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NOTICIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL - EDICIÓN DIGITAL - AÑO 3/setiembre 2017-N° 46 Boletín informativo digital IPS le recuerda ¿cómo y dónde?, presentar su reposo El proceso de Gestión de Reposos se genera desde el momento en que el médico emite una constancia de reposo, provenientes de centros sanitarios públicos o privados. Dependiendo del tipo de certificado, el IPS cuenta con las localidades y los pasos correspondientes. REPOSO POR MATERNIDAD expedido en el IPS o por médicos particulares: deberán presentarse en la Oficina de la Sección Salud Laboral (Paí Pérez y Pettirossi) de 7:15 a 13:00 horas. Si el REPOSO POR ENFERMEDAD fue expedido en: El Hospital Central , debe presentarlo en el Departamento de Gestión Médica Laboral (Junta Médica) Dr. Manuel Peña esq. Odriozola. Los reposos expedidos en hospitales regionales, uni- dades sanitarias y puestos del interior del país o en las clínicas periféricas y del área central , disponibles para la recep- ción de reposos, serán registrados den- tro del sistema, en el mismo centro médico donde se expidió el reposo. Certificado de reposos por enfermedad expedidos por médicos particulares y extensiones de reposo por accidente: deberán presentarse en la Oficina de la Sección Salud Laboral (Paí Pérez y Pettirossi). Si el REPOSO FUE EXPEDIDO POR UN CEN- TRO MÉDICO PRIVADO: la visación del certificado debe realizarse en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social- Dpto. Registro de Visaciones – Planta baja – sobre las calles Brasil y Pettirossi. Comunicación de ACCIDENTE DE TRABAJO Y REPOSO POR ACCIDENTE (primera vez): Departamento de Gestión Médica Laboral (Junta Médica) Dr. Manuel Peña esq. Odriozola. En caso de que el trámite no pueda ser realizado por el solicitante, la presentación del reposo puede ser gestionado por un familiar, con autorización simple por escrito y fotocopia de Cédula del asegurado y familiar. Lo que todo asegurado debe conocer... REPOSOS DE ACCIDEN- TE EXPEDIDOS EN EL INTERIOR DEL PAÍS O EN CENTROS MÉDI- COS EXTERNOS El trámite de presentación de Comunicación de Reposo por Accidente de Trabajo, también puede realizarse en las Oficinas de Aporte Obrero Patronal más cercana en el interior del país. Las documentaciones posteriormen- te serán remitidas al Departamento de Gestión Médica Laboral (Asunción) para dictaminar al respecto. Luego del ingreso del reposo, podrá dar seguimiento del estado de la solicitud en: Vía telefónica: Call Center 0800-11-5000 o al 219-3000 - Opción 4 (Consulta de reposo, expe- dientes y lugares de cobro) (021) 2197600 - Op- ción 3 Servicios Web: http://www.ips.gov.py, ingresando su número de Cédula de Identidad y datos del ex- pediente. Acudiendo personalmente en Planta Baja del edi- ficio Boquerón, dependencia Gestión de Reposos (Avenida Pettirossi y Pa’i Pérez). FUENTE: MANUAL DEL ASEGURADO 2017 IMAGEN: INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL

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NOTICIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL - EDICIÓN DIGITAL - AÑO 3/setiembre 2017-N° 46

Boletín informativo digital

IPS le recuerda ¿cómo y dónde?, presentar su reposoEl proceso de Gestión de Reposos se genera desde el momento en que el médico emite una constancia de reposo, provenientes de centros sanitarios públicos o privados. Dependiendo del tipo de certificado, el IPS cuenta con las localidades y los pasos correspondientes.

REPOSO POR MATERNIDAD expedido en el IPS o por médicos particulares: deberán presentarse en la Oficina de la Sección Salud Laboral (Paí Pérez y Pettirossi) de 7:15 a 13:00 horas.

Si el REPOSO POR ENFERMEDAD fue expedido en: El Hospital Central, debe presentarlo en el Departamento de Gestión Médica Laboral (Junta Médica) Dr. Manuel Peña esq. Odriozola.

Los reposos expedidos en hospitales regionales, uni-dades sanitarias y puestos del interior del país o en las clínicas periféricas y del área central, disponibles para la recep-ción de reposos, serán registrados den-tro del sistema, en el mismo centro médico donde se expidió el reposo.

Certificado de reposos por enfermedad expedidos por médicos particulares y extensiones de reposo por accidente: deberán presentarse en la Oficina de la Sección Salud Laboral (Paí Pérez y Pettirossi).

Si el REPOSO FUE EXPEDIDO POR UN CEN-TRO MÉDICO PRIVADO: la visación del certificado

debe realizarse en el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social- Dpto. Registro de Visaciones – Planta baja – sobre

las calles Brasil y Pettirossi.

Comunicación de ACCIDENTE DE TRABAJO Y REPOSO POR

ACCIDENTE (primera vez): Departamento de Gestión

Médica Laboral (Junta Médica) Dr. Manuel Peña

esq. Odriozola.

En caso de que el trámite no pueda ser realizado por el solicitante, la presentación del reposo puede ser gestionado por un familiar, con autorización simple por escrito y fotocopia de Cédula del asegurado y familiar.

Lo que todo asegurado debe conocer...

REPOSOS DE ACCIDEN-TE EXPEDIDOS EN EL

INTERIOR DEL PAÍS O EN CENTROS MÉDI-

COS EXTERNOSEl trámite de presentación de Comunicación de Reposo por Accidente de Trabajo, también

puede realizarse en las Oficinas de Aporte Obrero Patronal

más cercana en el interior del país.Las documentaciones posteriormen-

te serán remitidas al Departamento de Gestión Médica Laboral (Asunción)

para dictaminar al respecto.

Luego del ingreso del reposo, podrá dar seguimiento del estado de la solicitud en: Vía telefónica: Call Center 0800-11-5000 o al 219-3000 - Opción 4 (Consulta de reposo, expe-

dientes y lugares de cobro) (021) 2197600 - Op-ción 3Servicios Web: http://www.ips.gov.py, ingresando su número de Cédula de Identidad y datos del ex-

pediente.Acudiendo personalmente en Planta Baja del edi-ficio Boquerón, dependencia Gestión de Reposos (Avenida Pettirossi y Pa’i Pérez).

FUENTE: MANUAL DEL ASEGURADO 2017

IMAGEN: INSTITUTO DE PREVISIÓN

SOCIAL

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NOTICIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL EDICIÓN DIGITAL - AÑO 3/setiembre 2017-N° 46

Lo que todo asegurado debe conocer... SEGURO DE SALUD

Para los Funcionarios, Contratados y Jubilados del Ministerio Público

Ley 3.515/08 - Régimen especial

Riesgos Cubiertos

Riesgo Enfermedad y Accidente Común

Beneficiarios√ El asegurado titular o la asegurada titular.

√ El/la cónyuge del asegurado o la asegurada, o a falta de los mismos, la concubina o el concubino respec-tivamente, con quien haya vivido en forma pública, estable y singular, du-rante dos años anteriores a la enfer-medad.

√ Los hijos solteros del asegurado hasta que cumplan la mayoría de edad.

√ Los hijos con discapacidad mien-tras dure la discapacidad.

√ Los padres mayores de sesenta años de edad que vivan bajo protec-ción del asegurado.

√ El cónyuge del jubilado o la jubila-da, o a falta de los mismos, la con-cubina o el concubino respectiva-mente, los hijos hasta que cumplan la mayoría de edad y los hijos con discapacidad, mientras dure dicha incapacidad.

Prestaciones√ Atención médico - quirúrgica y den-tal, medicamentos y hospitalización.

√ Provisión de aparatos de Prótesis y ortopedia para asegurados cotizan-tes.

Riesgo Enfermedad y Accidente Laboral

BeneficiarioEl asegurado o la asegurada titular en actividad.

Prestaciones•Atención médico - quirúrgica y dental•Medicamentos• Hospitalización

• Provisión de aparatos de prótesis y ortopedia a los asegurados titulares.Para acceder a los servicios es necesa-rio presentar la Cédula de Identidad.

Este be-neficio no es aplicable

a los Jubilados

Riesgo de MaternidadLas aseguradas recibirán durante el embarazo, parto o puerperio, los beneficios de:√ Atención médico - quirúrgica.√ Medicamentos.

√ Hospitalización.

√ Comprende atención al recién nacido.

Beneficiaria√ La asegurada titular

√ La cónyuge del asegurado titular

√ A falta de cónyuge, la concubina con quien haya vivido en forma pú-blica, estable y singular, durante dos años anteriores

• Jubilaciones y Pensiones.• Subsidios en dinero en caso de enfermedad, accidente común o

laboral y maternidad.• Indemnización por muerte.• Cobertura de gastos fúnebres.

FOTO: INTERNET

Los asegurados de este régimen especial no cuentan con prestaciones económicas:

Subsidios

Porcentaje de aportes

3% Funcionarios y contratados.

9,5% Ex funcionarios

jubilados.

6,5% Ministerio Público

(sobre la remuneración 6,5%).

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NOTICIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL EDICIÓN DIGITAL - AÑO 3/setiembre 2017-N° 46

Lo que todo asegurado debe conocer... SEGURO DE SALUD

Prestación del IPS por accidente laboralEl Departamento de Gestión de Riesgos Laborales, menciona que el Insti-tuto de Previsión Social, otorga beneficio del 75%, en base al promedio de salarios del asegurado.

PRESTACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO

① Atención médico - quirúrgica, dental, farmacéutica y hospita-lización.② Provisión de aparatos de pró-tesis.③ Subsidio en dinero, si se inca-pacita para trabajar más de tres días.④ Pensión, pago mensual ven-cido, en caso de incapacidad permanente total o parcial.

Accidentes de trabajoProtección integral para los trabajadoresEl trabajador/a y su grupo familiar tendrán derecho a las prestaciones del Seguro So-cial, en caso de accidente, desde el primer día de trabajo a partir de la comunicación de entrada.

¿Qué es un accidente de trabajo?Toda lesión orgánica que el/la trabaja-dor/a sufra con ocasión o por consecuen-cia del trabajo que ejecute para su patrón y durante el tiempo que lo realice o debie-ra realizarlo. Dicha lesión ha de ser producida por la acción repentina y violenta de una causa exterior. Art. 40 Ley 1.860/50 IPS.

El accidente de trabajo puede ocu-rrir:√Durante la actividad laboral dentro de la Empresa.√En el trayecto de entrada y salida del tra-bajo en la vía pública.

El Lic. Luis Centurión, jefe de la Sección de Higiene y Seguridad Laboral, indicó que “los acciden-

tes más comunes son aquellos que se producen en motocicletas. En el caso de accidentes, el IPS cubre el 75% del promedio de salarios sobre los cuales cotizó el asegurado, y se realiza en base a los 4 últimos meses aportados, anteriores al accidente”.

“El empleador realiza la comuni-cación y se presenta en la Junta Mé-dica, en el Departamento de Gestión Médica Laboral, que se encuentra frente al Hospital Central, o bien en Salud Laboral, planta baja del Edificio Boquerón. Si el reposo es de un cen-

tro privado, se realiza la transcripción, previa fiscalización en el Ministerio de Salud”, indicó Centurión.

Además, explicó el proceso que se realiza desde el momento del in-cidente para el cobro del reposo co-rrespondiente “Lo primero es el tras-lado al centro asistencial, porque la vida está en primer lugar, luego se verifica si la empresa está al día con los aportes, serían ya los procesos administrativos. Representantes de la empresa hacen el seguimiento para que empiece el proceso para el cobro del reposo. Por Ley, la empresa tam-bién debe comunicar al Ministerio de Trabajo”.

Prestaciones por accidente de trabajo√Atención médico - quirúrgica, dental, farma-céutica y hospitalización.√Provisión de aparatos de prótesis.√Subsidio en dinero, si se incapacita para trabajar más de tres días.√Pensión, pago mensual vencido, en caso de incapacidad permanente total o parcial.

Subsidio en dineroSi el trabajador se incapacita para traba-jar más de tres días, el subsidio se inicia-rá a partir del primer día de incapacidad; durará mientras ésta subsista y hasta por un plazo máximo de 52 (cincuenta y dos) semanas. Se le dará término antes de la expiración del plazo, a partir de la fecha en que el Instituto declare la incapacidad perma-nente.

Será equivalente 75% del promedio de salarios sobre los cuales aportó el trabaja-dor/a en los últimos cuatro meses.En caso de que el accidente ocurra el primer día de trabajoEl cálculo del subsidio se hará sobre el sa-lario imponible.Si el asegurado sólo tuviere cotizaciones que corresponden a menos de 8 (ocho) semanas dentro de los 4 (cuatro) meses, como consecuencia de su iniciación en el trabajo dentro de los 30 (treinta) días an-teriores a la fecha del accidente del traba-jo, se calculará el subsidio sobre el salario imponible.

El trabaja-dor/a debe acudir

al centro médico de IPS más cercano para ser asistido, a fin de

que le emitan el reposo corres-

pondiente.

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NOTICIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL EDICIÓN DIGITAL - AÑO 3/setiembre 2017-N° 46

Trámites para el cobro del subsidio>PLAZO PARA COMUNICAR EL ACCIDENTE LABORAL:

En todos los casos, el Patrón debe rea-lizar la comunicación al IPS dentro de los 8 (ocho) días de ocurrido el accidente. En caso de que exceda este periodo, la Pa-tronal deberá pagar una multa.

Este plazo de 8 días para la presen-tación de la denuncia del accidente, solo será prorrogable en casos de fuer-

za mayor y como tal será considerada la distancia y las dificultades de comu-nicaciones entre el lugar del accidente y las oficinas donde debe entregar la denuncia o comunicación.

Resolución PR/GPE N° 019/16 – Disposición de aplicación temporal y provisoria vigente

Las solicitudes de subsidios por ac-

cidente de trabajo serán procesadas, aunque el empleador no haya comuni-cado el accidente, dentro del plazo de los 8 días.

Cada mes, se comunicará el listado de los empleadores que hayan incurri-do en la infracción OMISIÓN DE IN-FORMAR DATOS a efectos del cálculo de la multa establecida (Gs. 15.000 por cada día de atraso).

Sí el accidente ocurre en:Durante la actividad laboral dentro

de la empresa:√Formulario de Comunicación de accidente de trabajo firmado y sellado por el Empleador o Representante legal de la Empresa.

√Fotocopia de RUC y Cédula de Identidad del Empleador/Re-presentante legal firmante.

√Fotocopia de Cédula de Identidad del asegurado afectado.

√Firma de testigos que presenciaron el accidente si los hubiere con sus respectivas fotocopias de Cédula.

√En caso de necesidad presentar otra documentación que avale la calidad del Empleador o Representante legal firmante. (En caso de no figurar en el RUC).

En el trayecto de entrada y salida del trabajo en la vía pública:

√Presentar el Parte policial que describe el accidente.

√Fotocopia de RUC y Cédula de Identidad del Empleador/Re-presentante legal firmante.

√Fotocopia de Cédula de Identidad del asegurado afectado.

√Firma de testigos que presenciaron el accidente si los hubiere con sus respectivas fotocopias de Cédula.

√En caso de necesidad presentar otra documentación que avale la calidad del Empleador o Representante legal firmante (En caso de no figurar en el RUC).

√Presentar el reposo médico al centro de atención de repo-sos, en la misma dependencia en la cual fue asistido.

√Si el trabajador no puede realizar el trámite, la presenta-ción del reposo puede ser gestionado por un familiar, con autorización simple por escrito y fotocopia de Cédula de Identidad del asegurado y su familiar.

EN CASO DE QUE SEA LA PRIMERA VEZ QUE EL TRABAJADOR/A SE ACCIDENTE:√Se debe presentar en la oficina de la Junta Médica en el Departamento de Gestión Médica Laboral a fin de que un comité de evaluación de Accidente de trabajo, confirme si corresponde o no abonar en dicho concepto. •Dirección: Dr. Peña esq. Dr. Odriozola (al costado del Hospital Central del IPS).

•El trámite también puede realizarse a través de la ofici-na de Aporte Obrero Patronal más cercana en el interior del país.

¿Dónde verificar el estado del expediente?① Luego del ingreso del reposo, podrá dar seguimiento a su solicitud en:② Vía telefónica: (021) 219 7600, 0800 11 5000 (sin costo) o al 219-3000 (desde el celular con costo) - Opción 4 (Consulta de reposo, expedientes y lugares de cobro) lunes a viernes de 07.00 a 12.00 horas.③ Servicios Web: www.ips.gov.py (Ingresando su número de Cédula de Identidad y datos del expediente).④ Planta baja del Edificio Boquerón: SALUD LABORAL (Calle Silvio Pettirossi esq. Pa’i Pérez).⑤ Correo electrónico: [email protected]

¿Dónde presentar el reposo por accidente de trabajo?

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NOTICIAS DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIALEDICIÓN DIGITAL - AÑO 3/setiembre 2017-N° 46

Equipo de trabajo del Informativo del IPSResponsable: Gabinete de Presidencia del IPS

Elaborado por: Oficina de Comunicación Institucional del IPSColaboradores: Oficina de Prensa y Relaciones Públicas

Año 3/2017 - SetiembrePara utilizar el contenido citar la fuente.

OFICINA DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL - EDIFICIO BOQUERÓN PAÍ PÉREZ Y PETTIROSSI - 6TO. PISO (021) 211 180 [email protected]

La Clínica Periférica Campo Vía del Instituto de Previsión Social, el 9 de setiembre

conmemoró su 50° Aniversario de creación. Para el efecto, se realizó un acto en su homenaje, en el predio del centro médico (km. 22 ½ de la Ruta 2, siendo el mismo declarado de interés mu-nicipal por Resolución N° 1.859 - Acta N° 0096.

El IPS como prestadora del seguro social en el país, ha puesto en funcionamiento en el año 1967, siendo Puesto Sani-tario con el objetivo de prestar servicios a los asegurados, y en la actualidad convertida en una Clínica Periférica que brinda ser-vicios de: urgencia, radiología, farmacia y laboratorio las 24 horas. Además atención en con-sultorios como: Pediatría, Clínica Médica, Oftalmología, Trauma-tología, Ginecología, Mastolo-gía, Odontología, Psicología, Medicina Familiar, Ecografía General, Fisioterapia y Nutrición, en los cuatro turnos de 07.00 a 20.00 horas, llegando a un pro-medio de 15.000 atenciones en forma mensual.

También dispone de un Cen-tro de Atención al Ciudadano con apoyo de la Dirección de Aporte Obrero Patronal y la Di-rección de Jubilaciones de la previsional.

Esta Clínica Periférica próxi-mamente será ampliada en in-fraestructura y servicio de inter-nación para adultos y niños, a fin de convertirse en un Hospital Nivel II.

La ciudad cuenta con cerca de 300.000 habitantes lo que determina un importante número de asegurados por las empresas adheridas al Seguro Social del IPS.

50 aniversario de la Clínica Campo Vía IPS

La Clínica Periférica en una imagen (arriba) de 1967, durante su ha-bilitación como puesto sanitario, y el después, en la actualidad se ha convertido en una moderna clínica que presta diversos servicios.

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Dr. Mirrael Optaciano Álvarez Pereira

Edad: 45 añosLugar de nacimien-

to: Asunción Egresado de qué

institución: Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Nacional de AsunciónHijos: 3

Estado Civil: Casado

Especialidad: Urólogo

Rememorando ¿Algo que le

paso durante su carrera?, una

anécdota: Muchísimas... si pasaría a

contar no podríamos avanzar

en el cuestionario.

Comida preferi-

da: La comida típica

paraguaya.

Club de fútbol: Olimpia

Una frase: “La edu-

cación es la base del

progreso”.

Actividad en tiempo libre: la

lectura Qué más le

gustaría realizar (otra actividad): Estudiar y avanzar en los conocimien-

tos.

Un libro: Uno solo... no... mu-chos, más de la

especialidad y del género de novelas

policíacas entre otros.

Este espacio fue creado para que en cada edición, puedan conocer un poco más sobre cada uno de los profesionales, que sirven en la gran familia del IPS.

Director: Clínica Periférica Nanawa