paridad en méxico 2014 / primera circunscripción plurinominal
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PARIDADen México
Eje fundamental de la Reforma Política
Mtra. Blanca Olivia Peña MolinaV Reunión de Magistradas y Magistrados Electorales
PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINALLos Cabos, BCS 9 de Mayo de 2014
Proceso histórico adquisición de derechos políticos de las mujeres
DERECHO A VOTAR Y SER
ELECTA
DERECHO INCLUSIÓN
PRINCIPIO DE EQUIDAD / CUOTA
DE GÉNERO
DERECHO PRINCIPIO DE
IGUALDAD SUSTANTIVA / PARIDAD DE
GÉNERO
El principio de igualdad y no
discriminación en es una norma de orden público nacional e
internacional que no admite pacto en
contrario.
Igualdad y no discriminación
PROGRESIVIDAD protección y garantía de los Derechos Humanos
Principio de Igualdad
Igualdad Formal o de jure
Iguala las diferencias entre
los sujetos de derechos
EquidadDiscriminación
positiva
Reconoce las diferencias entre los sujetos de derechos
Igualdad sustantiva o de
facto, real
Reconoce las diferencias y amplía garantía protección
impacto real
Equivalencia humana
No discriminación.Reconoce las diferencias
1. Igualdad de oportunidades2. Igualdad de trato3. Igualdad de resultados
El Ejecutivo Federal promulgó una nueva reforma Constitucional en materia político-electoral que contempla la exigencia de elaborar una LEY GENERAL DE PARTIDOS POLÍTICOS que regule sus atribuciones y obligaciones, dentro de las cuales deberá establecerse: “… las reglas para garantizar la PARIDAD ENTRE GÉNEROS en candidaturas a legisladores federales y locales, así como las sanciones que deban imponerse por el incumplimiento de sus obligaciones.” (Senado de la República 2013: 51).
REFORMA CONSTITUCIONAL31 Enero 2014
Escenario actual = ELABORACIÓN DE LEYES SECUNDARIAS
Iniciativa reforma al COFIPE (Octubre 2013)
Reforma Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (Enero 2014)
Formulación y aprobación de leyes secundarias de reforma político-electoral
(en proceso)
Proceso de reforma de leyes/códigos electorales de entidades federativas
(agenda pendiente)
NUEVO MARCO REGULATORIO EN MATERIA ELECTORAL ÁMBITO FEDERAL Y NACIONAL
Partidos Políticos Cuota / Paridad
Partido Acción Nacional Recomendación paridad
Partido Revolucionario Institucional
Paridad
Partido de la Revolución Democrática Paridad
Partido del Trabajo Cuota 60/40
Partido Verde Ecologista de México
Cuota 70/30
Partido Movimiento Ciudadano
Cuota 60/40
Partido Nueva Alianza Recomendación
CUOTAS VOLUNTARIAS en Estatutos de Partidos políticos
Iniciativas leyes secundariasPAN, PRI-PVEM, PRD
PAN
Métodos selección deberán
determinar criterios objetivos garantía igualdad
género candidaturas.
Inadmisibles criterios
asignar a un género
distritos perdedores.
PRI-PVEM
Definir criterios aplicación recursos
capacitación, promoción y
desarrollo liderazgo político de las
mujeres.
INE y OPL facultados para
rechazar registro candidaturas
excedan paridad de género.
PRD
De 5 CP al menos dos en primera fórmula deberá
asignarse a un género distinto a otras tres.
Paridad en distritos ganadores o con 5
puntos porcentuales de diferencia (Federal y
locales).
No más de 16 candidaturas MR de un
mismo género al Senado.
MÉTODOS SELECCIÓN DE CANDIDATURAS¿qué dicen los estatutos de los partidos políticos?
1. Los estatutos prevén de manera muy general, la posibilidad de realizar elecciones primarias (sean abiertas a la ciudadanía o cerradas para afiliados y militantes).
2. Todos hablan de la necesidad de promover la participación de la mujer en los institutos políticos, pero pocos han adoptado disposiciones vinculantes en relación con las cuotas de género.
3. En ninguno de los estatutos de los siete partidos se define lo que deberá entenderse por procedimiento democrático para la selección de sus candidatos.
4. Sólo en caso de prever elecciones internas, se limitan a mencionar el procedimiento; en otros casos, remiten a los reglamentos o convocatorias que se expiden exclusivamente para los procesos electorales próximos a realizarse.
Cronología cuota de género en el COFIPE
1993Recomenda
ción
1996Recomenda
ción postular 30% sin
sanciones
2002Cuota 30% MR y RP,
alternancia género listas y
sanciones.
2008Cuota 40%
ambos principios, alternancia
género listas x tramos
sanciones.
Quedan exceptuadas de esta disposición las candidaturas de mayoría relativa que sean resultado de un proceso de elección democrático, conforme a los estatutos de cada
partido.” (COFIPE 2008: 171).
LA PARIDAD EN AMÉRICA LATINA¿Qué lugar ocupa México en el contexto latinoamericano?
PARIDAD en el ámbito internacional
País AñoFRANCIA 2000BÉLGICA 2002ESPAÑA 2007
SENEGAL 2010TÚNEZ 2011
País AL AñoECUADOR 2008BOLIVIA 2009/2010COSTA RICA 2009NICARAGUA 2012HONDURAS 2012PANAMÁ 2012MÉXICO 2014
En América Latina 38% de los países
adoptaron principio de PARIDAD
Diseño Paridad en Países de América Latina
• En todos los países la paridad es OBLIGATORIA (excepto Panamá)OBLIGATORIA
• Todos los países contemplan SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO (excepción Panamá y Nicaragua)
SANCIÓN
• Todos los países aplican paridad en gobiernos subnacionales (excepción Panamá)
GOBIERNOS SUBNACIONALES
• Bolivia, Costa Rica, Nicaragua y México partidos contemplan cuotas voluntarias
CUOTAS VOLUNTARIAS
• Bolivia, Costa Rica, Ecuador, Honduras y México poseen estándar más elevado cumplimiento principio de PARIDAD.
GARANTÍA
PARIDAD Y CUOTA EN GOBIERNOS SUBNACIONALES MEXICANOS
Del gradualismo de la cuota a la paridad
Alejandro Luna Ramos, Presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación; LIX Aniversario del Sufragio Femenino en México.
“La diversidad de las leyes, la cultura política y el desarrollo institucional no permiten que el principio de equidad se consolide en las contiendas electorales a lo largo y ancho del país. Si bien el federalismo alienta la diversidad de las entidades federativas, ello no debe significar diferencias en el disfrute de los derechos fundamentales.”
Entidades federativas con paridad o cuota en México
PARIDAD CUOTA 60/40
CUOTA 70/30
CUOTA 72/25
SIN CUOTA
Se-ries1
13 12 5 1 1
1
3
5
7
9
11
13
1. Baja California Sur
2. Campeche3. Chiapas4. Chihuahua5. Coahuila6. Colima7. Guerrero8. Morelos9. Nayarit10.Puebla11.San Luis Potosí12.Sonora13.Tlaxcala
• 40 % leyes electorales incluyen PARIDAD
• 8 leyes x MR y RP
Porcentaje de DIPUTADAS ELECTAS CONGRESOS LOCALES 2012 - 2013
2012
2013
5.00% 15.00% 25.00% 35.00% 45.00% 55.00% 65.00% 75.00%2012 2013
Diputados 0.76 0.73
Diputadas 0.24 0.27
PROMEDIO NACIONAL 27 %Por debajo de porcentaje 30 % MASA CRÍTICA
Número de leyes electorales que aplican paridad o cuota
candidaturas cargos edilicios AYUNTAMIENTOS
PARIDAD 40 por ciento 30 por ciento No define
Series1 10 13 6 3
1
3
5
7
9
11
13
Entidades federativas que NO DEFINEN son: Durango, Guanajuato y Guerrero
Porcentaje de mujeres en AYUNTAMIENTOS2007 a 2012
Año 2007 Año 2008 Año 2009 Año 2010 Año 2011 Año 2012
PRES-IDENTAS
4.6 5.3 5.3 6.3 6.4 7
SÍNDICAS
13 15.8 15.6 18.7 26.8 28
REGIDO-RAS
27.6 29.5 31.8 32.6 38.5 36.9
2.512.522.532.5
Porc
enta
je %
Fuente: INMUJERES/INEGI (2013); Mujeres y Hombres en México 2012, México; página 141.Diferencias porcentuales dato base 2007 dato cálculo 2012.
Promedio porcentual de diputadas electas según PARIDAD o CUOTA
PROMEDIO CUOTA 70/30 o menos
PROMEDIO CUOTA 60/40
PROMEDIO 50/50
PROMEDIO NACIONAL
2.5 7.5 12.5 17.5 22.5 27.5 32.5PROME-
DIO CUOTA 70/30 o menos
PROME-DIO
CUOTA 60/40
PROME-DIO
50/50
PROME-DIO NA-CIONAL
Se-ries1
22.8 30.2 27.4 26.6
Principal obstáculo: EXENCIÓN POR MÉTODO ELECCIÓN DEMOCRÁTICO DE CANDIDATURAS
PRINCIPAL OBSTÁCULO PARA LA APLICACIÓN DEL
PRINCIPIO DE PARIDAD O CUOTA
EXENTAR A LOS PARTIDOS O COALICIONES CUANDO
ACREDITEN APLICACIÓN DE MÉTODO DEMOCRÁTICO
DE SELECCIÓN DE CANDIDATURAS
(consulta directa o voto universal) de acuerdo a lo
que estipulan sus estatutos internos.
NÚMERO DE LEYES CON CLÁUSULA DE EXCEPCIÓN POR MÉTODO SELECCIÓN DE CANDIDATURAS / PRINCIPIOS DE MR , RP y Ayuntamientos
Aplica No aplica No define
Mayoría Relativa 26 4 2
Representación Proporcional 8 22 2
Ayuntamientos 23 9 0
2.5
7.5
12.5
17.5
22.5
27.5
Del gradualismo de la CUOTA a la PARIDAD
Heterogeneidad en el tipo de acciones afirmativas y diseño aplicación tienen impacto POSITIVO pero RELATIVO en el número de mujeres electas.
Las cuotas de género aplicables a cargos en congresos locales, no producen los mismos efectos que en cargos edilicios ayuntamientos.
Los factores de DISEÑO que elevan la GARANTÍA y EFECTIVIDAD de las acciones afirmativas son: aplique por ambos principios, suplencia mismo
género, mandato de posición y alternancia de género listas de RP, sanción por incumplimiento.
OBSTÁCULOS de diseño: fórmula asignación de diputaciones plurinominales (‘mejor perdedor’, combinación ‘mejor perdedor + orden de lista, otros) y
EXCEPCIÓN por MÉTODO SELECCIÓN DE CANDIDATURAS.
PRIMERA CIRCUNSCRIPCIÓN PLURINOMINAL
Paridad y cuota
Paridad o cuota PCP
ENTIDAD FEDERATIVA PARIDAD o CUOTA
MR RP
AYUNTAMIE
NTO
BAJA CALIFORNIA Cuota 40% 40% 40%
BAJA CALIFORNIA SUR Paridad 50% NA 50%
CHIHUAHUA Paridad 50% 50% 50%
DURANGO Cuota 30% 30% ND
JALISCO Cuota NA 30% 30%
NAYARIT Cuota/Paridad 40% 50% 40%
SINALOA Cuota 40% 40% 40%
SONORA Paridad 50% 50% 50%
Reformas 2009 - 2014ENTIDAD FEDERATIVA 2009 2014
BAJA CALIFORNIA Sin cuotaCuota 40% (MR, RP y
Ayuntamientos)
BAJA CALIFORNIA SURCuota 33% (MR y Ayuntamientos) Paridad (MR y Ayuntamientos)
CHIHUAHUACuota 30%(MR, RP y
Ayuntamientos)Paridad (MR,RP y Ayuntamientos)
DURANGO Cuota 30% (MR y RP) Cuota 30% (MR y RP)
JALISCOCuota 30% (RP y Ayuntamientos)
Cuota 30% (RP y Ayuntamientos)
NAYARIT Recomendación
Cuota 40% (MR y Ayuntamientos
Paridad (RP)
SINALOA Cuota 40% (RP)Cuota 40% (MR, RP y
Ayuntamientos)
SONORA Paridad Paridad
Porcentaje Diputadas electas en la PCP
BC BC Sur CHI-HUAHUA
DURANGO JALISCO NAYARIT SINALOA SONORA PROMEDIO PCP
PROMEDIO NACIONAL
Series1 32 33.3 42.4 16.6 23 23.3 32.5 21.2 28.03 26.6
2.5
7.5
12.5
17.5
22.5
27.5
32.5
37.5
42.5
Masa CríticaDiputadas electas PCP
Tipo de grupo
Sesgado Inclinado Muy inclinado Balanceado
Rango porcentual
Asimetría entre
hombres y mujeres
(11 a 20%)
De pequeña minoría a minoría
significativa (21 a 30%)
De minoría pequeña a gran
minoría (31 a 40%)
Equilibrio entre
hombres y mujeres (41
a 50%)
Entidades federativas
Durango (16%)
Jalisco (23%)Nayarit (23%)Sonora (21%)
Baja California (32%)Baja California Sur (33%)Sinaloa (32%)
Chihuahua (42%)
Promedio PCP = 28 %Promedio Nacional = 26 %
Excepción por método selección candidaturas PCP
Entidad Umbral Excepciones aplicación principio de paridad
Baja California 40% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones MR y RP
Baja California Sur
50% (MR) NO APLICA EXCEPCIÓN por método selección candidaturas diputaciones MR y planillas ayuntamientos.
Chihuahua 50% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas MR, RP y ayuntamiento resultado consulta directa.
Durango 40% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones MRNO APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones RP
Jalisco 30% (RP y Ayunta.)
NO APLICA EXCEPCIÓN por método selección de candidaturas
Nayarit 50% RP40%
MR/Ayunta
APLICA EXCEPCIÓN por método voto universal de militantes o simpatizantes.
Sinaloa 40% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas diputaciones de MR
Sonora 50% APLICA EXCEPCIÓN candidaturas MR y ayuntamiento resultado consulta directa.