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PLAN GENERAL DE GESTION DE LA SEGURIDAD

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LE MEJOR PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN LA INDUSTRIA D ELA CONSTRUCCION

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Page 1: Plan de Seguridad y Salud

PLAN GENERAL DE

GESTION DE LA

SEGURIDAD

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PLAN GENERAL DE GESTION DE LA SEGURIDAD

I. MISIÓN

La empresa Building SAC, considera dentro de los alcances y contenidos en su Política de Seguridad, como misión fundamental:

“TODOS LOS ACCIDENTES SON EVITABLES, PARA LO CUAL NO DEBEMOS ACTUAR EN FORMA REACTIVA SINO PROACTIVA”

II. OBJETIVOS

Para conseguir lo expresado, hemos puesto a disposición en la obra, todos los recursos humanos, técnicos y económicos necesarios para brindar una máxima atención a la prevención de accidentes, para lo cual fijamos los siguientes objetivos:

Desarrollarnos sin tener accidentes ni perdidas que lamentar, de esta manera podemos entregar nuestro mejor trabajo.

Desarrollar siempre un trabajo seguro y productivo.

Adoptaremos todas las medidas para la protección, y administración eficiente de la seguridad al realizar los trabajos de Ingeniería y Construcción.

Adoptar e implementar todas las medidas para eliminar y/o reducir al mínimo los riegos.

Capacitar, instruir y entrenar a todos los trabajadores de nuestra empresa y colaboradores para la prevención de accidentes y control de riesgos.

Designar las responsabilidades de todos los niveles involucrados, a fin de, crear conciencia y fomentar su participación en la toma de decisiones y acciones tendientes a controlar efectivamente los riesgos y/o peligros que puedan afectar al proceso productivo y entorno social.

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III. META

Cero Accidentes.

IV. ALCANCE

El Programa de Seguridad y Prevención de Riesgos, será aplicado a todos los niveles involucrados de la empresa Building SAC que desarrollen trabajos en recintos de Bimbo (Ampliación de Planta).

V. POLÍTICA DE SEGURIDAD

•  BUILDING SAC, consciente que su principal activo es el recurso humano, ha adquirido un compromiso con la Seguridad, la Higiene y el Ambiente, por lo que provee condiciones de trabajo seguras y saludables, definiendo normas y procedimientos destinados a salvaguardar al personal, bienes y el medio ambiente.

•  Todo trabajador y contratista de BUILDING SAC, tiene derecho a un ambiente de trabajo sano y seguro en donde realizar sus labores, cumpliendo con las normas, guías y procedimientos establecidos.

BUILDING SAC, consciente de la responsabilidad de preservar sus recursos humanos, el patrimonio económico de sus bienes y el medio ambiente entorno a la ejecución de sus obras, realiza esfuerzos sostenidos para promover el desarrollo de las actividades dentro de un marco de equilibrio, calidad de vida, seguridad, innovación tecnológica y cumplimiento de las normativas legales vigentes.

VI. DOCUMENTACION DE REFERENCIA

Norma Técnica de Edificación E-120 Seguridad Durante la Construcción.

Norma OHSAS 18001.

Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador - Decreto Legislativo N° 910, del 16 de marzo del 2001.

Normas, Instructivos y Procedimientos de Seguridad de Bimbo.

Código Nacional de Electricidad 4

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VII. GENERALIDADES

7.1 Objeto

El presente plan de salud y seguridad especifica las consideraciones mínimas indispensables de seguridad a tener en cuenta en las actividades de construcción, con el objeto de prevenir los riesgos ocupacionales y proteger la salud e integridad física y mental de los trabajadores que laboran en obras de construcción.

7.2 Campo de aplicación

El presente plan se aplica a todas las actividades de remodelación y construcción que se desarrollen en nuestras obras dentro de Bimbo.

7.3 Definiciones

Para los propósitos de este plan se aplican las siguientes definiciones:

7.3.1 Andamio: Estructura provisional con estabilidad, fija, suspendida o móvil, y los componentes en el que se apoye, que sirve de soporte en el espacio a trabajadores, equipos, herramientas y materiales, con exclusión de los aparatos elevadores.

7.3.2 Aparato elevador: Todo aparato o montacargas, fijo o móvil, utilizado para izar o descender personas o cargas.

7.3.3 Accesorio de izaje: Mecanismo o aparejo por medio del cual se puede sujetar una carga o un aparato elevador pero que no es parte integrante de éstos.

7.3.4 Construcción: Abarca las siguientes acepciones: Edificación, incluidas las excavaciones y las construcciones provisionales, las transformaciones estructurales, la renovación, la reparación, el mantenimiento (incluidos los trabajos de limpieza y pintura), la restauración y la demolición de todo tipo de edificios y estructuras. Obras de uso y servicio público: movimiento de tierras, trabajos de demolición, obras viales, cunetas, terminales, intercambios viales, aeropuertos, muelles, puertos, canales, embalses, obras pluviales y marítimas (terminales, refuerzos rompeolas), carreteras y autopistas, ferrocarriles, puentes, túneles, trabajos de subsuelo, viaductos y obras relacionadas con la prestación de servicios como: comunicaciones, desagüe, alcantarillado y suministro de agua y energía. Montaje electromecánico, montaje y desmontaje de edificios y estructuras de elementos

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prefabricados. Procesos de preparación, habilitación y transporte de materiales.

7.3.5 Lugar de trabajo: Sitio en el que los trabajadores deban estar o a los que hayan de acudir a causa de su trabajo, y que se halle bajo control de un empleador.

7.3.6 Obra: Cualquier lugar o jurisdicción en el que se realice alguno de los trabajos u operaciones descritas en 1.3.4.

7.3.7 Persona competente: Persona en posesión de calificaciones adecuadas, tales como una formación apropiada y conocimientos y experiencia para ejecutar funciones específicas en condiciones de seguridad.

7.3.8 Representante de los trabajadores: Persona elegida por las partes y con conocimiento de la autoridad oficial de trabajo, autorizada para ejecutar acciones y adquirir compromisos establecidos por los dispositivos legales vigentes, en nombre de sus representados.

7.3.9 Trabajador: Persona empleada en la construcción.

7.4 Inspección del trabajo

Para los efectos del control de cumplimiento del presente plan se aplicará lo dispuesto en la Ley General de Inspección del Trabajo y Defensa del Trabajador - Decreto Legislativo N° 910, del dieciséis de marzo del dos mil uno.

7.5 Requisitos del lugar de trabajo

7.5.1 Consideraciones básicas Generales

El lugar de trabajo debe reunir las condiciones necesarias para garantizar la seguridad y salud de los trabajadores, transeúntes, terceros y propiedades adyacentes.

Se mantendrá en buen estado y convenientemente señalizadas, las vías de acceso a todos los lugares de trabajo.

Se designará, delimitará y señalizará las diferentes áreas de la obra, que ha continuación se indican, tomando en consideración la seguridad y la salud de los trabajadores

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- Área administrativa- Área de servicios (SSHH, comedor y vestuarios) - Área de operaciones de obra. - Área de preparación y habilitación de materiales y elementos

prefabricados. - Área de almacenamiento de materiales- Área de parqueo de equipos- Vías de circulación peatonal y de transporte de materiales- Guardianía- Áreas de acopio temporal de desmonte y de desperdicios.

Asimismo se deberá programar los medios de seguridad apropiados, la distribución y la disposición de cada uno de los elementos que los componen dentro de los lugares zonificados.

Se adoptarán todas las precauciones necesarias para proteger a las personas que se encuentren en la obra y sus inmediaciones, de todos los riesgos que puedan derivarse de la misma.

El ingreso y tránsito de personas ajenas a la obra deberá ser utilizando el equipo de protección personal necesario, y será reglamentado por el responsable de Seguridad de la Obra.

Se debe prever medidas para evitar la producción de polvo en la zona de trabajo, con la aplicación de paliativos de polvos y en caso de no ser posible utilizando equipos de protección personal y protecciones colectivas.

7.5.2 Instalaciones Eléctricas Provisionales

Las instalaciones eléctricas provisionales para la obra deberán ser ejecutadas y mantenidas por una persona de competencia acreditada.

Todos los tableros eléctricos que se utilicen en obra contarán con interruptores termo magnéticos e interruptores diferenciales (de 30 mA) de desconexión automática en caso de falla a tierra, para la protección de los usuarios y de todos los circuitos de la instalación, en concordancia con la R.S. 021 - 83 – TR y con el Código Nacional de Electricidad (Tomo V, Cap. 3, acápite 3.1.1.7)

Los tableros eléctricos provisionales de la obra deberán estar fabricados íntegramente con plancha de acero laminado en frío (LAF) y aplicación de pintura electrostática. Deberán contar con puerta frontal, chapa, llave

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de seguridad y puesta a tierra. Interiormente deberán estar equipados con:- Interruptor General 3 x 150 Amp de 25 kA, 220V- Interruptor Termo magnético 3 x 60 Amp. 10 kA, 220V- Interruptor diferencial 2 x 40 Amp. 6 kA, 220V de alta sensibilidad (30

mA)- Juegos de Tomacorrientes + enchufe blindado 3 x 63 Amp. 3 polos

+T/380V- Tomacorrientes doble hermético 16 Amp. + T/220V- Prensaestopas 1-1/2” p/ ingreso de cables de alimentación- Bornera de línea tierra- Lámpara Piloto 220V.

Toda obra deberá contar con “línea de tierra” en todos los circuitos eléctricos provisionales. La línea de tierra deberá descargar en un pozo de tierra de características adecuadas para el tamaño de la obra y según lo establecido en el Código Nacional de Electricidad.

Las extensiones eléctricas temporales, NO deberán tenderse por zonas de transito peatonal y/o vehicular; ni en zonas expuestas a bordes afilados, impactos, aprisionamientos, rozamientos o fuentes de calor (chispas durante operaciones de oxicorte o soldadura eléctrica) que puedan dañar su aislamiento. Si hubiera exposición a estos agentes, se deberá tender en forma aérea o protegerse con tablones o tuberías. Se evitará exponer al conductor a tirones bruscos. Para transportar una extensión de un lugar a otro, deberá desconectarse de la fuente de energía y recogerse por completo (enrollarse).

Se evitará exponer los conductores eléctricos al contacto con el agua o la humedad. Si no fuera posible, se usarán cables y conexiones con aislamiento a prueba de agua. En zonas lluviosas, se deberán proteger las instalaciones eléctricas provisionales, tableros de distribución eléctrica, cajas de fusibles, tomacorrientes y equipos eléctricos en general, de su exposición a la intemperie. En su defecto, se deberán usar instalaciones a prueba de agua. Nunca se debe operar herramientas, equipos o conexiones eléctricas con las manos húmedas o pisando superficies mojadas.

Se deberá usar instalaciones eléctricas a prueba de explosión en ambientes que contengan líquidos y/o gases inflamables, polvos o fibras combustibles que puedan causar fuego o explosiones en presencia de una fuente de ignición. En estos casos los interruptores se instalarán fuera del ambiente de riesgo.

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Toda extensión eléctrica temporal deberá cumplir las siguientes especificaciones:

Conductor tripolar vulcanizado flexible de calibre adecuado (mínimo: NMT 3x10) en toda su longitud. No se permitirá el uso de cables mellizos. Si es inevitable empalmar cables se deberá verificar que sean del mismo calibre y utilizar conectores adecuados o en su defecto cinta vulcanizante. Se aceptará como máximo un empalme cada 50m.

Enchufes y tomacorrientes tipo industrial blindado con tapa rebatible y sellado en el empalme con el cable. No se permitirá el uso de tomacorrientes y enchufes de uso doméstico.

Toda instalación eléctrica provisional se considerará energizada hasta que se compruebe lo contrario.

7.5.3 Primeros auxilios

Se debe garantizar en todo momento la disponibilidad de medios adecuados y de personal con formación apropiada para prestar primeros auxilios. Teniendo en consideración las características de la obra, se dispondrán las facilidades necesarias para garantizar la atención inmediata, debiendo por lo menos contar con un botiquín de primeros auxilios el mismo que deberá contar con el equipamiento que se indica en el anexo 01. De ser necesario, la evacuación a centros hospitalarios de las personas heridas o súbitamente enfermas.

7.5.4 Servicios de Bienestar

En el área asignada para la obra, se dispondrá, en función del número de trabajadores y de las características de la obra, en concordancia con lo dispuesto en la Resolución Suprema N° 021 – 83 – TR, de los siguientes servicios:

• Suministro de agua potable. • Inodoros o baños portátiles para hombres y para mujeres. • Duchas y lavatorios para hombres y para mujeres. • Vestidores para hombres y para mujeres. • Comedores.

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Para obras ubicadas dentro y fuera del radio urbano, y según sus características, el empleador establecerá las condiciones para garantizar la alimentación de los trabajadores, tanto en calidad como en higiene.

7.5.5 Información

Toda obra deberá contar de manera suficiente, oportuna y adecuada de:

- Información de interés general para la seguridad y salud de los trabajadores

- Teléfonos de emergencia- Política de Seguridad y Salud en el trabajo- Horas-hombre trabajadas en la obra y horas-hombre

trabajadas sin accidentes- Cantidad de accidentes incapacitantes ocurridos- Datos de la empresa aseguradora (SCTR)- Y otras que la normativa vigente obligue

7.5.6 Señalización

Se deberán señalar los sitios indicados por el responsable de seguridad, de conformidad a las características de señalización de cada caso en particular. Estos sistemas de señalización (carteles, vallas, balizas, cadenas, sirenas, etc.) se mantendrán, modificarán y adecuarán según la evolución de los trabajos y sus riesgos emergentes.

Se deberá señalizar adecuadamente la presencia de obstáculos que pudieran originar accidentes.

En las horas diurnas se utilizarán barreras, o carteles indicadores que permitan alertar debidamente el peligro.

En horas nocturnas se utilizarán, complementariamente balizas luminosas, en lo posible intermitentes.

En horas nocturnas queda prohibido colocar balizas de las denominadas de fuego abierto.

Las señales deberán cumplir lo indicado en el Código Internacional de Señales de Seguridad.

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7.5.7 Orden y limpieza

La obra se mantendrá constantemente limpia, para lo cual se eliminarán periódicamente los desechos y desperdicios, los que deben ser depositados en zonas específicas señaladas y/o en recipientes adecuados debidamente rotulados.

Dentro del área de trabajo todo residuo de soldadura (electrodos) y material metálico punzo cortante (clavos, alambres, fierros, tubos) deberá disponerse en un lugar adecuado debidamente acordonado y señalizado, para su posterior eliminación. Las áreas de circulación deberán estar libres de derrames de sustancias tales como grasas, aceites u otros, que puedan causar accidentes por deslizamiento. Se deberá eliminar los conductores con tensión, proteger las instalaciones públicas existentes: agua, desagüe, etc.

Los comedores deberán mantenerse limpios y en condiciones higiénicas. Los restos de comida y desperdicios orgánicos deben ser almacenados, para su posterior eliminación, en los cilindros rotulados destinados para tal fin, los cuales deben poseer tapa.

Los servicios higiénicos deben mantenerse limpios en todo momento y será responsabilidad de la administración de obra que se mantengan en buenas condiciones. Si se tienen pozos sépticos o de percolación se les deberá dar el mantenimiento periódico adecuado.

Los residuos de hidrocarburos (aceite, petróleo, grasa) serán almacenados en recipientes apropiados y rotulados para su posterior eliminación.

No se permitirá la existencia de madera con clavos en las áreas de trabajo y circulación. Cuando se efectúen operaciones de desenconfrado o desembalaje, la zona donde se tenga madera con clavos deberá acordonarse y señalizarse.

Los cables, extensiones, mangueras del equipo de oxicorte, y similares se deben tender evitando que crucen por áreas de tránsito de vehículos o personas, a fin de evitar daños a estos implementos y/o caídas de personal.

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7.5.8 Protección contra incendios

Se deberá contar con la cantidad suficiente y tipo de extintores adecuados según las características de la obra, los cuales deberán estar debidamente identificados y señalizados para su empleo en caso de presentarse un amago de incendio.

Adyacente a los extintores figurará el número telefónico de la Central de Bomberos.

El acceso a los extintores, debidamente distribuidos, será directo y libre de obstáculos.

Se deberán identificar las áreas donde esté prohibido hacer fuego abierto y/o fumar, colocando los avisos de prohibición correspondientes en lugares visibles de la obra.

7.6 Plan de Seguridad y Salud

Se deberá contar con un plan de seguridad y salud que garantice en todo momento y durante el desarrollo de todas y cada una de las actividades previstas en el presupuesto de obra y presupuestos adicionales que se deriven del principal, la integridad física y salud de sus trabajadores, sean estos de contratación directa o subcontrata y toda persona que de una u otra forma tenga acceso a la obra.

El plan de seguridad y salud, deberá integrarse al proceso de construcción, incluso desde la concepción del presupuesto de obra, entendiéndose que no existirá presupuesto adicional por ese concepto, vale decir; el costo directo de todas y cada una de las actividades contenidas en dicho presupuesto, deberá considerar en sí mismo, las medidas preventivas necesarias para garantizar la integridad física y salud de los trabajadores que intervengan en su ejecución.

El jefe de obra será el responsable de establecer los mecanismos adecuados para implementar el plan de seguridad y salud, antes del inicio de los trabajos, así como de garantizar su cumplimiento en todas las etapas de la obra, debiendo necesariamente integrarlo a la planificación de las actividades.

El plan de seguridad y salud deberá contener: los estándares de seguridad y salud, procedimientos de trabajo o ambos para cada una de las actividades de la obra, el programa de capacitación del personal que

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intervendrá en todas las operaciones y los mecanismos de supervisión y control que garanticen su cumplimiento.

7.6.1 Programa de Capacitación

El programa de capacitación deberá incluir a todos los trabajadores de la obra, profesionales, técnicos y obreros, cualquiera sea su modalidad de contratación. Dicho programa deberá garantizar la transmisión efectiva de las medidas preventivas generales y específicas que garanticen el normal desarrollo de las actividades de obra, es decir, cada trabajador deberá comprender y ser capaz de aplicar los estándares de Seguridad y Salud y procedimientos de trabajo establecidos para los trabajos que le sean asignados.

7.6.2 Mecanismos de supervisión y control

La responsabilidad de supervisar el cumplimiento de estándares de seguridad y salud y procedimientos de trabajo, quedará delegada en el jefe inmediato de cada trabajador.

Sin perjuicio de lo indicado en el párrafo anterior, el jefe de obra será el responsable de implementar los mecanismos de supervisión y control que garanticen el cumplimiento estricto de lo establecido en el Plan de Seguridad y Salud de obra.

7.7 Registro, investigación y análisis estadístico de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales

7.7.1 Declaración e investigación de accidentes de trabajo

En caso de accidentes de trabajo se seguirán las pautas siguientes:

7.7.1.1 Aviso de accidente

El accidentado, compañeros de trabajo, el jefe inmediato y/o el testigo presencial del hecho, comunicará el accidente en forma inmediata al responsable de Seguridad, quien conjuntamente con el jefe de la obra o quien asuma dicha función comunicará el accidente por la vía más rápida y de la forma establecida a las personas, entidades y/o autoridades involucradas.

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7.7.1.2 Investigación de accidente

El propósito principal de la investigación de un accidente es la determinación de las causas del mismo, para implementar medidas que eviten su repetición. No es el propósito de la investigación el identificar culpables o hacer recaer la culpa del mismo sobre persona alguna.

Tan pronto como el Supervisor inmediato del lesionado informe del accidente al Responsable de Obra, éste conformará una comisión que estará integrada por el supervisor inmediato del involucrado, un representante del área afectada y el responsable de Seguridad de obra. Esta comisión realizará la investigación en el lugar del suceso y dentro del plazo más breve posible, tomando manifestaciones a quienes, a juicio de la comisión, se considere pertinente.

En caso de accidente fatal no se deberá mover al accidentado y de inmediato se dará aviso a la autoridad policial competente, y se procederá de acuerdo al párrafo anterior.

7.7.1.3 Informe del accidente

El Responsable de Seguridad de la obra, elevará a su inmediato superior y dentro de las 24 horas de acaecido el accidente el informe correspondiente.

En caso de accidentes graves, fatales o catastróficos se comunicará por la vía más rápida dentro de las 24 horas al Director General de Vivienda y Construcción y al Ministerio de Trabajo y Promoción Social. El informe de la investigación será remitido dentro de un plazo máximo de 10 días calendario.

Este Informe será preparado por el responsable de Seguridad en el formato establecido, basándose en la información proporcionada por el médico tratante y lo encontrado en la investigación realizada.

7.7.1.4 Registro y análisis estadístico de accidentes

Para efectos de establecer las estadísticas de accidentes se usarán tres índices normalizados, a fin de contar con un método comparativo y evaluativo de los planes de seguridad de obra.

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Para el cómputo de los índices se deberá contar con un método uniforme de comparación, donde sólo se tomarán en cuenta las lesiones que produzcan descansos médicos (lesiones con pérdida de tiempo) y algunas que aunque no lo produzcan sí son consideradas por el sistema estandarizado OSHA, como reportables:

Quemaduras a partir del segundo grado. Aplicación de puntos de sutura. Remoción de cuerpo extraño de los ojos o pies. Eliminación de piel muerta. Tratamiento por infección. Remoción de cuerpo extraño de heridas.

Las lesiones incapacitantes (con descanso médico) reportables son de cuatro clases:

Muerte: cualquier defunción resultante de una lesión de trabajo independientemente del tiempo transcurrido entre el accidente y el deceso.

Incapacidad total permanente: Cualquier lesión no mortal que incapacite al trabajador para desempeñar cualquier función lucrativa.

Incapacidad parcial permanente: Cualquier lesión que no cause la muerte pero que da como resultado la pérdida funcional o anatómica de un miembro.

Incapacidad total temporal: Cualquier lesión que no cause la muerte, y sin existir pérdida funcional o anatómica de un miembro pero que de como resultado un día o más de incapacidad para trabajar.

Las pérdidas causadas por las lesiones se evalúan en términos de días de incapacidad para trabajar, esto se conoce como días perdidos. En los casos fatales y de incapacidad total permanente se usará 6,000 días perdidos como indica la norma citada. Dentro de los días perdidos no se tomará en cuenta el día de la ocurrencia del accidente.

Los Índices que se registrarán son tres:

Índice de Frecuencia: Indica la cantidad de accidentes con pérdida de tiempo o reportables sin pérdida de tiempo, ocurridos y relacionados a un periodo de tiempo de 200,000 horas trabajadas. (OSHA)

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Índice de Gravedad: Es el número de días perdidos o no trabajados por el personal de la obra por efecto de los accidentes relacionándolos a un periodo de 200,000 hrs. de trabajo. (OSHA). Para el efecto acumulativo se suman todos los días perdidos por los lesionados durante los meses transcurridos en lo que va del año. Si el descanso médico de un lesionado pasara de un mes a otro se sumarán los días no trabajados correspondientes a cada mes.

Índice de Accidentabilidad: Este índice establece una relación entre los dos índices anteriores proporcionando una medida comparativa adicional.

Tipos de estadística

Se deberá llevar dos tipos de estadísticas: Mensual Acumulativa

En la estadística mensual sólo se tomarán en cuenta los accidentes ocurridos y los días perdidos durante el mes.

En la estadística acumulativa se hará la suma de los accidentes ocurridos y los días no trabajados en la parte del año transcurrido.

Fórmulas para el cálculo de los índices

Para obtener los índices se usarán las fórmulas siguientes:

Nº de Accidentes reportables del mes X 200,000Índice de Frec. Mens.=

Número de horas / Hombre trabajadas en el mes

Suma de Acc. Reportables en lo que va del año X 200,000Índice de Frec. acum...=

Número de horas / hombre trabajadas en lo que va del año

Número de días no trabajados en el mes X 200,000Índice de Grav. mens.=

Número de horas / hombre trabajadas durante el mes

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Nº de días no trabajados en lo que va del año X 200,000

Índice de Grav. acum.=N° de horas / hombre trabajadas en lo que va del año

Índice de Accidentalidad= Índice de Frec. acum. X Índice de Grav. acum.

De acuerdo a la legislación vigente, deberán incluirse para efectos estadísticos las horas hombre trabajadas y accidentes de empresas subcontratistas vinculadas contractualmente con Building SAC.

7.7.1.5 Formato para registro de índices de accidentes

El registro de índices de accidentes deberá llevarse mensualmente de acuerdo al formato establecido.

Aún cuando no se hayan producido en el mes accidentes con pérdida de tiempo o reportables, será obligatorio llevar el referido registro, consignando las horas trabajadas y marcando CERO en los índices correspondientes al mes y tomando en cuenta estas horas trabajadas para el Índice Acumulativo.

La empresa llevará un registro por cada obra y a su vez elaborará un reporte consolidado estadístico de seguridad.

VIII. ACTIVIDADES ESPECÍFICAS

8.1 Equipo básico de protección personal (EPP)

Logística deberá coordinar con el responsable de seguridad y/o persona competente en materia de seguridad para la correcta y adecuada adquisición de los equipos de protección personal que se emplearán en las operaciones de la obra, debiendo contar estos con la certificación u homologación respectiva, considerándose los criterios pertinentes para un correcto y eficiente uso.

El almacén de obra es responsable de verificar el buen estado de los equipos y prendas de protección antes de entregarlos al trabajador.

Se considera como equipo básico de protección personal, el mismo que deberá ser usado permanentemente por los trabajadores durante toda la jornada de trabajo al siguiente:

Casco de Seguridad 17

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Lentes de Seguridad Botas con puntera de acero Uniforme de trabajo

Se deberá asignar un juego completo del equipo básico de protección personal a cada trabajador al ingreso a la obra, siendo el trabajador el responsable de mantenerlo operativo y cuidar del mismo.

Cuando se realicen actividades específicas que impliquen el uso de equipos de protección personal especiales, éstos deberán ser solicitados al almacén antes del inicio de la labor. Sólo en caso que el equipo de protección especial impida el uso del equipo básico de protección personal y éste a su vez reemplace y mantenga protegido al trabajador es que se podrá despojar del equipo básico de protección personal.

El trabajador al que se le asigne un equipo de protección inadecuado o en mal estado deberá informar a su jefe inmediato, quien es el responsable de gestionar que se reemplace o repare el EPP en cuestión. Deberá proceder de igual forma en caso de deterioro del EPP durante el trabajo.

Previo a cada uso, el trabajador deberá realizar una inspección visual del EPP que se le asigna, verificando su operatividad.

Antes de usar un respirador, el trabajador deberá tener en cuenta lo siguiente:

Que el cartucho/filtro no se encuentre obstruido y sea el adecuado. Que la mascarilla tenga buen ajuste a la cara. No se permite el uso de respiradores en espacios confinados por

posible deficiencia de oxígeno o atmósfera contaminada.

Siempre que se opere herramientas o equipos que generan proyección de partículas volantes se deberá usar equipo de protección personal para ojos y cara, si produce polvos se usará protección respiratoria, y si genera ruido protección auditiva.

Los equipos básicos de protección personal por su constante uso y condiciones propias del trabajo tienden a deteriorarse, el responsable de seguridad deberá considerar y evaluar la frecuencia de recambio y periodos de uso de los mismos para contar con equipos en cantidad y calidad suficientes cuando sean requeridos.

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Queda terminantemente prohibido que cualquier persona en obra se encuentre sin la protección que brinda el equipo básico de protección personal.

8.2 Trabajos a distinto nivel

8.2.1 Recomendaciones generales

En general, se deberá evitar la permanencia y circulación de personas y/o vehículos por el área sobre la cual se efectúan trabajos a distintos nivel, debiendo acordonarse y señalizarse adecuadamente colocando avisos de prevención y/o prohibición (PELIGRO CAIDA DE OBJETOS - NO PASAR).

Toda herramienta de mano deberá amarrarse al cinturón del trabajador a través de una soga de nylon de 3/8”. Así mismo, la movilización vertical de materiales, herramientas y objetos en general deberá efectuarse utilizando sogas de resistencia comprobada, el ascenso y descenso del personal a través de andamios y escaleras debe realizarse con las manos libres.

8.2.2 Sistema de prevención de caídas

Siempre que se efectúen trabajos con peligro de caída libre de más de 2.00 m. de diferencia de nivel y en los casos indicados a continuación; el trabajador deberá contar con un sistema efectivo de protección contra caídas, compuesto como mínimo de un arnés de cuerpo entero provisto de una línea de enganche con amortiguador de impacto y mosquetón de doble seguro.

A menos de 1.80 m. del borde de techos, losas, aberturas y excavaciones sin barandas de protección perimetrales.

En áreas donde existe riesgo de caída sobre elementos punzo cortantes, contenedores de líquidos, instalaciones eléctricas activadas y similares.

Sobre planos inclinados o en posiciones precarias a cualquier nivel (tejados, taludes de terreno).

Se deberá utilizar una línea de enganche unida por medio de uno de los mosquetones, al anillo dorsal del arnés, enganchando el otro mosquetón a un punto de anclaje resistente (2,270 kg.) y estable ubicado sobre la cabeza del trabajador, o en su defecto a una línea de vida sin nudos ni empates, de resistencia comprobada (como mínimo cable de acero de ½” o soga de nylon de 5/8”), convenientemente amarrada a una

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estructura sólida y estable y tensada a través de un tirfor o sistema de tornillos. La instalación del sistema de prevención de caídas deberá ser supervisada y verificada por un profesional competente.

La altura del punto de enganche se determinará tomando en cuenta que la distancia máxima de caída libre es de 2.00 m., considerando para el cálculo de dicha distancia, la elongación de la línea de vida horizontal, la longitud de la línea de enganche y la presencia de obstáculos existentes adyacentes a la zona de trabajo.

Antes de usar el equipo personal de prevención de caídas (arnés y línea de enganche) deberá ser inspeccionado visualmente por el trabajador, el mismo que estará capacitado para verificar su perfecto estado. Se revisarán costuras, hebillas, remaches, líneas de enganche, ganchos, etc. Si se observaran cortes, abrasiones, quemaduras o cualquier tipo de daño, el equipo deberá ser inmediatamente descartado y reemplazado por otro en buen estado.

Todo arnés de seguridad y línea de enganche que haya soportado la caída de un trabajador, deberá destruirse de inmediato, los frenos de soga deberán ser revisados por una persona competente antes de ponerse nuevamente en operación.

El almacenamiento de arneses y líneas de enganche se efectuará en lugares apropiados, aireados y secos, lejos del contacto con aceite o grasa, o equipos u objetos cortantes. Es recomendable colgar estos equipos de seguridad en ganchos adecuados.

Periódicamente deberá realizarse una inspección minuciosa del equipo básico de prevención de caídas (arnés de seguridad y línea de enganche), por una persona competente, debiendo mantener un registro de las inspecciones realizadas. Aquellos equipos que se encuentren defectuosos deberán ser destruidos con la finalidad de evitar su rehúso.

8.2.3 Trabajos sobre andamios

Los andamios convencionales deben cumplir con las siguientes especificaciones: Parantes adecuadamente apoyados sobre base firme. Si se usan

tacos de apoyo éstos deben ser de sección cuadrada o en su defecto se deben tomar las precauciones para que no se desplacen.

Estructura del andamio con crucetas y arriostres laterales completos, bien colocados y fijados.

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El montaje o construcción de un andamio que sobrepase los 15 m.

de altura desde la base de apoyo, debe ser supervisado por una persona competente.

Estar amarrado a puntos rígidos de estructuras estables o estabilizados con vientos o templadores para prevenir su volteo cuando tengan una altura mayor que tres veces la dimensión más corta de su base o más de un cuerpo de altura para andamios metálicos. En general, los puntos de arriostre deben distribuirse cada 8 m horizontalmente y cada 9 m verticalmente. Para andamios metálicos el arriostre vertical deberá efectuarse cada dos cuerpos.

Plataformas de trabajo con ancho mínimo de 60 cm, horizontales y en buen estado, apoyadas y aseguradas adecuadamente a los soportes o travesaños y no a los peldaños de la escalera del andamio. Cuando se usen tablones, éstos tendrán como mínimo 5 cm. de espesor y deberán colocarse juntos. Si se traslapan tablones, el traslape debe apoyar sobre un soporte y tener mínimo 30 cm. No se deberán usar tablones rajados, picados, con nudos o con cualquier otro defecto que afecte su resistencia estructural. Los tablones deberán ser de madera tornillo o de otra madera de resistencia equivalente. No se permite usar pino blanco (madera de embalaje). No deberán pintarse pues la pintura puede ocultar fallas en la madera. Para andamios metálicos se acepta y recomienda pintar solo una banda en contorno de los tablones con pintura amarilla reflectiva preferentemente, para identificarlos y prevenir golpes contra los mismos. Se recomienda igualmente colocar topes en los tablones para evitar desplazamientos laterales y equilibrar la longitud que sobresale de cada soporte, la cual debe ser de 15 a 30 cm.

Los marcos de los andamios metálicos deben montarse de tal forma que las escaleras incorporadas coincidan en todos los cuerpos, no debiendo ubicarse éstas debajo de las plataformas de trabajo.

Los andamios móviles o rodantes no excederán los tres cuerpos de altura. Se deben colocar cuñas en las ruedas de estos andamios independientemente del sistema de freno que posean.

Los andamios se usarán en obra garantizando la capacidad de carga, y su estabilidad con un coeficiente de seguridad no menor de 2.

Cuando los andamios tengan más de dos cuerpos de altura sólo podrán ser trasladados manualmente sin ser desmontados si poseen ruedas o garruchas. No se permite trasladar un andamio rodante mientras existan personas, materiales o herramientas en la plataforma del mismo.

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En general, todas las plataformas de trabajo deberán tener ancho mínimo de 60 cm. y encontrarse adecuadamente fijadas a sus soportes. Se implementarán barandas resistentes a 1 metro de altura con baranda intermedia a 0.50 m y rodapiés en las plataformas de trabajo elevadas. Todas las plataformas de trabajo que estén a más de 2.00 m. sobre el nivel del piso deberán tener baranda superior e intermedia y rodapiés.

Los puentes o pasarelas peatonales utilizados para cruzar desniveles, zanjas o excavaciones deberán tener un ancho de 90 cm como mínimo y poseer baranda lateral de 1.00 m de altura y baranda intermedia a 50 cm con adecuada rigidez y estabilidad.

Los andamios colgantes deben cumplir las siguientes especificaciones:

Plataformas de trabajo de ancho mayor a 60 cm y menor a 90 cm fijadas al balso por pernos “tipo U” o sistema equivalente con rodapiés en todo el perímetro.

Aparejos de izaje que utilicen cable de acero de 8 mm como mínimo sin nudos o empates, cocas, quebraduras o hilos de acero rotos u oxidados, capaces de soportar como mínimo seis veces la carga máxima de trabajo. No se permite aparejos con cuerdas y/o patescas de madera. Si se utilizan ganchos, éstos deben tener pestillo de seguridad.

No se permite utilizar acero corrugado en la fabricación del balso o de los aparejos del andamio. Todos estos componentes del andamio deben ser capaces de soportar como mínimo cuatro veces la carga máxima de trabajo.

Barandas de protección de 70 cm. de altura en el lado de trabajo y 1.00 m. en los demás lados.

Sólo se podrán sostener andamios colgantes con sistema de contrapeso cuando sea certificado por una persona competente. En general todo sistema de sujeción de andamios colgantes debe ser diseñado con factor de seguridad de cuatro y certificado por una persona competente. Todos los ganchos, prensacables (grapas), abrazaderas, soportes y/o dispositivos de anclaje además de fijarse en su base de apoyo, deberán ser asegurados adicionalmente mediante tirantes a otros elementos estructurales de la edificación.

Separación máxima de 45 cm entre la baranda del lado de trabajo del balso y la edificación.

Sistema de izaje con frenos anticaídas.

El hecho de contar con barandas de protección en los andamios y plataformas de trabajos no exime al trabajador de usar el equipo básico de protección personal contra caídas, para lo cual sólo se permitirá fijar

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la línea de enganche a la estructura del andamio cuando no exista otra alternativa, en cuyo caso se deberá garantizar la estabilidad del andamio con anclajes laterales (arriostres), suficientemente resistentes para evitar su desplazamiento o volteo en caso tenga que soportar la caída del trabajador. Para trabajos en andamios colgantes la línea de enganche deberá estar permanentemente fijada a través de un freno de soga, a una línea de vida vertical anclada a una estructura sólida y estable independiente del andamio. Para este tipo de trabajos se deberá contar con una línea de vida vertical para cada trabajador.

En trabajos que presenten alto riesgo de caída (montaje, mantenimiento y reparación de torres de telecomunicaciones y alta tensión), se debe garantizar el enganche permanente del arnés mediante un sistema de línea de vida vertical y freno de soga y/o el uso de doble línea de enganche. Para ascenso o descenso de grúas torre con escaleras verticales continuas, se usará un sistema de línea de vida vertical y freno de soga.

8.3 Trabajos de Movimiento de Tierras

8.3.1 Excavaciones

Previamente a cualquier excavación, el ingeniero responsable deberá obtener toda la información posible referente a la ubicación de instalaciones subterráneas (cables eléctricos, tuberías de agua, desagüe, combustible, gas, líneas de fibra óptica, etc.) en la zona de trabajo. Así mismo, deberá evaluar la clase de material que conforma el terreno a fin de adoptar el procedimiento de trabajo y el tipo de protección más conveniente y solicitar Permiso de Excavación de requerirse.

Se deberá designar a una persona calificada para inspeccionar en forma continua las excavaciones cuando personal trabaje dentro de ellas para colocar protecciones. La inspección estará orientada a detectar fisuras, grietas, ablandamiento, humedad, vibraciones y otros factores que pueden afectar la estabilidad de los taludes o paredes de la excavación. Para excavaciones de profundidad mayor a 6 m se requerirá Permiso de Excavación emitido en base a un Estudio de Suelos por un ingeniero civil colegiado.

Toda pared de excavación de 1.50 m o más de profundidad deberá contar con un sistema de protección para prevenir posibles fallas de taludes y caída de material. Nadie deberá entrar a la excavación hasta que esté implementada la referida protección, la cual en forma

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referencial, cuando no se cuente con estudio de suelos, deberá ser la siguiente desde el punto de vista de la estabilidad de taludes:

CLASIFICACION DE TERRENO SISTEMA DE PROTECCION

Roca estable No necesario - Talud hasta 90°

SUELO TIPO AConglomerado (hormigón), grava arenosa muy

densa y suelo cohesivo compactado (arcilla, arcilla limosa o arcilla arenosa dura).

Entibación, talud 53° o banco

H = 20cm ; V= 30cmSUELO TIPO B

Suelos granulares no cohesivos (grava, arena, limo), suelos cohesivos semi compactados y suelos

Tipo A fisurados o sometidos a vibración.

Entibación, talud 45° o banco

H= 30cm; V= 30cmSUELO TIPO C

Suelos cohesivos no compactados y suelos granulares no cohesivos con afectación de agua.

Entibación, talud 34° o banco

H= 45cm; V= 30cm

En situaciones específicas se pueden considerar otras opciones como son mallas con “shotcrete”, pantallas protectoras, calzaduras y similares; soluciones a adoptar en base a un Estudio de Suelos.

Para prevenir caída de material se puede recurrir al desquinchado y al pañeteado.

Se proveerá de medios de acceso apropiados (escaleras rampas o similares) a toda excavación. Se distribuirán accesos de tal manera de no requerir más de 7.50 m de recorrido para llegar a ellos. Si se usa escaleras, éstas deben sobresalir mínimo 1.00 m del punto de apoyo superior y estar aseguradas para evitar su desplazamiento.

El material extraído de las excavaciones deberá depositarse a no menos de 0.60 m del borde de las mismas. Para excavaciones de profundidad mayor a 1.20 m, la distancia para el material extraído será la mitad de la profundidad de la excavación. Se deberá proveer de protección contra caída de material cuando se efectúe excavación manual.

Cuando la estabilidad de edificaciones o paredes cercanas puede comprometerse por la excavación, se deberá implementar sistemas de apuntalamiento, calzadura o pantallas apropiados.

No se permite el uso de equipo o maquinaria que origine vibraciones cerca de las excavaciones cuando haya personal dentro de ellas, salvo

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que se hayan tomado las precauciones para evitar derrumbes. En general, se deberá definir distancias de seguridad para estacionamiento o circulación de vehículos y equipos de excavaciones. Cuando la fuerza motriz del vehículo o equipo sea motor de combustión interna, se deberá además tomar previsiones respecto a la posible acumulación de gases de escape dentro de la excavación. Tampoco se permitirá trabajadores dentro o cerca de excavaciones cuando exista maquinaria operando en las mismas.

El polvo en suspensión producido durante la ejecución de excavaciones deberá controlarse con el uso de agua u otros métodos. Se proporcionará respirador para polvos a los trabajadores en caso necesario.

Los socavados o partes salientes deberán removerse a medida que se avance la excavación. Se colocará señalización de advertencia y acordonamiento (0.80 < h < 1.20 m.) a 1.00 m. del borde de las excavaciones o barreras para prevenir la caída de personal, vehículos o equipo a las mismas; poniendo especial atención a las condiciones de riesgo fuera de los horarios de trabajo en zonas de tránsito peatonal o vehicular, cuidando de colocar señales luminosas (circulinas) durante la noche.

Los trabajadores que laboren en taludes deberán contar con sistema de protección contra caídas.

Toda excavación de profundidad mayor a 1.20 m se considerará “espacio confinado”, aplicándose las directivas contenidas en la presente Norma para trabajos en espacios confinados.

8.3.2 Trabajos con equipo pesado:

Todo trabajador que opere un equipo pesado, debe acreditar su calificación mediante licencia de conducir profesional vigente y certificación aprobada por el residente de obra, además de contar con experiencia probada, estar debidamente instruido sobre la labor a realizar y conocer las reglas de seguridad en la operación de equipo pesado.

Antes de realizar cualquier trabajo el operador deberá verificar el estado de su equipo, incluyendo la operatividad de la alarma de retroceso y del cinturón de seguridad, no debiendo operar este, si presenta problemas de dirección, frenos, sistema hidráulico, sistema neumático, luces, llantas o fugas de aceite, hidrolina u otros.

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Es obligatorio el uso en todo momento del equipo básico de protección personal y las requeridas de acuerdo al proyecto, además durante el tiempo que dure la operación el operador mantendrá enganchado su cinturón de seguridad.

Todo operador deberá obedecer estrictamente las instrucciones de sus supervisores, las indicaciones de los cuadradores y señaleros y los avisos, señales y normas de tránsito.

No se operará ningún equipo sobre terreno que ha sufrido o se sospeche que ha sufrido alteraciones como: fisuras, rajaduras, planos de corte, desplazamiento de taludes, material suelto a punto de derrumbarse; o saturación del suelo por efecto de lluvias, nieves o movimiento sísmico; hasta que se elimine dicha alteración.

Esta terminantemente prohibido el traslado de personal en: las tolvas de los camiones, el lampón de los cargadores, las cabinas y otras partes de los tractores, moto niveladoras y similares.

Se deberá mantener los peldaños, manijas de sujeción y pisos de las máquinas limpias, sin grasa, aceite o barro para prevenir resbalones o caídas durante el ascenso o descenso a las mismas; el cual deberá efectuarse siempre con tres puntos de apoyo simultáneos (dos pies y una mano o dos manos y un pie).

Cuando se trabaje en las proximidades de líneas eléctricas aéreas y las alturas no se encuentren señalizadas, se deberá consultar con el supervisor respecto a las distancias y medidas de seguridad a adoptar.

Por ningún motivo el personal se ubicará debajo del equipo a pesar de éste encontrarse detenido por receso de trabajo o descanso alguno. Sólo estarán autorizados a ubicarse debajo del equipo pesado, debidamente inmovilizado, el personal de mecánicos y sólo cuando éste se encuentre en reparación dentro del taller o área asignado para éste fin.

8.4 Demoliciones

Antes del inicio de la demolición se elaborará un ordenamiento y planificación de la obra, la que contará con las medidas de protección de las zonas adyacentes a la demolición.

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Todas las estructuras colindantes a la zona de demolición serán debidamente protegidas y apuntaladas cuando la secuencia de la demolición elimine zonas de sustentación de estructuras vecinas.

La eliminación de los materiales provenientes de los niveles altos de la estructura demolida, se ejecutará a través de canaletas cerradas que descarguen directamente sobre los camiones usados en la eliminación, o en recipientes especiales de almacenaje.

Se limitará la zona de tránsito del público y las zonas de descarga, señalizando, o si fuese necesario, cerrando los puntos de descarga y carguío de desmonte.

Los equipos de carguío y de eliminación circularán en un espacio suficientemente despejado y libre de circulación de vehículos ajenos al trabajo.

El acceso a la zona de trabajo se realizará por escaleras provisionales que cuenten con los elementos de seguridad adecuados (barandas, descansos).

Se ejercerá una supervisión frecuente por parte del responsable de la obra, que garantice que se ha tomado las medidas de seguridad indicadas.

8.5 Trabajos sobre escaleras portátiles, provisionales y rampas

Las escaleras portátiles de madera fabricadas en obra, deben cumplir con las siguientes especificaciones: Largueros de una sola pieza con sección no menor de 2” x 4” y

separación mínima entre largueros de 30 cm. Las escaleras de longitud fija no deberán exceder los 6.00 m de

largo. No se permite empatar escaleras. Peldaños uniformes de sección 1” x 2” como mínimo y con

separación entre 20 y 30 cm, encajados a los largueros por medio de encastre no menor de ¾” o ensamble de espiga.

No presentar rajaduras, picaduras o peldaños faltantes, rotos o mal asegurados. Nunca deberán pintarse, pues la pintura puede ocultar las fallas en la madera.

Madera tornillo o de otra madera de resistencia equivalente. No se permite el uso de pino blanco (madera de embalaje).

Codificadas para su fácil identificación.

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Para usar una escalera portátil se deberá colocar la base de la misma separada del plano vertical de apoyo un cuarto de la distancia entre la base y el punto de apoyo superior (inclinación 75° aprox.). Si la escalera sirve de acceso entre dos niveles, ésta deberá encontrarse amarrada en la parte superior y fijada en la base y sobrepasar el punto de llegada en mínimo 1.00 m. Siempre se deberá subir o bajar por una escalera portátil de frente a la misma, sujetándose a los dos largueros con ambas manos y de una persona a la vez. Si se requiere subir o bajar material se deberá utilizar sogas para tal efecto.

Las escaleras provisionales de tránsito entre dos pisos y que sean el único medio de acceso entre estos, deberán ser de paso plano y tener baranda a ambos lados con adecuada rigidez y estabilidad. Deberán tener como máximo 20 contrapasos, cuya altura no excederá de 20 cm; para luces de doble o triple altura se preverán descansos.

El ancho útil de las escaleras provisionales será de 60 cm como mínimo.

Las escaleras de tijera deberán estar provistas de sogas, cadenas o cables que limiten su apertura.

Las rampas provisionales de madera deben cumplir con las siguientes especificaciones: Deberán estar fabricadas de madera tornillo o de resistencia similar. El espesor de la plataforma de circulación será de no menos de 5

cm. Ancho mínimo de 60 cm con inclinación no mayor a 30°. Pasos horizontales equidistantes clavados de ¾” x 1 ½” que cubran

todo el ancho de la rampa distanciados no más de 50 cm. Se podrá dejar un canal central para el acceso de carretillas.

Barandas laterales a 1.00 m de altura con adecuada rigidez y estabilidad.

Sistema de soporte con garantes resistentes y aplomados, unidos mediante arriostres laterales y longitudinales que garanticen la estabilidad e inamovilidad de la rampa.

Los caballetes de madera que soportan plataformas de trabajo deben estar conformados por listones de sección no menor de 2” x 2” en los soportes y 2” x 3” para el listón que recibe la carga. Para caballetes metálicos se usarán ángulos de 1 ½” x 1 ½”, si se usa acero corrugado se deberá utilizar varillas de ¾” y verificar la soldadura. Las plataformas de trabajo deben amarrarse a los caballetes empleando alambre N°8 u otro medio de sujección similar. Si se usan tablones éstos deberán tener 5 cm. de espesor.

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8.6 Trabajos con energía eléctrica

Todos los trabajos de instalaciones eléctricas en obra, sólo podrán ser ejecutados por electricistas calificados. Para trabajos en instalaciones energizadas se procederá a desenergizar el circuito que alimenta la instalación y aplicar el procedimiento de bloqueo, señalización y prueba. De no ser posible interrumpir la alimentación de energía eléctrica se deberá garantizar la competencia y calificación del personal que intervenga en los trabajos.

Toda máquina o equipo eléctrico de obra deberá contar con pulsador I/O y sistema de puesta a tierra efectivo, salvo que posea doble aislamiento, u otro sistema de protección contra contactos eléctricos indirectos de acuerdo a lo establecido en el Código Nacional de Electricidad

Sólo podrán conectarse equipos eléctricos y extensiones de corriente que cuenten con borne de conexión a tierra. Todos los equipos e instalaciones eléctricas de obra sólo deberán conectarse a circuitos de energía que cuenten con protección de sobrecarga por interruptores termo magnéticos adecuados y con interruptores diferenciales de desconexión automática en caso de falla a tierra o tomacorrientes con interruptor de circuito por falla a tierra.

Toda instalación eléctrica se considerará energizada hasta que se compruebe lo contrario.

Se evitará exponer los conductores eléctricos al contacto con el agua o la humedad. Si no fuera posible, se usarán cables y conexiones con aislamiento a prueba de agua. En zonas lluviosas, se deberán proteger las instalaciones eléctricas, tableros de distribución eléctrica, cajas de fusibles, tomacorrientes y equipos eléctricos en general, de su exposición a la intemperie. En su defecto, se deberán usar instalaciones a prueba de agua. Nunca se deben operar herramientas, equipos o conexiones eléctricas con las manos húmedas o pisando superficies mojadas.

No se deberá conectar el extremo pelado de un cable eléctrico directamente a las tomas de corriente, siempre se hará a través de un enchufe tripolar o el conector correspondiente. Todo cable alimentador deberá desconectarse de la fuente de energía, tomándolo del enchufe o conector correspondiente, nunca del cable.

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Todo trabajador deberá comunicar cualquier defecto o anormalidad que detecte en las instalaciones eléctricas, a su jefe inmediato, quien deberá desconectar la alimentación de energía eléctrica e informar de inmediato al electricista de obra. Cuando se active un disyuntor termo magnético o interruptor diferencial el trabajador procederá de igual forma para que se localice la causa de la falla y se proceda a la eliminación de la misma antes de volver a conectar la energía eléctrica.

Cuando se trabaje con instalaciones eléctricas energizadas o cerca de ellas, NO se deberá llevar relojes, anillos, pulseras ni objeto metálico alguno. Las herramientas para trabajos eléctricos deberán contar con aislamiento adecuado para el voltaje con que se esté trabajando. Se deberán usar botines, guantes dieléctricos, protección facial y protección dieléctrica adicional (alfombra, banqueta, pértiga) si el voltaje lo hace necesario.

Se deberá usar instalaciones eléctricas a prueba de explosión en ambientes que contengan líquidos y/o gases inflamables, polvos o fibras combustibles que puedan causar fuego o explosiones en presencia de una fuente de ignición. En estos casos los interruptores se instalarán fuera del ambiente de riesgo.

8.7 Trabajos con soldadura eléctrica y oxiacetilénica

8.7.1 Almacenamiento y manipulación

Los cilindros o botellas de gas comprimido (oxígeno, acetileno o propano) deberán almacenarse teniendo en cuenta los siguientes criterios:

Disposición en forma vertical con sus respectivas tapas protectoras de válvulas (capuchones).

Asegurados verticalmente mediante sogas o cadenas para evitar que se volteen.

Los cilindros de oxígeno y los de gas combustible deben almacenarse separados por un tabique de 1.5 m de altura con una capacidad de resistencia al fuego de ½ hora, o por una distancia de 6 m, distancia que a su vez debe separar a otros materiales inflamables (pintura, aceite, solventes, etc.) de los cilindros.

Mantener las válvulas de todos los cilindros bien cerradas, aún de los que se encuentren vacíos.

No exponer los cilindros al sol y otras fuentes de calor, ni a la humedad para prevenir oxidación, ni en contacto con la energía eléctrica.

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El almacenamiento será en áreas exteriores al almacén,

debidamente cercadas y con cobertizo, a fin de mantener el área ventilada. No deberán almacenarse en recintos cerrados. Se colocarán avisos de: NO FUMAR, PELIGRO DE EXPLOSION, CILINDROS LLENOS, CILINDROS VACIOS, PROHIBIDO TRABAJOS EN CALIENTE, en el lugar de almacenamiento. Así mismo, colocar carteles de identificación del contenido de los cilindros.

Para la RECEPCION O ENTREGA de las botellas en Almacén, será necesario que posean sus tapas de protección ajustadas (enroscadas), que sus válvulas tengan los respectivos manubrios y que posean prueba hidráulica vigente registrada en el cilindro. Se deberá exigir a los proveedores este requisito.

En caso de detectarse signos de abolladuras, deformaciones, corrosión o picaduras en las botellas, éstas deberán retirarse de servicio, rotularse con la palabra DEFECTUOSO y devolverse inmediatamente al proveedor. El encargado de almacén deberá inspeccionar las botellas antes de recibirlas.

Para el transporte manual de botellas se usarán las carretillas destinadas para ese fin. Las botellas se colocarán en posición vertical, aseguradas con sogas, cadenas o fajas y con sus capuchones colocados y ajustados. Se debe evitar manipular los cilindros con las manos impregnadas de aceite o grasa. Cuando se requiera trasladar un cilindro y no se cuente con porta cilindros, se deberá colocar la tapa protectora de válvula y rodar el cilindro inclinándolo ligeramente y apoyado sobre su borde inferior.

Para el transporte en vehículos deberá considerar la disposición de los cilindros en forma vertical, con sus tapas protectoras enroscadas y asegurados por medio de cadenas.

Cuando se transporte cilindros con grúas se usará un canastillo diseñado para tal fin.

Para la descarga de botellas desde un vehículo se deberá: Verificar que las tapas protectoras estén ajustadas. Evitar que las botellas se caigan y/o se golpeen entre sí. Ya sea que se trate de cilindros llenos o vacíos, en caso de

notarse fugas en el cuerpo o los accesorios, se marcará claramente, se separará el cilindro en cuestión llevándolo a un

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lugar ventilado alejado de cualquier fuente de ignición, y evacuando al personal ubicado en dicha zona.

Se cuidará que no hayan fuegos expuestos cerca de la maniobra.

Los cilindros vacíos serán tratados con las mismas medidas de seguridad prescritas para los cilindros llenos.

Nunca deben introducirse cilindros de gas comprimido en espacios confinados, ni utilizarlos como rodillos o soportes.

Si por accidente se ha dejado un cilindro de acetileno en posición horizontal, deberá ser colocado en posición vertical y esperar por lo menos una hora antes de utilizarlo.

8.7.2 Operaciones con soldadura

Para las operaciones de soldadura eléctrica se requiere el uso de las siguientes prendas de protección personal:

Careta de soldador. Cuando exista riesgo de caída de objetos se usará casco con careta de soldar incorporada.

Gafas de seguridad, las cuales deberán colocárselas debajo de la careta

Guantes de cuero-cromo de caña alta Mandil de cuero-cromo Escarpines de cuero-cromo Mangas o casaca de cuero-cromo

Las máquinas eléctricas de soldadura por arco deberán cumplir con lo siguiente:

Poseer cables, pinzas y conexiones adecuadas, con aislamiento suficiente y en buenas condiciones.

Tener cable de puesta a tierra, conectado en forma efectiva. Conexión de la pinza de tierra directamente por cable en toda su

extensión. Ubicación de la máquina sobre superficie seca protegiéndola de la

humedad.

8.7.3 Condiciones para las operaciones de oxicorte

Dotar a los operarios de anteojos para corte, mandil, escarpines y guantes de cuero cromo de caña alta, verificando que sus prendas de vestir estén libres de grasa, aceite u otro material inflamable.

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El equipo de soldadura oxi-acetilénica deberá contar con los

siguientes dispositivos: Bloqueador de retroceso de llama instalado en cada una de las

líneas entre el soplete y las mangueras de distribución. Bloqueador de retroceso de llama a la salida del regulador, tanto

en la línea de oxígeno como de acetileno. Inspeccionar el equipo diariamente verificando el buen estado de

manómetros, reguladores, mangueras, empalmes y sopletes, abrazaderas completas y ausencia de fugas. En caso de fugas, se deberá proceder según lo indicado en el acápite anterior.

Efectuar el encendido de sopletes con chispero, no se permite el uso de fósforos, mechas o arco eléctrico. Nunca debe utilizarse aceite o grasa como lubricante para aflojar roscas atascadas, ni utilizar alicates para conectar los reguladores a los cilindros. Se debe utilizar la llave de tuerca apropiada.

Durante la operación se deberán mantener las botellas en posición vertical y aseguradas para evitar caídas.

Colocar las tapas protectoras a las botellas cuando no estén conectadas a las mangueras.

Proteger cilindros, mangueras y accesorios de la proyección de chispas y escorias. Se pueden utilizar paneles de madera tipo biombo para tal fin.

Los ayudantes que participen en operaciones de soldadura eléctrica y/o oxi-acetilénica deberán contar con los mismos equipos de protección personal que el operario soldador.

En el área donde se efectúen trabajos de soldadura eléctrica y/o oxi-acetilénica deberá colocarse extintor de polvo químico seco tipo ABC.

Se deberán tomar las precauciones necesarias para proteger de las chispas, escorias y radiaciones a las personas que trabajen o circulen cerca de las áreas donde se efectúen operaciones de soldadura eléctrica y/o oxi-acetilénica.

Antes de comenzar los trabajos de soldadura eléctrica y/o oxi-acetilénica, se deberá retirar todo material combustible o inflamable y proteger equipos e instalaciones de la proyección de chispas y escorias.

Para operaciones de soldadura eléctrica y/o oxi-acetilénica en “áreas restringidas”, se requerirá solicitar “Permiso para Trabajos en Caliente”. Para operaciones de soldadura eléctrica y/o oxi-acetilénica en recintos cerrados se requerirá solicitar “Permiso para trabajos en Espacio Confinado”.

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8.7.5 Operaciones de esmerilado, pulido y desbaste

Para las operaciones de esmerilado, corte, pulido o desbaste se requiere el uso de las siguientes prendas de protección personal:

Lentes panorámicos de seguridad Casco con careta de esmerilar incorporada Guantes de cuero blando Mandil de cuero

Es obligatorio el uso de la guarda de protección en todo equipo de esmerilado, corte, pulido o desbaste en operación.

No está permitido el uso de discos de esmeril para corte cuando se realizan operaciones de desbaste o viceversa.

La reposición de discos y escobillas deberá realizarse cuando el desgaste alcance niveles que generen operación insegura por vibración excesiva del equipo, o cuando se presenten rajaduras y/o roturas.

Se deberá elaborar un procedimiento de trabajo específico para el reemplazo de escobillas o discos de pulido y esmerilado.

Los esmeriladores deben ubicarse en zonas donde no generen riesgo para otros trabajadores, donde no exista concentraciones peligrosas de vapores o gases combustibles, donde la proyección de chispas no impacte sobre personas, cables, extensiones, material combustible, mangueras de oxicorte y cilindros de gases comprimidos, en caso contrario, se deberán usar pantallas o biombos protectores.

No se permitirá el uso de esmeriles portátiles como si fueran de banco.

El operador de un esmeril portátil deberá asegurarse que el disco o escobilla no se encuentre en rotación al momento de depositar el equipo sobre la mesa de trabajo o sobre el piso.

Todo esmeril de banco, además de la guarda de seguridad del disco, deberá tener protección en la faja de transmisión y poseer conexión a tierra.

8.8 Trabajos en caliente

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Se considerará “Trabajo en caliente” a cualquier operación susceptible de producir un foco de calor o chispa que eventualmente se convierta en fuente de ignición. Se deberá considerar dentro de estas operaciones, las siguientes:

Soldadura eléctrica. Corte y soldadura oxiacetilénica. Esmerilado. Uso de llamas abiertas. Arenado. Uso de motores, equipos e instalaciones eléctricas y herramientas

que no sean a prueba de explosión. Operación de picado y taladrado.

Se considerará “Área restringida” para efectos de las operaciones antes mencionadas, a aquellas que contenga instalaciones, equipos y existencias susceptibles de dañarse y afectarse por el calor, chispas o el fuego; sustancias combustibles o inflamables; o atmósfera con vapores o gases inflamables. Todo “Trabajo en caliente” a efectuarse en una “área restringida” requerirá de un “Permiso para trabajos en caliente”, el cual deberá colocarse en forma visible en el lugar donde se esté realizando la labor.

Las operaciones de soldadura, corte, esmerilado, picado, taladrado y arenado a realizarse sobre superficies de tuberías, tanques y recipientes que hayan contenido sustancias inflamables o combustibles, deberán efectuarse sólo después de haberse confirmado la ausencia de vestigios de esas sustancias, incidiendo principalmente en la comprobación de la existencia de atmósfera inerte.

La inertización de atmósferas se podrá realizar por cualquiera de los siguientes procedimientos:

Lavado a vapor Inyección de gas inerte Drenaje y ventilación natural Ventilación forzada Inundación por agua

Para trabajos en caliente en recintos cerrados se requerirá solicitar “Permiso para trabajos en espacio confinado”. Se deberá tener en cuenta que superficies dentro de espacios confinados que hayan sido pintados recientemente pueden contener atmósferas inflamables.

8.9 Trabajos en espacio confinado

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Se considerará “Espacio confinado” a todo tanque, cisterna, cámara, recipiente, excavación profunda y en general a cualquier recinto cerrado que tiene entrada y salida limitada y que no ha sido construido para ser ocupado por tiempo prolongado por seres humanos. Los espacios confinados pueden presentar las siguientes características y/o peligros:

Atmósferas con falta de oxígeno. Atmósferas con polvos, vapores o gases peligrosos (tóxicos,

combustibles, inflamables o explosivos). Peligros mecánicos originados por partes móviles. Descarga de fluidos o radioactividad. Peligros eléctricos originados por cables energizados.

Todo trabajo a realizarse dentro de un espacio confinado, requerirá de un “Permiso para trabajo en espacio confinado”, el cual se colocará exteriormente en lugar visible donde se esté realizando la labor. El permiso tendrá validez por un solo turno de trabajo. Si el trabajo se suspendiese por más de dos horas o se desalojase totalmente el ambiente confinado, se requerirá un nuevo permiso para reanudar los trabajos.

No se emitirá un “Permiso para trabajo en espacio confinado” si no se ha confirmado la existencia de atmósfera segura, para lo cual se considerarán los siguientes niveles:

Oxígeno: porcentaje en el aire entre 19 y 22. Contaminantes tóxicos: debajo de los límites máximos permisibles

de exposición según Norma PEL-OSHA. Gases o vapores inflamables: 0% del Límite Inferior de

Inflamabilidad (para trabajos en caliente). Polvos combustibles: debajo del 10% del Límite Inferior de

Explosividad.

Para la evaluación de atmósferas se usará el oxímetro, el medidor de gases y el explosímetro, según el caso.

Se debe tener en cuenta que en un espacio confinado, el fuego, la oxidación y procesos similares consumen oxígeno, pudiendo originar atmósferas con deficiencias del mismo; y que la aplicación de pinturas, lacas y similares puedan producir atmósferas inflamables.

Todo trabajo de oxicorte, soldadura por gas o soldadura eléctrica dentro de un espacio confinado, deberá realizarse con los cilindros/máquina de soldar ubicados fuera del recinto cerrado.

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Se deberá contar en todo momento con un trabajador fuera del espacio confinado para apoyar cualquier emergencia. Si existe el riesgo de atmósfera peligrosa, los trabajadores dentro del espacio confinado deberán usar arnés de seguridad enganchado a una cuerda de rescate que conecte con el exterior. Se deberá contar con un equipo de respiración autónoma para usarse en caso de necesidad de rescate.

8.10 Operaciones con grúas

Antes de operar una grúa el responsable de las operaciones de izaje conjuntamente con el operador deben hacer una inspección de seguridad que incluya revisión del winche, poleas, cables, seguros, bridas, abrazaderas y en general todo el sistema elevador. No se permitirá el uso de aparejos de izaje tales como ganchos, argollas, grilletes o canastillos que hayan sido fabricados con acero corrugado.

El operador deberá estar capacitado para operar y familiarizado con el equipo y comprobar antes del izado el funcionamiento de los frenos, palancas, controles y de la maquinaria en general. Deberá verificar la operatividad de la alarma de fin de carrera del gancho de la grúa y del pestillo de seguridad del mismo.

El responsable de la operación de izaje utilizará las tablas de capacidad para verificar que la grúa y los aparejos se encuentren dentro del margen de capacidad para izar la carga. Deberá verificar que los estrobos tengan el diámetro adecuado para resistir la carga, así como, el buen estado de los mismos, descartando los que tengan dobleces, hilos rotos, corrosión excesiva, fallas por fatiga, u otro deterioro que puediese originar un accidente. No se permitirá el empleo de estrobos no certificados. Se descartarán las fajas o eslingas que presenten costuras o hilos rotos. Se deberá controlar la estiba de la carga, utilizando contenedores cuando se requiera izar carga disgregada (ladrillos, paneles y similares).

La grúa se posicionará en terreno firme y nivelado. Se utilizará, de ser necesario, tacos apropiados para nivelar los apoyos del vehículo. Se deberá demarcar toda el área de influencia del radio de giro de la tornamesa de la grúa con acordonamiento o conos de señalización. No se permite izar cargas si la grúa no se apoya en sus soportes hidráulicos.

La maniobra de izaje deberá dirigirla una sola persona (Maniobrista) que se encuentre capacitada como “rigger” mediante un curso de señales de movimiento, que deberá ser el único medio de comunicación entre

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operador y el maniobrista, (Ver el Código Internacional de Señales – Izaje – Señales Gestuales Anexo 05) y que estará en todo momento a la vista del operador. El maniobrista deberá usar chaleco y guantes reflectivos. En caso de emergencia cualquier persona podrá dar la señal de parada. Si el maniobrista no puede ser visto en todo momento por el operador, deberá implementarse comunicación por radio. El maniobrista es el responsable de verificar que el área de maniobras esté acordonada y/o señalizada.

Deberá colocarse sogas en los extremos de la carga (vientos) para su correcto direccionamiento y control.

Es recomendable efectuar un “pulseo” de la carga antes de comenzar el izaje propiamente dicho. No se permite bajo ninguna circunstancia que personal se ubique sobre la carga al momento de ser izada, así como tampoco la permanencia de personas bajo cargas suspendidas.

Es importante verificar que no haya cables eléctricos que representen un peligro para las operaciones de izaje. Si los hubiera, tomar las precauciones del caso y efectuar la puesta a tierra del equipo.

Se comenzará a elevar la carga solo cuando el cable de izaje esté vertical y la cuadrilla de maniobras esté alejada de la carga, fuera del área de oscilación de la misma.

El operador no debe abandonar los controles de la grúa mientras la carga esté suspendida. Cuando finalicen las maniobras deberá bajar completamente la pluma.

Cuando se descargue de un vehículo se deberá: Inmovilizar el vehículo con los frenos del mismo y calzar las

ruedas utilizando tacos antes de soltar las amarras. Establecer la secuencia adecuada de descarga para prevenir la

caída de la carga remanente y/o el volteo del vehículo. Preparar con anticipación al descenso de la carga el área donde

va a ser descargada, colocando de requerirse, los tacos de apoyo y restringiendo la circulación de personas y vehículos mediante acordonamiento o conos de señalización.

Efectuar el desenganche de la carga sólo después de verificar la estabilidad de la misma.

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8.11 Seguridad vial

Todo conductor de camioneta, camiones y tractos que preste servicios en la obra de construcción y/o remodelación deberá acreditar su calificación mediante la Licencia de Conducir Profesional vigente y certificar el haber recibido un Curso de Manejo Defensivo dictado por la entidad acreditada. Los conductores serán seleccionados tomando en cuenta la geografía, clima y altitud de la zona por donde circulará el vehículo.

Está terminantemente prohibido ingerir bebidas alcohólicas, drogas o barbitúricos; antes o durante la conducción de los referidos vehículos. Los chóferes no conducirán cuando se encuentren enfermos ni bajo la influencia de medicamentos que produzcan somnolencia, en tal caso deberán comunicarlo de inmediato. No deberán conducir estando cansados, fatigados, ni exceder un turno de 8 horas.

El número de pasajeros estará estrictamente limitado al número de asientos con cinturón de seguridad que posea el vehículo. El chofer no pondrá en marcha el vehículo si alguno de los pasajeros o él mismo no tiene enganchado el cinturón de seguridad. No esta permitido el transporte de personas ajenas a la obra o empresa, salvo autorización expresa del jefe de obra.

Está prohibido el transporte de personal en la parte posterior descubierta (tolva) de las camionetas Pick-Up o camiones salvo que estén acondicionadas con asientos y cinturones de seguridad. En vehículos especialmente equipados para transportar personal, el número de personas estará limitado a los asientos disponibles y con cinturón de seguridad instalados. Nadie podrá viajar parado o en lugares inseguros del vehículo.

Toda camioneta, camión o tracto que ingrese a obra o preste servicio a la misma, debe contar con jaula y barra antivuelco, luces de alerta y señal auditiva automática de retroceso, espejos retrovisores en perfecto estado, bocina, triángulo de peligro y extintor. Los vehículos que presten servicio fuera de la obra, en adición a lo indicado anteriormente contarán con botiquín de primeros auxilios, sistema de comunicación (radio o teléfono) y circulina.

Los conductores de camionetas, camiones y tractos deberán cumplir las siguientes normas básicas de seguridad:

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Verificar antes de abordar la unidad la existencia de llanta de

repuesto, gata, llave de ruedas, caja de herramientas básicas, así como lo requerido en el punto anterior.

Verificar antes de emprender la marcha; la operación del motor, frenos, luces, dirección, limpia parabrisas y la presión de neumáticos (inclusive el de repuesto).

No fumar durante la conducción del vehículo. Circular siempre por la derecha, aún cuando las vías no se

encuentren delimitadas. Utilizar correctamente las luces direccionales para virajes a

derecha o izquierda. Circular a velocidad prudente para garantizar una operación

segura, respetando las velocidades máximas indicadas a lo largo de la vía y cuando las condiciones climáticas lo permitan.

Aparcar el vehículo en zonas autorizadas y en casos de emergencia y/o trabajo, fuera de las áreas de circulación de otros vehículos o maquinarias, colocando la señalización adecuada (conos reflectivos, tranqueras y/o triángulo de peligro) para advertir la presencia del vehículo estacionado.

Apagar el motor y colocar el sistema de freno de mano garantizando que el vehículo no se desplace, antes de abandonar el vehículo.

Lo indicado en punto anterior también debe cumplirse durante el abastecimiento de combustible. En zonas de posible tormenta eléctrica deberá colocarse a tierra el vehículo al cargar o descargar combustible. Está prohibido fumar durante la operación de carga o descarga de combustible.

Los conductores deberán reportar de inmediato cualquier desperfecto del vehículo a su cargo, que atente contra su seguridad, la de los pasajeros y terceros. No debiendo hacer uso del vehículo hasta que éste se encuentre operativo.

En adición a lo anterior todo conductor deberá cumplir las normas de tránsito vial indicadas en los reglamentos del MTC.

Los chóferes de camionetas y camiones deberán cumplir el siguiente procedimiento durante la carga o descarga de materiales y equipos menores en obra: Solicitar el apoyo de un cuadrador durante las maniobras de parqueo.

Aparcar correctamente el vehículo (según lo indicado anteriormente).

Colocar tacos a las llantas delanteras y posteriores antes de cargar o descargar.

Verificar que la carga esté correctamente asegurada antes de iniciar la marcha.

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Para obras colindantes con la vía pública, el ingreso y salida de vehículos será dirigida por un señalero debidamente equipado con chaleco y guantes reflectivos, silbato y banderolas o linternas (durante la noche).

IX. RESPONSABILIDADES

La línea ejecutiva, supervisores y trabajadores se comprometen de manera proactiva a prevenir incidentes en cada faena y labor de su responsabilidad.

Cada integrante de la empresa deberá participar activamente en el cumplimiento de la Política General de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente señalada.

Será responsabilidad de la línea ejecutiva y supervisión, crear las condiciones que sean necesarias y otorgar el apoyo a los estamentos de su dependencia para la elaboración de planes y programas que contengan acciones preventivas sistemáticas de incidentes.

Será obligación de todo supervisor, Planificar cada tarea y dar a conocer los Procedimientos de Trabajo Seguro al personal asignado antes, durante y después de realizar cualquier actividad, propiciando la colaboración y participación de todo el personal para el aprendizaje y difusión de estas y otras medidas preventivas contra incidentes y accidentes.

Será responsabilidad de cada trabajador, mantener condiciones de trabajo seguras y saludables, cumplir con todas las normas, procedimientos y estándares de Seguridad, Salud y Medio Ambiente, y a realizar su trabajo en forma segura con productividad y calidad.

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ANEXO 01

BOTIQUÍN BASICO DE PRIMEROS AUXILIOS

(El botiquín deberá implementarse de acuerdo a la magnitud y tipo de obra así como la posibilidad de auxilio externo tomando en consideración su cercanía a centros de asistencia medica hospitalaria)

- 02 Paquetes de Guantes Quirúrgicos- 01 Frasco De Yodopovidona 120 Ml. Solución Antiséptico- 01 Frasco De Agua Oxigenada 120 Ml- 01 Frasco De Alcohol 250 Ml- 05 Paquetes De Gasas Esterilizadas De 10 Cm. X 10 Cm.- 08 Paquetes De Apósitos- 01 Rollo De Esparadrapo - 02 Rollos De Venda Elástica De 3 Pulg X 5 Yardas- 02 Rollos De Venda Elástica De 4 Pulg X 5 Yardas- 01 Paquete De Algodón X 100 gr.- 10 Paletas Baja Lengua (Para Entablillado De Dedos)- 01 Frasco De Solución De Cloruro De Sodio Al 9/1000 X 1 Lt. (Para

Lavado De Heridas)- 02 Paquetes De Gasa Tipo Jelonet (Para Quemaduras)- 02 Frascos De Colirio De 10ml.- 01 Tijera Punta Roma- 01 Pinza- 01 Camilla Rígida- 01 Frazada.

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ANEXO 02

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