nsr10 capitulo k

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  • 5/10/2018 NSR10 CAPITULO K

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    NSR-10 - Capitulo K.1 - Generalidades, prop6sito yalcance

    TITULO KREQUISITOS COMPLEMENTARIOSCAPITULO K.1GENERALIDADES, PROPOSITO V ALCANCE

    K.1.1 - GENERALIDADESK.1.1.1 - PROPOSITO - EI proposito del Titulo K es el de definir parametres y especificaciones arquitectonicasconstructivas tendientes a la seguridad y la preservacion de la vida de los ocupantes y usuarios de las distintaedificaciones cubiertas por el alcance del presente Reglamento.K.1.1.2 - ALCANCE - EI presente Titulo K, de acuerdo con 1 0 establecido en el Literal K) del Articulo 48 de la Le400 de 1997, contiene los requisitos complementarios del presente Reglamento, para cumplir el proposito dproteccion a la vida, en edificaciones cubiertas por su alcance. EI Titulo K comprende en el Reglamento NSR-1 0, lsiguientes Capitulos:

    Capftulo K. 1- Generalidades, prop6sito yalcanceCapftulo K.2 - Clasificaci6n de las edificaciones por grupos de ocupaci6nCapftulo K.3 - Elementos para las zonas comunesCapftulo K.4 - Requisitos especiales para vidrios, Productos de Vidrio y Sistemas Vidriados

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    NSR-10 - Capitulo K.1 - Generalidades, prop6sito yalcance

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacion

    CAPITULO K.2CLASIFICACION DE LAS EDIFICACIONESPOR GRUPOS DE OCUPACIONK.2.1 - GENERALK.2.1.1 - Este Capitulo establece y controla la clasificacion de todas las edificaciones y espacios existentes, dacuerdo can su usa y ocupacion y es aplicable a los Titulos K Y J del presente Reglamento. Debe consultarseademas, el Capitulo A.2 para efectos de la clasificacion par importancia en grupos de usa can respecto a la sismresistencia de la edificacion.K.2.1.2 - Toda edificacion a espacio que se construya a altere debe clasificarse, para los propositos de esReglamento, en uno de los Grupos de Ocupacion dados en la tabla K.2.1-1 , de acuerdo can su ocupacion principaldominante.

    Tabla K.2.1-1Grupos y subgrupos de ocupaclen

    Grupos y Subgrupos de Clasificacion seeeteneeueaetenA ALMACENAMIENTO K.2.2A-1 Riesgo moderadoA-2 Riesgo bajoC COMERCIAL K.2.3C-1 ServiciosC-2 BienesE ESPECIALES K.2.4F FABRIL E INDUSTRIAL K.2.5F-1 Riesgo moderadoF-2 Riesgo bajoI INSTITUCIONAL K.2.61-1 Reclusion1-2 Salud a incapacidad1-3 Educacion1-4 Seguridad publica1-5 Servicio publicoL LUGARES DE REUNION K.2.7L-1 DeportivosL-2 Culturales y teatrosL-3 Sociales y recreativosL-4 ReligiososL-5 De transporteM MIXTO Y OTROS K.2.8P ALTA PELIGROSIDAD K.2.9R RESIDENCIAL K.2.10R-1 Unifamiliar y bifamiliarR-2 MultifamiliarR-3 HotelesT TEMPORAL K.2.11

    K.2.1.3 - La tabla K.2-1 presenta una lista de grupos y subgrupos de ocupacion destinada a la clasificacion dedificaciones y espacios de acuerdo can las especificaciones de los numerales K.2.2 a K.2.11.

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacionK.2.2 - GRUPO DE OCUPACION ALMACENAMIENTO (A)K.2.2.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion Almacenamiento (A) se clasifican las edificaciones a espacioutilizados como el almacenamiento de mercancfas, carga a bienes en general, a menos que se clasifiquen enGrupo de Ocupacion Alta Peligrosidad (P), numeral K.2.9. EI Grupo de Ocupacion Almacenamiento (A) esconstituido par los Subgrupos de Ocupacion Almacenamiento Riesgo Moderado (A-1) Y Almacenamiento Riesgo Ba(A-2).

    K.2.2.2 - SUBGRUPO DE OCUPACION ALMACENAMIENTO DE RIESGO MODERADO (A-1) - En el Subgrupde Ocupacion Almacenamiento de Riesgo Moderado (A-1) se clasifican las edificaciones a espacios utilizados paalmacenamiento de materiales que, siendo combustibles, arden can rapidez moderada y no producen gasevenenosos ni explosivos. En la tabla K.2.2-1 se presenta una lista indicativa de materiales de almacenamiento y tipode edificaciones que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (A-1).Tabla K.2.2-1

    Subgrupo de ocupaclen almacenamiento de riesgo moderado (A-1)Papel Muebles CeraVestidos Maderas PielesZapatos l.inoleo Establos y galponesPaja Azucares EstacionamientosCuero Seda Talleres rnecanicosCarton Tabaco Productos IotoqraficosAdhesivos Cigarrillos Otros similaresCales Granos

    K.2.2.3 - SUBGRUPO DE OCUPACION ALMACENAMIENTO DE RIESGO BAJO (A-2) - En el Subgrupo dOcupacion Almacenamiento de Riesgo Baja (A-2) se clasifican las edificaciones a espacios utilizados paraalmacenamiento de material incombustible a de combustion muy lenta. En la tabla K.2.2-2 se presenta una lisindicativa de materiales de almacenamiento y tipos de edificaciones que deben clasificarse en el Subgrupo dOcupacion (A-2).Tabla K.2.2-2

    Subgrupo de ocupaclen almacenamiento de riesgo bajo (A-2)AsbestosProductos alimenticiosVidrioMetalesPorcelanaTalcosOtros similares

    K.2.3 - GRUPO DE OCUPACION COMERCIAL (C)K.2.3.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion Comercial (C) se clasifican las edificaciones a espaciodestinados a la realizacion de transacciones, ofrecimiento de servicios profesionales, compra, venta y usa dmercancfas, carga a bienes en general, excepto los incluidos en el Grupo de Ocupacion Alta Peligrosidad (P),numeraK.2.9. EI Grupo de Ocupacion Comercial (C) esta constituido par los Subgrupos de Ocupacion Comercial, Servicio(C-1) y Comercial de Bienes y Productos (C-2).K.2.3.2 - SUBGRUPO DE OCUPACION COMERCIAL, SERVICIOS (C-1) - En el Subgrupo de OcupacioComercial, Servicios (C-1) se clasifican las edificaciones a espacios en donde se realizan transacciones y se ofreceservicios profesionales a comerciales, que incidentalmente involucren el almacenamiento de pequeAas cantidades dbienes para el funcionamiento y oferta de dichos servicios. En la tabla K.2.3-1 se presenta una lista indicativa dedificaciones a espacios que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (C-1).

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacionTabla K.2.3-1

    Subgrupo de ocupaclen comercial servicios (C-1)BancosConsultoriosSalas de belleza y afinesAseguradorasOficinasEdificaciones administrativasOtros similares

    K.2.3.3 - SUBGRUPO DE OCUPACION COMERCIAL DE BIENES Y PRODUCTOS (C-2) - En el Subgrupo dOcupacion Comercial de Bienes y Productos (C-2) se clasifican las edificaciones a espacios utilizados enexhibicion, venta y comercializacion de bienes, productos y mercancfas a los cuales tiene acceso el publiccomprador.La mercancfa altamente combustible debe limitarse a cantidades pequeAas, de tal manera que la edificacicn no tengnecesariamente que cumplir can los requisitos para edificaciones del Grupo de Ocupacion de Alta Peligrosidad (Pnumeral K.2.9. En la tabla K.2.2-5 se presenta una lista indicativa de edificaciones a espacios que deben clasificarsen el Subgrupo de Ocupacion (C-2).

    Tabla K.2.3-2Subgrupo de ocupaclen comercial de bienes y productos (C-2)AlmacenesMercadosSupermercadosDepositos menoresRestau rantesCentros comercialesPanaderfasFarmaciasBodegasCentros de distribucion al detal y parmayor

    K.2.4 - GRUPO DE OCUPACION ESPECIALES (E)K.2.4.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion, Especiales (E) se clasifican las edificaciones a espacios dconstruccion que no clasifiquen en ninguno de los otros Grupos de Ocupacion especfficos y que tengacaracterfsticas tecnicas, constructivas a de usa de caracter especial.K.2.4.2 - LlSTA DE OCUPACIONES ESPECIALES - En la tabla K.2.4-1 se presenta una lista indicativa dedificaciones a espacios que deben clasificarse en el Grupo de Ocupacion Especiales (E). Esta debe incluir, adernastodos aquellos tipos de edificaciones que se proyecten par primera vez y sabre las cuales no existan reglamentoaprobados.

    Tabla K.2.4-1Grupo de ocupaclen especiales (E)

    Piscinas AutocinemasParques de Diversion Unidades MovilesCementerios Establecimientos de Lavado en secoParqueaderos privados HelipuertosParqueaderos publicos Alojamientos y Tratamiento de AnimalesTalleres

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacionK.2.S - GRUPO DE OCUPACION FABRIL E INDUSTRIAL (F)K.2.S.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion, Fabril e Industrial (F) se clasifican las edificaciones a espacioutilizadas en la explotacion de materia prima, Iabricacion, ensamblaje, manufacturacion, procesamientotransformacion de productos, materiales a energfa; excepto cuando se trate de productos a materiales altamentcombustibles, inflamables a explosivos, en cuyo caso deben clasificarse en el Grupo de Ocupacion, de AlPeligrosidad (P), numeral K.2.9. EI Grupo de Ocupacion Fabril e Industrial (F) esta constituido par los Subgrupos dOcupacion Fabril e Industrial de Riesgo Moderado (F-1) Y Fabril e Industrial de Riesgo Baja (F-2).K.2.S.2 - SUBGRUPO DE OCUPACION FABRIL E INDUSTRIAL DE RIESGO MODERADO (F-1) - EnSubgrupo de Ocupacion Fabril e Industrial de Riesgo Moderado (F-1) se clasifican las edificaciones a espacios dondlos procesos de explotacion, tabricacion, ensamblaje, manufacturacion a procesamiento representan riesgmoderado de incendio, debido a la naturaleza de tales operaciones y a los materiales involucrados. En la tabK.2.5-1 se presenta una lista indicativa de tipos de edificaciones y de elementos cuyos procesos deben incluirse enSubgrupo de Ocupacion (F-1).

    Tabla K.2.S-1Subgrupo de ocupaclen fabril e industrial de riesgo moderado (F-1)

    Plantas de asfalto CuerosIndustria tarrnaceutica PapelLavanderfas y tintorerfas TabacoSubestaciones electricas Plasticos y cauchosMadera TextilElementos Iotoqraficos AutomotrizVidrio Otros similaresGraficas Industria metal rnecanlca

    K.2.S.3 - SUBGRUPO DE OCUPACION FABRIL E INDUSTRIAL DE RIESGO BAJO (F-2) - En el Subgrupo dOcupacion Fabril e Industrial de Riesgo Baja (F-2) se clasifican las edificaciones a espacios donde los procesos dexplotacion, Iabricacion, ensamblaje, manufacturacion a procesamiento, representan riesgos bajos de incenddeb ida a la naturaleza de tales operaciones y a los materiales involucrados. En la tabla K.2.5-2 se presenta una lisindicativa de procesos que es preciso incluir en el Subgrupo de Ocupacion (F-2).Tabla K.2.S-2Subgrupo de ocupaclen fabril e industrial riesgo bajo (F-2)

    Industrias alimenticiasIndustria artesanal

    K.2.6 - GRUPO DE OCUPACION INSTITUCIONAL (I)K.2.S.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion Institucional (I ) se clasifican las edificaciones a espacioutilizados para la reclusion de personas que adolecen de limitaciones mentales a estan sujetas a castigos penalescorreccionales; en el tratamiento a cuidado de personas a en su reunion can propositos educativos a de instruccionDe igual manera se clasifican dentro de este grupo las edificaciones y espacios indispensables en la atenclon demergencias, preservacion de la seguridad de personas y la prestacion de servicios publicos y administrativosnecesarios para el buen funcionamiento de las ciudades. EI Grupo de Ocupacion Institucional (I ) esta constituido plos Subgrupos de Ocupacion Institucional de Reclusion (1-1), Institucional de Salud a Incapacidad (1-2), Institucionade Educacion (1-3), Institucional de Seguridad Publica (1-4) e Institucional de Servicio Publico (1-5).K.2.S.2 - SUBGRUPO DE OCUPACION INSTITUCIONAL DE RECLUSION (1-1) - En el Subgrupo de OcupacioInstitucional de Reclusion (1-1) se clasifican las edificaciones a espacios empleados en la reclusion de personas calibertad restringida par razones penales, correccionales a de limitacicn mental. En la tabla K.2.6-1 se presenta unlista indicativa de edificaciones que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (1-1).

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacion

    Tabla K.2.6-1Subgrupo de ocupaclen institucional de reclusion (1-1)

    PrisionesReformatoriosCarcelesManicomiosAsilosOtros similares

    K.2.6.3 - SUBGRUPO DE OCUPACION INSTITUCIONAL DE SALUD 0 INCAPACIDAD (1-2) - En el Subgrupde Ocupacion Institucional de Salud 0 Incapacidad (1-2) se clasifican las edificaciones 0 espacios empleados encuidado 0 tratamiento de personas con limitaciones ffsicas por edad avanzada 0 deficiencias de salud. En la tabK.2.6-2 se presenta una lista indicativa de edificaciones que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (1-2).Tabla K.2.6-2

    Subgrupo de ocupaclen institucional de salud 0 incapacidad (1-2)Hospitales AncianatosSanatorios GuarderfasClfnicas DispensariosCentros de salud Laboratorios clfnicosCentros para discapacitados HospiciosPuestos de primeros auxilios Otros similaresOrfanatos

    K.2.6.4 - SUBGRUPO DE OCUPACION INSTITUCIONAL DE EDUCACION (1-3) - En el Subgrupo de OcupacioInstitucional de Educacion (1-3) se clasifican las edificaciones 0 espacios empleados para la reunion de personas copropositos educativos y de instruccion. En la tabla K.2.6-3 se presenta una lista indicativa de edificaciones que debeclasif icarse en el Subgrupo de Ocupacion (1-3).Tabla K.2.6-3

    Subgrupo de ocupaclen institucional de edueacten (1-3)UniversidadesColegiosEscuelasCentros de educacionAcademiasJardines infantilesOtras instituciones docentes

    K.2.6.5 - SUBGRUPO DE OCUPACION INSTITUCIONAL DE SEGURIDAD PUBLICA (1-4) - En el Subgrupo dOcupacion Institucional de Seguridad Publica (1-4) se clasifican las edificaciones 0 espacios indispensables paatender emergencias y preservar el orden publico y la seguridad de las personas. En la tabla K.2.6-4 se presenta unlista indicativa de edificaciones que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (1-4).

    Tabla K.2.6-4Subgrupo de ocupaclen institucional de seguridad publica (1-4)

    Estaciones de policfaEstaciones de bomberosEstaciones de defensa civilInstituciones militaresOtros similares

    K.2.6.6 - SUBGRUPO DE OCUPACION INSTITUCIONAL DE SERVICIO PUBLICO (1-5) - En el Subgrupo dK-7

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacionOcupacion Institucional de Servicio Publico (1-5) se clasifican las edificaciones a espacios destinados a funcioneadministrativas y prestacion de servicios publicos necesarios para el buen funcionamiento de las ciudades. En la tabK.2.6-5 se presenta una lista indicativa de edificaciones a espacios que deben clasificarse en el Subgrupo dOcupacion (1-5).

    Tabla K.2.6-5Subgrupo de ocupaclen institucional de servicio publico (1-5)

    Centros de comunicacionCentros administrativos municipales,distritales y gubernamentalesCentros administrativos de serviciospublicosJuzgadosOtros similares

    K.2.7 - GRUPO DE OCUPACION LUGARES DE REUNION (L)K.2.7.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion Lugares de Reunion (L) se clasifican las edificacionesespacios en donde se reune a agrupa la gente can fines religiosos, deportivos, politicos, culturales, socialesrecreativos a de transporte y que, en general, disponen de medias comunes de salida a de entrada. Se excluyen deste grupo las edificaciones a espacios del grupo de ocupacion Institucional (I). EI Grupo de Ocupacion Lugares dReunion (L) esta constituido par los Subgrupos de Ocupacion Lugares de Reunion Deportivos (L-I), Lugares dReunion Culturales (L-2), Lugares de Reunion Sociales y Recreativos (L-3), Lugares de Reunion Religiosos (L-4)Lugares de Reunion de Transporte (L-5).K.2.7.2 - SUBGRUPO DE OCUPACION LUGARES DE REUNION DEPORTIVOS (L-1) - En el Subgrupo dOcupacion Lugares de Reunion Deportivos (L-I) se clasifican las edificaciones a espacios utilizados pararealizacion de cualquier tipo de deporte, y en general, donde se reunen a agrupan personas para presenciar a realizaalgun evento deportivo. En la tabla K.2.7-1 se presenta una lista indicativa de edificaciones que deben clasificarse eel Subgrupo de Ocupacion (L-1).

    Tabla K.2.7-1Subgrupo de ocupaclen lugares de reunion deportivos (L-1)

    Estadios Plazas de tarosGimnasios HipodromosAutodrornos BolerasVelodromos ColiseosPiscinas colectivas PistasClubes deportivos PoligonosCarpas y espacios abiertos Otros similares

    K.2.7.3 - SUBGRUPO DE OCUPACION LUGARES DE REUNION CULTURALES (L-2) - En el Subgrupo dOcupacion Lugares de Reunion Culturales (L-2) se clasifican las edificaciones a espacios utilizados pararealizacion a presentaclon de eventos culturales a politicos, yen general, donde se reunen a agrupan personas cafines culturales, y existen instalaciones escenicas tales como proscenios a tablados, cortinas, iluminacion especiacuartos de proyeccion y de artistas, dispositivos rnecanlcos, silleteria fija u otros accesorios a equipos de teatro. Entabla K.2.7-2 se presenta una lista indicativa de edificaciones a espacios que deben clasificarse en el Subgrupo dOcupacion (L-2).

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacionTabla K.2.7-2

    Subgrupo de ocupaclen lugares de reunion culturales (L-2)Auditorios Salas de teatroSalones de exhibicion Teatros al aire libreSalones de convencion CinematecasSalas de cine PlanetariosSalas de concierto TeatrosCarpas y espacios abiertos

    K.2.7.4 - SUBGRUPO DE OCUPACION LUGARES DE REUNION SOCIALES Y RECREATIVOS (L-3) - EnSubgrupo de Lugares de Reunion Sociales y Recreativos se clasifican las edificaciones a espacios en los cuales sreunen a agrupan personas para fines de diversion y sociales, para el consumo de comidas a bebidas, y en generapara la realizacion de cualquier tipo de actividad social a recreativa que no requiera la presencia de instalaciones parepresentacion escenica ni de silleterfa fija. En la tabla K.2.7-3 se presenta una lista indicativa de edificacionesespacios que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (L-3).Tabla K.2.7-3

    Subgrupo de ocupaclen lugares de reunion sociales y recreativos (L-3)Clubes sociales Centros de recreacionClubes nocturnos TabernasSalones de baile Vestibulos y salones de reunion dehotelesSalones de juego (cartas, ajedrez, Bibliotecas, salas de lectura, galerfasbillares, bingo, casinos, etc.) de arte, museosDiscotecas Otros similares

    K.2.7.S - SUBGRUPO DE OCUPACION LUGARES DE REUNION RELIGIOSOS (L-4) - En el Subgrupo dOcupacion Lugares de Reunion Religiosos (L-4) se clasifican las edificaciones a espacios en los cuales las personase reunen a agrupan can fines religiosos. En la tabla K.2.7-4 se presenta una lista indicativa de edificacionesespacios que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (L-4).Tabla K.2.7-4

    Subgrupo de ocupaclen lugares de reunion religiosos (L-4)IglesiasCapillasSalones de CultoSalones para AgremiacionesReligiosasOtros similares

    K.2.7.6 - SUBGRUPO DE OCUPACION LUGARES DE REUNION DE TRANS PORTE (L-S) - En el Subgrupo dOcupacion Lugares de Reunion de Transporte (L-5) se clasifican las edificaciones a espacios en los cuales lapersonas se reunen a agrupan can el proposito de disponer de un sitio Iacil en donde puedan esperar la Ilegadasalida de cualquier media de transporte de pasajeros y de carga. En la tabla K.2.7-5 se presenta una lista indicativde edificaciones a espacios que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (L-5).

    Tabla K.2.7-SSubgrupo de ocupaclen lugares de reunion de transporte (L-S)

    Estaciones

    Terminales de pasajerosTerminales de metroSalas de espera para pasajerosTerminales de carga

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    K.2.8 - GRUPO DE OCUPACION MIXTO V OTROS (M)K.2.8.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion Mixto y Otros (M) se clasifican las edificaciones a espacios qupar tener mas de un tipo de ocupacion no clasifican en ninguno de los grupos especfficos de este Capftulo a cuandsu ubicacion es incierta. Las edificaciones a espacios correspondientes deben incluirse en el Grupo de Ocupacioque en forma mas aproximada represente los riesgos debidos a su ocupacion y seguridad.

    K.2.8.2 - DOS 0 MAs OCUPACIONES - Cuando una edificacion este destinada a dos a mas ocupacionespreciso proceder sequn 1 0 siguiente:(a) Aplicando las disposiciones de este Capftulo en cada una de las partes de la edificacion sequn el grupo docupacion particular en que se clasifica, y en el caso que haya conflicto de disposiciones, extendiendotoda la edificacion las que proporcionen mayor seguridad al publico.(b) Independizando completamente las areas de ocupaciones mixtas mediante construcciones tales commuros, pisos y cielos rasos, y aplicando en cada zona, can independencia de las demas, las disposicionescorrespondientes a su grupo de ocupacion.

    K.2.9 - GRUPO DE OCUPACION ALTA PELIGROSIDAD (P)K.2.9.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion Alta Peligrosidad (P) se clasifican las edificaciones a espacioempleados en el almacenamiento, produccion, procesamiento, compra, venta a usa de materiales a productoaltamente inflamables a combustibles a potencial mente explosivos, propensos a incendiarse can extrema rapidez aproducir gases a vapores irritantes, venenosos a explosivos. En la tabla K.2.9-1 se presenta una lista de productosindustrias en general y de elementos especfficos cuyos procesos deben clasificarse en el Grupo de Ocupacion (P).

    Tabla K.2.9-1Grupo de ocupaclen alta peligrosidad (P)

    Productos combustibles Industrias de plasticos ExplosivosProductos inflamables Alcalis Ropa sintetlcaProductos explosivos Acidos PolvoreriasProductos corrosivos Gas acetileno CerillasProductos toxicos Productos piroxflicos Procesadoras de papelIndustrias de armas y municiones Estaciones de gasolina Expendios de CocinolProductos qufmicos toxicos Depositos de alqodon AceitesDestilerfas KeroseneIndustrias de pinturas y esmaltes Expendios de combustibles

    K.2.10 - GRUPO DE OCUPACION RESIDENCIAL (R)K.2.10.1 - GENERAL - En el Grupo de Ocupacion Residencial (R) se clasifican las edificaciones a espacioempleados como vivienda familiar a de grupos de personas a como dormitorios, can a sin instalaciones dalimentacion. Se excluyen de este grupo las edificaciones a espacios de ocupacion Institucional (I). EI Grupo dOcupacion Residencial (R) esta constituido par los Subgrupos de Ocupacion Residencial Unifamiliar y Bifamiliar (R-1Residencial Multifamiliar (R-2) y Residencial Hoteles (R-3).K.2.10.2 - SUBGRUPO DE OCUPACION RESIDENCIAL UNIFAMILIAR Y BIFAMILIAR (R-1) - En el Subgrupde Ocupacion Residencial Unifamiliar y Bifamiliar (R-1) se clasifican las edificaciones a espacios empleadoprincipal mente como vivienda a dormitorio de una ados familias, a de menos de 20 personas. En la tabla K.2-1 0-1presenta una lista indicativa de edificaciones que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (R-1).

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    NSR-10 - Capitulo K.2 - Clasificacion de las edificaciones par grupos de ocupacionTabla K.2.10-1

    Subgrupo de ocupaclen residencial unifamiliar y bifamiliar (R-1)

    Residencias unifamiliaresCasasResidencias bifamiliares

    K.2.10.3 - SUBGRUPO DE OCUPACION RESIDENCIAL MULTIFAMILIAR (R-2) - En el Subgrupo de OcupacioResidencial Multifamiliar (R-2) figuran las edif icaciones a espacios empleados principal mente como vivienda, a comdormitorio de tres a mas familias, a de mas de 20 personas. En la tabla K.2.1 0-2 se presenta una lista indicativa dedificaciones que deben clasif icarse en el Subgrupo de Ocupacion (R-2).Tabla K.2.10-2

    Subgrupo de ocupaclen residencial multifamiliar (R-2)Edificios de apartamentosDormitorios universitariosMonasterios y afinesMultifamiliaresInternados

    K.2.10.4 - SUBGRUPO DE OCUPACION RESIDENCIAL HOTELES (R-3) - En el Subgrupo de OcupacioResidencial Hoteles (R-3) se clasifican las edificaciones a espacios, provistas a no de servicios de alimentacion, qusirven para el alojamiento de mas de 20 personas durante perfodos cortos de tiempo. En la tabla K.2.10-3presenta una lista indicativa de edificaciones que deben clasificarse en el Subgrupo de Ocupacion (R-3).Tabla K.2.10-3

    Subgrupo de ocupaclen residencial hoteles (R-3)

    PensionesHotelesApartahotelesMotelesHospederfas

    K.2.11 - GRUPO DE OCUPACION TEMPORAL V MISCELANEO (T)En el Grupo de Ocupacion Temporal y Mlscelaneo (T) se clasifican las edificaciones a espacios que tienen ocupaciode caracter temporal a cuyo tipo de ocupacion varfa can el tiempo. Las edificaciones del Grupo de OcupacioTemporal y Miscelaneo (T) deben construirse, equiparse y conservarse de modo que cumplan los requisitos maestrictos de este Reglamento, de acuerdo can su ocupacion especffica.

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    HSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesCAPITULO K.3REQUISITOS PARA ZONAS COMUNES

    K.3.1 - GENERALK.3.1.1 - ALCANCE - Las disposiciones de este Capitulo tienen par objeto presentar requisitos, especificacionesparametres para el disefio, la construccion, la localizacion, la proteccion, la disposicion y el mantenimiento de lelementos requeridos para que las zonas comunes de las edificaciones puedan proporcionar medias de accesoegreso adecuados y medias de evacuaclon seguros en las edificaciones.K.3.1.2 - REQUISITOS MINIMOS - EI usa y tipo de ocupacion definidas para efectos de obtener la licencia dconstruccion, no puede ser modificado de manera que en las zonas comunes se reduzca el nurnero de salidas a scapacidad a valores inferiores a los prescritos en este Capitulo.K.3.1.3 - DEFINICIONESAcceso a la salida - Seccion inicial de un media de evacuacion que conduce a una salida. EI acceso a esta incluyel salon a espacio en el cual la persona se encuentre localizada, y los pasillas, rampas, corredores y puertas qudeben atravesarse en el recorrido hasta la salida.Anchura por persona - Ancho minima de salida par persona para el comedo movimiento de una fila de personas1 0 largo de un media de evacuacion; debe medirse en mm. sequn la Tabla K. 3.3-2.Carga de ocupacion - Nurnero promedio de personas que admite una edificacion en un momenta cualquiera.Descarga de salida - Parte de un media de evacuacion entre la terrninacion de la salida y una via publica.Escalera exterior - La que tiene uno de sus ladas, par 1 0 menos, directamente abiertos al exterior, medianterecurso visible de un antepecho a baranda.Escalera interior - Aquella en la que ninguno de sus lados esta directamente abierto al exterior, sinindirectamente, mediante ventanas, puertas u otros medias.lnatc de ocupacion - Area neta de piso que se presume, ocupada par personas para efecto de utilizarse encalculo de la carga de ocupacion de cualquier piso a espacio ocupado.Medios de evacuacion - Vias libres y continuas que partiendo desde cualquier punta de una edificacion conducea un lugar a una via publica. Cada media de evacuacion consta de partes separadas y distintas: salida, accesoesta, y descarga de salida.Hivel de calle - Piso a nivel de piso accesible desde la calle a el exterior de la edificacicn, provisto de entradprincipal a una altura no mayor de 7 escalones sabre el nivel del suelo.Rampa - Plano inclinado dispuesto para subir y bajar en un sentido determinado de circulacion.Salida - Parte de un media de evacuacion, separada de los demas espacios de la edificacion par construccionesequipos como se especifica en este Capitulo, y que proporciona una via de recorrido protegida hasta la descarga dsalida. Puede incluir escalera a prueba de humo, corredores, balcones, exteriores, rampas y puertas.Via publica - Calle, callejon u otro espacio seguro, abierto al exterior para fines de usa publico y can un ancho nmenor de 3 m.

    K.3.2 - REQUISITOS GENERALESK.3.2.1 - GENERAL - Toda edificacion debe poseer en sus zonas comunes, salidas que par su nurnero, claslocalizacion y capacidad, sean adecuadas para una Iacil, rapid a y segura evacuacion de todos los ocupantes en cas

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesde incendio u otra emergencia, de acuerdo can la clase de ocupacion, el nurnero de ocupantes, los sistemas dextincion de incendios y la altura y superficie de la edificacion.

    K.3.2.1.1 - Los ascensores, escaleras rnecanlcas y caminos moviles no deben ser usados como ucomponente de un media de salida requerido desde ninguna otra parte de la edificacion hasta el exterior.K.3.2.2 - PLANOS Y ESPECIFICACIONES

    K.3.2.2.1 - Disposicion de sa/idas - Los planas arquitectonicos que se presenten para la solicitud dlicencia de construccion deben mostrar, en cumplimiento del presente Capitulo del Reglamento, casuficiente detalle, la localizacion, construccion, tarnafio y tipo de todas las salidas, adernas de la disposicicnde pasillas, corredores y pasadizos relacionados can las mismas.K.3.2.2.2 - Numero de ocupantes - Los planas arquitectonicos que se presenten para la solicitud dlicencia de construccion de todas las edificaciones clasificadas dentro de los Grupos Comercial (C), Lugarede reunion (L), Institucional (I), Fabril e Industrial (F) yAlta Peligrosidad (P), deben indicar el nurnero dpersonas previstos para la ocupacion de cada piso, habitacion a espacio.EI nurnero minima de ocupantes acomodables en las salidas de las edificaciones de los grupos mencionadosdebe determinarse sequn la carga de ocupacion prevista en el numeral K.3.3, nurnero al cual tendra qulimitarse, entonces, la respect iva carga de ocupacion del edificio.

    K.3.2.3 - LOCALIZACION Y MANTENIMIENTO - Los medias de evacuacion deben localizarse y mantenerse dacuerdo can los siguientes requisitos minimos:K.3.2.3.1 - Las salidas deben localizarse y mantenerse en forma tal que prove an Iacil y rapida evacuaciodesde cualquier sitio y en todo momenta en que se encuentre ocupada la edificacion.K.3.2.3.2 - No se permite la instalacion de cerraduras que bloqueen la libre evacuacion desde el interioexcepto en las edificaciones del Subgrupo de Ocupacion (1-1), caso en el cual carre a cargo del personaadministrativo operar los mecanismos para asegurar la evacuacion efectiva de ocupantes, en caso de fuegode cualquier otra emergencia.K.3.2.3.3 - Queda prohibido obstruir a reducir en cualquier forma la capacidad de cualquier media devacuacion como puerta, pasaje, pasadizo, etc., requerido par las disposiciones de estos Reglamentos.K.3.2.3.4 - En ninqun caso debe permitirse que el acceso a una salida se haga a traves de cocinas, cuartode almacenamiento, dormitorios, salones de trabajo u otros espacios que pueden estar bajo Ilave, y a travede espacios que ofrezcan alto riesgo tales como subestaciones, calderas y cuartos tecnicos, excepto cuandla salida sirva unlcarnente a un dormitorio a a otra habitacion que deba permanecer cerrada, a a habitacioneadyacentes que formen partes de la misma unidad de vivienda y sean del Subgrupo de Ocupacion (R-1).

    K.3.2.4 - SENALIZACION E ILUMINACION - Los medias de evacuacion deben cumplir can los requisitosiguientes en cuanto a sefializacicn e iluminacion se refiere.K.3.2.4.1 - Toda salida a via de escape debe ser claramente visible y estar completamente seAalizada demanera que todos los ocupantes mentalmente capaces de la edificacion, puedan encontrar sin problemadireccion de salida y en tal forma que la via conduzca, de manera inequivoca a sitio seguro.K.3.2.4.2 - Cualquier salida a pasadizo que no sea parte de una via de escape, pero que par su caractepueda tomarse como tal, debe estar dispuesta y seAalizada de tal manera que se minimicen los riesgos dconfusion y el peligro resultante para las personas que busquen escapar del fuego a de otra emergencia, acomo para evitar que se Ilegue a espacios que no conduzcan a una salida.K.3.2.4.3 - Todos los medias de evacuacion deben estar provistos de iluminacion artificial y de emergencia.

    K.3.2.S - ALARMAS - Toda edificacion cuyo tarnafio, disposicion y ocupacion sean tales que en caso demergencia no permita dar alerta directa inmediata, debe estar provista de alarmas audibles y visibles que sirvacomo sistemas de aviso que faciliten la evacuacion ordenada de los ocupantes.

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesK.3.2.6 - EDIFICACIONES CON AIRE ACONDICIONADO - Las edificaciones can instalacion central de aiacondicionado deben cumplir los siguientes requisitos especiales:

    K.3.2.6.1 - Localizaci6n de esca/eras - En las edificaciones carentes en todos los pisos de ventanas quabran al exterior y que tengan un sistema de ventilacion artificial a de aire acondicionado deben localizarslas escaleras de manera que sean accesibles al cuerpo de bomberos, en todos los pisos, mediante aberturacomo ventanas a puertas.K.3.2.6.2 - Conductos de descarga - No se permite que los conductos de descarga, de escapeexpulsion, a los respiraderos de los sistemas de aire acondicionado descarguen hacia las escaleras a huecode ascensores. Tampoco es admisible que se utilicen corredores que sirven de acceso a las salidas comdescarga de retorno de espacios de aire acondicionado, a traves de rejillas u otros dispositivos en puertasparticiones que encierran dichos espacios de aire acondicionado, a menos que se les equipe can detectorede humo aprobados para la desconexion automatica de los ventiladores de suministro y descargue y el cierde las rejil las.

    K.3.2.7 - SISTEMAS DE EVACUACION PARA DISCAPACITADOS - Toda obra se debera proyectar y construde tal forma que facilite el ingreso, egreso y la evacuacion de emergencia de las personas can movilidad reducidasea esta temporal a permanente. Asi mismo se debe procurar evitar toda clase de barrera ffsica en el diseAoejecucion de las vias en la construccion a restauraclon de edificios de propiedad publica a privada.K.3.2.7.1 - Todo ascensor que se proyecte e instale debe tener capacidad para transportar al menos unpersona en silla de ruedas y debe cumplir can la Norma Tecnlca NTC 4349, Accesibilidad de las PersonasMedia Fisico. Edificios, Ascensores.K.3.2.7.2 - Cuando el proyecto se refiera a conjuntos de edificios e instalaciones que constituyan ucomplejo arquitectonico, este se proyectara y construira en condiciones que permitan en todo caso,accesibilidad de las personas discapacitadas a los diferentes inmuebles e instalaciones complementarias, econcordancia can la Normas Tecnicas NTC 4143 Accesibilidad de las Personas al Media Fisico. EdificioRampas Fijas, NTC 4145 Accesibilidad de la Personas al Media Fisico. Edificios, escaleras, y NTC 414Accesibilidad de las Personas al Media Fisico. Edificios, pasillas, corredores.K.3.2.7.3 - Las edificaciones para hospitales y centros de salud, las edificaciones clasificadas en el Grupde Usa II y, en general, toda edificacion cuya ocupacion implique el servicio al publico, que tengan varioniveles y que no cuenten can ascensor, debe ran estar provistas de rampas de acceso a todos los espacioslos que el publico deba ingresar, can las especificaciones tecnicas y de seguridad especificadascontinuacion, en concordancia can K.3.8.6 y can la Norma Tecnica NTC 4143 Accesibilidad de las Personaal Media Fisico. Edificios, Rampas Fijas.K.3.2.7.4 - Todos los sitios abiertos al publico, de caracter recreacional a cultural, como teatros y cinedeberan disponer de espacios localizados al comienzo a al final de cada fila central, para personas en silla druedas. Para efectos se utilizara un area igual a la de una silla de teatro y no se dispondra de mas de doespacios en la misma fila. La determinacion del nurnero de espacios de esta clase, sera del dos par ciento dla capacidad total del teatro. Un porcentaje similar se aplicara en los vestuarios de los centros recreacionalespara las personas en sillas de ruedas. En todo caso, estas y las dernas instalaciones abiertas al publicodeberan contar par 1 0 menos can un sitio accesible para las personas en silla de ruedas, en concordancia cala Norma Tecnica NTC 4143 Accesibilidad de las Personas al Media Fisico. Edificios, Rampas Fijas.K.3.2.7.5 - Los pasillas y corredores de todas las edificaciones deben cumplir las dimensiones minimascaracteristicas funcionales y constructivas seAaladas en la Norma Tecnica NTC 4140.

    K.3.2.8 - SENALIZACION DE SALIDAS PARA DISCAPACITADOS - Cuando el diseAo de un sistema de salidhaya sido ejecutado expresamente para permitir la salida de discapacitados, debera proveerse de sefializacicnadecuada que exprese esta condicion.

    K.3.3 - CAPACIDAD DE LOS MEDIOS DE EVACUACIONK.3.3.1 - CARGA DE OCUPACION - Para determinar la carga de ocupacion debe cumplirse los requisitosiguientes:

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunes

    K.3.3.1.1 - La capacidad de los medias de evacuacion de cualquier piso, graderia u otro espacio ocupadodebe ser suficiente para la respectiva carga de ocupacion.K.3.3.1.2 - La carga de ocupacion debe determinarse par el mayor de los dos valores siguientes:

    (a) Nurnero real de ocupantes para los cuales este disefiado, sequn el caso, cad a espacio, pisoedificacion.(b) EI nurnero resultante de dividir el area del espacio, piso a edificacion, par el indice de ocupacioprevisto en el numeral K.3.3.2, para los Grupos de Ocupacion especificados, excepto para areacan asientos fijos, caso en el cual la carga de ocupacion debe ser igual al nurnero de asientocontenidos.

    K.3.3.1.3 - La carga de ocupacion de cualquier espacio debe incluir la correspondiente a todos los espacioque descarguen a traves del mismo can objeto de lograr acceso a alguna salida.K.3.3.1.4 - Si alguna zona de la edificacicn tiene mas de un tipo de ocupacion, la carga de ocupacion debdeterminarse par el que de lugar al mayor nurnero de ocupantes. Las areas de usa accesorias como pasillay corredores, al servicio de las personas que ocupan las areas principales, deben disefiarse y construirse calos medias de salida necesarios, considerando que Ileguen a estar completamente ocupadas; pero dichaareas no deben utilizarse en el calculo de la carga total de ocupacion del piso a de la edificacion.K.3.3.1.S - Cuando las salidas sirvan a varios pisos, en el calculo de ocupacion de cad a uno apenas debutilizarse la carga correspondiente a el solo; en ningun caso, se ha de permitir que disminuya la capacidad dlas salidas en la direccion del recorrido hacia el exterior de la edificacion.

    K.3.3.2 - FACTOR DE CARGA DE OCUPACION - En la tabla K.3.3-1 se presentan los valores normales dfactor de carga que deben utilizarse para el calculo de la carga de ocupacion de un piso a espacio ocupado, segulos diferentes Grupos de Ocupacion.K.3.3.2.1 - Cuando la carga de ocupacion de cualquier espacio vaya a ser significativamente mas baja qula correspondiente al valor especificado par la tabla K.3.3-1, dicho valor puede establecerse medianteaprobacion del departamento de planeacion distrital a municipal.K.3.3.2.2 - Cuando la ocupacion de una edificacion existente se altere a modifique de manera que haynecesidad de contar can mayores facilidades para las salidas, la autoridad competente puede autorizar dichcambia a alteracion, sin cambiar los medias de evacuacion, siempre que la carga de ocupacion real se limia la determinada de acuerdo can las condiciones existentes y las disposiciones de este Capitulo.K.3.3.2.3 - Cuando haya banos, cuartos de aseo y de almacenamiento, espacios de entrada y espaciosimilares ocupados al mismo tiempo can otros espacios del mismo piso de una edificacion, su cargaocupacion puede omitirse en los calculos de 1 0 que corresponde al piso en el cual aquellos cuartos estalocalizados.

    Tabla K.3.3-1Indice de ocupaclen

    Area neta de piso enNomenclatura Grupos de Ocupaclen metros cuadradospor ocupante

    A ALMACENAMIENTO 28C COMERCIALC-1 Servicios 10

    Bienes y ProductosC-2 Piso a Nivel de la Calle e Inferiores 3

    Otros pisos 6E ESPECIAL sequn ocupacionF FABRIL E INDUSTRIAL. 9

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    Tabla K.3.3-1 (conttnuaclen)Indice de ocupaclenArea neta de piso enNomenclatura Grupos de Ocupaclen metros cuadradospor ocupanteI INSTITUCIONAL

    1-1 Reclusion 111-2 Salud a Incapacidad 71-3 Educacion (Salones de Clase) 21-4 Seguridad Publica 2.81-5 Servicio Publico 0.3L LUGARES DE REUNIONL-1 Deportivos (Sin asientos fijos ) 0.7L-2 Culturales y teatros (Sin asientos fijos) 1.3L-3 Sociales y Recreativos 0.7L-4 Religiosos 0.7

    De transporteL-5 (No menos de 1.5 veces la capacidad de 0.3todos los vehiculos que puedan descargarsesimu ltaneamente)

    La mayor area exigidapara las ocupacionesM MIXTO Y OTROS que conforman laocupacion mixta de laedificacion.P ALTA PELIGROSIDAD 9R RESIDENCIAL. 18T TEMPORAL Y MISCELANEO sequn ocupacion

    K.3.3.3 - CAPACIDAD DE LAS SALIDAS - La capacidad de los medias de evacuacion aprobados debcalcularse can base en los indices de ancho par persona especificados en la tabla K.3.3-2 y sequn el Grupo dOcupacion al cual pertenezca la edificacion a espacio correspondiente.K.3.3.3.1 - Cuando la edificacicn a espacio considerados esten provistos de un sistema completo dextincion de incendios, los valores para el ancho par persona, dados en la tabla K.3.3-2, pueden reducirse eun 50%.K.3.3.3.2 - EI ancho del media de evacuaclon debe medirse en el punta mas estrecho del elemento decorrespondiente via.K.3.3.3.3 - La capacidad requerida de un corredor la carga de ocupacion que utiliza el corredor paacceder a una salida dividida par el nurnero de salidas requeridas a las que el corredor Ilega.K.3.3.3.4 - La capacidad de un corredor no debe ser inferior a la capacidad de la salida a la que el corredoIlega.

    K.3.3.4 - ANCHO MINIMO - EI ancho minima de cualquier via de acceso a las salidas no debe ser menor aespecificado para usos individuales en el numeral K.3.3.3, ni puede ser inferior a 900 mm. En todo caso, debcumplirse can la Norma Tecnica NTC 4145 Accesibilidad de la Personas al Media Fisico. Edificios, escaleras, y NT4140 Accesibilidad de las Personas al Media Fisico. Edif icios, pasillas, corredores.K.3.3.4.1 - Cuando la via de acceso a una salida sea unica, la capacidad, en terrninos de su ancho, debser par 1 0 menos igual a la que exija la salida hacia la cual se proyecta.K.3.3.4.2 - Cuando exista mas de una via de acceso a la salida, estas deben tener el ancho adecuado paacomodar el nurnero de personas que requieran.

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunes

    Tabla K.3.3-2Indices de ancho de salida por persona.Grupo 0Subgrupo de ocupaclen de Anchura por persona, mmla edlfleaclen 0 areaconsiderada Corredores, puertas Escaleras

    y pasajes de salidasALMACENAMIENTO (A) 5 8COMERCIAL (C) 5 10ESPECIAL (E) sequn ocupacion sequn ocupacionFABRIL, E INDUSTRIAL (F) 6 10INSTITUCIONAL (1-1) 6 10INSTITUCIONAL (1-2, 1-3, 1-4 e I-S) 13 15LUGARES DE REUNION (L) 5 10MIXTO Y OTROS (M) EI menor nurnero exigido para las ocupacionesque conforman la ocupacion mixta de laedificacion.ALTA PELIGROSIDAD (P) 10 18RESIDENCIAL (R) 5 10TEMPORAL (T) Segun la ocupacion

    K.3.4 - NUMERO DE SALIDASK.3.4.1 - GENERAL - Las salidas y los medias de evacuaclon deben diseAarse y localizarse de manera queseguridad no dependa unlcarnente de uno solo de estos medias, y proveerse de dispositivos de seguridad para evitque cualquier media unico de salida sea ineficiente debido a alguna falla humana a rnecanica

    K.3.4.1.1 - En toda edificacion, a area de esta, cuya ocupacion, tarnafio y disposicion sea tal queseguridad de sus ocupantes se vea comprometida par el bloqueo de alguno de los medias de evacuaclon ecaso de incendio u otra emergencia, estes deben ubicarse tan alejados entre sf como sea posible y demanera que se minimice la posibilidad de que ambos medias se bloqueen simultaneamente.

    K.3.4.2 - NUMERO DE SALIDAS - EI nurnero mfnimo de salidas par carga de ocupacion esta dado en la tabK.3.4-1.Tabla K.3.4-1Numero minimo de salidas por carga de ocupaclen

    Carga de ocupaclen Numero minimo de salidas0-100 1101 - 500 2501 - 1000 31001 a mas 4

    K.3.S -ACCESOS A LAS SALIDASK.3.S.1 - GENERAL - Los siguientes son los requisitos generales que deben cumplir los accesos a las salidas.

    K.3.S.1.1 - EI acceso a las salidas incluye el salon a espacio en el cual este localizado un ocupante, acomo los pasillas, rampas, corredores y puertas que deben atravesarse en el recorrido hacia la respectivsalida. Los corredores utilizados como acceso a una salida, y de carga de ocupacion superior a 30, debesepararse de las otras partes del edificio, par elementos tales como muros a divisiones, construidos camateriales incombustibles. Las aberturas en tales elementos, tienen que protegerse can puertas hechas dmateriales de combustion lenta.K.3.S.1.2 - EI ancho de los accesos a las salidas debe determinarse can la carga de ocupacion del area qu

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesdescarga sus ocupantes hacia estos accesos y can observancia de los requisitos tal y como 1 0 define K.3.4.K.3.S.1.3 - Cuando se requiera mas de una salida en cada piso, cada una debe localizarse para que tengacceso desde cualquier punta de un corredor, y limitarse los trayectos ciegos en los pasillas a una longitumaxima de S m.

    K.3.6 - DISTANCIA DE RECORRIDO HASTA UNA SALIDAK.3.6.1 - La distancia de recorrido debe medirse sabre el piso, a 1 0 largo de la Ifnea central en el sentido natural drecorrido. Cuando el recorrido incluya escaleras, estas deben medirse en el plano del borde de las huellas.K.3.6.2 - En el caso de areas abiertas, la distancia de recorrido debe medirse desde el punta mas remota sujetoocupacion.K.3.6.3 - En el caso de salones individuales ocupables par no mas de S personas, la distancia de recorrido debmedirse desde las puertas de dichos salones, previendo que la distancia de recorrido desde cualquier punta del salohasta la puerta del mismo, no exceda de 15 m.K.3.6.4 - Cuando se permitan escaleras abiertas a rampas como recorrido a las salidas, tales como las que hentre balcones a entrepisos y el piso inferior, la distancia debe incluir el recorrido sabre la escalera a rampa, masque va desde el final de la escalera a rampa, hasta una puerta exterior u otra salida, adernas de la distancia paIlegar ala escalera a rampa.K.3.6.S - DISTANCIA - La distancia maxima de recorrido desde el punta mas alejado hasta el centro de cualquiesalida exterior, salida vertical, escalera interior, corredor de salida a salida horizontal, no debe sobrepasar los Ifmiteespecif icados en la tabla K.3.S-1 .

    Tabla K.3.6-1Distancia en metros de recorrido hasta la salidaGrupo de ocupaclen Distancia de recorrido (m)

    Sin sistema de Con sistema derociadores rociadoresALMACENAMIENTO (A-1 ) SO 75ALMACENAMIENTO (A-2) 90 120COMERCIAL (C-1 ) SO 90COMERCIAL (C-2) SO 75FABRIL E INDUSTRIAL (F-1 ) SO 75FABRIL E INDUSTRIAL (F-2) 90 120INSTITUC IONAL (I) 45 SOLUGARES DE REUNION (L) SO 75ALTA PELIGROSIDAD (P) No se permite 22RESIDENCIAL (R) SO 75 .,NOTA: Estas distancias se pueden incrernentar hasta en un 30 % Sl los elementos de evacuacion sonrectilineos, carecen de escaleras intermedias y conducen a zonas exteriores a nivel, de area adecuadapara recibir la descarga de ocupaclon que determinen los cas os individuales.

    K.3.7 - PROTECCION DE LOS MEDIOS DE EVACUACIONK.3.7.1 - CORREDORES - Los corredores utilizados como acceso a una salida can carga de ocupacion superior30, deben separarse de las otras partes de la edificacion par muros, particiones u otros elementos hechos camateriales no combustibles.K.3.7.2 - SALIDAS - Cuando una salida requiera proteccion de las otras partes de la edificacion, el elemento dseparacion debe construirse de acuerdo can los requisitos de este.

    K.3.7.2.1 - Las salidas deben proporcionar proteccion contra el fuego y el humo a 1 0 largo de todo sK-19

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    HSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesrecorrido, par media de separaciones levantadas can materiales no combustibles.K.3.7.2.2 - Todas las aberturas de las salidas deben protegerse can marcos y puertas de materiales dcombustion lenta a incombustible.

    K.3.S - MEDIOS DE SALIDAK.3.8.1 - GENERAL - Los medias de salida deben cumplir los requisitos generales siguientes:

    K.3.8.1.1 - Es preciso que todas las salidas se localicen de tal manera que sean claramente visibles; subicacion debe indicarse claramente y su acceso debe mantenerse sin obstrucciones y libres de obstaculodurante todo el tiempo.K.3.8.1.2 - Toda salida debe desembocar directamente a la calle, a un espacio abierto a a un area drefugio no obstruible par fuego, humo u otra causa, y tener dimensiones tales que aseguren la evacuacion dlos ocupantes.

    K.3.8.2 - PUERTAS - Toda puerta, incluyendo en ella el marco y la cerradura, puede considerarse como elementde un media de evacuacion siempre y cuando cumpla can los requisitos especificados en este y en el numeral K.3.3.K.3.8.2.1 - Dimensiones - Gada puerta individual debe tener a 1 0 ancho una luz minima efectiva de 80mm, salvo las destinadas a dormitorios, en que esa longitud se puede disminuir hasta 700 mm. Guandopuerta se subdivida en dos a mas aberturas separadas, el ancho minima de cada una de estas no debe smenor de 700 mm; las aberturas se calculan separadamente para determinar el nurnero de modulesancho de salida requeridos. En cuanto a la altura, las puertas no deben tener menos de 2.0 m. Se excluyelas puertas de particiones sanitarias.K.3.8.2.2 - Cerraduras de puertas - Gada puerta de salida que sirva un area can carga de ocupaciosuperior a diez a una edificacicn de Alta Peligrosidad (P), deben poder abrirse facllmente en cualquiemomenta, desde el lado en el cual va a realizarse la evacuacion y sin que se requiera mayor esfuerzo niusa de Ilaves.K.3.8.2.3 - Secuencia de puertas - Las puertas en serie deben tener un espaciamiento libre entre eliade par 1 0 menos 2.10 m, medido cuando estan cerradas.K.3.8.2.4 - Restricciones - No se permite utilizar como puertas de salida las simplemente giratoriasplegables. Si par cualquier motivo deben usarse dichas puertas, estas deberan permanecer abiertasretiradas mientras la edificacion este ocupada.K.3.8.2.S - Giro de puertas - Las puertas de salida de espacios a habitaciones de edificaciones de cargde ocupacion superior a 100 personas a clasificados en Alta Peligrosidad y de corredores desde habitacioneque requieren mas de una puerta, deben girar en la direccion de evacuacion. No se permite utilizar puertas dvaiven cuando la carga de ocupacion del area donde se hallen sea superior a 100.K.3.8.2.6 - Fuerza de apertura - La fuerza requerida para abrir completamente una puerta debe sinferior a 250 N.K.3.8.2.7 - Hivel del piso - EI piso a ambos lados de cualquier puerta de salida a de corredor, debe teneel mismo nivel a 1 0 largo de una distancia perpendicular a la abertura de la puerta, par 1 0 menos igual al anchde la puerta.

    K.3.8.3 - ESCALERAS INTERIORES - Toda escalera interior de dos a mas peldaAos que sirva como media devacuacion, debe cumplir los requisitos de este numeral, salvo cuando solo se utilice como media de acceso a sitioocupados par equipos que exijan revision periodica, a cuando se local ice dentro de apartamentos a residenciaindividuales.K.3.8.3.1 - Toda escalera que sirva como media de evacuacion debe tener el caracter de construccion fpermanente.

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesK.3.8.3.2 - Capacidad - La capacidad de escaleras y puertas que accedan a escaleras encerradas, debcalcularse de acuerdo can los numerales K.3.4 y K.3.5.K.3.8.3.3 - Ancho minimo - Las escaleras can carga de ocupacion superior a 50 personas, deben teneancho minima de 1.20 m; cuando la carga de ocupacion sea inferior a 50, dicho ancho minima puedreducirse a 900 mm. Las escaleras en el interior de las viviendas deberan tener un ancho minima de 90 cmLas escaleras de usa publico deberan tener un ancho minima de 120cm. Si la separacion de los pasamanoa la pared supera 50 mm, el ancho de la escalera debe incrementarse en igual magnitud.En edificaciones residenciales unifamiliares sin limite de pisos, a en escaleras privadas interiores dapartamentos, el ancho minima permisible es de 750 mm.K.3.8.3.4 - Huel/a y contrahuel/a - La huella y contrahuella de las escaleras interiores deben cumplir lrequisitos de la NTC 4145 Accesibilidad de la Personas al Media Fisico. Edificios, escaleras, y NTC 414Accesibilidad de las Personas al Media Fisico. Edificios, pasillas, corredores y demas requisitos de la NT4140 que apliquen asi:

    (a) EI ancho minima de huella, sin incluir proyecciones, debe ser de 280 mm y la diferencia entrehuella mas ancha y la mas angosta, en un trayecto de escaleras, no debe lIegar a los 20 mm.(b) La altura de la contrahuella no debe ser menor de 100 mm ni mayor de 180 mm y la diferencientre la contrahuella mas alta y la mas baja, en un trayecto de escaleras, mantenerse par debade 20 mm.(e) La altura de la contrahuella y el ancho de la huella deben dimensionarse en tal forma quesuma de 2 contrahuellas y una huella, sin incluir proyecciones, oscile entre 620 mm y 640 mm.(d) Puede permitirse el usa de tramos curvos entre 2 niveles a descansos, solo si los peldaAotienen un minima de 240 mm de huella, medidos sabre una linea situada a 1/3 del borde interidel tramo, y como maximo a 420 mm en el borde exterior.(e) Las huellas deben tener el borde a arista redondeados, can un radio de curvatura maximo decm y de forma que no sobresalga del plano de la contrahuella.(f) Las contrahuellas no debe ran ser caladas.(g) EI anqulo que forma la contrahuella can la huella, debe ser de 90Q (h) Los pisos deben ser antideslizantes, sin relieves en su especie, can las puntas diferenciadasvisual mente.(i) Los escalones aislados, deberan presentar textura, color e iluminacicn que los diferencie dpavimento general.(j) Las escaleras deben estar debidamente seAalizadas, de acuerdo can la NTC 4144.

    K.3.8.3.S - Descansos - Todo descanso debe tener una dimension minima, medida en la direccion dmovimiento, igual al ancho de la escalera, pero tal dimension no necesita exceder de 1.20 m.La diferencia de nivel entre dos descansos a entre un descanso y un nivel de piso, debe ser inferior a 2.40en sitios de reunion y edificaciones institucionales; en todos los dernas casas esta diferencia de nivel debe sinferior a 3.50 m.K.3.8.3.G - Pasamanos - Los pasamanos deben cumplir los requisitos de la NTC 4145 Accesibilidad dePersonas al Media Fisico. Edificios, escaleras, y NTC 4140 Accesibilidad de las Personas al Media FisicEdificios. Pasillas.K.3.8.3.7 - Altura libre minima - Toda escalera debe disponer de una altura libre minima de 2 m, medidverticalmente desde un plano paralelo y tangente a las proyecciones de los peldaAos hasta la linea del cierasa.K.3.8.3.8 - Materia/es de las esca/eras - Las huellas de las escaleras y de los descansos, debeacabarse can material rigido antideslizante. No se permiten las escaleras de madera como media devacuacion en ningun caso.K.3.8.3.9 - Esca/eras circulares - Las escaleras circulares pueden emplearse como elementos de salidcuando el ancho minima de la huella sea de 250 mm y el radio minima resulte mayor que el doble del anchde la escalera.

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    NSR-10- Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesK.3.8.3.10 - Esca/eras de caracol- Las escaleras de caracol pueden servir como elementos de accesola salida en el interior de apartamentos y cuando conduzcan a un acceso de un mezanine no mayor de 40 mEI ancho minima de la escalera debe ser de 700 mm y la dimension minima de la huella, 190 mm, medidauna distancia de 300 mm del borde interior de la escalera.

    K.3.8.4 - ESCALERAS EXTERIORES - Cualquier escalera exterior instalada permanentemente en unedificacion, puede servir como salida cuando cumpla los requisitos exigidos anteriormente para escaleras interioreslos prescritos en este numeral.K.3.8.4.1 - Proteccion contra el fuego - Las escaleras exteriores utilizadas en edificaciones de 3 a mapisos, deben estar solidamente integradas al edificio y su capacidad portante se deterrninara sequn lfacto res y carga de ocupacion que el usa determine.

    K.3.8.S - ESCALERAS MECANICAS Y CAMINOS MOVILES - Las escaleras rnecanlcas deben cumplir lrequisitos establecidos en K.3.8.5.1 a K.3.8.5.3.K.3.8.S.1 - Las escaleras rnecanicas deben operar solo en un sentido, tienen que ser de huella horizontalestar constituidas par materiales incombustibles, a excepcion de equipos electricos, cableado, ruedas de lpeldafios, pasamanos y revestimientos. Los revestimientos de madera en barandas deben ser de 0.9 mmespesor, a menos, respaldados can materiales no combustibles. Adicionalmente deben existir escaleraconvencionales como media de evacuacion alterno a las escaleras rnecanicas en todos los edificios que lposean.K.3.8.S.2 - Para efectos de capacidad, una escalera rnecanlca de 800 mm de ancho representa un modude salida. Las escaleras de 1 200 mm de ancho proporcionan 2 modules de salida.K.3.8.S.3 - En estaciones de transporte que tengan escaleras rnecanicas hacia niveles par debajo dterreno, la anchura de las escaleras rnecanlcas no puede ser inferior a un modulo de salida.

    K.3.8.6 - RAMPAS - Las rampas utilizadas como media de evacuacion, deben cumplir los requisitos especificadoen el numeral K.3.S y en la norma NTC 4143 Accesibilidad de las Personas al Medio FIsico. Edificios, Rampas Fijaadernas de los especificados a continuacion.K.3.8.6.1 - Inclinacion - La inclinacion de la rampa debe ser constante a 1 0 largo de toda su longitud. Locambios de inclinacion que haya necesidad de hacer en la direccion del recorrido se practicaran unicarnenten los descansos.K.3.8.6.2 - Pendiente longitudinal - Las rampas usadas como parte de un media de salida deben tenuna pendiente de recorrido no mayor a una unidad vertical en 12 unidades horizontales (8 %). La pendientde otras rampas para peatones no debe ser mayor que una unidad vertical en ocho unidades horizontale(12.5 %).K.3.8.6.3 - Pendiente transversal - La pendiente medida en forma perpendicular a la direccion ddesplazamiento de una rampa no debe ser mayor a una unidad vertical en 48 unidades horizontales (2 %).K.3.8.6.4 - Ancho - EI ancho minima de una rampa de un media de salida no debe ser menor que 1.10EI ancho libre de una rampa y el ancho libre entre pasamanos, si son provistos, deben ser de 90 cm, comminima, can las siguientes excepciones:

    (a) Para acceso y utilizacion de sistemas mecanicos a hidraulicos y sanitarios, a equipos electricospuede ser de S O cm.(b) Dentro de una unidad de vivienda a para una capacidad de ocupantes requerida menor a 5puede ser de 90 cm.(e) Para edificaciones de los sub-grupos 1-2 (Salud), en corredores que sirven a las edificacionecan caracter quirurqico, a a centros de cuidado de salud para pacientes ambulatorios que recibe

    atenclon medica externa, 1 0 que causa que el paciente no sea capaz de cuidarse a si mismo, e3 (Educacion) can un corredor que tenga una capacidad requerida de 100 a mas, debe ser de 1m.(d) En Grupo 1-2 en areas que sean requeridas para movimiento de camas, debe ser de 2.4 m.

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesK.3.8.6.S - Altura libre - La altura libre minima en todas las partes de la rampa del media de salidadebe ser menor a 2.0 m.K.3.8.6.6 - Restricciones - Las rampas de medias de salida no deben reducirse en ancho en la direcciodel desplazamiento a la salida. Las proyecciones dentro del ancho requerido de la rampa a descanso estaprohibidas. Las puertas que abren sabre un descanso no deben reducir el ancho libre a menos de 1.05 m.K.3.8.6.7 - Descansos - Las rampas deben tener descansos en la parte inferior y superior de cada ramppuntas de quiebre, entradas, salidas y en las puertas. Los descansos deben tener una longitud minima de 1m y una longitud maxima de 3.6 m.K.3.8.6.8 - Superficie de acabados - La superficie de las rampas debe ser rugosa, estriada a estprovista de material antideslizante.K.3.8.6.9 - Pasamanos - Las rampas deben estar provistas de pasamanos los cuales deben cumplir lrequisitos especificados en el numeral K.3.8.3.6.K.3.8.6.10 - Techos - Los techos sabre las rampas deben estar a una altura minima de 2 m.K.3.8.6.11 - Rampas mecanicas - Cuando se utilicen rampas rnecanlcas, adernas de las especif icacionescontenidas en K.3.8.6.1 a K.3.8.6.1 0, deben cumplir can las especif icaciones contenidas en K.3.8.S.

    K.3.8.7 - SALIDAS A PRUEBA DE HUMO - Las salidas a prueba de humo deben cumplir las disposicionessiguientes:K.3.8.7.1 - Deben constar de escalera, vestibula y muros de cerramiento, construidos can materiales ncombustibles a de alta resistencia al fuego.K.3.8.7.2 - Deben descargar sus ocupantes en el exterior del edificio a en un pasaje de salida que conduzca el. En edificaciones de seis a mas pisos de altura, par 1 0 menos una de las salidas debe ser a prueba dhumo.K.3.8.7.3 - Acceso - EI acceso a la escalera debe hacerse en cada piso a traves de un descansoplataforma de ancho mayor a igual al de la escalera.K.3.8.7.4 - Muros - Los muros de cerramiento de las escaleras deben construirse can material ncombustible.

    K.3.9 -ILUMINACION DE LOS MEDIOS DE EVACUACIONK.3.9.1 - GENERAL - La iluminacion de los medias de evacuacion debe cumplir todas las disposiciones generalesiguientes:

    K.3.9.1.1 - La iluminacicn de los medias de evacuacion debe ser continua durante todo el tiempo en que plas condiciones de ocupacion, se requiera que las vias de escape esten disponibles para ser utilizadas.K.3.9.1.2 - Los medias de evacuacion deben iluminarse en todos los puntas, incluyendo angulosintersecciones de corredores y pasillas, escaleras, descansos y puertas de salida, can no menos de 10 lmedidos en el nivel del piso.K.3.9.1.3 - Las escaleras que hagan parte de los medias de evacuacion deben iluminarse can no menos d100 lux medidos en los escalones.K.3.9.1.4 - En auditorios, teatros y salas de conciertos, la iluminacion puede reducirse a 2 lux durantefuncion.K.3.9.1.S - Toda iluminacicn debe disponerse en forma tal que si se presenta una falla en alguna unidad diluminacion, esta no deje en oscuridad el area servida.

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesK.3.9.1.6 - La iluminacion tiene que suministrarse par media de una fuente que asegure razonablconfiabilidad, tal como se exige, para el servicio electrico publico.

    K.3.9.2 - LUCES DE EMERGENCIA - Los medias de evacuaclon de toda edificacion, excepcion hecha de las dGrupo (R-1), deben estar provistos de las instalaciones indispensables para que haya luces de emergencia.K.3.9.2.1 - EI sistema de iluminacicn de emergencia debe alimentarse can dos fuentes independientes dsuministro; una tomada de la acometida del edificio y derivada antes del control general de la edificacion, pedespues del contador, can circuitos e interruptores independientes en forma tal que al desconectarcorriente de los dernas circuitos de la edificacion esta quede energizada, la otra tomada de una fuente auxiliaque garantice el funcionamiento del sistema en caso de un corte en la energfa electrlca.K.3.9.2.2 - EI sistema de iluminacicn de emergencia debe proveerse de manera tal que este en servicio pno menos de 1.5 horas despues de iniciarse el evento de falla del sistema principal de energfa.K.3.9.2.3 - EI sistema de iluminacion de emergencia debe proveerse de manera tal que no tenga menos d10 lux, en promedio, medidos a nivel de piso, pero que no sea menor que 1 lux en ningun punta del recorridomedido en el nivel del piso.K.3.9.2.4 - EI sistema de iluminacicn de emergencia puede disminuir can el tiempo, pero de manera quenivel no sea menor de 6 lux, en promedio, y 0.65 en cualquier punta, medidos en el nivel del piso, al final dperiodo de 1.5 horas.K.3.9.2.S - EI sistema de iluminacicn de emergencia debe cumplir can las especificaciones de la normNFPA 110 Esuinae: para sistemas de fuentes de poder de emergencia y enemas, u otra norma reconocidinternacionalmente al respecto del mismo tema.K.3.9.2.6 - Las unidades y baterfas que integren el sistema de iluminacicn de emergencia deben certificaaprobacion par UL925, Esuinae: para equipos de i/uminaci6n y fuente de poder de emergencia, u otestandar reconocido internacionalmente al respecto del mismo tema.K.3.9.2.1 - EI sistema de iluminacion de emergencia debe ensayarse periodicamente de acuerdo cansiguiente procedimiento:

    (a) EI funcionamiento del sistema debe probarse mensualmente par un tiempo no inferior asegundos.(b) EI funcionamiento del sistema debe probarse anualmente par un tiempo no inferior a 1.5 horas.(e) Durante la prueba anual debe medirse el nivel de iluminacion en el nivel del piso.(d) Si el sistema de iluminacion de emergencia tiene funciones de auto-ensayo y auto-diaqnosticoel sistema autornatico debe tener la capacidad de realizar un ensayo mensual par no menos d30 segundos y un ensayo anual par no menos de 1.5 horas e indicar los resultados mediantesistema luminoso. EI sistema autornatico debe inspeccionarse visualmente, par 1 0 menos, unvez al meso(e) Debe mantenerse un registro escrito de las pruebas realizadas y sus resultados para sistemade emergencia, autornaticos a manuales.

    K.3.93 - CAMBIOS DE FUENTES - Cuando el suministro de iluminacion dependa de un cambia de una fuente denergfa a otra, no debe haber una interrupcion apreciable de la iluminacicn durante el cambia. Cuando la iluminaciode emergencia la proporcione un generador operado par un motor primario, de gasolina a diesel (nunca electrico), ndebe permitirse un retardo mayor a diez segundos.

    K.3.10 -SENALIZACION DE SALIDASK.3.10.1 - Toda serial requerida en la ubicacion de medias de evacuacion, debe dimensionarse y disefiarse cacolores verde sabre blanco, tal como se especifica en la norma NTC 1461 Higiene y seguridad. Colores y sefiales dseguridad, en tal forma que sea claramente visible. La localizacion de estas sefiales debe ser tal que puedan svistas desde cualquier punta del recorrido y que gufen hacia la salida mas cercana.K.3.10.2 - Toda serial de los medias de egreso debe tener la palabra "SALIDA" escrita en caracteres legibles, n

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesmenores de 150 mm de alto, y trazo no menor de 20 mm de ancho, iluminados par una fuente de energfa confiable.K.3.10.3 - La sefial debe tener, adernas una flecha que indique la direccion apropiada, cuando no sea evidente cuha de seguirse para lIegar a la salida mas proxima.K.3.10.4 - RESTRICCIONES - Las puertas, corredores a escaleras que, no siendo salida ni formen parte de uacceso de salida, esten localizadas en forma tal que se presten a equivocaciones deben sefializarse can un aviso qudiga, "NO PASE" dispuesto de modo que no se confunda can los avisos de salida. No se permiten decoracionesamoblado, a equipos que impidan la visibilidad de las sefiales de salida.

    K.3.11 - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION ALMACENAMIENTO (A)K.3.11.1 - NUMERO DE SALIDAS - En toda edificacicn a estructura, a seccion de esta, que se considerseparada, debe haber, par 1 0 menos dos medias de evacuaclon distantes entre sf tanto como sea posible.

    K.3.11.1.1 - En espacios a areas cerradas puede permitirse que haya una sola salida cuando la edificaciotenga un area menor de 900 m2, siempre que normal mente este ocupada apenas par un centenar dpersonas y no contenga material de alta peligrosidad.

    K.3.11.1.2 - La distancia de recorrido hasta cualquier media unico de salida no debe ser superior a 15 mse tiene un sistema de extincion sin rociada res y a 30 m, en caso que sf los haya.K.3.11.2 - CAPACIDAD DE LOS MEDIOS DE EVACUACION - La capacidad de un modulo de ancho de saliddebe ser la que se prescribe, como sigue:

    K.3.11.2.1 - Puertas - Remitirse a la tabla K.3.3-2K.3.11.2.2 - Esealeras - interiores a exteriores: 75 personas par modulo de ancho de salida.K.3.11.2.3 - Rampas - Deben cumplir can 1 0 estipulado en el numeral K.3.8

    K.3.12 - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION COMERCIAL (C)K.3.12.1 - CAPACIDAD DE LOS MEDIOS DE EVACUACION - La capacidad de un modulo de ancho de saliddebe ser la que en seguida se prescribe, sequn el elemento del cual se trate.

    K.3.12.1.1 - Puertas que den directamente al exterior de la edificacion a a nivel del piso, a cuyo nivel nexceda de este en tres escalones par encima a par debajo: 100 personas par modulo de ancho de salida.K.3.12.1.2 - Escaleras interiores a exteriores y ductos a prueba de humo: S O personas par modulo de anchde salida.K.3.12.1.3 - Rampas - Deben contar can una capacidad de 100 personas par modulo de ancho de salidacumplir can 1 0 estipulado en el numeral K.3.8.S y can 1 0 especificado en la norma NTC 4143 Accesibil idad dlas Personas al Medio FIsico. Edificios, Rampas Fijas.K.3.12.1.4 -Salidas Horizontales: 100 personas par modulo de ancho de salida.K.3.12.1.5 - En almacenes can area superior a 270 m2, el nurnero de puertas de salida al nivel de la callede puertas simplemente horizontales, debe ser suficiente para proporcionar los siguientes modules de salida

    (a) Uno par cada 100 personas, a nivel de la calle.(b) Uno par cada dos modules requeridos para las escaleras que conduzcan al nivel de la caldesde pisos inferiores.(e) Uno y media par cada dos modules requeridos para escaleras que conduzcan al nivel de la callK-25

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunes(d) Uno y media par cada dos modules requeridos para escaleras rnecanlcas que conduzcan al nivde la calle, a donde estas se utilicen como media auxiliar de evacuacion a de acceso a lsalidas requeridas.

    K.3.12.2 - ACCESO A LAS SALIDAS - EI ancho total de los corredores que conduzcan a una salida, debe parmenos ser igual al ancho que se haya fijado para esta.K.3.12.2.1 - En edificaciones del Grupo de Ocupacion (C-2), can mas de 270 m2 en el piso a nivel decalle, debe disponerse par 1 0 menos de un corredor can ancho minima de 1.50 m, que conduzcdirectamente a una salida al exterior de la edificacion.

    K.3.12.3 - NUMERO DE SALIDAS - Las edificaciones del Grupo de Ocupacion Comercial (C), deben tenernurnero de salidas especificado sequn 1 0 siguiente:K.3.12.3.1 - Edificaciones del Subgrupo de Ocupacion Comercial Servicios (C-1) - Debe existir, parmenos, dos salidas accesibles desde cualquier punta de todos los pisos, incluyendo los inferiores a nivel decalle, can excepcion de los que tengan salida directa a la calle a a un area abierta, can distancia total drecorrido no mayor de 30 m hasta la salida y carga de ocupacion inferior a 100 personas.Las salidas directas deben disponerse en el mismo nivel del piso, y cuando haya que atravesar escaleraestas no podran salvar en tramos individuales mas de 4.50 m de altura, deben estar aisladas de cualquieotra parte de la edificacion, y carecer de puertas dentro de su desarrollo.K.3.12.3.2 - Edificaciones del Subgrupo de Ocupacion Comercial Bienes (C-2) - Toda edificacionarea clasificada en el Subgrupo C-2 debe contar par 1 0 menos, can dos salidas separadas y accesibles desdcualquier lugar de la edificacion, incluyendo los pisos colocados bajo el nivel de la calle. Unicamente ledificaciones a areas de menos de 270 m2 y cuyos puntas no disten entre si mas de 15 metros, pueden tenuna sola salida.

    K.3.13 - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION FABRIL E INDUSTRIAL (F)K.3.13.1 - CAPACIDAD DE LOS MEDIOS DE EVACUACION - La capacidad par modulo de ancho de salida debser, sequn los elementos a que se refiere, como sigue y de acuerdo can las especificaciones de la NTC 414Accesibilidad de la Personas al Media Fisico. Edificios, escaleras, y NTC 4140 Accesibilidad de las Personas al MedFisico. Edificios, pasillas, corredores:

    K.3.13.1.1 - Puertas exteriores -100 personas par modulo de ancho de salida. Una puerta se considerexterior cuando conduce directamente al exterior de la edificacicn a nivel del terreno, a su nivel no excedtres escalones par encima 0, par debajo de este.K.3.13.1.2 - Esca/eras interiores 0exteriores - 60 personas par modulo de ancho de salida.K.3.13.1.3 - Rampas - Adernas de 1 0 especificado en el numeral K.3.8, las rampas deben calcularsbasandose en una capacidad de 100 personas par modulo de ancho de salida y cumplir can 1 0 especificadoen la norma NTC 4143 Accesibilidad de las Personas al Medio FIsico. Edificios, Rampas FijasK.3.13.1.4 - Sa/idas horizonta/es -100 personas par modulo de ancho de salida, pero no mas del 50% dla capacidad requerida de salida.K.3.13.1.S - En ocupaciones industriales especiales, hay que proporcionar los medias de evacuacion eespacios ocupados par personas, sin considerar los que sirven exclusivamente a maquinaria y equipos.

    K.3.13.2 - DISTANCIA DEL RECORRIDO - En edificaciones industriales can riesgos leves a altos, y eocupaciones industriales generales y especiales, que requieran areas de piso no divididas y distancias de recorridsuperiores a 45 m, la movilizacion a las salidas debe efectuarse par media de escaleras que conduzcan a traves dmuros cortafuego a de tuneles de evacuacion a prueba de humo, pasajes elevados a salidas horizontales. Cuandsea imposible proveer estos dispositivos puede permitirse el usa de distancias hasta de 90 mala salida mas proximasiempre que en conjunto se observen los siguientes requisitos adicionales:K-26

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunes

    K.3.13.2.1 - Limitacion a edificios de un piso, can acabados de diffcil combustion y no productores de humoK.3.13.2.2 - Provision de iluminacion de emergencia.K.3.13.2.3 - Provision de sistemas autornaticos de extincion, supervisados periodicamente.K.3.13.2.4 - Provision de ventilacion par medias rnecanicos a en virtud de una apropiada confiquracionarquitectonica de la edificacion que evite que, dentro de un espacio de 1.80 m del nivel, los ocupantes svean afectados par los humos a gases provenientes del fuego, antes de Ilegar a las salidas.

    K.3.13.3 - NUMERO DE SALIDAS - Debe haber par 1 0 menos dos salidas para cada piso a seccion de estincluyendo los que quedan bajo el nivel de descarga.K.3.13.3.1 - Las areas can capacidad no mayor de 25 personas, can salida directa a la calle a a una zonabierta fuera de la edificacicn y a nivel de tierra, y en las que el recorrido desde cualquier punta hastaexterior no exceda de 15 m, pueden tener una sola salida; esta debe ubicarse sabre el propio nivel del pisosi es preciso atravesar escaleras, el recorrido vertical de cad a tramo no ha de sobrepasar los 4.50 m. Debeestar aisladas de cualquier otra parte de la edificacion y carecer de puertas en su desarrollo.

    K.3.14 - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION INSTITUCIONAL (I)K.3.14.1 - REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EDIFICACIONES DEL SUBGRUPO DE OCUPACION (1-1) - Lomedias de evacuacion de las edificaciones que clasifiquen en el Subgrupo de Ocupacion Institucional de Reclusion1) deben cumplir las reglamentaciones siguientes:

    K.3.14.1.1 - Accesos a las sa/idas - Los diferentes tipos de accesos a las salidas deben cumplir lrequisitos especificados a continuacion:Puertas - Todo salon debe tener una puerta de acceso a un corredor provisto de salida, exceptcuando las que posea, abran directamente al exterior. Las puertas que sirven al interior de ucorredor deben tener un retroceso para que prevenga interferencias can el transite del corredoCualquier puerta que no disponga de tal artificio debe abrir en un angulo de 1800 hasta parar contramuro.Corredores y mezanines - Los pasillas, corredores a rampas que sirvan de acceso a una salidadeben tener ancho minima de 1.20 m como acceso a una salida, pero sin que sus trayectos ciegoexcedan de los 6 m. Todo corredor tiene un ancho minima 1.20 m, el cual debe estar siempre libreobstruccion par parte de cualquier clase de maquinaria fija a rnovil. Donde se utilicen corredoreexteriores a mezanines como media de evacuacion, estes deben conducir a una salida situada a undistancia no mayor de 45 m, medida desde cualquier punta del corredor a mezanine.Salones bajo el nivel de descarga - Los salones a espacios situados bajo el nivel de descarga dsalidas, deben tener acceso par 1 0 menos a una salida que conduzca al exterior de la edificacion ennivel de descarga de las salidas a a nivel del terreno, sin tener que pasar par el piso superior.Ventanas - Cada salon a espacio utilizado para ensefianza, debe estar provisto, al menos, de unventana exterior utilizable para rescate de emergencia, a menos que el salon disponga de una puerque conduzca directamente al exterior del edificio.

    K.3.14.1.2 - Distancia de recorrido - Es preciso que la distancia de recorrido no supere los siguientevalores:(a) Entre cualquier puerta de una edificacion considerada como acceso de salida y una salida: 30 m(b) Entre cualquier punta de una habitacion y una salida: 45 m.(e) Entre cualquier punta de una habitacion utilizada para el cuidado de enfermos y una puerta ddicha habitacion para el acceso de una salida: 15 m.

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunes

    K.3.14.1.3 - Medios de salida - En edificaciones Institucionales de Reclusion, es preciso que las puertatengan cerraduras que impidan la libre circulacion y es conveniente que haya sistemas de apertura de lpuertas por control remoto.K.3.14.2 - REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EDIFICACIONES DEL SUBGRUPO DE OCUPACION (1-2) - Lomedios de evacuacion de las edificaciones que clasifiquen en el Subgrupo de Ocupacion Institucional SaludIncapacidad (1-2), deben cumplir las reglamentaciones siguientes:

    K.3.14.2.1 - Capacidad de los medios de evacuaci6n - La capacidad de los medios de evacuacion pescaleras debe ser de 22 personas por modulo de ancho de salida y la de los medios de evacuacion drecorrido horizontal (sin escaleras), tales como puertas y corredores, de 30 personas por modulo de ancho dsalida. La velocidad de evacuacion para estos casos debe ser de 22 a 30 personas por minuto y por modude ancho de salida.La capacidad de los medios de evacuacion protegidos en todo su recorrido mediante un sistema debidamenteaprobado de rociadores autornatlcos, puede aumentarse a 35 personas por modulo de ancho de salida pamedios de evacuacion por escaleras y a 45 personas por modulo de ancho de salida, para medios devacuacion horizontales sin escaleras.K.3.14.2.2 - Numero de salidas - Los dormitorios de pacientes deben estar provistos de sendas puertade acceso a corredores que conduzcan a una salida. Los pasillos, corredores y rampas de salida deben tenancho libre mfnimo de 2.40 m; en cualquier ala de alcobas con areas mayores de 200 m2, debe haber pormenos dos puertas de salida, tan separadas entre sf como sea posible.K.3.14.2.3 - Medios de salida - Las puertas de salida utilizadas para el desplazamiento de camascamillas deben tener por 1 0 menos 1.10 m de ancho. Es preciso que las puertas dispongan de un sistema dapertura contra panico, excepto las que evacuen una carga de ocupacion inferior a 75 personas.

    K.3.14.3 - REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EDIFICACIONES DEL SUBGRUPO DE OCUPACION (1-3) - Lomedios de evacuacion de las edificaciones que clasifiquen en los Subgrupos de Ocupacion Institucional Educacion3), Seguridad Publica (1-4) y Servicio Publico (1-5) deben cumplir las reglamentaciones siguientes:

    K.3.14.3.1 - Capacidad de los medios de evacuaci6n - Toda edif icacion educacional y de seguridadServicio Publico, y cualquiera de sus secciones 0 areas que se consideren separadamente deben tenernurnero de salidas suficiente para que sequn su capacidad, se ofrezcan uno 0 mas de los siguientes tipos dsalidas:

    Puertas exteriores - 30 personas por modulo de ancho de salida. Una puerta se considera exteriocuando conduce directamente al exterior de la edificacion a nivel del terreno, 0 su nivel no excedtres escalones por encima 0, por debajo de este.Esca/eras interiores y exteriores 0de incendio - 22 personas por modulo de ancho de salida.Salidas horizonta/es - 30 personas por modulo de ancho de salidaRampas - Deben cumplir con 1 0 estipulado en el numeral K.3.8.6 y contar con una capacidad d100 personas por modulo de ancho de salida.

    K.3.14.3.2 - Ancho minimo de corredores - Abarcara el nurnero de modules de ancho de salida qudetermine el nurnero de ocupantes del area en cuestion sequn 1 0 estipulado en la tabla K.3.3-2, y no debhallarse obstruido por equipos movibles. Las puertas que abren hacia el interior de un corredor de salidadeben tener un retroceso que prevenga interferencias con el transite del corredor; cualquier puerta qucarezca de retroceso debe abrirse en un anqulo de 180 grados hasta parar contra el muro.K.3.14.3.3 - Los modules de ancho de salida 0 las fracciones de ellos que se requieran para cualquier pisindividual pueden servir strnultaneamente a todos los niveles por encima del primer piso 0 del piso del nivel ddescarga.K.3.14.3.4 - Numero de salidas - Cada area de piso debe disponer, por 1 0 menos, de dos salidas. Tod

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesespacio can capacidad mayor de 50 personas a can mas de 90 m2 de area, debe disponer, de par 1 0 menode 2 puertas de salida tan separadas como sea posible; estas puertas han de dar acceso a salidas diferentea a corredores comunes que conduzcan a salidas separadas en direcciones opuestas.

    K.3.1S - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION LUGARES DE REUNION (L)K.3.1S.1 - CAPACIDAD DE LOS MEDIOS DE EVACUACION - Todo sitio de reunion tiene que contar can unurnero de salidas suficiente como para satisfacer la capacidad total del recinto, tales salidas deben cumplir lrequisitos siguientes.

    K.3.1S.1.1 - Ningun media de evacuacion puede medir menos de dos modules de ancho de salida.K.3.1S.1.2 - Debe haber una salida principal cuyo ancho sea el necesario para acomodar la mitad decarga total de ocupacion, pera sin que resulte menor del ancho total indispensable para todo corredor, pasila escalera que desemboquen en ella y de manera que el nivel de salida se coloque al exterior a se conecteuna rampa a escalera dirigida a cualquier via publica.K.3.1S.1.3 - Cada nivel de un sitio de reunion debe tener acceso a la salida principal y salidas suficientepara evacuar las dos terceras partes de la carga de ocupacion total del nivel en flujo continuo, can pramedide 60 personas par minuto, par modulo de ancho de salida. Estas salidas deben conducir directamente a unvia publica, a a patios, escaleras prategidas, escaleras exteriores a pasillas que conduzcan a una calleestar localizadas tan lejos como sea posible de la salida principal. Cuando se disponga unicarnente de dosalidas, cada una debe tener el ancho suficiente para recibir, par 1 0 menos, la mitad de la carga de ocupaciototal.

    K.3.1S.2 -ACCESOS A LAS SALIDAS - Toda seccion de edificacion del grupo de Ocupacion Lugares de Reunio(L), que aloje asientos, mesas u otras objetos, debe estar pravista de pasillas que conduzcan a las salidas.K.3.1S.2.1 - Todo pasillo debe tener un ancho minima de 900 mm cuando sirva a mas de 60 asientos sabun lado y no menos de 1.20 m cuando sirva a asientos sabre ambos lados. Estos anchos minimos debemedirse en el punta mas alejado de cualquier salida, pasillo cruzado a salon de entrada. EI ancho minimdebe incrementarse en 35 mm par cada 1.5 m de longitud hacia la salida, pasillo cruzado a salon de entrada.K.3.1S.2.2 - Todo pasillo que sirva a 60 asientos a menos no debe tener menos de 750 mm de ancho.K.3.1S.2.3 - Los pasillas deben terminar en una salida, pasillo cruzado a salon de entrada y su ancho ndebe ser menor que la suma del requerido para el pasillo mas amplio y el 50% del ancho agregado delodemas pasillas. La maxima pendiente de todo pasillo inclinado se limita al 13%.

    K.3.1S.3 - FILAS DE ASIENTOS - Las filas de asientos dispuestas en lugares de reunion deben cumplir lreglamentaciones siguientes:K.3.1S.3.1 - Una fila de asientos no puede tener mas de 100 sillas, si tiene acceso a traves de ambos dsus extremos, a no mas de 50 sillas, si reacceso se hace solo desde uno de sus extremos.K.3.1S.3.2 - La distancia horizontal libre entre filas de asientos, medida tal como se muestra en la figuK.3.15-1, no debe exceder los valores dados en la Tabla K.3.15-1, cuando existen corredores en amboextremos de las filas.

    K-29

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunes

    n~ I) c :, n~!) c :

    a) Asiento fijo b) Asiento auto-basculanteFigura K.3.1S-1 - Medida de la distancia horizontal entre filas.

    Tabla K.3.1S-1Distancias horizontales libres entre filas de asientosMaximo nurnero de Distancia horizontalsillas entre corredores libre entre filas, mm

    14 30018 35024 40030 45036 50042 55048 60054 65060 70066 a 100 750

    K.3.1S.3.3 - Si uno solo de los extremos de una fila de asientos da a un corredor, el nurnero maximo dsillas en la Tabla K.3.15-1 debe dividirse par 2.K.3.1S.3.4 - Los asientos sin brazos divisorios tienen limitada su capacidad a 450 mm lineales par persona.

    K.3.1S.4 - MEDIOS DE SALIDA - Las puertas deben Ilevar directamente al exterior a a un espacio a pasaje qusin interferencias conduzca a aquel.K.3.1S.4.1 - Las puertas que linden can pasillas y las de locales a espacios can cargas de ocupaciomayores de 100, deben tener un sistema de apertura contra panico; a tal fin puede servir un dispositivo qupermita abrir la puerta y levantar el pestillo mediante una fuerza del orden de 75 N aplicada en la direccion devacuaclon a una barra a panel cuya zona de activacion este a no menos de la mitad del ancho de la hoja dla puerta y a una altura sabre el piso variable entre 0.75 y 1.10 m.K.3.1S.4.2 - Rampas - Los lugares de reunion can carga de ocupacion superior a 1000, deben disponede rampas segun 1 0 estipulado en el numeral K.3-6.

    K.3.16 - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION MIXTO (M)K.3.16.1 - DISTANCIA DE RECORRIDO - Cuando no sea posible proceder de acuerdo can 1 0 establecido paGrupos de Ocupacion especfficos, en la determinacion del recorrido, este quedara limitado a un maximo de 30 m.

    K.3.16.1.1 - Esta distancia de recorrido puede aumentarse a 45 m en estructuras dotadas can equipoautornaticos a de deteccion y extincion de incendios.

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    NSR-10 - Capitulo K.3 - Requisitos para zonas comunesK.3.17 - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION ALTA PELIGROSIDAD (P)K.3.17.1 - En todos los casos en los que las edificaciones 0 espacios se clasifiquen como de alta peligrasidad, lsalidas deben ser del tipo y nurnero que permitan a todos los ocupantes salir de la edificacion 0 estructura 0 del arede peligra al exterior a un lugar segura, mediante un trayecto inferior a 22 m.K.3.17.2 - La capacidad de las salidas no debe ser inferior a la requerida para una capacidad de 30 personas pmodulo de ancho de salida cuando la salida sea a traves de escaleras interiores 0 exteriores 0 para 50 personas pmodulo de ancho de salida cuando la salida sea a traves de puertas a nivel del terreno, 0 por salidas horizontalesrampas.

    K.3.18 - REQUISITOS ESPECiFICOS PARA EDIFICACIONES PERTENECIENTES AL GRUPODE OCUPACION RESIDENCIAL (R)K.3.18.1 - REQUISITOS ESPECIFICOS PARA EDIFICACIONES DEL GRUPO DE OCUPACION (R-1) - Lomedios de evacuacion de las edificaciones del Subgrupo de Ocupacion Residencial Unifamiliar y Bifamiliar (R-deben cumplir los requisitos siguientes:

    K.3.18.1.1 - Numero de sa/idas - Se permite que haya una sola salida por piso en el caso dedificaciones unifamiliares y bifamiliares de las siguientes caracterfsticas: construida con materialeincombustibles, con una altura inferior a 9 m, un area por piso que no exceda de 200 m2 y una distancimaxima de travesfa de 15 m.K.3.18.1.2 - Medios de salida - No es necesario que las puertas se abran en la misma direccion devacuacion.

    (a) Las puertas de entrada y salida deben estar pravistas de cerraduras y tener un sistema diluminacion adecuado.(b) Se requiere que las puertas de las unidades de vivienda tengan cerraduras pravistas de perillacon boton que impida la apertura por otra medio que facilite las Ilaves; puede, ademaproveersetes de una cadena que facilite su apertura parcial y de un sistema de vision que permia quien este en el interior de la habitacion, ver a cualquier persona coloc