ordenanza municipal n° 55/2013 ley del 15 de abril de 1985

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Ley del 15 de Abril de 1985 Tel/fax: 4269984 COCHABAMBA . BOLIVIA ORDENANZA MUNICIPAL N° 55/2013 CONCEJO MUNICIPAL DE COLCAPIRHUA VISTOS: La solicitud de emisión de disposición municipal para LA DECLARACiÓN DE JORNADAS DE LIMPI~ PUBLICA EN COLC~PIRHUA para los dlas 12 y 17 de agosto del presente año y CAMPANA PARA LA SEPARACION DE RESIDUOS SOLlDOS - RECICLANDO LA BASURA. CONSIDERANDO 1: Que, las Jornadas de Limpieza Pública y la Campaña de separación de residuos sólidos -reciclando la basura, constituye una necesidad destinada a motivar la adecuada convivencia hu::nana, al mismo tiempo que constituye una medida social predestinada a brindar una efectiva protección del medio ambiente, la salubridad, seguridad y ornato público. Que, a través de una acción mancomunada entre autoridades municipales y pueblo en general, se persigue establecer pautas para un cambio positivo con relación al reciclaje de la basura y asimismo se constituya en un apoyo solidario donde la voluntad cívica de los habitantes contribuyan de manera efectiva a las jornadas de limpieza pública en el Municipio de Cclcaptrhua, declarada por este Gobierno Autónomo Municipal, toda vez que todos tenemos derecho a disfrutar de un Medio Ambiente adecuado y el deber de conservarlo. Que, en este contexto el Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua tiene el deber de velar por la utilización racional de los recursos, con el fin de proteger, mejorar la calidad de vida, defender y restaurar el Medio Ambiente apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva. Que, el informe de la Comisión Mixta W N° 262 CS/CJ(328)/CLMA-CEDC/2013 de fecha 08 de agosto de 2013, puesta en consideración en Sesión Ordinaria W 60 de fecha 09 de agosto de 2013, por el cual se ha recomendado emitir ordenanza municipal estableciendo las jornadas de limpieza para los días 12 y 17 de agosto y el día 15 de agosto del presente ario, se lanzara la campaña para la separación de residuos sólidos domiciliarios, con la finalidad de que todos los estantes y habitantes del Municipio de Colcapirhua, protejamos el medio ambiente reciclando la basura. CONSIDERANDO 11: Que, el Art. 33 de la Constitución Política del Estado establece: "Las personas tienen derecho a un medio ambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos y colectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse de manera normal y permanente." Asimismo, el Art. 302 núm. 5 de la C.P.E. dispone que es competencia exclusiva de los gobiernos municipales autónomos en su jurisdicción: "Preservar, conservar y contribuir a la protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos." Que, la Ley W 1333 de Medio Ambiente indica en su Art. 1 "La presente Ley tiene por objeto la protección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones del hombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar la calidad de vida de la población." Sel'\alando además que para los fines de la presente ley se entiende por desarrollo sostenible, el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación, sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras. La concepción de desarrollo sostenible implica una tarea global de carácter permanente. Asimismo, el medio ambiente y los recursos naturales constituyen patrimonio de la Nación, su protección y aprovechamiento se encuentran regidos por Ley y son de orden público. Que, el Art. 88 parágrafo IV núm. 3. de la Ley W 031 Gobiernos municipales autónomos: a) Reglamentar y ejecutar el régimen y las políticas de residuos sólidos, industriales y tóxicos, en su jurisdicción. Que, es deber del Ente Deliberante conforme dispone el Art. 12 núm. 4 de la Ley 2028, "Dictar y aprobar ordenanzas como normas genera/es del Municipio ... ", disposición legal concordante con el Art. 5 Núm. 4 del Regl,amento Interno del Honorable Concejo Municipal. POR TANTO: El Honorable Concejo Municipal de Colcapirhua, en uso de sus atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomias y Descentralización, Ley de Municipalidades y el Reglamento Interno de este Ente Deliberante, dicta la presente:

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Page 1: ORDENANZA MUNICIPAL N° 55/2013 Ley del 15 de Abril de 1985

Ley del 15 de Abril de 1985Tel/fax: 4269984

COCHABAMBA . BOLIVIA

ORDENANZA MUNICIPAL N° 55/2013CONCEJO MUNICIPAL DE COLCAPIRHUA

VISTOS:

La solicitud de emisión de disposición municipal para LA DECLARACiÓN DE JORNADAS DELIMPI~ PUBLICA EN COLC~PIRHUA para los dlas 12 y 17 de agosto del presente año yCAMPANA PARA LA SEPARACION DE RESIDUOS SOLlDOS - RECICLANDO LA BASURA.

CONSIDERANDO 1:

Que, las Jornadas de Limpieza Pública y la Campaña de separación de residuos sólidos -reciclando labasura, constituye una necesidad destinada a motivar la adecuada convivencia hu::nana, al mismo tiempoque constituye una medida social predestinada a brindar una efectiva protección del medio ambiente, lasalubridad, seguridad y ornato público.

Que, a través de una acción mancomunada entre autoridades municipales y pueblo en general, sepersigue establecer pautas para un cambio positivo con relación al reciclaje de la basura y asimismo seconstituya en un apoyo solidario donde la voluntad cívica de los habitantes contribuyan de maneraefectiva a las jornadas de limpieza pública en el Municipio de Cclcaptrhua, declarada por este GobiernoAutónomo Municipal, toda vez que todos tenemos derecho a disfrutar de un Medio Ambiente adecuado yel deber de conservarlo.

Que, en este contexto el Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua tiene el deber de velar por lautilización racional de los recursos, con el fin de proteger, mejorar la calidad de vida, defender y restaurarel Medio Ambiente apoyándose en la indispensable solidaridad colectiva.

Que, el informe de la Comisión Mixta W N° 262 CS/CJ(328)/CLMA-CEDC/2013 de fecha 08 de agostode 2013, puesta en consideración en Sesión Ordinaria W 60 de fecha 09 de agosto de 2013, por el cualse ha recomendado emitir ordenanza municipal estableciendo las jornadas de limpieza para los días 12 y17 de agosto y el día 15 de agosto del presente ario, se lanzara la campaña para la separación deresiduos sólidos domiciliarios, con la finalidad de que todos los estantes y habitantes del Municipio deColcapirhua, protejamos el medio ambiente reciclando la basura.

CONSIDERANDO 11:

Que, el Art. 33 de la Constitución Política del Estado establece: "Las personas tienen derecho a un medioambiente saludable, protegido y equilibrado. El ejercicio de este derecho debe permitir a los individuos ycolectividades de las presentes y futuras generaciones, además de otros seres vivos, desarrollarse demanera normal y permanente." Asimismo, el Art. 302 núm. 5 de la C.P.E. dispone que es competenciaexclusiva de los gobiernos municipales autónomos en su jurisdicción: "Preservar, conservar y contribuir ala protección del medio ambiente y recursos naturales, fauna silvestre y animales domésticos."

Que, la Ley W 1333 de Medio Ambiente indica en su Art. 1 "La presente Ley tiene por objeto laprotección y conservación del medio ambiente y los recursos naturales, regulando las acciones delhombre con relación a la naturaleza y promoviendo el desarrollo sostenible con la finalidad de mejorar lacalidad de vida de la población." Sel'\alando además que para los fines de la presente ley se entiende pordesarrollo sostenible, el proceso mediante el cual se satisfacen las necesidades de la actual generación,sin poner en riesgo la satisfacción de necesidades de las generaciones futuras. La concepción dedesarrollo sostenible implica una tarea global de carácter permanente. Asimismo, el medio ambiente y losrecursos naturales constituyen patrimonio de la Nación, su protección y aprovechamiento se encuentranregidos por Ley y son de orden público.

Que, el Art. 88 parágrafo IV núm. 3. de la Ley W 031 Gobiernos municipales autónomos: a) Reglamentary ejecutar el régimen y las políticas de residuos sólidos, industriales y tóxicos, en su jurisdicción.

Que, es deber del Ente Deliberante conforme dispone el Art. 12 núm. 4 de la Ley 2028, "Dictar y aprobarordenanzas como normas genera/es del Municipio ... ", disposición legal concordante con el Art. 5 Núm.4 del Regl,amento Interno del Honorable Concejo Municipal.

POR TANTO:

El Honorable Concejo Municipal de Colcapirhua, en uso de sus atribuciones conferidas por laConstitución Política del Estado, la Ley Marco de Autonomias y Descentralización, Ley deMunicipalidades y el Reglamento Interno de este Ente Deliberante, dicta la presente:

Page 2: ORDENANZA MUNICIPAL N° 55/2013 Ley del 15 de Abril de 1985

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Ley del 15 de Abril de 1985Tel/fax: 4269984

COCHABAMBA . BOLIVIA

ORDENANZA

ARTíCULO PRIMERO.- Declárese los días 12 y 17 de agosto del presente año, Jornadas de Limpiezaen el Munícipio de Colcapirhua, de las Avenidas Blanco Galindo y Colcapirhua en toda la jurisdicción.

ARTíCULO SEGUNDO.- Determínese la movilización del Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhuay de todas las instituciones públicas, unidades educativas y pueblo en general para que los días 12 y 17de agosto del presente año desde Hrs. 8:00 a.rn. hasta horas 18:00 p.rn., se cumpla las jornadas delimpieza. A tal efecto se comunicara a todas las instituciones con el respectivo rol de actividadesespecialmente elaborada para las señaladas jornadas.

ARTíCULO TERCERO.- El Ejecutivo Municipal, junto a las organizaciones vecinales adyacentes a laAv. Blanco Galindo y Av. Colcapirhua, militares y policiales, píanificara el desarrollo de la limpieza públicacuyo cumplimiento es obligatorio para todos los habitantes del Municipio, debiendo a tal fin el Ejecutivoejercer un control estricto.

ARTíCULO CUARTO.- Procédase el día 15 de agosto del presente año, el lanzamiento oficial ysocialización de la campaña para la separación de residuos sólidos, con la finalidad de que todos losestantes y habitantes del Municipio de Colcapirhua, protejamos el medio ambiente reciclando la basura einstituyéndose los depósitos o recipientes de basura diferenciada por colores:

a) Color verde, para residuos orgánicos biodegradablesb) Color Blanco, para reciclables (plásticos, vidrio, metal, papel y cartón)e) Color negro, para residuos no aprovechablesd) Color café, para pilas y baterías

ARTíCULO QUINTO.- Se instruye al Ejecutivo Municipal que para garantizar el.recojo de los residuossólidos producidos en los mencionados días de jornadas de limpieza en el Municipio de Colcapirhua,disponer la coordinación y apoyo de las Direcciones correspondientes y otras instancias que seconsideren necesarias, así como los Servidores Públicos de la Institución Municipal.

ARTíCULO SEXTO.- Queda encargado del cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, elEjecutivo Municipaí a través de sus Direcciones correspondientes, a cuyo fin deberá planificar y velar porel cumplimiento de la presente ordenanza, pudiendo acudir y requerir apoyo de las autoridades policialesy militares de esta circunscripción municipal, conforme a normas legales vigentes.

REGISTRESE, PUBLlQUESE, COMUNIQUESE y CUMPlASE

Es dada en la sala de sesiones del H. Concejo Municipal de Colcapirhua, a los Nueve días del mes deAgosto del año Dos Mil Trece.