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Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de 16 pág.

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Nro. 26.901 - 100/20Paraná, miércoles 3 de junio de 2020

Edición de 16 pág.

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SECCION ADMINISTRATIVA

GOBERNACION

DECRETO Nº 390 GOBDECLARANDO ABSTRACTO A RECURSO

Paraná, 17 de marzo de 2020VISTO:

Las actuaciones de referencia mediante las cuales la abogadaCarolina Fischbach, apoderada legal de la Sra. Cecilia Amelia Pac-cot, interpone recurso de queja; yCONSIDERANDO:

Que el mismo es incoado en razón del retardo en movilizarse untrámite gestionado mediante las actuaciones caratuladas con el nú-mero de Registro Unico 2320943;

Que según surge de la consulta en el sistema informático de segui-miento de expedientes, dichos actuados se localizaban al momentode interposición del recurso desde el 19/12/2019 en el Area deDespacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones;

Que el 11/03/2020 el expediente fue remitido a la División Recep-ción y Trámites de Expedientes del organismo anteriormente mencio-nado, habiendo cesado la mora que motivara la presentación delpresente remedio recursivo;

Que el recurso de queja tiene por objeto que la propia administra-ción remueva o destrabe la morosidad o retardo injustificado en latramitación de un expediente, en tanto ello afecta determinadosprincipios y garantías que gobiernan el procedimiento administrativo;

Que en virtud de que el expediente se ha movilizado, no registrandomora del órgano donde se encuentra conforme los plazos previstosen la Ley Nº 7060, corresponde declarar abstracto el medio recursivoincoado;

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones previstasen el Art. 174º de la Constitución Provincial y en cumplimiento de lodispuesto por los artículos 72º al 74º de la Ley Nº 7060;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Declárase abstracto el recurso de queja interpuesto por la

abogada Carolina Fischbach, apoderada legal de la Sra. CeciliaAmelia Paccot, MI Nº 20.099.067, con domicilio legal en AvenidaAlameda de la Federación Nº 621, e esta ciudad, de conformidad alo expresado en los considerandos del presente.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º: Con copia del presente pasen las actuaciones a la DirecciónGeneral de Despacho de la Gobernación para la notificación a larecurrente. Publíquese y archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 392 GOB

RECONOCIENDO PRESTACION DE SERVICIOSParaná, 17 de marzo de 2020

VISTO:Las presentes actuaciones iniciadas por la señora Secretaria de

Comunicación; yCONSIDERANDO:

Que conforme al acta de acuerdo celebrada entre representantesdel Gobierno Provincial y del sector gremial conformado por la Aso-ciación de Trabajadores del Estado y la Unión del Personal Civil dela Nación, de fecha 3 de junio de 2019, el cual manifiesta la necesidadde cumplimentar el procedimiento administrativo de regularización yordenamiento de la planta de personas bajo modalidad de contratosde obra, para ser pasados a contratos de servicios, de acuerdo a loscupos vacantes existentes en cada jurisdicción; y

Que para la cobertura de cupos vacantes se acordó seleccionar alos agentes que se han vinculado con el Estado Provincial mediantecontratos de obra y que cuentan con una antigüedad de un 81) añoo más de contratación ininterrumpida computada al 31 de diciembrede 2016; y

Que asimismo, el día 2 de diciembre de 2019 se conforma unacomisión de ordenamiento de la planta de personas bajo la figura decontrato de obra, en el ámbito de la Secretaría de Comunicación, enla cual el señor Subsecretario de Gestión Administrativa de la Gober-nación, interviene dando fe de la existencia de los cupos para hacerfrente al pase de los contratos pretendidos; y

Que en tal sentido, se han realizado los relevamientos pertinentes

y se ha procedido a la determinación de los agentes que seencuentran alcanzados por las disposiciones indicadas preceden-temente; y

Que teniendo en cuenta que el orden de prelación para lacobertura de los cupos está determinado por la mayor permanen-cia como contrato de obra, corresponde incorporar, a la planta depersonal temporario, a los agentes que se identifican en el anexoagregado en autos; y

Que han tomado intervención de competencia en las presentesactuaciones, la Dirección General del Servicio Administrativo Con-table de la Gobernación y la Dirección General de RecursosHumanos; y

Que mediante la sanción del Decreto Nº 342/20 MEHF se con-cretó la modificación del presupuesto general de la AdministraciónProvincial, ejercicio 2020, Ley Nº 10.754, en cuanto a los cuposde contratos de contratos de locación de servicio, necesaria parala tramitación de la presente gestión; y

Que a fs. 351 luce intervención de la Dirección General deAsuntos Jurídicos de la Secretaría de Comunicación, emitiendodictamen de competencia Nº 42/2020; y

Que teniendo en cuenta que la vigencia de los contratos, que seaprueban por el presente, conforme al modelo de contrato queforma parte del anexo del Decreto Nº 3688/08 GOB y modificato-rios, comienza en la fecha de emisión del presente decreto y deconformidad a lo acordado por la comisión, la Secretaría deComunicación ha agregado en las actuaciones la certificación dela efectiva prestación de servicios a partir del 1º de enero del año2020 por parte de las personas detalladas en el anexo, motivo porel cual corresponde disponer su reconocimiento; y

Que asimismo la gestión encuadra en las disposiciones conteni-das en el Decreto Nº 3688/08 GOB y sus modificatorios;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Reconócese desde el 1º de enero del 2020 hasta el

dictado del presente, la efectiva prestación de servicios en elámbito de la Secretaría de Comunicación, de los agentes cuyanómina se detalla en el anexo, que adjunto forman parte delpresente, de acuerdo a lo expresado en los considerandos prece-dentes.

Art. 2º.- Dispónese la cobertura de cupos vacantes, mediante laincorporación a partir de la fecha del presente a la planta depersonal temporario de la Secretaría de Comunicación, de losagentes cuya nómina se detalla en el anexo, en los tramos ycategorías que para cada caso se indica, conforme a los contratosde servicios que se aprueban y que agregados forman parteintegrantes del presente decreto.

Art. 3º.- Autorízase a la Dirección General del Servicio Adminis-trativo Contable jurisdiccional, a liquidar las sumas devengadas afavor de los agentes, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos1º y 2º del presente.

Art. 4º: El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 5º: Comuníquese, publíquese y archívese, con copia delpresente pasen las actuaciones a la Dirección General del Servi-cio Administrativo jurisdiccional, a sus efectos.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

ANEXONombre y apellido – DNI – Categoría – Agrupamiento (Clase –

Grupo – Tramo)Guillermo Isaac Hutin – 27.006.834 – 8 – Administrativo y Téc-

nico – Administrativo – b) EjecuciónLorena Lagleyze – 24.264.262 – 8 – Administrativo y Técnico –

Administrativo – b) EjecuciónEvelyn María Inés Deless – 31.232.534 – 4 – Profesional Univer-

sitario – Profesional – c) ProfesionalClara Cosoy – 37.282.358 – 6 – Administrativo y Técnico –

Administrativo – b) EjecuciónEvelyn Bergara – 36.269.333 – 6 – Administrativo y Técnico –

Administrativo – b) EjecuciónMaría Susana Caro – 16.065.521 – 6 – Administrativo y Técnico

– Técnico – a) Técnico ALeonardo Exequiel Gauna Servin – 37.290.900 – 8 – Administra-

tivo y Técnico – Administrativo – b) Ejecución

2 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 3 de junio de 2020

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Fabián Ezequiel Prestofelippo – 37.976.378 – 8 – Administrativo yTécnico – Administrativo – b) Ejecución

— — —DECRETO Nº 496 GOB

REVOCANDO DECRETOParaná, 31 de marzo de 2020

VISTO:El Decreto Nº 494/20 GOB; y

CONSIDERANDO:Que por el mismo se designó Ministro Secretario de Estado de

Planeamiento, Infraestructura y Servicios al Arq. Raúl Marcelo Ri-chard, DNI Nº 13.599.540;

Que por Decreto Nº 92 MPIyS de fecha 11 de diciembre de 2019,el citado había sido designado como Secretario de Planeamiento,Infraestructura y Servicios de la misma cartera ministerial;

Que en razón de lo expuesto corresponde revocar el citado actoadministrativo;

Que el presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidaspor el Art. 174º de la Constitución de la Provincia;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Revócase el Decreto Nº 92 MPIyS de fecha 11 de diciembre

de 2019 por el cual se designó Secretario de Planeamiento, Infraes-tructura y Servicios al Arq. Raúl Marcelo Richard, DNI Nº 13.599.540.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

MINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

DECRETO Nº 565 MGJMODIFICANDO PRESUPUESTO

Paraná, 26 de diciembre de 2019VISTO:

La Resolución Nº 2819 del Consejo General de Educación de fecha1º de julio de 2019; yCONSIDERANDO:

Que a fojas 18 obra la citada norma legal por la cual se designa enplanta permanente, a la agente María Leonor Tisch, DNI Nº23.190.508, Personal Obrero y Maestranza, categoría 10, en la Es-cuela de Educación Agrotécnica “Las Delicias”, del DepartamentoParaná, en el cargo vacante por jubilación ordinaria común del señorJuan José Segovia, DNI Nº 12.175.026; y

Que el artículo 3º de la Resolución Nº 2819/19 CGE dispone que laDirección de Finanzas del Organismo, a través de los departamentosde competencia, realice las adecuaciones presupuestarias que resul-ten necesarias de la designación efectuada; y

Que a fojas 23 obra planilla modificatoria de personal permanenteconfeccionada por el Departamento Presupuesto dependiente de laDirección de Finanzas, en la cual se refleja la modificación interesa-da; y

Que a fojas 25 obra intervención de la Oficina Provincial de Presu-puesto dependiente del Ministerio de Economía, hacienda y Finan-zas, informando que desde el punto de vista presupuestario la modi-ficación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660, del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Modifícase la planta permanente de cargos del presupuesto

general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de la Jurisdic-ción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Entidad: Consejo Generalde Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de Educación TécnicoProfesional, de acuerdo a la planilla modificatoria de personal perma-nente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 566 MGJ

MODIFICANDO PRESUPUESTOParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modifica-

ción en a planta permanente de cargos del Consejo General deEducación; yCONSIDERANDO:

Que la agente Patricia Alejandra Noblega, DNI Nº 22.015.122,Personal de Servicios Auxiliares, categoría 6, titular en la EscuelaSecundaria Nº 35 “Cabo Primero Furriel Jorge Alberto Sendros”, delDepartamento Concordia, solicita cambio de tramo a Personal Ad-ministrativo, categoría 6; y

Que a fojas 45 la Dirección de Recursos Humanos del organismo,informa que la citada agente ha registrado el título de “Bachiller enCiencias Naturales” bajo Registro Nº 6792, folio Nº 257; y

Que a fojas 49 y 59 obra intervención por parte de la Rectoría dela Escuela Secundaria Nº 35 “Cabo Primero Furriel Jorge AlbertoSendros”, considerando pertinente el cambio solicitado por la Sra.Noblega, dado que la misma viene desempeñándose en tareasadministrativas, por lo que la reconversión del cargo no resentiríael normal funcionamiento del establecimiento; y

Que a fojas 54 y vuelta emite informe de competencia la Direcciónde Asuntos Jurídicos del Consejo General de Educación; y

Que a fojas 65 obra planilla modificatoria de personal permanenteconfeccionada por el Departamento Presupuesto dependiente de laDirección de Finanzas, en la cual se refleja la modificación intere-sada; y

Que a fojas 67 obra intervención de la Oficina Provincial dePresupuesto dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas, informando que desde el punto de vista presupuestariola modificación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo 13ºde la Ley Nº 10.660, del presupuesto general de la AdministraciónProvincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 de laJurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Entidad: ConsejoGeneral de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección de EducaciónSecundaria, de acuerdo a la planilla modificatoria de personalpermanente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 571 MGJ

Paraná, 26 de diciembre de 2019Autorizando a la señora Directora General del Notariado, Regis-

tros y Archivos, Dra. María Lucrecia Tepsich, DNI N°20.189.132, aformalizar un nuevo contrato de locación de inmueble, sito en calleBuenos Aires N° 31 de la ciudad de San José de Feliciano, con laseñora María Julia Frattini, DNI N°13.905.790, por el término de 24meses, con vigencia a partir de la fecha del presente decreto, porun valor locativo mensual de $ 20.000,00) destinado al funciona-miento de las oficinas del Registro Público de la Propiedad Inmue-ble del Departamento Feliciano.

Aprobando el modelo de contrato de locación de inmueble, queadjunta forma parte integrante del presente.

Reconociendo y abonando a la señora María Laura Frattini, DNIN° 13.905.790, en concepto de ocupación extracontractual del in-mueble sito en calle Buenos Aires N° 31 de la ciudad de San Joséde Feliciano, por el período comprendido entre el 1° de agosto yhasta la fecha del presente decreto, en virtud de lo expuesto en elpresente texto legal.

Autorizando a la Dirección General del Servicio AdministrativoContable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a hacer efectivo lospagos mensuales, que demande el mencionado contrato, y el pagoreconocido en el presente decreto, contra la presentación de lafactura correspondiente y certificado de libre deuda conforme loestablecido por Resolución N° 016/12 ATER.

— — —DECRETO Nº 574 MGJ

Paraná, 26 de diciembre de 2019Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo

Contable del Ministerio de Gobierno y Justicia, a efectuar el depó-sito al Correo Oficial de la República Argentina, del monto total de

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$ 38.805,00, en la Cta. Cte. N° 44400821/45 del Banco de la NaciónArgentina, Sucursal 3020, Rosario, Santa Fe, titular Correo Oficial dela R e pú b l i c a A rg en t i n a SA C U IT N ° 3 0- 70857483 -6 , CBU0110444220044400821454, para que por cuenta y orden del PoderEjecutivo disponga lo necesario para concretar el pago a las autori-dades de mesa y delegados judiciales como compensación por lastareas realizadas durante las elecciones generales provinciales lle-vadas a cabo el día 9 de junio de 2019 que no percibieron la mismaen tiempo, según el detalle informado oportunamente por el TribunalElectoral de la Provincia de Entre Ríos, conforme lo expuesto en elpresente texto legal.

Estableciendo que el Correo Oficial de la República Argentina haráentrega de la documentación respaldatoria que acredite los pagosefectuados como asimismo procederá a la devolución del remanentede dinero no cobrado por las autoridades de mesa y delegadosjudiciales en un plazo de noventa días, conforme al contrato deservicios electorales aprobado por Decreto N° 189/19 MGJ.

— — —DECRETO Nº 575 MGJ

Paraná, 26 de diciembre de 2019Reconociendo el reintegro y pago de $ 8509 a cada uno de los

agentes de la Dirección General del Notariado, Registros y Archivos,según factura N°0016-00000038, por un importe total de $ 5.100, enconcepto del gasto por inscripciones al Seminario Teórico-Práctico“Laureano A. Moreira”, dictado el día 31 de mayo del corriente añoen el Colegio de Escribanos de la Provincia de Santa Fe, conformeal anexo que adjuntó forma parte integrante del presente decreto yen virtud de lo expuesto en el mismo.

Autorizando a la Dirección General del Servicio Administrativo Con-table del Ministerio de Gobierno y Justicia, a hacer efectivo el pagoa los agentes, previa presentación de la presentación de la constan-cia de libre deuda, conforme la Resolución N° 016 ATER.

ANEXOApellido y Nombre – DNIAmatti Julieta Cintia Mabel – 25.048.149Collaud Pablo Exequiel – 35.295.275Hirschfeld Cristian Jesús – 36.099.770Navarret Rosana María del Huerto – 20.670.519Soffredini María Soledad – 24.264.343Van Cauwenberghe Walter Adrián – 29.496.165

— — —DECRETO Nº 578 MGJ

MODIFICANDO PRESUPUESTOParaná, 26 de diciembre de 2019

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se interesa una modifica-

ción en la planta permanente de cargos del Consejo General deEducación; yCONSIDERANDO:

Que a fojas 1/5 se solicita la regularización de situación de revistade los agentes Andrea Alejandra Cabrera, DNI N° 29.134.662, JuanPablo Barboza, DNI N° 24.592.863 y Adriana Fernanda del LujánGhirardi, DNI N° 17.703.216; y

Que a fojas 6 obra intervención de la Dirección de Recursos Huma-nos del organismo, informando situación de revista de los agentes dereferencia y su antigüedad; y

Que a fojas 7 interviene la Secretaría General del Consejo Generalde Educación informando que, conforme el instructivo para recatego-rizaciones 2018, apartado 4°para el personal comprendido en nivelesde conducción, a la Sra. Adriana Fernanda del Luján Ghirardi, lecorrespondería la categoría 1, atento que registra una antigüedadacumulada en las jefaturas al 30 de junio de 2017 de 13 años; y

Que asimismo se deja aclarado que la Sra. Andrea Alejandra Ca-brera y el Sr. Juan Pablo Barboza, según el último instructivo pararecategorizaciones, revistan en una categoría acorde a su antigüedady tramo; y

Que ante lo expuesto resulta necesario efectuar la modificación dela planta permanente de cargos a los fines de realizar la adecuaciónpresupuestaria correspondiente; y

Que a fojas 8 el Departamento Presupuesto dependiente de la Direc-ción de Finanzas, ha confeccionado la planilla modificatoria de personalpermanente en la cual se refleja la modificación interesada; y

Que a fojas 10 obra intervención de la Oficina Provincial de Presu-puesto dependiente del Ministerio de Economía, Hacienda y Finan-zas, informando que desde el punto de vista presupuestario la modi-ficación gestionada resulta técnicamente viable; y

Que la presente gestión encuadra en los términos del artículo13° de la Ley N° 10.660 del presupuesto general de la Adminis-tración Provincial ejercicio 2019;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Modifícase la planta permanente de cargos del presu-

puesto general de la Administración Provincial ejercicio 2019 dela Jurisdicción 20: Ministerio de Gobierno y Justicia, Entidad:Consejo General de Educación, Unidad Ejecutora: Dirección deEducación Primaria, de acuerdo a la planilla modificatoria depersonal permanente que forma parte de este instrumento legal.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese, archívese.GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 579 MGJ

Paraná, 26 de diciembre de 2019Ampliando el presupuesto general de la Administración Provin-

cial del ejercicio 2019, por la suma de $ 3.523.184, en la Jurisdic-ción 20 – Ministerio de Gobierno y Justicia, Unidad Ejecutora:Dirección General del Servicio Penitenciario de Entre Ríos, con-forme se discrimina en las planillas analíticas del recurso y delgasto que agregadas forman parte integrante del presente decre-to.

— — —DECRETO Nº 459 MGJ

RECHAZANDO RECURSOParaná, 20 de marzo de 2020

VISTO:El recurso de revocatoria contra el Decreto Nº 414/18 MGyJ, que

dispone el ascenso ordinario del personal policial superior, inter-puesto por el Oficial Principal Bioingeniero de la Policía de EntreRíos señor Cristian Carlos Enrique, MI Nº 26.150.146, LP Nº27.052; yCONSIDERANDO:

Que desde el punto de vista formal, el recurrente no fue notifi-cado del acto atacado, Decreto Nº 414/19 MGyJ, o al menos noexisten constancias en lo actuado, lo cual se torna irrelevantedado que el acto atacado data de fecha 16 de marzo de 2018 y afojas 05 consta que interpuso el exordio recursivo el día 23 demarzo de 2018, al quinto día del dictado del decreto en cuestión,por lo que ha sido interpuesto dentro del plazo legal; y

Que a fojas 25 desde la Jefatura de Policía de la Provincia –Dirección de Personal, se informó que no obra constancia que elinteresado haya presentado recurso contra la Re3solución DP Nº1445/17 de fecha 29 de diciembre de 2017 que dispone el ordende mérito; y

Que a fojas 26 tomó intervención la División Asesoría Letradade la Policía de la Provincia de Entre Ríos, a través de DictamenNº 476/18, realizando el análisis del recurso interpuesto, conclu-yendo que el mismo es improcedente, atento a la omisión enpromover recurso contra el orden de mérito dispuesto por Reso-lución DP Nº 2445/17; y

Que a fojas 30/31 y vta., tomó intervención la Dirección Generalde Asuntos Jurídicos, del Ministerio de Gobierno y Justicia, con-forme el Dictamen Nº 722/18, aconsejando el rechazo del recursode revocatoria interpuesto contra el Decreto Nº 414/18 MGyJ; y

Que a fojas 33/35 obra Dictamen Nº 0161/19 de la Fiscalía deEstado de la Provincia, advirtiendo que la cuestión de fondoventilada en autos es la impugnación de un acto que integra elprocedimiento administrativo de ascenso jerárquico del personalsubalterno de la Policía de Entre Ríos; y

Que al respecto cabe señalar que el régimen de promocionespoliciales es regido por el Capítulo VIII artículos 89° y siguientesde la Ley N° 5654/75. Los ascensos ordinarios del personal poli-cial se efectúan a partir del 1 de enero de cada año, con elasesoramiento al Jefe de Policía de las Juntas de Calificacionesrespectivas, se producen grado a grado y de acuerdo a las vacan-tes, asignadas por el Jefe de Policía a cada cuerpo y escalafón,guardando proporcionalidad en razón a los funcionarios aptospara ascender al grado inmediato superior de acuerdo a cadacuerpo y escalafón, culminando con el decreto del Poder Ejecuti-vo, que dispone el ascenso del personal superior, o con una

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resolución del Sr. Jefe de Policía, cuando se trata de personalsubalterno; y

Que esta descripción normativa del proceso de jerarquización com-prende, como acto preparatorio al ascenso definitivo, el estableci-miento de un orden de mérito, en este caso, para el personal deoficiales; y

Que en estas actuaciones, el recurrente, como integrante del Esca-lafón Profesional Administrativo de la Policía de Entre Ríos, impugnóel Decreto N° 414/18 MGyJ por el cual se ascendió, a partir del 1 deenero de 2018, al personal de oficiales de la institución policial, sinembargo, atento a lo informado a fojas 25 por la citada institución,omitió interponer el recurso revisto por el artículo 99° de la Ley N°5654/75, contra la Resolución N° 2445/17, que estableció el respec-tivo orden de mérito, por lo que el señor Enrique ha consentido talacto; y

Que la falta de impugnación de uno de los actos es la instanciaadministrativa (en el presente caso, del orden de mérito) constituiráinevitablemente un obstáculo en el cumplimiento de uno de los pre-supuestos exigidos de modo insoslayable para la habilitación de laacción judicial contencioso administrativa, cual es el agotamientoprevios de la vía administrativa; y

Que ello tiene sustento en que la Resolución DP N° 2445/17, escalificable de “acto preparatorio” del acto definitivo de ascenso,debido a que en derecho administrativo la regla es la impugnación detodos los actos vinculados a la cuestión conflictiva, de lo contrario losactos no impugnados alcanzan el carácter de firmes e impiden surevisión tanto en sede administrativa como judicial; y

Que a tal conclusión se arriba, aún cuando en el orden de mérito elrecurrente se encontraba ubicado en la posición número uno (1) delEscalafón Profesional Administrativo, ya que si bien aquel se viofavorecido por esa ubicación y por lo tanto consideró que no debíaagraviarse de lo dispuesto en la Resolución DP N°2445/17, a su vezse vio perjudicado, dado que en este acto también se dispuso loreferente a las vacantes, estableciendo no asignar aquellas para suescalafón, por lo cual, ineludiblemente, debió impugnar, al menos enforma parcial, lo dispuesto en ese decisorio; y

Que no obstante, aquello fue omitido por el señor Enrique, quienprocedió a recurrir en forma indirecta el acto de ascenso, pero a suvez criticando en este recurso, en forma improcedente y extemporá-nea, claro está, el acto que dispuso el orden de mérito. Así se adviertea fojas 04: “Además en la Resolución DP N° 2445/17 se destinarondos (2) vacantes para el grado de Subcomisario, a oficiales profesio-nales jurídicos y ninguna a profesional administrativo, por lo que sedebió destinar al menos una (1) vacante para todos los primerospuestos, como en mi caso...”; y

Que en tal sentido la denominada doctrina de los actos coligadosrefiere a la estructura con la que se presentan los mismos dentro dela actividad de la Administración Pública compuesta por una serie dedecisiones orientadas a un mismo fin. La nota que individualiza a losactos coligados, y que permite identificarlos como una especia dentrodel género acto administrativo es la transmisibilidad, total o parcialde sus elementos, estos se proyectan o transmiten entre sí, demanera que ciertos (o todos) elementos del acto antecedente, será,ellos mismos, elementos del acto consecuente; y

Que de tal modo, si el particular conoce una decisión administrativaque lo afecta, aun parcialmente y la consiente con su silencio, elpoder público debe legalmente suponer que su proceder se ha reco-nocido como correcto. Los nuevos actos que en tal sentido produzcaserán consecuencia, de los anteriores que han adquirido fuerza yeficacia, por lo tanto el administrado que consintió esos actos nopuede luego válidamente erigir a los primeros en causa de unareclamación jurisdiccional posterior; y

Que así, en los autos “Cardoso Mario Ramón c/ Estado Provincials/ Demanda Contencioso Administrativa”, N° 1842, año 2006, causadonde se perseguía la jerarquización de personal policial, el STJERsostiene que “...analizando los considerandos de las resoluciones demención, acompañadas por el mismo actor a los fines de justificar elcumplimiento de los requisitos de admisión del proceso (…) adviertoque efectivamente las mismas analizan y resuelven la cuestión defondo planteada en su reclamo por el accionante, no siendo objetode impugnación alguna en sede administrativa. Va de suyo, que lafalta de impugnación por vía del recurso de apelación jerárquica(conf. Art. 60° L. 7060) a los fines de posibilitar el contralor delegitimidad por parte del titular del Poder Ejecutivo Provincial, de

quien depende la Policía de la Provincia, conf. Art. RGP obstan ala admisión del presente proceso, al llegar, las resoluciones admi-nistrativas citadas, firmes y consentidas a esta instancia y en tantoes el carácter definitivo “que causa estado” (en los términos del Art.4° CPA) el único que habilita la impugnación judicial de las decisio-nes administrativas”; y

Que en tal sentido, encontrándose acreditado en estas actuacio-nes la referida omisión incurrida por el quejoso, a partir del informede fojas 25, la decisión sobre el orden de mérito y la cantidad devacantes asignadas para cada escalafón, como el ascenso final-mente dispuesto para el personal de oficiales de la instituciónpolicial han quedado firmes, razón por la que corresponde rechazarel recurso interpuesto por formalmente inadmisible;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Recházase el recurso de revocatoria contra el Decreto N°

414/18 MGyJ, interpuesto por el Oficial Principal Bioingeniero de laPolicía de Entre Ríos señor Cristian Carlos Enrique, MI N°26.150.146, LP N° 27.052, conforme los motivos expuestos en losconsiderandos precedentes.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasenlas actuaciones a Jefatura de Policía de la Provincia y oportuna-mente archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 460 MGJ

RECHAZANDO RECURSOParaná, 20 de marzo de 2020

VISTO:El recurso de revocatoria contra el Decreto N° 414/18 MGyJ, que

dispone el ascenso ordinario del personal policial superior, inter-puesto por el Comisario de la Policía de Entre Ríos señor Luis OscarAlberto Tovani, MI N° 23.911.453, LP N° 22.900; yCONSIDERANDO:

Que desde el punto de vista formal, el recurrente tomó conoci-miento tácito del decreto cuestionado, por lo que en orden a la fechade emisión del mismo, esto es: 16 de marzo de 2018 y la deinterposición del remedio procesal administrativo aquí tratado, estoes: 22 de marzo de 2018 -cfr. fojas 04 vta.- este se encuentrapresentado tempestivamente conforme lo normado por el artículo578° de la Ley N° 7060; y

Que a fojas 30 desde la Jefatura de Policía de la Provincia –Dirección de Personal, se informó que no obra constancia que elinteresado haya presentado recurso contra la Resolución DP N°2445/17 de fecha 29 de diciembre de 2017 que dispone el orden demérito; y

Que a fojas 31 tomó intervención la División Asesoría Letrada dela Policía de la Provincia de Entre Ríos, a través de Dictamen N°499/18, realizando el análisis del recurso interpuesto, concluyendoque el mismo es improcedente, atento a la omisión en promoverrecurso contra el orden de mérito dispuesto por Resolución N°2445/17; y

Que a fojas 35/36 tomó intervención la Dirección General deAsuntos Jurídicos del Ministerio de Gobierno y Justicia, conformeel Dictamen N° 721/18, aconsejando el rechazo del recurso derevocatoria interpuesto contra el Decreto N° 414/18 MGyJ; y

Que a fojas 41 y vta. y 54/55 obran Dictámenes N° 0109/19 y0184/19 respectivamente de la Fiscalía de Estado de la Provincia,advirtiendo en este último que la cuestión de fondo ventilada enautos es la impugnación de un acto que integra el procedimientoadministrativo de ascenso jerárquico del personal subalterno de laPolicía de Entre Ríos; y

Que al respecto cabe señalar que el régimen de promociones poli-ciales es regido por el Capítulo VIII artículos 89° y siguientes de laLey N° 5654/75. Los ascensos ordinarios del personal policial seefectúan a partir del 1 de enero de cada año, con el asesoramiento alJefe de Policía de las Juntas de Calificaciones respectivas, se produ-cen grado a grado y de acuerdo a las vacantes, asignadas por el Jefede Policía a cada cuerpo y escalafón, guardando proporcionalidad enrazón a los funcionarios aptos para ascender al grado inmediatosuperior de acuerdo a cada cuerpo y escalafón culminando con eldecreto del Poder Ejecutivo, que designa al personal superior y el

Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 BOLETIN OFICIAL 5

Page 6: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

personal subalterno por resolución del Jefe de Policía, artículo 89°de la Ley N° 5654/75, que establece un orden de mérito; y

Que esta descripción normativa del proceso de jerarquización com-prende como acto preparatorio al ascenso definitivo, el estableci-miento de un orden de mérito; y

Que conforme surge de las constancias administrativas el Comisa-rio Tovani ha omitido interponer el recurso del artículo 99° de la LeyN°5654/75 contra la Resolución DP N° 2445/17, consintiendo de estemodo el orden de mérito establecido por la Junta de Calificacionesde la Policía, conforme al cual se dispuso el ascenso medianteDecreto N° 414/18 MGyJ; y

Que esta cuestión ya ha sido abordada por Fiscalía de Estadomediante Dictamen N°0745/11, el cual conviene ser traído a colaciónen esta oportunidad a los fines de dilucidar la procedencia del pre-sente recurso: “... el recurso de apelación del Art. 99° Ley 5654 sepresenta apto para cuestionar la ubicación obtenida en base a lascalificaciones otorgadas por los órganos evaluadores y de tal modotener la expectativa de obtener, según la disponibilidad posterior devacantes, la promoción en el grado superior. Y por su parte, el recursode revocatoria de la Ley 7060 se torna imprescindible para impugnarel decreto que, como acto dictado por la autoridad de nombramiento,perfecciona el ascenso de los funcionarios, si es que el funcionariointeresado, excluido del ascenso (por las razones que fuere), consi-dera que dicha omisión resulta ilegítima”; y

Que “... entonces, se trata de recursos distintos, que protegensituaciones jurídicas subjetivas distintas y que se interponen enmomentos del procedimiento distintos, pero resulta indiscutible quesi se persigue en definitiva obtener la promoción en el grado superiorse requiere del aspirante el cuestionamiento oportuno y eficaz tantode la posición en el orden de mérito sobre la cual decidirá el PoderEjecutivo, como el decreto final, que no es una mera reproducción deaquel y por ende debe ser necesariamente atacado. Puede asi con-cluirse en que, si bien los recursos son diversos, cada una de lasdecisiones administrativas tomadas para impulsar el procedimientode selección impacta sobre la siguiente y por ello deben ser atacadastodas. A contrario sensu, la no impugnación de todos los actosdictados que se consideren ilegítimos, frustra la pretensión de obte-ner su modificación y/o revisión, tanto en sede administrativa comosegún verá, en sede judicial”; y

Que en virtud de ello corresponde denegar el presente recurso, sinefectuar consideraciones sobre el fondo de lo debatido, conforme elcriterio expuesto en el Dictamen N° 0745/11 F.E.

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Recházase el recurso de revocatoria contra el Decreto N°

414/18 MGyJ, interpuesto por el Comisario de la Policía de EntreRíos, señor Luis Oscar Alberto Tovani, MI N° 23.911.453, LP N°22.900, conforme los motivos expuestos en los considerandos prece-dentes.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese. Con copia del presente pasenlas actuaciones a Jefatura de Policía de la Provincia y oportunamentearchívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

— — —DECRETO Nº 461 MGJ

Paraná, 20 de marzo de 2020Reconociendo como licencia política con goce de haberes, la usu-

fructuada por el agente Luis Horacio Siebenlist, DNI N° 27.554.256,legajo personal N° 169.908, categoría 3 Administrativo, Jefe de laOficina del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas deAranguren, a partir del día 13 de mayo de 2019 y hasta el día 13 dejunio de 2019, con motivo de representar la precandidatura a presi-dente municipal por Alianza Frente Creer Entre Ríos en las Eleccio-nes generales del día 9 de junio de 2019, de conformidad a loexpresado en la presente norma legal.

— — —DECRETO Nº 462 MGJ

Paraná, 20 de marzo de 2020Aceptando a partir del día 29 de julio de 2019, la renuncia presen-

tada por el agente Glezer Sebastián Rodrigo, DNI N° 34.110.042,legajo N° 213.823, al cargo categoría 4, Profesional “C”, que osten-tara en la Dirección General del Registro del Estado Civil y Capacidadde las Personas de la localidad de Concepción del Uruguay, conformea las razones expresadas en el presente decreto.

MINISTERIO DE ECONOMIA, HACIENDA Y FINANZAS

DECRETO Nº 781 MEHFDISPONIENDO LLAMADO A LICITACION PUBLICA

Paraná, 3 de junio de 2020VISTO:

El inminente vencimiento del contrato de Agente Financiero quevincula al Nuevo Banco de Entre Ríos SA con la Provincia de EntreRíos; yCONSIDERANDO:

Que el citado contrato y por el cual el Nuevo Banco de EntreRíos presta a la Provincia el Servicio de Agente Financiero yCaja Obligada, fue aprobado su modelo por la Ley Nº 9645 comoAnexo I;

Que conforme lo establece la cláusula vigésima tercera delcontrato, el plazo de vigencia se acordó en diez años, contados apartir de su firma y se consideró la posibilidad de prórroga delmismo por cinco años mas;

Que mediante Decreto Nº 455/15 GOB, se procedió a ampliar lavigencia del contrato y prorrogarlo por el plazo previsto de cincoaños;

Que el contrato original de vinculación, fue suscripto entre laspartes en fecha 16 de setiembre de 2005;

Que ante el vencimiento a producirse en el mes de setiembre,se hace necesario realizar un llamado a licitación pública, a fin decontratar a una nueva entidad bancaria que preste el Servicio deAgente Financiero y Caja Obligada de la Provincia;

Que han tomado intervención en las actuaciones la UnidadOperativa de Control del Agente Financiero, la Dirección de Asun-tos Jurídico del Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, laUnidad Central de Contrataciones y la Fiscalía de Estado quieneshan procedido al análisis de la documental que conforma el pliegoy sus anexos, y la Contaduría General de la Provincia;

Que la Oficina Provincial de Presupuesto ha emitido informesobre la situación presupuestaria, indicando que existe saldodisponible para atender la erogación en virtud del contrato exis-tente y en caso de corresponder deberá propiciarse oportunamen-te la adecuación presupuestaria que resulte necesaria, acorde almonto de la inversión anual que surja del nuevo convenio;

Que a tal efecto, corresponde disponer el llamado a licitaciónpública, aprobar el pliego de bases y condiciones, con sus anexospropuestos por el Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas,y disponer como se conformará la Comisión de Evaluación deOfertas;

Que el llamado que por el presente se realiza, se encuadra enlas disposiciones establecidas de los artículos 17º inciso b) y 26ºInc. a) de la Ley de Contabilidad Nº 5140 y sus modificatorias,incluida la Ley Nº 8964 (t.u.o. Por Decreto Nº 404/95 MEOSP) ysu concordante artículo 9º al 104º del Reglamento de Contratacio-nes del Estado aprobado por Decreto Nº 795/96 MEOSP y susmodificatorios;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Dispónese el llamado a licitación pública que se reali-

zará a través de la Unidad Central de Contrataciones dependientedel Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas, con el objetode contratar una entidad bancaria, que preste el Servicio deAgente Financiero y Caja Obligada de la Provincia.

Art. 2º.- Apruébase el pliego de bases y condiciones con susanexos, incluido el modelo de contrato de vinculación, los queadjuntos forman parte integrante del presente.

Art. 3º.- Dispónese que la Comisión de Evaluación de Ofertasestará integrada por cinco miembros, los que se nombraran opor-tunamente, a saber: tres a designar por el Ministro de Economía,Hacienda y Finanzas y dos a designar por la Secretaría Generalde la Gobernación.

Art. 4º.- Facúltase al señor Ministro de Economía, hacienda yFinanzas a actuar, en todo aquello que no resulte indelegable,como autoridad de aplicación tanto en el proceso del llamado alicitación pública, como durante toda la vigencia de ejecución delcontrato de vinculación a suscribir con quien resulte adjudicatario,con las facultades previstas en el pliego que rige el llamado.

Art. 5º.- Invítase a la Legislatura de la Provincia a designar unacomisión de seguimiento del desarrollo del proceso de licitación,la que deberá estar integrada por tres Senadores y tres Diputados.

Art. 6º: El presente decreto será refrendado por el señor MinistroSecretario de Estado de Economía, Hacienda y Finanzas.

Art. 7º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETHugo A. Ballay

6 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 3 de junio de 2020

Page 7: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

DECRETO Nº 333 MDSParaná, 3 de marzo de 2020

Disponiendo la cobertura de cupos vacantes, mediante la incorpo-ración a partir de la fecha del presente a la planta de personaltemporario del Ministerio de Desarrollo Social, de los agentes deta-llados en el Anexo I, en los tramos y categorías que para cada casoindican y conforme a los contratos de servicios celebrados, queagregados forman parte integrante del presente decreto.

Autorizando a la Subsecretaría de Administración del Ministerio deDesarrollo Social a liquidar y hacer efectivos los pagos que corres-pondan por el concepto expresado en el presente texto legal.

Disponiendo la baja de las suplencias extraordinarias que ostentanlos agentes detallados en el Anexo I, a partir de la fecha del presente,ello en virtud de lo dispuesto en el presente texto.

ANEXO IApellido y nombre – DNI – Agrupamiento – Tramo – Categ. - AreaArrieta Javier – 28.676.395 – Profesional – Profesional “C” - 4 –

Unidad Infraestructura SocialBalla Virginia Natalia – 30.106.835 – Administrativo – b (Ejecución)

– 8 – Secretaría de Economía SocialBasso Ana Sofía – 34.038.871 – Administrativo – b (Ejecución) – 6

– Secretaría de Economía SocialSchiro María Lucia – 32.509.472 – Administrativo – b (Ejecución) –

6 – Subsecretaría de Comunicación y CeremonialSiarra María Ayelen – 32.514.337 – Profesional – Profesional “C” -

4 – AdministraciónSilguero Aníbal Oscar Fernando – 36.406.120 – Profesional – Pro-

fesional “B” - 5 – Subsecretaría de Políticas SocialesSosa Rodrigo Fabián – 31.017.204 – Administrativo – b (Ejecución)

– 8 – Secretaría de Economía SocialZacarias Miserere M. Cecilia – 28.648.030 – Profesional – Profesio-

nal “B” - 5 – Secretaría de Deportes.— — —

DECRETO Nº 334 MDSMODIFICANDO PRESUPUESTO

Paraná, 3 de marzo de 2020VISTO:

El instructivo para las recategorizaciones 2018 de fecha 20 denoviembre de 2018; yCONSIDERANDO:

Que a tal fin mediante instructivo emanado del Poder Ejecutivo seestablecieron los criterios operativos a seguir para instrumentar di-chas recategorizaciones, los que fueron complementados mediantepautas impartidas a través del Ministerio de Economía, Hacienda yFinanzas; y

Que la medida alcanzó al personal de planta permanente del Esca-lafón General, considerando su antigüedad y situación de revista al30/06/2017, variando su tratamiento de conformidad a su agrupa-miento o clase y al nivel de conducción que ostente; y

Que el Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia, através de su Dirección de Personal determinó la nómina de personaly las adecuaciones resultantes por la aplicación del referido instruc-tivo, trámite que culminó con el dictado del Decreto Nº 2347 MDS defecha 9 de agosto de 2019;

Que por distintas circunstancias no fueron incorporados en losalcances del Decreto 2348/19 MDS tres agentes dependientes de lasDirecciones de Derechos y Programas para la Niñez, Adolescencia yFamilia y de Restitución de Derechos del Consejo Provincial del Niño,el Adolescente y la Familia (COPNAF) por lo que se procede al iniciodel trámite de autos;

Que como surge del informe confeccionado por el Dpto. GestiónAdministrativa de la Dirección de Personal del COPNAF, corresponderecategorizar al agente López Rolando Marcelo, DNI 23.619.794,quien revista actualmente en cargo categoría 07, Administrativa Eje-cución de planta permanente con funciones de promotor de derechosdebiendo ser recategorizado en la categoría 6 Administrativo – Eje-cución; y

Que corresponde recategorizar al agente Elias César Ramiro, DNI26.809.333 quien revista actualmente en cargo categoría 07, Admi-nistrativa Ejecución de planta permanente con función de operadorcomunitario, debiendo ser recategorizado en la categoría 6, Adminis-trativo Ejecución; y

Que corresponde recategorizar a la agente Spinelli María Milagros,

DNI 31.724.544 quien revista actualmente como profesional cargocategoría 04, Profesional “C” de planta permanente con función detrabajadora social, debiendo ser recategorizada en la categoría 3 –Profesional “C”; y

Que las recategorizaciones propuestas tendrán vigencia a partirdel 1º de julio de 2018; y

Que al tomar intervención la Oficina Provincial de Presupuesto,informa que la modificación presupuestaria propuesta resulta técni-camente viable y encuadra en las disposiciones del Art. 13º de laLey Nº 10.754 de presupuesto para la Administración Provincialpara el año 2020; y

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Modifícase el presupuesto general de la Administración

Provincial ejercicio 2020 – Ley Nº 10.754, en lo que hace a la plantade cargos del personal permanente de la Jurisdicción 40 – Ministe-rio Desarrollo Social, Entidad 402 – Consejo Provincial del Niño, elAdolescente y la Familia, Unidades Ejecutoras: Dirección de Resti-tución de Derechos y Dirección de Derechos y Programas para laNiñez, Adolescencia y Familia, conforme se discrimina en las pla-nillas modificatorias de personal permanente que adjuntas, formanparte integrante del presente decreto.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado del Ministerio de Desarrollo Social.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese, y con copia del presente pasenlas actuaciones a la Dirección de Personal del Consejo Provincialdel Niño, el Adolescente y la Familia a los efectos que corresponday cumplido archívese.

GUSTAVO E. BORDETMarisa G. Paira

— — —DECRETO Nº 350 MDS

Paraná, 10 de marzo de 2020Reconociendo la prestación de servicios en el ámbito de la Hono-

rable Cámara de Diputados de la Provincia, por parte del agenteCarlos Víctor Virgala, legajo Nº 110.8409, MI Nº 17.722.951, perso-nal de la planta permanente de la Subsecretaria de Politicas Alimen-tarias del Ministerio de Desarrollo Social, a partir del 02/01/19 yhasta el 10/12/19, de conformidad a lo expresado en el presentetexto legal.

La Honorable Cámara de Diputados de la Provincia, a través delArea correspondiente deberá presentar la documental que acreditela efectiva prestación de servicios por parte del agente ante el AreaRecursos Humanos del Ministerio de Desarrollo Social.

— — —DECRETO Nº 371 MDS

Paraná, 17 de marzo de 2020Modificando el presupuesto general de la Administración Provin-

cial ejercicio 2020, de la Jurisdicción 10 – Gobernación; UnidadEjecutora: Representación del Gobierno de Entre Ríos en CapitalFederal y Jurisdicción 40 – Ministerio de Desarrollo Social; UnidadEjecutora: Ministerio de Desarrollo Social, mediante transferenciacompensatoria de créditos, por la suma total de $ 2.558.000, deacuerdo al detalle de las planillas analíticas del gasto, que adjuntaspasan a formar parte del presente.

SUCESORIOS

P A R A N A

La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civily Comercial Nº 2 de la ciudad de Paraná, Dra. Gabriela R. Sione,Secretaría Nº 2, en los autos caratulados “Aliano Gladys Mabel s/Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 19151, cita y emplaza por eltérmino de treinta días a herederos y acreedores de GLADYSMABEL ALIANO, MI 14.158.208, vecina que fuera del Departamen-to Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 06/01/2019. Publíquesepor un día.

Paraná, 4 de diciembre de 2019 – Víctor M. Bertello, secretario.F.C. 04-00000000 1 v./29/06/2020

— — —El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse, a cargo del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, de la ciudad deParaná, Secretaría N°1, de quien suscribe, en los autos caratulados“Bredeston Erasmo Mario – Ciccarelli Elena Inés s/ Sucesorio ab

Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 BOLETIN OFICIAL 7

Page 8: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

intestato”, Expte. N° 18129, cita y emplaza por el término de treinta(30) días a herederos y acreedores de ELENA INES CICCARELLI, MI3.198.430, vecina que fuera del Departamento Paraná, fallecida enParaná, en fecha 27 de noviembre de 2019 – Publíquese por tresdías.

Paraná, 15 de mayo de 2020 – Lucila del Huerto Cerini, secretaria.F.C. 04-00009268 3 v./03/07/2020

— — —El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse, a cargo del Juzgado de

Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 1, de la ciudad de Paraná,Secretaría N° 1, de quien suscribe, en los autos caratulados “LunaMarta Silvia s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 18153, cita yemplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedoresde MARTA SILVIA LUNA, MI 11.801.095, vecina que fuera del Depar-tamento Paraná, fallecida en Paraná, en fecha 18 de setiembre de2018. Publíquese por tres días.

Paraná, 21 de mayo de 2020 – Lucila del Huerto Cerini, secretaria.F.C. 04-00009280 3 v./03/06/2020

— — —El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de Prime-

ra Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Paraná,Secretaría Nº 1 de quien suscribe, en los autos caratulados “CuadrosZurita Gustavo Moisés s/ Sucesorio ab intestato”, Exp. Nº 18405, citay emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedoresde GUSTAVO MOISES CUADROS ZURITA, MI 19.022.460, vecinoque fuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, en fecha 11de marzo de 2019. Publíquese por tres días.-

Paraná, 27 de mayo de 2020 - Lucila del Huerto Cerini, secretaria.F.C. 04-00009304 3 v./04/06/2020

— — —El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial Nº 5 de la ciudad de Paraná, Dr. Américo Daniel Luna, a/c,Secretaría Nº 5 a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados“Alcoba Luis Alfonso s/ Sucesorio ab intestato”, Expediente Nº 30533,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de LUIS ALFONSO ALCOBA, MI 25.032.296, vecino quefuera del Departamento Paraná, fallecido en Paraná, Entre Ríos, enfecha 27-03-2020. Publíquese por un día.

Paraná, 21 de mayo de 2020 – Perla N. Klimbovsky, secretaria.F.C. 04-00009314 1 v./03/06/2020

— — —La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil

y Comercial Nº 2, de la ciudad de Paraná, Dra. Gabriela RosanaSione, Secretaría Nº 2, de quien suscribe, en los autos caratulados“Schulz Roberto – Treisse María Teresa s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. Nº 19181, cita y emplaza por el término de treinta días aherederos y acreedores de MARIA TERESA TREISSE, MI 5.226.450,vecina que fuera del Departamento Nogoyá, fallecido en Paraná, enfecha 29/01/2012 y ROBERTO SCHULZ, MI 2.082.833, vecino quefuera del Departamento Nogoyá, fallecido en Hernández, en fecha17/03/1991. Publíquese por un día.

Paraná, 12 de marzo de 2020 – Víctor M. Bertello, secretario.F.C. 04-00009322 1 v./03/06/2020

— — —El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial Nº 7 de la ciudad de Paraná, Dr. Martín Luis Furman,Secretaría Nº 7, en los autos caratulados “Duarte Antonio – CornejoMila Ofelia s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 41, cita y emplazapor el término de treinta días (corridos) a herederos y acreedores deMILA OFELIA CORNEJO, MI Nº 1.428.138, vecina que fue del Depar-tamento Paraná, fa l lec ida en Paraná, Entre Ríos, en fecha06/06/2011. Publíquese por un día.

Paraná, 3 de julio de 2019 – Noelia Telagorri, secretaria.F.C. 04-00009327 1 v./03/06/2020

— — —

C O L O N

El Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 de ciudad,a cargo del Sr. Juez Arieto Alejandro Ottogalli, Secretaría a cargo dela Dra. Flavia Cecilia Orcellet, en los autos caratulados: “Alcoba ElsaEdelma - Espindola Leris Ernesto s/ Sucesorio ab intestato”, Expte.Nº 14270, cita y emplaza por el término de treinta (30) días, aherederos y acreedores, y a todos quienes se consideren con dere-cho a los bienes dejados por los causantes ELSA EDELMA ALCOBA,D.N.I. Nº 2.342.666, fallecida en la ciudad de Colón, Pcia. de EntreRíos, el día 5 de mayo de 2017, y LERIS ERNESTO ESPINDOLA,D.N.I. Nº 5.778.560, fallecido en la ciudad de San José el día 5 dejulio de 2019, vecinos que fueron de la ciudad de San José, para queen dicho plazo lo acrediten.

Como recaudo se transcribe la parte pertinente de la resoluciónque así lo ordena: “Colón, 9 de octubre de 2019. Visto: … Resuel-vo: … 2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio ab intestato deElsa Edelma Alcoba -D.N.I. Nº 2.342.666 y Leris Ernesto Espin-dola - D.N.I. Nº 5.778.560-, vecinos que fueron de la ciudad deSan José, de este departamento. 3.- Mandar publicar edictos portres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todosaquellos que se consideren con derecho a los bienes quedadospor fallecimiento de los causantes, para que dentro del plazo detreinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley….Fdo.: Arieto Alejandro Ottogalli, Juez”.

Concepción del Uruguay, 8 de noviembre de 2019 – Flavia C.Orcellet, secretaria.

F.C. 04-00009288 3 v./04/06/2020— — —

La señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1 de Colón Dra. María José Diz (Jueza), Secretaría única a cargode la Dra. Carina E. Bazzana (secretaria interina), en los autoscaratulados “Paccot José Manuel s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. Nº 14740-19, cita y emplaza por el término de treinta (30)días contados desde la última publicación a herederos y acreedo-res de Don JOSÉ MANUEL PACCOT, D.N.I. 10.280.359 vecinoque fuera de esta ciudad y que falleciera en la ciudad de Colón,Entre Ríos el 05 de marzo de 2019.

Para mayor recaudo se transcribe la resolución que así lo orde-na: “Colón, 10 de octubre de 2019.- (…) Publíquense edictos portres veces en el Boletín Oficial y en un periódico de esta ciudad,citando a todos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por el causante, para que lo acrediten dentro del términode treinta días -Art. 2.340 del Código Civil y Comercial.- (…)” Fdo.Dra. María José Diz, Jueza”.

Colón, 2 de marzo de 2020 – Juan Carlos Benítez, secretarioprov.

F.C. 04-00009293 3 v./04/06/2020— — —

C O N C O R D I A

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°1, deesta ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, sita en calleMitre 28, 1° piso, a cargo del Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Juez,Secretaría a cargo del Dr. José María Ferreyra, dirección decorreo electrónico [email protected] en los autoscaratulados “Martínez Francisco Luis s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. N° 13126, cita por el término de 30 días corridos bajoapercibimiento de ley a quienes se consideren con derechos, paraque así lo acrediten, a los bienes quedados por el fallecimientodel causante FRANCISCO LUIS MARTINEZ, DNI N° 8.422.640,nacido en Concordia, Entre Ríos, el 20/03/1948 y fallecido enConcordia, el 21/01/2020, hijo de Francisco Martínez y NélidaEsther Raggio, quien fuera vecino de esta ciudad, quien a su vezha constituido su último domicilio en calle Eva Perón N° 1648,localidad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.

Como recaudo se transcribe la resolución que así lo dispone yque en su parte pertinente dice: “Concordia, 19 de febrero de2020. Visto lo peticionado, disposiciones del CPCC y normasrelativas de la Ley Registral y su reglamentación, resuelvo: 1.Tene r po r p resen tados a F ranc isco Mar t ínez P iva , DNI27.590.738, Fanny Piva, DNI N° 6.267.167 y María Manuela Mar-tínez Piva, DNI N° 32.296.227, en ejercicio de sus propios dere-chos con el patrocinio letrado del Dr. Francisco Martínez Piva, condomicilio denunciado constituido, por parte, se le otorga interven-ción. 2. Decretar la apertura del juicio sucesorio de Francisco LuisMartínez, DNI N° 8.422.640, vecino que fuera de esta ciudad. 3.Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial de laProvincia de Entre Ríos yen un diario local, tamaño mínimo defuente cuerpo 9, conforme información vertida por los diarioslocales a los efectos de que sea legible en forma óptima, citandopor treinta días corridos a los herederos y/o sucesores del cau-sante y/o a quienes se consideren con derecho a los bienesdejados por el mismo, bajo apercibimiento de ley, Art. 728 Inc. 2°CP 26.994. Hacer saber que los edictos deberán contener todoslos datos necesarios para que quienes son citados tomen conoci-miento cabal del motivo de su citación. 4. Citar mediante cédulaa María Valeria Martínez Piva, al domicilio denunciado, para queen el término de diez días comparezca a estos autos a tomar la

8 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 3 de junio de 2020

Page 9: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

intervención que legalmente le corresponda, bajo apercibimiento deley. 5. Oficiar al Registro de Juicios Universales, dependiente de laDirección General del Notariado, Registros y Archivos de la ciudadde Paraná (ER), (confr. Art. 135 Decreto Ley 6964). 6. Dar interven-ción al Ministerio Fiscal, Art. 722 Inc. 1°del CPCC. 7. Dar intervencióna la Administradora Tributaria de Entre Ríos (ATER). 8. Comunicar aCaja Forense. A lo demás, oportunamente. Firmado Julio C. Marco-giuseppe, Juez”.

Concordia, 6 de marzo de 2020 – José María Ferreyra, secretario.F.C. 04-00009275 3 v./03/06/2020

— — —El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 4 de la

ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Alejandro Daniel Rodríguez,Juez interino, Secretaría a cargo de la Dra. Ana María Noguera, citapor treinta días a todos aquellos que se consideren con derecho a losbienes dejados por el causante LUIS ANGEL TOGNI, DNI N° M8.416.108, fallecido en la ciudad de Concordia el día 5 de agosto del2019, vecino que fuera de esta ciudad de Concordia, bajo apercibi-miento de ley en el juicio sucesorio “Togni Luis Angel s/ Sucesorio abintestato”, Expte. N° 10118.

Se transcribe la parte pertinente de la resolución que así lo ordena:“Concordia, 11 de diciembre de 2019. (…) 4. Mandar publicar edictospor tres veces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad,citando a todos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por los causantes, para que lo acrediten dentro del términode treinta (30) días (conf. Art. 2340 del Cód. Civil y Comercial de laNación, aprobado mediante Ley N° 26.994, vigente a partir del1/08/2015 y Art. 728 del CPCyC). (…). Fdo. Alejandro Daniel Rodrí-guez, Juez interino”.

Concordia, 27 de diciembre de 2019 – Ana María Noguera, secre-taria.

F.C. 04-00009281 3 v./03/06/2020— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3, a cargodel Dr. Jorge Ignacio Ponce, suplente, Secretaría a cargo del Dr.Alejandro Centurión, suplente, sito en calle Bartolomé Mitre Nº 28, 2ºpiso, de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, en autoscaratulados “Giorgi José o Giorgio José e Irrazabal Ofelia Clotilde y/oClotilde Ofelia s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 6836, cita yemplaza por treinta días a todos aquellos que se consideren conderecho a los bienes quedados por el fallecimiento de doña IRRAZA-BAL OFELIA CLOTILDE y/o IRRAZABAL CLOTILDE OFELIA; DNI Nº5.028.286, ocurrido en fecha 16 de octubre de 1995, en la ciudad deConcordia, Entre Ríos y don GIORGI JOSE o GIORGIO JOSE, s/ DNIconocido, ocurrido en fecha 18 de octubre de 1962 en la ciudad deConcordia, Entre Ríos, ambos con último domicilio en calle Avellane-da Nº 97 de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos.

La resolución que lo ordena en su parte pertinente dice: “Concordia,19 de mayo de 2020. Visto: … Considerando: … Resuelvo: 1. … 2.… 3. Decretar la apertura de los juicios sucesorios ab intestato deJosé Giorgi o Giorgio, s/DNI conocido y de Ofelia Clotilde y/o ClotildeOfelia Irrazabal, DNI Nº 5.028.286, vecinos que fueron de esta ciu-dad. 4. Mandar publicar edictos por tres días en el Boletín Oficial ydiario local, citando a todos aquellos que se consideren con derechoa los bienes quedados por fallecimiento de los causantes, para quedentro del plazo de treinta días corridos lo acrediten, bajo apercibi-miento de ley. 5. Librar oficio a la Dirección General del Notariado,Registros y Archivos – Sección Juicios Universales, con asiento enParaná (Disposición Técnico Registral Nº 5 DGNRA del 08/11/2006).6. Tener por denunciado el desconocimiento de otras herederos delos causantes. 7. … 8. … 9. … A lo demás, oportunamente. Fdo. JorgeIgnacio Ponce, Juez suplente”.

Concordia, 21 de mayo de 2020 – Alejandro Centurión, secretariosupl.

F.C. 04-00009295 3 v./04/06/2020— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de laciudad de Concordia, a cargo del Dr. Julio C. Marcogiuseppe, Secre-taría a cargo del suscripto, en los autos caratulados “Elola María delCarmen Isabel s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 13109, cita yemplaza por el término de treinta días corridos a los herederos y/osucesores de la causante y/o a quienes se consideren con derechoa los bienes dejados por el causante MARIA DEL CARMEN ISABELELOLA, DNI Nº 14.128.571, fallecimiento ocurrido en Concordia eldía 28 de noviembre de 2019, quien nació en la Provincia de EntreRíos, el día 2 de junio de 1960, bajo apercibimiento de ley.

La resolución que lo ordena dice: “Concordia, 23 de diciembre de2019. … Resuelvo: 1. … 2. … 3. Decretar la apertura del juiciosucesorio de María del Carmen Isabel Elola, MI Nº 14.128.571,vecina que fuera de esta ciudad. 4. Mandar publicar edictos por tresveces en el Boletín Oficial de la Provincia de Entre Ríos y en undiario local, tamaño mínimo de fuente cuerpo 9, conforme informa-ción vertida por los diarios locales a los efectos de que sea legibleen forma óptima, citando por treinta días corridos a los herederosy/o sucesores de la causante y/o a quienes se consideren conderecho a los bienes dejados por la misma, bajo apercibimiento deley, Art. 728 Inc. 2º CPCC y Art. 2340 CCC Ley 26.994. … Fdo. Dr.Julio C. Marcogiuseppe, Juez Civil y Comercial”.

Concordia, 26 de diciembre de 2019 – José María Ferreyra,secretario.

F.C. 04-00009305 3 v./04/06/2020— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 dela ciudad de Concordia, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Juez, Secre-taría a cargo de la Dra. Gimena Bordoli, cita y emplaza por eltérmino de treinta (30) días corridos a comparecer a herederos,acreedores y/o a todos aquellos que se consideren con derecho alos bienes quedados por fallecimiento de la causante, la Sra. MAR-TA ELENA CARABIO, Libreta Cívica Nº 04.286.053, de nacionali-dad argentina, nacida en Concordia, Provincia de Entre Ríos, el día6 de mayo de 1942, y fallecida en Concordia, el día 29 de octubrede 2018, con último domicilio al momento de fallecer sito en calleColón Nº 999, de la ciudad de Concordia.

La resolución que así lo ordena ha sido dictada en los autos“Anatasópolo Ramón y Carabio Marta Elena s/ Sucesorio ab intes-tato”, Expte. Nº 8057, que en su parte pertinente expresa: “Concor-dia, 7 de noviembre de 2019. Visto y Considerando: 1. … 2. … 3.… 4. Decretar la apertura del juicio sucesorio de Marta ElenaCarabio, LC Nº 4.286.053, vecina que fuera de esta ciudad. 5.Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y en undiario local, en un tamaño mínimo de cuerpo 9, a los efectos de quesea legible en forma óptima, citando por treinta días corridos aquienes se consideren con derecho a los bienes dejados por lacausante, para que así lo acrediten. 6. … 7. … 8. … 9. … Fdo.Gabriel Belén, Juez”.

Concordia, 2 de diciembre de 2019 – Gimena Bordoli, secretaria.F.C. 04-00009306 3 v./04/06/2020

— — —El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 2, de

Concordia Entre Ríos, a cargo del Dr. Gabriel Belén, Juez, Secre-taría única, a cargo de la Dra. Gimena Bordoli, en autos: “Burghi,Vicente Fructuoso y Velarde o Velarde Rodríguez, Berta María s/Sucesorios”, Expte. N° 3996, cita y emplaza por el término de treintadías (30) corridos a quienes se consideren con derecho a los bienesdejados por la causante VELARDE RODRIGUEZ BERTA MARIA,DNI N° 6.067.039, fallecida el 14 de Marzo de 2019, que fueravecina de esta ciudad.

La resolución que así lo dispone en su parte pertinente, dice:“Concordia, 7 de mayo de 2020. Visto y Considerando: … Resuelvo:1.- Tener por presentados a los Dres. Celedonio Alberto Rodríguezy María Belén Stadelman, en representación de María EugeniaRamona y Vicente Marcos Horacio Burghi, en mérito a las faculta-des consignadas en los Poderes acompañados, ambos con el do-micilio denunciado por constituido, por parte, déseles intervención.2.- Decretar la apertura del juicio sucesorio de Berta María Velardeo Velarde Rodríguez, vecina que fuera de esta ciudad de Concordia.3.- Hacer lugar a la tramitación acumulada de estos autos con losrotulados “Burghi Vicente Fructuoso s/ Sucesorios”, (Expte. Nº3996), quedando estos últimos como cabeza de expediente. 4.-Tomar razón y refoliar, por Secretaría, según lo ordenado en elapartado precedente. 5.- Recaratular los autos de referencia, ylibrar oficio a la M.U.I. haciéndose saber que los presentes autosse rotularon “Burghi Vicente Fructuoso y Velarde o Velarde Rodrí-guez, Berta María s/ Sucesorios” (Expte. Nº 3996), con los recaudosde ley. 6.- Mandar publicar edictos por tres veces en el BoletínOficial y en un diario local, citando por treinta días corridos aquienes se consideren con derecho a los bienes dejados por lacausante, para que así lo acrediten. 7.- Manifestar si existen otrosherederos conocidos. 8.- Dar intervención al Ministerio Fiscal. 9.-Librar oficio al Registro de Juicios Universales, dependiente de laDirección General del Notariado, Registros y Archivos, y dar noticia

Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 BOLETIN OFICIAL 9

Page 10: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

a la Administradora Tributaria de Entre Ríos, a fin de comunicar lainiciación de las presentes actuaciones. A lo demás, oportunamente.Regístrese y notifíquese conforme los Arts. 1 y 4 del Acuerdo GeneralSTJ Nº 15/18 SNE. Firmado: Dr. Gabriel Belén, Juez”.-

Concordia, 15 de Mayo de 2020 - Alejandro Centurión, secretariosuplente.

F.C. 04-00009309 3 v./04/06/2020— — —

D I A M A N T E

El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil yComercial de la ciudad de Diamante, Dr. Mariano Andrés Ludueño,Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados:“Schlottahuer Emma s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 14309, citay emplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedoresy a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejadospor EMMA SCHLOTTAHUER, M.I. 5.352.939, vecina que fuera de laciudad de General Ramírez, Departamento Diamante, Entre Ríos,fallecida en la localidad antes referida en fecha 13 de julio de 2019,a fin que comparezca a hacer valer sus derechos. Publíquese por tresdías.

La presente se suscribe mediante firma electrónica -ResoluciónSTJER N°28/20, del 12/04/2020, Anexo IV-.

Diamante, 13 de mayo de 2.020 - Manuel Alejandro Ré, secretario.F.C. 04-00009285 3 v./03/07/2020

— — —El señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia Civil y

Comercial de la ciudad de Diamante, Dr. Mariano Andrés Ludueño,Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados:“Acevedo Dalida Juana s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 14269,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos,acreedores y a toda persona que se considere con derecho a losbienes dejados por DALIDA JUANA ACEVEDO, M.I. 9.980.742, veci-na que fuera de la ciudad de General Ramírez, Departamento Dia-mante, Entre Ríos, fallecida en la localidad antes referida en fecha09 de septiembre de 2016, a fin que comparezca a hacer valer susderechos. Publíquese por tres días.

La presente se suscribe mediante firma electrónica -ResoluciónSTJER N°28/20, del 12/04/2020, Anexo IV-.

Diamante, 13 de mayo de 2.020 - Manuel Alejandro Ré, secretario.F.C. 04-00009286 3 v./03/07/2020

— — —

F E D E R A C I O N

El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 2 de la ciudad de Chajarí (E.R.), Dr. Mariano LuisVelasco, Secretaría única a cargo de quien suscribe, en los autoscaratulados “Perero Domingo Agustín s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. Nº 5377/20, cita y emplaza por el término de treinta (30) díasa herederos y acreedores de DOMINGO AGUSTIN PERERO, Docu-mento Nacional Identidad N° M08.398.751, con último domicilio encalle 1° de Mayo N° 2790 de la ciudad de Chajarí, fallecido en laciudad de Chajarí, Departamento Federación (E.R.) en fecha 21 dejulio de 2019.-

La resolución que así lo dispone en su parte pertinente dice: “Cha-jarí, 18 de mayo de 2020.-… Al estar “prima facie” acreditada lalegitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de lapartida de defunción acompañada, declaro abierto el proceso suce-sorio “ab-intestato” del señor Domingo Agustín Perero, vecino quefuera de esta ciudad, Departamento Federación (ER).- Publíquenseedictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario “El Heraldo”de la ciudad de Concordia (ER), citando a todos los que se considerencon derecho a los bienes quedados al fallecimiento del causante,para que en el plazo de treinta días así lo acrediten.-… Facultando ala Dra. Andrea Viviana Candarle para intervenir en su diligenciamien-to.-… La presente se suscribe mediante firma electrónica -ResoluciónSTJER N°28/20, del 12/04/2020, Anexo IV.- Fdo.: Dr. Mariano LuisVelasco, Juez Civil y Comercial Nº 2”.-

Chajarí, 19 de mayo de 2020 – Verónica P. Ramos, secretaria.F.C. 04-00009310 3 v./04/06/2020

— — —

G U A L E G U A Y

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2 deGualeguay, a cargo de la Dra. Teresita Inés Ferreyra, Secretaríaúnica a cargo de la Dra. Rosa María Fernández, en autos caratulados

“Cejas Juan Clodomiro y Coronel María Angélica s/ Sucesorio abintestato”, Expte. Nº 9174, cita y emplaza por el término de treintadías a todos los que se consideren con derecho a los bienesrelictos de los causantes don JUAN CLODOMIRO CEJAS y doñaMARIA ANGELICA CORONEL, vecinos que fueran de esta ciudadde Gualeguay, donde fallecieron el 24 de febrero de 2014 y el 17de agosto de 1996 respectivamente, debiendo acreditarlo dentrode dicho plazo.

Como mayor recaudo se transcribe la parte pertinente del autoque ordena el presente, que dice: “Gualeguay, 28 de mayo de2020. … Estando acreditado el fallecimiento de los causantes y elcarácter de parte legítima con la documental acompañada, decré-tase la apertura del juicio sucesorio de Juan Clodomiro Cejas y demaría Angélica Coronel, vecinos que fueran de esta ciudad, ypublíquense edictos por un día en el Boletín Oficial, llamandodurante treinta días que se contarán a partir de la última publica-ción a todos los que se consideren con derecho a los bienesdejados por el causante debiendo acreditarlo dentro de dichoplazo y anunciese por Radio FM Aries, llamando durante diez díaspor tres veces, que se contarán a partir de la última publicación.… Firmado: Teresita Inés Ferreyra, Juez Nº 1”.

El presente se suscribe mediante firma electrónica. ResoluciónSTJER Nº 28/20 del 12/4/2020, Anexo I.

Gualeguay, 1 de junio de 2020 – Rosa María Fernández, secre-taria.

F.C. 04-00009317 1 v./03/06/2020— — —

G U A L E G U A Y C H U

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civily Comercial N° 3, de la ciudad de Gualeguaychú, Ricardo JavierMudrovici, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos cara-tulados “Fernández Adelino José y Martínez Dora Beatriz s/ Su-cesorio ab intestato”, Expte. N° 8038, cita y emplaza por el términode diez (10) días a herederos y acreedores de quienes fueranvecinos de esta ciudad llamados ADELINO JOSE FERNANDEZ,DNI N° 8.440.663, fallecido el día 24 de abril de 2013, y DORABEATRIZ MARTINEZ, DNI N° 10.667.455, fallecida el día 14 deabril de 2017, ambos en Gualeguaychú. Publíquese por tres días-.

Gualeguaychú, 12 de marzo de 2020 – Gabriela Castel, secre-taria supl.

F.C. 04-00009272 3 v./03/06/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civily Comercial Nº 2 de la Ciudad de Gualeguaychú, Marcelo J.Arnolfi, Secretaría Nº 2 de quien suscribe, en los autos caratula-dos “Benedetti Víctor Hugo s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº12394, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederosy acreedores de quien fuera vecino de esta ciudad llamado:VICTOR HUGO BENEDETTI, M.I. M 4.880.348, fallecido el día 9de marzo de 2018, a los 78 años de edad, en esta ciudad deGualeguaychú, con último domicilio en calle Montevideo N° 1020de esta ciudad. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 3 de marzo de 2020 – Agustina S. Raffo Drabble,secretaria supl.

F.C. 04-00009287 3 v./04/06/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civily Comercial Nº 3, de la ciudad de Gualeguaychú, Ricardo JavierMudrovici, Secretaría Nº 3 de quien suscribe, en los autos caratu-lados “Villanova Rosa Laura s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº8049, cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederosy acreedores de quien fuera vecino de esta ciudad llamada ROSALAURA VILLANOVA, DNI Nº 1.493.324, fallecida el día 25 demayo de 2019, en Gualeguaychú. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 5 de mayo de 2020 – Luciano Bernigaud, secre-tario subgte.

F.C. 04-00009318 3 v./05/06/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civily Comercial Nº 3, de la ciudad de Gualeguaychú, Ricardo JavierMudrovici, Secretaría Nº 3 de quien suscribe, en los autos caratu-lados “Otero Homero Atiliano y Roldan Eufronia Margarita s/ Su-cesorio ab intestato”, Expte. Nº 8011, cita y emplaza por el términode diez (10) días a herederos y acreedores de quien fuera vecinode esta ciudad llamado HOMERO ATILIANO OTERO, DNI Nº5.857.678, fallecido el día 7 de abril de 2018 y EUFRONIA MAR-

10 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 3 de junio de 2020

Page 11: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

GARITA ROLDAN, DNI Nº 3.041.352, fallecida el día 25 de abril de2019, ambos en Gualeguaychú. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 21 de mayo de 2020 – Luciano Bernigaud, secreta-rio subgte.

F.C. 04-00009323 3 v./05/06/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 2, de la ciudad de Gualeguaychú, Marcelo J. Arnolfi,Secretaría Nº 2 de quien suscribe, en los autos caratulados “VisconttiEliseo Juan s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 12423, cita y empla-za por el término de diez (10) días a herederos y acreedores de quienfuera vecino de esta ciudad llamado ELISEO JUAN VISCONTTI, MINº 5.873.497, fallecido el día 29 de octubre de 2019, en esta ciudadde Gualeguaychú, con último domicilio en calle Tropas Nº 2044.Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 13 de mayo de 2020 – Agustina S. Raffo Drabble,secretaria supl.

F.C. 04-00009324 3 v./05/06/2020— — —

V I C T O R I A

El Sr. Juez a/c del despacho del Juzgado de Primera Instancia enlo Civil y Comercial de esta jurisdicción, Dr. Luis Francisco MarquezChada, Secretaría de la Dra. Maricela Faccendini, en los autoscaratulados “Diaz Jorge Aníbal s/ Sucesorio ab intestato”, 14783, citay emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedoresde DIAZ JORGE ANIBAL, DNI 8.450.300, vecino de la ciudad deVictoria, fallecido en la ciudad de Victoria, Provincia de Entre Ríos,en fecha 31/07/2019. Publíquese por tres días en el Boletín Oficial.-

Victoria, 14 de febrero de 2020 – Maricela Faccendini, secretaria.F.C. 04-00009289 3 v./04/06/2020

CITACIONES

P A R A N A

a EMANUEL IBARRA y otra persona que responde al nombre de MAROLa Srta. Juez de Famil ia Nº 2 Dra. María Vic tor ia Solar i , c i ta,

l lama y emplaza por el término de tres (3) días a part i r de la ú l t imapubl icación del presente, a los Sres. EMANUEL IBARRA, dedomic i l io desconocido y a una persona que responde al nombrede MARO, con domic i l io en Barr io La Milagrosa, a concurr i r aeste Juzgado de Fami l ia N° 2, Secretar ía N° 2 a cargo de la Dra.Marcela Alejandra Zacar ias, Edif ic io Tr ibunales, cal le Santa Fe,planta baja de esta ciudad de Paraná, en los autos caratu lados“ Ramos Joaquín Nicolás s/ Medida de protección excepc ional ” ,Expte. N° 25563.

El auto que así lo ordena, en su parte pert inente dice: “ Paraná,28 de mayo de 2020. Por rec ib ido. … Resuelvo: 1.- Al pedido …2.- Cítese por edic tos a publ icarse en el Bolet ín Of ic ial por eltérmino de tres (3) días consecut ivos a Emanuel Ibarra y a unapersona que responde al nombre de Maro con domici l io en Barr ioLa Milagrosa, a f in que comparezcan dentro de los tres (3) díasde la úl t ima publ icac ión bajo los apercib imientos prev istos en elArt . 329 del CPCyC. 3.- Autor ícese … Noti f íquese. Fdo. Dra. MaríaVic tor ia Solar i , Juez de Famil ia” .

Secretar ía, 29 de mayo de 2020 – Marcela Alejandra Zacar ias,secretar ia.

S.C-00014740 3 v./05/06/2020— — —

C O L O N

a sucesores y/o herederos de OLIVIO ROBERTO CARRERAEl Juzgado N° 2 de Fami l ia y Penal de Niños y Adolescentes,

s i to en la cal le B. Mitre N° 133 de la c iudad de Concord ia,Prov incia de Entre Ríos, a cargo de la Dra. Belén Estevez, Juezasuplente, en autos caratu lados “ Carrera Vanesa Soledad c/ Ca-rrera Ol iv io Roberto s/ Ordinar io impugnación de f i l iac ión” , Ex-pediente 20530, ci ta y emplaza a los sucesores y/o herederos delSr. OLIVIO ROBERTO CARRERA, DNI N° 5.783.522, con últ imodomic i l io en la cal le Vi l laguay N°1431 de la ciudad de Concord ia,Prov incia de Entre Ríos cuyo deceso se produjo el día 4 de mayodel año 2006 a f in de que comparezca dentro del p lazo de diezdías, contados a part i r de la úl t ima publ icación, a tomar en autosla correspondiente intervenc ión pert inente.

La reso luc ión que ordena el l ibramiento del presente en suparte dice: “ Concordia, 31 de ju l io de 2019. Resuelvo: … 2.-Citar a los sucesores y/o herederos del Sr. Ol iv io RobertoCarrera, DNI N° 5.783.522, mediante edictos a publ icarse pordos días en el Bolet ín Of ic ial y diar io “ El Sol” , a f in de quecomparezca dentro del p lazo de diez días, contados a part i r dela úl t ima publ icac ión, a tomar en autos la correspondienteintervenc ión, bajo aperc ib imiento de que si vencido el p lazo delos edictos no compareciere el c i tado se le nombrará defensorof ic ial para que lo represente en el ju ic io, quedando reservadaen Secretar ía las copias de tras lado. Dra. Belén Estevez, Juezsuplente” .

Concordia, 12 de agosto del año 2019 – María Elena Badaro,secretar ia.

F.C. 04-00009315 2 v./04/06/2020— — —

C . D E L U R U G U A Y

a LUCIANO LEONARDO HENRIQUEZPor d ispos ic ión del Sr. Agente Fiscal de la ciudad de Federa-

ción, Provincia de Entre Ríos, Dr. Francisco Rafael Ledesma,se ci ta, l lama y emplaza por el término de cinco días consecu-t ivos, a HENRIQUEZ LUCIANO LEONARDO, de nacional idadargent ino, de 25 años de edad, DNI N° Documento NacionalIdent idad 37.561.703, albañi l , con ú lt imo domic i l io denunciadoen cal le Chess in i N° 346, de la ciudad de Federación (ER), conúlt imo domic i l io desconocido y demás datos personales, paraque comparezca ante esta Unidad Fiscal , s i ta en cal le Mar ianoMoreno N° 245, de esta c iudad, en fecha 12 de junio de 2020, alas 10.30 horas, a prestar declaración de imputado, en el legajocaratu lado “ Henr iquez Luciano Leonardo s/ Robo agravado” ,N° 10956 IPP, deb iendo comparecer en d icha opor tun idadacompañado por su abogado defensor, en su defecto se ledesignará el defensor of ic ial , bajo apercib imiento de ser dec la-rado rebelde.

Como recaudo se transcr ibe la dispos ic ión que ordena elpresente y dice: “ Cítese mediante edic tos que se publ icarán enel Bolet ín Of ic ial de la Prov inc ia de Entre Ríos, y por el términode cinco días consecut ivos al imputado Luciano Leonardo Hen-r iquez, de nacional idad argent ino, de 25 años de edad, DNI N°37.561.703, albañ i l , nacido el 28/128/1993, con últ imo domici l iodenunciado en cal le Chessin i N° 346, de la c iudad de Federa-ción (ER), del que se ignora actual domic i l io y demás datospersonales, para que comparezca ante esta Unidad Fiscal enaudienc ia del d ía 12 de junio de 2020, a las 10.30 horas, a f in deprestar declaración de imputado, debiendo comparecer en di -cha oportunidad acompañado por su abogado defensor, en sudefecto se le designará el defensor of ic ial , bajo aperc ib imientode ser dec larado rebelde” .

Federac ión, 22 de mayo de 2020 – María Josef ina PenonBusaniche, Agente Fiscal .

S.C-00014738 5 v./03/06/2020

QUIEBRAS

P A R A N A

El señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 9 – Concursos y Quiebras – Dr. Angel Luis Moia,Secretaría N° 2 a cargo del Dr. Lucino José Tochetti, sito en calleSantiago del Estero N° 382, de la ciudad de Paraná, comunica porcinco (5) días que en los autos caratulados “Vera Luciana RaquelS. Pedido de quiebra promovido por deudor s/ Quiebra”, Expte. N°3906, en fecha 09/03/2020 se ha declarado la quiebra de LUCIANARAQUEL VERA, DNI 21.839.056, CUIL 27-21839056-6, con domi-cilio en Miguel Yañez Martín N° 1132, manzana N° 19, casa 14,IAPV 400 Viviendas – Colonia Avellaneda, Departamento Paraná,Provincia de Entre Ríos y se ha dispuesto que los acreedorespodrán presentar sus pedidos de verificación ante la sindicatura,Cr. Carlos Edgardo Ramón la Barba, con domicilio constituido encalle Perú N°281, piso 11 Dpto. “D” de esta ciudad, quien atenderálos días lunes, miércoles y viernes de 10 a 12 horas, martes y juevesde 17 a 19 horas (días hábiles judiciales) hasta el día 07/07/2020inclusive.

Se han fijado los días 04/09/2020 y 19/10/2020 para que el síndico

Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 BOLETIN OFICIAL 11

Page 12: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

presente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y39 por remisión del Art. 200 de la Ley 24.522.

DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarsepor cinco (5) días en el Boletín Oficial y “El Diario” de Paraná, sinnecesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondosnecesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere(Art. 89 Ley 23.522).

Paraná, 28 de mayo de 2020 – Luciano José Tochetti, secretarioprov.

F. 05-00000400 5 v./05/06/2020— — —

El señor Juez del Juzgado de Primera instancia en lo Civil y Comer-cial Nº 9 – Concursos y Quiebras – Dr. Angel Luis Moia, SecretaríaNº 2 a cargo del Dr. Luciano José Tochetti, sito en calle Santiago delEstero Nº 382 de la ciudad de Paraná, comunica por cinco (5) díasque en los autos caratulados “Cuadra Vanesa Rocío Guadalupe S.Pedido de quiebra promovido por deudor s/ Quiebra”, Expte. Nº 3910,en fecha 09/03/2020 se ha declarado la quiebra de VANESA ROCIOGUADALUPE CUADRA, DNI 27.813.427, CUIL 27-27813427-5, condomicilio en Los Minuanes Nº 1567, de la ciudad de Paraná, Depar-tamento Paraná, Provincia de Entre Ríos y se ha dispuesto que losacreedores podrán presentar sus pedidos de verificación ante lasindicatura, Dra. Silvia María Isabel Boaglio con domicilio constituidoen calle San Martín Nº 360 de esta ciudad, correo electrónico [email protected], quien atenderá los días lunes a jueves de 16 a18 horas, viernes de 12 a 13 horas (días hábiles judiciales) hasta eldía 08/07/2020 inclusive.

Se han fijado los días 07/08/2020 y 20/10/2020 para que el síndicopresente, respectivamente, los informes previstos en los Arts. 35 y39 por remisión del Art. 200 de la Ley 24.522.

DEJO CONSTANCIA que el edicto que antecede deberá publicarsepor cinco (5) días en el Boletín Oficial y El Diario de Paraná, sinnecesidad de previo pago y sin perjuicio de asignarse los fondosnecesarios para oblar el costo de publicación, cuando los hubiere(Art. 89 Ley 24.522).

Paraná, 1 de junio de 2020 – Luciano José Tochetti, secretario prov.F. 05-00000406 5 v./09/06/2020

SENTENCIAS

P A R A N A

En los autos Nº 13495 caratulados: “Coronel Matías s/ Lesiones(Denunciante: Caceres Silvio Manuel Alejandro)”, que tramitaran porante esta Oficina de Gestión de Audiencias de Paraná, se ha dispues-to librar el presente, a fin de comunicarle la inhabilitación absolutapor el tiempo de la condena respecto de Matías Exequiel Coronel.

Como recaudo se transcribe a continuación la parte pertinente dela sentencia: “En la ciudad de Paraná, Capital de la Provincia de EntreRíos, a los cinco días del mes de marzo del año dos mil veinte...FALLO: 1º) Declarar que MATIAS EXEQUIEL CORONEL, de demásdatos personales obrantes en autos, es autor material y responsablede los delitos de lesiones leves, daño y amenazas, desobedienciajudicial; lesiones leves agravadas y tentativa de homicidio en concur-so real y, en consecuencia, condenarlo a la pena de cinco años yocho ocho meses de prisión de cumplimiento efectivo y accesoriaslegales, comprensiva de la pena de un año de prisión de ejecucióncondicional impuesta en fecha 2 de julio de 2019 por el Sr. Juez deGarantías N° 4 Dr. Mauricio Mayer en el marco del Legajo de OGA11445, por los delitos de Robo simple en grado de tentativa y hurtoagravado por escalamiento en concurso real, cuya condicionalidaden consecuencia se revoca; manteniendo su alojamiento en la UnidadPenal N° 5 de la ciudad de Victoria; Arts. 5, 12, 89, 183, 149 bis,primer párrafo primera parte, 239, 92 en función de los Arts. 89 y 80incisos 1 y 11, 79, 42, 55 y 58 todos del Código Penal.

2°) Ordenar que por OGA se practique de inmediato cómputo depena. Aprobado dicho cómputo, se remitirá conjuntamente con copiaíntegra de esta sentencia, a la Sra. Jueza de Ejecución de Penas yMedidas de Seguridad de esta ciudad y a la Dirección del ServicioPenitenciario de Entre Ríos.

3°) Imponer las costas al condenado, eximiéndoselo de su efectivopago dada su notoria insolvencia, Arts. 584 y 585 del C.P.P.E.R.

4º) Notificar por intermedio de OGA a las víctimas de los distintos

hechos la presente sentencia -Art. 73 inciso e) del C.P.P.E.R.-. yasimismo disponer que se les consulte si desean ser informadasacerca de los planteos referidos en el artículo 11 bis de la Ley Nº24.660, modificada por Ley 27.375, relativos a la posibilidad deincorporación del condenado al régimen de salidas transitorias ydemás institutos previstos en dicha norma.

5°) Comunicar la presente, sólo en su parte dispositiva, al Areade Antecedentes Judiciales del Superior Tribunal de Justicia,Oficina de Medios Alternativos del Superior Tribunal de Justicia,Jefatura de la Policía de Entre Ríos, Junta Electoral Municipal,Juzgado Electoral, Registro Nacional de Reincidencia y Estadís-tica Criminal y Carcelaria, y demás organismos administrativos.

6º) Registrar y oportunamente archivar. Fdo. Ricardo DanielBonazzola, Juez de Garantías N° 3”.-

El mencionado Matías Exequiel Coronel, es argentino, sin apo-dos, changarín, nacido en Paraná, el 26/12/1996, hijo de RobertoDavid Gómez y de Natividad Coronel, domiciliado en Bº Las FloresCortada 1214 - Casa Nº 1762, de Paraná, Documento NacionalIdentidad 40.045.095 y Prontuario Policial Nº 796170ig.-

Se hace saber que el vencimiento de la pena impuesta, comoasimismo de la inhabilitación es el 03/09/2025 (tres de septiembrede dos mil veinticinco).-

Paraná, 27 de mayo de 2020 – Gabriela L. Crespo, secretariaOficina de Gestión de Audiencias.

S.C-00014739 3 v./04/06/2020

LICITACIONES

P A R A N A

MUNICIPALIDAD DE PARANALicitación Pública N° 23/2020

OBJETO: adquis ic ión de art ículos de ferreter ía.APERTURA: 5 de junio de 2020 a las 10.00 horas, en Direc-

c ión de Suministros, 9 de Ju l io N° 679, Paraná, Entre Ríos.CONSUL TA S: s u m @par an a.go b .ar / p roveedo res@para-

na.gob.ar – Tel. (0343) 4232529 / 4218436.Licitación Pública N° 24/2020

OBJETO: adquis ic ión de mater iales eléctr icos.APERTURA: 5 de junio de 2020 a las 11.00 horas, en Direc-

c ión de Suministros, 9 de Ju l io N° 679, Paraná, Entre Ríos.CONSUL TA S: s u m @par an a.go b .ar / p roveedo res@para-

na.gob.ar – Tel. (0343) 4232529 / 4218436.Licitación Pública N° 25/2020

OBJETO: serv ic io de correo postal .APERTURA: 8 de junio de 2020 a las 10.00 horas, en Direc-

c ión de Suministros, 9 de Ju l io N° 679, Paraná, Entre Ríos.CONSUL TA S: s u m @par an a.go b .ar / p roveedo res@para-

na.gob.ar – Tel. (0343) 4232529 / 4218436.Licitación Pública N° 26/2020

OBJETO: adquis ic ión de r ip io calcáreo y suelo calcáreo.APERTURA: 8 de junio de 2020 a las 11.00 horas, en Direc-

c ión de Suministros, 9 de Ju l io N° 679, Paraná, Entre Ríos.CONSUL TA S: s u m @par an a.go b .ar / p roveedo res@para-

na.gob.ar – Tel. (0343) 4232529 / 4218436.O.P. 20215

F. 05-00000399 3 v./03/06/2020— — —

MUNICIPALIDAD DE PARANALicitación Pública Nº 22/2020

OBJETO: adjudicar y contratar la ejecución de la obra deno-minada “ Bacheo pav imento r íg ido, f lex ib le y obras comple-mentar ias – 1º etapa” .

APERTURA: 22 de junio de 2020 a las 10.00 horas, en Direc-c ión General de Escr ibanía Munic ipal , España Nº 33, 1º piso,Paraná, Entre Ríos.

VENTA DE PLIEGOS: Subsecretar ía de Obras por Contrata-c ión, cal le Ramírez esquina Echagüe, Edif ic io 5 Esquinas, 2ºpiso, Paraná, Entre Ríos.

VALOR DEL PLIEGO: $ 10.000.PRESUPUESTO OFICIAL: $ 88.810.329,17.CONSULTAS: Tel . (0343) 4201835.

O.P. 20217F. 05-00000404 3 v./05/06/2020

12 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 3 de junio de 2020

Page 13: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

MUNICIPALIDAD DE PARANALicitación Pública Nº 27/2020

OBJETO: alqu i ler de un equipo anal izador para química cl ín icay un equipo contador hematológico.

APERTURA: 11 de jun io de 2020 a las 11.00 horas en Direcc iónde Sumin is tros, 9 de Jul io Nº 679, Paraná, Entre Ríos.

CONSUL TA S: s u m @p ar an a.g o b .a r / p r o v eed o r es @p ar a-na.gob.ar – Tel. (0343) 4232529 / 4218436.

O.P. 20219F. 05-00000405 3 v./05/06/2020

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C O N C O R D I A

COMISION ADMINISTRADORA PARA EL FONDOESPECIAL DE SALTO GRANDE - CAFESG

GOBIERNO DE ENTRE RIOSLicitación Pública N° 05/2020

Llámase a Lic i tac ión Públ ica N°05/2020 para lograr la ejecuc iónde la obra “ Perforación con tanque de almacenamiento – Barr ioPapa Franc isco – ciudad de San Salvador – Departamento SanSalvador – Provincia de Entre Ríos” , de acuerdo a las condic io-nes que se detal lan en los p l iegos, aprobados por el d i rector iode CAFESG.

A PERTURA DE OFERTAS: m iérc o les 24 d e jun io del añ o2020.

HORA: 10.00.LUGAR: of ic inas centrales CAFESG, cal le San Juan N° 2097,

Concord ia, Entre Ríos.VENTA DE PLIEGOS – HABILITACION A LA LICITACION: desde

el d ía 3 de junio del año 2020 y hasta el d ía 17 de junio del año2020, inc lus ive.

ANALISIS DE PLIEGOS POR INTERESADOS SIN OBLIGACIONDE COMPRA: desde el día 3 de jun io del año 2020 y hasta el día17 de junio del año2020, inclusive, debiendo anal izar los a travésd e la p ág i n a w eb d e la Co mis i ón Ad min is t rad o r a w w w .c a-fesg.gob.ar

PRESENTACION DE OFERTAS: en días y horas hábi les admi-nistrat ivos, hasta el día y la hora de la apertura en las of ic inasde CAFESG de la ciudad de Concordia, s i tas en cal le San JuanN° 2097.

VALOR DEL PLIEGO – HABILITACION: pesos un mi l - $ 1.000,00.Habi l i tac ión a la l ic i tac ión mediante depósi to en la cuenta co-rr iente N°137-001676/5 a nombre de CAFESG, del Banco de EntreRíos SA, de la ciudad de Concordia.

PRESUPUESTO OFICIAL: pesos diez mi l lones quin ientos trein-ta y c i n co m i l set ec i en to s c i nc u en ta y dos con 00/100 - $10.535.752,00.

Luis A. Benedetto , pres idente Director io CAFESG.F.C. 04-00009283 2 v./03/06/2020

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F E D E R A C I O N

MUNICIPALIDAD DE CHAJARILicitación Pública N° 005/2020 D.E.

Decreto N° 378/2020 D.E.OB J ETO: l l am ar a l i c i t ac i ó n p ú b l i c a t en d i en t e a la p r o v i -

s i ó n d e m an o d e o b r a, eq u i p o s y h er r am ien t as p ar a ej ec u t arl a o b r a “ A l c an t ar i l l a Su r s o b r e A r r o y o Yac ar e, en A v en i d a 25d e May o , c i u d ad d e Ch aj ar í, Dp t o . Fed er ac i ó n , Pr o v i n c i a d eEn t r e Río s ” .

APERTURA: 16 de jun io de 2020 - Hora 10.00 (diez). Si esdecretado inhábi l , al día siguiente hábi l , a la misma hora y lugarprevisto .

LUGAR: Secretar ía de Gobierno y Hacienda, Edif ic io Munic ipal ,p lanta al ta, Salvarredy 1430.

VENTA DEL PLIEGO: en Tesorería Munic ipal , Salvarredy 1430de Chajar í.

VALOR DEL PLIEGO: $ 1.630,00 (pesos un mil seisc ientos trein-ta).

PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: $ 1.630.000,00 (pesos unmi l lón seisc ientos trein ta mil ).

INFORMES: Secretar ía de Gob ierno y Hacienda. Tel . 03456420150 - 420135 - Fax interno 28.

Ped ro Jo rge Gal imber t i , p res iden te mun ic ipal ; Mar ía El isaMoix , Secretar ia de Gobierno y Hacienda.

F.C. 04-00009299 4 v./04/06/2020

MUNICIPALIDAD DE CHAJARILicitación Pública Nº 006/2020 D.E.

Decreto Nº 391/2020 D.E.OBJETO: l lamar a l ic i tación públ ica tendiente a la prov is ión

de un (1) acoplado carreton, nuevo, s in uso, dest inado a laSecretar ía de Obras y Serv ic ios Públ icos, dada la neces idad depoder transportar en forma segura, rápida y ef icaz los d i feren-tes equipos y maquinar ias v iales existentes en el parque auto-motor munic ipal para real izar las obras públ icas.

APERTURA: 19 de jun io de 2020 - Hora 10.00 (diez). Si esdecretado inhábi l , al día s igu iente hábi l , a la misma hora y lugarprevis to.

LUGAR: Secretar ía de Gobierno y Hacienda, Edif ic io Munic i -pal , p lanta al ta, Salvarredy 1430.

VENTA DEL PLIEGO: en Tesorería Munic ipal , Salvarredy 1430de Chajar í.

VALOR DEL PLIEGO: $ 2.300,00 (pesos dos mi l t resc ientos).PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO: $ 2.300.000,00 (pesos

dos mil lones trescientos mi l).INFORMES: Secretar ía de Gobierno y Hacienda. Tel . 03456

420150 - 420135 - Fax in terno 28.Pedro Jorge Gal imbert i , p res idente munic ipal ; María El isa

Moix , Secretar ia de Gobierno y Hacienda.F.C. 04-00009319 4 v./08/06/2020

SOLICITUD DE COTIZACION

P A R A N A

DIRECCION SERVICIO ADMINISTRATIVO CONTABLEMINISTERIO DE GOBIERNO Y JUSTICIA

PROVINCIA DE ENTRE RIOSAVISO: Sol ic i tud de Cot izac ión Nº 004/2020 MGyJ.-MOTIVO: locac ión de un inmueble – ciudad de La Paz.ESPECIFICACIONES MINIMAS: El inmueble que se in teresa

alqui lar debe corresponder a una propuesta preferentementecon las siguientes caracter ís t icas:

- Ubicación: Deberá estar ubicado en un radio de c inco (5)cuadras del Centro Cívico, y cercano a una delegación delBanco BERSA.-

- Ambientes: Disponer de tres (03) ambientes ampl ios y fun-cionales para of ic inas y con la posib i l idad de un (1) ambientemás a ut i l izarse como Sala de Audiencias (con buena i lumina-ción y vent i lac ión).-

- Sanitar ios . Disponer de Un (01) baño, y en perfecto estadode conservac ión y funcionamiento .-

- Cocina. Una (1) coc ina.-- Servic ios: Contar con servic io de luz, agua potable, gas

natural y cloacas. Asimismo, deberá contar con instalac ióneléctr ica t r i fásica acorde para el uso de fotocopiadoras, equi -pos de computac ión, ai re acondic ionado y artefactos eléctr i -cos.-

- Estado General : Se dará preferencia a inmuebles nuevos y/oen perfecto estado de conservac ión en general (Techos, pare-des, p isos, aberturas), y preferencialmente que cuente conequipos de ai re acondic ionado.-

DESTINO: of ic inas de la Delegación Departamental de LAPAZ, pertenec iente a la Secretar ia de trabajo y Segur idad Socialdel MGyJ.-

APERTURA: Servic io Administrat ivo Contable del MGyJ - Of i -c ina 40 - 1er piso – Paraná Entre Ríos – el día 12/06/2020 a las11.30 hs.-

Por in formes y pl iego de condic iones, los interesados debe-rán di r ig i rse a la Direcc ión c i tada en el párrafo anter ior .-

Servic io Adm. Contab le, MGyJ, Paraná, 01 de junio de 2020 –Gui l lermo Cast ig l ion i , d irector general SAC.-

F. 05-00000398 2 v./03/06/2020

ASAMBLEAS

C O N C O R D I A

ASOCIACION COOPERADORA DE LA ESTACIONEXPERIMENTAL DE CONCORDIA

Convocatoria Asamblea General OrdinariaSe convoca a los señores soc ios a la Asamblea General

Ordinar ia que se celebrará el día 19 de jun io de 2020 a las 12horas (*) en las instalaciones de la Estación Exper imental Agro-

Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 BOLETIN OFICIAL 13

Page 14: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

pecuaria Concordia de la ciudad de Concordia, Provincia de EntreRíos, para tratar el siguiente orden del día:

1 – Motivos de la realización de la asamblea general ordinaria fuerade término.

2 – Lectura y consideración de la memoria, balance, inventario,cuadro de gastos y recursos e informe de la comisión revisora decuentas correspondiente al ejercicio N| 44 cerrado el 31 de diciembrede 2019.

3 – Elección de tres asambleístas para que constituyan la mesareceptora y escrutadora de votos.

4 – Renovación parcial de la comisión directiva.5 – Elección de titular y suplente de la comisión revisora de cuentas.6 – Fijar monto de la cuota social.7 – Elección de dos asambleístas para que juntamente con el

presidente y secretario, aprueben y firmen el acta de asamblea.(*) Art. 33°Inc. d): las asambleas tendrán un número suficiente para

funcionar con la presencia de la mitad más uno de los socios activosy si no hubiese este número a la hora de la convocatoria, se consti-tuirá legalmente con el número de socios presentes, una hora des-pués de la fijada en la convocatoria.

Guillermo Blanco, presidente; Alejandro Battistella, secretario.F.C. 04-00009320 3 v./05/06/2020

COMUNICADOS

P A R A N A

a ADOLFO ROSELLI y ANDREA PAMELA PEREZEl Juzgado de Primera Instancia en lo Civ i l y Comercial N°2 de

la ci rcunscr ipción de Gualeguaychú, a cargo del Dr. Marcelo J.Arno l f i , Secretar ía N° 2 a cargo de la Dra. Agust ina S. RaffoDrabble, ha d ispuesto por este medio, que se hará por tres veces,c i tar y emplazar por el término de quince (15) días, a los Sres.ADOLFO ROSELLI, DNI N° 20.975.004 y ANDREA PAMELA PE-REZ, DNI N° 27.020.978, con úl t imo domici l io en la viv ienda N°1,Mz. II, del Grupo Habi tac ional Gualeguaychú 18 Viv iendas VI-COER XXIII, de dicha ciudad, para que comparezcan por sí o pormedio de representante, en los autos caratu lados “ Inst i tu to Au-tárquico de Planeamiento y Viv ienda de Entre Ríos c/ Rosel l iAdo l fo y otros s/ Ordinar io reso luc ión de contrato” , Expte. N°11959, en trámi te por el Juzgado antes ind icado, a hacer valersus derechos, bajo aperc ib imiento de designárseles defensor deausentes (Art . 329 del CPCC).

Paraná, 19 de marzo de 2020 – Damián Zof , secretar io Director ioIAPV.

F. 05-00000401 3 v./05/06/2020

RECHAZANDO RECURSO

P A R A N A

Resolución N° 1893/19 MS. Art. 1°.- Rechazar el recurso de revo-catoria interpuesto por la Sra. Noelia Evangelina Bertin, DNI N°28.360.183, contra Resolución N° 4369 MS de fecha 26 de octubrede 2018, en virtud de lo expresado en los considerandos precedentes.

Art. 2ª.- Ratificar el artículo 2° de la Resolución 4369/18 MS y darcontinuidad al mismo.

Art. 3ª.- De forma.Germán Alberto Coronel, Coordinador General y Director de Asun-

tos Jurídicos MS.F. 05-00000402 3 v./05/06/2020

TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

C O N C O R D I A

En cumplimiento de lo dispuesto por la Ley 11867, se comunica quelos Sres. Oliveri Roberto Horacio, DNI N° 8416584, con domicilio en2 de Abril 2264 y Oliveri Raúl, DNI N° 10699342, con domicilio en H.Hirigoyen 439, ambos de la ciudad de Concordia (ER), transferirán alSr. Sergio Antonio Fruncieri, DNI N°14.998.679, domiciliado en calle

Las Heras N° 178, Concordia, el 100% del fondo de comerciocorrespondiente al giro comercial conocido como “Carnicería ElAguila”, incluyendo la denominación social “El Aguila SRL”, ubica-do en calle Moulins N° 885, de la ciudad de Concordia, dedicadoal faenamiento, comercialización al por mayor y menor de ganadovacuno y embutidos.

Reclamos por el plazo de ley en Estudio Jurídico Dr. MartínCenturión, abogados, sito en Uruguay N° 82, Concordia (ER).

F.C. 04-00009316 5 v./09/06/2020

DESIGNACION DE GERENTE

C O N C O R D I A

WISEFORD SRLPor reso luc ión del Sr. Director de Inspección de Personas

Juríd icas, se ha dispuesto publ icar por un día en el Bolet ínOf ic ial el s igu iente ed ic to:

En la ciudad de Concordia, Prov inc ia de Entre Ríos, a los 11días del mes de d ic iembre de 2019 se reúnen los señoresWi lson Iswiatcheck y Laura Valer ia López, quienes repre-sentan el c iento por c iento del cap i tal social de Wi seford SRL,inscr ipta en la Inspección General de Personas Juríd icas deCorr ientes a los efectos de tratar el s igu iente orden del día:

1) Designación de los soc ios que f i rmarán el acta; y2) Cambio de sede social y reforma de estatuto .Tomas la palabra el soc io Wi lson Iswiatcheck y pone a

considerac ión el pr imer punto del orden del día.Se resuelve por unanimidad que la presente acta sea f i rmada

por la total idad de los socios.A cont inuac ión pone a consideración el segundo punto del

orden del día.Luego de un breve intercambio de opin iones se resuelve por

unanimidad, en base a convenienc ia operat iva de la empresa,cambiar la sede soc ial , a la Provincia de Entre Ríos y por tantose modi f ican las cláusulas pr imera y duodécima del contratosocial quedando redactadas de la s iguiente forma:

PRIMERA: la soc iedad se denominará WISEFORD SRL ytendrá su domici l io legal y f iscal en cal le Chi le Nº 3534 de laciudad de Concord ia, Departamento Concord ia, Prov inc ia deEntre Ríos, Repúbl ica Argent ina, pudiendo tras ladar su domi-c i l i o y t am b i én i n s t a l ar s u c u r s al es , ag en c i as y r ep r e-sentaciones en el inter ior del país y naciones extranjerasintegrantes del MERCOSUR o no.

DUODECIMA: A todos los efectos legales las partes const i -tuyen domici l io legal en cal le Chi le Nº 3534 de la ciudad deConcord ia, Entre Ríos, quedando elegida la jur isdicción delos Tr ibunales Ordinar ios de la ciudad de Concordia, autor i -zando a los gerentes para que indis t in tamente real icen todoslos t rámites conducentes a la inscr ipc ión de la sociedad en elRegist ro Públ ico de Comerc io .

Regis tro Públ ico – DIPJ – Paraná, 15 de mayo de 2020 –Vanina Cipolat t i , inspectora DIPJER.

F.C. 04-00009325 1 v./03/06/2020

CONTRATOS

C O N C O R D I A

NEBRASKA CERVECERIA SASPor resolución del señor Director de la Direcc ión de Inspec-

ción de Personas Juríd icas, se ha dispuesto publ icar por undía en el Bolet ín Of ic ial de la Prov inc ia de Entre Ríos, els iguiente edicto :

Const i tuc ión: NEBRASKA CERVECERIA SAS.Const i tuc ión de fecha 7 de dic iembre de 2018.Socios: L isandro Dos Ramos Al feres, DNI Nº 29.014.032,

CUIT Nº 20-29014032-4, argent ino, so l tero, nac ido el 5 deagosto de 1981, comerc ian te, sexo mascul ino, con domici l ioen Damián P. Garat 1268, de la ciudad de Concord ia, Dpto.Concord ia, Provincia de Entre Ríos por derecho propio, Gon-zalo Lemesoff , DNI Nº 34.040.053, CUIT Nº 20-34040053-5,argent ino, sol tero , nac ido el 29 de set iembre de 1988, comer-

14 BOLETIN OFICIAL Paraná, miércoles 3 de junio de 2020

Page 15: Nro. 26.901 - 100/20 Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 Edición de … · 2020. 6. 7. · Despacho de la Caja de Jubilaciones y Pensiones; Que el 11/03/2020 el expediente fue

ciante, sexo masculino, con domicilio en Entre Ríos 630, 3 “B” de laciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provincia de EntreRíos por derecho propio, Facundo Cavallo, DNI Nº 33.510.2145, CUITNº 20-22610214-3, argentino, soltero, nacido el 29 de enero de 1988,ingeniero agrónomo, sexo masculino, con domicilio en S/C S/N 25Barrio Artigas de la ciudad de Concordia, Departamento Concordia,Provincia de Entre Ríos por derecho propio y Mauro Exequiel Klei-man, DNI Nº 34.646.406, CUIT Nº 20-34646406-3, argentino, soltero,nacido el 2 de setiembre de 1989 de profesión administrador deempresas, sexo masculino con domicilio en Damián Morrogh Bernard37, de la ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provinciade Entre Ríos, todos los socios por derecho propio.

Denominación: Nebraska Cervecería SAS.Sede: en calle Corrientes 75 de la ciudad de Concordia, Provincia

de Entre Ríos.Duración: 50 (cincuenta años), contados desde la fecha del instruc-

tivo constitutivo.Objeto social: la sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia

y/o terceros, o asociadas a terceros en el país o en el extranjero, lassiguientes actividades: elaboración, producción, transformación ycomercialización de productos y subproductos alimenticios de todotipo, expendio de todo tipo de bebidas, explotación de catering, deconcesiones gastronómicas, bares, restó bar, pub, restoranes, come-dores, organización y prestación de logística en eventos sociales atales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirirderechos y contraer obligaciones, con las limitaciones impuestos porlas leyes y el presente estatuto.

Capital: El capital social es de pesos doscientos mil ($ 200.000,00),representado por dos mil acciones (2000) de pesos cien ($ 100,00),valor nominal cada una, ordinarias, nominativas, no endosables, dela clase “B” y con derecho a un voto por acción.

Suscripción: Lisandro Dos Ramos Alferes, suscribe la cantidad dequin ientas acciones, por un total de pesos cincuenta mil ($50.000,00), Gonzalo Lemesoff, suscribe la cantidad de quinientasacciones, por un total de pesos cincuenta mil ($ 50.000,00); FacundoCavallo, suscribe la cantidad de quinientas acciones, por un total depesos cincuenta mil ($ 50.000,00); Mauro Exequiel Kleiman, suscribela cantidad de quinientas acciones, por un total de pesos cincuentamil ($ 50.000,00).

Administración: la administración estará a cargo del señor MauroExequiel Kleiman, DNI Nº 35.646.406, que revestirá el carácter deadministrador titular. En el desempeño de sus funciones y actuandoen forma individual o colegiada según el caso tienen todas las facul-tades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimientodel objeto social y durará en su cargo mientras no sea removido porjusta causa.

En este mismo acto se designa al señor Gonzalo Lemesoff, DNI Nº34.040.053, en el carácter de administrador suplente con el fin dellenar la vacante que pudiera producirse. Los nombrados, presentesen este acto, aceptan en forma expresa la designación propuesta,respectivamente, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempode duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaraciónjurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidadesde ley.

Representación: la representación y uso de la firma social estará acargo del señor Facundo Cavallo, DNI Nº 33.510.214, en caso deausencia o impedimento corresponderá a la reunión de socios o ensu caso al socio único la designación de su reemplazante. Durará ensu cargo mientras no sea removido por justa causa.

Fiscalización: la sociedad prescinde de la sindicatura.Ejercicio social: 30 de junio de cada año.Registro Público – DIPJ – Paraná, 19 de junio de 2019 – Vanina

Cipolatti, inspectora DIPJER.F.C. 04-00009321 1 v./03/06/2020

— — —MECCA – KRAUEL SRL

Por resolución del Sr. Director de Inspección de Personas Jurídicas,se ha dispuesto publicar por un día en el Boletín Oficial el siguienteedicto:

En la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, a los 4 días delmes de marzo de 2020, se reúnen los señores Rubén Oscar Mecca,titular del Documento Nacional de Identidad número 11.161.533(CUIT 20-11161533-1), argent ino, mayor de edad, nacido el04/02/1954, de profesión ingeniero electromecánico, casado en pri-meras nupcias con Norma Ester Kriger, con domicilio en calle Men-doza 30 de la ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provin-cia de Entre Ríos; Diego Joaquín Mecca, titular del Documento

Nacional de Identidad número 33.863.674, (CUIT 20-33863674-2),argentino, mayor de edad, nacido el 15/07/1988, de profesión téc-nico electromecánico, soltero, con domicilio en calle Mendoza 30de la ciudad de Concordia, Departamento Concordia, Provincia deEntre Ríos y Christian Leandro Krauel, titular del Documento nacio-nal de identidad número 27.590.590 (CUIT 23-27590590-9), argen-tino, mayor de edad, nacido 3l 22-08-1979, de profesión técnicoelectromecánico, soltero, con domicilio en calle Güemes 280 de laciudad de Concordia, Departamento de Concordia, Provincia deEntre Ríos. Todos ellos argentinos capaces,convienen en celebraruna Sociedad de Responsabilidad Limitada.

Fecha de constitución: 4 de marzo de 2020.Denominación: MECCA – KRAUEL SRL.Duración: duración es de noventa y nueve (99) años.Domicilio: la sociedad tiene su domicilio legal en la jurisdicción de

la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, República Argen-tina, pudiendo establecer sucursales, establecimientos, agencias ydomicilios especiales en cualquier parte del país o del extranjero,fijando su sede social en calle Mendoza N° 30 de la ciudad deConcordia.

Objeto social: objeto: la sociedad se dedicará por cuenta propia,o de terceros o asociada a terceros, en el país o en el extranjero, alas siguientes actividades:

Comercialización, instalación y mantenimiento: comercialización,montaje e instalación de ascensores, auto elevadores, montacar-gas, rampas, monta vehículos y equipos electromecánicos en ge-neral, con todos sus componentes eléctricos, electrónicos, electro-mecánicos, como así también su posterior reparación, service,mantenimiento y venta de repuestos.

La compraventa, importación, exportación, representación y/o dis-tribución de ascensores, motores, máquinas y cabinas para ascen-sores, auto elevadores, montacargas, rampas y/o monta vehículoscon todos sus accesorios y componentes eléctricos, electrónicosy/o mecánicos.

Proyectar, dirigir, montar, ejecutar y mantener instalaciones eléc-tricas y/o electromecánicas, estén o no relacionadas y/o que depen-dan del sistema de ascensores instalados o a instalarse, en todotipo de inmuebles, particulares o del estado, en edificios sometidosal régimen de propiedad horizontal o no, en todo tipo de obra enconstrucción y en todo tipo de establecimientos industriales y/ocomerciales, como así mismo la importación, exportación y comer-cialización de todos los repuestos, accesorios y componentes quese relacionen con las actividades mencionadas precedentemente yque desarrollará la sociedad.

A tales fines, la sociedad tiene plena capacidad jurídica paraadquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer todos los actosque no sean prohibidos por las leyes o por este contrato social.

Capital: el capital social se fija en la suma de pesos cuatrocientosmil ($ 400.000) dividido en cuarenta mil cuotas sociales de un diezpesos ($ 10) valor nominal cada una.

El capital se suscribe e integra de acuerdo al siguiente detalle:Rubén Oscar Mecca, suscribe 16.000 cuotas, o sea la suma de160.000 pesos; Diego Joaquín Mecca, suscribe 8.000 cuotas, o seala suma de 80.000 pesos;y Christian Leandro Krauel, suscribe16.000 cuotas o sea la suma de 160.000 pesos. Total: cuarenta milcuotas suscriptas. Los socios integran el veinticinco por ciento enefectivo y el saldo en término legal.

Dirección y administración: la dirección, administración, repre-sentación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o másgerentes en forma individual e indistinta, por el término de duraciónde la sociedad. En tal carácter tienen todas las facultades pararealizar actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto dela sociedad, designar gerentes a los señores Diego Joaquín Mecca,titular del Documento Nacional de Identidad número 33.863.674(CUIT 20-33863674-2) y Christian Leandro Krauel, titular del Docu-mento Nacional de Identidad número 27,590.590 (CUIT 23-27590590-9), quienes ejercerán en forma individual e indistinta larepresentación legal de la sociedad; quienes aceptan los cargospara el que fueron designados, fijando a tal fin domicilio especialen calle Mendoza N° 30, de la ciudad de Concordia, Departamentode Concordia, de la Provincia de Entre Ríos.

Asimismo, declaran bajo juramento que no se encuentran com-prendidos en inhabilidades ni incompatibilidades para ejercer elcargo para el que han sido designados (Art. 264° Ley General deSociedades).

Cierre del ejercicio: 31 de diciembre de cada año.Registro Público – DIPJ – Paraná, 20 de mayo de 2020 – José

María Raiteri, abogado inspector DIPJER.F.C. 04-00009326 1 v./03/06/2020

Paraná, miércoles 3 de junio de 2020 BOLETIN OFICIAL 15

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DECRETOSGobernación

Año 2020390, 392, 495

Ministerio de Gobierno y JusticiaAño 2019

565, 566, 571, 574, 575, 578, 579

Año 2020459, 460, 461, 462

Ministerio de Economía, Hacienda y Finanzas781

Ministerio de Desarrollo Social333, 334, 350, 371

Arq. D. Raúl Marcelo Richard