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    DIRECTIVA Nº 007-2012-GRU-P-GGR-GRPPyAT-SGDI

    “NORMAS PARA LA EJECUCIÒN DE OBRAS PÚBLICAS, POR LA MODALIDADDE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIA INDIRECTA (POR CONTRATA) EN EL

    GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI”

    I.- BJETIVO.

    Establecer las disposiciones que permiten el proceso de ejecución de lasobras públicas bajo la modalidad de Ejecución Presupuestaria Indirecta (Porcontrata), a cargo de las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 462:Gobierno Regional del Departamento de Ucayali.

    II.- FINALIDAD.

    Contar con un documento que permita conducir los procedimientos para laejecución de obras públicas, bajo la modalidad de Ejecución PresupuestariaIndirecta (Por contrata), a cargo de las Unidades Ejecutoras que conforman elPliego 462: Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, el mismo quedebe estar en concordancia con la normatividad vigente, para obras yproyectos.

    III.- ALCANCE.

    Las disposiciones y procedimientos contenidos en la presente Directiva, seránde cumplimiento por las Unidades Ejecutoras que conforman el Pliego 462:Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, que intervengan en laejecución de obras públicas, bajo la modalidad de Ejecución PresupuestariaIndirecta (Por encargo).

    IV.- BASE LEGAL.

    4.1 Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto y sumodificatoria.

    4.2 Ley Nº 29812 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el AñoFiscal 2012.

    4.3 Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de laContraloría General de la República y modificatorias.

    4.4 Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y su

    modificatoria.

    4.5 Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General.

    4.6 Ley Nº 27293 - Ley del Sistema de Inversión Publica (SNIP) y suNuevo Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 102-2007-EF Y LA Directiva Nº 001-2011-EF/68.01.

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    4.7 Ley Nº 27842 - Ley Marco de la Modernización de la Gestión delEstado.

    4.8 Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativay Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento DecretoSupremo Nº 005-90-PCM.

    4.9 Decreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones del Estado y suReglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 184-2008-EF. 

    4.10 Resolución de Contraloría Nº 195-88-CG, que apruebe las Normaspara la Ejecución de Obras por Administración Directa.

    4.11 Resolución de Contraloría Nº 072-98-CG - Aprueba Normas Técnicasde Control para el Sector Publico.

    4.12 Resolución Ministerial Nº 421-2002-EF – Delegan facultades paradeclarar la viabilidad de Proyectos de Inversión Pública a las Oficinasde Programación e Inversiones de los Sectores y a los GobiernosRegionales y su modificatoria; Resolución Ministerial Nº 067-2003-EF/15.

    4.13 Ordenanza Regional Nº 021-2010-GRU-C/R, aprueba la modificaciónde la Estructura Orgánica y las Funciones del Reglamento deOrganización y Funciones del Gobierno Regional de Ucayali.

    V.- DISPOSICIONES GENERALES.

    5.1. Definición y Condiciones para la Ejecución. 

    1.  Se denomina obra pública  a la construcción o trabajo querequiere dirección técnica en la utilización de mano de obra,

    materiales y equipos, e inclusive todos los elementos o algunosde ellos, que efectúen en forma directa o indirecta.

    2. Se denomina obra publica ejecutada  por administraciónindirecta: Cuando la ejecución física y/o financiera de lasactividades y proyectos así como de sus respectivoscomponentes, es realizada por una entidad distinta al Pliego;será por efecto de un contrato celebrado con una entidad privadaa titulo oneroso o con una entidad publica, será a titulo oneroso ogratuito.

    3. Contrato.

    Es el acuerdo para crear, regular, modificar o extinguir unarelación jurídica dentro de los alcances de la Ley y delReglamento.

    4. Contrato Original.

    Es el contrato suscrito como consecuencia del otorgamiento dela Buena Pro en las condiciones establecidas en las Bases y laoferta ganadora.

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    5. Contrato Actualizado o Vigente.

    El contrato original afectado por las variaciones realizadas porlos reajustes, prestaciones adicionales, reducción deprestaciones, o por ampliación o reducción del plazo.

    6. Contratista.

    El proveedor que celebre un contrato con una Entidad, deconformidad con las disposiciones de la Ley y del presenteReglamento.

    7. Cuaderno de Obra.

    El documento que, debidamente foliado, se abre al inicio de todaobra y en el que el inspector o supervisor y el residente anotanlas ocurrencias, órdenes, consultas y las respuestas a lasconsultas.

    8. Especificaciones Técnicas.

    Descripciones elaboradas por la Entidad de las característicasfundamentales de los bienes, suministros u obras a contratar.

    9. Expediente Técnico de Obra.

    Es el conjunto de documentos que comprende: memoriadescriptiva, especificaciones técnicas, planos de ejecución deobra, metrados, presupuesto de obra, fecha de determinación delpresupuesto de obra, valor referencial, análisis de precios,calendario de avance de obra valorizado, fórmulas polinomicas y,si el caso lo requiere, estudio de suelos, estudio geológico, de

    impacto ambiental u otros complementarios.

    10. Factor de Relación.

    El cociente resultante de dividir el monto del contrato de la obraentre el monto del Valor Referencial.

    11. Gastos Generales. 

    Son aquellos costos indirectos que el contratista debe efectuarpara la ejecución de la prestación a su cargo, derivados de supropia actividad empresarial, por lo que no pueden ser incluidosdentro de las partidas de las obras o de los costos directos del

    servicio.

    12. Gastos Generales Fijos. 

    Son aquellos que no están relacionados con el tiempo deejecución de la prestación a cargo del contratista.

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    13. Gastos Generales Variables.

    Son aquellos que están directamente relacionados con el tiempode ejecución de la obra y por lo tanto pueden incurrirse a lo largodel todo el plazo de ejecución de la prestación a cargo delcontratista.

    14. Metrado. 

    Es el cálculo o la cuantificación por partidas de la cantidad deobra a ejecutar.

    15. Mora.

    El retraso parcial o total, continuado y acumulativo en elcumplimiento de prestaciones consistentes en la entrega debienes, servicios o ejecución de obras sujetos a cronograma ycalendarios contenidos en las Bases y/o Contratos.

    16. Obra.

    Construcción, reconstrucción, remodelación, demolición,renovación y habilitación de bienes inmuebles, tales comoedificaciones, estructuras, excavaciones, perforaciones,carreteras, puentes, entre otros, que requieren dirección técnica,expediente técnico, mano de obra, materiales y/o equipos. Obrasimilar: Obra de naturaleza semejante a la que se deseacontratar.

    17. Partida. 

    Cada una de las partes o actividades que conforman el

    presupuesto de una obra. Es una subdivisión convencional delas obras en partes similares y se expresa por medio de sudescripción, su unidad de medida y su cantidad. Las partidas seestablecen con tres finalidades: medición, valuación y pago.

    18. Postor.

    La persona natural o jurídica legalmente capacitada que participaen un proceso de selección desde el momento en que presentasu propuesta o su sobre para la calificación previa, segúncorresponda.

    19. Prestación:

    La ejecución de la obra, la realización de la consultoría, laprestación del servicio o la entrega del bien cuya contratación seregula en la Ley y en el presente Reglamento.

    20. Prestación adicional de obra.

    Aquella no considerada en el expediente técnico, ni en elcontrato, cuya realización resulta indispensable y/o necesariapara dar cumplimiento a la meta prevista de la obra principal.

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    21. Presupuesto Adicional de Obra.

    Es la valoración económica de la prestación adicional de unaobra que debe ser aprobado por la Contraloría General de laRepública cuando el monto supere al que puede ser autorizadodirectamente por la Entidad.

    22. Proyectista.

    El consultor que ha elaborado los estudios o la informacióntécnica del objeto del proceso de selección.

    23. Ruta Crítica del Programa de Ejecución de Obra.

    Es la secuencia programada de las actividades constructivas deuna obra cuya variación afecta el plazo total de ejecución de laobra.

    24. Valorización de una Obra.

    Es la cuantificación económica de un avance físico en laejecución de la obra, realizada en un período determinado.

    5.1.1. Del Residente de Obra.

    Toda obra se contará de modo permanente y directo con unprofesional colegiado, habilitado y especializado designado porel contratista, previa conformidad de la Entidad, como residentede la obra, el cual podrá ser ingeniero o arquitecto, segúncorresponda a la naturaleza de los trabajos, con no menos dedos (2) años de ejercicio profesional.

    Las Bases pueden establecer calificaciones y experienciasadicionales que deberá cumplir el residente, en función de lanaturaleza de la obra.

    Por su sola designación, el residente de la obra representa alcontratista para los efectos ordinarios de la obra, no estandofacultado a pactar modificaciones al contrato.

    La sustitución del residente de la obra sólo procederá previaautorización escrita del funcionario de la Entidad que cuentecon facultades suficientes para ello, dentro de los ocho (8) díashábiles siguientes de presentada la solicitud a la Entidad.Transcurrido dicho plazo sin que la Entidad emita

    pronunciamiento se considerará aprobada la sustitución. Elreemplazante deberá reunir calificaciones profesionalessimilares o superiores a las del profesional reemplazado. 

    5.1.2. Inspector o Supervisor de Obra.

    Toda obra contará de modo permanente y directo con uninspector o con un supervisor, quedando prohibida la existenciade ambos en una misma obra.

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    El inspector será un profesional, funcionario o servidor de laEntidad, expresamente designado por ésta, mientras que elsupervisor será una persona natural o jurídica especialmentecontratada para dicho fin. En el caso de ser una persona jurídica, ésta designará a una persona natural como supervisorpermanente en la obra. El inspector o supervisor, segúncorresponda, debe cumplir por lo menos con las mismas

    calificaciones profesionales establecidas para el residente deobra. Será obligatorio contratar un supervisor cuando el valorde la obra a ejecutarse sea igual o mayor al monto establecidoen la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscalrespectivo.

    5.2.- Ejecución de Obras por Administración Indirecta (Por contrata).

    Para efectos de la presente directiva, se denomina ejecución de obraspor la modalidad de ejecución por aplicaciones presupuestariasIndirectas (Contrata) cuando la ejecución física y/o financiera de lasactividades y proyectos así como de sus respectivos componentes, esrealizada por una entidad distinta al pliego; será por efecto de uncontrato celebrado con una entidad privada a titulo oneroso o con unaentidad publica, será a titulo oneroso o gratuito.

    5.2.1. Requisitos para Suscripción del Contrato.

    Los requisitos para la suscripción del contrato del postorganador de la buena pro, además de los documentos previstosen las Bases, son los siguientes:

    a. Constancia vigente de no estar inhabilitado para contratarcon el Estado, salvo en los contratos derivados deprocesos de Adjudicación de Menor Cuantía y de procesos

    de selección según relación de ítems, en los que el montodel valor referencial del ítem o sumatoria de los valoresreferenciales de los ítems adjudicados a un mismo postorno superen lo establecido en la normativa vigente paraconvocar a una Adjudicación de Menor Cuantía, en los quela Entidad deberá efectuar la verificación correspondienteen el portal del Registro Nacional de Proveedores - RNP.

    b. Garantías, Casos de Excepción.

    Los medios de garantía a utilizarse serán las cartas fianza,las mismas que deberán ser incondicionales, solidarias,irrevocables y de realización automática al solo

    requerimiento del Gobierno Regional de Ucayali, siempre ycuando hayan sido emitidas por una empresa autorizada ysujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Segurosy Administradoras de Fondos de Pensiones o estarconsiderada en la última lista de bancos extranjeros deprimera categoría que periódicamente pública el BancoCentral de Reserva..

    Alternativamente, en los contratos de consultoría yejecución de obras, el Gobierno Regional de Ucayali,

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    retendrá el diez por ciento (10%) del monto del contratooriginal a las micro y pequeñas empresas como garantía defiel cumplimiento. La retención de dicho monto, seefectuará durante la primera mitad del número total depagos a realizarse, de forma prorrateada, con cargo a serdevuelto a la finalización del mismo.

    c. Garantía de Seriedad de Oferta.

    En los procesos de Licitación Pública, Concurso Público yAdjudicación Directa, los postores deberán presentar lagarantía de seriedad de oferta, la misma que tiene comofinalidad garantizar la vigencia de la oferta.

    d. Garantía de Fiel Cumplimiento.

    Como requisito indispensable para suscribir el contrato, elpostor ganador debe entregar al Gobierno Regional deUcayali, la garantía de fiel cumplimiento del mismo. Estadeberá ser emitida por una suma equivalente al diez porciento (10%) del monto del contrato original y tenervigencia hasta el consentimiento de la liquidación final.

    e. Garantía por Adelantos (Por materiales o directo).

    La presentación de esta garantía no puede ser exceptuadapor ningún motivo.

    El Gobierno Regional de Ucayali, sólo entregara losadelantos previstos en las Bases y solicitados por elcontratista, contra la presentación de una garantía emitidapor idéntico monto y un plazo mínimo de vigencia de tres

    (3) meses, renovable trimestralmente por el montopendiente de amortizar, hasta la amortización total deladelanto otorgado.

    Cuando el plazo de ejecución contractual sea menor a tres(3) meses, las garantías podrán ser emitidas con unavigencia menor, siempre que cubra la fecha prevista para laamortización total del adelanto otorgado. Tratándose de losadelantos de materiales, la garantía se mantendrá vigentehasta la utilización de los materiales o insumos asatisfacción del Gobierno Regional de Ucayali, pudiendoreducirse de manera proporcional de acuerdo con eldesarrollo respectivo

    f. Contrato de consorcio con firmas legalizadas de losconsorciados, de ser el caso. Estos requisitos no seránexigibles cuando el contratista sea otra Entidad, cualquierasea el proceso de selección, con excepción de lasEmpresas del Estado que deberán cumplirlos.

    g. Presentar la constancia de Capacidad Libre deContratación expedida por el Registro Nacional deProveedores - RNP.

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     h. Designar al residente de la obra, cuando no haya formado

    parte de la propuesta técnica. 

    i. Entregar el Calendario de Avance de Obra Valorizadoelaborado en concordancia con el cronograma dedesembolsos económicos establecido, con el plazo de

    ejecución del contrato y sustentado en el Programa deEjecución de Obra (PERT-CPM), el cual deberá considerarla estacionalidad climática propia del área donde se ejecutela obra, cuando corresponda.

    j. Entregar el calendario de adquisición de materiales einsumos necesarios para la ejecución de obra, enconcordancia con el Calendario de Avance de ObraValorizado.

    k. Entregar el desagregado por partidas que dio origen a supropuesta, en el caso de obras sujeto al sistema de sumaalzada. 

    5.2.2. Plazo para la Ejecución de las Obras.

    El plazo contractual, es un parámetro que delimita los alcancesdel contrato, siendo por lo tanto necesario cautelar su estrictocumplimiento.

    El plazo contractual debe reflejarse en el calendario de avance,formulado en base a los diagramas PERT, CPM o similares pordías calendario, precisándose por cada una de las partidas porejecutar, día de inicio y término.

    El inspector, como representante directo en obra de la Entidad,debe verificar el cumplimiento del calendario de avance, dentrodel marco de las condiciones contractuales establecida

    Consecuentemente de alertarse a la entidad contratante con laprontitud del caso, las desviaciones que presenten para que seadopten las medidas correctivas oportunas.

    La ejecución de adicionales sustentados en expediente deadicionales y aprobados mediante Resolución EjecutivaRegional, para su construcción cuentan con su propio plazo deejecución; los mismos que se adicionan al plazo contractual dela obra.

    El cómputo del plazo para la ejecución de las Obras porAdministración Indirecta, comienza a regir desde el díasiguiente de que se cumplan las siguientes condiciones:

    1. Que se designe al inspector o al supervisor, segúncorresponda;

    2. Que la Entidad haya hecho entrega del expedientetécnico de la obra completa;

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     3. Que la Entidad haya hecho entrega del terreno o lugar

    donde se ejecutará la obra;

    4. Que la Entidad provea el calendario de entrega de losmateriales e insumos que, de acuerdo con las Bases,hubiera asumido como obligación;

    5. Que se haya entregado el adelanto directo al contratista,en las condiciones y oportunidad establecidas en lanormativa correspondiente.

    6. Contar con la certificación ambiental.

    En caso no se haya solicitado la entrega del adelantodirecto, el plazo se inicia con el cumplimiento de lasdemás condiciones.

    Si no se contase con alguno de los requisitosexpuestos; queda terminantemente prohibido el inicio dela obra.

    El inicio de obra se hará constar en el cuaderno de obra.

    5.2.3. Ampliación de Plazo.

    Causales de Ampliación de Plazo.

    El contratista podrá solicitar la ampliación, del plazocontractual, por las siguientes causales, siempre quemodifiquen la ruta crítica del programa de ejecución de obravigente:

    1. Atrasos y/o paralizaciones por causas no atribuibles alcontratista.

    2. Atrasos en el cumplimiento de sus prestaciones por causasatribuibles a la Entidad. Tales como:

    a. Demora o no absolución de consultas, en cuyo caso, lademora se computara solo a partir de la fecha en que lano ejecución de los trabajos materia de consultaempiece a afectar en calendario de avance de obra. Sila consulta se efectuara, después del lapso de tiempo,en el cual se debió ejecutar la partida o partidas

    afectadas, según el diagrama de barras respectivo, laampliación de plazo correspondiente será denegada.

    b. Demora de la entidad en emitir la resolución queautorice las obras adicionales.

    3. Caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada.

    4. Cuando se aprueba la ejecución de obras adicionales.

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    5. De no emitirse pronunciamiento, dentro del plazoestipulado, en la normatividad vigente, se consideraráampliado el plazo, bajo responsabilidad de la Entidad.

    Documentos y Requisitos que debe Cumplir una Solicitudde Ampliación de Plazo.

    a. La solicitud de ampliación de plazo debe efectuarse dentrodel plazo vigente de ejecución de obra, fuera del cual no selas admitirá.

    Cuando se sustenten en causales diferentes o de distintasfechas, cada solicitud de ampliación de plazo deberátramitarse y ser resuelta independientemente.

    b. Solicitud, suscrita por el contratista o su representantelegal, en la cual, cuantificará y sustentará la ampliación deplazo ante el inspector o supervisor, vale decir presentarasu solicitud ante el inspector o supervisor, tomando encuenta los plazos señalados por la normativacorrespondiente. Las solicitudes de ampliación de plazo,presentadas directamente al Gobierno Regional de Ucayali,se consideraran como no presentadas.

    c. Asientos, en el cuaderno de obra, en los cuales elcontratista, por intermedio de su residente, anotó, lascircunstancias que a su criterio ameritaban ampliación deplazo.

    d. Cronograma, vigente, de ejecución de obra.

    e. Diagrama PERT–CPM, en el cual se notará claramente la

    ruta critica, y las partidas afectadas, las cuales deben estarcomprendidas en los lapsos de tiempo, señalados en elDiagrama de barras inicial; caso contrario la solicitud deampliación de plazo será denegada.

    f. Fotografías, recortes periodísticos (de corresponder) quegrafiquen la causal invocada.

    g. Documentos emitidos por entidades públicas o privadasreconocidas, certificando la ocurrencia y la intensidad de unfenómeno natural o antropico que imposibilitó la ejecuciónde la obra, en el periodo reportado.

    h. Informe del supervisor o Inspector, según corresponda,emitiendo pronunciamiento al respecto, dentro de losplazos consignados en la normativa.

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    5.2.4. Parámetros para una Correcta Ejecución de Obra.

    a. Inicio del Plazo de Ejecución de Obra.

    El inicio del plazo de ejecución de obra comienza aregir, desde el día siguiente de que se cumplan lassiguientes condiciones:

    1. Que se designe al inspector o al supervisor, segúncorresponda; el cual deberá efectuar la revisiónpormenorizada del proyecto o expediente técnico deobra y, su compatibilidad con el terreno o lugar delos trabajos de la obra y verificar la disponibilidaddel mismo, previo al acto de entrega de terreno,emitiendo el informe a la entidad ejecutora. con laopinión técnica fundamentada que resuelvaincompatibilidades y/o diferencias que puedacontener el expediente técnico de obra,recomendando las medidas correctivas quecorrespondan.

    2. Que el Gobierno Regional de Ucayali haya hechoentrega del expediente técnico de obra completo;adjuntando la certificación ambiental, la cual es unaherramienta transectorial de la gestión ambiental yde carácter preventivo que permite la conservaciónambiental y la protección de la salud de lapoblación.

    3. Que el Gobierno Regional de Ucayali haya hechoentrega del terreno o lugar donde se ejecutará laobra.

    4. Que el Gobierno Regional de Ucayali provea elcalendario de entrega de los materiales e insumosque, de acuerdo con las Bases, hubiera asumidocomo obligación.

    5. Que se haya entregado el adelanto directo alcontratista.

    b. Acta de Entrega de Terreno.

    El titular del Pliego de la Entidad designará, medianteResolución Ejecutiva Regional, a la comisión que hará

    entrega del terreno, al contratista e ingeniero residente,para cuyo objetivo la Comisión debe identificar en elterreno los Bench March (hitos), que definen los nivelesy puntos de referencias necesarios para el trazado de laobra; y los puntos geométricos complementarios,necesarios para el mismo fin.

    Hecho que quedará registrado en el Acta de Entrega delTerreno, la cual se asentará en la primera anotación delCuaderno de Obra, debidamente firmado. En dicha Acta

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    se hará constar la tenencia del terreno, documentoslegales, área de colindancia, nombre del proyecto,presupuesto, inicio y fecha de culminación de la obra.

    c. Expediente Técnico.

    El Expediente Técnico deberá contener la siguiente

    documentación:

    •  La cadena funcional programática.

    •  Memoria descriptiva (Antecedentes, objetivos,metas, descripción, presupuesto total, modalidad deejecución, Plazos).

    •  Memoria de cálculo.

    •  Especificaciones técnicas.

    •  Metrados.

    •  Presupuesto base.•  Valor referencial.

    •  Presupuesto analítico.

    •  Análisis de precios.•  Listado de insumos (mano de obra, materiales y

    maquinaria equipo).•  Hoja de metrados de las partidas integrantes del

    presupuesto.•  Cronograma de ejecución física de la obra.

    •  Cronograma de desembolso financieromensualizado.

    •  Programación de obra indicando la ruta critica de laobra.

    •  Formulas polinomicas.

    - Anexos:

      Estudios de Suelos.  Estudio geológico.  Diseño de mezclas de suelos, concretos,

    asfaltos y otros según corresponda.  Planos: (De acuerdo a la Obra Proyectada).  Planos de ubicación con coordenadas UTM.  Cálculos estructurales.  Estudio de Impacto ambiental (EIA), el cual

    deberá ser elaborado por entidadesautorizadas que cuenten con equipos deprofesionales con experiencia.

      Estudio de gestión de riesgo de desastres.  Certificación ambiental.

    Condiciones Generales.

    El expediente técnico debe leerse en su integridad comoun conjunto de documentos complementarios entre si.

    Al formularlo se debe tener cuidado de que no existancontradicciones entre los documentos. Sin embargo

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    siempre debe establecerse el orden de prelación y lapreeminencia de documentos en caso de contradicción.

    El expediente técnico debe contemplar un balance entresolución y costo.

    En los casos que existan normas especificas referidas a

    la obra, se recabara el pronunciamiento del sector y/oentidad que corresponda.

    En el expediente técnico se define el objeto, costo,plazo y demás condiciones de una obra en particular.

    Para la aprobación del expediente técnico de una obrapublica a ejecutarse por la modalidad de ejecuciónpresupuestaria indirecta, la máxima autoridadadministrativa de la entidad debe cumplirobligatoriamente con los siguientes requisitos y/ocondiciones:

    •  El proyecto debe haber pasado sucesiva ysatisfactoriamente por todas y cada una de lasdistintas fases de aprobación a que debe sersometido un proyecto de inversión pública: el ciclodel proyecto de inversión pública.

    •  Contar con la asignación presupuestariacorrespondiente, que debe ser acreditada con lacertificación respectiva emitida por la GerenciaRegional de Planeamiento, Presupuesto yAcondicionamiento Territorial del GobiernoRegional de Ucayali.

    •  Contar con el documento que acredite lapropiedad del terreno y/o la libre disponibilidadintegral del mismo.

    •  El consultor y los responsables de su elaboración(en el área de su especialización), y quien lorevisa suscribirán todas las páginas en señal deconformidad y responsabilidad respecto a sucalidad técnica e integridad física.

    •  Informe del Inspector o supervisor, relacionado con larevisión del expediente técnico de obra, la cual tendrá

    que ver con: el proyecto en general, proyecto porespecialidad, estudio de mecánica de suelos yanálisis estructural, proyecto de impacto ambiental yde gestión de riegos de desastres, permisos paraexplotación de canteras, servidumbres. En el informedeberá pronunciarse respecto a la aprobación delexpediente técnico o reformulación (modificacionesy/o adecuaciones al proyecto).

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    •  El expediente técnico de una obra a ejecutarsepor administración indirecta deberá ser remitido ala Gerencia General Regional, quien la derivara ala Sub Gerencia de Estudios de la GerenciaRegional de Infraestructura para su revisión y paraque emita su pronunciamiento de “Conformidad”,de ser el caso. La Sub Gerencia de Estudios solopodrá emitir su pronunciamiento de conformidadsolo si se han subsanado todas y cada una de lasobservaciones efectuadas al expediente, el cualdebe contar con la viabilidad de un Programa deInversión Pública - PIP.

    •  Luego del pronunciamiento de “Conformidad”, eltitular del Pliego, emitirá la Resolución EjecutivaRegional, aprobando el expediente técnico de laobra publica a ser ejecutada por administraciónindirecta.

    La implementación de esta medida estará a cargodel área especializada, vale decir la Sub Gerenciade Estudios o Sub Gerencia de Proyectos, segúncorresponda.

    Las Especificaciones Técnicas.

    Es un conjunto de documentos que contienen ladescripción de las exigencias técnicas de las diversaspartes integrantes de la obra y de los procesosconstructivos. Son las reglas que definen lasprestaciones específicas de la obra, describe lostrabajos, el método de construcción, calidad de los

    materiales, métodos de medición, condiciones de pago.Se basa en descripciones propias del autor delexpediente técnico y también en normas internacionalesy nacionales.

    Cada una de las partidas debe contener susespecificaciones técnicas.

    Para cada obra en particular hay que preparar unconjunto de especificaciones técnicas.

    Las especificaciones técnicas junto con los planos sonlos documentos más importantes del expediente

    técnico. Normalmente prevalecen sobre los planos.

    Los Planos.

    Los planos son la representación gráfica del expedientetécnico; muestran las formas y el contenido de lasobras, así como sus detalles gráficos. Normalmente nomuestran procesos constructivos ni requerimientosnormativos

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    Metrados.

    Los metrados del expediente técnico deben estar

    sustentados por cada partida, con la planilla respectiva ycon los gráficos y/o croquis explicativo, si lo requiere.

    Los metrados son las cuantificaciones de las cantidadesde obra a realizar según partidas previamente definidas.

    d) Cuaderno de Obra:

    Toda obra contará en forma obligatoria con el Cuadernode Obra, el cual será aperturado en la misma fecha deentrega y recepción del terreno, y el que serádebidamente foliado. Así como sellado y visado entodas sus páginas originales y copias desglosables, porel Residente de Obra y el Inspector de Obra; durante laejecución de la Obra, debiendo permanecer en la Obra,hasta la culminación de la misma.

    En el cuaderno de obra, se hará constar, la fecha deinicio y término de los trabajos, las modificacionesautorizadas, los avances mensuales, los controlesdiarios de ingreso y salida de materiales y personal, lashoras de trabajo de los equipos, así como los problemasque vienen afectando el cumplimiento de loscronogramas establecidos y las constancias de lainspección de obra.

    En la parte de observaciones se colocarán lasactividades no consideradas en el expediente y que sehan efectuado para el logro de la meta.

    En el cuaderno de obra se anotarán los hechosrelevantes que ocurran durante la ejecución de esta,firmando al pie de cada anotación el inspector osupervisor o el residente, según sea el que efectuó laanotación. Las solicitudes que se realicen comoconsecuencia de las ocurrencias anotadas en elcuaderno de obra, se harán directamente a la Entidadpor el contratista o su representante, por medio de

    comunicación escrita.

    Las órdenes procedentes de la Gerencia deInfraestructura serán transmitidas al residente, porintermedio del inspector o supervisor, quien lasconsignara en el cuaderno de obra.

    El cuaderno de obra será cerrado por el inspector osupervisor cuando la obra haya sido recibidadefinitivamente por la Entidad.

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    e) Informes Mensuales.

    Los Informes y las Valorizaciones de la Obra Pública,serán mensuales, debiendo de contener los siguientesaspectos:

    - El Avance Físico de Obra, se elaborará según losmetrados programados en el expediente técnico ylos ejecutados durante el mes considerado lo cualconllevara al control del avance físico de acuerdo alCronograma de Ejecución Física de Obra. Elinforme debe ser elaborado por el Residente deObra en forma conjunta con el Inspector osupervisor de la Obra y sellado y firmado por ambosprofesionales.

    Los metrados de obra ejecutados serán formuladosy considerados para fines de control técnico yfinanciero de la obra. Esta información debehacerse de conocimiento de la entidad mediante losinformes mensuales.

    - La Valorización de Avance Financiero, seelaborará en base a los gastos realmente realizadosy de acuerdo con los materiales, equipos,maquinaria y mano de obra, utilizados segúnCalendario de Compromisos mensuales.

    Los informes mensuales de avance físico y devalorización del avance financiero, seránelaborados y remitidos dentro los primeros cinco(05) días del mes siguiente al que se informa, por el

    Residente de Obra con el Vº Bº del Inspector deObra a la Unidad Orgánica correspondiente, cuyoresponsable del órgano continuara con los tramitessubsiguientes.

    Los informes mensuales deben de contener:Generalidades (todas las características delproyecto), Antecedentes, Descripción del Proyecto,Metrados Programados y Ejecutados, Mano deObra utilizado en el Mes (debiendo estar deacuerdo al cuaderno de obra), MaterialesHerramientas y Maquinaria Utilizados (propia de laInstitución, apoyos y Alquiler), Avance Financiero

    global (Gasto mensual, acumulado y saldo porejecutar), Observaciones, Conclusiones yRecomendaciones que el Residente, enCoordinación con el Inspector considerennecesario.

    - Control de Calidad.

    Durante la ejecución de las obras se realizaránpruebas de control de calidad de los trabajos,

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    materiales, así como el funcionamiento de lasinstalaciones conforme a las especificacionestécnicas correspondientes.

    Los egresos que generen estas pruebas deberánestar contemplados dentro del costo directo de laobra y/o proyecto por ejecutar.

    5.2.5. Presupuesto Adicional de Obra.

    Es el mayor costo originado por la ejecución de trabajoscomplementarios y/o mayores metrados no considerados en lasbases de licitación o en el contrato respectivo. Las obrasadicionales sólo deben responder a mayores metrados opartidas nuevas no consideradas en el expediente original; decuya ejecución depende el logro de la meta total.

    Los presupuestos adicionales de obra serán generados yformulados bajo las siguientes condiciones:

    Condiciones Generales para la Aprobación dePresupuestos Adicionales.

    Prestación adicional de obra que no cuenta con presupuestosdeductivos vinculantes.

    a) Mediante acto resolutivo se aprobará la prestaciónadicional de obra, emitida por el Titular de la Entidad opor acuerdo de directorio en el caso de empresas, en laque se consigne la causa que dio lugar al mismo y laspartidas presupuestales genéricas y específicas a lascuales se afectará el gasto de las valorizaciones que

    resulten del presupuesto adicional.

    b) Informe o documento oficial de certificación de créditopresupuestario asignado para el pago del presupuestoadicional de obra solicitado, el cual deberá contener almenos, el Informe de crédito presupuestariocorrespondiente al ejercicio fiscal en ejecución emitidopor la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces, laresolución de aprobación y anexos del presupuesto de laentidad en la cual se muestre el presupuesto aprobadopara la obra; reporte del marco inicial de gastos ymodificaciones en nuevos soles del módulo SistemaIntegrado de Administración Financiera - SIAF de la obra;

    reporte comparativo de ejecución de gasto y del marco ennuevos soles del módulo SIAF de la obra, el cuadro quemuestre los montos pagados y pendientes del contrato dela obra, indicando las fechas de su ejecución, odocumentos equivalentes a la naturaleza de la entidad.

    c) Informe legal emitido por la Oficina de Asesoría Legal dela Entidad que contenga el análisis y pronunciamientosobre la causal generadora de la prestación adicional deobra, así como a los sistemas de contratación y

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    modalidades de ejecución contractuales previstos en elDecreto Legislativo Nº 1017 – Ley de Contrataciones delEstado y su Reglamento aprobado mediante DecretoSupremo Nº 184-2008-EF y normas complementarias. 

    d) Informe técnico emitido por el inspector o supervisor deobra, según sea el caso, y el funcionario competente dela Entidad a cargo de la gestión del contrato de obra, que

    sustente cada una de las partidas o ítems que conformanel presupuesto adicional, en lo que respecta a: origen,descripción de los trabajos, justificación y sustentotécnico, y cuadro comparativo que precise lascondiciones contractuales y las presentadas en laejecución de la obra.

    e) Expediente del proceso de contratación que contengacuando menos las bases integradas del proceso decontratación; las consultas, la absolución de consultas,las aclaraciones, las observaciones y otros documentosque representen condiciones para la formulación de laoferta de los participantes en el proceso de selección;expediente técnico (memoria descriptiva,especificaciones técnicas, estudio de suelos, geológicoso de impacto ambiental, que incluyan: resultados,interpretación, conclusiones y recomendaciones osoluciones, planos de ejecución de obra, presupuesto deobra, metrados, análisis de precios unitarios, fórmulas dereajuste de precios, cronograma de ejecución de obra).

    f) Copia del contrato de ejecución de obra, que incluyaanexos y adendas, según sea el caso.

    g) Presupuesto de obra contratado; cuadro desagregado de

    los porcentajes de gastos generales fijos y variablesofertados, de ser el caso; análisis de precios unitarios quesustenta el monto del contrato y cronograma de ejecuciónde obra contractual.

    h) Presupuesto adicional de obra detallado, elaboradoacorde al sistema de contratación (precios unitarios,suma alzada o esquema mixto).

    i) Desagregado de los rubros que componen los gastosgenerales fijos y variables del presupuesto adicional deobra.

     j) Acta de acuerdo de precios de las partidas nuevas,adjuntando: análisis de precios unitarios; rendimientos(mano de obra y maquinarias), cuadrilla de mano de obray cotizaciones de insumos nuevos (mínimo 3).

    k) Copia de los folios del cuaderno de obra, donde seevidencie el origen, necesidad y ocurrencias de lostrabajos que generó la prestación adicional.

    l) Especificaciones técnicas de las partidas nuevas.

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     m) Planos de ejecución de obra y croquis de trabajos

    solicitados.

    n) Planillas de metrados de los trabajos solicitados,referenciadas a los planos, sin considerar deductivos.

    Los cálculos de metrados (área, volumen, etc.) debenefectuarse preferentemente empleando el softwareespecializado (Autocad, Excel, etc.) que permita verificarlos metrados solicitados, para tal efecto se debe remitirlos archivos informáticos correspondientes.

    o) Programa de ejecución de obra valorizado y actualizadopor partidas que incluya todas las variacionescontractuales (adicionales y deductivos).

    p) Fórmula de reajuste de precios del presupuesto adicionalde obra en trámite.

    q) Opinión favorable del proyectista sobre lasmodificaciones de su proyecto.

    r) Declaratoria de viabilidad del proyecto de inversiónpública, y verificación de la viabilidad del Programa deInversión Pública - PIP emitidas por el órganocompetente conforme el Sistema Nacional de InversiónPública ó documento emitido por el órgano resolutivorespecto de la decisión adoptada de continuación o nodel PIP; la información deberá incluir el Código SNIP delPIP, el análisis del incremento del monto de inversión -incluido el presupuesto adicional en trámite- según

    corresponda.

    Dicha documentación debe acompañarse de los mediosinformáticos que contengan la información que sustentala prestación adicional y su correspondiente presupuestoadicional; la referida información deberá presentarse conel detalle suficiente que permita su verificación.

    Prestación Adicional de Obra que Considera PresupuestosDeductivos Vinculantes.

    En el caso de una prestación adicional que considerapresupuestos deductivos vinculados a éste, además de lo

    requerido en el caso precedente, deberá acompañarse lossiguientes documentos:

    a) Resolución aprobatoria del (de los) presupuesto(s)deductivo(s) respectivo(s).

    b) Presupuesto(s) deductivo(s) correspondiente(s), detalladocon sus respectivas planillas de metrados.

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    c) Copia de los folios del cuaderno de obra donde seevidencie el origen y ocurrencia de las obras sustituidas,materia del (de los) presupuesto(s) deductivo(s).

    d) Informe técnico emitido por el inspector o supervisor deobra, según sea el caso, y el funcionario competente de laentidad incidiendo en la sustentación del origen de cada

    una de las partidas o ítems que conforman el(los)presupuesto(s) deductivo(s).

    En los Contratos de Obra a Precios Unitarios:

    El presupuesto adicional que involucra partidas contractuales,en este sistema de contratación, se determina por diferenciaentre los metrados totales necesarios para cumplir con la metaprevista y los metrados contratados.

    En los presupuestos adicionales que involucren partidascontractuales, debe sustentarse el metrado total de cadapartida con la planilla respectiva adjuntando el sustento técnicodel caso.

    Independientemente de la determinación de la causal quegenere el presupuesto adicional es necesario que los mayoresmetrados y partidas nuevas tengan el sustento respectivo.

    Los metrados constituyen la base para determinar el importedel presupuesto adicional, siendo por lo tanto imprescindiblesustentar el metrado total de cada partida con la informaciónpertinente.

    La planilla de metrados deberá ir acompañada de los croquis o

    diagramas que permitan su identificación, así como las hojas decálculo que corresponda, para una mayor explicación.

    Los presupuestos adicionales de obra serán formulados con losprecios unitarios del contrato y/o precios pactados y los gastosgenerales fijos y variables propios del adicional para lo cualdeberá realizarse el análisis correspondiente teniendo comobase o referencia los análisis de los gastos generales delpresupuesto original contratado. Asimismo, debe incluirse lautilidad del presupuesto ofertado y el Impuesto General a lasVentas correspondiente

    En los Contratos de Obra a Suma Alzada.

    Puede generarse un presupuesto adicional, solamente cuandose presenten modificaciones en los planos y especificacionestécnicas de la obra, debiendo demostrarse fehacientementehaberse producido esta situación, así como acreditar que talesmodificaciones generan mayores costos a los pactados para laobra.

    El presupuesto adicional debe ser necesario para cumplir con lameta prevista.

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     Corresponde al inspector de la obra demostrar, objetivamente,la modificación introducida en los planos y/o especificacionestécnicas, señalando así mismo las razones de talesmodificaciones.

    Los presupuestos adicionales de obra serán formulados con los

    precios del presupuesto referencial ajustados por el factor derelación y/o los precios pactados, con los gastos generales fijosy variables del valor referencial multiplicado por el factor derelación. Asimismo, debe incluirse la utilidad del valorreferencial multiplicado por el factor de relación y el ImpuestoGeneral a las Ventas correspondiente.

    Contratos de Obra Bajo el Esquema Mixto de Suma Alzaday Precios Unitarios.

    Los presupuestos adicionales de obra serán formulados enforma independiente, acorde al sistema de contratación decada uno de los componentes.

    El Informe Final.

    El Residente de Obra debe de elaborar el Informe Final una vezconcluida o que la obra esté lista para su funcionamiento,asentando en el cuaderno de obra la culminación de la misma yproceder a elaborar el informe final respectivo, debiendo deadjuntar dentro del Informe lo siguiente:

    Generalidades, Antecedentes, Descripción del Proyecto,Metrados Finales de Obra, Saldos de Materiales yHerramientas, Evaluación Técnica, Observaciones,

    Conclusiones y Recomendaciones.

    5.2.6. Liquidación de Obra:

    El contratista presentará la liquidación debidamente sustentadacon la documentación y cálculos detallados, dentro del plazoestipulado por la normativa vigente.

    La liquidación quedará consentida cuando, practicada por unade las partes, no sea observada por la otra dentro del plazoestablecido.

    Si el contratista no presenta la liquidación en el plazo previsto,

    su elaboración será responsabilidad exclusiva de la Entidad enidéntico plazo, siendo los gastos de cargo del contratista.

    En el caso de que una de las partes no acoja las observacionesformuladas por la otra, aquélla deberá manifestarlo por escritodentro del plazo previsto en el párrafo anterior.

    En el caso de obras contratadas bajo el sistema de preciosunitarios, la liquidación final se practicará con los preciosunitarios, gastos generales y utilidad ofertados; mientras que en

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    las obras contratadas bajo el sistema a suma alzada laliquidación se practicará con los precios, gastos generales yutilidad del valor referencial, afectados por el factor de relación.

    Luego de haber quedado consentida la liquidación y efectuadoel pago que corresponda, culmina definitivamente el contrato yse cierra el expediente respectivo.

    Toda reclamación o controversia derivada del contrato,inclusive por defectos o vicios ocultos, se resolverá medianteconciliación y/o arbitraje  en los plazos previstos para cadacaso.

    Con la liquidación, el contratista entregará a la Entidad losplanos post construcción y la minuta de declaratoria de fábricao la memoria descriptiva valorizada, según sea el caso,obligación cuyo cumplimiento será condición para el pago delmonto de la liquidación a favor del contratista.

    Debe Contener la Siguiente Documentación:

    •  Resumen de liquidación de obra.

    •  Calculo de reajustes finales.•  Resumen de deducciones.

    •  Resumen de adelantos otorgados.

    •  Multa por atrazo de obra.

    •  Resumen de valorizaciones tramitadas.•  Formulas polinomicas.

    •  Memoria descriptiva valorizada/Minuta de Declaratoria defabrica.

    •  Copia de comprobantes de pago.

    •  Copia de cartas fianzas.•  Constancia de no adeudos ESSALUD.•  Contrato de ejecución de obra.

    •  Resoluciones adicionales y deductivos.

    •  Resoluciones ampliaciones de plazo.

    •  Acta de entrega de terreno.

    •  Acta de recepción de obra.

    •  Valorizaciones presentadas.•  Cuaderno de obra.

    •  Planos de Pos Construcción.

    •  Fotografías.

    •  Resolución de aprobación de Expediente Técnico.

    •  Controles de calidad, Protocolos de pruebas.

    5.2.7 Recepción de Obra.

    En la fecha de la culminación de la obra, el residente anotarátal hecho en el cuaderno de obras y solicitará la recepción de lamisma. El inspector o supervisor, en informará, tal hecho, a laEntidad, ratificando o no lo indicado por el residente.

    La Entidad procederá a designar un comité de recepción, elcual estará integrado, cuando menos, por un representante de

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    la Entidad, necesariamente ingeniero o arquitecto, segúncorresponda a la naturaleza de los trabajos, y por el inspector osupervisor.

    El Comité de Recepción, junto con el contratista, procederá averificar el fiel cumplimiento de lo establecido en los planos yespecificaciones técnicas y efectuará las pruebas que sean

    necesarias para comprobar el funcionamiento de lasinstalaciones y equipos.

    Culminada la verificación, y de no existir observaciones, seprocederá a la recepción de la obra, teniéndose por concluidala misma, en la fecha indicada por el contratista.

    El Acta de Recepción deberá ser suscrita por los miembros delcomité y el contratista.

    De existir observaciones, éstas se consignarán en un Acta oPliego de Observaciones y no se recibirá la obra.

    A partir del día siguiente, el contratista procederá a subsanarlas observaciones, Las obras que se ejecuten comoconsecuencia de las observaciones, descritas en el párrafoprecedente, no darán derecho al pago de ningún concepto afavor del contratista ni a la aplicación de penalidad alguna.

    El proceso de recepción de obra, descrito, se efectuara dentrode los plazos consignados en la normativa vigente.

    5.2.8. Contabilización y Baja de Bienes.

    Aprobada la liquidación técnica y financiera mediante

    resolución firmada por la máxima autoridad, la administracióndispondrá que el área contable proceda a contabilizar la obraterminada en su cuenta, a efecto de que en los estadosfinancieros, el saldo de la cuenta construcciones en curso searebajada y el costo de la obra este reflejado en la cuenta deInfraestructura publica teniendo como sustento la resoluciónantes mencionada.

    5.2.9. Acta de Transferencia de Obra.

    Posteriormente a la liquidación, se procederá a la entrega de laobra a la entidad respectiva o unidad orgánica especializada, lacual se encargara de su operación y mantenimiento,

    asegurando el adecuado funcionamiento de las instalaciones.

    Para tal fin será necesario alcanzar toda la documentacióntécnica y financiera (expediente técnico, informe de liquidacióntécnica y financiera y resolución de aprobación, de ser así, laadministración dispondrá que el área contable de de baja desus registros contables la obra materia de transferencia,teniendo como documento sustentatorio la resolución deaprobación de la liquidación técnica y financiera y el acta detransferencia suscrita por los funcionarios designados por

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    ambas entidades y procediéndose a contabilizar en la entidadreceptora en su cuenta correspondiente

    VI.- RESPONSABILIDAD.

    El titular del Pliego a través de las Unidades Ejecutoras, Direcciones

    Regionales Sectoriales, Unidades Operativas que conforman el Pliego 462:Gobierno Regional del Departamento de Ucayali, son responsables de hacercumplir la presente Directiva, a través de las dependencias y el personalinvolucrado.

    VII.- DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES. 

    Primera.- Otras acciones que no se contempla en la presente Directiva, seránresueltas por las instancias que correspondan.

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    GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI 

     ANEXO Nº 01

     ACTA DE ENTREGA DE TERRENO 

    En la Provincia de………………………., Distrito…………… siendo, las ……..,horas del día……………………, del año………… , se constituyeron al lugar dela Obra: …………………………………………………………, en representacióndel GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI, el GERENTE REGIONAL DEINFRAESTRUCTURA, el SUB GERENTE DE OBRAS, el INSPECTOR DEOBRA, y de la otra parte, en representación del integrado por las empresas:

    RUC Nº……………………….. , con domicilio legal en…………………………....

    de la ciudad………………………….. , el señor…………………………………...,REPRESENTANTE LEGAL, con la finalidad de efectuar la ENTREGA DETERRENO, para la ejecución de la Obra:………………………………………….en atención al Contrato de Ejecución de Obra Nº…………………..suscrito el ………………………………………. y la Addenda Nº…………………del………… de del , correspondiente a la …………………….....y en cumplimiento a lo establecido en el Art. Nº 184º Ley de Contratacionesdel Estado (Decreto Legislativo Nº 1017) y su Reglamento (Decreto SupremoNº 184- 2008-EF) y de la Cláusula Novena del Contrato de Ejecución de ObraNº 0562-2009-GRU-P.

    Después de haber cumplido con la verificación del terreno, delimitado el áreade trabajo y no habiendo observación alguna, se procedió a suscribir el ACTA 

    en señal de conformidad.

    POR LA ENTIDAD:

    ------------------------------------------------------------ ----------------------------------------------

    GERENTE REGIONAL DE INFRAESTRUCTURA SUB GERENTE DE OBRASGOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

    ----------------------------------------------------------------------  

    INSPECTOR / SUPERVISOR DE OBRAGOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

    POR EL CONSORCIO:

    --------------------------------------------

    REPRESENTANTE LEGALCONSORCIO

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    GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

    ANEXO Nº 02

    ACTA DE RECEPCION DE OBRA

    GENERALIDADES:

    Nombre de La Obra: ………………………………………………………...........................

    Contrato de Ejecución de Obra: …………………………………………………….............

    Adjudicación de menor cuantía: ……………………………………………………………..

    Contratista: ……………………………………………………………………………………..

    Modalidad de Ejecución: ……………………………………………………………………...

    Monto Presupuesto Contratado de Obra: …………………………………………………..

    Plazo de Ejecución de Obra: ………………………………………………………………..

    Residente de Obra: ……………………………………………………………………………

    Inspector de Obra: …………………………………………………………………………….

    Situación de la Obra …………………………………………………………………………. 

    En la Provincia..…………………………. Distrito de ……………, siendo las ………….Horas, del día……..….…………, del año………….………., se constituyeron al lugarde Obra; ………………………………………………………………………………………...Metas:

    El Comité de Recepción, designado mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº ……de fecha …………., e integrado por – MIEMBRO, ………………………………………... – MIEMBRO, …………………………………………………………………………………...

    MIEMBRO; en representación del CONSORCIO, las siguientes empresas:

    RUC Nº ……………………………., con domicilio Legal en ………………………………el señor ………………………………………………..REPRESENTANTE LEGAL y el,Residente de Obra, con la finalidad de recepcionar la Obra: ……………………………en atención al contrato de Ejecución de Obra Nº ………….., suscrito el ……………...y en cumplimiento a la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por DecretoLegislativo Nº 1017 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-

    EF.

    Luego de la Inspección correspondiente, se verificó que las partidas ejecutadas,están de acuerdo a los documentos técnicos del proyecto (planos, especificacionesTécnicas, Memoria Descriptiva, Presupuesto) y modificaciones autorizadas por laEntidad, salvo vicios ocultos, procediéndose a firmar el Acta de Recepción, en señalde conformidad.

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    GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI

    ANEXO Nº 02

    ACTA DE RECEPCION DE OBRA

    POR PARTE DEL GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI:

    ................................................................... .............................................................ING. CIP ING. CIP

    MIEMBRO MIEMBRO

    ..........................................................................ING. CIP

    INSPECTOR / SUPERVISOR

    POR PARTE DEL CONTRATISTA:

    ................................................................... .............................................................ING. CIP ING. CIP

    REPRESENTANTE LEGAL RESIDENTE DE LA OBRACONSORCIO