orientación al votante 2015: centro de formación cívica + centro de asuntos electorales

35
www.construyendociudadania.com Charla de Orientación al Votante 2015

Upload: prensa-ciudadania

Post on 12-Aug-2015

793 views

Category:

Education


2 download

TRANSCRIPT

www.construyendociudadania.com

Charla de Orientación al Votante 2015

www.construyendociudadania.com

¿Qué es el Voto?https://www.youtube.com/watch?v=YyXMNt7hlGs

Fuente: Canal Encuentro

www.construyendociudadania.com

Nuestro Sistema Electoralhttps://www.youtube.com/watch?v=e36PW8prTwM

Fuente: Canal Encuentro

www.construyendociudadania.com

El Poder Legislativohttps://www.youtube.com/watch?v=mN0ESu1Up7Y

Fuente: Canal Encuentro

www.construyendociudadania.com

El Poder Ejecutivohttps://www.youtube.com/watch?v=1s5-NG3LXNM

Fuente: Canal Encuentro

www.construyendociudadania.com

Cronograma Electoral

10 de Julio de 2015: Publicación de Padrones definitivos

9 de Agosto de 2015: P.A.S.O. Nacional

25 de octubre. Elección Presidencial y a gobernador en 11 provincias

22 de noviembre. Eventual balotaje nacional

www.construyendociudadania.com

¿Qué son las Elecciones Primarias y cuándo se celebran?

El próximo 9 de agosto de 2015 se celebrarán Elecciones Primarias en todo el país, entre las 8 y las 18 hs. Las Elecciones Primarias son un método de selección de candidaturas

Es decir, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en la elección general, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.

www.construyendociudadania.com

¿Qué se vota en las Elecciones Primarias? En las Elecciones Primarias del próximo 9 de agosto, los electores votarán listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales:

• 1 Presidente y Vicepresidente de la Nación • 19 Parlamentarios del Mercosur (Distrito Nacional) • 24 Senadores Nacionales, en las provincias de Catamarca, Córdoba, Corrientes, Chubut, La Pampa, Mendoza, Santa Fe y Tucumán. • 130 Diputados Nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. • 24 Parlamentarios del Mercosur (Distrito Regional). A razón de 1 por provincia y 1 por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

www.construyendociudadania.com

¿Quiénes votan en las Elecciones Primarias?Todos los argentinos que tengan 16 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las Elecciones Primarias.

Esto significa que quienes tengan 15 años y cumplan los 16 hasta el mismo 25 de octubre de 2015, también serán incluidos en el padrón y estarán habilitados a votar en las Primarias.

Es importante tener en cuenta que, para poder ejercer este derecho, los jóvenes que votarán por primera vez en las Elecciones 2015, deben haber renovado el Documento Nacional de Identidad con anterioridad al 28 de abril de 2015

www.construyendociudadania.com

¿Quiénes están exentos de la obligación de votar? • Los electores menores de 18 y mayores de 70 años cumplidos al día de la elección nacional. • Los jueces y sus auxiliares que el día de la elección estén afectados a los comicios. • Los que el día de la elección se encuentren a más de 500 km de distancia del lugar donde deban votar y justifiquen que el alejamiento obedece a motivos razonables. • Los enfermos o imposibilitados por fuerza mayor, suficientemente comprobada, que les impida asistir al acto electoral. • El personal de organismos o empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento deban realizar tareas que le impidan asistir al comicio durante su desarrollo.

www.construyendociudadania.com

¿Las P.A.S.O. son obligatorias para quienes no están afiliados a ningún partido político?

Sí, las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los electores que figuren en el padrón, se encuentren o no afiliados a algún partido político

www.construyendociudadania.com

¿Dónde se vota y cuándo puedo saber la mesa en la que voto?

Como en todos los comicios, en las Elecciones Primarias del próximo 9 de agosto, se vota en los establecimientos habilitados por la Justicia Nacional Electoral

www.construyendociudadania.com

¿Cuándo y dónde puedo consultar si estoy inscripto correctamente en el padrón electoral nacional?

Desde el 8 al 23 de mayo cada elector puede chequear la correcta inscripción de sus datos en los padrones provisionales y desde el 10 de julio, los padrones definitivos en:

www.padron.gob.ar

-Líneas gratuitas: 0800-999-PADRON (7237)

-Desde el teléfono celular, enviando un mensaje de texto al 64646, ingresando la palabra VOTO (espacio) y el número de DNI seguido de la letra M o F según el sexo del elector.

www.construyendociudadania.com

¿CUÁLES SON LOS DOCUMENTOS VÁLIDOS PARA VOTAR EN ESTAS ELECCIONES 2015?

La Libreta de Enrolamiento, la Libreta Cívica y el Documento Nacional de Identidad (D.N.I.), en cualquiera de sus formatos son documentos habilitantes para votar.

PARA VOTAR, ES NECESARIO PRESENTAR EL DOCUMENTO CÍVICO QUE FIGURA EN EL PADRÓN O

UNA VERSIÓN POSTERIOR

www.construyendociudadania.com

¿Cómo se vota en las Primarias?En cada categoría de cargos, el elector debe optar por una sola lista de precandidatos.

www.construyendociudadania.com

Recuerde que NO se sella más el documento cívico del elector.En su lugar, el Presidente de Mesa firmará y le entregará al votante como constancia de

emisión de voto un troquel individual e intransferible.En el mismo acto, el Presidente de Mesa le reintegrará al votante su documento cívico.

www.construyendociudadania.com

Una vez que haya emitido su voto, el elector deberá firmar el padrón de mesa en el lugar que está previsto para ello.

www.construyendociudadania.com

¿Qué sucede si pierdo la constancia de emisión de voto?

El elector que, habiendo sufragado, haya perdido la constancia de emisión de voto y figure en el Registro de Infractores al Deber de Votar, deberá reclamar ante la Justicia Nacional Electoral y requerir que se verifique su firma en el padrón de la mesa en la que votó. Este reclamo podrá hacerse por internet o personalmente, en la Cámara Nacional Electoral o en la Secretaría Electoral del Juzgado Federal con competencia electoral correspondiente al domicilio del votante

www.construyendociudadania.com

Carácter del sufragio o votoEl voto en Argentina tiene las siguientes características: es universal, igual, secreto libre y obligatorio:

-Universal. Significa que el voto de todas las personas tiene el mismo valor. -Secreto. El voto es emitido en ciertas condiciones que impiden conocer en qué sentido ha votado cada elector y nadie puede ser compelido antes o después del acto electoral a revelar su voto.-Libre. El elector no puede ser forzado por nadie y de ninguna manera a votar a favor o en contra de alguna agrupación política o candidatura. -Obligatorio. Todo elector habilitado está obligado a votar.

www.construyendociudadania.com

Ninguna autoridad podrá enviar a prisión al elector desde las 24 horas antes de la elección hasta la clausura del comicio, salvo en caso de delito o cuando existiera orden dada por un juez competente. No se le estorbará en el tránsito a ningún elector desde su domicilio hasta el lugar de votación, ni podrá ser molestado en el desempeño de sus funciones.

Inmunidad del elector:

www.construyendociudadania.com

¿Si no voté en las elecciones primarias, puedo votar en las elecciones generales?

Si, puede votar en las elecciones generales, sin embargo deberá justificar la no emisión del voto en las primarias

Consultar:Registro de Infractores al Deber de Votar

http://infractores.padron.gov.ar/

www.construyendociudadania.com

¿Pueden votar los extranjeros en las elecciones nacionales?

No, no podrán votar en las elecciones para cargos nacionales.

www.construyendociudadania.com

¿Puede votar si no aparece su foto en el padrón?

Si, ya que solamente constarán las fotografías de aquellos electores mayores de edad que hayan tramitado un nuevo ejemplar de su DNI y que dicha situación se haya

comunicado a la Cámara Nacional Electoral con anterioridad al 28 de abril de 2015, fecha de cierre del padrón provisorio

www.construyendociudadania.com

¿Puede votar si no aparece su foto en el padrón?

Si, ya que solamente constarán las fotografías de aquellos electores mayores de edad que hayan tramitado un nuevo ejemplar de su DNI y que dicha situación se haya

comunicado a la Cámara Nacional Electoral con anterioridad al 28 de abril de 2015, fecha de cierre del padrón provisorio

www.construyendociudadania.com

¿Por qué aunque tengo 16 años no figuro en el padrón?

Porque no realizó la actualización de los datos identificatorios obligatoria a partir de los 14 años antes del 28 de abril de 2015, fecha de cierre del padrón provisorio, o porque la

información no fue remitida por el Registro Nacional de las Personas a la Cámara Nacional Electoral para su inclusión. En caso de que la persona hubiese efectuado la actualización de su documento de identidad a los 14 años (anteriormente prevista a

partir de los 16 años), podrá reclamar a la justicia nacional electoral su inclusión en el padrón, en los plazos que establece el Código Electoral Nacional

www.construyendociudadania.com

¿A qué hora abre y cierra el acto electoral?

Las elecciones comienzan a las 8:00 y cierran a las 18:00 horas.Si hubiera electores en la fila de la mesa esperando para emitir el sufragio el presidente de mesa debe continuar recibiendo los votos hasta que el último de la fila haya votado.

El escrutinio de mesa no podrá comenzar, en ningún caso, antes de las 18 horas, aun cuando hubiera votado la totalidad de los electores del padrón de esa mesa.

El escrutinio y suma de los votos obtenidos por los partidos se hará bajo la vigilancia permanente de los fiscales, de manera que estos puedan cumplir su tarea con facilidad y sin impedimento alguno.

www.construyendociudadania.com

¿Quiénes son las autoridades de mesa?

Las autoridades de mesa son ciudadanos seleccionados por la justicia electoral que el día de la elección, actúan con el título de Presidente de mesa. Se designa también un suplente, que auxilia al Presidente y lo reemplaza en los casos determinados en la ley electoral.

¿Cuáles son los requisitos para ser autoridad de mesa?

- Ser elector hábil - Tener entre dieciocho (18) y setenta (70) años. - Residir en la sección electoral donde vaya a desempeñarse. - Saber leer y escribir.

www.construyendociudadania.com

¿Las autoridades de mesa reciben alguna compensación por la función desempeñada?

www.construyendociudadania.com

¿Qué sucede si siendo autoridad de mesa no me presento o abandono el establecimiento de votación

el día de la elección?

Tal hecho constituye un delito electoral correspondiendo a quienes incurran en él pena de prisión de seis meses a dos años.

www.construyendociudadania.com

¿Qué tengo que hacer si quiero postularme para ser autoridad de mesa?

http://www.padron.gov.ar/cne_autoridad/

NO DEBEMOS ESTAR AFILIADOS

A NINGÚN PARTIDO POLITICO

www.construyendociudadania.com

¿Cómo saber si estoy afiliado a un partido político?

http://www.padron.gov.ar/cne_afiliados/

www.construyendociudadania.com

¿Dónde puedo hacer una denuncia electoral?

www.denuncias.electoral.gov.ar

www.construyendociudadania.com

¿Cómo puedo renunciar a un Partido Político?

Para formalizar su RENUNCIA A LA AFILIACIÓN POLÍTICA deben presentarse ante la Cámara Nacional Electoral y completar un formulario consignando sus datos personales y manifestando su decisión de renunciar. Los interesados deberán acompañar la siguiente documentación: • DNI original. • Fotocopia de todas las hojas del documento cívico (incluyendo aquellas hojas en blanco que no contienen inscripción alguna). El horario de atención al público es de lunes a viernes, de 8.00 a 13.30 hs., en Avda. Alem 232, Capital Federal. El formulario de RENUNCIA A LA AFILIACIÓN POLÍTICA puede descargarse de los sitios de Internet www.pjn.gov.ar (Justicia Nacional Electoral) o www.electoral.gob.ar en el apartado “Trámites y Formularios. También se puede Renunciar por: • Por telegrama gratuito. • Personalmente, ante la Secretaría Electoral del distrito (provincia) que corresponda. Para mayor información, consultar al teléfono (011) 4370-2500 o a [email protected].

www.construyendociudadania.com

Para formalizar su RENUNCIA A LA AFILIACIÓN POLÍTICA deben presentarse ante la Cámara Nacional Electoral y completar un formulario consignando sus datos personales y manifestando su decisión de renunciar. Los interesados deberán acompañar la siguiente documentación: El formulario de RENUNCIA A LA AFILIACIÓN POLÍTICA puede descargarse de los sitios de Internet www.pjn.gov.ar (Justicia Nacional Electoral) o www.electoral.gob.ar en el apartado “Trámites y Formularios.

También se puede Renunciar por: • Por telegrama gratuito. • Personalmente,

ante la Secretaría Electoral del distrito (provincia) que corresponda. Para mayor información, consultar al teléfono (011) 4370-2500 o a [email protected].

www.construyendociudadania.com

Fuente Consultadas:

www.elecciones.gov.arwww.electoral.gov.arwww.padron.gov.ar

www.infractores.padron.gov.ar