el conforme del Responsable del Área de Seguridad, no haciéndose cargo en consecuencia de los gastos que pudieran producirse. D) Verificaciones documentales La dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK se reserva el derecho de verificar en cualquier momento a través de los medios idóneos; el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario que se establecen en este Pliego, para lo cual el adjudicatario le permitirá el acceso a la documentación original justificativa de este cumplimiento.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

10

8. PENALIZACIONES

Cualquier infracción o incumplimiento del contrato será comunicado al adjudicatario a través de su representante en el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, mediante la correspondiente acta de incidencias cuyo recibí será firmado por el receptor. Dado que el grado de cumplimiento en la prestación del servicio se valora principalmente, por el nivel de adecuación a los objetivos de calidad, la Dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK tendrá la facultad de penalizar con sanciones económicas, además de las faltas indicadas en el Convenio Colectivo citado en el apartado 4, las siguientes faltas: Leve: causa un problema menor en el BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, Grave: causa un problema importante al BILBAO BIZKAIA MUSEOAK sin

repercutir en los clientes, Crítica: causa un problema importante al BILBAO BIZKAIA MUSEOAK y

repercute en los clientes Leves: No proporcionar los informes y datos cuya entrega está establecida. Incumplimiento puntual, no sustancial, de las obligaciones contractuales

contenidas en este Pliego o Memoria del Servicio. La acumulación de más de diez faltas leves en un periodo trimestral constituirá

falta grave y la acumulación de tres faltas graves sin límite temporal, falta muy grave.

Graves: Incumplimiento sustancial o habitual del Memoria del Servicio, o de las

obligaciones contractuales que contienen en este Pliego. La obstaculización de las tareas de control e inspección a realizar por el órgano

de contratación o sus agentes autorizados. Las faltas serán cualificadas por la Dirección del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK fijando su penalización, que podrá llegar hasta la rescisión del contrato. La comisión de infracciones podrá conllevar la imposición de penalidades por los siguientes importes: Faltas leves: apercibimiento o penalidades por importe de hasta 300 Euros. Faltas Graves: entre 301 y 3000 Euros Falta Crítica: entre 3001 y 9000 Euros y rescisión del contrato. El incumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato dará lugar a la imposición, previa audiencia de la empresa adjudicataria, de penalidades de carácter económico que se harán efectivas mediante su deducción de facturas.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

11

Si existiera discrepancia de calificación por parte del adjudicatario, en las faltas graves no procedentes de acumulación de faltas leves, se podrá a costa del adjudicatario, solicitar un informe a un facultativo ajeno a las dos partes y aceptado por ellas como mediador.

9. ABONO DEL CONTRATO, REVISÍON DE PRECIOS Y FACTURACIÓN

Facturación: Mensualmente se facturará un doceavo del importe anual de servicio de seguridad y Servicios Auxiliares contratados, su abono se hará efectivo a 30 días fecha factura mediante confirming con entidad financiera. Facturación de Refuerzos: Asimismo, mensualmente se procederá a facturar las horas de refuerzo que se hayan solicitado por las personas responsables del BILBAO BIZKAIA MUSEOAK, las cuales se abonarán a 30 días fecha factura mediante confirming con entidad financiera.

10. CONTRATOS DE SEGUROS EXIGIDOS

Serán a cargo del adjudicatario, todos los daños producidos en el desarrollo de sus trabajos cualquiera que sea su naturaleza y volumen.

Para cubrir los riesgos a su cargo, el adjudicatario contratará y mantendrá durante el período de adjudicación y posibles prorrogas los siguientes contratos de seguros, que se citan a título enunciativo y no limitativo, ya que el objeto es conseguir una eficaz cobertura:

Seguro de enfermedad y accidente de todos sus trabajadores asignados al contrato y de los trabajadores empleados por los subcontratistas con los que el Contratista contrate, de acuerdo con la Ley o convenios sectoriales o particulares.

Seguro obligatorio de vehículos automóviles propios o contratados por el adjudicatario que intervenga en los trabajos objeto del contrato, que cubra el riesgo de responsabilidad civil obligatorio y voluntario hasta el límite máximo contratable.

Garantía de Responsabilidad Civil en sus vertientes de GENERAL, ACCIDENTES DE TRABAJOS ,LOCATIVA, DAÑOS A BIENES OBJETO DE PROTECCION y deberá garantizar las defensas y fianzas civiles y criminales incluyendo como ASEGURADO a BILBAO BIZKAIA MUSEOAK MANTENIENDO LA CONDICION DE TERCERO así como a toda persona que intervenga en los trabajos objeto de este contrato, renunciando las Compañías Aseguradoras a los derechos de subrogación o acción que pudieran ejercitar contra cualquiera de los mencionados anteriormente, frente a las reclamaciones por daños que se pueden causar a terceros, a

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

12

consecuencia directa o indirecta, acción u omisión, de los trabajos objeto de este Contrato, incluso los debidos a defectos e insuficiencias técnicas de la prestación objeto de este Contrato.

Las cifras básicas mínimas a garantizar son:

- Responsabilidad Civil General: 3.000.000 Euros. - Responsabilidad Civil Accidentes de trabajo: 3.000.000 Euros. - Responsabilidad Civil Locativa.: 300.000 Euros - Responsabilidad Civil Daños a bienes objeto de protección:

1.000.000 Euros - Sublímite por víctima Accidentes de trabajo: 300.000 Euros. - Defensa y fianzas Civiles y penales: Incluido.

El abono de las primas correspondientes a los citados contratos de seguros será de cuenta del Contratista, entendiéndose a todos los efectos que su importe se encuentra repercutido en los precios del Contrato. Asimismo, y en el caso de que se produjese algún siniestro durante el período de vigencia de dichos contratos de seguros, será de cuenta del Contratista el abono de cualquier tipo de franquicia que haya podido ser establecida en los mismos.

Exención de responsabilidad para BILBAO BIZKAIA MUSEOAK:

En los indicados contratos de seguros se establecerá una cláusula de exención de responsabilidades y no repetición de la entidad que asuma el riesgo contra BILBAO BIZKAIA MUSEOAK.

El Contratista enviará al representante de BILBAO BIZKAIA MUSEOAK para su aceptación por la misma, copia de las pólizas de seguros antes de la formalización definitiva de las mismas.

El Contratista queda obligado a mantener la vigencia de las pólizas durante el plazo de duración del contrato y las posibles prorrogas

El Contratista enviará al representante de BILBAO BIZKAIA MUSEOAK copia de las pólizas y los recibos justificativos del pago de las primas en vigor dentro de los treinta días a partir de la fecha de los mismos, y sin demorar dos copias de las declaraciones de siniestros o accidentes que se produzcan.

Se conocerá mediante cláusula en las pólizas de seguro, el derecho a que BILBAO BIZKAIA MUSEOAK se informe directamente ante las Compañías Aseguradoras de los siniestros que se produzcan y/o declaren por los riesgos citados.

BILBAO BIZKAIA MUSEOAK podrá solicitar al adjudicatario en cualquier momento que acredite la contratación, el pago, el contenido y vigencia de los seguros debiendo aportar el adjudicatario, en su caso, una copia íntegra de las pólizas y de los recibos.

Pliego de cláusulas técnicas

Contrato de servicios

Procedimiento abierto

13

Los seguros contratados en virtud de los compromisos establecidos en la presente cláusula, no limitarán las obligaciones y responsabilidades que le corresponden al adjudicatario en virtud de presente Contrato respondiendo por tanto de cuantas pérdidas o responsabilidades le fueran imputadas en exceso o defecto de los límites y garantías solicitadas, y en la cuantía de las franquicias del seguro.

11. AVALES

Los ofertantes deberán presentar la garantía definitiva: 5% sobre el importe de adjudicación del servicio de seguridad anual, IVA excluido, previo a la adjudicación del servicio.