normativa para el uso de entornos virtuales en las …
TRANSCRIPT
1
NORMATIVA PARA EL USO DE ENTORNOS VIRTUALES EN LAS AULAS
DEL BICENTENARIO
Términos legales y condiciones de funcionamiento de las Aulas del Bicentenario
Las aulas virtuales en adelante denominadas “Aulas del Bicentenario”, conforman un
entorno institucional de enseñanza virtual cuyo objetivo es acompañar y fortalecer las
acciones para la continuidad pedagógica.
1. DEFINICIONES
Los siguientes términos definen a las y a los integrantes de las “Aulas del
Bicentenario”, y cualquier persona que haga uso de ellas quedará subsumido en alguna
de dichas definiciones, a saber:
Entorno Virtual: sistema informático que se utiliza con fines educativos y permite la
creación, gestión y distribución de estrategias y metodologías de procesos de enseñanza
y de aprendizaje mediadas por tecnologías, utilizando un ambiente de Internet,
integrando todo material en formato digital junto a las herramientas de comunicación,
colaboración y administración educativa.
Servicio: Aplicación o servicio en línea provisto a través del Entorno Virtual de
Enseñanza “Aulas del Bicentenario”.
Aula Virtual: espacios dentro del Entorno Virtual donde docentes y estudiantes
conviven virtualmente, intercambian información y contenidos.
Usuarios: inspectoras e inspectores, directoras y directores, preceptoras y preceptores,
docentes, estudiantes y todo otro integrante del sistema educativo, en donde se
justifique la incorporación, y de la administración técnica del Entorno Virtual que
posean un nombre de usuario y una contraseña como credencial de acceso al Entorno
Virtual.
2
Roles: es el privilegio y capacidad que cada usuario tiene dentro de un Aula y que
habilitarán o no la posibilidad de administrar los recursos y actividades dentro de la
misma.
Recursos: son los componentes del Aula que permiten publicar información para ser
leída, escuchada, descargable y vista tales como: archivos, carpetas, vínculos, libros,
textos, audios y videos.
Actividades: son los componentes del Aula que permiten realizar un trabajo basado en
los recursos que utilice el docente.
2. CONDICIONES DE USO
Estas condiciones particulares (en adelante, “las condiciones particulares”) regulan el
uso de las aulas virtuales de la Dirección General de Cultura y Educación denominadas
“Aulas del Bicentenario” (en adelante, “el Entorno Virtual”), el cual está integrado por
el Banco de Contenidos (en adelante, “el repositorio”), las Aulas Virtuales (en adelante,
“las Aulas”) y el Sistema de Gestión de Datos (en adelante, “el Sistema”), de propiedad
de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, quien
designa como administrador a la Dirección de Tecnología Educativa (en adelante, el
“Administrador”), en un todo de acuerdo con la normativa vigente.
El uso del Entorno Virtual por parte de un Usuario (en adelante el/los y la/las
“Usuario/s”) indica la aceptación plena, absoluta y sin reservas de las presentes
condiciones particulares de funcionamiento.
El acceso al Entorno Virtual es libre y gratuito. El Usuario en rol de docente, directora,
director, preceptor, preceptora, inspectora e inspector garantiza y declara ser mayor de
18 años y que es capaz de entender y aceptar sin reservas las obligaciones,
afirmaciones, representaciones y derechos establecidos en estas condiciones
particulares. A su vez, declara que ha verificado que los adultos responsables de los
Usuarios en rol de estudiante han dado su conformidad para el uso y participación. Por
su parte, el Administrador deslinda su responsabilidad en el caso de no ser veraz la
información suministrada al respecto.
3
Los contenidos desarrollados y proporcionados en las Aulas son de exclusiva
responsabilidad de los docentes a cargo del aula virtual de que se trate y de la directora
o del director de la institución educativa, no teniendo la Dirección General de Cultura
y Educación revisión ni control del contenido de manera previa a su desarrollo.
Las presentes condiciones particulares contemplan todo lo relativo a normas de acceso
y registración de Usuarios, privacidad de la información, normas comunitarias y
prohibiciones, términos de uso del Repositorio, el Entorno Virtual, las Aulas, y el
Sistema.
2.1. MODIFICACIONES EN LAS CONDICIONES DE USO
El Administrador podrá modificar en cualquier momento los términos y condiciones
de uso del Entorno Virtual y notificará los cambios a los Usuarios publicando una
versión actualizada de dichos términos y condiciones en el Entorno Virtual.
2.2. DURACIÓN Y TERMINACIÓN
La prestación del servicio del Administrador tiene, en principio, una duración
indefinida. El Administrador, no obstante, está facultado para dar por terminada o
suspender la prestación de servicios del Entorno Virtual en cualquier momento.
Cuando ello sea razonablemente posible, el Administrador advertirá previamente la
terminación o suspensión de la prestación del servicio.
El Usuario que accede e ingresa al Entorno Virtual es parte e integrante del sistema
educativo de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos
Aires y utilizará como credenciales de acceso al Entorno Virtual su número de
Documento Nacional de Identidad y con una contraseña inicial generada por el
Sistema, y siendo esta provista inicialmente por el Administrador para los Usuarios en
rol de docente, preceptor, preceptora, director, directora, inspectora e inspector, y por
la institución educativa para el Usuario en rol de estudiante. En todos los casos la
contraseña debe ser modificada luego del primer ingreso.
El Administrador recabará del Sistema los datos personales necesarios para la creación
y validación de los Usuarios registrados y habilitados para el uso del Entorno Virtual.
4
Son fuente de alimentación del Sistema las diversas bases de datos que conforman los
sistemas de información de la Dirección General de Cultura y Educación, tales como
el Sistema Único de Novedades de Agentes (SUNA), el Programa de Designación y
Desempeño, las herramientas Mis Alumnos y Mi Escuela de la Plataforma ABC, Mapa
Escolar y demás sistemas de información administrados por las Subsecretarías de la
Dirección General de Cultura y Educación, a saber, Subsecretaría Administrativa,
Subsecretaría de Educación y Subsecretaria de Planeamiento.
El Usuario en rol docente, directora, director, preceptora, preceptor o inspectora,
inspector, en carácter de titular de los datos, presta su consentimiento para que el
Administrador en carácter de cesionario de datos, de acuerdo a la finalidad establecida
en el Sistema y en las bases de datos que lo conforman, efectúe el tratamiento de sus
datos personales, conforme a las especificaciones que a continuación se detallan:
2.2.1. CAPACIDAD CIVIL PARA ACEPTAR LAS CONDICIONES DE USO
Declaro ser mayor de 18 años, menor emancipado o que poseo permiso legal de mis
padres y/o tutor o tutora y que estoy completamente habilitado y soy capaz para
entender y aceptar sin reservas los derechos y obligaciones establecidas en estas
Condiciones de Uso.
Al aceptar las Condiciones de Uso, presto consentimiento para que, en ocasión del
proceso tecnológico/informático que involucran los Servicios, tenga lugar el
tratamiento de mis datos personales, incluyendo los datos existentes en mi Documento
Nacional de Identidad (incluyendo las huellas digitales y la fotografía del rostro).
3. CLAVE DE ACCESO
El Usuario podrá en todo momento modificar su contraseña, dirección de correo
electrónico, imagen de perfil y demás datos, ingresando con sus credenciales de acceso
al Entorno Virtual. A su vez podrá informar al Administrador toda información que
considere incorrecta para que este intervenga en la modificación, corrección o
supresión de los mismos dentro del Sistema.
5
La información de acceso es de carácter personal e intransferible. El Usuario será
responsable por todos los cambios efectuados en su cuenta, pues el efectivo acceso al
Entorno Virtual y el uso de las Aulas está restringido por medio del ingreso y uso de la
credencial de acceso de conocimiento exclusivo de cada Usuario.
Es responsabilidad de cada Usuario no divulgar los datos de acceso. El Administrador
está exceptuado de cualquier inconveniente que pudiese generarse por un uso indebido
de los datos de acceso por parte de cada Usuario. En aquellos casos donde el Usuario
tenga una edad menor a 18 años, es responsabilidad de la persona adulta que está a
cargo de su cuidado.
En el supuesto de que se conozca o sospeche que esta información es utilizada por
terceras personas, deberá poner tal circunstancia en conocimiento al Administrador,
por medio del mecanismo de comunicación que este disponga, a la mayor brevedad
posible.
El Usuario se obliga a usar el Entorno Virtual y las Aulas de conformidad con estas
condiciones, en forma correcta y lícita. En caso contrario, el Administrador podrá
suspender el acceso a la cuenta del Usuario, por considerarlo: violatorio de estas
condiciones y/o de la Política de Privacidad, o por ser ofensivo, ilegal, violatorio de
derechos de terceros y/o amenaza la seguridad de otros Usuarios y dar inmediata
intervención a los órganos competentes dentro de la Dirección General de Cultura y
Educación para la evaluación y determinación de acción.
4. ALCANCE DEL ACCESO A LAS AULAS VIRTUALES
El acceso al Entorno Virtual estará limitado a inspectoras e inspectores, directoras y
directores, docentes, preceptoras, preceptores y estudiantes de las instituciones
educativas que estén bajo la órbita de la Dirección General de Cultura y Educación de
la Provincia de Buenos Aires que deseen utilizar el recurso disponible.
Cada uno de ellos tendrá un rol homónimo dentro del Entorno Virtual. El
Administrador podrá incorporar nuevos roles y modificar los existentes notificando los
6
cambios a los Usuarios y publicando una versión actualizada de dichos términos y
condiciones en el Entorno Virtual.
A estos efectos, se crearán Aulas para cada turno, división y materia de cada nivel
educativo de cada institución educativa que estén bajo la órbita de la Dirección General
de Cultura y Educación. El acceso a las Aulas estará restringido a los estudiantes que
pertenezcan y sean parte de la materia correspondiente al plan de estudio y nivel
educativo. La edición del Aula estará a cargo de la o del docente a cargo. Los directores,
directoras, preceptores, preceptoras, inspectoras e inspectores podrán solicitar un
acceso al Aula, con previa autorización por parte del docente, pero no podrá participar
ni editar el Aula. Todo aquel otro rol que sea parte del Entorno Virtual no podrá
acceder, ni participar, ni editar el Aula que esté a cargo de un docente y en la que
participen estudiantes.
5. CREACIÓN DE LAS AULAS
Las Aulas en las cuales participan las y los estudiantes serán creadas por el
Administrador tomando la información del Sistema. Bajo ningún punto de vista podrán
incorporarse Aulas en la que participen estudiantes que no estén previamente
registradas y registrados en el Sistema.
Todo proceso de validación, rectificación y calidad de datos se realizará por medio del
Sistema.
Se dispondrá de un espacio denominado Comunidad por medio de la cual podrá, el
Administrador, crear Aulas utilizadas con fines formativos y en la cual podrán ser parte
únicamente Usuarios con rol de inspectoras, inspectores, directoras, directores,
docentes, preceptores y preceptoras. No podrán en estos espacios participar Usuarios
con rol de estudiante.
6. UTILIZACIÓN DE AULAS
El uso de las Aulas sólo podrá efectuarse mediante la condición de Usuario con roles
de inspector/a, director/a, docente, precepetora, preceptor o estudiante.
7
Al acceder al Entorno Virtual y a las Aulas se aceptan los principios, bases y
condiciones de uso, sus modificaciones y/o actualizaciones.
Los Usuarios se comprometen a acceder únicamente a las Aulas, recursos y actividades
para los que se les otorga permiso y comunicar al Administrador cualquier incidencia
observada durante la utilización del Entorno Virtual que viole las Condiciones de Uso.
Los Usuarios deberán proceder con cortesía y respeto hacia los demás Usuarios
siguiendo las normas básicas y conforme con el Estatuto y sus normas disciplinarias
vigentes que son normadas por la Dirección General de Cultura y Educación. Para ello,
durante el desarrollo de las actividades en las Aulas deberá crear un ámbito propicio
para el intercambio abierto de información, el debate y la libre circulación de las ideas.
Este espacio, generado a través de todos los canales de comunicación del Entorno
Virtual, estará enmarcado en pautas de intercambio que contemplen: lenguaje cortés,
expresiones apropiadas, respeto por las diferencias socio-culturales de los ámbitos
locales, regionales, nacionales e internacionales, trato no discriminatorio - en relación
a ideologías, etnias, género o credo- ni ofensivo para los Usuarios del Entorno Virtual.
Teniendo en cuenta que el Administrador pretende que las Aulas sean un espacio
virtual confiable y seguro, todos los Usuarios de las Aulas deberán obligarse a usarlas
de conformidad con estas condiciones, en forma correcta y lícita. En caso contrario, el
Administrador podrá suspender la cuenta del Usuario, por considerarlo violatorio de
estas condiciones y/o de la Política de Privacidad, o por ser ofensivo, ilegal, violatorio
de derechos de terceros y/o amenazar la seguridad de otros Usuarios.
7. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
Todas las fuentes de información que son utilizadas para la conformación de las Aulas
y el acceso de los Usuarios dentro del Entorno Virtual se obtienen por medio de las
bases de datos que el Sistema utiliza. El Entorno Virtual no tiene bajo ningún propósito
conformar fuentes de información para consultas de datos.
8
Todos los procesos y procedimientos de actualización y resguardo de las bases de datos
del Sistema se encuentran a cargo de la Dirección General de Cultura y Educación, que
es quien garantiza las condiciones técnicas de integridad y seguridad que las
disposiciones generales y los principios generales relativos a la protección de datos
demandan.
Todos los Usuarios tienen pleno goce del derecho a la información, acceso,
rectificación, actualización o supresión en relación a los datos, o el tratamiento de los
mismos.
Toda la información que circula dentro del Entorno Virtual se hace a través de un
mecanismo de internet bajo lo que se denomina una conexión segura que brinda
proteger la información que por allí circula.
El Administrador no utiliza ni revela a terceros información individual respecto de sus
visitas al repositorio, descarga de contenidos, uso de las Aulas, publicación de
contenidos o información que pueda proporcionar el Usuario, tal como su nombre,
dirección, correo electrónico o número telefónico.
El Administrador adoptará los niveles de seguridad de protección de los datos
personales legalmente requeridos e instalará todos los medios y medidas técnicas a su
alcance para evitar la pérdida, mal uso, alteración, acceso no autorizado y robo de los
datos personales facilitados al Administrador.
La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley
N° 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se formulen con
relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.
8. DIVULGACIÓN DE LOS DATOS PERSONALES
El Administrador no proporcionará a terceros los datos personales de los Usuarios, a
menos que sea para cumplir una obligación legal y/o por requerimiento o solicitud
judicial.
9
El Administrador puede proporcionar datos personales de Usuarios en casos especiales
cuando esta información pueda servir para identificar, localizar o realizar acciones
legales contra personas que pudiesen infringir las condiciones particulares o causar
daños o interferencia (intencionadamente o no) sobre los derechos o activos del
Administrador y/o de la Dirección General de Cultura y Educación, los demás Usuarios
o de cualquier otra persona que pudiese resultar perjudicada por dichas actividades.
En relación con esta Política de Privacidad rigen las disposiciones de la Ley Nº 25.326
de Protección de Datos Personales y sus normas complementarias y demás normativa
vigente en la República Argentina.
En caso de surgir controversias, el Administrador y el Usuario, con renuncia expresa a
cualquier otro fuero, competencia o jurisdicción, se someten a los Tribunales en lo
Contencioso Administrativo con asiento en la Ciudad de La Plata.
9. CONDICIONES DE USO Y PROHIBICIONES
El Administrador tiene el derecho de revisar y supervisar el cumplimiento de las
Condiciones de Uso del Entorno Virtual sin distinción alguna.
Las Aulas tienen por finalidad la comunicación interactiva, educativa y social, a través
de un Entorno Virtual de Enseñanza en el cual los Usuarios tienen la oportunidad de
acceder a información, experiencias, estudios e intereses en los distintos aspectos
pedagógicos o educativos, así como también contenidos, materiales de estudio,
espacios de interacción con pares, compartiendo el contenido proporcionado sobre esta
base y objeto.
No está permitido la difusión de contenidos visuales o de cualquier índole que
impliquen hechos o actos de violencia, agresiones, conductas autodestructivas, acoso,
lenguaje que incite al odio o a la discriminación, contenidos pornográfico o desnudo
de cualquier persona o cualquier contenido sexual que no sea educativo.
Los Usuarios se comprometen a no usar el Entorno Virtual, sus Aulas, su
infraestructura y servicios para difundir cualquier material que viole la legislación
10
nacional o internacional vigente en materia de propiedad intelectual y derechos de
autor. Difundir información o material que pueda perjudicar a otros usuarios de la red
(virus, correo publicitario, cadenas de correo, correos spam, entre otros). Realizar
actividades encaminadas a entorpecer el uso de la red (congestión de enlaces,
denegación de servicios, destrucción de información, violación de la privacidad, entre
otras). Usurpar la personalidad de otro Usuario; simular o falsificar la relación del
Usuario con cualquier otra persona o entidad. Realizar denuncias infundadas o
tendenciosas sobre violaciones de derechos de todo tipo a través de las actividades y
contenidos del Entorno Virtual. Realizar, en general, cualquier acto que viole la
legislación, la moral o las buenas costumbres.
La Dirección General de Cultura y Educación no se responsabiliza por los contenidos
supra descriptos que puedan difundirse en el Entorno Virtual y en las Aulas, siendo
exclusiva responsabilidad de las personas que los difundan o promocionen.
10. PROPIEDAD INTELECTUAL DE LOS CONTENIDOS
La expresión de ideas, procedimientos, métodos de operación y conceptos matemáticos
de conformidad con lo establecido en el artículo 1º de la Ley N° 11.723 y sus
modificatorias, así como las marcas, avisos, nombres comerciales, dibujos, diseños,
logotipos, textos, entre otros, que aparecen en el Entorno Virtual, son propiedad de la
Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires.
De acuerdo a los alcances de la Ley Nº 11.723 de Propiedad Intelectual, se consideran
protegidos las obras científicas, literarias y artísticas; los escritos de toda naturaleza y
extensión, entre ellos los programas de computación (fuente y objeto); las
compilaciones de datos o de otros materiales; las obras dramáticas, las composiciones
musicales o dramático-musicales; las cinematográficas, coreográficas y pantomímicas;
las obras de dibujo, pintura, escultura, arquitectura; modelos y obras de arte o ciencia;
los impresos, planos y mapas, fotografías, grabados y fonogramas; toda producción
científica, literaria, artística o didáctica sea cual fuere el procedimiento de reproducción
(en adelante, los “contenidos”).
11
Asimismo, los Usuarios se responsabilizan por el tenor y/o contenidos que se
proporcionan en las Aulas deslindando cualquier tipo de responsabilidad que pudiere
caber por vulneración de derechos de terceros.
El Administrador no es responsable por los daños y/o perjuicios que pudieran generarse
por errores en la información cedida por aquellos.
El Usuario se obliga a usar los contenidos de forma diligente, correcta y lícita y, en
particular, se compromete a abstenerse de utilizar los contenidos con fines o efectos
contrarios a la ley o al orden público.
El Administrador no será responsable por el uso indebido que hagan los Usuarios del
contenido del Entorno Virtual y de sus Aulas. El Usuario es exclusivamente
responsable del uso que haga en el Entorno Virtual.
El Administrador manifiesta que existen obras que se encuentran sujetas al derecho de
autor y a la ley de Propiedad Intelectual y que le pertenecen en forma exclusiva.
El Usuario cede al Administrador gratuitamente el uso no exclusivo, sin limitación
alguna, transferible sobre los derechos de reproducción, distribución, comunicación
pública y transformación que tenga sobre los contenidos que suba en el Entorno Virtual
o que genere utilizando este servicio, con el único alcance y objeto educativo propio
de las Aulas.
El Usuario titular de los derechos sobre las obras subidas a la plataforma continuará
siendo su titular, por lo que la cesión lo es a los únicos efectos que el Administrador
pueda prestar los servicios.
Los contenidos ingresados por los Usuarios dentro de las Aulas podrán ser accedidos,
descargados, compartidos y consultados por cualquier otro Usuario, que sea parte de la
misma, de forma gratuita.
En el caso que la obra subida por el Usuario sea de un tercero, pero divulgada con una
licencia libre, el Usuario se compromete y responsabiliza de que tal licencia permite
12
efectivamente el tipo de uso que se hace de la obra a través del servicio prestado por el
Administrador, deslindando todo tipo de responsabilidad para el Administrador.
11. RESPONSABILIDAD POR USO INDEBIDO DEL SERVICIO
El Usuario es responsable en forma personal y excluyente de la posible ilicitud o lesión
de derechos producida por su propia actividad. El Usuario se compromete a utilizar el
servicio conforme a la legislación vigente y a los términos y condiciones enunciados
en el presente.
El Administrador se reserva el derecho a retirar los contenidos difundidos sin
autorización o que sean contrarios a las leyes vigentes.
El Administrador vela por los derechos de los niños, niñas y adolescentes y por el
resguardo de las actividades que se consideran lícitas, no responsabilizándose por las
actividades ilícitas que contraríen las mencionadas normas, en particular las Leyes Nº
11.723, Ley Nº 25.326, Ley Nº 26.061, Ley Nº 26.904, y cualquier otra norma no
mencionada expresamente.
El Administrador no se responsabiliza por los daños y perjuicios de alguna naturaleza
que puedan deberse a la transmisión, difusión, almacenamiento, puesta a disposición,
recepción, obtención o acceso a los contenidos ni por los daños y perjuicios que puedan
deberse al incumplimiento de la ley o actos en contra del orden público.
12. REGLAMENTO Y ADMINISTRACIÓN PARA EL USO DE ENTORNOS
VIRTUALES
ENCUADRE Y FUNDAMENTACIÓN
Ante la emergencia sanitaria y el estado epidemiológico, y atendiendo a la Resolución
del Ministerio de Educación de la Nación N° 82 del 6 de marzo de 2020, en que se
dispusieron distintas recomendaciones y medidas de carácter excepcional y preventivo
en todos los ámbitos educativos; la Resolución 108/20 que aconseja adoptar medidas
transitorias preventivas que se traducen en la recomendación de la suspensión temporal
de las actividades presenciales de enseñanza; y teniendo en cuenta el marco de la Ley
13
26206 art. 2, que define a la educación como un bien público, un derecho social y
personal garantizado e irrenunciable para la Nación, provincias y Ciudad Autónoma de
Buenos Aires; es que se hace necesario diseñar e implementar diferentes estrategias de
enseñanza que garanticen la continuidad del ciclo lectivo 2020 a través de las cuales
las y los docentes y las y los estudiantes serán quienes, junto a la tecnología de la
información y la comunicación (TIC), pasarán a tomar un rol protagónico ante esta
situación inédita en la historia de la educación.
Es en este escenario que la provincia de Buenos Aires estableció el Aislamiento Social,
Preventivo y Obligatorio (ASPO) como medida sanitaria de resguardo ante la pandemia
del COVID-19, dando lugar a la suspensión de las clases presenciales, provocando la
inmediata puesta en marcha del Plan de Continuidad Pedagógica provincial establecido
en la resolución N° 554/2020 de la DGCyE a través de diferentes acciones como la
entrega de material impreso y el despliegue de diversas estrategias pedagógicas
institucionales que permitieron el acercamiento entre las y los docentes y las y los
estudiantes y sus familias mediante el uso de tecnología digital.
En esta línea de articulación se conforma el proyecto de Aulas del Bicentenario,
mediante el cual se busca generar aulas virtuales de modo tal que, de manera
progresiva, todo el sistema educativo de la provincia de Buenos Aires se vea espejado
en la virtualidad. Para ello, desde la DGCyE se implementó un Entorno Virtual de
Enseñanza que posibilitará que las y los estudiantes se puedan seguir encontrando
mediante estos espacios con sus docentes; que las y los directivos puedan visitar estas
aulas como lo hacen cuando recorren las escuelas acompañando a las y los docentes en
sus clases; y que las inspectoras e inspectores de enseñanza pueden visitar a sus
directivos y analizar, en forma conjunta, datos de interés pedagógico.
Este entorno se debe planificar y corresponder con el encuadre estatutario y normativo
vigente para que no se vulneren los derechos de las y los docentes ni de las y los
estudiantes y que al mismo tiempo pueda valerse de acuerdos institucionales que
conlleven a un trabajo colaborativo, inclusivo e integral que garantice derechos de
continuidad y progresión de aprendizajes ante situaciones que pongan en riesgo la
permanencia de las y los estudiantes en las aulas bonaerenses.
14
Ante lo expresado es que la educación a distancia mediada por la virtualidad se
convierte en una opción pedagógica y didáctica donde la relación docente-estudiante
se encuentra separada en el tiempo y/o espacio. Esta relación puede darse por diferentes
lapsos de tiempos y debe enmarcarse en una estrategia pedagógica integral que
implique utilizar soportes materiales y recursos tecnológicos diseñados especialmente
para que las y los estudiantes puedan alcanzar los objetivos de la propuesta educativa
diagramada y dar continuidad al proceso de enseñanza y aprendizaje.
Este conjunto de estrategias está pensado en el marco del Aislamiento Social y
Preventivo Obligatorio, pero al mismo tiempo para ser utilizada también como
complemento de las clases presenciales. Si bien resulta un desafío (por las variables de
distinto orden que intervienen) pensarla de manera sincrónica, puede plantearse en
términos de “sincronía didáctica”, es decir, que las propuestas tengan un tiempo de
intercambio que, si bien no siempre será simultáneo, serán acorde para las lógicas de
la enseñanza y del aprendizaje. Una variable “asincrónica” de la sincronía que,
sosteniendo la dinámica necesaria para el desarrollo de las propuestas didácticas, dé un
margen de acceso que contemple distintas situaciones y contingencias.
Teniendo en cuenta la posibilidad de implementar institucionalmente el uso de aulas
virtuales como una opción pedagógica y didáctica, es que la provincia de Buenos Aires
pone de manifiesto la necesidad de brindar orientaciones para el desarrollo de las
prácticas de educación a distancia mediadas por la virtualidad, entendiendo que las
mismas no reemplazarán a la educación presencial en la escuela.
En este marco la Dirección General de Cultura y Educación pondrá a disposición de
las y los docentes una herramienta de dominio propio, la que garantizará el resguardo
de la identidad y de la información. A partir de la vigencia de las Aulas del
Bicentenario, la DGCyE como institución, no podrá responder ante los problemas
surgidos en el uso de otras plataformas.
15
CONSIDERACIONES GENERALES
1. El tiempo y espacio de trabajo: Organización
Participar en un entorno virtual requiere que cada una/o de las y los participantes
intenten disponer de un espacio de trabajo y le asignen un tiempo al mismo, teniendo
en cuenta su rol: Inspectora, Inspector, Directora, Director, Docente, Preceptora,
Preceptor, Estudiante, Familia.
En la cotidianeidad de la escuela estos aspectos están garantizados por la organización
institucional. En tanto, en el ámbito familiar, el tiempo y el espacio, se pueden ver
alterados por la dinámica del hogar y por lo tanto se deben contemplar alternativas para
evitar interferencias en la comunicación o en el proceso de enseñanza y de aprendizaje.
La virtualidad conlleva a establecer acuerdos en los tiempos de participación, que
respeten las realidades de los integrantes del grupo y tiempos en que cada alumno se
enfrenta sólo al proceso de aprendizaje. En este sentido las y los docentes deben
anticipar la necesidad y gestionar la accesibilidad a los recursos de apoyo y consulta,
para que las y los estudiantes puedan resolver las situaciones planteadas.
A partir de lo dicho se ofrecen las siguientes consideraciones a tener en cuenta, desde
una perspectiva de derecho, cuidado y preservación de la intimidad de las personas:
A - Inspectora e Inspector y Equipo Directivo:
● Observar y respetar la carga horaria y situaciones laborales docentes en relación
al tiempo de respuesta requerido en sus demandas.
● Respetar horarios de docentes, estudiantes y familias para el envío de
requerimientos y notificaciones.
● Ofrecer alternativas de solución para flexibilizar los tiempos de intercambio
cuando se presenten dificultades desde cualquiera de las partes.
● Preservar y resguardar en la sincronía aspectos de su privacidad como así
también todo lo inherente a la comunicación en sus diferentes formas (oral,
escrita, visual).
16
● Hacer acuerdos con docentes y estudiantes y sus familias respecto de los
tiempos para el cumplimiento de sus obligaciones.
● Recibir respuestas a sus demandas en tiempos prudenciales de modo de
garantizar la continuidad pedagógica y el trabajo institucional.
● Silenciar y pausar los medios de comunicación con estudiantes y docentes fuera
de los horarios escolares, durante los fines de semana y en días feriados.
● Recibir, en todo momento, un trato trato cordial y respetuoso de parte de los
demás integrantes del espacio.
B- Docente:
● Cumplir con las demandas de las y los estudiantes y del equipo directivo, acorde
a su tiempo de trabajo.
● Responder en horario laboral a los requerimientos de estudiantes y directivos
en el marco de sus responsabilidades laborales.
● Ofrecer propuestas concretas y factibles en las que sus estudiantes puedan
desplegar diferentes estrategias en el proceso del aprendizaje.
● Acordar e informar a los estudiantes con la debida anticipación, día y horario
teniendo en cuenta la participación sincrónica y asincrónica, considerando la
asistencia virtual, la accesibilidad de los recursos, la recepción y su posterior
devolución.
● Preservar y resguardar en la sincronía aspectos de su privacidad como así
también todo lo inherente a la comunicación en sus diferentes formas (oral,
escrita, visual).
● Informar a las autoridades sobre alguna situación de vulnerabilidad detectada
desde la sincronía o asincronía que ponga en riesgo a cualquier participante.
● Pautar con estudiantes y equipo directivo el tiempo de trabajo, de acuerdo a su
responsabilidades y carga horaria.
● Silenciar y pausar los medios de comunicación con estudiantes y directivos
fuera de los horarios escolares, durante los fines de semana y en días feriados.
● Organizar su tiempo personal para las devoluciones y retroalimentaciones a los
trabajos de las y los estudiantes y a los requerimientos del equipo directivo, en
17
tiempos apropiados para el buen desarrollo de las actividades pedagógicas y
organizativas.
● Resguardar la intimidad de su vivienda y/o espacio personal en las reuniones
sincrónicas en caso de que las hubiera con estudiantes o equipo directivo.
● Elegir el momento de encendido de su cámara web.
● Intervenir de forma constructiva en situaciones de conflicto advertidas en
actividades sincrónicas y asincrónicas que vulneren la intimidad personal de las
personas involucradas en dichas actividades.
● A recibir, en todo momento, un trato trato cordial y respetuoso de parte de los
demás integrantes del espacio.
C - Estudiantes
● Cumplir con las actividades y tareas asignadas en el tiempo previsto.
● Notificar las dificultades en el caso de que el punto anterior no pueda ser
cumplido, y colaborar con sus docentes y/o equipo directivo para lograr
acuerdos de solución.
● Respetar horarios pautados con docentes y equipos directivos para establecer
comunicación y hacer consultas.
● Preservar y resguardar en la sincronía aspectos de su privacidad como así
también todo lo inherente a la comunicación en sus diferentes formas (oral,
escrita, visual).
● Obtener respuestas a sus preguntas y demandas de parte de las y los docentes y
del equipo directivo, en un tiempo acorde a las necesidades de su trayecto
educativo.
● No ser convocados a encuentros ni actividades sincrónicas fuera del horario
escolar, ni durante los fines de semana o días feriados.
● Ser notificados en tiempo y forma sobre las tareas a desarrollar o los cambios
de actividades previstas.
● Recibir, en todo momento, un trato trato cordial y respetuoso de parte de los
demás integrantes del espacio.
18
D- Familias
● Ofrecer, dentro de sus posibilidades, las mejores condiciones de estudio de las
y los estudiantes durante su horario de trabajo escolar.
● Informar a las autoridades de la escuela acerca de problemas relacionados a la
conectividad o algún aspecto que no permita la entrega de trabajos escolares,
de manera que posibiliten el despliegue de estrategias institucionales de
acompañamiento pedagógico.
● Recibir información sobre la trayectoria escolar de las y los estudiantes cada
vez que lo requieran.
● Recibir información acerca de las pautas de acreditación determinadas por el o
la docente en el marco de acuerdos institucionales.
● Comunicar a la institución imponderables que surjan en el ámbito familiar que
necesitan flexibilizar los tiempos pautados de entrega de trabajos o de
participación.
● A recibir, en todo momento, un trato cordial y respetuoso de parte de los demás
integrantes del espacio.
2. Propuesta pedagógica
La enseñanza en la virtualidad, así como en la presencialidad, requiere pensar y
desarrollar una planificación adaptada a la comunicación a distancia y siempre
enmarcada en la normativa vigente y en los acuerdos institucionales.
Este formato de enseñanza y de aprendizaje, requiere capacitación y actualización
permanente, para que las y los docentes puedan desarrollar propuestas adaptadas al
entorno virtual, que promuevan en las y los estudiantes, la adquisición de habilidades
para resolver con creatividad y autonomía las situaciones presentadas.
El trabajo en la virtualidad requiere el desarrollo de habilidades y competencias propias
de las herramientas tecnológicas que se utilizan, por lo que al momento de pensar la
propuesta se deben tener en cuenta el grado de adquisición de esos saberes y
considerarlos como saberes a enseñar, ante la posibilidad que el grupo así lo requiera.
19
En base a lo anterior se proponen orientaciones para el desarrollo e implementación de
las propuestas de enseñanza dentro del Entorno Virtual de Aprendizaje, teniendo como
base la formación del docente, el respeto por los acuerdos institucionales y las
situaciones.
A partir de lo dicho se ofrecen las siguientes consideraciones a tener en cuenta, desde
una perspectiva de derecho, cuidado y preservación de la intimidad de las personas:
A- Inspectora/or / Equipo Directivo
● Acompañar, asesorar y supervisar la propuesta pedagógica y su pertinencia
con el PEI, al PES y los marcos normativos vigentes.
● Viabilizar instancias de capacitación inter y extra institucional que promuevan
mejoras de las propuestas didácticas en los nuevos entornos.
● Solicitar y recibir información cuantitativa y cualitativa que den cuenta de la
propuesta pedagógica docente y los avances acerca de la implementación de
la misma.
● Intervenir constructivamente, en caso de ser necesario, en la propuesta
pedagógica reorientando a fin de garantizar el cumplimiento del DC y las
normas vigentes emanadas de la DGCyE de la provincia de Buenos Aires.
● Participar de las propuestas e intercambios, anticipando al docente su
intervención.
B- Docente
● Planificar y diseñar propuestas pedagógicas, enmarcadas en el Diseño
Curricular y en el PEI de la institución educativa, utilizando aplicaciones
informáticas/ digitales necesarias para la educación a distancia.
● Promover el desarrollo educativo mediante la combinación de aspectos
pedagógicos, administrativos y tecnológicos; considerando los principios de
calidad, equidad, flexibilidad curricular, innovación pedagógica y
responsabilidad social.
● Proponer actividades que involucren el uso de herramientas digitales, que se
puedan realizar de modo sincrónico o asincrónico, que habilite el recurrir a
diversos recursos que enriquezcan la enseñanza y el aprendizaje.
20
● Diseñar el formato de presentación de las actividades y la posterior devolución
de las mismas potenciando el intercambio con el alumno.
● Seleccionar, compilar y socializar los materiales/recursos que puedan ser de
utilidad para la consulta permanente del alumno.
● Establecer acuerdos de participación más adecuados y oportunos para las
diferentes situaciones que conlleven al uso de propuestas virtuales.
● Realizar el seguimiento cuantitativo y cualitativo acerca de la trayectoria de
cada alumna/o que acompañen sus progresos, detecten necesidades
individuales y permitan acompañar el proceso en la dinámica virtual.
● Capacitarse en el manejo de herramientas virtuales.
● Establecer acuerdos con directivos, profesores/docentes, EOE, preceptores,
Bibliotecarios para intercambiar y enriquecer sus prácticas.
● Solicitar colaboración para el seguimiento de los alumnos a fin de garantizar
la permanencia y continuidad pedagógica de la totalidad de los estudiantes.
● Contar con el acompañamiento y asesoramiento del equipo de conducción.
● Acceder al uso de los dispositivos digitales que posea la Institución Educativa
(de acuerdo a lo establecido en la Resolución 46/20 de firma conjunta por la
Subsecretaría de Educación y la Subsecretaría Administrativa)
● Ser previamente notificado de la participación de un/a miembro/a del equipo
directivo en sus propuestas o del acceso a su aula.
C- Estudiantes:
● Considerar la participación virtual como parte indispensable para el desarrollo
de las propuestas pedagógicas que contribuyan en el proceso de aprendizaje.
● Responder a las demandas del docente acorde a sus circunstancias personales y
posibilidades respetando los tiempos pautados previamente con el docente.
● Informar a la institución sobre las dificultades que le impidieran dar respuesta
a las solicitudes docentes.
● Recibir por parte de sus docentes y la institución una oferta educativa de
calidad, acorde a la enseñanza virtual y sus posibilidades y que trascienda el
simple traslado al formato virtual, de actividades propias de la presencialidad.
21
● Ser considerado sujeto de derecho a la educación en relación a la adecuación
de las propuestas pedagógicas utilizadas en entornos virtuales.
D- Familias
● Conocer los objetivos de las propuestas pedagógicas y su incumbencia
educativa en el contexto en que se desarrolla.
● Acompañar cada instancia del proceso facilitando el acceso, en las medidas de
las posibilidades, a los recursos necesarios para el cumplimiento de las
consignas solicitadas en cada propuesta.
3. Seguimiento y acompañamiento a la trayectoria escolar
El desafío de la escuela es recuperar la centralidad de la enseñanza. Es por ello que se
debe garantizar que las propuestas dadas en la virtualidad, también promuevan avances
en los conocimientos y contemplen todos los aspectos que aparecen en una
comunicación a distancia.
Todo proceso de enseñanza requiere de un acompañamiento que se retroalimenta, un
seguimiento que recupera aprendizaje y tracciona hacia nuevos saberes, en constantes
avances y retrocesos, que generen interrogantes, despierten curiosidad e incentiven la
búsqueda en el proceso de enseñar y aprender, teniendo en cuenta que no todos
aprenden del mismo modo y al mismo tiempo. Es por ello que las y los docentes deben
estar atentos y activos para que todas y todos los estudiantes estén incluidos y puedan
avanzar en sus trayectorias.
En este sentido, la DGCYE acompaña y garantiza las trayectorias educativas y elabora,
a través de las Direcciones Provinciales de Niveles y Modalidades, circulares,
documentos de apoyo y propuestas de capacitación para que las y los docentes
fortalezcan y continúen profesionalizando su rol.
22
A- Inspectora/or / Equipo Directivo
● Garantizar el encuadre de las propuestas de enseñanzas particularmente en el
PEI y, de modo general, en los Documentos Curriculares vigentes y la Ley
Nacional de Educación.
● Facilitar el acceso a documentos de acompañamiento sobre el seguimiento y
evaluación de alumnos en contexto de educación no presencial como así
también a espacios de capacitación al respecto.
● Ofrecer a las y los docentes devoluciones constructivas que sean significativas
respecto a las propuestas de enseñanza y al seguimiento del proceso que
realicen sus estudiantes.
● Observar y analizar la participación de todos los estudiantes en los entornos
virtuales y guiar a los docentes en la planificación de propuestas que incentiven
las capacidades cognitivas y actitudinales.
● Tener acceso a informes cualitativos y cuantitativos que den cuenta de la
trayectoria de los estudiantes.
● Participar de la toma de decisiones acerca del seguimiento y evaluación de cada
aula virtual en general y de cada estudiante en particular.
B- Docente
● Proponer una evaluación formativa en relación con los objetivos de aprendizaje
planteados en sus propuestas.
● Explicitar e informar a las y los estudiantes los criterios de evaluación para las
diferentes prácticas.
● Planificar y diseñar instrumentos de evaluación y seguimiento adecuados para
cada situación de aprendizaje.
● Solicitar asesoramiento y recibir devoluciones acerca de sus propuestas
didácticas y trabajos por parte de sus autoridades.
● Ser informados en tiempo y forma cuando una autoridad participe de sus
espacios virtuales u observe sus propuestas y trabajos.
● Observar, evaluar y poner en circulación instrumentos de retroalimentación
como modos de intervención en el proceso de aprendizaje de sus estudiantes.
23
C- Estudiante
● Responder a las devoluciones del docente revisando, corrigiendo, rehaciendo
aquello que le sea indicado.
● Atender e incorporar la retroalimentación a su proceso de aprendizaje.
● Informar a la/el docente cuando tenga dificultades para comprender o
incorporar las sugerencias/correcciones explicitadas en la retroalimentación.
● Comprometerse con su propio proceso de aprendizaje participando y trabajando
a conciencia en las actividades y tareas propuestas.
● Ser informado en tiempo y forma acerca de los criterios de evaluación que
intervienen en cada propuesta de enseñanza.
● Recibir devoluciones y retroalimentaciones formativas que le permitan revisar,
corregir y rehacer como parte del proceso de aprendizaje.
● Recibir respuestas y orientaciones en la revisión y sistematización de los
contenidos que necesite para transitar su proceso de aprendizaje.
● Que se contemple y se respete su aprendizaje como un derecho en el marco de
la obligatoriedad educativa que dicta la Ley 26206.
D- Familia
● Asistir, responder, comunicarse con la/el docente, el equipo directivo o demás
representantes de la Institución cada vez que así se lo requiera.
● Atender, acompañar, colaborar con la/el estudiante en su trabajo escolar, en
caso de ser requerido.
● Respetar las vías institucionales para informarse acerca del proceso de
evaluación de las/os estudiantes.
● Ser informada respecto de la evolución en el proceso de aprendizaje de las y los
estudiantes.
● Tener garantizados los canales de diálogo con las/os docentes y los equipos
directivos para conversar sobre el aprendizaje de las/os estudiantes.
● Ser orientada en el modo de acompañamiento, en el proceso de enseñanza y
aprendizaje en la virtualidad, a las/os estudiantes en su desempeño en tareas
domiciliarias.
24
4. Herramientas virtuales
En la actualidad, gran parte de los ciudadanos poseen, en mayor o menor medida, un
acercamiento a los recursos digitales existentes, desde el uso de una calculadora, la
toma de una foto, un mensaje de texto, un mensaje de audio, una filmación o grabación,
un procesador de texto, una presentación; que se utilizan habitualmente y cuyo manejo
es aprendido de manera formal, intuitiva y/o colaborativa.
El mercado de la industria tecnológica se ha expandido en los últimos años de manera
exponencial, desarrollando infinidad de software y hardware en diferentes
equipamientos que conllevan el uso de licencias privativas. En este sentido la DGCyE
recomienda la utilización de Software Libre, ya que permiten ser usados,
estudiados, modificados y compartidos por las y los participantes de la plataforma,
dentro y fuera de ella, como así también el uso de material con licencias de CopyLeft,
Creative Common o similares, cuyas licencias permiten su uso y/o reutilización.
En la formulación de propuestas pedagógicas, se evidenciará la construcción de
contenidos propios, creativos e innovadores que harán que el saber sea soberano. Esta
construcción debe ser colectiva y colaborativa, no solo de cada institución educativa,
sino también del Estado Provincial. Una muestra de su factibilidad es la Plataforma
“Continuemos Estudiando” que permanentemente es enriquecida por los aportes de
todas y todos los miembros del sistema educativo.
Por lo expresado, se hace necesario que los contenidos/recursos generados y/o
aportados deban ser acordes para el intercambio responsable, respetuoso, solidario,
plural e inclusivo; que los participantes de la plataforma puedan hacer uso de cualquier
software que permita llevar a cabo su tarea y que en el caso de utilizar otro software,
se deben verificar previamente, los derechos de uso y reutilización del contenido de
terceros.
5. Ciudadanía digital y uso responsable de la web
Es importante que tanto los docentes como otros adultos responsables comprendan la
relevancia de estar construyendo una identidad en un espacio virtual y público donde
25
cada contenido que se comparta en la virtualidad (audios, publicaciones, fotos, videos,
comentarios) puede ser alcanzado por usuarios que, a su vez, y potencialmente, tienen
la posibilidad de hacer uso de la información.
Respecto a los entornos digitales, es necesario facilitar a las y los estudiantes
herramientas para desarrollar competencias que les permitan ejercer en plenitud sus
derechos como ciudadanos y tomar conciencia de que cualquier maltrato en las redes
es vulnerar este principio. Si bien entendemos que estas situaciones dependen de
muchos actores sociales, en el ámbito de la escuela, los docentes podemos desempeñar
un papel importante para que las y los alumnos puedan distinguir tanto las
oportunidades como los riesgos que se pueden presentar en los ámbitos digitales.
El uso responsable y la participación en Internet, implica que los distintos actores sean
conscientes del impacto de la “huella digital” tanto para sí mismos como para el otro.
Llamamos “huella digital” al conjunto de acciones e interacciones que realizamos en
la web y que, por sus características, pueden quedar registradas de forma permanente.
En la participación e interacción en este entorno, y fuera de él, deben primar el respeto
por el otro, siendo indispensable construir vínculos de convivencia plurales, inclusivos
y solidarios.
Un ciudadano digital responsable deberá conocer los riesgos que implican la
exposición e intercambio de datos y material personal en Internet.
6. Propiedad intelectual
La Provincia de Buenos Aires a través de la DGCyE utilizarán licencias de libre uso
del tipo Copyleft para permitir que las propuestas y el contenido desarrollado en las
Aulas del Bicentenario se compartan y circule libremente.
Las licencias de Copyleft, al igual que las licencias de Copyright, resguardan los
derechos de autor. Pero, a diferencia de estas últimas, las licencias Copyleft se
establecen para permitir que una obra intelectual pueda ser usada y compartida y,
además, conserve estas condiciones.
Como ejemplo algunas licencias establecen que la obra puede utilizarse, pero sin fines
26
comerciales. Otras establecen que la obra no puede ser modificada. Pero siempre
propiciando la circulación de conocimiento.
7. Bibliografía:
Leyes marco
Protección de datos personales Nación (Ley 25.326) Posibilidad de solicitar la supresión de información
divulgada sin el consentimiento del ciudadano.
Grooming
Nación (Ley 26.904)
Identidad digital de las personas
CABA (Ley 6128, Art. 6°) Difusión no autorizada de imágenes o grabaciones
íntimas. Hostigamiento digital. Suplantación digital de la identidad.
https://www.copyleft.org ¿Qué es el Copyleft? . Guía y tutorial
https://creativecommons.org/ Descripción y consideraciones generales.