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Derecho de la Información 1

Informar desde el Ayuntamiento, una materia por desarrollar

Fernando Ramos Fernández

Profesor de Periodismo. Universidad de Vigo

Una experiencia común

La información municipal, la información de las cosas del Ayuntamiento tiene una

larga tradición en Espa a, tanto para bien como para mal. Quiero decir que tanto ha servido

para la práctica de un periodismo ramplón, aburrido y monótono, a veces chabacano y rutinario, como para el mero noticierismo oficial. Pero también es cierto que existen notables

ejemplos de periodistas con talento e imaginación que supieron extraer al frecuentemente

árido terreno consistorial argumentos de interés para elaborar crónicas vivaces, reportajes

ajenos a los tópicos acostumbrados y, en general, contenidos verdaderamente informativos,

interesantes y periodísticos.

Es raro encontrar hoy en día a un periodista veterano que haya ejercido su trabajo en un

diario local que no hubiera pasado alguna vez por la sección municipal, en alguna de sus

etapas; como obligado peaje iniciático o como recurrente apartadero cuando no sabe

buscársele mejor destino.

Realmente, informar sobre los frecuentemente tediosos plenos, seguir las peripecias de

las comisiones de gobierno, enterarse de los contenidos de las comisiones informativas,

cubrir las repetidas "ruedas de prensa" del alcalde o del concejal-delegado de turno son

misiones, a priori, aburridas y nada atractivas para quien sueña con escribir reportajes de

investigación (como si todo el verdadero periodismo no fuera precisamente, en gran medida, investigar algo), grandes crónicas de eventos relevantes o entrevistar un día sí y otro también

al presidente del gobierno o a cualquier otro personaje llamativo.

Existe una notable diferencia entre el periodismo municipal que se practica en las

grandes ciudades y las peque as capitales de provincia. Con frecuencia, en los primeros casos,

especialmente en Madrid o Barcelona, los asuntos más locales pueden quedar ahogados, en la prensa de ámbito nacional, por otros acontecimientos que interesan al conjunto del país. Es

"Informar desde el

Ayuntamiento, una materia por desarrollar" en Estudios de Periodística V. Pontevedra, Sociedad Española de Periodística, Servicio de Publicaciones de la Diputación. 238 páginas. Págs. 227 a 237. (ISBN: 84-98690-01-4)

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verdaderamente en eso que tan ridículamente llaman "provincias" los castizos, donde se

practica el mejor periodismo municipal, el seguimiento detenido de cuanto se solventa en el

ámbito de las Casas Consistoriales, un universo a veces inexplorable, cuando no se ha dotado

uno de los adecuados equipos e impedimentas para la descubierta.

Una selva administrativa

El Ayuntamiento es una selva administrativa peligrosa, poblada de expedientes,

resoluciones, silencios administrativos, y términos complejos diversos, interventores,

depositarios, secretarios, funcionarios de cuerpos nacionales y de cuerpos a extinguir,

personal de asesoramiento especial, concejales en situaciones diversas; comisiones para casi

todo, delegados del alcalde, empresas mixtas, informes preceptivos no vinculantes,

ordenanzas que nadie conoce, tenebrosos archivos, boletines, edictos, plazos que se agotan, y

otros cientos de expresiones, figuras jurídicas y situaciones más.

Y con repetida frecuencia, periódicos y emisoras lanzan al vacío, proyectan sobre este

"agujero negro", a periodistas o informadores sin contraste ni preparación necesaria para

enfrentarse a tan abrumador adversario, salvo un bloc y un bolígrafo o, en todo caso, un

inevitable magnetófono.

Lo primero que precisa conocer un periodista que va a cubrir la información municipal, antes de aventurarse a descubrir nuevos escándalos o irregularidades que le hagan famoso

ante sus vecinos, es enterarse qué es un Ayuntamiento y cómo funciona

El profesional que quiera moverse con seguridad y eficacia en este específico universo y descubrir nuevos y apasionantes contenidos informativos, diferentes de la rutina de las

notas oficiales y de las materias que interesa a los políticos de turno que trasciendan, ha de

conocer perfectamente el encuadre y las peculiaridades jurídico-administrativas de un

municipio. Si es esencial disponer de los contactos adecuados en los puestos convenientes, no

lo es menos poseer una visión de conjunto, precisa y detallada, de la estructura del todo y de

las funciones de cada parte.

Todo tenemos una idea de qué es un ayuntamiento y cómo funciona; el ámbito más

inmediato de nuestras vidas está plagado de relaciones con la administración municipal,

desde nuestra inscripción en el padrón de habitantes a la compra de un nicho en el cementerio

municipal. Pero la propia aridez del terreno administrativo, su peculiar lenguaje, nos

mantiene alejados de un conocimiento detallado de la más cercana administración al

ciudadano.

El periodista que informe del municipio debe procurarse, ante todo, los conocimientos

esenciales sobre las particularidades de ese mundo por el que pretende moverse como un

avezado viajero, descubriendo después sus fallos y disfunciones.

Y lo primero que tiene que saber es qué es y como está estructurada la Administración

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Local. Pero para llegar a este estadio, deberá adquirir un conocimiento preciso del conjunto

global de la Administración del Estado y las autonomías, en la que se inscribe aquélla.

El periodista asignado a la sección local que informa del Ayuntamiento no puede ser un

mero transcriptor de las siempre interesadas manifestaciones del alcalde o los concejales en

las mil ruedas de prensa a que será convocado, ni limitarse a reelaborar las notas de prensa

que le haga llegar el gabinete de la Alcaldía, y aún debería fiarse menos de los "soplos" o

"filtraciones" que le faciliten. La verdadera información diferenciada es la que cada uno

trabaja y elabora, eligiendo los temas y las materias a investigar, en todo caso, tomando como

pie o recurso de salida alguno de los elementos facilitados en la primera parte aquí citada.

Y para informar bien hay que conocer bien aquello de que se informa. Si un periodista

tiene titubeos, si confunde los términos, si desconoce la categoría y transcendencia jurídica de

cada acto administrativo, malamente será capaz de relatar, comentar y valorar aquello de lo que pretende dar cuenta. Además, tiene el deber de entender primero para hacerse entender

posteriormente por el ciudadano, vulgarizando y traduciendo al idioma que entienda el

público el frecuente criptolenguaje de la Administración.

Si el periodista confunde una ordenanza municipal con un edicto del alcalde, si no sabe

que las comisiones informativas no aprueban, sino que solamente dictaminan; si ignora que los informes técnicos son preceptivos, pero no vinculantes, a la hora de adoptar determinados

acuerdos, y otro sin fin de cosas mas, malamente podrá informar con precisión de cuanto en

el Ayuntamiento se solventa.

Así que, para hacer las cosas bien, el periodista debe empezar por procurarse un

conocimiento general sobre la realidad municipal de España. La Federación Española de

Municipios y Provincias u organismos especializados, como el Centre de Estudis Urbanistics,

Municipal i Territorials de la Generalitat de Catalu a, han publicado excelentes manuales de

divulgación sobre la materia que nos ocupa, y que cuya lectura debe completarse con la de

textos específicos, desde la Ley de Bases de Régimen Local a la legislación del Suelo, el

repertorio de legislación autonómica correspondiente, y las leyes y reglamentos que inciden

en los ámbitos propios de la actividad municipal.

En la siguiente etapa hemos de introducirnos en el conocimiento de la estructura

política del municipio: el alcalde, los concejales delegados, el pleno, el estatus de la

oposición, la comisión de gobierno, las comisiones informativas, y el funcionamiento,

funciones y competencias de cada uno de estos órganos.

En esa misma línea, deberá conocer cómo se articula la gestión municipal, el origen de

los recursos, los presupuestos, la diferencia entre tasas e impuestos; las variantes de la gestión

municipal, según los casos, las empresas mixtas (hoy frecuentísimas); la estructura

funcionarial, y las previsiones legales en orden a la esencial participación ciudadana y descentralización municipal, aspectos ambos esenciales.

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Es muy importante conocer cómo y en qué gasta el Ayuntamiento el dinero de todos y

desentrañar las cuentas municipales. Además de todo esto, el municipio presenta una serie de

perfiles tópicos que no deben ser tratados de manera rutinaria y monótona, sean los

inevitables problemas del tráfico, los mercados o el mundo del taxi.

El periodista que ha de informar del Ayuntamiento debe conocer los distritos en que se

divide la ciudad y disponer de una visión global de los problemas generales específicos de

cada uno de ellos. Ha de tener claras cuáles son las competencias, medios y funciones de la

Policía Local; disponer de todos los datos sobre los servicios sociales municipales y chequear

periódicamente todos los ámbitos donde puede palpitar una noticia de interés humano.

Por otro lado, ha de saber expurgar entre los cientos de informes que lleguen a sus

manos los datos de verdadero interés y aprender a comparar y cruzar las informaciones

descubriendo esos aspectos que, a simple vista, oculta la fría estadística. En suma, debe ir elaborando su propio banco de datos de los materiales informativos que vaya acopiando. El

buen periodista hace un seguimiento detenido de los temas que han quedado abiertos y repasa

periódicamente sus propios archivos descubriendo promesas incumplidas, proyectos no

materializados, inversiones pendientes, obras no consumadas.

Toda administración, por principio, tiende a intentar controlar la información que produce, pretende regularla, administrarla y dosificarla, evitando la crítica o los contenidos

que no le son favorables. La transparencia informativa sigue siendo una cuestión pendiente,

pese a la existencia de cada vez más gabinetes de la alcaldía, jefaturas de relaciones púb licas y asesores diversos. Pero su función no es, exactamente, informar al ciudadano y facilitarle el

conocimiento de la realidad municipal. Con frecuencia estos gabinetes atienden a sus propios

y exclusivos fines.

Una propuesta ejemplar

En este sentido, resulta ejemplar la propuesta del CEUMT (Centre d´Estudis

Urbanistics, Municipals i Territorials) de la Generalitat de Catalunya, para la creación de una

estructura informativa municipal1, cuando se ala:

1

Centre d´ Estudis Urbanistics, Municipals i Territorial, Manual de Informació Municipal, Barcelona, CEUMT, 1983, pág 234 y ss.

“Es función de los ayuntamientos facilitar la existencia de un sistema

comunicacional de ámbito local. No se trata simplemente de suministrar información

del Consistorio a los ciudadanos, sino que es necesario generar comunicación

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ascendente y descendente, y, por tanto, también de los ciudadanos hacia el

Consistorio y de los ciudadanos entre sí. La información municipal es un derecho de

los administrados, no un monopolio del poder”.

La referida institución catalana propone un modelo de estructura informativa

municipal, cuyas piezas esenciales son:

a) Concejal de información

b) Consejo Municipal de la información

c) Presupuesto

d) Administración y gestión de servicios

e) Imagen institucional

Asimismo, esa política de transparencia y participación informativa debe materializarse

a través de gabinetes de información (y no de propaganda), boletines escritos, emisoras municipales, sistemas de comunicación abierta y, en definitiva, todo cuanto facilite el acceso

a la información pública, sin olvidar ni desmerecer la función, humilde, pero efectiva, del

tradicional “pregonero” municipal, de tan sonoras resonancias en la España de siempre.

Para el Centre de Estudis catalán, la transparencia debe ser el principio básico de la

política de información municipal. El periodista que informa del Consistorio debe saber exigirla.

La propuesta aquí comentada sugiere la creación de figuras específicas, como la del

“concejal de la información”, es decir, un responsable político de la información, considerada como servicio. El asunto merece un análisis delicado. Ese concejal no puede convertirse

nunca en un comisario o en un administrador de la información. Por lo general, esta figura

suele ser asumida por el portavoz del grupo municipal respectivo y/o, en su caso, de la

comisión de Gobierno. La experiencia inclina a pensar que este tipo de portavoces tiende más

a facilitar únicamente aquellas noticias de interés para su grupo o partido, al margen de lo que

realmente convenga a los ciudadanos.

Más convincente parecería un verdadero “Consejo municipal de la información”, que

debería fijar los criterios de la comunicación municipal. Fijado ese criterio, debería ser

desarrollado por funcionarios profesionales; es decir, especialistas en comunicación

institucional. Tampoco en este sentido la experiencia resulta halagüeña. Los alcaldes son muy

celosos de sus prerrogativas y no aceptan fácilmente que nadie les imponga nada. Sus jefes

de gabinete administran celosamente las informaciones de su entorno y juegan con ellas,

según el caso, en función de su interés político inmediato.

En el estricto ámbito del planteamiento ideal, la existencia de un consejo, independiente

del alcalde, que fijara la política de información del Ayuntamiento, sería un modelo ideal,

siempre y cuando esa independencia estuviera garantizada por la existencia de un presupuesto propio, unos medios técnicos adecuados y un personal técnico cualificado y

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especializado, con una idea clara de su misión.

El Ayuntamiento debe disponer de un gabinete de comunicación formado por

profesionales que informen regularmente, sin cortapisas ni consignas serviles, de las cosas de

la ciudad, facilitando la labor a los periodistas especializados en información local. Por su

parte, estos gabinetes deben elaborar boletines de noticias, informes y todo tipo de

documentación regular, tanto estadística como de gestión del funcionamiento del consistorio.

En cuanto a la función de las emisoras municipales existe amplia controversia. Para

muchos, sencillamente, no deben existir, por entender que la oferta radiofónica está

suficientemente servida con las radios públicas diversas y la radio comercial. Otros entienden

que tiene su razón de ser en los municipios peque os, especialmente de ámbito rural, donde

suplen con eficacia la inexistencia de otros medios de comunicación de ámbito reducido. Hay

quienes estiman que, antes o después terminan convertidas en altavoces del alcalde de turno. Todo esto es cierto. Y, como siempre, habría que examinar cada caso. Por lo general, el

balance de las emisoras municipales en ámbitos concretos, como el mundo rural gallego, es

positivo. Constituyen una oferta radiofónica ágil y diferenciada, con contenidos imaginativos

y gran cantidad de servicios a los ciudadanos. Además, son un inagotable vivero de

profesionales, capaces de ser proyectados hacia otros escalones superiores en el mundo de la comunicación.

Una emisora local tiene la ventaja de que puede montarse con muy poco costo en una

depen dencia del municipio. Más problemática ha sido la experiencia de las televisiones locales, donde la gama de casos y situaciones rebasa ampliamente toda la casuística de las

radios municipales, por lo que la naturaleza del asunto merece un epígrafe aparte.

“Para hacer viable la comunicación en el ámbito local _se ala el CEUMT_ hay que huir

de las fórmulas de lenta burocracia municipal. Hay que terminar con el oscurantismo de la

Administración: todos los papeles han de ser públicos, cualquier ciudadano ha de poder verlo

todo, no ha de existir ningún secreto en el ámbito local. Ha de facilitarse la fotocopia de

cualquier documento que o expediente que se solicite”.2

Se ala el Centro de referencia catalán que todo lo que hace el Ayuntamiento se debe

transmitir a los ciudadanos, pero que los diversos departamentos no deben seguir pautas

diversas, sino que se precisa una coordinación, un estilo, una imagen institucional. En este

sentido, el remedio ha sido peor que la enfermedad en no pocos casos. Ocurrió, a modo de

negativo ejemplo en un Ayuntamiento gallego, en el que sustituyeron la heráldica oficial de

la ciudad, de abolengo y enorme noble, por un logotipo corporativo, confundiendo ambas

cosas. Pasó algún tiempo hasta que cayeron en la cuenta del enorme ridículo que suponía tal

situación.

Se trata de dos planos que deben ser cuidadosamente separados: una cosa es la heráldica y las tradiciones municipales (pendón de la ciudad, maceros y reposteros, símbolos

2

Ibídem.

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Derecho de la Información 7

y escudos) y otra cosa distinta la marca funcional que identifique a los servicios o

dependencias municipales. Y cada cosa debe tener su lugar y su sitio.

El principio de legalidad

Al margen de cuanto hasta aquí se ha dicho, y del planteamiento ideal que nos propone

la institución catalana, la realidad demuestra la repetida existencia de tensiones entre los

informadores de las cuestiones públicas y los políticos. Solamente cuando el periodista

conoce bien el terreno que pisa y está adecuadamente pertrechado de la munición adecuada

se puede aventurar en este peligroso bosque.

Debe saber el periodista municipal que en en ámbito de la Administración pública

opera el principio quae non sutn permissae prohibita inteliguntur; es decir, lo que no está

permitido ha de entenderse prohibido. Como se ala el profesor García de Enterría3 “que toda

acción administrativa concreta, si quiere tenerse la certeza de que se trata de una válida

acción administrativa, ha de ser examinada desde el punto de vista de su relación con el

orden jurídico; y sólo en la medida en que pueda ser referida a un precepto jurídico, o

partiendo del principio jurídico se pueda derivar de él, puede tenerse como una acción

administrativa válida....”

Los periodistas que informan del ámbito municipal son excepcionales testigos, colocados en primera fila del foro, para vigilar que ese inexorable principio de legalidad,

referido a los actos de la Administración se cumpla. Pero para ser u n observador eficaz y

atento hay que ser un observador bien formado, que conozca los instrumentos legales que desenvuelven el día a día de la vida local. Solamente así se podrá informar con precisión,

calidad técnica y eficacia. Sólo así se hará periodismo municipal.

3

GARCÍA DE ENTERRÍA, Eduardo, Curso de Derecho Administrativo I,Madrid, Civitas, 1990, pág.440.