ordenanza n°1268 mml (regulación de estudios de impacto vial en lima metropolitana)

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Ordenanza N° 1268 del año 2010 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que regula la aplicación de los Estudios de Impacto Vial. Se complementa con la ordenanza 1404 del mismo año, que reglamenta la aplicación de los Estudios de Impacto Vial en Lima.

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  • 5/11/2018 Ordenanza N1268 MML (Regulaci n de Estudios de Impacto Vial en Lima Metropolita...

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    MUNICIPAL'IDAD METROPOUTANA DE LIMAALCALDIA

    O RD ENA NZA INa i68EL ALCALDE METiROPOLlTANO DE LIMAPORCUANTOEL CONCEJQ IMETROPOLITANO D:ELIMA.Vista en Sesion Ordinaria de Concejo de feeha .2 de julio del 2009', los Olctarnenes Nos. 135-2009-MML-CMDUVN de la Comisi6n Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura y 84-2009-2009-MML-CMAl, de la Comision Metropolitana de Asuntos Legales;

    Aprob6 la sig,uiente:OR D E N A N Z AQUE REGULA LOS ESfUDIOS DE IMPACTO V,IAl E N LIMA MET'ROPOLITANA

    CAPITULO IGENERALIDADES

    .Artlcu'I'o1'.- OBJ'ETIIVO: Estab'lecer las dispcsiciones y 10$ lineamientos que deberan observarse para laaprobaclcn de los Estudios de Impacto Vial exigidos por el Reglamento Nacional de Edificaciones y otros enaquellos proyectos de habilitaciones urbanas y obras de edificaci6n ubicadas frentea vias locales ymetropolitanas. Los Estudios de Impacto Vial deberan proponer medidas y soluclones eficaces que neutralicenlos posibles impactos viales negativos que puedan originar los proyectos u obras antes referidos.Articulo 2._AMBITO DEAPLICACION: La presente Ordenanza es de observancia general y obligatoria en elambito de la Provincia de Lima,. para todosaque'llos proyectos de Ihabilitaci6n urbana y edificaci6nespecificados en la presente Ordenanza. .Articulo 3._01NICIONES:3.1 Aforo.- Cantidad total de ocupantes (trabajadores y publico), basada 'en 1 8 1 lnforrnaclenestadtstlca para,cada uso de la edificaci6n.3.2 Area de Estudio: EI tarnano del area a ser estudiada, dspendera de la ublcaclon y del tamai'io deldesarrollo.3.3 Bahia.- Ensanchamiento de la calzada para ser utilizado par vehiculos para embarque y desembarque y

    /0 almacenaje antes del volteo, util izada como refugio para buses u otros vehiculos en la pista. Partecomplementaria de la estructura dela via utilizada como zona de transicl6n entrela calzada y el anden,Es un tramo de carril que se ariada a la calzada para, que se detengan alii vehlculos sin estorbar 1 8 1circulaci6n del transjto.3.4 Estudio de lmpaete Vial (EIV): Es el conJunto de actividades que permitenevaluar cualitativa ycuantitativamente los efectos que produce sobre el entorno vial y del'transporte, el desarroll'ourbanistico 0el proceso de renovacion de zonas 0 lotes de terreno, de forma de poder prever y mitigar sus efectosnegativos mediante medidas ad'mlnistrativasy tecnlcas ad'ecuadas, de manera que sea posible recuperar,alcanzar 0mejorar el nivel de servicio existente en el entomo.3.5 Impactos vlales negativos.- Es la rnediflcacton oalteraclon del sistema de transito y transporte cuyoefeclo se traduce en perdida de nivel de servicio 0 en aumento de los perjuicios derivados de suoperacion,3.6 Mitigacion de impactos viales negativos.- Es el conjunto de acciones de prevencl6n, control,atenuad6n, restauraci6n y cornpensacion de impactos viales negativos que surgen del Estudio de ImpactoVial y deben acornpariar el desarrollo de lin proyecto para asequrar la protecclon de ta calidad ambientalde los ejes del espacio urbano publico de la oiudad.3.7 Pilian de Mitigacion.- Relacion de Obras, acciones 0 medidas, tnstalaclones de eq,uiposU otros, en supredio y en el espacio publico inmediato, que el Proyecto, que se compromete a implementer para rnitigarlos impactos negativos que los' estudios y su evaluaolon hayan determinado como necesarias pararestablecer 0 superar las condiciones vlales y urbanas lnlciales.3.8 Plan de Monitoreo.- Es una herramienta de administraclon basics y vital que provee a tos miernbros de lared y a otros interesados informaci6n que es esencia'i para el disetio, implementaci6n, adminis1racion,yevaluaci6n de actividades.

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    1268MUNICIPALIDAD METROPQI..ITANA 'DEllM'AAlCALDIA3..9 Programa. de Monitoreo.- Constituye un documento tecnlco de control de los impactos viales negativos,en el que se concretan los parametres, para !levar a cabo el seguimiento de la calidad de los diferentescomponentes del sistema de transito y transporte afectados, asi como, de los sistemas de control ymedida de estos.3.10 Vias de circulacion vehicularinternas.- Parte complementaria a la estruotura vial existente, a ubicarsedentro del predlo, util izad'a como zona de transicion entre e'l l imite de la via pubtlca y la edificaci6n,destinada a la parada transitorla de vehiculos y de acceso a las areas de estacionamiento y Patios demaniobras,Articulo 40AUTORIDAD COMPETENTE:4.1 Vias Metropolitanas: La M'unicipalidad Metropolitana de Lima, en el ambito de su clrcunscnpcienterritorial, asume de manera exclusiva y excluyente la competencia correspondiente a la evaluaci6n delEstudio de Impacto V'ial de proyectos detal lados en la presente Ordenanza, a ubicarse frente a ViasMetropolitanas.4.2 Vias Locales: Las Municipalidades Distritales, en e'l ambito desu circunscripclon territorial, asume demanera exclusiva y excluyente la competencia correspondiente a la evaluaci6n del Estudio de Impacto

    Vial, de los proyectos deta!lados en la presents Ordenanza, a ubicarse exclusivamente frente a viaslocales.Articulo 5 0 COMPETENCIAS:5.1 Competencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima: Corresponde a la MunicipalidadMetropolitana de Lima: Reglamentar el procedimiento de evaluacion de los estudios de impacto vial de los proyectos de inversionque se ubiquen can frentea.las vias del Sistema Vial Metropolitano definidas por la normativa vigente. Fiscalizar el cumplimlento de los planes de mitigaci6n de los impactos viales negativos en las vias decaracter metropolitano de su competenoia, definidos en Ia Ordenanza N 341-MML Y monitorear anteposibles impactos viales no contemplados en los planes.5.2 Competencia de los Organos de Unea de la Municipal idad Metropoli tana de Uma5,.2.1Gerencia de Tranaperte Urbano:

    Reglamentar los niveles y el contenido de los Estudios de Impacto Vial de acuerdo a la rnaqnltud delos proyectos de lnversion que se ubiquen con frente a las Vilas pertenec.ientes al Sistema VialMetropolitano.Eva'luar y aprobar los Estudios de lmpacto Via' de los proyectos de inversion, serialados en lapresente Ordenanza, que se ubiquen frente a vias metropolitanas del Sistema Vial Metropolitano. Solicitar la opinion tecnica y convocar, cuando sea necesario a los 6rganos de linea, empresas u6rganos descentralizados de la Corporaci6n Municipal. para emitir opinion sequn su competenciaoparticipar, segunsea el caso. Establecer plazas para la remision de opiniones par parte de los 6rganos de linea, empresas u6rganos descentralizados de 'IaCorporaci6n Municipal ~

    Monitorear y fiscalizar el cumplimiento del plan de mitigaci6n de impactos viales negativos de losproyectos de inversion, en las vias de caracter metropo'litano de sucompetencia, definidos en laOrdenanza N 341-MML. Establecer convenios con insti tuciones especial izadas en temas urbanos y vlales a fin de apoyartecnlcamente en laevaluacion y monitoreo de los impactos viales. Crear y reglamentar, de considerarlo necesario, un Registro Metropolitano de Revisores Urbanos,queharan las veces de cornision callficadora, encargada de evaluar y aprobar los Estudios de ImpactoVial de los proyectos de inversion que se ubiquen frente alas vias metropolitanas de'lSistema Via'iMetropolitano.5.2.2 Gerencia de Desarrollo Urbano:

    Requerir a traves del area competente ta presentaclon de los Estudios de Impacte Vial, previa a laaprobaci6n de la Habilitaci6n Urbana y/o Edificaci6n, en el ambito del Cercado de Lima. Velar por el cumplimiento de los parametres urbanlsticos y edlficatorios de los proyectos de inversi6nubicados can frente a vias del Sistema Vial Metropolitano.5.3 Competencia de las Municipalidades Distritales: Corresponde a las Municipalidad'esDistritales:

    Evaluar y aprobar lias Estudios de lmeacto Vial de los prcyectos de inversi6n senalados en lapresente Ordenanza, que se ubiquen exclusivamente frente a las vias locales en el ambito de sujurisdicci6n; de considerarse que dichaaaclividades puedan perturbar la zona. residencial de suentorno inmediato.

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    1268MUN.ICIPAUDAD METROPOLITANA DE LIMAALCALDIA Exigir la presentaci6n del Estudio de Impacto Vial aprobado ell el proceso de apsobaeien de los

    Proyectas de Habilitaci6n Urbana y/o IEdificaci6n que se ubiquen frente a las vlas del Sistema Via lMetropolitano.

    Velar par que las vfas de crcutaclon vehicular interna no sean utilizadas para e'l estacionamientopermanente de vehiculos. Fiscalizar el cumplimiento de los planes y medidas de mitigaci6n de los Impactos viales negativos en

    las diversas areas y vias que comprenden el Proyecto y que cornpeten al gobierno distntal,coordinando acciones con la Gerencia de Transporte Urbano de ta Munioipalidad Metropolitana deLima, su eurnpl imlento en las vias de caractsr metropol itano involucradas.

    CAPITULO IIL1NEAMIENTOS TECNICOS

    Articulo 6._ 'PROYECTOS DE HABILITACION UR,BANA: Los proyectos de Habllitaci6n Urbana obligados acumplir la presente Ordenanza son los destinados a:

    6.1 Habi litaci6n Urbana para uso Comerdal Exclusivo.Aplicable para proyectos ubicados en zonificad6n Comerci'o Zonal- CZ y Comercio Metropolitallo - CM.6.2 Habilitaci6n Urbana para usa Comercial con otros Usos.Aplicable para proyectos ubieados en zenlflcacien Comercio Zonal- CZ y Comercio Metropolitano - CM.6.3 Habil itaclon Urbana para Uso I,ndustl iial.

    '6.4 Habltl tacion Urbana para Usos Especiales,Aplicable para proyectos destin ados a escenarios deportlvos, locales recreativos, ferlas, de gran atluenciade publico.

    Articulo 70._ PROYECTOS DE 'EDI'FICACION: Los proyectos de edlficacion nuevos a que amplfen susinstalaciones modificando accesos y/o incrementando la generaoi6n de viajes,obligados a curnplir la presenteOrdenanza, son 1.05 destin ados a los siguientes usos:7.1 DE VlVIENDA:

    7.1.1 Conjuntos Residenciales, con zonificaci6n 'Residencial de Densidad Media - RDM..7.1.2 Conjuntos 'Residenciales, oon zonificaci6n Residencial de Densidad Alta - RDA.7.1.3 Gonjuntos Residenciales, con zonificaci6n Residencial de Densidad Muy Alta - RDMAEn todos los casos de Conjunto Hesidencial se aplica para proyectos ubicados en terrenos a partir de2,500 m2 ylo desde 250 unldades de estactonarmento,

    7.2 HOSPEDAJE (a partir de 4 estrellas)7.2.1 Hotelas7.2.2 Apart 'Hotel7.2.3 ResortSiempre que el proyecto incluya ambientes complementarios, tales como Restaurant, Bar, Sala deConferencia, Convenciones y similares.

    7.3 EOUCACION (aforo a partir de 500 personas)En todos sus niveles, excepto los proyectos destinados a Educ8ci6n lniclal.

    7.4 SALUD7.4.1 Hospitales - H37.4.2 Centros de Salud - H27.4.3 Clinicas - H2EI nivel de Estudio a presentar por los Centros de Salud y CHnicasse estaalecera enel 'Reglamento de laPresente Ordenanza.

    7.5INDUSTIRIA7.5.1 Gran Industria7.5.2 Industria PesadaSe aplica para industrias cuyas operaciones demand en el movimiento de earqa pesada.

    7.6 COMERCIO7.6.1 Galerla Comercial7.'6.2 Tienda per Departamentos7..6.3 centro Comercial

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    1261MUNICIPAUDAD METROPOLI'fANA. DE LIMA

    AIl.;CALDIA

    7.'6.4 Complejo Comercial7.6.5 Supermercados7.6.6 Mercados Minoristas7.6.7 Mercados Mayoristas7.6.8 Grifos y Gasocentros

    7.7 EDIFICIOS CORPORATIVOS 0 DE OFICINAS INDEPENDIENTES (con mas de 5,000 m2 de area (jtil).7.8 SERVICIOS COMUNAlES Y CENTROS :OECONVENCIONES (aforo a partir de 500 personas).1.9 IRECREACIO:N Y DEPOR.TiES (edificaciones con aforo a partir de 1000 ocupantes)7.9.1 Centro De DiversiOn, Clubes Social'es

    7.9.2 Sal'a de Espetaculos7.9.3 Edificaciones para Espectaeulos DeportiVos.

    7.10 TRANS PORTE Y COMUNICACIONES7.10.1 Edificaciones de Terminales Terrestres Provinciales

    Articulo 80._ ASPECTOS TECNICOS A INCLUIR COMO PARTE DE LAS MEDIDAS OE MITIGACION: LosProyectos de Habilitacion Urbana y de Edificacion, citados en los Artlculos 60 y 7 de la presente Ordenanzadebe ran considerar como minima como parte de sus medidas de mitigaclon de losimpactos viales negativosen los Estudios de lmpacto Vial, los siguientes aspectos tecnlcos:8.1i. Que los elementos formales y/ o funciona'les,a ubicarse en los retiros frontales no afecten la clrculacion

    de peatones y/o vehiculos en la via publica.8.2. Entre los accesos 0 salidas sucesivas, correspondientes a un mismo predio, cebera exiatir un refugio

    peatonal de una longitud minima de 2 m, en el sentido de la circulacion peatonai. Tomando en euenta 1 8 1envergadura y dimensiones del proyecto, incluir obligatoriamente la implementacion de las vias decirculaci6n internas, considerando 10 siguiente:8.2.1. Las vias de circulaci6n vehicular interna no alteran el caracter pnvado de la edificaci6n, no

    debiendo ello, ser un impedimento para el libre transite de vehlculos que realizan el embarqueV desembarque de pasajeros, accedan 8 1 1 estacionamiento, 0 realicenel proceso de carga Vdescarga.

    8.2.2. las vias de circulaci6n vehicular interna deberan diseriarse en 1 1 0 posible paratelas a 1 8 1 viapublica ubicada frente al predlo, perrnitiendose ufilizar para estosflnes, el retiroestablecido enlos parametres urbanisticos y edificatorios.

    8.2.3. En ningun case el desarrollo de las maniobras de Ingreso 0 salida vehicular del proyectodebera interferir la circulacion de peatones vIa vehlculas en la via 0vias publicae circundantes.

    8.3. Que el acceso al desarrollo de las escaleras, rampas 0 gradas ubicadas sobre el retiro frontal de laedificacion se resuelvan dentro del limite de propiedad 0 en el retiro municipal, de manera que no afeetela circulacion de los peatones sobre 1 8 1 vereda

    ,s.4. Que en el Centro Historico de Lima, la solucion de via de circulacion vehioular interna a proponerse,respete el retire aero (0.00 m..), establecido mediante Ordenanza 062 "R'eglamento de Admlnistraci6ndel Centro Hist6rico de Lima" ..

    Articulo go._ PROYECTOS UBICADOS ADYACENTES A L.OS INTERCAMBIOS Vl'AlES PROYECTADOSEN EL SISTEMA VIAL METROPOL.IT AND: Cualquier proyecto, adernas de los incluidos en los Artlculos 6 y7 precedentes, ublcado en terrenos colindantes a uno 0 mas lntercambios Viales proyectados en el SistemaVial Metropolitano, deberan efectuar un Estudio de Impacto Vial, conforme 1 0 dispuesto en 1 8 1 presenteOrdenanza.

    DISPOSICIONES COMPLEMENTARIASPRIMERA.- IDE LA PRESiENTACION DE L.OS ESTUiDIOS IDE IIMPACTO V,IAl:La Municipalidad Metropolitana de Umal aprobara mediante Resolucion de Alcaldia, ! Iametodolagia conforme ala cual debera elaborarse, presentarse, evaluarse V aprobarse el Estudlo de tmpeoto Vial.

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    1268'MUNICIPALIDAD METROPOUTANA DE LIMAALCALDIA

    DISPOS!ICIONIESTRANS'liTORIAS

    En la solicitud de aprobacion de proyectos de Habilitaci6n Urbana y/ o de Edificaci6n de los proyectos a que serefieren los Artfculos 6. 7 Y g o de la presente Ordenanza. se debera acompailar un Estudio de Impacto Vial.suscrito por un profesional y /o consultor especialista y aprobado por la Gerencia de Transporte Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, parael case de proyectos ubicados frente a Vias del Sistema VialMetropolitano a par la Municipalidad Distrital correspondiente, para el caso de proyectos ubicadosexclusivamente frente a vias locales.SEGUNDA. DE LA RESPONSABILIDAD DE LOS PROPIETARIOS.La Gerencia de Transporte Urbano de la MunicipaJidadMetropolitana de lima, para el caso de proyectosubicados trente a Vias del Sistema Vial Metropolitano y/ o el organo encargado de las MunicipalidadesDistritales para el caso de proyectos ubicados exclusivarneme frente a vlas tocates, de acuerdoal resultad'odel Estudio de lmpacto Vial, establecera las adecuaciones que ,el propietario y/ o promotor de'l proyecto tienecomo responsabilidad implementar en la vialidad afectada por el proyecto, cuyo cumplimiento se ham exigiblepor la Municipalidad Metropolitana de lima, para el case del Cercado de lima. y por las MunicipalidadesDistritales, en el ambito de su jurisdicci6n, para la recepclon definitiva de la Habilitaoi6n Urbana y/ o deEdificaci6n, segOncorresponda.Asimismo, los prcpietarlos y /o promotores del proyecto son los responsables de presentar un Estudio deMonitoreo que incluya medidas y adecuaciones a realfzar para mitigar impactos negativos sobre el sistema detransito y transporte en el area de influencia, superior al previsto en el Estudio de Impacto Vial, que podrianpresentarse durante la operacion del proyecto.TERCEIRA. DE LOS IESTAIBLECIMIEN:TOSQUESE IE.NCUENTRAN:EN OPERACION.Aquellos establecimientos que a la techa de aprobaci6n de la presente Ordenanza se encuentrenoperando yque no hayan sido previamente requeridos a presentar un Estudio de Impacto Vial, pero que ocasionanimpactos viales negativos, seran objeto de notiflcacion a traves de la Gerencia de Transporte Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima de ubicarse frente a vias del Sistema Vial Metropolita~no,0 del 6rganocorrespondiente en el case de las municipalidades distritales, de ublcarse exelusivarnente frente a vias locales,a fin de que los propietarios y/ o promotores presenten un Plan de mifigacion de Impactos Viales, para suaprobacion. La impl'ementaci6n del mencionado Plan sera responsabilidad del propietario yl o Promotor delestablecimiento.CUARTA.~ DE LA VIGENCIA DEL ESTUDIO DE IMPACTQ VIAL APROBAOO:EI Estudio de Impacto Vial aprobado astara vigente en tanto seencuentre vigente la Ucencia de HablhtactonUrbana y/ o 'licencia de Edlflcacitm segun corresponda, siempre y cuando el proyecto se mantenga sinmodificaciones que alteren los accesos 0 su generacion de viajes.De realizarse modificaciones al proyecto con Licenda vigente, el Estudio de Impacto Vial aprobado psrdera suvalidez y debera presentarse nuevamente para revision de la Gerencia de Transporte Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima parael case de proyectos frente a vias del Sistema Vial Metropolitano, aante el organo competente de la Municipalidad Distrital de su jurisdicci6n donde se encuentre, para el caso deproyectos ubrcados exclusivamente frentea vias locales.QUINTA.- DEL INCUMPLIMIENTO:EI incumplimiento de las normas establecidas en la presente Ordenanza y su Reglamento. da a lugar a la noRecepcion de Obra u Otorgamiento de la Conformidad de Obra. Ademas, constituye infraceien y la aplicacionde la sanci6n correspondiente, las cuales seran tncorporadas al Regimen Metropolitano de Aplicacion deSanciones Adrninistrativas, a traves de los dispositivos legales que correspondan, para el case, de lalMunicipalidad Metropofitana de Lima, la Gerencia de Transporte Urbano debsra coordinar can la Gerencia deFiscalizacion y Control la implementaci6n de las acciones que correspondan para el cumplimiento de 10antescitado.

    PRIMERA. Disp6ngase que en un plaza de 30 dlas calendario de aprobada la presente Ordenanza. en elcaso de la Municipalidad Metropolitana de Lima. la Gerencia de Transporte Urbano. debera presentar para suaprobacion par Ordenanza, la estructura y costa del nuevo procedimiento administrativo a incluir en el TextoOnico de Procedimientos Administrativos - TUPA, de esta Corporacion Edil y en el caso de lasMUllicipalidades Dis!ritales, el organo correspondiente, para aquellos proyectos que se ubiquen frente a viaslocales.SEGUNDA.- Dlspenqase que en un plazo de 30 dias calendario, la Gerencia de Transporte Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima remita para su aprobaclon, el cuadro de las infracciones y sanciones, a

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    1268MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMAALCALDIA.incorporar en el R'egimen Meiropalitano de Apllcaci6n de Sanciones Administrativas- RMAS, delaMunicipalidad Metropolitana de Lima.TERCERA.- Disp6ngase que en un plaza de 30 dlas calendarlo, la Gerencia de Transporte Urbano de laMunicipalidad Metropolitana de Lima, remitael Reglamento que contiene los nivetes y contenidos minimos deun Estudio de Impacto Vial, para los proyectos senalados en la presente Ord'enanza, el que sera aprobado atraves de un Decreta de AlcaldiaOISPOSICIONES FINAU::SPRIMERA.- Der6guense y dejese sin efecto todas las norrnas que se opongan a la presente Ordenanza.SEGUNDA.- La,presente Ordenanza entrara en vigencia a los 90 dies desu publicaclenen el Di3rio Oflclal EIPeruano.PORTANTO:MANDO SE REGISTRE, PUBLIQ Y CUMPLA.En Lima a los , 1 0 1 J U L 9

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