normativa sobre promociones y festivos apertura comercial 2015

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Unión de Comerciantes Autónomos de Gijón y Carreño www.comerciodegijon.com www.gijondecompras.es Marqués de San Esteban, 52-entlo. – Aptdo. 194 – 33206 Gijón Horario de oficina: 9 a 13:30 y de 15:30 a 18:30 Tel. 985 341 406 Gijón Diciembre 2014 Reiterando el contenido de circulares anteriores, les recordamos la legislación actual en las siguientes materias: REBAJAS: Las empresas de comercio podrán poner rebajas en cualquier época del año y con cualquier duración. Hay que publicitar en sitio visible la fecha de inicio y final de las rebajas. Los artículos puestos a la venta en rebajas deberán haberse puesto a la venta a precio no rebajado en algún momento. Para anunciar una venta como rebajas el menor precio debe afectar al menos al 50% de los productos puestos a la venta. No pueden ofrecerse en rebajas productos deteriorados y/o obsoletos, éstos se venderán como saldos. Si el precio rebajado es diferente para cada producto debe constar en ellos el precio anterior y el nuevo, si el descuento es un porcentaje igual para un grupo de productos bastará que conste el porcentaje y los artículos rebajados con él estén agrupados para evitar confusiones a los clientes. LIQUIDACION: Las ventas en liquidación siguen siendo aquellas que se produzcan SOLO por estas causas: cese total o parcial de la actividad comercial, cambio de ramo de comercio, modificación sustancial del comercio, cambio de local, obras de importancia y fuerza mayor que impida el trabajo normal ( ej. Inundaciones, incendios…) La realización de estas ventas hay que comunicarlas a la Dirección General de Comercio de Asturias mediante formulario y listado de artículos a vender en liquidación, con 10 días de antelación al inicio. Esta comunicación hay que ponerla visible en el comercio. Esta venta tendrá, en todos los casos, una duración máxima de 1 año. PROMOCIONES: Se pueden comprar productos únicamente para realizar una promoción y por tanto que antes no estuvieran ofrecidos a precio normal. En una misma tienda pueden convivir, una promoción, una venta en rebajas siempre que afecte a más del 50% de la tienda y una venta de saldos, siempre que estén debidamente separadas y no provoquen confusión a la clientela. La información al público de la promoción debe incluir los productos que se promocionan, el precio anterior y el de la promoción, el descuento, la duración y las condiciones de venta. No se pueden vender en promoción artículos deteriorados y/o obsoletos que serán vendidos como saldos. DOMINGOS Y FESTIVOS DE APERTURA COMERCIAL AÑO 2015 ( constan en el Calendario Laboral que se adjunta) 4 de enero 1 de noviembre 2 de abril 6 de diciembre 5 de julio 8 de diciembre 15 de agosto 20 de diciembre 12 de octubre 27 de diciembre CIRCULAR INFORMATIVA

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Page 1: Normativa sobre promociones y festivos apertura comercial 2015

Unión de Comerciantes Autónomos de Gijón y Carreño www.comerciodegijon.com – www.gijondecompras.es

Marqués de San Esteban, 52-entlo. – Aptdo. 194 – 33206 Gijón Horario de oficina: 9 a 13:30 y de 15:30 a 18:30

Tel. 985 341 406

Gijón Diciembre 2014

Reiterando el contenido de circulares anteriores, les recordamos la legislación actual en las siguientes materias:

REBAJAS: • Las empresas de comercio podrán poner rebajas en cualquier época del año y con cualquier

duración.

• Hay que publicitar en sitio visible la fecha de inicio y final de las rebajas.

• Los artículos puestos a la venta en rebajas deberán haberse puesto a la venta a precio no rebajado en algún momento.

• Para anunciar una venta como rebajas el menor precio debe afectar al menos al 50% de los productos puestos a la venta.

• No pueden ofrecerse en rebajas productos deteriorados y/o obsoletos, éstos se venderán como saldos.

• Si el precio rebajado es diferente para cada producto debe constar en ellos el precio anterior y el nuevo, si el descuento es un porcentaje igual para un grupo de productos bastará que conste el porcentaje y los artículos rebajados con él estén agrupados para evitar confusiones a los clientes.

LIQUIDACION: • Las ventas en liquidación siguen siendo aquellas que se produzcan SOLO por estas causas:

cese total o parcial de la actividad comercial, cambio de ramo de comercio, modificación sustancial del comercio, cambio de local, obras de importancia y fuerza mayor que impida el trabajo normal ( ej. Inundaciones, incendios…)

• La realización de estas ventas hay que comunicarlas a la Dirección General de Comercio de Asturias mediante formulario y listado de artículos a vender en liquidación, con 10 días de antelación al inicio.

• Esta comunicación hay que ponerla visible en el comercio.

• Esta venta tendrá, en todos los casos, una duración máxima de 1 año.

PROMOCIONES: • Se pueden comprar productos únicamente para realizar una promoción y por tanto que antes

no estuvieran ofrecidos a precio normal.

• En una misma tienda pueden convivir, una promoción, una venta en rebajas siempre que afecte a más del 50% de la tienda y una venta de saldos, siempre que estén debidamente separadas y no provoquen confusión a la clientela.

• La información al público de la promoción debe incluir los productos que se promocionan, el precio anterior y el de la promoción, el descuento, la duración y las condiciones de venta.

• No se pueden vender en promoción artículos deteriorados y/o obsoletos que serán vendidos como saldos.

DOMINGOS Y FESTIVOS DE APERTURA COMERCIAL AÑO 2015 ( constan en el Calendario Laboral que se adjunta)

4 de enero 1 de noviembre 2 de abril 6 de diciembre 5 de julio 8 de diciembre 15 de agosto 20 de diciembre

12 de octubre 27 de diciembre

CIRCULAR INFORMATIVA