ley del 15 de abrtl de 1985 ordenanza municipal n° 04/2013

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ORDENANZA MUNICIPAL N° 04/2013 CONCEJO MUNICIPAL DE COLCAPIRHUA Ley del 15 de Abrtl de 1985 Tellfax: 4269984 COCHABAMBA . BOLIVIA VISTOS: La ~ota mediante CITE: 40/GAMC/2013 de fecha 23 de enero de 2013 del Alcalde Municipal; la nota mediante CITE CV/N°029/13 del Comité de Vigilancia y el CITE UT-CO/0011/2013 de la Unidad Técnica para el proceso de elaboración de la Carta Orgánica Municipal. CONSIDERANDO 1: Que. mediante Ordenanza Municipal N" 85/2012 de fecha 12 de diciembre de 2012 se aprobó el Reglamento para la Elaboración Participativa del Anteproyecto de Carta Orgánica del Municipio de Colcapirhua. Que. el Art. 11 párrafo II del citado Reglamento que ha sido fruto de observ~ciones de parte del Alcalde Municipal y el Comité de Vigilancia a través de la notas CITE: 40/GAMC/2013 y CITE CV/N°029/13. con relación al número de comisionados. Asi También el Art. 6 numerales 3 y 5 del aludido Reglamento. refiriéndose que se encuentran enumeradas organizaciones sociales y sectores que no cuentan con personeria jurídica, aspecto que daria lugar a falsas representaciones y finalmente el Art. 7 respecto al denominativo que lleva la instancia de participación ciudadana y piden que se cambie el nombre por "Asamblea Autonómica Municipal". Que. en Sesión Ordinaria N°10 de fecha 05 de febrero de 2013. se ha puesto en consideración el Informe de la Comisión Mixta W30-CJ(37) CCO-HR:127/2013 de fecha 01 de febrero de 2012. por el cual se ha recomendado la reconsideración de la Ordenanza Municipal W85/2012. conforme a lo establecido en el Art.22 de la Ley W2028. Que. el informe CITE UT-CO/001112013 suscrito por el Dr. Roberto Carlos Quispe Torrez -Coordinador de la Carta Orgánica. solicita y recomienda que de conformidad al Art. 22 de la Ley N° 2028 se Reconsidere la Ordenanza Municipal N° 85/2012 Y sea con dispensación de trámite. Que. en la citada Sesión Ordinaria W10 de fecha 05 de febrero de 2013. el pleno del Concejo Municipal por dos tercios (2/3) de votos decide reconsiderar la Ordenanza Municipal N° 85/2012 por dispensación de trámite. Que. la participación de otras organizaciones no puede supeditarse a la falta de personeria juridica. ya que existen otros instrumentos y mecanismos para poder identificar a las organizaciones y sectores existentes en nuestro municipio. Que. en relación al denominativo de la instancia de participación ciudadana denominado 'Comisión Autonómica Municipal" y "Subcomisiones" ha sido observada. por lo que se quedara con el denominativo de "Asamblea Autonómica Municipal" y "Comisiones de Trabajo" como ha sido recomendada por la Unidad Técnica. Que. por último. la Carta Orgánica Municipal según el Reglamento Especial será considerada y aprobada en tres instancias: a) Aprobación del Anteproyecto. b) aprobación del Proyecto y . c) aprobación en Referéndum. en esta línea. el proceso de elaboración y aprobación del anteproyecto no cuenta con una norma especifica que regule todo su procedimiento. por lo tanto. necesita cierta seguridad juridica en su desarrollo. en especial en el momento de su tratamiento en H. Concejo Municipal. ya que en esta instancia. (los Concejales) podrian separarse unilateralmente del anteproyecto e introducir cambios de fondo. aspecto que alteraria el espiritu mismo de "la elaboración participativa de la Carta Orgánica". CONSIDERANDO 11: Que. el Art. 275 de la Constitución Política del Estado dispone: "Cada órgano deliberativo de las entidades territoriales elaborara de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá ser aprobado por dos tercios del total de sus miembros .;", la Carta Orgánica debe ser fruto de un proceso participativo de todas las ciudadanas y ciudadanos. organizaciones e instituciones existentes en el municipio. en esta línea. siendo las Organizaciones Territoriales de Base. las instancias territoriales más próximas a las ciudadanas y ciudadanos. Que. la Ley N°031 Marco de Autonomias y Descentralización dispone: Articulo 34 parágrafo 1. "El gobierno autónomo municipal está constituido por: 1. Un Concejo Municipal, con facultad deliberativa. fiscalízadora y legislativa en el ámbito de sus competencias ..... Asimismo. el Articulo 53 parágrafo I de la misma norma legal a la letra dice: "... Ios órganos deliberativos elaborarán participativamente y aprobarán por dos tercios (2/3) de votos del total de sus miembros el proyecto de estatuto autonómico o carta orgánica: 2. En el caso de los municipios, su Concejo Municipal." Que. el Articulo 5 núm. 1 del Reglamento Interno del Honorable Concejo Municipal de Colcapirhua. constituye una de las atribuciones del Concejo Municipal. aprobar su reglamento interno y otros instrumentos normativos.

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Page 1: Ley del 15 de Abrtl de 1985 ORDENANZA MUNICIPAL N° 04/2013

ORDENANZA MUNICIPAL N° 04/2013CONCEJO MUNICIPAL DE COLCAPIRHUA

Ley del 15 de Abrtl de 1985Tellfax: 4269984

COCHABAMBA . BOLIVIA

VISTOS:

La ~ota mediante CITE: 40/GAMC/2013 de fecha 23 de enero de 2013 del Alcalde Municipal; la notamediante CITE CV/N°029/13 del Comité de Vigilancia y el CITE UT-CO/0011/2013 de la Unidad Técnica parael proceso de elaboración de la Carta Orgánica Municipal.

CONSIDERANDO 1:

Que. mediante Ordenanza Municipal N" 85/2012 de fecha 12 de diciembre de 2012 se aprobó el Reglamentopara la Elaboración Participativa del Anteproyecto de Carta Orgánica del Municipio de Colcapirhua.

Que. el Art. 11 párrafo II del citado Reglamento que ha sido fruto de observ~ciones de parte del AlcaldeMunicipal y el Comité de Vigilancia a través de la notas CITE: 40/GAMC/2013 y CITE CV/N°029/13. conrelación al número de comisionados. Asi También el Art. 6 numerales 3 y 5 del aludido Reglamento.refiriéndose que se encuentran enumeradas organizaciones sociales y sectores que no cuentan conpersoneria jurídica, aspecto que daria lugar a falsas representaciones y finalmente el Art. 7 respecto aldenominativo que lleva la instancia de participación ciudadana y piden que se cambie el nombre por"Asamblea Autonómica Municipal".

Que. en Sesión Ordinaria N°10 de fecha 05 de febrero de 2013. se ha puesto en consideración el Informe dela Comisión Mixta W30-CJ(37) CCO-HR:127/2013 de fecha 01 de febrero de 2012. por el cual se harecomendado la reconsideración de la Ordenanza Municipal W85/2012. conforme a lo establecido en el Art.22de la Ley W2028.

Que. el informe CITE UT-CO/001112013 suscrito por el Dr. Roberto Carlos Quispe Torrez -Coordinador de laCarta Orgánica. solicita y recomienda que de conformidad al Art. 22 de la Ley N° 2028 se Reconsidere laOrdenanza Municipal N° 85/2012 Y sea con dispensación de trámite.

Que. en la citada Sesión Ordinaria W10 de fecha 05 de febrero de 2013. el pleno del Concejo Municipal pordos tercios (2/3) de votos decide reconsiderar la Ordenanza Municipal N° 85/2012 por dispensación detrámite.

Que. la participación de otras organizaciones no puede supeditarse a la falta de personeria juridica. ya queexisten otros instrumentos y mecanismos para poder identificar a las organizaciones y sectores existentes ennuestro municipio.

Que. en relación al denominativo de la instancia de participación ciudadana denominado 'ComisiónAutonómica Municipal" y "Subcomisiones" ha sido observada. por lo que se quedara con el denominativo de"Asamblea Autonómica Municipal" y "Comisiones de Trabajo" como ha sido recomendada por la UnidadTécnica.

Que. por último. la Carta Orgánica Municipal según el Reglamento Especial será considerada y aprobada entres instancias: a) Aprobación del Anteproyecto. b) aprobación del Proyecto y . c) aprobación en Referéndum.en esta línea. el proceso de elaboración y aprobación del anteproyecto no cuenta con una norma especificaque regule todo su procedimiento. por lo tanto. necesita cierta seguridad juridica en su desarrollo. en especialen el momento de su tratamiento en H. Concejo Municipal. ya que en esta instancia. (los Concejales) podriansepararse unilateralmente del anteproyecto e introducir cambios de fondo. aspecto que alteraria el espiritumismo de "la elaboración participativa de la Carta Orgánica".

CONSIDERANDO 11:

Que. el Art. 275 de la Constitución Política del Estado dispone: "Cada órgano deliberativo de las entidadesterritoriales elaborara de manera participativa el proyecto de Estatuto o Carta Orgánica que deberá seraprobado por dos tercios del total de sus miembros .;", la Carta Orgánica debe ser fruto de un procesoparticipativo de todas las ciudadanas y ciudadanos. organizaciones e instituciones existentes en el municipio.en esta línea. siendo las Organizaciones Territoriales de Base. las instancias territoriales más próximas a lasciudadanas y ciudadanos.

Que. la Ley N°031 Marco de Autonomias y Descentralización dispone: Articulo 34 parágrafo 1. "El gobiernoautónomo municipal está constituido por: 1. Un Concejo Municipal, con facultad deliberativa. fiscalízadora ylegislativa en el ámbito de sus competencias ..... Asimismo. el Articulo 53 parágrafo I de la misma normalegal a la letra dice: "... Ios órganos deliberativos elaborarán participativamente y aprobarán por dostercios (2/3) de votos del total de sus miembros el proyecto de estatuto autonómico o carta orgánica: 2. En elcaso de los municipios, su Concejo Municipal."

Que. el Articulo 5 núm. 1 del Reglamento Interno del Honorable Concejo Municipal de Colcapirhua. constituyeuna de las atribuciones del Concejo Municipal. aprobar su reglamento interno y otros instrumentos normativos.

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Ley del 15 de Abril de 1985Tel/fax 4269984

COCHABAMBA . BOLIVIA

Que, el Art. 12 núm. 4 de la Ley N' 2028 señala como un atribución del H. Concejo Municipal: "Dictar yaprobar Ordenanzas como normas generales del Municipio"." norma legal concordante con el Art. 5 núm. 4del Reglamento Interno del H. Concejo Municipal de Colcapirhua.

POR TANTO:

El Honorable Concejo Municipal de Colcapirhua, en uso de sus atribuciones conferidas por la ConstituciónPolítica del Estado, la Ley de MU1icipalidades, la Ley N'031 y el Reglamento Interno de este Ente Deliberante,dicta la presente:

ORDENANZA

ARTíCULO PRIMERO.- Se modifican los articulos 8, 11 Y 28 del Reglamento para la ElaboraciónParticipativa del Anteproyecto de Carta Orgánica del Municipio de Colcapirhua, los cuales quedaranredactados de la siguiente forma:

"Articulo 8 (Instancias).- Las instancias del proceso de elaboración participativa del Anteproyecto deCarta Orgánica son:a) Asamblea Autonómica Municipal yb) Comisiones de Trabajo

Articulo 11 (Elección y .acreditación de miembros de la Asamblea Autonómica Municipal).- 1.La representación ciudadana a la Asamblea Autonómica Municipal se hará a través de organizacionessociales o instituciones y se elegirá considerando el siguiente procedimiento:

a) Elección de forma democrática. mediante normas y procedimientos propios, ya sea enasambleas o reuniones de la organización o institución según lista definida en el parágrafo 11 delpresente articulo.

b) La acreditación de asambleistas será a través de Actas de Elección por sus respectivasinstituciones u organizaciones. que deberán ser presentadas al Concejo Municipal.

11. La representación ciucadana para la Asamblea Autonómica Municipal se elegirá considerando lasiguiente representación ~.roporcional:

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1 Concejc Municipal . 7 72 Ejecutivo Municipal 2 23 OTB's 65 654 Comité Cívico 2 25 Comité de Vigilancia 2 26 Sector Salud 2 27 Sector Educación 2 28 Transporte 2 29 Asociac ones productivas 2 210 Asociac ones de Regantes 2 211 Iglesias 2 212 Niños, Niñas y adolecentes 2 213 Jóvene~ 2 214 Discapacitados 2 215 Adulto mayor 2 216 Comerciantes 2 217 Industrial y empresarial 2 218 Sindicatos agrarios 2 219 Organización de mujeres 2 220 Unidad del Deporte 2 2

, : . it l. "$' ; ''':lg::¡-l¡It{3I~'i'J'',,¡¡t&!:ili:~~\~~,;J'' > (1'8~~'\1 ,'.. .: ,,' ¡lf.~~111. Las Orqanizaciones Sociales e Inslltuciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:

a) Contar con personería jurídica o acreditar su condición y existencia a través de otrosmecanismos e instrumentos.

b) Tener como residencia principal el Municipio de Colcapirhua.IV. Los Asambleístas Titulares y Suplentes deberán cumplir con los requisitos exigidos en 105estatutos y reglamentos internes de sus respectivas organizaciones, además de los siguientes:

a) Ser boliviano de-origen.b) Ser elegido por su organización:e) Tener residencia de dos (2) años en el municipio de Colcapirhua.

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Ley del 15 de Abril de 1985Tel/fax: 4269984

COCHABAMBA . BOLIVIA

Articulo 28 (Aprobación y entrega del Anteproyecto de Carta Orgánica).- 1. La AsambleaAutonómica Municipal, en sesión ordinaria aprobara el Anteproyecto de Carta Orgánica Municipal pordos tercios de los presentes, según reglamento de Debates.11. La Asamblea Autonómica Municipal entregara el Anteproyecto de Carta Orgánica Wlunicipal alConcejo Municipal.

111. El Anteproyecto de la Carta Orgánica aprobado por la Asamblea Autonómica Municipal tienecarácter vinculante en cuanto al fondo en su etapa de aprobación en el Concejo Municipal, en cuanto ala forma, el Concejo Municipal podrá' realizar las correcciones necesarias. H

ARTíCULO SEGUNDO.- Sustitúyase en todo el texto del Reglamento los términos "Comisión AutonómicaMunicipal" por "Asamblea Autonómica Municipal", "Sub comisión" por "Comisión de Trabajo" y "Comisionado"por "Asambleísta".

ARTICULO TERCERO.- Se instruye a la Unidad Técnica - responsable del proceso de elaboración de laCarta Orgánica, introducir los cambios efectuados debiendo consolidar texto único del Reglamento para laElaboración Participativa del Anteproyecto de Carta Orgánica del Municipio de Colcapirhua.

ARTICULO CUARTO.- Incorpórese los formularios FOR-001, FOR- 002, FOR-003, FOR-004 Y FOR-005como anexos del Reglamento para la Elaboración Participativa del Anteproyecto de Carta Orgánica delMunicipio de Colcapirhua.

ARTICULO QUINTO.- Queda encargado de la promulgación y posterior publicación el Ejecutivo Municipal, ensu condición de Máxima Autoridad Ejecutiva, debiendo considerar el artículo precedente.

REGISTRESE. PUBUQUESE. COMUNIQUESE y CUMPLASE

Es dada en la sala de sesiones del H. Concejo Municipal de Colcapirhua, a los Cinco días del. mes de febrerodel año dos mil trece.

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A, 15 de febrero de 201~,~Ü liase con las disposiciones contenidas en la presenteoi.u- ~NANZA MUNICIPAL N° 04/2013 Ysea mediantelas i tancias que correspondan Publíquese, Cúmplase yAn \ ese.

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.' j ~'lltiértfz/Érnam3ECRETARIA

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CAPíTULO IDISPOSICIONES GENERALES

Artículo 1 (Carta Orgánica).- La Carta Orgánica es la norma superior y constitucional a través de la cualel Gobierno Municipal perfeccionará el ejercicio de su autonomía.

Artículo 2 (Objeto).- El presente reglamento tiene por objeto la regulación del proceso de elaboraciónparticipativa del Anteproyecto de Carta Orgánica del Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua.

Artículo 3 (Ámbito de Aplicación).- El presente reglamento tendrá efecto en todo el territorio y susorganizaciones sociales e instituciones del Municipio de Colcapirhua.

Artículo 4 (Principios).- El presente reglamento se aplicará bajo los principios de: Participación y ControlSocial, Legitimidad, Inclusión, Equilibrio entre hombres y mujeres, Igualdad de Oportunidades yRepresentatividad.

Artículo 5 (Marco legal).- El presente reglamento tiene como marco legal la Ley N° 3942, ConstituciónPolítica del Estado, en sus Articulos: 7°, 11 parágrafo 11,241, 242, 283, 284 parágrafo IV, 302 parágrafo Inumeral 1, 271 parágrafo I y 275, Y la Ley N° 031, Ley Marco de Autonomías y Descentralización, en susArticulos 53, 54 Y 62.

CAPíTULO 11ACTORES DEL PROCESO

Artículo 6 (Actores).- 1. Los actores del proceso son las ciudadanas y ciudadanos a través de susdiversas organizaciones e instituciones en el Municipio de Colcapirhua, estas son:

1. Gobierno Autónomo Municipal de Colcapirhua.2. Organizaciones Territoriales de Base, juntas vecinales y sindicatos agrarios.3. Comité de vigilancia, Comité Cívico.4. Asociaciones productivas, transporte, Educación y Salud5. Organizaciones generacionales: niños, niñas, adolescentes, jóvenes y adulto mayor.6. Personas con capacidades diferentes.

1.Todas las ciudadanas y ciudadanos de manera individual o colectiva, deberán participar activamente enel proceso de elaboración del Anteproyecto de Carta Orgánica Municipal.

Articulo 7 (Unidad Técnica).- 1.El Conce]o Municipal dispondrá de una unidad técnica siendo el apoyotécnico, jurídico e informativo, que sistematice el proceso de construcción participativa del Anteproyectode Carta Orgánica, y podrá desarrollar las siguientes funciones, entre otras:

1. Informar y capacitar, a la población, autoridades, representantes políticos e institucionales delMunicipio, en temas referidos al desarrollo autonómico.

2. Brindar apoyo técnico y logístico en todas las actividades de la Asamblea Autonómica Municipal.3. Preparar un diagnóstico situacional de la Autonomía Municipal, tanto de su institucionalidad,

nec;esidades legislativas, características socioculturales y productivas.4. Preparar un índice de contenidos de la Carta Orgánica Municipal en base al Art. 62 de la LMAD y

los resultados del diagnóstico situacional.5. Apoyar técnico-jurídicamente a la Asamblea Autonómica Municipal en la Redacción del

Anteproyecto de la Carta Orgánica Municipal.

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111. 10 Asociaciones de Reqantes 2 211 lqlesias 2 212 Niños, Niñas y adolecentes 2 213 Jóvenes 2 214 Discapacitados 2 215 Adulto mayor 2 216 Comerciantes 2 217 Industrial y empresarial 2 218 Sindicatos agrarios 2 219 Organización de mujeres 2 220 Unidad del Deporte 2 2

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111. Las Organizaciones Sociales e Instituciones deberán cumplir con los siguientes requisitos:a) Contar con personería jurídica o acreditar su condición y existencia a través de otros

mecanismos e instrumentos.b) Tener como residencia principal el Municipio de Colcapirhua.

IV. Los Asambleístas Titulares y Suplentes deberán cumplir con los requisitos exigidos en los estatutos yreglamentos internos de sus respectivas organizaciones, además de los siguientes:

a) Ser boliviano de origen.b) Ser elegido por su organización:e) Tener residencia de dos (2) años en el municipio de Colcapirhua.

Artículo 12 (Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal).- 1. La Asamblea Autonómica Municipal,tendrá una directiva que estará compuesta por:

No.! Cargo .,',~¡ <;' ',. ' ,;;, .: Sector-al qU'e representa, . .v

,,: '". ,;,', ,/, '.' :" ,

1 Presidente(a) Miembro del Concejo Municipal2 1er Vicepresidente Orqanización Social representativa (varón o mujer)3 2do Vicepresidente Miembro del Ejecutivo Municipal4 Secretaría Miembro del Concejo Municipal5 Vocalía Orqanización Social representativa (varón o mujer)6 Vocalía Orqanización Social representativa (varón o mujer)7 Vocalía Organización Social representativa (varón o mujer)8 Vocalía Organización Social representativa (varón o mujer)9 Vocalía Orqanización Social representativa (varón o mujer)

/l. Los miembros de la Directiva, podrán participar en las comisiones de trabajo, sin asumir cargosdirectivos en las mismas. No se aplica esta disposición a la presidencia y secretaria.

1/1. La composición de la Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal será de manera equitativa entrevarones y mujeres.

Artículo 13 (Obligaciones de la Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal).- La Directiva de laAsamblea Autonómica Municipal, será responsable de llevar adelante el proceso de elaboración de laCarta Orgánica, para lo que asumirá las siguientes obligaciones funcionales:

1. Orientar el trabajo de la Asamblea Autonómica Municipal en función del Reglamento y Plan detrabajo.

2. Convocar públicamente a las actividades en función del Plan de trabajo, y evaluar los mismos.3. Convocar y presidir a las sesiones de la Asamblea Municipal Autonómica.

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4. Coordinar el trabajo de las Comisiones y solicitar información a estas.

Artículo 14 (Elaboración del Plan de Trabajo).- El Concejo Municipal, con el apoyo de la UnidadTécnica elaborará y presentará a la Asamblea Autonómica Municipal una Propuesta de Plan de Trabajopara la elaboración del Anteproyecto de la Carta Orgánica.

Artículo 15 (las Comisiones de Trabajo).- Las Comisiones de Trabajo se organizan al interior de laAsamblea Autonómica Municipal y son espacios participativos abiertos a la población, tienen la funciónde recoger propuestas, sistematizarlas y presentarlas a la Directiva de la Asamblea AutonómicaMunicipal. El número de Comisiones de Trabajo dependerá del índice de la Carta Orgánica Municipal,que será aprobada por la Asamblea Autonómica Municipal.

Artículo 16 (Funciones de las Comisiones de Trabajo).- Son funciones de las Comisiones de trabajo:

1. Conformar un directorio mínimo (Presidente y Secretario) y desarrollar sus actividades en elmarco de Plan de Trabajo.

2. Informar a la Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal del desarrollo de susactividades.

3. Recibir, sistematizar, analizar las propuestas.4. Desarrollar encuentros territoriales y encuentros sectoriales para dialogar y recoger

propuestas de la población.5. Elaborar un documento de conclusiones y propuestas a ser entregado a la Directiva de la

Asamblea Autonómica Municipal.

Artículo 17 (Revisión técnica, concordancia y estilo).- Una vez aprobado los informes de lascomisiones de trabajo, la Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal procederá a la Revisión técnica,de concordancia y estilo. La misma será reconsiderada por los miembros de la Asamblea para su revisióny aprobación final.

Artículo 18 (Igualdad de Oportunidades en la Representación de Varones y Mujeres).- El proceso deelaboración participativa de la Carta Orgánica debe garantizar la igualdad de oportunidades en larepresentación entre varones y mujeres.

CAPíTULO IVMETOlODlGIA DE ELABORACiÓN DEL ANTEPROYECTO DE CARTA ORGÁNICA

Artículo 19 (Metodología).- El proceso de elaboración del Anteproyecto de Carta Orgánica esparticipativo, se inicia con el recojo de información, procesamiento de información, valoración técnica yaprobación final.

Artículo 20 (Conformación de la Asamblea Autonómica Municipal).- El Concejo Municipal acreditarámediante un documento público a todos los asambleístas que cumplan los requisitos, en el marco delpresente Reglamento, los cuales serán convocados a un Acto Público para su posesión formal.

Articulo 21 (Constitución de la Directiva).- En base al presente reglamento se procederá a constituir laDirectiva de la Asamblea Autonómica Municipal.

Artículo 22. (Capacitación a los Asambleístas).- Los miembros de la Asamblea Autonómica Municipalserán capacitados permanentemente para la elaboración del Anteproyecto de Carta Orgánica, encoordinación con la Directiva.

Artículo 23 (Estructura de la Carta Orgánica y Organización de las Comisiones de Trabajo).- 1. LaDirectiva presentará al pleno de la Asamblea Autonómica Municipal, una propuesta de índice deContenidos de la Carta Orgánica en base a la Ley Marco de Autonomías y Descentralización.

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11.El número y nominación de las Comisiones de Trabajo, se organizarán sobre la base del índice deContenido Carta Orgánica aprobada en la Asamblea Autonómica Municipal.

Artículo 24. (Plan de Trabajo).- La Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal coordinará con lasComisiones el Plan de Trabajo, la misma deberá ser publicada para conocimiento de la población engeneral.

Artículo 25. (Definición de Espacios Participativos).- 1. Para una adecuada participación de lapoblación en la elaboración colectiva de la Carta Orgánica Municipal, se organizarán los siguientesespacios participativos:

1. Trabajo de las Comisiones: Es un espacio donde los miembros titulares de las comisionesrecogen, analizan, debaten, elaboran y aprueban sus propuestas, actas e informes.

2. Los Encuentros Territoriales y Sectoriales: Son espacios participativos en los diferentesterritorios municipales y con los sectores sociales estratégicos, en los que los asambleístasprevia definición de lugares y fechas, dialogan y reciben propuestas de la población.

3. Audiencias Públicas: Son espacios para abordar, profundizar y enriquecer el debate entemas concretos de la Carta Orgánica Municipal.

11.Un cronograma general de estos espacios participativos, será definido en el Plan de Trabajo.

Artículo 26. (Recepción de propuestas y elaboración de informes de las Comisiones).-

1. Las Comisiones de Trabajo, en el marco de un plazo definido, recibirán las propuestas tantoescritas como orales de la población, como los insumos generados de los debates producidos.

11. Las personas que expresen sus propuestas de forma oral, podrán hacerlo indistintamente en elidioma quechua o español.

111. En base a la información recogida, las Comisiones de Trabajo elaboran en lo posible un informede consenso o en caso extremo, y a falta de acuerdo de sus miembros, un informe de mayoría yotro de minoría para ser presentado a la Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal.

Artículo 27. (Espacios de publicación, socialización y Revisión).- Una vez redactado el documento sesocializará a través de diferentes medios y a todo nivel, dando un plazo prudente a la población parapronunciarse con observaciones, sugerencias o complementaciones, las mismas que deberán serpresentadas a la Asamblea Autonómica Municipal en los tiempos establecidos.

Artículo 28. (Aprobación y entrega del Anteproyecto de Carta Orgánica).- 1. La AsambleaAutonómica Municipal, en sesión ordinaria aprobara el Anteproyecto de Carta Orgánica Municipal por dostercios de los presentes, según reglamento de Debates.

11.La Asamblea Autonómica Municipal entregara el Anteproyecto de Carta Orgánica Municipal al ConcejoMunicipal.

111.El Anteproyecto de la Carta Orgánica aprobado por la Asamblea Autonómica Municipal tiene caráctervinculante en cuanto al fondo en su etapa de aprobación en el Concejo Municipal, en cuanto a la forma,el Concejo Municipal podrá realizar las correcciones necesarias.

DISPOSICIÓNES FINALES

PRIMERA. (Corrección de las Observaciones al Proyecto de Carta Orgánica Municipal).- En caso deexistir observaciones por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional, el Concejo Municipal, harápública las mismas, y podrá seguir dos conductos, dependiendo del tipo de observación:

1. Observaciones de forma: El Concejo Municipal procederá a corregirlas inmediatamente.

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2. Observaciones estructurales: La Directiva de la Asamblea Autonómica Municipal convocara auna Sesión Extracrtíinaria para corregirlas inmediatamente.

SEGUNDA. (Extinción de la Comisión Autonómica Municipal).- Aprobada por referéndum la CartaOrgánica Municipal, quedará extinguida la existencia de la Asamblea Autonómica Municipal.

TERCERA. (Modificación del Reglamento).- El presente Reglamento podrá ser modificado o ajustadopor el Concejo Municipal a solicitud expresa y debidamente fundamentada por cinco o máscomisionados, misma que será sometido a consideración del pleno de la Asamblea AutonómicaMunicipal, quien aprobara por mayoría absoluta.

CUARTO. (Gestión de recursos).- El Gobierno Municipal Autónomo de Colcapirhua destinaráobligatoriamente los recursos financieros necesarios para las diferentes actividades del proceso deelaboración participativa de la Carta Orgánica Municipal, y gestionara apoyo técnico y financiero ante lascooperaciones internacionales, nacionales e instituciones públicas y privadas.

QUINTA. (Vacíos Procedimentales en el Reglamento).- En caso de existir vacíos procedimentales enel presente reglamento se recurrirá como norma supletoria para el trabajo y las funciones en lo quecorresponda el Reglamento del Concejo Municipal.

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