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1 GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2014) ÍNDICE 1. RÉGIMEN JURÍDICO 2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN 3. OBJETO DEL CONTRATO 4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER 5. PRESUPUESTO Y PRECIO 6. PLAZO DE EJECUCIÓN 7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN 7.1.Procedimiento de adjudicación 7.2.Forma de adjudicación 7.3.Publicidad de la licitación 7.4.Publicidad de los pliegos 8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES 8.1.Condiciones de aptitud 8.2.Criterios objetivos de solvencia 8.3.Garantía provisional 9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES 9.1.Presentación de las proposiciones 9.2.Plazo y lugar de presentación 9.3.Forma de presentación 9.4.Contenido de las proposiciones 9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa” 9.4.2. Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor 9.4.3. Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios cuantificables de forma automática 10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS 10.1. Criterios de valoración 10.2. Procedimiento de valoración 10.2.1. Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas aritméticas

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1

GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA

CONTRATACIÓN, MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE

MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL

UNIVERSITARIO DE CEUTA (EXPEDIENTE Nº: P.A. 1/2014)

ÍNDICE

1. RÉGIMEN JURÍDICO

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

3. OBJETO DEL CONTRATO

4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

5. PRESUPUESTO Y PRECIO

6. PLAZO DE EJECUCIÓN

7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

7.1.Procedimiento de adjudicación

7.2.Forma de adjudicación

7.3.Publicidad de la licitación

7.4.Publicidad de los pliegos

8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES

8.1.Condiciones de aptitud

8.2.Criterios objetivos de solvencia

8.3.Garantía provisional

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES

9.1.Presentación de las proposiciones

9.2.Plazo y lugar de presentación

9.3.Forma de presentación

9.4.Contenido de las proposiciones

9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa”

9.4.2. Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de

un juicio de valor

9.4.3. Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática

10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

10.1. Criterios de valoración

10.2. Procedimiento de valoración

10.2.1. Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas aritméticas

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10.2.2. Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas

matemáticas

10.2.3. Valoración global de las ofertas

10.3. Ofertas con valores desproporcionados o anormales

11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

11.1. Mesa de contratación

11.2. Calificación de la documentación administrativa

11.3. Apertura de proposición relativa a los criterios de evaluación no automática

11.4. Apertura de proposiciones evaluables mediante criterios de evaluación automática

11.5. Propuesta de adjudicación

12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

14 EJECUCIÓN DEL CONTRATO

14.1. Responsable del contrato

14.2. Condiciones de la ejecución

14.3. Obligación de confidencialidad

14.4. Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa contratista

14.5. Otras condiciones de ejecución

14.6. Lugar de la prestación del servicio

14.7. Condiciones especiales de ejecución

14.8. Facultad de control e inspección

14.9. Incumplimiento de las obligaciones contractuales

14.10. Obligaciones y gastos exigibles al contratista

14.11. Responsabilidades del contratista

15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

16.1. Cesión del contrato

16.2. Subcontratación

17. PAGO DEL PRECIO

18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

20. PLAZO DE GARANTÍA

21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN COMPETENTE

CUADRO DE CARACTERÍSTICAS

ANEXO 1. Licitación Electrónica

ANEXO 2. Dirección electrónica a efectos de notificaciones

ANEXO 3. Solicitud para participar en la licitación.

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ANEXO 4. Índice de documentación en sobre 1

ANEXO 5. Compromiso de constitución de UTE

ANEXO 6. Compromiso de adscribir a la ejecución del contrato medios personales o materiales

ANEXO 7. Acreditación de no estar incurso en las prohibiciones de contratar

ANEXO 8. Declaración sobre empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo

ANEXO 9. Sumisión a los Tribunales españoles para empresas extranjeras

ANEXO 10. Compromiso de presentación de la documentación original

ANEXO 11. Declaración sobre confidencialidad

ANEXO 12. Modelo de oferta económica

ANEXO 13. Relación de los contratos de los trabajadores, de la empresa adjudicataria ... actual

ANEXO A. Guía para la presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación

electrónica.

ANEXO B. Requisitos técnicos para la presentación de ofertas mediante la plataforma de

contratación electrónica

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RÉGIMEN JURÍDICO

1.1. El contrato que regula el presente pliego tiene naturaleza administrativa, y

se regirá, además de por lo establecido en el mismo y en el de

prescripciones técnicas, por lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo

3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de

la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante, TRLCSP) y, en cuanto

no se encuentre derogado por ésta, por el Reglamento General de la Ley

de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre (en adelante, RGLCAP) y el Real Decreto

817/2009, de 8 de mayo.

Asimismo, respecto al uso de medios electrónicos para la tramitación del

expediente de contratación pública, se aplicará lo expresamente dispuesto

en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos

a los Servicios Públicos, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre,

que la desarrolla parcialmente, y la Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril

que regula el empleo de medios electrónicos en procedimientos de

contratación.

Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de Derecho

administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado

1.2. Se presume que, al presentar su proposición, el licitador acepta de forma

incondicional el contenido de este pliego de cláusulas administrativas

particulares y se somete a la legislación vigente en materia de contratación

administrativa y a la jurisdicción contencioso-administrativa para las

cuestiones litigiosas que pudieran derivarse del contrato.

1.3. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento de las disposiciones

vigentes en materia de legislación laboral y fiscal, así como de las que

puedan promulgarse durante la ejecución del contrato con respecto al

personal que emplee en la ejecución del mismo. No se derivará ninguna

responsabilidad para el INGESA del incumplimiento por parte del

adjudicatario de estas obligaciones.

1.4. En caso de discordancia entre el presente pliego y cualquiera del resto de

los documentos contractuales, prevalecerá el pliego de cláusulas

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administrativas particulares, en el que se contienen los derechos y

obligaciones que asumirán las partes del contrato.

2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN

El órgano de contratación es la Dirección del Instituto Nacional de Gestión

Sanitaria. No obstante, conforme a la Resolución de 6 de marzo de 2006, del

Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, sobre delegación de competencias en

diversos órganos del Instituto (B.O.E. núm. 65, de 17 de marzo de 2006),

corresponde al GERENTE DE ATENCIÓN SANITARIA del Instituto Nacional de

Gestión Sanitaria en Ceuta la celebración de contratos, conciertos o convenios

para la prestación de asistencia sanitaria así como sus modificaciones, que

correspondan a sus centros de gestión, cuando su cuantía no exceda de

901.518,16 euros, y previa autorización del Director del Instituto cuando su importe

sea superior, y la tramitación y resolución de los recursos que se interpongan

contra los actos derivados de los mismos, de su adjudicación, efectos y extinción.

La dirección postal del órgano de contratación es la siguiente: Hospital

Universitario (Registro General). Urbanización Loma Colmenar s/n, código postal

51003, Ceuta Número de teléfono: 856907000; número de fax: 856907065.

Horario de apertura: laborables de lunes a viernes de 9 a 14 horas. La dirección de

correo electrónico es: [email protected]

El acceso a su perfil de contratante se verifica a través de la siguiente dirección

electrónica: www.contrataciondelestado.es.

3. OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del contrato al que se refiere este pliego es la ejecución del servicio

indicado en el apartado 2 del Cuadro de características del presente pliego y

descrito en el pliego de prescripciones técnicas.

Asimismo, en dicho apartado se señalan las nomenclaturas correspondientes a la

Clasificación Estadística de Productos por Actividades (CPA) y del Vocabulario

Común de Contratos Públicos (CPV), y, en su caso, los lotes en que se divide el

objeto del contrato.

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4. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

La contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE

ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA tiene

como misión la de mantener, en todo momento, los equipos objeto del contrato, en

perfecto estado de funcionamiento que permitan:

- Asegurar la seguridad integral, referida a los aspectos técnicos de los equipos

objeto del contrato.

- Asegurar el funcionamiento continuo y eficaz de los equipos, minimizando las

posibles paradas como consecuencia de averías.

- Conseguir el mejor estado de conservación de los equipos, las partes y los

elementos componentes de ellos.

- Cumplir las prescripciones reglamentarias respecto al mantenimiento técnico-

legal

Todo ello encaminado a mantener una adecuada prestación sanitaria a los

pacientes del Área de Salud de Ceuta, así como las máximas condiciones de

seguridad, tanto a los citados pacientes como al personal técnico que utiliza el

equipamiento.

5. PRESUPUESTO Y PRECIO

El presupuesto máximo de contratación, su distribución y detalle de imputación, la

forma de tramitación del expediente de gasto, el valor estimado del contrato y el

sistema de revisión de precios figuran en el apartado 4 del Cuadro de

características.

6. PLAZO DE EJECUCIÓN

El plazo de ejecución del contrato y sus posibles prórrogas se describen en el

apartado 5 del Cuadro de características.

7. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

7.1. Procedimiento de adjudicación

El contrato se adjudicará mediante procedimiento abierto, sujeto a regulación

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armonizada, conforme a lo dispuesto en los artículos 16, 138 y 157 a 161 del

TRLCSP, y su tramitación se indicará en el apartado 6.2 del Cuadro de

características.

7.2. Forma de adjudicación.

La tramitación de presente procedimiento podrá realizarse de forma

electrónica o en soporte papel o, exclusivamente, por vía electrónica, según se

indique en el apartado 6.2 del Cuadro de características.

7.2.1. Tramitación electrónica

Cuando el licitador opte por la licitación electrónica, el acceso y descarga de

los pliegos, la presentación de las solicitudes de participación y proposiciones,

la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones entre

licitador y órgano de contratación se realizarán exclusivamente a través de la

plataforma de contratación pública utilizada por el INGESA para las

licitaciones electrónicas en la dirección web

http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta, cuya descripción,

características, sistema de acceso y operatividad se establecen en el anexo 1

del presente pliego.

Conforme a lo dispuesto en la Orden EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la

que se regula el empleo de medios electrónicos en los procedimientos de

contratación, la opción por el uso de medios electrónicos vincula al licitador

durante toda la fase de licitación del contrato.

7.2.2. Comunicaciones electrónicas

Cuando sea admisible la presentación de la documentación en formato papel,

las comunicaciones, notificaciones, requerimientos e intercambio de

información entre la Administración y los licitadores que no hagan uso del

sistema de contratación electrónica podrán realizarse, a opción de los

licitadores, a través de correo electrónico, cumpliéndose las exigencias de

la Disposición adicional decimosexta del TRLCSP por remisión de su

Disposición adicional decimoquinta.

A tal efecto, los licitadores que opten por este sistema de notificación

electrónica deberán cumplimentar el anexo 2 y darse de alta en la página web

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www.contrataciondelestado.es de la Plataforma de Contratación del Estado

para la realización y práctica de los trámites señalados en el párrafo anterior.

7.3. Publicidad de la licitación

El anuncio de licitación se publicará en los diarios oficiales y plataformas de

licitación señalados en el apartado 6.3 del Cuadro de características.

Los gastos de publicidad originados por esta convocatoria serán por cuenta

del adjudicatario y su importe máximo no superará la cantidad señalada en el

apartado 6.4 del Cuadro de características.

7.4. Publicidad de los pliegos

Los pliegos se pueden descargar del perfil del contratante de la Gerencia de

Atención Sanitaria de CEUTA (www.contrataciondelestado.es) y de la

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO en la dirección web

http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta

A efectos de lo establecido en el artículo 158.2 del texto refundido de la Ley

de Contratos del Sector Público, en el supuesto de que sea necesario solicitar

información adicional sobre los pliegos o sobre la documentación

complementaria del presente procedimiento, deberá realizarse, al menos 12

días antes de la fecha límite fijada para la recepción de ofertas.

8. REQUISITOS DE LOS LICITADORES

8.1. Condiciones de aptitud

Podrán optar a la realización del contrato las personas físicas o jurídicas,

españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal, que tengan

plena capacidad de obrar, cuya finalidad o actividad tenga relación directa con

el objeto del contrato, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas

fundacionales, acrediten su solvencia económica y financiera y profesional o

técnica en la forma que determina este pliego y no estén incursas en algunas

de las prohibiciones para contratar que enumera el art. 60 del TRLCSP.

Los empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o

profesional que, en su caso, se exige en el apartado 7.1 del Cuadro de

características.

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Las empresas extranjeras no comunitarias deben reunir además los requisitos

establecidos en el art. 55 del TRLCSP.

8.2. Criterios objetivos de solvencia

8.2.1. Los empresarios interesados en participar en el procedimiento de

contratación habrán de reunir las condiciones de solvencia

económica y financiera y técnica que se indican en los apartados

7.2 a 7.7 del Cuadro de características.

8.2.2. Los licitadores concurrentes deberán completar la acreditación de

su solvencia mediante el compromiso de adscribir a la ejecución

del contrato los medios personales o materiales suficientes para

ello cumplimentando a tal efecto el modelo que figura en el anexo-

6.

8.3. Garantía provisional

Los licitadores constituirán la garantía provisional que, en su caso, se exija

en el apartado 8.1 del Cuadro de características.

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES

9.1. Presentación de las proposiciones

Los empresarios que reúnan los requisitos de capacidad y solvencia

establecidos en la cláusula anterior podrán participar en el procedimiento de

contratación presentando la solicitud que figura en el anexo 3, acompañada

de los sobres nº 1 (Documentación administrativa), nº 2 (Documentación

para valoración de criterios cuya cuantificación dependa de un juicio de valor)

y nº 3 (Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática.), y además, en su caso, el documento

original de la garantía provisional.

9.2. Plazo y lugar de presentación

9.2.1 Cuando se emplee el sistema de licitación electrónica, los

licitadores presentarán sus solicitudes y documentación, dentro del plazo

señalado en el anuncio de licitación, a través de la Plataforma de

Licitación Electrónica MERCURIO en la dirección web

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http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta .

No obstante, para el documento original acreditativo de constitución de la

garantía provisional se estará a lo contemplado en el apartado 9.3.5. de este

pliego.

9.2.2. Cuando no sea preceptiva la tramitación electrónica del expediente, los

licitadores podrán presentar sus proposiciones personalmente o mediante

envío por mensajería en el Registro General de la Gerencia de Atención

Sanitaria, cuya dirección y horario de apertura figura en el apartado 2 de este

pliego, o enviadas por correo dentro del plazo de admisión señalado en el

anuncio público de licitación.

Cuando la documentación se envíe por correo, el empresario deberá justificar

la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano

de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el

mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico. El envío del

anuncio por correo electrónico solo será válido si existe constancia de la

transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las

comunicaciones y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario.

Sin la concurrencia de ambos requisitos (justificación de la fecha de

imposición del envío y anuncio al órgano de contratación) no será admitida la

documentación si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad

a la fecha y hora de la terminación del plazo señalado en el anuncio.

Transcurridos, no obstante, diez días siguientes a la indicada fecha sin

haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

9.3. Forma de presentación.

9.3.1. Para participar en el procedimiento los licitadores presentarán la

indicada solicitud (anexo 3) acompañada de los tres sobres

cerrados, identificados en su exterior con el objeto del contrato al

que se concurre y firmados por el licitador o persona que le

represente, indicando el nombre y apellidos o razón social de la

empresa, número de teléfono y de fax y dirección de correo

electrónico, todo ello de forma legible.

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9.3.2. Toda la documentación a presentar por los interesados habrá de ser

original o bien copia que tenga carácter de auténtica o compulsada

conforme a la legislación vigente en la materia, excepto el

documento acreditativo de constitución de la garantía provisional

que, en todo caso, habrá de ser original.

9.3.3. Cuando la documentación que se exige en este pliego se presente

en formato electrónico, antes de adjuntar la documentación

mediante la Plataforma MERCURIO, los licitadores deberán

registrarse en la citada plataforma y firmar mediante firma

electrónica reconocida, válidamente emitida por un Prestador de

Servicios de Certificación y que garantice la identidad e integridad

del documento, la oferta y todos los documentos asociados a la

misma, en los que sea necesaria la firma del apoderado, de

conformidad con lo dispuesto en la Ley 59/2003, de 19 de diciembre,

y demás disposiciones de contratación pública electrónica.

9.3.4. La firma electrónica reconocida según el artículo 3 de la Ley

59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica es la firma

electrónica avanzada basada en un certificado reconocido

(válidamente emitida por un Prestador de Servicios de Certificación)

y generada mediante un dispositivo seguro de creación de firma,

(por ejemplo DNIe, u otras tarjetas criptográficas que reúnan los

requisitos establecidos en la norma de referencia).

9.3.5. La acreditación de la constitución de la garantía provisional no podrá

realizarse, en ningún caso, por medios electrónicos, informáticos o

telemáticos Aquellos documentos originales que acrediten la

constitución de la garantía provisional, si procede, habrán de ser

entregados en el Registro General del órgano de contratación, cuya

dirección y horario de apertura figura en el apartado 2 de este pliego,

o enviados por correo dentro del plazo de admisión señalado en el

anuncio de licitación. El licitador deberá justificar la fecha de

imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de

contratación la remisión de la garantía provisional mediante télex,

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fax o telegrama en el mismo día. También podrá anunciarse por

correo electrónico. El envío del anuncio por correo electrónico sólo

será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus

fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica

fidedignamente al remitente y al destinatario. Sin la concurrencia de

ambos requisitos no será admitida la documentación si es recibida

por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de

la terminación del plazo señalado en el anuncio. Transcurridos, no

obstante, diez días, siguientes a la indicada fecha sin haberse

recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.

9.3.6. Las instrucciones para la presentación de ofertas a través de la

plataforma se encuentran en el Anexo A - Guía para la

presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación

electrónica de la Gerencia de Atención Sanitaria del Instituto

Nacional de Gestión Sanitaria en Ceuta y Anexo B - Requisitos

técnicos para la presentación de ofertas mediante la plataforma

de contratación electrónica de este pliego.

Una vez presentada una oferta a través de la plataforma electrónica

de contratación MERCURIO, se generará un recibo electrónico que

garantizará la fecha, hora y contenido de su oferta.

Una vez entregada o remitida la documentación no podrá ser

retirada.

Es responsabilidad de los interesados que los documentos se

envíen libres de virus que dificulten o imposibiliten su lectura. En

cualquier caso, la mera presencia de virus en la oferta no

determinará, por sí misma, la exclusión de la misma, siempre que se

pueda tener acceso a su contenido.

9.3.7. Salvo que se indique expresamente en el apartado 9.5 del Cuadro de

características, no se se admitirán variantes, por lo que cada licitador

sólo podrá presentar una proposición y tampoco podrá suscribir

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ninguna oferta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho

individualmente o figurar en más de una unión temporal. La

contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo de todas las

ofertas incursas en duplicidad.

9.3.8. La documentación se presentará en castellano. En el caso de

presentarse alguna documentación en otro idioma o lengua sin la

traducción jurada correspondiente, la Administración contratante se

reserva la facultad de no considerar dicha documentación.

9.3.9. Si existiese alguna dificultad técnica en el envío, el licitador, antes de

la finalización del plazo de presentación de las ofertas, podrá realizar

un envío previo de la firma de conformidad con lo dispuesto en el

apartado h) de la Disposición Adicional Decimosexta del Texto

Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por

el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, a través de

la Plataforma de licitación electrónica MERCURIO. En este caso, la

Plataforma registrará sólo la firma electrónica y la ubicación de los

documentos integrantes de la oferta que se ha tratado de enviar (en

adelante “Oferta Original”). Posteriormente, y en un plazo máximo de

24 horas, el licitador que hubiera presentado su firma de esta forma,

deberá presentar la oferta propiamente dicha en formato electrónico,

a través de la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO. De

no efectuarse esta segunda remisión en el plazo indicado, se

considerará que la oferta ha sido retirada. La oferta presentada en

formato electrónico en esta segunda fase no podrá sufrir ninguna

modificación respecto a la Oferta Original. Si una vez realizadas las

comprobaciones técnicas oportunas (Función Hash), se comprobase

que la documentación recibida en la segunda fase ha sufrido

modificaciones respecto a la Oferta Original, la propuesta del

licitador no será tenida en cuenta en el procedimiento de licitación

9.4. Contenido de las proposiciones

Los licitadores habrán de presentar TRES (3) SOBRES, bien en formato

papel o a través de la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO en

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formato electrónico, en este último caso sólo si se ha optado por la

licitación electrónica, con la siguiente denominación:

- Sobre 1: Documentación administrativa.

- Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya cuantificación

dependa de un juicio de valor.

- Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración de criterios

cuantificables de forma automática.

Además, en su caso, deberán presentar el resguardo original

acreditativo de haber depositado, en concepto de garantía provisional, la

cantidad que se indica en apartado 8.1 del Cuadro de características, en

la forma indicada en el apartado 9.3.5 de este pliego. No obsta

9.4.1. Sobre 1: “Documentación administrativa”

Este sobre contendrá los siguientes documentos:

A. Índice de documentos

La relación de documentos que se presentan se ajustará al

modelo que figura en el anexo 4.

B. Dirección de correo electrónico

Los licitadores que, con arreglo a lo dispuesto en la cláusula

7.2.2 presenten sus proposiciones en formato papel y opten

por la utilización de medios electrónicos para la realización

de las comunicaciones y notificaciones, habrán de presentar

cumplimentado el anexo 2 y darse de alta en la página

web de la Plataforma de Contratación del Estado.

(www.contrataciondelestado.es)

C. Acreditación de la personalidad jurídica y la capacidad de

obrar

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1º. Si el licitador es persona física deberá presentar documento

que acredite debidamente su personalidad (Documento Nacional

de Identidad para españoles; y pasaporte, autorización de

residencia y permiso de trabajo para extranjeros).

2º. Si los licitadores fueran personas jurídicas españolas,

deberán presentar la escritura de constitución o modificación, en

su caso, inscrita en el Registro Mercantil cuando este requisito

sea exigible conforme a la legislación mercantil que les sea

aplicable. Si no lo fuere, la acreditación de la capacidad de obrar

se realizará mediante la escritura o documento de constitución,

estatutos o acto fundacional, en el que consten las normas por

las que se regula su actividad, inscritos, en su caso, en el

correspondiente Registro oficial, según el tipo de persona

jurídica, de acuerdo con lo previsto en el artículo 72 del TRLCSP.

3º. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de

Estados miembros de la Unión Europea se acreditará mediante la

inscripción en los Registros correspondientes, de acuerdo con la

legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la

presentación de una declaración jurada o un certificado de

acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación en los

términos exigidos en los artículos 58 y 72.2 del TRLCSP y 9 del

RGLCAP.

Asimismo, deberán acreditar que cuenta con la autorización

especial regulada en el artículo 58.2 del TRLCSP o, en caso de

no necesitarla para ejecutar el contrato, deberán presentar una

declaración responsable en la que haga constar dicha

circunstancia.

4º. La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros

se acreditará en los términos exigidos en los artículos 55 y 72.3

del TRLCSP y 10 del RGLCAP.

A estos efectos, deberán aportar un informe de la Misión

Diplomática Permanente de España en el Estado

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16

correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito

territorial radique el domicilio de la empresa en que se haga

constar:

- Que, previa acreditación de la empresa, figura inscrita en el

Registro local profesional, comercial o análogo o, en su

defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el

ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del

contrato.

- Que su Estado de procedencia admite a su vez la

participación de empresas españolas en la contratación con la

Administración y con los entes, organismos o entidades del

sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 del

TRLCSP, en forma sustancialmente análoga.

D. Acreditación de la representación.

Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro

presentarán poder bastante al efecto y copia autenticada de su

Documento Nacional de Identidad o del documento que, en su

caso, lo sustituya reglamentariamente.

Si el licitador fuera persona jurídica, el poder deberá figurar

inscrito en el Registro Mercantil. Si se trata de un poder para acto

concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil,

de acuerdo con el artículo 94.1.5 del Reglamento del Registro

Mercantil.

E. Habilitación empresarial

Los licitadores habrán de presentar los documentos que, en su

caso, se exijan en el apartado 7.1 del Cuadro de características.

F. Unión temporal de empresas (en adelante UTE)

Cuando dos o más empresas liciten agrupadas en una UTE, cada

uno de los empresarios que la componen acreditará su capacidad

y personalidad en la forma prevista en los apartados anteriores,

debiendo indicar en documento privado los nombres y

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17

circunstancias de los empresarios que la suscriban, la

participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse

formalmente en unión temporal en el caso de resultar

adjudicatarios y la persona o entidad que, durante la vigencia del

contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos

frente a la Administración. El citado documento deberá de estar

firmado por los representantes de cada una de las empresas

componentes de la UTE (anexo 5).

G. Solvencia económica, financiera y técnica

Los licitadores españoles y extranjeros no comunitarios deberán

acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o

profesional con los medios descritos en los apartados 7.2 del

Cuadro de características.

Los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión

Europea que no se encuentren clasificados acreditarán su

solvencia económica y financiera, técnica o profesional por los

medios indicados en los apartados 7.3 y 7.4 del Cuadro de

características.

Los licitadores concurrentes deberán completar la acreditación de

su solvencia mediante el compromiso de adscribir a la ejecución

del contrato los medios personales o materiales suficientes para

ello, cumplimentando a tal efecto el modelo que figura en el anexo

6,

Además, tratándose de un contrato sujeto a regulación

armonizada, los licitadores deberán presentar, en su caso, los

certificados de acreditación del cumplimiento de las normas de

garantía de la calidad y de las normas de gestión medioambiental

que se especifican en los apartados 7.6 y 7.7 respectivamente

del Cuadro de características.

H. Prohibición de contratar

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Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las

prohibiciones para contratar señaladas en el artículo 60 del

TRLCSP, conforme al modelo que se incorpora en el anexo 7.

La prueba de esta circunstancia podrá hacerse también por

cualquiera de los otros medios señalados en el artículo 73 del

TRLCSP.

La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior

comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al

corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con

la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.

I. Garantía provisional

Resguardo original acreditativo de haber depositado, en concepto

de garantía provisional, la cantidad que, en su caso, se indica en

apartado 8.1 del cuadro de características.

J. Empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo de

empresas

A los efectos previstos en el art. 86 RGLCAP, los licitadores

aportarán una declaración responsable, en la que se haga

constar expresamente si otras sociedades del mismo grupo

empresarial, entendiendo por éstas las que se encuentren en

alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio,

han presentado proposiciones, relacionando, en caso afirmativo,

los nombres de las correspondientes empresas (anexo 8)

K. Empresas extranjeras

Las empresas extranjeras aportarán una declaración de

someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales

españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de

modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato con

renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que

pudiera corresponder al licitante (anexo 9).

L. Documentación original

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19

Los licitadores presentarán declaración expresa responsable en

la que se manifieste que el contenido de los documentos

presentados a través de la Plataforma de Licitación Electrónica

MERCURIO, concuerda fielmente con los originales y se

comprometen a acreditarlo cuando el órgano de contratación se

lo requieran, según modelo que figura en el anexo 10 del

presente pliego.

M. Empresas que tengan en su plantilla personas con

discapacidad.

Los licitadores interesados en que se les aplique las preferencias

de adjudicación que se establecen en la cláusula 10.2.3 del

presente pliego para el caso de que dos o más proposiciones se

encuentren igualadas, deberán presentar los documentos que

acrediten que, al tiempo de presentar su proposición, tiene en su

plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al

2 por 100, según lo dispuesto en la disposición adicional cuarta

del TRLCSP.

N. Documentos y datos de los licitadores de carácter

confidencial.

Tal como prevé el artículo 140 del TRLCSP, las empresas

licitadoras tendrán que indicar, si es el caso, mediante una

declaración complementaria, según modelo que figura en el

anexo 11 de este pliego, qué documentos administrativos y

técnicos y datos presentados son, a su parecer, constitutivos de

ser considerados confidenciales. Esta circunstancia deberá

además reflejarse claramente (sobreimpresa, al margen o de

cualquier otra forma) en el propio documento señalado como tal.

Los documentos y datos presentados por las empresas

licitadoras pueden ser considerados de carácter confidencial

cuando su difusión a terceros pueda ser contraria a sus intereses

comerciales legítimos, perjudicar la leal competencia entre las

empresas del sector o bien estén comprendidas en las

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20

prohibiciones establecidas en la Ley de Protección de datos de

Carácter Personal. De no aportarse esta declaración se

considerará que ningún documento o dato posee dicho carácter.

Las empresas que figuren inscritas en el Registro Oficial de

Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado quedarán

exentas de aportar la documentación exigida en los apartados C

(párrafos 1º y 2º) y D, siempre que aporten certificado acreditativo de

la inscripción en el citado Registro, acompañado de una

declaración expresa responsable en la que manifieste que las

circunstancias reflejadas en el certificado no han experimentado

variación.

En el caso de que los licitadores estén inscritos en el Registro de

Licitadores del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria, podrán

presentar Certificación del citado Registro, la cual les dispensará de la

aportación de los documentos que en ella se recogen mientras tengan

validez las circunstancias acreditadas en su día. Junto a la certificación

indicada, se deberá presentar declaración expresa responsable de

la empresa en la que manifieste que no se han modificado los datos

obrantes en el mismo, salvo lo relativo a los datos referidos a

obligaciones tributarias y de Seguridad Social, en su caso

9.4.2. Sobre 2: Documentación para valoración de criterios cuya

cuantificación dependa de un juicio de valor

Este sobre contendrá la documentación que se relaciona en el

apartado 9.3 del Cuadro de Características de este pliego que

permita valorar la proposición, de acuerdo con los criterios de

adjudicación que dependen de un juicio de valor, y que están

indicados en el apartado 10 del Cuadro de Características, y

comprobar que las ofertas cumplen las prescripciones técnicas

exigidas en el procedimiento.

La inclusión en este sobre de documentación que esté relacionada

con los criterios evaluables mediante fórmulas dará lugar a la

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exclusión de la proposición del procedimiento de adjudicación por

vulnerar el carácter secreto que han de tener las proposiciones.

9.4.3. Sobre 3: Oferta económica y documentación para valoración

de criterios cuantificables de forma automática

9.4.3.1. Este sobre contendrá exclusivamente la proposición

firmada y redactada según el modelo que se adjunta

como anexo 12 a fin de aplicar los criterios de

adjudicación establecidos evaluables mediante fórmula

matemática.

9.4.3.2. El licitador, al formular su propuesta económica, incluirá

en el precio ofertado toda clase de gastos necesarios

para la ejecución del contrato, y, en concreto, sin que

esta relación tenga carácter limitativo, los siguientes:

a) Cualquier coste relativo a personal (horas normales,

horas extras, absentismo, vacaciones, cargas

sociales, costes derivados de la actualización de

plantilla, formación, uniformidad, etc.).

b) El suministro de todos los equipos y material

necesarios para la prestación integral del servicio.

c) El coste de adquisición y mantenimiento de los

equipos y medios auxiliares adscritos a la prestación

del servicio.

d) Equipamiento de protección y medios de seguridad

necesarios, conforme a la normativa vigente de

seguridad e higiene en el trabajo.

e) Los medios técnicos e informáticos aplicados a la

prestación del servicio.

Asimismo incluirá el Impuesto sobre la Producción, los

Servicios y la Importación (IPSI), que no obstante, deberá

ser repercutido como partida independiente en los

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documentos que se presenten para el cobro, sin que el

importe global contratado experimente incremento como

consecuencia de la consignación del tributo repercutido.

10. VALORACIÓN DE LAS OFERTAS

10.1. Criterios de valoración

Los criterios que sirven de base para la adjudicación del contrato son los

que se relacionan en el apartado 10 del Cuadro de características.

10.2. Procedimiento de valoración

10.2.1. Valoración de criterios no evaluables mediante fórmulas

aritméticas

En primer lugar, la Mesa de Contratación realizará la evaluación

de las ofertas respecto a los criterios correspondientes a la

propuesta técnica que no pueden valorarse mediante la aplicación

de fórmulas aritméticas. A tal efecto, todas las ofertas serán

valoradas de mejor a peor respecto a dichos criterios en función

de sus características y de su comparación conjunta, teniendo en

cuenta su mayor adecuación a la mejora y perfeccionamiento del

contrato. El resultado de dicha valoración deberá ser argumentado

y justificado en el correspondiente informe de valoración.

Conforme a lo dispuesto en el art. 22.1.e) del Real Decreto

817/2009 de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la

Ley 30/2007 de 30 de octubre, la Mesa podrá solicitar cuantos

informes técnicos considere precisos para valorar las

proposiciones, así como para verificar que las ofertas cumplen con

las especificaciones técnicas del pliego.

10.2.2. Valoración de los criterios evaluables mediante la aplicación

de fórmulas matemáticas

La valoración de las ofertas respecto a los criterios cuantificables

mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará conforme al

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siguiente procedimiento:

1º.- Se asignará a la mejor oferta el máximo de puntos previsto en el

criterio correspondiente.

2º.- A las ofertas siguientes se les asignarán para cada criterio los

puntos que proporcionalmente correspondan por su diferencia con la

mejor oferta, de acuerdo con las fórmulas P= (pm*mo)/O, o bien, P=

(pm*O)/mo, según se trate, respectivamente, de proporción inversa

o proporción directa con la mejor oferta, (donde "P" es la puntuación

obtenida, "pm" es la puntuación máxima para el criterio a valorar,

"mo" es valor cuantitativo de la mejor oferta y "O" es el valor

cuantitativo de la oferta que se valora).

10.2.3. Valoración global de las ofertas

Obtenida la puntuación de todas las ofertas respecto a cada uno

de los criterios, se sumará la puntuación total de cada una de

ellas, resultando seleccionada la que obtenga mayor puntuación.

Si se produjera un empate en la puntuación entre dos o más

licitadores, éste se dirimirá a favor del que hubiera obtenido mayor

puntuación en la valoración de los criterios cuantificables mediante

la mera aplicación de fórmulas; si persistiera el empate la

propuesta de adjudicación se decidirá a favor del que hubiera

obtenido mayor puntuación en la valoración de los criterios

evaluables mediante juicios de valor, y de persistir tal situación, se

atenderá a los criterios preferenciales previstos en la disposición

adicional cuarta del TRLCSP indicados en el apartado M de la

cláusula 9.4.1, a favor de la empresa que tenga un mayor

porcentaje de trabajadores con discapacidad, siempre que sea

superior al 2 por 100, o, en su caso, disponga del mayor

porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla;

y, en última instancia, mediante sorteo a celebrar en acto público

mediante insaculación.

10.3. Ofertas con valores desproporcionados o anormales

El carácter desproporcionado o anormal de las ofertas se apreciará, en su

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caso, mediante la aplicación de los parámetros objetivos relacionados en el

apartado 11 del Cuadro de características.

11. APERTURA DE PROPOSICIONES Y PROPUESTA DE ADJUDICACIÓN

11.1. Mesa de contratación

El órgano de contratación estará asistido por una MESA DE

CONTRATACIÓN que será el órgano competente para valoración de las

ofertas. Estará constituida por un Presidente, un mínimo de cuatro vocales

y un Secretario, designados por el órgano de contratación, el último entre

funcionarios del propio órgano de contratación o en su defecto, entre el

personal a su servicio. Entre los vocales deberá figurar necesariamente un

funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el

asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor.

La composición de la Mesa se publicará en el perfil de contratante del

órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de

siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación

de la documentación referida en el artículo 146.1 del TRLCSP.

En lo no previsto en el presente pliego, la Mesa procederá conforme a lo

previsto en los artículos 25 a 30 del Real Decreto 817/2009, de 8 de

mayo, en cuanto resulte de aplicación, y, en su defecto, por lo dispuesto

en los artículos 81 a 83 del Reglamento aprobado por Real Decreto

1098/2001, de 12 de octubre.

11.2. Calificación de la documentación administrativa

La Mesa de Contratación procederá, en sesión no pública, a calificar los

documentos presentados en tiempo y forma, a cuyos efectos, el

Presidente ordenará exclusivamente la apertura del sobre 1. La

documentación contenida en este sobre será examinada por la Mesa,

acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea

considerada bastante.

Si la Mesa observase defectos u omisiones subsanables en la

documentación personal presentada, lo comunicará a los interesados

verbalmente y a través de correo electrónico, o en su caso a través de la

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Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, concediéndoles un

plazo inferior a siete días naturales a fin de que los corrijan o subsanen

ante la propia Mesa de Contratación o, en su caso a través de la indicada

plataforma.

11.3. Apertura de proposición relativa a los criterios de evaluación no

automática

Realizadas las actuaciones anteriores, se procederá a celebrar, en el

lugar y día que previamente se hayan anunciado, el acto público de

apertura de las proposiciones que, conforme a lo previsto en el art. 27 del

Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, habrá de desarrollarse en un plazo

no superior a siete días a contar desde la apertura de la documentación

administrativa.

En este acto sólo se abrirá el sobre 2 correspondiente a los criterios

dependientes de un juicio, solicitando los informes técnicos

correspondientes para comprobar si dichas ofertas cumplen las

prescripciones técnicas exigidas en el procedimiento, y para valorar las

ofertas que cumplan dichas prescripciones técnicas con arreglo a los

criterios de adjudicación. Previamente a su apertura, se comunicará a los

asistentes el resultado de la calificación de la documentación

administrativa, y, atendiendo a las características de la presente licitación,

se procederá a la apertura de los sobres o correspondientes ficheros

electrónicos ante todos los asistentes a fin de que puedan comprobar en

todo momento la integridad e identidad de las ofertas presentadas o

alojadas en la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, así como

la fecha, hora y persona concreta que las presentó.

Abiertos los sobres, se procederá a la lectura del índice que cada licitador

haya acompañado y se entregará la documentación correspondiente a la

Unidad encargada de su examen, con objeto de su posterior valoración

por la Mesa.

11.4. Apertura de proposiciones evaluables mediante criterios de

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evaluación automática.

La apertura de los sobres que contienen las proposiciones económicas

(sobre 3) se realizará en sesión pública en el lugar, día y hora indicados

en el anuncio de la licitación.

En dicho acto en primer lugar se dará conocimiento de las ofertas

admitidas y excluidas en base a los informes técnicos, y de la

ponderación asignada a las ofertas admitidas en los criterios

dependientes de un juicio de valor, y a continuación se abrirán las

proposiciones contenidas en el sobre de criterios de adjudicación

evaluables mediante fórmulas, correspondiente a las ofertas admitidas,

dando a conocer su contenido.

Serán desestimadas aquellas proposiciones económicas que no

concuerden con la documentación presentada y admitida, excediesen del

presupuesto de licitación, variaran sustancialmente del modelo

establecido, comportasen error manifiesto en el importe de la proposición

o cuando existiese reconocimiento por parte del licitador de que la

proposición adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable.

11.5. Propuesta de adjudicación

La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación una propuesta

de adjudicación razonada que incluirá la ponderación de los criterios de

valoración, acompañada de las actas de las reuniones y de la

documentación generada en sus actuaciones, así como los informes que se

hubieran emitido. Esta propuesta no crea derecho alguno a favor del

licitador propuesto.

No podrá declararse desierta una licitación cuando exista alguna oferta o

proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios que figuren en

el pliego.

12. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO

12.1. El órgano de contratación podrá, siempre antes de la adjudicación,

renunciar a la ejecución del contrato por razones de interés público

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debidamente justificadas en el expediente, o desistir del procedimiento de

adjudicación en caso de haberse producido una infracción no subsanable

de las normas de preparación del contrato o de las reguladoras del

procedimiento de adjudicación, debiendo de indemnizar a los licitadores, en

ambos supuestos, de los gastos que su participación en la licitación les

hubiese efectivamente ocasionado.

12.2. El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta

económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez días

hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el

requerimiento, presente la documentación justificativa de las siguientes

circunstancias:

a) Justificante del estar dado de alta en el Impuesto de Actividades

Económicas, cuando se ejerzan actividades sujetas a dicho

impuesto mediante la presentación del alta y del último recibo de

pago del impuesto acompañado con una declaración responsable

de no haberse dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.

b) Certificaciones positivas expedidas por los órganos competentes de

hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones

tributarias y de Seguridad Social a que se refieren los artículos. 13

y 14 del RGLCAP, respectivamente, o declaración responsable de

no estar obligado a presentar las declaraciones o documentos

relacionados en dichos preceptos.

c) Documento que acredite la constitución de una garantía definitiva

por el importe señalado en el apartado 8.2 del Cuadro de

características a disposición del órgano de contratación en

cualquiera de las formas previstas en el art. 96 del TRLCSP.

d) Cuando el adjudicatario tenga la condición de unión temporal de

empresas, escritura pública de constitución inscrita en el Registro

Especial del Ministerio de Economía y Hacienda o análogo y

nombramiento de un representante o apoderado único de la unión

con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las

obligaciones que se deriven del contrato hasta su extinción.

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e) Documentación justificativa de disponer efectivamente de los

medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la

ejecución del contrato.

f) Justificación del abono de los gastos de publicidad del anuncio de

licitación.

g) Certificado emitido por una entidad aseguradora debidamente

autorizada que acredite la contratación de una póliza de Seguro de

Responsabilidad Civil para la realización de actividades de igual

naturaleza a la contratada. Este seguro cubrirá los daños y

perjuicios ocasionados tanto a la Administración contratante como a

terceros, derivados de la calidad de la prestación realizada y de la

ejecución del contrato de servicio, por el período de tiempo pactado

como de ejecución del contrato. El importe de la suma asegurada

por la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil debe ser como

mínimo la que se indica en el apartado 20.1 del Cuadro de

características.

La falta de cumplimentación adecuada del anterior requerimiento en el

plazo señalado significará la retirada de la oferta del licitador,

procediéndose en este caso a recabar la misma documentación al

licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las

ofertas.

12.3. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco días

hábiles siguientes a la recepción de la documentación descrita en el

apartado anterior, y antes del transcurso del plazo máximo de dos meses a

contar desde el siguiente al de la apertura pública de proposiciones. Este

último plazo se ampliará en quince días hábiles cuando existan

proposiciones que puedan considerarse desproporcionadas o anormales.

12.4. La adjudicación del contrato será motivada, se notificará a los licitadores y,

simultáneamente, se publicará en el perfil del contratante y, en su caso, en

la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO.

La notificación, cuyo contenido se adecuará a las previsiones recogidas en

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el artículo 151.4 del TRLCSP, se realizará por correo electrónico a la

dirección que los licitadores hubiesen designado al presentar sus

proposiciones, en los términos establecidos en el art. 28 de la Ley 11/2007,

de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios

Públicos. Por tanto, el plazo para considerar rechazada la notificación, con

los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre,

será de cinco días.

12.5. El órgano de contratación podrá no comunicar determinados datos

relativos a la adjudicación cuando considere, justificándolo debidamente

en el expediente, que la divulgación de esa información pueda

obstaculizar la aplicación de una norma, resultar contraria al interés

público o perjudicar intereses comerciales legítimos de empresas públicas

o privadas o la competencia leal entre ellas, de acuerdo con el art. 153 del

TRLCSP.

13. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO

13.1. El contrato se formalizará en documento administrativo. No obstante, el

contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública,

corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En ningún caso, se

podrán incluir en el documento en que se formalice el contrato cláusulas

que impliquen alteración de los términos de la adjudicación.

13.2. Si el contrato es susceptible de recurso especial en materia de contratación

conforme al artículo 40.1, la formalización no podrá efectuarse antes de que

transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la

adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo

151.4 del TRLCSP. El órgano de contratación requerirá al adjudicatario

para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días a contar

desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una

vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera

interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización

del contrato. De igual forma procederá cuando el órgano competente para

la resolución del recurso hubiera levantado la suspensión. En los restantes

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casos, la formalización del contrato deberá efectuarse no más tarde de los

quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la

adjudicación a los licitadores y candidatos en la forma prevista en el artículo

151.4 del TRLCSP

13.3. El contrato será firmado mediante firma electrónica reconocida a través de

la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO si el adjudicatario

optó por este sistema de licitación. Igualmente, la empresa

adjudicataria firmara los pliegos de cláusulas administrativas particulares y

de prescripciones técnicas.

13.4. La formalización del contrato se publicará en el perfil del contratante.

Asimismo, se publicará en el Boletín Oficial del Estado un anuncio en el

que se dé cuenta de dicha formalización en un plazo no superior a

cuarenta y ocho días a contar desde la fecha de la misma. Cuando se

trate de contratos sujetos a regulación armonizada el anuncio deberá

enviarse además, en el plazo señalado en el párrafo anterior, al «Diario

Oficial de la Unión Europea»

13.5. Cuando por causas imputables al adjudicatario no se hubiese formalizado

el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la

incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía

provisional que en su caso se hubiese exigido. Si las causas de la no

formalización fueren imputables a la Administración, se indemnizará al

contratista de los daños y perjuicios que la demora le pudiera ocasionar.

14. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

14.1. Responsable del contrato

El órgano de contratación podrá designar un responsable del contrato,

indicándolo en el apartado 12.1 del Cuadro de características, persona

física o jurídica vinculada o no a la Administración contratante, al que

corresponderá supervisar su ejecución, relacionarse con el coordinador

técnico o responsable de la empresa contratista y adoptar las decisiones y

dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta

realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de las facultades

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que se le atribuyan.

14.2. Condiciones de la ejecución

El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las cláusulas contenidas en

este pliego, en el contrato y en la oferta realizada por el adjudicatario,

observando fielmente lo establecido en el pliego de prescripciones técnicas

y conforme a las instrucciones que, para su interpretación, el INGESA dé al

contratista.

El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos y

prestaciones realizadas, debiendo responder frente a la Administración y

frente a terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o

conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.

La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista,

según lo dispuesto en el artículo 215 del TRLCSP.

14.3. Obligación de confidencialidad

La empresa adjudicataria y su personal están obligados a guardar secreto

profesional respecto de los datos de carácter personal de los que haya

podido tener conocimiento por razón de la prestación del contrato. Este

deber subsistirá aún después de que el contrato se haya extinguido bien por

su cumplimiento bien por su resolución, de conformidad con el artículo 10

de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de

Carácter Personal.

14.4. Reglas especiales respecto del personal laboral de la empresa

contratista

14.4.1. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección

del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y

experiencia exigidos en los pliegos, formará parte del equipo de

trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la

verificación por parte de la Gerencia de Atención Sanitaria del

cumplimiento de aquellos requisitos.

La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el

equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean

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puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no

alterar el buen funcionamiento del servicio informando en todo

momento al órgano de contratación.

14.4.2. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo

real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo

de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de

dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la

negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos,

licencias y vacaciones, la sustituciones de los trabajadores en

casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de

Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de

prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia

de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad

disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven

de la relación contractual entre empleado y empleador.

14.4.3. La empresa contratista velará especialmente por que los

trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su

actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas

respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del

contrato.

14.4.4. Atendiendo a la naturaleza del contrato, la empresa contratista

prestará sus servicios en los centros del INGESA que se

determinan en el pliego de prescripciones técnicas. En todo caso,

el personal de la empresa contratista ocupará espacios de trabajo

diferenciados del que ocupan los empleados públicos,

correspondiendo la empresa contratista velar por el cumplimiento

de esta obligación. Asimismo, deberá utilizar uniformidad o

distintivos que identifiquen al personal de la empresa contratista.

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33

14.4.5. La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador

técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá

entre sus obligaciones las siguientes:

a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a

la entidad contratante, canalizando la comunicación entre la

empresa contratista y el personal integrante del equipo de

trabajo adscrito al contrato, de un lado, y la entidad

contratante, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones

derivadas de la ejecución del contrato.

b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la

ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las

órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en

relación con la prestación del servicio contratado.

c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal

integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen

encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho

personal al puesto de trabajo.

d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a

la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse

adecuadamente la empresa contratista con la entidad

contratante, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del

servicio.

e) Informar a la Gerencia de Atención Sanitaria acerca de las

variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del

equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato.

14.4.6. En su caso, las condiciones de los contratos de los trabajadores,

de la empresa adjudicataria actual, adscritos al servicio objeto de

contratación se detallan en el anexo 13.

14.4.7. Para la utilización de las plazas de aparcamiento por parte del

personal propio de la empresa adjudicataria, ubicadas dentro de

los edificios incluidos en el ámbito de aplicación del contrato, el

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34

adjudicatario abonará a la Administración un canon mensual de

40 euros por el uso de cada plaza solicitada.

14.5. Otras condiciones de ejecución

El contrato habrá de ejecutarse con arreglo a las condiciones señaladas

en el apartado 12.2 del Cuadro de características.

14.6. Lugar de la prestación del servicio

El servicio se ejecutará en el lugar indicado en el pliego de

prescripciones de técnicas.

14.7. Condiciones especiales de ejecución

A los efectos del art. 118 del TRLCSP, tendrán la consideración de

condiciones especiales de ejecución las contenidas expresamente en el

apartado 12.3 del Cuadro de características.

14.8. Facultad de control e inspección

El control e inspección de la Administración se extenderá a todos los

aspectos relativos al contenido del servicio y al cumplimiento de las

cláusulas y prescripciones de los correspondientes pliegos

administrativos y técnicos, comprendiendo, entre otras, las siguientes

facultades:

a) Comprobar la efectiva prestación del servicio por la adjudicataria,

estableciendo los sistemas de control que estime oportunos para

verificar su cumplimiento conforme a la propuesta contenida en su

oferta técnica.

b) Recibir puntualmente el resumen de las actividades realizadas así

como cualquier otra información que le sea solicitada.

c) Requerir de la adjudicataria los informes o documentos que

considere necesarios relacionados con la prestación del servicio.

d) Efectuar comprobaciones sobre calidad del trabajo y servicio

ejecutado.

14.9. Incumplimiento de las obligaciones contractuales

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35

14.9.1. El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de

ejecución del contrato y, en su caso, de los plazos parciales de

prestación del servicio, así como de las obligaciones que se

derivan del contrato. En caso de ejecución defectuosa o

demora, la Administración podrá optar por la resolución del

contrato o por la imposición de las penalidades señaladas en el

apartado 13 del Cuadro de características.

14.9.2. La aplicación y pago de estas penalidades no excluye la

indemnización a que la Administración pueda tener derecho

por daños y perjuicios ocasionados con motivo del retraso

imputable al contratista.

14.9.3. El importe de las penalidades o de los daños y perjuicios

ocasionados a la Administración se hará efectivo mediante la

deducción de las mismas en las sucesivas facturaciones.

Asimismo, la garantía definitiva responderá de las penalidades e

indemnizaciones exigibles al adjudicatario, quien, en todo caso,

habrá de reponer o ampliar aquélla en la cuantía que

corresponda en el plazo de quince días desde la ejecución,

incurriendo en caso contrario en causa de resolución.

14.10. Obligaciones y gastos exigibles al contratista

El contratista asumirá a su cargo exclusivo los gastos e impuestos,

anuncios, ya sea en Boletines, Diarios Oficiales o en cualquier medio de

comunicación, los de formalización del contrato en el supuesto de

elevación a escritura pública así como de cuantas licencias,

autorizaciones y permisos procedan en orden a ejecutar correctamente

el servicio contratado. Asimismo vendrá obligado a satisfacer todos los

gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato,

como son los generales, financieros, de seguros, transportes y

desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su

cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos,

aranceles y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución

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del contrato durante la vigencia del mismo, sin que por tanto puedan ser

éstos repercutidos como partida independiente.

14.11. Responsabilidades del contratista

El contratista será responsable de todos los daños y perjuicios directos

e indirectos que se causen al INGESA y a terceros como consecuencia

de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Si los daños y

perjuicios ocasionados fueran consecuencia inmediata y directa de una

orden dada por la Administración, ésta será responsable dentro de los

límites señalados en las leyes.

15. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO

15.1. El contrato podrá modificarse de acuerdo con lo establecido en los

artículos 107 y 108 del TRLCSP, así como en los supuestos previstos en

el apartado 14 del Cuadro de características.

15.2. La modificación del contrato se formalizará de acuerdo con lo dispuesto

en el artículo 156 del TRLCSP.

16. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

16.1. Cesión del contrato

Los derechos y obligaciones derivadas del contrato podrán cederse por el

contratista a un tercero, en los términos y condiciones establecidos en el

artículo 226 del TRLCSP.

16.2. Subcontratación

16.2.1. El adjudicatario podrá concertar con terceros la realización parcial

de la prestación cuando así se haya previsto en el apartado 15.1

del Cuadro de características.

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37

16.2.2. La subcontratación deberá ajustarse a los requisitos establecidos

en el art. 227 del TRLCSP. Las prestaciones parciales que el

adjudicatario subcontrate con terceros no podrán exceder del

porcentaje que se señale en el apartado 15.2 del Cuadro de

características. En el supuesto de no consignarse límite alguno, el

contratista podrá subcontratar hasta un porcentaje que no exceda

del 60 por 100 del importe de la adjudicación.

17. PAGO DEL PRECIO

17.1. El adjudicatario tendrá derecho al abono del precio de servicio con arreglo

a las condiciones establecidas en el apartado 16 del Cuadro de

características.

17.2. El INGESA tendrá la obligación de abonar al contratista el precio dentro

de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de la conformidad

de la prestación ejecutada por el responsable del servicio que determine

la Gerencia de Atención Sanitaria. La Administración deberá aprobar esta

conformidad dentro de los treinta días siguientes a la prestación del

servicio.

17.3. La demora en el pago por plazos superiores a los indicados devengará en

favor del contratista los interesas de demora y la indemnización por los

costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 de

diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad

en las operaciones comerciales, de conformidad con lo establecido en el

art. 216.4 del TRLCSP.

Para que haya lugar al inicio del cómputo de plazo para el devengo de

intereses, el contratista deberá haber cumplido la obligación de presentar

la factura ante el registro administrativo correspondiente, en tiempo y

forma, en el plazo de treinta días desde la fecha de la prestación del

servicio. Si se incumpliera este plazo, el devengo de intereses no se

iniciará hasta transcurridos treinta días desde la fecha de presentación de

la factura en el citado registro.

17.4. Si la demora en el pago fuese superior a cuatro meses, el contratista

podrá proceder, en su caso, a la suspensión del cumplimiento del

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contrato, debiendo comunicar a la Administración, con un mes de

antelación, tal circunstancia, a efectos del reconocimiento de los derechos

que puedan derivarse de dicha suspensión, en los términos establecidos

en el TRLCSP.

17.5. El contratista que, según lo establecido en los párrafos anteriores tenga

derecho de cobro frente al INGESA, podrá ceder el mismo conforme a

Derecho en los términos previstos en el art. 218 del TRLCSP.

18. CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

Sin perjuicio de lo establecido en la cláusula 20 respecto al plazo de garantía, el

contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya prestado el

servicio conforme a los términos establecidos en este pliego y en el de

prescripciones técnicas y a satisfacción del INGESA.

19. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

19.1. El contrato se resolverá por las causas previstas en los artículos 223 y 308

del TRLCSP, con los efectos previstos en los artículos 225 y 309 de la

citada Ley.

19.2. Son también causas de resolución del contrato las que se relacionan en el

apartado 17 del Cuadro de características.

19.3. La resolución del contrato se acordará por el órgano de contratación, de

oficio o a instancia del contratista, mediante expediente que se tramitará de

acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 109 del RGLCAP.

20. PLAZO DE GARANTÍA

20.1. El plazo de garantía será el señalado en el apartado 18 del Cuadro de

características.

20.2. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o

defectos en la prestación ejecutada, la Administración tendrá derecho a

reclamar al contratista la subsanación de los mismos.

21. PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN

COMPETENTE

21.1. El órgano de contratación ostenta las prerrogativas previstas en el artículo

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210 del TRLCSP y los acuerdos que adopte en el ejercicio de las mismas

pondrán fin a la vía administrativa y serán inmediatamente ejecutivos.

21.2. El orden jurisdiccional competente para el conocimiento de las cuestiones

litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, cumplimiento y

extinción de de este contrato será el contencioso-administrativo, sin

perjuicio de que, en su caso, proceda la interposición de cualquiera de los

regulados en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de

las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

No obstante, no procederá la interposición de recursos

administrativos ordinarios contra los actos susceptibles de recurso

especial en materia de contratación.

21.3. El recurso especial podrá interponerse contra los anuncios de

licitación, los pliegos y los documentos contractuales que

establezcan las condiciones que deban regir la contratación; los

actos de trámites adoptados en el procedimiento de adjudicación

cuando decidan directa o indirectamente sobre la adjudicación,

determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento o

produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos e intereses

legítimos, y los acuerdos de adjudicación.

21.4. La tramitación del citado recurso se ajustará a lo dispuesto en los

artículos 42 y siguientes del TRLCSP. Contra la resolución de este

recurso especial sólo procederá la interposición de recurso

contencioso administrativo.

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

- CUADRO DE CARACTERÍSTICAS-

1. IDENTIFICACIÓN DEL EXPEDIENTE

1.1. Nº Expediente: P.A. 1/2014

1.2. Órgano de contratación: GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DE CEUTA

1.3. Perfil del contratante: www.contrataciondelestado.es

2. DESCRIPCIÓN DEL CONTRATO

2.1. Objeto del contrato: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA

2.2. Codificación:

CPA: 33.13.19– Servicios de reparación y mantenimiento de otros equipos electrónicos profesionales CPV: 50000000-5 – Servicios de reparación y mantenimiento.

50400000-9 – Servicios de reparación y mantenimiento de equipo médico y precisión.

50420000-5 – Servicios de reparación y mantenimiento de aparatos médicos y quirúrgicos.

50421000-2 – Servicios de reparación y mantenimiento de equipos médicos.

50312000-5 – Mantenimiento y reparación de equipo informático.

Categoría (anexo II del TRLCSP): 1. Servicios de mantenimiento y reparación y 7. Servicios de

informática y servicios conexos.

2.3. División por lotes: SI NO

3. NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER

El objeto de la presente contratación es la ejecución del servicio de mantenimiento de los equipos de electromedicina del

Hospital Universitario de Ceuta, con la finalidad de asegurar el funcionamiento correcto de dichos equipos, así como

cumplir las prescripciones reglamentarias respecto al mantenimiento técnico-legal, a fin de de garantizar una adecuada

prestación sanitaria y la seguridad de pacientes y usuarios.

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4. PRESUPUESTO Y PRECIO

4.1. Presupuesto máximo sin IPSI: 328.240.- €, IPSI 4%: 13.129,60.-€, Presupuesto total: 341.369,60.-€

Anualidades

Centro de Gasto Ejercicio Importe € (IPSI incluido) Aplicación

presupuestaria

5102 2015 170.684,80 2223 213

4.2.

5102 2016 170.684,80 2223 213

4.3. Tramitación presupuestaria del expediente: Normal

Anticipada por lo cual la adjudicación y formalización de este contrato queda sometida a la condición suspensiva de

existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del mismo en el ejercicio

correspondiente.

4.4.. Sistema de determinación del precio: A tanto alzado

4.5. Valor estimado del contrato: 656.480.- €

4.6. Revisión de precios:

SI Cuando el contrato se hubiera ejecutado el 20 por ciento de su importe y haya transcurrido un año desde su

formalización, su precio podrá ser objeto de revisión mediante la aplicación al mismo del Índice de precios al consumo

(IPC) publicado por el Instituto Nacional de Estadística, no pudiendo superar el 85 por ciento de variación experimentada

por el índice.

NO No procede la revisión de precio por ejecutarse la prestación en un plazo inferior a un año

5. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO

5.1. Plazo de ejecución: 24 meses Fecha de inicio de la ejecución: A partir del establecido en el contrato.

5.2. Prórroga: SI, pudiendo prorrogarse antes de su finalización por mutuo acuerdo de las partes, sin que la duración

total del contrato, incluidas las prórrogas, pueda exceder de cuatro años, ni éstas puedan ser concertadas aislada o

conjuntamente por un plazo superior al fijado originariamente.

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6. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN

6.1. Procedimiento: Procedimiento abierto, sujeto a regulación armonizada

6.2. Tramitación: Ordinaria Urgente

Licitación electrónica o en formato papel

Licitación electrónica, exclusivamente

6.3. Publicidad de la licitación: Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)

Boletín Oficial del Estado (BOE)

Perfil del contratante (www.contrataciondelestado.es)

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO: http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta

6.4. Importe máximo de gastos de publicidad: MIL QUINIENTOS EUROS (1.500 €)

7. HABILITACION Y SOLVENCIA DE LOS LICITADORES

7.1. Habilitación empresarial: SI NO Acreditada mediante Clasificación exigida en apartado 7.2.

7.2. Clasificación: NO SI Las empresas españolas y extranjeras no comunitarias para acreditar su solvencia económica, financiera y técnica o profesional deberán presentar Certificación del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado de estar clasificadas en el Grupo P (Subgrupos 1 y 4), en el Grupo V (Subgrupos 2 y 3) y en la Categoría B. Si la empresa se encontrase pendiente de clasificación, deberá aportarse el documento acreditativo de haber presentado la correspondiente solicitud para ello, debiendo justificar el estar en posesión de la clasificación exigida en el plazo previsto para la subsanación de defectos u omisiones en la documentación.

7.3. Solvencia económica y financiera: Los licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea que no

se encuentren clasificados deberán acreditar su solvencia económica y financiera mediante la presentación de una

declaración acreditativa de que el volumen de negocios, en el ámbito de los servicios de similar naturaleza a los que son

objeto de licitación, en los tres últimos ejercicios fiscales, disponibles en función de la fecha de creación o inicio de las

actividades del empresario, ha sido igual o superior al doble de la anualidad media (IPSI incluido) del presupuesto máximo

del contrato.

7.4. Solvencia técnica o profesional: Los licitadores no españoles de Estados miembros de la Unión Europea que no se

encuentren clasificados acreditarán su solvencia técnica mediante una relación de los principales servicios o trabajos de

análoga naturaleza a los de la presente contratación, efectuados durante los tres últimos años, cuyo importe anual sea

igual o superior al doble de la anualidad media del presupuesto máximo del contrato (IPSI incluido), indicándose su

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importe y fechas, a la que se incorporarán los correspondientes certificados de conformidad expedidos por las entidades

receptoras de los servicios. Se considerará que los licitadores cumplen este requisito de solvencia técnica si aportan al

menos un certificado de conformidad expedido por un destinatario de dichos servicios y ejecutados por el licitador a plena

satisfacción y por importe igual o superior al indicado en cada año.

7.5. Compromiso de adscripción de medios personales o materiales: SI NO

7.6. Acreditación del cumplimiento de las normas de garantía de la calidad (contratos sujetos a regulación

armonizada): NO

SI : Los licitadores deberán presentar Certificado en vigor que acredite disponer de un sistema de gestión de la norma

ISO 9001, emitida por entidad certificadora acreditada, en vigor, y en cuyo alcance se incluya específicamente la actividad

propósito del presente pliego.

7.7. Acreditación del cumplimiento de las normas de gestión medioambiental (contratos sujetos a regulación

armonizada): NO SI

8. GARANTÍAS

8.1. Garantía provisional: NO SI :

Atendiendo a las características del contrato y su trascendencia para el correcto desempeño de las funciones propias de

los centros sanitarios, los licitadores habrán de constituir en la Caja General de Depósitos o ante el órgano de contratación

una garantía provisional, correspondiente al 3% del presupuesto del contrato (excluido IPSI), por importe de 9.847,20.-€, a

fin de garantizar la seriedad y mantenimiento de sus proposiciones.

8.2. Garantía definitiva: 5 por 100 del importe de la adjudicación excepto IPSI

9. PROPOSICIONES DE LOS LICITADORES

9.1. Lugar, tiempo y forma para la presentación de las proposiciones: Véase cláusula 9.2 y 9.3 del presente pliego.

9.2. Documentos que deben incluirse en el sobre 1: Véase cláusula 9.4.1 del pliego.

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9.3. Documentos que deben incluirse en el sobre 2:

A) Certificación del licitador de la relación de documentos contenidos en este sobre.

B) Los documentos que permitan valorar la proposición de acuerdo con los criterios de adjudicación que

dependen de un juicio de valor indicados en el apartado 10.1 del Cuadro de Características de este Pliego, con la siguiente estructura en su presentación:

- Metodología:, incluirá un resumen de la metodología ofertada, siguiendo el índice del Pliego de Prescripciones Técnicas. - Gestión informatizada del mantenimiento: Describirá en máximo de 5 páginas la gestión del mantenimiento asistido por ordenador. - Paquete de repuestos gratuitos. - Equipos de sustitución.

C) La documentación que permita verificar que las ofertas cumplen con las especificaciones técnicas exigidas en

el Pliego de prescripciones técnicas, respetándose en su presentación la estructura que figura en el citado pliego.

9.4. Documentos que deben incluirse en el sobre 3: Véase cláusula 9.4.3 del pliego.

9.5. Variantes: SI NO

Cada licitador podrá presentar únicamente una sola proposición económica, sin que sea admisible ninguna variante. La

contravención de esta prohibición dará lugar al rechazo y no admisión de todas las ofertas incursas en duplicidad.

10. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN

Criterios evaluables mediante la aplicación de fórmulas Valoración

Precio……………………………………………………………………………………………….

(Se valorará el precio del servicio, sin IPSI, ofertado por el licitador, conforme a la fórmula de proporción inversa descrita en la cláusula 10.2.2)

0-50 puntos

Criterios evaluables mediante juicios de valor

A) Metodología. .………………………….……………….………………………..………….. 0-10 puntos

B) Gestión informatizada del mantenimiento.……………………………………………….. 0-15 puntos

C) Paquete de repuestos gratuitos. .…………………………………………..…………….. 0-10 puntos

10.1.

D) Equipos de sustitución.…………………………………………………………………….. 0-15 puntos

10.2. Umbral mínimo de puntuación en los criterios evaluables mediante juicios de valor: NO

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11. OFERTAS CON VALORES ANORMALES O DESPROPORCIONADOS

El órgano de contratación, con arreglo a lo previsto en el apartado 2 del art. 152 del TRLCSP podrá estimar, por sí o a

propuesta de la Mesa de contratación, como desproporcionadas o anormales las proposiciones económicas inferiores en

más de diez unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas, sin perjuicio de la facultad del

órgano de contratación de apreciar, previa tramitación del procedimiento y audiencia del licitador a que se refiere el

apartado 3 del mismo precepto, como susceptible de normal cumplimiento dicha proposición.

12. EJECUCIÓN DEL CONTRATO

12.1. Responsable del contrato: Directora de Gestión y SS.GG. de Atención Sanitaria - Ceuta

12.2. Condiciones de ejecución: Las señaladas en el pliego de prescripciones técnicas.

12.3. Condiciones especiales de ejecución del contrato: SI NO

13. PENALIDADES

Podrán imponerse las penalidades previstas en el art. 212 del TRLCSP por los cumplimientos defectuosos e

incumplimientos de la prestación, así como por la demora del plazo total.

14. RÉGIMEN DE MODIFICACIÓN DEL CONTRATO (ART. 106 TRLCSP)

14.1. Modificaciones del contrato: SI NO

14.2. Condiciones, alcance y límites de la modificación contractual: No procede

14.3. Porcentaje máximo: No procede

14.4. Procedimiento: No procede

15. SUBCONTRATACIÓN

15.1. Autorización para subcontratar: SI NO

15.2. Porcentaje máximo: 60 % del importe de adjudicación

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16. RÉGIMEN DE PAGOS

Forma de pago: Pago único

Pagos por mensualidades vencidas que resultarán de prorratear el precio total del contrato entre su duración

17. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO

Son también causas de resolución del contrato las siguientes:

A) Pérdida sobrevenida de los requisitos y/o capacidad para contratar con la Administración.

B) El incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del contrato. La Administración podrá resolver el contrato

por incumplimiento reiterado de las prescripciones técnicas del servicio, en cuanto a la no aportación de medios

personales o materiales comprometidos o a la falta de calidad del servicio. No obstante, cuando se produzca este

supuesto, la Administración requerirá al contratista para que regularice la situación en un plazo de cinco días a partir del

requerimiento.

C) Incumplimiento de las limitaciones establecidas en materia de subcontratación.

D) Obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración. Se asimila expresamente a este supuesto

la negativa o falta de colaboración del contratista con las medidas que la Administración adopte para conocer en todo

momento la identidad de las personas que prestan el servicio y para comprobar la correcta y completa aportación de los

medios personales y materiales contratados.

E) Incumplimiento de las obligaciones esenciales contractuales, conforme a lo establecido en el artículo 223.f del

TRLCSP.

A estos efectos, se considera obligación contractual esencial cualquier prestación complementaria o compromiso asumido

por el contratista en su oferta que haya sido considerada en la valoración de su oferta por afectar a los criterios de

adjudicación del contrato.

También tendrá carácter de obligación esencial el compromiso por parte del contratista de dedicar o adscribir a la

ejecución del contrato los medios personales o materiales propuestos en su oferta técnica.

18. PLAZO DE GARANTÍA

Plazo de garantía: NO SI DOCE MESES

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19. INFORMACIÓN

19.1. Aspectos técnicos: OFICINA TECNICA

Teléfono: 856 90 72 87 Fax: 856 90 70 43 Correo electrónico: [email protected]

19.2. Aspectos administrativos: UNIDAD DE SUMINISTROS Y CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

Teléfono: 856 90 70 39 Fax: 856 90 72 89, Correo electrónico: [email protected]

Horario: En días laborables de Lunes a Viernes de 8,30 a 14,30.

19.3 Soporte Técnico de la Plataforma de Contratación Electrónica MERCURIO:

Teléfono:: 902 999 048, Correo electrónico:: [email protected]

Por medio del formulario de soporte técnico en el siguiente enlace : http://mercurio.altia.es/?page_id=257

Horario: En días laborables de Lunes a Jueves de 8:30 a 14:30 y de 16:00 a 19:00 y los Viernes de 9:00 a 14:00 horas

(Durante los meses de Julio y Agosto el horario en días laborables de Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 horas.)

20. OTRAS OBSERVACIONES

20.1. El importe de la suma asegurada por la póliza del Seguro de Responsabilidad Civil exigido en la cláusula 12.2.g.

debe ser como mínimo de 300.506,06 euros.

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 1

El apartado 3 de la Disposición adicional decimosexta del TRLCSP dispone que en

cumplimiento del principio de transparencia en la contratación y de eficacia y

eficiencia de la actuación administrativa, se fomentará y preferirá el empleo de

medios electrónicos, informáticos y telemáticos en los procedimientos de

contratación pública por los licitadores o los candidatos.

Asimismo, la disposición adicional decimoquinta del citado texto legal establece

que las comunicaciones e intercambios de información que deban efectuarse en

los procedimientos de contratación pública podrán hacerse, de acuerdo con los

que establezcan los órganos de contratación o los órganos a los que corresponda

su resolución, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o

telemáticos.

Por último, la disposición adicional única del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo,

por el que se desarrolla parcialmente texto refundido de la Ley de Contratos del

Sector, prevé que, al objeto de fomentar la agilidad, eficacia y eficiencia de tales

procedimientos, las comunicaciones requerimientos y notificaciones podrán

realizarse por medios electrónicos, informáticos o telemáticos.

Es por ello que el Gerente de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de Gestión

Sanitaria en Ceuta, en aplicación de la citada normativa y de la Orden

EHA/1307/2005, de 29 de abril, por la que se regula el empleo de medios

electrónicos en los procedimientos de contratación, ha dispuesto que la presente

licitación pueda tramitarse por vía electrónica de forma que la presentación de las

proposiciones, la aportación de documentos y las comunicaciones y notificaciones

entre el órgano de contratación y los licitadores pueda efectuarse a través de la

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO que el INGESA pone a

disposición de los interesados en la dirección web

http://mercurio.altia.es/SLE_Internet/AreaSanitariaCeuta, cuya descripción,

características, sistema de acceso y operatividad se establecen en el Anexo A -

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49

Guía para la presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación

electrónica de la Gerencia de Atención Sanitaria del Instituto Nacional de

Gestión Sanitaria en Ceuta y Anexo B - Requisitos técnicos para la

presentación de ofertas mediante la plataforma de contratación electrónica

del presente pliego, garantizándose en todo momento la libre concurrencia y no

discriminación o restricción de acceso al procedimiento. No obstante, la

acreditación de las garantías que, en su caso, se exijan en la licitación se realizará

mediante la presentación de los documentos originales.

En el perfil del contratante de la Gerencia de Atención Sanitaria del INGESA en

Ceuta (www.contrataciondelestado.es) existe un acceso directo a la citada

Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, donde se encuentra disponible

toda la documentación relativa a la licitación en curso, así como un canal de

comunicación directa con el órgano de contratación por el que se podrán plantear

preguntas, solicitar aclaraciones, presentar las ofertas y recibir las notificaciones,

así como ejercer cualesquiera otros derechos que confieran las normas a los

interesados.

La Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO cumple íntegramente todos los

requisitos legales y técnicos exigidos por el TRLCSP y demás normativa de

desarrollo, ajustándose a los siguientes principios:

Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos no son discriminatorios,

encontrándose a disposición del público de forma compatible con las tecnologías

de la información y comunicación de uso general.

- Toda la información y las especificaciones técnicas necesarias para la

presentación electrónica de las ofertas y solicitudes de participación se

encuentran a disposición de todas las partes interesadas desde el perfil del

contratante del órgano de contratación, siendo de uso general y amplia

implantación.

- Los sistemas de comunicaciones y para el intercambio y almacenamiento

de información garantizan la igualdad entre los licitadores y la integridad de

los datos transmitidos y que sólo los órganos competentes, en la fecha

señalada para ello, puedan tener acceso a los mismos, o que en caso de

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50

quebrantamiento de esta prohibición de acceso, la violación puede

detectarse con claridad.

- La aplicación permite acreditar la fecha y hora de la emisión o recepción de

las comunicaciones, la integridad de su contenido y el remitente y

destinatario de las mismas.

- Todos los actos y manifestaciones de voluntad de los órganos

administrativos o de las empresas licitadoras o contratistas que tengan

efectos jurídicos y se emitan tanto en la fase preparatoria como en las fases

de licitación, adjudicación y ejecución del contrato son autenticados

mediante una firma electrónica reconocida de acuerdo con la Ley 59/2003,

de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, garantizándose técnicamente

que la firma se ajusta a las disposiciones de esta norma.

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51

ANEXO 2

DIRECCIÓN ELECTRÓNICA A EFECTOS DE NOTIFICACIONES

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA:

Que señala como dirección de correo electrónico a efectos de notificaciones la siguiente:

.______________________________________________

Que acepta la tramitación electrónica del expediente procedimiento abierto nº P.A. 1/2014 para la

contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE

ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA. a través de la

Plataforma de Contratación del Estado, en cuanto a las comunicaciones y notificaciones que se

realicen entre la empresa y la Administración contratante, con plena validez jurídica en plazos y

recepción de notificaciones.

Que, por tanto, se compromete a darse de alta como operador económico en la página web de la

Plataforma de Contratación del Estado, siendo responsabilidad exclusiva de la empresa la

realización correcta del registro en la misma.

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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52

ANEXO 3

SOLICITUD PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

SOLICITA: Ser admitido en el procedimiento abierto nº P.A. 1/2014 para la contratación

del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL

HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA. A tal efecto, sin perjuicio de las notificaciones que

hayan de practicarse en la forma prevista en la normativa sobre contratos del sector público y el

pliego de cláusulas administrativas particulares, se autoriza al INGESA a notificar los actos e

incidencias del presente expediente de contratación a través del correo electrónico y número de

fax que figuran en los datos de identificación del empresario licitador.

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 4

ÍNDICE DE DOCUMENTOS SOBRE Nº 1

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.: TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DIRECCIÓN:

EXPEDIENTE: SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (P.A. 1/2014)

Dirección electrónica a efectos de notificaciones

Personalidad jurídica, capacidad de obrar y representación

D.N.I. o documento que lo sustituya (empresarios individuales)

Escritura o documento de constitución, estatutos o casto fundacional D.N.I. o documento

que lo sustituya (personas jurídicas)

Inscripción en los Registros o certificación o presentación de certificación que se indica en

el anexo I del RGLCAP (empresas no españolas miembros de la UE)

Autorización especial a que se refiere el art. 58.2 del TRLCSP o, en su caso, declaración

responsable en la que haga constar la circunstancia de no precisarla (empresas no

españolas miembros de la UE)

Certificación expedida por la respectiva Misión Diplomática u Oficina Consular sobre la

inscripción de la empresa en el Registro local, profesional, comercial o análogo, o, en su

defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local, en el ámbito de las actividades a

las que se extiende el objeto de la licitación (empresas no comunitarias)

Informe de reciprocidad (empresas no comunitarias)

Representación del empresario

Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.

Declaración responsable en la que se manifiesta que las circunstancias reflejadas en el

certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado no han

experimentado variación

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Inscripción en el Registro de Licitadores del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria.

Declaración responsable en la que se manifiesta que las circunstancias reflejadas en el

certificado del Registro de Licitadores del Instituto Nacional de Gestión Sanitaria no han

experimentado variación

Compromiso de constitución de UTE (anexo 5)

Compromiso de adscribir a la ejecución del contrato los medios personales o materiales

suficientes para ello (anexo 6)

Solvencia económica y financiera y técnica

Clasificación: Inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del

Estado junto con Declaración responsable en la que se manifiesta que las circunstancias

reflejadas en el certificado del Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del

Estado no han experimentado variación.

Solvencia económica y financiera: Declaración acreditativa del volumen de negocios

Solvencia técnica o profesional: Relación de los principales servicios o trabajos de análoga

naturaleza a los de la presente contratación

Certificado que acredite el cumplimiento de la normas de garantía de la calidad.

Certificado que acredite el cumplimiento de la normas de gestión medioambiental.

Acreditación de no estar incurso en las prohibiciones de contratar (anexo 7)

Garantía provisional

Declaración sobre empresas vinculadas o pertenecientes al mismo grupo (anexo 8)

Sumisión a los Tribunales españoles para empresas extranjeras (anexo 9)

Compromiso de presentación de la documentación original (anexo 10)

Acreditación de número de trabajadores con discapacidad

Declaración sobre confidencialidad (anexo 11)

Otros documentos: (Especificar)

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n - 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 5

COMPROMISO DE FORMALIZACIÓN DE UNIÓN TEMPORAL DE EMPRESARIOS

D./Dª , con Documento Nacional de Identidad nº , y domicilio en , C/

, en nombre y representación de .

D./Dª , con Documento Nacional de Identidad nº , y domicilio en , C/

, en nombre y representación de .

SE COMPROMETEN

1º. A concurrir conjunta y solidariamente a la contratación del SERVICIO DE

MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL

UNIVERSITARIO DE CEUTA (P.A. 1/2014)

2º. A constituirse en Unión de Empresarios en caso de resultar adjudicatarios de la citada

contratación.

3º. La participación de cada una de las empresas, en el ámbito de sus competencias, en

la Unión Temporal de Empresas, sería la siguiente:

% Participación de la empresa

% Participación de la empresa

4º. Designan a D./Dª para que, durante la vigencia del contrato, ostente la plena

representación de la Unión Temporal de Empresarios ante el Instituto Nacional de

Gestión Sanitaria. El domicilio a efectos de notificaciones de la Unión Temporal de

Empresarios será: , C/ .

Lugar y fecha

Fdo.: Fdo.:

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 6

COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS PERSONALES Y MATERIALES

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCION:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCION:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA: Que en relación con el contrato de SERVICIO DE MANTENIMIENTO

DE LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE

CUETA (PA 1/2014), se compromete a adscribir a su ejecución:

21.4.A.1. Su propia organización productiva.

21.4.A.2. Los medios específicamente señalados en los pliegos de cláusulas

administrativas y de prescripciones técnicas particulares.

21.4.A.3. Los siguientes medios personales y materiales:

. Y para que así conste, firmo la presente declaración en , a de de 2012. GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 7

MODELO DE DECLARACIÓN

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA RESPONSABLEMENTE

1º. Que ni él/ella, ni la empresa a la que representa, ni ninguno de los administradores o

representantes legales de la misma, se encuentran incursos en alguna de las prohibiciones para contratar

con la Administración señaladas en el artículo 60 de la Ley de Contratos del sector Público (texto refundido

aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre).

2º. Que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la

Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, con el alcance que previenen los artículos 13 y

14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pública (Real Decreto

1098/2001, 12 de octubre).

3º. Que el licitador está dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas en el epígrafe

correspondiente al objeto del contrato y no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.

En..................., a........de...............................de 2014

Fdo:

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 8

MODELO DE DECLARACIÓN DE PERTENENCIA A UN GRUPO EMPRESARIAL

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA RESPONSABLEMENTE (*)

Que en el procedimiento de contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS

EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA

(P.A. 1/2014) no presenta oferta ninguna otra empresa perteneciente al mismo grupo

empresarial, (entendiéndose por sociedades del mismo grupo empresarial aquéllas que se

encuentran en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 42.1 del Código de

Comercio).

Que también presentan oferta las empresas (Indicar nombres) pertenecientes al mismo

grupo empresarial.

Y para que conste se firma la presente en , a de de 2014

(*) Señalar lo que proceda

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 9

DECLARACIÓN DE SOMETIMIENTO A LA JURISDICCIÓN DE LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES ESPAÑOLES PARA LAS EMPRESAS EXTRANJERAS

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD someterse a la jurisdicción de los Juzgados y

Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo

o indirecto, pudieran surgir del contrato de SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS

EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (P.A.

1/2014), con renuncia expresa, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que le

pudiera corresponder.

Y para que conste se firma la presente en , a de de 2014.

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 10

DECLARACIÓN RESPONSABLE

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que el contenido de la documentación

presentada al procedimiento de contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE

LOS EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA

(P.A. 1/2014) a través de la Plataforma de Licitación Electrónica MERCURIO, concuerda

fielmente con los originales, comprometiéndose a presentar ante la Gerencia de Atención

Sanitaria del INGESA en Ceuta los documentos que acrediten la autenticidad de las

copias aportadas.

Y para que conste se firma la presente en , a de de 2014

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 11

DECLARACIÓN SOBRE CONFIDENCIALIDAD

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

COMUNICA: Que a los efectos de los establecido en el artículo 140 de la LCSP, la información

contenida en los siguientes documentos presentados para licitar en el procedimiento abierto nº

P.A. 1/2014 para la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS EQUIPOS DE

ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA, deberá ser considerada

como confidencial:

(RELACIÓN DE DOCUMENTOS)

Fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 12

MODELO DE OFERTA ECONÓMICA

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL EMPRESARIO LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS / RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

DATOS DE IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE DEL LICITADOR

NOMBRE Y APELLIDOS:

N.I.F. / C.I.F.:

DIRECCIÓN:

TELÉFONO: FAX E.MAIL:

D E C L A R A

Que, enterado de las condiciones y requisitos para concurrir al procedimiento abierto

convocado por el INGESA para la contratación del SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LOS

EQUIPOS DE ELECTROMEDICINA DEL HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CEUTA (P.A.

1/2014), considera que se encuentra en situación de participar como licitador del mismo.

Que conoce el Pliego de Cláusulas Administrativas particulares que sirve de base a la

convocatoria, que lo acepta incondicionalmente y que reúne todas y cada una de las condiciones

exigidas para contratar con la Administración.

Que se compromete en nombre (propio o de la Empresa que representa) a tomar a su cargo

los servicios objeto del contrato con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones y

por el siguiente precio en el que incluyen todos los gastos derivados de la prestación del servicio:

Precio sin IPSI: (Escribir precio en letras) EUROS (Escribir precios en números €).

IPSI (4%): (Escribir importe en letras) EUROS (Escribir precio en números €)

Total: (Escribir importe en letras) EUROS (Escribir precio en números €)

Lugar, fecha y firma

GERENCIA DE ATENCIÓN SANITARIA DEL INSTITUTO NACIONAL DE GESTIÓN SANITARIA Urb. Loma Colmenar, s/n 51003 CEUTA

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GERENCIA DE ATENCION SANITARIA DE CEUTA

ANEXO 13

Relación de los contratos de los trabajadores, de la empresa adjudicataria actual, adscritos

al servicio objeto de contratación.

CENTRO: Hospital Universitario de Ceuta

ORDEN CATEGORÍA LABORALTIPO DE

CONTRATO

JORNADA SEMANAL

FECHA DE ANTIGÚEDAD

1 OFICIAL 1ª TECNICO ELECTROMEDICINA FIJO 40 19-06-2006