ntcse - calidad de suministro
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Aplicación de la
NTCSE - Calidad de
Suministro
Daniel Acosta
Andrés Huaman
Trujillo – Perú
18 y 19 de septiembre 2014
2
1. OBJETIVO
2. ALCANCES
3. ASPECTOS GENERALES
4. CALIDAD DEL SUMINISTRO
5. EXONERACIÓN DE LAS COMPENSACIONES POR LA
NTCSE
6. OTROS ASPECTOS RELEVANTES DE LA NTCSE
CONTENIDO
3
La NTCSE tiene como objetivo establecer los niveles
mínimos de calidad de los servicios eléctricos, y las
obligaciones de las empresas de electricidad y los Clientes
que operan bajo el régimen de la Ley de Concesiones
Eléctricas.
1. OBJETIVO
4
La NTCSE es de aplicación imperativa para el suministro de
servicios relacionados con la Generación, Transmisión y
Distribución de la electricidad sujetos a regulación de
precios y a Clientes Libres en aquellas partes que no hayan
acordado o no hayan pactado en contrario.
2. ALCANCES
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3.1 Parámetros de la calidad de los Servicios Eléctricos
3.2 Obligaciones del Suministrador
3.3 Sectores Típicos de Distribución
3.4 Sectores con suspensión de la aplicación de la NTCSE
3.5 Clasificación de los Niveles de Tensión
3. ASPECTOS GENERALES
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a) CALIDAD DE PRODUCTO (Generadores+Distribuidores)
- Tensión
- Frecuencia
- Perturbaciones
b) CALIDAD DE SUMINISTRO (Generadores +
Transmisores+Distribuidores)
- Interrupciones
- Rechazos de carga automático por mínima frecuencia
- Rechazos de carga manual por mínima tensión
b) SERVICIO COMERCIAL (Distribuidores)
- Trato al Cliente
- Medios de Atención
- Precisión de la medida
d) ALUMBRADO PÚBLICO (Distribuidores)
- Deficiencia del Alumbrado.
3.1 PARÁMETROS DE LA CALIDAD DE LOS
SERVICIOS ELÉCTRICOS
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El Suministrador es responsable de prestar un servicio con un nivel de calidad
satisfactorio de acuerdo a la NTCSE.
Realizar las inversiones y cubrir los costos de equipos, mediciones y registros.
Cubrir los costos para aplicar la NTCSE.
Proporcionar información verídica para la aplicación de la NTCSE.
Pagar a su Cliente las compensaciones por incumplimiento con la calidad.
Abonar el importe de las multas que la Autoridad aplique.
Informar sobre sus obligaciones a sus Clientes en nota adjunta a las facturas de
Enero y Julio.
3.2 OBLIGACIONES DEL SUMINISTRADOR
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El OSINERGMIN es el que controla.
Para ello se elaboró un documento llamado “Base Metodológica para la
Aplicación de la Norma Técnica de Calidad de los Servicios Eléctricos”,
en donde se describe:
La estructura de la Base de Datos
La forma de transferencia de la información a la Autoridad.
La ejecución de campañas y registros
La aprobación de especificaciones técnicas de equipos a utilizarse.
3.3 CONTROL DE SU CUMPLIMIENTO
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Sector Típico 1: Urbano de Alta Densidad (Se compensa)
Sector Típico 2: Urbano de Media Densidad (Se compensa)
Sector Típico 3: Urbano de Baja Densidad (Se compensa si el
promedio de las dos más altas demandas registradas en el
semestre supera los 500 KW)
Sector Típico 4: Urbano Rural (No se compensa)
Sector Típico 5: Rural (No se compensa)
3.4 SECTORES TÍPICOS DE DISTRIBUCIÓN
Desde el 1ro de Julio del 2010 entro en aplicación la segunda
etapa de la NTCSER (Servicio Rural) esto considera la
aplicación para los sectores típicos 4 y 5.
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Para efectos de la NTCSE los niveles de tensión de suministro son:
a) Muy Alta Tensión Mayor a 100kV
b) Alta Tensión Mayor o igual que 30kV y menor o igual
a 100kV
c) Media Tensión Mayor que 1kV y menor que 30 kV
3.5 CLASIFICACIÓN DE LOS NIVELES DE
TENSIÓN
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4.1 Definición
4.2 Punto de entrega
4.3 Factores de Ponderación
4.4 Tolerancias por semestre
4.5 Casos
4.6 Compensación Económica por Interrupción de
Suministro
4.7 Ejemplo de cálculo de compensación
4. CALIDAD DEL SUMINISTRO
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Se expresa en función de la continuidad del servicio eléctrico a los Clientes, es decir
de acuerdo a las interrupciones del servicio.
Una interrupción es la falta de servicio eléctrico en un punto de entrega (G/D) por
cualquier motivo, cuya duración sea mayor o igual a 3 min.
También se consideran las interrupciones por rechazo de carga por mínima
frecuencia.
4.1 DEFINICIÓN
Es la barra donde uno o varios Generadores contratan el servicio con la
Distribución o Clientes Libres
4.2 PUNTO DE ENTREGA
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a) Número de Interrupciones por Cliente por Semestre (N).
Programadas por mantenimiento: 1,0
Programadas por expansión o reforzamiento 0,5
4.3 FACTORES DE PONDERACIÓN
a) Número de Interrupciones por Cliente por Semestre (N)
b) Duración Ponderada de Interrupciones por Cliente (D)
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b) Duración Ponderada de Interrupciones por Cliente (D)
D = (Ki * di)
Donde:
di : Es la duración individual de la interrupción i.
Ki : Son factores de ponderación de la duración de las interrupciones:
Programadas por mantenimiento: 0,50
(48 h de anticipación, señalando horario)
Programadas por expansión o reforzamiento 0,25
(sustentadas ante Osinergmin)
Otras: 1,00
4.3 FACTORES DE PONDERACIÓN
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D = (Ki * di)
Si existiese diferencia entre la duración real y la programada, la diferencia ():
Ki = 0 ; si la duración real es menor a la programada.
Ki = 1 ; si la duración real es mayor a la programada.
b) Duración Ponderada de Interrupciones por Cliente (D)
4.3 FACTORES DE PONDERACIÓN
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a) Número de Interrupciones por Cliente (N’)
- Clientes en Muy Alta y Alta Tensión: 2
- Clientes en Media Tensión: 4
- Clientes en Baja Tensión: 6
b) Duración Total Ponderada de Interrupciones por Cliente (D’)
- Clientes en Muy Alta y Alta Tensión: 04 horas
- Clientes en Media Tensión: 07 horas
- Clientes en Baja Tensión: 10 horas
4.4 TOLERANCIAS POR SEMESTRE
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C: Compensación total del semestre
e: Compensación unitaria = 0.35 US$/KWh
ERS: Energía semestral Registrada
di: Número de horas de interrupción.
NHS: Número de horas en el semestre.
D: Duración ponderada total de las interrupciones.
N: Número ponderado de interrupciones del semestre.
[1+(N-N´)/N´+ (D-D´)/D´]: Factor de proporcionalidad por trasgresión a las tolerancias
Finalizado el Semestre, el Suministrador responsable en un punto de entrega,
calcula las compensaciones de acuerdo a la siguiente fórmula:
'
'
'
'1
D
DD
N
NND
diNHS
ERSeC
4.5 COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR INTERRUPCIÓN DE
SUMINISTROS
EENSeC **
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C: Compensación total del semestre
e: Compensación unitaria = 0.35 US$/KWh
ERS: Energía semestral Registrada
di: Número de horas de interrupción.
NHS: Número de horas en el semestre.
D: Duración ponderada total de las interrupciones.
N: Número ponderado de interrupciones del semestre.
[1+(N-N´)/N´+ (D-D´)/D´]: Factor de proporcionalidad por trasgresión a las tolerancias
Para interrupciones > 34 h continuas
4.5 COMPENSACIÓN ECONÓMICA POR INTERRUPCIÓN
DE SUMINISTROS
'
'*3/1
'
'24
'
'1
D
DD
D
D
N
NND
diNHS
ERSeC
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Caso A: Se programa un mantenimiento, de 07:00 a 13:00h, y se realiza de 07:30
a 12:30h, entonces la duración ponderada es:
D = 5.0 x 0.5 = 2.5 horas
Caso B: Se programa un mantenimiento de 07:00 a 13:00 h y se realiza de 07:30h a
15:30 h, entonces la duración ponderada es:
D = 6.0 x 0.5 + 2 x 1.0 = 5.00 horas
Caso C: Se programa un mantenimiento de 07:00 a 13:00h, y se realiza de 06:30 a
12:30h, entonces la duración ponderada es:
D = 6.0 x 0.5 = 3.0 horas
4.6 CASOS:
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Si en un Punto de Entrega (60 kV) ocurrieron las siguientes interrupciones:
a) Dos interrupciones por ampliación de la subestación, de 4 h cada una:
Interrupciones ponderadas = 0.5x2 = 1;
Duración ponderada = 0.25(2 x 4) = 2 h
b) Una interrupción por mantenimiento programado de 6 h.
Interrupción ponderada = 1;
Duración ponderada = 0.5 x 6 = 3 h.
c) Una falla que duró 0.5 h.
Interrupción ponderada = 1 x 1 = 1
Duración ponderada = 1 x 0.5 = 0.5h
4.7 EJEMPLO DE CÁLCULO DE COMPENSACIÓN
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Entonces:
a) El Número de Interrupciones ponderadas:
N = 1 + 1 + 1 = 3
b) Duración total de las interrupciones sin ponderar:
di = 8 + 6 + 0.5 = 14.5 horas
c) Duración total ponderada:
D = 2 + 3 + 0.5 = 5.5 horas
Si la energía registrada en el semestre es: ERS = 25 000 000 KWh
Entonces, la compensación será:
C = US$ 12,300.49
4.7 EJEMPLO DE CÁLCULO DE COMPENSACIÓN
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Se debe avisar al OSINERGMIN dentro de las 48 horas de ocurrido el evento.
Dentro de los 15 días se presentará al OSINERGMIN la documentación
sustentatoria. Este Organismo tiene un plazo de 30 días para resolver.
5.1 FUERZA MAYOR
5.2 REFORZAMIENTOS O AMPLIACIONES DE INSTALACIONES
EXISTENTES
Se solicita su calificación con el debido sustento al OSINERGMIN con 15 días de
anticipación a la desconexión programada por este motivo.
La Autoridad tiene un plazo de 10 días para resolver
5. EXONERACIÓN DE LAS
COMPENSACIONES POR NTCSE
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6.1 EXCEPCIÓN EN LA CALIDAD DEL PRODUCTO (Tensión,
Frecuencia y Perturbaciones)
Ante una falla en la transmisión, no se considerarán, por un período de 10 minutos, las
transgresiones por calidad del Producto en lo que se refiere a tensión y frecuencia,
que origine dicha falla (numeral 3.3).
Si pasado este período, estos parámetros sobrepasan las tolerancias establecidas, la
responsabilidad será de los generadores.
6. OTROS ASPECTOS
RELEVANTES DE LA NTCSE
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El COES debe elevar a la Autoridad (Osinergmin) un informe técnico.
Es posible que el Coordinador del Sistema sea responsable de una falla, por lo que
resulta que el COES se convierta en juez y parte.
No existe segunda instancia administrativa, por lo que las resoluciones del COES
sólo pueden ser cambiadas mediante un arbitraje.
En caso de fallas, el COES está obligado a investigar e identificar a los
responsables por el incumplimiento de la calidad a través de un análisis
estrictamente técnico (numeral 3.5)
6.2 IDENTIFICACIÓN DE LOS RESPONSABLES
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Para todos los efectos, constituyen interrupciones de rechazo de carga las
interrupciones originadas por:
a) El rechazo automático de carga por acción de los relés de mínima frecuencia y/o
mínima tensión, cuyos ajustes fueron establecidos por el COES; y
b) El rechazo de carga manual por disposición del Coordinador de la Operación en
Tiempo Real del Sistema.
En ambos casos, el COES investigará e identificará a los integrantes responsables
(generador o transmisor) por el incumplimiento con la calidad del producto y
suministro.
6.3 INTERRUPCIONES POR MÍNIMA FRECUENCIA
Gracias
por su
atención.