normativa para el uso de entornos virtuales en las …

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1 NORMATIVA PARA EL USO DE ENTORNOS VIRTUALES EN LAS AULAS DEL BICENTENARIO Términos legales y condiciones de funcionamiento de las Aulas del Bicentenario Las aulas virtuales en adelante denominadas “Aulas del Bicentenario”, conforman un entorno institucional de enseñanza virtual cuyo objetivo es acompañar y fortalecer las acciones para la continuidad pedagógica. 1. DEFINICIONES Los siguientes términos definen a las y a los integrantes de las “Aulas del Bicentenario”, y cualquier persona que haga uso de ellas quedará subsumido en alguna de dichas definiciones, a saber: Entorno Virtual: sistema informático que se utiliza con fines educativos y permite la creación, gestión y distribución de estrategias y metodologías de procesos de enseñanza y de aprendizaje mediadas por tecnologías, utilizando un ambiente de Internet, integrando todo material en formato digital junto a las herramientas de comunicación, colaboración y administración educativa. Servicio: Aplicación o servicio en línea provisto a través del Entorno Virtual de Enseñanza “Aulas del Bicentenario”. Aula Virtual: espacios dentro del Entorno Virtual donde docentes y estudiantes conviven virtualmente, intercambian información y contenidos. Usuarios: inspectoras e inspectores, directoras y directores, preceptoras y preceptores, docentes, estudiantes y todo otro integrante del sistema educativo, en donde se justifique la incorporación, y de la administración técnica del Entorno Virtual que posean un nombre de usuario y una contraseña como credencial de acceso al Entorno Virtual.

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NORMATIVA PARA EL USO DE ENTORNOS VIRTUALES EN LAS AULAS

DEL BICENTENARIO

Términos legales y condiciones de funcionamiento de las Aulas del Bicentenario

Las aulas virtuales en adelante denominadas “Aulas del Bicentenario”, conforman un

entorno institucional de enseñanza virtual cuyo objetivo es acompañar y fortalecer las

acciones para la continuidad pedagógica.

1. DEFINICIONES

Los siguientes términos definen a las y a los integrantes de las “Aulas del

Bicentenario”, y cualquier persona que haga uso de ellas quedará subsumido en alguna

de dichas definiciones, a saber:

Entorno Virtual: sistema informático que se utiliza con fines educativos y permite la

creación, gestión y distribución de estrategias y metodologías de procesos de enseñanza

y de aprendizaje mediadas por tecnologías, utilizando un ambiente de Internet,

integrando todo material en formato digital junto a las herramientas de comunicación,

colaboración y administración educativa.

Servicio: Aplicación o servicio en línea provisto a través del Entorno Virtual de

Enseñanza “Aulas del Bicentenario”.

Aula Virtual: espacios dentro del Entorno Virtual donde docentes y estudiantes

conviven virtualmente, intercambian información y contenidos.

Usuarios: inspectoras e inspectores, directoras y directores, preceptoras y preceptores,

docentes, estudiantes y todo otro integrante del sistema educativo, en donde se

justifique la incorporación, y de la administración técnica del Entorno Virtual que

posean un nombre de usuario y una contraseña como credencial de acceso al Entorno

Virtual.

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Roles: es el privilegio y capacidad que cada usuario tiene dentro de un Aula y que

habilitarán o no la posibilidad de administrar los recursos y actividades dentro de la

misma.

Recursos: son los componentes del Aula que permiten publicar información para ser

leída, escuchada, descargable y vista tales como: archivos, carpetas, vínculos, libros,

textos, audios y videos.

Actividades: son los componentes del Aula que permiten realizar un trabajo basado en

los recursos que utilice el docente.

2. CONDICIONES DE USO

Estas condiciones particulares (en adelante, “las condiciones particulares”) regulan el

uso de las aulas virtuales de la Dirección General de Cultura y Educación denominadas

“Aulas del Bicentenario” (en adelante, “el Entorno Virtual”), el cual está integrado por

el Banco de Contenidos (en adelante, “el repositorio”), las Aulas Virtuales (en adelante,

“las Aulas”) y el Sistema de Gestión de Datos (en adelante, “el Sistema”), de propiedad

de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, quien

designa como administrador a la Dirección de Tecnología Educativa (en adelante, el

“Administrador”), en un todo de acuerdo con la normativa vigente.

El uso del Entorno Virtual por parte de un Usuario (en adelante el/los y la/las

“Usuario/s”) indica la aceptación plena, absoluta y sin reservas de las presentes

condiciones particulares de funcionamiento.

El acceso al Entorno Virtual es libre y gratuito. El Usuario en rol de docente, directora,

director, preceptor, preceptora, inspectora e inspector garantiza y declara ser mayor de

18 años y que es capaz de entender y aceptar sin reservas las obligaciones,

afirmaciones, representaciones y derechos establecidos en estas condiciones

particulares. A su vez, declara que ha verificado que los adultos responsables de los

Usuarios en rol de estudiante han dado su conformidad para el uso y participación. Por

su parte, el Administrador deslinda su responsabilidad en el caso de no ser veraz la

información suministrada al respecto.

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3

Los contenidos desarrollados y proporcionados en las Aulas son de exclusiva

responsabilidad de los docentes a cargo del aula virtual de que se trate y de la directora

o del director de la institución educativa, no teniendo la Dirección General de Cultura

y Educación revisión ni control del contenido de manera previa a su desarrollo.

Las presentes condiciones particulares contemplan todo lo relativo a normas de acceso

y registración de Usuarios, privacidad de la información, normas comunitarias y

prohibiciones, términos de uso del Repositorio, el Entorno Virtual, las Aulas, y el

Sistema.

2.1. MODIFICACIONES EN LAS CONDICIONES DE USO

El Administrador podrá modificar en cualquier momento los términos y condiciones

de uso del Entorno Virtual y notificará los cambios a los Usuarios publicando una

versión actualizada de dichos términos y condiciones en el Entorno Virtual.

2.2. DURACIÓN Y TERMINACIÓN

La prestación del servicio del Administrador tiene, en principio, una duración

indefinida. El Administrador, no obstante, está facultado para dar por terminada o

suspender la prestación de servicios del Entorno Virtual en cualquier momento.

Cuando ello sea razonablemente posible, el Administrador advertirá previamente la

terminación o suspensión de la prestación del servicio.

El Usuario que accede e ingresa al Entorno Virtual es parte e integrante del sistema

educativo de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos

Aires y utilizará como credenciales de acceso al Entorno Virtual su número de

Documento Nacional de Identidad y con una contraseña inicial generada por el

Sistema, y siendo esta provista inicialmente por el Administrador para los Usuarios en

rol de docente, preceptor, preceptora, director, directora, inspectora e inspector, y por

la institución educativa para el Usuario en rol de estudiante. En todos los casos la

contraseña debe ser modificada luego del primer ingreso.

El Administrador recabará del Sistema los datos personales necesarios para la creación

y validación de los Usuarios registrados y habilitados para el uso del Entorno Virtual.

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Son fuente de alimentación del Sistema las diversas bases de datos que conforman los

sistemas de información de la Dirección General de Cultura y Educación, tales como

el Sistema Único de Novedades de Agentes (SUNA), el Programa de Designación y

Desempeño, las herramientas Mis Alumnos y Mi Escuela de la Plataforma ABC, Mapa

Escolar y demás sistemas de información administrados por las Subsecretarías de la

Dirección General de Cultura y Educación, a saber, Subsecretaría Administrativa,

Subsecretaría de Educación y Subsecretaria de Planeamiento.

El Usuario en rol docente, directora, director, preceptora, preceptor o inspectora,

inspector, en carácter de titular de los datos, presta su consentimiento para que el

Administrador en carácter de cesionario de datos, de acuerdo a la finalidad establecida

en el Sistema y en las bases de datos que lo conforman, efectúe el tratamiento de sus

datos personales, conforme a las especificaciones que a continuación se detallan:

2.2.1. CAPACIDAD CIVIL PARA ACEPTAR LAS CONDICIONES DE USO

Declaro ser mayor de 18 años, menor emancipado o que poseo permiso legal de mis

padres y/o tutor o tutora y que estoy completamente habilitado y soy capaz para

entender y aceptar sin reservas los derechos y obligaciones establecidas en estas

Condiciones de Uso.

Al aceptar las Condiciones de Uso, presto consentimiento para que, en ocasión del

proceso tecnológico/informático que involucran los Servicios, tenga lugar el

tratamiento de mis datos personales, incluyendo los datos existentes en mi Documento

Nacional de Identidad (incluyendo las huellas digitales y la fotografía del rostro).

3. CLAVE DE ACCESO

El Usuario podrá en todo momento modificar su contraseña, dirección de correo

electrónico, imagen de perfil y demás datos, ingresando con sus credenciales de acceso

al Entorno Virtual. A su vez podrá informar al Administrador toda información que

considere incorrecta para que este intervenga en la modificación, corrección o

supresión de los mismos dentro del Sistema.

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5

La información de acceso es de carácter personal e intransferible. El Usuario será

responsable por todos los cambios efectuados en su cuenta, pues el efectivo acceso al

Entorno Virtual y el uso de las Aulas está restringido por medio del ingreso y uso de la

credencial de acceso de conocimiento exclusivo de cada Usuario.

Es responsabilidad de cada Usuario no divulgar los datos de acceso. El Administrador

está exceptuado de cualquier inconveniente que pudiese generarse por un uso indebido

de los datos de acceso por parte de cada Usuario. En aquellos casos donde el Usuario

tenga una edad menor a 18 años, es responsabilidad de la persona adulta que está a

cargo de su cuidado.

En el supuesto de que se conozca o sospeche que esta información es utilizada por

terceras personas, deberá poner tal circunstancia en conocimiento al Administrador,

por medio del mecanismo de comunicación que este disponga, a la mayor brevedad

posible.

El Usuario se obliga a usar el Entorno Virtual y las Aulas de conformidad con estas

condiciones, en forma correcta y lícita. En caso contrario, el Administrador podrá

suspender el acceso a la cuenta del Usuario, por considerarlo: violatorio de estas

condiciones y/o de la Política de Privacidad, o por ser ofensivo, ilegal, violatorio de

derechos de terceros y/o amenaza la seguridad de otros Usuarios y dar inmediata

intervención a los órganos competentes dentro de la Dirección General de Cultura y

Educación para la evaluación y determinación de acción.

4. ALCANCE DEL ACCESO A LAS AULAS VIRTUALES

El acceso al Entorno Virtual estará limitado a inspectoras e inspectores, directoras y

directores, docentes, preceptoras, preceptores y estudiantes de las instituciones

educativas que estén bajo la órbita de la Dirección General de Cultura y Educación de

la Provincia de Buenos Aires que deseen utilizar el recurso disponible.

Cada uno de ellos tendrá un rol homónimo dentro del Entorno Virtual. El

Administrador podrá incorporar nuevos roles y modificar los existentes notificando los

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cambios a los Usuarios y publicando una versión actualizada de dichos términos y

condiciones en el Entorno Virtual.

A estos efectos, se crearán Aulas para cada turno, división y materia de cada nivel

educativo de cada institución educativa que estén bajo la órbita de la Dirección General

de Cultura y Educación. El acceso a las Aulas estará restringido a los estudiantes que

pertenezcan y sean parte de la materia correspondiente al plan de estudio y nivel

educativo. La edición del Aula estará a cargo de la o del docente a cargo. Los directores,

directoras, preceptores, preceptoras, inspectoras e inspectores podrán solicitar un

acceso al Aula, con previa autorización por parte del docente, pero no podrá participar

ni editar el Aula. Todo aquel otro rol que sea parte del Entorno Virtual no podrá

acceder, ni participar, ni editar el Aula que esté a cargo de un docente y en la que

participen estudiantes.

5. CREACIÓN DE LAS AULAS

Las Aulas en las cuales participan las y los estudiantes serán creadas por el

Administrador tomando la información del Sistema. Bajo ningún punto de vista podrán

incorporarse Aulas en la que participen estudiantes que no estén previamente

registradas y registrados en el Sistema.

Todo proceso de validación, rectificación y calidad de datos se realizará por medio del

Sistema.

Se dispondrá de un espacio denominado Comunidad por medio de la cual podrá, el

Administrador, crear Aulas utilizadas con fines formativos y en la cual podrán ser parte

únicamente Usuarios con rol de inspectoras, inspectores, directoras, directores,

docentes, preceptores y preceptoras. No podrán en estos espacios participar Usuarios

con rol de estudiante.

6. UTILIZACIÓN DE AULAS

El uso de las Aulas sólo podrá efectuarse mediante la condición de Usuario con roles

de inspector/a, director/a, docente, precepetora, preceptor o estudiante.

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Al acceder al Entorno Virtual y a las Aulas se aceptan los principios, bases y

condiciones de uso, sus modificaciones y/o actualizaciones.

Los Usuarios se comprometen a acceder únicamente a las Aulas, recursos y actividades

para los que se les otorga permiso y comunicar al Administrador cualquier incidencia

observada durante la utilización del Entorno Virtual que viole las Condiciones de Uso.

Los Usuarios deberán proceder con cortesía y respeto hacia los demás Usuarios

siguiendo las normas básicas y conforme con el Estatuto y sus normas disciplinarias

vigentes que son normadas por la Dirección General de Cultura y Educación. Para ello,

durante el desarrollo de las actividades en las Aulas deberá crear un ámbito propicio

para el intercambio abierto de información, el debate y la libre circulación de las ideas.

Este espacio, generado a través de todos los canales de comunicación del Entorno

Virtual, estará enmarcado en pautas de intercambio que contemplen: lenguaje cortés,

expresiones apropiadas, respeto por las diferencias socio-culturales de los ámbitos

locales, regionales, nacionales e internacionales, trato no discriminatorio - en relación

a ideologías, etnias, género o credo- ni ofensivo para los Usuarios del Entorno Virtual.

Teniendo en cuenta que el Administrador pretende que las Aulas sean un espacio

virtual confiable y seguro, todos los Usuarios de las Aulas deberán obligarse a usarlas

de conformidad con estas condiciones, en forma correcta y lícita. En caso contrario, el

Administrador podrá suspender la cuenta del Usuario, por considerarlo violatorio de

estas condiciones y/o de la Política de Privacidad, o por ser ofensivo, ilegal, violatorio

de derechos de terceros y/o amenazar la seguridad de otros Usuarios.

7. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Todas las fuentes de información que son utilizadas para la conformación de las Aulas

y el acceso de los Usuarios dentro del Entorno Virtual se obtienen por medio de las

bases de datos que el Sistema utiliza. El Entorno Virtual no tiene bajo ningún propósito

conformar fuentes de información para consultas de datos.

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Todos los procesos y procedimientos de actualización y resguardo de las bases de datos

del Sistema se encuentran a cargo de la Dirección General de Cultura y Educación, que

es quien garantiza las condiciones técnicas de integridad y seguridad que las

disposiciones generales y los principios generales relativos a la protección de datos

demandan.

Todos los Usuarios tienen pleno goce del derecho a la información, acceso,

rectificación, actualización o supresión en relación a los datos, o el tratamiento de los

mismos.

Toda la información que circula dentro del Entorno Virtual se hace a través de un

mecanismo de internet bajo lo que se denomina una conexión segura que brinda

proteger la información que por allí circula.

El Administrador no utiliza ni revela a terceros información individual respecto de sus

visitas al repositorio, descarga de contenidos, uso de las Aulas, publicación de

contenidos o información que pueda proporcionar el Usuario, tal como su nombre,

dirección, correo electrónico o número telefónico.

El Administrador adoptará los niveles de seguridad de protección de los datos

personales legalmente requeridos e instalará todos los medios y medidas técnicas a su

alcance para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los

datos personales facilitados al Administrador.

La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley

N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se formulen con

relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

8. DIVULGACIÓN DE LOS DATOS PERSONALES

El Administrador no proporcionará a terceros los datos personales de los Usuarios, a

menos que sea para cumplir una obligación legal y/o por requerimiento o solicitud

judicial.

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El Administrador puede proporcionar datos personales de Usuarios en casos especiales

cuando esta información pueda servir para identificar, localizar o realizar acciones

legales contra personas que pudiesen infringir las condiciones particulares o causar

daños o interferencia (intencionadamente o no) sobre los derechos o activos del

Administrador y/o de la Dirección General de Cultura y Educación, los demás Usuarios

o de cualquier otra persona que pudiese resultar perjudicada por dichas actividades.

En relación con esta Política de Privacidad rigen las disposiciones de la Ley Nº 25.326

de Protección de Datos Personales y sus normas complementarias y demás normativa

vigente en la República Argentina.

En caso de surgir controversias, el Administrador y el Usuario, con renuncia expresa a

cualquier otro fuero, competencia o jurisdicción, se someten a los Tribunales en lo

Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad de La Plata.

9. CONDICIONES DE USO Y PROHIBICIONES

El Administrador tiene el derecho de revisar y supervisar el cumplimiento de las

Condiciones de Uso del Entorno Virtual sin distinción alguna.

Las Aulas tienen por finalidad la comunicación interactiva, educativa y social, a través

de un Entorno Virtual de Enseñanza en el cual los Usuarios tienen la oportunidad de

acceder a información, experiencias, estudios e intereses en los distintos aspectos

pedagógicos o educativos, así como también contenidos, materiales de estudio,

espacios de interacción con pares, compartiendo el contenido proporcionado sobre esta

base y objeto.

No está permitido la difusión de contenidos visuales o de cualquier índole que

impliquen hechos o actos de violencia, agresiones, conductas autodestructivas, acoso,

lenguaje que incite al odio o a la discriminación, contenidos pornográfico o desnudo

de cualquier persona o cualquier contenido sexual que no sea educativo.

Los Usuarios se comprometen a no usar el Entorno Virtual, sus Aulas, su

infraestructura y servicios para difundir cualquier material que viole la legislación

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nacional o internacional vigente en materia de propiedad intelectual y derechos de

autor. Difundir información o material que pueda perjudicar a otros usuarios de la red

(virus, correo publicitario, cadenas de correo, correos spam, entre otros). Realizar

actividades encaminadas a entorpecer el uso de la red (congestión de enlaces,

denegación de servicios, destrucción de información, violación de la privacidad, entre

otras). Usurpar la personalidad de otro Usuario; simular o falsificar la relación del

Usuario con cualquier otra persona o entidad. Realizar denuncias infundadas o

tendenciosas sobre violaciones de derechos de todo tipo a través de las actividades y

contenidos del Entorno Virtual. Realizar, en general, cualquier acto que viole la

legislación, la moral o las buenas costumbres.

La Dirección General de Cultura y Educación no se responsabiliza por los contenidos

supra descriptos que puedan difundirse en el Entorno Virtual y en las Aulas, siendo

exclusiva responsabilidad de las personas que los difundan o promocionen.

10. PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS CONTENIDOS

La expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos

de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Ley N° 11.723 y sus

modificatorias, así como las marcas, avisos, nombres comerciales, dibujos, diseños,

logotipos, textos, entre otros, que aparecen en el Entorno Virtual, son propiedad de la

Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.

De acuerdo a los alcances de la Ley Nº 11.723 de Propiedad Intelectual, se consideran

protegidos las obras científicas, literarias y artísticas; los escritos de toda naturaleza y

extensión, entre ellos los programas de computación (fuente y objeto); las

compilaciones de datos o de otros materiales; las obras dramáticas, las composiciones

musicales o dramático-musicales; las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas;

las obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia;

los impresos, planos y mapas, fotografías, grabados y fonogramas; toda producción

científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción

(en adelante, los “contenidos”).

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Asimismo, los Usuarios se responsabilizan por el tenor y/o contenidos que se

proporcionan en las Aulas deslindando cualquier tipo de responsabilidad que pudiere

caber por vulneración de derechos de terceros.

El Administrador no es responsable por los daños y/o perjuicios que pudieran generarse

por errores en la información cedida por aquellos.

El Usuario se obliga a usar los contenidos de forma diligente, correcta y lícita y, en

particular, se compromete a abstenerse de utilizar los contenidos con fines o efectos

contrarios a la ley o al orden público.

El Administrador no será responsable por el uso indebido que hagan los Usuarios del

contenido del Entorno Virtual y de sus Aulas. El Usuario es exclusivamente

responsable del uso que haga en el Entorno Virtual.

El Administrador manifiesta que existen obras que se encuentran sujetas al derecho de

autor y a la ley de Propiedad Intelectual y que le pertenecen en forma exclusiva.

El Usuario cede al Administrador gratuitamente el uso no exclusivo, sin limitación

alguna, transferible sobre los derechos de reproducción, distribución, comunicación

pública y transformación que tenga sobre los contenidos que suba en el Entorno Virtual

o que genere utilizando este servicio, con el único alcance y objeto educativo propio

de las Aulas.

El Usuario titular de los derechos sobre las obras subidas a la plataforma continuará

siendo su titular, por lo que la cesión lo es a los únicos efectos que el Administrador

pueda prestar los servicios.

Los contenidos ingresados por los Usuarios dentro de las Aulas podrán ser accedidos,

descargados, compartidos y consultados por cualquier otro Usuario, que sea parte de la

misma, de forma gratuita.

En el caso que la obra subida por el Usuario sea de un tercero, pero divulgada con una

licencia libre, el Usuario se compromete y responsabiliza de que tal licencia permite

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efectivamente el tipo de uso que se hace de la obra a través del servicio prestado por el

Administrador, deslindando todo tipo de responsabilidad para el Administrador.

11. RESPONSABILIDAD POR USO INDEBIDO DEL SERVICIO

El Usuario es responsable en forma personal y excluyente de la posible ilicitud o lesión

de derechos producida por su propia actividad. El Usuario se compromete a utilizar el

servicio conforme a la legislación vigente y a los términos y condiciones enunciados

en el presente.

El Administrador se reserva el derecho a retirar los contenidos difundidos sin

autorización o que sean contrarios a las leyes vigentes.

El Administrador vela por los derechos de los niños, niñas y adolescentes y por el

resguardo de las actividades que se consideran lícitas, no responsabilizándose por las

actividades ilícitas que contraríen las mencionadas normas, en particular las Leyes Nº

11.723, Ley Nº 25.326, Ley Nº 26.061, Ley Nº 26.904, y cualquier otra norma no

mencionada expresamente.

El Administrador no se responsabiliza por los daños y perjuicios de alguna naturaleza

que puedan deberse a la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición,

recepción, obtención o acceso a los contenidos ni por los daños y perjuicios que puedan

deberse al incumplimiento de la ley o actos en contra del orden público.

12. REGLAMENTO Y ADMINISTRACIÓN PARA EL USO DE ENTORNOS

VIRTUALES

ENCUADRE Y FUNDAMENTACIÓN

Ante la emergencia sanitaria y el estado epidemiológico, y atendiendo a la Resolución

del Ministerio de Educación de la Nación N° 82 del 6 de marzo de 2020, en que se

dispusieron distintas recomendaciones y medidas de carácter excepcional y preventivo

en todos los ámbitos educativos; la Resolución 108/20 que aconseja adoptar medidas

transitorias preventivas que se traducen en la recomendación de la suspensión temporal

de las actividades presenciales de enseñanza; y teniendo en cuenta el marco de la Ley

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26206 art. 2, que define a la educación como un bien público, un derecho social y

personal garantizado e irrenunciable para la Nación, provincias y Ciudad Autónoma de

Buenos Aires; es que se hace necesario diseñar e implementar diferentes estrategias de

enseñanza que garanticen la continuidad del ciclo lectivo 2020 a través de las cuales

las y los docentes y las y los estudiantes serán quienes, junto a la tecnología de la

información y la comunicación (TIC), pasarán a tomar un rol protagónico ante esta

situación inédita en la historia de la educación.

Es en este escenario que la provincia de Buenos Aires estableció el Aislamiento Social,

Preventivo y Obligatorio (ASPO) como medida sanitaria de resguardo ante la pandemia

del COVID-19, dando lugar a la suspensión de las clases presenciales, provocando la

inmediata puesta en marcha del Plan de Continuidad Pedagógica provincial establecido

en la resolución N° 554/2020 de la DGCyE a través de diferentes acciones como la

entrega de material impreso y el despliegue de diversas estrategias pedagógicas

institucionales que permitieron el acercamiento entre las y los docentes y las y los

estudiantes y sus familias mediante el uso de tecnología digital.

En esta línea de articulación se conforma el proyecto de Aulas del Bicentenario,

mediante el cual se busca generar aulas virtuales de modo tal que, de manera

progresiva, todo el sistema educativo de la provincia de Buenos Aires se vea espejado

en la virtualidad. Para ello, desde la DGCyE se implementó un Entorno Virtual de

Enseñanza que posibilitará que las y los estudiantes se puedan seguir encontrando

mediante estos espacios con sus docentes; que las y los directivos puedan visitar estas

aulas como lo hacen cuando recorren las escuelas acompañando a las y los docentes en

sus clases; y que las inspectoras e inspectores de enseñanza pueden visitar a sus

directivos y analizar, en forma conjunta, datos de interés pedagógico.

Este entorno se debe planificar y corresponder con el encuadre estatutario y normativo

vigente para que no se vulneren los derechos de las y los docentes ni de las y los

estudiantes y que al mismo tiempo pueda valerse de acuerdos institucionales que

conlleven a un trabajo colaborativo, inclusivo e integral que garantice derechos de

continuidad y progresión de aprendizajes ante situaciones que pongan en riesgo la

permanencia de las y los estudiantes en las aulas bonaerenses.

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Ante lo expresado es que la educación a distancia mediada por la virtualidad se

convierte en una opción pedagógica y didáctica donde la relación docente-estudiante

se encuentra separada en el tiempo y/o espacio. Esta relación puede darse por diferentes

lapsos de tiempos y debe enmarcarse en una estrategia pedagógica integral que

implique utilizar soportes materiales y recursos tecnológicos diseñados especialmente

para que las y los estudiantes puedan alcanzar los objetivos de la propuesta educativa

diagramada y dar continuidad al proceso de enseñanza y aprendizaje.

Este conjunto de estrategias está pensado en el marco del Aislamiento Social y

Preventivo Obligatorio, pero al mismo tiempo para ser utilizada también como

complemento de las clases presenciales. Si bien resulta un desafío (por las variables de

distinto orden que intervienen) pensarla de manera sincrónica, puede plantearse en

términos de “sincronía didáctica”, es decir, que las propuestas tengan un tiempo de

intercambio que, si bien no siempre será simultáneo, serán acorde para las lógicas de

la enseñanza y del aprendizaje. Una variable “asincrónica” de la sincronía que,

sosteniendo la dinámica necesaria para el desarrollo de las propuestas didácticas, dé un

margen de acceso que contemple distintas situaciones y contingencias.

Teniendo en cuenta la posibilidad de implementar institucionalmente el uso de aulas

virtuales como una opción pedagógica y didáctica, es que la provincia de Buenos Aires

pone de manifiesto la necesidad de brindar orientaciones para el desarrollo de las

prácticas de educación a distancia mediadas por la virtualidad, entendiendo que las

mismas no reemplazarán a la educación presencial en la escuela.

En este marco la Dirección General de Cultura y Educación pondrá a disposición de

las y los docentes una herramienta de dominio propio, la que garantizará el resguardo

de la identidad y de la información. A partir de la vigencia de las Aulas del

Bicentenario, la DGCyE como institución, no podrá responder ante los problemas

surgidos en el uso de otras plataformas.

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CONSIDERACIONES GENERALES

1. El tiempo y espacio de trabajo: Organización

Participar en un entorno virtual requiere que cada una/o de las y los participantes

intenten disponer de un espacio de trabajo y le asignen un tiempo al mismo, teniendo

en cuenta su rol: Inspectora, Inspector, Directora, Director, Docente, Preceptora,

Preceptor, Estudiante, Familia.

En la cotidianeidad de la escuela estos aspectos están garantizados por la organización

institucional. En tanto, en el ámbito familiar, el tiempo y el espacio, se pueden ver

alterados por la dinámica del hogar y por lo tanto se deben contemplar alternativas para

evitar interferencias en la comunicación o en el proceso de enseñanza y de aprendizaje.

La virtualidad conlleva a establecer acuerdos en los tiempos de participación, que

respeten las realidades de los integrantes del grupo y tiempos en que cada alumno se

enfrenta sólo al proceso de aprendizaje. En este sentido las y los docentes deben

anticipar la necesidad y gestionar la accesibilidad a los recursos de apoyo y consulta,

para que las y los estudiantes puedan resolver las situaciones planteadas.

A partir de lo dicho se ofrecen las siguientes consideraciones a tener en cuenta, desde

una perspectiva de derecho, cuidado y preservación de la intimidad de las personas:

A - Inspectora e Inspector y Equipo Directivo:

● Observar y respetar la carga horaria y situaciones laborales docentes en relación

al tiempo de respuesta requerido en sus demandas.

● Respetar horarios de docentes, estudiantes y familias para el envío de

requerimientos y notificaciones.

● Ofrecer alternativas de solución para flexibilizar los tiempos de intercambio

cuando se presenten dificultades desde cualquiera de las partes.

● Preservar y resguardar en la sincronía aspectos de su privacidad como así

también todo lo inherente a la comunicación en sus diferentes formas (oral,

escrita, visual).

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● Hacer acuerdos con docentes y estudiantes y sus familias respecto de los

tiempos para el cumplimiento de sus obligaciones.

● Recibir respuestas a sus demandas en tiempos prudenciales de modo de

garantizar la continuidad pedagógica y el trabajo institucional.

● Silenciar y pausar los medios de comunicación con estudiantes y docentes fuera

de los horarios escolares, durante los fines de semana y en días feriados.

● Recibir, en todo momento, un trato trato cordial y respetuoso de parte de los

demás integrantes del espacio.

B- Docente:

● Cumplir con las demandas de las y los estudiantes y del equipo directivo, acorde

a su tiempo de trabajo.

● Responder en horario laboral a los requerimientos de estudiantes y directivos

en el marco de sus responsabilidades laborales.

● Ofrecer propuestas concretas y factibles en las que sus estudiantes puedan

desplegar diferentes estrategias en el proceso del aprendizaje.

● Acordar e informar a los estudiantes con la debida anticipación, día y horario

teniendo en cuenta la participación sincrónica y asincrónica, considerando la

asistencia virtual, la accesibilidad de los recursos, la recepción y su posterior

devolución.

● Preservar y resguardar en la sincronía aspectos de su privacidad como así

también todo lo inherente a la comunicación en sus diferentes formas (oral,

escrita, visual).

● Informar a las autoridades sobre alguna situación de vulnerabilidad detectada

desde la sincronía o asincronía que ponga en riesgo a cualquier participante.

● Pautar con estudiantes y equipo directivo el tiempo de trabajo, de acuerdo a su

responsabilidades y carga horaria.

● Silenciar y pausar los medios de comunicación con estudiantes y directivos

fuera de los horarios escolares, durante los fines de semana y en días feriados.

● Organizar su tiempo personal para las devoluciones y retroalimentaciones a los

trabajos de las y los estudiantes y a los requerimientos del equipo directivo, en

Page 17: NORMATIVA PARA EL USO DE ENTORNOS VIRTUALES EN LAS …

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tiempos apropiados para el buen desarrollo de las actividades pedagógicas y

organizativas.

● Resguardar la intimidad de su vivienda y/o espacio personal en las reuniones

sincrónicas en caso de que las hubiera con estudiantes o equipo directivo.

● Elegir el momento de encendido de su cámara web.

● Intervenir de forma constructiva en situaciones de conflicto advertidas en

actividades sincrónicas y asincrónicas que vulneren la intimidad personal de las

personas involucradas en dichas actividades.

● A recibir, en todo momento, un trato trato cordial y respetuoso de parte de los

demás integrantes del espacio.

C - Estudiantes

● Cumplir con las actividades y tareas asignadas en el tiempo previsto.

● Notificar las dificultades en el caso de que el punto anterior no pueda ser

cumplido, y colaborar con sus docentes y/o equipo directivo para lograr

acuerdos de solución.

● Respetar horarios pautados con docentes y equipos directivos para establecer

comunicación y hacer consultas.

● Preservar y resguardar en la sincronía aspectos de su privacidad como así

también todo lo inherente a la comunicación en sus diferentes formas (oral,

escrita, visual).

● Obtener respuestas a sus preguntas y demandas de parte de las y los docentes y

del equipo directivo, en un tiempo acorde a las necesidades de su trayecto

educativo.

● No ser convocados a encuentros ni actividades sincrónicas fuera del horario

escolar, ni durante los fines de semana o días feriados.

● Ser notificados en tiempo y forma sobre las tareas a desarrollar o los cambios

de actividades previstas.

● Recibir, en todo momento, un trato trato cordial y respetuoso de parte de los

demás integrantes del espacio.

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18

D- Familias

● Ofrecer, dentro de sus posibilidades, las mejores condiciones de estudio de las

y los estudiantes durante su horario de trabajo escolar.

● Informar a las autoridades de la escuela acerca de problemas relacionados a la

conectividad o algún aspecto que no permita la entrega de trabajos escolares,

de manera que posibiliten el despliegue de estrategias institucionales de

acompañamiento pedagógico.

● Recibir información sobre la trayectoria escolar de las y los estudiantes cada

vez que lo requieran.

● Recibir información acerca de las pautas de acreditación determinadas por el o

la docente en el marco de acuerdos institucionales.

● Comunicar a la institución imponderables que surjan en el ámbito familiar que

necesitan flexibilizar los tiempos pautados de entrega de trabajos o de

participación.

● A recibir, en todo momento, un trato cordial y respetuoso de parte de los demás

integrantes del espacio.

2. Propuesta pedagógica

La enseñanza en la virtualidad, así como en la presencialidad, requiere pensar y

desarrollar una planificación adaptada a la comunicación a distancia y siempre

enmarcada en la normativa vigente y en los acuerdos institucionales.

Este formato de enseñanza y de aprendizaje, requiere capacitación y actualización

permanente, para que las y los docentes puedan desarrollar propuestas adaptadas al

entorno virtual, que promuevan en las y los estudiantes, la adquisición de habilidades

para resolver con creatividad y autonomía las situaciones presentadas.

El trabajo en la virtualidad requiere el desarrollo de habilidades y competencias propias

de las herramientas tecnológicas que se utilizan, por lo que al momento de pensar la

propuesta se deben tener en cuenta el grado de adquisición de esos saberes y

considerarlos como saberes a enseñar, ante la posibilidad que el grupo así lo requiera.

Page 19: NORMATIVA PARA EL USO DE ENTORNOS VIRTUALES EN LAS …

19

En base a lo anterior se proponen orientaciones para el desarrollo e implementación de

las propuestas de enseñanza dentro del Entorno Virtual de Aprendizaje, teniendo como

base la formación del docente, el respeto por los acuerdos institucionales y las

situaciones.

A partir de lo dicho se ofrecen las siguientes consideraciones a tener en cuenta, desde

una perspectiva de derecho, cuidado y preservación de la intimidad de las personas:

A- Inspectora/or / Equipo Directivo

● Acompañar, asesorar y supervisar la propuesta pedagógica y su pertinencia

con el PEI, al PES y los marcos normativos vigentes.

● Viabilizar instancias de capacitación inter y extra institucional que promuevan

mejoras de las propuestas didácticas en los nuevos entornos.

● Solicitar y recibir información cuantitativa y cualitativa que den cuenta de la

propuesta pedagógica docente y los avances acerca de la implementación de

la misma.

● Intervenir constructivamente, en caso de ser necesario, en la propuesta

pedagógica reorientando a fin de garantizar el cumplimiento del DC y las

normas vigentes emanadas de la DGCyE de la provincia de Buenos Aires.

● Participar de las propuestas e intercambios, anticipando al docente su

intervención.

B- Docente

● Planificar y diseñar propuestas pedagógicas, enmarcadas en el Diseño

Curricular y en el PEI de la institución educativa, utilizando aplicaciones

informáticas/ digitales necesarias para la educación a distancia.

● Promover el desarrollo educativo mediante la combinación de aspectos

pedagógicos, administrativos y tecnológicos; considerando los principios de

calidad, equidad, flexibilidad curricular, innovación pedagógica y

responsabilidad social.

● Proponer actividades que involucren el uso de herramientas digitales, que se

puedan realizar de modo sincrónico o asincrónico, que habilite el recurrir a

diversos recursos que enriquezcan la enseñanza y el aprendizaje.

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● Diseñar el formato de presentación de las actividades y la posterior devolución

de las mismas potenciando el intercambio con el alumno.

● Seleccionar, compilar y socializar los materiales/recursos que puedan ser de

utilidad para la consulta permanente del alumno.

● Establecer acuerdos de participación más adecuados y oportunos para las

diferentes situaciones que conlleven al uso de propuestas virtuales.

● Realizar el seguimiento cuantitativo y cualitativo acerca de la trayectoria de

cada alumna/o que acompañen sus progresos, detecten necesidades

individuales y permitan acompañar el proceso en la dinámica virtual.

● Capacitarse en el manejo de herramientas virtuales.

● Establecer acuerdos con directivos, profesores/docentes, EOE, preceptores,

Bibliotecarios para intercambiar y enriquecer sus prácticas.

● Solicitar colaboración para el seguimiento de los alumnos a fin de garantizar

la permanencia y continuidad pedagógica de la totalidad de los estudiantes.

● Contar con el acompañamiento y asesoramiento del equipo de conducción.

● Acceder al uso de los dispositivos digitales que posea la Institución Educativa

(de acuerdo a lo establecido en la Resolución 46/20 de firma conjunta por la

Subsecretaría de Educación y la Subsecretaría Administrativa)

● Ser previamente notificado de la participación de un/a miembro/a del equipo

directivo en sus propuestas o del acceso a su aula.

C- Estudiantes:

● Considerar la participación virtual como parte indispensable para el desarrollo

de las propuestas pedagógicas que contribuyan en el proceso de aprendizaje.

● Responder a las demandas del docente acorde a sus circunstancias personales y

posibilidades respetando los tiempos pautados previamente con el docente.

● Informar a la institución sobre las dificultades que le impidieran dar respuesta

a las solicitudes docentes.

● Recibir por parte de sus docentes y la institución una oferta educativa de

calidad, acorde a la enseñanza virtual y sus posibilidades y que trascienda el

simple traslado al formato virtual, de actividades propias de la presencialidad.

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21

● Ser considerado sujeto de derecho a la educación en relación a la adecuación

de las propuestas pedagógicas utilizadas en entornos virtuales.

D- Familias

● Conocer los objetivos de las propuestas pedagógicas y su incumbencia

educativa en el contexto en que se desarrolla.

● Acompañar cada instancia del proceso facilitando el acceso, en las medidas de

las posibilidades, a los recursos necesarios para el cumplimiento de las

consignas solicitadas en cada propuesta.

3. Seguimiento y acompañamiento a la trayectoria escolar

El desafío de la escuela es recuperar la centralidad de la enseñanza. Es por ello que se

debe garantizar que las propuestas dadas en la virtualidad, también promuevan avances

en los conocimientos y contemplen todos los aspectos que aparecen en una

comunicación a distancia.

Todo proceso de enseñanza requiere de un acompañamiento que se retroalimenta, un

seguimiento que recupera aprendizaje y tracciona hacia nuevos saberes, en constantes

avances y retrocesos, que generen interrogantes, despierten curiosidad e incentiven la

búsqueda en el proceso de enseñar y aprender, teniendo en cuenta que no todos

aprenden del mismo modo y al mismo tiempo. Es por ello que las y los docentes deben

estar atentos y activos para que todas y todos los estudiantes estén incluidos y puedan

avanzar en sus trayectorias.

En este sentido, la DGCYE acompaña y garantiza las trayectorias educativas y elabora,

a través de las Direcciones Provinciales de Niveles y Modalidades, circulares,

documentos de apoyo y propuestas de capacitación para que las y los docentes

fortalezcan y continúen profesionalizando su rol.

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A- Inspectora/or / Equipo Directivo

● Garantizar el encuadre de las propuestas de enseñanzas particularmente en el

PEI y, de modo general, en los Documentos Curriculares vigentes y la Ley

Nacional de Educación.

● Facilitar el acceso a documentos de acompañamiento sobre el seguimiento y

evaluación de alumnos en contexto de educación no presencial como así

también a espacios de capacitación al respecto.

● Ofrecer a las y los docentes devoluciones constructivas que sean significativas

respecto a las propuestas de enseñanza y al seguimiento del proceso que

realicen sus estudiantes.

● Observar y analizar la participación de todos los estudiantes en los entornos

virtuales y guiar a los docentes en la planificación de propuestas que incentiven

las capacidades cognitivas y actitudinales.

● Tener acceso a informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la

trayectoria de los estudiantes.

● Participar de la toma de decisiones acerca del seguimiento y evaluación de cada

aula virtual en general y de cada estudiante en particular.

B- Docente

● Proponer una evaluación formativa en relación con los objetivos de aprendizaje

planteados en sus propuestas.

● Explicitar e informar a las y los estudiantes los criterios de evaluación para las

diferentes prácticas.

● Planificar y diseñar instrumentos de evaluación y seguimiento adecuados para

cada situación de aprendizaje.

● Solicitar asesoramiento y recibir devoluciones acerca de sus propuestas

didácticas y trabajos por parte de sus autoridades.

● Ser informados en tiempo y forma cuando una autoridad participe de sus

espacios virtuales u observe sus propuestas y trabajos.

● Observar, evaluar y poner en circulación instrumentos de retroalimentación

como modos de intervención en el proceso de aprendizaje de sus estudiantes.

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23

C- Estudiante

● Responder a las devoluciones del docente revisando, corrigiendo, rehaciendo

aquello que le sea indicado.

● Atender e incorporar la retroalimentación a su proceso de aprendizaje.

● Informar a la/el docente cuando tenga dificultades para comprender o

incorporar las sugerencias/correcciones explicitadas en la retroalimentación.

● Comprometerse con su propio proceso de aprendizaje participando y trabajando

a conciencia en las actividades y tareas propuestas.

● Ser informado en tiempo y forma acerca de los criterios de evaluación que

intervienen en cada propuesta de enseñanza.

● Recibir devoluciones y retroalimentaciones formativas que le permitan revisar,

corregir y rehacer como parte del proceso de aprendizaje.

● Recibir respuestas y orientaciones en la revisión y sistematización de los

contenidos que necesite para transitar su proceso de aprendizaje.

● Que se contemple y se respete su aprendizaje como un derecho en el marco de

la obligatoriedad educativa que dicta la Ley 26206.

D- Familia

● Asistir, responder, comunicarse con la/el docente, el equipo directivo o demás

representantes de la Institución cada vez que así se lo requiera.

● Atender, acompañar, colaborar con la/el estudiante en su trabajo escolar, en

caso de ser requerido.

● Respetar las vías institucionales para informarse acerca del proceso de

evaluación de las/os estudiantes.

● Ser informada respecto de la evolución en el proceso de aprendizaje de las y los

estudiantes.

● Tener garantizados los canales de diálogo con las/os docentes y los equipos

directivos para conversar sobre el aprendizaje de las/os estudiantes.

● Ser orientada en el modo de acompañamiento, en el proceso de enseñanza y

aprendizaje en la virtualidad, a las/os estudiantes en su desempeño en tareas

domiciliarias.

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4. Herramientas virtuales

En la actualidad, gran parte de los ciudadanos poseen, en mayor o menor medida, un

acercamiento a los recursos digitales existentes, desde el uso de una calculadora, la

toma de una foto, un mensaje de texto, un mensaje de audio, una filmación o grabación,

un procesador de texto, una presentación; que se utilizan habitualmente y cuyo manejo

es aprendido de manera formal, intuitiva y/o colaborativa.

El mercado de la industria tecnológica se ha expandido en los últimos años de manera

exponencial, desarrollando infinidad de software y hardware en diferentes

equipamientos que conllevan el uso de licencias privativas. En este sentido la DGCyE

recomienda la utilización de Software Libre, ya que permiten ser usados,

estudiados, modificados y compartidos por las y los participantes de la plataforma,

dentro y fuera de ella, como así también el uso de material con licencias de CopyLeft,

Creative Common o similares, cuyas licencias permiten su uso y/o reutilización.

En la formulación de propuestas pedagógicas, se evidenciará la construcción de

contenidos propios, creativos e innovadores que harán que el saber sea soberano. Esta

construcción debe ser colectiva y colaborativa, no solo de cada institución educativa,

sino también del Estado Provincial. Una muestra de su factibilidad es la Plataforma

“Continuemos Estudiando” que permanentemente es enriquecida por los aportes de

todas y todos los miembros del sistema educativo.

Por lo expresado, se hace necesario que los contenidos/recursos generados y/o

aportados deban ser acordes para el intercambio responsable, respetuoso, solidario,

plural e inclusivo; que los participantes de la plataforma puedan hacer uso de cualquier

software que permita llevar a cabo su tarea y que en el caso de utilizar otro software,

se deben verificar previamente, los derechos de uso y reutilización del contenido de

terceros.

5. Ciudadanía digital y uso responsable de la web

Es importante que tanto los docentes como otros adultos responsables comprendan la

relevancia de estar construyendo una identidad en un espacio virtual y público donde

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cada contenido que se comparta en la virtualidad (audios, publicaciones, fotos, videos,

comentarios) puede ser alcanzado por usuarios que, a su vez, y potencialmente, tienen

la posibilidad de hacer uso de la información.

Respecto a los entornos digitales, es necesario facilitar a las y los estudiantes

herramientas para desarrollar competencias que les permitan ejercer en plenitud sus

derechos como ciudadanos y tomar conciencia de que cualquier maltrato en las redes

es vulnerar este principio. Si bien entendemos que estas situaciones dependen de

muchos actores sociales, en el ámbito de la escuela, los docentes podemos desempeñar

un papel importante para que las y los alumnos puedan distinguir tanto las

oportunidades como los riesgos que se pueden presentar en los ámbitos digitales.

El uso responsable y la participación en Internet, implica que los distintos actores sean

conscientes del impacto de la “huella digital” tanto para sí mismos como para el otro.

Llamamos “huella digital” al conjunto de acciones e interacciones que realizamos en

la web y que, por sus características, pueden quedar registradas de forma permanente.

En la participación e interacción en este entorno, y fuera de él, deben primar el respeto

por el otro, siendo indispensable construir vínculos de convivencia plurales, inclusivos

y solidarios.

Un ciudadano digital responsable deberá conocer los riesgos que implican la

exposición e intercambio de datos y material personal en Internet.

6. Propiedad intelectual

La Provincia de Buenos Aires a través de la DGCyE utilizarán licencias de libre uso

del tipo Copyleft para permitir que las propuestas y el contenido desarrollado en las

Aulas del Bicentenario se compartan y circule libremente.

Las licencias de Copyleft, al igual que las licencias de Copyright, resguardan los

derechos de autor. Pero, a diferencia de estas últimas, las licencias Copyleft se

establecen para permitir que una obra intelectual pueda ser usada y compartida y,

además, conserve estas condiciones.

Como ejemplo algunas licencias establecen que la obra puede utilizarse, pero sin fines

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comerciales. Otras establecen que la obra no puede ser modificada. Pero siempre

propiciando la circulación de conocimiento.

7. Bibliografía:

Leyes marco

Protección de datos personales Nación (Ley 25.326) Posibilidad de solicitar la supresión de información

divulgada sin el consentimiento del ciudadano.

Grooming

Nación (Ley 26.904)

Identidad digital de las personas

CABA (Ley 6128, Art. 6°) Difusión no autorizada de imágenes o grabaciones

íntimas. Hostigamiento digital. Suplantación digital de la identidad.

https://www.copyleft.org ¿Qué es el Copyleft? . Guía y tutorial

https://creativecommons.org/ Descripción y consideraciones generales.