normas y procedimientos para la entrega de cargo aplicables

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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos P RU "Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación" DIRECTIVA N° O O 1 -2015-JUS-OGA-ORRHH NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ENTREGA DE CARGO APLICABLES AL PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS I. OBJETIVO Establecer los criterios y procedimientos que regulen la entrega y recepción de cargo a ser realizada por el personal que labora en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, cualquiera sea su modalidad contractual o nivel jerárquico, a fin de garantizar una adecuada transferencia de funciones y la continuidad de los servicios y/o actividades. II. BASE LEGAL Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Ley N° 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos. Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que prestan servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual. Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública. Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado. Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales. Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios. Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. 1

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Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

P RU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

DIRECTIVA N° O O 1 -2015-JUS-OGA-ORRHH

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PARA LA ENTREGA DE CARGO APLICABLES AL

PERSONAL DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

I. OBJETIVO

Establecer los criterios y procedimientos que regulen la entrega y recepción de

cargo a ser realizada por el personal que labora en el Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos, cualquiera sea su modalidad contractual o nivel jerárquico,

a fin de garantizar una adecuada transferencia de funciones y la continuidad de

los servicios y/o actividades.

II. BASE LEGAL

Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y

Derechos Humanos.

Ley N° 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos.

Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Ley N° 27588, Ley que establece prohibiciones e incompatibilidades de

funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que prestan

servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual.

Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.

Ley N° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.

Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial

del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales.

Decreto Legislativo N° 1057, que regula el Régimen Especial de Contratación

Administrativa de Servicios.

Decreto Legislativo N° 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de

Remuneraciones del Sector Público.

Decreto Supremo N° 011-2012-JUS, que aprueba el Reglamento de

Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

1

• Decreto Supremo N° 008-92-JUS, Reglamento de la Ley N° 25323, que crea el Sistema Nacional de Archivos.

• Decreto Supremo N° 019-2002-PCM, Reglamentan Ley que establece

prohibiciones e incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así

como de personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual.

• Decreto Supremo N° 005-90-PCM, Aprueban el Reglamento de la Carrera

Administrativa.

• Decreto Supremo N° 075-2008-PCM, Decreto Supremo que aprueba el

Reglamento del Decreto Legislativo N° 1057, que regula el régimen especial de

Contratación Administrativa de Servicios.

• Resolución de Contraloría General N° 320-2006-CG, Aprueban Normas de

Control Interno.

• Resolución de Controlaría General N° 372-2006-CG, que aprueba la Directiva N°

08-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos Preventivos para las Entidades del Estado

sobre Transferencia de Gestión" y Directiva 09-2006-CG/SGE-PC "Lineamientos

para el Control de la Transferencia de Gestión en las Entidades del Estado".

• Resolución de Contraloría N° 373-2006-CG, que aprueba la Guía Técnica de

probidad Administrativa sobre "Trasferencia de Gestión".

Resolución de Secretaria General N° 009-2014-JUS, que aprueba la Directiva N°

001-2014-JUS/OGA "Reglamento de control de Asistencia y Permanencia del

Personal del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos".

A. M. • Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP, que aprueba el Manual Normativo

de Personal N° 002-92-DNP "Desplazamiento de Personal".

• Resolución Directoral N° 001-93-INAP/DNP, por el cual se aprueba el Manual

Normativo de Personal N° 003-93-DNP, "Licencias y Permisos".

• Resolución Directoral N° 001-78-INAP/DNP-UN, que aprueba el Manual

Normativo N° 55-78, "Entrega de cargo".

III. ALCANCE

R. Jiménez M.

PERÚ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

El ámbito de aplicación comprende a todo el personal a nivel nacional que presta

servicios en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, independientemente

2

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Secrelaría General

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

de la modalidad contractual bajo el cual laboren o presten servicio o hayan

prestado servicios en el Ministerio.

IV. RESPONSABILIDAD

4.1 Los Directores, Jefes y/o titulares de los órganos y unidades orgánicas del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, son responsables de velar por el

cumplimiento de la presente Directiva, así como el personal que intervenga en el

acto de entrega y recepción de cargo.

4.2 El incumplimiento de la presente Directiva genera la responsabilidad

administrativa, civil y/o penal a que hubiera lugar.

V. DISPOSICIONES GENERALES

5.1 La entrega y recepción de cargo es un acto de cumplimiento obligatorio y formal,

mediante el cual el servidor o funcionario, cualquiera sea su nivel jerárquico y

modalidad contractual bajo la cual preste sus servicios, hace entrega de los bienes asignados, trabajos encomendados pendientes de atención, acervo

documentario de su competencia, tanto en soporte físico como electrónico, a su

reemplazante o a su jefe inmediato o a la persona que éste designe para tal fin,

dando su conformidad ambas partes.

5.2 La entrega y recepción de cargo se realiza en los supuestos siguientes:

a) Por término del vínculo laboral o contractual, sea por renuncia, conclusión en

el cargo, cese, jubilación, incapacidad permanente, destitución, despido, rescisión de contrato, resolución o vencimiento de contrato, entre otros de

similar naturaleza.

b) Descanso vacacional cuando sea superior a treinta (30) días.

c) Licencia cuando sea superior a treinta (30) días.

d) Por acción de desplazamiento: designación, rotación, reasignación, destaque,

transferencia, permuta, encargo por más de treinta (30) días y comisión de

servicios, cuando exceda de treinta (30) días.

3

R. Jim M.

nis -rin de lustieva Uer cho' Humanos

OFIC NA GENERAL DE

INISTRACIÓN

.LOPEZ

AD

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

P RU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

e) Imposición de sanciones disciplinarias, en caso de suspensión o cese temporal desde treinta (30) días a más.

f) Extinción del Contrato Administración de Servicios (CAS).

g) Suspensión en el cargo por medida disciplinaria, sin goce de remuneraciones

por periodos de treinta (30) días a más.

5.3 El servidor o funcionario saliente hará entrega del cargo, el último día de

permanencia en el puesto de trabajo, conforme a lo establecido en la presente

Directiva.

1 119 5.4 Los Anexos correspondientes a la entrega de cargo, deben ser elaborados en 1 ,, 7,;;2,'Z'.1;

OFICIN DE tres (03) ejemplares, los que son distribuidos de la siguiente manera:

ASTS JUR/DICA

a) Un original se entregará al funcionario entrante o al jefe inmediato o a la

persona que éste designe (quien procederá a archivarlo en la unidad orgánica

u órgano del que se hace entrega de cargo).

b) Un original se entregará al funcionario o servidor saliente.

c) Un original se entregará a la Oficina de Recursos Humanos.

5.5 Excepcionalmente y por motivos de carga laboral el jefe inmediato superior

autorizará que la entrega de cargo del servidor o funcionario saliente, se realice

en un plazo no mayor a tres (03) días calendario luego del cese o conclusión de

las labores correspondientes.

El funcionario entrante o el jefe inmediato, remitirá un original de los documentos de entrega de cargo a la Oficina de Recursos Humanos, conforme a lo

establecido en el literal c) del numeral 5.4 de la presente Directiva, a fin de que

verifique la entrega de sellos y el fotocheck, para proceder a su respectiva baja

en el legajo personal, entre otras acciones que sean de su competencia.

5.7 Cuando el funcionario entrante y/o el jefe inmediato o a la persona que éste designe, formulen observaciones en el Anexo I, le otorgará al servidor o

funcionario saliente, un plazo máximo de hasta cinco (05) días calendario, para

realizar la subsanación respectiva.

4

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OFICINA ENERAL CE ASESO' A

R. Ji énez M.

te) ,11 %=.

inKter r, Derecho

CINA

ADMINI

e Pusticia Humanos

ENERAL

RACIÓN

A. OPEZ

PERU Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Secretaria General

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

5.8 En el caso que las observaciones no hayan sido subsanadas por el servidor o el funcionario saliente ante el funcionario entrante o jefe inmediato, o la persona

que este designó para recibir la entrega de cargo dentro del plazo otorgado, el

original que le corresponde a la Oficina de Recursos Humanos, deberá ser

remitido en el plazo de un (01) día, mediante documento, a la Oficina General de

Administración, a fin de que dicha Oficina General realice las acciones

correspondientes, en el marco de lo establecido en el numeral 4.2 del artículo IV de la presente Directiva.

VI. PROCEDIMIENTO

6.1 En los casos señalados en el numeral 5.2 de la presente Directiva, el jefe

inmediato o la persona que éste designe para efectuar la recepción de entrega

del cargo del funcionario y/o servidor, comunicará a la Oficina de Recursos

Humanos, la ocurrencia de alguno de los supuestos contemplados en la presente Directiva.

6.2 Entrega de cargo del funcionario saliente

K. A. M.

6.2.1 Es responsabilidad del funcionario saliente realizar su entrega de cargo,

proporcionando la documentación y/o información sobre el estado de su

gestión, debiendo establecer una fecha de corte y presentar la

documentación que corresponda.

6.2.2 Para el caso del literal a) del numeral 5.2 de la presente Directiva, el

funcionario para la entrega de cargo deberá presentar y/o entregar lo siguiente:

a) Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo I)

b) Declaración Jurada de no retirar documentación y compromiso de confidencialidad. (Anexo II)

5

Ministen De

OFIC orE k ADMINISTRA

LÓP

M. Torres S

PERU Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Secretaria General

Oficina General de Administración

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

c) Constancia de no adeudo de documentos, bienes y/o fondos al

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo III) d) Sellos.

e) Fotochek. En caso de pérdida, se deberá presentar una declaración

jurada indicando la pérdida del mismo.

f) Acta de Transferencia de Gestión (Anexo IV), la misma que deberá

ser presentada conjuntamente con un Informe de Gestión,

conteniendo principalmente los siguientes aspectos:

1. Estado de los fondos de caja chica, de ser el caso.

2. Acervo documentario.

3. Relación de personal a su cargo, (cuando corresponda),

especificando las labores encomendadas y el estado de su

ejecución.

4. Presentación del Plan Operativo o Plan Estratégico Institucional

correspondiente al órgano o unidad orgánica, informando el nivel

de cumplimiento durante su gestión.

5. Relación de Informes de Control recibidos del Sistema Nacional

de Control durante su gestión, y el estado de implementación de

las recomendaciones, incluyendo las acciones judiciales que se

hubieren generado, entre otros.

6. Información consolidada sobre el desempeño y resultado

obtenido durante su gestión, así como de las metas

programadas, que aún se encuentren pendientes.

7. Informe sobre el estado de expedientes pendientes de atención

o de resolución.

8. Agenda o diligencias pendientes de realización al concluir el

periodo de gestión, priorizando los temas y gestiones de urgente

atención y plazos por vencer, proporcionando recomendaciones

para la gestión entrante.

9. Indicación de factores internos y externos vinculados con el

desarrollo de la gestión a su cargo, relacionados a su vez con el

logro de objetivos y metas de la unidad orgánica.

6

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Secretaría General PERU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

g) Inventario físico de bienes muebles asignados por la Oficina de

Abastecimiento y Servicios. (Anexo V)

h) Declaración Jurada de ingresos, bienes y rentas, conforme a Ley.

6.2.3 En el caso de los supuestos consignados en los literales b), c), d) y e) del numeral 5.2 de la presente Directiva, la entrega de cargo de los

funcionarios comprenderá solamente el Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo I).

6.2.4 El acto de la entrega de cargo de funcionarios, se realizará con presencia

de un representante del Órgano del Control Institucional, para cuyo efecto

se solicitará su participación, extendiéndose el Acta correspondiente (Anexo I)

6.3 Entrega de cargo del servidor saliente

6.3.1 La entrega de cargo del servidor saliente, deberá efectuarse al jefe inmediato o a la persona que éste designe.

6.3.2 En el caso de que se configure el supuesto del literal a) del numeral 5.2, el

servidor para la entrega de cargo deberá presentar y/o entregar lo siguiente:

a) Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo I)

b) Declaración Jurada de no retirar documentación y compromiso de confidencialidad. (Anexo II)

c) Constancia de no adeudo de documentos, bienes y/o fondos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. (Anexo III)

d) Sellos.

e) Fotocheck. En caso de pérdida, se deberá presentar una declaración

jurada indicando los motivos del mismo. f) Inventario físico de bienes muebles asignados por la Oficina de

Abastecimiento y Servicios. (Anexo V)

7

R. Jimén

1119 Dere "

OFICINA G L ASESORIA RlDICA

PERU Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Secretaria General

Oficina General d Administración

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

g ) Declaración Jurada de ingresos, bienes y rentas, cuando el servidor

hubiera tenido un cargo de manejo o administración de fondos,

conforme a lo dispuesto por la Ley N° 30161, Ley que regula la

presentación de declaración jurada de ingresos, bienes y rentas de los

funcionarios y servidores públicos del Estado.

6.3.3 En los supuestos de los literales b), c), d) y e) del numeral 5.2 de la

presente Directiva, la entrega de cargo del servidor se realizará sólo con la

entrega del Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos

Humanos. (Anexo I)

6.3.4 El servidor o funcionario que no efectúe su entrega de cargo, o lo hiciera

fuera del plazo establecido en la presente Directiva, será pasible de

responsabilidad por las acciones pertinentes que deriven de tal hecho,

conforme al nivel y grado de responsabilidad que se le haya sostenido en

el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

VII. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES

7.1 Los equipos de telefonía móvil y cuenta de correo otorgados por la Oficina

General de Tecnologías de Información se entregarán y cancelarán,

respectivamente, conforme a las disposiciones y formatos que dicha Oficina

General establezca para el personal que concluya su vínculo laboral o

contractual con el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Los cargos de

dichos formatos serán entregados por el funcionario o servidor saliente,

conjuntamente con la documentación que se presente para la entrega de cargo,

el último día de permanencia en la Entidad.

7.2 En el caso que el funcionario o servidor saliente, por fuerza mayor u otra razón

similar, no cumpliera con efectuar la entrega de cargo formalmente, el jefe

superior inmediato designará a un responsable para que en coordinación con el

representante de la Oficina de Abastecimiento y Servicios, realicen el respectivo

Inventario Físico de Bienes Muebles Patrimoniales, a fin de dar conformidad o

determinar el faltante de bienes y otros si lo hubiera, adoptando en el momento

8

f 1119 I !H.> io tic lushou y flor hol Humanos

! OFICIN GENERAI DE ASES CA

R. énez M.

timba manos

DE ADMINIST CIÓN

Secretaría General

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

(Acula General cte Administración PERU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

las acciones que hubiera lugar. En el caso de los Funcionarios, se podrá solicitar

la participación del Órgano de Control Institucional.

7.3 La presente Directiva, así como los Anexos que forman parte integrante de la misma, se encontrarán publicados en el Portal Institucional del Ministerio de

Justicia y Derechos Humanos.

7.4 La Guía Técnica de Probidad Administrativa "Transferencia de Gestión"

aprobada por Resolución de Contraloría N° 373-2006-CG y las normas que la

modifiquen o la sustituyan, se aplicará supletoriamente en todo lo no regulado en

la presente Directiva.

7.5 La entrega de cargo del Titular de la Entidad, de los Viceministros y del

Secretario General, se efectúan conforme a lo que dispone la Guía referida en el

numeral precedente, o la norma que la sustituya.

kws° 04os VIII. ANEXOS

• Anexo I: Acta de Entrega de Cargo del Ministerio de Justicia y Derechos

Humanos.

• Anexo II: Declaración Jurada de no retirar documentación y compromiso de

confidencialidad.

• Anexo III: Constancia de no adeudo de documentos, bienes y/o fondos al

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

• Anexo IV: Acta de transferencia de gestión.

• Anexo V: Inventario físico de bienes que le fueron asignados por la Oficina de

Abastecimiento y Servicios.

• Anexo VI: Glosario de Términos.

9

Secretaría General PERU

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

ANEXO I

ACTA DE ENTREGA DE CARGO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS

HUMANOS

I. GENERALIDADES:

LUGAR . FECHA:

HORA• ENTIDAD: MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DEPENDENCIA .

AREA/OFICINA•

II. DATOS DEL SERVIDOR/FUNCIONARIO QUE ENTREGA EL CARGO:

NOMBRES Y

APELLIDOS•

CARGO . RÉGIMEN LABORAL .

III. ENTREGA DE CARGO:

N° TEMA / DENOMINACIÓN SITUACIÓN O NIVEL DE AVANCE

nkterio e luNticiif y cho i himnos

OF ENERAL

TIPO DE DOCUMENTO TEMA / DENOMINACIÓN UBICACIÓN OBSERVACIONES N°

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

RECOMENDACIONES:

IV. SITUACIÓN DEL ACERVO DOCUMENTARIO (Archivos, Expedientes, Files,

entre otros)

V. RECOMENDACIONES:

2

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

P RU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

OBSERVACIONES:

VI.- DATOS DEL SERVIDOR/FUNCIONARIO QUE RECIBE EL CARGO NOMBRES Y APELLIDOS .

CARGO- RÉGIMEN LABORAL .

Observaciones (De recepción de cargo)

SE SUSCRIBE LA PRESENTE ACTA DE ENTREGA DE CARGO, EN SEÑAL DE

CONFORMIDAD

ENTREGUÉ CONFORME

DNI:

RECIBÍ CONFORME

DNI:

Minis o de sticin y 1 echos manos

OFICINA G NERAL

ADMIRACIÓN

ÓPEZ

(Nombres y apellidos de quien entrega) (Nombres y apellidos de quien recibe)

NOTA: De ser necesario se deberá adjuntar los anexos y los documentos correspondientes que sustenten cada uno de los rubros indicados.

PERU Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

ANEXO II DECLARACIÓN JURADA DE NO RETIRAR DOCUMENTACIÓN Y COMPROMISO

DE CONFIDENCIALIDAD

Por el presente documento el suscrito (a)

identificado con DNI N° con domicilio en

al cesar en el cargo de

que ejercí durante el período de hasta

DECLARO BAJO JURAMENTO:

1. Que no he retirado, ni retiro documentación confidencial del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, ni en medio físico, ni electrónico, ni similares.

2. Conocer los alcances de la Ley N° 27588, Ley que establece prohibiciones e

incompatibilidades de funcionarios y servidores públicos, así como de las personas que presten servicios al Estado bajo cualquier modalidad contractual,

y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2002-PCM.

Alinisi o de ius la Y per bos Hurn OFIC E L

DE ADMINISTRAD, N

ME COMPROMETO:

1. A guardar reserva y no revelar, difundir o entregar, ni hacer pública por medio

alguno, cualquier información o asunto a la que haya podido acceder directa o

indirectamente con ocasión del ejercicio de las actividades en el Ministerio de

Justicia y Derechos Humanos.

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

Seoetaria General PERU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" `Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

2. A no emplear en provecho propio o de terceros o en perjuicio o desmedro del

Estado o de terceros; aquella información que sin tener reserva legal pudiera

resultar privilegiada por su contenido relevante a la cual haya podido tener

acceso directo o indirecto en el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

FIRMA DEL DECLARANTE

DNI N° FECHA

Ministerio Justicia y Derechos umill.

FICINA NERAL

1"-ADMINI D RACIÓN

ÓPEZ

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

PERU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

ANEXO III

CONSTANCIA DE NO ADEUDO DE DOCUMENTOS, BIENES Y/0 FONDOS AL

MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

Nombres y apellidos:

Órgano del que depende:

Cargo:

Fecha de desvinculación:

Funcionario Personal de Planilla Personal CAS

1. La Oficina de Recursos Humanos a través del

encargado de Archivo, previa verificación de la

Entrega de Cargo, hace constar que la persona en

mención, No Adeuda el Documento de

Identificación Interna (Fotocheck).

Sello y Firma

2. La Oficina de Abastecimientos y Servicios a través

de Control Patrimonial previa verificación de la

Asignación de Bienes Patrimoniales, deja expresa

constancia que la persona en mención, no

adeuda, ni tiene pendiente entrega de bienes

patrimoniales.

Sello y Firma

6

Firma del Funcionario / Servidor

Fecha: / /

7

d o mas». ERAL

Ci ADMINIST

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

PERU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

3. La Oficina Financiera, previa verificación de los Vales Provisionales Pendientes, Comprobantes de

Pago deja expresa constancia que la persona en mención, no adeuda por concepto de rendición de fondos para pagos en efectivo, viático y/o

encargos.

Sello y Firma

4. El Centro de Estudios en Justicia y Derechos

Humanos a través del Centro de Documentación, previa verificación, deja expresa constancia que la

persona en mención no adeuda material

bibliográfico.

Sello y Firma

5. La oficina usuaria al que depende la persona en mención, previa verificación de la Entrega de Cargo, deja expresa constancia que no adeuda documentos, información, artículos de oficina,

sellos y otros pendientes.

Sello y Firma

6. La Oficina General de Tecnologías de Información, deja expresa constancia que la persona en mención, no adeuda ni tiene pendiente entrega de

equipos móviles celulares y/o accesorios.

Sello y Firma

1 . _ DENOMINACIÓN DEL LA UNIDAD ORGÁNICA, OFICINA / DIRECCIÓN

2.- DATOS DEL CARGO QUE SE ENTREGA

Denominación del cargo Resolución de designación (en caso corresponda)

Fecha de ingreso

3.- DATOS DE LA PERSONA QUE ENTREGA EL CARGO Apellidos y Nombres DNI N°

4.- DATOS DE LA PERSONA QUE RECIBE EL CARGO Apellidos y Nombres DNI N°

5.- DATOS DEL VEEDOR DESIGNADO POR EL ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL Apellidos y Nombres DNI N°

6.- INFORME DE TRANSFERENCIA DE GESTIÓN / ACTA DE ENTREGA - RECEPCIÓN DE CARGO

Se adjunta el Informe de Transferencia de Gestión / el Acta de Entrega - Recepción de Cargo (SEGÚN CORRESPONDA) y los anexos requeridos debidamente NÁsados.

7.- OBSERVACIONES

lacuerdo . criben

■ .

a ello, ambas partes dejan constancia de la conformidad del proceso de transferencia, para cuyo efecto el presente documento, en Lima a los del mes de de

Firma del servidor que entrega el cargo Firma del servidor que entrega el cargo DNI N° DNI N°

PERÚ Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

ANEXO IV

ACTA DE TRANSFERENCIA DE GESTIÓN

;,'IrrIls II7jint ).■ OFICINA GENE

DE ADMINISTRAC

A. LÓPEZ 8

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1 Minister' Justicia

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1 OFICI ARA DE

ADMINISTRACIÓ

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

PERU

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

ANEXO VI

GLOSARIO DE TÉRMINOS

a. Funcionario.- Aquel servidor que independientemente del régimen laboral o

contractual, ejerce función de dirección de un órgano o unidad orgánica del

Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.

b. Servidor.- Aquel servidor que independientemente del régimen laboral o

contractual, no ejerce función de dirección.

c. Cese Definitivo.- Es el alejamiento definitivo del empleado público, al término

de la Carrera Administrativa.

d. Cese Temporal.- Es el alejamiento temporal del empleado público, por

suspensión. Convencional, disciplinario, judicial o legal.

e. Comisión de Servicio.- Es el desplazamiento temporal del servidor fuera de la

sede habitual de trabajo, dispuesta por la autoridad competente, para realizar

funciones según el nivel de carrera, grupo ocupacional y especialidad

alcanzados y que estén directamente relacionadas con los objetivos

institucionales.

f. Designación.- La designación consiste en el desempeño de un cargo de

responsabilidad directiva o de confianza por decisión de la autoridad

competente. g. Destaque.- El destaque consiste en el desplazamiento temporal de un servidor

a otra entidad a pedido de ésta debidamente fundamentado, para desempeñar

funciones asignadas por la entidad de destino dentro de su campo de

competencia funcional.

h. Encargo.- Es la asignación temporal del servidor para que desempeñe un

cargo de igual o mayor jerarquía de su especialidad.

i. Permuta.- Es el desplazamiento simultáneo entre dos servidores públicos, por

acuerdo mutuo, perteneciente al mismo grupo ocupacional, nivel de carrera y proveniente de entidades distintas.

j. Rotación.- Cuando un servidor es trasladado de un cargo de funciones similares dentro de la misma entidad.

PERU Ministerio de Justicia y Derechos Humanos

"Decenio de las Personas con Discapacidad en el Perú" "Año de la Diversificación Productiva y del Fortalecimiento de la Educación"

k. Reasignación.- Consiste en el desplazamiento de un servidor, de una entidad

pública a otra, sin cesar en el servicio y con conocimiento de la entidad de

origen.

I. Transferencia.- La transferencia consiste en la reubicación del servidor en

entidad diferente a la de origen, a igual nivel de carrera y grupo ocupacional

alcanzado. La transferencia tiene carácter permanente y excepcional y se

produce sólo por fusión, desactivación, extinción y reorganización institucional.