normatividad laboral
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Normatividad laboral
2. Relaciones colectivas de trabajo
Contenido nuclear
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Nombre de la asignatura
Normatividad Laboral
3er. semestre
Clave:
TSU 08142318
LIC 07142318
2. Relaciones colectivas de trabajo
Normatividad laboral
2. Relaciones colectivas de trabajo
Contenido nuclear
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Índice
Presentación 2
Estructura temática 4
Relaciones colectivas 5
Contrato Ley 7
Contrato Colectivo 9
Reglamento Interior 11
Derechos sindicales 15
El derecho de huelga 16
Otros derechos 18
Conclusión de las relaciones colectivas 20
Terminación 22
Suspensión 23
Modificación de nuevas condiciones de trabajo 25
Cierre de contenido nuclear 26
Fuentes de consulta 27
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Presentación
¡Bienvenido (a)!
En la unidad 1 fueron revisados los principios del derecho individual del trabajo a partir de la legislación aplicable, a
continuación, revisarás dichos principios, pero en el ámbito colectivo; es decir, con una afectación a un grupo de
trabajadores que comparten sus intereses y necesidades, prerrogativas y obligaciones, en función de la forma de
contratación celebrada con los patrones.
Como recordarás, el derecho laboral fue una conquista de la revolución mexicana, al considerar a los trabajadores como un
factor real de poder, y pasar así a la creación de una nueva legislación para este tipo de relaciones, dejando el campo del
derecho civil en lo individual, lanzando al mundo jurídico este componente económico en forma de agrupaciones,
asociaciones o sindicatos laborales.
Estudiar las relaciones colectivas en materia de derecho es esencial, ya que pueden llegar a prevalecer a nivel nacional y con
repercusiones en las áreas económicamente estratégicas como lo es actualmente el sector comercial, servicios, energético,
maquilador, entre otros. Por tanto, se abordarán los temas relacionados con contrato colectivo, contrato ley o reglamento
interior.
El estudio de esta unidad también te permitirá comprender a partir de estas contrataciones (contrato colectivo, contrato ley o
reglamento interior), el surgimiento de la denominación de agrupaciones o sindicatos; y los motivos de su importancia en el
ejercicio cotidiano de las empresas, conociendo sus características y los derechos laborales que desde ellos han sido
alcanzados, siento el principal y su mejor arma el derecho de huelga.
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Así es, el derecho de huelga es el más importante, por ser una defensa para los empleados, por su poder modificador o de
extinción de las relaciones que imperan con los patrones, bajo la bandera de la defensa de sus derechos.
En virtud de lo anterior, también verás que la conclusión de las relaciones laborales puede realizarse por modificación,
suspensión o terminación, causales que se pueden actualizar de forma pacífica o controversial, con diversas consecuencias
siendo las definitivas la de la terminación.
¡Adelante!
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Estructura temática
Contrato Ley
Relaciones colectivas Contrato Colectivo
Reglamento Interior
El Derecho de Huelga
Derechos Sindicales
Otros derechos
Terminación
Conclusión de las relaciones colectivas
laborales Suspensión
Modificación
Un
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Relaciones colectivas
Es un buen uso para las empresas de servicios, utilizar contratos colectivos para unificar las prestaciones y obligaciones de
sus empleados, en un tratamiento de equidad hacia ellos, con la siempre pertinente distinción sobre los riesgos que configura
cada posición de los trabajadores dentro de ella en virtud sea de su acción física o toma de decisiones.
Estas formas de contratación reciben diferentes denominaciones, su objetivo común es el de conseguir jurídicamente una
unidad entre sus participantes, su diferencia versa en el tipo de actividad económica que se realice, pues habrá casos en los
que se deben estandarizar las condiciones laborales a nivel nacional y no solamente dentro de una empresa específica, como
por ejemplo, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA), que por cuestiones de diferencia de horarios que maneja en sus
diferentes sedes se encuentra obligada a ya sea pagar horas extras en diferentes horarios o crear turnos que empaten entre
todas las regiones de operatividad.
No obstante, que en beneficio del trabajador estos denominados contratos colectivos, éste siempre deseará más y mejores
prestaciones para lo cual conoce que la unión hace la fuerza y se organizará en asociaciones denominadas sindicatos, de los
que su objetivo principal será el velar por la concretización de los deseos de sus agremiados teniendo como arma principal la
huelga.
Asimismo, y cuando la lucha sindical no alcanza para lograr lo que le ha sido encomendado o el patrón ha caído en una
situación que amerite tal hecho, podrá suspenderse, modificarse o terminarse la relación colectiva laboral, ya sea por común
acuerdo de las partes o bien por decisión judicial
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Para profundizar revisa los siguientes materiales, que te ayudarán a
identificar las diversas agrupaciones laborales reconocidas legalmente y los
tipos de contratos para tener un concepto teórico-práctico, así como
identificar la situación actual de las relaciones colectivas.
Cavazos Flores, B. (2004) 40 lecciones de Derecho laboral,
páginas 227 a 265. Disponible en:
https://dariocuria.files.wordpress.com/2013/01/40-lecciones-de-
derecho-laboral1.pdf
Artículos 354 a 425 de la Ley Federal del Trabajo (2015); visible
en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
La cobertura de la negociación colectiva ha disminuido como
consecuencia de la crisis financiera mundial. Disponible en:
http://www.ilo.org/global/about-the-
ilo/newsroom/news/WCMS_415628/lang--es/index.htm
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Contrato Ley
El contrato ley contratación es selectivo y sus repercusiones a nivel nacional; son aquellos contratos que, por su importancia
son supervisados por la Secretaría del Trabajo y Prevención Social; se vinculan con las áreas económicamente estratégicas,
por lo que esta categoría no es negociable, razón por la que teóricamente se infiere una imposición gubernamental.
Se define como el convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores y varios
patrones o uno o varios sindicatos de patrones, con objeto de establecer las condiciones según
las cuales debe prestarse un trabajo en una rama determinada de la industria y declarado
obligatorio en una o varias entidades federativas en una o varias zonas económicas que
abarquen una o más de dichas entidades, o en todo el territorio nacional. La misma legislación
establece como requisitos para su vigencia los siguientes:
Contrato ley Fuente Pixabay
• Solicitud de la celebración por parte de las dos terceras partes de trabajadores que representen a la rama de
la industria interesada, ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, si se refiere a dos o más Entidades
Federativas o a industrias de jurisdicción federal, o al Gobernador del Estado o Territorio o Jefe de Gobierno
del Distrito Federal, si se trata de industrias de jurisdicción local.
• Publicación de convocatoria en el Diario Oficial de la Federación
• Convención presidida por el Secretario del Trabajo y Previsión Social, o por el Gobernador del Estado o por el
Jefe de Gobierno del Distrito Federal, o por el representante que al efecto designen
Contrato ley
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Para profundizar revisa los siguientes materiales que te ayudarán a identificar la
definición de por contrato ley, las características, diferencias con otros tipos de
contratos y particularidades de este, lo anterior te ayudará a conjugar el
conocimiento adquirido y aplicarlo en el futuro a tu actividad profesional.,
Artículos 404 a 421 de la Ley Federal del Trabajo (2015); visible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
Contratos Laborales en el derecho del Trabajo. Universidad Interamericana
para el desarrollo. Disponible en:
https://mimateriaenlinea.unid.edu.mx/dts_cursos_mdl/lic/DE/CLDT/S02/CL
DT02_Lectura.pdf
En la siguiente liga, verás un ejemplo de contrato ley y observar la convivencia de
este elemento jurídico con otros de su mismo tipo:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5335267&fecha=07/0
3/2014.
• Deberá estar firmado y aprobado por la mayoría de los trabajadores
• Producirá efectos a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, o en el periódico
oficial de la Entidad Federativa
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Contrato Colectivo
Empleado y empleador
Fuente: Periódico Victoria
Este tipo de contratación a diferencia del contrato-ley, tiene como base la negociación entre uno o varios sindicatos con uno o
varios patrones, en lo que refiere a las condiciones laborales que deberán de regir en la relación que sustentan. Verás que los
alcances de este contrato son de carácter general pero sin que sea necesaria la cobertura nacional de una sola rama del
mercado.
De manera general podemos definir al Contrato
Colectivo de Trabajo como:
El convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de
trabajadores y uno o varios patrones, con la intención de acordar
las condiciones sobre las cuales se deberá desarrollar el trabajo en
una o varias empresas o establecimientos.
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Para profundizar revisa las siguientes ligas que te ayudarán a identificar la definición
de lo que se entiende legalmente por contrato colectivo, las características, diferencias
con otros tipos de contratos, su relación con la huelga y particularidades del mismo,
de igual manera, el último texto te ayudará a identificar la evolución de un tipo de
contratos con estas características. Lo anterior te ayudará a conjugar el conocimiento
adquirido y aplicarlo en el futuro a tu actividad profesional.,
Artículos 386 a 403 de la Ley Federal del Trabajo (2018); visible en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
El artículo de Carlos Alberto Puig Hernández, titulado ¿Qué ese en
realidad, el contrato colectivo del trabajo? podrás conocer las
semejanzas de la legislación nacional con las de otros países, así
como las diversas denominaciones de este contrato. Disponible e
en https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/3/1090/38.pdf
Los Contratos Colectivos de Trabajo de Protección Patronal en México.
Disponible en: http://library.fes.de/pdf-files/bueros/mexiko/08467.pdf
El contrato colectivo puede celebrarse por tiempo indefinido, por tiempo fijo y para obra determinada. Siempre debe
celebrarse por escrito, bajo la pena de nulidad. Se hará por triplicado para que un ejemplar sea conservado por cada una de
las partes y el tercero se deposite ante la Junta de Conciliación y Arbitraje o en la Junta Federal o Local de Conciliación, la
que después de anotar la fecha y hora de presentación del documento lo remitirá a la junta Federal o Local de Conciliación y
Arbitraje.
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Reglamento Interior
Pacto Fuente: Soyconta.mx
El reglamento interior de trabajo en una empresa o industria es un pacto dado entre los miembros de la misma, única y
exclusivamente aplicable en esa circunscripción, en el que se establecen obligaciones tanto para los patrones como para los
trabajadores con la finalidad de llevar por buen camino el desarrollo de la empresa de la que se trate. Así mismo, es
opcional la aplicación de este instrumento, toda vez que su contenido se encuentra respaldado por la Ley Federal del
Trabajo.
El reglamento nace de un acuerdo entre los patrones y de los trabajadores. Está sujeto al control estatal, a petición de las
partes y su eficacia depende de su depósito ante la autoridad competente. Los alcances de regulación más importantes del
reglamento interior de trabajo, se encuentran referidos en el artículo 423 de la Ley Federal del Trabajo y son:
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• Horas de entrada y salida
de los trabajadores,
• Tiempo destinado para las
comidas y períodos de
reposo durante la jornada
laboral,
• Lugar y tiempo en que
deben comenzar y concluir
las jornadas de trabajo,
• Días y horas fijados para
hacer la limpieza de los
establecimientos,
maquinaria y útiles de
trabajo,
• Días y lugares de pago,
• Normas para el uso de los
asientos o sillas,
• Normas para prevenir los
riesgos de trabajo e
instrucciones para prestar los
primeros auxilios,
• Labores insalubres y
peligrosas que no deban
desempeñar los menores y la
protección que deban tener las
trabajadoras embarazadas
conforme a la propia Ley
Federal del trabajo,
• Tiempo y forma en que los
trabajadores deben someterse
a los exámenes médicos,
previos o periódicos y las
medidas profilácticas que
dicten las autoridades,
• Permisos y licencias,
• Disposiciones disciplinarias y
procedimientos para su
aplicación.
Reglamento interior Fuente Pixabay
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Para profundizar revisa los siguientes materiales, mismos que te ayudarán a identificar la
definición de lo que se entiende legalmente por contrato colectivo, las características,
diferencias con otros tipos de contratos, su relación con la huelga y particularidades del
mismo, lo anterior te ayudará a conjugar el conocimiento adquirido y aplicarlo en el futuro
a tu actividad profesional.,
Artículos 422 a 425 de la Ley Federal del Trabajo (2018); visible en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
Santiago Barajas Montes de Oca intitulado Nuevas Tendencias en el
Reglamento Interior de Trabajo. Visible en:
http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/2/683/5.pdf
En el artículo de Octavio Fabián Loyzaga de la Cueva, intitulado
Reglamento Interior de trabajo. Evolución y esencia. Visible en
http://alegatos.azc.uam.mx/index.php/ra/article/view/277/270 podrás
conocer las semejanzas de la legislación nacional con las de otros
países
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En la siguiente liga, encontrarás un ejemplo de contrato ley y podrás
observar la convivencia de este elemento jurídico con otros de su
mismo tipo:
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5335267&fecha
=07/03/2014.
En las siguientes ligas conocerás ejemplos de contrato colectivo y
reglamento de trabajo, respectivamente.
https://www.gob.mx/cms/uploads/attachment/file/327455/Contrato_C
olectivo_de_Trabajo_2018-_2020.pdf y
http://portal.strm.net/documentos/RIT97_3.pdf
Ahora bien, reflexiona si a una empresa dedica al ecoturismo, en la que cada tipo de empleados (guías, de protección civil,
administrativos y de limpieza) cuenta con su respectivo sindicato, le es obligatorio tener un contrato ley o bien puede optar
por un contrato colectivo de trabajo o, de ser el caso, si le es suficiente con un reglamento interior de trabajo, si dicha
compañía cuenta con presencia en diversas entidades federativas y es considerada una empresa verde.
Revisa el siguiente material, mismo que te ayudará a profundizar en lo que es
un Reglamento Interior de Trabajo:
Reglamento Interior del Trabajo. Visible en
https://www.youtube.com/watch?v=xuly7tsVMr0
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Derechos sindicales
Sindicato
Fuente: blogspot
Has visto en el desarrollo de la presente unidad como las relaciones colectivas cuentan con una representación y con una
organización. En este tema conocerás la manera en que esto es alcanzado, siendo la principal organización los sindicatos, de
los que verás finalidad, conformación y utilidad, así como cuál es su peso en la defensa de los derechos laborales y conquista
de mayores prestaciones teniendo como principal arma la huelga.
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Para profundizar revisa los siguientes materiales para conocer el procedimiento que
debe tener una huelga para ser válida y legal, información que te será útil en tu
formación profesional:
Artículos 440 a 515 de la Ley Federal del Trabajo (2018); visible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
Cavazos Flores, B. (2004) 40 lecciones de Derecho laboral, págs. 227-236. Disponible en: https://dariocuria.files.wordpress.com/2013/01/40-lecciones-de-derecho-laboral1.pdf
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El derecho de huelga
Huelga
Fuente: Encrypted
La huelga es entendida como la suspensión temporal del trabajo llevada a cabo por una
coalición de trabajadores a efecto de mejorar sus condiciones de trabajo o hacerlas cumplir,
sin embargo, como estudiarás no cualquier paro de labores es sinónimo de huelga, ni valido
ni legal, aunque pudiera ser legítimo.
Como los objetivos expresos de la huelga la legislación mexicana (fracción XVIII del apartado
A del artículo 123 de la Constitución, fracción I del artículo 450 de la Ley Federal del Trabajo)
distingue a los siguientes:
a) Conseguir el equilibrio entre los factores de la producción, armonizando los intereses del capital y el
trabajo, disposición consignada.
b) La revisión o cumplimiento del contrato colectivo de trabajo o del contrato-ley.
c) Requerir a la empresa respecto a la participación de utilidades
d) Apoyar otro movimiento huelguístico (huelga solidaria)
e) Exigir la revisión anual de los salarios en los contratos colectivos de trabajo o, en su caso, del
contrato-ley
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En los siguientes videos, observarás cual ha sido el devenir histórico de la huelga.
Huelgas y movimiento obrero. Video Disponible en
https://www.youtube.com/watch?v=KmsQ0m-Q13Q.
Panel de Expertos: La Huelga en la Cultura Laboral de Hoy y el Futuro.
Video disponible en https://www.youtube.com/watch?v=NUQGKzk1RmM
Revisa los siguientes materiales para conocer el procedimiento que debe tener una
huelga para ser válida y legal, información que te será útil en tu formación profesional:
Artículos 440 a 471 Ley Federal del Trabajo (2015); visible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
Cavazos Flores, B. (2004) 40 lecciones de Derecho laboral, páginas 273-
289. Disponible en:
https://dariocuria.files.wordpress.com/2013/01/40-lecciones-de-
derecho-laboral1.pdf
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Otros derechos
Derechos
Fuente: Encrypted
El concepto de otros derechos sindicales representa todas aquellas prestaciones que han alcanzado por conducto del
contrato colectivo del trabajo y que son superiores a las establecidas en la ley, tales como una jornada menor por un sueldo
mayor, dos días de descanso o más superiormente al único día que señala la ley por cada seis días laborados, o más días de
vacaciones y no los 6 al año que se estable en la legislación de la materia. Como revisaste en el tópico de contrato colectivo,
estas surgen a través de la negociación entre las fuerzas del capital y del trabajo de una empresa o conjunto de ellas. Así
mismo, se conoce a los derechos sindicales como una variante de derechos humanos, consistentes en la libertad de
trabajadores y los empleadores de constituir las organizaciones que estimen convenientes, el afiliarse a ellas, el adoptar los
estatutos y reglamentos que consideren convenientes, organizar su administración y agriparse en federaciones y/o
confederaciones. Con la contraprestación por parte del Estado de abstenerse de toda intervención que tienda a limitar este
derecho o a entorpecer el ejercicio legal de los sindicatos y/o disolverlos por la vía administrativa, así como evitar el
menoscabo de estas garantías.
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En el video que a continuación se propone, se explica de un modo ameno los beneficios de la libertad
sindical.
Video La Libertad Sindical: Un derecho fundamental. Visible en https://www.youtube.com/watch?v=kQbfvDfFs-I
Para profundizar revisa los siguientes materiales para conocer sobre por derechos sindicales a nivel
nacional e internacional en su acepción de derechos fundamentales, información que te será útil en tu
formación profesional:
Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación. Organización
Internacional del Trabajo. Visible en
https://www.te.gob.mx/transparencia/media/files/93fe805a63da0e4.pdf
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Respecto a la conclusión pacífica de las relaciones individuales labores, es la denominada
jubilación por edad avanzada o incapacidad permanente, por enfermedad, otro cuando es un
contrato laboral con cláusula de no renovación automática, o bien cuando era por un trabajo
determinado que ya haya sido cubierto, en el caso de los llamados trabajos de temporada. Por
cuanto hace a las maneras controversiales es por cesantía justificada o no, a causa de una
acción u omisión con relación a los derechos y obligaciones que se deben cada una de las
partes.
Por ejemplo…
Conclusión de las relaciones colectivas
Renuncia
Fuente: Encrypted
Es importante conocer las formas de conclusión de las relaciones colectivas de trabajo, previstas en la Ley Federal del
Trabajo, que son la modificación, la terminación o la suspensión; teniendo en cuenta que se señala conclusión en virtud de
que aunque se modifique o suspendan estas interacciones en su reanudación no son las mismas, pues en esos procesos
sufren cambio en sus estructuras fundamentales.
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Contenido nuclear
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En el siguiente material, se detalla en qué consisten las diversas formas de conclusión de las relaciones
laborales.
Rescisión del Trabajador (METVC) https://www.youtube.com/watch?v=zCTTt_42sqo
Lic. Ariel Vega. Terminación de las Relaciones Laborales https://www.youtube.com/watch?v=ZJyTvMUe77k
Para profundizar revisa los siguientes materiales:
Artículos 426 a 449 de la Ley Federal del Trabajo (2015) ; visible en http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
Cavazos Flores, B. (2004) 40 lecciones de Derecho laboral, págs. 267-272.
Disponible en: https://dariocuria.files.wordpress.com/2013/01/40-lecciones-
de-derecho-laboral1.pdf
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Terminación
Despido
Fuente: Sntimp
Es una manera de cesar las relaciones laborales surgidas por un contrato colectivo, en la mayoría de los casos por causas
inimputables a algunas de las partes, por causas fortuitas, en donde no puede lograrse la continuidad de las mismas.
En la semántica de la palabra, o en su sinonimia se encuentra la naturaleza de esta figura jurídica, que se contempla como el
agotamiento de la fuente de trabajo, sea por ser sobre productos irrecobrables o sea por su exagera cuantía o incosteabilidad.
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consecuencia necesaria, inmediata y directa, la suspensión de los
trabajos.
Suspensión
Pausa Fuente:
Profesor web
A fin de que entiendas esta figura, se mencionará como un stand bay o time off, de las
empresas que por causas de fuerza mayor como una sobre producción en el mercado de las
mercancías que desarrolla o la falta de materias primas no puede continuar su operatividad.
Esta forma de terminación se da conforme a lo establecido en el Artículo 427 de la Ley
Federal del Trabajo, se actualiza por:
I. La fuerza mayor o el caso fortuito no imputable al patrón, o su
incapacidad física o mental o su muerte, que produzca como
Bajo esta fracción, se establece el caso, por ejemplo, de los desastres naturales, que afectan sobre todo a las empresas del
sector primario, como pequeños productores dedicados a la agricultura, ganadería o pesca, así mismo en el sector terciario
servicios como los comercios, restaurantes, hoteles y hasta servicios financieros, por la afectación de huracanes o sismos.
De igual modo, refiere, cuando el patrón ya no puede administrar por fallecimiento o incapacidad y mientras la familia o el juez
designan a un administrador decide que, para no afectar el patrimonio formado, sobre todo cuando son empresas
denominadas familiares, se decide que no corran más salarios o consumir más insumos.
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Elementos jurídicos para la suspensión
I. La falta de materia prima, no imputable al patrón; junto con las fracciones IV, V y VI, se refieren a cuando son
productos naturales o de difícil acceso los necesarios para la realización del objeto de la empresa.
II. El exceso de producción con relación a sus condiciones económicas y a las circunstancias del mercado;
Cuando la autoridad establece que existe una sobre producción o la oferta es mayor a la demanda.
III. La incosteabilidad, de naturaleza temporal, notoria y manifiesta de la explotación;
IV. La falta de fondos y la imposibilidad de obtenerlos para la prosecución normal de los trabajos, si se comprueba
plenamente por el patrón; y
V. La falta de ministración por parte del Estado de las cantidades que se haya obligado a entregar a las empresas
con las que hubiese contratado trabajos o servicios, siempre que aquéllas sean indispensables; y
VI. La suspensión de labores o trabajos, que declare la autoridad sanitaria competente, en los casos de contingencia
sanitaria.
Ejemplo de ello lo fue en el 2009, con la declaración de la epidemia de la influenza virus A1H1.
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Modificación de nuevas condiciones de trabajo
Esta manera de conclusión laboral, puedes verla como un giró en la manera de hacer las cosas dentro de la fábrica o
empresa, por así requerirlo, por ejemplo, una empresa de publicidad cuyos dibujantes utilizaban tinta y papel hoy
deben conocer programas especializados como CorellDraw.
A está figura también se le conoce como conflictos de orden económico y que, sin embargo, es resuelta por la Junta de
Conciliación y Arbitraje, toda vez que es esta autoridad quien debe de determinar si existen las condiciones para concluir la
relación conforme a la ley.
Finalmente, observarás que, si bien no es una finalización pacífica de las relaciones colectivas de trabajo, no hay
agente culpable de dicha situación.
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Contenido nuclear
Permite conocer los alcances de los
contratos colectivos
Pone en contexto qué actividades
económicas de la industria turística necesitan de un contrato colectivo.
Identifica qué es un sindicato y cuál es su
finalidad
Cierre de contenido nuclear
Los temas que revisaste te han permitido comprender en materia de Derecho colectivo de trabajo que
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Identifica las formas de conclusión de los contratos colectivos que no son lo mismo
que su terminación.
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Fuentes de consulta
Bibliográficas
Recursos
• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
• Agenda Laboral. (Vigente. México. 2011)
• Cavazos Flores, Baltasar, Baltasar Cavazos Chena, y Guillermo Cavazos Chena. (2010).
• Ley Federal del Trabajo, tematizada y sistematizada. México, Trillas. Cueva, Mario de la. (2005).
• El nuevo derecho mexicano del trabajo: historia, principios fundamentales, derecho individual y trabajos especiales,
20ª ed., México, Porrúa. VVAA. (2010).
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Electrónicas
• Cavazos, B. (2004) 40 lecciones de Derecho laboral, págs. 267-272. Disponible en:
https://dariocuria.files.wordpress.com/2013/01/40-lecciones-de-derecho-laboral1.pdf
• Ley Federal del Trabajo (2015); visible en
http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/125_230421.pdf
Videos
• Rescisión del Trabajador (METVC) https://www.youtube.com/watch?v=zCTTt_42sqo
• Lic. Ariel Vega. Terminación de las Relaciones Laborales https://www.youtube.com/watch?v=ZJyTvMUe77k
• Huelgas y movimiento obrero. Video Disponible en https://www.youtube.com/watch?v=KmsQ0m-Q13Q.
• Panel de Expertos: La Huelga en la Cultura Laboral de Hoy y el Futuro. Video disponible en
https://www.youtube.com/watch?v=NUQGKzk1RmM