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ACTA DE APRECIACIONES DE LA ENTIDAD SOBRE LAS OBSERVACIONES REALIZADAS A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD CON CORTE A 20 DE ENERO DE 2012
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MINISTERIO DE TRANSPORTE INSTITUTO NACIONAL DE VÍAS
GRUPO DE LICITACIONES Y CONCURSOS
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LICITACIONES PÚBLICAS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD CON CORTE A 20 DE ENERO DE 2012
FEBRERO 07 DE 2012
ACTA DE APRECIACIONES DE LA ENTIDAD SOBRE LAS OBSERVACIONES REALIZADAS A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD CON CORTE A 20 DE ENERO DE 2012
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1. RADICACIÓN 95053 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 EMBAJADA DE LA REPUBLICA DE COLOMBIA EN ESPAÑA FECHA: 28 de octubre de 2011 ASUNTO: PRE PLIEGOS A LOS PROCESOS DEL PROGRAMA DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. Proponen que los valores de capital de trabajo y patrimonio se obtengan por suma de las participaciones de sus integrantes y los valores de liquidez y endeudamiento como ponderación de cada miembro del consorcio o unión temporal.
Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, considerando que el Instituto tiene previsto que la participación de quien aporta la capacidad financiera sea real y representativa y se vea reflejada en todos y cada uno de los indicadores objeto de evaluación.
2. RADICACIÓN 96172 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSORCIO CORREDORES PARA LA PROSPERIDAD FECHA: 01 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PREPLIEGO DE CONDICIONES. Solicitan se retire de los pliegos de condiciones la solicitud de presentar UNA CERTIFICACIÓN DADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE, EN LA CUAL ESTABLEZCA QUE NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2000 EN CONTRATOS CON ENTIDADES ESTATALES y que no se otorguen 10 puntos al proponente que NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2007 EN CONTRATOS CON INVIAS.
Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez que el Instituto es una entidad que busca la conservación y protección del patrimonio público y el interés general, así como la adopción de medidas efectivas tanto para prevenir detrimentos patrimoniales por incumplimientos en la ejecución de las obras como para llevar a cabo castigos efectivos a quienes no han cumplido al Estado.
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3. RADICACIÓN 96185 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PROMESA DE SOCIEDAD FUTURA. CORREDORES PRIORITARIOS FECHA: 01 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES LICITACIONES PÚBLICAS Solicitan se retire de los pliegos de condiciones la solicitud de presentar UNA CERTIFICACIÓN DADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE, EN LA CUAL ESTABLEZCA QUE NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2000 EN CONTRATOS CON ENTIDADES ESTATALES y que no se otorguen 10 puntos al proponente que NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2007 EN CONTRATOS CON INVIAS.
Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez que el Instituto es una entidad que busca la conservación y protección del patrimonio público y el interés general, así como la adopción de medidas efectivas tanto para prevenir detrimentos patrimoniales por incumplimientos en la ejecución de las obras como para llevar a cabo castigos efectivos a quienes no han cumplido al Estado.
4. RADICACIÓN 96810 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSORCIO CORREDOR CENTRAL DEL NORTE FECHA: 02 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES LICITACIONES PÚBLICAS 1. Solicitan se modifique el cuadro de asignación de puntos por
anticipo solicitado de la siguiente manera:
CUADRO Nº 8 ANTICIPO SOLICITADOANTICIPO SOLICITADO PUNTAJE ASIGNADO
20% 2515% 3510% 50
2. Solicita se modifique el texto del puntaje máximo de 10 puntos por cumplimientos.
1. Se aclara me este aspecto mediante adenda. 2. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez
que el Instituto es una entidad que busca la conservación y protección del patrimonio público y el interés general, así como la adopción de medidas efectivas tanto para prevenir detrimentos patrimoniales por incumplimientos en la ejecución de las obras como para llevar a cabo castigos efectivos a quienes no han cumplido al Estado.
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5. RADICACIÓN 96827 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 J.A. ASOCIADOS S.A. INGENIERÍA DE PROYECTOS FECHA: 02 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES LICITACIONES PÚBLICAS Solicitan se retire de los pliegos de condiciones la solicitud de presentar UNA CERTIFICACIÓN DADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE, EN LA CUAL ESTABLEZCA QUE NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2000 EN CONTRATOS CON ENTIDADES ESTATALES y que no se otorguen 10 puntos al proponente que NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2007 EN CONTRATOS CON INVIAS.
Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez que el Instituto es una entidad que busca la conservación y protección del patrimonio público y el interés general, así como la adopción de medidas efectivas tanto para prevenir detrimentos patrimoniales por incumplimientos en la ejecución de las obras como para llevar a cabo castigos efectivos a quienes no han cumplido al Estado.
6. RADICACIÓN 96830 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 UCO S.A. URBANIZADORA Y CONSTRUCTORA OSORIO FECHA: 02 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES LICITACIONES Solicitan se retire de los pliegos de condiciones la solicitud de presentar UNA CERTIFICACIÓN DADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL DEL PROPONENTE, EN LA CUAL ESTABLEZCA QUE NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2000 EN CONTRATOS CON ENTIDADES ESTATALES y que no se otorguen 10 puntos al proponente que NO HA SIDO MULTADO, O LE HAN DECLARADO CADUCIDAD DESDE EL 1° DE ENERO DE 2007 EN CONTRATOS CON INVIAS.
Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez que el Instituto es una entidad que busca la conservación y protección del patrimonio público y el interés general, así como la adopción de medidas efectivas tanto para prevenir detrimentos patrimoniales por incumplimientos en la ejecución de las obras como para llevar a cabo castigos efectivos a quienes no han cumplido al Estado.
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7. RADICACIÓN 96845 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 UNIÓN TEMPORAL CORREDORES NACIONALES FECHA: 02 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PROYECTOS DE PLIEGO DE CONDICIONES 1. NUMERAL 5.1. EXPERIENCIA ACEPTABLE. Solicita se aclare si
para acreditar la experiencia aceptable el INVIAS acepta contratos en ejecución en los que no se haya impuesto ninguna clase de sanción o multa.
2. NUMERAL 6.1.8 CUMPLIMIENTOS PARA OBTENER EL PUNTAJE ESTABLECIDO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES. Solicita se modifique el requisito de adjuntar la certificación de no haber sido multado.
1. La entidad informa que no se aceptan contratos en ejecución de obra pública, deben estar terminados.
2. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez que el Instituto es una entidad que busca la conservación y protección del patrimonio público y el interés general, así como la adopción de medidas efectivas tanto para prevenir detrimentos patrimoniales por incumplimientos en la ejecución de las obras como para llevar a cabo castigos efectivos a quienes no han cumplido al Estado.
8. RADICACIÓN 98278 REF. LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 KMA CONSTRUCCIONES FECHA: 09 de Noviembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD DE DISEÑOS Y ANTECEDENTES Solicita la información producto del contrato de Estudios y Diseños gestión social, predial, ambiental y mejoramiento del proyecto TRANSVERSAL DEL CUSIANA y la información correspondiente a los antecedentes del NUMERAL 1.12 ACTIVIDADES GENERALES A DESARROLLAR DENTRO DEL ALCANCE DEL CONTRATO DEL APÉNDICE A.
La entidad informa que la información se encuentra en el Cuarto de Información de Referencia ubicado en la Carrera 128 No. 17‐15 INVIAS – Fontibón, según la información publicada en el SECOP, en la cual además se informan las reglas para efectuar las consultas a estos documentos.
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9. RADICACIÓN 101213 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ALCA INGENIERÍA S.A.S. FECHA: 17 de Noviembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD CITAS PARA VISITAR EL CUARTO DE INFORMACIÓN DE LOS PROCESOS DE LA REFERENCIA Solicita una cita para visitar el cuarto de información de los proyectos que conforman el programa de corredores prioritarios para la prosperidad.
La cita fue programada.
10. RADICACIÓN 101716 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011, LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 Y LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ÁLVARO MIGUEL OEDING FECHA: 18 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES – LICITACIONES PÚBLICAS 1. NUMERAL 5.1.1 ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA TÉCNICA
Solicita se elimine el requisito de que los contratos con los cuales se acredita la experiencia técnica, deben haberse suscrito con posterioridad al 1° de enero de 1996.
2. 5.1.2 ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA TÉCNICA. Solicita se incluya la posibilidad para los proponentes de certificar la experiencia técnica exigida, a través de las firmas interventoras o de las sociedades fiduciarias.
3. NUMERAL 5.1.1. EXPERIENCIA ADQUIRIDA COMO INTEGRANTE DE CONCESIONARIO. Solicita se aclare si en el evento de que el proponente tenga una participación mayor al 50% en la sociedad concesionaria podrá acreditar el 100% de la experiencia adquirida por la misma.
4. NUMERAL 5.1.1. EXPERIENCIA ADQUIRIDA COMO INTEGRANTE NO ORIGINAL DEL CONCESIONARIO. Entiende que para efecto de la acreditación de la experiencia técnica se puede acreditar la experiencia obtenida como integrante de concesionario, aun cuando hubiere adquirido tal calidad con posterioridad a la
1. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez que el Instituto requiere que los futuros contratistas posean experiencia vigente en actividades como las que son objeto de contratación.
2. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, considerando la necesidad de que sean los mismos entes estatales, con la formalidad que ello implica, quienes certifiquen la experiencia en su condición de representantes del destinatario último de la inversión, la ciudadanía.
3. La experiencia a tener en cuenta corresponde a la experiencia total multiplicada por el porcentaje de participación.
4. En ese caso rigen las consideración en cuanto a cedente y cesionario establecidas en el numeral 5 de los pliegos de condiciones.
5. Se efectuó la corrección en los pliegos de condiciones definitivos.
6. Si en el Certificado de Existencia y Representación Legal expedida por la cámara de comercio respectiva se acredita la
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constitución de la sociedad concesionaria.5. NUMERAL 5.4. ACLARACIÓN SOBRE FIANZA DE LA MATRIZ.
Solicita aclarar si cuando se hace mención al literal a) en cuanto a la presentación de la fianza por parte de la casa matriz, se está haciendo referencia al primer párrafo, ya que no existe literal a).
6. NUMERAL 5.2. CONDICIÓN PARA ACREDITAR EXPERIENCIA A TRAVÉS DE MATRIZ O SUBORDINADA. Solicita aclarar el requisito descrito en el numeral anterior, en tanto en el Certificado de Existencia y Representación legal expedido por las Cámaras de Comercio no consta el porcentaje de participación cuando se registra una situación de control.
7. NUMERAL 5.3. DEFINICIÓN DE EXPERIENCIA GENERAL. Entiende que el término experiencia general se refiere a la experiencia técnica exigida en los numerales 5.1.1. y 5.1.2. , estos es, la experiencia en construcción de carreteras primarias o secundarias o vías urbanas y la experiencia en construcción de puentes y/o viaductos vehiculares.
8. NUMERAL 5.2. ACREDITACIÓN DE EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES Y EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS A TRAVÉS DE SOCIEDADES CONTROLADAS POR LA MATRIZ. Entiende que de conformidad con el anterior numeral y toda vez que el numeral 5.2 establece la posibilidad de que los proponentes o sus integrantes acrediten la experiencia técnica requerida a través de sus matrices o filiales, resulta posible acreditar la experiencia técnica con sociedades controladas por la matriz del proponente, siempre que tanto la matriz, como la sociedad controlada suscriban el Anexo 5.
9. NUMERAL 4.22.4. ACREDITACIÓN DE CAPACIDAD FINANCIERA. Solicita que se permita a los proponentes acreditar la capacidad financiera requerida a través de sus matrices y filiales.
10. EVALUACIÓN DE ÍNDICES FINANCIEROS Y DE CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN EN CASO DE PRESENTAR
situación de control, se entiende que el porcentaje de participación en el capital es superior al cincuenta (50%) por ciento.
7. Es correcta la apreciación. 8. En tal caso deberán cumplirse los requisitos del pliego de
condiciones y especialmente los establecidos en los numerales 5.2 y 5.4.
9. Para el cómputo de los indicadores financieros se utilizarán los valores correspondientes al proponente individual o integrantes de la estructura plural y no se incluirán partidas correspondientes a personas jurídicas o naturales diferentes.
10. Este aspecto fue objeto de adenda en el sentido de prever que sea afectado el requisito (Capital de Trabajo y Patrimonio) considerando las licitaciones que le hayan sido adjudicadas y no todas para las cuales presente propuesta.
11. Este aspecto se aclaró en los pliegos definitivos. 12. El plazo se incrementó mediante adenda. 13. Este aspecto se modificó mediante adenda en el sentido
solicitado. 14. Este aspecto se modificó mediante adenda en el sentido
solicitado. 15. La responsabilidad de futuro contratista es sobre las
modificaciones o ajustes o actualizaciones que efectúe sobre los estudios y diseños existentes.
16. El futuro contratista será responsable de la obtención de los permisos y/o licencias ambientales requeridas para las intervenciones. Los riesgos relacionados con este aspecto fueron objeto de aclaración mediante adenda.
17. Los plazos corresponden a lo estipulado en los pliegos de condiciones y no dependen de actividades o aprobaciones durante la ejecución.
18. Se efectuó modificación mediante adenda contemplando el riesgo de mayores cantidades de obra.
19. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda en
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PROPUESTA PARA MAS DE UN PROYECTO. Entiende que si un proponente decide presentarse a más de un proyecto, el proponente deberá acreditar los requisitos financieros de capital de trabajo, liquidez, nivel de endeudamiento y patrimonio, con base en el valor total de todos los presupuestos oficiales correspondientes a los proyectos para los cuales presente propuesta. De igual modo y para efectos de la evaluación de la capacidad residual de contratación conforme a lo establecido en el numeral 5.6, entiende que si un proponente decide presentar propuesta para mas de uno de los proyectos, este deberá acreditar una capacidad residual de contratación igual o superior al valor total de los presupuestos oficiales de los proyectos para los cuales presente propuestas.
11. NUMERAL 4.22.2. CONSTITUCIÓN DE PATRIMONIO AUTÓNOMO PARA ACREDITAR CAPACIDAD FINANCIERA EN MÁS DE UN PROYECTO. Entiende que cuando en el numeral anterior se hace mención a los PRESUPUESTOS OFICIALES, se esta haciendo referencia a la sumatoria de los mismos.
12. PLAZO PARA CIERRE DE LA LICITACIÓN. Solicita que en el cronograma respectivo se establezca un plazo mayor para el proceso licitatorio.
13. ADJUDICACIÓN DE LOS PROYECTOS. Solicita que en los cronogramas de los procesos licitatorios se establezcan fechas y horas distintas para las audiencias de adjudicación.
14. TÉRMINO DE LA ETAPA DE PRECONSTRUCCIÓN. Solicita ampliar el plazo previsto.
15. NUMERAL 1.5. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA FRENTE A LOS ESTUDIOS Y DISEÑOS. Solicita aclarar si desde el momento en que se firma el contrato, el contratista adjudicatario debe hacerse responsable de los diseños realizados por terceros o por los ajustados por él durante el periodo de preconstrucción. Con respecto a la garantía solicita precisar el alcance del amparo.
16. NUMERAL 6.2. PERMISOS AMBIENTALES. Solicita aclarar si dentro del cronograma estructurado para la ejecución de cada
sentido solicitado.20. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda,
cambiando la duración de la etapa de preconstrucción. 21. Este aspecto se precisó en los pliegos de condiciones
definitivos. 22. La Entidad informa que dentro del Apéndice F se encuentra la
metodología para realizar la ejecución predial del proyecto. 23. La Entidad informa que mantiene lo establecido en el Pliego de
Condiciones. 24. La Entidad informa que la etapa de pre construcción se refiere a
la actualización y ajuste de los estudios y diseños. La gestión predial, se realizará en la etapa de mejoramiento.
25. Los estudios y diseños serán entregados por la Entidad para revisión y ajuste del contratista, el cual deberá adelantar la gestión predial en la etapa de ejecución del proyecto.
26. Con los diseños geométricos definitivos, se establece la afectación predial con el fin de que el contratista realice la elaboración de las fichas prediales y sus correspondientes planos de afectación predial.
27. La Entidad informa que se debe realizar el mantenimiento tal como se encuentra establecido en el alcance del contrato, el cual fue objeto de Adenda 3 y 4 publicada en el SECOP el 23 y 24 de enero.
28. La Entidad informa que en el formulario No. 1 PRESUPUESTO OFICIAL, se encuentra establecido un valor para revisión, ajuste y actualización de los estudios y diseños.
29. La Entidad informa que el alcance del contrato se encuentra establecido para cada uno de los proyectos y fue objeto de Adenda.
30. La Entidad informa que la norma sismo resistente NSR‐98 fue reemplazada por la norma NSR‐10, por lo que esta última será la que tendrá aplicación para los proyectos.
31. Con relación al ANEXO 17 NUMERAL 4.10.1., la entidad informa que se modificará mediante adenda.
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una de estas actividades se contempló el tiempo necesario para el trámite y la obtención de las licencias mencionadas y entiende que esta obligación debe cumplirse antes de iniciar la etapa de construcción y en relación con los riesgos solicita aclarar:
• Cuales serian los efectos y/o riesgos que podrían derivarse por cambios y/o ajustes en los diseños?
• En caso de que los diseños deban ser ajustados, que efectos y/o riesgos serán asumidos por el contratista y cuales no?
• En caso de que los ajustes a los estudios y diseños obliguen a la obtención de otro tipo de licencias y permisos, diferentes a las concebidas en la estructuración del proyecto, la entidad asumirá los riesgos y/defectos que puedan derivarse de tales trámite, como por ejemplo, tiempo adicional, demoras etc.?
17. APROBACIÓN DEL PAGA PREVIO AL INICIO DE OBRA. Solicita se aclare si el plazo para la ejecución de las obras empezará a contar a partir del momento en que se apruebe el PAGA por parte de la interventoría.
18. NUMERAL 6.1.1. APÉNDICE C – GESTIÓN DE RIESGOS. Considera que el riesgo derivado de la modificación de las cantidades de obra de ningún modo puede ser asignado al contratista.
19. PLAZO PARA ADAPTACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS. Considera que el plazo para adaptar y/o adecuar y/o complementar y/o ajustar los Estudios y Diseños resulta insuficiente y solicita se amplíe el plazo mencionado.
20. TÉRMINO PARA APROBACIÓN DE AJUSTES A ESTUDIOS Y DISEÑOS POR PARTE DE LA INTERVENTORÍA. Solicita se aclare si dentro de los 30 días previstos para la etapa de preconstrucción se contempla el tiempo requerido por la interventoría para la revisión de dichas modificaciones y/o adaptaciones y/o complementaciones y en caso de ser afirmativa la respuesta, considera que no debe ser responsabilidad del
32. El contrato 3407 de 2006 dentro de su objeto, establece la construcción de la doble calzada del corredor entre el PR 39+700 al PR49+000. Sin embargo, para efectos de realizar la presente licitación se efectuó una modificación al contrato, donde se redujo el alcance contractual y por ende se libraron las obras a realizar que se incluyen dentro del objeto de la presente licitación.
33. Con respecto al licenciamiento ambiental del tramo comprendido entre el PR46+381 al PR49+000, la entidad informa que a la fecha ya se encuentra radicada la solicitud de modificación de la licencia ambiental en el Ministerio de Medio ambiente. Si se presentan atrasos en dichos procesos de licenciamiento, la entidad en conjunto con el contratista realizara los ajustes necesarios en el desarrollo del contrato.
34. Los acuerdos a los cuales hace referencia el Apéndice A, son aquellos enmarcados dentro de la Ley 70 de 1993, comunidades afrocolombianas y sus territorios y el Decreto 1320 de 1998 sobre consulta previa con comunidades étnicas y el Decreto 1220 de abril de 2005 sobre licencias ambientales y Ley 21 de 1991, como requisito para el cumplimiento de las obligaciones de la licencia ambiental. Con respecto a los acuerdos de consulta previa que resulten del licenciamiento ambiental pendiente por salir, se cubrirán con el rubro destinado para la gestión social predial y ambiental.
35. El cálculo de los costos indirectos para cada uno de los proyectos es responsabilidad de cada proponente, los cuales establecen su eficiencia administrativa y económica en cada una de las propuestas; por lo tanto la entidad no ha publicado ningún formato para valoración del AIU.
36. La entidad informa que este proyecto no fue objeto de licitación por la Entidad.
37. La entidad informa que este proyecto no fue objeto de licitación por la Entidad.
38. Con relación a la presente observación, la entidad informa que
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contratista las demoras que puedan presentarse para el inicio de las obras, ni debe ser el contratista quien asuma los efectos económicos derivados de los retrasos en las circunstancias descritas.
21. OBLIGACIÓN DE ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS Y DISEÑOS. Solicita precisar el término actualización incluido en la obligación antes mencionada.
22. AVANCES DE ESTUDIOS PREDIALES. Solicita aclara a que nivel de avance se encuentran los estudios prediales.
23. ACTIVIDAD DE LEVANTAMIENTO PREDIAL. Solicita que la actividad de levantamiento predial no tenga que llevarse a cabo en forma simultánea al desarrollo de la etapa de construcción.
24. ETAPA DENTRO DE LA CUAL SE DESARROLLARÁ LA GESTIÓN Y ADQUISICIÓN PREDIAL. Solicita definir y aclarar esta etapa, así como el plazo dentro del cual deberá llevarse a cabo.
25. COMPRA DE PREDIOS. Solicita aclarar este punto en los pliegos de condiciones.
26. AVANCE EN MATERIA PREDIAL EN DISEÑOS ACTUALES. Solicita aclarar este punto en los pliegos de condiciones.
27. OBJETO DEL CONTRATO. Solicita aclarar si las actividades comprendidas para el corredor MEJORAMIENTO Y CONSTRUCCIÓN, GESTIÓN SOCIAL, PREDIAL Y AMBIENTAL DEL PROYECTO CORREDOR HONDA MANIZALES FASE 2, incluyen la actividad de mantenimiento.
28. RUBRO DE ESTUDIOS Y DISEÑOS DENTRO DEL PRESUPUESTO OFICIAL. Entiende que el rubro destinado al concepto de Estudios y Diseños corresponde a las modificaciones, ajustes y/o actualizaciones y que herramienta se tendrán para la estimación de este valor?
29. NUMERAL 1.4. DEL APÉNDICE A. LAS LONGITUDES QUE SE PRESENTAN EN ESTE PROCESO LICITATORIO DEBEN SER CONSIDERADAS ÚNICAMENTE COMO PARÁMETROS DE REFERENCIA. Solicita aclarar si lo anterior significa que el alcance del proyecto aún no esta definido en su totalidad.
será aclarado mediante adenda.39. La entidad informa que este proyecto no fue objeto de
licitación por la Entidad . 40. La Entidad informa que mediante comunicado No. 1 se dio
claridad en el manejo del cuarto de información de referencia; Así mismo, se informa que en dicho comunicado, se establece la dirección y correo electrónico para acceder a los documentos de dicho cuarto.
41. La Entidad informa que mediante Adenda publicada, se realizó la modificación correspondiente en dicho formulario.
42. • Los trámites necesarios de certificaciones por parte del
Ministerio del Interior se deberán desarrollar en la ejecución del contrato.
• La certificación de la existencia de las comunidades indígenas y/o afro descendientes las realiza el Ministerio del Interior y sus tramites correspondientes se deben realizar durante la ejecución.
• El proceso de consulta previa se debe iniciar a partir de la etapa de pre construcción de cada uno de los proyectos.
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30. NUMERAL 2.1. APÉNDICE B. ESTABLECE QUE LAS OBLIGACIONES PARA LAS ACTIVIDADES DE SEÑALIZACIÓN, SE ENMARCAN EN LAS SIGUIENTES ESPECIFICACIONES: CÓDIGO COLOMBIANO SÍSMICO DE PUENTES, NORMA SISMO RESISTENTE NSR‐98. Teniendo en cuenta que esta última norma fue reemplazada por la NSR‐10, solicita aclarar cual de las dos normas mencionadas tiene aplicación para efecto de los proyectos.
31. ANEXO 17 NUMERAL 4.10.1. Solicita publicar el anexo mencionado.
32. ALCANCE DEL CONTRATO VIGENTE RELACIONADO CON EL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DEL PR45+700 AL 49+000 SECTOR PLAYA LARGA – CISNEROS Y ADECUACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE CALZADA EXISTENTE DEL PR 29+000 AL PR+49000 2 ALTOS DE ZARAGOZA – CISNEROS (INCLUYENDO PUENTES Y VIADUCTOS)”. Solicita precisar el alcance del contrato vigente.
33. FECHA DE ENTREGA DE LICENCIA PARA TRAMO INCLUIDO DENTRO DEL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DEL PR45+700 AL 49+000 SECTOR PLAYA LARGA – CISNEROS Y ADECUACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE CALZADA EXISTENTE DEL PR 29+000 AL PR+49000 2 ALTOS DE ZARAGOZA – CISNEROS (INCLUYENDO PUENTES Y VIADUCTOS)”. Solicita aclarar cuales son las consecuencias sui dado el caso, se presentan demoras y/o imposiciones adicionales que surjan en el trámite y la expedición de las licencias en mención.
34. NUMERAL 1.5. ESTUDIOS E INFORMACIÓN DE REFERENCIA DEL APÉNDICE A. “CONSTRUCCIÓN DE LA SEGUNDA CALZADA DEL PR45+700 AL 49+000 SECTOR PLAYA LARGA – CISNEROS Y ADECUACIÓN Y RECTIFICACIÓN DE CALZADA EXISTENTE DEL PR 29+000 AL PR+49000 2 ALTOS DE ZARAGOZA – CISNEROS (INCLUYENDO PUENTES Y VIADUCTOS)”. Solicita aclarar lo siguiente:
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• A que tipo de acuerdos se refiere el numeral antes citado.• Dichos acuerdos serán ejecutados en el rubro
correspondiente a GESTIÓN SOCIAL, PREDIAL Y AMBIENTAL.
• Como sería el desembolso de dicho rubro. 35. FORMATO DE VALORACIÓN DE AIU. Solicita aclarar si existe o si
se ha publicado como parte de los documentos del proceso algún formato para que el proponente realice la respectiva valoración del AIU para la propuesta.
36. PRESUPUESTO PARA GESTIÓN PREDIAL EN EL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE CALZADA DEL PR15+000 SECTOR CITRONELA AL PR20+000 SECTOR 17 CÓRDOBA DE LA CARRETERA BUENAVENTURA – CRUCE RUTA 25 (BUGA) RUTA 40 TRAMO 01. Solicita aclarar si dentro del presupuesto correspondiente a este proyecto se han contemplado las inversiones que deberán realizarse para llevar a cabo las actividades mencionadas.
37. CUADRILLA DE MANTENIMIENTO PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE CALZADA DEL PR15+000 SECTOR CITRONELA AL PR20+000 SECTOR 17 CÓRDOBA DE LA CARRETERA BUENAVENTURA – CRUCE RUTA 25 (BUGA) RUTA 40 TRAMO 01”. Solicita aclarar como se compone dicha cuadrilla de mantenimiento.
38. NUMERAL 14 APÉNDICE A. Solicita aclara a que se refiere el término UNIFICAR mencionado en el numeral anterior.
39. PAGO DE LA EVALUACIÓN Y DIAGNOSTICO SUPERFICIAL Y ESTRUCTURAL DEL PAVIMENTO EN EL PROYECTO “CONSTRUCCIÓN DE LA DOBLE CALZADA DEL PR15+000 SECTOR CITRONELA AL PR20+000 SECTOR 17 CÓRDOBA DE LA CARRETERA BUENAVENTURA – CRUCE RUTA 25 (BUGA) RUTA 40 TRAMO 01. Solicita aclarar el esquema de este pago.
40. INFORMACIÓN SOBRE PAGINA WEB O CORREO ELECTRÓNICO AL QUE SE DEBE REMITIR ANEXO 8. Solicita indicar el correo o la página Web a la que el proponente debe remitir la solicitud de
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visita para conocer los diseños existentes en el cuarto de datos de INVIAS.
41. PRESUPUESTO OFICIAL DEL PROYECTO CORRESPONDIENTE A LA CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE DE HONDA. Solicita aclarar cual es el valor del presupuesto oficial.
42. CERTIFICACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR PARA EFECTOS DEL PROCESO DE CONSULTA PREVIA. Presenta las siguientes inquietudes: • ¿Dentro de la estructuración del proyecto, se tiene previsto el
tiempo que requeriría el trámite de dicha certificación ante el Ministerio del Interior?
• ¿Dentro de los diseños existentes en los proyectos, se encuentran identificadas las comunidades indígenas y/o afrodescendientes que podrían resultar afectadas en el desarrollo de los trabajos?
• ¿El proceso de consulta previa que se menciona en que etapa de ejecución del proyecto debe ser realizado?
11. RADICACIÓN 102483 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 OGENSA FECHA: 22 de Noviembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN PREPLIEGOS NUMERAL 4.7. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Solicita aclarar si la fecha de constitución superior a un (1) año es para la matriz extranjera o la sucursal en Colombia.
De conformidad con la Adenda No. 2 y 3 del 6 de enero de 2012 “En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta ultima.”
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12. RADICACIÓN 103061 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ALFONSO HERRERO LIMÓN FECHA: 23 de Noviembre de 2011 ASUNTO: PRE PLIEGOS A LOS PROCESOS DEL PROGRAMA DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. Solicita incluir la experiencia en túneles para aquellos procesos que contemplan su construcción y permitir acreditar como puentes o viaductos, los férreos.
La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones y los alcances que se deben ejecutar en los proyectos se encuentran establecidos mediante adenda publicada y la entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones considerando la magnitud y tipo de obras a contratar.
13. RADICACIÓN 103064 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ALFONSO HERRERO LIMÓN FECHA: 23 de Noviembre de 2011 ASUNTO: PRE PLIEGOS A LOS PROCESOS DEL PROGRAMA DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. NUMERAL 4.7. EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Solicita retirar el aparte que establece que LA FECHA DE CONSTITUCIÓN DE LA PERSONA JURÍDICA INDIVIDUAL O INTEGRANTE DE LA ESTRUCTURA PLURAL DEBE SER COMO UN MÍNIMO UN (1) AÑO ANTES DE LA FECHA DE CIERRE DEL PRESENTE PROCESO.
Se mantiene lo regulado en el pliego de condiciones respecto a este aspecto, toda vez que es importante para la entidad contar con expresas que cuenten con la experticia de un (1) año en el sector de la infraestructura.
14. RADICACIÓN 103363 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐47‐50‐54 –2011 MARTHA LIGIA ARIAS DURÁN FECHA: 23 de Noviembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD VISITA AL CUARTO DE DATOS Solicita autorización para visitar el cuarto de datos de los procesos de la referencia para conocer los correspondientes estudios y diseños.
La Entidad informa que mediante comunicado No. 1 se dio claridad en el manejo del cuarto de información de referencia; Así mismo, se informa que en dicho comunicado, se establece la dirección y correo electrónico para acceder a los documentos de dicho cuarto.
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15. RADICACIÓN 103769 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 LATINCO S.A. FECHA: 24 de Noviembre de 2011 ASUNTO: PRE PLIEGOS A LOS PROCESOS DEL PROGRAMA DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. Solicita conservar el texto estipulado para acreditar el requisito de experiencia así: “….ESTÉN FINALIZADOS SIEMPRE Y CUANDO SU FECHA DE TERMINACIÓN ESTÉ DENTRO DEL PERIODO CORRESPONDIENTE AL 1° DE ENERO DE 1996 Y LA FECHA DE CIERRE DEL PLAZO DEL PRESENTE PROCESO DE SELECCIÓN”.
La Entidad mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones.
16. RADICACIÓN 104340 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 MINCIVIL S.A. FECHA: 25 de Noviembre de 2011 ASUNTO: PRE PLIEGOS A LOS PROCESOS DEL PROGRAMA DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. Solicitan ampliar el período a partir el 1 de enero de 1990 o que sea válida la experiencia de los contratos terminados y no necesariamente suscritos en el período a partir del 1 de enero de 1996, en relación con:
• NUMERAL 5.1.1 Experiencia en construcción de carretera
primarias o secundarias o vías urbanas. • NUMERAL 5.1.2 Experiencia en construcción de puentes y/o
viaductos vehiculares.
El INVIAS informa que se mantiene la previsión establecida en los Pliegos de Condiciones, toda vez que se requiere que la experiencia se encuentre vigente.
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17. RADICACIÓN 104435 REF. LP‐SGT‐SRN‐047‐48‐50‐53‐2011 Z.R. INGENIERÍA S.A. FECHA: 25 de Noviembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES AL PROYECTO DE PLIEGO DE CONDICIONES 1. NUMERAL 5.1.1 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS. Solicite para los contratos que soporten la experiencia, estar TERMINADOS desde el 1° de enero de 1996 a la fecha de cierre o TERMINADOS en los últimos cinco (5) años.
2. NUMERAL 5.1.2. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES LITERAL B. Solicita se analice la posibilidad de utilizar una sola forma para acreditar la longitud mínima de puente, mediante el cumplimiento de la experiencia HASTA en dos (2) contratos, independientemente del porcentaje de participación que tenga el integrante del proponente dentro de los contratos de soporte que acrediten la experiencia.
3. NUMERAL 5.1.2. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES, LITERAL B. Solicita aceptar en su totalidad las longitudes de puente acreditadas en aquellos casos en que el proponente o los integrantes del mismo, posean un porcentaje de participación igual o superior al 70% en los contratos que se aportan para soportar la experiencia.
1. La Entidad informa que se mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones.
2. La Entidad informa que mediante Adendas, se dio claridad a este aspecto.
3. La Entidad informa que mediante Adendas, se dio claridad a este aspecto.
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18. RADICACIÓN 105337 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ICEIN FECHA: 29 de Noviembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE PREPLIEGO 1. NUMERAL 5.1.2. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES, LITERAL B. Solicita se modifique este requisito en los siguientes términos: “EN UN (1) CONTRATO SE TENDRÁ EN CUENTA CUANDO EL INTEGRANTE QUE ACREDITE LA EXPERIENCIA POSEA UNA PARTICIPACIÓN IGUAL O SUPERIOR AL CUARENTA POR CIENTO (40%).
2. NUMERAL 5.1.1 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS. Solicita se modifique el inciso primero en el sentido de que pueda ser acreditada mediante contratos en ejecución y/o terminados y en caso de no accederse a la anterior petición, subsidiariamente se solicita incluir como experiencia válida la ejecución de contratos que llevan un avance de ejecución igual o superior a 80%.
1. La Entidad informa que mediante Adendas, se dio claridad a este aspecto.
2. La Entidad informa que se mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones.
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19. RADICACIÓN 105410 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 – lp‐sgt‐srn‐054‐2011 OGENSA FECHA: 29 de Noviembre de 2011 ASUNTO: SEGUNDA SOLICITUD DE ACLARACIÓN PREPLIEGOS 1. CUPO DE CRÉDITO SUCURSAL/MATRIZ. Solicita aclarar si es
posible la presentación de la Certificación de Aprobación de Cupo de Crédito a favor de la sucursal aun presentando la oferta la matriz extranjera.
2. VALIDEZ CAPACIDAD CONTRATACIÓN SUCURSAL. Pregunta si la capacidad de contratación de la que dispone la sucursal es válida en los diferentes procesos o al no cumplir el año solicitado o si por el contrario es un trámite que no surte efecto y que no supondrá aporte dentro del consorcio en el que la matriz se encuentre inmersa.
3. VALIDEZ DOCUMENTACIÓN SUCURSAL. Pregunta si toda la documentación generada por la sucursal es motivo de entrega y de valoración o por el contrario carece de fundamento al presentarse la matriz al proceso licitatorio.
1. El PUNTO DÉCIMO de la ADENDA 2 y 3 publicada en el SECOP el 6 de enero de 2012, con relación a este particular estableció: “Se aclara que será igualmente valido el cupo de crédito, underwriting o patrimonio autónomo presentado por la Casa Matriz o su Sucursal en Colombia”. 2. De conformidad con la Adenda No. 2 y 3 del 6 de enero de 2012 “En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta ultima.” 3. De conformidad con el inciso final del numeral 4.7 del Pliego de Condiciones si la oferta es suscrita por una Persona Jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta en Colombia se deberá acreditar la capacidad de la Sucursal y de su Representante o mandatario mediante la presentación del Certificado de Registro Único de Proponente y el Certificado de Existencia y Representación Legal.
20. RADICACIÓN 107927 REF. LICITACIONES PUBLICAS DEL PROGRAMA “CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD” ÁLVARO MIGUEL OEDING FECHA: 06 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PLIEGOS 1. PLAZOS DE EJECUCIÓN DE LOS PROYECTOS.
NUMERAL 1.3 PLIEGOS. SOLICITA revisar y ajustar los plazos definidos en el numeral 1.3 de cada uno de los proyectos de pliegos publicado, de modo tal que dichos términos coincidan de manera exacta con los plazos contemplados para cada una
1. La entidad informa que este aspecto fue objeto de modificación mediante publicación de los pliegos definitivos.
2. Con relación a la presente observación,será modificado mediante adenda.
3. Con relación a la presente observación, la entidad informa que
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de las etapas de ejecución de los Proyectos, de acuerdo con lo definido en el numeral 1.5. de los proyectos de pliego.
2. OFRECIMIENTO DE FRENTE DE OBRA ADICIONAL COMO FACTOR DE CALIFICACIÓN Y OTORGAMIENTO DE PUNTAJE. NUMERAL 6.1.34.‐6.1.39. – 6.1.40. conforme a los numerales citados del proyecto de pliego y al anexo mencionado, es nuestro entendimiento que como parte de la calificación del factor de calidad, los únicos factores que otorgan puntaje para efectos de calificación son 1)cumplimientos; y 2) el ofrecimiento de un frente de obra adicional conforme al numeral 2 del anexo 10, sin perjuicio de que los proponentes puedan ofrecer un equipo mínimo adicional, de acuerdo con el numeral 3 del mismo anexo, ofrecimiento, que en todo caso, no otorga puntaje ni constituye factor de calificación de las propuestas, pero que deberá ser cumplido por el proponente adjudicatario al inicio de las obras. Solicitamos aclaración para verificar si el entendimiento es correcto, en el supuesto contrario, esto es, si para efectos de obtener puntaje por el ofrecimiento de frente de obra adicional debe realizarse igualmente un ofrecimiento de equipo mínimo adicional.
3. En el supuesto de que los proponentes estén obligados a realizar el ofrecimiento de equipo mínimo adicional para efectos de obtener puntaje en la calificación del ofrecimiento del frente de obra adicional, solicitamos se permita a los proponentes que con anterioridad a la fecha de cierre de los procesos no tengan la propiedad de tales equipos y en consecuencia no puedan aportar las facturas correspondientes, presentar un cupo de leasing por un monto de siete millones de dólares (US7.000.000), en el que conste su compromiso de tener la maquinaria adicional ofrecida al inicio de las obras.
4. MAQUINARIA ADICIONAL. SOLICITAMOS ajustar el requisito de maquinaria adicional incluido en el numeral 3 del anexo
será modificado mediante adenda.4. Con relación a la presente observación, la Entidad informa que
será modificado mediante adenda. 5. La matriz de riesgos definitiva es la publicada en el SECOP en
donde se contemplan los aspectos de riesgo predial. 6. En los pliegos definitivos se aclararon los aspectos de
presentación de hojas de vida y certificaciones. 7. Respecto a su observación, el patrimonio y el capital de trabajo
sí cuentan como índices financieros para el caso del cupo de crédito adicional en el evento en que no se cumpla con uno de los índices financieros tal como lo establece el Pliego de Condiciones en el Numeral 4.22.4. En consecuencia, el cupo de crédito adicional aplica únicamente para un índice financiero (capital de trabajo demandado, liquidez, endeudamiento y patrimonio). Lo anterior fue aclarado mediante adenda.
8. Este aspecto será aclarado mediante adenda. 9. La Entidad mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones. 10. De conformidad con las Causales de Rechazo numeral 7.3
establecidas en el Pliego de condiciones definitivo, la mencionada causal no esta prevista en el mismo.
11. La Entidad informa que el 29 de diciembre de 2011 fueron publicados en el SECOP los pliegos definitivos de los proyectos correspondientes al programa CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD.
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10, de acuerdo con las especificaciones y necesidades de cada uno de los proyectos, a fin de que el equipo adicional exigido sea realmente útil y adecuado para la ejecución del respectivo proyecto.
5. RIESGO PREDIAL EN CASO DE IMPOSIBILIDAD DE ALQUILAR PARA INSTALACIÓN DE PLANTAS. Teniendo en cuenta que no existe forma de que los contratistas puedan manejar y controlar el riesgo anteriormente descrito, pues se insiste, depende exclusivamente de la voluntad de colaboración por parte de los propietarios, de manera respetuosa solicito evaluar y revisar de manera especial las condiciones en que el riesgo mencionado será tipificado, estimado y asignado.
6. OPORTUNIDAD PARA PRESENTACIÓN DE HOJAS DE VIDA Y CERTIFICACIONES. Numeral 2.1.1. solicito aclarar cuando deben presentarse las hojas de vida y las certificaciones exigidas en numeral antes citado; es decir, si deben presentarse con la propuesta o con posterioridad al acto de adjudicación durante la ejecución de los respectivos contratos.
7. CUPO DE CRÉDITO ADICIONAL. Numeral 4.22.4. Solicito aclarar si 1) el patrimonio y el capital de trabajo cuentan como índices financieros para efectos del cupo de crédito adicional que se podría presentar “en el evento que algún proponente no cumpla con alguno de los índice financieros exigidos”, 2) puede un proponente presentar un cupo de crédito adicional en el evento que no cumpla con más de uno de los índices financieros exigidos; 3) en caso de que un proponente pueda presentar un cupo de crédito adicional aún cuando no cumpla con más de uno de los índices financieros, el monto del cupo deberá corresponder al 10% del presupuesto oficial, o deberá aumentar en un 10% por índice financiero adicional no cumplido.
8. RECALCULO DE LOS ÍNDICES FINANCIEROS Y DE LA CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN. Solicito se
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modifique la regla incluida en el último párrafo del Numeral 4.22.4., y en el texto del numeral 5.6 que dice “Igualmente se recalculara la capacidad residual de contratación de los consorcios, las uniones temporales y estructuras plurales, para verificar el cumplimiento del Kr (k residual), el cual será igual o superior al presupuesto oficial”, a fin de que se exija como requisito habilitante, que el proponente que presente propuesta para más de un proyecto cumpla con los índices financieros y la capacidad residual de contratación exigidos, teniendo como base la sumatoria de los propuestos oficiales para los cuales presente propuesta.
9. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS. Es nuestro entendimiento que un proponente puede acreditar la experiencia en construcción de carreteras primarias o secundarias o vías urbanas, mediante contratos en ejecución en cuyo desarrollo, se haya finalizado con la construcción de la obra descrita, y la misma se haya entregado formalmente a la entidad contratante. Tal interpretación resulta coherente a la luz de uno de los puntos de la Nota 1 del numeral 5.5 del proyecto de pliego, que establece que “si el contrato no ha sido liquidado, el proponente deberá anexar el acta de terminación y/o el acta de recibo final de obra”, lo cual permite concluir que es posible acreditar la experiencia exigida mediante contratos en ejecución, aportando las respectivas actas de entrega de obra. SOLICITAMOS si el entendimiento es correcto.
10. SICE. De acuerdo con lo establecido en el literal K, numeral 7.3‐ Rechazo de Propuestas, en cuanto a que : “…No tener el proponente o alguno de los integrantes de la estructura plural el certificado del registro de precios en el SICE, para cada uno de los ítems de acuerdo con los códigos CUBS del Formulario correspondiente; vigentes a la fecha de cierre del presente proceso (cuando aplique)…”, es nuestro entendimiento, que
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para los procesos de la referencia, no se requiere el certificado del registro de precios en el SICE, para cada uno de los ítems de acuerdo con los códigos CUBS de los formularios correspondientes; esto en concordancia con lo establecido en el numeral 4.18 SICE de los Prepliegos de condiciones de los procesos en mención. SOLICITO aclarar si el entendimiento es correcto.
11. Solicita la publicación de los cambios, con el fin de ser identificados para su posterior estudio y evaluación.
21. RADICACIÓN 108043 REF. LP‐SGT‐SRN‐PRE‐039‐2011, LP‐SGT‐SRN‐PRE‐042‐2011, LP‐SGT‐SRN‐PRE‐043‐2011, LP‐SGT‐SRN‐PRE‐047‐2011, LP‐SGT‐SRN‐PRE‐048‐2011, LP‐SGT‐SRN‐PRE‐050‐2011, LP‐SGT‐GGP‐PRE‐053‐2011, LP‐SGT‐GGP‐PRE‐054‐2011, LP‐SGT‐GGP‐PRE‐055‐2011. DURÁN & OSORIO ABOGADOS FECHA: 06 de Diciembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓNEl pliego al implementar el PAGA, sin tener en cuenta que los proyectos cuentan con la licencia ambiental, por lo cual debe ser a esta a la cual se ciñan los procedimientos del contratista. Al ser adjudicado el contrato la entidad debería hacer seguimiento de esta licencia y de igual manera revisar el programa entregado por el contratista con el fin de identificar los documentos de medidas ambientales que debe seguir el contratista. De acuerdo a lo anterior SOLICITAMOS modificar el requisito en el orden de permitir que el proponente solo deba cumplir con las licencias ambientales, el presupuesto de manejo ambiental o los documentos con las medidas ambientales a ejecutar según sea el caso. En segundo lugar solicitamos no tener en cuenta el desarrollo del PAGA, para estos proyectos, debido a que el proyecto ya cuenta con las licencias ambientales necesarias para llevar a cabo el objeto del contrato, en lo que tiene que ver con las medidas ambientales.
La Entidad informa que los proyectos de mejoramiento se debe implementar el Programa de Adaptación de la Guía Ambiental PAGA, la cual hace parte de los Estudios y Diseños entregados por el INVIAS a los contratistas. Igualmente para los proyectos en los cuales sea necesario la obtención de las licencias ambientales, el contratista deberá realizar la respectiva gestión.
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22. RADICACIÓN 110896 REF. LP‐SGT‐SRN‐PRE‐050‐2011 GISAICO S.A. FECHA: 13 DE DICIEMBRE DE 2011 ASUNTO: OBSERVACIÓN PLIEGO 1. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES, observamos que en la segunda versión del proyecto de pliego (publicada en el SECOP el 16‐11‐2011 06:38 AM) se incremento la longitud exigida en construcción de puentes vehiculares en concreto. ¿Qué justificación lógica lleva entonces a pensar a la entidad, que éste proponente, por el hecho de haber ejecutado en forma individual sus dos (2) contratos, tenga una experiencia especifica en construcción de puentes vehiculares en concreto, inferior a aquel proponente con dos contratos con ese mismo objeto, y en los cuales tuvo participación inferior al 50%? Por el contrario pudiera pensarse que cuenta con una experiencia superior aquel proponente que ejecutó su contrato de manera individual.
2. SOLICITAMOS que se mantenga la longitud exigida (300m), e incluso, que se mantenga la longitud mínima para cada puente (150m) cuando se trate de acreditar dicha experiencia en dos (2) contratos, pero sin limitarse a aquellos en los que el proponente haya tenido una participación infiero al 50%, bastando con remplazar el término “menos del cincuenta por ciento (50%) de participación”, por el termino “al menos el cincuenta por ciento (50% de participación)”.
1. La Entidad informa que mediante Adendas, se dio claridad a este aspecto.
2. La Entidad informa que mediante Adendas, se dio claridad a este aspecto.
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23. RADICACIÓN 111135 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PAVIMENTAR S.A. FECHA: 14 de diciembre de 2011 ASUNTO: PRE PLIEGOS A LOS PROCESOS DEL PROGRAMA DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. Solicita informar la metodología con la cual se irán adjudicando
las distintas licitaciones, así como la forma como se irán recalculando los índices financieros y cuáles serán las nuevas condiciones o requisitos para los proponentes a los que se les adjudica una o más licitaciones.
2. Capacidad Residual de Contratación. ¿Cómo se irá recalculando a los proponentes a los que se le vaya adjudicando un proceso licitatorio?
3. En el NUMERAL 5.1.1 Experiencia en construcción de carreteras primarias o secundarias o vías urbanas, se solicita aclarar, ¿qué pasa cuando exista un proponente plural y uno de sus integrantes aporte el 100% de la experiencia?
4. 5.19.1.1 Determinación del Método para la Ponderación de la Propuesta Económica. Se solicita que la T.R.M. a tener en cuenta sea la correspondiente al día de la audiencia y no la del día anterior.
5. Aclarar si se debe cumplir el requisito del literal K Numeral 7.3 Rechazo de las propuestas. (Obligación de estar inscrito en el SICE)
6. Indicar si el personal solicitado en el Apéndice F Numeral 5.3.2 es diferente al solicitado en el Numeral 10‐11 del mismo Apéndice F.
7. ¿Las visitas a los lugares de ejecución de la obra son obligatorias?
8. NUMERAL 5.1.2 Experiencia en construcción de puentes y/o viaductos vehiculares. – Se solicita mantener la longitud de 300 mts y que se mantenga como longitud mínima por puente 150 mts cuando la experiencia se acredite en dos contratos, pero sin
1. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda..2. La metodología que se llevará a cabo para el cálculo de la
Capacidad Residual de Contratación se realizará de acuerdo con el numeral 5.6 del Pliego de Condiciones de las Licitaciones Públicas.
3. Este se aspecto se aclara mediante adenda. 4. Será objeto de aclaración mediante adenda 5. Este literal se suprimió en los pliegos de condiciones
definitivos. 6. El Apéndice F fue modificado en la versión de pliegos
definitivos, eliminando el numeral 5.3.2. 7. De acuerdo con el numeral 4.20 del Pliego de Condiciones, la
visita no es obligatoria, sin embargo el inciso primero del mencionado numeral señala que “(…) La visita técnica al lugar donde se realizará la obra es responsabilidad de cada proponente, razón por la cual el INVIAS da por entendido que EL INTERESADO al presentar su oferta conoce la zona del proyecto y los riesgos que se puedan presentar en el sitio en el que se desarrollaran las obras (…)”.
8. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda. 9. Se mantiene lo establecido en el anexo 2 de los pliegos de
condiciones, toda vez que se requiere que el cupo de crédito se encuentre disponible durante la vigencia del contrato.
10. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los procesos en licitación.
11. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los procesos en licitación.
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limitarse a aquellos en los que el proponente haya tenido una participación inferior al 50%. CUPO DE CRÉDITO:
9. Solicitan incluir en las cartas de cupo de crédito una fecha fija para la vigencia del cupo de crédito.
10. Solicita que el cupo de crédito sea general y de monto agotable en la medida en que vaya siendo la empresa adjudicataria de los procesos.
11. Considerar que las empresas puedan presentar certificaciones de aprobación de cupo de crédito de distintos bancos.
24. RADICACIÓN 111439 REF. PROCESOS CORREDORES PARA LA PROSPERIDAD EXPLANACIONES S.A.S FECHA: 14 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES E INQUIETUDES PREPLIEGOS1. Al definir el método de ponderación de la propuesta definido
en el numeral 6.19.1.1 de los pliegos, solicitamos que la T.R.M, Tasa Representativa del Mercado, escogida por el Banco de la Republica, no sea la del día anterior a la audiencia de apertura del sobre dos, pues se puede prestar a actos mal intencionados durante la noche anterior, momento en el cual ya se conoce la T.R.M, por lo que pedimos sea la T.R.M del mismo día de la audiencia, realizada a una hora más tarde, pero con mayores garantías para la totalidad de los interesados.
2. Se requiere indicar si el personal solicitado en el apéndice f‐ numeral 5.3.2 (equipo técnico gestión predial), es diferente al solicitado en el numeral 10‐11 del mismo apéndice f.
3. Se requiere saber con mayor claridad si las visitas a los lugares de ejecución las obras son o no de carácter OBLIGATORIAS, y si se debe aportar con la propuesta, alguna certificación escrita de tal visita, así como su fecha y hora de tal obligación y el
1. Con relación al T.R.M, la Entidad informa que se encuentra en estudio y será modificado mediante adenda.
2. El Apéndice F fue modificado en la versión de pliegos definitivos, eliminando el numeral 5.3.2
3. De acuerdo con el numeral 4.20 del Pliego de Condiciones, la visita no es obligatoria, sin embargo el inciso primero del mencionado numeral señala que “(…) La visita técnica al lugar donde se realizará la obra es responsabilidad de cada proponente, razón por la cual el INVIAS da por entendido que EL INTERESADO al presentar su oferta conoce la zona del proyecto y los riesgos que se puedan presentar en el sitio en el que se desarrollaran las obras (…)”.
4. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda. 5. La adjudicación será la establecida en cada uno de los
cronogramas de los procesos. En el numeral 4.22.4 Capacidad Financiera del pliego de condiciones y sus adendas
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funcionario competente para expedir tal certificación.4. ¿Qué justificación lógica lleva entonces a pensar a la entidad,
que éste proponente, por el hecho de haber ejecutado en forma individual sus dos (2) contratos, tenga una experiencia especifica en construcción de puentes vehiculares en concreto, inferior a aquel proponente con dos contratos con ese mismo objeto, y en los cuales tuvo participación inferior al 50%? Por el contrario pudiera pensarse que cuenta con una experiencia superior aquel proponente que ejecutó su contrato de manera individual. SOLICITAMOS que se mantenga la longitud exigida (300m), e incluso, que se mantenga la longitud mínima para cada puente (150m) cuando se trate de acreditar dicha experiencia en dos (2) contratos, pero sin limitarse a aquellos en los que el proponente haya tenido una participación inferior al 50%, bastando con remplazar el término “menos del cincuenta por ciento (50%) de participación”, por el término “al menos el cincuenta por ciento (50% de participación)”
5. Numeral 4.22.4 denominado capacidad financiera. INDICAR cual seria la metodología en detalle de la forma como se irán adjudicando las distintas licitaciones, así como, la forma como se irán recalculando los índices financieros, cuales, serán las nueva condiciones o requisitos para los proponentes a los que se les adjudica una licitación, dos o más.
6. Entendiendo el interés del INVIAS de tener un cubrimiento del cupo de crédito durante toda la obra, se recomienda que para el cálculo de la fecha anterior se incluya un periodo adicional, es decir, por ejemplo no hasta el 30 de diciembre de 2014 (suponiendo que esta fuera la fecha de terminación del contrato) sino hasta el 30 de Marzo de 2015.
7. CUPO DE CRÉDITO AGOTABLE. Según el numeral 4.22.1. se SUGIERE que el cupo de crédito sea agotable, como lo es el capital de trabajo.
modificatorias, se señala las condiciones y la forma como el capital de trabajo y el patrimonio se verán afectados en la medida que se adjudique los procesos a los proponentes beneficiarios.
6. La vigencia del cupo de crédito será hasta la finalización del plazo de ejecución del contrato.
7. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los procesos en licitación.
8. Se mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones. 9. La Entidad informa que mediante Adendas publicadas los días
se establecieron los alcances para cada uno de los proyectos. Así mismo, se establece que la etapa de pre construcción, construcción y mantenimiento se debe realizar dentro del plazo del contrato.
10. La Entidad informa que mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones.
11. La Entidad informa que las experiencias deben ser acordes al objeto del proyecto.
12. La Entidad informa que mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones.
13. la entidad informa que este aspecto se encuentra establecido en el numeral 5.6 de los pliegos definitivos.
14. La Entidad informa que las cantidades se encentran establecidas en el formulario de presupuesto oficial y los alcances se precisaron en la Adenda publicada.
15. Con relación a la presente observación, la Entidad informa que se encuentra en estudio y será modificado mediante adenda.
16. La Entidad informa que la mano de obra no calificada se deberá contratar preferiblemente de la región donde se encuentra ejecutando el proyecto.
17. La Entidad informa que el contratista debe realizar la gestión para la obtención de los permisos ambientales en las diferentes corporaciones.
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8. CONDICIONES DEL CUPO DE CRÉDITO. Numeral 4.22.1. Según nuestro entendimiento, cada empresa deberá certificar todo su cupo de crédito (para todos los procesos que se presente, relacionando los mismos) con solo una institución financiera, lo cual dificulta aún mas la consecución de las certificaciones. SOLICITAMOS se considere que las empresas puedan presentar certificaciones de aprobación de cupos de crédito de distintos bancos, bajo el entendido que el cupo requerido para cada proyecto no podrá ser dividido entre varios bancos.
9. En cada uno de los prepliegos de condiciones no se discrimina los tramos que son para construcción, mantenimiento y rehabilitación.
10. En cuanto a la experiencia del personal, se requiere conocer cuál es el alcance de lo que el prepliego denomina “Proyectos Viales”, además en la experiencia exigida para el Director de Obra no hay claridad en si la experiencia exigida es como Constructor y/o interventor, como si lo establece en la discriminación de la experiencia del Residente de Obra y que establece que puede haber sido como constructor o interventor.
11. La experiencia del residente ambiental no establece si es como constructor o interventor.
12. Residente social: Considerar la adición a las profesiones la de sociólogo, ya que podrían tener más claridad en el trato con las comunidades indígenas.
13. ¿Para el cálculo del Krc, qué tipos de contrato se tendrán en cuenta; es decir, las ofertas mercantiles también se incluyen?
14. No se especifican longitudes en concreto hidráulico o en pavimento flexible.
15. En el capitulo VIII – condiciones del contrato, numeral 8.1 – objeto del contrato, párrafo 3 enuncia lo siguiente: “El contratista debe realizar la totalidad de los estudios y diseños que se requieran, entregándole al interventor los documentos
18. Dentro de las etapas del contrato se establece la etapa de mantenimiento y en el formulario No. 1 Presupuesto Oficial, existen los ítems para realizar dichas actividades.
19. La Entidad informa que dentro del rubro establecido en el Formulario No. 1 Presupuesto Oficial como gestión predial, se encuentran los recursos para realizar la compra de predios.
20. En los pliegos se establecen los perfiles de cada uno de los profesionales y el tiempo de dedicación.
21. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda.
22. La entidad informa que este aspecto se aclaro mediante adenda.
23. la entidad informa que sera objeto de adenda. 24. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 25. La entidad informa que en lo relacionado a equipos será aclarado mediante adenda. 26. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 27. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 28. La entidad informa que se revisen lo suministrados por el DANE por que los mismos si se encuentran. 29. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda.
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técnicos necesarios para su correspondiente aprobación. Estos estudios y diseños deberán cumplir con los requerimientos de contenido y metodología de las especificaciones particulares”. Ante lo anterior se debe aclarar que los diseños y estudios fueron contratados por el ente contratante, en este caso el INVIAS y que el contratista realizará una revisión en la etapa precontractual y en caso de encontrarse observaciones se realizaran los ajustes necesarios y no como estipula el prepliego de realizar la totalidad de los estudios y diseños.
16. En el Numeral 8.12, programa de generación de empleo no se establece el porcentaje de la mano de obra no calificada que se estipula contratar de la región.
17. ¿Cómo se van a construir obras de drenaje y puentes, se requiere saber si existe licencia de ocupación de cauce?
18. El apéndice A hace mención a obras de rehabilitación y mantenimiento de obras de drenaje vial, pero en el presupuesto no aparece ningún rubro que haga referencia a ello, como limpieza de obras o algo similar.
19. El apéndice A – Alcance del contrato – página 7, párrafos 9 y 10, líneas 21 y 27 respectivamente; se menciona que el contrato contempla la compra de predios, algo que no se considera dentro del presupuesto; ya que se estipula un rubro pero para gestión social y predial, mas no se contempla la compra de predios y de igual manera el prepliego no lo avista.
20. Para ninguno de los profesionales se establece la dedicación en el proyecto.
21. Según el equipo mínimo obligatorio y que establece planta de producción de concreto hidráulico y para mezcla asfáltica, se requiere entonces se aclare si las fuentes aledañas (de existir) al proyecto poseen la capacidad de tal manera que puedan instalar estás plantas con mayor certeza.
22. El prepliego de condiciones; en el apartado de alcance del contrato, se estipulan las normas vigentes NSR‐10; pero el
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apéndice B en el apartado de especificaciones y normas técnicas se menciona es la NSR_98.
23. El método No. 2 para calificar las propuestas económicas, media aritmética alta, se debe verificar y revisar la definición del término Vmax.
24. En el prepliego de condiciones se habla de un personal específico para el frente adicional, pero al revisar en la relación del anexo 10 se observa que se relaciona personal adicional al contemplado en el prepliego.
25. Se solicita omitir o poder aclarar la siguiente nota: NOTA: EL INTERVENTOR DEL CONTRATO VERIFICARÁ QUE LOS EQUIPOS DISPUESTOS EN LA EJECUCIÓN DEL MISMO CORRESPONDAN A LOS EQUIPOS CON LOS CUALES SE LES OTORGO PUNTAJE (FACTOR DE CALIDAD) AL MOMENTO DE LA EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS.
26. En el prepliego de condiciones para la certificación de la experiencia en vías y puentes se requiere la presentación de la modalidad de contrato. Suscita la siguiente inquietud: si por ejemplo se relaciona un contrato de obra con un objeto especifico, pero dentro del alcance se contempló y a su vez se ejecutó la construcción de tres puentes con diferentes luces, sería valido dicho certificado, se tendrían en cuenta las respectivas longitudes y además serian acumuladas? Lo anterior se establece por cuanto es un solo contrato pero que considera tres obras de luz con longitudes establecidas y debidamente soportadas por el ente contratante.
27. De conformidad con lo establecido en el Apéndice A del prepliego de condiciones y reafirmado en el anexo No. 10 del mismo proceso se requiere presentar claridad hacia el proponente y el cual manifiesta se considere viable la petición en que si un proponente sea en forma individual o en consorcio se encuentre interesado en presentarse simultáneamente a
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varios de los procesos denominados “Corredores de la Prosperidad” pueda anexar la misma relación de equipo mínimo requerido en cada una de las propuestas y en caso de resultar favorecido en más de un proceso, el adjudicatario resarcirá la disponibilidad del equipo mínimo requerido en cada uno de los frentes de obra exigidos por la entidad contratante; por equipos con iguales o mejores características de las presentadas como soporte de los procesos en que resulto ser ganador. Consecuencia de lo anterior se solicita a la entidad contratante omitir la nota que acompaña el numeral 8.5.1 equipos obligatorios.
28. El DANE establece los siguientes grupos para realizar los reajustes mensuales de obra: Obras de explanación, subbases y bases, transporte de materiales, aceros y elementos metálicos, acero estructural y cables de acero, concretos‐mortero y obras varias, concreto para estructuras de puentes, pavimentaciones con asfalto, pinturas, geotextil. Por lo anterior y revisando los grupos establecidos en el presupuesto oficial se encuentra un grupo denominado “señalización y seguridad”, por esto se requiere saber en qué grupo de los establecidos por el DANE se reajustaran las actividades que comprenden éste grupo.
29. El proceso licitatorio como LP‐SGT‐PRE‐SRN‐040‐2011, en el apartado del presupuesto oficial, el ítem de Concreto clase AA (420 Kg/cm2) no se encuentra cuantificado en valor, a pesar de que si aparece relacionada la cantidad de metros cúbicos a ejecutar de acuerdo a lo mostrado en el formulario de cantidades y presupuesto oficial. Se ha de tener en cuenta que la omisión de la respectiva operación matemática implica un déficit en el presupuesto oficial de $5.913.600.000,00. Por lo tanto se solicita hacer claridad frente a este punto; ya que modificaría substancialmente el valor del presupuesto oficial.
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25. RADICACIÓN 111532 REF. LP‐SGT‐PRE‐042‐2011 HASTA EL LP‐SGT‐PRE‐044‐2011, LP‐SGT‐SRN‐PRE‐048‐2011, LP‐SGT‐PRE‐SRN‐050‐2011, LP‐SGT‐SRN‐PRE‐055‐2011 ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS S.A. FECHA: 14 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PREPLIEGOS1. El objeto del contrato no es suficientemente claro, se solicita
una mayor ilustración y precisión. 2. Numeral 1.5. se solicita que se amplíe el plazo de 30 días de
preconstrucción. Se señala que si finalizada la etapa de preconstrucción, el contratista no se ha pronunciado sobre los estudios y diseños entregados por el INVIAS “se entiende que ha aceptado los estudios y diseños presentados por el INVIAS y asume toda la responsabilidad de los resultados de la implantación de los mismos y la ejecución de la obra contratada, con la debida calidad garantizando la durabilidad, resistencia, estabilidad y funcionalidad de tales obras”. SUGERIMOS eliminar esta carga impuesta al contratista.
3. Por otro lado el literal a) del referido numeral 1.5 otorga un plazo de treinta (30) días para entregar adaptaciones, adecuaciones, complementaciones y/o ajustes a los estudios y diseños entregados por el INVIAS, consideramos que este plazo debe ser acordado entra las partes. De igual manera, es este numeral se indica claramente que “cualquier modificación y/o adaptación y/o complementación que el contratista introduzca a los estudios y diseños y que requieran de aprobación por la interventoría deberán ser tramitadas por el contratista para su aprobación, sin que ello se constituya en causa de demora en la ejecución del proyecto…”, esto no es posible, teniendo en cuenta que en varios casos hasta no tener completamente listos los estudios y diseños no es posible iniciar ejecución de obra, de tal suerte esto debe ser concertado entre las partes.
4. literal b) numeral 1.5 señala “Cuando el contratista justifique
1. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 2. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 3. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 4. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 5. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 6. En el pliego definitivo del proceso se aclaro este aspecto. 7. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda.. 8. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda.. 9. En el pliego definitivo se aclaro este aspecto.
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técnicamente con el aval de la interventoría que se debe realizar una modificación a los estudios y diseños entregados por la entidad de tal manera que se compruebe que no es viable la ejecución de alguna de las obras diseñadas, aún después de haber realizado alguna adaptación y/o adecuación y/o complementación y/o ajuste de los estudios y diseños y especificaciones entregados por el INVIAS, este deberá presentar a la interventoría los planos finales para construcción que viabilicen la ejecución de la obra contratada respetando las condiciones que para el efecto se definen en el Apéndice A”, sugerimos que desde este punto se deje claramente expresado que tales trabajos de estudios y diseños podrán tener costos adicionales.
5. Por otro lado, en el evento de que sea necesario efectuar modificaciones importantes a los estudios y diseños aportados por el INVIAS, se puede alterar de manera significativa el presupuesto de la obra, de tal manera se debería replantear la oferta, y el contrato que tiene como objeto ejecutar una obra, terminaría incluyendo también consultoría.
6. El cuadro insertado en el numeral 4.20 no tiene la fecha prevista para efectuar la visita técnica al lugar donde se va a ejecutar la obra.
7. Respecto del numeral 6.19.2 relacionado con la evaluación por anticipo solicitado, consideramos que la tabla se debe aumentar los porcentajes contemplados para el anticipo Vr el puntaje asignado, pues si se pasa del 10% de anticipo superior al 10%.
8. Respecto al numeral 8.1 reiteramos lo mencionado al inicio, en cuanto a que estos estudios y diseños deben ser reconocidos de manera adicional al valor del contrato y se deben conceder los plazos a que haya lugar.
9. Respecto del numeral 8.3.1, pensamos que está excediendo sus facultades pues el tema de manejo de personal está a cargo exclusivamente del contratista y esta misma observación aplica
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para lo dispuesto en el numeral 8.24 donde dicen que se reserva el derecho de exigir, por escrito, al contratista el reemplazo de cualquier persona vinculada al proyecto. Esta exigencia no dará derecho al contratista para elevar ningún reclamo contra el Instituto.
26. RADICACIÓN 112581 REF. PROCESOS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD MINCIVIL S.A. FECHA: 16 de diciembre de 2011 ASUNTO: observaciones prepliegos 1. ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA: Especificar cual o cuales
documentos se consideran válidos para efectos de acreditar la experiencia.
2. ACREDITAR EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS Y PARA ACREDITAR EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. En cuanto los procesos de obra pública se sugiere unificar los criterios exhibidos en los numerales regulatorios de la acreditación de la experiencia (5.1.1 y 5.1.2).
3. SUGERIMOS al Instituto normar en los distintos prepliegos que será válida la acreditación de experiencias derivadas u obtenidas en ejecución de contratos de concesión, siempre y cuando las obras o ítems o tramos o trayectos o estructuras o, en fin, como quiera individualizarse la experiencia requerida, se encuentren cabalmente terminados y debidamente recibidos por la entidad concedente, situación de hecho gemela a la que se solicita respecto de actividades ejecutadas al amparo de un contrato de obra pública.
4. FOLIATURA DE LOS PREPLIEGOS. Existen inconsistencias en la numeración de las páginas.
5. CERTIFICADO DAS.
1. La Entidad informa que mediante adendas se aclaro este aspecto..
2. La Entidad informa que mediante adendas se aclaro este aspecto.
3. En el acta de cierre se indicará el número de folios de cada propuesta.
4. Fue eliminado mediante Adenda No. 4 5. En el acta de cierre se indicará el número de folios de cada
propuesta. 6. La Entidad informa que mediante adendas se aclaro este
aspecto. 7. La Entidad informa que mediante adendas se aclaro este
aspecto.. 8. De conformidad con lo establecido en el numeral 4.7 la fecha de constitución de la persona jurídica individual o integrante de la Estructura Plural debe ser como mínimo un (1) año y el numeral 4.11 El certificado de Pagos de Seguridad Social y Aportes Parafiscales es de doce (12) meses. 9. De conformidad con lo establecido en el artículo 6 de la Ley 1150 de 2007 Todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que aspiren celebrar contratos con el estado deben estar inscrito en el Registro Único de Proponentes. Motivo por el
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El DAS esta en supresión por lo que es posible que deba ser expedido por otra entidad.
6. DOCUMENTOS CONTENTIVOS PROPUESTA SOBRE 1. Adicionar numeral 3.4 y 3.14, una aclaración respecto de que en la audiencia de apertura del sobre No. 1 se dejará constancia, en el acta que allí se levante, acerca del número total de folios que contenga cada oferta.
7. CARRETERAS SECUNDARIAS Y TERCIARIAS. Sugerimos suministrar a los interesados en participar en los distintos procesos de selección un listado objetivo de las carreteras que sean tenidas como terciarias o secundarias.
8. REQUISITO ATINENTE A LA VIGENCIA DE LAS SOCIEDADES. Se sugiere unificar el termino mínimo de constitución de las sociedades considerado en los numerales 4.7 y 4.11 de los distintos prepliegos, pues el primer numeral (quinta viñeta) alude a 1 año, en tanto el segundo numeral (parte final del primer inciso del literal a) refiere a seis meses.
9. REQUISITO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES. Sugerimos aclarar el numeral 4.9 en el sentido de indicar que bastara con que todo aquel, mas solo aquel, que acredite una experiencia habilitante deba estar inscrito en la actividad, especialidad y grupo relativos a la experiencia que acredita.
10. EXPERIENCIA EXITOSA. Unificar el criterio fijado para efectos de acreditar la experiencia exitosa, específicamente sugerimos que el término y/o plazo vertido en la primera viñeta del subtitulo Cumplimientos sea igual al contemplado en la primera viñeta del numeral 6.19.6.
cual deben cumplir con la actividad, especialidad y grupo exigidos en el Pliego de Condiciones. 10 La Entidad informa que mediante adendas se aclaro este aspecto..
27. RADICACIÓN 113236 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PROFESIONALES DE BOLSA
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FECHA: 19 de Diciembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD MODIFICACIÓN REQUISITOS PLIEGOS DE CONDICIONES
Solicitan reducción del requisito del patrimonio técnico de la entidad que expida el underwriting a la suma de VEINTE MIL MILLONES DE PESOS para la misma fecha y en consecuencia, solicitan la modificación de las propuestas en aras de obtener una mayor participación de proponentes y el acceso de otras firmas.
La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los procesos en licitación.
28. RADICACIÓN 113494 REF. procesos corredores para la prosperidad GISAICO S.A. FECHA: 19 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES A REQUISITOS DE ORDEN FINANCIEROSolicitamos mantenerse al nivel de capital trabajo exigido, reducir el valor de los cupos de crédito exigidos por lo menos al 10% del valor del futuro contrato.
La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los procesos en licitación.
29. RADICACIÓN 113907 REF. PROCESOS CORREDORES ASSIGNIA INFRAESTRUCTURAS SUCURSAL COLOMBIA FECHA: 20 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PLIEGOS.
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Numeral 4.22.4. Esta previsión es confusa y es necesaria aclararla, en el sentido que no se entiende claramente cómo afectará los índices financieros y el patrimonio la adjudicación de cada una de las licitaciones del programa, para la participación en las demás. En este sentido, es pertinente modificar el párrafo, de tal forma, que se sepa exactamente cómo serán afectados financieros.
La adjudicación será la establecida en cada uno de los cronogramas de los procesos. En el numeral 4.22.4 Capacidad Financiera del pliego de condiciones y sus adendas modificatorias, se señala las condiciones y la forma como el capital de trabajo y el patrimonio se verán afectados en la medida que se adjudique los procesos a los proponentes beneficiarios.
30. RADICACIÓN 115134 REF. LP‐SGT‐SRN‐PRE‐050‐2011 ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS S.A. AIA S.A. FECHA: 22 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PRE PLIEGO DE CONDICIONES 1. Solicita aclarar si en el presupuesto oficial publicado esta
incluido el valor de los predios que se deben negociar para la ejecución de las obras y de ser así, solicita detallar el valor estimado para la compra de predios y el valor de las demás actividades para la gestión social y predial.
2. Solicita se aclare si la gestión predial se pagará como una suma global o por precios unitarios.
3. Solicita aclarar si en caso que un predio tenga problemas para ser negociado se suspendería el plazo del contrato y en caso que el tiempo para la negociación de predios esté incluido en el plazo del contrato solicita ampliar la duración del mismo.
4. Solicita aclarar la localización del puente que se pretende construir.
5. Solicita aclarar si en el alcance del proceso está contemplado el costo para la construcción de la variante desde Puerto Bogotá y la construcción del puente de 32 metros.
6. Solicita publicar o entregar el estudio geotécnico que determinó el diseño de los pilotes para el puente.
7. Solicita aclarar la metodología para el nuevo cálculo del capital
1. La entidad informa que la metodología para la gestión predial se desarrollará de acuerdo al Apéndice F de los Pliegos de condiciones. El valor correspondiente a la gestión predial, incluida la compra de predios que se encuentra discriminado en el formulario del presupuesto oficial.
2. La gestión predial se pagará de conformidad con el numeral 10.8 se del Apéndice F, por actividades y sumas efectivamente pagadas.
3. La entidad informa la gestión predial se encuentra a cargo del contratista según el Apéndice F de los pliegos de condiciones y que el contratista deberá ajustar tal gestión al programa de inversiones de las obras a ejecutar. Las medidas a tomar respecto a los predios, corresponderán a las características de cada caso en particular y serán llevadas a cabo durante la ejecución del contrato.
4. La localización del Puente de Honda, según el volumen 8 Estudio Estructural para Diseño de Puentes, establece en el sub numeral 2.1, de los ESTUDIOS Y DISEÑOS DEL NUEVO PUENTE SOBRE EL RÍO MAGDALENA ENTRE LOS MUNICIPIOS DE
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de trabajo del oferente en la medida que se vayan adjudicando los contratos y conocer el orden de adjudicación de los mismos.
8. Solicita suministrar las especificaciones faltantes, de las siguientes actividades del presupuesto: Pilotes de concreto, camisa permanente, concreto clase A, Concreto Clase AA, Concreto hexápodos.
HONDA Y PUERTO BOGOTÁ, RUTA 50 TRAMO 07. Los cuales se encuentran en el Cuarto de Información de Referencia para este Programa. El Sitio del ponteadero según estos estudios se seleccionó la alternativa C). Puente en el Punto extremo al perímetro urbano del municipio de Honda. Se localiza entre el kilómetro 3+636 y K3+857 de la variante que inicia en el costado sur del casco urbano de la localidad de Puerto Bogotá.
5. El alcance de dicho contrato se encuentra establecido en la adenda publicada..
6. En el cuarto de Información de referencia, se encuentran los ESTUDIOS Y DISEÑOS DEL NUEVO PUENTE SOBRE EL RÍO MAGDALENA ENTRE LOS MUNICIPIOS DE HONDA Y PUERTO BOGOTÁ, RUTA 50 TRAMO 07 en sus volúmenes III Estudio de Geología para Ingeniería y Geotecnia, Volumen IV Estudio de suelos para el diseño de fundaciones de Puentes y obras de arte y otras estructuras de contención.
7. En el Numeral 4.22.4 Capacidad Financiera del pliego de condiciones y sus adendas modificatorias, se señala las condiciones y la forma como el capital de trabajo y el patrimonio se verán afectados en la medida que se adjudique los procesos a los proponentes adjudicatarios.
8. La entidad informa que dicha solicitud se publicará mediante
Adenda.
31. RADICACIÓN 115138 REF. PROCESOS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS S.A. FECHA: 22 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PREPLIEGOS
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NUMERAL 4.22. y NUMERAL 6.19.1. Respecto a estos numerales, no tiene sentido que un mismo proponente deba aportar cupos de crédito por un monto del 20% de cada uno de los procesos en los cuales va a presentar oferta (en el ejemplo anterior 10 procesos), si la probabilidad de que resulte adjudicado en todos los procesos a los que aspira y cuenta con la capacidad para ejecutarlos. SOLICITAMOS modificar los requisitos de Capacidad financiera, incorporando un mecanismo que permita aportar el cupo de crédito correspondiente a los procesos en los cuales el proponente tenga la capacidad de ejecutar, sin importar el número de los procesos en los acules se va a presentar.
El Instituto Nacional de Vías, ratifica lo expresado en el numerales 4.22.1‐ relacionados con Cupo de Crédito en firme que deben cumplir los proponentes.
32. RADICACIÓN 115815 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ESTUDIOS Y PROYECTOS DEL SOL EPISOL S.A.S. FECHA: 23 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PRE PLIEGOS DE CONDICIONES 1. Pegunta si en el evento de que existan sitios inestables en el
tramo a contratar, ¿A quién le corresponde la ejecución de las obras de estabilidad de dichos puntos?
2. Solicita aclarar quién es el responsable de controlar el pesaje de vehículos de carga en el tramo Cisneros – Buenaventura.
3. Solicita elaborar y poner a disposición de los interesados un listado de información del cuarto de datos, en el que se incluya el inventario de los documentos que reposan en el archivo.
4. Solicita la postergación del acto de apertura y/o la ampliación de la fecha de cierre.
1. La entidad informa que los alcances se encuentran establecidos de acuerdo con la Adenda publicada para cada uno de los proyectos.
2. Actualmente el peaje se encuentra a cargo de la Agencia Nacional de Infraestructura anteriormente INCO.
3. La entidad informa que la documentación y el listado de los estudios y diseños se encuentran en el Cuarto de Información de referencia ubicado en la carrera 128 No. 17‐15 Fontibón.
4. La entidad informa que mediante Adenda se realizó la ampliación del plazo para presentar oferta.
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33. RADICACIÓN 116058 REF. LP‐SGT‐SRN‐PRE‐039‐2011 HASTA LA LP‐SGT‐SRN‐PRE‐055‐2011 KMA CONSTRUCCIONES FECHA: 23 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PLIEGOS NUMERAL 5.1.1 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS. SOLICITAMOS permitir acreditar la experiencia a través de contratos en ejecución siempre y cuando las cantidades solicitadas en el Pliego de Condiciones se encuentren debidamente terminadas y certificadas por las entidades contratantes.
La entidad informa que se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones.
34. RADICACIÓN 116356 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PRIETOCARRIZOSA. FECHA: 26 de Diciembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD DE MODIFICACIÓN A LOS PROYECTOS DE PLIEGOS DE CONDICIONES 1. NUMERAL 4.22.1 CUPO DE CRÉDITO EN FIRME. Solicita que se
modifique y se permita presentar el cupo de crédito para un número plural de licitaciones y que éste se vaya haciendo efectivo únicamente cuando el proponente resulte adjudicatario de una o varias de ellas.
2. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita la no
1. Se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones, dada la clase y la magnitud de los proyectos en licitación.
2. Se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones, dada la clase y la magnitud de los proyectos en licitación.
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exclusión de los puentes en vías férreas.
35. RADICACIÓN 116650 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 LEGGO LTDA. FECHA: 27 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PRE PLIEGOS DE CONDICIONES 1. Se solicita sea tenida en cuenta la experiencia adquirida en
concesiones e incluso cuando no se haya culminado la etapa de construcción.
1. La entidad informa que la experiencia adquirida en concesiones será tenida en cuenta y que se aclarará este aspecto mediante adenda.
36. RADICACIÓN 116718 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PÓRTICOS S.A. INGENIEROS CIVILES FECHA: 27 de Diciembre de 2011 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES. 1. Solicita que se validen los Subcontratos.2. Solicita validar el 100% de la experiencia a cada integrante del
proponente plural. Permitir certificar la ejecución de alguna actividad en la totalidad a un integrante del consorcio según la obra que ejecutó. Si una de las firmas integrantes de la estructura plural con la cual se adquirió la experiencia, desaparece, permitir a la otra certificar el 100% de la experiencia. En caso de que el participante posea el 50% o más de la estructura plural en la que se adquirió la experiencia, validar el 100%.
1. Se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones, dada la magnitud de los proyectos en licitación.
2. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones en el sentido de que se validará la experiencia en el porcentaje de participación de cada integrante de la estructura plural en la que se adquirió la experiencia.
3. La entidad informa que se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones, dada la magnitud de los proyectos en licitación.
4. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los procesos en licitación.
5. Se informa que fueron publicados con la versión de pliego de
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3. Solicitan que se amplié el número de contratos con los que se debe acreditar la experiencia.
4. Solicita que el cupo de crédito sea general y de monto agotable en la medida en que vaya siendo la empresa adjudicataria de los procesos.
5. Solicita que se publiquen los análisis de precios unitarios. 6. Solicita que no sea tenido en cuenta como criterio de
ponderación de las propuestas el haber sido multados o declarados infractores ambientales.
condiciones definitivo.6. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez
que el Instituto es una entidad que busca la conservación y protección del medio ambiente, así como la adopción de medidas efectivas para prevenir los daños ambientales.
37. RADICACIÓN 117771 REF. LP‐SGT‐SRN‐040‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐045‐2011‐ LP‐SGT‐SRN‐047‐2011‐ LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐051‐2011 LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054‐2011‐ LP‐SGT‐SRN‐055‐2011 CÁMARA COLOMBIANA DE INFRAESTRUCTURA FECHA: 29 de Diciembre de 2011 ASUNTO: CORREDORES PRIORITARIOS DE PROSPERIDAD – PREPLIEGOS. Considera que el requisito o la exigencia de los mecanismos de financiación en firme no confieren al contratante una facultad o capacidad financiera real adicional en la ejecución de las obras, pero si restringe injustificadamente la participación de muchas firmas colombianas con capital de trabajo, requisitos de experiencia y capacidad de contratación suficiente para garantizar al contratante la correcta y responsable ejecución de los trabajos. Por todo lo anterior, proponen la eliminación en los pliegos definitivos de los requisitos de financiación identificado con los Numerales 4.22.1 y 4.22.2 y 4.22.3.
La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los procesos en licitación.
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38. RADICACIÓN 118463 REF. LP‐SGT‐SRN‐051‐2011 OSCAR JAVIER MARTÍNEZ P. C.C. 80.857.749 de Bogotá FECHA: 30 de Diciembre de 2011 10:28 a.m. ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN 1. Solicita aclarar si se debe descontar del K de contratación la
participación que tenga el proponente como integrante de concesionario y aclarar el término sociedades.
2. Solicita que se amplíe el plazo del cierre de la licitación.
1. La entidad manifiesta que la capacidad residual de contratación NO se afecta por ser socio de un contrato de concesión. Se hará la aclaración correspondiente mediante adenda.
2. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
39. RADICACIÓN 118572 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 A 051‐2011 INCOEQUIPOS S.A. C.C. 80.857.749 de Bogotá FECHA: 30 de Diciembre de 2011 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN Solicita que se amplíe el plazo del cierre de la licitación. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
40. RADICACIÓN 118581 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 A 051‐2011 ESTUDIOS Y PROYECTOS DEL SOL EPISOL S.A.S. FECHA: 30 de Diciembre de 2011 10:28 a.m. ASUNTO: OBSERVACIONES A LA MATRIZ DE RIESGOS 1. NUMERAL 2.1.1. MODIFICACIÓN Y/O AJUSTE Y/O UNIFICACIÓN
Y /O COMPLEMENTACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS. Solicita que el riesgo anteriormente descrito debería ser tipificado, estimado, valorado y asignado exclusivamente al INVIAS.
1. Mediante ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS publicada en el SECOP el día 6 de enero de 2012, la entidad manifestó que: “la matriz contempla dentro de la clase Construcción el riesgo por las actualizaciones y unificaciones a los diseños y/o estudios (definitivos tanto
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2. RIESGOS DERIVADOS DE PROBLEMAS DE ESTABILIDAD EN LAS OBRAS. Solicita que se precise en detalle el riesgo en mención y se asigne el mismo al INVIAS.
3. RIESGOS RELACIONADOS CON ERRORES INVOLUNTARIOS DE LA ENTIDAD QUE HAYAN QUEDADO EN EL PLIEGO DE CONDICIONES. Considera que este tipo de riesgo debe ser asignado de manera exclusiva al INVIAS.
4. RIESGOS DERIVADOS DE PROBLEMAS PRESENTADOS POR COLAPSO DE ÁRBOLES Y/O CAÍDA DE PIEDRAS Y/O ROCAS EN LA ZONA DE INFLUENCIA DEL PUENTE. Considera que no es el contratista sino el INVIAS quien está en mejor capacidad de prevenir, controlar y mitigar este tipo de riesgo.
5. RIESGOS GENERADOS POR LA NO OBTENCIÓN DE LOS PERMISOS AMBIENTALES EN LOS TIEMPOS REQUERIDOS PARA LA OBRA. Considera que solo debe aceptarse que este tipo de riesgos sea asignado a los contratistas, en aquellos eventos en que los permisos ambientales no sean obtenidos oportunamente por retrasos o errores de los contratistas en la tramitación de los respectivos permisos.
6. RIESGOS POR SALIDA DEL MERCADO DE INSUMOS O MATERIAS PRIMAS PARA LA ELABORACIÓN DE LAS OBRAS OBJETO DEL CONTRATO. Considera que este riesgo debe ser asignado en forma exclusiva al INVIAS.
7. RIESGO POR CAMBIO DE LA FUENTE DE MATERIALES PREVISTA O AUTORIZADA. Considera que solo puede aceptarse que el riesgo anterior sea asignado al contratista en aquellos eventos en que los contratistas decidan modificar las fuentes de materiales.
8. RIESGOS POR LA MAYOR ADQUISICIÓN PREDIAL POR CAMBIOS REQUERIDOS Y AUTORIZADOS EN EL DISEÑO GEOMÉTRICO. Considera que solo puede aceptarse que este riesgo sea asignado a los contratistas, bajo el entendido de que los cambios en el diseño geométrico sean realizados por conveniencia de los
generales y/o específicos) ejecutados por el contratista y que los efectos ocasionados por deficiencias y demoras en la actualización de diseños y/o estudios es un riesgo que asume el contratista. Sin embargo no se establecen salvedades por lo cual se realizará la modificación correspondiente mediante adenda”. En razón a lo anterior, mediante adenda publicada el día 6 de enero de 2012, numeral Décimo Octavo, se indicó que la Matriz de riesgos quedará conforme al archivo adjunto Publicado.
2. Mediante ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS publicada en el SECOP el día 6 de enero de 2012, la entidad manifestó que: “Durante la exposición, el Instituto manifestó que había encontrado la necesidad de modificar las asignaciones establecidas en la matriz en cuanto a la asignación y tipificación del riesgo geológico, geotécnico e hidrogeológico y en los riesgos asegurables de fuerza mayor.” En razón a lo anterior, mediante adenda publicada el día 6 de enero de 2012, numeral Décimo Octavo, se indicó que la Matriz de riesgos quedara conforme al archivo adjunto Publicado.
3. Con relación a los riesgos relacionados con errores involuntarios de la entidad que hayan quedado en el Pliego de Condiciones, se aclara que dicho riesgo fue retirado de la matriz de Distribución de riesgos dentro de los Pliegos de Condiciones Definitivos de los Procesos de Selección.
4. Con relación a los riesgos derivados de problemas presentados por colapso de árboles y/o caída de piedras y/o rocas en la zona de influencia del puente, se aclara que dicho riesgo fue retirado de la matriz de Distribución de riesgos dentro de los Pliegos de Condiciones Definitivos de los Procesos de Selección.
5. Con relación a Riesgos generados por la no obtención de los permisos ambientales en los tiempos requeridos para la obra, la entidad reitera lo manifestado en el ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS como se indica a
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contratistas. 9. NUMERAL 6.1.1. DEL ANEXO C DEL PLIEGO DE CONDICIONES.
RIESGOS QUE ASUME EL CONTRATISTA. Considera improcedente la asignación general de riesgos incluida en el numeral anterior por desconocer la naturaleza y la modalidad de los contratos.
continuación: “El Instituto informa que esta descripción corresponde a la “Demora en la obtención de licencias y/o permisos ambientales por inadecuada presentación de soportes y estudios”.
6. Con relación a los riesgos derivados de problemas presentados por s por salida del mercado de insumos o materias primas para la elaboración de las obras objeto del contrato, se aclara que dicho riesgo fue retirado de la matriz de Distribución de riesgos dentro de los Pliegos de Condiciones Definitivos de los Procesos de Selección.
7. Con relación al Riesgo por cambio de la fuente de materiales prevista o autorizada, se informa que mediante la matriz de riesgos publicada el día 6 de enero de 2012, se aclaró que dicho riesgo será asumido en su totalidad por el contratista en el evento que se presente cambio de materiales de la fuente sin previa autorización del INVIAS y que no cumpla con los requisitos ambientales.
8. Con relación al riesgo por la mayor adquisición predial por cambios requeridos y autorizados en el diseño geométrico, se informa que mediante la matriz de riesgos publicada el día 6 de enero de 2012, se aclaró que dicho riesgo hace referencia al riesgo a la ocupación de mayor área desde el punto de vista PREDIAL. Riesgo que asume el INVIAS.
9. Con relación a la asignación general de riesgo contenido en el numeral 6.1.1 del Apéndice C del Pliego de Condiciones la Entidad reitera el Contenido en dicho Numeral.
41. RADICACIÓN 119091 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 A 051‐2011 COPCISA FECHA: 02 de enero de 2012
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ASUNTO: SOLICITUD DE CAMBIO DE REQUISITO HABILITANTE.
1. Solicita que se modifique el numeral 4.7 de los pliegos de condiciones en el sentido de eliminar la condición que establece que las personas jurídicas que se presenten a los procesos deban tener como mínimo un año de constituidas.
1. El INVIAS informa que se mantiene la previsión establecida en los pliegos de condiciones considerando la magnitud de los proyectos en licitación.
42. RADICACIÓN 067 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 al 051‐2011 EL CÓNDOR S.A. FECHA: 02 de enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LAS LICITACIONES DE LOS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. Presenta observaciones en cuanto a la convocatoria de la audiencia pública para revisar la estimación, tipificación y asignación de los riesgos previsibles que se hizo para el 30 de diciembre de 2011 a las 10:00 am.
La Audiencia de Riesgos se postergo para el 03 de enero de 2012 a las 10 A.M. para ampliar el espectro de garantías jurídicas reconocidas a los participantes en el proceso de contratación.
43. RADICACIÓN 189 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 SAINC INGENIEROS CONSTRUCTORES FECHA: 3 de enero de 2012 ASUNTO: AUDIENCIA DE ACLARACIÓN DE RIESGOS
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1. NUMERAL 7.1 MATRIZ DE RIESGOS. Inconsistencia en la matriz de riesgo previsible apéndice C y anexo 3. Se solicita precisar cuál de las dos matrices de riesgos publicadas en el SECOP corresponde a la que hace referencia el Estudios y diseños.
2. NUMERAL 2.1.1. DEL APÉNDICE C NUMERAL 2.1.1. MODIFICACIÓN Y/O AJUSTE Y/O UNIFICACIÓN Y /O COMPLEMENTACIÓN Y/O ACTUALIZACIÓN DE ESTUDIOS. El contratista asume el riesgo de la unificación y actualización de estudios y diseños salvo en las condiciones establecidas en la matriz de riesgos. Se solicita indicar en cuales casos se exceptúa la asignación del riesgo al contratista.
3. RIESGO AMBIENTAL. DIAGNÓSTICO AMBIENTAL DE ALTERNATIVAS MODIFICACIÓN Y/O OBTENCIÓN DE LICENCIAMIENTO AMBIENTAL TRAMITE DE LICENCIAS AMBIENTALES. Solicita se precise que el riesgo ambiental del contratista se limita a la obtención de permisos, licencias y/o autorizaciones de orden ambiental propias de las actividades constructivas.
4. RIESGO AMBIENTAL. PASIVOS AMBIENTALES. Solicita se precise que los pasivos ambientales que se asignan al contratista corresponden a todos aquellos que se deriven de la ejecución del contrato y por ende, se originan con posterioridad a la suscripción del mismo e inicio de la obra.
5. RIESGO AMBIENTAL. PASIVOS AMBIENTALES. NUMERAL 5.1 APÉNDICE C GEOLÓGICOS GEOTÉCNICOS E HIDROGEOLÓGICOS. Solicita suprimir el riesgo geológico, geotécnico e hidrogeológico por no ser susceptibles de valoración por parte de los proponentes.
6. RIESGOS DE CONSTRUCCIÓN. OBRAS SOLICITADAS POR TERCEROS POR CAMBIOS EN LA UBICACIÓN DE LAS OBRAS MENORES SOLICITADAS POR ALCALDES, USUARIOS O VECINOS DE LA CARRETERA INVOCANDO DERECHOS DE PETICIÓN U OTRAS HERRAMIENTAS LEGALES. Solicita que
1. En el ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS, el Instituto informa que la matriz correspondiente al pliego de condiciones definitivo válida es la matriz publicada en Excel y que la del anexo corresponde a la matriz de riesgos del pre pliego. Así mismo, el Instituto preguntó a los asistentes si no tuvieron la oportunidad de conocer la matriz de riegos del pliego de condiciones, frente a lo cual ningún proponente manifestó su desconocimiento de la matriz del pliego de condiciones. Con relación a los riesgos relacionados con errores involuntarios de la entidad que hayan quedado en el Pliego de Condiciones, se aclara que dicho riesgo fue retirado de la matriz de Distribución de riesgos dentro de los Pliegos de Condiciones Definitivos de los Procesos de Selección.
2. Mediante ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS publicada en el SECOP el día 6 de enero de 2012, la entidad manifestó que: “la matriz contempla dentro de la clase Construcción el riesgo por las actualizaciones y unificaciones a los diseños y/o estudios (definitivos tanto generales y/o específicos) ejecutados por el contratista y que los efectos ocasionados por deficiencias y demoras en la actualización de diseños y/o estudios es un riesgo que asume el contratista. Sin embargo no se establecen salvedades por lo cual se realizará la modificación correspondiente mediante adenda”. En razón a lo anterior, mediante adenda publicada el día 6 de enero de 2012, numeral Décimo Octavo, se indicó que la Matriz de riesgos quedara conforme al archivo adjunto Publicado.
3. Con respecto al riesgo Ambiental la entidad reitera lo manifestado en el ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS como se indica a continuación: “El Instituto informa que esta descripción corresponde a la “Demora en la obtención de licencias y/o permisos ambientales por inadecuada presentación de soportes y estudios”.
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dicho riesgo sea asignado exclusivamente al INVIAS.7. RIESGO DE CONSTRUCCIÓN MODIFICACIÓN DE LAS OBRAS A
EJECUTAR Y/O DE LAS CANTIDADES DE OBRA A EJECUTAR MANTENIENDO EL PRESUPUESTO DETERMINADO. Solicita que se proceda a la modificación de la asignación de este riesgo y se deje en cabeza de INVIAS en un 100% por corresponder a un contrato de precios unitarios y no a un contrato a precio global.
4. Con relación a los pasivos ambientales, la entidad informó que se mantiene lo previsto en la matriz de riesgos y que los riesgos a asumir, se circunscriben a las acciones generadas durante el contrato.
5. Mediante ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS publicada en el SECOP el día 6 de enero de 2012, la entidad manifestó que: “Durante la exposición, el Instituto manifestó que había encontrado la necesidad de modificar las asignaciones establecidas en la matriz en cuanto a la asignación y tipificación del riesgo geológico, geotécnico e hidrogeológico y en los riesgos asegurables de fuerza mayor.” En razón a lo anterior, mediante adenda publicada el día 6 de enero de 2012, numeral Décimo Octavo, se indicó que la Matriz de riesgos quedara conforme al archivo adjunto Publicado
6. Con relación al Riesgos de construcción. Obras solicitadas por terceros, se informa que mediante la matriz de riesgos publicada el día 6 de enero de 2012, se aclaró que dicho riesgo hace referencia obras que son concertadas con las mencionadas personalidades (Alcaldes, usuarios o vecinos de la carretera). Riesgo que asume EL INVIAS.
7. Con relación a los riesgos de Construcción Modificación de las Obras a Ejecutar y/o de las cantidades de obra a ejecutar manteniendo el presupuesto determinado, se aclara que dicho riesgo fue retirado de la matriz de Distribución de riesgos dentro de los Pliegos de Condiciones Definitivos de los Procesos de Selección.
44. RADICACIÓN 190 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 A 051‐2011 SAINC INGENIEROS CONSTRUCTORES FECHA: 03 de enero de 2012 ASUNTO: AUDIENCIA PARA PRECISAR EL CONTENIDO Y ALCANCE DEL PLIEGO DE CONDICIONES
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1. METODOLOGÍA DE ADJUDICACIÓN. Se solicita se incorpore en el Pliego de Condiciones un mecanismo de adjudicación que permita establecer claramente a los proponentes la metodología que se seguirá para la adjudicación de cada uno de los corredores y el orden en el que se irán adjudicando los mismos, al igual que la mecánica de desarrollo de las audiencias de apertura de sobre económico y de adjudicación.
2. ÍTEMS NO MODIFICABLES. Solicita publicar los soportes y el detalle para obras complementarias y adicionales Valor Provisión para Ajustes en básico, Imprevistos Gestión Social y Predial y Gestión Ambiental.
3. VALIDACIÓN EXPERIENCIA. Se solicita precisar cómo se realizara la valoración de la experiencia cuando la misma se acredite mediante contratos ejecutados en el extranjero.
4. CUARTO DE DATOS. Solicita publicar dentro del pliego de condiciones a manera de anexo un índice detallado sobre la información disponible en el cuarto de datos sobre cada uno de los procesos.
5. ETAPA DE PRE CONSTRUCCIÓN. Se solicita se aclare si el termino de treinta días para esta etapa esta dado en días hábiles o calendario. Sin perjuicio de lo anterior se solicita que la ejecución de la etapa de pre construcción sea concomitante con la etapa de construcción.
6. MODIFICACIONES PROPUESTAS POR EL CONTRATISTA. Se solicita sea eliminado del numeral 8.23 Información del Proyecto y Especificaciones de los pliegos de Condiciones el siguiente párrafo: “si de la ejecución de dichos cambios se derivaren mayores costos estos serán asumidos por el constructor” y se adicione el siguiente párrafo: “si presentada una propuesta de cambio por el contratista la misma sea rechazada por la entidad el contratista ejecutara las obras conforme a lo ordenado por el INVIAS pero esta última responderá en un 100% por los errores y/o perjuicios
1. De acuerdo con lo indicado en el Acta de Aclaraciones para precisar el Alcance y Contenido de los pliegos de Condiciones, el INVIAS informa que tiene planeado que los procesos se adjudiquen de mayor a menor en cuanto a presupuesto oficial y que efectuara las aclaraciones mediante adenda. En cuanto a la mecánica de desarrollo de las audiencias se informa que se seguirá el procedimiento establecido en el Capítulo VII ORDEN DE ELEGIBILIDAD Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO de los Pliegos de Condiciones Definitivos.
2. De acuerdo con lo indicado en el Acta de Aclaraciones para precisar el Alcance y Contenido de los pliegos de Condiciones, el INVIAS informa que los ítems contemplan las actividades requeridas en los Apéndices de gestión Social Predial Ambiental, alcance Especificaciones Técnicas y Estudios previos de los Pliegos de Condiciones.
3. La entidad informa que mediante adenda publicada 4. Con relación a los temas cuarto de datos, se indicó en el Acta de
Aclaraciones para precisar el Alcance y Contenido de los pliegos de Condiciones que se elaborara y publicara el listado.
5. Con relación a la etapa de pre construcción, se indica que los plazos quedaran de acuerdo a la adenda publicada en el SECOP, en su numeral segundo, que modifica el literal a) del numeral 1.5 Etapa de Modificación y/o Ajuste y/o Unificación y/o Complementación y/o Actualización de Estudios, del Pliego de Condiciones.
6. El INVIAS informa que se hará modificación a la redacción mediante Adenda
7. Con relación a las obligaciones de medio y de resultado, se indicó en el Acta de Aclaraciones para precisar el Alcance y Contenido de los pliegos de Condiciones que se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones Definitivos.
8. Con relación a los daños a redes de servicios públicos, el Instituto en el ACTA AUDIENCIA DE ACLARACIONES PARA
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derivados de la no modificación de la obra y/o las observaciones presentadas por el contratista”
7. OBLIGACIONES DE MEDIO Y DE RESULTADO. Se solicita que únicamente sean las previsiones de los apéndices A y B las que generen obligaciones de resultado y no las del Apéndice C.
8. DAÑOS A REDES DE SERVICIOS PÚBLICOS. Se solicita aclarar que el contratista reparara o restablecerá los servicios a su costo siempre y cuando el daño y/o la interrupción haya sido causada por su negligencia y/o descuido mas no por error en los estudios entregados y/o hechos de un tercero, caso en el cual ira por cuenta de la entidad y/o del tercero que realizo el daño.
9. USO PREMATURO. Se solicita que los sobrecostos o impacto negativo en las obras ya acometidas como consecuencia de su uso prematuro serán asumidas en un 100% por el INVIAS, igualmente se solicita que la Entidad podrá abrogarse la posibilidad contractual de intervenir el proyecto única y exclusivamente en casos de incumplimiento grave y frente a los cuales es procedente la aplicación del artículo 17 de la ley 80 de 1993 y que hace alusión a la caducidad del contrato.
10. PLAZO DE CIERRE. Solicita Prórroga del plazo de licitación por un término igual a la mitad del inicialmente fijado de conformidad con lo establecido en el artículo 5 de la ley 80 de 1993.
PRECISAR EL ALCANCE Y CONTENIDO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES aclara que la obligación contenida en el numeral citado se deriva de las operaciones de construcción, según se manifiesta en el inciso décimo del numeral 8.27 de los pliegos de condiciones.
9. Con relación al Uso prematuro, el Instituto manifiesta que se mantiene lo previsto en el Pliego de Condiciones y que las entregas deberán hacerse de conformidad con los procedimientos establecidos en el manual de interventoría de la Entidad.
10. El Instituto informa que se realizó la modificación mediante adenda.
45. RADICACIÓN 249 REF. LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS AIA S.A. FECHA: 3 de enero de 2012 ASUNTO: DISTRIBUCIÓN DE RIESGOS PREVISIBLES.
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1. ESCASEZ DE CUALQUIER TIPO DE MATERIAL PARA LA EJECUCIÓN DE LA OBRA. Solicita que este riesgo sea asumido por la Entidad.
2. ACTUALIZACIONES Y UNIFICACIONES A LOS DISEÑOS Y/O ESTUDIOS. Solicita que este riesgo sea asumido por la Entidad Contratante.
3. FLUCTUACIONES DE LAS TASAS DE INTERÉS, TASAS DE CAMBIO, VARIACIONES CAMBIARIAS Y FINANCIERAS POR CAUSAS MACRO Y MICROECONÓMICAS. Se solicita que este riesgo sea asumido por la Entidad Contratante.
4. DEMORA EN LA OBTENCIÓN DE LICENCIAS Y/O PERMISOS AMBIENTALES POR INADECUADA PRESENTACIÓN DE SOPORTES Y ESTUDIOS. Se solicita que el riesgo sea asumido por la Entidad Contratante.
5. GEOLÓGICOS GEOTÉCNICOS E HIDROGEOLÓGICOS. Se solicita que el riesgo sea asumido por partes iguales.
6. Se solicita incorporar el RIESGO DE CONDICIONES CLIMÁTICAS ADVERSAS el cual será asumido por la Entidad Contratante.
7. ENTREGA TARDÍA DE ESTUDIOS, DISEÑOS Y PLANOS. Se solicita incorporar este tema como un riesgo el cual será asignado a la Entidad contratante.
8. PLANOS Y DISEÑOS DEFECTUOSOS O INSUFICIENTES. Se solicita incorporar este tema como un riesgo el cual será asignado a la Entidad contratante.
9. ENTREGA TARDÍA DE PREDIOS. Se solicita incorporar este tema como un riesgo el cual será asignado a la Entidad.
10. ESPECIFICACIONES INCORRECTAS DE MATERIALES. Se solicita que cuando los materiales que se utilizan en la obra no cumplan con las especificaciones de calidad, el riesgo sea asignado a la Entidad contratante, por considerar que se encuentra relacionado con las falencias en los diseños.
11. CAMBIOS EN EL MARCO REGULATORIO NORMATIVIDAD APLICABLE AL PROYECTO. Se solicita incorporar este tema como un riesgo el cual será asignado al contratante.
1. Se informa que es el contratista el responsable del suministro de los insumos para la ejecución de todos y cada uno de los ítems a pagar por el Instituto y que la disponibilidad de los materiales deberá ser analizada por el interesado para la presentación de su oferta.
2. Considerando que la entidad ha dispuesto que es el contratista el responsable de la actualización, unificación, modificación y/o ajuste de los estudios y diseños ha destinado unos recursos para la ejecución de esta actividad y es el contratista quien actúa sobre los mismos con sus especialistas y equipos, por lo cual es quien actúa directamente sobre los estudios y diseños existentes y posee mayor capacidad de prevenir, mitigar y cubrirse de los riesgos asociados con la actividad en mención. Por lo tanto se mantiene lo previsto en la matriz de riesgos.
3. El INVIAS mantiene la tipificación establecida en la matriz de riesgos toda vez que se trata del riesgo financiero que debe asumir el contratista en consecuencia de su oferta económica y sus relaciones con el sector financiero. Los riesgos asociados con la financiación, independientemente del perfil de servicio de la deuda, están determinados también por el riesgo cambiario, el riesgo de tasa de interés y en algunos casos, dependiendo de la estructura, por el riesgo de refinanciación cuando se tomen créditos puentes que posteriormente deban ser sustituidos por emisiones en el mercado de capitales o nuevos empréstitos con el sector financiero.
4. La entidad informa que el riesgo asignado al contratista se refiere a la inadecuada presentación de soportes y/o estudios para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales y que el posible incumplimiento de las funciones por parte de terceros no se asignó al contratista.
5. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
6. No se considera este riesgo teniendo en cuenta que el territorio
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colombiano por su ubicación en el trópico está sujeto a la variabilidad climática y no existe un parámetro en la actualidad para calificar un evento climático extremo o atípico, por lo tanto no se acepta la incorporación de éste en la matriz de riesgos.
7. El INVIAS mantiene lo previsto en la matriz de riesgos, teniendo en cuenta que en el cuarto de datos ya se encuentran los estudios diseños y planos de los proyectos objetos de los procesos licitatorios.
8. El INVIAS mantiene lo previsto en la matriz de riesgos y el manejo de este particular corresponde con lo descrito en el numeral 1.5 Etapa de Pre construcción.
9. El INVIAS informa que la adquisición de Predios se encuentra a cargo del contratista de conformidad con lo establecido en el Apéndice F de los Pliegos de Condiciones.
10. El INVIAS mantiene lo establecido en la matriz de riesgos e informa que es responsabilidad del contratista garantizar la calidad de los materiales con los cuales elabore los ítems objeto de pago por parte de la entidad.
11. La entidad informa que efectuará la modificación solicitada mediante adenda.
46. RADICACIÓN 251 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSORCIO CONSTRUCTOR RUTA DEL SOL CONSOL FECHA: 3 de enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LA MATRIZ DE RIESGOS. 1. Solicita que se excluya la matriz de riesgos presentada en el
Anexo 3 de los pliegos de condiciones. 2. Solicitan incluir en la matriz de riesgos los derivados de
actualizaciones y unificaciones a los diseños y/o estudios
1. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
2. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
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definitivos tanto generales y/o específicos ejecutados por el contratista y los riesgos ocasionados por deficiencias y demoras en la actualización de diseños y/o estudios.
3. Solicita que se incluya el riesgo de mayores cantidades de obra a cargo del INVIAS.
4. Solicita que se modifique la tipificación del riesgo por variaciones en las tasas de interés, tasas de cambio, variaciones cambiarias y financieras.
5. Solicita que se aclare la tipificación del riesgo geológico, geotécnico e hidrogeológico y que el mismo sea asignado al INVIAS.
6. Solicita que en la matriz incluida en el pliego de condiciones se asignen los riesgos por la salida del mercado de insumos o materias primas para la elaboración de las obras objeto del contrato, a la entidad contratante.
7. Solicita que los riesgos de mayores cantidades por ajustes a los estudios y diseños solicitados por las autoridades Ambientales sean tipificados expresamente en la matriz y asignados en forma exclusiva al INVIAS.
8. Solicita que los riesgos por compensaciones y medidas de mitigación exigidas por las autoridades ambientales que sean solicitados por el INVIAS o por las autoridades ambientales, se tipifiquen expresamente en la matriz asignándose exclusivamente en cabeza de la entidad contratante.
9. Solicita contemplar el riesgo por seguridad. 10. Solicita se aclare la descripción del riesgo derivado de pasivos
ambientales generados en el proceso constructivo desde el punto de vista ambiental.
11. Solicita que las variaciones de precios en los ítems no reflejadas en el ICCP sean asumidas por el INVIAS.
12. Solicita que la entidad asuma el riesgo de autorizaciones mineras otorgadas a terceros.
13. Solicitan que el riesgo de la coordinación interinstitucional sea
3. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
4. El INVIAS mantiene la tipificación establecida en la matriz de riesgos toda vez que se trata del riesgo financiero que debe asumir el contratista en consecuencia de su oferta económica y sus relaciones con el sector financiero. Los riesgos asociados con la financiación, independientemente del perfil de servicio de la deuda, están determinados también por el riesgo cambiario, el riesgo de tasa de interés y en algunos casos, dependiendo de la estructura, por el riesgo de refinanciación cuando se tomen créditos puentes que posteriormente deban ser sustituidos por emisiones en el mercado de capitales o nuevos empréstitos con el sector financiero.
5. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
6. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
7. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
8. El INVIAS mantiene lo establecido en la matriz de riesgos, toda vez que este aspecto se encuentra contemplado dentro de las obligaciones contractuales.
9. La entidad informa que este riesgo se encuentra incluido y que si bien es función del Estado en cabeza de sus fuerzas armadas garantizar la seguridad a la población, tal función se tiene que coordinar con responsabilidades de los demás involucrados en los hechos que se presenten: la primera, la que tiene toda persona de prevenir los daños que le puedan ser ocasionados, la segunda y principal, la responsabilidad que tienen los agentes delictuales de responder por los hechos punibles, por un lado frente a la sociedad con la pérdida de la libertad y por otro frente a las víctimas reparándolas e indemnizándolas. Por lo tanto se mantiene la previsión establecida en la matriz de
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tipificado y asignado a la entidad. 14. Solicita que se modifique el siguiente texto del numeral 6.1.1.
del Apéndice C: “el contratista asume los efectos derivados de todos y cada uno de los riesgos asociados a este contrato al igual que respeto a los que logre determinar salvo los definidos en la matriz de riesgos y en el apéndice C, en los casos en que expresamente se ha determinado lo contrario”
riesgos y se destaca que el proponente debe estar familiarizado con las condiciones de los sitios y regiones donde se ejecutarán los proyectos.
10. Se mantiene lo establecido en la matriz de riesgos, toda vez que es responsabilidad del contratista velar por no generar pasivos ambientales durante la ejecución del proyecto.
11. La entidad mantiene lo establecido en la matriz de riesgos y en los pliegos de condiciones e informa que los proponentes deben considerar las posibles fluctuaciones que se llegaren a presentar en los precios al momento de la elaboración de la propuesta económica.
12. Se mantiene lo establecido en la matriz de riesgos y en los pliegos de condiciones, toda vez que es responsabilidad del contratista el suministro oportuno de los materiales para ejecutar los ítems objeto de pago por parte del Instituto y que el contratista deberá conocer las particularidades de los proyectos y fuentes de materiales al momento de la presentación de sus ofertas.
13. La entidad informa que el riesgo asignado al contratista se refiere a la inadecuada presentación de soportes y/o estudios para la obtención de los permisos y/o licencias ambientales y que el posible incumplimiento de las funciones por parte de terceros no se asignó al contratista.
14. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, y se aclara que el contratista debe asumir los riesgos inherentes al contrato con excepción de los que hayan sido asignados al INVIAS en la matriz de riesgos.
47. RADICACIÓN 252 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSORCIO CONSTRUCTOR RUTA DEL SOL CONSOL FECHA: 3 de enero de 2012
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ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES.
1. Se solicita ampliación al plazo de la licitación pública.2. Se solicita que sea modificada la regla incluida en párrafo
cuarto posterior a la nota del numeral 4.22.4 y en los párrafos 8, 9 y 10 del numeral 5.6 a fin de que se exija como requisito habilitante que el proponente que presente propuesta para más de un proyecto cumpla con los índices financieros y la capacidad de contratación exigida para la sumatoria de todos los procesos a los cuales presentó propuesta y no se vaya descontando conforme a los procesos que le vayan siendo adjudicados.
3. Solicitan que se amplíe la etapa de pre construcción. 4. Solicita que la maquinaria adicional que se puede ofrecer
conforme al anexo 10 sea exigida como requisito habilitante y no como factor de calificación.
5. Aclarar cómo se debe acreditar por parte de los proponentes la capacidad nominal de la maquinaria adicional que ofertan.
6. Aclarar el equivalente en toneladas por hora de las plantas de asfalto o concreto que se oferten como equipo adicional ya que se encuentra en metros cúbicos por hora y es usual que los fabricantes lo expresen en toneladas por hora.
7. Aclarar si los proyectos deben construirse en pavimento rígido o flexible.
8. Solicita que se presente un listado de los documentos contenidos en el cuarto de información de referencia.
9. En relación con el Puente de Honda, solicita aclarar si existe un diagnóstico ambiental de alternativas y una licencia ambiental.
10. Solicitan incluir dentro de la minuta de los contratos la cláusula compromisoria.
11. Se solicita ampliar la definición de proponente, teniendo en cuenta que además de los señalado en el subnumeral 35 del
1. El INVIAS informa que se efectuó la modificación mediante adenda.
2. La entidad informa que se mantiene la regla de descuento conforme a las adjudicaciones que se vayan realizando en el presente programa. No obstante, la entidad informa que este aspecto tuvo modificaciones mediante adenda.
3. La entidad informa que el plazo de esta etapa fue modificado mediante adenda.
4. Se mantiene la posibilidad teniendo en cuenta que se trata de un factor de calidad, no obstante las condiciones de ésta fueron precisadas mediante adenda.
5. Deberá ser acreditada de acuerdo con los manuales de operación de la maquinaria o cualquier otro documento que le permita al interventor verificar el cumplimiento de las capacidades establecidas en los pliegos de condiciones al momento de la ejecución del contrato.
6. La entidad informa que este tema se aclaró mediante adenda. 7. El INVIAS informa que el tipo de pavimento a construir
corresponde a lo que indican las cantidades de obra estimadas y presentadas en el formulario 1 y de presupuesto oficial. Sin embargo se hará aclaración al respecto mediante adenda.
8. El INVIAS realizará la publicación del documento. 9. El INVIAS informa que se encuentran los estudios y diseños del
puente de Honda en el cuarto de información de referencia y que la licitación contempla la ejecución de las actividades de actualización y/o ajuste y/o complementación que se requieran.
10. Se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones, en el sentido de acudir a los mecanismos de justicia actualmente empleados por el Instituto.
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numeral 1.1.24 del pliego de condiciones el concepto del proponente lo conforman además matriz, subordinadas, controladas por la matriz común, subsidiarias o filiales bajo el escenario de control que pueda ejercer la matriz según los términos previstos por la ley comercial colombiana.
12. Solicita que se pueda presentar la experiencia de sociedades controladas por el proponente.
13. Solicita a la entidad garantizar a los futuros contratistas disponer de las áreas correspondientes a las fuentes de materiales sobre las cuales existan autorizaciones mineras temporales otorgadas a anteriores contratistas del INVIAS. Así mismo, en el evento de no existir disponibilidad sobre tales áreas, los efectos derivados del riesgo de mayores costos por el cambio en las fuentes de materiales inicialmente indicadas en los Estudios, sea asignado al INVIAS.
14. Aclarar el monto de los presupuestos oficiales para cada uno de los proyectos.
11. Se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones toda vez que las matrices, filiales, sucursales, subordinadas corresponden a personas jurídicas que pueden presentarse como proponentes individuales o estructuras plurales según lo previsto en la ley 80 de 1993, ya sean consorcios, uniones temporales o promesas de sociedades futuras.
12. La entidad informa que al respecto deberán seguirse las condiciones establecidas en el numeral 5.4 de los pliegos de condiciones y en general en el capítulo quinto de estos documentos.
13. Se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones y se aclarar que los contratistas son responsables del suministro de los materiales insumos para la construcción de los ítems objeto de pago por parte del INVIAS. Así mismo, el contratista deberá identificar las circunstancias de las fuentes de materiales en su visita al sitio de las obras y tenerlas en cuenta para decidir si se presenta a las licitaciones, en cuyo caso, deberá tener en cuenta tales condiciones en la elaboración de su propuesta económica.
14. Se aclaró mediante adenda.
48. RADICACIÓN 336, 338, 517 y 518 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 A 054‐2011 MHC INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN DE OBRAS CIVILES FECHA: 03 Y 04 de enero de 2012 ASUNTO: EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES O VIADUCTOS VEHICULARES
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1. Solicita que se modifique la experiencia en construcción de puentes o viaductos vehiculares, teniendo en cuenta la longitud y no el sistema constructivo, cambio que se realizó de la versión de pre pliegos a pliegos definitivos.
1. El INVIAS informa que se modificó mediante adenda en el sentido de tener en cuenta la longitud del puente medida en METROS.
49. RADICACIÓN 340 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐059‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐039‐2011‐SGT‐SRN‐047‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐045‐2011 CONSTRUCCIONES EL CÓNDOR S.A. FECHA: 3 de enero de 2012 ASUNTO: LICITACIONES PÚBLICAS CORREDORES PRIORITARIOS DE LA PROSPERIDAD 1. Solicita que se aclare la matriz válida en los procesos.2. Solicita que se informe por qué se utiliza la misma matriz de
riesgos para todos los procesos. 3. Se solicita se precise que el riesgo denominado “los precios por
debajo del 95% de cada uno de los ítems del presupuesto oficial sea trasladado al contratista”
4. Solicita que se aclare la tipificación establecida para los riesgos geológicos, geotécnicos e hidrológicos, especialmente en lo concerniente al monto agotable para contingencias.
5. Solicita que los errores involuntarios que cometa la entidad en la elaboración de los pliegos no le sean trasladados al contratista.
1. El INVIAS informa que se efectuó la aclaración mediante adenda.
2. La entidad informa que la razón es porque se trata de proyectos estructurados con base en los mismos parámetros de ejecución y que la matriz corresponde a la política de manejo del riesgo contractual de Estado colombiano.
3. Se mantiene lo establecido en la matriz de riesgos, toda vez que la entidad considera que los proponentes que oferten precios inferiores al 95% del presupuesto oficial lo harán bajo su responsabilidad, estarán incurriendo en un riesgo y estará en la potestad de hacerlo de acuerdo con su estructura organizacional, su consecuente gestión de operaciones, producción e innovación tecnológica.
4. El Instituto informa que se realizó la modificación mediante adenda.
5. Se realizó la modificación mediante adenda. 50. RADICACIÓN 341 395 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐059‐2011 CONSTRUCCIONES EL CÓNDOR S.A.
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FECHA: 3 de enero de 2012 ASUNTO: LICITACIONES PÚBLICAS CORREDORES PRIORITARIOS DE LA PROSPERIDAD
1. Solicita que se aclare la matriz válida en los procesos.2. Solicita que se informe por qué se utiliza la misma matriz de
riesgos para todos los procesos. 3. Se solicita se precise que el riesgo denominado “los precios por
debajo del 95% de cada uno de los ítems del presupuesto oficial sea trasladado al contratista”
4. Solicita que se aclare la tipificación establecida para los riesgos geológicos, geotécnicos e hidrológicos, especialmente en lo concerniente al monto agotable para contingencias.
5. Solicita que los errores involuntarios que cometa la entidad en la elaboración de los pliegos no le sean trasladados al contratista.
1. El INVIAS informa que se efectuó la aclaración mediante adenda.
2. La entidad informa que la razón es porque se trata de proyectos estructurados con base en los mismos parámetros de ejecución y que la matriz corresponde a la política de manejo del riesgo contractual de Estado colombiano.
3. Se mantiene lo establecido en la matriz de riesgos, toda vez que la entidad considera que los proponentes que oferten precios inferiores al 95% del presupuesto oficial lo harán bajo su responsabilidad, estarán incurriendo en un riesgo y estará en la potestad de hacerlo de acuerdo con su estructura organizacional, su consecuente gestión de operaciones, producción e innovación tecnológica.
4. El Instituto informa que se realizó la modificación mediante adenda.
5. Se realizó la modificación mediante adenda.
51. RADICACIÓN 343 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ISOLUX CORSÁN FECHA: 3 de enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES
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1. Preguntan que si las certificaciones expedidas por las entidades contratantes, reemplazan las copias de los contratos.
2. Para sociedades sin domicilio en Colombia, se solicita aclarar si se debe seguir la fórmula que utiliza la Cámara de Comercio para calcular el K de contratación.
3. Solicita que se informe si en el caso en que exista acuerdo de reciprocidad firmado, los profesionales de tales países serán considerados como nacionales para efectos del otorgamiento de puntaje.
4. Para el proponente extranjero que no tenga documento equivalente al RUT, ¿qué se debe anexar en su defecto?
1. El INVIAS informa que si la certificación contiene todos los datos necesarios para la evaluación, no es necesaria copia del contrato.
2. EL INVIAS informa, que efectivamente deberá utilizarse la misma fórmula.
3. En tal caso, los profesionales se tomarían como nacionales. 4. Será objeto de Adenda.
52. RADICACIÓN 348 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PAVIMENTO UNIVERSAL S.A. FECHA: 3 de enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DEFINITIVOS DE LOS PROCESOS LICITATORIOS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. Solicitan incluir en la minuta del contrato lo correspondiente a
los ajustes. 2. Se solicita aclarar el párrafo séptimo del numeral 5.1.1. del
pliego de condiciones en el sentido de disminuir el porcentaje de participación mínimo para los participantes que aporten la experiencia.
3. Se solicita cambiar o eliminar el método IV del numeral 6.19.1.1. Determinación del método de ponderación de la propuesta económica.
1. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda, sin embargo esta disposición ya se encuentra en los pliegos de condiciones.
2. Se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los proyectos en licitación y la calidad que busca la participación real que busca la entidad en cada uno de los que aporten la experiencia dentro del proceso.
3. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones respecto a las fórmulas de ponderación de las propuestas.
53. RADICACIÓN 392 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSORCIO CONSTRUCTOR RUTA DEL SOL CONSOL FECHA: 3 de enero de 2012
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ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN A LA MATRIZ DE RIESGOS Y A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD.
Se solicita realizar la descripción de los riesgos asegurables de fuerza mayor y el tipo de póliza que debería adquirirse, amparos, vigencias y demás condiciones.
Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda, sin embargo los tipos de pólizas, amparos, vigencias, primas y demás condiciones deberán ser acordados entre el contratista y su asegurador, según sus propias condiciones.
54. RADICACIÓN 425 REF. LP‐SGT‐SRN‐040‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 GRUPO EMPRESARIAL LHS FECHA: 4 de enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. PROCESOS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. Se solicita eliminar el requisito financiero de capital de trabajo.2. Solicitan se revisen los precios unitarios en que la distancia a
las fuentes de materiales o botaderos es de 25 Km., así mismo solicitan revisar las tarifas de la maquinaria.
3. Solicitan que sean publicados los análisis de precios unitarios para el proceso LP‐SGT‐GGP‐053‐2011.
4. Informan que en la licitación LP‐SGT‐SRN‐040‐2011 el ítem 30, Concreto Clase AA tiene cantidad y valor unitario, pero no valor parcial.
5. Informan que en el proceso LP‐SGT‐SRN‐040‐2011, el ítem 3.6.2.5.2 no alcanza a cubrirse con las cantidades de excavación a realizar, por lo tanto sería necesario tratar material, a este precio no podría considerarse ese mejoramiento si hay que traerlo de otros sitios.
6. Solicita ampliar el plazo para el cierre de las licitaciones.
1. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, considerando la magnitud de los procesos y la importancia del factor financiero en la ejecución de los proyectos.
2. La entidad informa que se realizará la modificación mediante adenda en los casos en que corresponde.
3. La entidad informa que tales análisis de precios unitarios fueron publicados el 30 de diciembre de 2011.
4. La entidad informa que se hará la corrección mediante adenda. 5. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones,
considerando lo establecido en la especificación 230‐07 del Instituto Nacional de Vías.
6. El plazo se amplió mediante adenda.
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55. RADICACIÓN 430 REF. LP‐SGT‐SRN‐040‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PAVIMENTOS COLOMBIA S.A.S. FECHA: 4 de enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD ACLARACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES. 1. Se solicita incluir que los documentos originales en alguno de
los procesos de la licitación, se puedan adjuntar en copia en los demás procesos haciendo la referencia del proceso donde consta el original.
2. Se solicita modificar la exigencia y admitir que la experiencia se pueda acreditar con contratos de concesión cuya etapa de construcción del alcance básico esté terminada por lo menos en un 90% a la fecha de cierre de las licitaciones, igualmente se requiere aclara si son válidas las certificaciones emitidas por los concesionarios de contratos de concesión que sean otorgados a integrantes del concesionario.
3. Se solicita permitir la acreditación de la experiencia en construcción de puentes con documentos que no sean emitidos por la entidad contratante tales como: avisos de prensa, especificaciones entre otras.
4. Solicita eliminar la exigencia de incluir el Formulario del Anexo 10 en el sobre Nº 1, pues considera que dicha información debe estar contenida en el sobre Nº 2.
5. Solicita la ampliación del plazo de cierre de las licitaciones en por lo menos un mes.
1. Dicha previsión no se encuentra establecida en el pliego de condiciones.
2. Este aspecto será objeto de aclaración mediante adenda. 3. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de
condiciones y la modificación realizada mediante adenda 4. La entidad informa que se realizó modificación mediante
adenda. 5. El plazo se amplió mediante adenda publicada
56. RADICACIÓN 509 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COMSA EMTE S.A.S. FECHA: 04 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES.
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1. NUMERAL 4.7 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Solicita retirar el aparte referente a la fecha de constitución de la persona jurídica individual o integrante de la estructura plural.
1. En el ACTA AUDIENCIA DE ACLARACIONES PARA PRECISAR EL ALCANCE Y CONTENIDO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES publicada en el SECOP el 6 de enero de 2011, con relación a la Existencia y Representación Legal el INVIAS informó que se mantiene la previsión establecida en los pliegos de condiciones considerando la magnitud de los proyectos en licitación.
57. RADICACIÓN 511 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COMSA EMTE S.A.S. FECHA: 04 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES 1. Solicita incluir la experiencia en túneles para aquellos procesos que contemplan su construcción. 1. Solicita incluir la experiencia en puentes o viaductos férreos.
1. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones y los alcances que se deben ejecutar en los proyectos se encuentran establecidos mediante adenda.
2. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones considerando la magnitud y tipo de obras a contratar.
58. RADICACIÓN 512 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COMSA EMTE S.A.S. FECHA: 04 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES
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NUMERAL 4.22.4 CAPACIDAD FINANCIERA. Solicita confirmar que en el evento de que un integrante del proponente no cumpla con alguno de los índices financieros exigidos y que el resto de los integrantes si cumpla dichos índices, el valor del cupo de crédito adicional a aportar se calcule de la siguiente forma:
VALOR DEL CUPO DE CRÉDITO ADICIONAL > 0,1 X PO X PI Siendo: PO = PRESUPUESTO OFICIAL PI= % DE PARTICIPACIÓN DEL INTEGRANTE QUE NO CUMPLE LOS ÍNDICES FINANCIEROS
Este aspecto será estudiado y si es del caso será aclarado mediante adenda.
59. RADICACIÓN 515 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COMSA EMTE S.A.S. FECHA: 04 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. 1. NUMERAL 4.7 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL. Fecha
de constitución de la persona jurídica. Solicita retirar el numeral que contiene el requisito habilitante según el cual: “La fecha de constitución de la persona jurídica individual o integrante de la estructura plural debe ser como mínimo un (1) año antes de la fecha de cierre del presente proceso”.
1. En el ACTA AUDIENCIA DE ACLARACIONES PARA PRECISAR EL ALCANCE Y CONTENIDO DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES publicada en el SECOP el 6 de enero de 2011, con relación a la Existencia y Representación Legal el INVIAS informó que se mantiene la previsión establecida en los pliegos de condiciones considerando la magnitud de los proyectos en licitación. Adicionalmente, en la ADENDA 3 publicada en SECOP el día 6 de enero de 2012, se dio respuesta al mismo en el punto SEXTO: Se adiciona el siguiente párrafo al numeral 4.7 Existencia y Representación Legal del Pliego de Condiciones, el cual quedara así:
“En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa
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Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta última”.
60. RADICACIÓN 702 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 MINCIVIL S.A. FECHA: 05 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES A LAS LICITACIONES DEL PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. NUMERAL 1.5 ETAPA DE PRE CONSTRUCCIÓN. Solicita que el
INVIAS aclare lo que espera que el contratista realice y entregue en dicha etapa.
2. NUMERAL 1.6 ETAPA DE MANTENIMIENTO Y NUMERAL 1.7 ETAPA DE MEJORAMIENTO. Solicita se aclare si los plazos para la pre construcción, construcción y para el mantenimiento se encuentran comprendidos en el plazo total señalado, o si por el contrario se establece un plazo de 30 días para la pre construcción, otro para construir y uno adicional para mantener.
3. GLOSARIO. Solicita que los numerales 39,40 y 43 correspondientes a PROYECTOS DE CONSTRUCCIÓN, PROYECTOS DE MANTENIMIENTO PERIÓDICO Y PROYECTOS DE REHABILITACIÓN establezcan cuales son las actividades MÍNIMAS que se deben acreditar respecto de cada uno de los mencionados proyectos.
En el NUMERAL 49 UNIÓN TEMPORAL. Solicita aclarar si cuando la disposición dice que los miembros de la Unión Temporal responden de acuerdo a su participación en la ejecución, se refiere a que solo será sancionado el integrante que tenga a su cargo el acometimiento de la actividad u obra incumplida o si la sanción
1. La entidad informa que en concordancia con lo establecido en el Pliego de Condiciones el Contratista debe revisar y realizar las observaciones pertinentes a los estudios y diseños entregados por el INVIAS con el fin de realizar los ajustes pertinentes en la ejecución del proyecto.
2. El plazo total de contrato está estipulado en los pliegos de condiciones y los plazos para cada una de las etapas se encuentran incluidos en dentro del plazo total de contrato.
3. La entidad informa que se realizará la modificación correspondiente mediante adenda. Respecto al segundo punto se aplicara lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.
4. La entidad informa que estos aspectos se encuentran regulados íntegramente en los pliegos de condiciones.
5. La entidad informa que se aclaró de acuerdo a la Adenda publicada para cada uno de los proyectos.
6. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda 7. Este aspecto será estudiado y si es del caso será aclarado
mediante adenda. 8. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda. 9. El INVIAS informa que si la certificación contiene todos los
datos necesarios para la evaluación, no es necesaria copia del
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debe ser aplicada a todos los integrantes a prorrata de su participación en la forma asociativa. 4. NUMERAL 4.1 REQUISITOS LEGALES Y ADMINISTRATIVOS.
NUMERAL 4.1.1. PARTICIPANTES. Solicita aclarar cuál debe ser la vigencia mínima de la sociedad. NUMERAL 4.2. CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA, MATRÍCULA PROFESIONAL Y COPNIA – CAUSAL DE RECHAZO. Sugiere cambiar la redacción del último párrafo de manera que diga que es causal de rechazo cuando el representante legal no posea título académico como ingeniero civil o en transporte y vías, SI SU PROPUESTA NO HA SIDO ABONADA POR UN PROFESIONAL EN LA MATERIA.
5. NUMERAL 4.7 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL (PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y PARAFISCALES. Dice que la acreditación de los pagos de seguridad social y parafiscales para las sociedades que tengan menos de doce (12) mese de constituida es incompatible con la exigencia de la vigencia mínima de la sociedad.
6. CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES. En la medida que el Departamento Administrativo de Seguridad DAS ya no existe, sería conveniente establecer que se aporte el Certificado de Antecedentes judiciales que expida la AUTORIDAD COMPETENTE.
7. NUMERAL 4.22.4 CAPACIDAD FINANCIERA. Solicita se explique el tercer párrafo del numeral según el cual “En el evento que algún proponente no cumpla con alguno de los índices financieros exigidos, éste podría aportar un solo cupo de crédito adicional con destinación específica igual al 10% del presupuesto oficial y bajo las mismas condiciones descritas anteriormente. Este cupo de crédito será válido para subsanar solamente hasta un 10% de un solo indicador financiero de los exigidos”.
8. NUMERAL 5.1 EXPERIENCIA ACEPTABLE. (PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES). Estima que lo conveniente sería
contrato. 10. Se informa que la experiencia a acreditar en concesiones será
modificada mediante adenda. 11. La fecha se refiere a la iniciación del contrato. La experiencia
en cuento a puentes y exigencia de dos contratos para un solo puente fue modificado mediante adenda.
12. El valor de la concesión fue eliminado mediante adenda. 13. Con respecto al riesgo Ambiental la entidad reitera lo
manifestado en el ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS como se indica a continuación: “El Instituto informa que esta descripción corresponde a la “Demora en la obtención de licencias y/o permisos ambientales por inadecuada presentación de soportes y estudios”.
14. Mediante ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS publicada en el SECOP el día 6 de enero de 2012, la entidad manifestó que: “Durante la exposición, el Instituto manifestó que había encontrado la necesidad de modificar las asignaciones establecidas en la matriz en cuanto a la asignación y tipificación del riesgo geológico, geotécnico e hidrogeológico y en los riesgos asegurables de fuerza mayor.” En razón a lo anterior, mediante adenda publicada el día 6 de enero de 2012, numeral Décimo Octavo, se indicó que la Matriz de riesgos quedara conforme al archivo adjunto Publicado, procediendo de acuerdo con esta observación.
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definir las características mínimas de los puentes o viaductos construidos, acorde con las necesidades de cada proyecto. Además, advierte que el literal b) se contradice, pues en el primer párrafo dice que basta con acreditar la experiencia en la construcción de UN PUENTE O VIADUCTO VEHICULAR, sin embargo el literal exige que el proponente PRESENTE DOS CONTRATOS DE PUENTES.
9. LITERAL A DEL NUMERAL 5.1.2. Solicita que en lugar de ser exigidos documentos adicionales a la CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL ENTE CONTRATANTE en la misma se haga constar todo lo que el INVIAS requiera.
10. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS Y SECUNDARIAS Y VÍAS URBANAS – CONTRATOS DE CONCESIONES. Solicita: • Se aclare que el inicio de los contratos que se acrediten
desde el 1º de enero de 1996 debe corresponder a la etapa de construcción
• Aclarar que la condición de estar liquidado y/o en proceso de liquidación, no aplica a los contratos de concesión.
• Aclarar el sentido del inciso séptimo que dice que la experiencia restante deberá ser aportada por los demás miembros si tienen el 20%.
• Aclarar si la fase de construcción se refiere a la del ÍTEM ESPECIFICO de cuya ejecución se pretende derivar la experiencia, o de toda la etapa de construcción del contrato.
• Solicita eliminar el numeral 2 que hace referencia al valor por considerarlo impertinente en relación con contratos de concesión, pues en las concesiones, salvo en las de primera generación, no existen valores para los ítems, solo existen cantidades de obra.
11. NUMERAL 5.1.2. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS.
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• Solicita aclarar que el inicio y terminación se refiere al ítem: puente y viaducto y no al contrato.
• Solicita se permita expresamente la aducción de experiencia derivada de contratos de concesión.
• Pone de presente que la exigencia de 2 contratos contradice la exigencia de un solo puente y solicita definir las especificaciones mínimas de las estructuras según cada proyecto.
12. NUMERAL 5.8. CONSIDERACIONES PARA LA VALIDEZ DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA. Pone de presente que se está imposibilitando la exhibición de experiencia derivada de concesiones, en tanto que estas no tienen valor facturado.
13. NUMERAL 6.2. DETERMINANTES DE LA APROBACIÓN DE PERMISOS AMBIENTALES. Solicita que corra por cuenta del INVIAS el riesgo por las demoras en el trámite al interior de las autoridades ambientales, siempre y cuando el contratista demuestre que ha realizado la totalidad de las gestiones para obtenerlas.
14. ASIGNACIÓN GENERAL DE RIESGOS NO ASEGURABLES. Sugiere que la asignación de riesgos no asegurables no debe ser genérica sino que sea dosificada de acuerdo a la naturaleza del mismo.
61. RADICACIÓN 816 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 FERROVIAL AGROMAN CHILE S.A. FECHA: 05 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES A LAS LICITACIONES DEL PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA
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PROSPERIDAD.
NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
El plazo se amplió mediante adenda.
62. RADICACIÓN 851 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 OHL COLOMBIA S.A.S. FECHA: 05 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES A LAS LICITACIONES DEL PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. METODOLOGÍA DE ADJUDICACIÓN. Solicita aclarar cual será la
metodología a utilizar para hacer el descuento una vez se vayan adjudicando los procesos.
2. ALCANCE Y ESTADO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 3407. En virtud de que el alcance del proyecto LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 incluye la construcción de 3,7 kilómetros de doble calzada, solicita se aclare cual es el alcance y estado de ejecución del contrato 3407 y en que estado serán entregadas las obras por el contratista que actualmente adelanta trabajos en la zona.
3. PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar: • La cantidad de contratos posibles con los que se deberá
acreditar dicha experiencia. • En el caso de que sean dos, ¿puede darse por cumplido el
requisito con tan solo uno de ellos? • Revisar el alcance de la experiencia solicitada en cada uno
de los procesos, ya que la experiencia en voladizos sucesivos no es objeto de todos los procesos.
4. EQUIPO ADICIONAL. Solicita aclarar si el equipo adicional derivado del puntaje a signar por factores de calidad dentro de la evaluación puede ser repetido entre un proceso y otro, o si
1 En Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.2 Este aspecto será objeto de modificación mediante adenda. 3 Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda. 4 La asignación corresponde al compromiso de disponer el equipo y el personal o parte de éstos según la exigencia del INVIAS y en el momento en que sea solicitado durante la ejecución del contrato. Este aspecto, sin embargo será modificado mediante adenda, en el sentido de no exigir identificación de la maquinaria y el personal para la evaluación de las propuestas. 5El plazo se amplió mediante adenda.
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por el contrario deberá ser único para cada una de las propuestas. Así mismo, solicita revisar y aclarar las discrepancias que hay entre las especificaciones y capacidad de producción de los equipos de los frentes mínimos y adicionales que se solicitan entre uno y otro proceso.
5. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
63. RADICACIÓN 864 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 HIDALGO E HIDALGO S.A. SUCURSAL COLOMBIA FECHA: 06 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DEL PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita
ampliación del plazo para el cierre de los procesos. 2. NUMERAL 4.7 EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL
(Empresas extranjeras con sucursal en Colombia). ¿A que fecha se hace referencia, a la de constitución de la casa matriz o la fecha de establecimiento de la sucursal en Colombia?
3. NUMERAL 4.9 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES RUP. (Túneles y/o viaductos vehiculares). Se solicita especificar en cada uno de los pliegos de condiciones cuales son los procesos a los que se les exige estar inscritos en el Registro único de Proponentes de la Cámara de Comercio RUP en el Grupo 05 de la Especialidad 08.
4. Se solicita definir dentro del glosario y el texto de los pliegos de
1. El plazo se amplió mediante adenda pública 2. De conformidad con la Adenda No. 2 y 3 del 6 de enero de 2012
“En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta última.”
3. Se mantiene los establecido en los pliegos definitivos. 4. Las Sucursal, subordinadas y subsidiarias se encuentran
reguladas en el Código de Comercio, por lo tanto debe remitirse a la norma en comento.
5. La entidad mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones, considerando la magnitud de los proyectos en licitación.
6. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
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las licitaciones los términos y las condiciones en los que debe entenderse la participación de empresas “con sucursal en Colombia” , “empresas subordinadas o controladas (filiales) y las “empresas subsidiarias”
5. NUMERAL 4.22.1 CUPO DE CRÉDITO EN FIRME. Se solicita que este requerimiento se amplíe a un “cupo de crédito con montos agotables”
6. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Manifiesta lo confusa que resulta la acreditación de la experiencia solicitada debido a la requisición de la construcción de un puente y/o viaducto vehicular que debe aportarse en dos (2) contratos. Así mismo, solicita aclarar la forma de evaluación en participaciones conjuntas para aportar la experiencia en puentes. Igualmente, pone de presente que no tiene razón alguna solicitar una experiencia en el sistema de construcción de voladizo sucesivo sino se necesita para la ejecución de las obras previstas.
64. RADICACIÓN 984 REF. LP‐SGT‐SRN‐040‐041‐044‐045‐048‐2011 y otras. PAVIMENTAR S.A. FECHA: 06 de Enero de 2012 ASUNTO: LICITACIONES CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. EXPERIENCIA EN PUENTES Y/O VIADUCTOS. Solicita estudiar
dicho requisito para que sea solicitado solo donde se requiera la construcción de puentes y sin la necesidad de que sea por el sistema constructivo de voladizos sucesivos.
2. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
1Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.2El plazo se amplió mediante adenda públicada
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65. RADICACIÓN 1068 REF. LP‐SGT‐SRN‐044‐2011 CONSORCIO INFRAESTRUCTURA CARARE FECHA: 06 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES AL PLIEGO DEFINITIVO. 1. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN COMO OFERENTE
EXTRANJERO • Solicita aclarar si aun existiendo sucursal de dicha
sociedad en Colombia, puede ser posible presentar el ofrecimiento con la documentación de la matriz directamente o por el contrario es necesario adjuntar la información de la sucursal ya constituida.
• Solicita la publicación el formulario financiero para empresas extranjeras según lo indicado en el numeral 4.23.
2. NUMERAL 5.1.1 PONDERACIÓN DE LA EXPERIENCIA. Solicita aclarar lo solicitado para la acreditación de la experiencia aceptable del proponente indicada en el numeral 5.1.1. y solicita excluir de los pliegos la solicitud de “y solo podrá acreditar la parte proporcional a su participación”.
1. Es posible presentar la documentación de la casa matriz. En todo caso deberá cumplir con los requisitos de presentación de documentos que se establecen en los pliegos de condiciones. El formulario al que se refiere corresponde al anexo No. 5 publicado en el SECOP.
2. La entidad aclara que según se establece en el numeral 5.1.1. la experiencia será afectada solo por el porcentaje de participación en la estructura plural en la que adquirió la experiencia y no nuevamente por la participación en la estructura plural para presentarse a este proceso.
66. RADICACIÓN 1189 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐045‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐047‐2011‐ LP‐SGT‐SRN‐049‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 CONSTRUCCIONES EL CÓNDOR S.A. FECHA: 10 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.
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1. NUMERAL 8.3.1 CONSIDERACIONES PARA EL ANÁLISIS DEL PERSONAL. Se solicita eliminar la comunicación suscrita por el profesional en al que conste su retiro, como requisito para su cambio en caso de existir justa causa.
2. NUMERAL 8.8. PERMISOS AMBIENTALES. Solicita modificar este numeral indicando que las demoras en la obtención de estos permisos no serán causa válida para justificar atrasos o incumplimientos, salvo que dichas demoras se deban a retrasos provenientes de la entidad correspondiente o competente para otorgar el respectivo permiso.
3. INCISO 7º DEL NUMERAL 8.17 FIRMA Y PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO. Pone de presente que este inciso indica que para la ejecución del contrato es necesario, entre otros “… la aprobación de los documentos que la entidad considere como esenciales para el control de las obras, de acuerdo con lo planteado en el numeral 7.2 de este pliego”, sin embargo el numeral 7.2. hace referencia a la Audiencia de Adjudicación.
4. LITERAL E DEL NUMERAL 8.18. GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO. Solicita se aclare en relación con el acta de entrega y recibo definitivo de estudios, en qué momento se suscribe, quién está facultado para suscribirla en señal de aceptación por parte del INVIAS y demás condiciones que permitan delimitarla claramente.
5. ÚLTIMO INCISO NUMERAL 8.39. DAÑOS O DEMORAS DEBIDAS A FUERZA MAYOR. Pone de presente que esta estipulación contradice la distribución de riesgos contenida en la matriz de riesgos publicada por el INVIAS en la cual se expresa que el contratista únicamente asume el riesgo del lucro cesante y el INVIAS asume el riesgo de daño emergente. Solicita entonces conservar este esquema sin descargar en el contratista estos sobrecostos.
6. SEGUNDO INCISO DEL NUMERAL 8.54. ESTABILIDAD DE LA OBRA Y PERIODO DE GARANTÍA. Solicita que la Entidad incluya
1. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones.
2. Con relación a Riesgos generados por la no obtención de los permisos ambientales en los tiempos requeridos para la obra, la entidad reitera lo manifestado en el ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS PREVISIBLES IDENTIFICADOS como se indica a continuación: “El Instituto informa que esta descripción corresponde a la “Demora en la obtención de licencias y/o permisos ambientales por inadecuada presentación de soportes y estudios”.
3. La entidad informa que se realizará la corrección pertinente mediante adenda.
4. El acta de recibo de estudios y diseños se suscribe en el momento que la interventoría reciba a satisfacción los ajustes a los estudios y diseños, de conformidad con lo previsto en el Manual de Interventoría de la entidad.
5. Atiéndase a lo expresado por la entidad en la audiencia de riesgos y aclaración de pliegos.
6. Se mantiene lo estipulado en el Pliego de Condiciones y se seguirá el procedimiento establecido en la normatividad del INVIAS que se encuentra referenciada en los Pliego de Condiciones.
7. En relación con este numeral la entidad informa que la minuta del contrato será objeto de adenda.
8. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda pública el día 6 de enero de 2012.
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en este numeral un procedimiento que permita el conocimiento previo por parte del contratista, de la decisión de hacer efectiva la garantía de estabilidad. En este mismo numeral solicita especificar que la responsabilidad del contratista por los daños que se causen a terceros como consecuencias de las obras defectuosas durante el periodo de garantía, será en caso que el INVIAS pruebe la imputabilidad de los defectos al contratista.
7. MINUTA DEL CONTRATO. • CLÁUSULA CUARTA PLAZO. Aclarar a que documentos
hace referencia la cláusula cuarta. • NUMERAL 1 DEL PARÁGRAFO PRIMERO DE LA
CLÁUSULA CUARTA PLAZO. Solicita aclara la minuta indicando si lo que se establece es la aceptación de los diseños por parte del contratista o la asunción de la responsabilidad por los diseños. Pregunta ¿Qué ocurrirá con la responsabilidad del consultor que estructuró los respectivos diseños?
• CLÁUSULA QUINTA GESTIÓN SOCIAL, PREDIAL Y AMBIENTAL. Solicita corregir el numeral 1 GESTIÓN SOCIAL ya que se menciona que las obligaciones en el Apéndice F del pliego de condiciones y este apéndice hace referencia a la gestión predial. Igualmente, el numeral 2 GESTIÓN PREDIAL hace referencia al Apéndice G el cual no existe en los pliegos y en esta misma cláusula el NUMERAL 3 GESTIÓN AMBIENTAL refiere al Apéndice E del pliego el cual trata las obligaciones de la gestión social.
• CLÁUSULA NOVENA FORMA DE PAGO. Solicita explicación en cuanto a la fundamentación de el no pago de la mora por parte de la entidad, en caso de que en virtud de la disponibilidad de las apropiaciones presupuestales, esta se constituya en mora de pagar al
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contratista y como se garantizaría que el pago realmente se reciba sin que la entidad alegue la ausencia de disponibilidad presupuestal como justificación para no realizar el pago. Además pone de presente que el PARÁGRAFO TERCERO PAGO DE LAS ACTAS DE OBRA menciona que “…en caso de mora en los pagos EL INSTITUTO reconocerá al CONTRATISTA un interés moratorio equivalente al interés legal civil vigente, siguiendo el procedimiento descrito en el decreto 679 de 1994…”. Solicita aclara la incoherencia entre los dos puntos.
• CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA LIQUIDACIÓN. Dicha cláusula menciona el compromiso para la sostenibilidad de la reforestación y/o arborización paisajística, “previsto en el apéndice E” y dicho compromiso no se encuentra en este apéndice, solicita corregir esta referencia.
• CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA DOCUMENTOS DEL CONTRATO NUMERAL 3. Hace referencia al Apéndice G el cual no aparece en el pliego. Solicita se corrija esta referencia.
8. PLIEGO DE CONDICIONES LP‐SGT‐SRN‐045‐2011. Solicita aclarar la inconsistencia entre el valor del presupuesto oficial presentado en el cuadro 1 y el mencionado en el inciso 3.
67. RADICACIÓN 1550 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 Y 050‐2011 ACTIVA COLOMBIA M&0 CONSTRUCCIONES S.A.S. FECHA: 11 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PLIEGOS
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1. PRECIOS UNITARIOS APU. Solicitan revisión y confirmación de los valores consignados en los presupuestos oficiales de la entidad y de la sumatoria real del presupuesto oficial.
1. La entidad informa que mediante adendas publicadas se realizaron las modificaciones pertinentes a los proyectos en comento.
68. RADICACIÓN 1631 REF. LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 JMV INGENIEROS S.A.S. FECHA: 11 de Enero de 2012 ASUNTO: CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE HONDA 1. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. En el caso de que el INVIAS requiera dos puentes, ¿estos puedan ser parte de un mismo contrato?
2. Solicitan retirar determinados equipos a presentar en el frente de obra adicional debido a que el objeto de la licitación es la construcción de un puente y los equipos mencionados no se requieren en gran medida.
1 La Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
2 La entidad informa que se realizará la modificación
correspondiente mediante adenda.
69. RADICACIÓN 1655 REF. LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 SIGSA COLOMBIA. FECHA: 11 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES AL PLIEGO. ANÁLISIS DE PRECIOS UNITARIOS APU. Analizar los precios unitarios y complementarlos, toda vez que de los presentados no se permite ver el alcance real de los trabajos.
La entidad informa que se realizara la modificación correspondiente mediante adenda.
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70. RADICACIÓN 167116721673 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 FCC CONSTRUCCIÓN DE CENTRO AMÉRICA S.A. SUCURSAL EN COLOMBIA. FECHA: 11 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD APLAZAMIENTO PARA EL CIERRE. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
El INVIAS informa que el plazo se amplió mediante adenda pública.
71. RADICACIÓN 1687 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 BANCO SANTANDER COLOMBIA S.A. FECHA: 11 de Enero de 2012 ASUNTO: CONCLUSIONES REUNIÓN SECTOR FINANCIERO – PROYECTOS DE CORREDORES DE PROSPERIDAD‐ 1. ALCANCE DE LA LEGALIZACIÓN. Solicita aclarar si el término
LEGALIZACIÓN en el marco del texto de la certificación de cupos de crédito solicitada, hace referencia al cumplimiento de los requerimientos solicitados por el Banco (constitución de garantías, etc.) para el desembolso de los recursos (segundo momento) dentro del marco de lo que haya sido establecido en la aprobación que se entrega al INVIAS. Cita la reunión que el Instituto tuvo con el sector financiero.
2. OPERACIONES DE MUTUO. Solicita se aclare que la utilización del cupo de crédito otorgado se limita exclusivamente a operaciones de mutuo (DESEMBOLSOS PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO) y por lo tanto éste no permitirá al beneficiario solicitar otros servicios financieros prestados por el banco contra dicho cupo.
3. PLAZO ACOTADO. Solicita incluir en las cartas de cupo de crédito que emitan las entidades financieras una fecha fija para la vigencia del cupo de crédito o un término de tiempo específico a partir de la fecha de adjudicación o firma del contrato.
1. En efecto y como se trató en la reunión, el cupo de crédito deberá estar en firme y conforme al modelo establecido por el Instituto, lo que representa un primer momento. La disposición de recursos bajo el cupo de crédito mediante mutuos representa un segundo momento y como el mismo modelo de cupo de crédito lo ha especificado deberá cumplir los requisitos de legalización que la entidad financiera y su cliente pacten para tal efecto, sin embargo y como bien lo manifiesta en su comunicación deberá estar dentro del marco del documento entregado al INVIAS.
2. En tal sentido y comprendiendo que se trata de una operación entre particulares, el Instituto no efectúa regulación sobre los productos que el Banco pudiera ofrecer al interesado, lo cual corresponde establecer a la entidad financiera y a su cliente.
3. La entidad informa que se mantiene lo previsto en el modelo de cupo de crédito, considerando que debe estar vigente hasta la fecha de finalización del plazo de ejecución del contrato, dada su calidad de salvaguarda para el Estado. La única fecha cierta que tiene hasta el momento el Instituto es el plazo que se
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4. CERTIFICACIÓN PARA EMPRESAS EXTRANJERAS. Solicita que en el c aso de empresas extranjeras se acepte la inclusión del siguiente texto a la certificación:
“que en caso de legalizarse será desembolsado en pesos colombianos únicamente a la sucursal que para el efecto deberá constituir la firma ________________________ en caso de resultar adjudicataria del citado proyecto.” 5. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita
ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
estableció en los pliegos de condiciones para cada proyecto. Considerar la posibilidad de mayores plazos por prórrogas no corresponde a este momento de la fase precontractual, dado que durante la estructuración se identificaron los plazos para cada proyecto y que no existen variables, que con rigurosidad puedan llevar al Instituto a establecer qué prórrogas podrían tenerse para cada proyecto.
4. Se mantiene lo establecido en el Anexo 2 “Modelo de Autorización de Cupo de Crédito”, considerando que corresponde a las condiciones particulares de legalización que el Banco solicite al interesado.
5. La entidad informa que el plazo fue ampliado mediante adenda.
72. RADICACIÓN 1755 REF. LP‐SGT‐SRN‐039 a 054‐2011 MURCIA MURCIA S.A. CONSTRUCCIONES FECHA: 11 de Enero de 2012 ASUNTO: ACREDITACIÓN EXPERIENCIA – SUBCONTRATOS. NUMERAL 5.7 INFORMACIÓN NECESARIA PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA. Solicitan aceptar la experiencia adquirida mediante subcontratos.
Se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones, dada la magnitud de los proyectos en licitación, en el sentido de solo aceptar contratos de primer orden.
73. RADICACIÓN 1804 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COPCISA S.A. FECHA: 12 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
El INVIAS informa que el plazo se amplió mediante adenda.
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74. RADICACIÓN 1944 REF. LP‐SGT‐SRN‐041‐2011 HORACIO VEGA CÁRDENAS INGENIERÍA CIVIL. FECHA: 12 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. NUMERAL 5.1.2 Experiencia en construcción de puentes y/o viaductos vehiculares. Eliminar tal experiencia dentro del proceso de la referencia (Corredor de las Palmeras), toda vez que en el mismo no existe ni se tiene proyectada la construcción de ningún puente.
La entidad informa que se modificó mediante ADENDA No. 3 en el sentido de suprimir la exigencia de este tipo de experiencia.
75. RADICACIÓN 1968 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 FERROVIAL AGROMAN CHILE S.A. FECHA: 12 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. SUMAS ASEGURADAS DEL AMPARO DE PAGO DE SALARIOS, PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACIONES LABORALES Y LA PÓLIZA DE SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL (RCE). Solicitan que las sumas aseguradas quede en definitiva para estos ítems de la siguiente manera:
• Amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales: Cuantía equivalente al 5% del valor del contrato.
• Seguro de Responsabilidad Civil Extracontractual (RCE): Cuantía equivalente al 10% del valor del contrato.
Se mantiene la regulación establecida en el Pliego de Condiciones.
76. RADICACIÓN 1971 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 FERROVIAL AGROMAN CHILE S.A. FECHA: 12 de Enero de 2012
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ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES.
NUMERAL 4.9 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES RUP. Solicita se elimine la exigencia del grupo 4, toda vez que en los procesos no hay construcción de puentes atirantados y cables aéreos
Se mantiene lo establecido en los pliegos definitivos.
77. RADICACIÓN 2044 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSTRUCTORA OAS LTDA. FECHA: 12 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
El INVIAS informa que el plazo se amplió mediante adenda.
78. RADICACIÓN 2048 REF. LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 CONSORCIO INFRAESTRUCTURA CUSIANA FECHA: 12 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES AL PLIEGO DEFINITIVO. 1. FORMULARIO 1 PRESUPUESTO OFICIAL. Solicita aclaración de
los valores totales de los ítems 10 y 11 del formulario. 2. FORMULARIO FINANCIERO PARA PERSONAS NATURALES O
JURÍDICAS EXTRANJERAS SIN DOMICILIO O SUCURSAL EN COLOMBIA. Solicita su publicación.
3. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES. Eliminar tal experiencia para el proceso de la referencia, toda vez que esta
1. La entidad informa que mediante adenda se realizaron las modificaciones pertinentes a los proyectos en comento.
2. Se informa que el formulario corresponde al anexo 5 de la licitación.
3. La entidad informa que se modificó mediante ADENDA No. 3 en el sentido de suprimir la exigencia de este tipo de experiencia.
4. La entidad aclara que según se establece en el numeral 5.1.1. la
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actividad no se tiene proyectada en la ejecución del proyecto.4. NUMERAL 5.2 CONDICIONES PARA ACREDITAR LA
EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS Y/O VÍAS URBANAS PRINCIPALES Y EN LA CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita modificarlo, toda vez que cuando un proponente haya sido integrante de un Consorcio, Unión Temporal o cualquier tipo de asociación en la ejecución de un contrato, este hizo parte de esta asociación durante toda la ejecución y hasta la finalización del proyecto desarrollado y no solo por el tiempo afectado por su participación en el mismo.
experiencia será afectada solo por el porcentaje de participación en la estructura plural en la que adquirió la experiencia y no nuevamente por la participación en la estructura plural para presentarse a este proceso.
79. RADICACIÓN 2306 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 CESAR E. SENDOYA CEDIEL INGENIERO CIVIL. FECHA: 13 de Enero de 2012 ASUNTO: DERECHO DE PETICIÓN ARTÍCULO 23 de la C.N. 1. Solicita se indique por que no se incluye dentro de los
requisitos para los futuros oferentes un compromiso donde se garantice que cuentan con el suficiente suministro del material para la construcción de la obra y que cuentan con el suministro permanente mientras ejecuta la misma.
2. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Eliminar tal experiencia dentro del proceso de la referencia, toda vez que para este proyecto referenciado no se tiene programada la ejecución de puentes o viaductos.
3. Solicita que antes de publicar los pliegos definitivos se solicite concepto favorable a la territorial meta sobre las condiciones de terreno y suministro de materiales para dichas obras. Así
1. En los presentes procesos licitatorios el contratista es el responsable del suministro de los materiales que sirvan como insumo para la elaboración de los ítems objeto de pago por parte del Instituto, e igualmente es el responsable de adelantar las gestiones correspondientes para la obtención de los permisos y licencias necesarios para la explotación.
2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda. 3. La Entidad reitera que en los presentes procesos licitatorios el
contratista es el responsable del suministro de los materiales que sirvan como insumo para la elaboración de los ítems objeto de pago por parte del Instituto, e igualmente es el responsable de adelantar las gestiones correspondientes para la obtención de los permisos y licencias necesarios para la explotación.
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mismo la cantidad de puentes, pontones incluyendo la longitud de estos.
80. RADICACIÓN 2317 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐055‐2011 COMSA EMTE S.A.S. FECHA: 13 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO.
1 Solicita al INVIAS aclarar con relación a la acreditación de experiencia Numeral 5.2., si las certificaciones expedidas por las Entidades contratantes, remplazan las copias y soportes de contratos exigidos.
2 Pregunta si una sociedad subordinada se puede entender como una sucursal.
1. El INVIAS informa que si la certificación contiene todos los datos necesarios para la evaluación, no es necesaria copia del contrato.
2. Las definiciones solicitadas se encuentran previstas en el Código de Comercio.
81. RADICACIÓN 2323 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 COMSA EMTE S.A.S. FECHA: 13 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN AL PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. NUMERAL 4.9 CERTIFICADO DE INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES RUP. Solicita al INVIAS que confirme que el numeral 4.9 del pliego de condiciones, consiste en aportar el certificado expedido por la Cámara de Comercio en el que consta la inscripción del RUP en los términos del artículo 6º del Decreto 1464 de 2010.
La evaluación del Registro Único de Proponentes se efectuara conforme a la exigencia establecida en el pliego de condiciones en concordancia con el Decreto 1464 de 2010.
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82. RADICACIÓN 2336 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 COMSA EMTE S.A.S. FECHA: 13 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN ADENDA 2 Y ADENDA 3 PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. Solicita al INVIAS modificar la limitación de ancho de calzada de 7.30 metros.
La entidad informa que mediante adenda publicada se aclaro este aspecto.
83. RADICACIÓN2435 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐ 55‐2011 LOPEZ PULIDO ABOGADOS. FECHA: 13 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO. 1. Solicita al INVIAS aclarar si el plazo en la etapa de
mantenimiento es independiente y posterior a las etapas mejoramiento, construcción, rehabilitación y mantenimiento en los plazos del contrato.
2. Solicita al INVIAS eliminar de todas las disposiciones de los Pliegos que se refieren a las formas asociativas, la siguiente frase: “(…) o como integrante de concesionario”.
1. La entidad informa que el plazo establecido para la etapa de mantenimiento corresponde al plazo establecido en el contrato.
2. Se entiende que cuando se hace referencia a integrante de concesionario este hace alusión a Consorcio o Unión Temporal o Promesa de Sociedad Futura.
84. RADICACIÓN 2439 2440 REF. LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 CONSTRUCTORA MP FECHA: 13 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES DEFINITIVO.
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Solicita al INVIAS según el numeral 5.1.2 Experiencia en construcción de puentes y/o viaductos vehiculares no sea exigido el requerimiento de voladizos sucesivos.
1. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
85. RADICACIÓN 2504 2507 REF. LP‐SGT‐SRN‐048 ‐2011 Y LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 AGUILAR CONSTRUCCIONES S.A. FECHA: 13 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. 1. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita
ampliación del plazo para el cierre de los procesos. 2. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar la acreditación de experiencia de un puente y/o viaducto vehicular con la presentación de dos (2) contratos.
3. Solicita dar respuesta a todas las preguntas formuladas tanto a la Audiencia de Riesgos Previsibles Identificados como en la Audiencia para precisar el Contenido y Alcance de Pliego de Condiciones.
1. El plazo se amplió mediante adenda pública.2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda. 3. La Entidad informa que fueron publicadas las actas de las
audiencias de aclaración de pliegos y de asignación de riesgos previsibles. Solicita a los interesados efectuar las observaciones de forma específica, en caso de que consideren que a alguna o a algunas de sus observaciones les hace falta respuesta por parte de la entidad.
86. RADICACIÓN 2595 REF. LP‐SGT‐SRN‐041 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐044 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐048 ‐2011‐ LP‐SGT‐SRN‐050 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054 ‐2011 GISAICO S.A. FECHA: 16 de Enero de 2012 ASUNTO: PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
El plazo se amplió mediante adenda.
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87. RADICACIÓN 2659 REF. LP‐SGT‐SRN‐040 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐041 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐044 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐045 ‐2011‐ LP‐SGT‐SRN‐048 ‐2011 PAVIMENTAR S.A. FECHA: 16 de Enero de 2012 ASUNTO: LICITACIONES CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. EXPERIENCIA EN PUENTES Y/O VIADUCTOS. Solicita estudiar
dicho requisito para que sea solicitado solo donde se requiera la construcción de puentes y sin la necesidad de que sea por el sistema constructivo de voladizos sucesivos.
2. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
1. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
2. El plazo se amplió mediante adendas publicadas.
88. RADICACIÓN 2696 REF. LP‐SGT‐SRN‐040 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐047 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐051 ‐2011‐ LP‐SGT‐SRN‐053 ‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054 ‐2011 CONCAY S.A. FECHA: 16 de Enero de 2012 ASUNTO: LICITACIONES PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar este requerimiento, ya que lo usual es acreditar experiencia con una longitud mínima de puentes ejecutados con el sistema de voladizos sucesivos en un máximo número de contratos.
2. Solicita aclarar en las bases de los procesos licitatorios de la referencia el Número de la ruta de la vía y los PR inicial y final de cada tramo.
3. Solicita un índice del contenido de los diseños fase III, toda vez que se observó que alguno de tales diseños están incompletos.
4. Solicita realizar una visita a los sitios de trabajo dirigidos por el INVIAS en el cual se dé a conocer el alcance del proyecto.
5. Solicita la publicación de las preguntas realizadas en las audiencias.
6. Riesgo derivado de mayores cantidades de obra.
1. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adendas
publicadas. 3. La base de datos de los Estudios y Diseños se encuentra en el
cuarto de información de referencia, con cada uno de los volúmenes respectivos para cada proyecto.
4. La visita técnica al lugar donde se realizará la obra es responsabilidad de cada proponente, razón por la cual el INVIAS da por entendido que EL INTERESADO al presentar su oferta conoce la zona del proyecto y los riesgos que se puedan presentar en el sitio en el que se desarrollaran las obras.
5. Las actas de audiencia de aclaración de pliegos y de riesgos se encuentran publicadas en el Secop.
6. Es aspecto fue objeto de modificación mediante adenda a la matriz de riesgos en que se contemplan los casos de mayores
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¿Cómo se reconocerá el incremento en cantidades de obra, teniendo en cuenta que los diseños de mejoramiento fueron realizados en el 2009 y que la ejecución se llevará a cabo dos años después?
7. ¿Las licencias temporales de las fuentes de materiales permiten explotación inmediata o se deben actualizar licencias? ¿En caso de que se tenga que actualizarlas, en qué rubro se pagan estos permisos ambientales?
cantidades de obra que estarían a cargo de la entidad.7. El contratista es el responsable del suministro de los materiales
que sirvan como insumo para la elaboración de los ítems objeto de pago por parte del Instituto, así las cosas, es quien debe adelantar las gestiones correspondientes para la obtención de los permisos y licencias necesarios para la explotación.
89. RADICACIÓN 2787 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 UT CORREDORES VIALES FECHA: 16 de Enero de 2012 ASUNTO: ACLARACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DE LOS PROCESOS LICITATORIOS DEL PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. NUMERAL 5.1. INCISO 1. En caso de que un proponente esté
acreditando experiencia de un contrato ejecutado en un país donde la ley no contempla entre las garantías solicitadas a los contratistas la garantía de estabilidad, ¿como se suple tal requisito?
2. Solicita señalar el alcance de cada uno de los proyectos dentro de los documentos definitivos, toda vez que dentro de los apéndices numeral 1.3., aparece un espacio en blanco que debe ser completado por la entidad para efectos del proceso de selección.
3. Solicita definir que se entiende por obras de reconstrucción y si las mismas son válidas para acreditar experiencia.
1. Para acreditar la experiencia aceptable de contratos ejecutados en el exterior la certificación de que trata el numeral 5.1 deberá indicar la información allí establecida o la equivalente en cada país.
2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adendas. 3. Este aspecto ha sido objeto de aclaración mediante adendas..
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90. RADICACIÓN 2857 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSTRUCTORA CONCONCRETO FECHA: 16 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD ACLARACIÓN PLIEGOS DE CONDICIONES. 1. Solicita indicar en cuanto al equipo mínimo adicional, planta o
equipo de producción de concreto hidráulico o asfáltico, terminadora de asfalto y mixer y/o volquetas, que tipo de equipo se debe acreditar cuando en el alcance del contrato se ejecutaran los dos tipos de pavimento, como sucede en la licitación 042 donde existen en el formulario mezcla densa en caliente MDC 39.800 m3 y pavimento concreto hidráulico 5,835 m3.
2. Solicita indicar y aclarar si para la acreditación del equipo adicional y frente adicional solicitado en el anexo 10, bastará únicamente con el diligenciamiento del formulario o si se debe anexar otro tipo de documentación.
3. Solicita aclarar cual frente de obra adicional es el correcto, el indicado en el apéndice A o el del anexo10. Adicionalmente sugiere que los especialistas en geotecnia y/o pavimentos y el profesional en gestión de la calidad no deben hacer parte del frente adicional de obra, sino del frente de obra básico.
4. Pone de presente que el equipo mínimo adicional solicitado en el caso de proyectos en concreto asfáltico difiere en lo solicitado en el anexo 10 y en lo solicitado en el apéndice A. Solicita aclarar si las seis (6) volquetas para mezcla asfáltica solicitadas en el anexo hacen parte y deben entregarse dentro de dicho equipo.
5. NUMERAL 6.19.5. ACREDITACIÓN DEL EQUIPO MÍNIMO Y EL FRENTE ADICIONAL DE OBRA. Solicita indicar si para la acreditación del equipo mínimo y el frente adicional de obra solicitado se puede ofertar el mismo en los diferentes procesos en que se participe y que pasaría en dado caso de quedar en
1. La entidad informa que será objeto de adenda.. 2. La entidad informa que realizará la claridad mediante adenda,
en el sentido de manifestar que no se requiere de documentación adicional.
3. La entidad informa que se efectuará modificación mediante adenda. Así mismo que considera razonable la solicitud en cuanto a los profesionales, por lo cual se efectuará la modificación en ese sentido.
4. La entidad hará la modificación mediante adenda en el sentido de corregir la inconsistencia.
5. La entidad informa que aclarará mediante adenda este aspecto, modificando el Anexo 10, en el sentido de no tener que presentar seriales de maquinaria, ni documentos soportes de ésta.
6. Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, considerando la magnitud de los proyectos en licitación y el traslape entre los proyectos que pudieran serle adjudicados al mismo interesado, en términos de tiempo de ejecución, el cual supera la vigencia fiscal de 2012.
7. En el caso que se presente la situación planteada la entidad informara en cada proceso de selección el procedimiento a seguir.
8. El alcance del contrato fue publicado mediante adenda. Igualmente en dicho alcance se establece: El contratista deberá Construir y/o Ampliar y/o Mantener además de los puentes de Ullucos y Juntas, todos los Puentes y Pontones en el corredor. Adicionalmente se informa que dos estudios y diseños de los puentes de Ullucos y Juntas se encuentran disponibles en el
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primer orden de elegibilidad en varios procesos ofertando el mismo equipo y personal.
6. Solicita que en la medida en que sea adjudicatario de más de un proceso no se descuente del capital de trabajo ni del patrimonio el 100% del presupuesto adjudicado, sino se haga un descuento proporcional a la vigencia 2012 del proceso en referencia.
7. Solicita indicar el procedimiento en caso de que una de las audiencias no se puede llevar a su final y se requiera la suspensión de la misma, los procesos restantes continuarán con su adjudicación o se deberá esperar el resultado de la adjudicación previa.
8. LP‐SGT‐SRN‐045‐2011. Solicita a la Entidad confirmar que los puentes Ullucos y Juntas son los únicos dentro del alcance del contrato e indicar el avance de los diseños de estos dos puentes por cuanto en el cuarto de datos no reposa ninguna información de ellos. Igualmente, solicita aclarar la partida indicada en el formulario correspondiente a “Estudios y Diseños” a que corresponde y que actividades serán objeto y responsabilidad de diseño por el futuro contratista.
9. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011. Solicita identificar las abscisas de inicio y fin del alcance de las obras e identificar el alcance de cada uno de los tramos informados en el cuarto de datos. De igual manera solicita identificar cuales estructuras (puentes y/o viaductos) hacen parte del alcance del contrato. Igualmente, solicita indicar el alcance de la presente licitación en cada uno de los tramos en que se divide el proyecto.
10. LP‐SGT‐SRN‐041‐2011. Solicita aclarar la partida indicada en el formulario correspondiente a “Estudios y Diseños” a que corresponde y que actividades serán objeto y responsabilidad de diseño por el futuro contratista.
11. LP‐SGT‐SRN‐048‐2011. Pone de presente que existen inconsistencias en la formulación de los ítems 10 y 11 del formulario 1 y solicita a la entidad verificar cada uno de los APU
cuarto de Información de referencia para los corredores de Prosperidad del Invias. La Entidad informa que el alcance para este proyecto se encuentra descrito en la adenda publicada.
9. La partida de estudios y diseños descrita en el anexo No. 6 formulario de presupuesto oficial, corresponde al valor con el cual se pretende cubrir los costos de modificación y/o complementación de los estudios y diseños entregados por parte del Invias.
10. La entidad informa que se aclaro mediante adenda publicada. 11. El alcance del contrato fue publicado mediante adenda 12. El plazo se amplió mediante adenda publicada.
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en mención y validar la información correspondiente a lasdistancias de acarreo.
12. LP‐SGT‐SRN‐047‐2011. Solicita a la entidad confirmar que dentro del alcance del contrato únicamente hace parte el puente ubicado en el PR93+300 – RUTA 6006 DOS Y MEDIO – OTANCHE y si existe información que permita a los oferentes poder valorar la construcción de dicho puente. Igualmente, solicita aclarar la partida indicada en el formulario correspondiente a “Estudios y Diseños” a que corresponde y que actividades serán objeto y responsabilidad de diseño por el futuro contratista.
13. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
91. RADICACIÓN 2873 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CORREVAL S.A. FECHA: 16 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES. NUMERAL 4.22.3 CAPACIDAD FINANCIERA. Solicita precisar que la declaración según la cual “… el underwriting en firme está debidamente constituido y que con su expedición no excede el límite de ocho (8) veces su patrimonio técnico a enero de 2012” corresponde al límite de ocho veces el patrimonio VIGENTE en enero de 2012.
La entidad informa que se modificará mediante adenda en lo correspondiente a las fechas.
92. RADICACIÓN 2981 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ESGAMO LTDA. INGENIEROS CONSTRUCTORES FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.
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1. Solicita conservar lo establecido en los pliegos de condiciones definitivos con relación a la definición de carreteras primarias y de proyectos de construcción, toda vez que la modificación realizada en la Adenda No. 3 de fecha 6 de enero de 2012 en el numeral 1.22 –Glosario de los pliegos de condiciones con relación a dichas definiciones limitan la participación de muchas empresas.
2. Solicita incluir en los procesos LP‐SRG‐SRN‐053‐2011 y LP‐SGT‐SRN‐054‐2011, además de carreteras primarias, también carreteras secundarias y vías urbanas. Así mismo, solicita que dentro de la definición de carreteras secundarias, se excluya que hayan sido pavimentados.
3. NUMERAL 5.1.2. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar la acreditación de UN (1) PUENTE Y/O VIADUCTO VEHICULAR y la referencia a la presentación de DOS (2) CONTRATOS EN PUENTES DE CONCRETO.
1. La entidad informa que se aclaro mediante adenda publicada 2. La entidad informa que mantiene lo previsto en los pliegos de
condiciones y lo establecido en la adenda publicada. Además se le informa a los interesados tener cuidado en cuanto a la identificación de estos procesos, ya que se trata de los procesos LP‐SGT‐GGP‐053‐2011 y LP‐SGT‐GGP‐054‐2011.
3. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
93. RADICACIÓN 2984 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 OHL COLOMBIA S.A.S. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: LICITACIONES CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. NUMERAL 5.7 PÁRRAFO 7 INFORMACIÓN NECESARIA PARA
ACREDITAR LA EXPERIENCIA. Solicita aclarar con cuáles documentos se deberá acreditar la experiencia de contratos ejecutados en el exterior, derivados de contratos entre un concesionario y un constructor.
2. Solicita con relación con las certificaciones en la cuales conste que no se declaró ningún tipo de sanción o multa por incumplimiento del contratista, que sea válido que se certifique que la obra fue entregada y terminada a satisfacción, toda vez que en el extranjero no es costumbre que se detalle esa
1. Para acreditar la experiencia aceptable de contratos ejecutados en el exterior la certificación de que trata el numeral 5.1 deberá indicar la información allí establecida o la equivalente en cada país.
2. Para acreditar los cumplimientos en contratos ejecutados en el exterior la certificación deberá indicar la información allí establecida o la equivalente en cada país.
3. La Entidad informa que se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones para el asunto en mención.
4. Este aspecto será modificado mediante adenda.
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información con las características que enuncia el pliego. 3. Solicita aclarar con qué fecha de corte serían evaluados los
estados financieros en el caso de que se presente el Registro Único de Proponentes con estados financieros del año 2011.
4. NUMERAL 4.11. LITERAL B. APORTE PARAFISCALES TRATÁNDOSE DE PROPONENTES EXTRANJEROS. Cuál sería el documento que deberá presentar una sociedad extranjera sin domicilio en Colombia en el caso de que en el país de origen sí exista la obligación de realizar algún tipo de aportes al sistema de seguridad social.
5. ANEXO 13. Aclarar si es necesario dar extensión al formato del anexo 13 el cual contiene 6 casillas correspondientes al reporte de aportes parafiscales para 12 meses que es la vigencia que se solicita declarar estar a paz y salvo.
6. ÍTEMS DEL PROCESO 053. Solicita sean revisados los precios de los ítems referenciados, toda vez que no corresponden al mercado actual.
7. NUMERAL 6.19.5 FRENTE DE OBRA ADICIONAL. Solicita la modificación del numeral 1 del anexo 10.
8. Solicita aclarar cuál es el criterio que se deberá contemplar para definir el número de personas a vincular en el proyecto de acuerdo de anexo 12 Carta de compromiso de apoyo al programa de reincorporación, o si por el contrario es discrecional del proponente.
5. El formato será ajustado mediante Adenda.6. La entidad informa que adendará, en el sentido de modificar el
formulario del presupuesto oficial. 7. La entidad informa que se aclaro mediante adendas
publicadas. 8. La entidad informa que se realizará la modificación mediante
adenda.
94. RADICACIÓN 2987 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐0 54‐2011 LATINOAMERICANA DE CONSTRUCCIONES LATINCO S.A. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: PROCESOS LICITATORIOS CORREDORES PARA LA PROSPERIDAD. PLIEGO DE CONDICIONES.
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NUMERAL 5.1.1 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS. Solicita confirmar si en un contrato de concesión, con alcance progresivo y tramos a construir definidos en extensión y plazo desde la suscripción del mismo, es válido, para acreditar la experiencia requerida en los pliegos.
Este aspecto será objeto de aclaración mediante adenda.
95. RADICACIÓN 299029922993 REF. LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐0547‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐044‐2011 ORGANIZACIÓN TÉCNICA ASESORES CONSULTORES CONSTRUCTORES OTACC S.A. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES. CONSTRUCCIÓN DEL PUENTE DE HONDA NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
El plazo se amplió mediante adenda publicada
96. RADICACIÓN 3091 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 ACTIVA COLOMBIA M&O CONSTRUCCIONES S.A. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PLIEGOS. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar a la entidad la experiencia a acreditar, es decir, si se debe certificar un solo puente y/o viaducto vehicular o sin son dos puentes en concreto en voladizos sucesivos.
1. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
97. RADICACIÓN 3097 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 HIDALGO E HIDALGO S.A. SUCURSAL COLOMBIA. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIÓN DE PLIEGOS DE CONDICIONES DE LOS PROCESOS LICITATORIOS DEL PROGRAMA CORREDORES
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PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD.
1. NUMERAL 5.1. EXPERIENCIA ACEPTABLE PÁRRAFO 2. Pregunta ¿si se allegan todas las certificaciones requeridas en el numeral 5.1 de los pliegos de condiciones, es necesario además adjuntar todos los documentos enunciados en la nota 1 del numeral 5.5 del mismo?
2. Las definiciones de sociedad subordinada y sucursal a las que deben sujetarse ¿son las que establece el Código de Comercio para matrices y sucursales?
3. ADENDA AL NUMERAL 4.7. Solicita aclarar que las sucursales de sociedades extranjeras no requieren acreditar situación de control.
1. El INVIAS informa que si la certificación contiene todos los datos necesarios para la evaluación, no es necesaria copia del contrato.
2. Es correcta su apreciación. 3. Las sucursales en Colombia de sociedades extranjeras no
constituyen personas jurídicas distintas a las primeras, de manera que no deben acreditar situación de control.
98. RADICACIÓN 3114 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 MILENA GARCÍA A. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PLIEGOS DEFINITIVOS. 1. ADENDA 3. Solicita informar cómo se debe realizar la
conversión del valor de los contratos cuando los mismos estén expresados en una moneda distinta al peso colombiano.
2. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre del proceso.
1. Las conversiones de moneda extranjera fueron aclaradas mediante el numeral UNDECIMO: 4.22.5 Requisitos para presentación de moneda extranjera.
2. El plazo se amplió mediante adenda publicada.
99. RADICACIÓN 3118 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ELIZABETH NARANJO SUAREZ FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: APLAZAMIENTO CIERRE.
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NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre del proceso.
El plazo se amplió mediante adenda publicada
100. RADICACIÓN 3123 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 LP‐SGT‐SRN‐045‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐047‐2011 LP‐SGT‐SRN‐051‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐052‐2011 IDESTRA FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES – APLAZAMIENTO CIERRE NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre del proceso.
El plazo se amplió mediante adenda publicada
101. RADICACIÓN 3124 REF. LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 HORACIO VEGA CÁRDENAS INGENIERÍA CIVIL FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES 1. Solicita se revise y reajusten los precios unitarios oficiales
establecidos para los ítems de la licitación referenciada (LP‐SGT‐SRN‐048‐2011), ya que son muy bajos y no cubren los costos de suministro de materiales y transporte de los mismos al sitio de ejecución de los trabajos.
2. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Eliminar tal experiencia dentro del proceso de la referencia, toda vez que para este proyecto referenciado no se tiene programada la ejecución de puentes o viaductos.
1. La entidad informa que se realizó la modificación pertinente mediante adendas publicadas, se ajusto y publico el formulario del presupuesto del proceso en comento.
2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
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102. RADICACIÓN 3147 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PAVIMENTOS COLOMBIA S.A.S FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD ACLARACIÓN A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES 1. NUMERAL 5.6. CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN.
Solicitan aclaración sobre la capacidad residual de contratación de personas naturales y jurídicas extranjeras con domicilio o sucursal en Colombia, informando que “el pliego de condiciones discrimina los contratos que deben relacionar las personas naturales o jurídicas extranjeras, sin domicilio y sin sucursal en Colombia; pero no establece nada particular paras las personas naturales con domicilio en Colombia, ni para las personas jurídicas con sucursal en Colombia”.
2. Por otra parte, solicita aclarar cómo se relacionan dentro de la capacidad residual de los proponentes los contratos de concesión, toda vez que estos contemplan actividades adicionales a la construcción y no afectan la capacidad de contratación del proponente.
3. NUMERAL 3.4 IDENTIFICACIÓN Y ENTREGA DE LA PROPUESTA. Aclarar si el medio magnético que hay que anexar al sobre 1 deben ser los mismos documentos con los cuales se acredite la experiencia.
1. Las personas naturales y jurídicas con domicilio o sucursal en Colombia están obligadas a registrarse en el RUP de manera que su K residual de Contratación se evalúa de conformidad con lo previsto en el numeral 5.6 en el párrafo 3.
2. La entidad manifiesta en el mismo sentido en que se respondió en el Acta de Aclaración a los Pliegos de Condiciones que la capacidad residual de contratación NO se afecta por ser socio de un contrato de concesión.
3. Es correcta su apreciación.
103. RADICACIÓN 3164 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ODEBRECHT CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD ACLARACIÓN A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DEL PROCESO. Solicita ampliación del plazo para el cierre del proceso.
El plazo se amplió mediante adenda publicada
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104. RADICACIÓN 3168 REF. LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 GISAICO S.A. FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD ACLARACIÓN A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Solicita la revisión de los precios unitarios del presupuesto oficialde la licitación Camilo C ‐ Primavera, toda vez que se encuentran muy por debajo de los precios actuales del mercado y muy inferiores en relación con los precios de otros proyectos, de este mismo programa.
La entidad informa que se ajustarán mediante adenda.
105. RADICACIÓN 3212 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSTRUCCIONES CIVILES S.A. CONCIVILES FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: PETICIÓN AMPLIAR PLAZO DE CIERRE DE LOS PROCESOS. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
El plazo se amplió mediante adenda publicada
106. RADICACIÓN 3247 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 OBRAS ESPECIALES OBRESCA C.A. SUCURSAL COLOMBIA FECHA: 17 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. 1. NUMERAL 4.22.1. CUPO DE CRÉDITO EN FIRME. Solicita que el
valor del cupo de crédito se verifique sólo para las propuestas ganadoras y que, en el caso de que un proponente gane más de una propuesta, se le requiera el cupo de crédito necesario para cumplir con el 20% del valor de los presupuestos de la oferta que haya ganado.
2. Solicita confirmar la entidad que asumirá los intereses generados por los cupos de créditos, en el caso de retrasos en
1. La entidad informa que se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los proyectos en licitación.
2. La entidad informa que se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, dada la magnitud de los proyectos en licitación. Así mismo, se informa que la vigencia del cupo de crédito será hasta la finalización del plazo de ejecución del contrato.
3. La entidad informa que mantiene previsto en el pliego de condiciones, considerando los procedimientos del Instituto.
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la ejecución de la obra no inherentes al contratista.3. NUMERAL 8.37. FORMA DE PAGO. Solicita disminuir el plazo
del pago establecido de 45 días calendario a al menos de 15 a 30 días calendario, dado que algunos proponentes ofrecerán un anticipo de 0%.
4. Solicita confirmar a quien le corresponderá la responsabilidad de efectuar la consulta previa, para el trámite de licencias ambientales.
5. Solicita enviar el presupuesto soporte del valor global social, predial y ambiental.
6. Solicita modificar el anexo 10, toda vez que este formato incluye información sobre el valor ofertado.
7. Solicita confirmar si es necesario presentar las hojas de vida del personal y los soportes de la maquinaria
4. La entidad informa que dentro del apéndice D de cada uno de los procesos se especifica los procedimientos y responsabilidades para los trámites ambientales necesarios para la ejecución del proyecto, en este caso está a cargo del Contratista.
5. La entidad informa que los procesos son independientes en cuanto a la gestión social predial y ambiental lo cual corresponde a los estudios y diseños realizados.
6. La entidad informa que se aclara mediante adendas publicadas 7. No es necesario presentar ni las hojas de vida ni soportes de la
maquinaria. Este tema será objeto de aclaración mediante adenda.
107. RADICACIÓN 3298 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 SP INGENIEROS FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: ACLARACIÓN AL PLIEGO DE CONDICIONES. Solicita se ratifique como experiencia admisible y requerida aquellas certificaciones de contratos que se encuentren en ejecución y en los cuales se hayan ejecutado los kilómetros y/o construidos los puentes requeridos por el INVIAS.
La entidad informa que se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones en el sentido de que los contratos deben estar terminados.
108. RADICACIÓN 3338 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 PÓRTICOS S.A. INGENIEROS CIVILES FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: ACLARACIÓN A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. 1. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Eliminar tal 1. Este aspecto fue objeto de modificación mediante
adenda.
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experiencia dentro de los procesos en los cuales no se tiene proyectada la ejecución de puentes o viaductos y solicita que se acepte la acreditación de la experiencia de una obra cuya acta de inicio se suscribió en el mes de diciembre de 1995 y su ejecución terminó antes de la fecha de cierre de la presente licitación.
2. SOBRE LA MATRIZ DE RIESGOS. Solicita que por su naturaleza, no le sean imputables al contratista los siguientes riesgos:
• Riesgos por salida del mercado de insumos o materias primas para la elaboración de las obras objeto del contrato.
• Riesgos por fuerza mayor no asegurable, actos terroristas, guerras o eventos que alteren el orden público.
3. SOBRE EL AIU. Se solicita publicar todos los componentes que tuvo en cuenta la entidad para determinar los costos y porcentajes de administración, imprevistos y utilidades.
4. CON RELACIÓN A LOS SUBCONTRATOS. Solicita la validez de subcontratos para acreditar experiencia.
5. NUMERAL 5.1.1. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS. Solicita que en razón de las longitudes en kilómetros el número de contratos a acreditar sea ampliado en 2 mas, es decir, 6.
6. NUMERAL 4.22.1 CUPO DE CRÉDITO EN FIRME. Solicita permitir la presentación de un cupo de crédito determinado equivalente a la suma de los cupos de crédito de los integrantes del consorcio o unión temporal.
7. NUMERAL 1.17 CRONOLOGÍA DE LOS PROCESOS. Solicita ampliación del plazo para el cierre de los procesos.
2. Con relación a los riesgos derivados de problemas presentados por s por salida del mercado de insumos o materias primas para la elaboración de las obras objeto del contrato, se aclara que dicho riesgo fue retirado de la matriz de Distribución de riesgos dentro de los Pliegos de Condiciones Definitivos de los Procesos de Selección. Por otra parte, el riesgo por fuerza mayor no asegurable se modificó mediante adenda.
3. La entidad mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones e informa a los contratistas que los montos establecidos obedecen a la estructuración financiera propia de los proyectos y que el ejercicio de estimación de la administración y costos financieros, dependen de la estructura organizacional, de capital y de gestión de operaciones en la etapa contractual de cada contratista en particular, por lo cual cada proponente deberá efectuar sus propios análisis para ser considerados en su propuesta económica.
4. La entidad informa que se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones en los cuales no será válida la experiencia que se pretenda acreditar mediante subcontratos.
5. La entidad informa que se mantiene lo previsto en los Pliegos de Condiciones, considerando la magnitud de los procesos en licitación.
6. El INVIAS ratifica que los Cupos de Crédito en firme, numeral 4.22.1, deben ser aprobados por la Institución Financiera, por una cuantía mínima del 20% del Presupuesto Oficial, además que si se está licitando para más de un proceso, el cupo de crédito debe estar aprobado por el 20% de la sumatoria de los Presupuestos Oficiales a los cuales se está licitando.
7. La entidad informa que amplió el plazo mediante
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adenda. 109. RADICACIÓN 3354 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSORCIO CONSTRUCTOR RUTA DEL SOL CONSOL FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LA MATRIZ DE RIESGOS PUBLICADA EL 6 DE ENERO DE 2012. Solicita incluir en la última matriz de riesgos publicada el 6 de enero de 2011, las decisiones adoptadas por la propia entidad en la Audiencia de Riesgos previsibles, tales como:
• Riesgo por salida del mercado de insumos o materiales. • Riesgos geológicos, geotécnicos e hidrogeológicos.
La entidad informa que efectuará la modificación mediante adenda en ambas clases de riesgos y en el riesgo de fuerza mayor asegurable, tal y como se decidió en la audiencia.
110. RADICACIÓN 3356 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONSORCIO CONSTRUCTOR RUTA DEL SOL CONSOL FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES – CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. Solicita aclarar si es correcta la siguiente interpretación en
cuanto al equipo mínimo obligatorio y el equipo adicional: “es nuestro entendimiento que los contratistas que ofrezcan en su propuesta un equipo mínimo adicional, deberán suministrar y mantener en obra un equipo mínimo que podrá variar del equipo ofrecido e identificado en la propuesta, siempre y cuando la maquinaria adicional suministrada cumpla con lo solicitado en el Pliego de Condiciones”.
2. Las limitaciones previstas en los 4 primeros incisos de las condiciones para la valoración del cupo de crédito, señaladas en el numeral 4.22.1 del pliego no aplicarán en caso de que el cupo sea otorgado al proponente.
3. Descuento de experiencia técnica exigida en el numeral 5.1.1 de
1. será objeto de aclaración mediante adenda.2. Las condiciones establecidas en el numeral 4.22.1 sobre el cupo
de crédito en firme, aplica para todas las formas de presentación de los proponentes.
3. La entidad mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones.
4. La entidad informa que se deben diligenciar dichos documentos en concordancia con los formatos suministrados en el pliego de condiciones.
5. La entidad informa que mantiene previsto en el pliego de condiciones, considerando los procedimientos del Instituto.
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los pliegos de condiciones. 4. Se solicita dar claridad al diligenciamiento de las propuestas, si
deben ser diligenciados y suscritos únicamente por los miembros del proponente plural o el representante legal del proponente plural.
5. Forma de pago e interés de mora; en el caso que el INVIAS no cuente con disponibilidad de recursos al momento de la presentación de las facturas, y hayan transcurrido mas de 45 días desde su presentación, únicamente se reconocerá al contratista un interés equivalente al índice de precios al consumidor del año anterior.
111. RADICACIÓN 3365 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ASSIGNIA INGRESTRUCTURAS FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES – CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. Solicita dar claridad para poder acceder a los documentos del cuarto de información de referencia.
El INVIAS informa que el procedimiento del cuarto de información de referencia se publicó en el Secop en el comunicado No. 1.
112. RADICACIÓN 3387 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐055‐2011 PUENTES Y TORONES S.A. INGENIEROS CIVILES FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES. 1. NUMERAL 5.12. Solicita fijar un porcentaje de participación del
50% en la experiencia requerida en puentes, toda vez que se 1. La entidad informa que se mantiene lo establecido en el pliego
de condiciones.
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pueden dar casos de proponentes con participaciones del 10% o 20% que no garantizan solvencia en recursos de maquinaria, equipo o personal calificado, aspectos que son relevantes a la hora de la construcción de este tipo de estructuras especializadas.
2. Solicita aplazamiento del cierre de los procesos.
2. La entidad informa que se ampliara dicho plazo mediante adenda.
113. RADICACIÓN 3401 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ACCIONA COLOMBIA FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES – CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. 1. Solicita confirmar la no presentación del Certificado de
Antecedentes Judiciales a los presentes procesos licitatorios de conformidad con el Decreto 0019 del 10 de enero de 2012 (Antitrámites).
2. Solicita ampliación de plazo de 30 días calendario para la presentación de las ofertas.
1. La entidad informa que se mantiene lo previsto en la adenda.2. La entidad informa que se ampliara dicho plazo mediante
adenda.
114. RADICACIÓN 3433 REF. LP‐SGT‐SRN‐017‐2011 ALCA INGENIERIA S.A.S FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES – CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. NUMERAL 5.6 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN. Solicita aclaración del referido numeral en el caso de personas jurídicas extranjeras, concretamente, para los contratos de ejecución como constructor, cuál es el procedimiento para la conversión a pesos
Será objeto de modificación mediante adenda.
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colombianos de una moneda diferente al dólar y que fecha se debe tomar para el cálculo del valor pendiente por ejecutar en SMMLV.
115. RADICACIÓN 3463 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 EDGARDO RUIZ GUERRERO FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES PARA EL PROCESO LICITATORIO DE CORREDORES PARA LA PROSPERIDAD. 1. PUNTO CUARTO ‐NOTA‐ ADENDA 3. Solicita a la entidad que se
restrinja el ancho mínimo a una calzada con dos carriles de 3.50 metros cada uno, es decir calzadas de 7.00 metros, ya que con la nota citada estaría desacreditando toda la construcción en carreteras en Europa y en varios países de Centro y Suramérica, teniendo en cuenta que el ancho máximo del carril de diseño para autopistas en países europeos y en varios países de Latinoamérica varía de 3.50 a 3.65 metros.
2. Experiencia en puentes y/o viaductos vehiculares: • Aclarar si se va a solicitar la construcción de uno o dos
puentes. • Modificar la exigencia en cuanto a puentes o viaductos en
voladizos sucesivos en aquellos proyectos en los cuales no se van a construir puentes mediante este sistema constructivo.
3. Solicita que la entidad publique el correo al cual se debe enviar la solicitud para acceder al cuarto de información de referencia del archivo de INVIAS, toda vez que desde el miércoles 11 de enero se envió solicitud al correo [email protected] y no se ha recibido respuesta.
4. Solicita aplazamiento de cierre de los procesos en referencia.
3. La entidad informa que se aclaro mediante adenda publicada.4. La entidad informa que se ampliara dicho plazo mediante
adenda.
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116. RADICACIÓN 3529 REF. LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 CONSTRUCTORA MP FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES. Solicita se revisen los análisis de precios unitarios correspondientes a los ítems 310.10, 320.1 y 630.4 para la licitación en comento.
La entidad informa que mediante adenda, se publico el formulario No 1. Presupuesto oficial.
117. RADICACIÓN 3576 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COMSA EMTE S.A.S FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES. PUNTO 4 ADENDA 2 Y 3. Solicita confirmación acerca de si una vía compuesta de dos calzadas de ancho 7,00 metros cada una y por tanto con un ancho total de calzada de 14,00 metros cumple con los requisitos establecidos en la NOTA del punto 4 de las Adendas 2 y 3, para acreditar la experiencia exigida en carreteras primarias.
La entidad informa que se aclaro mediante adenda publicada.
118. RADICACIÓN 3581 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 SAINC INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A. FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES AL PLIEGO DE CONDICIONES. 1. Solicita aclarar si las sociedades extranjeras con sucursal en
Colombia tienen que presentarse necesariamente a través de ésta o si se pueden presentar directamente y no obligatoriamente a través de su sucursal en Colombia.
2. Solicita precisar si los 30 días anteriores a la fecha de cierre
1. Las persona extranjeras con sucursal en Colombia pueden presentar propuesta directamente o través de sucursal, acreditando los requisitos que la ley dispone para los extranjeros con sucursal en Colombia.
2. Son días hábiles
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dentro de los cuales se deben expedir los certificados de existencia y representación y los RUP, corresponden a días hábiles o calendario.
119. RADICACIÓN 3586 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 SAINC INGENIEROS CONSTRUCTORES S.A. FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS.NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita para el caso de la acreditación de experiencia en construcción de puentes y/o viaductos vehiculares, se permita la acreditación de la experiencia a través de contratos en ejecución cuya obra se encuentre terminada, aun cuando no se haya surtido la terminación de la etapa de construcción ni el acta de recibo final de la misma, siempre y cuando se encuentre debidamente acreditado a través de certificación expedida por la entidad contratante.
La entidad informa que se mantiene lo establecido en el pliego de condiciones.
120. RADICACIÓN 3606 REF. LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 JMV INGENIEROS S.A.S. FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES. Solicita aplazar el cierre de la licitación de la referencia por lo menos quince días hábiles más a la fecha actual de cierre
La entidad informa que se ampliara dicho plazo mediante adenda.
121. RADICACIÓN 3616 3617 – 3619 – 3621 3622 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐044‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS S.A.
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FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES. En los NUMERALES 1.3 de los Apéndices publicados por el INVIASel 16 de noviembre y el 29 de diciembre de 2011 respectivamente, no se describe el alcance del contrato, por lo que solicitan validar el alcance del contrato.
La entidad informa que los alcances para cada uno de los proyectos se precisaron mediante adendas publicadas
122. RADICACIÓN 3624 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐044‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 ARQUITECTOS E INGENIEROS ASOCIADOS S.A. FECHA: 18 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES. 1. NUMERAL 4.10.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Aclarar si en los casos de co‐aseguro (dos o más compañías de seguros) el MODELO DE CERTIFICACIÓN DEL ASEGURADOR debe venir suscrito por cada una de las compañías de seguros integrantes del co‐aseguro, es decir, una certificación del asegurador por cada compañía de seguros o si es suficiente con que la compañía de seguros líder (quien expide la carátula) aporte ella únicamente la certificación del asegurador sin que se requiera de los demás co‐aseguradores.
2. NUMERAL 8.18 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO: 2.1 Teniendo en cuenta que en el literal b del NUMERAL 8.18 se
establece que el amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales es por una cuantía equivalente al 20% del valor total del contrato, sin embargo en el Anexo 1 a pliego de condiciones MINUTA DEL CONTRATO en su cláusula DECIMO NOVENA GARANTÍA ÚNICA en el literal c indica que el mismo es por una cuantía equivalente al 5% del valor del contrato, solicita aclarar cuál es el porcentaje correcto y unificar el criterio tanto en la minuta del contrato como en el pliego de condiciones.
2.2 Teniendo en cuenta que en el literal c del NUMERAL 8.18 se
1. Será objeto de análisis por parte de la entidad y en caso de modificación se vera reflejado en adenda.
2. Será objeto de Adenda. 2.1 Será objeto de Adenda. 2.2 Será objeto de Adenda. 2.3 Será objeto de Adenda. 3. Será objeto de Adenda. 4. Será objeto de Adenda. 5. Será objeto de Adenda. 6. Será objeto de Adenda. 7. Será objeto de Adenda.
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establece que el amparo de calidad de la revisión, actualización y/o modificación y/o ajuste a los estudios y diseños tendrá una vigencia de 5 años contados a partir de la feche a de suscrición del acta de entrega y recibo definitivo de los estudios, sin embargo en el Anexo 1 a pliego de condiciones MINUTA DEL CONTRATO en su cláusula DECIMO NOVENA GARANTÍA ÚNICA en el literal e indica para el mismo supuesto un término de 3 años, solicita aclarar cuál es la vigencia correcta y unificar el criterio tanto en la minuta del contrato como en el pliego de condiciones.
2.3 Teniendo en cuenta que en el literal c del NUMERAL 8.18 se establece la obligación de constitución del amparo de calidad de la revisión, actualización y/o modificación y/o ajuste a los estudios y diseños y en el Anexo1 MINUTA DEL CONTRATO en su cláusula DECIMO NOVENA GARANTÍA ÚNICA en el literal e establece la obligación de constitución de un amparo de calidad de los estudios y diseños, solicita:
1. Aclarar cuál es el nombre correcto del amparo y unificar el criterio tanto en la minuta del contrato como en el pliego de condiciones.
2. Aclarar cuál es el alcance de la cobertura del amparo de calidad de la revisión, actualización y/o modificación y/o ajuste a los estudios y diseños, puesto que en el mercado de seguros de cumplimiento no existe oferta disponible par este amparo.
3. NUMERAL 1.5 ETAPA DE PRECONSTRUCCIÓN. Solicita reconsiderar la solicitud del amparo de la Garantía Única en caso que el contratista no realice modificaciones a los estudios y diseños entregados por el Invías y, de ser necesaria la constitución del amparo, solicita incluir contractualmente condición a nivel de cláusula o parágrafo en la Cláusula Décimo Novena de la Minuta del Contrato para indicar que dicho amparo
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quedará sin efecto y a su vez podrá ser eliminado de la póliza de seguro de cumplimiento si el contratista no desarrolla ajustes de conformidad con los literales a y b del Numeral 1.5 del pliego de condiciones.
3. NUMERAL 8.19 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL (RCE). Teniendo en cuenta que el NUMERAL 8.19 establece la obligación de constituir este seguro por una cuantía del 30% del valor total del contrato sin que en ningún caso, pueda ser inferior a 200SMMLV, sin embargo en el Anexo 1 del pliego de condiciones MINUTA DEL CONTRATO en su cláusula VIGËSIMA indica que este seguro es por una cuantía equivalente al 10% del valor del contrato, solicita aclarar cuál es el porcentaje correcto y unificar el criterio tanto en la minuta del contrato como en el pliego de condiciones.
4. se identificó que los archivos denominados como “Anexos” cargados en la página web www.contratos.gov.co correspondientes a los anexos del 1 al 17 continúan nombrándose como “PRE”, solicita a la entidad realizar el ajuste respectivo.
5. De conformidad con la ADENDA 3 NUMERAL DUODECIMO, solicita que se modifique de la misma forma la exigencia para el caso de puentes o viaductos construidos en el desarrollo de un contrato de concesión, es decir, que se permita acreditar la experiencia cuando la fase de construcción de dicho contrato de concesión se encuentre terminada y recibida por la entidad contratante.
6. NUMERAL 4.21 CARTA DE ACEPTACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS. Solicita aclarar si el modelo adjunto que se menciona en el presente numeral corresponde al formulario 1 o existe un formato específico para esta carta. En caso de que exista un modelo para la carta, solicita hacerlo público, toda vez que tal modelo no se encuentra en los anexos.
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7. Con relación al NUMERAL 1 del Anexo 12 que corresponde al MODELO DE CARTA DE APOYO AL PROGRAMA DE REINCORPORACIÓN, solicita indicar el número mínimo de personas a vincular.
123. RADICACIÓN 3768 3771 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 INGENIEROS CIVILES ASOCIADOS ICA S.A. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: CORREDORES DE PROSPERIDAD.1. En el caso de que sociedades extranjeras decidan presentarse
directamente como compañía extranjera, el interesado pregunta si se les aplicará a ellas todas las estipulaciones de los pliegos reservadas para compañías colombianas que no tienen sucursal abierta en el país.
2. Solicita ampliación del plazo en 3 semanas, esto es hasta el 21 de febrero de 2012.
1. Las sociedades extranjeras con sucursal en Colombia deben acreditar los requisitos establecidos en el pliego de condiciones para esta clase de sociedades.
2. La entidad informa que se ampliará dicho plazo mediante adenda.
124. RADICACIÓN 3789 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 INGENIEROS CONSTRUCTORES E INTERVENTORES ICEIN S.A. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE APLAZAMIENTO Y OBSERVACIONES.1. Solicita se modifique el numeral 5.1.1, en la cual se pueda
acreditar la experiencia requerida en el citado numeral con proyectos en ejecución en los cuales el porcentaje de avance supere el 80%.
2. Solicita se modifique el numeral 5.2.2 de los pliegos de condiciones.
30. La entidad informa que se mantiene lo establecido en el pliego de condiciones.
31. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
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125. RADICACIÓN 3864 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COPCISA FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE CAMBIO DE REQUISITO HABILITANTE PLIEGOS DE LICITACIÓN DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD. Ratifica la observación presentada con Radicación No. 119091 del 2 enero de 2012, a través de la cual solicita la eliminación del requisito habilitante referente a la exigencia establecida por la entidad en el NUMERAL 4.7 consistente en que la fecha de constitución de la persona jurídica o integrante de la estructura plural debe ser como mínimo 1 año antes de la fecha de cierre del proceso.
.
126. RADICACIÓN 3865 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 COPCISA FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.1. Solicita indicar a partir de cuando se puede consultar la
totalidad de la información para el proceso LP‐SGT‐SRN‐054‐2011, toda vez que han realizado la consulta del archivo del INVIAS sobre la misma y se les ha indicado que la información sobre ese proceso no está completa.
2. Solicita publicar los análisis de precios unitarios de los procesos de los procesos LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 y LP‐SGT‐SRN‐054‐2011.
3. Cuando se hace referencia al ítem de mejoramiento de la sub‐rasante, se indica que hay que emplear un material condicionado pero no se indica cual es el material a utilizar.
1. La entidad informa que la documentación y el listado de los estudios y diseños se encuentran en el Cuarto de Información de referencia ubicado en la carrera 128 No. 17‐15 Fontibón.
2. La entidad informa que se publicara el formulario No. 1 Presupuesto oficial mediante adenda.
3. La entidad informa que el ítem corresponde a la especificación Invias No. 230‐07.
4. Se realizara la modificación mediante adenda. 5. Se realizo la claridad pertinente mediante adenda publicada. 6. Se realizo la claridad pertinente mediante adenda publicada. 7. La entidad informa que se ampliará plazo mediante adenda.
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Solicita hacer claridad sobre este particular.4. Solicita revisar los ítems de pedraplenes, toda vez que no es
claro por que el valor unitario del pedraplén suelto en la licitación LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 es mas caro que el pedraplén compactado de las demás licitaciones, cuando debería ser al contrario.
5. En el cuadro de cantidades de la licitación LP‐SGT‐SRN‐048‐2011, en el ítem 2Mejoramiento de la subrasante empleando únicamente material adicionado” la multiplicación está mal, ya que el resultado de multiplicar 1.551 m3 x $5.769 es $8.947.719 y no $178.931.304 tal y como está dentro del cuadro de cantidades entregado por el Instituto. Solicita al Instituto hacer la respectiva corrección.
6. Solicita revisar y hacer claridad acerca del AIU de la licitación LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 ya que se está indicando el porcentaje de Administración es del 17%, cuando en todos los demás procesos el porcentaje de Administración es del 20%.
7. Solicita aplazamiento de la fecha de cierre en al menos un mes mas.
127. RADICACIÓN 3871 REF. LP‐SGT‐SRN‐045‐2011 VERÓNICA ARANGO LUX. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.1. Solicita confirmar si en el evento en que personas jurídicas
extranjeras con sucursal en Colombia opten por presentarse directamente y no a través de la sucursal, no tendrán que acreditar ni la existencia de la sucursal ni pagos de parafiscales de la sucursal y tampoco tendrán que estar inscritas en el RUP.
2. Solicita que el plazo para el pago previsto en el pliego y en los contratos sea el mismo, es decir, 45 días.
1. De conformidad con el artículo 4 del Decreto 1464 de 2010 es obligación de las personas jurídicas extranjeras con sucursal y de las naturales extranjeras con domicilio en Colombia inscribirse en el RUP y estar al día en el aportes de parafiscales de los empleados de la sucursal.
2. Será objeto de revisión.
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128. RADICACIÓN 3896 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐044‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐051‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 JOSÉ JAIME DAZA MAYA. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.1. NUMERAL 4.10.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Solicita sea retirado el diligenciamiento y entrega del anexo referido en el presente numeral y se anexe solamente el Registro de Reaseguradores y Corredores de Reaseguros del Exterior (REACOEX) que administra la Superintendencia Financiera de Colombia.
2. NUMERAL 4.13 DECLARACIÓN DE NO REPORTAR ANTECEDENTES FISCALES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Pregunta si para el caso de proponentes extranjeros domiciliados en Colombia, como se demuestra que no son responsables fiscales.
3. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita que la experiencia establecida en el presente numeral sea ampliada y modificada a: El proponente deberá acreditar que desde el 1 de enero de 1996 a la fecha de cierre de la presente licitación pública, inició contratos y terminó, individualmente, en consorcio, o en unión temporal, o como integrante de concesionario, un puente y/o viaducto, es decir, que la experiencia haya sido en la construcción de puentes en concreto sin importar el método constructivo para tal fin y el uso que tiene dicha estructura (vehicular y/o ferroviario).
4. Solicita aclarar si se puede certificar la experiencia en construcción de puentes que hayan sido ejecutados con el sistema constructivo de voladizos sucesivos para el sistema ferroviario para la exigencia del NUMERAL 5.12.
1. Se mantiene lo establecido en el Pliego de Condiciones.2. Se demuestra con el Certificado de Antecedentes Fiscales de la
Contraloría. 3. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda.
4. La entidad informa que mediante adenda referenciada en el
punto anterior en la nota No. 2, se aclara que: Se excluyen puentes en vías férreas, por cuanto los proyectos de este programa son exclusivamente carreteros.
5. La entidad informa que este punto se responde con los puntos 3 y 4.
6. La entidad informa que realizara la aclaración mediante adenda.
7. La entidad informa que se realizara la aclaración de los formatos mediante adenda.
8. La entidad informa que se realizara la aclaración de los formatos mediante adenda.
9. La entidad informa que se realizara la aclaración de los formatos mediante adenda.
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5. Solicita aclarar si se puede certificar la experiencia en construcción de puentes en concreto por cualquier método constructivo para el sistema ferroviario para la exigencia del NUMERAL 5.12
6. Con relación al NUMERAL 5.1.2, pregunta si el objeto de los contratos para certificar dicha experiencia debe ser la construcción de puentes o en cuyo objeto y/o actividades incluya la construcción de puentes.
7. NUMERAL 6.19.2 EVALUACIÓN POR ANTICIPO SOLICITADO, pregunta bajo que formato o situación se demuestra este requisito.
8. NUMERAL 6.19.3 OTORGAMIENTO DE PUNTAJE POR APOYO A LA INDUSTRIA NACIONAL. Solicita se modifique el formato para tal fin donde solo se seleccione con una X el recurso humano solicitado para el frente de obra adicional y los equipos mínimos al adicional, entendiéndose que estos requisitos se deberían exigir al contratista adjudicatario al momento de inicio de las obras y no al proponente como se evidencia en el NUMERAL 21.1 INFORMACIÓN SOBRE EL PERSONAL PROFESIONAL DEL APÉNDICE.
9. Pregunta si el personal del frente de obra adicional y el equipo mínimo adicional se puede utilizar para varios procesos y si los equipos deben ser de propiedad del oferente o mediante disponibilidad de un tercero.
129. RADICACIONES 3923392639283929393239343935393639373940394139423943394439463947 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 al LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONALVÍAS S.A. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES A LICITACIONES PÚBLICAS.1. NUMERAL 5.1 EXPERIENCIA ACEPTABLE.
• Solicita aclarar si se acepta la presentación de 1. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
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certificaciones de contratos que se encuentren en ejecución en los cuales el puente o puentes que se quieran presentar para acreditar la experiencia en dicha actividad, se encuentren terminados, pero no necesariamente que el contrato se encuentre en liquidación o liquidado.
• Solicita que para efectos de acreditar la experiencia en carreteras primarias o secundarias o vías urbanas se acepte la experiencia debidamente certificada en contratos en ejecución en aquellos proyectos que tengan fases debidamente terminadas recibidas a satisfacción por el cliente y certificadas.
• Aclarar como se evaluará la experiencia en puentes y viaductos ya que como se encuentra plasmada la exigencia en el pliego de condiciones, inicialmente se debe acreditar la experiencia en un puente y/o viaducto vehicular y en el párrafo siguiente se determina que el proponente debe acreditar la experiencia mediante dos contratos de puentes ejecutados mediante el sistema de voladizos sucesivos. Así mismo, solicita informar si es aceptable presentar un solo contrato terminado, o en ejecución donde se encuentren ejecutados y terminados varios puentes por el sistema de voladizos sucesivos.
• Solicita definir el número de contratos y cantidad de puentes, cuál es la experiencia que deberá ser acreditada para ser admisible y aclarar cómo se calculará el cumplimiento de una oferta que acredite dos contratos de puentes donde el proponente tuvo un 10% de participación dentro del consorcio o unión temporal que ejecutó los contratos. Por lo mismo solicita definir un porcentaje mínimo de participación al integrante del consorcio o unión temporal que haya ejecutado o esté ejecutando el contrato que se pretende ejecutar para el cumplimiento de experiencia.
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130. RADICACIONES 3948394939503951395239533955 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐044‐047‐050‐052‐053‐054‐2011 CONALVÍAS S.A. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES.1. Solicita prorrogar el término para la presentación de las propuestas al máximo permitido por la ley y que el plazo para presentar ofertas se cuente a partir de la fecha en la cual se llevó a cabo la audiencia de riesgos. 2. Solicita que se ponga a disposición de los interesados la totalidad de los estudios y diseños en medio digital. 3. NUMERAL 6.19.1.1.9 EVALUACIÓN DE LA OFERTA ECONÓMICA. Solicita se incluya un límite inferior que no permita a los oferentes presentar valores inferiores al 95% en los ítems del presupuesto oficial y se incluya en las fórmulas de adjudicación un límite inferior y se establezca que las propuestas inferiores al 95% en los ítems del presupuesto oficial serán rechazadas. 4. Solicita que la etapa de construcción inicie después de la aprobación a los diseños definitivos. 5. Solicita unificar el término de la etapa de preconstrucción, 30 días, con el término que se tiene para la elaboración del PAGA, 4 meses. 6. MATRIZ DE RIESGOS:
• Solicita que el riesgo asociado a la escasez de material para la ejecución de la obra se asigne en un 100% al Invías.
• Solicita formalizar la modificación anunciada durante la audiencia de aclaración de riesgos en donde se indicó que el riesgo por la adquisición de predios adicionales a los inicialmente considerados, en razón de cambios requeridos y autorizados en el diseño geométrico, que implicaran mayores inversiones por su adquisición, correspondería en forma exclusiva al Invías y que el costo por la eventual mayor gestión que sea necesaria producto de la
1. La entidad informa que mediante Adenda publicada se realizó la ampliación del plazo para presentar oferta.
2. La entidad informa que la información de los procesos es la que se encuentra en el Cuarto de Información de Referencia ubicado en la Carrera 128 No. 17‐15 INVIAS – Fontibón, según la información publicada en el SECOP, en la cual además se informan las reglas para efectuar las consultas a estos documentos.
3. La entidad se ratifica en lo expresado en los pliegos de condiciones.
4. La entidad se ratifica en lo expresado en los pliegos de condiciones.
5. La entidad se ratifica en lo expresado en los pliegos de condiciones.
6. MATRIZ DE RIESGOS • Se informa que es el contratista el responsable del
suministro de los insumos para la ejecución de todos y cada uno de los ítems a pagar por el Instituto y que la disponibilidad de los materiales deberá ser analizada por el interesado para la presentación de su oferta.
• Con relación al riesgo por la mayor adquisición predial por cambios requeridos y autorizados en el diseño geométrico, se informa que mediante la matriz de riesgos publicada el día 6 de enero de 2012, se aclaró que dicho riesgo hace referencia al riesgo a la ocupación de mayor área desde el punto de vista PREDIAL. Riesgo que asume el INVIAS.
• Mediante ACTA AUDIENCIA PÚBLICA DE RIESGOS
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adquisición de nuevos predios adicionales a los inicialmente considerados, le sea reconocido al contratista.
• Solicita aclarar que la clase de riesgo de la fuerza mayor solamente es asumido por el contratista en caso de pérdida sobre propiedad, planta y equipo, ocasionadas por la ocurrencia de eventos naturales; los demás casos asociados a la obra ejecutada y a posibles cambios morfológicos del corredor ante un desastre natural, serán responsabilidad del Invías.
7. NUMERAL 1.10 DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL. Solicita aclarar la fecha del Certificado de Disponibilidad Presupuestal (15 de diciembre de 2025) 8. NUMERAL 4.19 CARTA DE ACEPTACION DEL PRESUPUESTO OFICIAL y NUMERAL 4.21 CARTA DE ACEPTACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS. Solicita a la entidad aclarar si se trata de dos cartas diferentes o de una sola carta. 9. NUMERAL 6.15 AIU. Solicita indicar si el ítem de administración de 2.5% se pagará con cargo a la partida para gestión social y predial. 10. NUMERAL 7.3 CAUSALES DE RECHAZO LITERAL W. Solicita aclarar dicha causal, pues se entiende que constituiría eventualmente una causal de rechazo la ausencia u omisión de la carta o cartas descritas en los Numerales 4.19 y 4.21 cuando se encuentren inconsistencias en la propuesta económica. 11. NUMERAL 6.19.4 OTORGAMIENTO DE PUNTAJE POR FACTOR DE CALIDAD. Solicita eliminar el factor de ponderación por el ofrecimiento de un frente adicional de trabajo. 12. Pone de presente una contradicción entre el NUMERAL 8.5.1 EQUIPOS OBLIGATORIOS y el NUMERAL 1.4 APENDICE A el cual hace referencia a las ACTIVIDADES GENERALES, por cuanto en el primer numeral el contratista debe operar con dos frentes de trabajo y si ofertó el frente adicional para obtener puntaje se estaría obligando a tener tres frentes de obra y en el segundo
PREVISIBLES IDENTIFICADOS publicada en el SECOP el día 6 de enero de 2012, la entidad manifestó que: “Durante la exposición, el Instituto manifestó que había encontrado la necesidad de modificar las asignaciones establecidas en la matriz en cuanto a la asignación y tipificación del riesgo geológico, geotécnico e hidrogeológico y en los riesgos asegurables de fuerza mayor.” En razón a lo anterior, mediante adenda publicada el día 6 de enero de 2012, numeral Décimo Octavo, se indicó que la Matriz de riesgos quedara conforme al archivo adjunto Publicado.
7. Se modificó mediante Adenda. 8. Será objeto de Adenda 9. Esta en estudio para posible adenda. 10. La entidad hará la modificación mediante adenda en el sentido
de corregir la inconsistencia. 11. La Entidad informa que se mantiene lo establecido en los
pliegos de condiciones teniendo en cuenta que se trata de un factor de calidad, no obstante las condiciones fueron precisadas mediante adenda.
12. Será objeto de modificación mediante adenda. 13. El INVIAS informa que se hará modificación a la redacción
mediante Adenda 14. De conformidad con el Apéndice E se debe contar con una
oficina de atención al usuario para atender las inquietudes y reclamos de la comunidad en cada uno de los proyectos.
15. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adendas publicadas los días 23 y 24 de enero de 2012.
16. La entidad informa que la metodología para la gestión predial se desarrollará de acuerdo al Apéndice F de los Pliegos de condiciones. El valor correspondiente a la gestión predial, incluida la compra de predios que se encuentra discriminado en el formulario del presupuesto oficial. La gestión predial se pagará de conformidad con el numeral 10.8 se del Apéndice F,
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numeral citado, se indica que el contratista debe contar como mínimo con un frente de obra básico y uno adicional. Igualmente, solicita incluir en el glosario la definición de frente de obra y frente de trabajo y se revise y se replantee la necesidad en cuanto a la cantidad y tamaño de las plantas de asfalto, plantas de concreto y plantas de trituración. 13. NUMERAL 8.23. Solicita se modifique la condición de que “si fuere el contratista quien propusiere los cambios o modificaciones de las obras a ejecutar, el Instituto podrá aceptarlo siempre y cuando estos no impliquen mayores costos para el proyecto; si de la ejecución de dichos cambios se derivan mayores costos, estos serán asumidos por el constructor” y se deje abierta la posibilidad para que la entidad revise de fondo la propuesta del contratista y de considerarla viables proceda a adicionar el valor del contrato. 14. NUMERAL 2 ACTIVIDADES GERENCIALES DE LOS ESTUDIOS PREVIOS. Solicita confirmar si durante el tiempo de ejecución del contrato el contratista debe tener para cada uno de los tramos una oficina para atención a la comunidad. 15. Solicita especificar el alcance del contrato que se encuentra en el NUMERAL 1.3 APENDICE A, por cuanto en dicho aparte solo figura el número 0. 16. APENDICE F GESTIÓN PREDIAL. Solicita que la entidad determine el soporte del pago de actividades pues estas no pueden justificarse mediante facturas y este es el único soporte que establece el pliego para actividades de gestión predial. 17. NUMERALES 10.7 y 10.8 APÉNDICE F GESTIÓN PREDIAL. Solicita corregir y/o eliminar dichos numerales por cuanto los mismos están repetidos y su contenido no se asocia al contexto del apéndice. 18. NUMERAL 6.2 INFORMACIÓN PREVIA ASPECTOS AMBIENTALES. ELABORACION Y EJECUCION DEL PAGA (PROGRAMA DE ADAPTACION DE LAS GUIAS AMBIENTALES).
• Solicita especificar con cargo a que rubros se pagarán
por actividades y sumas efectivamente pagadas. 17. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante
adenda 18. En los pliegos y sus apendices se establece claramente. 19. La entidad informa que la información de los procesos es la que
se encuentra en el Cuarto de Información de Referencia ubicado en la Carrera 128 No. 17‐15 INVIAS – Fontibón, según la información publicada en el SECOP, en la cual además se informan las reglas para efectuar las consultas a estos documentos.
20. La entidad informa que la información de los procesos es la que se encuentra en el Cuarto de Información de Referencia ubicado en la Carrera 128 No. 17‐15 INVIAS – Fontibón, según la información publicada en el SECOP, en la cual además se informan las reglas para efectuar las consultas a estos documentos.
21. La entidad informa que se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones.
22. Será objeto de análisis por parte de la entidad y en caso de modificación se vera reflejado en adenda.
23. Será objeto de Adenda. 24. Será objeto de Adenda.
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dichos ítems. • Solicita especificar en que rubro de los APUS entregados
por el Invías se consideraron estos costos. • Solicita desglosar el AIU.
19 NUMERAL 1.4 APÉNDICE A. Solicita a la entidad organizar y facilitar la consulta de los expedientes que reposan en la Subdirección de Medio Ambiente y Gestión Social de Invías indicando para cada uno de los corredores que van a ser licitados el funcionario encargado de atender estas consultas, los horarios de atención y la entrega en medio magnético de la información. De igual manera solicita generar los mecanismos de control y registro para a consulta de estos documentos cuya consulta se señala cómo obligatoria. 20. Solicita poner a disposición en el SECOP y/o en la Subdirección de Medio Ambiente las licencias ambientales, permisos de vertimientos, emisiones y demás documentos ambientales. 21. Solicita se introduzca en la minuta del contrato el mecanismo de solución de conflictos a través de tribunales de arbitramento. 22. NUMERAL 4.10.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA. Solicita aclarar si en los casos de coaseguros dos o mas compañías de seguros, el modelo de certificación del asegurador debe venir suscrito por cada una de las compañías de seguros suscritas al coaseguro, es decir, si es necesario aportar una certificación por cada compañía de seguros o si es suficiente con que la compañía de seguros líder, quien expide la carátula, aporte a certificación del asegurador sin que se requiera las de los demás coaseguradores. 23. NUMERAL 8.16 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO:
• LITERAL B. Solicita aclarar si el porcentaje del amparo de pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales corresponde al consagrado en la minuta del contrato, ya que teniendo en cuenta lo establecido en el Decreto 4828, el valor de esta garantía deberá ser del 5%.
• LITERAL C. Solicita aclarar si la vigencia para el amparo de
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calidad de la revisión, actualización y/o modificación y/o ajuste a los estudios y diseños debe corresponder al mencionado en la minuta del contrato, 3 años.
• Solicita aclarar la denominación y la vigencia del amparo de calidad de la revisión, actualización y/o modificación y/o ajuste a los estudios y diseños, puesto que en el mercado de seguros de cumplimiento no existe oferta disponible para dicho amparo e igualmente los Decretos reglamentarios 4828 de 2008 y 2943 de 2009, no describen la posibilidad de exigencia con esta denominación.
24. NUMERAL 8.19 SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL (RCE). Solicita aclarar si el porcentaje correcto corresponde al establecido en la minuta del contrato (10%). 131. RADICACIÓN 3959 REF. LP‐SGT‐SRN‐045‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐047‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐051‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ‐LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ALCA INGENIERÍA S.A.S. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD ESPECIFICACIONES PARTICULARES.Solicita sean publicadas las especificaciones particulares faltantes que aparecen en el formulario número 1 Presupuesto Oficial de las licitaciones de la referencia.
La entidad informa que realizara la publicación mediante adenda
132. RADICACIÓN 3989 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐045‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐049‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐051‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 JORGE LUIS A. CAJIGAS L. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.
Solicita ajustar los pliegos a las normas previstos en el Decreto Ley 19 ELIMINACIÓN Y RACIONALIZACIÓN DE TRÁMITES.
Será objeto de revisión.
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133. RADICACIÓN 4002 REF. LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 AGUILAR CONSTRUCCIONES S.A. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.1. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE
PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Pregunta si dentro del presupuesto elaborado por el Invías para este tramo no se contempla la construcción de ningún puente vehicular, por qué se exigen dentro de los pliegos este tipo de experiencia como requisito para la presentación de la oferta.
2. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar a la entidad la experiencia a acreditar, es decir, si se debe certificar un solo puente y/o viaducto vehicular o sin son dos puentes en concreto en voladizos sucesivos.
3. Solicita respuesta a todas las preguntas que fueron formuladas en las audiencias de riesgos y de aclaración de pliegos.
1. La entidad informa que se realizo la modificación mediante adenda.
2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante El 3. La Entidad informa que fueron publicadas las actas de las
audiencias de aclaración de pliegos y de asignación de riesgos previsibles. Solicita a los interesados efectuar las observaciones de forma específica, en caso de que consideren que a alguna o a algunas de sus observaciones les hace falta respuesta por parte de la entidad.
134. RADICACIÓN 4003 REF. LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 AGUILAR CONSTRUCCIONES S.A. FECHA: 19 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.1. Solicita se le suministre el APU de las actividades del proceso de la referencia. 2. solicita se aclare en el ítem 640.1 ACERO DE REFUERZO FY‐420 MPA, donde se encuentra contemplado el valor del transporte en el APU. 3. Solicita se aclare sobre si los apoyos elastoméricos fueron tenidos en cuenta dentro del presupuesto. 4. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES
1. La Entidad informa que este aspecto se aclara mediante adenda
2. La Entidad informa que este aspecto se aclara mediante adenda
3. Entidad informa que este aspecto se aclara mediante adenda
4. Este aspecto fue objeto de modificación mediante 5. La Entidad informa que fueron publicadas las actas de las
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Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar a la entidad la experiencia a acreditar, es decir, si se debe certificar un solo puente y/o viaducto vehicular o sin son dos puentes en concreto en voladizos sucesivos. 5. Solicita respuesta a todas las preguntas que fueron formuladas en las audiencias de riesgos y de aclaración de pliegos.
audiencias de aclaración de pliegos y de asignación de riesgos previsibles. Solicita a los interesados efectuar las observaciones de forma específica, en caso de que consideren que a alguna o a algunas de sus observaciones les hace falta respuesta por parte de la entidad.
135. RADICACIÓN 4042 REF. LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 GISAICO S.A. INGENIEROS CONTRATISTAS FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: INCONSISTENCIAS EN LOS FACTORES DE EVALUACIÓN DE OFERTAS.1. En relación con el personal profesional, solicita aclarar el
listado correcto de los profesionales que han de conformar el frente de obra adicional y qué sucede si dos o más proponentes presentan un mismo profesional.
2. En relación con el equipo adicional, solicita unificar el listado de equipos por frente de obra adicional y qué sucede si dos o más proponentes presentan un mismo equipo adicional.
1. La Entidad informa que este aspecto se aclara mediante adenda
2. La Entidad informa que este aspecto se aclara mediante adenda
136. RADICACIÓN 4044 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐045‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐047‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐052‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 LOPESAN FRONPECA
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FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES. 1. NUMERAL 5.6 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN.
Solicita se aclare cuál es el mecanismo que debe emplear una persona extranjera sin domicilio o una persona extranjera sin sucursal en Colombia para calcular la capacidad de contratación y cómo debe convertir el valor de la moneda de origen de su capacidad de contratación para luego ser llevados a SMMLV en pesos colombianos.
2. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar a la entidad la experiencia a acreditar, es decir, si se debe certificar un solo puente y/o viaducto vehicular o sin son dos puentes en concreto en voladizos sucesivos y, si cuando se ha ejecutado un contrato para la construcción de un puente por la modalidad de consorcio o unión temporal la longitud de las luces entre apoyo será multiplicado por el porcentaje de participación.
3. NUMERAL 6.19.5 FRENTE DE OBRA ADICIONAL. Solicita que el formulario anexo número 10 sea modificado y/o corregido en el sentido de eliminar la información referente a la propuesta económica.
4. NUMERAL 4.22.1 CUPO DE CRÉDITO EN FIRME. Pregunta si cuando un proponente persona natural, persona jurídica o integrante de consorcio o unión temporal se presenta a mas de un proceso, puede en cada proceso presentar un cupo de crédito de entidades financieras diferentes.
5. NUMERAL 5.1.1 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS. Solicita se aclare en el caso de ofertas presentadas en consorcio o unión temporal si la totalidad de la experiencia puede ser acreditada solamente por uno de los integrantes y si un integrante que posea una participación igual o superior al 20% tiene la obligación de aportar experiencia.
1. Se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones.2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante adenda 3. La entidad informa que mediante adenda se aclaro. 4. La Entidad informa que se mantienen las exigencias
consignadas en los pliegos de condiciones referente a los cupos de crédito en firme.
5. Se aclara mediante adenda. 6. Se aclara mediante adenda. 7. Se aclara mediante adenda. 8. La entidad informa que mediante Adenda publicada se realizó
la ampliación del plazo para presentar oferta.
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6. Solicita se aclare si la totalidad de la longitud de una vía soportada en un contrato será multiplicada por el porcentaje de participación del integrante que acredite la experiencia cuando esta haya sido adquirida en consorcio o unión temporal.
7. NUMERAL 6.19.1.1 DETERMINACION DEL MÉTODO PARA LA PONDERACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA. Sugiere que el presente numeral quede: “Para la determinación del método se tomará hasta la centésima de la tasa representativa del mercado hábil siguiente a la audiencia de apertura de sobre número 2: y se determinará el método de acuerdo a los rangos establecidos en el cuadro que se presenta a continuación. Esta TRM se tomará del sitio web del banco de la República de Colombia.
8. Solicita sea prorrogada la fecha de cierre de los procesos de selección de la referencia.
137. RADICACIÓN 4088 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐055‐2011 LIBERTY SEGUROS S.A. FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD GRUPO DE PROCESOS PARA EL PROGRAMA “CORREDORES VIALES PARA LA PROSPERIDAD”.NUMERAL 8.18 GARANTÍA ÚNICA DE CUMPLIMIENTO. Solicita que se revalúe el monto del amparo consagrado en el referido numeral y reconsidere la reducción del porcentaje del amparo de salarios del 20% al 5%, toda vez que como compañía aseguradora consideran que es demasiado elevado en comparación con los porcentajes que comúnmente se aceptan en el mercado para riesgos similares al riesgo en cuestión y con el fin de facilitar su participación como aseguradores en el grupo de procesos en cuestión.
Será objeto de Adenda
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138. RADICACIÓN 4109 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐055‐2011 ASHMORE (COLOMBIA) S.A.S. FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE PLIEGOS DE CONDICIONES DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS DEL PROGRAMA CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD.1. Solicita permitir que los fondos de capital privado puedan participar en las licitaciones de la referencia como parte de una estructura plural. 2. Solicita permitir explícitamente que los fondos de capital privado participen, ya que éstos no son ni personas naturales ni personas jurídicas, son carteras colectivas cerradas reguladas por el Decreto 2555 de 2010. 3. En consecuencia, ajustar los pliegos de condiciones para no exigir que los fondos de capital privado deban estar inscritos en e Registro Único de Proponentes, ni tener Capacidad Residual de Contratación. 4. Para la acreditación de los requisitos financieros, solicita tener en cuenta que los Compromisos de Inversión no desembolsados de los fondos de capital privado no se contabilicen en el activo de su balance, sino como cuentas de orden, a pesar de ser recursos comprometidos en firme y disponibles para ser invertidos por un fondo de capital privado.
La entidad informa que en lo referente a las personas naturales y jurídicas participantes en los presentes procesos licitatorios, se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones
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139. RADICACIÓN 4145 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐055‐2011 PAVIMENTOS COLOMBIA S.A.S. FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD ACLARACIÓN A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES.1. NUMERAL 2.2 ACLARACIONES DE LOS PLIEGOS DE CONDICIONES. Solicita aclarar por qué aún no se han publicado los anexos definitivos de todos los procesos que deben aparecer en la página del SECOP después de la publicación de los pliegos de condiciones definitivos. En consecuencia, solicita publicar lo más pronto posible los formatos para adelantar las actividades de organización de las propuestas, toda vez que el plazo de cierre está muy cerca. 2. Adicionalmente, pone de presente que solamente en dos procesos encuentran la publicación de los anexos después de los pliegos de condiciones, pero en los puntos donde hace referencia al proceso en los formatos o anexos a presentar, aún aparece la palabra PRE dentro del número de la licitación.
1. La entidad informa que se realizara la aclaración y publicación de los formatos mediante adenda.
140. RADICACIÓN 4218 REF. LP‐SGT‐SRN‐046‐2011 INGENIERÍA DE VÍAS S.A. INGENIEROS CONTRATISTAS FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.1. Solicita revisión y análisis por parte del INVIAS de:
• ITEM 2.10.2.1 Excavación en roca de la explanación y canales. Solicita considerar la posibilidad de establecer un valor del precio unitario cercano al valor de $56,592/m3.
• ITEM 600.1 Excavaciones varias sin clasificar. Solicita considerar la posibilidad de establecer un valor del precio unitario cercano al valor de $14,932/m3.
1. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda 2. Este aspecto fue objeto de modificación mediante ADENDA 3. Se da claridad mediante adenda. 4. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda 5. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante
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• ITEM 600.2 Excavaciones varias de roca en seco. Aprecia que los precios establecidos para los materiales e insumos, no se ajustan a los precios reales del mercado y propone disminuir la tarifa horaria establecida para el compresor de 125 pie3 de capacidad. Igualmente, solicita modificar el valor del transporte por metro cúbico y la distancia de acarreo y solicita considerar la posibilidad de establecer un valor del precio unitario cercano a $81,184/m3.
• ITEM 320.1 Sub‐base Granular. Solicita considerar la psosilbilidad de establecer un valor cercano a $135,744/m3.
• ITEM 630.4 Concreto Clase D. Solicita al INVIAS, considerar la posibilidad de establecer un precio unitario para el ítem cercano al valor de $498,649/m3.
• ÍTEM 661.1 Tubería de concreto reforzado de 900mm diámetro interior. Solicita al INVIAS, considerar la posibilidad de establecer un precio unitario para el ítem cercano al valor de $442,277/m3.
• ÍTEM 671.1 Cuneta de concreto fundida en el lugar. Solicita al INVIAS, considerar la posibilidad de establecer un precio unitario para el ítem cercano al valor de $477,181/m3.
• ÍTEM 673.1 Material granular filtrante. Solicita al INVIAS, considerar la posibilidad de establecer un precio unitario para el ítem cercano al valor de $126,073/m3.
• ÍTEM 673.1 Material de cobertura. Solicita al INVIAS, considerar la posibilidad de establecer un precio unitario para el ítem cercano al valor de $123,641/m3.
2. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Toda vez que el proyecto no contempla la construcción de puentes solicita sea eliminado el numeral de la referencia.
3. NUMERAL 5.1.1. EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS.
adenda6. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda 7. La entidad hará la modificación mediante adenda en el sentido de corregir la inconsistencia. 8. La entidad hará la modificación mediante adenda en el sentido de corregir la inconsistencia. 9. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 10. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda 11. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda 12. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
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Solicita aclarar si un solo integrante del consorcio o unión temporal puede aportar la totalidad de la experiencia solicitada.
4. NUMERAL 4.19 CARTA DE ACEPTACIÓN DEL PRESUPUESTO OFICIAL Y 4.21 CARTA DE ACEPTACIÓN DE REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS. Solicita aclarar el alcance de las referidas cartas.
5. NUMERAL 5.7 INFORMACIÓN NECESARIA PARA ACREDITAR LA EXPERIENCIA. Solicita analizar si dicho requisito debe igualmente solicitarse en el NUMERAL 5.1.1 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE CARRETERAS PRIMARIAS O SECUNDARIAS O VÍAS URBANAS.
6. NUMERAL 5.8.CONSIDERACIONES PARA LA VALIDEZ DE LA EXPERIENCIA REQUERIDA. Solicita aclarar el contenido de estas consideraciones toda vez que el pliego de condiciones no considera ni el valor ni el plazo de los contratos como factor de evaluación de la experiencia.
7. NUMERAL 6.19.2 EVALUACIÓN POR ANTICIPO SOLICITADO. Solicita informar en que sobre debe incluirse esta información.
8. NUMERAL 6.19.5 FRENTE DE OBRA ADICIONAL. Pone de presente que el formato incluye un personal y un equipo mínimo adicional que discrepa del requerimiento del numeral 3.1. del Apéndice A de l pliego de condiciones, por lo anterior, solicita aclara lo informado por parte de la Entidad. Con relación al equipo adicional solicita requerir volquetas con capacidad mínima de 12m3 o 14 ton.
9. LITERAL W NUMERAL 7.3 RECHAZO DE LA PROPUESTA. Solicita revisar la causal de rechazo en comento habida cuenta que aceptar los ítems relacionados en el presupuesto oficial no debería ser causal de rechazo.
10. NUMERAL 8.4 PROGRAMA DE REINCORPORACIÓN. Solicita aclara si la propuesta debe incluir la carta de apoyo al programa de reincorporación y que consecuencias acarrearía la no presentación de la misma en los documentos de entrega de la
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propuesta respectiva. 11. NUMERAL 8.10. PROGRAMA DE INVERSIONES. Solicita aclara
dicho numeral en congruencia con el manual de interventoría. 12. NUMERAL 1.3 DEL APÉNDICE A. Solicita incluir el alcance del
contrato. 141. RADICACIÓN 4238 REF. LP‐SGT‐SRN‐042‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐044‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐047‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐048‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐052‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 ISOLUX CORSÁN FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES PRECONTRACTUALES.1. Teniendo en cuenta que la Adenda No. 2 a los Pliegos de
Condiciones publicada en el SECOP el día 2 de enero de 2012, mediante la cual se modifica el cronograma de la licitación pública LP‐SGT‐SAT‐044‐2011 establece 2 fechas diferentes para el cierre de plazo de la licitación y Apertura del sobre 1 lo que genera confusión pues no es claro si el cierre del proceso se llevará a cabo el 30 de enero de 2012 a las 9:00 a.m. o el 31 de enero de 2012 a las 9:00 a.m., solicita aclarar el Cronograma de la Licitación pública de la referencia indicando de manera inequívoca la fecha de “cierre del plazo de la licitación pública Apertura del Sobre No. 1”.
2. Solicita aclaración frente a la forma en que se deben presentar las observaciones en el proceso de la referencia, por cuanto en la introducción de los Pliegos de Condiciones Definitivos se señala determinada información mientras que en el numeral 1.14 se indica otra información.
3. Solicita que se aclare o modifique el NUMERAL 4.14 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES VIGENTE, teniendo en cuenta que el artículo 93 del Decreto Ley 0019 del 10 de enero de 2012 eliminó dicho certificado.
4. Solicita ampliar el término previsto para el cierre de la
1. Este aspecto se modificó mediante adenda.2. El Instituto ha previsto que la atención administrativa para
el presente proceso de selección se efectuará a través del Grupo de Licitaciones y Concursos, ubicado en la Carrera 59 No. 26‐60 – CAN oficina 504, en Bogotá, D. C. Los documentos o comunicaciones relativos al proceso deben ser dirigidos al GRUPO DE LICITACIONES Y CONCURSOS del INSTITUTO y ser radicados ÚNICA Y EXCLUSIVAMENTE en las ventanillas externas de correspondencia de la Entidad, Planta Central.
3. Mediante adenda se eliminó el Numeral 4.14 Certificado de Antecedentes Judiciales Vigente, del Pliego de Condiciones, para cada una de las Licitaciones Públicas, en cumplimiento del artículo 93 del Decreto Ley 0019 del 10 de enero de 2012.
4. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
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Licitación Pública.
142. RADICACIÓN 4250 REF. LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 GISAICO S.A. FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: LICITACIÓN PÚBLICA LP‐SGT‐SRN‐053‐2011Reiterando lo manifestado en el oficio radicado en el INVIAS con el número 3168 del día 17 de enero de 2012, solicita una revisión general de precios que refleje las condiciones reales del mercado en la zona del proyecto con el ánimo de prevenir situaciones que pongan en riesgo la ejecución del proyecto y el equilibrio económico del contrato, toda vez que una vez consultados los archivos del proyecto se han detectado que incluso si se compararan los precios del actual presupuesto oficial con el presupuesto elaborado por el Consorcio Vial de Occidente 2007, firma consultora contratada por INVIAS para la elaboración de los estudios y diseños antes mencionados, existe una diferencia considerable en los precios unitarios, especialmente en el pavimento asfáltico y en el transporte de materiales.
La entidad informa que se ajustarán mediante adenda.
143. RADICACIÓN 4263 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐052‐2011 INZETT S.A.S FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS DEL PROGRAMA “OBRAS DE CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD”.1. Solicita se aplace la fecha de cierre de las mencionadas
licitaciones por un plazo mínimo de 15 días hábiles. 2. NUMERAL 4.14 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES JUDICIALES
VIGENTE. Solicita se elimine este requisito de conformidad con
1. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
2. Mediante adenda se eliminó el Numeral 4.14 Certificado de Antecedentes Judiciales Vigente, del Pliego de Condiciones,
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el Decreto 19 del 10 de enero de 2012.3. De conformidad con el requisito de capacidad financiera de
cupo de crédito en firme o patrimonio autónomo o underwriting o colocación de valores en firme, solicita que si un oferente se presenta a más de una licitación pública de los corredores prioritarios para la prosperidad, este pueda acreditar dicho requisito cumpliendo el porcentaje exigido para el proceso de mayor valor, con lo cual puede participar en varias licitaciones, pero con la condición que solo puede ser adjudicatario de la(s) licitación (es) hasta donde le alcance el valor del cupo de crédito o patrimonio autónomo o underwriting o colocación de valores en firme acreditado.
4. NUMERAL 4.22. Solicita que para personas jurídicas constituidas con posterioridad al 31 de diciembre de 2010, su capacidad financiera se evaluará con las cifras financieras indicadas en el RUP sin importar la fecha de corte.
5. NUMERAL 5.1.2 EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Solicita aclarar a la entidad la experiencia a acreditar, es decir, si se debe certificar un solo puente y/o viaducto vehicular o sin son dos puentes en concreto en voladizos sucesivos. Adicionalmente, solicita que indique en el pliego de condiciones que los puentes se pueden acreditar con contratos no necesariamente de puentes o que su objeto sea de puentes, sino que también se pueden acreditar contratos de vías en los cuales se hayan incluido la construcción de puentes y/o viaductos vehiculares.
para cada una de las Licitaciones Públicas, en cumplimiento del artículo 93 del Decreto Ley 0019 del 10 de enero de 2012.
3. El Instituto Nacional de Vías, ratifica lo expresado en los numerales 4.22.1, 4.22.2 y 4.22.3 relacionados con los diferentes mecanismos de financiación que deben cumplir los proponentes.
4. El INVIAS ratifica lo expresado en el numeral 4.22.4 relacionado con el Registro Único de Proponentes, el cual la evaluación financiera de las propuestas, se efectuarán a partir de la información financiera con fecha de corte de Diciembre 31 de 2010. Este aspecto fue objeto de modificación mediante ADENDA
144. RADICACIÓN 4381 REF. LP‐SGT‐SRN‐050‐2011 CONALVIAS S.A.
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FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES. 1. NUMERAL 1.3 OBJETO Y PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO.
Solicita aclarar el valor del presupuesto entre el establecido en el referido numeral y el establecido en la Adenda 3 página dos, toda vez que hay una diferencia en los dos documentos publicados respecto al valor descrito en números y el descrito en letras.
2. Con relación a los frente de obras exigidos para la ejecución del contrato, solicita que se revise y se replantee la necesidad en cuanto a cantidad y tamaño de las plantas de concreto y plantas de trituración a las mínimas requeridas para cumplir a cabalidad con la ejecución particular de cada uno de los proyectos dentro de los plazos fijados para los mismos y con las condiciones de calidad y eficiencia exigidas y necesarias para cada caso concreto.
Adicionalmente, proponen que el puntaje por este concepto sea eliminado o alternativamente que se modifique la composición de equipo mínimo por frente de trabajo y que se acepte que los frentes de trabajo adicionales que eventualmente pueda ofrecer cada participante, consten del personal y equipos suficientes y necesarios para operar dicho frente “adicional”, sin que lleven a la exigencia de aumentar innecesariamente las plantas o triplicar equipos que no van a aportar ningún beneficio real al proyecto. 3. NUMERAL 1.5 LITERAL B. Teniendo en cuenta que la
experiencia que está siendo exigida por el INVIAS no es aplicable en el caso de la presente licitación ya que se trata de LA CONSTRUCCIÓN DE UN PUENTE y no de la construcción de vías, sugiere que se modifique la cláusula en mención estipulando una experiencia de 10 km en diseño y acompañamiento en construcción de puentes.
4. NUMERAL 4.6 PROVISIÓN PARA OBRAS COMPLEMENTARIAS Y ADICIONALES. Solicita al INVIAS hacer la revisión de las
1. Mediante adenda se modificaron los Formularios del Presupuesto Oficial (Formularios 1) y del ANEXO 6 del Pliego de Condiciones.
2. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
3. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
4. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
5. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
6. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
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siguientes actividades que NO se encuentran incluidas dentro del Formulario No.1 PRESUPUESTO OFICIAL, con el fin de disminuir en gran parte las posibles obras complementarias y adicionales: Señalización, demarcación, barandas, barras de protección y mezclas asfálticas para rodadura del puente (que tampoco se encuentran incluidos dentro de los Estudios y diseños entregados), neoprenos y junta de expansión para la construcción del puente.
5. Solicita el artículo o numeral de las especificaciones y/o las especificaciones para los ítems: Pilotes de Concreto (280kg/cm2) Fundidos in‐situ de d=2.5 m, Concreto Clase C, Concreto Clase G y Concreto Hexápodos.
6. Solicita el suministro a los oferentes de la Licencia Ambiental para este proyecto para de esta manera poder determinar los sitios autorizados para la disposición final de sobrantes y así poder efectuar los cálculos de transporte.
7. Solicita ampliar el plazo de entrega del presente proceso en 15 días calendario.
145. RADICACIÓN 4382 REF. LP‐SGT‐SRN‐054‐2011 CONALVIAS S.A.
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FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES. 1. Con relación a los frentes de obras exigidos para la ejecución
del contrato, solicita que se revise y se replantee la necesidad en cuanto a cantidad y tamaño de las plantas de concreto y plantas de trituración a las mínimas requeridas para cumplir a cabalidad con la ejecución particular de cada uno de los proyectos dentro de los plazos fijados para los mismos y con las condiciones de calidad y eficiencia exigidas y necesarias para cada caso concreto.
2. Adicionalmente, proponen que el puntaje por este concepto sea eliminado o alternativamente que se modifique la composición de equipo mínimo por frente de trabajo y que se acepte que los frentes de trabajo adicionales que eventualmente pueda ofrecer cada participante, consten del personal y equipos suficientes y necesarios para operar dicho frente “adicional”, sin que lleven a la exigencia de aumentar innecesariamente las plantas o triplicar equipos que no van a aportar ningún beneficio real al proyecto.
3. Solicita incluir los siguientes especificaciones particulares, toda vez que son listadas en el Formulario pero no aparecen en el Apéndice B: Excavación en conglomerado, Conformación y compactación de la zona de depósito, Anillo para caisson, Relleno con material seleccionado para estructura de pavimento tamaño 3, Fresado de pavimento asfáltico.
4. Solicita se enumere y anexe las especificaciones para los siguientes ítems: Junta de dilatación tipo TX‐50 para estructuras, Juntas de dilatación en ángulo, junta de dilatación tipo T‐160 para viaductos, Junta de dilatación tipo T‐250 para viaductos, Apoyo libre tipo tretón o equivalente, carga admisible 350 Ton pata viaductos, Apoyo libre tipo tretón o equivalente, carga admisible 1500 Ton para viaductos, Apoyo libre tipo tretón o equivalente, carga admisible 2000 Ton para
1. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
2. La Entidad informa que se mantiene lo establecido en los pliegos de condiciones teniendo en cuenta que se trata de un factor de calidad, no obstante las condiciones fueron precisadas mediante adenda.
3. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
4. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
5. La entidad informa que en el Formulario 1 existe un rubro de Estudios y Diseños.
6. La entidad informa que mediante adenda publicada se realizaron las modificaciones pertinentes.
7. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
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viaductos, Apoyo tipo POT, Juntas de dilatación –Neopreno‐Tipo TX‐50, Juntas de dilatación –Neopreno‐ Tipo TX‐250, Apoyo libre topo tetrón o equivalente, carga admisible 1750 Ton para viaductos, Suministro y colocación de geotextil REPAV 450, Zanjas de coronación (concreto de 2.500 psi), Cárcamo poliducto ECOPETROL, Cinta de P.V.C, Acero para topes sísmicos, Muros en tierra armada, Armadura galvanizada muros en tierra armada, Muro en tierra reforzada H=8m, Muro en tierra reforzada H=4m, Concreto Lanzado, Muro pantalla anclada, Dados de anclaje, Dados de anclaje 1.20x1.20x0.30, Excavación para pantallas, Reubicación Poliducto Ecopetrol, Jornal de mantenimiento de vía, Monitoreo La Laguna –El Palito‐Semestral‐2 puntos, Monitoreo Presión sonora – Semestral. Durante 3 días c/u – 2 puntos 6 Monitoreos (1 cada 6 meses) y Transporte de cespedón.
5. Teniendo en cuenta que para el presente proceso no se tiene partida para Estudios y Diseños, solicita indicar en el caso que se necesiten hacer modificaciones a los diseños existentes, con cargo a que rubro se pagarían estos diseños.
6. Teniendo en cuenta que en el presupuesto oficial hay ítems que se encuentran repetidos, solicita corregir dichos ítems o enviar especificación particular donde se evidencia la diferencia en cada uno de ellos.
7. Solicita ampliar el plazo de entrega del presente proceso en 15 días calendario.
146. RADICACIÓN 4383 4384 REF. LP‐SGT‐SRN‐052‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐053‐2011 CONALVIAS S.A.
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FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES. 1. Solicita que el riesgo asociado a la escasez de material para la
ejecución de la obra se asigne en un 100% al INVIAS. 2. Con relación a los frente de obras exigidos para la ejecución del
contrato, solicita que se revise y se replantee la necesidad en cuanto a cantidad y tamaño de las plantas de concreto y plantas de trituración a las mínimas requeridas para cumplir a cabalidad con la ejecución particular de cada uno de los proyectos dentro de los plazos fijados para los mismos y con las condiciones de calidad y eficiencia exigidas y necesarias para cada caso concreto.
Adicionalmente, proponen que el puntaje por este concepto sea eliminado o alternativamente que se modifique la composición de equipo mínimo por frente de trabajo y que se acepte que los frentes de trabajo adicionales que eventualmente pueda ofrecer cada participante, consten del personal y equipos suficientes y necesarios para operar dicho frente “adicional”, sin que lleven a la exigencia de aumentar innecesariamente las plantas o triplicar equipos que no van a aportar ningún beneficio real al proyecto. 3. NUMERAL 2 ACTIVIDADES GENERALES DE LOS ESTUDIOS
PREVIOS. Solicita aclarar el presente numeral en el sentido si cuando se habla de TRAMOS se esta refiriendo al Corredor al cual se esta licitando.
4. Solicita especificar el Alcance del Contrato que se encuentra en el Numeral 1.3 del apéndice A, por cuanto en dicho aparte solo figura el número 0.
5. Solicita poner a disposición de los proponentes la totalidad de las especificaciones particulares ya que para el caso de este proyecto se mencionan pero no se anexan las siguientes especificaciones:
221.1P, 230.1P, 640.3P, 201.8P, 630.8P, 810.1P, 210.1P, 623.1P, 630.9P, 671.1P, 671.2P, 632.1P, 661.1P, 661.2P, 630.10P, 600.1P,
1. Se informa que es el contratista el responsable del suministro de los insumos para la ejecución de todos y cada uno de los ítems a pagar por el Instituto y que la disponibilidad de los materiales deberá ser analizada por el interesado para la presentación de su oferta.
2. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda 3. La entidad informa que se aclaro mediante adenda 4. La entidad informa que se aclaro mediante adenda 5. La entidad informa que se aclaro mediante adenda 6. La entidad informa que se aclaro mediante adenda
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670.1P, 621.2P, 623.2P, 811.1P, 661.3P, 450P, 461P, 450.2P, 642.3P, 673.3P, 673.4P, 673.1P, 673.2P. 6. Solicita poner a disposición de los proponentes la totalidad de las especificaciones particulares ya que para el caso de este proyecto se mencionan pero no se anexan las siguientes especificaciones: 632.1P, 671.1P, 673.1P, 801.6P, 642.2P 6. Solicita ampliar plazo de entrega del presente proceso en 15
días calendario. 147. RADICACIÓN 4387 4389 REF. LP‐SGT‐SRN‐044‐2011 ‐ LP‐SGT‐SRN‐047‐2011 CONALVIAS S.A. FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES.1. Solicita que se ponga a disposición de los interesados, la
totalidad de los estudios y diseños en el cuarto de datos en medio digital.
2. Con relación a los frente de obras exigidos para la ejecución del contrato, solicita que se revise y se replantee la necesidad en cuanto a cantidad y tamaño de las plantas de concreto y plantas de trituración a las mínimas requeridas para cumplir a cabalidad con la ejecución particular de cada uno de los proyectos dentro de los plazos fijados para los mismos y con las condiciones de calidad y eficiencia exigidas y necesarias para cada caso concreto.
Adicionalmente, proponen que el puntaje por este concepto sea eliminado o alternativamente que se modifique la composición de equipo mínimo por frente de trabajo y que se acepte que los frentes de trabajo adicionales que eventualmente pueda ofrecer cada participante, consten del personal y equipos suficientes y necesarios para operar dicho frente “adicional”, sin que lleven a la exigencia de aumentar innecesariamente las plantas o triplicar
1. La entidad informa que la información de los procesos es la que se encuentra en el Cuarto de Información de Referencia ubicado en la Carrera 128 No. 17‐15 INVIAS – Fontibón, según la información publicada en el SECOP, en la cual además se informan las reglas para efectuar las consultas a estos documentos.
2. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
3. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
4. La entidad informa que los alcances para cada uno de los proyectos se precisaron mediante adendas publicadas
5. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
6. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
7. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
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equipos que no van a aportar ningún beneficio real al proyecto.3. Solicita incluir en el Apéndice B, que hace referencia a las
especificaciones y normas técnicas obligatorias de diseño, construcción, operación y mantenimiento para carreteras, las especificaciones particulares: 500.2P, 606.6 1P, 630.2P, 630.3P, 612P, 632.1P, 640.1P, 650.1P, 671.1P, 674.2P.
4. Solicita especificar el Alcance del Contrato que se encuentra en el Numeral 1.3 del apéndice A, por cuanto en dicho aparte solo figura el número 0.
5. Solicita aclarar donde aplican o eliminar las especificaciones particulares 460.1, 466.1P, 673.3P, 320P.07, 330P.07 a las que hace referencia el Apéndice B, pues según el formulario de presupuesto oficial, no están incluidas en el proceso en cuestión.
6. Teniendo en cuenta que el ítem 57 del formulario de Excel correspondiente al código cubs 3.6.9.4.10 que corresponde al ítem 801.6p, especificación 20007 INVIAS no 801‐07, particular 801.6p y descripción: Limpieza a mano de alcantarillas de tubo de 600 ó 900 mm, que contiene el presupuesto oficial de la entidad las casillas correspondientes a cantidad y valor total es cero (0), producto de que la casilla de cantidad no tiene valor alguno solicita: • Al dejarlo de cotizar, sería causal de rechazo de la
propuesta. • El precio que cotice no puede ser superior al precio INVIAS,
pero como el precio correspondiente al valor total INVIAS es cero, cualquier valor que se proponga va a superar a o y eso es motivo de descalificación, es decir, que se debería dejar tal cual como está en el formulario, con el fin de no sobrepasar el presupuesto oficial.
7. Solicita aclarar el alcance del ítem de pago 641.1 Acero de preesfuerzo consignado en el formulario del presupuesto oficial, pues la cantidad y precio consignados en el formulario
8. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda
9. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
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no es consistente con la información técnica puesta a disposición de los oferentes en el cuarto de datos.
8. Solicita incluir en el Apéndice B, que hace referencia a las especificaciones y normas técnicas obligatorias de diseño, construcción, operación y mantenimiento para carreteras, las especificaciones particulares 630.1P, 630.3P, 632.1P, 642.2P, pues en el que se encuentra publicado actualmente no se encuentra esta información.
9. Solicita ampliar plazo de entrega del presente proceso en 15 días calendario.
148. RADICACIÓN 4391 REF. LP‐SGT‐SRN‐043‐2011 CONALVIAS S.A. FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: SOLICITUD DE ACLARACIONES.1. Solicita aclarar la inconsistencia que se presenta en lo que se
refiere al Numeral 1 renglón 15 Alcance del Contrato en donde aparece un valor de cero (0) en los últimos documentos publicados en la página del SECOP, lo cual difiere con lo establecido en el mismo numeral del documento de prepliegos.
2. Con relación a los frente de obras exigidos para la ejecución del contrato, solicita que se revise y se replantee la necesidad en cuanto a cantidad y tamaño de las plantas de concreto y plantas de trituración a las mínimas requeridas para cumplir a cabalidad con la ejecución particular de cada uno de los proyectos dentro de los plazos fijados para los mismos y con las condiciones de calidad y eficiencia exigidas y necesarias para cada caso concreto.
Adicionalmente, proponen que el puntaje por este concepto sea eliminado o alternativamente que se modifique la composición de equipo mínimo por frente de trabajo y que se acepte que los frentes
1. La entidad informa que se aclaro mediante adenda2. La entidad informa que se aclaro mediante adenda 3. La entidad informa que se aclaro mediante adenda 4. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda 5. La entidad informa en el Apéndice A y sus adendas los proyectos que requieren licencia ambiental y los que requieren PAGA. 6. La entidad informa que este aspecto será aclarado mediante adenda. 7. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
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de trabajo adicionales que eventualmente pueda ofrecer cada participante, consten del personal y equipos suficientes y necesarios para operar dicho frente “adicional”, sin que lleven a la exigencia de aumentar innecesariamente las plantas o triplicar equipos que no van a aportar ningún beneficio real al proyecto. 3. NUMERAL 1.5 LITERAL B. Consideran que la experiencia
exigida por el INVIAS en este numeral debe reconsiderarse y ajustarse a la obra a construir como objeto del contrato, dentro del cual se construirán 2º km de vías y según los diseños puestos a disposición se construirán 5 puentes en concreto.
4. Solicita sea indicada la Especificación General y particular para los siguientes ítems que dentro del formulario publicado por el Instituto no quedaron indicados ni anexados en el apéndice correspondiente: Pilotes de concreto (280kg/cm2) fundidos in situ de d=2,5m, Camisa permanente en diámetro exterior 2.6m, Concreto clase G, Concreto clase AA, Concreto hexápodos y Acero de pre esfuerzo.
5. Solicita el suministro a los oferentes de las Licencia Ambiental para este proyecto, para de esta manera poder determinar los sitios autorizados para la Disposición final de sobrantes y así poder efectuar los cálculos de transporte.
6. Teniendo en cuenta que una vez chequeados los volúmenes para los ítems Transporte de materiales provenientes de la excavación de la explanación, canales y préstamos para distancias mayores de mil metros, Transporte de materiales provenientes de derrumbes y Concreto <clase C para Caisson encontraron grandes diferencias entre las cantidades calculada y las presentadas en pliego, solicita confirmar dichas cantidades.
7. Solicita ampliar plazo de entrega del presente proceso en 15 días calendario.
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149. RADICACIÓN 4394 REF. LP‐SGT‐SRN‐039‐2011 a LP‐SGT‐SRN‐055‐2011 EPISOL FECHA: 20 de Enero de 2012 ASUNTO: OBSERVACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES EN EL MARCO DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS DEL PROGRAMA “CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD”1. NUMERALES 5.1.1 y 5.2.2 Solicita que se elimine el requisito de
que los contratos con los cuales se acredita la experiencia técnica deben haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 1996 y que en su reemplazo se permita a los proponentes acreditar como experiencia técnica la sobras terminadas con posterioridad a la fecha antes indicada.
2. NUMERALES 5.1 y 5.1.1. Aclarar lo relacionado con la experiencia obtenida mediante contratos adicionales a los contratos de concesión.
3. NUMERAL 4.22.4 RUP CON INFORMACIÓN FINANCIERA CON CORTE AL 31 DE DICIEMBRE DE 2010. Solicita se modifique el referido numeral, en el sentido de ampliar nuevamente la posibilidad de que los proponentes puedan presentar el RUP vigente con información financiera de fecha corte diciembre 31 de 2010 ó 2011, garantizando así los derechos de las empresas interesadas en participar en los procesos y que al día 30 de diciembre de 2011, fecha en la que empezó a correr el plazo de los procesos licitatorios, no se encontraban inscritas en el RUP.
4. NUMERALES 5.1., 5.1.1 y 5.1.2 ACREDITACIÓN DE LA EXPERIENCIA EN CONSTRUCCIÓN DE PUENTES Y/O VIADUCTOS VEHICULARES. Aclarar el referido numeral con relación a la acreditación de tal experiencia por un proponente plural.
5. Solicita que se aclare o modifique el NUMERAL 4.14 CERTIFICADO DE ANTECEDENTES FISCALES VIGENTE, teniendo en cuenta que el artículo 93 del Decreto Ley 0019 del 10 de enero de 2012 eliminó dicho certificado.
6. Solicita la ampliación del plazo de las licitaciones.
Se mantiene lo previsto en los pliegos de condiciones, toda vez que el Instituto requiere que los futuros contratistas posean experiencia vigente en actividades como las que son objeto de contratación. 2. La entidad informa que se aclaro mediante adenda. 3. Se dará claridad mediante adenda.. 4. se aclara mediante adenda. Mediante adenda se eliminó el Numeral 4.14 Certificado de Antecedentes Judiciales Vigente, del Pliego de Condiciones, para cada una de las Licitaciones Públicas, en cumplimiento del artículo 93 del Decreto Ley 0019 del 10 de enero de 2012. La entidad informa que dicho plazo se amplió mediante adenda.
ACTA DE APRECIACIONES DE LA ENTIDAD SOBRE LAS OBSERVACIONES REALIZADAS A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES DE LAS LICITACIONES PÚBLICAS CORREDORES PRIORITARIOS PARA LA PROSPERIDAD CON CORTE A 20 DE ENERO DE 2012
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A las observaciones no incluidas en esta acta se les dará respuesta en una siguiente publicación.
CARLOS ALBERTO GARCÍA MONTES Subdirector Red Nacional de Carreteras
JOSÉ JOAQUÍN ROMERO HUERTAS Coordinador Área de Licitaciones y Concursos
Elaboró: Martha Lucía Mahecha
Kelly Melissa Molina Edson Enrique Torres Darío Chaves López
Ernesto Correa Valderrama Ricardo Antonio Corredor