pap (presupuesto analítico de personal)

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PRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONAL El Presupuesto analítico de Personal – PAP es el documento de gestión institucional interno, en el cual se considera el presupuesto que corresponde a la realización de los servicios específicos que va a desempeñar el personal permanente como eventual, en base a la disponibilidad presupuestal que se ha asignado para estos efectos. El Presupuesto Analítico de Personal – PAP es el documento en el cual se considera el presupuesto para los servicios específicos del personal permanente y del eventual, en función de la disponibilidad presupuestal y el cumplimiento de las metas de los subprogramas, actividades y/o proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente definidos en la estructura programática, teniendo en cuenta los CAP y lo dispuesto por las normas de austeridad en vigencia. Es un documento de Gestión Institucional, que refleja en términos presupuestarios y financieros el gasto global que representa contar con determinada cantidad y calidad de servidores públicos. LOS PAP SE UTILIZAN: En la etapa de formulación del presupuesto de la entidad, para conciliar con la respectiva

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Page 1: PAP (Presupuesto Analítico de Personal)

PRESUPUESTO ANALITICO DE PERSONAL

El Presupuesto analítico de Personal – PAP es el documento de gestión

institucional interno, en el cual se considera el presupuesto que

corresponde a la realización de los servicios específicos que va a

desempeñar el personal permanente como eventual, en base a la

disponibilidad presupuestal que se ha asignado para estos efectos.

El Presupuesto Analítico de Personal – PAP es el documento en el cual

se considera el presupuesto para los servicios específicos del personal

permanente y del eventual, en función de la disponibilidad presupuestal

y el cumplimiento de las metas de los subprogramas, actividades y/o

proyectos de cada Programa Presupuestario, previamente definidos en

la estructura programática, teniendo en cuenta los CAP y lo dispuesto

por las normas de austeridad en vigencia.

Es un documento de Gestión Institucional, que refleja en términos

presupuestarios y financieros el gasto global que representa contar con

determinada cantidad y calidad de servidores públicos.

LOS PAP SE UTILIZAN:

En la etapa de formulación del presupuesto de la entidad, para conciliar

con la respectiva disponibilidad presupuestal; los montos requeridos

para las asignaciones específicas.

En la etapa de elaboración del proyecto de presupuesto de la entidad a

nivel de programa y pliego, para la consolidación correspondiente.

En la etapa de ejecución del presupuesto aprobado de la entidad como documento base para efectuar procesos técnicos de personal, como nombramientos, ascensos, reasignaciones y otros, así como para efectuar modificaciones del propio PAP a nivel de programa, subprogramas, actividad y/o proyecto, según el caso.

Como base indispensable para la formulación de la Planilla Única de Pagos, PUP, la que debe ajustarse al correspondiente PAP.

Page 2: PAP (Presupuesto Analítico de Personal)

LINEAMIENTOS PARA SU FORMULACION

Personal a ser considerado:

- Empleado Nombrado

- Empleado Eventual

- Obrero Permanente

- Obrero Eventual

Utilidad del Presupuesto Analítico de Personal:

- En la etapa de formulación de presupuesto.

- En la etapa de ejecución de presupuesto.

- En la etapa de proyecto de presupuesto.

- Es la base donde se sustenta la planilla de pago de remuneraciones.

- Sirve como fuente informativa para datos del gasto público.

Modificaciones del PAP:

Se pueden realizar modificaciones sin exceder el monto presupuestal

asignado.

Asignación de plazas.

Se puede asignar en plazas vacantes a nuevos trabajadores ya los

propios trabajadores de la entidad, siempre que se lleven a cabo los

procesos técnicos que permite nombramiento, si la ley de presupuesto lo

permite.

Prohibición de efectuar recategorización

La recategorización consiste en otorgar de manera indebida una

categoría remunerativa y jerarquía superior al que ostentaba en el PAP

vigente

VIGENCIA DEL PAP

Tiene una vigencia concordante con la Ley de Presupuesto, quiere decir que

deberá renovarse de manera anual o cuando se produzca variaciones en el

Reglamento de Organización y Funciones y Cuadro para Asignación de

Personal.

Page 3: PAP (Presupuesto Analítico de Personal)

FORMULACION DEL PAP

Se formula utilizando dos (2) formularios:

Formulario detalle:

Incluye personal empleado nombrado, empleado contratado permanente

y eventual, como al obrero permanente y eventual y, contiene la

distribución de cargos, plazas y remuneraciones; se sigue el orden de la

estructura orgánica que está fijado en el CAP.

Formulario Resumen:

En este se consolida las plazas distribuidas en el formulario detalle

considerando los montos adicionales que se requieren para cubrir

posibles eventualidades. Este formulario se modifica previa autorización

de tipo legal.

TRATAMIENTOS DE PLAZAS DEL PAP

Plazas del Periodo Previo

Las plazas del ejercicio anterior, denominadas periodo previo, se

consideran como presupuestadas en el nuevo PAP, denominada periodo

propuesto, manteniendo las mismas remuneraciones.

Modificación de Plaza sin alterar el Presupuesto

Acción que se realiza teniendo en consideración las disposiciones

vigentes, concordantes con los cargos existentes en el CAP y la

disponibilidad presupuestal debidamente aprobado.

Denominación de la Plaza

Similares a los aprobados en el CAP.

Remuneraciones a ser consideradas Se consideran de las plazas del periodo previo, excepto las plazas reconvertidas, que en el ejercicio previo se encontraban en condición de vacantes.

Vigencia de remuneraciones por contrato eventual

Page 4: PAP (Presupuesto Analítico de Personal)

Se tiene en cuenta la vigencia del contrato, la necesidad del servicio, se debe preveer futuras contrataciones con la misma o diferente persona.

APROBACION DEL PAP

Será aprobado mediante Resolución del titular de la institución.

La aprobación considera los formularios detalle y resumen.

El formulario detalle es pasible de modificación por que concuerda con

las necesidades de la institución.

El formulario resumen se modifican por ley expresa ya que los montos

contenidos tienen relación directa con el Presupuesto Institucional

Aprobado.

Las Oficinas de Personal son las encargadas de formular el proyecto del

PAP, el titular lo revisa y aprueba.

El PAP y la resolución que lo aprueba debe hacerse de conocimiento a

las instancias respectivas.

La cobertura de plazas vacantes deben realizarse cuando se cuente con

el PAP debidamente aprobado

MODIFICACION DEL PAP

Cuando se modifica la estructura orgánica del ROF y afecte al CAP.

Cuando existe variación del monto de las remuneraciones básicas o

principales, generadas por normas de categorización.

Cuando se realice supresión, fusión, modificación o reconversión de

plazas vacantes debidamente autorizadas.

Page 5: PAP (Presupuesto Analítico de Personal)

LEY GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE PRESUPUESTO - LEY Nº

28411

DISPOSICIONES TRANSITORIAS

SEGUNDA.- Presupuesto Analítico de Personal en la administración pública.

1. La Entidad, mediante la Resolución de su Titular, aprueba las

propuestas de modificaciones al Presupuesto Analítico de Personal –

PAP previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que

haga sus veces en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal.

2. La cobertura de plazas, bajo cualquier forma o modalidad contractual

laboral, prevista en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, se

autoriza previa opinión favorable de la Oficina de Presupuesto o la que

haga sus veces y, en su caso, de la unidad ejecutora respectiva, que

garantice la existencia de los fondos públicos en el Grupo Genérico de

Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones sociales, para el

período que dure el contrato y la relación laboral. Las acciones que

contravengan lo establecido en el presente numeral devienen en nulas,

sin perjuicio de la responsabilidad del Titular de la Entidad, así como del

funcionario que aprobó tal acción.

3. Plaza presupuestada es el cargo contemplado en el Cuadro para

Asignación de Personal (CAP) que cuente con el financiamiento

debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo

Genérico de Gasto vinculado al concepto de personal y obligaciones

sociales, conforme al Presupuesto Analítico de Personal (PAP) de la

Entidad.

Page 6: PAP (Presupuesto Analítico de Personal)

TERCERA.- En la Administración Pública, en materia de gestión de personal,

se tomará en cuenta lo siguiente:

a) El ingreso de personal sólo se efectúa cuando se cuenta con la plaza presupuestada. Las acciones que contravengan el presente numeral serán nulas de pleno derecho, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario de la Entidad que autorizó tales actos, así como de su Titular.

b) Queda prohibida la recategorización y/o modificación de plazas, que se orienten al incremento de remuneraciones, por efecto de la modificación del Cuadro para Asignación de Personal – CAP y/o del Presupuesto Analítico de Personal – PAP. El incumplimiento de lo dispuesto en el presente literal genera la nulidad de la acción de personal efectuada, sin perjuicio de la responsabilidad del funcionario de la Entidad, así como de su Titular.

c) La planilla única de pago sólo puede ser afectada por los descuentos establecidos por Ley, por mandato judicial, y otros conceptos aceptados por el servidor o cesante y con visación del Director General de Administración o del que haga sus veces.

d) El pago de remuneraciones sólo corresponde como contraprestación por el trabajo efectivamente realizado, quedando prohibido, salvo disposición de Ley expresa en contrario o por aplicación de licencia con goce de haber de acuerdo a la normatividad vigente, el pago de remuneraciones por días no laborados. Asimismo, queda prohibido autorizar o efectuar adelantos con cargo a remuneraciones, bonificaciones, pensiones o por compensación por tiempo de servicios.

e) El pago del personal activo y cesante debe considerar únicamente a sus funcionarios, servidores así como a pensionistas registrados nominalmente en la Planilla Única de Pagos – PUP.

f) La incorporación paulatina en los Cuadros para Asignación de Personal – CAP y/o en el Presupuesto Analítico de Personal – PAP, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público, de los trabajadores que vienen ejerciendo labores de carácter permanente y propio de la Entidad, bajo la modalidad de contratados o de servicios no personales.