pliego absolutorio de consultas y observaciones

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Page 2: PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONESADJUDICACIÓN DIRECTA SELECTIVA N° 001-2014-MDI/CEP

EJECUCIÓN DE OBRA“INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y LETRINAS EN LOS CASERÍOS DE SAUCETRANCA

Y KUTITORO, DISTRITO DE INCAHUASI, PROVINCIA DE FERREÑAFE- LAMBAYEQUE”ÍTEMS:

· “Instalación del Sistema de Agua Potable y Letrinas en el Caserío Saucetranca, Distrito deIncahuasi, Provincia de Ferreñafe- Lambayeque”

· “Instalación del Sistema de Agua Potable y Letrinas en el Caserío Kutitoro, Distrito deIncahuasi, Provincia de Ferreñafe- Lambayeque”

El comité especial permanente de la Municipalidad Distrital de Incahuasi, encargado de llevar acabo el presente proceso de selección, de acuerdo con el calendario del proceso, procede ainformar a los participantes las observaciones realizadas, así como su correspondiente absolución:

CONSULTAS PRESENTADAS POR DÁVILA Y ACUÑA CONTRATISTAS GENERALES S.A.

CONSULTA N° 01

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 01El Comité en coordinación con el área usuaria aclara lo siguiente:

ABSOLUCIÓN: Respecto a la presentación de sobres. Será tal como lo establecen las bases: sepresentarán dos sobres generales (uno para la propuesta técnica y uno para la propuestaeconómica) de acuerdo con la Ley de Contrataciones; dentro del sobre general correspondiente ala propuesta técnica se incorporará las propuestas por cada ítem si es que el postor postula aambos ítems; si el postor postula a un solo ítem el sobre general contendrá la propuestaúnicamente del respectivo ítem. Además, cabe recalcar que en el numeral 2.5.1 de la bases seestablece que la presentación será en un original y dos copias, por lo que, respondiendo a laconsulta se afirma, los sobres generales incluyen las copias de cada propuesta.

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CONSULTA N° 02

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 02El Comité en coordinación con el área usuaria aclara lo siguiente:

ABSOLUCIÓN: Respecto a la experiencia del Postor, por la magnitud de las obras conformantes delpresente proceso (dos ítems AMC), el Comité en Coordinación con el área usuaria, haciendo usode su autonomía, han visto por conveniente no solicitar documentación adicional a las requeridastécnicamente para el personal que se proponga; esto significa, que la experiencia y seriedad delpostor estará sujeta a la presentación de los requisitos mínimos establecidos en el numeral 5 delcapítulo III de las bases y de los requerimientos técnicos solicitados para cada profesionalpropuesto, según el numeral 6 del capítulo III de las bases. Esto implica que no será necesaria lapresentación adicional de documentación por el postor.

CONSULTA N° 03

ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 03El Comité en coordinación con el área usuaria aclara lo siguiente:

ABSOLUCIÓN: Respecto a la documentación para cumplir los RTM. Al manifestar “los postores quepostulen a los dos ítems deberán presentar los requisitos mínimos por ítem”; significa que ladocumentación que se presente para cumplir el ítem 01, NO puede ser considerada para el ítem02; Lo cual se fundamente en que cada obra (para el presente proceso cada ítem) cuenta con unexpediente técnico independiente (el mismo que se ha hecho llegar en material magnéticoadjunto a las bases, para cada postor), esto implica que cada obra debe tener su propio personal ysu propio equipamiento, concordando con el Artículo 185 del Reglamento de la Ley deContrataciones que establece “En toda obra se contará de modo permanente y directo con unprofesional colegiado, habilitado y especializado designado por el contratista, previa conformidadde la Entidad, como residente de la obra”.

CONSULTA N° 04 y 05

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ABSOLUCIÓN DE LA CONSULTA N° 04 y 05El Comité en coordinación con el área usuaria aclara lo siguiente:

ABSOLUCIÓN: Respecto a los permisos de servidumbre (captación, conducción y distribución). Deacuerdo con la normativa del Sistema Nacional de Inversión Pública, los pases de servidumbreforman parte de la etapa de pre-inversión; esto significa que la entidad durante el proceso de laformulación de los estudios de pre-inversión y estudios definitivos ha ido haciendo el saneamientocorrespondiente, quedando registrado en cada libro de acta de las tenencias respectivas a cadacaserío. Sin embargo, se hace de conocimiento de los postores, que por estudios de la tendenciahistórica en la ejecución de obras de la entidad, es común la presencia de conflictos por pases deservidumbre (a pesar de estar saneados), por lo que la entidad a previsto solicitando personalcapacitado en Gestión y Evaluación de Riesgos en Obras de Saneamiento Rural, ya que dichacapacitación permitirá prevenir, además de los riesgos de obra propiamente dichos, los riesgos deconflictos latentes de distintas índoles. En conclusión, cualquier conflicto suscitado durante laejecución de la obra es de entera responsabilidad del contratista.

OBSERVACIONES PRESENTADAS POR DÁVILA Y ACUÑA CONTRATISTAS GENERALES S.A.

OBSERVACIÓN N° 1: CONTRA EL RESUMEN EJECUTIVO.

Mediante la Observación N° 1, el recurrente indica “EL RESUMEN EJECUTIVO NO ESTA DEACUERDO A LOS FORMATOS QUE FORMAN PARTE DE LA DIRECTIVA 004-2013-OSCE-PRESOBRE EL ESTUDIO DE POSIBILIDADES QUE OFRECE EL MERCADO, APROBADA MEDIANTERESOLUCION 270-2013-OSCE-PRE DEL 09 DE AGOSTO DEL 2013”.

Pronunciamiento

De la revisión del Resumen Ejecutivo del Estudio de posibilidades que ofrece el mercadopara la Adjudicación Directa Selectiva Nº 01-2014-MDI/CEP, se advierte que, en efecto nose ha seguido con lo estipulado en LA DIRECTIVA 004-2013-OSCE-PRE “Disposiciones sobreel contenido del Resumen Ejecutivo del estudio de posibilidades que ofrece el mercado”aprobada el 09 de Agosto del 2013 y que entraba en vigencia el 01 de Enero del 2014.

Por tanto, el comité hace de conocimiento que por error se ha adjuntado un archivo queno corresponde, por lo cual, a fin de cumplir con lo establecido en dicha Directiva, elComité decide ACOGER la Observación N° 1, por lo que, se publicará una FE DE ERRATASpublicando el Resumen Ejecutivo, usando los formatos establecidos en la mencionadaDirectiva.

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OBSERVACIÓN N° 2: CONTRA EL PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO.

Mediante la Observación N° 2, el recurrente indica:

EL ITEM 2.7 MANIFIESTA:

PLAZO PARA LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

El postor ganador de la Buena Pro, sin mediar citación alguna por parte de laEntidad, deberá presentar toda la documentación prevista para la suscripcióndel contrato dentro del plazo de siete (7) días hábiles, contados a partir del díasiguiente de consentida la Buena Pro. Asimismo, dentro de los tres (3) díashábiles siguientes a la presentación de dicha documentación, deberá concurrirante la Entidad para suscribir el contrato.

La citada documentación deberá ser presentada en Mesa de partes de laMunicipalidad Distrital de Incahuasi, sito en Calle 17 de Febrero S/N - Incahuasi

SEGÚN LA DIRECTIVA 080-2014-EF (21.04.2014) EL PLAZO PARA PRESENTAR LADOCUMENTACION PREVICTA PARA LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO ES DE DOCE (12) DIASHÁBILES, por lo que solicita se cambie dicho Item.

Pronunciamiento

De la revisión de las Bases, se advierte que, en efecto no se sigue con lo estipulado en

el DECRETO SUPREMO N° 080-2014-EF, el cual modifica el Reglamento del DecretoLegislativo N° 1017 que aprobó la Ley de Contrataciones del Estado, y que uno de losartículos modificados es el n° 148, el cual queda redactado de la siguiente manera:

Artículo 148.- Plazos y procedimiento para suscribir el Contrato

Una vez que quede consentido o administrativamente firme el otorgamiento de laBuena Pro, los plazos y el procedimiento para suscribir el contrato son lossiguientes: 1. Dentro del plazo de doce (12) días hábiles siguientes alconsentimiento de la Buena Pro o cuando esta haya quedado administrativamentefirme, debe suscribirse el contrato. Dentro del referido plazo:

a) El postor ganador debe presentar la totalidad de la documentación prevista enlas Bases,

b) La Entidad, de corresponder, solicita la subsanación de la documentaciónpresentada y

c) El postor ganador subsana las observaciones formuladas por la Entidad.

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Page 6: PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

Por tanto, a fin de cumplir con lo establecido en dicho Decreto Supremo, el Comité decideACOGER la Observación N° 2, por lo que, con motivo de la integración de las Bases semodificará el referido Ítem.

OBSERVACIÓN N° 3: CONTRA LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.

Mediante la Observación N° 3, el recurrente indica:

EN EL ITEM 6 SECCION A, MANIFIESTA:

A. RESIDENTE DE OBRA.ü Profesional Ingeniero Sanitario, Agrícola o Civil; colegiado y habilitado, debidamente acreditado.ü Experiencia acreditada como Residente y/o Supervisor en obras, con un total de once (10) obras

en general ejecutadas en zona rural; de los cuales dos (02) deberán corresponder a obras deagua y saneamiento básico rural; dichos requerimientos se sustentarán con los siguientesdocumentos: contratos con su respectiva conformidad de servicio (constancia, informe, acta deentrega y recepción de obra y/o Resolución de liquidación de obra) en la que fehacientementese demuestre la experiencia del profesional propuesto.

ü Contar con Especialización en Residencia y/o Supervisión de Obras; para el presente requisitose considerarán válidos aquellos documentos (Diplomas, Certificados) que acrediten comomínimo 200 horas académicas.

ü Capacitación en Gestión y Evaluación de Riesgos de Proyectos de Agua y SaneamientoRural

SE CUESTIONA LA CAPACITACION QUE SOLICITAN EN “GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS DEPROYECTOS DE AGUA Y SANEAMIENTO RURAL”, PORQUE LA LABOR QUE VA A REALIZAR ELPROFESIONAL ES PARA LA EJECUCION DEL PROYECTO Y ESA CAPACITACION SERIA NECESARIAPARA LABORES DE ELABORACION Y/O FORMULACION DE PROYECTOS, POR LO QUE SE SOLICITAQUE PARA PERMITIR UNA MAYO CONCURRENCIA DE PROVEEDORES, SE SUPRIMA ESACAPACITACIÓN SOLICITADA.

SE SOLICITA QUE SE ENTREGUE UN ESTUDIO DE MERCADO DONDE SE VEA QUE INSTITUCIONESSON LAS QUE DICTAN LOS CURSOS QUE SOLICITAN COMO CAPACITACION PARA EL PERSONLPROPUESTO, ADEMAS DE QUE PROFESIONALES CUMPLEN CON ESE REQUERIMIENTO.

Pronunciamiento

Sobre el particular, cabe indicar que de conformidad con la normativa de contratacionespúblicas, la definición de los requerimientos técnicos mínimos es de exclusivaresponsabilidad de la Entidad, garantizando la mayor concurrencia de proveedores. Así, losrequisitos técnicos mínimos cumplen con la función de asegurar a la Entidad que el postorofertará lo mínimo necesario para cubrir adecuadamente sus necesidades.

Además, debido a los riesgos que se puedan suscitar en la Ejecución de las Obras materiasde éste proceso, se necesita que los profesionales estén debidamente capacitados en lagestión de dichos riesgos, es por ello la necesidad que cuenten con una Capacitación endicho aspecto.

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Page 7: PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

Y para demostrar que dicho requisito no limita la participación de postores, se adjunta unalista de Profesionales que cuentan con dicha capacitación, obtenida del COLEGIO DEINGENIEROS DEL PERÚ.

Por tanto, el Comité decide NO ACOGER la Observación N° 3, por lo que se pide a lospostores ceñirse a lo estipulado en las Bases.

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Page 8: PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

COLEGIO DE INGENIEROS DEL PERÚ

Oficina de Capacitación e Informática - CIP CD Lambayeque

524 INGENIEROS CAPACITADOS EN "GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS EN PROYECTOS DE AGUA Y SANEAMIENTO RURAL"

Organizador: Capítulo de Ingeniería AgrícolaMatrícula Participante Especialidad DNI

1.- 108581

Ing. Cip. Angeles Parra Luis Edgardo Ingeniería Agricola 167424692.- 10935

8Ing. Cip. Bances Inoñán Rodolfo Ingeniería Agricola 80352299

3.- 112863

Ing. Cip. Cadenillas HornaVictorJaner

Ingeniería Agricola 423163074.- 10938

8Ing. Cip. CalopinoChiroque CarlosRogelio

Ingeniería Civil 167519015.- 10862

0Corrales Portal Juan Miguel Otros 46957953

6.- 108573

Cubas García Carlos Humberto Otros 409977257.- 10938

9Ing. Cip. Delgado Pérez Homero Ingeniería Civil 16782525

8.- 113060

Ing. Cip. Durand VidarteMarjhuretShirley

Ingeniería Agricola 442280969.- 10858

8Ing. Cip. Eneque Gonzales Héctor Ingeniería Agricola 16414085

10.- 108584

Ing. Cip. Fernandez Montalvo JuanCarlos

Ingeniería Agricola 4179079311.- 10858

5Ing. Cip. Fernández Gonzales FlorMarina

Ingeniería Agricola 1655830512.- 10926

9Ing. Cip. Fernández León SegundoLeopoldo

Ingeniería Agricola 1646711913.- 10895

4Ing. Cip. Larrea Alvarado Max Henry Ingeniería Civil 16704225

14.- 108668

Ing. Cip. Llanos Olivera OctavioAngel

Ingeniería Civil 2743048215.- 10881

2Lic. Lluen Cumpa Elmer Otros 16561069

16.- 108576

Ing. Cip. Mercedes Tello MarcoDomichelli

Ingeniería Civil 1673647517.- 10895

6Ing. Montenegro Condoy Jorge Luís Ingeniería Agricola 80238027

Pág. 1 de jueves 19 junio 2014

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Page 9: PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

CONTROL DE ASISTENCIAS524 CURSO: "GESTIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS EN PROYECTOS DE AGUA Y SANEAMIENTO RURAL"

Fecha Inicio: 17/11/2013 Lugar: Auditorio Principal

Organizador: Capítulo de Ingeniería AgrícolaMatrícula Participante Especialidad DNI

18.- 108666

Bach. Ordoñez Diaz Jorge Arturo Ingeniería Civil 4534617119.- 10864

5Ing. Cip. Petroni Arana CarlosEnrique

Ingeniería Agricola 1678798120.- 10941

2Ing. Cip. Quiroz Vasquez EdwinEmilio

Ingeniería Agricola 4506278421.- 10858

6Ing. Cip. RevolledoQuintoCèsarWilliams

Ingeniería Civil 4349525922.- 10857

4Saavedra Ruiz Aquiles Ingeniería Agricola 46135037

23.- 108669

Ing. Cip. Salazar Andonayre RolandoJesús

Ingeniería Civil 4125183524.- 10863

9Ing. Cip. Santamaría Baldera JoséAnibar

Ingeniería Agricola 1753288925.- 10862

1Ing. Cip. Silva Huertas Victor Ingeniería Agricola 16652840

26.- 108579

Ing. Cip. Torres Piscoya Juan José Ingeniería Agricola 1740369827.- 10858

3Bach. Tuesta Zuta Marvin Ingeniería Civil 44770687

28.- 108627

Ing. Cip. Valeriano Severino Teofilo Ingeniería Agricola 1757564929.- 10857

1Ing. Cip. Vigil Saavedra Godofredo[exp]

Ingeniería Agricola 16578656

Pág. 2 de jueves 19 junio 2014

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Page 10: PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

Municipalidad Distrital de IncahuasiAdjudicación Directa Selectiva N° 001-2014-MDI/CEP

OBSERVACIÓN N° 4: CONTRA LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.

Mediante la Observación N° 4, el recurrente indica:

SE SOLICITA QUE PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL SE ACREDITASECON LA PRESENTYACION DE (I) CONTRATOS CON SU RESPECTIVA CONFORMIDAD O (II)CONSTANCIAS O (III) CERTIFICADOS O (IV) CUALQUIER OTRO DOCUMENTO QUE DEMANERA FEHACIENTE, DEMUESTRE LA EXPERIENCIA DEL PROFESIONAL PROPUESTO,SEGÚN LO ESTABLECIDO POR EL ORGANISMO SUPERVISOR (OSCE)

Pronunciamiento

Al respecto, cabe precisar que, efectivamente, tal como se señala en distintospronunciamientos, la forma de acreditar la experiencia del postor, debe realizarsemediante la copia simple de contratos y su respectiva acta de recepción o con la copiasimple de contratos con la resolución de liquidación de obra o con copia simple decontratos acompañada de cualquier otra documentación de la cual se desprenda, demanera fehaciente, que ésta fue concluida; en este supuesto, dicha documentacióntambién deberá consignar el monto total de la obra1

Por lo tanto, el Comité ha decidido ACOGER PARCIALMENTE la Observación Nº 4, por loque, con ocasión de la integración de las Bases, se indicará que la forma de acreditar laexperiencia del postor se realizará mediante la presentación de cualquiera de losdocumentos subrayados en el párrafo anterior.

OBSERVACIÓN N° 5: CONTRA LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA.

Mediante la Observación N° 5, el recurrente indica:

SE CUESTIONA QUE SE SOLICITE QUE EL PARTICIPANTE PODRÁ PRESENTAR COPIA SIMPLEDEL CERTIFICADO DE HABILIDAD VIGENTE DE LOS PROFESIONALES PROPUESTOS (ELPOSTOR GANADOR PRESENTARÁ OBLIGATORIAMENTE LOS ORIGINALES PARA LA FIRMADEL CONTRATO). Y SOLICITA QUE SE ELIMINE EL REFERIDO REQUERIMIENTO PARA TODOSLOS PROFESIONALES, ASI MISMO SE DESPRENDE QUE EL PARTICIPANTE SOLICITA QUE LACOLEGIATURA Y HABILIDAD PROFESIONAL SEA REQUERIDA AL INICIO DE SUPARTICIPACION EFECTIVA EN LA EJECUCION DEL CONTRATO.

1 Pronunciamiento N° 0574-2012/DSU

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Page 11: PLIEGO ABSOLUTORIO DE CONSULTAS Y OBSERVACIONES

Municipalidad Distrital de IncahuasiAdjudicación Directa Selectiva N° 001-2014-MDI/CEP

Pronunciamiento

Al respecto, cabe precisar que mediante el Pronunciamiento N° 691-2012/DSU2, enatención a los Principios de Economía y Libre Concurrencia y Competencia, se estableció elPrecedente Administrativo de Observancia Obligatoria, que dispone que la colegiatura yhabilitación de los profesionales se requerirá para el inicio de su participación efectiva enel contrato, tanto para aquellos titulados en el Perú o en el extranjero.

En ese sentido, el comité decide ACOGER la observación N° 5, por lo que, con ocasión de laintegración de las Bases, se suprimirá de las Bases, la exigencia de presentar a la fecha dela presentación de propuestas, copia simple del Certificado de Habilidad Vigente de losprofesionales propuestos y los originales para la firma del contrato.

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