nuevo derecho quiebra, concursal resumido

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DERECHO CONCURSAL ASPECTOS GENERALES DE LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES T utelas frente al incumplimiento e las o!li"aciones#$ El concepto moderno de obligación, más que un vínculo entre dos partes, es una relación directa entre los patrimonios del deudor y acreedor. Si el deudor no cumple la prestación, es su patrimonio el que responde por él y el acreedor ejercita sobre ese patrimonio, el derecho de prenda general. Derec%o e Prena General  (art !"# $$%.& 'acultad del acreedor de eigir la venta de todos los bienes del deudor. El acreedor busca que se cumpla la obligación convenida en naturale)a, pero en el evento de que no se cumpla, puede hacer uso de los siguientes derechos* a& E'cepci(n e Contrato No Cumplio#$  +a parte que opone la ecepción que da sustraído leg ítimamente al deber de cumpli r su obl iga ción, de la ejecución or)ada, de la compensación y a los intereses moratorios. -rt. ## $$.* /En los contratos bilaterales ninguno de los contratantes está en mora dejando de cumplir lo pactado, mientras el otro no lo cumple por su parte, o no se allana a cumplirlo en la orma y tiempo debidos0. !& E)ecuci(n *or+aa#$ Es un modo directo de obtener el incumplimiento por naturale)a, mediante un procedimiento compulsivo. Si no se puede obtener el cumplimiento por naturale)a procede la acción de indemni)ación de 1erjuicios que busca el cu mp limiento por equivalencia y se ej er ce solo cuando no procede el cumplimiento en naturale)a. c& Derec%os Au'iliares.& 1ermiten al acreedor mantener intacto el patrimonio del deudor, para que pueda ejercer su derecho de prenda general. Estas son, las medidas conservativas, acción oblicua o subrogatoria, acción pauliana o revocatoria y el bene2cio de separación de patrimonios. 1ara la de ensa de los der echos per sonales e isten tut elas individuales y colectivas. +as primeras protegen la acreencia individual y las segundas tutelan las relaciones jurídicopatrimoniales consideradas como un proceso económico, regulando la totalidad de los derechos personales vinculados con el patrimonio en crisis. Defensas o T utelas Pre,enti,as#$ Son lo medios que pr ecaven el e ectivo cumplimiento o aseguran con antelación su e2cacia. a% 3erechos auiliares del acreedor

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DERECHO CONCURSAL

ASPECTOS GENERALES DE LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES

Tutelas frente al incumplimiento e las o!li"aciones#$

El concepto moderno de obligación, más que un vínculo entre dos partes, esuna relación directa entre los patrimonios del deudor y acreedor. Si el deudorno cumple la prestación, es su patrimonio el que responde por él y el acreedorejercita sobre ese patrimonio, el derecho de prenda general.

Derec%o e Prena General (art !"# $$%.& 'acultad del acreedor de eigirla venta de todos los bienes del deudor.

El acreedor busca que se cumpla la obligación convenida en naturale)a, peroen el evento de que no se cumpla, puede hacer uso de los siguientes derechos*

a& E'cepci(n e Contrato No Cumplio#$ +a parte que opone la ecepciónqueda sustraído legítimamente al deber de cumplir su obligación, de laejecución or)ada, de la compensación y a los intereses moratorios. -rt. ##$$.* /En los contratos bilaterales ninguno de los contratantes está en moradejando de cumplir lo pactado, mientras el otro no lo cumple por su parte, o nose allana a cumplirlo en la orma y tiempo debidos0.

!& E)ecuci(n *or+aa#$ Es un modo directo de obtener el incumplimiento pornaturale)a, mediante un procedimiento compulsivo. Si no se puede obtener elcumplimiento por naturale)a procede la acción de indemni)ación de 1erjuiciosque busca el cumplimiento por equivalencia y se ejerce solo cuando no

procede el cumplimiento en naturale)a.

c& Derec%os Au'iliares.& 1ermiten al acreedor mantener intacto el patrimoniodel deudor, para que pueda ejercer su derecho de prenda general. Estas son,las medidas conservativas, acción oblicua o subrogatoria, acción pauliana orevocatoria y el bene2cio de separación de patrimonios.

1ara la deensa de los derechos personales eisten tutelas individuales ycolectivas. +as primeras protegen la acreencia individual y las segundas tutelanlas relaciones jurídicopatrimoniales consideradas como un proceso económico,regulando la totalidad de los derechos personales vinculados con el patrimonio

en crisis.Defensas o Tutelas Pre,enti,as#$

Son lo medios que precaven el eectivo cumplimiento o aseguran conantelación su e2cacia.

a% 3erechos auiliares del acreedor

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b% 4arantías reales (prenda, hipoteca%

c% 4arantías personales (2an)a, aval%

d% 1relaciones de crédito

3eensas o 5utelas 6eparativas.& 7uscan remediar el mal causado por lasituación antijurídica.

 a% $umplimiento or)ado

b% 6esolución de contrato

c% 8ndemni)ación de perjuicios (cumplimiento por equivalencia%

d% 8ndemni)ación moratoria de perjuicios

La e)ecuci(n ini,iual- la regula el derecho com9n y no considera el interésdel acreedor a ser pagado como cuestión de orden general. 1or tanto, se vebien que el pago de su crédito, dependa de su diligencia, prontitud y decisión,a menos que act9e con raude.

La e)ecuci(n colecti,a- por el contrario, propia de la ley mercantil, consideralos intereses del acreedor, deudor y la comunidad toda. El empresario que nocumple oportunamente, ha usado el crédito, privando a otros que pudieronhacer uso de él, ocasionando consecuencias al acreedor, que a su ve), esdeudor de otras empresas o personas

Concepto e Derec%o Concursal o Derec%o e los ProceimientosConcursales#$

/$onjunto de normas que regula la insolvencia, velando por el tratamientoigualitario de los acreedores, por los legítimos derechos y por los intereses dela comunidad, a través de su triple contenido, sustantivo, procesal y penal0

PRINCIPIOS DOCTRINARIOS DEL DERECHO CONCURSAL

Se distinguen los principios clásicos y los modernos sobre procedimientosconcursales y se estudiará como in:uyen a la legislación nacional vigente.

I# PRINCIPIOS CL.SICOS

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-.& ;1ar condictio creditorum<.& 7usca lograr el cumplimiento armónico delcrédito en orma igualitaria para los acreedores.

Está consagrado en nuestra legislación principalmente en los eectos de la6esolución de +iquidación.

.& Suspensión del derecho de los acreedores de reali)ar ejecucionesindividuales al deudor (art. =#%.

.& Eigibilidad anticipada de las obligaciones dinerarias a pla)o.

=.& 1rohibición de disponer de los bienes comprendidos en el desasimiento y depagar a cualquier acreedor en perjuicio de los demás.

!.& -cciones de 6evocabilidad >bjetiva y Subjetiva (arts ?@ y ??%.&

#.& 1rohibición de $ompensar 3eudas y -creencias con el 3eudor (art. !A%.

".& 'ijación de derechos de acreedores (art. =!%

/#$ Principio e la Protecci(n Aecuaa el Cr0ito

8nstituciones que la consagran*

 &1ago con cesión de bienes (art. "! $$%

&1ago por consignación

&1ago con subrogación

&-cciones ejecutivas individuales

&4arantías reales y personales

&1relación de $réditos

&-cciones 6evocatorias

&1rocedimientos concursales preventivos y de liquidación

II# PRINCIPIOS MODERNOS

A# +a $onservación de la Empresa$onsagración legislativa.&.& 1rocedimiento concursal de reorgani)ación judicial (arts. #! ysiguientes%..& -cuerdo de reorgani)ación etrajudicial o simpli2cado (art. A y ss%.

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=.& Benta de activo como unidad económica (arts. @ y ss%.!.& $ontinuación de las actividades económicas de la empresa (art. =A yss%

/# Principio e Aumento e Poer e los 1r"anos Aministrati,os 2 3urisiccionales en los Proceimientos Concursales#

C#$ Principio e la Tutela e la Relaci(n La!oral

.& 1ago preerente a los acreedores laborales, tanto en los procedimientos dereorgani)ación como de liquidación.

.& $ontinuidad de las actividades económicas del deudor.

=.& 1ermanencia de los vínculos laborales en cado de enajenación de laempresa.

!.& 1ago preerente de los créditos de las instituciones previsionales.

3ierencia 8ncumplimiento y $esación de 1agos.

 8ncumplimiento.& El deudor no ejecuta una prestación eigible. 6equiere unainracción a lo convenido de una obligación vigente y que además sea pura ysimple, o que se haya cumplido las modalidades si estaba sujeta a ellas.

$esación de 1agos.& 8mporta un estado patrimonial del deudor quecom9nmente, pero no necesariamente, provoca incumplimiento y, a al inversa,los incumplimientos no implican la eistencia de dicha situación generali)ada ypermanente de pagar.

LA ACCI1N PARA IMPETRAR DE LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES#$

/Es aquel medio procesal que permite iniciar el procedimiento concursal de quese trata, respecto de la empresa o persona deudora, que ha con2gurado elestado de cesación de pagos (o incumplimiento, dependiendo de la teoría%,

como causa que habilita su aplicación0.

EL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE REORGANI4ACI1N

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$oncepto.& /Es un procedimiento judicial, que tiene por 2nalidad lareestructuración de los pasivos y activos de la Empresa 3eudora, cuando éstaes viable0.

-cuerdo de 6eorgani)ación.& Es un contrato colectivo y solemne de transacciónmediante el cual el deudor y el conjunto de acreedores resuelven la insolvenciade aquél evitando un procedimiento concursal de liquidación, y cuyos derechosy obligaciones son oponibles a todos los acreedores, salvo las ecepcioneslegales

Generaliaes#$

En el convenio del sistema anterior constituía un 9nico acto procesal, hoy encambio, son dos* la solicitud de inicio del procedimiento, que de ser eitosa setraduce en la denominada resolución de reorgani)ación regulada en el art. #@,y la propuesta de acuerdo de reorgani)ación que ha de ser presentada por eldeudor, por intermedio del veedor, a más tardar A días antes de la echaasignada a la junta llamada a votar la propuesta de acuerdo (art. #@ CD !%.

SOLICITUD DE INICIO DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DEREORGANI4ACI1N

n 1rocedimiento $oncursal de 6eorgani)ación (1$6% de la Empresa 3eudorase inicia voluntariamente por la solicitud de inicio del 1$6 ante el tribunalcompetente, mediante la presentación de un escrito judicial. Esteprocedimiento aplica solo a la Empresa 3eudora que de2ne el art. D CD = de

la +ey CD A.@A como toda persona jurídica privada, con o sin 2nes de lucro, ytoda persona natural contribuyente de primera categoría o del n9mero % delartículo ! del la +ey sobre 8mpuesto a la 6enta. 1ara el caso de la personadeudora, su símil es el procedimiento concursal de renegociación, el cual sesustancia ante la Superintendencia.

En consecuencia- son Empresas Deuoras5

. +as personas jurídicas de derecho privado, con o sin 2nes de lucro.

. +as personas naturales contribuyentes de 1rimera $ategoría.

=. +as personas naturales que practican el ejercicio libre de la proesión(contribuyentes del artículo ! CF de la +ey sobre 8mpuesto a la 6enta.

 5ramitación.&

D El 16$ se inicia mediante solicitud de la empresa deudora ante el tribunalcorrespondiente a su domicilio.

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D +a empresa deudora debe presentar luego ante la Superintendencia unacopia (con cargo del tribunal o $orte% de la solicitud.

=D 3ebe también acompaGar a la Superintendencia un certi2cado emitido porun auditor independiente del deudor, que esté inscrito en el 6egistro de-uditores Eternos de la Superintendencia de Balores y Seguros, el cual deberácontener un estado de deudas (pasivo% donde se individualice*

a% - los acreedores (nombre, correo electrónico, domicilio%

b% Caturale)a de los respectivos títulos y sus montos

c% 1orcentaje que cada acreedor representa del total del pasivo

d% Combre de los tres mayores acreedores (ecluyendo a las personasrelacionadas con el deudor%. Esta inormación permite a la Superintendenciallevar a cabo el procedimiento de nombramiento del veedor titular y suplente.

!D 1rocedimiento de nominación de Beedores titular y suplente del artículo .En base a la inormación anterior, la Superintendencia noti2ca a los tresmayores acreedores del deudor y cada uno de estos acreedores propondrá unveedor titular y suplente de la Cómina de Beedores.

#D -ceptado el nombramiento por parte de los veedores, la Superintendenciaremite al tribunal el /certi2cado de nominación0.

"D 6emitido por la Superintendencia al tribunal competente el $erti2cado deCominación correspondiente, paralelamente el 3eudor deberá acompaGar losdocumentos que seGala el art. #" para que el tribunal pueda dictar laresolución de apertura del procedimiento de reorgani)ación, incluyendo*

% 6elación de todos sus bienes, con epresión de su aval9o comercial, dellugar en que se encuentren y de los gravámenes que los aecten. 3ebeseGalar, además, cuáles de estos bienes tienen la calidad de esenciales para elgiro de la Empresa 3eudoraH

% 6elación de todos aquellos bienes de terceros constituidos en garantía enavor del 3eudor. Se debe seGalar, además, cuáles de estos bienes tienen lacalidad de esenciales para el giro de la Empresa 3eudora. Esta eigencia queno se entiende porque nada tienen que ver las garantías reales con los bienesnecesarios para el giro.H

=% 6elación de todos aquellos bienes que se encuentren en poder del 3eudoren una calidad distinta a la de dueGo. -quí se incluyen las licencias,arrendamientos, leasing, etcH

!% El certi2cado de deudas emitido por un auditor independiente al 3eudor(-rt. ##%, inscrito en el 6egistro de -uditores Eternos de la Superintendencia

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de Balores y Seguros, para la determinación del pasivo aecto a los -cuerdosde 6eorgani)ación Iudicial. El pasivo que se estable)ca en este certi2cado debeconsiderar el estado de deudas del 3eudor, con una echa de cierre no superiora !# días anteriores a la presentación, con indicación epresa de los créditosque se encuentren garanti)ados con prenda o hipoteca y el aval9o comercial

de los bienes sobre los que recaen las garantías.

#% 1or 9ltimo, si el 3eudor lleva contabilidad completa, debe presentar elbalance correspondiente a su 9ltimo ejercicio y un balance provisorio quecontenga la inormación 2nanciera y contable, con una echa de cierre nosuperior a !# días anteriores a la presentación. &Si se trata de una persona

 jurídica, todos los documentos deben estar 2rmados por sus representanteslegales. 6esolución de 6eorgani)ación.& -compaGados los antecedentes del art.#", el 5ribunal, dentro del quinto día, dicta la 6esolución de 6eorgani)ación quedebe contener*

a% 3esignación de veedor titular y suplenteb% 1rotección 2nanciera concursal.

c% +imitaciones al deudor durante la protección 2nanciera concursal.

d% >rden al Beedor de publicar las propuestas presentadas por el 3eudor (Adías antes de la Iunta%.

e% 'echa, lugar y hora de la Iunta de -creedores.

% >rden de acreditar personerías dentro de # días desde la noti2cación.

g% >rden al veedor de inscribir en el $76 la resolución (en los $76 donde seencuentren inscritos los inmuebles%.

h% >rden al veedor de emitir inorme de la propuesta presentada por el deudor.

i% $itación a la audiencia de determinación de honorarios del veedor (deudor ylos = mayores acreedores con domicilio en $hile%. Se discuten en base apropuesta del veedor, y, a alta de acuerdo, son 2jados por tribunal.

 j% >rden al 3eudor para que proporcione al veedor copia de los antecedentespresentados al tribunal.

E*ECTOS 6 CONTENIDO DE LA RESOLUCI1N DE REORGANI4ACI1N 7ART#89&#$

Si se presenta la propuesta, el 5ribunal designa a los veedores titular y suplentey acto seguido dispone que la empresa deudora, durante el pla)o de =A días,

@

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prorrogables de conormidad al art. #?, goce de una protección 2nancieraconcursal, de2nida en el art. D CD = como* /=% 1rotección 'inanciera$oncursal* -quel período que esta ley otorga al 3eudor que se somete al1rocedimiento $oncursal de 6eorgani)ación, durante el cual no podrásolicitarse ni declararse su liquidación, ni podrán iniciarse en su contra juicios

ejecutivos, ejecuciones de cualquier clase o restituciones en los juicios dearrendamiento. 3icho período será el comprendido entre la noti2cación de la6esolución de 6eorgani)ación y el -cuerdo de 6eorgani)ación Iudicial, o elpla)o 2jado por la ley si este 9ltimo no se acuerda0.

PROTECCI1N *INANCIERA CONCURSAL#$

$on la nueva ley CD A.@%, el eecto de protección concursal surte de la meraadmisibilidad de la solicitud de apertura, sin consulta alguna a los acreedores.+a protección es en contra de medidas de agresión al patrimonio del deudor,sea por acciones ejecutivas individuales o colectivas o medidas de apremio oreali)ación de bienes y en general acciones que embaracen la posibilidad dereorgani)ar la empresa deudora. Sus eectos son análogos al del anterior art.@@ bis de la +ey CD ?.@#, pero con el gran aGadido de que durante eseperíodo, los proveedores de bienes y servicios, pueden ser bene2ciados poruna preerencia legal de pago por los créditos que anticipen durante suvigencia.

O!)eti,o#$

>rece una protección legal (sin necesidad de acuerdo% de =A días, hasta laecha de la Iunta de -creedores, a eectos de*

D Evitar la obstrucción de la negociación, impidiendo el inicio o la continuaciónde acciones ejecutivas singulares o colectivas.

D Evitar la terminación de contratos o la eclusión de registros p9blicos decontratistas por el solo hecho de haber iniciado esta clase de procedimientos, a2n de permitir la continuación de los negocios.

=D 1rivilegiar la continuidad de suministro y la obtención de nuevos recursospara el 2nanciamiento de la empresa.

1la)o de 1rotección 'inanciera $oncursal.&

3ura =A días contados desde la noti2cación en el 7oletín $oncursal de laresolución de reorgani)ación. 1rórroga.& 1uede ser prorrogado por =A días si eldeudor lo solicita con el apoyo del =AJ del pasivo no relacionado y por =A díasmás con el #AJ del pasivo no relacionado. 5ambién puede pedir directamenteprórroga de "A días con el #AJ del pasivo.

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Efectos e la Protecci(n *inanciera Concursal#$

A#$ Suspensi(n e Acciones#$

a% Co pueden declararse ni iniciarse en contra del 3eudor un 1rocedimiento$oncursal de +iquidación, ni iniciarse en su contra juicios ejecutivos,ejecuciones de cualquier clase o restituciones en juicios de arrendamiento.

Ecepción.& Se trate de juicios sobre obligaciones que se trate de preerenciasde primera clase, pues en ese caso no se suspenden las medidas de apremio amenos que los trabajadores sean su cónyuge o parientes, o se trate de losgerentes o administradores con poder general de administración.

1rescripción.& $omo contrapartida a esta suspensión de acciones, la leypreviene que se suspenden también los pla)os de prescripción etintiva (art.

#@ CD letra b%.

/#$ :i"encia e los Contratos en Curso e E)ecuci(n#$

 5odos los contratos suscritos por el 3eudor mantienen su vigencia ycondiciones de pago. En consecuencia, no pueden terminarse anticipadamenteen orma unilateral, eigirse anticipadamente su cumplimiento o hacerseeectivas las garantías contratadas, invocando como causal el inicio de un1rocedimiento $oncursal de 6eorgani)ación.

C#$ :i"encia el euor en los re"istros e contratistas#$

Si el 3eudor orma parte de alg9n registro p9blico como contratista o prestadorde cualquier servicio, y siempre que se encuentre al día en sus obligacionescontractuales con el respectivo mandante, no puede ser eliminado ni privadode participar en procesos de licitación undado en el inicio de un 1rocedimiento$oncursal de 6eorgani)ación.

D#$ Meias cautelares 2 e restricci(n urante la :i"encia e laProtecci(n *inanciera Concursal#$ 

a% El 3eudor queda sujeto a intervención.& El deudor queda sujeto a laintervención del Beedor titular designado en la misma resolución, el que debe

cumplir con los deberes contenidos en el artículo #

b% +imitaciones a las 'acultades de disposición del 3eudor.& 3urante esteperiodo, queda prohibido al deudor gravar o enajenar sus bienes, salvoaquellos cuya enajenación o venta sea propia de su giro o que resultenestrictamente necesarios para el normal desenvolvimiento de su actividad.

K

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c% 1rohibición de alterar los estatutos o poderes otorgados por el deudor.& 5ratándose de personas jurídicas, está prohibido modi2car sus pactos,estatutos sociales o régimen de poderes. +a inscripción de cualquiertranserencia de acciones de la Empresa 3eudora en los registros socialespertinentes requiere de la autori)ación del Beedor, que la otorgará solo en la

medida que no altere o aecte los derechos de los acreedores. +o anterior norige respecto de las sociedades anónimas abiertas que hagan oerta p9blica desus valores.

d% -notaciones 6egistrales.& El Beedor debe inscribir copia de la resolución dereorgani)ación en los $76 correspondientes, al margen de la inscripción depropiedad de cada uno de los inmuebles que pertenecen al deudor.

PROTECCI1N A LOS CR;DITOS OTORGADOS DURANTE LA TRAMITACI1NDEL ACUERDO DE REORGANI4ACI1N#$

Esta protección busca que no se suspenda el suministro de bienes o servicios yel 2nanciamiento de la empresa deudora.

-.& $ontinuidad del suministro de bienes o servicios (art. @%

7.& 'inanciamiento de >peraciones de $omercio Eterior y $ontratación de1réstamos.&

1rotección de los 7ienes Esenciales para el plan de 6eorgani)ación.& El art. #"CD % previene que el deudor debe acompaGar a su solicitud, el listado de sus

bienes, y entre ellos, los que tengan la calidad de esenciales para el giro de laempresa.

'echa en que epirará la 1rotección 'inanciera $oncursal. $omo vimos, dura =Adías contados desde la noti2cación en el 7oletín $oncursal de la resolución dereorgani)ación, prorrogables a =A ó "A días.

Otras meias <ue orena la Resoluci(n#$

% 1ropuesta de -cuerdo.& +a orden al 3eudor para que a través del Beedorpublique en el 7oletín $oncursal y acompaGe al tribunal competente, a lomenos A días antes de la echa 2jada para la Iunta de -creedores, supropuesta de -cuerdo de 6eorgani)ación Iudicial. Si el 3eudor no dacumplimiento a esta orden, el Beedor certi2cará esta circunstancia y el tribunalcompetente dictará la 6esolución de +iquidación, sin más trámite.

% Iunta de -ccionistas.& +a echa, lugar y hora en que deberá eectuarse la Iunta de -creedores llamada a conocer y pronunciarse sobre la propuesta de

A

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-cuerdo de 6eorgani)ación Iudicial que presente el 3eudor. +a echa de dicha Iunta es la misma en la que epira la 1rotección 'inanciera $oncursal

=% -creditación de 1ersonería.& Lue dentro de # días contados desde lanoti2cación de esta resolución, todos los acreedores deberán acreditar ante eltribunal competente su personería para actuar en el 1rocedimiento $oncursalde 6eorgani)ación, con indicación epresa de la acultad que le con2eren a susapoderados para conocer, modi2car y adoptar el -cuerdo de 6eorgani)ación

 Iudicial.

!% 8norme del Beedor.& +a orden al Beedor para que acompaGe al tribunalcompetente y publique en el 7oletín $oncursal su inorme sobre la propuestade -cuerdo de 6eorgani)ación Iudicial, a lo menos = días antes de la echa2jada para la celebración de la Iunta de -creedores que votará dicho acuerdo.

#% Lue dentro de quinto día de eectuada la noti2cación de esta resolución,deberán asistir a una audiencia el 3eudor y los tres mayores acreedoresindicados en la certi2cación del contador auditor independiente reerida en elartículo ##. Esta diligencia se eectuará con los que concurran y tratará sobrela proposición de honorarios que ormule el Beedor. Si en ella no se arribare aacuerdo sobre el monto de los honorarios y su orma de pago, o no asistiereninguno de los citados, dichos honorarios se 2jarán por el tribunal competentesin ulterior recurso.

"% +a orden al 3eudor para que proporcione al Beedor copia de todos losantecedentes acompaGados conorme al artículo #". Estos antecedentes y lacopia de la resolución de que trata este artículo serán publicados por el Beedor

en el 7oletín $oncursal dentro del pla)o de tres días contado desde sudictación.

PROPUESTA DE ACUERDO DE REORGANI4ACI1N

3ebe presentarse por el deudor, pero por intermedio del Beedor, dentro de Adías hábiles contados desde la noti2cación de la resolución de reorgani)ación.

PROPUESTAS ALTERNATI:AS- DISCRIMINATORIAS 6 POR CATEGOR=AS#$-cuerdos por $ategorías.& $on la legislación anterior, el convenio era uno y elmismo para todos los acreedores, en términos de que no podían eistir dos omás convenios simultáneos y tampoco discriminar el tratamiento de losacreedores, salvo que se aceptara por unanimidad.

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1ropuestas -lternativas.& -l igual que los convenios concursales de lalegislación antigua, en cada una de las clases de créditos, puede contener unaproposición principal y otras alternativas para todos los acreedores de la mismaclase, caso en el cual han de optar dentro del pla)o de A días siguientes a laecha de la junta de acreedores llamada a pronunciarse sobre la propuesta de

acuerdo.

Tramitaci(n 2 Re"las 7art# 9> 2 si"uientes&#$

D 6equiere la comparecencia de los acreedores veri2cando sus créditos dentrodel pla)o de ? días desde la noti2cación de la resolución de reorgani)ación,indicando si se encuentran garanti)ados con prenda o hipoteca y el aval9ocomercial de los bienes sobre los cuales están construidas dichas garantías.

D +a veri2cación no es necesaria tratándose de los créditos y aval9o comercial

que haya presentado el deudor y se encuentre a satisacción del acreedor.

=D 3os días después del término del pla)o para veri2car, el Beedor publica en el7oletín todas las veri2caciones de crédito presentadas.

!.&>bjeciones.& 3entro de los ? días siguientes a las publicaciones anteriores, elveedor, el deudor y los acreedores pueden objetar las veri2caciones o estadode deudas presentado por el acreedor de los créditos, por alta de título

 justi2cativo de éstos, montos, preerencias o el aval9o 2scal indicado. Sepresentan ante el tribunal.

#.&8mpugnaciones.& Si no se subsanan las objeciones por el Beedor, los créditosy el aval9o comercial de los bienes sobre los que recaen las garantías queueren objeto de dichas objeciones se considerarán impugnados, y el Beedorlos acumulará, emitirá un inorme acerca de si eisten o no undamentosplausibles para ser considerados por el tribunal competente, y se pronunciaráundadamente sobre el aval9o comercial del bien sobre el que recae la garantíaobjetada.

".&5ranscurrido el pla)o sin que se presenten objeciones, los créditos y aval9oscomerciales quedan por reconocidos.

@D El veedor conecciona la nómina de créditos reconocidos e impugnados,indicando sus montos y si tiene prenda e hipoteca y su aval9o comercial. SeacompaGa al tribunal y se publica en el 7oletín $oncursal.

?D +as impugnaciones se resuelven en audiencia 9nica, dentro del tercer día dela resolución que tiene por acompaGados la nómina de los créditos reconocidose impugnados

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E*ECTOS DEL ACUERDO DE REORGANI4ACI1N 3UDICIAL#$

6egla 4eneral.& +os créditos que sean parte del -cuerdo de 6eorgani)ación Iudicial se entienden remitidos, novados o repactados, seg9n corresponda,

para todos los eectos legales (art. K=%. +os acreedores y el deudor quedansujetos a un nuevo acuerdo que determinará &por sobre la uente de laobligación anterior& los montos, condiciones y orma de pla)o de pago de loscréditos. Esto no signi2ca que las relaciones entre el deudor y acreedorpermane)can como una relación bilateral colectiva. $ada acreedor tiene unarelación directa con el deudor y puede nuevamente renegociar su créditos,dando nuevas ventajas, prórrogas y remisiones.

E*ECTOS EN LOS ACREEDORES CON GARANT=AS#$

Cr0itos Garanti+aos con Prena o Hipoteca#$

(%.+os acreedores cuyos créditos se encuentren garanti)ados con prenda ohipoteca votarán de acuerdo al aval9o comercial de los bienes sobre los querecaen sus garantías, conorme conste en la nómina de créditos reconocidos.1roduce eectos, solo en la medida de que el deudor haga una propuesta paraestos acreedores, de lo contrario no se ven aectados por el acuerdo que sehaga a los valistas.

DISTINCI1N ENTRE /IENES ESENCIALES 6 NO ESENCIALES AL GIRO

7A#?@ 6 ?8&#$

I# /ien Garanti+ao es Esencial#$

Se aplican los términos y modalidades del acuerdo de reorgani)ación para larespectiva clase o categoría.

II#$ /ien No es Esencial#$

May que hacer una nueva distinción*

-% El bien garanti)ado es de propiedad del deudor* En este caso el acreedor

sólo concurre en la clase valista por el monto no cubierto por la garantía. Co esparte del acuerdo en la clase de los garanti)ados, pudiendo ejecutarseparadamente su garantía. En consecuencia, el deudor que obtiene ladeclaración de bien no esencial, se desvincula del acuerdo convenido para estaclase.

/& El !ien "aranti+ao es e propiea e terceros5

=

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a% Si el respectivo acreedor vota a avor del -cuerdo, queda sujeto a lostérminos y modalidades establecidos en el reerido acuerdo y no puedeperseguir su crédito en términos distintos a los estipulados. b% Si el respectivoacreedor mani2esta su intención de no votar o no asiste a la Iunta de-creedores llamada a conocer y pronunciarse sobre la propuesta de -cuerdo,

su crédito no se considera en el pasivo con derecho a voto correspondiente asu clase o categoría, y puede cobrar su crédito respecto de las prendas ohipotecas otorgadas por terceros.

7& Cr0itos Garanti+aos con "arantBas personales.& 6especto de lasobligaciones del 3eudor garanti)adas con cauciones personales, debedistinguirse lo siguiente*

a% Si el respectivo acreedor vota en su clase o categoría de valista a avor del-cuerdo, queda sujeto a los términos y modalidades establecidos en el reeridoacuerdo y no puede cobrar su crédito en términos distintos a los estipulados.

b% Si el respectivo acreedor mani2esta su intención de no votar o no asiste a la Iunta de -creedores llamada a conocer y pronunciarse sobre la propuesta de-cuerdo, su crédito no se considera en el pasivo con derecho a votocorrespondiente a su clase o categoría, y puede cobrar su crédito respecto delos 2adores o codeudores, solidarios o subsidiarios, o avalistas en los términosoriginalmente pactados.

LA ETINCI1N DEL ACUERDO DE REORGANI4ACI1N 3UDICIAL#&

A#$ Nulia el Acuero (art. K@%.& +a ley solo admite acción de nulidad encontra del -cuerdo undada en la eageración del activo u ocultación delpasivo que se hubiere tomado conocimiento después de haber vencido el pla)opara impugnar el -cuerdo.

/#$ Declaraci(n e Incumplimiento (art. K?%.& $ausales.&

a% El -cuerdo puede declararse incumplido a solicitud de cualquiera de losacreedores a los que les aecte por inobservancia de sus estipulaciones.

b% 1uede también declararse incumplido si se agrava el mal estado de losnegocios del 3eudor de orma que haga temer un perjuicio para los acreedoresdel acuerdo. Enervación de la acción.&

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1rescripción.& +as acciones de incumplimiento del -cuerdo prescriben en elpla)o de un aGo contado desde que se produce el incumplimiento

ACUERDO DE REORGANI4ACI1N ETRA3UDICIAL O SIMPLI*ICADO

Co se trata de un convenio etrajudicial propiamente tal puesto que debe seraprobado por el tribunal para que produ)ca sus eectos. 5oda Empresa 3eudorapuede celebrar un -cuerdo de 6eorgani)ación Etrajudicial o Simpli2cado consus acreedores y someterlo a aprobación judicial. (art. A% Se permite queestos acuerdos sean vinculantes para todos los acreedores valistas ygaranti)ados en la medida que se complete el procedimiento ante tribunales.

1ara acceder a dicho procedimiento, deben cumplirse los siguientes requisitos*

.& 5ratarse de una Empresa 3eudora.

.& Lue el acuerdo verse sobre cualquier objeto tendiente a reestructurar losactivos y pasivos del deudor.

=.& Lue el acuerdo se haya suscrito ante un ministro de e.

!.& Lue el acuerdo haya sido suscrito por dos o más acreedores querepresenten al menos @#J por cada clase o categoría de acreedores.

PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIUIDACI1N

7I& LIUIDACI1N :OLUNTARIA

Equivale a la quiebra solicitada por el propio deudor de la ley de quiebrasderogada. Se trata de un procedimiento concursal de naturale)a tutelar, querepresenta para la empresa deudora la posibilidad de resolver su situación

patrimonial crítica, cautelando de mejor orma sus intereses que bajo elrégimen de las deensas individuales ejercidas por sus acreedores. +aalternativa que tiene también la empresa deudora en situación patrimonialcrítica es impetrar un procedimiento de reorgani)ación judicial para escapar delas ejecuciones individuales de los acreedores.

Instrumentos <ue e!e acompaar a la solicitu 7art# FF8&#$

#

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+a Empresa 3eudora puede solicitar ante el ju)gado de letras competente su+iquidación Boluntaria, acompaGando los siguientes antecedentes, con copia*

% +ista de sus bienes, lugar en que se encuentran y los gravámenes que lesaectan. % +ista de los bienes legalmente ecluidos de la +iquidación. =%6elación de sus juicios pendientes. !% Estado de deudas, con nombre, domicilioy datos de contacto de los acreedores, y la naturale)a de sus créditos. #%Cómina de los trabajadores, con indicación de las prestaciones laborales yprevisionales adeudadas y ueros en su caso. "% Si el 3eudor lleva contabilidadcompleta debe presentar su 9ltimo balance. 5ratándose de empresa deudoraconstituida como persona jurídica, los documentos deben ser 2rmados por susrepresentantes legales.

 5ramitación de la solicitud de liquidación voluntaria.& Se presenta ante eltribunal competente, esto es, el del domicilio de la empresa deudora, quieneamina la petición y cuando cumple los requisitos legales procede dentro del

tercero día a la nominación del liquidador y resolución de liquidación si seajusta a las eigencias legales, y que produce los mismos eectos que laliquidación or)osa.

Si se cumplen los supuestos legales, el jue) está obligado a conceder laliquidación voluntaria, quedando a salvo 9nicamente recurso de apelación encontra de la resolución y contra el allo de segunda instancia, no cabe recursoalguno.

7II& LIUIDACI1N *OR4OSA

+egitimación -ctiva.& $orresponde a los acreedores, quienes ejercitan por estemedio su derecho de prenda general, previsto en el art. !"? del $ódigo $ivil.+a +ey establece = causales en el artículo @.

Sujeto 1asivo.& Es la empresa deudora, de2nida en el art. D CD =. $-S-S 3E+8L83-$8NC '>6O>S- 386E$5-S (-65 @%.&

$ualquier acreedor podrá demandar el inicio del 1rocedimiento $oncursal de+iquidación de una Empresa 3eudora en los siguientes casos*

Primera Causal 7art# FF9 N F&#$

La Empresa Deuora cesa en el pa"o e una o!li"aci(n <ue conste entBtulo e)ecuti,o con el acreeor solicitante#

Esta causal no puede invocarse para solicitar el inicio del 1rocedimiento$oncursal de +iquidación respecto de los 2adores, codeudores solidarios o

"

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subsidiarios, o avalistas de la Empresa 3eudora que ha cesado en el pago delas obligaciones garanti)adas por éstos.

1ara con2gurarse esta causal, se requiere la concurrencia de los siguienterequisitos copulativos* .& Lue se trate de una empresa deudora de2nida en elart. D CD =H

.& +a empresa deudora cese en el pago de una obligación con el acreedorsolicitanteH

=.& >bligación conste en un título ejecutivo con el acreedor solicitante de laliquidación.

!.& Lue la empresa deudora sea el deudor principal de la obligación. Co puedeinvocarse respecto de los 2adores, codeudores solidarios o subsidiarios, oavalistas de la Empresa 3eudora.

Se"una Causal 7art FF9 N &#$

Cual<uier acreeor por emanar el inicio el ProceimientoConcursal e Li<uiaci(n e una Empresa Deuora en los si"uientescasos5

Si eistieren en contra de la Empresa 3eudora, dos o más títulos ejecutivosvencidos, provenientes de obligaciones diversas, encontrándose iniciadas a lomenos dos ejecuciones, y no hubiere presentado bienes su2cientes pararesponder a la prestación que adeude y a sus costas, dentro de los cuatro díassiguientes a los respectivos requerimientos.

1ara con2gurarse esta causal, se requiere la concurrencia de los siguientesrequisitos copulativos* % Lue eistan contra la empresa deudora dos o mástítulos ejecutivos y vencidosH

% Lue provengan de obligaciones diversasH

=% Lue se encuentren iniciadas, a lo menos, dos ejecuciones, yH

!% Lue la empresa deudora no hubiere presentado su2cientes bienes, dentro

de los ! días siguientes a los requerimientos.

Tercera Causal 7art# FF9 N &#$

Cual<uier acreeor por emanar el inicio el ProceimientoConcursal e Li<uiaci(n e una Empresa Deuora en los si"uientescasos5

@

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=% $uando la Empresa 3eudora o sus administradores no sean habidos, yhayan dejado cerradas sus o2cinas o establecimientos sin haber nombradomandatario con acultades su2cientes para dar cumplimiento a susobligaciones y contestar nuevas demandas. En este caso, el demandante podráinvocar como crédito incluso aquel que se encuentre sujeto a un pla)o o a una

condición suspensiva.

1ara con2gurarse esta causal, se requiere la concurrencia de los siguientesrequisitos copulativos* % Lue la empresa 3eudora o sus administradores nosean habidosH

% Lue hayan dejado cerradas sus o2cinas o establecimientosH

=% Lue no se haya nombrado mandatario con acultades su2cientes para darcumplimiento a sus obligaciones y contestar nuevas demandas.

CAUSAS DE LIUIDACI1N *OR4OSA CONSECUENCIALES#$

Son aquellas en que no eiste el trámite de solicitud por parte de losacreedores, sino que son hechos reveladores de cesación de pagos que la leyestablece que dado ciertos supuestos, el jue) debe dictar la liquidación de/o2cio y sin más trámite0.

.& 6etiro de la 1ropuesta de -cuerdo de 6eorgani)ación Iudicial

.& -usencia del 3eudor en la Iunta de -creedores (art ?%

=.& Co 1resentar Cueva 1ropuesta de -cuerdo de 6eorgani)ación cuando estahaya sido 8mpugnada

$ausales de 8mpugnación del -cuerdo.&

% 3eectos en las ormas establecidas para la convocatoria y celebración de la junta de acreedores, que hubieren impedido el ejercicio de los derechos de losacreedores o del deudor.

% Error en el cómputo de las mayorías requeridas para el -cuerdo, siempreque incida sustancialmente en el quórum del -cuerdo de 6eorgani)ación

 Iudicial.

=% 'alsedad o eageración del crédito o incapacidad o alta de personería paravotar de alguno de los acreedores que hayan concurrido con su voto a ormarel quórum necesario para el -cuerdo, si ecluido este acreedor o la parte alsao eagerada del crédito, no se logra el quórum del -cuerdo.

?

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!% -cuerdo entre uno o más acreedores y el 3eudor para votar a avor,abstenerse de votar o recha)ar el -cuerdo, para obtener una ventaja indebidarespecto de los demás acreedores.

#% >cultación o eageración del activo o pasivo. "% 1or contener una o másestipulaciones contrarias a lo dispuesto en la ley CD A.@A.

PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIUIDACI1N *OR4OSA#$

Co basta con la eistencia del estado patrimonial crítico de la empresadeudora, sino que se requiere de una sentencia declarativa de un tribunal de

 justicia.

 5ribunal $ompetente.& El del domicilio de la empresa deudora.

3emanda.& 3ebe cumplir con los requisitos comunes a todo escrito judicial y alos de la demanda, que establecen el art. #! del $1$, indicando la causalinvocada y sus hechos justi2cativos, acompaGando además los antecedentesque eige el art. ? de la +ey.

6equisitos del art. ?.& +a demanda se debe presentarse ante el tribunalcompetente, seGalar la causal invocada y sus hechos justi2cativos yacompaGar los siguientes antecedentes*

% +os documentos o antecedentes escritos que acreditan la causal invocada.

% Bale vista o boleta bancaria epedida a la orden del tribunal por una suma

equivalente a AA .'. para subvenir los gastos iniciales del 1rocedimiento$oncursal de +iquidación.

=% El acreedor peticionario puede designar a un Beedor vigente de la Cóminade Beedores, que asumirá en caso que el 3eudor se oponga a la +iquidación'or)osa. 3icho Beedor supervigilará las actividades del 3eudor mientras dure latramitación del Iuicio de >posición (ya que si se dicta resolución de liquidación,se nombra +iquidador provisional%.

!% El acreedor demandante también puede solicitar en su demanda cualquierade las medidas prejudiciales y precautorias seGaladas en los 5ítulos 8B y B del

+ibro Segundo del $1$.

#% 3esignar el nombre de los +iquidadores titular y suplente, para el caso queel 3eudor no compareciere o no eectuare actuación alguna por escrito en la-udiencia 8nicial.

6esolución del 5ribunal (art. K%.& 1resentada la demanda, el tribunal debeeaminar en el pla)o de = días el cumplimiento de los requisitos de la demanda

K

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y en caso que los considere cumplidos, la tendrá por presentada, ordenapublicarla en el 7oletín $oncursal y cita a las partes a una audiencia al quintodía desde la noti2cación personal del 3eudor o la reali)ada conorme al artículo!! del $ódigo de 1rocedimiento $ivil, aun cuando no se encuentre en el lugardel juicio.

Si no se cumple los requisitos, el 5ribunal debe ordenar al demandante lacorrección pertinente para que los subsane en el pla)o de = días, bajoapercibimiento de tener por no presentada la demanda.

Auiencia Inicial 7Art# F>&#$

 5iene lugar al quinto día hábil siguiente a la noti2cación de la resolución. +a-udiencia 8nicial se desarrolla conorme a las siguientes reglas*

% El tribunal inorma al 3eudor acerca de la demanda presentada en su contray de los eectos de un eventual 1rocedimiento $oncursal de +iquidación.

% -cto seguido, el 3eudor puede proponer por escrito o verbalmente algunade las actuaciones que le permite taativamente la +ey, debiendo siempreseGalar el nombre o ra)ón social, domicilio y correo electrónico de sus tresacreedores, o sus representantes legales, que 2guren en su contabilidad conlos mayores créditos.

El euor puee5

a% $onsignar ondos su2cientes para el pago del crédito demandado y lascostas.

b% -llanarse por escrito o verbalmente a la demanda, dictando en este caso eltribunal la respectiva 6esolución de +iquidación.

c% -cogerse epresamente al 1rocedimiento $oncursal de 6eorgani)acióncontemplado en el $apítulo 888 de esta ley, lo que implica acogerse a/protección 2nanciera concursal0 para el deudor. d% >ponerse a la demanda de+iquidación 'or)osa. +a oposición del 3eudor sólo puede undarse en lascausales previstas en el artículo !"! del $1$ es decir, las ecepciones previstaspara la ejecución individual.

=% Si el 3eudor no compareciere a esta audiencia, o compareciendo no eect9aalguna de las actuaciones anteriores, el tribunal dicta 6esolución de+iquidación y nombra a los +iquidadores titular y suplente que el acreedorpeticionario hubiere designado en su demanda, ambos en carácter deprovisionales.

 3uicio e Oposici(n  (art. %.& Se reali)a mediante la presentación delescrito de oposición donde el 3eudor debe*

A

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% SeGalar las ecepciones del artículo !"! del $1$ opuestas y susundamentos de hecho y de derechoH

% >recer todos los medios de prueba de que pretenda valerseH

=% -compaGar toda la prueba documental pertinente.

+a prueba en el juicio de oposición (-rt. %.& 1ara acreditar las ecepciones ydeensas del 3eudor la ley eige que se ore)ca la prueba estableciendo lassiguientes reglas*

% 1rueba testimonial* el escrito de oposición debe incluir la completaindividuali)ación de los testigos que y las ra)ones que justi2can sucomparecencia.

% 1rueba conesional* debe acompaGar el pliego de posiciones al escrito deoposición .

=% 1rueba pericial* se aplican las disposiciones de los artículos !AK, !A y !del $1$ en lo reerido a su procedencia.

!% 1rueba documental* los documentos sólo pueden acompaGarse junto alescrito de oposición.

Resoluci(n el Tri!unal 7Art# F&#$

3educida la oposición, el tribunal constata el cumplimiento de los requisitoslegales para oponerse y cumplidos, lo tendrá por opuesto a la +iquidación'or)osa.

Se tiene por opuesta la oposición (-rt. !%.&

% Si el tribunal determina que eisten hechos sustanciales, pertinentes ycontrovertidos, recibirá la causa a prueba, 2jando los puntos de prueba. +ainterlocutoria de prueba sólo es susceptible de recurso de reposición, dentro detercero día. En caso contrario, cita a las partes a la -udiencia de 'allo.

% na ve) recibida la causa a prueba y 2jados los puntos sobre los cualesdeberá recaer*

a% Se pronunciará acerca de la admisibilidad y pertinencia de las pruebasorecidas por el deudorH

b% Es el momento en que concede al acreedor demandante laoportunidad de orecer prueba, la que deberá ser singulari)ada y acompaGadaal día siguiente.

=% $ita a las partes a una -udiencia de 1rueba, al quinto día siguiente. +aspartes se entienden noti2cadas en ese mismo acto.

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Recursos (-rt. #.&% En contra de las resoluciones que se pronuncien en la-udiencia 8nicial acerca de la admisibilidad o procedencia de las pruebasorecidas, los puntos de prueba 2jados, la orma de hacer valer los mediosprobatorios o cualquier otra circunstancia que incida en éstos, sólo se admiterecurso de reposición, que deberá deducirse verbalmente por las partes y

resuelto en la misma -udiencia 8nicial.

Auiencia e Prue!a (-rt. "%.& $on las partes que asistan, se rendirá laprueba declarada admisible, primero la conesional y luego la testimonial,iniciándose por la orecida por el 3eudor. +a +ey solo admite la declaración dedos testigos por cada parte respecto de cada punto de prueba. Son aplicableslas reglas del $1$ respecto de la rendición de la prueba testimonial yconesional.

O!ser,aciones a la Prue!a#$

$oncluida la recepción de la prueba, las partes pueden ormular verbal ybrevemente las observaciones a la prueba. +a -udiencia de 1rueba termina conla 2rma de un acta por los asistentes, el jue) y el secretario del tribunal. 3esdeaquel momento, las partes asistentes y las que no hayan asistido se considerancitadas y noti2cadas de pleno derecho a la -udiencia de 'allo, la que debecelebrarse al décimo día contado desde el término de la -udiencia de 1rueba,eistan o no diligencias pendientes.

Sana CrBtica.& +as pruebas seGaladas se apreciaran por el tribunal de acuerdoa las reglas de la sana crítica. -udiencia de 'allo (-rt. @%.&

+a -udiencia de 'allo se celebra con las partes que asistan y en ella se dicta lasentencia de2nitiva de primera instancia, la que se noti2ca a las partes en lamisma. El secretario del tribunal certi2ca el hecho de su pronunciamiento, laasistencia de las partes y la copia autori)ada que se les entrega de la sentenciade2nitiva. +a parte inasistente se entiende noti2cada de pleno derecho.

Sentencia DeJniti,a 7Art# FK&#$

A# Sentencia eJniti,a <ue aco"e la oposici(n el Deuor#$

Esta importa el recha)o a las pretensiones del acreedor y hace cesar en susunciones al Beedor si se hubiere designado. 6ecursos.& contra esta sentenciasolo se admite recurso de apelación, el que se concede en ambos eectos ygo)a de preerencia etraordinaria para su inclusión a la tabla y para su vista yallo. $ontra el allo de segunda instancia no procede recurso alguno, seaordinario o etraordinario. $omo ya se ha seGalado, se critica y pone en dudala constitucionalidad de la norma al restringir el recurso de casación en laorma y ondo ante la $orte Suprema. 8ndemni)ación de 1erjuicios.& +a ley

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dispone epresamente que acogida la oposición del 3eudor, éste puededemandar indemni)ación de perjuicios al acreedor demandante, si prueba queprocedió culpable o dolosamente.

/# Resoluci(n e Li<uiaci(n *or+osa#$ +a sentencia de2nitiva que recha)ala oposición del 3eudor, deber ordenar su liquidación. Eigencias de la6esolución de +iquidación (-rt K%.& -demás de los requisitos establecidos atoda sentencia de los artículos "K y @A del $ódigo de 1rocedimiento $ivil,debe contener lo siguiente*

% Si se opusieron ecepciones, las consideraciones de hecho o de derecho quesirven de undamento para el recha)o.

% +a determinación de si el 3eudor es una Empresa 3eudora,individuali)ándola.

=% +a designación de un +iquidador titular y de uno suplente, ambos en

carácter de provisionales (el de2nitivo lo nombra la Iunta de -creedoes%, y laorden éste para que incaute todos los bienes del 3eudor, sus libros ydocumentos bajo inventario, y de que se le preste, para este objeto, el auiliode la uer)a p9blica.

!% +a orden para que las o2cinas de correos entreguen al +iquidador lacorrespondencia cuyo destinatario sea el 3eudor.

#% +a orden de acumular al 1rocedimiento $oncursal de +iquidación todos los juicios pendientes contra el deudor que puedan aectar sus bienes, seguidosante otros tribunales de cualquier jurisdicción, salvo las ecepciones legales.

6equisitos* a% El deudor tenga la calidad de demandadoH b% Lue los juiciosestén pendientesH c% Lue puedan aectar sus bienesH

"% +a advertencia al p9blico que no pague ni entregue mercaderías al 3eudor,bajo pena de nulidad de los pagos y entregas, y la orden a las personas quetengan bienes o documentos pertenecientes al 3eudor para que los pongan,dentro de tercero día, a disposición del +iquidador.

@% +a orden de inormar a todos los acreedores residentes en el territorio de la6ep9blica que tienen el pla)o de =A días contado desde la echa de lapublicación de la 6esolución de +iquidación, para que se presenten con los

documentos justi2cativos de sus créditos bajo apercibimiento de ser aectadospor los resultados del juicio sin nueva citación.

?% +a orden de noti2car, por el medio más epedito posible, la 6esolución de+iquidación a los acreedores que se hallen uera del territorio de la 6ep9blica.

K% +a orden de inscribir la 6esolución de +iquidación en los conservadores debienes raíces correspondientes a cada uno de los inmuebles pertenecientes al

=

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3eudor, y de anotarla al margen de la inscripción social de la Empresa 3eudoraen el 6egistro de $omercio, si el deudor es persona jurídica.

A% +a indicación precisa del lugar, día y hora en que se celebrará la primera Iunta de -creedores.

NotiJcaci(n 2 Recursos#$ +a 6esolución de +iquidación se noti2ca al 3eudor,a los acreedores y a terceros por medio de la publicación en el 7oletín$oncursal y contra ella proceder 9nicamente el recurso de apelación, el que seconcede en el solo eecto devolutivo y go)a de preerencia para su agregaciónetraordinaria a la tabla, y para su vista y allo. $ontra el allo de segundainstancia no procede recurso alguno, sea ordinario o etraordinario.$aracterísticas de la resolución de liquidación.&

.& $onstituye una ecepción al eecto relativo de las sentencias judiciales (art.=? $1$%, ya que el estado de liquidación or)osa de la empresa deudoraproduce eectos absolutos o erga omnes.

.& 1or otra parte, no solo produce eectos hacia el uturo como la mayoría delas resoluciones judiciales, sino que también eecto retroactivo a situacionesocurridas antes de su pronunciamiento, como las acciones revocatoriasdestinadas a reintegrar el patrimonio de la empresa deudora.

=.& -demás, produce eectos desde que se dicte, a9n antes de que se noti2que,conorme lo dispone el art. =A. !.& 5iene requisitos especiales previstos en elart. K y es solo apelable.

E*ECTOS DE LA RESOLUCI1N DE LIUIDACI1N#$

8. -tendiendo a los eectos que recaen en los bienes o en la persona natural deldeudor.& a% Eectos sobre el deudor persona natural relativos a ciertasinhabilidades que otras leyes establecen y 2guras penales aplicables.

+a resolución de liquidación no inhabilita al deudor para interponer accionesque tengan por objeto derechos inherentes a su persona, ni es privado deejercer derechos civiles y en general no le imponen inhabilidades con lasalvedad de las seGaladas en la ley.

b% Eectos sobre los bienes del deudor y derechos de los acreedores. El deudorpierde la administración y disposición de los bienes y los acreedores venrestringidos algunos derechos como asimismo nacen acultades que antes notenían.

88. -tendiendo al tiempo en que se producen los eectos.& a% Eectos 8nmediatos.Se producen una ve) que se dicta la resolución. b% Eectos 6etroactivos.

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-ectan relaciones jurídicas celebradas con anterioridad a la echa de laresolución. Son las acciones revocatorias.

E*ECTOS INMEDIATOS#$

Entre los efectos ms importantes estacan5

.& 3esasimiento de los bienes. -rts. =A y siguientes* Es el más importante delos eectos porque sirve para cumplir el objetivo de la liquidación, esto es,reali)ar en este procedimiento los bienes de una empresa deudora y pagar lasdeudas. 1ara esto, la ley priva al sujeto pasivo del derecho a administrar ydisponer de los bienes del concurso y sus rutos, acultades que se entregan alliquidador.

.& 'ijación irrevocable de los derechos de los acreedores y las

compensaciones. -rts. =! y !A. =.& Suspensión del derecho de ejecutarindividuamente al deudor. -rt. =#. !.& Eigibilidad anticipada y reajustabilidadde todas las obligaciones de la empresa deudora. -rts =", =@, =? y =K. #.&-cumulación de juicios.

Eectos Etrajudiciales* es la pérdida del derecho de administrar y disponer delos bienes del concurso y sus rutos, acultad que pasa al liquidador, sin queimplique la pérdida del dominio de esos bienes.

F& El deudor quedar inhibido de pleno derecho de la administración detodos sus bienes presentes, esto es, aquellos sujetos al 1rocedimiento

$oncursal de +iquidación y eistentes en su patrimonio a la época de ladictación de la resolución de liquidación, ecluidos aquellos que la leydeclare inembargables. Su administración pasa de pleno derecho al+iquidador.

& El deudor no pierde el dominio sobre sus bienes, sino sólo la acultad dedisposición sobre ellos y sobre sus rutos (en la legislación comparada seven casos de pérdida del dominio%.

/ienes comprenios en el esasimiento#$

i& 7ienes presentes.& -quellos eistentes en el patrimonio de la empresadeudora a la echa de la resolución de liquidación.

ii& 7ienes en usuructo (-rt. =%.&iii&  7ienes uturos (es ecepcional% (-rt ==%

/ienes E'cluios el Desasimiento#$

#

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i% +os bienes inembargablesii% +os bienes ajenos incautados por el liquidador que sean objeto de

acciones reivindicatorias o tercerías de dominio o posesión.

Efectos 3uiciales5 El art. =A CDs =, ! y #, regula los eectos judiciales.3esde la dictación de la 6esolución de +iquidación se producirán los siguienteseectos en relación al 3eudor y a sus bienes*

.& CD =% Co puede comparecer en juicio como demandante ni comodemandado, en lo relativo a los bienes objeto del 1rocedimiento $oncursal de+iquidación, pero puede actuar como coadyuvante. el liquidador asume larepresentación judicial del deudor.

.& CD !% 1uede interponer por sí todas las acciones que se re2eraneclusivamente a su persona y que tengan por objeto derechos inherentes aella.

=.& CD #% En caso de negligencia del +iquidador, el deudor puede solicitar altribunal que ordene la ejecución de las providencias conservativas que uerenpertinentes.

1rocedimiento de los Iuicios -cumulados.& Pna ve) acumulados, cómo setramitanQ May que distinguir si se trata de juicios declarativos o ejecutivos* -.-cumulación de Iuicios 3eclarativos.& +os juicios declarativos, tanto lospendientes o los que se inicien post apertura, contin9an su tramitación ante eltribunal del concurso, pero contra el liquidador y no contra el deudor. Elprocedimiento a seguir será el mismo que tenían o tendrían antes de laacumulación, hasta la sentencia de término.

 3uicios E)ecuti,os e O!li"aciones e Dar#$

 +a acumulación al 1rocedimiento $oncursal de +iquidación de esta clase de juicios se sujeta a las reglas siguientes*

% Si no se han opuesto ecepciones, los juicios se suspenden en el estadoen que se encuentren al momento de noti2carse la 6esolución de+iquidación.

% Si se han opuesto ecepciones, el tribunal de la ejecución ordena remitirlos epedientes al tribunal que esté conociendo del 1rocedimiento$oncursal de +iquidación y, una ve) recibidos, se sigue adelante en sutramitación particular hasta la resolución de término. Es decir el procesose sustancia independientemente como si no hubiera concurso.

 3uicios E)ecuti,os e O!li"aciones e Hacer#$"

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+a acumulación al 1rocedimiento $oncursal de +iquidación de esta clase de juicios se sujeta a las siguientes reglas*

% Si los ondos para dar cumplimiento al objeto del litigio se encuentrandepositados antes de la noti2cación de la 6esolución de +iquidación, el tribunalde la ejecución ordena remitir los epedientes al tribunal que esté conociendodel 1rocedimiento $oncursal de +iquidación, continuándose la tramitaciónhasta la inversión total de los ondos o la conclusión de la obra que con ellosdeba pagarse.% Si no se han depositado ondos, los juicios se acumulan sin importar elestado en que se encuentren y el acreedor sólo puede veri2car el monto de losperjuicios que el tribunal respectivo hubiere declarado o que se declaren conposterioridad por el tribunal que conoce del 1rocedimiento $oncursal de+iquidación.

En este caso, los acreedores de una obligación de hacer solo podrán satisacersu crédito obteniendo primero, sentencia declarativa de cálculo de los

perjuicios suridos y segundo con su posterior veri2cación en el concurso.

En materia e ,eriJcaci(n- la le2 es sumamente 0!il en la efensa elos cr0itos no inerarios- e!ieno estos acreeores proceer por la,Ba eclarati,a %asta la li<uiaci(n- por sentencia Jrme- ele<ui,alente pecuniario e su acreencia#

1aleativos*

.& +os acreedores pueden intentar recurrir al juicio sumario para contener ladeclaración de su obligación y su equivalente dinerario, alegando que lanaturale)a de la acción requiere de una tramitación rápida para ser e2ca).

.& Si en el juicio ejecutivo de obligación de hacer el presupuesto del costo dela obra material está 2rme (no se objetó o lo 2jó el jue)%, es admisible que elacreedor veri2que ese presupuesto como título, ya que la ley no eige comorequisito para veri2car que el título sea ejecutivo.

Meias Precautorias 2 Em!ar"os 7Art# F@K&#$

+os embargos y medidas precautorias decretadas en los juicios individualessustanciados contra el 3eudor y que aecten a bienes que deban reali)arse o

ingresar al 1rocedimiento $oncursal de +iquidación, quedan sin eecto desdeque se dicte la 6esolución de +iquidación.

+a ra)ón de esta norma es que con la resolución de liquidación, las medidascautelares pierden todo sentido ya que con el desasimiento surge la prohibiciónde celebrar actos y contratos, el liquidador deviene en depositario e interventory en consecuencia el juicio concursal genera un embargo general sobre losbienes.

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E*ECTOS DE LA RESOLUCI1N DE LIUIDACI1N EN LOS ACTOS 6 CONTRATOS PENDIENTES DE LA EMPRESA DEUDORA#$

El principio general es que la resolución de liquidación no es causal determinación de los actos o contratos pendientes del deudor, a menos que la ley

o las partes lo hayan dispuesto o convenido de esa manera, reconociéndoseplena e2cacia a las estipulaciones contractuales que establecen la terminaciónipso acto del contrato o bien que habilita a la otra parte a darlo por terminado.Se trata de condiciones resolutorias ordinarias.

3e la continuación de las obligaciones preeistentes, se deduce que elcontratante in  bonis (aquel que no presenta insolvencia% tiene dos posiblescaminos*

a% 1uede cumplir aquellos contratos que se encuentran en carácter dependiente con la empresa en liquidación, siendo que su contraprestación acargo de la empresa deudora no se cumplirá en totalidad a causa de su

ineptitud patrimonial, debiendo veri2car su crédito en el concursoH o

b% 1uede oponer la resolución del contrato mediante el procedimiento que seestablece, pero sin que opere esta resolución de pleno derecho a raí) de laliquidación.

Actos 2 Contratos en <ue la empresa euora es solo euora#$

+a contraparte tiene derecho a*

a& E'i"ir el cumplimiento for+ao e la o!li"aci(n# May que distinguir sise debe una suma de dinero, una cosa, un hecho o una abstención*

a.% Se adeuda una suma de dinero.& El cocontratante que ha cumplido tienesolo una orma de eigir la ejecución de la obligación, veri2car su crédito en elprocedimiento concursal de liquidación.

a.% Se adeuda un objeto diverso a dinero.& Se considera que el cocontratanteno está legitimado para solicitar el cumplimiento de la obligación. Se estima deesta manera por la doctrina porque considera que atentaría contra la igualdadde los acreedores. En este caso podrá pedir la resolución para obtener ladevolución de lo pagado más 831.

Derec%o a peir la resoluci(n el contrato#$

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-plica la regla general del art. !?K del $$ con la ecepción que establece la+ey $oncursal en las compraventas de bienes muebles, en que las cosas esténen poder de la empresa deudora&compradora, donde no se admite laresolución. 1uede demandar conjuntamente o posterior a la resolución, lareivindicación correspondiente de lo ya dado o pagado.

c deudora&compradora, donde no se admite la resolución. 1uede demandarconjuntamente o posterior a la resolución, la reivindicación correspondiente delo ya dado o pagado.

c& Derec%o a co!rar per)uicios#$

3ebe el acreedor veri2car en el concurso los perjuicios.

Pro!lema 2 iscusi(n en "eneral con el co!ro e los per)uicios#$

El art. =! de la +ey CD A.@A establece que la resolución de liquidación 2jairrevocablemente los derechos de los acreedores en el estado en que seencuentren a la echa su pronunciamiento. En consecuencia, los créditos quenacen con posterioridad, no participan del concurso.El art. =! de la +ey CD A.@A establece que la resolución de liquidación 2jairrevocablemente los derechos de los acreedores en el estado en que seencuentren a la echa su pronunciamiento. En consecuencia, los créditos quenacen con posterioridad, no participan del concurso.

La Sociea#$

7i& Efectos e la resoluci(n e li<uiaci(n en la Sociea#

a%Sociedades de capitales.& (S-, Sp-, y socio comanditario en Sociedad encomandita por acciones%. +a resolución no aecta en nada la eistencia de lasociedad, porque ésta no se undó son consideración a los individuos, sino queen base a la aportaciones de capital. En todo caso, si el socio no ha pagado susacciones, la Sociedad puede veri2car su crédito en el concurso o demássoluciones legales que establece la ley cuando no se entera el capital por unode los socios.

b%Sociedad de personas.& ($olectivas y S6+%.& El artículo A" del $$, disponeque epira asimismo la sociedad por la incapacidad sobreviniente o lainsolvencia de uno de los socios.

c% +a Sociedad es la sujeta a liquidación concursal.& Si este es el caso, y que engeneral suele ser ésta la estructura jurídica de la empresa deudora, el art. "dispone que el nombre o ra)ón social del 3eudor sujeto a un 1rocedimiento

K

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$oncursal de +iquidación será complementado con la rase 2nal enProceimiento Concursal e Li<uiaci(n- y su uso deberá ser precedidopor la 2rma del +iquidador y demás habilitados. En caso contrario, seránsolidariamente responsables tanto el +iquidador como los que hubierenejecutado el acto o celebrado el contrato respectivo.

E*ECTOS RETROACTI:OS DE LA RESOLUCI1N DELIUIDACI1N

+a resolución de liquidación produce los eectos inmediatos recién vistos,siendo el más característico el desasimiento, que priva al deudor del derechode administrar y disponer de sus bienes y sus rutos sujetos al concurso.

Sin perjuicio de lo anterior, la protección que otorga el desasimiento a losacreedores resulta insu2ciente y es necesario darles la posibilidad de revocar

ciertos actos y contratos con el objeto de reintegrar bienes a la masa ysatisacer sus créditos. Es posible que el deudor se encuentre en estado decesación de pagos, pero lo acreedores la desconocen y no solicitan laliquidación, pudiendo recurrir a distintos tipos de arti2cios en perjuicio deéstos, como por ejemplo, malvender sus bienes, reali)ar pagos anticipados,otorgar garantías reales.

+as acciones que permiten revocar o dejar sin eecto ante los acreedores, losactos celebrados con anterioridad a la resolución de liquidación, se denominanlos eectos retroactivos de los procedimientos concursales, regulados en eltítulo B8 de la +ey CD A.@A (art. ?@ y siguientes%.

Pla+o e retroacci(n para el e)ercicio e las acciones#$

Es la época anterior a la resolución de liquidación y se le denomina /periodo decesación de pagos0 o perioo sospec%oso#

RE:OCA/ILIDAD O/3ETI:A 7ART# K9&#$

8niciados los 1rocedimientos $oncursales de 6eorgani)ación o de +iquidación,los acreedores pueen y el Beedor o el +iquidador, en su caso, e!en deduciracción revocatoria concursal respecto de ciertos actos ejecutados o contratoscelebrados por la Empresa 3eudora entro el ao inmediatamente anterioral inicio de estos procedimientos.

Ampliaci(n el pla+o a os aos#$ +a ley establece esta ampliación de pla)oen el caso de actos en avor de personas relacionadas a la empresa deudora, otratándose de cualquier acto a título gratuito, ya sea con terceros o personasrelacionadas.

1ara que la acción revocatoria /objetiva0 pueda ejercerse, deben cumplirse dospresupuestos* a% la naturale)a del actos, que debe tratarse de alguno de los

=A

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taativamente seGalados y b% la época de la celebración. Co se eige elrequisito de mala e de los contratantes, ya que envuelven una presunción demala e por la naturale)a de los mismos.

F& Los pa"os anticipaos#$

& Daci(n en pa"o#&

& Toa %ipoteca- prena o anticresis constituida sobre bienes del deudorpara asegurar obligaciones anteriormente contraídas.

@& Cual<uier acto o contrato cele!rao a tBtulo "ratuito# $omo ya seindicó, los actos celebrados con 1ersonas 6elacionados a la Empresa 3eudora ylos actos celebrados a título gratuito, aunque se proceda por interposición deun tercero, el pla)o se amplBa a aos.

Re,oca!ilia su!)eti,a 7art# KK&#$

Se denomina subjetiva, porque a dierencia de la objetiva, no va implícito elconocimiento del contratante del mal estado de los negocios de la Empresa3eudora y por tanto deberá probarse.

6equisitos.&

% -ctos ejecutados o contratos celebrados por la Empresa 3eudora concualquier persona, dentro de los os aos inmediatamente anteriores al iniciodel 1rocedimiento $oncursal de 6eorgani)ación o de +iquidación.

% $onocimiento del contratante del mal estado de los negocios de la Empresa3eudora.

=% Lue el acto o contrato cause un perjuicio a la masa o altere la posición deigualdad que deben tener los acreedores en el concurso.

LIUIDACI1N DEL PASI:O

$onsiste en determinar cuáles son los acreedores a los que se le va a pagar ycómo se les va a solucionar sus acreencias.

En primer lugar, no todos los acreedores de la empresa deudora en cesación depagos se interesarán en concurrir la procedimiento concursal y por otra parte,la ley avorece a los diligentes por sobre los no diligentes, estableciendo unaveri2cación ordinaria que tiene ventajas respecto de la etraordinaria.

na desventaja de los acreedores que no veri2can en orma ordinaria es quesolo son considerados en los repartos uturos y además, tampoco puedenobjetar las actuaciones hechas antes en el proceso.

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Distinci(n5 Acreeores en la masa 2 acreeores e la masa#$

En doctrina se distinguen estos dos tipos de acreedores, los acreedores en lamasa son aquellos que eisten antes de la resolución de liquidación y losacreedores de la masa son aquellos cuyos créditos nacen con posterioridad.

+os acreedores en la masa están obligados a veri2car sus créditos y es la 9nicaorma de hacer valer sus derechos.

:eriJcaci(n e cr0itos 2 la ale"aci(n e preferencias#$

El conjunto de acreedores compone el pasivo y el conjunto de bienesrepresenta el activo del concurso.

Beri2car el crédito implica hacerlo valer en el juicio colectivo del concurso. 1aratal eecto el acreedor concurrente debe demandar al colectivo de los

acreedores o a la masa. En consecuencia, /veri2cación0 es sinónimo dedemanda intentada en el procedimiento concursal contra los acreedores en suconjunto.

 5odos los acreedores, sean prendarios, retencionarios o hipotecarios estánobligados a veri2car sus créditos y alegar sus preerencia, independiente deque puedan ejecutar sus créditos en orma individual, solo hay contadasecepciones en que la ley les eime de la obligación de veri2car (art. !!,acreedores de primera clase%.

Re<uisitos formales e la ,eriJcaci(n#$

+a presentación debe cumplir con los requisitos generales de toda demanda(art. #! $1$%, pero la ley además establece requisitos especiales*

D 3ebe seGalar el título de su acreencia, la preerencia que invoca en su casoy el monto del capital y los intereses que la deuda ha devengado (hasta el díade la dictación de la resolución de liquidación%.

D Se deben acompaGar los títulos justi2cativos del crédito.

=D 3ebe indicarse correo electrónico para las noti2caciones.

Re<uisitos materiales e la ,eriJcaci(n#$

Co todos los créditos tienen acceso a la liquidación concursal. 1ara que seaveri2cable, debe tratarse de un crédito dinerario que pueda ser justi2cadodocumentalmente y que sea anterior a la resolución de liquidación. Lue sedeban documentar, no es sinónimo de que se trate de títulos ejecutivos,bastando cualquier documento que sea su2ciente.

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El tribunal debe poner esta demanda en conocimiento de los demásacreedores, del liquidador y de la empresa deudora para que hagan valer losderechos que le corresponda mediante la impugnación. Si transcurre el términoque la ley seGala sin que los créditos sean impugnados o si la impugnación esrecha)ada, se tendrán por reconocidos para que sean pagados en elprocedimiento concursal.

:ERI*ICACI1N ORDINARIA 7ART# F9>&#$

Pla+o#$ +os acreedores tienen un pla)o de  > Bas contado desde lanoti2cación de la 6esolución de +iquidación para veri2car sus créditos y alegarsu preerencia ante el tribunal que conoce del procedimiento, acompaGando lostítulos justi2cativos del crédito e indicando una dirección válida de correoelectrónico para recibir las noti2caciones que ueren pertinentes.

Pu!licaci(n#$ Bencido el pla)o de =A días, dentro de los os Bas si"uientes,el +iquidador  publicará en el 7oletín $oncursal todas las veri2cacionespresentadas.

O!)eci(n e ,eriJcaci(n e cr0itos 7art# F9@&#$

Los acreeores- el Li<uiaor 2 el Deuor disponen de un pla+o e F>Bas contado desde el vencimiento del período ordinario de veri2cación paradeducir objeción undada sobre la eistencia, montos o preerencias de loscréditos que se hayan presentado a veri2cación ante el tribunal que conoce delprocedimiento.

Epirado este pla)o sin que se ormulen objeciones, los créditos no objetadosquedan reconocidos.

1ublicación.& Bencido el pla)o para veri2car, y dentro de los = días siguientes,el +iquidador debe publicar en el 7oletín $oncursal todas las objecionespresentadas, coneccionar, la nómina de los créditos reconocidos, acompaGarlaal epediente.

Impu"naci(n e cr0itos 7art# F98&#$

Subsanación.& Si se ormulan objeciones, el +iquidador debe tomar todas lasmedidas necesarias para que se subsanen las objeciones.

8norme.& Si no se subsanan las objeciones deducidas, los créditos objeto dedichas objeciones se consideran impugnados y el +iquidador debe emitir uninforme  acerca de si eisten o no undamentos plausibles para serconsiderados por el tribunal.

1resentación de nómina e 8norme y 1ublicación.& El +iquidador acompaGa lanómina de créditos impugnados conjuntamente con su inorme al tribunal y ladebe publicar en el 7oletín $oncursal.

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Auiencia e Impu"naci(n#$ -gregada al epediente la nómina de créditosimpugnados  con el inorme del +iquidador, el tribunal cita a una auiencianica 2 ,er!al  para el allo de las respectivas impugnaciones, dentro dedécimo día contado desde la noti2cación de la resolución que tiene poracompaGada la nómina de créditos impugnados. - dicha audiencia puedenconcurrir los impugnantes, el 3eudor, el +iquidador y los acreedores

impugnados.6esolución y 1ublicación.& +a resolución que alla las impugnaciones debeordenar la incorporación o modi2cación de los créditos en la nómina decréditos reconocidos, y publicarse en el 7oletín $oncursal.

-pelación.& +a resolución que se pronuncie sobre las impugnaciones esapelable en el sólo eecto devolutivo.

EL PAGO DEL PASI:O

Oren e prelaci(n en <ue se %acen los pa"os 7@F&#$

6egla 4eneral.& +os acreedores son pagados de conormidad a lo dispuesto enel 5ítulo R+8 del +ibro 8B, /3e la 1relación de $réditos0 del $ódigo $ivil.

Subordinación.& En el caso de los acreedores valistas, se deben pagar conpleno respeto a la subordinación de créditos establecida en la reeridanormativa.

-l respecto, distingue el $ódigo $ivil dos clases de créditos de quinta clase* losno subordinados y los subordinados.

Personas Relacionaas#$ +os acreedores 1ersonas 6elacionadas del 3eudor,cuyos créditos no se encuentren debidamente documentados KA días antes dela 6esolución de +iquidación, son pospuestos en el pago de sus créditos aundespués de los acreedores valistas.

ACREEDORES PRENDARIOS- HIPOTECARIOS 6 RETENCIONARIOS 7ARTS#@- @ 6 F8&#$

+os acreedores de la segunda clase (prendarios%, aquellos que go)an delderecho de retención judicialmente declarado y los de tercera clase(hipotecarios%, a pesar de que pueden optar por ejecutar individualmente losbienes gravados, deberán siempre veri2car sus créditos y preerencias en elprocedimiento concursal y además asegurar los créditos de primera claseprevio a ser pagados, pudiendo pagarse solo en el procedimiento concursal yno en el individual.

PAGOS ADMINISTRATI:OS 7ART# @@&#$

=!

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Se denominan pagos administrativos, los que se oponen al pago judicial,llevándose a cabo sin necesidad de veri2cación, con cargo a los primerosondos del deudor de que se pueda disponer. Cacen por la sensibilidad socialde permitir a los trabajadores el pago se sus remuneraciones.

Proceencia 2 tramitaci(n#$

+a ley seGala que tan pronto eistan ondos su2cientes para ello, puedenpagarse por el +iquidador los créditos contenidos en el artículo !@ del $ódigo$ivil, de acuerdo a las siguientes reglas*

D Son los descritos en los n9meros y ! del artículo !@ y pueden pagarsesin necesidad de veri2cación.

a%costas )uiciales que se causen en interés general de los acreedoresb%los "astos para poner a isposici(n e la masa los !ienes el euor

c% los gastos de administración del procedimiento de liquidación, de reali)acióndel activo y de los préstamos contratados por el +iquidador para esos 2nes.

Estos son los denominados créditos de la masa, que se generan después de laresolución de liquidación y la ley los pre2ere ante todo pago o de lo contrarioning9n acreedor estaría dispuesto a contratarlos, siendo en de2nitivaperjudicial para la masa.

D +os incluidos en el n9mero # pueden pagarse previa revisión y conviccióndel +iquidador sobre la su2ciencia de los documentos que les sirven deundamento, sin necesidad de veri2cación ni de acuerdo de Iunta que apruebeel pago.

Se trata e las remuneraciones e los tra!a)aores 2 asi"nacionesfamiliares.

=D +os establecidos en el n9mero ? se pagan en los mismos términos deln9mero D anterior, hasta el límite del equivalente a un mes de remuneraciónpor cada aGo de servicio y racción superior a " meses por indemni)acionesconvencionales de origen laboral y por las indemni)aciones legales del mismoorigen que sean consecuencia de la aplicación de la causal seGalada en elartículo "= bis del $ódigo del 5rabajo.

LOS 1RGANOS DE LOS PROCEDIMIENTOS CONCURSALES

 5ribunal $ompetenteBeedores+iquidadores

 Iuntas de -ccionistas

=#

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Superintendencia$omisión de -creedores

TRI/UNAL COMPETENTE#$

Su unción principal es la de dirimir la cuestión debatida en el juicio concursal,resolviendo si corresponde acogerla o denegarla. -demás, le correspondeconocer de los juicios acumulados, de la liquidación del pasivo, de las accionesrevocatorias concursales, de las acciones resolutorias, reivindicatorias,tercerías e incidentes, etc.

LOS :EEDORES#$

+o de2ne el artículo D CD !A de la +ey.

-quella persona natural sujeta a la 2scali)ación de la Superintendencia de

8nsolvencia y 6eemprendimiento, cuya misión principal es propiciar losacuerdos entre el 3eudor y sus acreedores, acilitar la proposición de -cuerdosde 6eorgani)ación Iudicial y resguardar los intereses de los acreedores,requiriendo las medidas precautorias y de conservación de los activos del3eudor.

Se encuentran regulados junto a los liquidadores en el capítulo 88 de la +ey CDA.@A.

El cargo de veedor lo nombra la Superintendencia y recae en personas ísicasque integran la N(mina e :eeores que se encuentra en la página eb dela misma.

Re<uisitos para el car"o 7art# F&#$

%$ontar con un título proesional de contador auditor o de una proesión de alo menos A semestres de duración, otorgado por universidades del Estado oreconocidas por éste, o por la $orte Suprema, en su casoH

%$ontar con, a lo menos, # aGos de ejercicio de la proesión que haga valerH

=%-probar el eamen de conocimiento para Beedores del artículo #H

!%Co estar aecto a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo @, y

#% >torgar, en tiempo y orma, la garantía seGalada en el artículo ". 3ebe serpor el monto de .AAA ' (7oleta 7ancaria o 1óli)a de Seguro%. Esta garantíatiene por objeto caucionar la eventual responsabilidad del veedor.

*unciones el :eeor 7art#8&#$

="

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+a unción principal del Beedor es propiciar los acuerdos entre el 3eudor y susacreedores, acilitando la proposición, negociación y celebración del -cuerdo.

1ara estos eectos, el Beedor puede citar al 3eudor y a sus acreedores encualquier momento desde la publicación de la 6esolución de 6eorgani)aciónhasta la echa en que debe acompaGar al tribunal su inorme sobre la

propuesta de -cuerdo de 6eorgani)ación Iudicial.

En el ejercicio de sus unciones deberá especialmente*

%8mponerse de los libros, documentos y operaciones del 3eudor.

% 8ncorporar y publicar en el 7oletín $oncursal copia de todos losantecedentes y resoluciones le ordene la ley.

=%6eali)ar las inscripciones y noti2caciones que disponga la 6esolución de6eorgani)ación.

!%6eali)ar las labores de 2scali)ación y valori)ación que se le imponen en losartículos @ y siguientes, reeridas a la continuidad del suministro, a la ventanecesaria de activos y a la obtención de nuevos recursos.

#% -rbitrar las medidas necesarias en el procedimiento de determinación delpasivo establecido en los artículos @A y @.

"% 6eali)ar la cali2cación de los poderes para comparecer en las Iuntas de-creedores e inormar al tribunal competente sobre la legalidad de éstos,cuando corresponda.

@%8mpetrar las medidas precautorias y de conservación de los activos del3eudor que sean necesarias para resguardar los intereses de los acreedores,sin perjuicio de los acuerdos que éstos puedan adoptar.

?%3ar cuenta al tribunal competente y a la Superintendencia de cualquier actoo conducta del 3eudor que signi2que una administración negligente o dolosade sus negocios y, con la autori)ación de dicho tribunal, adoptar las medidasnecesarias para mantener la integridad de los activos, cuando corresponda.

K% 6endir mensualmente cuenta de su actuación y de los negocios del 3eudora la Superintendencia, y presentar las observaciones que le mere)ca laadministración de aquél. Esta cuenta será enviada, además, por correo

electrónico a cada uno de los acreedores.

A% Ejecutar todos los actos que le encomiende esta ley.

Responsa!ilia el :eeor 7art# F8&#$

+a responsabilidad civil del Beedor alcan)a hasta la culpa le,Bsima y puedeperseguirse del juicio sumario, una ve) presentada la $uenta 'inal de

=@

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-dministración o desde que vence el pla)o para presentarla y sin perjuicio de laresponsabilidad legal (administrativa y penal% en que pudiere incurrir.

LOS LIUIDARORES#$

+o de2ne el artículo D CD K de la +ey.

-quella persona natural sujeta a la 2scali)ación de la Superintendencia de8nsolvencia y 6eemprendimiento, cuya misión principal es reali)ar el activo del3eudor y propender al pago de los créditos de sus acreedores, de acuerdo a loestablecido en esta ley.

Se encuentran regulados en el capítulo 88 de la +ey CD A.@A.

-l igual que en el caso del veedor, lo nombra la Superintendencia y recae enpersonas ísicas que integran la N(mina e Li<uiaores que se encuentraen la página eb de la misma.

Re<uisitos para el car"o 7art# &#$

Son los mismos que se eigen para los veedores, con la dierencia de quetienen que aprobar un eamen para liquidadores.

%$ontar con un título proesional de contador auditor o de una proesión de alo menos A semestres de duración, otorgado por universidades del Estado oreconocidas por éste, o por la $orte Suprema, en su casoH

%$ontar con, a lo menos, # aGos de ejercicio de la proesión que haga valerH

=%-probar el eamen de conocimiento para +iquidadores del artículo !H

!%Co estar aecto a alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo @, y

#% >torgar, en tiempo y orma, la garantía seGalada en el artículo ". 3ebe serpor el monto de .AAA ' (7oleta 7ancaria o 1óli)a de Seguro%. Esta garantíatiene por objeto caucionar la eventual responsabilidad del liquidador.

*unciones el Li<uiaor 7art# &#$

El +iquidador representa )uicial 2 e'tra)uicialmente los intereses"enerales e los  acreeores 2 los erec%os el Deuor en cuantopuean interesar a la masa, sin perjuicio de las acultades de aquéllos y deéste determinadas por la ley.

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+a representación de los acreedores es general, en el sentido de que norepresenta a ninguno individualmente, sino que al conjunto. Ejemplos derepresentación de los acreedores es el ejercicio de las acciones revocatorias yen general, en todas sus intervenciones debe velar por los intereses del

conjunto.En el ejercicio de sus unciones, el +iquidador debe especialmente*

%8ncautar e inventariar los bienes del 3eudor.%+iquidar los bienes del 3eudor.=%Eectuar los repartos de ondos a los acreedores.!%$obrar los créditos del activo del 3eudor.#% $ontratar préstamos para solventar los gastos del 1rocedimiento $oncursalde +iquidación."%Eigir rendición de cuentas de cualquiera que haya administrado bienes del

3eudor.

@%6eclamar del 3eudor la entrega de la inormación necesaria para eldesempeGo de su cargo.?%6egistrar sus actuaciones y publicar las resoluciones que se dicten en el1rocedimiento $oncursal de +iquidación en el 7oletín $oncursal.K% 3epositar a interés en una institución 2nanciera los ondos que perciba, encuenta separada para cada 1rocedimiento $oncursal de +iquidación y a nombrede éste, y abrir una cuenta corriente con los ondos para solventarlo.A%Ejecutar los acuerdos legalmente adoptados por la Iunta de -creedoresdentro del ámbito de su competencia.%$errar los libros de comercio del 3eudor, quedando como responsable porello rente a terceros desde la dictación de la 6esolución de +iquidación.%5ransigir y conciliar los créditos laborales con el acuerdo de la Iunta de-creedores, (conorme artículo !"%.

=%Ejercer las demás acultades y cumplir las demás obligaciones que leencomienda la presente ley.

SUPERINTENDENCIA DE INSOL:ENCIA 6 REEMPRENDIMIENTO#$

+a crea la +ey CD A.@A y destina el $apítulo 8R, arts. == y siguientes a esteServicio.

Se crea como servicio p9blico descentrali)ado con personalidad jurídica ypatrimonio propios, que se relaciona con el 1residente de la 6ep9blica a travésdel Tinisterio de Economía, 'omento y 5urismo.

*unciones#$

En general, le corresponde a la Superintendencia supervigilar y 2scali)ar lasactuaciones de los Beedores, +iquidadores, Tartilleros $oncursales,administradores de la continuación de las actividades económicas del deudor,asesores económicos de insolvencia y, en general, de toda persona que por leyquede sujeta a su supervigilancia y 2scali)ación.

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 5iene acultades para interpretar administrativamente las leyes, reglamentos ydemás normas que rigen a los 2scali)ados, sin perjuicio de las acultades

 jurisdiccionales que correspondan a los tribunales competentes.

+a +ey CD A.@A le otorga acultades también para actuar como intervinienteen los procesos criminales respecto de los delitos que cometan veedores,liquidadores y demás personas 2scali)adas, interponiendo querella ante el

 Iu)gado de 4arantía.

 3UNTAS DE ACREEDORES 7ARTS# FK> 6 SIGUIENTES&#$

El artículo ?A establece que los acreedores adoptarán los acuerdos en Iuntasde -creedores las que se denominan, seg9n corresponda, Iunta $onstitutiva,

 Iuntas >rdinarias y Iuntas Etraordinarias.

+a masa de acreedores se orma con el pronunciamiento de la resolución de

liquidación concursal. $onsciente el legislador de esta realidad y de lasdierencias que pueden tener los acreedores, los organi)a para que puedancumplir sus objetivos, en particular la administración y reali)ación de los bienesdel deudor.

+os órganos de la masa son las juntas de acreedores como entidadesdeliberantes y resolutivas y el liquidador en tanto ejecutor de los acuerdos delas juntas.

+a masa, no es una persona jurídica, no tiene patrimonio. May que recordar quesi bien se produce el desasimiento del deudor con la dictación de la resoluciónde liquidación, los bienes siguen siendo de su propiedad.

Concepto#$

+a junta de acreedores es el órgano donde los acreedores epresan su voluntaden relación con sus intereses y con los 2nes del procedimiento concursal.

+a liquidación concursal en $hile tiene una uerte in:uencia del criterioeconómico de la misma, en virtud del cual, el deudor queda retirado de laproducción, reasignándose los activos a otros individuos, para que puedanincorporarlos nuevamente a la producción de manera e2ciente.

3e esta manera, la +ey CD A.@A, entrega la administración y reali)ación delos bienes o la continuidad de las actividades económicas a los acreedores,organi)ados en juntas. El liquidador, se encarga solo de ejecutar los principalesacuerdos. U en consecuencia, la intervención de los poderes p9blicos en losprocedimientos concursales queda reducida a la simple labor de 2scali)aciónque ejerce la Superintendencia sobre los veedores y liquidadores.

u(rum para sesionar#$

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Se constituye legalmente para sesionar si cuenta con la concurrencia de uno oms acreeores que representen al menos el 8Q el pasi,o con erec%oa ,oto, salvo los  casos en que la ley concursal seGala epresamente unquórum de constitución distinto.

+a +ey, a dierencia de la ley de Luiebras, ya no eige la concurrencia de dosacreedores, lo que traía inconvenientes en el pasado.

u(rum e los acueros#$

La Le2 istin"ue entre <u(rum simple- caliJcao 2 especial#

+a regla general la constituye los acuerdos con ma2orBa simple, salvo que laley estable)ca un quórum dierente.

u(rum simple#$ Es la mayoría del pasivo con derecho a voto presente en la

 junta pertinente. $omo el quórum mínimo para constituirse es de un #J delpasivo con derecho a voto, el quórum simple para tomar acuerdo no podrá sernunca inerior del

,"J del pasivo total con derecho a voto, salvo el caso de la junta constitutivaen segunda citación que se celebra con los que asistan (art. D CD =!%

u(rum caliJcao#$ Es la mayoría absoluta del pasivo con derecho a voto entérminos absolutos (no de los presentes% (art. D CD ==%.

u(rum especial#$ $orresponde a V= del total del pasivo con derecho a voto.

Pu!licia 2 Derec%o a :o+#$ +as Iuntas de -creedores son p9blicas, pero el+iquidador puede disponer que, por ra)ones de seguridad y previa autori)ación

 judicial, se celebren sesiones con presencia limitada de p9blico general.

 5ienen derecho a vo)*

%5odos los acreedores que hayan veri2cado sus créditos, tengan o no derechoa voto%El +iquidador=%El 3eudor!%El Superintendente de 8nsolvencia y Emprendimiento, o quien éste designe

Acta 2 Pu!licaci(n#$ 3e todo lo obrado en la Iunta de -creedores, incluyendoacuerdos  adoptados y propuestas desestimadas, se levanta un acta, la quedebe ser suscrita por el +iquidador, el 3eudor si lo estimare y los acreedoresque para ello se designen en la misma Iunta de -creedores. 3icha acta serápublicada al día siguiente por el +iquidador en el 7oletín $oncursal.

Derec%o a ,oto 7art# FK? 2 F?>&#$

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 5ienen derecho a voto los acreedores cuyos créditos estén reconocidos (nobasta que hayan veri2cado% y a los que el tribunal se los haya concedido deconormidad al procedimiento del art. "A.

Ecepción (art. K y K%.&

.& +as 1ersonas 6elacionadas con el 3eudor no tienen de derecho a voto, nitampoco se consideran en el cálculo de los quórum.

.& +os acreedores cuyos créditos hubieren sido totalmente pagados a causa deun reparto, de un pago administrativo o por cualquier otra orma, incluso porun tercero. En el caso de que el pago del crédito hubiere sido parcial, elacreedor tiene derecho a voto sólo por el saldo insoluto.

Clases e 3untas#$

Eisten tres* Iunta $onstitutiva, Iuntas >rdinarias y Iuntas Etraordinarias.Están reguladas en los artículos K= y siguientes.

 3unta Constituti,a#$

Es la primera Iunta de -creedores que se celebra una ve) iniciado el1rocedimiento $oncursal de +iquidación. 5iene lugar al trigésimo segundo díacontado desde la publicación en el 7oletín $oncursal de la 6esolución de+iquidación y se reali)a en las dependencias del tribunal o en el lugarespecí2co que éste designe, a la hora que la misma resolución 2je. 5odo esto,debe 2gurar en la resolución de liquidación (art. K CD A%.

+a preside el jue) y act9a como ministro de e el secretario del tribunal. 3e lospuntos tratados, los acuerdos adoptados y demás materias que el tribunalestime pertinentes debe dejarse constancia en un acta que debe 2rmar el jue),el secretario, el +iquidador, los acreedores que lo soliciten y el 3eudor. nacopia autori)ada del acta se agrega al epediente, se publica en el 7oletín$oncursal dentro del tercer día siguiente de levantada, y se incorpora al librode actas que lleva el +iquidador.

Se"una citaci(n a la 3unta Constituti,a#$

Es en el caso de no celebrarse la Iunta $onstitutiva por alta del quórum

necesario para sesionar. Wsta debe eectuarse el segundo día, a la misma horay en igual lugar. El secretario del tribunal debe dejar constancia de la situaciónen el acta que se levante y desde entonces los acreedores se entiendenlegalmente noti2cados de esa segunda citación.

Eectos* +a Iunta convocada se tiene por constituida y se celebra con losacreedores que asistan, adoptándose las decisiones con Luórum Simple de lospresentes, sin perjuicio de las materias que eijan quórum distintos.

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Efectos e la 3unta *allia#$

Se entiende por allida si en la segunda citación no asiste ning9n acreedor conderecho a voto. El secretario del tribunal certi2ca esta circunstancia, y se tienepor celebrada la junta, produciéndose los siguientes eectos, sin necesidad dedeclaración judicial*

%+os +iquidadores, titular y suplente provisionales, quedan rati2cados depleno derecho en sus cargos, asumiendo ambos la calidad de de2nitivos.

% El +iquidador debe publicar en el 7oletín $oncursal, dentro de tercero díacontado desde que la junta quedó rustrada, el certi2cado del secretario dandopor allida la juntaH

O!)eti,os e la 3unta Constituti,a#$

% El +iquidador provisional debe presentar una cuenta acerca del estadopreciso de los negocios del 3eudor, de su activo y pasivo, y de su gestión. Si dela cuenta resulta que el valor probable del activo no ecede de #.AAA ', enesta misma junta se resuelve la enajenación conorme al procedimientosimpli2cado o sumario.% Se procede a la rati2cación o reempla)o de los +iquidadores titular ysuplente provisionales. En consecuencia, el liquidador provisional que uedesignado por el jue) en la resolución de liquidación, ejerce su cargo hasta esta

 junta.=% Se debe determinar día, hora y lugar en que sesionarán las Iuntas>rdinarias. Wstas deben tener lugar al menos semestralmente.!% Se debe designar un presidente y un secretario titulares y suplentes entre

los acreedores con derecho a voto o sus representantes para las uturassesiones.#% 3ebe votarse un plan o propuesta circunstanciada de la reali)ación de losbienes del 3eudor, la estimación de los principales gastos del 1rocedimiento$oncursal de +iquidación."%1ermite votarse la continuación de las actividades económicas de la empresadeudora.@%$ualquier otro acuerdo que la Iunta estime conducente, con ecepción deaquellos que recaigan sobre materias propias de Iuntas Etraordinarias.

 3untas Orinarias#$

Se llevan a eecto en el lugar y echa determinadas en la junta constitutiva. 5ienen por objeto conocer y pronunciarse sobre el inorme periódico delliquidador y sus cuentas parciales, proposiciones que éste presente yormularlas.

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Primera )unta orinaria#$

Se trata de una junta de plani2cación y la ley establece materia obligatoriasque deben tratarse en esta junta, sin embargo, se admite que los asuntos deésta hayan sido tratados también en la junta constitutiva.

Taterias >bligatorias de la 1rimera Iunta >rdinaria.&

%$onocer el inorme acerca del activo y pasivo del 3eudor, especialmente lasvariaciones que hubieren eperimentado desde la Iunta $onstitutiva.%3eterminar plan o propuesta circunstanciada de reali)ación de los bienes del3eudor.=%Estimar los principales gastos del 1rocedimiento $oncursal de +iquidación.!% Botar y acordarse, a proposición del +iquidador, del 3eudor o de cualquieracreedor asistente con derecho a voto, la continuación de actividadeseconómicas.

#% -cordar, con Luórum Especial, la no celebración de Iuntas >rdinarias por unperíodo determinado, o bien, su celebración solo por citación epresa del+iquidador o de acreedores que representen a lo menos el #J del pasivo conderecho a voto.

 3untas E'traorinarias#$

Se convocan en los siguientes casos*a%$uando lo ordena el tribunal del concurso.b%- petición del +iquidador o de la Superintendencia.c% $uando un acreedor o acreedores que representen a lo menos el #J delpasivo con derecho a voto lo soliciten por escrito al +iquidador.d% $uando así lo hubieren acordado los acreedores en Iunta >rdinaria conLuórum Simple.

Materias E'clusi,as e 3unta E'traorinaria#$

%+a revocación de los +iquidadores titular y suplente de2nitivos.%+a presentación de proposiciones de -cuerdos de 6eorgani)ación Iudicial.=% +os acuerdos sobre contrataciones especiali)adas previstas en el artículo !.Se re2ere a actividades especiali)adas y eclusivas para el cuidado ymantención del activo del 3eudor, a la recuperación y reali)ación del mismo ya su entrega material.!% +os anticipos de honorarios que solicite el +iquidador durante el1rocedimiento $oncursal de +iquidación (art =K%.

Citaci(n#$ +a hace el +iquidador quien debe publicar la citación a la IuntaEtraordinaria de  -creedores en el 7oletín $oncursal al día siguiente a lasolicitud, adjuntando copia de la solicitud que se le haya presentado.

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+a Iunta debe celebrarse transcurridos a lo menos tres días desde lapublicación de la citación por el +iquidador en el 7oletín $oncursal.

COMISI1N DE ACREEDORES#$

Es una nueva entidad creada por la +ey CD A.@A y está inspirada en hacermás e2ciente y ágil el proceso concursal.

Es designada por la Iunta de -creedores, con Luórum $ali2cado, para loseectos de adoptar los acuerdos que se comprendan dentro de la órbita de sucompetencia con valide) general. Su composición, acultades, duración yprocedimientos aplicables los determina la propia Iunta de -creedores, con elmismo quórum anterior y pueden reempla)ar en todo a la Iunta de -creedores.

$ríticas.& Se puede prestar para abusos por parte de los acreedores mayores,quienes podrán ecluir a los minoritarios de vo) y voto, aunque la ley noderoga las normas que establecen quórum especiales o cali2cados para ciertasmaterias.

AR/ITRA3E CONCURSAL

Proceencia el Ar!itra)e#$

$on el propósito de desjuiciali)ar, la +ey incorpora la posibilidad de arbitraje enlos artículos K# y siguientes, para los 1rocedimientos $oncursales de6eorgani)ación y +iquidación de la empresa deudora. Co está permitido en elcaso de procedimientos concursales de la 1ersona 3eudora. Se trata de unárbitro de derecho y unipersonal.

Oportunia para solicitarlo#$

En el 1rocedimiento $oncursal de 6eorgani)ación, el 3eudor debe acompaGaral tribunal competente, junto con los demás antecedentes que le eige en elartículo #" de la ley, las cartas de apoyo suscritas por acreedores querepresenten a lo menos la mayoría absoluta del pasivo del deudor, las cualesdeberán indicar el nombre de los árbitros titular y suplente designados por losacreedores y sus honorarios.

En el 1rocedimiento $oncursal de +iquidación, la Iunta $onstitutiva o cualquier Iunta posterior puede acordar, con Luórum Especial, someterse a arbitraje,designar a los árbitros titular y suplente, y 2jar sus honorarios.

Solo pueden ser árbitros los abogados que estén vigentes en la Cómina deXrbitros $oncursales que lleva la Superintendencia. 1ara ormar parte de laCómina de Xrbitros $oncursales se requiere ser abogado con al menos A aGos

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de ejercicio en la proesión. Co pueden ormar parte de esta nómina losBeedores ni los +iquidadores.

*acultaes especiales el r!itro#$

%1uede admitir cualquier clase de prueba y decretar de o2cio las diligenciasprobatorias que estime conveniente, con citación a las partes. 5iene además,en todo momento, acceso a los libros, documentos y medios de cualquier claseen los cuales estén contenidas las operaciones, actos y contratos del deudor, y

%-precia la prueba de acuerdo con las normas de la sana crítica.

T;RMINO DEL PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE

LIUIDACI1N

1or tratarse el procedimiento concursal de un juicio ejecutivo de carácterpatrimonial, básicamente, ambos procedimientos tienen la misma orma deconclusión.

 5erminan en consecuencia en primer lugar por el pago al ejecutante y por otrosequivalentes jurisdiccionales, como el desistimiento de la acción ejecutiva oconcursal, remisión total de la deuda, celebración de transacción oavenimiento que conormando a todas las partes, ponga término al juicio.

Sin embargo, los actores de colectividad y universalidad imponen la

introducción de ciertas modalidades especiales de clausura del procedimientoconcursal*

.& Cecesidad de una 6esolución Iudicial que lo declare clausurado.

.& Tayorías para obtener los acuerdos.

A#$ Resoluci(n e T0rmino el Proceimiento Concursal e Li<uiaci(n7arts 8@$8&#$

- dierencia de la legislación anterior donde se hablaba de sobreseimientotemporal y de2nitivo de la quiebra, hoy la resolución que pone 2n alprocedimiento se denomina 6esolución de 5érmino.

El art. #! prescribe que una ve) publicada la resolución que tuvo poraprobada la $uenta 'inal de -dministración del +iquidador, el tribunal, deo2cio, a petición de parte o de la Superintendencia, dictará una resolucióndeclarando terminado el 1rocedimiento $oncursal de +iquidación.

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6ecursos.& +a resolución que declare terminado el 1rocedimiento $oncursal de+iquidación es susceptible de recurso de apelación, el que se concederá en elsolo eecto devolutivo, conservando en el intertanto el 3eudor la libreadministración de sus bienes.

Efectos#$

%Eecto 'undamental.& El 3eudor recupera la libre administración de susbienes (los que le queden%.

% 'irme o ejecutoriada la resolución que declara el término del 1rocedimiento$oncursal de +iquidación, se etiguen por el solo ministerio de la ley y paratodos los eectos legales los saldos insolutos de las obligaciones contraídas porel 3eudor con anterioridad al inicio del 1rocedimiento $oncursal de +iquidación.

=% El 3eudor se entiende rehabilitado para todos los eectos legales, salvo quela resolución de término estable)ca algo distinto, como por ejemplo, algunasinhabilidades que la ley establece epresamente.

Este eecto es ecepcional ya que este procedimiento se utili)a esencialmentepara personas jurídicas a quienes poco importan tanto la inhabilidad como larehabilitación.

/#$ Acuero e Reor"ani+aci(n 3uicial 7arts# 89$8?&#$

Es uno de los medios que la +ey contempla para poner 2n a la ejecucióncolectiva. 3esde este punto de vista eiste una analogía entre el convenio dereorgani)ación judicial y la transacción judicial que pone 2n a la ejecuciónindividual.

na ve) noti2cada la nómina de créditos reconocidos, solo el deudor puedeormular proposiciones de acuerdo de reorgani)ación.

Mecha la propuesta, el tribunal dicta la resolución que la tendrá por presentaday 2ja echa, hora y lugar para la junta que votará el acuerdo. El quórum para elacuerdo es de V= de los acreedores presentes en la asamblea que representen=V! partes del pasivo con derecho a voto.

Efectos#$ -probado el acuerdo, se producen idénticos eectos que en el casode la resolución de término. Buelve el deudor a la administración de sus bienesy queda de pleno derecho rehabilitado, salvo otra estipulación en contrario en

el convenio. El liquidador queda obligado a rendir cuenta de su administración.PROCEDIMIENTOS CONCURSALES DE UNA PERSONADEUDORA

Se encuentra regulada en el capitulo B de la +ey CD A.@A, artículos "A al?".

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Masta la dictación de esta +ey, en $hile &a dierencia de otros países& soloeistía un procedimiento para empresas productoras de bienes y servicios, y nose pensaba en un procedimiento para el consumidor, que por m9ltiplesra)ones, ya sea, haber perdido su empleo, enermedad, muerte del sostenedoramiliar, se encontraba en cesación de pagos de sus deudas de consumo,cuentas de servicios básicos, tarjetas de crédito, etc.

Se inspira en el sistema colombiano en el cual ha tenido éito y habrá que vercon el tiempo sus resultados en $hile.

El sistema tiene un uerte componente no juridiccional, donde el procedimientoes dirigido sustancialmente por la Superintendenica, tanto para un convenio derenegociación que se lograría en la /audiencia de renegociación0 del art. ""como para uno que sea de liquidación como resultado de la /audiencia deejecución0 en la hipótesis del racaso de la primera (art. "@%, en conjuntodenominados /procedimiento concursal de renegociación0.

+a 1ersona deudora, la de2ne el art. D CD # de la +ey concursal de manera

residual como /toda persona natural no comprendida en la de2nición deEmpresa 3eudora0.

Se trata en consecuencia las siguientes*

.+os trabajadores dependientes (personas naturales contribuyentes del C.F del artículo!de la +ey sobre 8mpuesto a la 6enta%.

. +os demás sujetos de crédito que no ejer)an actividades propias de unaempresa, tales como dueGas de casa, estudiantes, jubilados, entre otros.

A#$ PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE RENEGOCIACI1N#$

Se trata de un procedimiento voluntario en virtud del cual, la 1ersona 3eudorapuede someterse a éste cuando concurra el hecho revelador de cesación depagos previsto en el art. "A.

Mecho revelador de cesación de pagos* si tuviere os o ms o!li"aciones,encias por ms e ?> Bas corrios- actualmente eigibles, provenientesde obligaciones diversas, cuyo monto total sea superior a K> U#*#, siempre ycuando no haya sido noti2cada de una demanda que solicite el inicio de un1rocedimiento $oncursal de +iquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo

iniciado en su contra que no sea de origen laboral.

Inicio el Proceimiento#$

Se inicia mediante la presentación de la persona deudora ante laSuperintendencia, utili)ando un ormato disponible en su sitio eb y en susdependencias.

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-ntecedentes que se deben acompaGar*

a% 3eclaración jurada con una lista de las obligaciones del 3eudor, vencidas ono, sean o no actualmente eigibles, y de todos sus acreedores con indicacióndel monto adeudado a cada uno, o su saldo, seg9n corresponda, epresando elnombre, domicilio, teléono, correo electrónico del acreedor y su representante

legal, en su caso y si lo conociere, y cualquier otro dato de contacto de cadauno de ellosH

b% 3eclaración jurada con la singulari)ación de todos los ingresos que percibe,por cualquier causa, sean éstos 2jos o esporádicos, acompaGando al eecto losantecedentes que los acreditenH

c% 3eclaración jurada con el listado completo de sus bienes, con indicación deaquellos que las leyes declaren inembargables, y de los gravámenes yprohibiciones que les aectenH

d%na propuesta de renegociación de todas sus obligaciones vigentesH

e%na declaración jurada en que conste que es 1ersona 3eudora o que,habiendo iniciado actividades comerciales, no haya prestado servicios pordichas actividades durante los ! meses anteriores a la presentación de lasolicitud, y

% na declaración jurada en que conste que no se le ha noti2cado de lademanda de +iquidación o de cualquier otro juicio ejecutivo iniciado en sucontra que no sea de origen laboral.

+a Superintendencia dentro de # días debe pronunciarse sobre su

admisibilidad.

Resoluci(n e Amisi!ilia 2 Auiencia#$

+a resolución debe incluir la comunicación a los acreedores y a terceros delinicio del 1rocedimiento $oncursal de 6enegociación y de la echa decelebración de la audiencia de determinación del pasivo. Esta audiencia sedebe celebrar no antes de # ni después de =A días contados desde lapublicación de esta resolución en el 7oletín $oncursal.

Efectos e la Resoluci(n e Amisi!ilia 7art# @&#$

Se producen desde la publicación de la 6esolución de -dmisibilidad y hasta eltérmino del 1rocedimiento $oncursal de 6enegociación, el cual ocurre con lapublicación en el 7oletín $oncursal del acta que contiene el -cuerdo de6enegociación o el -cuerdo de Ejecución, en su caso.

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F& Protecci(n *inanciera e la Persona Deuora#$

Co puede solicitarse la +iquidación 'or)osa de la 1ersona 3eudora, ni iniciarseen su contra juicios ejecutivos o ejecuciones de cualquier clase o restitucionesen juicios de arrendamiento durante la duración de los eectos.

- dierencia de la solicitud de reorgani)ación de la empresa deudora, en éstano tiene por eecto, suspender las acciones ejecutivas o concursales yainiciadas.

%$omo contrapartida de lo anterior, se suspenden los pla)os de prescripciónetintiva de las obligaciones del 3eudor.

=% 3ejan de devengarse intereses moratorios que se hayan pactado con la1ersona 3eudora.

Se trata de un bene2cio de congelación del pasivo para la persona deudora

que se justi2ca por no tratarse de una persona que ejerce actividadempresarial, ya que en la reorgani)ación de la empresa deudora, se siguendevengando intereses.

!% 5odos los contratos suscritos por la 1ersona 3eudora mantienen su vigenciay no se permite hacer eectivas cláusulas de resolución o caducidad undadasen el inicio del 1rocedimiento $oncursal de 6enegociación, con la solaecepción de suspender las líneas de crédito o sobregiro que se hubierenpactado.

#% +as obligaciones ya contraídas mantienen sus condiciones de pago, sin quese puedan acelerar o aplicarles multas undadas en el inicio del reeridoprocedimiento. Si la contraparte de estos contratos reali)are cualquier acciónque importe el término de los mismos o eigiera anticipadamente el pago de sucrédito, la sanción es que dicho crédito queda pospuesto en su pago hasta quese paguen la totalidad de los acreedores a quienes aecte el -cuerdo de6enegociación.

"% $ualquier interesado puede observar u objetar los créditos del listado, comoel listado de bienes seGalado del mismo hasta = días antes de la celebración dela audiencia de determinación del pasivo, pudiendo concurrir a la misma conderecho a vo) y voto.

@%3esasimiento.&

+a 1ersona 3eudora no puede ejecutar actos ni celebrar contratos relativos asus bienes embargables que sean parte de 1rocedimiento $oncursal de6enegociación, bajo el apercibimiento de ser tenido por depositario al)ado enlos términos del artículo !!! del $ódigo de 1rocedimiento $ivil.

Auiencia e Determinaci(n el Pasi,o#$

#A

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+a asistencia a la audiencia de determinación del pasivo es obligatoria paratodos los acreedores individuali)ados en la 6esolución de -dmisibilidad, bajoapercibimiento de proseguirse su tramitación sin volver a noti2car a losacreedores ausentes y asumiendo lo obrado durante la audiencia dedeterminación del pasivo.

Se celebra ante el Superintendente con los acreedores que asistan y la 1ersona3eudora, personalmente o debidamente representada. El Superintendente, oquien éste designe, act9a como acilitador (mediador%, ayudando a las partes aadoptar una solución satisactoria.

+a Superintendencia presenta una propuesta de nómina de pasivo teniendo envista el listado acompaGado por la 1ersona 3eudora y a lo observado uobjetado el reerido listado de acreedores, y las observaciones que laSuperintendencia pudiere sugerir.

En esta audiencia, con el voto de la 1ersona 3eudora y de la mayoría absolutadel pasivo, se determinará el pasivo con derecho a voto. +os créditos de las

1ersonas 6elacionadas con la 1ersona 3eudora no se consideran para loseectos de quórum ni para las votaciones a que hubiere lugar.

Si no se llega a acuerdo respecto del pasivo de la 1ersona 3eudora, en unaprimera o segunda audiencia, la Superintendencia debe citar a una audienciade ejecución.

Auiencia e Rene"ociaci(n#$

Su procedimiento está detallado en el art. "" y el Superintendente act9acomo mediador.

Acuero e Rene"ociaci(n#$

+a renegociación se acuerda con el voto conorme de la 1ersona 3eudora y dedos o más acreedores que en conjunto representen más del #AJ del pasivoreconocido. Co se considerarán en el pasivo para los eectos del quórum nipara las votaciones a que hubiere lugar los créditos de las 1ersonas6elacionadas con la 1ersona 3eudora, ni los acreedores garanti)ados queasistan y voten en contra del -cuerdo de 6enegociación propuesto.

Efectos el Acuero e Rene"ociaci(n#$

-cordada la renegociación, la Superintendencia dicta una resolución quecontendrá el acta con el -cuerdo de 6enegociación, suscrito por la 1ersona3eudora, los acreedores presentes y el Superintendente.

El -cuerdo de 6enegociación aecta 9nicamente a los acreedores que 2gurenen la nómina de créditos reconocidos hayan concurrido o no a la audiencia derenegociación.

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6especto de los créditos que conorman el acuerdo se entenderán etinguidas,novadas o repactadas, seg9n lo acordado, y la 1ersona 3eudora se entenderárehabilitada para todos los eectos legales. 1ara ello, la Superintendenciaemitirá un certi2cado de incobrabilidad a solicitud de los acreedores titularesde las deudas remitidas, que les permita castigar sus créditos en conormidada la ley cuando corresponda.

Acreeores cu2os cr0itos est0n "aranti+aos con caucionespersonales#$

3ebe distinguirse lo siguiente*

a% Si el respectivo acreedor vota a avor del -cuerdo de 6enegociación, o noasiste a la audiencia, su crédito se sujeta a los términos y modalidadesestablecidos en el reerido acuerdo y no podrá cobrarlo en términos ocondiciones distintas a los estipulados.

Si el respectivo acreedor asiste y vota en contra del -cuerdo del 6enegociaciónpropuesto, su crédito no se considerará en el reerido pasivo y podráperseguirlo respecto de los 2adores, avalistas o codeudores solidarios osubsidiarios, en los términos originalmente pactados.

Acreeores cu2os cr0itos est0n "aranti+aos con prena e %ipoteca#$

3ebe distinguirse lo siguiente*

% Si el respectivo acreedor vota a avor del -cuerdo de 6enegociación o noasiste a la audiencia, queda sujeto a los términos y condiciones establecidas enel reerido acuerdo y no puede cobrar su crédito en términos distintos a losestipulados.

% Si el respectivo acreedor asiste y vota en contra del -cuerdo de6enegociación, su crédito no se considerará en el reerido pasivo y puedeejecutar su garantía 9nicamente para el pago del crédito caucionado congarantía especí2ca. 6especto de los demás créditos que tenga el mismoacreedor en contra de la 1ersona 3eudora, en su caso, y que no se encuentrencaucionados con garantías especí2cas, quedan sujetos a los términos ycondiciones establecidos en el acuerdo y no pueden ser cobrados en términosdistintos a los estipulados.

Si la obligación de la 1ersona 3eudora está garanti)ada con prena o%ipoteca so!re !ienes e propiea e terceros, y el respectivo acreedorasiste y vota en contra del -cuerdo de 6enegociación propuesto, su crédito nose considerará en el pasivo y podrá cobrarlo respecto de las prendas ehipotecas otorgadas por terceros.

Caso en <ue no se lo"re Acuero#$ +a Superintendencia debe citar a unaaudiencia de ejecución.

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Auiencia e E)ecuci(n#$

Si no se alcan)a acuerdo respecto de la renegociación de las obligaciones, laSuperintendencia cita a los acreedores a una audiencia de ejecución.

Se celebra ante el Superintendente con los acreedores que asistieren o susrepresentantes legales, y la 1ersona 3eudora, personalmente o debidamenterepresentada.

Propuesta e Reali+aci(n el Acti,o#$ En la audiencia la Superintendenciadebe presentar una propuesta de reali)ación del activo del deudor.

Acuero e E)ecuci(n#$

+a 1ersona 3eudora y dos o más acreedores que representen a lo menos el#AJ del pasivo reconocido con derecho a voto acordarán la órmula dereali)ación del activo del deudor.

Efectos#$

Se entienden etinguidos, por el solo ministerio de la ley, los saldos insolutosde las obligaciones contraídas por la 1ersona 3eudora respecto de los créditosparte de dicho acuerdo, a contar de la publicación de esta resolución en el7oletín $oncursal.

Resoluci(n <ue eclara Jnali+ao el Proceimiento Concursal eRene"ociaci(n 2 e la e)ecuci(n#$

na ve) vencido el pla)o para impugnar el -cuerdo de 6enegociación o el

-cuerdo de Ejecución, seg9n corresponda, o una ve) resuelta y desechada laimpugnación, la Superintendencia declarará 2nali)ado el 1rocedimiento$oncursal de 6enegociación.

Impu"naci(n el Acuero e Rene"ociaci(n 2 E)ecuci(n#$

1ueden ser impugnado por los acreedores aectados y por las causales queestablece el art. @. Se deduce ante el tribunal competente, en juicio sumario,dentro del pla)o de A días contado desde la publicación del -cuerdo de6enegociación o del -cuerdo de Ejecución en el 7oletín $oncursal.

Si se acoge la impugnación al -cuerdo de 6enegociación o al -cuerdo de

Ejecución, el tribunal debe dictar la 6esolución de +iquidación de los bienes la1ersona 3eudora en la misma resolución que acoge la impugnación.

Causales#$

#=

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%Error en el cómputo de las mayorías requeridas para el acuerdo.

% 'alsedad o eageración del crédito de alguno de los acreedores que hayaconcurrido con su voto a ormar el quórum necesario para el respectivoacuerdo.=% $oncierto entre uno o más acreedores y el deudor para votar a avor,

abstenerse de votar o recha)ar el -cuerdo de 6enegociación o el -cuerdo deEjecución, alseando, omitiendo o adulterando inormación para obtener unaventaja indebida respecto de los demás acreedores.!%Si con posterioridad a la celebración de un -cuerdo de 6enegociación o deun -cuerdo de Ejecución aparecieran bienes.

T0rmino anticipao el Proceimiento Concursal e Rene"ociaci(n#$

+a Superintendencia declarará el término anticipado del 1rocedimiento$oncursal de 6enegociación en los siguientes casos*

%Si la 1ersona 3eudora inringe la prohibición de celebrar actos y contratos,sin perjuicio de la sanción propia establecida para el depositario al)ado delartículo !!! del $ódigo de 1rocedimiento $ivil.% Si la 1ersona 3eudora deja de cumplir alguno de los requisitos seGalados enel artículo "A, reerentes a las causales que justi2can la procedencia delprocedimiento.=%Si no se arribare a acuerdo en la audiencia de ejecución.!%$uando con posterioridad al inicio del procedimiento aparecieren bienes nodeclarados por la 1ersona 3eudora en los antecedentes a que se re2ere elartículo ".

PROCEDIMIENTO CONCURSAL DE LIUIDACI1N DE LOS /IENES DEUNA PERSONA DEUDORA

CAUSALES#$

 5iene diversas causales o hechos reveladores de situación de insolvencia ydi2ere en varios aspectos de las establecidas para la empresa deudora..& Lue la Superintendencia declare el término anticipado del procedimientoconcursal de renegociación conorme al art. "K. +a Superintendencia en estecaso debe remitir al tribunal los antecedentes seGalados en el art. ?"..& Lue se acoja la impugnación de los acuerdos de renegociación o deejecución.

=.& 1or petición de liquidación voluntaria del deudor (art. @=%.!.& +o solicite un acreedor amparado en la eistencia de dos o más títulosejecutivos vencidos en contra del deudor, provenientes de obligacionesdiversas, encontrándose iniciadas al menos dos ejecuciones y no se hubierenpresentado bienes su2cientes dentro de los ! días del requerimiento para elpago.

#!

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A#$ LIUIDACI1N :OLUNTARIA DE LOS /IENES DE LA PERSONADEUDORA

Este procedimiento se ventila ante los tribunales y no ante laSuperintendencia.

Se inicia a solicitud del deudor con los antecedentes sobre su activo y pasivo, juicios en su contra y datos de sus acreedores, seGalados en el art. @=. nave) presentada, debe concurrir a la Superintendencia para que nomine a losliquidadores titular y suplentes (art. =@%.

6ecibido el $erti2cado de Cominación de la Superintendenica, el tribunal dictala resolución de liquidación de los bienes de la 1ersona 3eudora y se publica enel 7oletín $oncursal.

Efectos e la resoluci(n e li<uiaci(n e los !ienes e la PersonaDeuora#$

1roduce los mismos eectos que para el concurso de la empresa deudora,siempre que seas compatibles con este tipo de persona, y con la dierencia deque se permite que la remuneración que perciba el deudor, ingrese al concursodurante los = meses siguientes a la apertura y con los límites del art. !!# del$1$ y #@ del $ódigo del 5rabajo.

El procedimiento de determinación del pasivo, es el mismo que el visto para la

empresa deudora y el procedimiento de liquidación de bienes es siempresumario.

Acciones Re,ocatorias e la Persona Deuora#$

/#$ LIUIDACI1N *OR4OSA DE LOS /IENES DE LA PERSONA DEUDORA#$

Se inicia por demanda del acreedor, cumpliendo con los requisitos del art. ?=,que son idénticos al procedimiento de liquidación or)osa en contra de laempresa deudora.

El 5ribunal cita a las partes a una audiencia inicial y contin9a con el mismoprocedimiento que el de la empresa deudora, con la dierencia de que eldeudor no puede trabar la acción invocando haberse acogido a larenegociación convencional. En el caso de la empresa deudora, se puedeoponer invocando el inicio de un procedimiento de reorgani)ación.

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RE:OCACI1N DE LOS ACTOS E3ECUTADOS O CONTRATOS CELE/RADOSPOR UNA PERSONA DEUDORA#$+a ley lo regula especialmente en el artículo KA. +os acreedores se encuentranacultados para intentarlas, pero a dierencia del caso de la empresa deudora,en esta 9ltima el liquidador o veedor está obligado a interponerla.

Proceencia#$

-l igual que en caso de la empresa deudora, la ley establece causales derevocabilidad objetiva y luego permite la interposición de la acción pauliana demanera residual o subsidiaria para aquellos actos ejecutados o contratoscelebrados por la 1ersona 3eudora.

A#$ Re,oca!ilia O!)eti,a#$

%5odo pago anticipado, cualquiera uere la orma en que haya tenido lugar.% 5odo pago de deudas vencidas que no sea ejecutado en la orma estipuladaen la convención. +a dación en pago de eectos de comercio equivale a pagoen dinero.=% 5oda hipoteca, prenda o anticresis constituida sobre bienes del deudor paraasegurar obligaciones anteriormente contraídas.!%5ratándose de cualquier acto o contrato celebrado a título gratuito

Oportunia para interponerla#$

na ve) iniciados los 1rocedimientos $oncursales de 6enegociación o de+iquidación de los 7ienes la 1ersona 3eudora, los acreedores podrán deduciracción revocatoria concursal, dentro de un ao  inmediatamente anterior alinicio de estos procedimientos En el caso de los actos o contratos celebrados atítulo gratuito o que hayan celebrado con 1ersonas 6elacionadas a la 1ersona

3eudora, pla)o se amplía a aos#El jue) deber constatar si el acto ejecutado o el contrato celebrado han tenidolugar dentro de los pla)os seGalados y si responden a alguna de lasdescripciones previstas. Mabiéndose constatado la concurrencia de losrequisitos anteriores, el tribunal dictará sentencia acogiendo la acciónrevocatoria concursal interpuesta, salvo que el 3eudor o el tercero contratanteacrediten que el acto ejecutado o el contrato celebrado no produjeron perjuicioa la masa de acreedores.

/#$ Acci(n Pauliana

- dierencia de los concursos en contra de la empresa deudora, la ley en lugar

de establecer causales de revocabilidad subjetiva, prevé la acción pauliana delart. !"? del $ódigo $ivil, para los actos ejecutados o de contratos celebradosa título oneroso, en cualquier tiempo con anterioridad al inicio del1rocedimiento $oncursal respectivo.

Esta acción la intentará el acreedor a alta de acción concursal ya que estas9ltimas son más sencillas, y a dierencia de las reglas del $ódigo $ivil, sepresume que la 1ersona 3eudora conocía el mal estado de sus negocios antesdel inicio del 1rocedimiento $oncursal respectivo.

#"

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Esta acción comprende revocación objetiva o subjetiva dependiendo si se tratade actos a título gratuito u oneroso. Si es gratuito solo se requiere mala e deldeudor (la cual se presume en virtud del art. KA%, pero si se trata de actosonerosos, conorme al $ódigo $ivil, se eige además acreditar mala e deltercero que contrata con el deudor.