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Nro. 26.884 - 083/20 Paraná, viernes 8 de mayo de 2020 Edición de 16 pág.

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Nro. 26.884 - 083/20Paraná, viernes 8 de mayo de 2020

Edición de 16 pág.

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SECCION ADMINISTRATIVA

GOBERNACION

DECRETO Nº 616 GOBACEPTANDO ADSCRIPCIONES

Paraná, 28 de abril de 2020VISTO:

La gestión iniciada por la Dirección de la Imprenta y BoletínOficial; yCONSIDERANDO:

Que mediante la misma solicita la adscripción de los agentes Silva-na Noemí Capri, Graciela Patricia Vázquez, Walter Exequiel Zárate,Franco José Luis Marquesin, Norberto Marcelino Giménez y MaríaFernanda Jara, personal perteneciente a la planta permanente delConsejo General de Educación, al ámbito de dicha dirección;

Que mediante el dictado de las Resoluciones Nº 0154/2020 DGE;Nº 0209/2020 DGE; Nº 0153/2020 DGE, Nº 0155/2020 DGE, Nº0023/2020 DGE y Nº 0150/2020 DGE, respectivamente, el ente citadoadscribió a los agentes mencionados al ámbito de la Dirección de laImprenta y Boletín Oficial, a partir del 1º de enero y hasta el 31 dediciembre de 2020;

Que en virtud de lo expuesto es intención del titular de este PoderEjecutivo aceptar las adscripciones;

Que el presente de dicta de conformidad a lo dispuesto en losartículos 39º y 42º de la Ley Nº 9755, modificada por la Ley Nº 9811y los incisos 1º y 2º del artículo 6º de la Ley Nº 10.271 y su modifica-toria Ley Nº 10.334

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Acéptase la adscripción de los agentes pertenecientes al

Consejo General de Educación que se detallan en el anexo delpresente decreto, a la Dirección de Imprenta y Boletín Oficial, por elperíodo comprendido entre el 01/01/2020 hasta el 31/12/2020, con-forme lo dispuesto por Resoluciones Nº 0154/2020 DGE; Nº0209/2020 DGE; Nº 0153/2020 DGE, Nº 0155/2020 DGE, Nº0023/2020 DGE y Nº 0150/2020 DGE.

Art. 2º.- Dispónese que la Dirección de la Imprenta y Boletín Oficialcomunicará mensualmente a la Consejo General de Educación lasinasistencias en que incurrieran y las licencias que hicieran uso losagentes Capri, Vázquez, Zárate, Marquesin, Giménez y Jara.

Art. 3º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Gobierno y Justicia.

Art. 4º: Con copia del presente remítase a la Dirección General deDespacho de la Gobernación para su conocimiento y notificación alos agentes Capri, Vázquez, Zárate, Marquesin, Giménez y Jara, ycopia de este acto administrativo a la Dirección de la Imprenta yBoletín Oficial, al Consejo General de Educación y a la DirecciónGeneral de Recursos Humanos. Publíquese y archívese.

GUSTAVO E. BORDETRosario M. Romero

ANEXONombres y Apellido – MI Nº – Nº Resolución DGESilvana Noemí Capri – 25.546.877 – 0154/2020Graciela Patricia Vázquez – 22.514.748 – 0209/2020Walter Exequiel Zárate – 30.332.500 – 0153/2020Franco José Luis Marquesin – 29.855.685 – 055/2020Norberto Marcelino Giménez – 28.132.890 – 0023/2020María Fernanda Jara – 25.861.753 – 0150/2020

MINISTERIO DE SALUD

DECRETO Nº 254 MSACLARANDO APELLIDO DE PROFESIONAL

Paraná, 20 de febrero de 2020VISTO:

El Decreto Nº 2028 MS de fecha 19/07/19; yCONSIDERANDO:

Que por el citado texto legal, se designa interinamente, a partir dela fecha del citado texto legal, se designa interinamente, a partir dela fecha del citado decreto y hasta tanto se convoque el cargo aconcurso, al Dr. Juan Manuel Hieck, DNI Nº 26.392.268, como profe-sional asistente en el cargo vacante Subjefe de Servicio – CarreraProfesional Asistencial Sanitaria – Escalafón Sanidad, para desem-peñarse en el Hospital “San Isidro Labrador”, de Larroque;

Que atento a la observación formulada por el citado nosocomio, yen virtud de haberse consignado erróneamente el apellido de profe-sional designado, en el Decreto Nº 2028/19 MS corresponde dejaraclarado que el apellido correcto es Dr. Juan Manuel Haiek;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Déjase aclarado que el apellido correcto del profesional

designado es Dr. Juan Manuel Haiek y no como se consignóerróneamente en el Decreto Nº 2028/19 MS.

Art. 2º: El presente decreto será refrendado por la señora Minis-tra Secretaria de Estado de Salud.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 268 MS

Paraná, 26 de febrero de 2020Aceptando la renuncia presentada por la Sra. María Celina

Ojeda, DNI Nº 33.568.944, legajo Nº 204.749, al cargo categoría19 – Carrera Enfermería, Escalafón Sanidad del Hospital “DeliciaConcepción Masvernat”, de la ciudad de Concordia, a partir del 5de setiembre de 2019 por razones de índole personal, conformea lo expuesto en el presente decreto.

— — —DECRETO Nº 275 MS

RECHAZANDO PRETENSIONParaná, 26 de febrero de 2020

VISTO:Las presentes actuaciones mediante las cuales el agente Clau-

dio Alberto Toso, DNI Nº 22.342.213, legajo Nº 172.688, presentasu renuncia a partir del 18 de febrero de 2011, por razones deíndole personal; yCONSIDERANDO:

Que el mencionado agente, quien ha manifestado su conformi-dad, revista en el cargo categoría 10 – Clero, Escalafón Generaldel Hospital “San Martín” de Paraná;

Que el Departamento Personal y la Dirección de Asuntos Jurídi-cos del Ministerio de Salud, han tomado la intervención compe-tente;

Que el Departamento Liquidaciones del citado Ministerio, hainformado que el agente en cuestión percibió haberes de maneraindebida durante el período del 18/02/11 al 01/10/12, notificándo-se al mismo e intimándolo a la devolución de dichas sumas;

Que obra en autos descargo del agente Toso, manifestando quefue nombrado Capellán del Hospital “San Martín”, de Paraná, apartir del 12/08/04, no recibiendo remuneración alguna hasta elmes de julio de 2005, quedando los meses laborados de agostode 2004 a junio de 2005, más aguinaldos sin ser abonados hastala fecha, ante esta situación el mismo solicita se compense lasuma de dinero que se le adeuda correspondiente al período deagosto de 2004 a junio de 2005 con el reclamo del reintegro de loindebidamente percibido desde febrero de 2011 a setiembre de2012;

Que conforme a los registros de las áreas técnicas pertinentes,el agente Toso cumplió funciones en el citado nosocomio desdeel 01/06/05 hasta el 02/10/06 como capellán suplente y desde el03/10/06 hasta el 27/12/06 donde se le reconoció la estabilidadlaboral y a partir del 28/12/06 como personal de planta permanen-te hasta su renuncia en fecha 17/02/11, informando además queel agente Toso percibió haberes desde el 01/06/05, fecha en laque comenzó prestar servicios en el Hospital “San Martín”, deParaná;

Que la Dirección General de Recursos Humanos y la Direcciónde Sumarios de la Fiscalía de Estado, han informado al respecto;

Que por todo lo expuesto corresponde se rechace la compensa-ción interesada por el agente Claudio Alberto Toso y en conse-cuencia se acepte su renuncia al cargo que ostentaba el mismo apartir del 18 de febrero de 2011, y proceder al reintegro de loshaberes percibidos indebidamente en el período comprendidodesde su renuncia hasta el mes de setiembre de 2012;

Por ello;El Gobernador de la Provincia

D E C R E T A :Art. 1º.- Rechácese la pretensión de compensación de la deuda

interesada por el Sr. Claudio Alberto Toso, correspondiente alperíodo de agosto de 2004 a junio de 2005, en virtud a lo expuestoen los considerandos precedentes.

Art. 2º.- Intímase al Sr. Claudio Alberto Toso, a fin de queprocesa a la devolución de las sumas percibidas indebidamentepor un total de pesos setenta y ocho mil ciento noventa y siete contreinta y cuatro centavos ($ 78.197,34), durante el período com-prendido desde el 18 de febrero de 2011 al mes de setiembre del2012.

Art. 3º.- Acéptase la renuncia presentada por el agente ClaudioAlberto Toso, DNI Nº 22.342.213, legajo Nº 172.688, al cargo

2 BOLETIN OFICIAL Paraná, viernes 8 de mayo de 2020

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categoría 10, Clero, Escalafón General del Hospital “San Martín”, deParaná, a partir del 18 de febrero de 2011, por razones de índolepersonal, conforme a lo expuesto en los considerandos precedentes.

Art. 4º: El presente decreto será refrendado por la señora MinistraSecretaria de Estado de Salud.

Art. 3º: Comuníquese, publíquese y archívese.GUSTAVO E. BORDETSonia M. Velázquez

— — —DECRETO Nº 308 MS

Paraná, 3 de marzo de 2020Reconociendo la prestación de servicios del agente Rubén Oscar

Muñoz, DNI Nº 23.589.145, legajo Nº 179.635, quien revista en uncargo categoría 19, Carrera Enfermería, Tramo AS, Escalafón Sani-dad del Hospital Materno Infantil “San Roque”, de Paraná, de laHonorable Cámara de Senadores de la Provincia desde el 11/12/158hasta el 10/12/19.

— — —DECRETO Nº 309 MS

Paraná, 3 de marzo de 2020Reimputando el gasto autorizado mediante Decreto N° 203 MS de

fecha 26 de febrero de 2019, a las siguientes cuentas del presupuesto2020: DA 960 – C 1 – J 45 – SJ 00 – ENT 0000 – PG 01 – SP 00 –PY 00 – AC 01 – OB 00 – FI 3 – FU 14 – FF 11 – SF 0001 – I 3 – PR4 – PA 2 – SP 0000 – DP 84 – UG 07, el cual asciende a la suma totalde $ 1.000.000,00.

— — —DECRETO Nº 310 MS

Paraná, 3 de marzo de 2020Dejando aclarado que el número de Documento Nacional de Iden-

t idad correspondiente a l Dr. Eduardo Luis El ias, es DNI N°14.830.460 y no como se consignó erróneamente en el Decreto N°1177/19 MS.

— — —DECRETO Nº 311 MS

Paraná, 3 de marzo de 2020Otorgando el subsidio por fallecimiento, equivalente a tres meses

de sueldo, que percibía la extinta Silvia Beatriz Richard, DNI N°17.278.151, quien revistaba en un cargo categoría 02 – CarreraAdministrativa – Escalafón General – Jefa de División en la DivisiónControl del Gasto dependiente de la Dirección General de Adminis-tración del Ministerio de Salud, hasta el momento de su decesoocurrido el día 15/02/19, a favor de su hija soltera Valeria EvangelinaRichard, DNI N° 29.515.297 y de la hija menor de edad StefaníaSarina Cornejo Richard, DNI N° 26.675.525, por la cual se tramitamediante expediente judicial N°24231 la tutela a favor de la nombra-da en primer término, sin perjuicio de terceros que se encuentren enel mismo orden de prelación que los nombrados y que reclamen conposterioridad, en concepto de lo expresado en el presente texto legal.

Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministeriode Salud, a efectivizar la suma que corresponda en concepto desubsidio por fallecimiento, otorgado a favor de la hija soltera ValeriaEvangelina Richard, DNI N° 29.515.297 y de la hija menor de edadStefanía Sarina Cornejo Richard, DNI N° 46.675.525, por la cual setramita mediante expediente judicial N° 24231 la tutela a favor de lanombrada en primer término, sin perjuicio de terceros que se encuen-tren en el mismo orden de prelación que los nombrados y quereclamen con posterioridad, conforme a lo dispuesto en el presentedecreto.

— — —DECRETO Nº 312 MS

Paraná, 3 de marzo de 2020Otorgando el subsidio por fallecimiento, equivalente a tres meses

de sueldo, que percibía el extinto Luis Santiago Coali, DNI N°10.806.577, quien revistaba en la Carrera Profesional Asistencial,Médico Asistente, dedicación exclusiva, en el Hospital “General Fran-cisco Ramírez”, de San José de Feliciano, hasta el momento de sudeceso ocurrido el día 28 de marzo de 2018 a favor de su hija CelesteLuciana Coali, DNI N° 41.504.859 y de su hijo Luis Carlo CoaliBalbuena, DNI N° 50.732.229, que al ser menor de edad, el porcen-taje que le corresponde deberá ser abonado a la madre la Sra.Agustina Balbuena, DNI N° 32.077.857, en ejercicio de la responsa-bilidad parental, la suma a pagar deberá prorratearse en partesiguales entre ambos herederos, sin perjuicios de terceros que conposterioridad se encuentren en el mismo orden de prelación que losaquí acreditados y que reclamen con posterioridad, en concepto a loexpuesto en el presente texto legal.

Autorizando a la Dirección General de Administración del Ministerio

de Salud, a liquidar y efectivizar el subsidio por fallecimiento otor-gado por el presente decreto, a nombre de la hija Celeste LucianaCoali, DNI N° 41.504.859 y de su hijo Luis Carlo Coali Balbuena,DNI N° 50.732.229, que al ser menor de edad, el porcentaje que lecorresponde deberá ser abonado a la madre la Sra. Agustina Bal-buena, DNI N° 32.077.857.

— — —RESOLUCION Nº 573 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 3.189,02, destinados a

solventar gastos para 3 meses de tratamiento a favor del pacienteLovatto Juan Rosendo, DNI Nº 14.900.118, Beneficiario IncluirSalud N° 405-8872892-00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10M.S., y su modificatoria Resolución N° 881/12 M.S., Decreto 11/18M.S. y Decreto N° 4400/17 M.S. Convenio Marco.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Santa Rosa” de Chajarí, por un importe de $ 3.189,02, para solven-tar el costo del subsidio otorgado, con cargo de rendir cuenta anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N°3860001001000066259955 a nombre de laUGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de EntreRíos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 de Paraná (C.P. 3100), en forma conjunta con copia delpresente texto legal, y nota del Director del Hospital dirigida a lamencionada Unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo dedicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 574 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 9.321,03, destinados a

solventar gastos para 2 meses de tratamiento, a favor de la pacienteCometti Graciela Mary, DNI N° 12.672.978, Beneficiaria IncluirSalud N° 405-7314116-00, siendo responsable la Sra. Lestani Be-tiana Gabriela, DNI N° 27.396.395.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10M.S., y su modificatoria Resolución N° 881/12 M.S., Decreto 11/18M.S. y Decreto N° 4400/17 M.S. Convenio Marco.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Santa Rosa” de Chajarí, por un importe de $ 9.321,03, para solven-tar el costo del subsidio otorgado, con cargo de rendir cuenta anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 -Paraná Centro, CBU N°3860001001000066259955 a nombre de laUGP Incluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de EntreRíos, la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 de Paraná (C.P. 3100), en forma conjunta con copia delpresente texto legal, y nota del Director del Hospital dirigida a lamencionada Unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo dedicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 575 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 8.915,88, destinados a

solventar gastos para 3 meses de tratamiento, a favor del pacienteZampedri Benedicto Horacio, DNI N° 14.104.204, Beneficiario In-cluir Salud N° 405-8861526-00.

Encuadrando presente procedimiento administrativo en lo esta-blecido por los siguientes textos legales: Resolución N° 5392/10M.S., y su modificatoria Resolución N° 881/12 M.S., Decreto 11/18M.S. y Decreto N° 4400/17 M.S. Convenio Marco.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio de Salud, a efectuar la transferencia de fondos al Hospital“Santa Rosa” de Chajarí, por un importe de $ 8.915,88, para solven-tar el costo del subsidio otorgado, con cargo de rendir cuenta anteel Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Paraná, viernes 8 de mayo de 2020 BOLETIN OFICIAL 3

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Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósi to en la Cuenta Corr iente N°001006625995 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139de Paraná (C.P. 3100), en forma conjunta con copia del presentetexto legal, y nota del Director del Hospital dirigida a la mencionadaUnidad de Gestión Provincial, explicando el motivo de dicha devolu-ción.

— — —RESOLUCION Nº 576 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Aprobando la contratación directa -vía excepción -con la Prestadora

Lasota Rosana Romina de Basavilbaso, en concepto de CuidadorDomiciliario efectuado en el mes de diciembre/l7 al Beneficiario deIncluir Salud N° 405-8386401/00, Montorfano Leonel Benito, DNI N°46.627.061 según Factura “C” N° 0001-00000002 de fecha 15.1.l8,por la suma total de $ 18.600,00.

Encuadrando el presente procedimiento administrativo en la Ley Nº5140 - texto único y ordenado- Decreto N° 404/95 M.E.O.S.P. -artí-culo 27° -inciso c) - apartado b) -punto 3° - concordante con elDecreto Reglamentario Nº 795/96 M.E.O.S.P.- artículos 133° y 142°-inciso 4 -puntos a) y b) -con valores actualizados según Decreto N°723/17 M.E.H.F. y Convenio Marco del Programa Federal IncluirSalud -Decreto N° 4400/17 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar el pago a la Prestadora Lasota RosanaRomina de Basavilbaso, por la suma total de $ 18.600,00, a travésdel Departamento Tesorería, con cargo de rendir cuenta ante elTribunal de Cuentas de la Provincia (Fondos Incluir Salud), en virtuda lo aprobado.

— — —RESOLUCION Nº 577 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Dejando aclarado que corresponde el presupuesto de la Firma

Centro de la Visión", y no como se consignó en la Resolución Nº2454/17 M.S.

Autorizando la ampliación del subsidio otorgado mediante Resolu-ción N° 2454/17 M.S., por la suma total de $ 36.058,00, otorgado alpaciente Pablo Daniel Espíndola, DNI Nº 27.138.880, destinado asolventar gastos por la realización de una Cirugía Cosslinking máscolocación de Anillos Intraestronales para Ojo Izquierdo, siendo res-ponsable la Sra. Silvina Vanesa Stivanello, DNI N° 30.788.951.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y Resolu-ción Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos a laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SantaRosa” de Chajarí, por un importe de $ 36.058,00, para solventar elcosto del subsidio otorgado, con cargo de rendir cuenta ante elTribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U N° 3860001001000066259955 Nuevo Banco de Entre Ríos, laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P 3100), en forma conjuntacon copia del texto legal que apruebe el otorgamiento del subsidio ynota del Director del Hospital y/o Centro de Salud dirigida al Depar-tamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivo de lamencionada devolución. Lo solicitado corresponde sin perjuicio delas obligaciones a cumplir por parte del Hospital y/o Centro de Saluden materia de rendición de subsidios conforme a lo dispuesto porDecreto N° 23/16 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y Resolución Nº5392/10 M.S.

— — —RESOLUCION Nº 578 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Asignando las funciones de Coordinadora General de Enfermería

del Hospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, sin per-juicio de terceros, a la Licenciada Stella María Guadalupe Vergara,DNI Nº 16.166.505, relevándose la provisoriamente de sus funcionesen el Hospital “Justo José de Urquiza” de Concepción del Uruguay,a partir de la fecha de la presente.

— — —RESOLUCION Nº 579 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Reimputando el gasto que surge de la Resolución N° 4437 M.S. de

fecha 11 de diciembre de 2017, a las siguientes cuentas del presu-

puesto 2018: DA 960 -C 1 -J 45 _ SJ 00 -ENT 0000 -PG 01 -SP00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -FF 11 -SF 0001 -13 -PR 9-PA 9 -SP 0000 -DP 84 -UG 07.

Facultando a la Dirección General de Administración Jurisdiccio-nal a pagar en el presente ejercicio lo dispuesto.

— — —RESOLUCION Nº 580 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Establecer la Constitución de Fondo Permanente de Unidades

Territoriales Descentralizadas, a favor de la Representación de la“Casa de Entre Ríos” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,por la suma de $ 23.000,00, con destino a la atención de benefi-ciarios del “Programa Federal Incluir Salud”, que concurren aHospitales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, derivados porla UGP según solicitud efectuada por los efectores de la RedSanitaria Provincial a los efectos de brindar las prestaciones dealojamiento, alimentación y pasajes; en aquellos casos que debi-do a la patología y tratamientos indicados al beneficiario se re-quiera de cuidados especiales, aislamiento, baño privado, esteri-lización de utensilios, refrigeración especial de alimentos, medi-cación de urgencia, etc., con pedido médico que así lo justifique.

Encuadrando el presente procedimiento administrativo en lodispuesto en el Decreto N°35/2013 M.E.H.F y Decreto N° 4400/17M.S.

Determinando que para la autorización de las prestaciones elbeneficiario, tutor o responsable deberá presentar en “La UGP-In-cluir Salud” y/o el “Casa de Entre Ríos” la siguiente documenta-ción: a) Ficha de derivación de efector público; b) Resumen dehistoria clínica; c) Fotocopia de la OPP (orden de pago previsio-nal) y/o último recibo de cobro; d) Fotocopia del Carnet de afilia-ción al Programa Incluir Salud; e) Estudio Socioeconómico; f)Constancia de atención y/o pedido médico de la prestación nece-saria y demás documentación que en el caso particular se requie-ra.

Autorizando a la Dirección de Administración de este Ministeriode Salud a efectuar las erogaciones correspondiente a los efectosde dar cumplimiento a lo establecido.

Asignando al titular de la Representación del Gobierno de EntreRíos como responsable del Fondo Permanente de Unidades Te-rritoriales Descentralizadas quien deberá rendir cuentas ante laCoordinación de UGP-Incluir Salud luego al Departamento Teso-rería dependiente de la Dirección General de Administración delMinisterio de Salud.

— — —RESOLUCION Nº 581 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Autorizando un llamado a solicitud de cotización a realizar a

través del Departamento Contrataciones dependiente de la Direc-ción General de Administración de este Ministerio, con destino alalquiler de un inmueble para reubicar el Laboratorio de Epidemio-logía de la Provincia, por el término de 24 meses, por la sumaaproximada de $ 1.080.000,00.

Aprobando el modelo de pliego de condiciones para locación deinmueble y modelo de contrato de locación, los que agregadosforman parte integrante del presente texto legal.

Encuadrando la presente gestión en en el artículo 17°- inciso b)- Decreto N° 404/95 MEOSP - (texto único y ordenado Ley deAdministración Financiera 5140) - Decreto Reglamentario N°795/96 MEOSP - artículo 118 bis, modificado por Decreto N°4290/13 MEHF, indica que cuando resulte necesario locar bienesinmuebles para el Estado Provincial, se seleccionará el locatariomediante el procedimiento de solicitud de cotización y Decreto N°723/17 MEHF.

— — —RESOLUCION Nº 582 MS

HACIENDO LUGAR A RECURSOParaná, 5 de marzo de 2018

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales la agente Liria Raquel

Giménez, DNI N° 16.081.167, interpone recurso de apelacióndisciplinaria, contra la Disposición Interna N° 245/17 del Hospital“Enrique Fidanza” de Diamante; yCONSIDERANDO:

Que por Disposición Interna 245/17 del Hospital “Enrique Fidan-za” de Diamante, se aplica una sanción de suspensión sin gocede haberes por cinco (5) días a la agente Giménez, por haberincurrido en los supuesto del artículo 70°, incisos d) y e) de la Ley9755 -Marco de Regulación del Empleo Público en la Provincia,de la cual se notificó en fecha 22.12.17, tal como surge a fs. 02;

Que la Sra. Liria Raquel Giménez, un cargo categoría 19 -Carrera Enfermería -Tramo “A”- Escalafón General del Hospital“Enrique Fidanza” de Diamante;

4 BOLETIN OFICIAL Paraná, viernes 8 de mayo de 2020

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Que la Sra. Giménez interpone recurso de apelación disciplinaria,el mismo debe considerarse presentado en tiempo y forma;

Que respecto de la resolución del recurso presentado, el artículo69° de la Ley 7060 - Procedimientos para Trámites Administrativos-indica que la autoridad que haya impuesto sanción, tendrá tres (3)días para elevar recurso interpuesto junto con un informe sustanciadorespecto del mismo, cuestión que fue incumplida en autos ya que solose elevó el recurso mediante nota simple sin mención alguna a lacuestión de fondo ni a los hechos causantes de las presentes actua-ciones, por lo que corresponde dejar sin efecto la sanción impuestaa la agente Giménez, en virtud de lo dispuesto por el artículo 71° dela Ley 7060 - Procedimientos para Trámites Administrativos;

Que a mayor ilustración se transcriben los mencionados artículosde la Ley 7060: artículo 68°: “Toda sanción disciplinaria correctivaserá recurrible ante el superior jerárquico de la autoridad que laimpuso”, artículo 69°; “Este recurso deberá ser interpuesto ante laautoridad que impuso la sanción, dentro de los tres días de notificada.En igual término, el funcionario deberá elevar al superior jerárquicoel recurso con su informe”, artículo 70°: “Si se hubiere ofrecidoprueba, el superior jerárquico resolverá su admisión dentro de los tresdías de recibido el expediente, fijando el término para su producción,en su caso”, artículo 71°: “Si la autoridad no resolviese el recursodentro del plazo fijado en el artículo anterior, la sanción quedará sinefecto. Si la sanción fuere confirmada, la resolución que así lodisponga podrá ser recurrida directamente ante el Poder Ejecutivo.La Dirección de Administración de Personal no registrará ningunasanción disciplinaria en el legajo personal del empleado, hasta quela misma quede firme y consentida”;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio de Saludha tomado la debida intervención;

Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

R E S U E L V E :Art. 1º - Hacer lugar al recurso de apelación disciplinaria interpuesto

por la agente Liria Raquel Giménez, DNI N° 16.081.167, con domicilioconstituido en calle Av. Zanni N° 884 de Paraná, contra la DisposiciónInterna Nº 245/17 del Hospital “Enrique Fidanza” de Diamante, envirtud de lo expresado en los considerandos precedentes.

Art. 2º - Dejar sin efecto la sanción impuesta a la agente Liria RaquelGiménez, DNI N°16.018.167, en virtud de lo dispuesto por el artículo71° de la Ley 7060 - Procedimientos para Trámites Administrativos,de conformidad a lo expresado en los considerandos precedentes.

Art. 3º - Comunicar, publicar y archivar.Sonia M. Velázquez

— — —RESOLUCION Nº 583 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018No aplicar sanción alguna a la Firma “ABC S.A. de Buenos Aires”

ante la imposibilidad de entregar lo adjudicado por el Renglón N° 02de la Licitación Privada N° 05/17, 975 tiras reactivas para control deglucosuria y cetonuria. Keto Diabur Test Tiras x 50, LaboratorioRoche aprobada mediante Resolución N° 1441 MS, de fecha 22 demayo de 2017, por resultar de cumplimiento imposible en virtud dehaberse discontinuado su fabricación por parte del laboratorio y notrabajar ningún otro tipo de tiras similares a las solicitadas tornándosedicha situación en una imposibilidad material externa que no le esimputable.

— — —RESOLUCION Nº 584 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Aprobando la contratación directa -vía de excepción- con el Instituto

Autárquico Provincial del Seguro de la Provincia de Entre Ríos- enconcepto de pago de Póliza N° 001356723 (Cobertura de Responsa-bilidad Civil “Sección Automotores”) - Endoso N° 000000, SolicitudN° 001886121, renueva Póliza Nº 001316493, correspondiente avehículos ambulancias Fiat Ducato, dominio NTD 951 y NTD 953afectados a la Dirección de Emergencias Sanitarias de este Ministe-rio, con vigencia desde el 31.12.17 al 30.6.18, por un monto total de$ 48.688,13.

Encuadrando la presente gestión en la Ley N° 5140 - texto único yordenado por Decreto N° 404/95 MEOSP - artículo 27° - inciso c) _apartado b) - punto 1); y su concordante Decreto Reglamentario N°795/96 MEOSP- artículo 142 -inciso 1) y su modificatorio Decreto N°723/17 MEHF - contratación que establece la Ley N° 5058 y DecretoN° 2376/00 SGG.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-

terio, a confeccionar la solicitud de fondos ante la Tesorería Generalde la Provincia y a efectivizar el pago de la póliza antes mencionadaal Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos CUIT Nº30-50005550-9, por el importe total de $ 48.688,13, en virtud de loaprobado.

— — —RESOLUCION Nº 585 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 10.394,00, a favor de la

Sra. Estela María de los Angeles Coronel, DNI N° 35.707.734,destinado a solventar gastos por la compra de dos frascos deampolla de Gamaglobulina Humana Ev. x 6 grs., para el pacienteEutario Mariano Espinosa, DNI N° 54.156.276.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 11/18 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al HospitalMaterno Infantil “San Roque” de Paraná, por un importe de $10.394,00, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendoel Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.-

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explican-do el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 586 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Reconociendo la licencia por estudio con goce de haberes por el

término de 7 días del 11.5.17 al 17.5.17, al Dr. Roberto CristianElías DNI N° 14.357.802, quién revista en el cargo de ProfesionalAdjunto (e)- Carrera Profesional Asistencial Sanitaria- EscalafónSanidad del Hospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, porhaber asistido al “Congreso Americano de Urología”, que se llevó acabo en Boston – EE.UU.

— — —RESOLUCION Nº 587 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Modificando los montos consignados en el considerando 1° y

artículo 1° de la Resolución Nº 4347 M.S. de fecha 1°de diciembrede 2017, debiendo leerse: “pesos cuarenta y un mil quinientos ($41.500,00)” donde dice: “pesos treinta y tres mil quinientos ($33.500,00)”.

Reimputando el gasto que surge de la Resolución N° 4347 M.S.de fecha 1° de diciembre de 2017, a las siguientes cuentas delpresupuesto 2018: DA 960 -C 1 -J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 25 -SP00 -PY 00 -AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 11 -FF 11 -SF 0001 -1 2/3 -PR9/3 -PA 9/2 -SP 0000 -DP 84 -UG 07.

— — —RESOLUCION Nº 588 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Reconociendo la licencia por estudio con goce de haberes desde

el 8 al 13 de diciembre del año 2015, al Dr. Pedro Rodolfo GodoyBolzán- DNI Nº 26.756.277, quién revista en el cargo de ProfesionalAsistente (i)- Carrera Profesional Asistencial Sanitaria- EscalafónSanidad del Hospital “San Martín” de Paraná, por haber asistido al“XVII Davidson-Mestman Curso Intensivo de Diabetes, Endocrino-logía y Enfermedades Metabólicas”, que se llevó a cabo en la ciudadde Miami- Florida, U.S.A.

Encuadrando en el artículo 29° de la Ley 3289, como licencia singoce de haberes, los días 14 y 15 de diciembre del año 2015.

— — —RESOLUCION Nº 589 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Reconociendo en forma estrictamente excepcional la licencia por

enfermedad de largo tratamiento con goce del 100% de sus haberesa la agente Virginia Valeria Burne, DNI N°34.810.764, quien revistacomo personal suplente extraordinario del Hospital Materno Infantil“San Roque” de Paraná, por el período comprendido desde el 16 de

Paraná, viernes 8 de mayo de 2020 BOLETIN OFICIAL 5

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septiembre de 2015 hasta el 18 de Marzo del 2016, encuadrándosela presente gestión en lo establecido por el artículo 11° del DecretoN° 5703/93 MGJE (texto único y ordenado según la Ley N° 3289),aplicable por remisión de los artículo 52º y 121° de la Ley N° 9755 ysu modificatorias Ley N° 9811.

— — —RESOLUCION Nº 590 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Autorizando el reintegro de la participación arancelaria correspon-

diente al período que va del 20.7.17 al 20.8.17, a la agente BlancaTeresa Landa, DNI Nº 17.937.132, Tramo A -Carrera Enfermería-Escalafón Sanidad del Hospital “San Benjamín” de Colón.

Girando las presentes actuaciones al Departamento Liquidacionesa fin de que se sirva efectivizar el reintegro autorizado.

— — —RESOLUCION Nº 591 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Reconociendo la licencia por estudio con goce de haberes a la

agente María Belén Bergara- DNI N° 18.395.420, quien revista encategoría 2- Carrera Profesional- Tramo “C” -Escalafón General delHospital “San Martín” de Paraná, por haber asistido los días 14, 15 y16 de junio de 2017, al “4to. Congreso Bioquímico del Litoral y IIICongreso de Bioquímico del NEA” que se llevó a cabo en esta ciudad.

— — —RESOLUCION Nº 592 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Aprobando la contratación directa -vía de excepción-, efectuada

entre este Ministerio y la Policía de Entre Ríos -Departamental Para-ná- en concepto de seguridad en el Nivel Central del Ministerio deSalud ubicado en calle 25 de Mayo N° 139 de la ciudad de Paraná, yel contrato de Servicio Policía Adicional de Entre Ríos, el cual formaparte integrante de la presente, correspondiente al mes de enero/18,por la suma total de $ 103.484,00.

Encuadrando la presente gestión en la Ley N° 5140 -texto único yordenado por Decreto N° 404/95 MEOSP -artículo 27° -inciso c)-apartado b) - punto 1 -concordante con su Decreto ReglamentarioN° 795/96 MEOSP -artículo 142° -punto 1 y Decretos N°s. 723/17MEHF, 1239/09 MGJEOySP y Decreto Nº 2714/12 MEHF.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio, a confeccionar la orden de pago y realizar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia, a fin de que se realice elpago a través del Departamento Tesorería a la División Policía Adi-cional, según lo dispuesto en la cláusula tercera del contrato suscrip-to, por la suma total de $ 103.484,00, cumplido el pago el Departa-mento Tesorería deberá rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas dela Provincia.

— — —RESOLUCION Nº 593 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.520,00, a favor de la Sra.

Adriana Cristina Natividad Amarillo, DNI Nº 29.126.554, destinado asolventar gastos por la compra de 1 Catéter Implantable Pediátricobajo perfil 5 french, para el paciente Pablo Daniel Enrique Amarillo,DNI Nº 47.926.714.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y Resolu-ción Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al HospitalMaterno Infantil “San Roque” de Paraná, por un importe de $2.520,00, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 594 MS

Paraná, 5 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 280.800,00, a favor de la

Sra. Eliana Beatriz Sánchez, DNI Nº 40.408.740, destinado a solven-

tar gastos por la compra de medicamentos, para la pacienteFrancesca Jazmín Sánchez, DNI N° 52.820.409.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución Nº 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, por un importede $ 280.800,00, para solventar el costo del subsidio otorgado,debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas dela Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presen-tando Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legalque apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director delHospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud explicando el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 595 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 162.000,00, para el

paciente Julio Ramón Aguilar, DNI N° 29.169.702, destinado sol-ventar gastos por la compra de 2 Diam para Espacio L5 Sl y L4L5.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 11/18 M.S" Resolución N° 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $162.000,00, para solventar el costo del subsidio otorgado, debien-do el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de laProvincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N° 139 (C.P. 3100), presen-tando Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legalque apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director delHospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud explicando el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 596 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 9.084,00, a favor de la

Sra. Norma Liliana Schierloh, DNI Nº 29.504.745, destinado asolventar gastos por la compra de medicamentos para 6 mesestratamiento, para la paciente Nadia Estefanía Warinet, DNI Nº43.114.941.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 11/18 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Santa Rosa” de Villaguay, por un importe de $ 9.084,00,para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospitalrendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N°90281/6 del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - ParanáCentro, CBU N° 3860001001000066259955 a nombre de la UGPIncluir Salud del Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos,la constancia de dicho depósito deberá remitirse a calle 25 deMayo 139 (C.P. 3100), en forma conjunta con copia del presentetexto legal, y nota del Director del Hospital dirigida a la menciona-da Unidad de Gestión Provincial, explicando el motivo de dichadevolución.

6 BOLETIN OFICIAL Paraná, viernes 8 de mayo de 2020

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RESOLUCION Nº 597 MSParaná, 6 de marzo de 2018

Otorgando un subsidio por la suma de $ 46.433,99, para la pacienteOlga Hilda Luisa Fredez, DNI N° 13.596.034, destinado a solventargastos por la realización de un vídeo capsula endoscópica máscápsula endocoscópica, siendo responsable el Sr. Osvaldo HoracioLópez, DNI N° 8.419.827.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución Nº 881/12 M.S. y Resolu-ción Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $46.433,99, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos, a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6del Nuevo Banco de Entre Ríos, Sucursal 01 - Paraná Centro, CBUN° 3860001001000066259955 a nombre de la UGP Incluir Salud delMinisterio de Salud de la Provincia de Entre Ríos, la constancia dedicho depósito deberá remitirse a calle 25 de Mayo 139 (C.P. 3100),en forma conjunta con copia del presente texto legal, y nota delDirector del Hospital dirigida a la mencionada Unidad de GestiónProvincial, explicando el motivo de dicha devolución.

— — —RESOLUCION Nº 598 MS

DISPONIENDO INSTRUCCION SUMARIAParaná, 6 de marzo de 2018

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales se detectaron irregulari-

dades en el manejo del Expediente R.U. 988843; yCONSIDERANDO:

Que conforme surge de autos en dicho expediente se dispuso lainstrucción de sumario administrativo al agente Máximo Tomás ValínDNI Nº 12.126.679, mediante Decreto N° 4865/09, luego se da inter-vención a la Fiscalía de Estado a efectos que se inicie la promociónde un juicio sumarísimo a efectos de proceder a la exclusión de latutela sindical que ostentaba el mismo previendo el traslado transito-rio, el cual fue dictado en fecha 07.12.09, y posteriormente a fs222/231, el mencionado agente presenta recurso de revocatoria con-tra el aludido acto administrativo, el día 25.1.10;

Que a fs. 508, se desprende cédula en el ámbito de los autoscaratulados “Valín Máximo Tomás c/ Superior Gobierno de la Provin-cia de Entre Ríos s/ Amparo Sindical (Artículo 47º de la Ley Nacional23551)”, notificando la resolución en los mismos por la que se hacelugar a la medida cautelar de no innovar pedida por el accionanteordenado proceder a la reinstalación del mismo en su lugar detrabajo, y atento ello, a fs. 509 obra Disposición Interna Nº 59/09Hospital “Felipe Heras” de Concordia, por la que se acata el resolu-torio aludido;

Que a fs. 520, el Sr. Valín solicita se expida, respecto del recursode revocatoria incoado, constancia escrita que exprese los motivospor los que no se ha resuelto el aludido remedio procesal, y porDictamen N° 001587, a fs. 526/527, se sugiere la remisión de lasactuaciones a la Fiscalía de Estado de la Provincia de Entre Ríos;

Que posteriormente a fs. 528, se agrega informe por el que seremiten los actuados a la mencionada Fiscalía, y conforme los sellosque se observa que a fs. 528 vta., el expediente sale de la Mesa deEntradas del Ministerio de Salud en fecha 31.5.11 e ingresa a la Mesade Entradas de la aludida Fiscalía el 01.6.11;

Que de los actuados surge a fs. 529, la siguiente expresión: “De-partamento Mesa de Entradas: Atento a la prescripción bienal previs-ta en la Ley 7060 y el cambio de autoridades operado en el mes dediciembre del año 2015. Por disposición superior, corresponde elarchivo de las presentes. Dirección General de Despacho. Mcp”constando por debajo una firma y un sello que reza “Dra. María RosaFreijes, Directora General de Despacho Ministerio de Salud”. Dichaprovidencia data con fecha 06.4.16;

Que no obra en las actuaciones sello alguno que indique la entradaa la Dirección General de Despacho de este Ministerio, habiendo sinembargo una diferencia de aproximadamente cinco (5) años entre lafoja 528 y 529;

Que consultado el Sistema Informático de Expedientes “Goberios”se observa que desde la remisión de las actuaciones a la Fiscalía deEstado de la Provincia hubo movimientos en las mismas con anterio-ridad a la sugerencia de archivo realizada por la Dirección General

de Despacho, asimismo, se desprenden irregularidades en cuantoal número de fojas del expediente;

Que conforme ello, la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministe-rio de Salud solicitó por oficio al Departamento Mesa de Entradasde este Ministerio, que “adjunte y realice informe respecto de lospases de dichos actuados en que se encuentran registrados en eltiraje informático pero no obran en el expediente”, y atento a dichorequerimiento, desde la mencionada Mesa de Entradas se ha rea-lizado informe y agregado documentación, de la cual surge queluego de la intervención de Fiscalía de Estado “... donde luego desu intervención giran el trámite a este Departamento con 530 fojasen fecha 05.9.11. Posterior a ello, al día siguiente, en fecha 06.9.11se elevó a la Dirección General de Despacho con un total de 530fojas ... luego de los movimientos descriptos hay otros tres movi-mientos más realizados, siempre con 530 fajas, los cuales faltareflejar por ausencia de las fojas correspondientes, estos movimien-tos son los siguientes: 1. 20.9.11 desde Dirección General deDespacho a Dirección de Asuntos Jurídicos -2. 23.9.11 desde Di-rección de Asuntos Jurídicos a Dirección General de DespachoDespacho. -3. 23.9.11 desde Dirección General de Despacho aSecretaría Privada y ya posteriormente a los movimientos antesnumerados, ingresa el Expediente 9888843 a Mesa de Entradas conun total de 530 fojas para su archivo en fecha 20.4.2016, el pasefue realizado desde la Dirección General de Despacho junto con elpedido de archivar dichas actuaciones de la por ese entonces Sra.Directora General de Despacho, la Dra. María Rosa Freijes”;

Que desde Mesa de Entradas del Ministerio de Salud, claramentese desprende que a la Dirección General de Despacho el expedien-te en cuestión arribó mínimamente con 530 fojas y con intervenciónde la Secretaría Privada, es decir, luego del 23.9.11, no obrando enel registro informático dicho pase sino surgiendo claramente delsoporte papel de estos actuados;

Que la remisión a archivo con 529 fs., se desprendía que en dichaárea se han extraviado o suprimido los informes de las diferentesáreas técnicas que se han mencionado en el informe que se adjunta;Que a los fines de dilucidar las pertinentes responsabilidades res-pecto del extravió y/o sustracción de fojas en las presentes actua-ciones, foliado incorrecto, la desidia respecto del tiempo transcurri-do entre la intervención de la Secretaría Privada del Ministerio deSalud el 23.9.11 y la sugerencia de archivo de los actuados el20.4.16, corresponde se instruya una información sumaria en elámbito de la Dirección General de Despacho del Ministerio deSalud;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud hatomado la debida intervención de su competencia;

Que atento a la vigencia de la Ley 9755 Marco de Regulación delEmpleo Público de la Provincia, la que por el artículo 121° derogóla Ley 3289, hecho éste que podría eventualmente cuestionar elReglamento de Sumarios Administrativos establecido por el artículo20° y concordantes Resolución Nº 555/71 y Decreto Nº 2/70 SGGcorresponde continuar plenamente con la vigencia de la misma entodos sus términos, hasta la aprobación de la nueva reglamentaciónde procedimientos administrativos para los sumarios, conforme loestablece el artículo 1° del Decreto N° 2840/07 GOB;

Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

R E S U E L V E :Art. 1º - Disponer la instrucción de una información sumaria en el

ámbito de la Dirección General de Despacho del Ministerio deSalud, a fin de dilucidar la realidad fáctica de los hechos, deslindarresponsabilidades por parte de los agentes del Estado Provincial,y de conformidad en lo expresado en los considerandos de lapresente Resolución.

Art. 2º - Mantener plenamente en vigencia y en todos sus términosel Reglamento de Sumarios Administrativos, establecido por elartículo 20º y concordantes Resolución N° 555/71 y Decreto N°2/70SGG, conforme lo dispuesto por el artículo 1° del Decreto N°2840/07 GOB.

Art. 3º - Pasar las presentes actuaciones a la Dirección de Suma-rios dependiente de Fiscalía de Estado a sus efectos.

Art. 4º – Comunicar, publicar y archivar.Sonia M. Velázquez

— — —RESOLUCION Nº 599 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Aprobando la contratación directa -vía de excepción- con la Firma

ALCEC de Concepción del Uruguay, en concepto de prestaciones

Paraná, viernes 8 de mayo de 2020 BOLETIN OFICIAL 7

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efectuadas a distintos pacientes en los meses de octubre a diciem-bre/17, según Factura “C” Nº 0001-00003598 por la suma total de $156.000,00, de fecha 29.12.17.

Encuadrando la presente gestión en lo dispuesto en la Ley Nº 5140-texto único y ordenado Decreto N° 404/95 M.E.O.S.P. -artículo 27°-apartado c) -inciso b) -punto 3° concordante con el Decreto Regla-mentario Nº 795/96 M.E.O.S.P. -artículos 133° y 142° -inciso 4°-puntos a) y b) -Decreto Modificatorio Nº 723/17 MEHF, ResoluciónN° 1771/96 SES y Resolución N° 4016/17 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a confeccionar la orden de pago y la solicitud defondos para efectivizar el pago a la Firma ALCEC de Concepción delUruguay, por la suma total de $ 156.000,00, a través del Departamen-to Tesorería Jurisdiccional con cargo a rendir cuenta ante el Tribunalde Cuentas de la Provincia.

— — —RESOLUCION Nº 600 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Autorizando el otorgamiento de fondos por la suma de $ 20.025,00,

al Coordinador de Programas de Fortalecimiento Institucional de esteMinisterio, Bioing. Hernán Goncebat, DNI Nº 25.126.589, con destinoa solventar gastos correspondientes a la Jornada del “Día Internacio-nal de la Mujer” a realizarse el día 8 de marzo del corriente en la Plazade las Mujeres Entrerrianas de esta ciudad y declarada de interésministerial por Resolución N° 369/18 MS.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio, a confeccionar la orden de pago y a realizar la entrega de losfondos al Coordinador de Programas de Fortalecimiento Institucionalde este Ministerio, Bioing. Hernán Goncebat, DNI N°25.126.589, porun importe de $ 20.025,00, para solventar los gastos antes mencio-nados, debiendo rendir cuenta ante el Departamento Tesorería Juris-diccional dentro de las 72 hs. de entregados los fondos, con loscomprobantes originales emitidos por los prestadores, y debidamenteconformados por autoridad competente, según las normativas legalese impositivas vigentes (Factura tipo B o C a nombre del Ministerio deSalud, CUIT N° 30-681.12523-6, IVA exento).

— — —RESOLUCION Nº 601 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Autorizando un llamado a solicitud de cotizaciones a realizar a

través del Departamento Contrataciones dependiente de la DirecciónGeneral de Administración de este Ministerio, para la adquisición de2 computadoras personales, 2 estabilizadores de tensión y una 1tablet, con destino al Departamento Bioingeniería de este Ministerio,por la suma aproximada de $ 39.000,00.

Aprobar el pliego de condiciones técnicas, confeccionado por laDirección General de Informática de la Provincia, el que agregadoforma parte integrante de la presente resolución.

Encuadrando la presente gestión en la Ley N° 5140 -texto único yordenado del Decreto N° 404/95 MEOSP - Capítulo II- Título III-artículo 26° -inciso b) concordante con el Decreto Reglamentario N°795/96 MEOSP -Título 1 -Capítulo I -artículo 5° -punto 3) -artículo 6°-punto 3) -Título IV y Decreto Modificatorio N° 723/17 MEHF.

— — —RESOLUCION Nº 602 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Aprobar la contratación directa -vía de excepción- con el Instituto

Autárquico Provincial del Seguro de la Provincia de Entre Ríos- enconcepto de Accidente a Pasajeros y/o Personas TransportadasPóliza N0000003554 - Endoso N° 000000, Solicitud N° 000004390,Renueva Póliza N° 000003428 con destino a distintos vehículosambulancias afectados a la Dirección de Emergencias Sanitarias deeste Ministerio, según detalle obrante en autos, con vigencia desdeel 31.12.17 al 30.6.18, por un monto total de $ 20.742,83.

Encuadrando la presente gestión en la Ley N° 5140 -artículo 27°-inciso c) -apartado b) -punto 1- del Decreto Nº 404/95 MEOSP.-concordante con el artículo 142° -inciso 1- del Decreto Reglamenta-rio N° 795/96 MEOSP y su modificatorio Decreto N° 723/17 MEHF,contratación que establece la Ley N° 5058 y el Decreto N° 2376/00S.G.G.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio, a efectuar el solicitud de fondos ante la Tesorería General dela Provincia y abonar al Instituto Autárquico Provincial del Seguro dela Provincia de Entre Ríos- CUIT N°30-50005550-9, la suma total de$ 20.742,83, en virtud de lo aprobado.

— — —RESOLUCION Nº 603 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Autorizando la contratación directa -vía excepción -libre elección

por negociación directa, con la Firma Correo Oficial de la RepúblicaArgentina S.A en concepto de la contratación del servicio de envíosde cartas documentos y paquetería, por parte de la Dirección General

de Despacho de este Ministerio por un importe estimado mensualde $ 16.092,60, y por un total de $ 112.048,20.

Encuadrando la presente gestión en la Ley N°5140 (texto únicoy ordenado por Decreto Nº 404/95 M.E.O.S.P.) -artículo 27°-inci-so b) -apartado c) -punto 1 ° concordante con el Decreto Regla-mentario N° 795/96 M.E.O.S.P. -artículos 133°, 134º y 142º -inciso1º- Decreto Modificatorio N° 723/17 MEHF y Decreto Nº 4132/97MEOSP.

Autorizando a la Dirección General de Administración Jurisdic-cional, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería Generalde la Provincia y a efectivizar el pago a la Firma con la FirmaCorreo Oficial de la República Argentina S.A. por un importeestimado mensual de $ 16.092,60, previa presentación de facturaoriginal debidamente conformado y certificación del trabajo reali-zado, conforme a la normativa legal e impositiva vigente, concargo a rendir el Departamento Tesorería del citado Ministerioante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

— — —RESOLUCION Nº 604 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 3.985,00, para el

paciente Eladio Ismael Wetzel Navarro, DNI N° 34.042.541, des-tinado a solventar gastos por la compra de 1 Set de DrenajeMultipropósito N° 12, siendo responsable la Sra. Luisa MarisNavarro, DNI Nº 16.882.369.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto Nº 11/18 M.S., Resolución Nº 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital “Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por unimporte de $ 3.985,00, para solventar el costo del subsidio otor-gado, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presen-tando Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legalque apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director delHospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio Saludexplicando el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 605 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 68.900,00, a favor del

Sr. Rubén Darío Godoy, DNI N°25.684.249, destinado a solventargastos por la compra de 1 Sistema de Derivación VentrículoPeritoneal, para el paciente Matías Benjamín Godoy, DNI Nº55.863.470.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estable-cidas por el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependien-te de este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondosante la Tesorería General de la Provincia y la transferencia alHospital Materno Infantil “San Roque” de Paraná, por un importede $ 68.900,00, para solventar el costo del subsidio otorgado,debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas dela Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente N° 90281/6C.B.U N°3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo Nº 139 (C.P. 3100), presen-tando Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legalque apruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director delHospital dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio deSalud explicando el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 606 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Aprobando la contratación directa -vía excepción -con la Pres-

tadora Cazatti Silvia Alejandra de Concordia, en concepto detratamiento de kinesiología efectuados en el mes de noviembre/17y en el mes de diciembre/17, al Beneficiario de Incluir Salud Nº405 -8430944 /00 , Gas ta rde l lo A lexander Ismae l , DNI N°

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48.203.451, según Facturas “C” Nº 0002-000001701 de fecha14.12.17, por la suma de $ 3.800,00 y N° 0002-00000717 de fecha01.1.18, por la suma de $ 3.800,00.

Encuadrando el presente procedimiento administrativo en la Ley Nº5140 - texto único y ordenado- Decreto N° 404/95 M.E.O.S.P. -artí-culo 27° -inciso c) - apartado b) -punto 3° - concordante con elDecreto Reglamentario Nº 795/96 M.E.O.S.P.- artículos 133° y 142°-inciso 4 -puntos a) y b) -con valores actualizados según Decreto N°723/17 M.E.H.F. y convenio marco del Programa Federal IncluirSalud -Decreto N° 4400/17 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio de Salud, a efectuar el pago a la Prestadora Cazatti SilviaAlejandra de Concordia, por la suma total de $ 7.600,00, a través delDepartamento Tesorería, con cargo de rendir cuenta ante el Tribunalde Cuentas de la Provincia (Fondos Incluir Salud), en virtud a loaprobado.

— — —RESOLUCION Nº 607 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Autorizando a la Dirección General de Administración de este Mi-

nisterio, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería Generalde la Provincia, por la suma total de $ 11.000,00, con destino a laDirección de Automotores - Ministerio de Gobierno y Justicia, paraabonar ante la D.N.R.P.A. la inscripción de 1 vehículo 0 km ChevroletS10 Cabina Doble 2.8 TD 4x4 LS.

Disponiendo que será responsabilidad de la Dirección de Automo-tores M.G.y J. entregar copia autenticada del título de propiedad ytarjeta verde ante el Departamento Contrataciones - División Patri-monio de este Ministerio.

Encuadrando la presente gestión en el Decreto N° 2411/96 S.G.G.y Decreto Nº 4977/97 S.G.G.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio, a realizar la entrega de fondos al Director de Automotores M.G.yJ. Sr. Jorge Luis Leal, DNI N°14.718.447, por la suma de $ 11.000,00,debiéndose rendir cuentas ante el Departamento Tesorería de esteMinisterio, en el marco de las normativas vigentes, dentro de las 72horas de recepcionados los fondos, notificándose que en caso deincumplimiento de rendición se comunicará al Servicio AdministrativoContable de M.G.y J. para proceder al recupero de fondos mediantedescuento de haberes.

— — —RESOLUCION Nº 608 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Aprobando la contratación directa -vía excepción- con el Instituto

Autárquico Provincial del Seguro de la Provincia de Entre Ríos- enconcepto de pago de Póliza N° 001351875 (Cobertura de Responsa-bilidad Civil “Sección Automotores”) Endoso N° 000000, Solicitud N°001880544, correspondiente a móvil adquirido por Licitación PrivadaN° 51/17, dominio S/D, perteneciente a la Dirección de Maternidad eInfancia de este Ministerio, con vigencia desde el 13.12.17 al31.12.17, por un monto total de $ 4.045,96.

Encuadrando la presente gestión en la Ley N° 5140 - texto único yordenado por Decreto N° 404/95 MEOSP, artículo 27º inciso c),apartado b), punto 1) y su concordante Decreto Reglamentario N°795/96 MEOSP- artículo 142º, inciso 1) y su modificatorio Decreto N°723/17 MEHF - contratación que establece la Ley N° 5058 y DecretoN° 2376/00 SGG.

Facultando a la Dirección General de Administración de este Minis-terio a confeccionar la solicitud de fondos ante la Tesorería Generalde la Provincia y a efectivizar el pago de la póliza antes mencionadaal Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos - CUIT N°30-50005550-9, por el importe total de $ 4.045,96, en virtud de loaprobado.

— — —RESOLUCION Nº 609 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Modificando el artículo 1° de la Resolución N° 4326 M.S. de fecha

01 de diciembre de 2017, respecto al monto aproximado a invertir,donde dice: “que el monto aproximado a invertir es por la suma de$243.000,00, deberá leerse: “que el monto aproximado a invertir espor la suma de $ 310.000,00”.

Modificando el artículo 4° de la Resolución N° 4326 M.S. de fecha01 de diciembre de 2017, quedando redactado de la siguiente mane-ra: “Artículo 4°.- Imputar el gasto a la siguiente cuenta del presupues-to 2018: DA 960 -C 1 -J 45 -SJ 00 -ENT 0000 -PG 01 -SP 00 -PY 00-AC 01 -OB 00 -FI 3 -FU 14 -F 11 -SF 0001 -I 4 -PR 3 -PA 9 -SP 0000-DP 84 -UG 07".

Aprobando los pliegos de condiciones particulares, y de condicio-nes generales, los que agregados forman parte integrante de lapresente.

— — —RESOLUCION Nº 610 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Autorizando el reintegro de gastos de traslado y alojamiento de

Residentes a la VI Jornadas Nacionales Inter Risam 2017" “Cons-truyendo la Transición Hacia la Salud Mental Comunitaria, llevadoa cabo los días 17 y 18 de agosto de 2017 en la ciudad de PuertoMadryn -Provincia de Chubut, el cual asistieron los residentesLagoria Guantay Claudio, residente de 1er año. Caro BrasseurCatalina residente de 2do año, Barrera Angelina residente de 3eraño Militello Ayelen residente de 4to año.

Facultando a la Dirección General de Administración de esteMinisterio, a efectuar la solicitud de fondos ante la Tesorería Gene-ral de la Provincia y efectivizar el reintegro a través del Departa-mento Tesorería, a los médicos residentes Lagoria Guantay Clau-dio, por un importe de $ 4.734.41, Caro Brasseur Catalina, por unimporte de $ 4.928,26, Barrera Angelina, por un importe de $5.150.45 y Milltello Ayelen, por un importe de $ 4.928,26, lo quehace un total de $ 19.741,41, debiendo presentar al DepartamentoPersonal Jurisdiccional copia de asistencia y del curso realizado,con cargo a rendir el Departamento Tesorería de este Ministerioante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

— — —RESOLUCION Nº 611 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.900,00, para la paciente

Marta Beatriz Leites, DNI N° 17.118.204, destinado a solventargastos por la realización de una Resonancia Magnética de Cerebrocon Contraste.

Encuadrar la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto Nº 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y Resolu-ción N° 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“9 de Julio” de La Paz, por un importe de $ 2.900,00, para solventarel costo del subsidio, debiendo el Hospital rendir cuenta ante elTribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explican-do el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 612 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 3.909,25, a favor de la

Sra. Marta Susana Ballesteros, DNI N° 22.402.287, destinado asolventar gastos por la realización de un Centellograma Oseo, parael paciente Rodrigo Nazareno Figueredo, DNI Nº 45.386.331.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 11/18 M.S. Resolución Nº 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $3.909,25, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendoel Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital

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dirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explicandoel motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 613 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 3.909,25, para la paciente

María Griselda Blanco DNI Nº 18.575.592, destinado a solventargastos por la realización de un Centellagrama Oseo.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y Resolu-ción Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $3.909,25, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 614 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.300,00, para el paciente

Roque Daniel Lezcano, DNI N° 29.958.096, destinado a solventargastos por la realización de una Resonancia Magnética de RodillaIzquierda.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y Resolu-ción Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “JustoJosé de Urquiza” de Federal, por un importe de $ 2.300,00, parasolventar el costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospital rendircuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 615 MS

DESESTIMANDO PAGOParaná, 6 de marzo de 2018

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales el Sr. Jorge N. Müller

ti tular de la empresa Distribuidora Jorge W. Müller CUIT 20-14188738-7, solicita resarcimiento económico por la mora en el pagode las facturas de los hospitales de la provincia, emitidas en el año2011; yCONSIDERANDO:

Que el interesado afirma que los precios a los cuales se entregaronlas mercaderías quedaron desactualizados en relación a los preciosque las mismas tenían a la fecha de su efectivo pago por parte de laprovincia, razón por la cual ajusta los montos abonados a una tasade interés por el plazo de la mora y acompaña un detalle -fs.1802/1811- de las facturas con fecha y monto de las facturas perci-bidas más los intereses los cuales aclara que fueron extraídos de lapágina oficial del Banco de la Nación Argentina;

Que la Contaduría General de la Provincia adjunta resumen depagos a favor del Sr. Jorge Müller y copia de las constancias derecepción de cada uno de los importes abonados al Sr. Jorge Müller,informando asimismo que el interesado no habría efectuado reservade reclamo de intereses;

Que se adjuntan al reclamo de autos las actuaciones RU N°1321805 “Subsecretaría de Administración solicita pago facturascorrespondientes a Distribuidora Jorge Müller” de las cuales nosurge en ninguna documentación el pedido de actualización ointereses en caso de mora como así tampoco documentación quecontradiga lo informado por la Contaduría General de la Provinciaen cuanto a la reserva de intereses;

Que el interesado no ha efectuado reserva alguna por los inte-reses reclamados tal y como surge de las copias de las operacio-nes de pago obrantes a fs. 1814/1816, suscribiendo la liquidacióny pago de cada uno de los montos liquidados, sin formular reservau objeción alguna ni por el monto ni por falta o no de sus acceso-rios, tal y como se reclama en el presente trámite;

Que corresponde señalar que de conformidad a lo dispuesto porel artículo 857º del Código Civil y Comercial los intereses consti-tuyen una obligación accesoria, es decir que se extinguen comoconsecuencia de la extinción de la obligación principal de capitala la cual acceden, porque la vida de la obligación accesoriadepende de la principal;

Que en virtud de lo expuesto. habiendo percibido el Sr. JorgeMüller las sumas correspondientes a las facturas oportunamentepresentadas y solicitadas en concepto de insumos médicos a losdistintos hospitales de la provincia, sin efectuar reserva alguna deintereses, la ley presume jure et de jure (cfr. Jurisprudencia de laGSJN JA 1945-IV-195 y SCBA JA 1942-IV-96:L) que el pago delos accesorios ya ha sido efectuado o bien que el acreedor harenunciado a percibir los intereses ya devengados;

Que por los fundamentos antes expuestos, corresponde deses-timar el pago del resarcimiento económico en concepto de intere-ses por mora interpuesto por la firma Distribuidora Müller de JorgeW. Müller;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este Ministerio haemitido el dictamen de su competencia;

Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

R E S U E L V E :Art. 1º - Desestimar el pago del resarcimiento económico en

concepto de intereses por mora interpuesto por la firma Distribui-dora Müller de Jorge W. Müller, en virtud a lo expuesto en losconsiderandos precedentes.

Art. 2º - Girar las presentes actuaciones al Departamento Mesade Entradas a fin de que se sirva desglosar las actuaciones RUN° 1321805 y sean remitidas nuevamente a la Tesorería Generalde la Provincia.

Art. 3º - Comunicar, publicar y archivar.Sonia M. Velázquez

— — —RESOLUCION Nº 616 MS

RECHAZANDO RECURSOParaná, 6 de marzo de 2018

VISTO:Las presentes actuaciones por las cuales la Firma “Servijur

SRL.” manifiesta su oposición a la adjudicación de la LicitaciónPública N° 11/17, a la Firma “OCASA S.A.”; yCONSIDERANDO:

Que analizadas las presentes surge que se dispuso aprobar loactuado en la Licitación Pública N° 11/17 autorizada medianteResolución N° 1391/17 M.S. para la contratación de un serviciopostal con destino a este Ministerio, adjudicándose a la FirmaOrganización Courier Argentina SA (OCASA) la provisión delservicio de correo postal consistente en el envío de carta simple,carta certificada y carta certificada con aviso de retorno, conorigen provincial y destino provincial y la provisión del servicio decorreo postal consistente en el envío de carta simple, carta certi-ficada con aviso de retorno con origen provincial y destino nacio-nal, todo ello según las especificaciones expresadas en la ofertay establecida en los pliegos;

Que en este contexto la Firma “Servijur SRL”, manifiesta suoposición presentando un escrito el socio gerente de la mismaconsiderando la propuesta económica de la Firma “OCASAS.A.S”, de precio vil o no serio, invocando la Ley 25.156, deDefensa de la Competencia, alegando la existencia de una con-ducta anticompetitiva, destacando además entre sus argumentos,que la Empresa OCASA, carece de antecedentes de prestaciónde servicios con organismos del Estado en la Provincia, lo que nogarantiza la prestación del servicio de transporte con eficacia yeficiencia, entre otros fundamentos, solicitando en definitiva no seadjudique la licitación pública a la Firma “OCASA SA.”;

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Que al analizar el aspecto formal de la cuestión, y por aplicacióndel formalismo moderado, corresponde a la Administración encausaraquellas presentaciones, que no se encuentran expresamente con-templadas en la norma de procedimiento administrativo -Ley 7060-,debiendo en consecuencia, considerarse la medida cautelar inter-puesta como un recurso de revocatoria;

Que de la presentación administrativa esbozada por la Firma “Ser-vijur SRL”, resulta menester observar que en fecha 11 de septiembrede 2017, se dicta la Resolución N° 3065/17 M.S., por la cual sedispuso la contratación con la Firma “OCASA S.A.”, agraviándose laFirma “Servijur SRL.”, manifestando que la propuesta económicarealizada por la Empresa “OCASA SA.”, es de precio vil o no serio,al respecto en el artículo 2° de la resolución en cuestión, por el cualse aprueba la contratación, la oferta de la recurrente fue rechazadapor no cumplir con las características mínimas del servicio requeridoen los pliegos, dado que según consta en la Certificación N° 167/17de ENACOM, la cobertura geográfica de la empresa del servicio solose limita a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Provincia de BuenosAires, Santa Fe y Tucumán (en forma parcial), merituandose enconsecuencia no solo el valor económico del servicio ofrecido sinotambién el alcance del mismo, el hecho de no ajustarse a los requi-sitos mínimos del pliego, hace que la oferta de la Firma “SERVIJURSRL”, sea desestimada;

Que respecto a los demás argumentos vertidos por la firma, conindependencia del derecho a reclamar y peticionar ante las autorida-des, que consagra y reconoce nuestra Constitución Nacional y losTratados Internacionales que se incorporan como parte integrante dela misma, no existen razones para hacer lugar a la acción cautelarincoada, toda vez que más allá de la interpretación que pueda hacerel administrado, nada obsta a que el Estado dentro de sus prerroga-tivas, adjudique y celebre contratos que le sean más beneficiosos asus intereses, circunstancia esta última que queda más que acredi-tada en virtud de los motivos por los cuales fue rechazada la propues-ta del peticionante;

Que en consecuencia, la medida cautelar planteada, teniendo encuenta lo endeble de los argumentos vertidos por la Firma “ServijurSRL”, deviene abstracta, toda vez que la adjudicación ya fue efectua-da, agotándose en consecuencia los efectos de la medida desplega-da, por lo que corresponde rechazar in totum el recurso de revocato-ria interpuesto por la firma en cuestión, contra la Resolución N°3065/17 M.S.;

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos, ha tomado la intervenciónde su competencia;

Por ello;La Ministra Secretaria de Estado de Salud

R E S U E L V E :Art. 1º – Rechazar el recuso de revocatoria interpuesto por el socio

gerente Marcelo Fabián Andrasnik de la Firma Servijur SRL, condomicilio en calle Méjico Nº 319 de Paraná,contra la Resolución Nº3065/17 MS, conforme lo manifestado en los considerandos prece-dentes.

Art. 2º – Comunicar, publicar y archivarSonia M. Velázquez

— — —RESOLUCION Nº 617 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 28.367,98, para la paciente

Eva Beatriz Mendoza, DNI N° 18.235.172, destinado a solventargastos por la compra de 2 audífonos Unitron Shine Rev 4 HPM.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N°11/18 M.S. Resolución N°881/12 M.S. y ResoluciónN° 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “JustoJosé de Urquiza” de Concepción del Uruguay, por un importe de $28.367,98, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendo elHospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

RESOLUCION Nº 618 MSParaná, 6 de marzo de 2018

Otorgando un subsidio por la suma de $ 31.000,00, para la pacien-te Sandra Graciela Alza, DNI N° 23.836.262, destinado a solventargastos por la compra de 1 set de placa bloqueada, 1 tobilleracompleta y 1 set de difusores.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 11/18 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Centenario” de Gualeguaychú, por un importe de $ 31.000,00, parasolventar el costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospital rendircuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explican-do el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 619 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 37.182,94, a favor de la

Sra. María del Carmen Ferreyra, DNI N° 29.014.275, destinado asolventar gastos por la compra de medicamentos para 2 meses detratamiento, para la paciente Oriana Evelyn Arriola, DNI N°49.565.940.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. yResolución Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“Delicia Concepción Masvernat” de Concordia, por un importe de $37.182,94, para solventar el costo del subsidio otorgado, debiendoel Hospital rendir cuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provin-cia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentan-do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explican-do el motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 620 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 3.215,34, para la paciente

Ivana Melina Elena DNI N° 24.880.732, destinado a solventar gas-tos por la compra de medicamentos para 3 meses de tratamiento.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones estableci-das por el Decreto N° 11/18 M.S. Resolución N° 881/12 M.S. yResolución N° 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos antela Tesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital“General Manuel Belgrano” de Urdinarrain -Dpto. Gualeguaychú,por un importe de $ 3.215,34, para solventar el costo del subsidiootorgado, debiendo el Hospital rendir cuenta ante el Tribunal deCuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos.La constancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito)deberá remitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentan-

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do Formulario 11 en forma conjunta con copia del texto legal queapruebe el otorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospitaldirigida al Departamento Tesorería del Ministerio de Salud explicandoel motivo de la mencionada devolución.

— — —RESOLUCION Nº 621 MS

Paraná, 6 de marzo de 2018Otorgando un subsidio por la suma de $ 2.294,73, para la paciente

Edelma Ester Lacerda, DNI N° 17.238.067, destinado a solventargastos por la compra de medicamentos para 3 meses de tratamiento.

Encuadrando la presente gestión en las disposiciones establecidaspor el Decreto N° 11/18 M.S., Resolución N° 881/12 M.S. y Resolu-ción Nº 5392/10 M.S.

Facultando a la Dirección General de Administración dependientede este Ministerio de Salud, a efectuar la solicitud de fondos ante laTesorería General de la Provincia y la transferencia al Hospital “SanJosé” de San José -Dpto. Colón-, por un importe de $ 2.294,73, parasolventar el costo del subsidio otorgado, debiendo el Hospital rendircuenta ante el Tribunal de Cuentas de la Provincia.

Dejando aclarado que en caso de la no utilización o utilizaciónparcial de los fondos se deberá proceder a la devolución de losmismos a través de un depósito en la Cuenta Corriente Nº 90281/6C.B.U Nº 3860001001000009028169 Nuevo Banco de Entre Ríos. Laconstancia de dicho depósito (copia de boleto de depósito) deberáremitirse a calle 25 de Mayo N°139 (C.P. 3100), presentando Formu-lario 11 en forma conjunta con copia del texto legal que apruebe elotorgamiento del subsidio y nota del Director del Hospital dirigida alDepartamento Tesorería del Ministerio de Salud explicando el motivode la mencionada devolución.

SUCESORIOS

P A R A N A

El Sr. Juez Juan Carlos Coglionesse a cargo del Juzgado de Prime-ra Instancia en lo Civil y Comercial Nº 1 de la ciudad de Paraná,Secretaría Nº 1 de quien suscribe, en los autos caratulados “GiordanoAurelio Felipe – Bosques Angela s/ Sucesorio ab intestato” Expte. Nº17672, cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederosy acreedores de ANGELA BOSQUES, MI 5.309.014, vecina que fueradel Departamento Paraná, fallecida en San Benito, en fecha 19 deseptiembre de 2019. Publíquese por tres días.-

Paraná, 05 de mayo de 2020 - Lucila del Huerto Cerini, secretaria.F.C. 04-00008986 3 v./11/05/2020

— — —La Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina Andrea Rufa-nacht, Secretaría N° 6 de quien suscribe, en los autos caratulados“Carrasco Francisco s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N°17125, citay emplaza por el término de treinta (30) días a herederos y acreedoresde FRANCISCO CARRASCO, MI 5.932.494, vecino que fuera delDpto. Paraná, fallecido en la ciudad del mismo nombre, en fecha23-11-2011. Publíquese por tres días.

Paraná, 11 de marzo de 2020 – Silvina M. Lanzi, secretaria.F.C. 04-00008987 3 v./11/05/2020

— — —La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil

y Comercial N° 3 de la ciudad de Paraná, Dra. Sofía María GraciaKeller, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos caratulados“Tinta Carlos Alejandro s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 35018,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de CARLOS ALEJANDRO TINTA, DNI N° 5.936.115,vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná (ER), en fecha24/12/2019. Publíquese por un día.

Paraná, 12 de febrero de 2020 – Celia E. Gordillo, secretaria.F.C. 04-00008996 1 v./08/05/2020

— — —La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil

y Comercial N° 3 de la ciudad de Paraná, Dra. Sofía María GraciaKeller, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos caratulados“Colignon Alberto César s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 35002,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de ALBERTO CESAR COLIGNON, DNI N° 5.951.759,vecino que fuera del Dpto. Paraná, fallecido en Paraná (ER), en fecha03/09/2018. Publíquese por un día.

Paraná, 20 de febrero de 2020 – Celia E. Gordillo, secretaria.F.C. 04-00009005 1 v./08/05/2020

— — —La Sra. Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil

y Comercial N° 6 de la ciudad de Paraná, Dra. Silvina AndreaRufanacht, Secretaría N° 6 de quien suscribe, en los autos cara-tulados “Galván Cornelio y Cámara Silvana Mercedes y acumula-do Galván Aron s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 13982, citay emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores de ARON GALVAN, MI N°5.942.832, vecino que fueradel Dpto. Paraná, fallecido en la ciudad del mismo nombre, enfecha 12/10/2019. Publíquese por tres días.

Paraná, 11 de marzo de 2020 – Silvina M. Lanzi, secretaria.F.C. 04-00009006 3 v./12/05/2020

— — —El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil

y Comercial N°5 de la ciudad de Paraná, Dr. Américo Daniel Lunaa/c, Secretaría N° 5 a cargo de quien suscribe, en los autoscaratulados “Santucho Antonia Aracelia o Araceli o Arecelia s/Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 30469, cita y emplaza por eltérmino de treinta (30) días a herederos y acreedores de ANTONIAARACELIA o ARACELI o ARECELIA SANTUCHO, MI N°2.806.420, vecina que fuera del Dpto. Paraná, fallecida en Seguí,Entre Ríos, en fecha 21/08/2019. Publíquese por un día.

Paraná, 12 de marzo de 2020 – Perla Klimbovsky, secretaria.F.C. 04-00009007 1 v./08/05/2020

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C O L O N

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° Dosde la ciudad de Colón, Entre Ríos, a cargo de Arieto AlejandroOttogalli, Juez, Secretaría de la doctora Flavia Cecilia Orcellet,secretaria, cita y emplaza por el término de treinta días corridosa todos aquellos que se consideren con derecho a los bienesdejados por los causantes don AMARANTO VICTOR GUIVENAL,DNI N°5.771.570 y doña SILDA AGUSTINA FERNANDEZ, DNI N°5.031.731, fallecimientos ocurridos en la ciudad de Colón, Provin-cia de Entre Ríos, los días 19 de enero de 2009 y 19 de abril de2019, respectivamente, quienes fueran vecinos de la ciudad deColón, Dpto. Colón, Provincia de Entre Ríos, en los autos caratu-lados “Guivenal Amaranto Víctor – Fernández Silda Agustina s/Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 14342, año 2019.

La resolución que ordena el presente en su parte pertinente dice:“Colón, 23 de diciembre de 2019. … 3.- Mandar publicar edictospor tres días en el Boletín Oficial y diario local, citando a todosaquellos que se consideren con derecho a los bienes quedadospor fallecimiento de los causantes, para que dentro del plazo detreinta días corridos lo acrediten, bajo apercibimiento de ley. …Fdo. Arieto Alejandro Ottogalli, Juez”.

Colón, 6 de marzo de 2020 – Flavia C. Orcellet, secretaria.F.C. 04-00008980 3 v./08/05/2020

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C O N C O R D I A

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N° 6, acargo del Dr. Diego Luis Esteves, interino, Secretaría única acargo de la Dra. Natalia Gambino, sito en calle Bartolomé MitreN°28, de la ciudad de Concordia, Provincia de Entre Ríos, Argen-tina, cita y emplaza por treinta días corridos a todos aquellos quese consideren con derecho a los bienes quedados al fallecimientodel Sr. ROGELIO JOSE GOMEZ IFRAN, DNI N° 5.829.434, ocu-rrida en la ciudad de Concordia, el día 27 de mayo de 2017, y dela Sra. AMALIA ESTER TABORDA, DNI N° F 6.067.203, ocurridael 12 de noviembre de 2018, vecinos que ambos de esta ciudadde Concordia (ER) en los autos caratulados “Ifran Rogelio JoséGómez – Taborda Amalia Ester s/ Sucesorios (Civil)”, Expte. N°8238.

Para mayor constancia se transcriben las resoluciones que or-denan el presente y que en su parte pertinente textualmente dicen:“Concordia, 28 de setiembre de 2017. Visto: … Resuelvo: … 3.-Mandar publicar edictos por tres veces en el Boletín Oficial y enun diario local, citando por treinta días corridos a quienes seconsideren con derecho a los bienes dejados por el causante, paraque así lo acrediten. … A lo demás oportunamente. Fdo. DiegoLuis Esteves, Juez interino”.

Y “Concordia, 22 de octubre de 2019. Visto y Considerando: …Resuelvo: … 2.- Mandar publicar edictos por tres veces en elBoletín Oficial y en un diario local, citando por treinta días corridosa quienes se consideren con derecho a los bienes dejados por elcausante, para que así lo acrediten. … Fdo. Diego Luis Esteves,Juez interino”.

Concordia, 4 de diciembre de 2019 – Natalia Gambino, secreta-ria.

F.C. 04-00008992 3 v./11/05/2020— — —

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°4 del

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Dr. Alejandro Daniel Rodríguez, Secretaría N° 2 a cargo de la Dra.Ana María Noguera, cita y emplaza por el término de treinta díascorridos a los herederos y/o acreedores y/o a quienes se considerencon derecho a los bienes dejados por el fallecimiento de GIACOMO-ZZI SUSANA CRISTINA, DNI N° 10.359.109, quien falleció en fecha05/12/2019, en Concordia, vecina que fuera de esa ciudad, para quetomen intervención en los autos “Giacomozzi Susana Cristina s/Sucesorio”, Expte. N° 10132.

La resolución dice: “Concordia, 23 de diciembre de 2019. 1.- Porpresentada la Dra. María Melina Colman Palma, en nombre y repre-sentación de Juan Carlos Vázquez, en mérito al poder acompañadoque se agrega, con domicilio legal y real denunciado, dándosele porparte la intervención legal que por derecho le corresponde. 2.- Tenerpor abonada la tasa de justicia y mandar agregar formulario impresoy constancia de pago por la suma de $ 252,00, que se acompañan.3.- Estando acreditada prima facie la legitimación y u que el Juzgadoes competente para entender en el proceso, a mérito de las partidasde defunción acompañadas y lo dispuesto en los Arts. 718 y 728 delCPC, declárese abierto el juicio sucesorio de Susana Cristina Giaco-mozzi, DNI N° 10.359.109, fallecida en fecha 05/12/2019 vecina quefuera de la ciudad de Concordia. 4.- Mandar publicar edictos por sveces en el Boletín Oficial y en un diario de esta ciudad, citando atodos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por elcausante, para que lo acrediten dentro del término de treinta (30) días(conf. Art. 23490 del Cód. Civil y Comercial de la Nación, aprobadomediante Ley N° 26.994, vigente a partir del 1/08/2015 y Art. 728 delCPCyC. 5.-… 6.- … 7.- Librar oficio a la Dirección General delNotariado, Registro y Archivo, Sección Juicios Universales con sedeen Paraná (Disposición Técnico Registral N°5 DGNRA del 8/11/2006)en formulario 04. 8.- … 9.- … 10.- … A lo demás oportunamente.Alejandro Daniel Rodríguez, Juez interino”.

Concordia, 2 de marzo de 2020 – Ana María Noguera, secretaria.F.C. 04-00008997 3 v./12/05/2020

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D I A M A N T E

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudadde Diamante y su jurisdicción, a cargo del Dr. Mariano Andrés Ludue-ño, Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados“Molina Silvina Mariela s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 14317,cita y emplaza por el término de treinta (30) días a herederos yacreedores y a toda persona que se considere con derecho a losbienes dejados por SILVINA MARIELA MOLINA, argentina, casadaen primeras nupcias con Juan Francisco Leiva, MI N° 22.458.447,fallecida en Libertador san Martín, Dpto. Diamante, el 04 de noviem-bre de 2019, domiciliada en 27 de Febrero y San Martín, de Diamante,Dpto. Diamante, para que comparezcan a hacer valer sus derechos.Publíquese por tres días.

Diamante, 24 de abril de 2020 - Manuel A. Ré, secretario.F.C. 04-00008991 3 v./11/05/2020

— — —El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y

Comercial de la ciudad de Diamante, Dr. Mariano Andrés Ludueño,Secretaría a cargo de quien suscribe, en los autos caratulados “PérezMarina Estela s/ Sucesorio ab intestato” -Expte. Nº 14268, cita yemplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedoresy a toda persona que se considere con derecho a los bienes dejadospor la Sra. MARINA ESTELA PEREZ, D.N.I. N° 16.798.364, vecinaque fuera de la ciudad de Libertador San Martín, DepartamentoDiamante, Entre Ríos, fallecida el 05 de enero de 2020, circunstan-cialmente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a fin que compa-rezcan a hacer valer sus derechos. Publíquese por tres días.

Diamante, 26 de febrero de 2020 - Manuel A. Ré, secretario.F.C. 04-00008994 3 v./11/05/2020

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F E D E R A C I O N

En autos caratulados “Acevedo o Acebedo Pedro o Pedro Arbuess/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 4967/18, que se tramita ante elJuzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N°2 de Chajarí,a cargo del Dr. Mariano Luis Velasco, Secretaría a cargo de la Dra.Verónica Patricia Ramos, se cita y emplaza por treinta días a todosaquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados porfallecimiento de PEDRO o PEDRO ARBUES ACEVEDO o ACEBEDO(sin consignar DNI), soltero, nacido en Federación (ER), el día 17 desetiembre de 1872, hijo de Pilar Acebedo, fallecido en Chajarí el 5 deoctubre de 1947 y domiciliado en Chajarí (ER), al momento de sufallecimiento para que comparezcan bajo apercibimiento de ley.

La resolución que ordena el presente dice en su parte pertinente:“Chajarí, 28 de diciembre de 2018. Al estar “prima facie” acreditadala legitimación y resultar que el Juzgado es competente, a mérito de

la partida de defunción acompañada, declaro abierto el procesosucesorio “ab intestato” del señor Pedro o Pedro Arbues Acevedoo Acebedo, vecino que fuera de Chajarí, Dpto. Federación (ER).Publíquense edictos por tres días en el Boletín Oficial y en el diario“El Heraldo” de la ciudad de Concordia (ER), citando a todos losque se consideren con derecho a los bienes quedados al falleci-miento del causante, para que en el plazo de treinta días así loacrediten. Mariano Luis Velasco, Juez Civil y Comercial N° 2”.

Chajarí, 3 de diciembre de 2019 – Verónica P. Ramos, secretaria.F.C. 04-00008984 3 v./08/05/2020

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G U A L E G U A Y C H U

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 3, de la ciudad de Gualeguaychú, Ricardo JavierMudrovici, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos caratu-lados “Tellechea Juan Bautista Emilio s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. N° 8018, cita y emplaza por el término de diez (10) días aherederos y acreedores de quien fuera vecino de esta ciudadllamado JUAN BAUTISTA EMILIO TELLECHEA, Documento Nacio-nal Identidad N° 5.879.277, fallecido el día 17 de setiembre de 2019,en Gualeguaychú. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 21 de febrero de 2020 – Gabriela Castel, secreta-ria supl.

F.C. 04-00008993 3 v./11/05/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° 3 de la ciudad de Gualeguaychú, Ricardo JavierMudrovici, Secretaría N° 3 de quien suscribe, en los autos caratu-lados “Tapia Juan Carlos s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. N° 8037,cita y emplaza por el término de diez (10) días a herederos yacreedores de quien fuera vecino de esta ciudad llamado JUANCARLOS TAPIA, DNI N°5.886.319, fallecido el día 23 de noviembrede 2019, en Gualeguaychú. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 12 de marzo de 2020 – Gabriela Castel, secretariasupl.

F.C. 04-00008998 3 v./12/05/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº 2 de la ciudad de Gualeguaychú, Marcelo J. Arnolfi,Secretaría Nº 2 de quien suscribe, en los autos caratulados “Echan-di Juan José s/ Sucesorio ab intestato”, Expte. Nº 12227, cita yemplaza por el término de diez (10) días a herederos y acreedoresde quien fuera vecino de esta ciudad llamado JUAN JOSE ECHAN-DI, M.I. 8.509.886, fallecido el día 17 de diciembre de 2017, enGualeguaychú. Publíquese por tres días.

Gualeguaychú, 30 de diciembre de 2019 - Sofía De Zan, secreta-ria.

F.C. 04-00009008 3 v./12/05/2020— — —

L A P A Z

El Sr. Dr. Diego Rodríguez del Juzgado de Primera Instancia enlo Civil, Comercial y Laboral N° 1 de La Paz (ER), Secretaría únicade quien suscribe, en los autos caratulados “Cosentino Juan Nico-medes y Michelli Bernardina Melitona s/ Sucesorio ab intestato”,Expte. N° 5755, cita y emplaza a todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por los causantes don JUAN NICO-MEDES COSENTINO, DNI N° 5.906.243, vecino que fuere de laciudad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, fallecido en fecha25/08/2008 en la ciudad de La Paz, Provincia de Entre Ríos y doñaBERNARDINA MELITONA MICHELLI, DNI N° 2.361.940, vecinaque fuere de la ciudad de La Paz, Provincia de Entre Ríos, fallecidaen fecha 29/11/2015 en la ciudad de La Paz, Provincia de EntreRíos, para que o acrediten dentro del término de treinta días.Publíquese por un día.

La Paz, 10 de marzo de 2020 – María Virginia Latini, secretaria.F.C. 04-00009002 1 v./08/05/2020

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C . D E L U R U G U A Y

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial N° Uno de la ciudad de Concepción del Uruguay, Dr.Mariano Morahan, Secretaría única de quien suscribe, en los autoscaratulados “Sacks Polonia y Kloster Catalina s/ Sucesorio abintestato”, Expte. N° 8557, folio 109, año 2019, cita y emplaza porel término de treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos losque se consideren con derecho a los bienes dejados por la causanteseñora POLONIA SACKS, argentina, DNI N° 5.374.407, mayor deedad, hija de Adan y/o Adam Sacks y Catalina Kloster y/o Closter,vecina que fuera de la ciudad de Paraná, Dpto. Paran{a, fallecidaen la misma ciudad el día 23 de junio de 1990, y por la causante

Paraná, viernes 8 de mayo de 2020 BOLETIN OFICIAL 13

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señora CATALINA KLOSTER y/o CLOSTER, argentina, DNI N°5.023.629, mayor de edad, hija de Matías Kloster y de Teresa Sack,vecina que fuera de la localidad de Santa Anita, Dpto. Uruguay,fallecida en la misma localidad el día 5 de octubre de 1996, para queen igual plazo lo acrediten.

La resolución que ordena el presente en su parte pertinente diceasí: “Concepción del Uruguay, 17 de febrero de 2020…. Publíquenseedictos por una vez en el Boletín Oficial, y atento a lo solicitado, portres (3) días en un medio radial local, citando a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por las causantes paraque en el término de treinta días lo acrediten, Art. 2340 del CCC (Ley26.994). … Fdo. Dr. Mariano Morahan, Juez”.

C. del Uruguay, 5 de marzo de 2020 – Fabián José Alú, secretariosupl.

F.C. 04-00008999 1 v./08/05/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº Uno de la ciudad de Concepción del Uruguay Dr.Mariano Morahan, Secretaría única de quien suscribe, en los autoscaratulados “Becker Alejandro y Mohr Elvira s/ Sucesorio ab intesta-to” Expte. Nº 8543, Folio 108, Año 2019, cita y emplaza por el términode treinta (30) días a herederos, acreedores y a todos los que seconsideren con derecho a los bienes dejados por los causantes señorALEJANDRO BECKER, argentino, D.N.I. Nº 1.905.201, fallecido enfecha 3 de febrero de 1988 en la localidad de Santa Anita, hijo deSantiago Becker y Elisa Werbach; y señora ELVIRA MOHR, argenti-na, D.N.I. Nº5.068.767, fallecida en fecha 7 de febrero de 1995 en lalocalidad de Santa Anita, hija de Francisco Mohr y Margarita Saip;ambos vecinos que fueran de la localidad de Santa Anita Departa-mento Uruguay, para que en igual plazo lo acrediten.-

La resolución que ordena el presente en su parte pertinente diceasí: “Concepción del Uruguay, 14 de junio de 2019.- ... Publíquenseedictos por una vez en el Boletín Oficial, y por tres (3) días porradiodifusión en una emisora local, citando a todos los que se consi-deren con derecho a los bienes dejados por los causantes para queen el término de treinta días lo acrediten, Art. 2340 del C.C.C. (Ley26.994).- ... Fdo. Dr. Mariano Morahan, Juez”.-

C. del Uruguay, 30 de julio de 2019 – Fabián José Alú, secretariosupl.

F.C. 04-00009000 1 v./08/05/2020— — —

El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil yComercial Nº Dos de la ciudad de Concepción del Uruguay Dr.Gustavo Amílcar Vales, Secretaría única de quien suscribe, en losautos caratulados “Andraschnik Luisa y Starodub Miguel Américo s/Sucesorio ab intestato” Expte. Nº 9335, Folio 264, Año 2019, cita yemplaza por el término de treinta (30) días a herederos, acreedoresy a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados porel causante señor MIGUEL AMÉRICO STARODUB, argentino, D.N.I.Nº 5.799.147, hijo del señor Miguel Starodub y de la señora Herme-negilda Riello, vecino que fuera de la ciudad de Basavilbaso Depar-tamento Uruguay, fallecido en la localidad de San Antonio, Departa-mento Gualeguaychú, el día 10 de agosto de 2019, para que en igualplazo lo acrediten.-

La resolución que ordena el presente en su parte pertinente diceasí: “Concepción del Uruguay, 30 de diciembre de 2019. ... Publí-quense edictos comunicando la apertura del proceso sucesorio porun día en el Boletín Oficial y por tres días en un medio local, citandoa todos los herederos, acreedores y todos los que se consideren conderecho a los bienes dejados por el causante para que en el términode treinta días lo acrediten (Art. 2340 CCC).- ... Fdo. Gustavo AmílcarVales, Juez”.-

C. del Uruguay, 26 de febrero de 2020 – Marcos Pedro Chichi,secretario.

F.C. 04-00009001 1 v./08/05/2020

LICITACIONES

P A R A N A

GOBIERNO DE ENTRE RIOSUNIDAD CENTRAL DE CONTRATACIONES

Licitación Pública N° 04/20OBJETO: contratar el serv ic io de tras lado aéreo del señor

Gobernador y/o func ionar ios que se designen, por un total de11.000 k i lómetros durante un período de doce (12) meses.

DESTINO: Gobernac ión.A PERTURA : Un i d ad C en t r a l d e C o n t r a t ac i o n es , e l d ía

26/05/2020 a las 09.00 horas.VENTA DE PLIEGOS: en Paraná, Entre Ríos, Unidad Central de

Contrataciones, Vic tor ia N° 263, en Capital Federal , Casa deEntre Ríos, Suipacha N° 842.

CONSULTA: www.entrer ios.gov.ar /contratac iones.VALOR DEL PLIEGO: pesos dos mi l ($ 2.000).Paraná, 27 de abr i l de 2020 – Pedro A. González Solano,

director general UCC; Romina G. Berenguer, Jefe Dpto. L ic i -tac iones Públ icas UCC.

F. 05-00000386 3 v./08/05/2020

ASAMBLEAS

P A R A N A

PAPELERA ENTRE RIOS S.A.Convocatoria Asamblea Ordinaria

Convócase a Asamblea Ord inar ia para el día miércoles 13 demayo de 2020 a las 11:00 hs., en la sede social de cal leAyacucho N° 3047 (frente al campo de golf del Club At lét icoEstudiantes) de la ciudad de Paraná, Prov inc ia de Entre Ríos,a f in de considerar los documentos que prescr ibe la Ley deSociedades Comerc iales, conforme el s iguiente orden del d ía:

1 - Designación de dos acc ion is tas para f i rmar el acta deasamblea, juntamente con el pres idente y el secretar io deld irector io .

2 - Consideración de la memoria, estado de si tuación patr i -monial , estado de resul tados, estado de evoluc ión del patr i -monio neto, estado de f lu jo de efect ivo , notas a los estadoscontables, anexos de invers iones, bienes de uso, prev is iones,de costo de bienes vendidos, de in formación sobre rubros degastos y su apl icación, el inventar io y el informe del síndico,correspondiente al Ejerc ic io Económico N° 59 inic iado el 01de enero de 2019 y f inal izado el 31 de dic iembre de 2019.

3 - Considerac ión del resul tado del ejerc ic io, de los resu l ta-dos acumulados provenientes del ejerc ic io anter ior , y dest inode los mismos.

4 - Considerac ión de la gest ión de los señores Directores,Gerente y Síndico durante el Ejerc ic io N° 59 inic iado el 01 deenero de 2019 y cerrado al 31/12/2019.

5 - Fi jación de remunerac iones a Directores con func ionestécnico-admin ist rat ivas durante el Ejerc ic io N°59 (Art . 261, 4°párrafo de la Ley de Sociedades Comerciales).

6 - Determinac ión de los honorar ios al Director io y Sínd ico(Art . 261 y 292 de la Ley de Sociedades Comerc iales).

7. Fi jación del número de directores y su designac ión porun año.

8 - Designac ión por un año de Síndico Titu lar y de Sínd icoSuplente.

NOTA: Se recuerda a los señores acc ionis tas que, paraas is t i r a la Asamblea deberán comunicar por escr i to a laSociedad (con antelación no menor a tres días de la real iza-c ión de la Asamblea) su intención de concurr i r a la mismapara ser inscr iptos en el l ib ro de as istenc ia.

El Director io.-F.C. 04-00008978 5 v./08/05/2020

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F E D E R A C I O N

CITRICOLA CHAJARI SAConvocatoria Asamblea Ordinaria

Convócase a Asamblea General Ordinar ia de Accionistas de“ Ci tr ícola Chajar í S.A.” para el día martes veint iséis (26) demayo de 2020, a las 9.00 horas en pr imera convocator ia y alas 10 Hs. en segunda convocator ia en caso de que en lapr imera c i tación no hubiera quórum, a celebrarse en sedesocial en Ki lómetro 532, Ex Ruta Nacional 14, Ej ido de laciudad de Chajar í, Entre Ríos, para tratar el s iguiente ordendel d ía:

1 - Elecc ión de dos accionis tas para f i rmar el acta.2 - Tratamiento del ejerc ic io Nº 53 cerrado el 31 de marzo de

2015: I) Consideración de la memoria y balance, estado deresul tados y demás documentac ión contable del Art . 234 in-c iso 1 de la Ley General de Sociedades; II) Tratamiento de lagest ión del d i rector io; III) Resolución sobre el resul tado delejerc ic io; IV) Remunerac ión del d irector io.

3 - Tratamiento del ejerc ic io Nº 54 cerrado el 31 de marzo de

14 BOLETIN OFICIAL Paraná, viernes 8 de mayo de 2020

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2016: I) Consideración de la memoria y balance, estado de resultadosy demás documentación contable del Art. 234 inciso 1 de la Ley deSociedades; II) Tratamiento de la gestión del directorio; III) Resolu-ción sobre el resultado del ejercicio; IV) Remuneración del directorio.

4 - Tratamiento del ejercicio Nº 55 cerrado el 31 de marzo de 2017:I) Consideración de la memoria y balance, estado de resultados ydemás documentación contable del Art. 234 inciso 1 de la Ley deSociedades; II) Tratamiento de la gestión del directorio; III) Resolu-ción sobre el resultado del ejercicio; IV) Remuneración del directorio.

5 - Tratamiento del ejercicio Nº 56 cerrado el 31 de marzo de 2018:I) Consideración de la memoria y balance, estado de resultados ydemás documentación contable del Art. 234 inciso 1 de la Ley deSociedades; II) Tratamiento de la gestión del directorio; III) Resolu-ción sobre el resultado del ejercicio; IV) Remuneración del directorio.

6 - Tratamiento del ejercicio Nº 57 cerrado el 31 de marzo de 2019:I) Consideración de la memoria y balance, estado de resultados ydemás documentación contable del Art. 234 inciso 1 de la Ley deSociedades; II) Tratamiento de la gestión del directorio; III) Resolu-ción sobre el resultado del ejercicio; IV) Remuneración del directorio.

7 - Consideración de las razones por las que la asamblea para tratarlos ejercicios descriptos en los puntos 2, 3, 4, 5 y 6 fue convocadafuera de término.

8 - Elección de miembros titulares y suplentes del directorio, pordos ejercicios.

Los socios deberán comunicar su asistencia con no menos de tres(3) días hábiles de anticipación al de la fecha fijada. (Art. 238 Ley deSociedades).

En caso de que a la fecha de la celebración estuviera vigente elaislamiento social obligatorio, la asamblea se llevará a cabo medianteplataforma electrónica que permitirá el acceso de manera simultáneacon audio e imagen y por el procedimiento que se informará en lasede social.

Chajarí, 4 de mayo de 2020. La comisión directiva.F.C. 04-00008989 5 v./13/05/2020

TRANSFERENCIAS

P A R A N A

Edicto Ley N° 11.867Transferenc ia de fondo de comerc io por reorganizac ión empre-

sar ia.- Aporte de capi tal soc ial de Gustavo Leonardo Jesús Sal i -nas para la const i tución de “ S.A.Y.L. S.A.” , en los términos de laLey N° 11.867, Art . 44 Ley 19.550.- Clase de negocio : construc-c ión; ubicación: Paraná; aportante fondo de comerc io: GustavoLeonardo Jesús Sal inas, CUIT Nº 20-36208602-8; Soc iedad Anó-nima const i tu ida con causa en la transferenc ia de fondo decomercio de Gustavo Leonardo Jesús Sal inas: “ S.A.Y.L. S.A.” ,qu ien será cesionar ia del fondo específ ico de comerc io de Gus-tavo Leonardo Jesús Sal inas pactado en el acuerdo de transfe-rencia prev io del 4/05/2020, y tendrá su domic i l io social en cal leCorr ientes Nº 293, Piso 4º “ A” de la ciudad de Paraná; acc ion is tasque suscr ib irán e integraran el capi tal social de “ S.A.Y.L. S.A.” :Gustavo Leonardo Jesús Sal inas, CUIT Nº 20-36208602-8; Alber-to Daniel Sal inas, CUIL Nº 20-20421120-6; f i jac ión lugar de opo-sic iones: cal le Córdoba Nº 538, Piso 5º “ A” de la c iudad deParaná.

F.C. 04-00008985 5 v./12/05/2020

DESIGNACION DE ADMINISTRADORES

C . D E L U R U G U A Y

RUAL SASPor reso luc ión del Sr. Di rector de la Direcc ión de Personas

Juríd icas, se ha dispuesto publ icar por un día en el Bolet ínOf ic ial de la Prov inc ia de Entre Ríos el s igu iente ed ic to:

Acta N°1. Se reúnen en su sede soc ial de la ciudad de Concep-ción del Uruguay, Provinc ia de Entre Ríos, los soc ios de RUALSAS, señores Alvarez Renzo Joel, DNI N° 30.902.987 y RuizLuciano Emanuel , DNI N° 29.598.298, para tratar el s iguienteorden:

1 – Fi jar la sede social de Rual SAS.2 – Designar los administradores t i tu lares y suplentes.Con respecto a los temas tratados resuelven por unanimidad:1 – Fi jar la sede social de RUAL SAS en el domic i l io de cal le

Artus i N°489, de la ciudad de Concepción del Uruguay, Prov in-c ia de Entre Ríos.

2 – Designar como admin is tradores t i tu lares al señor AlvarezRenzo Joel, DNI N°30.902.987 y al señor Ruiz Luciano Emanuel,DNI N° 29.598.298, des ignar como administrador sup lente aBaxter Desiree Vanesa, DNI N° 31.027.607, quienes expresa-mente aceptan el cargo en este momento y manif iestan, concarácter de declaración jurada, que no les comprenden lasproh ib ic iones e incompat ib i l idades de ley.

Renzo Joel Alvarez, socio administrador; Luciano EmanuelRuiz, socio adminis trador.

F.C. 04-00009003 1 v./08/05/2020

CONTRATOS

C . D E L U R U G U A Y

RUAL SASPor resolución del Sr. Di rector de la Dirección de Personas

Juríd icas, se ha dispuesto publ icar por un día en el Bolet ínOf ic ial de la Provinc ia de Entre Ríos el s igu iente ed icto:

Const i tuc ión de fecha: 1 de octubre de 2019.Socios: 1) Alvarez Renzo Joel, DNI N° 30.902.987, CUIT N°

23-30902987-9, nac ido el d ía 27 de agosto de 1984, estado civ i lso l tero, nacional idad argent ina, sexo mascul ino, de profes ióncomerciante, con domici l io real en cal le Artusi N° 439, de laciudad de Concepción del Uruguay, Departamento Uruguay, dela Prov incia de Entre Ríos, por derecho prop io. 2) Ruiz LucianoEmanuel, DNI N° 29.598.298, CUIT N° 20.29598298-6, nacido eldía 17 de noviembre de 1982, estado c iv i l so l tero , nacional idadargent ina, sexo mascul ino, de profesión comerciante, con do-mici l io real en cal le Mit re N° 181, de la c iudad de Concepcióndel Uruguay, Departamento Uruguay, de la Provincial de EntreRíos, por derecho propio.

Denominac ión: RUAL SAS.Domic i l io : en la ciudad de Concepción del Uruguay, Prov inc ia

de Entre Ríos, Repúbl ica Argent ina.Durac ión: 99 años contados desde la fecha del inst rumento

const i tut ivo .Objeto soc ial : la sociedad t iene por ob jeto real izar por cuenta

prop ia y/o de terceros, o asoc iadas a terceros en el país o enel extranjero, las s iguientes act iv idades:

A) Vig i lanc ia y protecc ión de bienes, establecimientos, espec-táculos, certámenes o convenciones en precios públ icos opr ivados, edi f ic ios res idenc iales, ed i f ic ios no residenciales.

B) Venta, ins talac ión y mantenimiento de aparatos, d ispos i t i -vos y s is temas de segur idad.

C) Limpieza y mantenimiento de áreas verdes, lavado, des in-fección y mantenimiento en general de carácter técnico e in-dustr ial de buque, rodados, de edif ic ios part icu lares, consor-c ios, of ic inas, p lantas industr iales, estaciones de ómnibus,aeropuertos, aeroparques, aeroclubes, puertos.

D) Inmobi l iar ia: La soc iedad t iene por objeto real izar porcuenta propia y /o de terceros, o asoc iadas a terceros en el país,las s igu ientes act iv idades: real izar compra, venta y permuta,explo tac ión, arrendamientos, subarrendamientos y adminis tra-c ión de bienes inmuebles, urbanos y/o rurales.

E) Publ ic idad: la soc iedad comercial izara publ ic idad por me-dios electrónicos, espacios estát icos, onl ine o por medios im-presos.

F) Guardería náut ica: arrendamiento, subarrendamiento , re-facción y admin ist rac ión de inmuebles dest inados o relaciona-dos con la act iv idad náut ica, t ransformación, reparac ión, man-ten imiento de embarcac iones, compra, venta de sus motores,ins trumental , equipos y accesor ios, pud iendo constru ir , habi -l i tar , operar y /o alqui ler las instalac iones apropiadas. A talesf ines, la sociedad t iene plena capacidad jur íd ica para adquir i rderechos y contraer ob l igac iones, con las l im itaciones impues-tas por las leyes y el presente estatuto.

Capital : El capi tal soc ial es de pesos c ien mil ($ 100.000).Fiscal izac ión: la sociedad presc inde del órgano de f iscal iza-

c ión.Cierre ejerc ic io soc ial : 31 de dic iembre.Renzo Joel Alvarez, socio administrador; Luciano Emanuel

Ruiz, socio adminis trador.F.C. 04-00009004 1 v./08/05/2020

Paraná, viernes 8 de mayo de 2020 BOLETIN OFICIAL 15

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DECRETOSGobernación

Año 2020616

Ministerio de Salud254, 268, 275, 308, 309, 310, 311, 312

RESOLUCIONESMinisterio de Salud

Año 2018573, 574, 575, 576, 577, 578, 579, 580, 581, 582, 583, 584, 585, 586, 587, 588, 589, 590, 591, 592, 593, 594, 595, 596, 597, 598, 599, 600, 601, 602, 603, 604, 605, 606, 607, 608, 609, 610, 611, 612, 613, 614, 615, 616, 617, 618, 619, 620, 621Arq. D. Raúl Marcelo

Richard