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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 1 IES “Ramón del Valle-Inclán” SEVILLA PLAN DE CONVIVENCIA ÍNDICE 1. PRESENTACIÓN 2. OBJETIVOS 3. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO 3.1. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y DE SU ENTORNO. 3.2. CARACTERÍSTICAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 3.3. SITUACIÓN DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO 3.4. RELACIÓN CON LAS FAMILIAS 4. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 4.1. PRINCIPIOS GENERALES 4.2.NORMAS DE CONVIVENCIA RELATIVAS A LOS PADRES Y MADRES DE ALUMNOS/AS. 4.3 NORMAS DE CONVIVENCIA RELATIVAS AL PROFESORADO DEL CENTRO 4.4 NORMAS DE CONVIVENCIA RELATIVAS AL ALUMNADO DEL CENTRO. 4.4.1 DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO DEL CENTRO 4.5 CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 4.6 CORRECCIONES A LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 4.7 CONDUCTAS GRAVEMENTE CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 4.8 CORRECCIONES A LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 5. COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN DE CONVIVENCIA 6. AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO 7. MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA PROMOVER LA CONVIVENCIA. 8. MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE 8.1 ANTES DEL CONFLICTO (medidas preventivas) 8.2 TRAS EL CONFLICTO (medidas de mediación y resolución pacífica) 8.3 COMPROMISOS DE CONVIVENCIA 9. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN 10. PROCEDIMENTO DE SELECCIÓN Y FUNCIÓN DE LOS DELEGADOS/AS DE PADRES Y MADRES

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 1

IES “Ramón del Valle-Inclán”

SEVILLA

PLAN DE CONVIVENCIA

ÍNDICE

1. PRESENTACIÓN

2. OBJETIVOS

3. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

3.1. CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y DE SU ENTORNO.

3.2. CARACTERÍSTICAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA

3.3. SITUACIÓN DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

3.4. RELACIÓN CON LAS FAMILIAS

4. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

4.1. PRINCIPIOS GENERALES

4.2.NORMAS DE CONVIVENCIA RELATIVAS A LOS PADRES Y MADRES DE ALUMNOS/AS.

4.3 NORMAS DE CONVIVENCIA RELATIVAS AL PROFESORADO DEL CENTRO

4.4 NORMAS DE CONVIVENCIA RELATIVAS AL ALUMNADO DEL CENTRO.

4.4.1 DERECHOS Y DEBERES DEL ALUMNADO DEL CENTRO

4.5 CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

4.6 CORRECCIONES A LAS CONDUCTAS CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA

DEL CENTRO

4.7 CONDUCTAS GRAVEMENTE CONTRARIAS A LAS NORMAS DE CONVIVENCIA DEL

CENTRO

4.8 CORRECCIONES A LAS CONDUCTAS GRAVEMENTE CONTRARIAS A LAS NORMAS DE

CONVIVENCIA DEL CENTRO

5. COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA COMISIÓN DE

CONVIVENCIA

6. AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

7. MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA PROMOVER LA CONVIVENCIA.

8. MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS

CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE

8.1 ANTES DEL CONFLICTO (medidas preventivas)

8.2 TRAS EL CONFLICTO (medidas de mediación y resolución pacífica)

8.3 COMPROMISOS DE CONVIVENCIA

9. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN

10. PROCEDIMENTO DE SELECCIÓN Y FUNCIÓN DE LOS DELEGADOS/AS DE PADRES Y MADRES

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11. PROGRAMACIÓN DE LAS NECESIDADES DE FORMACIÓN

12. LAS ESTRATEGIAS PARA REALIZAR LA DIFUSIÓN, EL SEGUIMIENTO Y LA EVALUACIÓN DEL

PLAN DE CONVIVENCIA EN EL MARCO DEL PROYECTO EDUCATIVO

13. PROCEDIMIENTO PARA LA RECOGIDA DE LAS INCIDENCIAS EN MATERIA DE CONVIVENCIA

EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN SÉNECA

14. LEGISLACIÓN BÁSICA DE REFERENCIA

PLAN DE CONVIVENCIA

1. PRESENTACIÓN

Sin duda, una de las grandes dificultades del proceso de enseñanza-aprendizaje en

los centros educativos en la actualidad son los problemas derivados del cumplimiento de

las normas básicas y elementales de convivencia . Normas necesarias y fundamentales para

garantizar los derechos y obligaciones de toda la comunidad educativa, normas simples y

elementales que en principio son aceptadas por todos los estamentos pero normas que una

vez empezado el curso no son llevadas a cabo por una minoría (fundamentalmente

alumnado) pero que, pese al bajo porcentaje, afecta notablemente al día a día del centro.

Por todo ello es necesario y fundamental la elaboración de este plan de

convivencia, con el objetivo fundamental de la prevención de conflictos y la resolución de

los mismos, basado fundamentalmente en el diálogo y la comunicación con el alumnado, el

profesorado, el personal no docente y las familias.

2. OBJETIVOS

Los objetivos que se persiguen con el plan de convivencia son:

1. Facilitar a los órganos de gobierno del instituto y al profesorado instrumentos y recursos

en relación con la promoción de la cultura de paz, la prevención de la violencia y la

mejora de la convivencia en el centro.

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2. Concienciar y sensibilizar a la comunidad educativa sobre la importancia de una

adecuada convivencia escolar y sobre los procedimientos para mejorarla.

3. Fomentar en el instituto los valores, las actitudes y las prácticas que permitan mejorar el

grado de aceptación y cumplimiento de las normas y avanzar en el respeto a la

diversidad cultural y en el fomento de la igualdad entre hombres y mujeres

4. Facilitar la prevención, detección, tratamiento, seguimiento y resolución de conflictos

que pudieran plantearse en el centro, así como de todas las manifestaciones de

violencia, especialmente de la violencia de género y de las actitudes y

comportamientos xenófobos y racistas.

5. Facilitar la mediación para la resolución pacífica de los conflictos

3. DIAGNÓSTICO DEL ESTADO DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO

3.1 CARACTERÍSTICAS DEL CENTRO Y DE SU ENTORNO.

El IES Ramón del Valle Inclán, creado en 1996, está situado en el barrio sevillano de

Sevilla Este, zona en continua expansión en la que abundan familias jóvenes que aportan

gran cantidad de alumnado a los centros educativos. El horario lectivo es de mañana

realizándose actividades complementarias durante la tarde. El edificio se encuentra en

buen estado de conservación.

La procedencia del alumnado es diversa ya que no nos adscriben ningún centro de

primaria de forma estable. Por esa razón el acceso al instituto se realiza de diversas maneras:

vehículos particulares, transporte escolar, autobuses urbanos e incluso a pie.

La participación en diversos proyectos como Centros TIC, Centros Bilingües, Plan de

Apertura y Plan de Fomento de la Lectura y Bibliotecas define su carácter emprendedor.

También puede ser considerado un instituto abierto por sus relaciones de intercambio con

otros países y las visitas recibidas y realizadas por alumnado y profesorado. La integración de

estudiantes discapacitados es otro de nuestros principales objetivos.

En cuanto a la convivencia podríamos decir que, en líneas generales, el IES Ramón del

Valle-Inclán es un entorno pacífico donde los episodios de violencia verbal o física son muy

escasos y aislados.

3.2 CARACTERÍSTICAS DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA.

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a) Profesorado.

La mayor parte del profesorado es de mediana edad, (sólo un 20% supera los 55 años),

con estabilidad en el centro (menos del 20% es interino o sustituto), bastante responsable,

bien formado y con deseos de aumentar dicha formación. Destaca también su carácter

emprendedor que se manifiesta en la participación de un gran número del profesorado en

cursos de formación, la creación de grupos de trabajo y la programación de numerosas

actividades complementarias para el alumnado.

b) Familias.

La colaboración de las familias es bastante positiva, suelen comprender que el centro

comparte con ellos los mismos intereses y colabora generalmente a nivel particular.

Responden con una asistencia masiva a las reuniones a las que son convocados por el

equipo directivo y por los tutores y en general con una actitud muy positiva y de

colaboración. Más escasa es su aportación a asociaciones como el AMPA por falta de

tiempo. En esta zona hay muchas familias donde trabajan tanto el padre como la madre

por lo que el nivel socioeconómico y cultural no es bajo.

c) Alumnado.

El nivel académico es bastante bueno en líneas generales, de hecho entre el 75 y el 80%

se gradúa en ESO aunque un pequeño porcentaje abandona los estudios a los 16 años sin

obtener titulación. Hay una fuerte demanda de plazas escolares para los estudios de

bachillerato, es el centro más solicitado del distrito de Sevilla Este; las solicitudes superan a

las plazas que se ofertan teniéndose que derivar alumnado a otros centros escolares de la

zona. Este hecho nos hace pensar que el alumnado admitido valora la plaza escolar que

ha obtenido y esto contribuye a generar una actitud positiva para los estudios y de

colaboración en la dinámica del centro. El resultado es que el nivel de los estudiantes es

bastante aceptable especialmente en la modalidad Científico-Tecnológica,

concentrándose el alumnado menos preparado e interesado en la especialidad de

Ciencias Sociales.

En las Pruebas de Acceso a la Universidad se obtiene unos buenos resultados, la nota

media de nuestro alumnado supera la media obtenida por el alumnado que realiza las PAU

en la UPO en la mayor parte de las asignaturas y en la práctica totalidad de los alumnos

presentados superan estas pruebas.

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Finalmente, el nivel de los dos Ciclos Formativos de la familia profesional de Informática,

que se imparte en el centro, ha ido aumentando año a año al igual que el índice de

inserción laboral.

d) Personal no docente

Tras unos primeros años de inestabilidad en la plantilla en la actualidad están ocupadas

todas las puestos laborales previstos para nuestro centro con un grupo humano trabajador y

comprometido con el centro.

3.3 SITUACIÓN DE LA CONVIVENCIA EN EL CENTRO.

Desde el curso 2005/06 se han ido introduciendo en el programa Séneca todos los datos

relativos a problemas de convivencia, contando con un profesor/a encargado de dicha

tarea. Aparentemente los datos parecen demostrar que la situación es muy conflictiva, ya

que se incluían en el sistema todos los incidentes, la mayoría de carácter muy débil o débil,

sin embargo los episodios de carácter grave son aislados y mínimos.

La evolución de las conductas contrarias ha sido variable pero proporcional al número

de alumnos y alumnas, ya que a lo largo de los años es continuo el cambio en el número de

unidades y alumnado, las adscripción de centros, etc... de manera que unos años resultan

más conflictivos unos cursos y al siguiente son otros.

Con todo esto, podemos concluir que las conductas contrarias permanecen estables

a lo largo de los diferentes cursos académicos, siendo éstas fundamentalmente leves y

controladas.

Las conductas más reiteradas son las siguientes:

Conductas de carácter leve

Perturbación del normal desarrollo de las actividades de clase

Actuaciones incorrectas hacia algún miembro de la comunidad educativa

Abandono del centro sin autorización

Falta de colaboración sistemática en la realización de las actividades

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Faltas injustificadas de puntualidad

Faltas injustificadas de asistencia a clase

Conductas de carácter grave

Injurias y ofensas contra un miembro de la comunidad educativa

Reiteración en un mismo curso de conductas contrarias

Las principales causas de estos conflictos las podemos encontrar en la falta de interés

por el estudio de una parte del alumnado, que no quiere trabajar, se aburre y acaba

molestando los compañeros y profesores.

3.4 RELACIÓN CON LAS FAMILIAS.

Afortunadamente, la relación con las familias es muy buena. Suelen comprender que el

centro busca lo mejor para la educación de sus hijos y por lo tanto no suelen aparecer

enfrentamientos, salvo casos aislados. A veces es necesario pedirles el esfuerzo de que

crean al profesorado antes que a sus hijos, dado que los adolescentes hacer ver a los padres

que ellos son inocentes de la situación que se les inculpa. También les pedimos que la

reconducción de la conducta no parta sólo del centro, lo importante es que familias y

centro empujen en la misma dirección.

Las correcciones que se aplican en el instituto han de ir acompañadas de medidas

parecidas desde casa. Generalmente esta colaboración se da, aunque se perciben todos

los años algún caso en el que la respuesta de la familia no es satisfactoria . Además siempre

que sea posible se procura que la corrección impuesta por el centro sea consensuada con

las familias.

4. NORMAS DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

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4.1 Principios generales

a) Las normas de convivencia concretarán los derechos y deberes del profesorado, del

alumnado y de sus padres/madres en relación con la actividad educativa

desarrollada en el centro, así como las correcciones que podrán imponerse para su

cumplimiento. Las normas de convivencia se encuentran reguladas en el presente

Plan de acuerdo con el Decreto 327/2010, de 13 de julio.

b) Las normas de convivencia tendrán como fin garantizar el ejercicio de los derechos y

deberes de todos los miembros de la comunidad educativa con objeto de velar por el

correcto desarrollo de las actividades educativas y formativas, el respeto entre todos

sus miembros y el cuidado y uso adecuado de las dependencias e instalaciones del

centro.

c) En todo caso, en las correcciones y en las medidas disciplinarias que deban tomarse por

los incumplimientos de las normas de convivencia deberá tenerse en cuenta que:

1. El alumnado no podrá ser privado del ejercicio de su derecho a la educación ni, en el

caso de la ESO, de su derecho a la escolaridad.

2. No podrán imponerse correcciones, ni medidas disciplinarias contrarias a la integridad

física y a la dignidad personal del alumnado.

3. La imposición de correcciones y de medidas disciplinarias previstas en el presente

Plan respetará la proporcionalidad con la conducta del alumno o alumna y deberá

contribuir a la mejora de su proceso educativo.

4. Asimismo, deberá tener en cuenta la edad del alumnado, así como sus circunstancias

personales, familiares o sociales.

d) A efectos de gradación de las correcciones y de las medidas disciplinarias, se

considerarán circunstancias que atenúan la responsabilidad las siguientes:

1. El reconocimiento espontáneo de la incorrección de la conducta, así como la

reparación espontánea del daño producido.

2. La falta de intencionalidad.

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3. La petición de excusas.

e) Por el contrario, se considerarán circunstancias que agravan la responsabilidad:

1. La premeditación.

2. Cuando la persona contra la que se cometa la infracción sea un profesor o profesora.

3. Los daños, injurias u ofensas causados al personal no docente y a los compañeros y

compañeras de menor edad o a los recién incorporados al instituto.

4. Las acciones que impliquen la discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo,

convicciones ideológicas o religiosas, discapacidades físicas, psíquicas o sensoriales, así

como por cualquier otra condición personal o social.

5. La incitación o estímulo a la actuación colectiva lesiva de los derechos de los demás

miembros de la comunidad educativa.

6. La naturaleza y entidad de los perjuicios causados al instituto o a cualquiera de los

integrantes de la comunidad educativa.

7. La difusión, a través de internet o por cualquier otro medio, de imágenes de

conductas contrarias o gravemente perjudiciales para la convivencia, particularmente

si resultan degradantes u ofensivas para otros miembros de la comunidad educativa.

4.2 Normas de convivencia relativas a los padres y madres de alumnos/as.

Conocer y cumplir lo establecido en este Plan de Convivencia.

Atender las citaciones de los distintos órganos colegiados y unipersonales del centro, así

como de los profesores/as y tutores/as cuando éstos así lo estimen conveniente.

Estimular a sus hijos e hijas en la realización de las actividades escolares para la

consolidación de su aprendizaje que les hayan sido asignadas por el profesorado.

Respetar la autoridad y orientaciones del profesorado.

Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del instituto.

Procurar que sus hijos e hijas conserven y mantengan en buen estado los libros de texto

y el material didáctico cedido por los institutos de educación secundaria.

Cumplir con las obligaciones contraídas en los compromisos educativos y de

convivencia que hubieran suscrito con el instituto.

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Colaborar y apoyar la acción educativa del profesorado y, en cualquier caso,

abstenerse de desautorizar la misma en presencia de sus hijos/as.

Facilitar la información pertinente acerca de sus hijos/as que el profesorado precise

para el mejor desempeño de sus funciones educativas.

Facilitar a sus hijos/as, en la medida de sus posibilidades, los medios necesarios para la

realización de las actividades y tareas que les indique el profesorado.

Participar con el profesorado en las actividades para las que se solicite su ayuda.

Colaborar en la labor educativa, ayudando, supervisando y controlando sus

compromisos y tareas escolares.

Facilitar y velar por el cumplimiento de las obligaciones de sus hijos/as en cuanto a

puntualidad, orden, comportamiento, higiene, uso y cuidado del material individual y

colectivo, etc...

Justificar debidamente las ausencias y retrasos de sus hijos/as durante la jornada

escolar. En la ESO, el carácter obligatorio de la etapa requerirá, a su vez, que las

justificaciones sean valoradas y aceptadas por el profesorado tutor del alumno o

alumna.

Recoger a su hijo/a en el centro para salir del mismo dentro del horario lectivo por

motivos justificados o autorizar la salida del alumno, dependiendo de si es menor o

mayor de edad.

4.3 Normas de convivencia relativas al profesorado del centro:

a) Los profesores y profesoras del centro deberán asumir las obligaciones del puesto laboral

y cargo que desempeñen, asistir con puntualidad a las clases y reuniones establecidas en el

centro, así como responsabilizarse del material que, en su caso, tuvieran a su cargo.

b) En relación con el alumnado el profesorado del centro deberá:

Respetar sus derechos así como velar por el cumplimiento adecuado de sus deberes

como alumnos y alumnas del centro.

Escucharlos, comprenderlos y ayudarlos cuando sea necesario.

Personalizar en la medida de lo posible la enseñanza, adecuándola a las necesidades,

capacidades e intereses de cada alumno/a.

c) En relación con el centro el profesorado deberá:

Conocer el Plan de Convivencia, las Finalidades Educativas y el Proyecto Curricular del

Centro y cumplir lo establecido en ellos.

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Observar el cumplimiento de las decisiones acordadas por los órganos colegiados y

unipersonales del centro en el ámbito de sus competencias.

Cooperar en el mantenimiento y buen uso del material y las instalaciones del centro.

Exigir y controlar la asistencia a clase y el aprovechamiento de la misma a los alumnos y

alumnas durante las horas de clase salvo fuerza de causa mayor que lo impida.

Realizar las Guardias que le correspondan. En las guardias de recreo, ocupar junto al

resto del profesorado de guardia, al menos, las siguientes posiciones: Dos profesores en el

lateral derecho del recreo y otros dos en el izquierdo controlando el perímetro del

centro, y un profesor en la zona central del patio.

Quedar a disposición de la directiva como profesor reserva de guardia (realizando esta

función en caso de no existir profesores de guardia suficientes), cuando el profesorado

queda libre porque su grupo de clase se encuentre realizando cualquier actividad

relacionada con el centro,

Cerrar el aula al comienzo del recreo y al finalizar la jornada. Las aulas de ciclos deberán

cerrarse entre clases, quedando el alumnado en el pasillo.

d) En relación con los padres y madres de alumnos/as el profesorado deberá:

Mantener contactos periódicos, siempre que sean necesarios, dentro del horario previsto

a tal fin.

Solicitar la justificación de las faltas de los alumnos y alumnas.

4.4 Normas de convivencia relativas al alumnado del centro.

Con el fin de garantizar, tanto el ejercicio de los derechos del alumnado como el

cumplimiento de sus deberes, el centro incluirá normas de convivencia. En la elaboración de

estas normas se ha tenido en cuenta los siguientes principios:

a) La convivencia será entendida como meta y condición necesaria para el buen desarrollo

del trabajo del alumnado y del profesorado, garantizándose que no se produzca

segregación del alumnado por razón de sus creencias, sexo, orientación sexual, etnia o

situación económica y social.

b) La promoción de la igualdad efectiva entre alumnos y alumnas.

c) La prevención de los riesgos y la promoción de la seguridad y la salud como bien social y

cultural.

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Las normas de convivencia, tanto generales del instituto como particulares del aula,

concretan los deberes y derechos del alumnado, precisan las medidas preventivas e

incluyen la existencia de un sistema que detecte el incumplimiento de dichas normas y las

correcciones o medidas disciplinarias que, en su caso, se aplicarían.

4.4.1 Derechos y deberes del alumnado del centro.

En virtud de lo establecido en el Decreto 327/2010, de 13 de julio, se establecen los

siguientes derechos y deberes del alumnado en nuestro centro:

El alumnado tiene derecho:

a) A recibir una educación de calidad que contribuya al pleno desarrollo de su

personalidad y de sus capacidades.

b) Al estudio.

c) A la orientación educativa y profesional.

d) A la evaluación y el reconocimiento objetivos de su dedicación, esfuerzo y

rendimiento escolar. A estos efectos, tendrá derecho a ser informado de los criterios de

evaluación que serán aplicados.

e) A la formación integral que tenga en cuenta sus capacidades, su ritmo de

aprendizaje y que estimule el esfuerzo personal, la motivación por el aprendizaje y la

responsabilidad individual.

f) Al acceso a las tecnologías de la información y la comunicación en la práctica

educativa y al uso seguro de internet en el instituto.

g) A la educación que favorezca la asunción de una vida responsable para el logro de

una sociedad libre e igualitaria, así como a la adquisición de hábitos de vida saludable,

la conservación del medio ambiente y la sostenibilidad.

h) Al respeto a su libertad de conciencia y a sus convicciones religiosas y morales, así

como a su identidad, intimidad, integridad y dignidad personales.

i) A la igualdad de oportunidades y de trato, mediante el desarrollo de políticas

educativas de integración y compensación.

j) A la accesibilidad y permanencia en el sistema educativo, en los términos previstos en

el artículo 7.2.i) de la Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía.

k) A la libertad de expresión y de asociación, así como de reunión en los términos

establecidos en el artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del

Derecho a la Educación.

l) A la protección contra toda agresión física o moral.

m) A la participación en el funcionamiento y en la vida del instituto y en los órganos que

correspondan, y la utilización de las instalaciones del mismo.

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n) A conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía.

ñ) A ser informado de sus derechos y deberes, así como de las normas de convivencia

establecidas en el instituto, particularmente al comenzar su escolarización en el centro.

Son deberes del alumnado:

a) El estudio, que se concreta en:

1.º La obligación de asistir regularmente a clase con puntualidad.

2.º Participar activa y diligentemente en las actividades orientadas al desarrollo

del currículo, siguiendo las directrices del profesorado.

3.º El respeto a los horarios de las actividades programadas por el instituto.

4.º El respeto al ejercicio del derecho al estudio de sus compañeros y

compañeras.

5.º La obligación de realizar las actividades escolares para consolidar su

aprendizaje que le sean asignadas por el profesorado para su ejecución fuera

del horario lectivo.

b) Respetar la autoridad y las orientaciones del profesorado.

c) Respetar la libertad de conciencia, las convicciones religiosas y morales y la

dignidad, integridad e intimidad de todos los miembros de la comunidad educativa, así

como la igualdad entre hombres y mujeres.

d) Respetar las normas de organización, convivencia y disciplina del centro docente y

contribuir al desarrollo del proyecto educativo del mismo y de sus actividades.

e) Participar y colaborar en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de

un adecuado clima de estudio en el instituto.

f) Participar en los órganos del centro que correspondan, así como en las actividades

que este determine.

g) Utilizar adecuadamente las instalaciones y el material didáctico, contribuyendo a su

conservación y mantenimiento.

h) Participar en la vida del instituto.

i) Conocer la Constitución Española y el Estatuto de Autonomía para Andalucía, con el

fin de formarse en los valores y principios recogidos en ellos.

4.5 Conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.

Son conductas contrarias a las normas de convivencia las que se opongan a las

establecidas en el presente Plan en los apartados anteriores y, en todo caso, las siguientes:

a) Cualquier acto que perturbe el normal desarrollo de las actividades de la clase y/o del

centro. Especialmente los siguientes:

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1. Hablar reiteradamente en clase molestando a los compañeros/as y al profesor/a, así

como interrumpir al profesor o profesora con preguntas o conductas inapropiadas o

inoportunas.

2. Traer o utilizar teléfonos móviles en el Centro, así como aparatos de audio, -tipo CD,

mp3, o similar-. Todos ellos serán retirados por el profesorado y custodiados en Jefatura

de Estudios hasta que lo recojan sus familias.

3. Masticar chicle o ingerir cualquier tipo de alimento mientras se está en clase.

4. Dar voces, gritos, alaridos, etc..., en el Centro, molestando o interrumpiendo a los

compañeros/as y/o al profesor/a.

5. Recoger el material sin esperar a que el profesor o profesora acabe la clase, aunque

haya tocado el timbre.

6. Participar en juegos de azar o a cualquier juego no educativo en el Centro.

7. Levantarse y/o salir del aula sin permiso expreso del profesor o profesora durante el

desarrollo de la clase.

8. No traer reiteradamente el material necesario para realizar las tareas de clase.

9. No vestir correctamente para un Centro educativo y en cualquier caso llevar gorra,

gafas de sol, calzonas, camiseta de baloncesto o bañador en las aulas.

10. Tener y/o mostrar revistas de temas no educativos en el Centro o en el aula.

11. No respetar hábitos de limpieza e higiene personal.

12. No adoptar una postura correcta en la clase.

13. Realizar durante una clase una actividad correspondiente a otra materia o área sin

contar con el permiso expreso del profesor.

14. Correr por los pasillos y escaleras.

15. Mantener una actitud indecorosa en las relaciones que se mantengan en el Centro.

16. Utilizar expresiones soeces, insultos, palabrotas, etc..., dirigidas a cualquier miembro de

la comunidad educativa, tanto en el aula como en el Centro.

17. Salir sin permiso del Centro durante el horario lectivo.

18. No guardar silencio y el orden debidos en la Biblioteca del Centro.

19. Llegar tarde al centro sin motivo justificado, la reiteración de faltas injustificadas de

puntualidad podrá ser sancionada con suspensión del derecho a asistencia al centro

por un día, especialmente con el alumnado de enseñanzas postobligatorias.

20. No acudir a jefatura de estudios cuando se incorpore al centro después de las 08:15

para adquirir el permiso de asistencia a clase

21. No se permite realizar exámenes si no se llega al centro a las 8.15 horas (salvo

justificante médico), no tendrá validez otro tipo de justificación (justificación de padres,

madres, tutores, etc…)

22. Acercarse a menos de 2 metros de las vallas del centro que lindan directamente con la

calle.

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 14

23. Salir del aula en los cambios de clase, salvo para dirigirse a un aula específica. En el

caso del alumnado de los ciclos, éstos sí deberán salir al pasillo entre clases

permaneciendo frente a su aula, quedando la misma cerrada con llave.

24. Acudir al servicio en los cambios de clase, el alumnado esperará a la llegada del

siguiente profesor para pedir permiso.

25. Permanecer en las aulas durante los recreos.

26. El uso de la cafetería por parte del alumnado en horario distinto al de recreo.

27. Mal comportamiento y/o causar daños en el transporte escolar.

b) Específicamente, en lo que se refiere al uso de los equipos informáticos de las aulas y del

centro se considerarán conductas contrarias a las normas de convivencia las siguientes:

1. Instalar o ejecutar programas informáticos no autorizados por el profesorado.

2. Utilizar salvapantallas que no sea el que trae Windows o Guadalinex por defecto, con

fondo de color azul.

3. Instalar contraseña en cualquier programa del ordenador sin la autorización del

profesorado.

4. Ejecutar juegos de ordenador sin la autorización del profesorado.

5. Ejecutar programas de mensajería instantánea.

6. Escuchar música (con o sin auriculares) en el ordenador.

7. Abrir equipos informáticos.

8. Cambiar ordenadores de sitio.

9. Encender equipos sin autorización del profesorado.

10. Cambiar la situación inicial de los alumnos en la clase sin autorización del profesorado.

c) La falta de colaboración sistemática del alumnado en la realización de las actividades

escolares o extraescolares, así como en el seguimiento de las orientaciones del

profesorado respecto a su aprendizaje.

d) Las conductas que puedan impedir o dificultar el ejercicio del derecho o el

cumplimiento del deber de estudiar por sus compañeros y compañeras.

e) Las faltas injustificadas de puntualidad.

f) Las faltas injustificadas de asistencia a clase.

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 15

Se considerarán faltas injustificadas de asistencia a clase o de puntualidad de un

alumno/a, las que no sean excusadas de forma escrita por el alumnado, o sus

representantes legales si es menor de edad, en las condiciones que establece este Plan. En

este sentido, los alumnos/as deberán entregar las notificaciones de falta a clase en el plazo

de tres días, firmadas por médicos o por sus padres o madres, salvo en el caso de que éstos

sean mayores de edad, en que podrán firmarlas ellos mismos. De forma similar procederán

también para la entrega a sus tutores/as de los boletines de evaluación.

Si algún alumno o alumna falta a clase, debe en un plazo de tres días a partir de la

reincorporación notificarlo al tutor o tutora del grupo al que pertenece, adjuntando la

documentación justificativa oportuna. El incumplimiento de este procedimiento provocará

que la falta sea considerada como injustificada.

Para el cómputo y tratamiento de las faltas injustificadas a clase se procederá del

siguiente modo:

a) En las materias de una hora semanal se considerará falta leve la inasistencia a una o

dos horas de clase y falta grave a tres o más horas de clase.

b) En las materias de dos horas semanales se considerará falta leve la inasistencia a dos o

tres horas de clase y falta grave a cuatro o más horas de clase.

c) En las materias de tres horas semanales se considerará falta leve la inasistencia a tres o

cinco horas de clase y falta grave a seis o más horas de clase.

d) En las materias de cuatro horas semanales se considerará falta leve la inasistencia a

cuatro o seis horas de clase y falta grave a siete o más horas de clase.

e) En los ciclos formativos de FP será considerada falta leve las faltas injustificadas que

afecten al 20% mensual de cada módulo, y falta grave cuando afecte al 20 % trimestral

del horario de cada módulo, lo que dará como consecuencia la pérdida de la

evaluación continua en el mismo.

Cada mes y medio se remitirán a los padres/madres de los alumnos y alumnas el

número de faltas –justificadas y no justificadas- acaecidas en dicho periodo con objeto de

mantenerlos informados de las mismas y prevenir la aplicación de sanciones futuras por ese

motivo. A su vez, a través de PASEN los padres/madres podrán ser informados diariamente

de las faltas de asistencia de sus hijos/as.

Con periodicidad trimestral las faltas leves originadas por la inasistencia del alumno/a a

clase serán anotadas en su expediente y comunicadas a sus padres/madres, las faltas

graves supondrán la evaluación negativa en actitudes y procedimientos en esa evaluación

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 16

así como la posibilidad de considerar abandono de materia por parte del alumno/a,

perdiendo el derecho a la evaluación continua, así como comprometiendo la promoción o

titulación, en su caso, de acuerdo con los criterios de promoción y/o titulación aprobados

en el Centro.

Las justificaciones de faltas de asistencia en la etapa de Educación Secundaria

Obligatoria deberán ser valoradas por el profesor/a tutor correspondiente que podrá

contrastar su veracidad con objeto de evitar situaciones de absentismo escolar.

A efectos académicos la falta prolongada de asistencia a clase, a pesar de que se

encuentre justificada, podrá tener como consecuencia la pérdida de la evaluación

continua.

g) Cualquier acto de incorrección y desconsideración hacia otros miembros de la

comunidad educativa.

h) Causar pequeños daños en las instalaciones, recursos materiales, equipos informáticos

o documentos del centro, o en las pertenencias de los demás miembros de la

comunidad educativa.

Las conductas contrarias a las normas de convivencia recogidas en este apartado

prescribirán en el plazo de treinta días naturales contados a partir de la fecha de su

comisión, excluyendo los periodos vacacionales establecidos en el correspondiente

calendario escolar de la provincia de Sevilla.

4.6 Correcciones a las conductas contrarias a las normas de convivencia del centro.

1. Para sancionar cualquier acto que perturbe el normal desarrollo de las actividades de la

clase o del centro, cualquier profesor/a podrá amonestar oralmente a un alumno/a para

que modifique su actitud y su comportamiento. Si esta primera medida no surtiera efecto, o

la conducta se reiterara en nuevas ocasiones, el profesor/a informará al tutor/a del alumno

o alumna con objeto de entrevistarlo y/o recabar la colaboración de su familia (por escrito o

mediante reunión previa cita) para resolver el problema planteado.

2. En los tres primeros cursos de la ESO, de manera excepcional, y siempre que se considere

adecuado en relación con la conducta que presenta el alumno o alumna (nerviosismo,

tensión, enfrentamiento...), el profesor/a podrá expulsarlo/a de su clase durante un tiempo

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 17

no superior a 10 minutos con objeto de que reconsidere su actitud ante la reiteración de las

amonestaciones orales, con el fin de evitar en lo posible la amonestación por escrito.

3. Si la conducta continuara, el profesor/a podrá amonestar por escrito al alumno/a. A tal

fin, enviará al alumno/a a la Jefatura de Estudios para que dé cuenta de su conducta y

recoja el modelo oficial del citado apercibimiento. El alumno/a volverá a la clase y el

profesor/a correspondiente rellenará y firmará dicha amonestación devolviéndola

cumplimentada a la Jefatura de Estudios que procederá a su custodia e información al

profesorado tutor. Una copia del documento la firmará el alumno/a como recibí, y la

devolverá en el plazo máximo de dos días lectivos al Jefe de Estudios firmada por el

padre/madre/tutor legal del alumno/a. De este modo, la Jefatura de Estudios informará de

lo sucedido a los padres/madres o representantes legales del alumno/a solicitando su

colaboración para la eliminación de la conducta motivo de la sanción y para advertirles de

las posibles sanciones que pueden aplicarse si no es así. Finalmente, la amonestación por

escrito quedará archivada en la Jefatura de Estudios que, a su vez, informará al profesorado

tutor correspondiente facilitándole una copia del mismo.

4. La reiteración de hasta tres amonestaciones por escrito de faltas leves será sancionada

progresivamente con algunas de las medidas que a continuación se contemplan:

a) Apercibimiento por escrito que será comunicado y entregado a los padres/madres o

tutores legales del alumno o alumna, con la expresión de las conductas contrarias a las

normas de convivencia realizadas.

b) Realización de tareas dentro y fuera del horario lectivo, especialmente durante los

recreos y bajo la supervisión de profesorado destinado especialmente a este fin, que

contribuyan a la mejora y desarrollo de las actividades del centro, así como a reparar o

reponer el daño causado en las instalaciones, recursos materiales o documentos del centro.

c) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases por un plazo máximo de

tres días lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a deberá realizar las

actividades formativas que el profesorado correspondiente determine para evitar la

interrupción de su proceso educativo. Dicha sanción irá acompañada de las actividades

previstas por dicho profesor/a para su realización durante la sanción. Dicha sanción

quedará recogida por escrito en la Jefatura de Estudios y se informará al profesorado tutor

correspondiente dando copia de la misma. Durante el periodo de cumplimiento de la

sanción el alumno/a permanecerá en la biblioteca del centro realizando las tareas

impuestas.

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d) Suspensión del derecho de asistencia al centro por un periodo máximo de tres días

lectivos. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno/a deberá realizar las

actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de su proceso

educativo. Esta sanción sólo podrá ser tomada por la Dirección del centro, a propuesta por

escrito de los profesores o profesoras del Centro. Para aplicar esta medida el equipo

docente del alumno/a deberá facilitar las tareas educativas que deberá realizar durante la

sanción. La Dirección del centro dará cuenta a la Comisión de Convivencia de la sanción

impuesta y se informará al profesorado tutor por parte de la Jefatura de Estudios.

e) Suspensión del derecho a participar en alguna de las actividades extraescolares

programadas para el grupo al que pertenece el alumno/a.

4.7 Conductas gravemente contrarias a las normas de convivencia del centro.

a) La agresión física contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

b) Las injurias y ofensas contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

c) El acoso escolar, entendido como el maltrato psicológico, verbal o físico hacia un alumno

o alumna producido por uno o más compañeros y compañeras de forma reiterada a lo

largo de un tiempo determinado.

d) Las actuaciones perjudiciales para la salud y la integridad personal de los miembros de la

comunidad educativa del centro, o la incitación a las mismas.

e) Las vejaciones o humillaciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa,

particularmente si tienen una componente sexual, racial, religiosa, xenófoba u homófoba, o

se realizan contra alumnos o alumnas con necesidades educativas especiales.

f) Las amenazas o coacciones contra cualquier miembro de la comunidad educativa.

g) La suplantación de la personalidad en actos de la vida docente y la falsificación o

sustracción de documentos académicos.

h) Las actuaciones que causen graves daños en las instalaciones, recursos materiales o

documentos del instituto, o en las pertenencias de los demás miembros de la comunidad

educativa, así como la sustracción de las mismas.

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i) La reiteración en un mismo curso escolar de conductas contrarias a las normas de

convivencia del instituto.

j) Cualquier acto dirigido directamente a impedir el normal desarrollo de las actividades del

centro.

k) El incumplimiento de las correcciones impuestas, salvo que la comisión de convivencia

considere que este incumplimiento sea debido a causas justificadas.

l) El uso indebido de programas informáticos, filmación con teléfonos móviles o introducción

en páginas web que supongan vejaciones a las personas o entidades, pornografía,

violencia, suplantación de personalidad, proselitismo, programas espía, infectación de virus,

modificación de programas establecidos, uso o divulgación de información privada y

cuantos otros comportamientos puedan ser tipificados como delitos informáticos en la

normativa vigente.

Las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia en el instituto prescribirán

a los sesenta días naturales contados a partir de la fecha de su comisión, excluyendo los

periodos vacacionales establecidos en el correspondiente calendario escolar de la

provincia.

4.8 Correcciones a las conductas gravemente contrarias a las normas de convivencia del

centro.

Por las conductas gravemente perjudiciales para la convivencia, podrán imponerse las

siguientes medidas disciplinarias:

a) Realización de tareas fuera del horario lectivo que contribuyan a la mejora y desarrollo de

las actividades del centro, así como a reparar el daño causado en las instalaciones, recursos

materiales o documentos de los institutos de educación secundaria, sin perjuicio del deber

de asumir el importe de otras reparaciones que hubieran de efectuarse por los hechos

objeto de corrección y de la responsabilidad civil del alumno o alumna o de sus padres,

madres o representantes legales en los términos previstos por las leyes.

b) Suspensión del derecho a participar en las actividades extraescolares del instituto por un

período máximo de un mes.

c) Cambio de grupo.

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 20

d) Suspensión del derecho de asistencia a determinadas clases durante un periodo superior

a tres días lectivos e inferior a dos semanas. Durante el tiempo que dure la suspensión,

el alumno o alumna deberá realizar las actividades formativas que se determinen para

evitar la interrupción en el proceso formativo.

e) Suspensión del derecho de asistencia al instituto durante un periodo superior a tres días

lectivos e inferior a un mes. Durante el tiempo que dure la suspensión, el alumno o alumna

deberá realizar las actividades formativas que se determinen para evitar la interrupción de

su proceso formativo.

f) Cambio de centro docente.

Será competencia del director o directora del centro la imposición de las medidas

disciplinarias previstas en este apartado, de lo que dará traslado a la comisión de

convivencia.

5. COMPOSICIÓN, PLAN DE REUNIONES Y PLAN DE ACTUACIÓN DE LA

COMISIÓN DE CONVIVENCIA

Composición de la comisión de convivencia:

El Consejo Escolar es el órgano encargado de velar por el cumplimiento de las normas

de convivencia del centro. A tales efectos, el integrada por el director o directora, que

ejercerá la presidencia, el jefe o jefa de estudios, dos profesores o profesoras, dos padres,

madres o representantes legales del alumnado y dos alumnos o alumnas elegidos por los

representantes de cada uno de los sectores en el Consejo Escolar.

Si en el Consejo Escolar hay un miembro designado por la asociación de madres y padres

del alumnado con mayor número de personas asociadas, éste será uno de los

representantes de los padres y madres en la comisión de convivencia.

Esta Comisión podrá recabar para sus deliberaciones y decisiones el asesoramiento

que estime oportuno de los servicios del centro.

Plan de reuniones

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 21

Se realizará una reunión trimestral, al finalizar cada trimestre, donde se informará del

estado de la convivencia del centro, del mismo modo, en casos especiales o excepcionales

se podrá convocar a la comisión tantas veces como fueran necesarias.

Plan de actuaciones:

Las actuaciones irán encaminadas a la consecución de las funciones de dicha

comisión:

Canalizar las iniciativas de todos los sectores de la comunidad educativa para

mejorar la convivencia, el respeto mutuo y la tolerancia en el centro.

Adoptar las medidas preventivas necesarias para garantizar los derechos de

todos los miembros de la comunidad educativa y el cumplimiento de las normas de

convivencia del centro.

Desarrollar iniciativas que eviten la discriminación del alumnado, estableciendo

planes de acción positiva que posibiliten la integración de todos los alumnos y

alumnas.

Mediar en los conflictos planteados.

Imponer en su caso, las correcciones que sean de su competencia.

Realizar el seguimiento del cumplimiento efectivo de las correcciones en los

términos en que hayan sido impuestas.

Proponer al Consejo Escolar las medidas que considere oportunas para mejorar

la convivencia en el centro.

Dar cuenta al pleno del Consejo Escolar, al menos dos veces a lo largo del curso,

de las actuaciones realizadas y de las correcciones impuestas.

Cualesquiera otras que puedan serle atribuidas por el Consejo Escolar, relativas a

las normas de convivencia en el centro.

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6. AULA DE CONVIVENCIA DEL CENTRO

El centro no plantea la creación de aulas de convivencia.

7. MEDIDAS ESPECÍFICAS PARA PROMOVER LA CONVIVENCIA

Las medidas adoptadas por el centro son las siguientes:

Las promovidas desde las tutorías:

a) Autoconocimiento

b) Conocimiento grupal

c) Programa de resolución de conflictos

d) La formación de alumnado ayudante y mediador

Las propuestas por el departamento de actividades en colaboración con los

departamentos didácticos:

f) Teatro del movimiento por la paz

g) Taller del movimiento contra la intolerancia

h) Integralia

i) Actividades de convivencia de cada tutoría

j) Intercambios escolares a Inglaterra y Suecia

k) Actividades de coeducación: Día internacional contra la violencia de género,

exposiciones y talleres de coeducación.

La participación en el programa Escuela Espacio de Paz.

8. MEDIDAS A APLICAR EN EL CENTRO PARA PREVENIR, DETECTAR, MEDIAR Y RESOLVER LOS

CONFLICTOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE.

8.1 ANTES DEL CONFLICTO (medidas preventivas)

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 23

Las medidas preventivas y de detección sobre posibles conflictos serán las siguientes:

Plan de acogida del alumnado a comienzos de curso donde se le informe de la

situación del centro y de los objetivos que pretendemos cumplir.

Información asimismo a las familias sobre estos mismos objetivos en las reuniones

iniciales y en el sobre de matrícula donde se adjuntará un extracto de las principales

normas de convivencia.

Actividades en cada materia sobre la necesidad de promover un centro educativo

como espacio de paz.

Sesiones de tutoría para difundir el presente plan así como a concienciar al

alumnado en la consecución de un ambiente de trabajo pacífico, trabajando

especialmente la sensibilización frente a los casos de acoso e intimidación entre

iguales y la igualdad entre hombres y mujeres.

Actividades extraescolares dentro y fuera del centro organizadas por el mismo o por

entidades colaboradoras que prevengan conflictos y promuevan su resolución

pacífica. Entre ellas cabe destacar el curso de formación de alumnos ayudantes.

Implicación de los delegados/as de curso y a los alumnos/as ayudantes en estas

tareas mediante reuniones específicas.

Seguimiento de la convivencia en el centro a distintos niveles: en las reuniones de

tutores/as con el departamento de orientación, en las reuniones de equipos

docentes y sesiones trimestrales de evaluación y en las reuniones del equipo

directivo, claustro, consejo escolar y comisión de convivencia del mismo.

Vigilancia del profesorado y el personal de conserjería para prevenir los posibles

conflictos en espacios y tiempos considerados de riesgo: recreos, entradas y salidas

del centro y cambios de clase.

Formación anual del alumnado de ESO en mediación en conflictos y creación de la

figura de “alumnado ayudante”

8.2 TRAS EL CONFLICTO (medidas de mediación y resolución pacífica)

a) Conflictos entre el alumnado

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En muchos casos cuando surge un conflicto entre el alumnado alguna de las partes

lo pone en conocimiento de los profesores, del tutor, el equipo directivo o incluso del

departamento de orientación.

El protocolo de actuación será el siguiente: Entrevista con cada alumno por

separado procurando hacerle ver su posible culpa así como las circunstancias que han

causado el mismo. Contando con la libertad de cada persona se les propone la

presentación de disculpas y la reconciliación así como consejos para evitar que se

repita en el futuro. En caso de que no haya acuerdo y la convivencia no vuelva a la

normalidad se les pide al menos que no se relacionen en circunstancias parecidas para

evitar la repetición de la situación.

Este tipo de medidas es muy efectivo, especialmente con el alumnado más joven

que es menos rencoroso y olvida los incidentes con facilidad.

b) Conflictos entre alumnado y profesorado

La Jefatura de estudios, el orientador o el tutor/a habla con el alumnado haciéndole

ver lo equivocado de su conducta. Se suele pedir al alumno que presente disculpas al

profesor sin que medie la presencia de otra persona. Si la jefatura de estudios entiende

que parte del conflicto se debe a la actuación del profesorado también se le ayuda a

analizar las causas que han llevado a dicha situación.

c) Conflictos entre las familias y el profesorado

Este tipo de situación es menos frecuente. En este caso lo primero es escuchar

pacientemente a los padres, aclarando los posibles malentendidos y recabando toda la

información sobre el problema para después aclararlo con el profesorado

correspondiente. En muchas ocasiones se sugiere la entrevista entre ambas partes para

reconducir la situación.

Estas actuaciones de mediación no excluyen necesariamente las medidas

sancionadoras correspondientes pero en muchos casos las evitan. En la imposición de

sanciones se trata de contar con la colaboración de las familias buscando el

compromiso de reforzar desde casa las medidas impuestas por el centro.

8.3 Compromisos de convivencia

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 25

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.k) del Decreto 327/2010 y en el artículo 10.k)

del Decreto 328/2010, ambos de 13 de julio, las familias tienen derecho a suscribir con el centro

un compromiso de convivencia. El compromiso de convivencia está indicado para el

alumnado que presente problemas de conducta o de aceptación de las normas escolares y

tiene por objeto establecer mecanismos de coordinación entre las familias y el profesorado y

otros profesionales que atienden al alumno o alumna, así como colaborar en la aplicación de

las medidas que se propongan, tanto en el tiempo escolar como extraescolar, para superar

esta situación. Tanto las familias del alumnado como el profesorado que ejerza la tutoría

podrán proponer la suscripción de compromisos de convivencia , tratando siempre de

potenciar el carácter preventivo de la misma y procurando que sirva para evitar situaciones de

alteración de la convivencia o para prevenir su agravamiento. Los compromisos de

convivencia se adoptarán por escrito y podrán ajustarse a los modelos que se adjuntan como

Anexos V y VI de la orden de 20 de junio de 2011. En ellos se establecerán las medidas

concretas y la fecha y los cauces de evaluación de la efectividad de las mismas. Asimismo,

deberá quedar constancia escrita de la posibilidad de modificar el compromiso en caso

de incumplimiento por alguna de las partes o de que las medidas adoptadas no den el

resultado esperado. Una vez suscrito el compromiso de convivencia, el tutor o tutora dará

traslado del mismo al director del centro, que lo comunicará al Consejo Escolar. El Consejo

Escolar, a través de la comisión de convivencia en el caso de los compromisos de

convivencia, garantizará la efectividad de los compromisos que se suscriban en el centro y

propondrá la adopción de medidas e iniciativas en caso de incumplimiento.

9. FUNCIONES DE LOS DELEGADOS Y DELEGADAS DEL ALUMNADO EN LA MEDIACIÓN.

El Delegado y subdelegado de Clase será un alumno o alumna que pertenezca al

grupo y ostente su representación ante los órganos competentes del centro. Sus funciones

relacionadas con la mediación y la mejora de la convivencia en el centro serán:

Velar por el cumplimiento de las normas de convivencia del centro aprobadas por

el Consejo Escolar.

Contribuir al cumplimiento de lo establecido en DECRETO 327/2010, de 13 de julio,

por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación

Secundaria de la Consejería de Educación y Ciencia de la Junta de Andalucía por

el que se regulan los derechos y deberes de los alumnos/as.

Transmitir al profesor tutor cuantos problemas de convivencia o escolares se

presenten.

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Asistir a la junta de evaluación en el momento en el que se haga la valoración

general del curso y se expongan por parte de los asistentes las sugerencias que se

deseen.

Cuantas funciones le sean encomendadas por los órganos de dirección del centro

en el ámbito de sus competencias (Custodia y seguimiento del parte de asistencia

del grupo).

10. PROCEDIMENTO DE SELECCIÓN Y FUNCIÓN DE LOS DELEGADOS/AS DE PADRES Y MADRES.

En el marco del Plan de Convivencia del Centro, y según lo dispuesto en el artículo 24

del Decreto 327/2010, de 13 de Julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los

Institutos de Educación Secundaria, de la Orden de 20.06.2011 y del Plan de Convivencia del

instituto, se regula la implantación de la figura del delegado/a de padres y madres de cada

grupo-clase de acuerdo al siguiente procedimiento y funciones:

1. PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN.

1. Las personas delegadas de padres y madres del alumnado en cada uno de los grupos

serán elegidas para cada curso escolar por los propios padres, madres, o quienes ejerzan

la tutela del alumnado en la reunión que el profesorado que ejerza la tutoría debe

realizar con las familias antes de finalizar el mes de octubre. En la convocatoria de esta

reunión deberá hacerse constar, como puntos del orden del día, la elección de

delegado o delegada de padres y madres del alumnado, así como la información de las

funciones que se les atribuye en el Plan de Convivencia del centro.

2. Las asociaciones de madres y padres del alumnado legalmente constituidas en el

centro podrán colaborar con la dirección y con el profesorado que ejerce la tutoría en la

difusión de la convocatoria a que se refiere el apartado anterior y en el impulso de la

participación de este sector de la comunidad educativa en el proceso de elección de

las personas delegadas de madres y padres del alumnado en cada uno de los grupos.

3. Las personas delegadas de los padres y las madres del alumnado en cada grupo se

elegirán por mayoría simple mediante sufragio directo y secreto, de entre las madres y

padres del alumnado de cada unidad escolar presentes en la reunión. Previamente a la

elección, las madres y los padres interesados podrán dar a conocer y ofrecer su

candidatura para esta elección. En este proceso, la segunda y tercera personas con

mayor número de votos serán designadas como subdelegadas 1.ª y 2.ª, que sustituirán a

la persona delegada en caso de vacante, ausencia o enfermedad y podrán colaborar

con ella en el desarrollo de sus funciones. En los casos en que se produzca empate en las

votaciones, la elección se dirimirá por sorteo. En este proceso de elección se procurará

contar con una representación equilibrada de hombres y mujeres.

4. Por cada alumno/a del grupo podrán votar ambos progenitores o tutores legales

presentes. Si a dicha reunión hubiese acudido cualquier otra persona en su lugar, ésta no

podrá emitir ningún voto.

5. El delegado/a de padres y madres electo/a comenzará con el ejercicio de sus

funciones desde el día siguiente a su elección.

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 27

6. En el caso de que no se presentase ningún candidato o candidata el puesto quedará

desierto para ese grupo y curso escolar.

7. Ningún padre, madre o tutor legal podrá ser delegado/a en más de un grupo durante

el mismo curso escolar.

2. FUNCIONES.

Las personas delegadas de los padres y madres en cada grupo tendrán las siguientes

funciones:

a) Representar a las madres y los padres del alumnado del grupo, recogiendo sus

inquietudes, intereses y expectativas y dando traslado de los mismos al profesorado tutor.

b) Asesorar a las familias del alumnado del grupo en el ejercicio de sus derechos y

obligaciones.

c) Implicar a las familias en la mejora de la convivencia y de la actividad docente en el

grupo y en el centro e impulsar su participación en las actividades que se organicen.

d) Fomentar y facilitar la comunicación de las madres y los padres del alumnado con el

tutor o tutora del grupo y con el resto del profesorado que imparte docencia al mismo.

e) Facilitar la relación entre las familias del alumnado del grupo y el equipo directivo, la

asociación de padres y madres del alumnado y los representantes de este sector en el

Consejo Escolar.

f) Colaborar en el desarrollo de las actividades programadas por el centro para informar

a las familias del alumnado del grupo y para estimular su participación en el proceso

educativo de sus hijos e hijas.

g) Mediar en la resolución pacífica de conflictos entre el propio alumnado del grupo o

entre éste y cualquier miembro de la comunidad educativa, siempre que así se lo

soliciten los padres del alumno/a afectado, el profesorado tutor y/o el Equipo Directivo

del Centro, y su intervención sea aceptada por todos los implicados. Cuando este

conflicto esté relacionado con alguna conducta contraria a las normas de convivencia

del centro, este proceso de mediación no interrumpirá en forma alguna el desarrollo del

procedimiento para la imposición de las correcciones y de las medidas disciplinarias que

se recoge en la sección 4ª del capítulo III del Decreto 327/2010 y en el Plan de

Convivencia del instituto.

h) Colaborar en el establecimiento y seguimiento de los compromisos educativos y de

convivencia que se suscriban con las familias del alumnado del grupo.

2.1 CESE EN EL DESEMPEÑO DE SUS FUNCIONES:

1. El delegado o delegada de padres y padres finalizará ordinariamente el desempeño

de sus funciones el último día lectivo de cada curso escolar.

2. De forma extraordinaria también podrá cesar en su cargo mediante renuncia

motivada a la Dirección del centro o a propuesta razonada y por escrito de la mayoría

de padres y madres del alumnado del grupo, oído el/la interesado/a. Si este cese se

produce antes del mes de marzo, el tutor convocará una reunión con los padres y

madres del alumnado para la elección de un nuevo delegado o delegada. Esta

situación solo podrá darse una vez en el curso escolar, quedando el cargo desierto si se

diesen de nuevo circunstancias extraordinarias.

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IES “Ramón del Valle-Inclán”

SEVILLA

ACTA DE LA ELECCIÓN DE DELEGADO/A DE PADRES/MADRES

Curso 201__-201__

De acuerdo con lo establecido en el artículo 24 del Decreto 327/2010, de 13 de julio, por

el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, este

grupo de padres/madres del curso ________ se reúne en Asamblea para proceder a la elección

del Delegado/a de Grupo.

Proclamados los candidatos y realizadas las votaciones según lo dispuesto en la

normativa vigente, se producen los siguientes resultados:

ORDEN APELLIDOS Y NOMBRE DEL CANDIDATO Nº DE VOTOS

Como consecuencia de la votación efectuada resultan elegidos los siguientes

alumnos/as, quienes firmando este Acta, toman posesión de su cargo correspondiente:

DELEGADO/A DE GRUPO:

Y para que conste, levanto este Acta, con el enterado y aceptación de funciones por

parte del candidato/a electo, lo que como Secretario/a firmo en Sevilla a de

de 201__

VªBª EL TUTOR/A DEL GRUPO

EL SECRETARIO/A

EL DELEGADO/A ELECTO

10.

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 29

11

11. PROGRAMACIÓN DE LAS NECESIDADES DE FORMACIÓN

Las necesidades de formación del profesorado y del personal de administración y servicios y

de atención educativa complementaria serán propuestas al equipo directivo por el equipo

técnico de coordinación pedagógica o por el departamento de formación, evaluación e

innovación educativa, según corresponda de acuerdo con lo recogido en los Decretos

328/2010 y 327/2010, ambos de 13 de julio. Las necesidades de formación del alumnado y de

las familias podrán ser propuestas por la comisión de convivencia y por las asociaciones del

alumnado y de padres y madres del alumnado legalmente constituidas en el centro, así como

por la Junta de delegados y delegadas del alumnado.

De las necesidades de formación que se determinen se dará traslado al correspondiente

centro del profesorado para su inclusión, en su caso, en el plan de actuación del mismo.

En tanto no se determine lo contrario se continuará con el plan de formación destinado al

alumnado ayudante del que participa además el profesorado las familias a través del AMPA.

12.LAS ESTRATEGIAS PARA REALIZAR LA DIFUSIÓN, EL SEGUIMIENTO Y LA EVALUACIÓN DEL PLAN

DE CONVIVENCIA EN EL MARCO DEL PROYECTO EDUCATIVO

El presente plan será publicado en la página web del centro y será dado a conocer tanto al

alumnado, en las tutorías, como al profesorado en los claustros y reuniones de padres y madres

así como en el Consejo Escolar. Su evaluación será llevada a cabo por el equipo directivo, el

departamento de Formación, Evaluación e Innovación y el Consejo Escolar.

10.

13. PROCEDIMIENTO PARA LA RECOGIDA DE LAS INCIDENCIAS EN MATERIA DE CONVIVENCIA

EN EL SISTEMA DE INFORMACIÓN SÉNECA

El registro de tales incidencias se llevará a cabo por la Jefatura de Estudios o profesorado que

la misma delegue a partir de la información recogida en los partes de amonestación. El plazo

máximo de su inclusión en el programa informático será de treinta días hábiles desde que se

produzcan dichas conductas.

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IES “Ramón del Valle-Inclán”. Plan de Convivencia Pág. 30

14. LEGISLACIÓN BÁSICA DE REFERENCIA.

DECRETO 327/2010, de 13 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los

Institutos de Educación Secundaria.

ORDEN de 20 de agosto de 2010, por la que se regula la organización y el funcionamiento

de los institutos de educación secundaria, así como el horario de los centros, del alumnado y

del profesorado.

ORDEN de 20 de junio de 2011, por la que se adoptan medidas para la promoción de la

convivencia en los centros docentes sostenidos con fondos públicos y se regula el derecho

de las familias a participar en el proceso educativo de sus hijos e hijas (BOJA 07-07-2011).